constitucion de la cooperativa melonera.docx

58
IDENTIFICACION DEL PROYECTO El presente proyecto muestra la idea de la constitución de una sociedad cooperativa productora de melones en nuestra región, con lo cual no solo se espera el beneficio económico y social de quienes integran la sociedad, sino que también se contempla una muy importante fuente de empleo para los habitantes de esta zona. El plan supone que dicha sociedad será constituida por 5 socios, bajo la denominación de: “COOPERATIVA MELONERA DEL ISTMO, S.C. de C.V.” y estará formado por capital de $ 2´500,000.00; dicha información está plasmada en el contrato social de la sociedad. ANTECEDENTES Y ASPECTOS GENERALES SOBRE EL CULTIVO DEL MELÓN ANÁLISIS DEL MELÓN NOMBRE COMÚN: MELÓN NOMBRE CIENTÍFICO: CUCUMIS MELO El melón es fruto que posee un sabor rico y delicioso, delicado y apetecible, es originario de África y Asia. Se considera que su cultivo se remonta a 2,400 años antes de la era cristiana en el territorio egipcio. Al inicio de la era cristiana el melón ya era conocido y quizá provenía de la india, sudan o los desiertos iraníes, 300 años después se extendió en toda Italia. Durante la edad media, desapareció del sur de Europa, con excepción de España, que era dominada por los árabes. Las expediciones comerciales del siglo XVII favorecieron la dispersión del melón, llegando a todos los orbes, lo que permitió el desarrollo de las especies hoy conocidas. A principios de los 50`s del siglo XX en Europa el melón todavía era un producto de lujo, cultivado con mucho esmero bajo sistemas de protección climática o bien al aire libre, destinado a ser consumido en las regiones productoras como fruto de temporada. A finales de los 60 ´s de ese siglo, se registro mundialmente un amplio crecimiento de las superficies dedicadas a su cultivo, mejorando la selección de sus especies, y se desarrollaron sistemas modernos de venta y distribución pero es hasta la década de los 70´s cuando este producto se vuelve competitivo en los mercados, al ser adaptado a 1X

Upload: anadecarrasco

Post on 06-Dec-2014

107 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: constitucion de la cooperativa melonera.docx

IDENTIFICACION DEL PROYECTO

El presente proyecto muestra la idea de la constitución de una sociedad cooperativa productora de melones en nuestra región, con lo cual no solo se espera el beneficio económico y social de quienes integran la sociedad, sino que también se contempla una muy importante fuente de empleo para los habitantes de esta zona.

El plan supone que dicha sociedad será constituida por 5 socios, bajo la denominación de: “COOPERATIVA MELONERA DEL ISTMO, S.C. de C.V.” y estará formado por capital de $ 2´500,000.00; dicha información está plasmada en el contrato social de la sociedad.

ANTECEDENTES Y ASPECTOS GENERALES SOBRE EL CULTIVO DEL MELÓN

ANÁLISIS DEL MELÓN

NOMBRE COMÚN: MELÓN

NOMBRE CIENTÍFICO: CUCUMIS MELO

El melón es fruto que posee un sabor rico y delicioso, delicado y apetecible, es originario de África y Asia. Se considera que su cultivo se remonta a 2,400 años antes de la era cristiana en el territorio egipcio. Al inicio de la era cristiana el melón ya era conocido y quizá provenía de la india, sudan o los desiertos iraníes, 300 años después se extendió en toda Italia. Durante la edad media, desapareció del sur de Europa, con excepción de España, que era dominada por los árabes.

Las expediciones comerciales del siglo XVII favorecieron la dispersión del melón, llegando a todos los orbes, lo que permitió el desarrollo de las especies hoy conocidas. A principios de los 50`s del siglo XX en Europa el melón todavía era un producto de lujo, cultivado con mucho esmero bajo sistemas de protección climática o bien al aire libre, destinado a ser consumido en las regiones productoras como fruto de temporada. A finales de los 60´s de ese siglo, se registro mundialmente un amplio crecimiento de las superficies dedicadas a su cultivo, mejorando la selección de sus especies, y se desarrollaron sistemas modernos de venta y distribución pero es hasta la década de los 70´s cuando este producto se vuelve competitivo en los mercados, al ser adaptado a novedosos sistemas de producción.

PRODUCCIÓN MUNDIAL

Desde hace 75 años, el melón mexicano a mantenido su importancia en el mercado internacional por su calidad, además de la derrama económica en las zonas de cultivo, en donde beneficia a quienes lo manejan, empacan y comercializan, dado que es el tercer productor agropecuario en la captación de divisas por exportación.

Algunas regiones productoras de melón mexicano han desarrollado gran nivel de especialización, con lo que obtienen mejores rendimientos que otros países que tradicionalmente producen y exportan mayores volúmenes. Entre las principales zonas destacan la de Colima que durante los últimos diez años han sostenido un promedio de 30 toneladas por hectárea, cantidad por arriba del promedio registrado por los cinco países con mayor productividad, quienes oscilan entre 19 y 21 toneladas por hectárea.

1X

Page 2: constitucion de la cooperativa melonera.docx

El melón mexicano es capaz de soportar altas temperaturas, por lo cual se ha convertido en una excelente alternativa de cultivo en las zonas de calor excesivo y sequías constantes. Con equipo de riego adecuado, se evita la pérdida de un alto porcentaje, de agua superficial y subsuelo.

México cuenta con tecnología adecuada, pero es preciso que maneje las cosechas en periodos más cortos y mejore los procesos de manejo posterior a la cosecha, así como la comercialización del producto.

La producción nacional del melón durante el periodo 1992-2001 disminuyo en 5.7%, durante el periodo 1992-2001, los principales estados productores de melón en nuestro país fueron: Durango y Sonora, seguidos de Michoacán, Coahuila y Guerrero, los que en conjunto sumaron 60% de la producción nacional.

Las condiciones de calor, la escasa humedad y la infraestructura hidráulica características de los estados de Durango y Sonora, han sido los factores que les ha permitido, en pocos años, convertirse en los principales productores del país. Durango registró su nivel más bajo de producción en 1996(36 mil toneladas) y el más alto en 2000 cuando alcanzo las 96 mil toneladas. Sonora a su vez tuvo su punto más bajo en 1993 con 33 mil toneladas y el más alto en 1999 cuando alcanzo las 108 mil toneladas.

Por lo que toca a Coahuila, durante el periodo analizado(1992-2001) su comportamiento fue francamente zigzagueante con una ligera tendencia a la alza inicio en 1992 con una producción de 40 mil toneladas, que fue la menor del periodo alcanzando para 2001 las 75 mil toneladas, máxima cantidad cosechada para ubicarse en un tercer lugar en la producción nacional. Así mismo, durante el periodo analizado (1992-2001), el estado de Guerrero tuvo una evolución inconstante alcanzando su máximo en el 2000 al registrar 68 mil toneladas cayendo drásticamente en 2001(39%) al llegar a 41 mil toneladas producidas. La producción en las áreas con riego es superior a la obtenida en las de temporal, al conjuntarse la mayor superficie bajo cultivo y los mejores rendimientos. Es importante considerar que los mejores rendimientos en cuanto a la producción del melón se obtienen en áreas con sistemas de riego.

PROCESO PRODUCTIVO

ASPECTOS BOTÁNICOS

El Melón es un cultivo anual que pertenece a la familia de las cucurbitáceas; posee tallos herbáceos flexibles y rastreros que alcanzan de 1.5 a 3.5 metros. De largo, provistos de zarcillos, por medio de los cuales puede tener habito trepador, sus raíces pueden penetrar hasta 2.0 metros. de profundidad, presentando la mayor parte de su sistema radicular en los primeros 60 cms. En el cultivo del melón, la polinización la efectúan los insectos, por lo general las abejas en mayor porcentaje. Las flores se abren al iniciar el día de forma similar que otras cucurbitáceas, por la tarde cierran las corolas, es recomendable que mientras dura la inflorescencia debe evitarse las aspersiones que tengan un efecto toxico sobre las abejas.

ETAPAS FENOLOGICAS

2X

Page 3: constitucion de la cooperativa melonera.docx

Etapa de SiembraEtapa VegetativaEtapa de FloraciónEtapa de FructificaciónEtapa de Cosecha

REQUERIMIENTOS CLIMÁTICOS

El clima en el que mejor se desarrolla el cultivo del melón es el cálido para las regiones de Centroamérica y el Caribe, a pesar que existen ciertos híbridos adaptados a climas templados. El rango de altitud de cultivo es entre los cero metros hasta los mil metros sobre el nivel de mar, temperaturas ambientales entre los 18 y 25 grados centígrados se necesitan que existan temperaturas durante el día de 25 grados centígrados y durante la noche temperaturas de 15 grados, un mes antes de la maduración de los frutos, teniendo baja humedad relativa y con ausencia de lluvias.

PREPARACIÓN DEL SUELO

Antes de la siembra deberá tenerse muy en cuenta que el melón requiere de un suelo mullido, con una profundidad efectiva de 60 centímetros de profundidad, cuando son terrenos donde no se han sembrado hortalizas se recomienda iniciar con un cincelado, luego con un subsuelador siguiendo con dos fases de arado, continuando con dos fases de rastra y finalmente con uno de nivelado. El cultivo requiere de suelos francos y francos arenosos, ricos en materia orgánica con un PH de 6.0 a 7.5; se adapta a otras condiciones de suelo media vez sean sueltos y bien drenados.MANEJO DEL CULTIVO

a) Época de Siembra.La mejor época de siembra es de octubre a febrero, pudiendo extenderse a los primeros días de mayo, en las zonas donde la temporada lluviosa no se establece plenamente en el mes de mayo.

b) Método de Siembra.Para el buen establecimiento de la plantación el método de siembra para el melón es la siembra directa. Para la siembra el terreno debe prepararse con dos o tres semanas de anticipación, arando a una profundidad de 30 CMS. Con dos o tres pasadas de rastra, distribuyendo dentro de estas labores 100 lbs. Por manzana de volaton 5% G. Diazigran 5%(basudin) o Lorsband 5%. La siembra se hará directamente ya sea en terrenos planos o en montículos para favorecer el riego dejando distancias de 1.8 a 2.0 mts. Entre surcos y sobre el surco se siembran a mano 4 semillas a cada 60-90 cms. A una profundidad de 2.5 a 3.0 cms. Para que al nacer se haga un raleo dejando la planta mejor desarrollada y eliminando el resto, siendo el momento para efectuarlo cuando las plantas han formado dos hojas verdaderas, dejando una planta a cada 35 cms. En el cultivo del melón para la obtención de frutos de calidad es importante dejar desarrollar únicamente uno o dos frutos por cada guía que emite la planta, eliminando el resto, especialmente porque son frutos de exportación.

c) Fertilización

3X

Page 4: constitucion de la cooperativa melonera.docx

Para la obtención de una cosecha promedio de 20,000 frutos por manzana el melón extrae del suelo 170 lbs. De nitrógeno, 74 libras de fósforo y 230 libras de potasio, de acuerdo con análisis del suelo y la cantidad de nutriente que el cultivo extrae, se puede recomendar cualquiera de las siguientes formulas fertilizantes; 16-20-0:15-15-15 formulas nitrogenadas, urea 46%, nitrato de amonio 33%, formulas foliares; bayfolan 11-8-6; complesa 9-9-7 y 5-8-10; superfoliar 20-20-20. Se recomienda aplicar de la siguiente forma:Aplicar a la siembra cinco días después de nacidas las plantitas tres quintales de fertilizante formula completa por manzana, distribuyéndola en banda lateral a lo largo de las hileras, separando 6 cm., de la línea de las semillas o plantas enterrando el fertilizante 5 cm.A los 30 días siguientes de nacida las plantas, después de haber hecho el raleo aplicar dos quintales por manzana de formula completa o nitrogenada, distribuyendo ½ onza por planta a 10 cms., de la base de los tallos y enterrar a 5 cms. De profundidad, al inicio de la floración, complementar la fertilización con dos quintales de fertilizante nitrogenada por manzana distribuyendo ½ onza por planta a 12 centímetros de la base del tallo alrededor o a los lados y enterrando a 5 cms.Efectuar 4 aplicaciones de fertilizante foliar, iniciando los primeros a los 30 días de nacidas las plantas y las siguientes a intervalos de 15 días, utilizando cualquiera de los fertilizantes foliares mencionados anteriormente en las siguientes dosis; bayfolan, wuxal o complesal 2 lts por manzana o 1 lts por barril de 50 galones de agua, superfoliar 20-20-20, 4 libras por manzana, 2 lb. Por barril de 50 galones de agua.Para proteger 15,000 plántulas que se trasplantan en una manzana, es necesario utilizar de 2 a 4 libras de torta molida nim. También se puede aplicar, con una bomba de mochila, un insecticida como lorsban (un litro por manzana en 200 litros de agua).

PLAGAS

Nombre Común

Nombre Científico

Daños MANEJO

Preventivo Correctivo

Barrenador del melón

a)Diaphania Hyalinata

Produce galerías en los tallos provocando la muerte de las guías y caída prematura de los frutos.

-Eliminar los residuos de la cosechas anteriores-Utilizar variedades o híbridos precoses -Hacer muestreo semanal cuando la planta empieza a formar guías, monitorear cinco sitios por manzana y diez plantas por sitio.

-Efectuar medidas de control químico cuando en los recuentos semanales existan daños en una de cada seis hojas, en una de cada quince yemas o en un fruto de cada treinta muestreados.-Aplicar Insecticida a base de bacillus Thuringensis

b) Diaphania Nitidalis(Stoll)

Las larvas infestan los frutos antes de la cosecha, reduciendo de manera dramática el rendimiento o cuando no se efectúa ningún tipo de control

4X

Page 5: constitucion de la cooperativa melonera.docx

Mosca Blanca

a) Hemisia Tabaci(gennadius), (homoptera)

Las ninfas y adultos succionan los nutrientes de la planta y provocan trastornos en el desarrollo de esta.

-Sembrar más denso y eliminar plantas infectadas-Revisar el cultivo periódicamente.-Eliminar las malezas hospederas.-Sembrar barreras rompe vientos para minimizar el movimiento de las moscas blancas.-Producir plántulas bajo condiciones controladas.

-Aplicar insecticidas selectivos si se registran altas poblaciones del insecto.-Aplicar extractos de Nim como repelencia para los adultos.

b)LiriomyzaSativae

Estas se refieren en los procesos fotosintéticos de la planta cuando el ataque es severo puede provocar que las hojas se sequen y caigan.

-Alimentar y guardar bien las plantas para aumentar su resistencia.-Eliminar las malezas hospederas dentro y alrededor del área de cultivo.-Sembrar tomate en asocio con fríjol.

-Minimizar las aplicaciones de plaguicidas para reducir a los enemigos naturales.

Nombre Común

Nombre Científico

Daños MANEJO

Preventivo Correctivo

Cortador, tierro, nochero, rosquilla, cuerudo, cortador de piel granulada.

Agrotis Ipsilon

Las larvas grandes cortan o atraviesan los tallos a las del suelo, las pequeñas raspan los tallos debilitando la planta.

-Preparar bien el suelo, para reducir una gran parte de las larvas y pulpas presentes.-Aumentar la densidad poblacional de las plantas para compensar pérdidas.-Aplicar riego permanente para bajar la población de las larvas.-Eliminar malezas con bastante tiempo antes de la siembra.

-En lotes donde hay mucha presencia de maleza, se recomienda la inspección del suelo y de las malezas, aplicar insecticidas de contacto o ingestión durante la noche.-Usar cebos envenenados insecticida mezclado con afrecho o aserrín, maleza y agua)-Para cultivos valiosos hacer aplicaciones de insecticidas granulados en la base de las plantas.-Crear un ambiente adecuado para parasitoides larvales de pupas y de adultos y depredadores como hormigas y varios escarabajos y nematodos entomófagos.

5X

Page 6: constitucion de la cooperativa melonera.docx

Gallina CiegaPhyllophaga Sp

Con la primera lluvia, en los meses de mayo a junio, en ellas comienzan a activarse, moviéndose hacia las capas menos profundas donde llegan las raíces de las plantas. Al alimentarse de las raíces y bases de los tallos, causan daños graves a los cultivos

-Para conocer la población gallina ciega presentes en las parcelas, se hacen cinco hoyos bien distribuidos en toda la parcela.-La tierra recolectada de los hoyos se pone sobre un plástico blanco para contar las larvas presentes. Si se encuentran más de 3 larvas grandes o 5 larvas medianas en los cinco sitios, se considera que la población de gallina ciega, en la parcela es alta, al preparar el terreno en el verano, con una rotulación profunda o con varios pases de arado al inicio de la época de lluvia, las larvas sobrevivientes en suelo quedan expuestas al aire libre y al sol.

-Para proteger plántulas en una hectárea es necesario utilizar de 2 a 4 libras de torta molida en nim.

-Utilizar insecticidas ranulados en el suelo para el control de larvas.

-Aplicar insecticidas a las semillas.

-Practicar rotación de cultivos con leguminosas de cobertura

Nombre Común

Nombre Científico

Daños MANEJO

Preventivo Correctivo

NematodoAgallador

MeloidogyneSp

Bajo infecciones severas se puede formar agallas del y tamaño de una nuez.Provocan manchites, clorosis, enanismo, y reduccion en la cantidad de frutos, el sistema radicular se reduce y se notan varios grados de necrosis.El daño causado por el nematodo a los tejidos superficial desde las raíces permite la entrada de patógenos y bacterias.

-Usar variedades tolerantes.-Esterilizar semilleros con agua caliente.-Sembrar plantas antagónicas dentro de los cultivos.-Calentar el suelo por medio de plástico transparente y el sol.-Practicar el barbecho en periodo de sequia.-Limpiar herramientas maquinarias para evitar la entrada de nematodo a otras areas.

-Mantener un ambiente adecuado para aumentar parásitos y depredadores de huevos juveniles y adultos.-Aplicar un nematicida.

6X

Page 7: constitucion de la cooperativa melonera.docx

ENFERMEDADESNOMBRE AGENTE CAUSAL SINTOMAS CONTROL

Mildiu Velloso Pseudoperonosp Ora Cubensis

-Las hojas muestran un moteado seguido por manchas angulares de color amarillo, y están limitados por las ventanas de la hoja. Se desarrolla en la superficie del envés de la hoja un fino moho de color blanco a gris. Las hojas infectadas mueren pero permanecen erectas y sus bordes se enrollan hacia dentro.-Una infección severa da como resultado la defoliación, la atrofia de las plantas y un pobre desarrollo del fruto.

-Usar siempre variedades resistentes, cuando ello sea posible usar sistemas para predecir la aparición de la enfermedad y programar aplicaciones (coo el blite-cast).

Mal de talluelo o camping off

Pythium sp., rhizoctonia soani, thielaviopsis basicota, acremonium sp., fusarium equiseti y otros hongos.

-Phythium sp. Las plántulas se tornan verdes opacas y los cotiledones se caen. Se puede observar también lesiones húmedas a nivel del suelo, algunas veces las plantas se marchitan o mueren antes de emerger.-Rizoctonia solana, en plántulas jóvenes los síntomas son similares a los descritos para phytium a la corteza le producen una lesión hundida de color marrón o pardon-rojizo.-Thielaviopsis basicola las lesiones congenian con un color

7X

Page 8: constitucion de la cooperativa melonera.docx

grisáceo a rojizo, volviéndose casi inmediatamente negro, en suelos húmedos una capa con apariencia escarcha puede cubrir parte de la lesión negra.

-Practicas culturales que eviten condiciones prolongadas de alta humedad del suelo y pobre aireación del mismo evitar los suelos compactados, la preparación de camas o surcos elevados para tener un buen drenaje y el evitar largos periodos de riego, semilla de alta calidad con un buen riego.

Gomosis de Tallo

Mycosphaerella Melonis (Didymella Bryoniae)

-La enfermedad se manifiestan comúnmente en las partes aéreas de las plantas.-En las plantas viejas, los síntomas en las hojas se manifiestan como manchas circulares oscuras, negras de hasta 5 mm. Rodeadas en ocasiones por un halo amarillo. La infección comienza como un marchitamiento en el margen de aloja progresando hacia el centro, finalizando con la quemadura de la hoja.-Los tallos infectados desarrollan ulceras que producen un fluido gomoso rojo o marrón característica sufre un estrangulamiento, pueden verse en el fruto pequeñas manchas húmedas son de color verde aceitoso, volviéndose marrón oscuro a medida que se agranda.

Tizón por Alternativa

Alternativa Cucumerina

-Las Pequeñas venas de la hoja, localizados en las manchas, se vuelven oscuras, dando la apariencia de una red o malla puede ocurrir la desolación de la plata quedando los frutos expuestos al sol, produciéndose sobre los mismos, quemaduras por el sol y un decrecimiento en el contenido de sólidos solubles. Las infecciones en melón cataloupe, aparecen con manchas circulares, marrones y hundidas.-Mas tarde la superficie del fruto toma un aspecto de una esfera polvorienta de color verde oliva negro.-Fusarium aquiseti, se desarrolla sobre la corteza de un hipocotilo una lesión pardoroijiza, el hongo puede causar camping off pre ypost emergente.

-Usar variedades resistentes, con un buen programa de aspersión con fungisidas.

-Controlar las malezas y aumentar las medidas sanitarias.

8X

Page 9: constitucion de la cooperativa melonera.docx

MildiuPolvoriento

ErysipheCichoracearumSphaerotheca Fuliginea

-Los primeros síntomas son la aparición de unas manchas amarillo pálidas sobre los tallos, pecíolos y hojas, la infección puede producirse en la superficie del hazo o del envés de la hoja, las manchas se agrandan y se cubren de blancas esporas dando una apariencia polvorienta.- Las hojas infectadas gradualmente se vuelven amarillas y eventualmente adquieren una coloración y aun aspecto delgado como el papel.

OBJETIVOS DE LA COOPERATIVA MELONERA ISTMEÑA, S.C DE R.L DE C.V

GENERAL

Establecer e implantar un sistema eficiente para la siembra, cultivo, cosecha y comercialización de las variedades de melón que se producirán, logrando con ello competitividad en el mercado y así mismo conseguir el mejoramiento social y económico de quienes laboran en ella.

ESPECIFICOS:

A CORTO PLAZO

Tener buen volumen de producción de melones de calidad Abastecer a la región y al país con nuestra cosecha Lograr la aceptación en el mercado regional

A MEDIANO PLAZO :

Ampliar nuestra capacidad productiva implementando nuevas variedades de melones para su comercialización.

Implantar mejor tecnología para conseguir un mayor producción Mejorar la calidad de nuestro producto

Tener mejor competitividad en el mercado nacional

9X

Page 10: constitucion de la cooperativa melonera.docx

A LARGO PLAZO

Obtener certificaciones de calidad a nivel mundial Lograr la exportación de nuestro producto

MISION

SATISFACER LAS NECESIDADES DE NUESTROS CONSUMIDORES PRODUCIENDO

DIVERSAS VARIEDADES DE MELONES DE ALTA CALIDAD, AYUDANDO CON

NUESTRAS ACTIVIDADES AL MEJORAMIENTO SOCIOCULTURAL Y ECONÓMICO DE

LA REGIÓN.

ORGANIZAR LOS SERVICIOS DE PRODUCTOR Y DISTRIBUCION A FINES ENTRE

SUS ASOCIADOS, PARA UNA MAYOR PRODUCTIVIDAD. CREAR FUENTES DE

TRABAJO

VISION

SER EL NUMERO UNO EN LA SIEMBRA, CULTIVO, COSECHA Y COMERCIALIZACIÓN

10X

Page 11: constitucion de la cooperativa melonera.docx

DE MELONES DE ALTA CALIDAD, IMPLANTANDO TECNOLOGÍA DE PUNTA CON ALTA

COMPETITIVIDAD A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL.

LLEGAR A SER LA COOPERATIVA QUE GENERA LA MEJOR CALIDAD Y COSTOS

MAS BAJOS DE LOS SERVICIOS PARA DE ESTA MANERA COMBATIR LA

ESPECULACION Y APOYAR A SU VEZ EL MOVIMIENTO COOPERATIVO Y POPULAR.

11X

Page 12: constitucion de la cooperativa melonera.docx

Anexar: Orinal y copia de pago de derechos.SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES PERMISO: 14221803

MÈXICO EXPEDIENTE: 9814001790FOLIO: 3063

En la atención a la solicitud presentada por el C.MARIA GUADALUPE MIGUEL SOSA. Esta secretaria concede el permiso para constituir un S. C. DE C. V. Bajo la denominación de “COPERATIVA MELONERA DEL ISTMO”, S.C. DE .C.V.Este permiso, quedara condicionado a que los estatutos de la sociedad que se constituya, se inserten la clausula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la Inversión Extranjera y 14 del reglamento de la ley de Inversión extranjera y de Registro Nacional de Inversiones extranjeras.El interesado, deberá dar aviso del uso de este permiso a la Secretaria de Relaciones Exteriores dentro de los seis meses siguientes a la expedición del mismo de conformidad con lo que establece el Artículo 18 de Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera.Lo anterior se comunica con fundamento en los Artículos: 27 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ,28 fracción V de la ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 13,14 y 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.Este permiso quedara sin efectos si dentro de los Noventa días hábiles siguientes a la fecha de otorgamiento del mismo, los interesados no acuden a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la constitución de la sociedad de que se trata, de conformidad con lo que establece al artículo 17 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras; así como otorga sin perjuicio de lo dispuesto por el Articulo 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION”.EL DIRECTOR DE PERMISOS ARTÌCULO 27

__________________________________LIC. PATRICIA ESPINOZA CANTELLANO

LIC. MARIA DE LA LUZ MARTINEZ CARBALLIDO

12X

Page 13: constitucion de la cooperativa melonera.docx

NOTARIA PÚBLICA No.41JUCHITAN DE ZARAGOZA, OAXACA.AV. 16 DE SEPTIEMBRE No. 12-A

---------NUMERO 34, 985 TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO---------------------------------------------------------------------------------------------

En la Heroica ciudad de Juchitan de Zaragoza, Oaxaca, a los tres días del mes de noviembre de dos mil doce ante mí, Lic. María de la luz E. Martínez Carballido, Notaria Publico Titular Numero 41 Cuarenta y uno de esta municipalidad, compareciendo los (as) C. Aura Luis Santiago, René Diazleal Vega, Elba Magali Guzmán Ramos, Mariela Ordaz Morales y Ana Delia Carrasco Carrasco con la capacidad legal necesaria a juicio de la suscrita Notaria, quienes se identifican con los documentos de los que dejo copia fotostática agregada apéndice correspondiente al Tomo de la presente escritura, bajo el numero de la misma, dijeron que han convenido en constituir una SOCIEDAD COOPERATIVA, en la cual sujetan al contenido de las siguientes:---------------------------------------------------------

CLAUSULAS

---------------------------BASES CONSTITUTIVAS-------------------------------

CAPITULO I.

DENOMINACION DOMICILIO SOCIAL, NACIONALIDAD, NORMATIVIDAD Y DURACION---------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERA DENOMINACION.-Esta sociedad se denomina “COOPERATIVA MELONERA DEL ISTMO” Sociedad Cooperativa de Capital Variable, o de su abreviatura S.C. de C.V.--------------------

---SEGUNDA. DOMICILIO SOCIAL.-Esta sociedad tendrá su domicilio social en la calle 16 de septiembre, Colonia Centro, Heroica Ciudad de Juchitan de Zaragoza, Oaxaca, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas, o sucursales en cualquier Estado, Municipio o lugar de la República Mexicana, sin que por ello se entienda cambiando su domicilio.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

---TERCERA. NACIONALIDAD.- La sociedad que se constituye es de nacionalidad mexicana, sus socios convienen de conformidad con el Artículo 30 del Reglamento de la ley para promover la Inversión Mexicana y Regular de la inversión extranjera: en que ninguna persona extranjera, física o moral, podrá tener participación social alguna o ser propietaria de acciones de la sociedad.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Si por algún motivo, alguna de las personas mencionadas anteriormente, por cualquier evento llegare a adquirir una participación social o ser propietaria de partes sociales, contraviniendo así lo establecido en el párrafo que antecede, conviene desde ahora en

13X

Page 14: constitucion de la cooperativa melonera.docx

que dicha adquisición será nula y, por tanto, cancelada y sin ningún valor la parte social de se trate, teniéndose por reducido el capital social en una cantidad igual al valor de la participación cancelada.”-------------------------------------------------------------------------------------------

---CUARTA. NORMATIVIDAD. Las operaciones de esta sociedad serán normadas por la Ley General de Sociedades Cooperativas de los Estados Unidos Mexicanos, la Legislación en Materia, los acuerdos de organismos cooperativos: estas bases constitutivas, su reglamento interno e inspiradas en los principios cooperativos promulgados por la alianza cooperativa Internacional.(Articulo 33 treinta y tres de la Ley General de Sociedades Cooperativas). Esta sociedad cooperativa es una persona moral, con personalidad jurídica y patrimonios propios de Capital Variable, en la cual la responsabilidad de los socios se limitan al pago de sus aportaciones (conforme a los artículos 14 catorce y 15 quince de la Ley General de Sociedades Cooperativas), quienes de tal manera, se agrupan legalmente para desarrollar actividades de servicios financieros y otros, bajo el Régimen de Responsabilidad Limitada y Capital Variable---------------------------------

---QUINTA. DURACION.- La sociedad tendrá una duración indefinida. Los ejercicios sociales correrán del 1ro. Primero de Enero al 31 treinta y uno de Diciembre de cada año, con excepción del primer ejercicio que durara desde la fecha de la firma de la escritura constitutiva hasta el 31 treinta y uno de Diciembre del presente año.-----------------------------------------------------------------------------------

CAPITULO II------------------------OBJETO SOCIAL--------------------------------------------------------------

---SEXTA. OBJETO SOCIAL.- El objeto de la Sociedad Será: -------------------------a).-Opera como sociedad cooperativa en el cultivo, cosecha y comercialización de melones----------------------------------------------------------------------------------------------b).-La celebración de todos los actos y contratos anexos y conexos relacionados con sus fines sociales-----------------------------------------------------------------------------c).-La adquisición o arrendamiento, por cualquier medio permitido por la ley, de los bienes muebles e inmuebles que sirvan para cumplir los fines sociales.d).-La obtención de todo tipo de créditos y a la realización de operaciones comerciales en moneda nacional y extranjera.----------------------------------------------e).-Contratar y subcontratar con otras empresas, ya sean públicas o privadas o con particulares, servicios o actividades que tengan relación con el objeto de la sociedad---------------------------------------------------------------------------------------------f).-Aceptar préstamos y créditos de instituciones de crédito nacionales para destinarlos a la realización de sus operaciones o para cubrir necesidades temporales de liquidez. --------------------------------------------------------------------------g).- Propiciar por medio de la educación, el desarrollo integral de los socios que les permiten impulsar sus actividades productivas, aumentar el poder adquisitivo de sus recursos, entrenarlos en los métodos de los negocios y orientarlos en el uso racional de crédito ---------------------------------------------------------------------------h).- Prestar asesoría cooperativa, legal, fiscal, laboral, contable, administrativa financiera y demás que la sociedad, sus socios y profesionales en la materia están en posibilidad de proporcionar.------------------------------------------------------------------i).- Obtener en común bienes y servicios para satisfacer necesidades de los socios y de sus familias.----------------------------------------------------------------------------------

14X

Page 15: constitucion de la cooperativa melonera.docx

j).- Afiliarse a otros organismos que se considere conveniente para la consecución de los fines de la sociedad y que les este permitiendo por los ordenamientos legales.-----------------------------------------------------------------------------------------------k).- Llevar a cabo otras operaciones análogas y conexas, así como todos aquellos actos que no sean expresamente prohibidos por las leyes y disposiciones aplicables a la sociedad.---------------------------------------------------------------------------l).- Establecer secciones de producción de bienes de consumo, socialmente necesarios que convengan elaborar y de servicios tales como la adquisición de medicinas, la contratación de seguros de vida, daños y gastos médicos mayores, etc.---------------------------------------------------------------------------------------------------SEPTIMA.- Los socios aportaran a la sociedad el capital inicial, que será de $2’500,000.00 DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL el cual sea suscrito instalado, en la forma siguiente:-----------------------

NOMBREAPORTACION

EN EFECTIVOAPORTACION

EN ESPECIEAURA LUIS SANTIAGO $ 700,000.00RENE DIAZLEAL VEGA 500,000.00ELBA MAGALI GUZMAN RAMOS 300,000.00 SEMILLASMARIELA ORDAZ MORALES 500,000.00 TRACTORANA DELIA CARRASCO CARRASCO 500,000.00 TRACTORTOTAL $2,500,000.00

---OCTAVA. SERVICIOS ADICIONALES.- La sociedad podrá realizar actividades distintas a las que se refiere la clausula sexta, siempre y cuando exista un reglamento y presupuesto de expresamente aprobado por la asamblea y se circunscriban a las áreas de previsión social, esparcimiento y recreación, salud, pago de servicios públicos y ecológicos.-------------------------------------------------------

CAPITULO III.-------------------------REGIMEN ECONOMICO-------------------------------------------------

---NOVENA. REGIMEN ECONOMICO.- Esta sociedad será de responsabilidad limitada, por tanto sus socios se obligan únicamente al pago de los certificados de aportación que hayan suscrito, y tendrá como fuente ordinaria de ingresos para su sostenimiento el importe de los rendimientos y productos de sus operaciones activas de sus socios (articulo 14 catorce de la Ley General de Sociedades Cooperativas).- -------------------------------------------------------------------------------------

---DECIMA. PLAN Y PRESUPUESTO.- Anualmente el consejo de administración pondrá a consideración de la asamblea general de socios para su examen y aprobación un plan de trabajos y un presupuesto de ingresos para el ejercicio social. (Articulo 36 treinta y seis de la citada Ley General de Sociedades Cooperativas).--------------------------------------------------------------------------------------

---DECIMA PRIMERA. DONACIONES.- Esta sociedad podrá recibir de personas físicas y morales, públicas o privadas, nacionales o internacionales: donaciones, subsidios, herencias y legados para aumentar su patrimonio. (Articulo 60 sesenta de la Ley General de Sociedades Cooperativas).---------------------------------------------

15X

Page 16: constitucion de la cooperativa melonera.docx

---DECIMA SEGUNDA. DISTRIBUCION DE EXCEDENTES.- Si al final de un ejercicio social quedara algún excedente, este se distribuirá de tal manera que ningún socio gane a costa de otro. La asamblea decidirá su distribución aplicando parcial o totalmente su monto en las alternativas siguientes: ------------------------------a).- La creación de un fondo para el desarrollo de esta sociedad; -----------------------b).- El establecimiento de servicios en la comunidad; ---------------------------------------c).- La distribución entre los socios prestatarios en porción. -------------------------------

CAPITULO IV.

-----------------------CAPITAL SOCIAL---------------------------------------------DEL CAPITAL Y LOS CERTIFICADOS DE APORTACION ----------------------------------- DECIMA TERCERA.- EL CAPITAL SOCIAL, sin derecho a retiro es la suma de $ 2, 500, 000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.)---------- DECIMA CUARTA. CERTIFICADO DE APORTACION.- El capital social estará constituido por los certificados de los socios, que serán nominativos, indivisibles, de igual valor e intransferibles, y con los rendimientos que la asamblea general recuerde se destine, para incrementarlo. Los certificados de aportación deban capital de riesgo para la sociedad (Articulo 50 cincuenta de la Ley General de Sociedades Cooperativas) ----------------------------------------------------------------------Cuando la asamblea general acuerde reducir el capital que se juzgue excedente, se hará la devolución a los socios a prorrata. Cuando el acuerdo sea en el sentido de aumentar el capital todos los socios quedan obligados a suscribir el aumento en la forma y términos que acuerde la asamblea general.----------------------------------

---DECIMA QUINTA. VALOR.- El valor de los certificados de aportación será de $10, 000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M. N.), todos los socios podrán suscribir y pagar únicamente 28 veintiocho certificados de aportación.--------------------------------

----- DECIMA SEXTA. PAGO Y DEVOLUCION.- al ingresar el socio a la cooperativa deberá exhibir al menos el 10% del valor de los certificados de aportación, para completarlos será obligatorio depositar al menos el 5% de sus ingresos mensuales, en los termino que establezca el reglamento interno; en caso de separación tendrá el derecho a la devolución íntegra de sus certificados de aportación ( articulo 51 cincuenta y uno de la citada ley general de sociedades cooperativas).------------------------------------------------------------------------------------------ DECIMA SEPTIMA. CERTIFICACION.- La sociedad expedirá los certificados de aportación para cada asociado, los cuales deberán ser certificados con el sello de la propia sociedad y las firmas del presidente de consejo de administración, del gerente y del socio.--------------------------------------------------------------------------------

---- DÉCIMA OCTAVA. VALUACIÓN DE BIENES O DERECHOS.- En caso de que las aportaciones sean aceptadas por la asamblea en especie los bienes o derechos que se acepten serán evaluados por perito nombrado por la sociedad, tanto en el caso de aportación, como en el retiro de aportación. Los gastos que se generen con motivo de dicha valuación, correrán a cuenta del socio que pretenda aportar los bienes.-------------------------------------------------------------------------------------

CAPITULO V.

16X

Page 17: constitucion de la cooperativa melonera.docx

------------------------------------------------ SOCIOS -----------------------------------------------

---- DECIMA NOVENA. ADMISION.- Serán miembros de esta sociedad cooperativa tanto los socios constituyentes como las personas que cumplan con los siguientes requisitos y procedimientos: --------------------------------------------------a).- ser presentados por un socio o presentar referencias personales o comerciales, haber cumplido los 18 dieciocho años de edad, estar en pleno goce de sus derechos civiles y pertenecer al vinculo territorial, profesional o local en que presta sus servicios la cooperativa.-----------------------------------------------------------b).- Una persona que manifieste espíritu de trabajo, honradez y espíritu solidario.--c).- prometer a esta sociedad cumplir las obligaciones económicas, educativas y sociales propias de los asociados.-------------------------------------------------------------d).- Aportar al menos el 10% diez por ciento de los valores de aportación obligatorios al ingresar.---------------------------------------------------------------------------e).- Presentarse personalmente al llenar y firmar la solicitud de admisión que para tal efecto expida la sociedad.---------------------------------------------------------------------f).- Acudir a las secciones de estudio que establezca la sociedad.---------------------g).- cubrir los requerimientos que solicite la sociedad, tales como constancia de domicilio, de ingreso, referencias, fotografías y los demás que determine la sociedad en su reglamento interno; -----------------------------------------------------------h).- Acatar la resolución de que su solicitud determine la asamblea y le sea dada a conocer por el consejo de administración; ---------------------------------------------------i).- en caso de ser aceptado por la asamblea el socio gozara plenamente de sus derechos como miembro de esta sociedad cooperativa; ---------------------------------j).-El aspirante que reúna los requisitos a que se refiere este capítulo en su cláusula décima séptima incisos a, b, c, d, e, f, g, h, i, podrá ser admitido provisionalmente como socio por el consejo de administración, al final del ejercicio, el consejo de administración someterá a la aprobación de la asamblea la admisión definitivas de los socios admitidos de forma provisional.------------------------------------

----VIGESIMA. RENUNCIA.-El socio podrá renunciar libremente a su calidad de miembro de la cooperativa cuando así convenga a sus intereses, siempre y cuando con 28 veintiocho días de anticipación, presente por escrito su solicitud donde especifique los motivos de su renuncia, pero solo quedara liberado cuando la asamblea determine que no existen obligaciones incumplidas o responsabilidades a su cargo, o que se haya llegado a un convenio con el socio para el cumplimiento de estas.------------------------------------------------------------------

----VIGESIMA PRIMERA. SUSPENCION DE DERECHOS El consejo de administración podrá suspender temporalmente a los socios cuando dejen de cumplir con sus compromisos económicos, sociales o educativos propios de su calidad de socios.----------------------------------------------------------------------------------

----VIGESIMA SEGUNDA. EXCLUCION. El consejo de administración propondrá a la asamblea la exhalación de un socio cuando grave o reiteradamente afecte a la sociedad por su incumplimiento o propicie la desintegración de la cooperativa.------

----VIGESIMA TERCERA. ADMISION DE EXTRANGEROS. Sus socios convienen de conformidad con los artículos 2do segundo fracción VII Séptima y XV de la ley para promover la inversión mexicana y regular la inversión extranjera, en que la cooperativa no admitirá directa ni indirectamente como socios a inversionistas extranjeros ni sociedades

17X

Page 18: constitucion de la cooperativa melonera.docx

sin cláusulas de exclusión de extranjeros, ni tampoco reconocerán en lo absoluto, derechos de socios a los mismos inversionistas y sociedades.Si por algún motivo, alguna de las personas mencionadas anteriormente, por cualquier evento llegare a adquirir una participación social o ser propietaria de partes sociales, contraviniendo así lo establecido en el párrafo que antecede, se conviene desde ahora en que dicha adquisición será nula y, por tato, cancelada y sin ningún valor la parte social de que se trate, teniéndose por reducido el capital social en una cantidad igual al valor de la participación cancelada.----------------------

CAPITULO VI------------------------------------ FONDOS SOCIALES -----------------------------------

----VIGESIMA CUARTA. FONDO DE RESERVA LEGAL. El fondo de reserva legal se constituirá con el 15% del rendimiento del ejercicio.-------------------------------------

----VIGESIMA QUINTA. FONDOS DE PREVICION SOCIAL. Anualmente, al cierre de cada ejercicio social, se separa el 10% diez por ciento de los excedentes obtenidos para constituir el fondo de previsión Social.--------------------------------------

----VIGÉSIMA SEXTA. EDUCACIÓN COOPERATIVA. Para dar cumplimiento a su objeto social, la sociedad establecerá un programa de educación cooperativa, que se constituirá con el 5% del rendimiento obtenido. Misma que será aprobada por la Asamblea con el propósito de procurar la formación cooperativa de sus socios, directivos, funcionarios y empleados. El gerente será el responsable directo del programa educativo que será supervisado por la Comisión de Educación y tendrá entre otros los siguiente objetivos; ----------------------------------------------------------------a).- Obtener la filiación del 100% de los posibles socios potenciales. -------------------b).- Motivar al socio para el incremento de sus aportaciones y desarrollo del habito de ahorro. ------------------------------------------------------------------------------------------c).- Proporcionar a los socios orientaciones técnicas y financieras para la adecuada distribución de sus ingresos y para el mayor aprovechamiento de los servicios que la sociedad proporciona. ----------------------------------------------------------d).- Difundir y proporcionar la doctrina cooperativa entre los socios y en la comunidad, a fin de que se consiga a cabalidad entender el valor de la cooperativa y su trascendencia en el campo económico y social. --------------------------------------

CAPITULO VII---------------------------------------- EJERCICIO SOCIAL --------------------------------------- VIGÉSIMA SÉPTIMA. EJERCICIO SOCIAL.- el primer ejercicio social empezará a contarse partir de la asamblea constitutiva y concluirá el 31 de diciembre del siguiente. Los demás ejercicios se regirán por el año civil. --------------

---- VIGÉSIMA OCTAVA. La sociedad llevara sus registros en los libros sociales y contables autorizados. Entre los libros sociales deberán incluirse los siguientes, además de los que el reglamento interno establezca posteriormente.-------------------

1.- LIBROS DE ACUERDOS Y ACTA DE ASAMBLEA 2.- DE ACTAS DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA; Y 3.- LIBROS DE CERTIFICACIÓN DE APORTACIÓN.

LIBROS CONTABLES;

18X

Page 19: constitucion de la cooperativa melonera.docx

1.- LIBRO MAYOR 2.- LIBRO DIARIO GENERAL; Y 3.- LIBRO DE BALANCES

CAPITULO VIII---------------------------------- SEGUROS Y FIANZAS -------------------------------------------- VIGESIMA NOVENA. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS.- esta sociedad tendrá en operación permanente un programa de administración de riegos. ---------

---- TRIGÉSIMA. SEGUROS.- la sociedad contara con un sistema de seguro para la protección de sus bienes. ------------------------------------------------------------------------

CAPITULO IX---------------------------------- ASAMBLEAS ---------------------------------------------------

---- TRIGÉSIMA PRIMERA. NATURALEZA.- la asamblea general de la autoridad suprema y sus acuerdos obligan a todos los socios, presente, ausentes y disidentes, siempre que se hubieren tomado con forme a la ley estas bases constitutivas. La asamblea general de socios toma conocimiento y resolverá los asuntos y problemas de mayor trascendencia para la cooperativa y establecerá las normas generales que rijan su funcionamiento (articulo 36 treinta y seis de la Ley General de sociedades Cooperativas). --------------------------------------------------------

---- TRIGÉSIMA SEGUNDA. ORDEN DEL DÍA. El orden del día de las asambleas generales ordinarias será el siguiente: --------------------------------------------------------Lectura del orden del díaComprobación de quórum Nombramiento de una comisión de dos personas para constatar el acta de asamblea.Aprobación del reglamento de la asamblea 1.- Elección del presidente de debates 2.- Elección de escrituradores 3.- Admisión, renuncia y exclusión de socios.4.- Presentación de informes

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN CONSEJO DE VIGILANCIA COMISIONES

5.- Aprobación de planes y presupuestos 6.- Asuntos nuevos, materia de asamblea, que hallan sido dados a conocer a los socios al menos con 15 quince días de anticipación. 7.- Elecciones y en su caso toma de protestas a directivos-8.- Lectura y aprobación del acta o resumen de acuerdos de la presente asamblea.9.- Nombramiento de delegados o representantes de la asamblea.10.- Nombramiento del delegado especial para acudir el fedatario a protocolizar el acta.11.- Clausura.No deberá tratarse ningún asunto que no se haya programado previamente. Asuntos varios, o indicaciones análogas no podrán formar parte del programa. -----

TRIGÉSIMA TERCERA. PRESIDENCIA. La asamblea será percibida por el presidente del consejo de administración, pero para las deliberaciones se elegirá un presidente de debates pudiendo ser el mismo que l presidente de la asamblea. --------------------------------------------------------------------------------------------------------

19X

Page 20: constitucion de la cooperativa melonera.docx

---- TRIGÉSIMA CUARTA. TIEMPO Y CLASE. La asamblea general ordinaria se efectuara dentro de los 30 días siguientes al cierre del ejercicio social. ----------------

Toda otra asamblea que se celebrase se le denominara extraordinaria. ---------------El consejo de administración podrá convocar a asamblea general extraordinaria y deberá de convocar a ella ya sea a petición del consejo de vigilancia, ya sea por la demanda escrita de al menos el 60% sesenta por ciento de los socios. ---------------

El orden del día de la asamblea extraordinaria deberá indicarse en la convocatoria y en la asamblea no se deberá de tratar sino el asunto indicado (articulo 16 dieciséis fracción X décima de la Ley General de Sociedades Cooperativas).--------

---- TRIGÉSIMA QUINTA. PROCEDIMIENTO. Las asambleas extraordinarias se celebraran de la siguiente manera: ------------------------------------------------------------

1.- TRABAJO PREVIO: con 15 días de anticipación a la asamblea como mínimo la cooperativa deberá publicar la convocatoria en un periódico de la localidad y deberá tener a la vista de sus diferentes oficinas. Así mismo se pondrá a disposición de los socios la convocatoria y el instructivo de asambleas, así como también en el folleto memoria de asambleas (articulo 37 treinta y siete de la Ley General de Sociedades Cooperativas). ------------------------------------------------------La convocatoria deberá tener la fecha y hora de asambleas nombre y firma de quienes la efectúen así como el orden del día. ------------------------------------------------Dado el caso en que la primera convocatoria no se reúna el quórum (la mayoría de los socios citados), se citara con las mismas formalidades a una segunda convocatoria con 8 ocho días de anticipación en cuyo caso la asamblea se celebrara sin importar el número de socios presentes. --------------------------------para que los acuerdos de la asamblea general ordinarias y consideren validos deberán ser tomado por mayoría de votos presente. El caso de una asamblea general extraordinaria en la que tomen acuerdos tales como la modificación de las bases constitutivas y la fusión con otra sociedad cooperativa se requerirá el voto de la mayoría de los socios, a menos que estas bases constitutivas o la ley requieran de quórum de votación mayos. ------------------------------------------------------------------------2.- LA ASAMBLEA: -------------------------------------------------------------------------------a).- protocolo. En caso de realizar acto protocolario, este se ceñirá a la ley del himno, el escudo y la bandera, así como la tradición de las cooperativas de ahorro y préstamos.----------------------------------------------------------------------------------------b).- instalación de la asamblea. El presidente dirige los trabajos con forme al orden del día. ----------------------------------------------------------------------------------------------3.- ORGANIZACIÓN. Las asambleas se podrán realizar como lo determine el consejo de administración.-----------------------------------------------------------------------a).- asambleas seccionales en dado caso que la lista de socios de la sociedad cooperativa es extensa, las asambleas podrán celebrarse en forma seccional de la manera en que el consejo de administración lo decida, dependiendo del número de socios activos que la cooperativa tenga al momento de la convocatoria. El mismo consejo decidirá cuantas asambleas seccionales se celebraran en el ejercicio correspondiente, asiéndolo público mediante la respectiva convocatoria. En cada asamblea seccional se nombraran uno o varios delegados o representantes para que acudan a la asamblea de representantes y ratifique junto con los delegados o representantes de las demás asambleas seccionales, los acuerdos tomados en cada una de ellas. -------------------------------------------------------

20X

Page 21: constitucion de la cooperativa melonera.docx

b).- asamblea de representantes.- en las asambleas de representantes se ratificaran los acuerdos tomados en las asambleas seccionales, dando fe los representantes de cada sección y tomándose los acuerdos definitivos por lo que la suma mayoritaria indique, únicamente en los aspectos administrativos de la asamblea (elección para constatar el acta, de escrutadores y del presidente de debates) del orden del día (elecciones). Los representantes fungirán como delegados y votaran de mutuo propio (por voluntad propia libre y espontánea), por los candidatos que consideren convenientes. ------------------------------------------------4.- asambleas extraordinarias.- las asambleas extraordinarias deberán correr el mismo procedimiento que las asambleas ordinarias pero tratando el único asunto para el cual fueron convocadas. --------------------------------------------------------------------- TRIGÉSIMA SEXTA. REGLAMENTO DE ASAMBLEAS. El reglamento de asambleas se propondrá de acuerdo al modelo que establezca el reglamento interno de la sociedad y deberá incluir los siguientes puntos: -----------------------------Integrantes, voz y voto, presidencia y secretaria, presidencia de debates y generalidades. -----------------------------------------------------------------------------------------

---- TRIGÉSIMA SÉPTIMA. VOZ Y VOTO.- En las asambleas, todos los socios integrantes tendrán derecho de voz y voto, con las excepciones señaladas en la Ley (articulo 39 treinta y nueve de la Ley General de Sociedades Cooperativas), pudiendo hacerse representar mediante carta poder simple firmada ante dos testigos, con la encomienda a otro socio o persona que lo represente sin límite. ----

---- TRIGÉSIMA OCTAVA. ESCRUTINIO.- Todas las votaciones deberán hacerse por escrutinio, se prohíbe el uso de la votación secreta. ---------------------------------

CAPITULO X.---------------------- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS ---------------DERECHOS DE LOS SOCIOS: ---- TRIGÉSIMA NOVENA. SEPARARSE DE LA SOCIEDAD. Separase de la sociedad libremente al no tener deudas con esta, ni tener compromisos pendientes tales como ser fiador con sus haberes de algún socio a menos de que la administración, a propuesta por el consejo de administración, lo libere de este compromiso.------------------------------------------------------------------------------------

---- CUADRAGÉSIMA. SERVICIOS ADICIONALES Y EVENTOS.- tener acceso a cualquier otro servicio de conformidad al reglamento interno y participar en los eventos que organiza la sociedad.---------------------------------------------------------

CUADRAGÉSIMA PRIMERA. VOZ, VOTO Y ELEGIBILIDAD.-Tener voz y voto en las asambleas y ser elegible para cualquier cargo directivo de conformidad con la cláusula 37 treinta y siete de estas bases constitutivas. -----------------------------------------------------------------------------------------------

CUADRAGÉSIMA SEGUNDA. INFORMACION.- El socio tiene derecho a ser informado por parte del gerente y por los directivos, tanto a través del boletín periódico mural como de manera directa como aspectos generales, pero por ningún motivo sobre aspectos que violen la confidencialidad.----------------------------

OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS:----CUADRAGÉSIMA TERCERA. CUMPLIR CON LA NORMATIVIDAD.-Cumplir y hacer

21X

Page 22: constitucion de la cooperativa melonera.docx

cumplir los principios cooperativos, la Ley General de Sociedades Cooperativas, estas bases constitutivas, los acuerdos de las asambleas, los acuerdos de los cuerpos directivos y el reglamento interno.-----------------------------

---- CUADRAGÉSIMA CUARTA. CUBRIR LOS CERTIFICADOS DE APORTACIÓN.Depositar el valor de los certificados de aportación obligatorios.--------------------------

---- CUADRAGÉSIMA QUINTA. PARTICIPAR EN LAS ASAMBLEAS.- Asistir y participar en las asambleas generales, ordinarias y extraordinarias.---------------------

---- CUADRAGÉSIMA SEXTA. PARTICIPAR EN LOS EVENTOS EDUCATIVOS.- participar en los eventos educativos a los que se les cite.----------------------------------

CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA.- UTILIZAR LOS SERVICIOS.- Utilizar los servicios que la sociedad otorga a sus asociados.--------------------------------------------------------

CAPITULO XI ---------------------- DIRECCION ADMINISTRACION Y VIGILANCIA --------------------

---- CUADRAGÉSIMA OCTAVA. Quienes sean directivos de esta sociedad.- los socios elegidos por la asamblea o que estén cubriendo una vacante de acuerdo a estas bases; para integrar los siguientes órganos de gobierno: consejo de de administración, consejo de vigilancia y cualquier otra comisión que designe la asamblea general.----------------------------------------------------------------------------------Para que un directivo pueda ser gerente, empleado o viceversa, deberá transcurrir un año por lo menos de terminada su gestión.-------------------------------------------------

---- CUADRAGÉSIMA NOVENA. CARGOS.- Cada uno de estos órganos constara de un numero par de miembros y de entre ellos, en sus propias juntas, se distribuirán los siguientes cargos: Consejo de administración, presidente, vicepresidente, secretario, prosecretario, supervisor interno y los demás, de haberlos se denominaran consejeros, consejeros de vigilancia y comisiones; presidente, vicepresidente y secretario. Si hay mas miembros se le denominaran “vocales”.-------------------------------------------------------------------------------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA. DURACIÓN.- los directivos serán elegidos ordinariamente por 2 años, pudiendo ser reelectos hasta por otros periodos iguales.-------------------

---- QUINCUAGÉSIMA PRIMERA. FUNCIONES.- los directivos en general deberán cumplir con los cometidos acordados por el órgano del que se forman parte y en particular realizaran las siguientes funciones.----------------------------------a).- DEL PRESIDENTE: -------------------------------------------------------------------------1.- Presidir las sesiones del órgano que encabeza.-------------------------------------------2.- Firmar las actas.----------------------------------------------------------------------------------3.- Informar de las actividades realizadas cuyo texto será sometido previamente a los demás miembros. ------------------------------------------------------------------------------4.- Representar a la sociedad y al cuerpo que preside.------------------------------------5.- Decidir cuándo se va de citar a junta extraordinaria.-------------------------------------6.- Tener voto de calidad cuando las votaciones sean iguales o se empaten.---------b).- DEL VICEPRESIDENTE.- ---------------------------------------------------------------------1.- Suplir las ausencias temporales del presidente y asumir la presidencia cuando esta se

22X

Page 23: constitucion de la cooperativa melonera.docx

declare vacante.--------------------------------------------------------------------------c).- DEL SECRETARIO: --------------------------------------------------------------------------1.- levantar y firmar las actas de las juntas celebradas; ----------------------------------2.- Citar a las juntas acordadas; y -------------------------------------------------------------3.- Ser responsable de los libros sociales de su competencia y vigilar que permanezca en la oficina de la sociedad y realizar cualquier otra función a su cargo. ------------------------------------------------------------------------------------------------d).- DEL PROSECRETARIO.----------------------------------------------------------------------Suplir las ausencias del secretario y asumir el caso cuando se declare vacante. ----e).- DEL SUPERVISOR INTERNO.-------------------------------------------------------------1.- Realizar por sí o por otros, una supervisión sistemática a la gestión que debe efectuar el director o gerente: en caso de ser por otro, deberá sujetarse a los lineamientos de acuerdo al consejo de administración (Articulo 41 cuarenta y uno de la ley general de sociedades cooperativas): ---------------------------------------------2.- Mantener una supervisión sobre las normas y políticas establecidas a fin de que se actualicen si es necesario. -------------------------------------------------------------3.- Informar por escrito al consejo de administración al menos cada mes. ------------

---- QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA. REQUISITOS.- para que un socio pueda ser elegido como directivo, se requerirá que: ------------------------------------------------------1.- Tenga por lo menos un año como miembro de la sociedad. -------------------------2.- No guardar parentesco con el director, gerente, funcionarios o empleados hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. ----------------------------------------3.- No ser compadres o ahijados del director, gerente, funcionarios o empleados.--4.- No haber renunciado más de una vez independientemente del motivo.------------5.- No ser empleado de la propia o de otra sociedad similar a esta, o de algún modo dependiente del director o gerente, y que no sea proveedor de bienes o servicios de la cooperativa de manera directa o a través de otras personas.----------

QUINCUAGÉSIMA TERCERA. OBLIGACIONES.- los directivos tendrán las siguientes obligaciones: --------------------------------------------------------------------------1.- Asistir puntualmente y participar en las juntas, según lo señale el reglamento de cada órgano directivo; --------------------------------------------------------------------------2.- Dar ejemplo de cumplimiento en sus deberes como socio y directivo; -------------3.- Asistir y participar en los programes educativos destinados para ellos; ------------4.- Guardar confidencialmente los datos y operaciones de los socios en particular y de la cooperativa en general, así como los acuerdos tomados a cualquier nivel; -- 5.- Ser fieles a la doctrina cooperativa y a los principios y normas de los diferentes niveles de la estructura organizativa vinculada con la sociedad. -------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA CUARTA. TERMINO. La gestión de los directivos terminara con la conclusión del periodo para el cual fueron electos o cuando sean removidos de sus cargos e independientemente de la causa de su remoción, cada órgano directivo deberá realizar un deslinde de responsabilidades para su liberación completa. ----------------------------------------------------------------------------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA QUINTA. VOLUNTARIADO.- el desempeño de las funciones y obligaciones en cualquier órgano directivo, deberá ser voluntario, no debiendo percibir remuneración que pueda interpretarse como sueldo, salario, gratificación igual o equivalente; pero podrá establecerse compensaciones y/o estímulos a través del reglamento y un presupuesto presentado y aprobado expresamente por la asamblea.

23X

Page 24: constitucion de la cooperativa melonera.docx

-------------------------------------------------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA SEXTA. COLEGIALIDAD.- independientemente de sus cargos y funciones, los directivos compartirán la misma dignidad y responsabilidad; sus votos tendrán un mismo valor y sus decisiones tienen validez de haber sido tomadas colegiadamente, exclusivamente en sus juntas y por mayoría de votos.--------------------------------------------------------------------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA. VACANTES.- serán causas para declarar vacantes en los órganos directivos: -----------------------------------------------------------1.- Acumular el número de faltas injustificadas que establezca su propio reglamento no pudiendo ser estas más del 25% (veinticinco por ciento) de las sesiones totales (ordinarias o extraordinarias) del ejercicio social, de las juntas de su órgano de gobierno; -------------------------------------------------------------------------2.- Cuando de alguna manera no cumpliere con las obligaciones y funciones que tenga encomendadas. ---------------------------------------------------------------------------3.- Cuando no se evidente que por sus intereses personales o sus actividades, propicien perjuicio en el funcionamiento del propio órgano de gobierno, desviación de los objetivos de la sociedad o su desintegración. Los directivos que estén cubriendo una vacante en un ejercicio social duraran en su gestión hasta el término del periodo correspondiente al directivo suplido, salvo que en la asamblea siguiente se acuerde lo contrario.------------------------------------------------------------------

--------------------------- DEL CONSEJO DE ADMISTRACIÓN ------------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA OCTAVA. NATURALEZA. El consejo de administración es el órgano que a nombre de la Asamblea ejercerá la representación, la dirección y el control de los negocios de la sociedad y se integrara con un mínimo de uno y un máximo de dos miembros. ----------------------------------------------------------------------

---- QUINCUAGÉSIMA NOVENA. ATRIBUCIONES.- las principales atribuciones del Consejo de Administración serán: -----------------------------------------------------------a).- Proponer a la Asamblea la admisión, suspensión, renuncia y exclusión de los socios, así como aceptar provisionalmente el ingreso de estos, con forme a lo establecido en la cláusula 15 de estas bases constitutivas; ------------------------------b).- Dar a conocer a los socios las enmiendas a estas bases y recabar de ellos las inquietudes para sus modificaciones; ---------------------------------------------------------c).- Nombrar directivos, gerente, funcionarios y empleados al que normaran sus atribuciones, el cual no podrá ser integrante de ningún cuerpo directivo de la cooperativa o de otra similar. --------------------------------------------------------------------d).- Declarar y cubrir las vacantes que se den en el Consejo de Administración.-----e).- Autorizar los gastos extraordinarios y toda clase de inversiones que juzgue necesarios, siempre que estén de acuerdo a estas bases y establecer las políticas a que se sujetaran; -------------------------------------------------------------------------------f).- ejercer una supervisión sistemática a la función del director, gerente, funcionario o empleado. -------------------------------------------------------------------------g).- Designar el banco en que se depositaran los fondos de la sociedad y determinar la forma de librar los cheques. ---------------------------------------------------h).- Organizar las Asambleas de la cooperativa ya sean ordinarias o extraordinarias: --------------------------------------------------------------------------------------i).- Aprobar el plan de trabajo y presupuestos que habrán de llevarse a la Asamblea para

24X

Page 25: constitucion de la cooperativa melonera.docx

su examen y aprobación: ----------------------------------------------------j).- Informar a la Asamblea Ordinaria de sus actividades y además a los socios los acuerdos tomados por las Asambleas como máximo treinta días después de su celebración: ----------------------------------------------------------------------------------------k).- El consejo de administración que da facultado para desarrollar el objeto social y administrar los bienes y negocios de la sociedad, con los limites señalados por la propia Asamblea y la Ley General De Sociedades Cooperativas. --------------------l).- Para representar a la sociedad con poder general amplísimo para pleitos y cobranzas, ante toda clase de personas físicas y morales, autoridades administrativas y judiciales de los municipios de los estados, del distrito federal o de la federación, así como autoridades de trabajo o de cualquiera otra denominación, o entre árbitros o arbitradores, con facultades expresas de promover juicios inclusive el de amparo y desistirse de los mismos, presentar denuncias, acusaciones y querellas de carácter penal y ratificarlas, así como otorgar perdón cuando a su juicio el caso lo permita y legalmente proceda y con todas las demás facultades generales y aun las especiales incluyendo las que requieran cláusula especial con forme a la ley en los términos de los artículos 2554 y 2587 del código civil para el distrito federal en materia común y para toda la república en materia federal. ---------------------------------------------------------------------m).- para otorgar y suscribir títulos de crédito en nombre de la sociedad en los términos más amplios que establecen los artículos 9° y 85° de la ley general de títulos y operaciones de crédito en forma enunciativa y no limitativa, podrá suscribir, avalar, endosar, recibir pagos, protestar, aceptar para su pago, cambiar, ceder y en cualquier otra operación cambiaria: -----------------------------------------------n).- Para abrir o cancelar cuentas de cheques en los bancos y autorizar personas que giren a cargo de las mismas.---------------------------------------------------------------o).- Para designar funcionarios y apoderados de la sociedad que sean necesarios, determinando sus atribuciones, condiciones de trabajo, remuneración así como garantías que deban prestar para desempeñar su cargo: ----------------------------------p).- Conferir poderes generales y especiales con o sin facultades de substitución o delegación y con todas las facultades que crean oportunas y en su caso revocarlos. -----------------------------------------------------------------------------------------q).- Formular su reglamento interno: ---------------------------------------------------------r).- En general formar la voluntad social dentro del ámbito de sus competencia para todas las actividades que sean convincentes para la realización del objeto social. -----------------------------------------------------------------------------------------------s).- Facultar al presidente del consejo de administración previa junta especial de consejo para que tome las atribuciones señaladas en los incisos antes mencionados de la cláusula quincuagésima novena.---------------------------------------

---- SEXAGÉSIMA. REUNIONES. El consejo de administración celebrara sus juntas por lo menos una vez al mes, según lo estipule su propio reglamento, debiendo dar a conocer a los socios lugar y fecha en que se reunirán, el director deberá asistir a ellas con derechos de voz cuando sean consultados, mas no de votos; pero podrán intervenir cuando consideren que sea violado la ley general de sociedades cooperativas. Las bases constitutivas o los principios cooperativos quedando asentada la observación en el acta respectiva. El quórum se integrara por la mayoría de sus integrantes y las votaciones serán validas si son tomadas por la mayoría.---------------------------------------------------------------------------------------

----SEXAGÉSIMA PRIMERA. DEL DIRECTOR. El director o gerente, es la persona

25X

Page 26: constitucion de la cooperativa melonera.docx

contratada por el Consejo de Administración para realizar los programas de acción emanados de la Asamblea general y para representar ordinariamente a la sociedad. Actuara de acuerdo a las normas que le dicte por escrito el Consejo de Administración del que formara parte como miembro, debiendo asistir a sus reuniones con derecho de voz solamente. -----------------------------------------------------

---- SEXAGÉSIMA SEGUNDA. ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR. El director tendrá funciones de planeación, organización, ejecución y control en su área de dirección además de la representación institucional. Específicamente tendrá las atribuciones, que enunciativa y no limitativamente, se señalan a continuación. ------

a).- Ser responsable de la oficina, diseñando y aplicando sus sistemas de organización y funcionamiento. ----------------------------------------------------------------b).- Elaborar proyectos de educación, crecimiento y servicios; y los presupuestos de ingresos y egresos que se someterá al consejo de Administración para su revisión y posterior aprobación de la Asamblea; ---------------------------------------------c).- Contratar a sus colaboradores en calidad de empleados sujetos a políticas establecidas por el consejo de Administración y a posible ratificación de los mismos, mantener el control de dicho personal y en su caso, decidir sobre su liquidación deberá tener como empleados o dependiente a personas que desempeñen funciones directivas o que tengan parentesco con hasta segundo grado de consanguinidad y/o afinidad. ----------------------------------------------------------d).- Efectuar la recuperación de los préstamos y controlar las aportaciones de los socios. ------------------------------------------------------------------------------------------------e).- Hacer depósitos en el banco dentro de las 24 horas hábiles siguientes al recibo de fondos; ---------------------------------------------------------------------------------f).- Llevar la contabilidad según el sistema aprobado y mantener un sistema adecuado de archivo y ser responsable de la conservación de todos los valores, documentos y libros contables. --------------------------------------------------------------------h).- Firmar las actas de las juntas de Consejos de Administración y de la Asambleas como constancia de de enterado de su contenido: ---------------------------i).- Informar por escrito y mensualmente a los socios, de la situación económica financiera de la sociedad cooperativa; -------------------------------------------------------j).- Presentar al Consejo de Administración mensualmente y por escrito un informe de sus gestiones: --------------------------------------------------------------------------------------k).- Entregar al Consejo de Administración, bajo minucioso inventario, los bienes de la sociedad al ser removido de su puesto; --------------------------------------------------l).- Para abrir o cancelar las cuentas en los bancos y autorizar personas que giren a cargo de las mimas; ----------------------------------------------------------------------------m).- El director, por el solo hecho de su nombramiento, tendrá la administración laboral y representación legal y patronal de la empresa con las facultades previstas por los artículos 11, 692 fracciones II y II, 694,695,786, 876 fracciones I y IV y 899 en relación con lo aplicable con las normas de los capítulos XII del título 14, todos de la Ley de trabajo en vigor, con las atribuciones, obligaciones y derechos a que en materia de personalidad se refieren dichos dispositivos legales , estando ampliamente facultado para asistir a la celebración de cualquier tipo de audiencias, relativa a toda clase de procedimientos laborales, individuales o colectivos con expresas facultades para que en nombre de la sociedad formule reclamaciones, conteste demandas y ofrezca pruebas, interponga incidentes de cualquier naturaleza de conflicto laboral, celebre toda clase de convenios judiciales o extrajudiciales, ofrezca instalaciones, articule y absuelva posiciones y los demás que en su nombramiento le sean conferidos: ----------------------------------

26X

Page 27: constitucion de la cooperativa melonera.docx

n).- Para conferir poderes generales o especiales dentro del ámbito de sus facultades, y en su caso revocarlos, y ----------------------------------------------------------ñ).-Por delegación del Consejo de Administración llevar la firma final.-----------------

DE LAS COMISIONES.DE LA COMISIÓN DE CRÉDITO.---- SEXAGÉSIMA TERCERA. NATURALEZA. La comisión de crédito designada por el Consejo de Administración supervisa las solicitudes de préstamos tramitados (pendientes/aprobadas/rechazadas) por la gerencia y sus dependencias, ------------------------------------------------------------------------------------------

--- SEXAGÉSIMA CUARTA. ATRIBUCIONES.- Las atribuciones de la comisión de crédito son: ------------------------------------------------------------------------------------------ a) Analizar las solicitudes de préstamos y verificar su correcta resolución en base a normas políticas y de la sociedad; -----------------------------------------------------------b) Supervisar la actuación del director y sus oficiales de préstamos; y -----------------c) Informar por escrito de sus actividades a los socios durante la asamblea anual ordinaria. ----------------------------------------------------------------------------------------------- SEXAGÉSIMA QUINTA. OFICIALES. Los oficiales de préstamos son los empleados designados por la dirección y gerencia para colaborar en el examen y resolución de las solicitudes de préstamo. ----------------------------------------------------

DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN.---- SEXAGÉSIMA SEXTA. NATURALEZA.- La comisión de Educación designada por el Consejo de Administración ejerce la supervisión directa a la dirección o gerencia y al departamento respectivo sobre la realización del plan anual de educación. --------------------------------------------------------------------------------------------

---- SEXAGÉSIMA SÉPTIMA. ATRIBUCIONES. Las atribuciones principales de la Comisión de Educación serán: -----------------------------------------------------------------a) Revisar el plan anual de educación que será llevado a la Asamblea, y proponer las adecuaciones correspondientes; -----------------------------------------------------------b) Verificar la correcta aplicación. Del plan en lo referente a programas, proyectos y actividades; -----------------------------------------------------------------------------------------c) Informar por escrito de sus actividades a los socios durante la Asamblea Anual ordinaria.----------------------------------------------------------------------------------------------

DEL CONSEJO DE VIGILANCIA.---- SEXAGÉSIMA OCTAVA. NATURALEZA.- Tomados de los libros contables autorizados; ----------------------------------------------------------------------------------------a) Comprobar que los acuerdos de la Asamblea han quedado debida y oportunamente asentados en El libro de actas correspondientes; --------------------b) Elaborar informes de su gestión y presentarlos por escrito, al menos cada mes en ocasión de las reuniones ordinarias del Consejo de Administración y a los socios en la Asamblea General;----------------------------------------------------------------c) Supervisar la vigencia de los seguros, cauciones y fianzas que protegen El patrimonio de la sociedad; y ---------------------------------------------------------------------

---- SEXAGÉSIMA NOVENA. REUNIONES.- La junta ordinaria del Consejo de Vigilancia será por lo menos mensual, según lo especifique en su reglamento, en el lugar y fecha que establezcan, lo que deberán dar a conocer a los socios.--------

27X

Page 28: constitucion de la cooperativa melonera.docx

El quórum para asistencia y votación será de la mayoría de sus miembros. ----------

CAPITULO XIIGENERALIDADES DE LA FACULTAD PARA OBTENER PRÉSTAMOS Y ADQUIRIR INMUEBLES

---- SEPTUAGÉSIMA. PRÉSTAMOS EXERNOS.- Por acuerdo del Consejo de Administración, esta sociedad podrá obtener préstamos externos hasta por una cantidad equivalente al monto de su capital social.-----------------------------------------

---- SEPTUAGÉSIMA PRIMERA. INMUEBLES.- Esta sociedad podrá adquirir los inmuebles necesarios para su funcionamiento y enajenarlos cuando sea benéfico para la sociedad. En tales casos deberán cumplir estos requisitos: ---------------------A) PARA EL CASO DE ADQUISICIÓN: -----------------------------------------------------1).- Que un estudio económico-financiero demuestre que no perjudica el servicio a los socios. ------------------------------------------------------------------------------------------2).- Que no se utilizaran para fines distintos a los objetivos o servicios de la sociedad; --------------------------------------------------------------------------------------------3).- Que el costo total de los inmuebles acumulados no supere, al precio de adquisición, el máximo señalado con su reglamento interno. ---------------------------4).- Que el Consejo de Administración apruebe la resolución por mayoría de votos en una junta especial.----------------------------------------------------------------------------B) PARA EL CASO DE ENAJENACIÓN: ----------------------------------------------------Que la resolución sea aprobada por El Consejo de Administración. -------------------

---- SEPTUAGÉSIMA SEGUNDA. LA LIBRETA PERSONAL.- Toda cantidad que el socio entregue o reciba de la sociedad por cualquier concepto, será anotado en su libreta personal o su equivalente.--------------------------------------------------------------

---- SEPTUAGÉSIMA TERCERA. NO PRIVILEGIOS.- En esta sociedad no podrá concederse ventaja o privilegio a los iniciadores, fundadores o directivos, ni exigir que los socios de nuevo ingreso contraigan cualquier obligación económica superior a la de los miembros que ya forman parte de la sociedad.-------------------

---- SEPTUAGÉSIMA CUARTA. INTEGRACIÓN.- Con el fin de ayudarse en la solución de sus problemas específicos y con base en los principios del cooperativismo universal, esta sociedad podrá formar parte de la Federación Regional. ------------------------------------------------------------------------------

---- SEPTUAGÉSIMA QUINTA. REPRESENTACIÓN ANTE LA FEDERACIÓN.- La representación de esta sociedad ante la federación, recaerá en los directivos electos del Consejo de Administración y Vigilancia. ----------------------------------------

---- SEPTUAGÉSIMA SEXTA. REPRESENTACIÓN DE LA FEDERACIÓN.- La Federación Regional podrá tener representación directa en las asambleas.------

---- SEPTUAGÉSIMA SÉPTIMA. DE LA DISOLUCIÓN VOLUNTARIA.- Esta sociedad podrá ser disuelta por las causas señaladas en el articulo 66 sesenta y seis de la Ley General de Sociedades Cooperativas; en el caso de que la sociedad decida disolverse voluntariamente, se requerirá el voto de las dos terceras partes de sus miembros reunidos en Asamblea General Extraordinaria, siempre y cuando se haya tomado previamente y

28X

Page 29: constitucion de la cooperativa melonera.docx

hecho del conocimiento de la Asamblea el parecer de la federación a la que esta sociedad pertenezca. En caso de aprobarse la disolución, deberá hacerse constar el consentimiento de los asambleístas con sus firmas en el acta de la disolución, dicha acta deberá expresar en detalle:a).- El activo y pasivo de la sociedad; --------------------------------------------------------b).- El número de miembros, así como sus haberes y obligaciones; -------------------c).- Las obligaciones para con los acreedores, si los hay, y las providencias que se tomarán para su pago; --------------------------------------------------------------------------d).- El destino que se dará a los fondos o propiedades de la sociedad, y ------------e).- La persona o personas que se encargarán de llevar a cabo su liquidación, el proceso para liquidación se realizará de acuerdo con los artículos 67 sesenta y siete, 68 sesenta y ocho, 69 sesenta y nueve, 70 setenta y 71 setenta y uno de la Ley General de sociedades Cooperativas. Las reservas existentes se utilizaran para sufragar los gastos de liquidación, pero los sobrantes, si los hubiere, no deberán ser repartidos, sino que deberán entregarse en donativo a una institución afín, ajena a la federación a la que esta sociedad cooperativa pertenezca.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

---- SEPTUAGÉSIMA OCTAVA. ENMIENDAS A LAS BASES CONSTITUTIVAS.-Cualquier miembro de esta sociedad podrá presentar en todo tiempo las proposiciones que estime convenientes para enmendar estas bases constitutivas sujetándose al procedimiento de Asamblea. ------------------------------------------------

TRANSITORIOS.---- Al firmarse esta escritura constitutiva, los socios la consideran como su primera Asamblea General Ordinaria de Socios, en donde por unanimidad de votos toman los siguientes acuerdos, de conformidad a las siguientes. ----------------

CLAUSULAS

---- PRIMERA. SOCIOS FUNDADORES.- Son socios fundadores los que se han mencionado en el encabezado de esta escritura, asentando sus generales en la certificación notarial del presente instrumento, los cuales se tienen por aquí reproducidos como si se insertasen a la letra para todos los efectos legales a que haya, por obvio de repeticiones. --------------------------------------------------------

---- SEGUNDA. CONSEJO Y COMISIONES.- La sociedad contará desde su constitución con los consejos de Administración y de Vigilancia, los cuales se integrarán de la siguiente manera: ---------------------------------------------------------------— Dentro de la sociedad existirán las comisiones de Crédito y de Educación, cuyos miembros serán nombrados por el Consejo de Administración en su primera sesión ordinaria, de conformidad a las facultades conferidas a dicho órgano según las bases constitutivas. ----------------------------------------------------------------------------

---- TERCERA. GASTOS, AUTORIZACIÓN AL NOTARIO.- Los gastos y honorarios que se causen con motivo de esta escritura correrán por cuenta de la sociedad que ahora se constituye. Queda autorizado el suscrito Notario para hacer los trámites tendientes al registro del primer testimonio que de esta escritura se expida. ----------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTA. MANIFESTACIÓN EXPRESA DE VOLUNTAD.- Las partes manifiestan que en

29X

Page 30: constitucion de la cooperativa melonera.docx

la expresión de sus voluntades no existe error, lesión, dolo, violencia ni vicio alguno, por lo cual en caso de controversia renuncian expresamente al fuero que pudiere corresponderles por razón de su domicilio en el presente o en el futuro, y se someten a los tribunales de esta Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, y a las leyes que rigen en el Estado de Oaxaca, para la interpretación y cumplimiento de la presente escritura. -----------------------------------------------------------

INSERTOS.

PERMISO DE RELACIONES EXTERIORES.------------------------------------------------- El permiso de relaciones exteriores fue autorizado bajo el número 14221803 uno, cuatro, dos, dos, uno, ocho, cero, tres, expediente número 9814001790 nueve, ocho, uno cuatro, cero, cero, uno, siete, nueve, cero, folio número 3063 tres, cero, seis, tres, de fecha 19 diecinueve de Diciembre de 2005 dos mil cinco, mismo que dejo agregado a mi libro de documentos bajo el número de la presente escritura, el cual a la letra dice: — Al margen superior izquierdo: Sello con el escudo nacional.-SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES.- MÉXICO.- Al margen superior derecho PERMISO 14221803 EXPEDIENTE 9814001790.- FOLIO 3063.- Dentro: En atención a la solicitud presentada por el C. MARÍA GUADALUPE MIGUEL SOSA esta Secretaría concede el permiso para constituir un SC DE RL DE CV bajo la denominación ISTMELONERA S.C DE CV.- Este permiso, quedará condicionado a que en la Escritura Constitutiva se inserte la cláusula de exclusión de extranjeros prevista en el artículo 30 o el convenio que señala el Artículo 31, ambos del reglamento de la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión de Extranjeros.- El Notario o Corredor Público ante quien se haga uso de este permiso, deberá dar aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los 90 días hábiles a partir de la fecha de autorización de la Escritura Pública correspondiente.--------------------------------------Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos 27, fracción I, de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, 15 de Ley de Inversión Extranjera y en los términos del Artículo 28, fracción V. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.- Este permiso dejará de surtir efectos si no se hace uso del mismo dentro de los 90 días hábiles siguientes la fecha de su expedición. ---------------- HEROICA CIUDAD DE JUCHITAN DE ZARAGOZA, OAX. A 2 de Noviembre del 2011.SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.- EL DELEGADO ESTATAL.- LIC. LEONCIO JIMÉNEZ DURAN.- Una firma ilegible.- Un sello de la Oficina.--------------

-----------------------------------CERTIFICACIÓN NOTARIAL.----------------------------------

LA SUSCRITA NOTARÍA CERTIFICA Y DA FE: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- HEROICA CIUDAD DE JUCHITAN DE ZARAGOZA, OAXACA, 2 DE NOVIEMBRE DE 2011.

30X

Page 31: constitucion de la cooperativa melonera.docx

LIC. MARIA DE LA LUZ MARTINEZ CARBALLIDO.

ORGANIGRAMA DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA MELONERA S.C. DE C.V.

ESTADOS FINANCIEROS ESTIMADOS

31X

Page 32: constitucion de la cooperativa melonera.docx

LA COOPERATIVA MELONERA DEL ISTMO, S. C. DE RL. DE C.V. ESTADO DE COSTO DE PRODUCCION Y VETAS CORRESPONDIENTE AL PERIODODEL 13 DE NOVIEMBRE AL 13 DE FEBRERO DEL 2012

MATERIA PRIMA DIRECTASemillas Riego(Agua) FertilizantesMANO DE OBRA DIRECTASueldos y salarios

COSTO PRIMOCARGOS INDIRECTOS

Uso de maquinaria, combustible y otrosFumigación.

COSTOS DE PRODUCCIONInventario inicial de productos terminadosProducción terminada disponible.Inventario final de producto terminadoCOSTO DE LA PRODUCION VENDIDA

CONTADOR

$1600.001500.002400..00

$3033.323200.00

GERENTE

$5500.00

51480.00$56980.00

6233.32 $ 63213.32

0.00$ 63213.32632.13$ 62581.19

LA COOPERATIVA MELONERA, S. C. DE RL. DE C.V.

32X

Page 33: constitucion de la cooperativa melonera.docx

ESTADO DE RENDIMIENTO EN PORCENTAJES CORRESPONDIENTE AL PERIODODEL 13 DE NOVIEMBRE AL 13 DE FEBRERO DEL 2011

VENTAS COSTO DE PRODUCCIONUTILIDAD BRUTAGASTOS DE OPERACIONGASTOS DE VENTAGASTOS DE ADMINISTRACIONRENDIMIENTO

CONTADOR

GERENTE

100.00% 17.33% 82.67%

14.56% 53.86% 14.25%

33X

Page 34: constitucion de la cooperativa melonera.docx

34X

LA COOPERATIVA MELONERA DEL ISTMO, S. C. DE RL. DE C.VESTADO DE RENDIMIENTOS CORRESPONDIENTE AL PERIODO DEL 13 DE NOVIEMBRE AL 13 DE FEBRERO DEL 2011

VENTASCOSTO DE LA PRODUCCION VEND.UTILIDAD BRUTA

GASTOS DE OPERACIÓN

GASTOS DE VENTASueldos y salariosPropaganda y publicidadCombustible y refaccionesDepreciación

GASTOS DE ADMINISTRACIONSueldos y salariosTeléfonoLuzAguaDepreciación

RENDIMIENTO DEL EJERCICIO

CONTADOR

$ 25200.001500.004000.0021875.00

$ 188100.002500.002000.00200.001725.00

$ 52575.00

194525.00

GERENTE

$ 361152.0062581.19$ 298570.81

247100.00$ 51470.81

Page 35: constitucion de la cooperativa melonera.docx

RENTABILIDAD

35X

Page 36: constitucion de la cooperativa melonera.docx

Utilidad NetaMargen de utilidad= Ventas

51,470.81Margen de utilidad: = 14.25% 361,152.00

Margen de utilidad: 14.25%

COMPARACION CON EMPRESAS DEL GIRO

PROMEDIO DE COOPERATIVAS NUESTRA COOPERATIVA 15% 14.25%

Habiendo analizado el estado de rendimiento de nuestra COOPERATIVA MELONERA DEL ISTMO S.C. DE C.V. Llegamos a la conclusión que la empresa tiene una excelente rentabilidad, esta indica que la empresa puede pagar buenos dividendos y responder bien con los socios financieros y que en este periodo ha trabajado excelentemente.

RENTABILIDAD SOBRE LA INVERSION TOTAL

Inversión total $ 2’500,000.00Ingreso por mes en el primer año 120,608.00Se proyecta un incremento en los ingresos por cada año de 30%

36X

Page 37: constitucion de la cooperativa melonera.docx

AÑO INGRESOS 2011 1’444,608.00

2012 1’877,990.402013 2’441,387.522014 3’173,803.78

Utilidad Neta del ejercicioRSI=

Inversión total

Año 1: 1’444,680.00/ 2’500,000.00 x 100 = 57.78%Año 2: 1’877,990.40/ 2’500,000.00 x 100 = 75.12%Año 3: 2’441,387.52/ 2’500,000.00 x 100 = 97.66%Año 4: 3’173,803.78/ 2’500,000.00 x 100 = 126.66%

Si el año 4 se obtiene ingresos de 3’173,803.72, al dividirlo en 12 por los meses correspondientes en un año será $ 264,483.63 por cada mes, posteriormente se divide entre 30 por los días del mes será $ 8,816.12 por día; dividido entre las horas (24) corresponde $ 367.34 por hora.Se estima que en 3 años, 6 días y 16 horas se recuperara la inversión que se hizo.

3 Años $ 2’441,387.52 6 días 52,896.72

16 horas 5,877.44 Total $2’500,161.68

PUNTO DE EQUILIBRIODATOS:El precio que desea por melón es de $12.00, comprende una producción de 30096 unidades vendidas.

Los costos fijos ascienden a $236,800.00Los costos variables por unidad son de $2.41

Unidades vendidas Ingresos por venta Costo total en operación Utilidad en operación

37X

Page 38: constitucion de la cooperativa melonera.docx

20000 $ 240,000.00 $ 285,000.00 $ (45,000.00)30000 360,000.00 309,000.00 50,900.0040000 480,000.00 333,200.00 146,800.0050000 600,000.00 357,300.00 242,700.0060000 720,000.00 381,400.00 338,600.0070000 840,000.00 405,500.00 434,500.00

PUNTO DE EQUILIBRIO EN FUNCION LAS VENTAS

C.F P.E. = (1 – cv / pv)

236,800.00

P.E. = (1 – 2.41/12.00)

236,800.00P.E. = (1 – 0.200833333)

236,800.00P.E. =

0.799166667

P.E. = $ 296,308.65

PUNTO DE EQUILIBRIO EN UNIDAD DE PRODUCCION

Costos FijosP.E.u. = Precio unitario – Costo variable unitario

236,000.00P.E.u. =

12.00 – 2.41

236,800.00P.E.u.=

9.59

38X

Page 39: constitucion de la cooperativa melonera.docx

P.E.u.= 24,692.39 unidades

CONCLUSIÓN

CON ESTE TRABAJO APRENDIMOS COMO SE ESTABLECE UNA SOCIEDAD

COOPERATIVA DE ACUERDO CON LA LEY EN QUE SE RIGEN (LEY GENERAL DE

SOCIEDADES COOPERATIVAS Y SU REGLAMENTO).

39X

Page 40: constitucion de la cooperativa melonera.docx

APRENDIMOS LOS PROCEDIMIENTOS DE LA CREACIÓN DE UNA ACTA

CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD COOPERATIVA Y EL FUNCIONAMIENTO DE

ELLA, SU CONTABILIZACION Y EL AMBITO FINANCIERO, CON LO CUAL CUMPLIMOS

CON NUESTROS OBJETIVOS PREVISTOS.

40X