consejo local

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Sensibilizar a los miembros de los Consejos Locales de Planificación Pública en la importancia de que este órgano se desempeñe de manera eficiente, eficaz y efectiva.

Page 3: consejo local

Después de un proceso de debate y discusión promovida por la comisión permanente de participación ciudadana de la Asamblea Nacional bajo la modalidad de parlamentarismo social de calle, se elaboró una reforma a la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, la cual fue aprobada el 14 de noviembre de 2006 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.591 de fecha 26 de diciembre de 2006.

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CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNOArt. 185 CRBV

CONSEJO COMUNALArt. 2 LCC

CONSEJO PARROQUIALArt. 32 LCLPP

CONSEJO ESTADAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE

POLÍTICAS PÚBLICASArt. 166 CRBV

SNPP

CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACIÓN

PÚBLICAArt. 182 CRBV

Page 5: consejo local

• Es el órgano encargado de la planificación integral del Municipio.• Diseña el Plan Municipal de Desarrollo y los demás planes

municipales.• Garantiza la participación ciudadana y protagónica en la formulación,

ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes municipales, así como su articulación con el Sistema Nacional de Planificación.

• De conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.

• El Consejo Local de Planificación Pública responderá a las características propias de cada Municipio.

Art. 2 Ley de los CLPP

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CLPP

Presidente (a)

Vicepresidente (a)

Concejales (las)

Consejeros (a) de organizacionesvecinales y comunitarias y

de pueblos indígenas

Presidentes (a) de lasJuntas Parroquiales

Art. 5 Ley de los CLPP

Page 7: consejo local

Consejeros restantes

Consejeros electos por parroquia

Art. 6 Ley de los CLPP

Page 8: consejo local

1. Organizaciones Vecinales y Comunitarias

El o los consejeros o la o las consejeras de las organizaciones vecinales y comunitarias articuladas e integradas al Consejo Comunal respectivo, serán electos o electas en la Asamblea Parroquial de voceros o voceras de los consejos comunales

Elección

MayoríaSimple

Consejeros x parroquia con su suplente

• En aquellos municipios donde no existan parroquias se conformará una asamblea de voceros y voceras de los consejos comunales.

Art. 6 Ley de los CLPP

Page 9: consejo local

ORGANIZACIONES SECTORIALES

REGISTRO SECRETARIO EJECUTIVO DEL CLPPC

ONVOCA

ASAMBLEA SECTORIAL

Elegir consejeros (as)

1. Consejeros de las organizaciones sectoriales, tales como:Educación, misiones sociales, salud, cultura, deporte, producción, comercio, transporte, ecología, servicios y todas aquellas que, en general, respondan a las características propias del municipio

Organizaciones sectoriales que tienen vida en el municipio Deben registrarse ante el secretario o secretaria del Consejo Local de Planificación Pública, en un lapso de treinta días hábiles, a partir del vencimiento del período.

Art. 6 Ley de los CLPP

Page 10: consejo local

1. Consejeros de las comunidades indígenas

El o los consejeros o la o las consejeras de los pueblos y comunidadesindígenas, donde los hubiere, serán elegidos de acuerdo con sus usos,costumbres y tradiciones.

Art. 6 Ley de los CLPP

Page 11: consejo local

Alcaldes

Concejales

Presidentes de Juntas Parroquiales

Mientras dure su gestión o funciones

Vicepresidente

Consejeros de Organizaciones

Vecinales y Comunitarias

2 Años con posibilidad de reelección por un período más y

podrán ser revocados

Secretario Ejecutivo1 Año con posibilidad de

reelección por un período más

Art. 7 Ley de los CLPP

Page 12: consejo local

Ejercicio de las funciones del CLPP

AD HONOREM

Excepciones

Secretario (a) del CLPP

Integrantes de la Sala Técnica

Presupuesto de Funcionamiento para

asistencia a reuniones

Mínimo 5 U.T.

Art. 9 Ley de los CLPP

Page 13: consejo local

Elaborar un registro de consejos comunales y otras organizaciones

Promover transferencias de competencias

Formular y promover los proyectos

Garantizar la articulación del plan municipal

Impulsar la participación ciudadana

Crear programas de capacitación

Art. 10 Ley de los CLPP

Page 14: consejo local

Coordinar con CEDNA políticas de desarrollo

Impulsar la coordinación con otros CLPP

Realizar acuerdos de cooperación

Realizar seguimiento al plan municipal de desarrollo

Promover y coordinar el diagnóstico participativo

Garantizar el presupuesto participativo

Art. 10 Ley de los CLPP

Page 15: consejo local

Promover el carácter endógeno de desarrollo en el municipio

Promover planes de seguridad y defensa

Estudiar, considerar y aprobar proyectos FIDES - LAEE

Elaborar un banco de proyectos

Promover el establecimiento de gobiernos electrónicos

Art. 10 Ley de los CLPP

Page 17: consejo local

• En ausencia del Presidente o de la Presidenta, serán presididas por el Vicepresidente o la Vicepresidenta

CONVOCATORIA A LAS REUNIONES DE LAS PLENARIAS

PRESIDENTE VICEPRESIDENTE30% DE LOS

INTEGRANTES DEL CLPP

Art. 22 Ley de los CLPP

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REUNIONES DE LA PLENARIA

Debe reunirse por lo menos 1 vez al mes, sin menoscabo de las reuniones

extraordinarias

La convocatoria para las reuniones ordinarias será promovida con 5 días

hábiles de antelación y para las extraordinarias con 24 horas.

Art. 23 Ley de los CLPP

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DECISIONES DEL CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA

En caso de incumplimiento de las decisiones, los consejeros (as) o cualquier otro ciudadano (a) podrán acudir ante los organismos competentes, para solicitar el acatamiento de las decisiones emanadas de la Plenaria del CLPP.

Las decisiones del Consejo Local de Planificación Pública se tomarán por

mayoría calificada de sus integrantes, conformada por las dos terceras partes

Art. 24 Ley de los CLPP

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PREVISIONES PRESUPUESTARIAS

Es deber del Alcalde o de la Alcaldesa y del Concejo Municipal, atender los requerimientos presupuestarios solicitados por el Consejo Local de Planificación Pública para su funcionamiento

ALCALDE

CONCEJAL

OTRO FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

90 días de vigencia de la Ley desacatase lo previsto

en la misma

SANCIÓN POR EL CONTRALOR

De 1.000 a 2.000 U.T. deducidos de sus

emolumentos

SANCIONES

Art. 29 Ley de los CLPP

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El Plan y el Presupuesto de Inversión Municipal anual resultan de la consolidación de los requerimientos formulados en el Plan Municipal del Desarrollo y por los consejos comunales, las organizaciones vecinales y comunitarias, a través del proceso de formación del presupuesto participativo, según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

Art. 34 Ley de los CLPP

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Sin menoscabo de las facultades contraloras y fiscalizadoras que le corresponden a la Contraloría Municipal y a la Contraloría General de la República, los ciudadanos (a) o las unidades de control de los consejos comunales vigilarán, controlarán y evaluarán la ejecución del Presupuesto de Inversión Municipal, en los términos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y en la Ley del CLPP. A tales efectos, los órganos de la administración pública municipal deberán dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Planificación

Art. 40 Ley de los CLPP

Page 23: consejo local

• Para que los Consejos Locales de Planificación Pública se desempeñen de manera eficiente, eficaz y efectiva, es importante que conozcan y apliquen el marco jurídico que los rige.

• Queda de parte tanto de los miembros natos como de los consejeros electos velar por el cumplimiento de lo previsto en la ley.

• Recuerden que de su gestión, bien sea a través de la discusión de el Plan de Inversión anual y/o del plan de desarrollo municipal, depende el desarrollo endógeno del Municipio.

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