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Page 1: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”

Artículo 73 fracción XXIX-G, faculta al Congreso para “expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico”

1971 Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación1982 Ley Federal de Protección al Ambiente1988 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Page 3: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

Ley reglamentaria de orden público e interés social que tiene por objeto el desarrollo sustentable y el establecimiento de las bases para la Política Ambiental Nacional y la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Publicada en el D.O.F. 28 de enero de 1988 / Entra en Vigor 1 de marzo de 1988

Estructura de la LGEEPA conformada por seis títulos, siendo:

1º Disposiciones Generales2º Biodiversidad3º Aprovechamiento Sustentable de los Elementos Naturales4º Protección al Ambiente5º Participación Social e Información Ambiental6º Medidas de Control y de Seguridad y Sanciones

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Publicada en el D.O.F. 28 de enero de 1988 / Entra en Vigor 1 de marzo de 1988

Define las atribuciones y competencias para la Federación, los Estados y Municipios; Particularmente a los Estados, le confiere, principalmente, la atribución de estructurar y ejercer la Política Ambiental Estatal y su aplicar los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales y la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realice en bienes y zonas de jurisdicción estatal.

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Decreto publicado en P.O. 15 Enero de 2008 Entra en vigor al día siguiente.

CreaciónMediante adición y reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas

así como aplicar las disposiciones legales y administrativas en materia de medio ambiente, vida silvestre, forestal, áreas naturales protegidas y residuos y su correspondiente cumplimiento.

INSTRUMENTO LEGAL para el Ejercicio de la Política Estatal Ambiental: Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas

Objeto de su creaciónSer la institución rectora para el ejercicio de las atribuciones que le confieren las leyes aplicables, normar la política estatal en materia ambiental, recursos naturales y desarrollo sustentable

Page 6: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

Publicado en el Periódico Oficial 05 de Junio de 2008Entra en Vigor el 04 de Septiembre de 2008

Es de orden público e interés social y obligatorio en el ámbito del territorio del Estado. Se fundamenta en los artículos 4, párrafo cuarto, 27 párrafo tercero y 73, fracción XXIX inciso g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ObjetivoRegular las acciones en materia de protección ambiental, prevención y gestión integral de los residuos, las áreas naturales protegidas estatales y municipales, así como la flora y fauna silvestres MisiónImpulsar y promover la conservación, preservación, rehabilitación, remediación, mejoramiento y el mantenimiento de los ecosistemas, la recuperación y restauración del equilibrio ecológico.

Page 7: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

Publicado en el Periódico Oficial 05 de Junio de 2008Entra en Vigor el 04 de Septiembre de 2008

Estructura del CPDSET

Libro Primero Disposiciones GeneralesLibro Segundo Protección AmbientalLibro Tercero Prevención y Gestión Integral de los Residuos del EstadoLibro Cuarto Áreas Naturales ProtegidasLibro Quinto Vida Silvestre del EstadoLibro Sexto Procedimientos ante la Agencia AmbientalLibro Séptimo Procedimientos Especiales y SancionesLibro Octavo Medios de Impugnación

El CPDSET permite el fortalecimiento de la Política Ambiental Estatal , ya que faculta a la Agencia Ambiental para la celebración de convenios y acuerdos de coordinación ante diversas instancias, particularmente la Federación.

Page 8: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

FEDERACIÓN ESTADO MUNICIPIO

ACTUACIÓN Política Ambiental Nacional Política Estatal Ambiental; Formular, ejecutar y evaluar el programa estatal de protección al ambiente.

Política Ambiental Municipal

Regular acciones para preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente bienes y zonas de jurisdicción federal.

Aplicar instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en bienes y zonas de jurisdicción estatal.

Aplicar instrumentos de política ambiental en materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o Estados.

Atender asuntos que afecten el equilibrio ecológico en territorio nacional y en zonas sujetas a la soberanía y jurisdicción de la nación o estados o que sean originados en los mismos.

Ejercicio de funciones en materia de preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que les transfiera la federación y otros ordenamientos y que no estén otorgados expresamente a la Federación.

Ejercer las facultades otorgadas por la Federación y el Estado; Salvaguardar el territorio municipal y sus recursos.

NORMAS Y ACTIVIDADES PELIGROSAS

Expedir NOM y vigilar su cumplimiento Vigilar el cumplimiento de las NOM y supuestos en materia de emisiones atmosféricas, residuos y otros tipos de contaminación.

No confiere atribuciones en particular.

Regular actividades altamente riesgosas. Regular actividades que no sean consideradas altamente riesgosas para el ambiente

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FEDERACIÓN ESTADO MUNICIPIO

RESIDUOS Regular generación, manejo y disposición final de materiales y residuos peligrosos.

Regular los sistemas de recolección transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de residuos sólidos e industriales no considerados como peligrosos y los de manejo especial.

Aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a prevención y control de efectos sobre el ambiente por generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de residuos sólidos e industriales no peligrosos.

RECURSOS NATURALES

Regular actividades relacionadas con la exploración, explotación y beneficio de los minerales, sustancias y demás recursos del subsuelo que corresponden a la nación.

Prevención y control de la contaminación generada por aprovechamiento de sustancias no reservadas a la federación (rocas o productos de descomposición) que solo puedan usarse para fabricación de materiales de construcción u ornato.

No confiere atribuciones en particular.

Regular el aprovechamiento sustentable, protección y preservación de aguas nacionales, biodiversidad, fauna y demás recursos naturales.

IMPACTO AMBIENTAL

Evaluar el Impacto Ambiental de obras y actividades

Evaluación del impacto ambiental de las obras o actividades no reservadas a la federación.

No confiere atribuciones en particular.

Page 10: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

FEDERACIÓN ESTADO MUNICIPIOORDENAMIENTO ECOLOGICO

Formular, aplicar y evaluar programas de ordenamiento ecológico general del territorio.

Formular, expedir, ejecutar programas de ordenamiento ecológico del territorio con la participación de los municipios.

Creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas;

Formular, expedir y regular programas de ordenamiento ecológico local, así como el vigilar del uso y cambio de suelo establecidos en programas de ordenamiento.

Establecer, regular, administrar y vigilar ANP competencia federal.

Establecer, regular, administrar y vigilar áreas naturales protegidas previstas en la legislación local.

CONTAMINACION Regular la contaminación de la atmosfera proveniente de todo tipo de fuentes emisoras que sean perjudiciales para el equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

Regular aprovechamiento sustentable y prevención - control de contaminación de las aguas de jurisdicción estatal y aguas nacionales que tengas asignadas.

Regular la contaminación ambiental proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales.

Regulación de contaminación atmosférica en establecimientos mercantiles o de servicios o fuentes que no sean federales.

Facultades en relación con los efectos derivados de servicios de drenaje y alcantarillado de los centros de población, aguas nacionales asignadas conforme a la legislación local en materia corresponda a los gobiernos de los estados.

EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS

Participar en la prevención y control de las emergencias y contingencias ambientales.

Participación de emergencias y contingencias ambientales conforme a los programas de protección civil.

Page 11: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

FEDERACIÓN ESTADO MUNICIPIOPARTICIPACIÓN SOCIAL E INFORMACIÓN AMBIENTAL

Promoción de la participación de la sociedad en materia ambiental.

Integrar el Sistema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales.

Emisión de recomendaciones a autoridades federales, estatales y municipales para promover el cumplimiento de la Legislación.

Fomento de aplicación de tecnologías, equipos y procesos que reduzcan las emisiones y descargas de contaminantes provenientes de cualquier fuente.

Conducción de Política Estatal de información y difusión en materia ambiental.

Emisiones de recomendaciones a las autoridades competentes en materia ambiental con el propósito de cumplir la legislación ambiental.

Formulación y conducción de la política municipal de información y difusión en materia ambiental

Programa Municipal de Protección al Ambiente.

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LPADSET = Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de TamaulipasCPDSET = Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas

LPADSET CPDSET

Estructura El Código surge ante la necesidad de afirmar la conexidad de temas y aglutinar en un solo cuerpo normativo las disposiciones atingentes con la regulación de la materia ambiental en nuestro Estado, buscando asegurar a su vez la transversalidad para su atención y debido cumplimiento.

Diferencias puntuales entre la LPADSET (13 Títulos) y el CPDSET (8 Libros), son la: Regulación Integral del Procedimiento de Daños Ambientales Expedición de un cuerpo normativo (Libro) en materia de vida silvestre (1ª vez en el Estado) Expedición de un Libro en materia Áreas Naturales Protegidas

Emisiones a la Atmósfera

Consideraba los marcos normativos para la prevención y control de contaminación atmosférica generada por fuentes fijas.

Considera la calidad de Aire para asentamientos humanos, regiones de la entidad y control de más emisiones de contaminantes a la atmosfera indistintamente su fuente, y establece mecanismos de reducción y control.

Mecanismos o InstrumentosOperación de Sistemas de Verificación de Emisiones de Automotores en circulaciónEstablecimiento de Normas Ambientales en MateriaProgramas de Gestión de Calidad del airePuntualiza sanciones y medidas por infracciones

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LPADSET CPDSETAguas Residuales

Establece los mecanismos para la prevención y control de la contaminación del agua, mediante la regulación y control de la descarga de aguas residuales en cuerpos receptores (aguas de jurisdicción estatal y nacionales asignadas).

Fortalece los mecanismos de control y regulación de las descargas de aguas residuales mediante la aplicación e instrumentación de mecanismos de actuación sobre las fuentes y puntos de origen de las A.R., los mecanismos de descarga y calidad del cuerpo receptos.

Mecanismos o Instrumentos

Implementar y Operar sistemas municipales de tratamiento de A.R.Expedición de Normas Ambientales Estatales Promueve la reutilización e intercambio de AR tratadas.Operación del Sistema de Monitoreo de la Calidad de Aguas de Jurisdicción Estatal y Nacional que tengas asignadas.

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LPADSET CPDSETResiduos Establece la racionalización de la generación de residuos de

manejo especial y sólidos urbanos, así como la adopción de las medidas conducentes para incorporar técnicas y procedimientos para reuso y reciclaje.

Contempla regulación total en materia de Prevención y Gestión Integral de los Residuos, mediante la adición del Libro Tercero (3) al Código, con el objeto de propiciar el desarrollo sustentable por medio de la prevención de la generación de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial;

Mecanismos o Instrumentos

Gestión integral de los residuos mediante minimización, valorización, aprovechamiento, prevención de la contaminación y remediación de suelos contaminados con residuos;Observa los principios contenidos en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los ResiduosEmitir Normas Ambientales Estatales con relación a la operación, recolección, transporte, almacenamiento, reciclaje, tratamiento, industrialización y disposición final de residuos sólidos y residuos de manejo especial;

Page 15: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar

LGEEPA = Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al AmbienteCPDSET = Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas

CPDSET LGEEPAActuación Ejercicio de funciones en materia de preservación del equilibrio

ecológico y la protección al ambiente en territorio estatal y el que le transfiera la federación.

Atender asuntos que afecten el equilibrio ecológico en territorio nacional y en zonas sujetas a la soberanía y jurisdicción de la nación o estados o que sean originados en los mismos.

Estructura Contempla 8 Libros; Al igual que la LGEEPA tiene Libros con disposiciones comunes: (1) Disposiciones Generales, (2) Protección Ambiental y (7) Procedimientos Especiales y Sanciones- Ejemplo atención de Emergencias Ecológicas y Contingencias Ambientales.

Destaca la adición de los libros en materia de: (3) Prevención y Gestión Integral de los Residuos y (8) Medios de Impugnación

Detalla “Biodiversidad” y “Recursos Naturales” en los Libros de:(4) Áreas Naturales Protegidas(5) Vida Silvestre del EstadoConsidera un Libro particular para (6) Procedimientos ante la Agencia Ambiental.

Se estructura en 6 Títulos; Engloba en un los Títulos de (2) Biodiversidad y (3) Aprovechamiento Sustentable de los Elementos Naturales, las materias de diversidad biológica, áreas naturales protegidas, recursos naturales.

Considera en el Título (5) la Participación Social e Información Ambiental.

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LGEEPA CPDSET

Infracción y Sanción Sanción Mínima: 20 dsmv1

Monto en Pesos: $1,051.80Sanción Máxima: 50,000 dsmv1

Monto en Pesos: $2’629,500.00

dsmv1 = días de salario mínimo vigente en el D.F.

En casos de reincidencia el monto de la multa podrá ser hasta por dos veces del monto originalmente impuesto, sin exceder del doble del máximo permitido, así como la clausura definitiva.

Sanción Mínima: AmonestaciónTipo de Infracción: Quien no presente información solicitada por autoridad competente en materia ambiental.

Sanción Máxima: 20,000 dsmv2

Monto en Pesos: $990,000.00Tipo de Infracción: Realice obras o actividades que dañen gravemente el medio ambiente o pongan en peligro la salud de las personas; Se abstenga de reparar los daños ocasionados por las mismas.

Esta sanción no exime de las impuestas por el Código Penal del Estado de Tamaulipas (Sanciones Administrativas como Penales)

dsmv2 = días de salario mínimo vigente en la capital del Estado

Código Penal para el Estado de TamaulipasLey Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas Ley para el Desarrollo Urbano del Estado de TamaulipasLey de Desarrollo Social para el Estado de Tamaulipas Ley para el Desarrollo Económico y la Competitividad del Estado

CODIGO Reforma las siguientes Leyes: Ley Estatal de PlaneaciónLey de Salud para el Estado de TamaulipasLey de Turismo para el Estado de TamaulipasLey de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas

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MATERIA FEDERACIÓN ESTADO

RESIDUOS Control Integral de Residuos Peligrosos y Radioactivos

Control Integral de Residuos Sólidos No peligrosos y de Manejo Especial

PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LA ATMÓSFERA

Expedir NOM, garantizar la calidad ambiental en territorio nacional, programas de gestión de calidad; contaminación de fuentes de JURIDICCION FEDERAL

Particulas Suspendidas; control de la contaminación de fuentes fijas y móviles de actividades industriales, comerciales y servicios. Ruido;

AGUAS RESIDUALES Descargas de Aguas Residuales en Cuerpos de Agua de la Nación.

Registro de descarga de Aguas Residuales al Alcantarillado Municipal.

RECURSOS NATURALES Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal; Actividades Forestales;

Áreas Naturales Protegidas de Competencia Estatal y las actividades que en ella se ejerzan.

VIDA SILVESTRE Preservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional

Manejo de Especies y ejerce las Facultades de la Federación Transferidas por convenio;

ORDENAMIENTO ECOLOGICO

Programas de Ordenamiento General del Territorio, Regionales, Locales y Marinos.

Programas de Ordenamiento en territorio del Estado.

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MATERIA FEDERACIÓN ESTADOIMPACTO AMBIENTAL

Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos, poliductos, industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica; Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la Federación en términos de Leyes Mineras y Constitucional en Materia Nuclear; Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos y residuos radiactivos. Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil generación; Cambios de uso de suelo de áreas forestales, selvas y zonas áridas; Parques industriales donde se realicen actividades altamente peligrosas; Desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros; Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados al mar, litorales y zonas federales; Obras y actividades en ANPs protegidas de competencia Federal; Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan poner en peligro la preservación de una o más especies o causen daños a ecosistemas; Obras y actividades que correspondan asuntos de competencia federal.

Obras hidráulicas (estatal o municipal).Zonas y parques industriales. Carreteras, caminos y puentes estatales urbanos y rurales.Bancos de material.Estaciones de servicio y de carburación.Instalaciones de tratamiento, recuperación y disposición final de residuos sólidos urbanos, así como de residuos de manejo especial; (recicladoras, rellenos sanitarios).Plantas de tratamiento de aguas residuales.;Instalaciones de reciclaje de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, incluidos los que se dediquen a la compra y venta de partes usadas de vehículos automotores;Zonas comerciales;Desarrollos Turísticos;Obras y actividades en áreas naturales protegidas de jurisdicción estatal o municipal;Conjuntos habitacionales, fraccionamientos y nuevos centros de población;Cambios de uso de suelo, de manera previa al otorgamiento de su autorización;

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