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8/19/2019 Conserjes Taquilleros Bases http://slidepdf.com/reader/full/conserjes-taquilleros-bases 1/5  Vista la propuesta del Concejal Delegado de Deportes en la que comunica la necesidad para la provisión en régimen de contratación temporal de 8 Conserjes- Taquilleros a jornada completa por un periodo de tres meses, para cubrir la oferta deportiva municipal. Visto el informe del Sr. Interventor de fecha 21 de agosto de 2015, conteniendo  partida presupuestaria para dicho fin. Y en uso de las atribuciones que me son conferidas por Decreto de Alcaldía de fecha 15 de junio de 2015, de conformidad con lo previsto en el art. 43.4 del R.O.F. HE RESUELTO APROBAR LAS SIGUIENTES BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN TEMPORAL DE 8 CONSERJES TAQUILLEROS A JORNADA COMPLETA POR UN PERIODO DE TRES MESES. I- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en régimen de contratación de 8 Conserjes-Taquilleros a jornada completa por un periodo de tres meses. II- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en el proceso de selección, los/las aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a prestar  juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado. Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mérida (Plaza de España s/n -06800 - Mérida- Badajoz-). Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación de instancias será de 7 días naturales, contados desde el día de la publicación de las presentes Bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento: www.merida.es. Junto con la instancia se deberán presentar la documentación necesaria para el baremo, que deberá venir compulsada. III- Requisitos de los/as aspirantes 1) Para tomar parte en las pruebas selectivas, será necesario cumplir cada uno de los requisitos siguientes:

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Vista la propuesta del Concejal Delegado de Deportes en la que comunica lanecesidad para la provisión en régimen de contratación temporal de 8 Conserjes-Taquilleros a jornada completa por un periodo de tres meses, para cubrir la ofertadeportiva municipal.

Visto el informe del Sr. Interventor de fecha 21 de agosto de 2015, conteniendo partida presupuestaria para dicho fin.

Y en uso de las atribuciones que me son conferidas por Decreto de Alcaldía defecha 15 de junio de 2015, de conformidad con lo previsto en el art. 43.4 del R.O.F.

HE RESUELTO

APROBAR LAS SIGUIENTES BASES QUE HAN DE REGIR LACONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN TEMPORAL DE 8CONSERJES TAQUILLEROS A JORNADA COMPLETA POR UN PERIODODE TRES MESES.

I- Objeto de la convocatoria.Es objeto de la presente convocatoria la provisión en régimen de contratación de

8 Conserjes-Taquilleros a jornada completa por un periodo de tres meses.

II- Instancias.En las instancias, solicitando tomar parte en el proceso de selección, los/las

aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, enlos términos en que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a prestar

 juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad alRey, y guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquiermomento, de oficio o a instancia del interesado.Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Excmo. Sr.Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mérida (Plaza de España s/n -06800 -

Mérida- Badajoz-).Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación de instancias será de 7días naturales, contados desde el día de la publicación de las presentes Bases en elTablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento:www.merida.es.Junto con la instancia se deberán presentar la documentación necesaria para el baremo,que deberá venir compulsada.

III- Requisitos de los/as aspirantes

1) Para tomar parte en las pruebas selectivas, será necesario cumplir cada uno de los

requisitos siguientes:

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a) Ser Español/a, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre,sobre acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los

demás Estados miembros de la Unión Europea, tener nacionalidad de un país miembrode la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud deTratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y hayan sido ratificados porEspaña, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en lostérminos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea.

a) Estar en posesión de la titulación que se indica para cada una de las categorías:

--Conserje Taquillero: Graduado Escolar o equivalente.

 b) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de lafunción pública.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el desempeño de lascorrespondientes funciones.

2) Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el/la aspirante el día quefinalice el plazo de presentación de instancias de esta convocatoria.

IV- Admisión de candidatos y candidatas

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Delegado de Recursos Humanosdictará resolución, en el plazo de 5 días naturales, declarando aprobada la lista

 provisional de admitidos/as y excluidos/as.La resolución, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la páginaweb del Ayuntamiento, contendrá la relación de candidatos/as admitidos/as yexcluidos/as, así como las causas de exclusión. Si no existiesen reclamaciones, la lista

 provisional se considerará aprobada definitivamente.Los/as aspirantes excluidos/as , así como las personas omitidas, dispondrán de un plazode 3 días naturales contados a partir de la publicación de la resolución en el Tablón deEdictos del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, www.merida.es, para

subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión.Los/las aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen laomisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas admitidas,serán definitivamente excluidos de la lista de aspirantes admitidos/as.En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinarán el lugar, día y horadel comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal calificador, y se

 publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

V-Tribunal calificador

El Tribunal calificador para las pruebas selectivas estará constituido por cinco

empleado/as municipales designados por el Delegado de Recursos Humanos, uno/a delos/las cuales hará las funciones de Presidente/a y otro las de Secretario/a., designándose

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igual número de suplentes, que deberán reunir las condiciones previstas en elArt.127,1,h) de la Ley 7/85 de 2 de abril y Art. 4°.e. del Real Decreto 896/1991, de 7 de

Junio:Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación igual o superior a la exigida parael puesto a ocupar.Podrá asistir en calidad de observadores/as un representante de cada una de lasCentrales Sindicales con representación en el Ayuntamiento.El Delegado de Recursos Humanos podrá nombrar asesores que puedan ser necesarios

 para el orden en el desarrollo de las pruebas.

VI- Actuación del Tribunal

 No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros,

titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia delPresidente/a y Secretario/a.El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudasy propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases, yestará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realizaciónde las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debidoorden en las mismas en todo lo no previsto en las Bases.Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación

 previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común yArt. 8o del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre.

En todo lo no previsto expresamente en estas Bases, será de aplicación a los Tribunalescalificadores los dispuesto para los Órganos Colegiados en el Capítulo II del Título dela Ley 30/19992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común y, supletoriamente, el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio Administrativo de la Comunidad Autónomade Extremadura.

VII- Procedimiento de selección

La selección se realizará de la siguiente forma:- El procedimiento de selección de los/las aspirantes constará de:1º - Examen tipo test, con 20 preguntas alternativas sobre las funciones del puesto detrabajo a desarrollar.

2ª fase–Concurso. Al resultado de la prueba se sumarán los puntos correspondientes al baremo siguiente:

a)  Percepción de prestación/subsidio de desempleo: Por no estar percibiendoningún tipo de prestación o subsidio de desempleo en los últimos 180 días, 2

 puntos. Por no estar percibiendo ningún tipo de prestación o subsidio dedesempleo en el momento actual, pero sí haberlo percibido en los últimos 180días, 1 punto. A este fin, las personas candidatas presentarán certificado

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expedido por el SEPE de no haber percibido prestación o subsidio en los últimos180 días o, en su caso, de no estar percibiendo prestación o subsidio en fecha de

finalización de plazo de presentación de instancias (31 de agosto de 2015).Alternativamente, podrá autorizarse al Ayuntamiento de Mérida a recabar estainformación de oficio.

 b)  Acreditación de cargas familiares: Por cada persona dependiente del/de lasolicitante, 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

c)  Por acreditar la condición de desempleado/a de larga duración, 1 punto.

VIII.- Calificación de la prueba.

La calificación de la prueba (primera fase) será de 0 a 10 puntos, siendonecesario obtener 5 puntos para ser declarado apto. Los candidatos que no superen elcinco serán publicados en las listas como No aptos; el resto se publicará la calificaciónnumérica. Al resultado de la prueba se sumarán los puntos correspondientes al baremo(segunda fase). La puntuación máxima será de 15 puntos.

El resultado final de la selección vendrá ordenado por la puntuación que será lasuma de las dos pruebas más el concurso. En caso de empate, el criterio de ordenaciónserá la puntuación obtenida en la primera fase (examen).

Una vez finalizada la fase de selección, el resultado se hará público mediantelistado provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento así como en la páginaWeb, otorgándose un plazo de 2 días hábiles para que los interesados presenten lasalegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes. Las reclamaciones habrán de

 presentarse necesariamente en el Registro General del Ayuntamiento. Transcurridodicho plazo la lista provisional se elevará a definitiva.Se constituirá una lista de espera para cubrir las posibles bajas o nuevas

contrataciones temporales que se pueden producir en el plazo de un año. 

IX- Relación de aprobados

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio quecontendrá las personas seleccionadas, y elevará dicha relación al Delegado de RecursosHumanos para que formule la propuesta de nombramiento.

X- Recursos

Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se derivende las mismas y de la actuación del Tribunal se podrán formular impugnaciones porlos/las interesados/as en los casos y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar lassoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición, enaquellos aspectos no previstos en estas bases.

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XI- Publicaciones

Las presentes Bases se publicarán íntegramente en el Tablón de Edictos delAyuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento www.merida.es

Mérida a 24 de agosto de 2015El Delegado de Recursos Humanos

Fdo. D. Francisco José Bustamante Rangel