consumacción aspec nº 25

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(1) Nº 25 Lima, 1 de abril de 2010 CONSUMIDORES APOYAN REDUCCIÓN DE TARIFAS TELEFONICAS DE FIJOS A MÓVILES La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) expresó su público respaldo al proyecto de resolución elaborado por el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) me- diante el cual se dispone que, en el caso de las llamadas efectuadas desde un teléfono fijo a uno móvil, quien es- tablezca el monto de la tarifa sea el operador de telefonía fija y no el de la móvil como sucede actualmente y desde hace varios años. La aplicación de dicha norma, una vez entre en vigencia, podría inducir a una reducción notable en las tarifas que nos vienen cobrando a los usuarios. En la actualidad las llamadas de un teléfono fijo a un celular cuestan aproxi- madamente UN SOL, suma que es extremadamente alta si consideramos que una llamada de fijo a fijo cuenta la décima parte. Las tarifas son actualmente tan caras que la gente pre- fiere no hacerlas, o en todo caso, prefieren contratar una línea telefónica móvil y desde ahí hacer llamadas. Inclu- so hay personas que tienen hasta 3 teléfonos celulares y radio de todas las compañía existentes en el mercado para poder beneficiarse de las tarifas on net. Esta práctica es perniciosa e implica al final un exceso de gasto para los usuarios.Para el Presidente de ASPEC resulta eviden- te que, cuando las empresas de telefonía fijan sean las que determinen las tarifas, éstas serán indudablemente más reducidas que las vigentes lo cual beneficiará eco- nómicamente a los usuarios que, desde hace años y en la actualidad, tienen verdadero pavor de llamar desde sus teléfonos fijos a los celulares. “Adicionalmente dichas ta- rifas serían supervisadas por el OSIPTEL lo cual permitiría evaluar su comportamiento en el tiempo y tomar medidas adicionales a fin de garantizar el interés de los usuarios y el crecimiento del mercado. Las asociaciones de consumido- res no podrán presentar denuncias ante el INDECOPI en defensa de los intereses de los ciudadanos, como lo han venido haciendo du- rante años, sino únicamente en defensa de sus asociados y de quienes les hayan otorgado poder expresamente, lo cual es un retro- ceso legal en beneficio de los em- presarios. La política estatal de educación al consumidor en las escuelas, que- da reducida simplemente a brindar “mayor información”; Se faculta al empresario a brindar información al consumidor sólo si, a su juicio, ello no le significa un “incremento innecesario” de sus costos; Los precios ya no se exhibirán obligatoriamente en la parte ex- terior de restaurantes y farmacias como manda la ley actual si, por el “diseño del negocio”, el em- presario considera que los precios están mejor ubicados al interior del establecimiento; Se eliminó la obligación de etique- tar los productos transgénicos; Se eliminó la obligación de declarar en los alimentos el porcentaje de los principales ingredientes; etc. Por lo anterior, ASPEC instó al Poder Ejecutivo a reflexionar y evaluar con equilibrio el anteproyecto de Código de Consumo. ASPEC CUESTIONA PROPUESTA DE CÓDIGO DE CONSUMO la “asimetría de la información”, la cual implica que el primero no le brinda la suficiente información al segundo, cuando el verdadero problema es la “asimetría de po- der” entre ambas partes, en virtud de la cual el proveedor impone prácticas y cláusulas abusivas al consumidor quien no tiene cómo rechazarlas; El Código no protegerá al consu- midor común y corriente sino úni- camente a aquel que pueda probar ante las autoridades que actuó con “diligencia”, con “responsabili- dad” y con “buena fe”, lo cual es un exceso desmesurado en bene- ficio de las empresas y que no se da en país alguno; El publicitado e innovador “Libro de Reclamaciones” con el que toda empresa debía contar obliga- toriamente para recibir en el acto las quejas de los consumidores, ahora será simplemente una op- ción voluntaria para el empresario que, obviamente, nunca lo imple- mentará; ASPEC hizo notar una serie de ob- servaciones a la propuesta de Códi- go de Consumo elaborada por una comisión “revisora” presidida por la PCM e integrada notoriamente por representantes de los gremios em- presariales y funcionarios públicos, sin ninguna participación de la socie- dad civil. ASPEC señala las siguien- tes deficiencias: Parte de la premisa equivocada de que el único problema que existe entre proveedor y consumidor es

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Boletin quincenal de los consumidores Edicion 25

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(1)

Nº 25 Lima, 1 de abril de 2010

CONSUMIDORES APOYAN REDUCCIóN DE TARIFAS TELEFONICAS DE FIJOS A MóVILESLa Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) expresó su público respaldo al proyecto de resolución elaborado por el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) me-diante el cual se dispone que, en el caso de las llamadas efectuadas desde un teléfono fijo a uno móvil, quien es-tablezca el monto de la tarifa sea el operador de telefonía fija y no el de la móvil como sucede actualmente y desde hace varios años.La aplicación de dicha norma, una vez entre en vigencia, podría inducir a una reducción notable en las tarifas que nos vienen cobrando a los usuarios. En la actualidad las llamadas de un teléfono fijo a un celular cuestan aproxi-madamente UN SOL, suma que es extremadamente alta si consideramos que una llamada de fijo a fijo cuenta la décima parte.Las tarifas son actualmente tan caras que la gente pre-

fiere no hacerlas, o en todo caso, prefieren contratar una línea telefónica móvil y desde ahí hacer llamadas. Inclu-so hay personas que tienen hasta 3 teléfonos celulares y radio de todas las compañía existentes en el mercado para poder beneficiarse de las tarifas on net. Esta práctica es perniciosa e implica al final un exceso de gasto para los usuarios.Para el Presidente de ASPEC resulta eviden-te que, cuando las empresas de telefonía fijan sean las que determinen las tarifas, éstas serán indudablemente más reducidas que las vigentes lo cual beneficiará eco-nómicamente a los usuarios que, desde hace años y en la actualidad, tienen verdadero pavor de llamar desde sus teléfonos fijos a los celulares. “Adicionalmente dichas ta-rifas serían supervisadas por el OSIPTEL lo cual permitiría evaluar su comportamiento en el tiempo y tomar medidas adicionales a fin de garantizar el interés de los usuarios y el crecimiento del mercado.

Las asociaciones de consumido-• res no podrán presentar denuncias ante el INDECOPI en defensa de los intereses de los ciudadanos, como lo han venido haciendo du-rante años, sino únicamente en defensa de sus asociados y de quienes les hayan otorgado poder expresamente, lo cual es un retro-ceso legal en beneficio de los em-presarios.La política estatal de educación al • consumidor en las escuelas, que-da reducida simplemente a brindar “mayor información”;Se faculta al empresario a brindar • información al consumidor sólo si, a su juicio, ello no le significa un “incremento innecesario” de sus costos;Los precios ya no se exhibirán • obligatoriamente en la parte ex-terior de restaurantes y farmacias como manda la ley actual si, por el “diseño del negocio”, el em-presario considera que los precios están mejor ubicados al interior del establecimiento;Se eliminó la obligación de etique-• tar los productos transgénicos;Se eliminó la obligación de declarar • en los alimentos el porcentaje de los principales ingredientes; etc.

Por lo anterior, ASPEC instó al Poder Ejecutivo a reflexionar y evaluar con equilibrio el anteproyecto de Código de Consumo.

ASPEC CUESTIONA PROPUESTA DE CóDIGO DE CONSUMO

la “asimetría de la información”, la cual implica que el primero no le brinda la suficiente información al segundo, cuando el verdadero problema es la “asimetría de po-der” entre ambas partes, en virtud de la cual el proveedor impone prácticas y cláusulas abusivas al consumidor quien no tiene cómo rechazarlas;El Código no protegerá al consu-• midor común y corriente sino úni-camente a aquel que pueda probar ante las autoridades que actuó con “diligencia”, con “responsabili-dad” y con “buena fe”, lo cual es un exceso desmesurado en bene-ficio de las empresas y que no se da en país alguno;El publicitado e innovador • “Libro de Reclamaciones” con el que toda empresa debía contar obliga-toriamente para recibir en el acto las quejas de los consumidores, ahora será simplemente una op-ción voluntaria para el empresario que, obviamente, nunca lo imple-mentará;

ASPEC hizo notar una serie de ob-servaciones a la propuesta de Códi-go de Consumo elaborada por una comisión “revisora” presidida por la PCM e integrada notoriamente por representantes de los gremios em-presariales y funcionarios públicos, sin ninguna participación de la socie-dad civil. ASPEC señala las siguien-tes deficiencias:

Parte de la premisa equivocada de • que el único problema que existe entre proveedor y consumidor es

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Nº 25 Lima, 1 de abril de 2010

ASPEC DENUNCIO A LOS BANCOS POR EMBARGARSUELDO DE TRABAJADORESCon una manifestación frente al edifi-cio del Indecopi, los usuarios agravia-dos por los embargos hechos por los bancos y colaboradores de ASPEC, se pidió al Indecopi que disponga el cese del cobro de deudas bancarias con cargo a la cuenta de remunera-ción, más allá de lo que permite el Código Procesal, a fin de evitar que el descuento en cantidades arbitra-rias afecte la subsistencia familiar de los deudores.

Con este petitorio se trata de garan-tizar un mínimo de subsistencia para cumplir con las necesidades bási-cas de las familias, pero de ninguna manera que se restrinja el crédito ni

que se fomente el “perro muerto” o la mala costumbre de no honrar las deudas.

ASPEC parte del hecho de que los trabajadores tienen que honrar sus obligaciones o deudas con los ban-cos, pero sin que ello afecte su sobre-vivencia y tampoco que continúen los abusos por parte de los bancos que transgreden las normas vigentes.

La ley sí faculta a los bancos a “com-pensar” o descontar montos de otras cuentas que no sea la consignada exclusivamente para remuneración, como es el caso de las de ahorro o los depósitos a plazo.

Sin embargo según el artículo 648 del vigente Código Procesal Civil, la re-muneración de los trabajadores tiene la calidad de inembargable o intan-gible, hasta el límite de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP), que actualmente equivale a mil 800 soles. Por encima de ese monto, el banco sólo puede cobrar mensualmente la tercera parte.

ASPEC presentó al Indecopi un con-junto de 25 casos de personas que tenían deudas con el Banco de Cré-dito a las que se les descontó de su cuenta de remuneración sumas que superaron el límite máximo estableci-do por ley.

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Nº 25 Lima, 1 de abril de 2010

Para comprar pescado es recomendable seguir las siguientes recomendaciones:

En primer lugar verificar que el pues-• to se vea y huela a limpio, y no tenga malos olores y signos de poco aseo, las mayólicas no deben estar rotas ni sucias.

Un puesto de pescado debe siempre • tener un caño para que ingrese y corra agua, como parte de la limpieza de la persona que manipula, para la higiene del puesto y principalmente del pes-cado al eliminar los estos de sangua-za, escamas y otros procedentes del pescado.

La persona que atiende debe siempre • tener un delantal limpio, no manchado y sucio, el cabello recogido, las uñas cortas.

Los materiales deben ser de metal o • acero inoxidable, y nunca de made-ra, porque esta tiende a honguearse, alojar microorganismos y ser de difícil limpieza.

Recomendacionespara comprar pescado

Reconozca el pescadoen Semana Santa