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1 CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL COMISIÓN PERMANENTE A C T A Nº XX//2014 ACTA DE LA REUNION DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL DIA 20 DE MAYO DE 2014. Excmos/as. Sres/as.: En Madrid, a veinte de mayo del año dos mil catorce, siendo las diez horas y treinta minutos, se reúnen los miembros de la Co- misión Permanente que al margen se relacionan bajo la Presidencia del Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano, Presidente del Consejo. Se inicia la sesión procedién- dose a la exposición, estudio y decisión de los asuntos pendientes, que fueron re- sueltos en la forma que a continuación queda reflejada: Presidente: D. Carlos Lesmes Serrano Vocales: D. Juan Manuel Fernández Martínez Dª Mercé Pigem i Palmés D. Francisco Gerardo Martínez Tristán D. Álvaro Cuesta Martínez Dª María del Mar Cabrejas Guijarro Secretario General: D. José Luis Terrero Chacón I - 1- Informar favorablemente el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia relativo a la propuesta de concesión de la Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort, a favor de D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, dando traslado del expediente instruido al Ministerio de Justicia a los efectos procedentes. I - 2- Retirar del orden del día, para nuevo estudio, en una próxima reunión de la Comisión Permanente la propuesta que elevada por el Servicio de Personal Judicial de ejecución de la Sentencia dictada el día 25 de abril de 2014 en la Causa Especial nº 20490/2014. I - 3- Autorizar a Dª. MARÍA INMACULADA GALÁN RODRÍGUEZ, Jueza sustituta de los Juzgados de Madrid Capital en el año 2013/2014, que desempeñó en su día el cargo de jueza sustituta en el Juzgado de Primera Instancia núm. 72 y en el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, para ausentarse del juzgado en el que estuviera sirviendo si así fuere, por tiempo de 10 días hábiles, al objeto de dictar las resoluciones que correspondan, con el siguiente desglose: - Procedimiento ordinario núm. 1950/08, los días 19 y 20 de enero de 2014.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

A C T A Nº XX//2014 ACTA DE LA REUNION DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL DIA 20 DE MAYO DE 2014.

Excmos/as. Sres/as.: En Madrid, a veinte de mayo del año dos mil catorce, siendo las diez horas y treinta minutos, se reúnen los miembros de la Co-misión Permanente que al margen se relacionan bajo la Presidencia del Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano, Presidente del Consejo. Se inicia la sesión procedién-dose a la exposición, estudio y decisión de los asuntos pendientes, que fueron re-sueltos en la forma que a continuación queda reflejada:

Presidente: D. Carlos Lesmes Serrano

Vocales: D. Juan Manuel Fernández

Martínez Dª Mercé Pigem i Palmés D. Francisco Gerardo Martínez

Tristán D. Álvaro Cuesta Martínez Dª María del Mar Cabrejas

Guijarro

Secretario General: D. José Luis Terrero Chacón

I - 1- Informar favorablemente el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal

Superior de Justicia de la Región de Murcia relativo a la propuesta de concesión de la Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort, a favor de D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, dando traslado del expediente instruido al Ministerio de Justicia a los efectos procedentes.

I - 2- Retirar del orden del día, para nuevo estudio, en una próxima reunión de

la Comisión Permanente la propuesta que elevada por el Servicio de Personal Judicial de ejecución de la Sentencia dictada el día 25 de abril de 2014 en la Causa Especial nº 20490/2014.

I - 3- Autorizar a Dª. MARÍA INMACULADA GALÁN RODRÍGUEZ, Jueza

sustituta de los Juzgados de Madrid Capital en el año 2013/2014, que desempeñó en su día el cargo de jueza sustituta en el Juzgado de Primera Instancia núm. 72 y en el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, para ausentarse del juzgado en el que estuviera sirviendo si así fuere, por tiempo de 10 días hábiles, al objeto de dictar las resoluciones que correspondan, con el siguiente desglose:

- Procedimiento ordinario núm. 1950/08, los días 19 y 20 de enero de

2014.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

- Procedimiento ordinario núm. 808/12, los días 5 y 6 de febrero de 2014. - Procedimiento ordinario núm. 1763/11, el día 10 de febrero de 2014. - Procedimiento concursal núm. 390/10, el día 14 de febrero de 2014. - Procedimiento ordinario núm.229/10, los días 19 y 20 de febrero de

2014. - Procedimiento ordinario núm. 958/12, los días 14 y 17 de marzo de

2014 Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 194 de la LEC y el reiterado criterio de este Consejo General, contenido en numerosos acuerdos, entre ellos y por todos los de 18 de marzo de 1997, 2 de noviembre de 2006 y 7 de marzo de 2013.

I - 4- 1º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 24 de abril de

2013 (I-16) relativo a petición de Dª. EVA MARÍA GASCÓN PLOU y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. EVA MARÍA GASCÓN PLOU, Jueza sustituta de los

Juzgados de Palma de Mallorca, Inca y Manacor, recibido en este Consejo General el 21 de febrero de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido en cargo judicial, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 31 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 23 de julio de 2007 y el 28 de febrero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a favor de la misma de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 22.2.2012, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en cargo judicial en el periodo antes indicado y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

2º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 29 de abril de 2013

(I-16) relativo a petición de Dª. AMPARO LOPEZ MARTÍNEZ y sustituirlo por el siguiente:

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

Visto el escrito de Dª. AMPARO LOPEZ MARTÍNEZ, Jueza sustituta de los Juzgados de Madrid, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 22 de enero de 2013 por conducto del Ministerio de Justicia y complementado por documentación requerida a la interesada recibida el 21 de marzo siguiente del mismo año, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial, así como en el de Abogado Fiscal sustituta, en el periodo comprendido entre el 27 de enero de 1987 y el 26 de marzo de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a favor de la misma de la antigüedad correspondiente a siete trienios cuyas fechas de vencimiento son: 26.1.1990 el primero, 26.1.1993 el segundo, 11.11.1997 el tercero, 23.10.2001 el cuarto, 11.4.2005, el quinto, 5.5.2008 el sexto y 21.5.2011 el séptimo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en los cargos y en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

3º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 14 de mayo de

2013 (I-41-1) relativo a petición de Dª. Mª TERESA DURÁN MAYORAL y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. Mª TERESA DURÁN MAYORAL, Jueza sustituta de los

Juzgados del territorio de Canarias, recibido en este Consejo General del Poder Judicial por conducto del Ministerio de Justicia el 5 de febrero de 2013 y complementado por documentación requerida a la interesada recibida el siguiente día 25 de abril del mismo año, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 2 de septiembre de 2002 y el 30 de diciembre de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a favor de la misma de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 14.3.2007 el primero y 11.6.2010 el segundo, por el tiempo de

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

4º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 5 de junio de 2013

(I-6-1º) relativo a petición de D. ENRIQUE IVAN ESCALERA REINA y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de D. ENRIQUE IVAN ESCALERA REINA, Juez sustituto de

los Juzgados de Sevilla y de su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 15 de abril de 2013 por conducto del Ministerio de Justicia (en el que tuvo entrada el anterior día 15 de marzo) y complementado con certificación requerida al interesado recibida el 20 de mayo de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 27 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 7 de septiembre de 2002 y el 25 de julio de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a favor del mismo de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 20.3.2009 el primero y 5.4.2013 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por el interesado con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo al interesado junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

5º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 5 de junio de 2013 (7-1º) relativo a petición de Dª. PATRICIA RODRIGUEZ AZA y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. PATRICIA RODRIGUEZ AZA, Jueza sustituta de los

Juzgados de Granada y de los de esta provincia, recibido el 20 de febrero de 2013 en este Consejo General del Poder Judicial por conducto del Ministerio de Justicia (en el que tuvo entrada el anterior día 31 de enero) y complementado con certificación requerida a la interesada recibida el 7 de mayo de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 24 de noviembre de 1997 y el 4 de febrero de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a favor de la misma de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 16.11.2006 el primero y 27.4.2012 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el 4 de febrero de 2013 y el derecho a su abono en concepto de retribución básica, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

6º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 11 de junio de 2013

(7-1º) relativo a petición de Dª. Mª BLANCA ELENA LEON ESCOBEDO y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. Mª BLANCA ELENA LEON ESCOBEDO, Jueza

sustituta de los Juzgados de Oviedo y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 27 de mayo de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 1995 y el 28 de febrero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

trienios cuyas fechas de vencimiento son: 20.2.2006 el primero y 14.12.2011 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

7º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-21-1º) relativo a petición de Dª. MARÍA ARANZAZU AGUINAGA MENDIZABAL y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. MARÍA ARANZAZU AGUINAGA MENDIZABAL, Jueza

sustituta de los Juzgados de Guipúzcoa y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 13 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 9 de septiembre de 1991 y el 28 de febrero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a cinco trienios cuyas fechas de vencimiento son: 20.12.1998 el primero, 27.8.2002 el segundo, 11.5.2006 el tercero, 2.11.2009 el cuarto y 8.9,2013 el quinto, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

8º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013 (I-12) relativo a petición de Dª. MARIA GABRIELA BOLDO PRATS y sustituirlo por el siguiente:

Vista el escrito de Dª. MARIA GABRIELA BOLDO PRATS, Jueza sustituta de

los Juzgados de Barcelona, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 10 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 1999 y el 26 de junio de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 17.1.2006 el primero y 22.11.2009 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

9º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-13) relativo a petición de Dª. MARISA CASTELLÓ FOZ y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. MARISA CASTELLÓ FOZ, Jueza sustituta de los

Juzgados de Arenys de Mar y demás de la provincia de Barcelona, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 11 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 12 de noviembre de 1999 y el 28 de febrero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a cuatro trienios cuyas fechas de vencimiento son: 7.11.2002 el primero, 22.8.2006 el segundo, 28.10.2009 el tercero y 18.11,2012 el cuarto, por el tiempo de trabajo

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.”

10º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-16) relativo a petición de Dª. HAIDÉ COSTA VILLARÓ y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. HAIDÉ COSTA VILLARÓ, Jueza sustituta de los

Juzgados de Barcelona, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 14 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 6 de marzo de 2007 y el 22 de marzo de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 6.10.2010, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

11º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-23) relativo a petición de Dª. MARÍA DE LA CRUZ FERNANDEZ-ARAGÓN SANCHEZ y sustituirlo por el siguiente:

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

Visto el escrito de Dª. MARÍA DE LA CRUZ FERNANDEZ-ARAGÓN SANCHEZ, Jueza sustituta de los Juzgados de Sevilla y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 11 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 26 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 4 de mayo de 2007 y el 26 de noviembre de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 21.11.2011, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento del trienio. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

12º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-20-1º) relativo a petición de Dª. ANA ISABEL MARTÍN RAMOS y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. ANA ISABEL MARTÍN RAMOS, Jueza sustituta de los

Juzgados de Guipúzcoa y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 13 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 22 de septiembre de 1997 y el 23 de febrero de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a tres trienios cuyas fechas de vencimiento son: 19.12.2001 el primero, 3.5.2006 el segundo y 30.3.2010 el tercero, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012),

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COMISIÓN PERMANENTE

debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

13º.-Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-96.1º) relativo a petición de Dª. YOLANDA URBAN SANCHEZ y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. YOLANDA URBAN SANCHEZ, Jueza sustituta de los

Juzgados de Madrid, recibido en este Consejo General el 20 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 17 de febrero de 1995 y el 28 de febrero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a cinco trienios cuyas fechas de vencimiento son: 21.4.1999 el primero, 4.9.2002 el segundo,1.2.2007 el tercero, 12.4.2010 el cuarto y 2.7.2013 el quinto, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.”

14º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-6-1º) relativo a petición de Dª. Nuria Martínez Rodriguez y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. Nuria Martínez Rodriguez, Jueza sustituta de los

Juzgados de Málaga y su provincia, recibida en este Consejo General del Poder Judicial el 4 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014,

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COMISIÓN PERMANENTE

obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 15 de junio de 2004 y el 27 de agosto de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 29.3.2008 el primero y 7.5.2011 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.”

15º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-15) relativo a petición de Dª. YOLANDA MOLINA GRANDE y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. YOLANDA MOLINA GRANDE, Jueza sustituta de los

Juzgados de Sevilla y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 11 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 31 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 7 de mayo de 2008 y el 19 de marzo de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 7.9.2012, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento del trienio. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

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COMISIÓN PERMANENTE

16º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013 (I-10) relativo a petición de D. EDUARDO JOSÉ NAVARRO MIRANDA y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de D. EDUARDO JOSÉ NAVARRO MIRANDA, Juez sustituto

de los Juzgados de Tarragona y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 7 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 31 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 22 de noviembre de 2004 y el 28 de febrero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 27.3.2008 el primero y 18.8.2011 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por el interesado con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo al interesado junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

17º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-5) relativo a petición de Dª. CARMEN ROSA DEL PINO ABRANTE y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. CARMEN ROSA DEL PINO ABRANTE, Jueza sustituta

de los Juzgados del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 3 de mayo de 2013 por conducto del Ministerio de Justicia y complementado por certificación de la interesada, previo requerimiento al efecto, recibida el siguiente día 6 de junio del mismo año, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 26 de marzo de 2001 y el 30 de septiembre de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a tres trienios cuyas fechas de vencimiento son: 7.4.2005 el primero, 23.6.2008 el

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COMISIÓN PERMANENTE

segundo y 20.7.2011 el tercero, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

18º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-17) relativo a petición de Dª. ALICIA MÓNICA SANCHEZ RIZALDOS y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. ALICIA MÓNICA SANCHEZ RIZALDOS, Jueza

sustituta de los Juzgados de Sevilla y su provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 11 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 25 de octubre de 2004 y el 31 de marzo de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 16.2.2009 el primero y 18.11.2012 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

19º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 3 de julio de 2013

(I-14) relativo a petición de Dª. MARÍA ANGELES FILLOY RUBIO y sustituirlo por el siguiente:

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COMISIÓN PERMANENTE

Visto el escrito de Dª. MARÍA ANGELES FILLOY RUBIO, Jueza sustituta de los Juzgados de Bilbao y demás de la provincia de Vizcaya, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 11 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 4 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial, así como en el de Abogado Fiscal sustituto, en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 1991 y el 5 de marzo de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a favor de la misma de la antigüedad correspondiente a cinco trienios cuyas fechas de vencimiento son: 11.5.1995 el primero, 19.5.1998 el segundo, 6.4.2002 el tercero, 22.6.2006 el cuarto y 1.1.2010, el quinto, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en los cargos y en el periodo antes indicados, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

20º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-93) relativo a petición de Dª. MERCEDES GUTIERREZ SUAREZ y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. MERCEDES GUTIERREZ SUAREZ, Jueza sustituta de

los Juzgados de Madrid recibida el 17 de junio de 2013, complementada por certificación aportada por la interesada previo requerimiento al efecto recibida en este Consejo General el siguiente día 19, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 1995 y el 28 de agosto de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a cinco trienios cuyas fechas de vencimiento son: 17.4.1999 el primero, 24.9.2003 el segundo, 30.1.2007 el tercero, 30.1.2010 el cuarto y 15.8.2013 el quinto, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.”

21º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-67) relativo a petición de Dª. IVANA LARROSA IBAÑEZ y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. IVANA LARROSA IBAÑEZ, Magistrada suplente de la

Audiencia Provincial de Zaragoza, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 18 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 16 de febrero de 2004 y el 7 de noviembre de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 31.8.2007, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento del trienio. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

22º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-80.1º) relativo a petición de Dª. Mª PILAR LAO MORALES y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. Mª PILAR LAO MORALES, Jueza sustituta de los

Juzgados de Barcelona, recibido en este Consejo General el 14 de junio de 2013,

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

complementado previo requerimiento al efecto por certificación aportada por la interesada, recibida el siguiente día 9 de julio, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 6 de marzo de 2007 y el 7 de marzo de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 6.4.2011, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento del trienio. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

23º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-68) relativo a petición de Dª. MARÍA DEL CARMEN LEÓN JIMENEZ y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. MARÍA DEL CARMEN LEÓN JIMENEZ, Jueza

sustituta de los Juzgados del territorio de Canarias, recibido el 6 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 1995 y el 7 de enero de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a cuatro trienios cuyas fechas de vencimiento son: 8.9.2000 el primero, 16.2.2005 el segundo, 20.3.2009 el tercero y 18.11.2012 el cuarto, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

24º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-70.1º) relativo a petición de Dª. CARMEN PANERO NIETO y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. CARMEN PANERO NIETO, Jueza sustituta de los

Juzgados del territorio de Cantabria, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 20 de mayo de 2013 por conducto del Ministerio de Justicia (en el que tuvo entrada el anterior día 29 de abril) y complementado por certificación presentada por la interesada, previo requerimiento al efecto, recibida el siguiente día 8 de julio del mismo año, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 26 de abril de 2000 y el 23 de diciembre de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 22.4.2012, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento del trienio. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

25º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-94) relativo a petición de Dª. Mª ANGELES PEREZ BOTELLA y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. Mª ANGELES PEREZ BOTELLA, Jueza sustituta de

los Juzgados de Alicante, recibida en este Consejo General el 24 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 16 de enero de 2002 y el 3 de marzo de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 28.4.2009 el primero y 4.1.2013 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

26º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-69.1º) relativo a petición de D. ALVARO JESÚS RODRÍGUEZ BERNALDO DE QUIRÓS y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de D. ALVARO JESÚS RODRÍGUEZ BERNALDO DE

QUIRÓS, que fue Juez sustituto de los Juzgados del territorio de Canarias, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 25 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 6 de septiembre de 2008 y el 29 de julio de 2012, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a un trienio cuya fecha de vencimiento es el 5.9.2011, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por el interesado con especificación de la fecha de vencimiento del trienio. Igualmente se comunicará este

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Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento del trienio.

27º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-71.1º) relativo a petición de Dª. JOANA RUIZ SIERRA y sustituirlo por el siguiente: Visto el escrito de Dª. JOANA RUIZ SIERRA, Jueza sustituta de los Juzgados

de Valencia y provincia, recibido en este Consejo General del Poder Judicial el 26 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 5 de octubre de 1998 y el 20 de marzo de 2014, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a dos trienios cuyas fechas de vencimiento son: 19.3.2008 el primero y 2.10.2011 el segundo, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.”

28º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-83.1º) relativo a petición de Dª. CONSUELO SANCHIS GIMENO y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito de Dª. CONSUELO SANCHIS GIMENO, Jueza sustituta de los

Juzgados de Barcelona, recibido en este Consejo General el 18 de junio de 2013, en el que solicita el reconocimiento de la retribución básica de antigüedad de los trienios que correspondan por el tiempo efectivamente servido, así como la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 1 de abril de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 7 de mayo de 1997 y el 25 de febrero de 2013, procede su estimación y, en consecuencia, el reconocimiento a su favor de la antigüedad correspondiente a tres trienios cuyas fechas de vencimiento son: 29.5.2001 el primero, 25.09.2006 el segundo y 31.7.2010 el tercero, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en

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COMISIÓN PERMANENTE

concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.”

29º.- Completar el Acuerdo de la Comisión Permanente de 31 de julio de 2013

(I-98) relativo a petición de Dª. Mª ISABEL ALVAREZ TEJERO y sustituirlo por el siguiente:

Visto el escrito presentado por Dª. Mª ISABEL ALVAREZ TEJERO, Magistrada suplente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recibido en este Consejo General el 13 de mayo de 2013, así como el testimonio del Auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 9 de fecha 12 de abril de 2013 remitido por oficio del Ministerio de Justicia, recibido en este Consejo General el siguiente día 5 de julio del mismo año, en el que se acuerda la extensión de efectos interesada por la citada Magistrada suplente de la sentencia recaída en el Procedimiento Abreviado 433/09 del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 9 que fue revocada por la dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 4 de mayo de 2012 (recurso de apelación 27/2012) en materia de reconocimiento de trienios a Jueces y Fiscales sustitutos, y a efectos de ejecución del indicado Auto por el Ministerio de Justicia, parte en el procedimiento, teniendo en cuenta la certificación de la Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal de fecha 28 de marzo de 2014, obrante en el expediente, acreditativa del tiempo efectivamente servido en cargo judicial en el periodo comprendido entre el 19 de julio de 1995 y el 25 de julio de 2013, procede reconocer a la interesada la antigüedad correspondiente a cinco trienios cuyas fechas de vencimiento son: 18.7.1998 el primero, 18.7.2001 el segundo,18.7.2004 el tercero, 18.7.2007 el cuarto y 18.7.2010 el quinto, por el tiempo de trabajo efectivamente prestado en el periodo antes indicado, y el derecho a su abono en concepto de retribución básica; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo al Ministerio de Justicia, adjuntándose al mismo en duplicado ejemplar la certificación de servicios efectivamente prestados por la interesada con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios. Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada

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junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de la fecha de vencimiento de los trienios.

I - 5- En relación con la petición formulada por el Ministerio de Asuntos

Exteriores y Cooperación, sobre propuesta de concesión de una condecoración de una de las Órdenes radicadas en dicho Ministerio, a favor de D. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ARMENGOL, Magistrado Juez Decano de los Juzgados de Madrid, y de D. FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para la Promoción de Honores de la Onomástica de Su Majestad el Rey, esta Comisión Permanente manifiesta que no existe objeción a la concesión de las citadas condecoraciones.

Comunicar el presente Acuerdo al indicado Departamento Ministerial. I - 6- Tomar conocimiento de los Acuerdos adoptados por las Salas de

Gobierno del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia que se aportan con la presente propuesta, debiendo de acusarse recibo de las mismas a los mencionados órganos.

I - 7- Tomar conocimiento del Acuerdo de archivo adoptado por el Promotor

de la Acción Disciplinaria y recaído en la Información Previa nº 160/2014. I - 8- Tomar conocimiento del Acuerdo de archivo adoptado por el Promotor

de la Acción Disciplinaria y recaído en la Información Previa nº 210/2014. I - 9- Tomar conocimiento del Acuerdo de archivo adoptado por el Promotor

de la Acción Disciplinaria y recaído en la Información Previa nº 265/2014. I - 10- Tomar conocimiento del Acuerdo de archivo adoptado por el Promotor

de la Acción Disciplinaria y recaído en la Información Previa nº 162/2014. I - 11- 1.-Conceder comisión de servicio, con derecho, en su caso, al percibo

de las dietas y gastos de locomoción correspondientes, al Magistrado reseñado en la propuesta, al objeto de que pueda comparecer ante el Promotor de la Acción Disciplinaria de este Consejo el día 28 de mayo de 2014 a las 10 horas.

2.- Aprobar el presupuesto de gastos que se detalla en el Anexo 1 adjunto a la documentación de este Acuerdo, delegando expresamente en el Secretario General la adopción de las medidas necesarias para mejor ejecución presupuestaria y del correspondiente expediente de gastos. Los citados gastos han sido fiscalizados de conformidad por la Intervención de este Consejo.

I - 12- Conceder a D. XXXXX XXXXX, Magistrado del Juzgado de XXXXXX

número XX de XXXXX, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante 1 mes y efectos del día 7 de mayo de 2014 (séptimo mes de licencia), con derecho al percibo de retribuciones básicas y por razón de familia, y a la prestación

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COMISIÓN PERMANENTE

complementaria establecida en el artículo 375.3.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 228 y siguientes del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, e Instrucción 1/2013, de 12 de junio, acordada por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre retribuciones en supuestos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros de la Carrera Judicial, comunicando el presente acuerdo a la Gerencia correspondiente.

Comuníquese asimismo, para su conocimiento, a la Mutualidad General Judicial.

I - 13- - Informar favorablemente el Acuerdo de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid relativo a la propuesta de concesión de la Medalla de Plata de la Orden de San Raimundo de Peñafort, a favor de D. FÉLIX GALLEGO SERRANO, Presidente de la Asociación de Jueces de Paz de la Comunidad de Madrid, dando traslado del expediente instruido al Ministerio de Justicia a los efectos procedentes.

I - 14- - Informar favorablemente el Acuerdo de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia relativo a la propuesta de concesión de la Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort, a favor de D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA, Presidente de la Audiencia Provincial de Murcia, dando traslado del expediente instruido al Ministerio de Justicia a los efectos procedentes.

I - 15- Conceder a D. XXXX XXXX, Magistrado suplente de la Audiencia

Provincial de XXXX en el año judicial 2013/2014, prórroga de licencia por razón de enfermedad, durante un mes y efectos del día 1 de Mayo de 2014 (noveno mes de licencia), con la especificación de que, en cualquier caso, ha de tenerse en cuenta que el nombramiento de D. XXXX XXXX expira el 31 de Agosto de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de su nombramiento de 31 de Julio de 2013 y en los artículos 201.5 a) y 213.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

I - 16- De conformidad con lo establecido en los artículos 231.3.b) y 232 del

Reglamento 2/11, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, conceder licencia por estudios a Dª. MARÍA ISABEL BUENO TRENADO, Magistrada suplente de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Badajoz, con sede en Mérida, para los días 22 y 23 de mayo de 2014, al objeto de poder asistir al curso organizado en Mérida, por la Asociación Profesional de la Magistratura.

I - 17- Vista la certificación remitida por el Ministerio de Justicia, acreditativa

de los servicios efectivos prestados en la Administración de Justicia por la Jueza sustituta de los Juzgados de Madrid capital Dª. Mª TERESA. VILLAGARCÍA SANCHO, en el periodo comprendido entre el 29 de septiembre de 1999 y el 5 de diciembre de 2013, expedida el 26 de marzo de 2014 por la Subdirectora General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal, a efectos de

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ejecución del Auto del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 9 de fecha 9 de julio de 2013, en el que se acuerda a su favor la extensión de efectos interesada por la misma de la sentencia recaída en el Procedimiento Abreviado 433/09 del indicado Juzgado Central, que fue revocada por la dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 4 de mayo de 2012 (recurso de apelación 27/2012), en materia de reconocimiento de trienios a Jueces y Fiscales sustitutos reclamados ante el Ministerio de Justicia, procede reconocer a Dª. Mª TERESA. VILLAGARCÍA SANCHO la antigüedad correspondiente a tres trienios cuyas fechas de vencimiento son: 7.3.2005 el primero, 14.3.2009 el segundo y 6.4.2012 el tercero, así como el derecho a su abono en concepto de retribución básica, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del RD. Decreto 431/2004, de 12 de marzo, en relación con el artículo 5.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 8 de noviembre de 2012 (cuestión de ilegalidad 1/2012), debiendo comunicarse este Acuerdo en duplicado ejemplar al Ministerio de Justicia para que por éste en ejecución del Auto antes indicado proceda a la liquidación y abono a aquélla de la retribución básica de la antigüedad correspondiente a tres trienios cuyas fechas de vencimiento son las antes indicadas, adjuntándose al mismo la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de las fechas de vencimiento de cada trienio.

Igualmente se comunicará este Acuerdo a la interesada junto con la certificación de servicios efectivamente prestados con especificación de las fechas de vencimiento de los trienios antes indicada.

I - 18- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3.d) y f), y 232 del

Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conceder la licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial solicitada por la Magistrada con destino en la Audiencia Provincial de Las Palmas, Dª. ROSALIA MERCEDES FERNANDEZ ALAYA, al objeto de su desplazamiento a París para participar en el X Aniversario de Gemme, durante los días 4 al 6 de junio de 2014, formando parte de la Delegación Española que asistirá a la Asamblea y Actos conmemorativos.

El presente Acuerdo se participará a la/el Interesada/do, al Presidente en funciones del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y al/la Presidente/a de la Audiencia Provincial de Las Palmas, a sus efectos.

I - 19- Autorizar a D. JOSÉ MANUEL GARCÍA MARFIL, Juez Sustituto de

Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez, Arganda del Rey, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Majadahonda, Móstoles, Navalcarnero, Parla, Pozuelo de Alarcón, San Lorenzo de El Escorial, Torrejón de Ardoz, Torrelaguna y Valdemoro en el año judicial en curso 2013/2014, que desempeñó en su día el cargo de Juez Sustituto en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Torrelaguna (Madrid), para desplazarse a esta población con derecho al percibo de dietas y gastos de viaje que procedan y, en su

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caso, ausentarse del Juzgado que esté sirviendo, al objeto de celebrar las diligencias finales en los procedimientos ordinarios núm. 329/1, el día 9 de mayo de 2014 y el procedimiento ordinario 236/13, el día 30 de mayo de 2014; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 194 de la LEC y el reiterado criterio de este Consejo General, contenido en numerosos acuerdos, entre ellos y por todos los de 18 de marzo de 1997 y 2 de noviembre de 2006.

I - 20- Examinada la consulta remitida al Consejo General del Poder Judicial

por Dª. AMANDA COHEN BENCHETRIT, Magistrada en comisión de servicio del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, sobre la existencia de algún riesgo de incurrir en infracción disciplinaria o incompatibilidad por el hecho de participar en una jornada a los solos efectos de explicar desde un punto de vista estrictamente académico los fundamentos de la resolución que dictó (aún no firme, pero pública), la Comisión Permanente acuerda comunicar a la expresada Magistrada:

1.- Que, como reiteradamente se ha venido sosteniendo, la función consultiva del Consejo General del Poder Judicial, al margen de los supuestos contemplados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, no se extiende a la emisión de dictámenes u opiniones solicitados por los miembros de la Carrera Judicial sobre particulares situaciones o circunstancias que puedan concurrir a título individual, pues tales incidencias han de ser objeto de la oportuna resolución mediante acuerdo, adoptado en cada caso por los órganos competentes del propio Consejo.

2.- Sin perjuicio de lo anterior, y en relación a la actividad objeto del escrito presentado, este Consejo no puede realizar un control a priori, sin perjuicio de la obligación de reserva y la observancia de las reglas y principios que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece en materia de prohibiciones y compatibilidades a los Jueces y Magistrados.

I - 21- Conceder a Dª. MARIA AURORA GABINO AMANTEGUI, Magistrada

del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 1 de Donostia-San Sebastián, reanudación de excedencia voluntaria para el cuidado de hijo, en primera anualidad, del día 1 al 31 de Julio de 2014, con derecho durante dicho período a la reserva de la plaza de que es titular y al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, trienios y derechos pasivos y el deber de no realizar actividad alguna distinta del cuidado del menor; Se hará saber a la interesada que deberá comunicar a este Consejo tanto el cese en su destino como la finalización de dicha excedencia.

El presente acuerdo se participará a la Habilitación o Gerencia correspondiente, a la Mutualidad General Judicial, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, al Ministerio de Justicia, al Decano o, en su caso, al Presidente de Sala o Audiencia correspondiente, a sus efectos.

I - 22- Conceder a Dª. ELENA LILLO PASTOR, Magistrada del Juzgado de lo

Social número 1 de Palma, excedencia voluntaria para el cuidado de hijo, en primera anualidad, del día 1 al 31 de Julio de 2014, con derecho durante dicho período a la

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COMISIÓN PERMANENTE

reserva de la plaza de que es titular y al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad, trienios y derechos pasivos y el deber de no realizar actividad alguna distinta del cuidado del menor; haciéndose saber a la interesada que deberá comunicar a este Consejo tanto el cese en su destino como la finalización de dicha excedencia.

El presente Acuerdo se participará a la Habilitación o Gerencia correspondiente, a la Mutualidad General Judicial, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, al Ministerio de Justicia, al Decano o, en su caso, al Presidente de Sala o Audiencia correspondiente a sus efectos.

I - 23- Vista la consulta efectuada por la Gerencia de este Consejo sobre el

Acuerdo V-1 adoptado por la Comisión Permanente en su reunión de 25 de marzo pasado, procede informar que D. ROMÁN RUIZ NICOLÁS conserva la consideración de Juez en prácticas y, por ello, resulta obligado por parte de este Órgano Constitucional el mantenimiento del pago de las retribuciones y de la cotización social, en los términos normativamente establecidos.

I - 24- Tomar conocimiento y acusar recibo de la opción efectuada por D.

JOSÉ MANUEL MARCO COS de presidir la Sección 3ª, civil, de la Audiencia Provincial de Castellón, una vez tome posesión del cargo de Presidente de dicha Audiencia.

I - 25- -No acceder a lo solicitado por el Magistrado D. CARLOS DOMINGUEZ

DOMINGUEZ respecto de la adjudicación de la Presidencia de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Castellón

- Adscribir al referido Magistrado a la Audiencia Provincial de Castellón, de conformidad con lo establecido en el artículo 340 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, hasta la adjudicación de la plaza correspondiente del que hubieren elegido, teniendo preferencia, además, durante los dos años siguientes al cese, a cualquier plaza de su categoría de las que deben proveerse por el concurso voluntario no reservada a especialista, determinándose con arreglo a lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial la concreta adscripción dentro de las Secciones correspondientes al orden jurisdiccional civil y penal.

- El presente acuerdo se notificará al interesado, con la indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses (artículo 638.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio) y el potestativo de reposición ante la Comisión Permanente del Consejo en el plazo de un mes, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación.

I - 26- Autorizar a Dª. MARÍA PILAR LÓPEZ ASENSIO, Magistrada con

destino en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Madrid, a compatibilizar el ejercicio de la función judicial con la creación de artículos y comentarios de contenido jurídico, con una periodicidad mensual, para su publicación en la Sección

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COMISIÓN PERMANENTE

“LA TOGA” del periódico LA ESTRELLA DIGITAL, siempre y cuando dicha actividad no entrañe asesoramiento jurídico, vedado por el artículo 389.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y se desarrolle a partir de las 15 horas y no impida o menoscabe los deberes inherentes a la condición de Magistrada, ni comprometa su imparcialidad e independencia.

I - 27- Aprobar las resoluciones regladas en materia de personal, contenidas

en el ANEXO I de la presente Acta, correspondiente a la Carrera Judicial. I - 28- Vista la solicitud deducida por Dª. ANA GÓMEZ MARTOS Y Dª.

JESSICA NAVARRO AMADA, responsables de un proyecto de investigación en materia de convivencia compartida, psicólogas forenses especialistas en Psicología Jurídica y Forense y pertenecientes al Servicio de Intervención de Psicólogos Forenses del Colegio de Psicólogos de la Comunidad de Valencia, de acceso a los procedimientos de divorcio y medidas cautelares en Juzgados de Familia de la Comunidad Valenciana, para la realización de estudio sobre convivencia compartidas, la Comisión Permanente acuerda dirigirse a los titulares de los mencionados órganos judiciales, participándoles que, dada la finalidad de la petición recibida, no existe inconveniente por parte del Consejo General del Poder Judicial en que, si lo estiman procedente, se permita la consulta de tales procedimientos, preservando en todo caso el respeto de las garantías establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.

I - 29- 1) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 238 del Reglamento

2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y el artículo 27 del Reglamento 1/2011 de 28 de febrero, de asociaciones judiciales profesionales, conceder, siempre que conste informe favorable de los/as Presidentes/as de los Tribunales Superiores de Justicia correspondientes, licencia extraordinaria, subordinada a las necesidades del servicio, a favor de los/as Magistrados/as y Jueces/zas miembros de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA, que en nota adjunta a este Acuerdo se relacionan, para asistir al “Curso de formación en materia civil y penal”, que se celebrará en Mérida, los días 22 y 23 de mayo de 2014, teniendo en cuenta que los días anterior y posterior serán necesario para su desplazamiento. 2) Respecto de los/as Jueces/zas y Magistrados/as que no poseen la condición de miembro asociado: D. RAFAEL ESTÉVEZ BENITO Juzgado de lo Penal nº 1 de Cáceres, Dª. SARA GÓMEZ RUBÍN DE CELIX, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Navalmoral de la Mata (Cáceres), D. JAVIER CARREÑO SÁNCHEZ Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Trujillo (Cáceres), Dª. VANESA MARÍA PÉREZ BAÑUELOS Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Trujillo (Cáceres), Dª. MARÍA FELISA AGENJO RUIZ Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Castuera (Badajoz), BEATRIZ MIRANDA VERDÚ Juzgado de lo Penal nº 1 de Don Benito (Badajoz), Dª. JACINTA CANCHO BORRALLO Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Badajoz, Dª. ELENA SÁNCHEZ PÉREZ Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Plasencia (Cáceres), Dª.

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COMISIÓN PERMANENTE

MARIA DEL ARA SÁNCHEZ PEÑA Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Plasencia (Cáceres), D. FRANCISCO JOSÉ FLORES DE LA CRUZ Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Olivenza (Badajoz), Dª. SUSANA MARÍA AMADOR GARCÍA Juzgado de Instrucción nº 1 de Badajoz, Dª. BEATRIZ BIEDMA ROJANO Juzgado de Instrucción nº 3 de Badajoz, D. JESÚS MARÍA GÓMEZ FLORES Juzgado de lo Penal nº 2 de Cáceres, Dª. MARÍA DEL CARMEN ROMERO CERVERO Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Mérida (Badajoz), D. ENRIQUE MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA Sección de lo Penal de la Audiencia Provincial de Badajoz, y D. VALENTÍN PÉREZ APARICIO Sección Penal de la Audiencia Provincial de Cáceres, la Comisión Permanente acuerda, en mérito a lo dispuesto en el artículo 238 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y el artículo 27 del Reglamento 1/2011, de 28 de febrero, y en el artículo 373-3º de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de septiembre, del Poder Judicial, autorizar la asistencia de la misma, siempre que conste informe favorable de los/as Presidentes/as de los Tribunales Superiores de Justicia correspondientes, al “Curso de formación en materia civil y penal”, que se celebrará en Mérida, los días 22 y 23 de mayo de 2014, teniendo en cuenta que los días anterior y posterior serán necesario para su desplazamiento, concediéndoles licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial. De este Acuerdo se dará traslado, en el primer caso, a los/as Presidente/as de los Tribunales Superiores de Justicia de los que gubernativamente dependan los/as interesados/as y a la Asociación organizadora y, en el segundo supuesto, a los/as interesados/as, a los/as Presidentes/as de los Tribunales Superiores de Justicia de los que gubernativamente dependan, así como a los/as Decanos/as correspondientes.

I - 30- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3. d) y f), y 232

del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y a la vista del informe del Servicio de Inspección de fecha 13 de mayo de 2014, acuerda denegar la licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial solicitada por el Magistrado con destino en el Juzgado de lo Social nº 2 de Arrecife (Las Palmas), D. VENANCIO CARMELO BATISTA MACHIN, durante los días 19 al 23 de mayo de 2014, al objeto de su desplazamiento a La Habana (Cuba), donde presentará una Ponencia bajo el título “Crisis empresarial y protección al trabajador: Flexibilidad interna”, en el VII Encuentro Internacional Justicia y Derecho 2014. Requerir a la Jefatura del Servicio de Inspección para que, tras las averiguaciones y comprobaciones que se consideren pertinentes, informe a esta Comisión Permanente sobre si el Magistrado D. VENANCIO CARMELO BATISTA MACHIN ha asistido a la sede del Juzgado de lo Social nº 2 de Arrecife (Las Palmas de Gran Canaria) durante los días 19 a 23 de mayo de 2014, o si por el contrario, se ha ausentado de la misma, debiendo indicarse, en este último supuesto, si se encontraba amparado por algún tipo de permiso o licencia que justificase su inasistencia.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

El presente acuerdo se notificará al interesado, con la indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses (artículo 638.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio) y el potestativo de reposición ante la Comisión Permanente del Consejo en el plazo de un mes, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación.

I - 31- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 231.3. d) y f), y 232

del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y en el artículo 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conceder la licencia por razón de estudios relacionados con la función judicial solicitada por el Magistrado con destino en el Juzgado de lo Social nº 8 de Las Palmas, D. GUMERSINDO MANSO ABIZANDA, durante los días 19 al 23 de mayo de 2014, con efectos retroactivos, al objeto de su desplazamiento a La Habana (Cuba), donde presentará una Ponencia bajo el título “Crisis empresarial y protección al trabajador: Flexibilidad interna”, en el VII Encuentro Internacional Justicia y Derecho 2014; y a la Jornada de la Unión nacional de juristas cubanos que se celebrará en Santa Clara (Cuba), el día 19 de mayo de 2014; haciendo saber a la/el interesada/do, que una vez concluida la misma deberá elevar al Consejo, la Memoria que establece el art. 373.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el art. 233.1 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y que si su contenido no fuera bastante para justificarla, se compensará la licencia con el tiempo que se determine de las vacaciones del interesado.

El presente Acuerdo se participará a la/el Interesada/do, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y al/la Decano/a de los Juzgados de Las Palmas, a sus efectos.

I - 32- Visto el escrito presentado con fecha de 19 de mayo de 2014 por Dª.

TRINIDAD CUESTA CAMPUZANO, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Amurrio y electa del Juzgado de lo Penal número 1 de Barakaldo, en el que se solicita el cese diferido por ostentar la Presidencia de la Junta Electoral de Zona de Amurrio, a la vista de los Acuerdos de la Junta Electoral Central en los que se considera que el cese de los/as Jueces/zas en las Juntas Electorales es de carácter voluntario, procede acceder a lo solicitado, disponiendo que no cesará en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Amurrio hasta transcurridos diez días de la fecha de celebración de las Elecciones Europeas, al encontrarse formando parte de la Junta Electoral.

Comuníquese a la interesada y al Presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y publíquese en el Boletín Oficial del Estado.

Por el Secretario General se da cuenta a la Comisión Permanente que se han

recibido en el Consejo General del Poder Judicial una serie de comunicaciones de Juntas de Jueces y Salas de Gobierno, solicitando que el Presidente del Consejo

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

rectifique sus declaraciones publicadas en el diario El Mundo con fecha 17 de marzo de 2014. A la vista de las mismas, la Comisión Permanente acuerda:

I - 33- Tomar conocimiento de las referidas peticiones.

II - 1- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para los JUZGADOS DE LO SOCIAL NÚMEROS 2 Y 3 DE BURGOS

II - 2- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 9 DE MADRID.

II - 3- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE GRANADA.

II - 4 Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE VALLADOLID.

. II - 5- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para el JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO 1 DE MOSTOLES.

II - 6- 1.- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para los JUZGADOS DE LO SOCIAL NÚMEROS 1 Y 2 DE VALLADOLID.

. II - 7- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de la Sección de Oficina Judicial relativa a una medida de refuerzo para la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA.

III - 1- Tomar conocimiento de la comunicación de la Magistrada suplente Dª.

MARÍA DEL MAR FERNÁNDEZ ROMO, quien ha venido prestando servicios en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que solicita que se faciliten al Ministerio de Justicia los datos relativos a su rendimiento individual en los años 2010 y 2011, a efectos de retribuciones variables.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

No ha sido incluida en los Listados aprobados por la Comisión Permanente en su momento, al no ser funcionaria de carrera.

A la vista de la mencionada solicitud y teniendo en cuenta que peticiones similares se han planteado recurrentemente tras cada aprobación anual de Listados para retribuciones variables, y que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia para casos similares (véanse sentencias de 22-XII-2008, 7-V-2012 y 31-V-2012), procede estimar la petición de la Magistrada suplente Dª. MARÍA DEL MAR FERNÁNDEZ ROMO, en el sentido de que se certifique al Ministerio de Justicia a efectos retributivos que, de acuerdo con su rendimiento, le corresponde, como anexo a los Listados aprobados en su día, las siguientes posiciones:

Año Semestre Listado Días

computables Tramo

2010 Primero Salas de lo contencioso

administrativo de los TSJ

181 XXX

2010 Segundo Salas de lo contencioso

administrativo de los TSJ

184 XXX

2011 Primero Juzgados de lo contencioso

administrativo incluidos los centrales

181 XXX

2011 Segundo Juzgados de lo contencioso

administrativo incluidos los centrales

184 XXX

III - 2- Tomar conocimiento de la comunicación de la Jueza sustituta Dª.

MARÍA ROS VILAMAJÓ, quien ha venido prestando servicios en distintos Juzgados de la provincia de Barcelona, en la que solicita que se faciliten al Ministerio de Justicia los datos relativos a su rendimiento individual desde 2007, a efectos de retribuciones variables. No ha sido incluida en los Listados de los años 2007 a 2012, aprobados por la Comisión Permanente en diversas fechas, al no ser funcionaria de carrera.

A la vista de la mencionada solicitud y teniendo en cuenta que peticiones similares se han planteado recurrentemente tras cada aprobación anual de Listados para retribuciones variables, y que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia para casos similares, referidos a un periodo anterior (véanse recursos de alzada 232/05 y 340/10 y sentencias de 22-XII-2008, 7-V-2012 y 31-V-2012), procede estimar la petición de la Jueza sustituta Dª. MARÍA ROS VILAMAJÓ, en el sentido de que se

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

certifique al Ministerio de Justicia a efectos retributivos que, de acuerdo con su rendimiento, le corresponden, como anexo a los Listados aprobados en su día, las siguientes posiciones:

Año Semestre Listado Días computables

Grupo Tramo

2007 Primero Segundo 2007 Segundo No entra en los grupos con retribución variable (97’62%) 2008 Primero Segundo 2008 Segundo Primero 2009 (año) Juzgados de lo penal XXX 2010 Primero Juzgados de primera

instancia e instrucción 181 XXX

2010 Segundo Juzgados de primera instancia e instrucción

184 XXX

2011 Primero Juzgados de primera instancia

67 XXX

2011 Primero Juzgados de primera instancia e instrucción

50 XXX

2011 Primero Juzgados de instrucción 1 XXX 2011 Segundo Juzgados de primera

instancia 137 XXX

2011 Segundo Juzgados de primera instancia e instrucción

17 XXX

2012 Primero Juzgados de lo penal 145 XXX 2012 Primero Juzgados de primera

instancia 29 XXX

2012 Segundo Juzgados de lo penal 145 XXX III - 3- A la vista del Recurso de Alzada número 391/2013, interpuesto por la

Magistrada Dª. CARMEN GEMA GONZÁLEZ MIAJA, contra el Acuerdo de la Comisión Permanente de este Consejo de 26 de agosto de 2013 (aprobatorio de los Listados de Jueces/zas y Magistrados/as a efectos de las retribuciones variables del año 2012), que ha sido estimado por el Pleno del mismo Consejo de 24 de abril pasado, procede la revisión de los listados correspondientes al primer semestre de 2012, en el sentido de que la citada Magistrada, quede encuadrada en el Listado de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con 26 días computables, en lugar de 118, y en el tramo XXX, en lugar de en el XXX.

Remitir al Ministerio de Justicia certificación del presente Acuerdo, con las modificaciones que indica, para su conocimiento y a los efectos retributivos que procedan.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

IV - 1- Conceder comisión de servicio a la Vocal Dª. ROSER BACH FABREGÓ, con autorización de los gastos que, de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse, para los próximos día 20, 22, 23 y 26 de mayo de 2014, al objeto de asistir:

- Día 20: Asistencia al “Foro ESADE-Derecho Premium” como miembro del Consejo Profesional de la Facultad de Derecho de ESADE, en Barcelona.

- Día 22: 2ª Reunión del Grupo de Trabajo de “Código Ético de la Carrera Judicial” que tendrá lugar en la sede de este Consejo.

- Día 23: Asistencia al Acto de 25 Aniversario del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, celebrado en Barcelona.

- Día 26: Asistencia al Acto de jura o promesa de los/as nuevos/as Jueces/zas destinados en Cataluña de la 64ª Promoción de la Escuela Judicial celebrado en el Tribunal Superior de Justicia en Barcelona.

Autorizar, asimismo, el abono de los gastos generados por la Vocal con residencia en Barcelona al asistir a dichas actividades, en lo relativo a gastos de desplazamiento internos (taxis, parking), todo ello de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014.

IV - 2- Conceder comisión de servicio y autorización de gastos que, de

conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse al Vocal D. ÁLVARO CUESTA MARTÍNEZ, para la realización de un viaje a Santander, con motivo del 25º Aniversario de la constitución de los Tribunales Superiores de Justicia de España, que se celebrará el próximo día 23 de mayo de 2014.

Todo ello de conformidad con lo previsto en el acuerdo V-8º de la Comisión Permanente de 11 de marzo de 2014, en el que, en relación al establecimiento de mecanismos de coordinación de la Comisión Permanente con los distintos órganos gubernativos de las estructuras judiciales, para la adecuada gestión y resolución de asuntos, se han asignado al citado Vocal, las áreas de coordinación con los Tribunales Superiores de Justicia de diversas Comunidades Autónomas entre las que se encuentra Cantabria.

IV - 3- Conceder comisión de servicio y autorización de gastos que, de

conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse al Vocal D. ÁLVARO CUESTA MARTÍNEZ, para la realización de un viaje a Valencia, con motivo del Acto de Investidura como Doctor “Honoris Causa” de D. Pascual Sala Sánchez y a la Entrega de los Premios Extraordinarios de Doctorado 2012-2013, que se celebrará el próximo día 26 de mayo de 2014.

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

IV - 4- Autorizar el desplazamiento y los gastos que, de conformidad con las

normas recogidas en el acuerdo nº V-12º adoptado por la Comisión Permanente en su reunión de 28 de enero de 2014, puedan devengarse con ocasión de la asistencia de la Vocal Dª. PILAR SEPÚLVEDA GARCÍA DE LA TORRE el día 12 de junio de 2014, a la Reunión de las Instituciones del Observatorio de Violencia de Género y Doméstica, que tendrá lugar en la sede central del Consejo, en Madrid.

IV - 5- Autorizar el desplazamiento del Vocal D. GERARDO MARTÍNEZ

TRISTÁN para asistir al Solemne Acto Institucional de Conmemoración del XXV Aniversario del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que se celebrará el día 22 de mayo de 2014, en la ciudad de Burgos, sede del citado Tribunal Superior, y para su participación en la mesa redonda sobre “Los Tribunales Superiores de Justicia: Presente y Futuro” que, con motivo del XXV Aniversario de la constitución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, tendrá lugar el día 23 de mayo, a las 12:30 horas, en Granada, sede de dicho Tribunal Superior; concediendo al citado Vocal comisión de servicio para los mencionados desplazamientos y con autorización de gastos que, de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse.

IV - 6- Autorizar el desplazamiento de D. CARLOS LESMES SERRANO,

Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, del 15 al 17 de junio de 2014 más los días anterior y posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento, para participar en la actividad "COLOQUIO DE LA ASOCIACIÓN DE CONSEJOS DE ESTADO Y JURISDICCIONES ADMINISTRATIVAS SUPREMAS DE LA UNIÓN EUROPEA (ACA) - 2014", que tendrá lugar en París (Francia).

Conceder comisión de servicio con derecho a los gastos recogidos en la Memoria Presupuestaria del Anexo II, a los Magistrados de la Sala Tercera del Tribunal Supremo D. MANUEL CAMPOS SÁNCHEZ-BORDONA, y D. RAFAEL FERNÁNDEZ MONTALVO, del 15 al 17 de junio de 2014 más los días anterior y posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento, para participar en la actividad "COLOQUIO DE LA ASOCIACIÓN DE CONSEJOS DE ESTADO Y JURISDICCIONES ADMINISTRATIVAS SUPREMAS DE LA UNIÓN EUROPEA (ACA) - 2014", que tendrá lugar en París (Francia).

Aprobar los gastos reflejados en la Memoria Presupuestaria del Anexo II, que se adjunta a la documentación de este Acuerdo y que se imputarán al presupuesto del Servicio de Relaciones Internacionales. Los citados gastos han sido fiscalizados de conformidad por la Intervención de este Consejo.

Delegar expresamente en el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial para que proceda a la adopción de las medidas necesarias que impliquen la redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

presupuestaria y de los expedientes de gasto a que éstas den lugar, siempre que no supere el importe total de lo presupuestado.

Se delega la ejecución del presente Acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

IV - 7- Conceder comisión de servicio con derecho a los gastos recogidos en

la Memoria Presupuestaria del Anexo II, a Dª. Mª NIEVES URANGA MUTUBERRIA, Letrada del Centro de Documentación Judicial, el 13 de junio de 2014 más los días anterior y posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento, para participar en la actividad "REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO ELAW DE LA COMISIÓN EUROPEA - ABRIL 2014", que tendrá lugar en Bruselas (Bélgica).

Aprobar los gastos reflejados en la Memoria Presupuestaria del Anexo II, que se acompaña a la documentación de este Acuerdo y que se imputarán al presupuesto del Servicio de Relaciones Internacionales. Los mencionados gastos han sido fiscalizados de conformidad por la Intervención de este Consejo.

Delegar expresamente en el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial para que proceda a la adopción de las medidas necesarias que impliquen la redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que éstas den lugar, siempre que no supere el importe total de lo presupuestado.

Se delega la ejecución del presente Acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

IV - 8- Conceder comisión de servicio a la Vocal de este Consejo Dª.

CARMEN LLOMBART PÉREZ, con autorización de los gastos que, de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse, para asistir a las Jornadas de Presidentes de Audiencias Provinciales a realizar los próximos días 2, 3 y 4 de junio en la localidad de Zaragoza, en su calidad de Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia.

Con la indicación de que la Comisión Permanente del Consejo en su reunión de 1 de abril pasado (Acuerdo II-4º), aprobó la realización, durante los días 2, 3 y 4 de junio de 2014, en Zaragoza de unas JORNADAS DE PRESIDENTES/AS DE AUDIENCIAS PROVINCIALES, así como aprobar el presupuesto de gastos correspondiente y la concesión comisión de servicio a todos y cada uno/a de los/as Presidentes/as de Audiencia Provincial que manifiesten su voluntad de asistir a las citadas Jornadas, reconociéndoseles el derecho al percibo de las dietas y gastos de desplazamiento.

IV - 9- 1.- Aprobar las actividades de formación (CAMCA1404) que se

contienen en la documentación de este Acuerdo, y el presupuesto de ejecución de las mismas, a realizar por la Jueza Dª. NURIA RAMOS MAGEM, por cambio de orden al Contencioso-Administrativo, y que asciende a la cantidad de SETECIENTOS TREINTA EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (730,25 Euros),

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

cuyo detalle se expresa en el Anexo III, con cargo al programa presupuestario 111.O de Selección y Formación de Jueces y Magistrados, delegando en el Secretario General la adopción de medidas que, para la mejor ejecución de las actividades impliquen redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que ésta da lugar, siempre que no se supere el importe total de lo presupuestado. El referido presupuesto de gastos ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.

2.- Conceder comisión de servicio y licencia por estudios relacionados con la función judicial a la expresada Jueza para asistir, entre los días 26 de mayo al 6 de junio de 2014, a la fase teórica y práctica de las actividades previstas por cambio de orden jurisdiccional en los órganos especificados, designando como tutor y profesor de dicha actividad a los Magistrados relacionados en el Anexo II.

IV - 10- Tomar conocimiento de la dación de cuenta efectuada por el Director

del Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial sobre las fechas de celebración del “Encuentro Galico-Astur: XIV Congreso Nacional de Responsabilidad Civil", actividad perteneciente al Convenio suscrito en materia de formación con la Xunta de Galicia para el año 2014, que finalmente se realizará los días 12, 13 y 14 de junio de 2014, en Gijón.

IV - 11- Autorizar el desplazamiento y los gastos que, de conformidad con las

normas recogidas en el acuerdo nº V-12º adoptado por la Comisión Permanente en su reunión de 28 de enero de 2014, puedan devengarse a la Vocal Dª. NURIA DÍAZ ABAD, durante los días 5 y 6 de junio de 2014, al objeto de asistir al Acto Institucional Conmemorativo del XXV Aniversario del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia; sin que proceda la concesión de comisión de servicio al no formar parte de la Carrera Judicial y depender de una Administración distinta de este Consejo.

IV - 12- Aprobar la realización por el Vocal D. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ

MARTÍNEZ de la visita Institucional que a continuación se relaciona, concediéndole comisión de servicio y con autorización de gastos que, de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse:

• Día 22 de mayo de 2014

Visita Institucional al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con motivo de la asistencia al Acto Institucional de Conmemoración del 25º Aniversario de su creación.

Todo ello de conformidad con lo previsto en el acuerdo V-8º de la Comisión

Permanente de 11 de marzo de 2014, en el que, en relación al establecimiento de mecanismos de coordinación de la Comisión Permanente con los distintos órganos gubernativos de las estructuras judiciales, para la adecuada gestión y resolución de

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

asuntos, se han asignado al citado Vocal, las áreas de coordinación con los Tribunales Superiores de Justicia de diversas Comunidades Autónomas entre las que se encuentra Catilla y León.

IV - 13- Designar Profesores Asociados de Medicina Legal de la Escuela

Judicial a D. MIGUEL ORÓS MURUZÁBAL, D. ÁNGEL CUQUERELLA FUENTES, D. LUIS BORRÁS ROCA y D. AMADEO PUJOL ROBINAT entre los días 3 a 25 de julio de 2014.

Delegar expresamente en la Dirección de la Escuela Judicial la adopción de todas las decisiones que sean necesarias para la adecuada puesta en marcha y para resolver las incidencias que se deriven de la ejecución.

Acordar el pago de DOS MIL DIECISÉIS EUROS (2.016 €) en concepto de honorarios, a razón de 168 €/hora, que se imputará al Programa 111 O del Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial del año 2014 (4 profesores x 1 sesión x 3 horas x 168 euros/hora), delegando expresamente en la Secretaría General la adopción de medidas que, para la mejor ejecución de la actividad, implique redistribución interna de las cantidades expresadas en el presupuesto y de los expedientes de gasto a que éstas dan lugar, siempre que no supere el importe total de lo presupuestado. El citado gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.

IV - 14- Conceder comisión de servicio al Vocal D. JUAN MARTÍNEZ MOYA,

con motivo de su asistencia a la Reunión del Grupo de Trabajo del Libro II, para la elaboración del informe del Consejo al Anteproyecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que se celebrará el día 22 de mayo de 2014, en la sede central del Consejo en Madrid, y con autorización de gastos que, de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse.

IV - 15- Conceder comisión de servicio al Vocal D. JUAN MARTÍNEZ MOYA, con motivo de su asistencia a la Reunión de la Comisión Jurídico Asesora para la implantación de la Nueva Oficina Judicial que tendrá lugar el día 27 de mayo de 2014 en el Consejo General del Poder Judicial y al Pleno del día 29 de mayo de 2014, en la sede central del Consejo en Madrid, y con autorización de gastos que, de conformidad con las normas recogidas en el Acuerdo V-12º adoptado por la Comisión Permanente de 28 de enero de 2014, puedan devengarse, desde el día 27 de mayo al 29 de mayo de 2014, inclusive.

IV - 16- 1) Aprobar la participación de 25 miembros de la Carrera Judicial en

el Curso sobre “Nuevas formas de flexibilidad laboral y descentralización empresarial”, organizado en colaboración con la Universidad de Castilla-La Mancha, que se celebrará en Albacete los días 5 y 6 de junio de 2014.

2) Aprobar el gasto que se refleja en el Anexo II adjunto a la documentación de este Acuerdo con cargo al programa 111.O de “Selección y Formación de Jueces

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

y Magistrados” del presupuesto de este Consejo, en los términos recogidos en la citada documentación; así como delegar expresamente en el Secretario General de este Consejo, la adopción de medidas de redistribución interna del gasto, siempre que no superen el importe máximo presupuestado. El mencionado gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.

3) Conceder a los miembros de la Carrera Judicial seleccionados para participar en la referida actividad, a excepción de Dª. Mª Pilar Gismera Catalinas (titular) y D. Venancio Carmelo Batista Machín (suplente), en atención al informe desfavorable del Servicio de Inspección, y a los colaboradores docentes, comisión de servicio y licencia por estudios relacionados con la función judicial, con derecho al percibo de las cantidades que reglamentariamente correspondan por los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, debiendo comunicar tal extremo al/a la Presidente/a del Tribunal Superior de Justicia de la correspondiente Comunidad Autónoma, al objeto de ponderar la incidencia que la concesión de la misma pueda comportar respecto a la prioritaria atención de las necesidades del servicio.

IV - 17- Autorizar el gasto de TRES MIL EUROS (3.000 euros) con objeto de

dar cumplimiento a la sentencia de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 4 de noviembre de 2013, por la que se condena a costas a la parte recurrida, este Consejo, en el recurso contencioso-administrativo 2/238/2013, interpuesto por la Magistrada suplente Dª. María Isabel Álvarez Tejero como solicitud de extensión de efectos de la sentencia de la misma Sala de 7 de mayo de 2012, recaída en el recurso 528/2011, relativo a la certificación de sus rendimientos en el año 2009, a efectos de que el Ministerio de Justicia abonara retribuciones variables. El referido gasto ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.

IV - 18- 1.-Conceder comisión de servicio, con derecho, en su caso, al percibo

de las dietas y gastos de locomoción correspondientes, al Magistrado reseñado en la propuesta, al objeto de que pueda comparecer ante el Promotor de la Acción Disciplinaria de este Consejo el día 26 de mayo de 2014 a las 11 horas.

2.- Aprobar el presupuesto de gastos que se detalla en el Anexo 1 adjunto a la documentación de este Acuerdo, delegando expresamente en el Secretario General la adopción de las medidas necesarias para mejor ejecución presupuestaria y del correspondiente expediente de gasto. El citado presupuesto de gastos ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención de este Consejo.

IV - 19- Conceder comisión de servicio para el día 23 de mayo de 2014, más

los días anterior y posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento, a favor D. MANUEL GUTIÉRREZ LUNA, Magistrado de la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Algeciras; para acudir a la reunión sobre comisiones rogatorias a Gibraltar a celebrar en la sede del Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado (CICO) de la Secretaría de Estado de Seguridad, Ministerio del Interior, actividad a la que también acudirá la Letrada del Servicio de Relaciones

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COMISIÓN PERMANENTE

Internacionales Dª. CARMEN RODRÍGUEZ-MEDEL NIETO. La reunión tendrá lugar en Madrid en dicha fecha.

Aprobar los gastos reflejados en la Memoria Presupuestaria del Anexo II, que se adjunta a la documentación de este Acuerdo y que se imputarán al presupuesto del Servicio de Relaciones Internacionales. Los mencionados gastos han sido fiscalizados de conformidad por la Intervención de este Consejo.

Delegar expresamente en el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial para que proceda a la adopción de las medidas necesarias que impliquen la redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que éstas den lugar, siempre que no supere el importe total de lo presupuestado.

Se delega la ejecución del presente acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

IV - 20- Conceder comisión de servicio para el día 29 de mayo de 2014, más

el día previo si fuera necesario a efectos de desplazamiento, para acudir a la Reunión de aquellos Jueces/zas que han participado en equipos conjuntos de investigación en los dos últimos años. Esta reunión se desarrollará en la sede del Consejo General del Poder Judicial de la calle Marqués de la Ensenada 8 de Madrid, desde las 10 horas a las 14.30 horas, actividad que coordinará la letrada del Servicio de Relaciones Internacionales Dª. Carmen Rodríguez-Medel Nieto, a favor de los siguientes participantes:

• RUZ GUTIERREZ, PABLO - Juzgado Central de Instrucción nº 5

• GOMEZ BERMUDEZ, FRANCISCO JAVIER - Juzgado Central de Instrucción nº 3

• RUIZ MARTIN, SERGIO - Juzgado de Instrucción nº 5 de Marbella

• GARCIA GUTIERREZ, FCO. JAVIER - Juzgado Mixto nº 5 de Melilla

• JIMENEZ CRESPO, LUIS MIGUEL - Juzgado de Instrucción nº 4 de Torremolinos

• PESQUEIRA CARO, MARTA - Juzgado Mixto nº 1 de El Prat de Llobregat

• VILLODRE LOPEZ, JOSÉ - Juzgado Mixto nº 7 de Vilanova i La Geltrú

• LOPEZ HOYOS, JUANA - Juzgado de Instrucción nº 2 de Torrevieja

• ZAMARRIEGO FERNANDEZ, ARTURO - Juzgado de Instrucción nº 2 de Madrid

Aprobar los gastos reflejados en la Memoria Presupuestaria del Anexo II, que

se incorpora a la documentación de este Acuerdo y que se imputarán al presupuesto del Servicio de Relaciones Internacionales. Los referidos gastos han sido fiscalizados de conformidad por la Intervención de este Consejo.

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COMISIÓN PERMANENTE

Delegar expresamente en el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial para que proceda a la adopción de las medidas necesarias que impliquen la redistribución interna de las cantidades expresadas en la memoria presupuestaria y de los expedientes de gasto a que éstas den lugar, siempre que no supere el importe total de lo presupuestado.

Se delega la ejecución del presente acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

IV - 21- Autorizar el viaje que el Presidente del Tribunal Supremo y del

Consejo General del Poder Judicial, Excmo. Sr. D. CARLOS LESMES SERRANO, realizará el próximo 26 de Mayo a Valencia para el solemne Acto de Investidura como Doctor “Honoris Causa” de D. Pascual Sala Sánchez y reuniones con la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y con los/as Jueces/zas Decanos/as. Autorizar el desplazamiento, también, de la Directora del Gabinete de Presidencia, Dª. ANA MURILLO TAPIA, que acompañará al Presidente en el citado viaje, concediéndole la correspondiente comisión de servicio.

Autorizar los gastos económicos que se reflejan en la Memoria Presupuestaria que se adjunta como Anexo a la documentación de este Acuerdo, y que se corresponden a desplazamiento, manutención y otros gastos que se van a realizar. Los citados gastos han sido fiscalizados de conformidad por la Intervención de este Consejo.

V - 1- Delegar en la Comisión de Asuntos Económicos el inicio de los trámites

necesarios para la elaboración del borrador de Proyecto del Presupuesto Anual del Consejo, cuya aprobación corresponderá, en todo caso, a la Comisión Permanente antes de su elevación al Pleno.

V - 2- Tomar conocimiento del Acuerdo Uno de la Sala de Gobierno del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre "Protocolo para la petición del permiso de vacación anual" ya que el mismo se adapta a la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y al Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, con la matización de que deberá dirigirse comunicación a la Sala de Gobierno al objeto de que adapte el disfrute de las vacaciones fuera del mes de agosto a periodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos que es el establecido, con carácter general, para la función pública, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3.6 del protocolo y de las facultades que al respecto corresponden a los/as Presidentes/as de los Tribunales Superiores de Justicia.

V - 3- Conceder la comisión de servicios a fin de participar en el Programa de

Intercambio de Autoridades Judiciales (PEAJ) de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ) a los/as siguientes Magistrados/as por los días que se indican del intercambio, así como el anterior y posterior:

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COMISIÓN PERMANENTE

Magistrada: Rebeca Huertos Domingo Destino: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

NUMERO 1 DE GERNIKA-LUMO País: Polonia Fechas: del 02/06/2014 al 13/06/2014 Magistrada: Cristina Sualdea Barrio Destino: JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE SORIA País: Hungría Fechas: del 08/09/2014 al 19/09/2014 Magistrado: Francisco de Borja Iriarte Ángel Destino: SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO País: Alemania Fechas: del 15/09/2014 al 26/09/2014 Magistrada: Marta Coscaron García Destino: JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE CASTELLO

DE LA PLANA País: Portugal Fechas: del 06/10/2014 al 17/10/2014 V - 4- Tomar conocimiento del Informe del Servicio de Inspección emitido en

cumplimiento del requerimiento efectuado por la Comisión Permanente por Acuerdo V-4º de 6 de mayo de 2014, en relación con la selección de una Jueza para su participación en el Programa de Intercambio de Autoridades Judiciales (PEAJ) de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ) – 2014.

V – 5- Girar Visita de Inspección Extraordinaria al Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción nº 1 de Villajoyosa a fin de constatar posibles disfunciones en el órgano por causa de conflicto laboral.

V - 6- Aprobar el Informe elevado por el Servicio de Inspección en el que se

contienen los criterios a seguir por dicho Servicio en los informes que deba emitir en los supuestos que se contemplan, si bien con la indicación de que la referencia efectuada en el apartado 1.B.1.1.a) relativa a “sin motivación expresa”, debe ser sustituida por “con sucinta motivación”.

V - 7- Modificar el Acuerdo de la Comisión Permanente, de fecha 7 de enero

de 2014, por el que se acordó modificar el modelo normalizado para solicitar la compatibilidad docente, solo en lo referente al contenido del apartado F de su Anexo en el sentido siguiente:

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COMISIÓN PERMANENTE

“F. CERTIFICACIÓN DEL/LA SECRETARÍO/A JUDICIAL. SERÁ TENIDA EN CUENTA PARA LA CONCESIÓN DE LA COMPATIBILIDAD.

Se adjunta certificación en la que se indica: a) Relación de sentencias pendientes de su dictado y antigüedad de las

mismas: … b) Relación de autos finales pendientes de su dictado y antigüedad de los

mismos: … V - 8- Proponer a la Abogacía General del Estado la integración en el Tribunal

calificador que se constituya en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado a convocar al amparo de la Oferta de Empleo Público para 2014, a los siguientes:

Vocales titulares: • Dª. Begoña Fernández Dozagarat, Magistrada con destino en la Sección

Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (número de escalafón 349)

• Dª. María Nieves Buisán García, Magistrada con destino en la Sección

Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (número de escalafón 721)

Vocales suplentes: • D. Juan Pedro Quintana Carretero, Magistrado especialista en el orden

jurisdiccional contencioso-administrativo, con destino en la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (número de escalafón 1.171).

• D. Rafael María Estévez Pendás, Magistrado especialista en el orden

jurisdiccional contencioso-administrativo, con destino en la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (número de escalafón 2.322).

V - 9- Aprobar el Informe favorable emitido por la Sección de Oficina Judicial a

la propuesta de Resolución de la Dirección General de Justicia de la Generalitat Valenciana, por la que se establece un programa concreto de actuación para los funcionarios de las Unidades Administrativas.

V - 10- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta del Servicio de Inspección relativa a la dación de cuenta del Acuerdo de 4 de abril de 2014 de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de

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COMISIÓN PERMANENTE

Justicia de Galicia en relación al funcionamiento de la Sala de lo Social de dicho Tribunal Superior.

V - 11- Tomar conocimiento de la propuesta de los Vocales D. Juan Martínez

Moya y Dª. Mª Concepción Sáez Rodríguez por la que se va a proceder a realizar la difusión del resumen ejecutivo entre los miembros de la Carrera judicial, que se anexa a la documentación de este Acuerdo, en materia de Prevención de Riesgos referente a las actuaciones ya realizadas, actuaciones que actualmente se encuentran en desarrollo, y próximas actuaciones previstas.

V - 12- Promover la aprobación del Procedimiento de Coordinación de

actividades preventivas en coordinación con el Ministerio de Justicia, para, en su caso, que sea incorporado al Plan de Prevención de la Carrera Judicial.

Comunicar este Acuerdo al Ministerio de Justicia a los efectos previstos en el punto sexto del Preámbulo y la cláusula quinta del Convenio para la creación y seguimiento de un sistema de prevención de Riesgos laborales y de vigilancia de la salud de los/as miembros de la Carrera Judicial firmado entre el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia a fin de solicitar de las Consejerías de Justicia de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de Administración de Justicia la promoción de las actuaciones necesarias para el desarrollo del citado Procedimiento.

V - 13- Tomar de conocimiento del “Escrito sobre el estado del edificio de la

calle Princesa” que los representantes judiciales territoriales de Prevención de Riesgos de la Comunidad de Madrid han dirigido al Excmo. Sr. Presidente de la Comisión de Seguridad y Salud de la Carrera Judicial, del escrito firmado por Magistrados y Secretarios Judiciales que prestan su servicio en la sede de la Calle Princesa nº 3, así como del informe realizado por la Sección de Prevención de Riesgos Profesionales del Servicio de Personal Judicial de este Consejo, y acordar que, por parte de los Vocales Dª. María del Mar Cabrejas Guijarro y D. Gerardo Martínez Tristán, se concierte a la mayor brevedad posible una reunión con los representantes de la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid al objeto de consensuar posibles soluciones a la problemática existente.

V - 14- Estar a lo dispuesto en el Acuerdo V-13º adoptado en la presente

reunión de la Comisión Permanente. V - 15- Conceder la comisión de servicios a fin de participar en el Programa

de Intercambio de Autoridades Judiciales (PEAJ) de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ), a los/as siguientes Jueces/zas y Magistrados/as por los días que se indican del intercambio, así como el día anterior y el posterior:

Juez/Magistrado: Manuel Alcover Povo

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Destino: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE GAVÀ

País: Bélgica Fechas: del 02/06/2014 al 13/06/2014 Juez/Magistrado: Juan José Toscano Tinoco Destino: SECCION 5ª DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID País: Francia Fechas: del 07/07/2014 al 18/07/2014 Juez/Magistrado: Guillem Soler Sole Destino: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE

BARCELONA País: Hungría Fechas: del 08/09/2014 al 19/09/2014 Jueza/Magistrada: María Ortega Benito Destino: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

NUMERO 3 DE RUBI País: Alemania Fechas: del 20/10/2014 al 31/10/2014 V - 16- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta del Servicio de Selección y Formación Inicial de la Escuela Judicial relativa a la selección para participación en el Programa de Intercambio de Autoridades Judiciales (PEAJ) de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ), de ocho miembros de la Carrera Judicial que constan en dicha propuesta, al objeto de que por parte del citado Servicio se aporten los informes referentes a la situación de los órganos judiciales de destino de los/as Jueces/zas y Magistrados/as propuestos, así como de los informes de los correspondientes Tribunales Superiores de Justicia, que no son aportados, pese a afirmarse lo contrario en la nota de servicio interior.

V - 17- Aprobar el programa y ponentes del Curso REFJ1412 “El control

judicial de las sanciones administrativas y de los delitos en el derecho europeo de la competencia”, tanto en su fase virtual como presencial a celebrar en la Escuela Judicial, sede de Formación Inicial, en Barcelona, los días 25, 26 y 27 de junio de 2014.

Conceder comisión de servicio a los/as Magistrados/as que participan como expertos /ponentes:

• D. David Ordóñez Solís

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Magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Oviedo • Dª. Mercedes Pedraz Calvo.

Magistrada de la Audiencia Nacional Las fechas de las comisiones de servicio abarcarán las de la duración de la

actividad, así como los días anterior y el posterior por si fuese necesario a los efectos de desplazamiento.

V – 18- Autorizar la participación en el Curso REFJ1419 “Procedimientos

administrativos y sistemas de resolución administrativa de conflictos en materia medioambiental”, organizado por el Instituto de la Magistratura de Rumania y que se celebrará los día 26 y 27 de mayo de 2014 en Bucarest, Rumania, del Magistrado D. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA ALONSO, que sirve en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Conceder al Sr. García Alonso comisión de servicio para los días de la actividad, así como el anterior y/o posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento.

Autorizar que aquellos gastos debidamente justificados no cubiertos por la institución organizadora sean cubiertos a cargo de la partida presupuestaria para 2014 del Área de Relaciones Externas e Institucionales de la Escuela Judicial, aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en fecha 25 de febrero de 2014.

V - 19- Autorizar la participación en el Curso REFJ1422 “Fortalecimiento de

la confianza mutua entre autoridades judiciales de los estados miembros: cooperación penal”, organizado por el NIM, Instituto de la Magistratura de Rumania, y que se celebrará los días 5 y 6 de junio de 2014 en Bucarest (Rumanía), de:

• SANCHEZ DEL OLMO, ALBERTO, Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción nº 2 de Caravaca de la Cruz

• GIL ESTEVE, HELENA, Jueza de apoyo, Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

• NUEZ RIVERA, SONIA, Jueza de apoyo, Tribunal Superior de Justicia de Catalunya

• SALINAS RONDA, LAURA, Jueza de apoyo en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Molina de Segura

• CERES MONTES, JOSE FRANCISCO, Sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

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COMISIÓN PERMANENTE

Conceder las correspondientes comisiones de servicio para los días de la actividad, así como del anterior y/o posterior por si fuera necesario, a efectos de desplazamiento.

Autorizar que aquellos gastos debidamente justificados no cubiertos por la institución organizadora sean cubiertos a cargo de la partida presupuestaria para 2014 del Área de Relaciones Externas e Institucionales de la Escuela Judicial aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en fecha 25 de febrero de 2014.

V - 20- Autorizar la participación en el Curso REFJ1424 “Divorcio en la

Unión Europea”, organizado por l’Ecole National de la Magistrature y por la REFJ/EJTN y que se llevará a cabo los días 16 y 17 de junio de 2014 en Cracovia (Polonia), de los/as Magistrados/as que se indican, y conceder a los/as mismos/as comisión de servicio para los días de la actividad, así como el anterior y/o posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento.

• BACHS ESTANY, JOSE MARIA, SECCION 11ª DE LA AUDIENCIA

PROVINCIAL DE BARCELONA

• RUEDA TORTUERO, ALVARO, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE COLMENAR VIEJO

• MARTIN MESA, PALOMA, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE UBEDA

Autorizar que aquellos gastos debidamente justificados no cubiertos por la

institución organizadora sean cubiertos a cargo de la partida presupuestaria para 2014 del Área de Relaciones Externas e Institucionales de la Escuela Judicial aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en fecha 25 de febrero de 2014.

V - 21- Autorizar la participación en el Curso REFJ1426 “Compraventa de

mercancías: Derecho nacional y Derecho Europeo”, organizado por la EJTN/REFJ y la Escuela Superior de la Magistratura italiana, que tendrá lugar en Scandicci (Italia), los días 25 y 26 de junio de 2014, de los/as Magistrados/as que se indican, ya sea como titulares o como suplentes, y conceder a los/as mismos/as comisión de servicio para los días de la actividad, así como el anterior y/o posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento.

Titular: • RUBIO JIMENEZ, VICTORIA, JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO

1 DE PAMPLONA Suplente:

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COMISIÓN PERMANENTE

• CALLE PEREZ, SERGIO, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE ARONA

Autorizar que aquellos gastos debidamente justificados no cubiertos por la

institución organizadora sean cubiertos a cargo de la partida presupuestaria para 2014 del Área de Relaciones Externas e Institucionales de la Escuela Judicial aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en fecha 25 de febrero de 2014.

V - 22- Autorizar la participación del Magistrado D. FRANCISCO DE PAULA

PUIG BLANES como formador en los Seminarios lingüísticos de la Red Europea de Formación Judicial, que tendrán lugar en la Escuela judicial española (Barcelona), del 30 de junio al 4 de julio de 2014, y en la Escuela Superior de la Magistratura italiana (Scandicci/Florencia) del 17 al 21 de noviembre de 2014

Conceder comisión de servicio al citado Magistrado para los días de la actividad y/o anterior y posterior si ello fuera necesario a efectos de desplazamiento. Autorizar imputar los gastos extraordinarios no previstos que pudieran producirse como consecuencia de la realización de la actividad a la partida presupuestaria de viajes al extranjero de la unidad de relaciones externas e institucionales de la Escuela judicial, aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 25 de febrero de 2014 y ello teniendo en cuenta que la institución organizadora, Red Europea de Formación Judicial, asume los costes (pago del viaje -hasta 400 euros- y dieta diaria para alojamiento y manutención).

V - 23- Autorizar la participación en el Seminario para formadores

organizado por la Red Europea de Formación Judicial “Formación en Derechos Humanos para formadores judiciales”, que tendrá lugar en Estrasburgo los días 8 y 9 de julio de 2014, del Magistrado/Profesor de la Escuela Judicial D. JORGE JIMENEZ MARTIN.

Conceder comisión de servicio al citado Magistrado/Profesor durante los días de la actividad, 7 y 8 de julio de 2014, y el anterior y/o posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento.

Autorizar que si se produjera algún gasto extraordinario, debidamente justificado, se impute a la partida de viajes al extranjero de la memoria presupuestaria, partida de viajes al extranjero, aprobada por la Comisión permanente en fecha 25 de febrero de 2014 y ello teniendo en cuenta que la Red Europea abona los gastos de viaje (hasta 400 euros) y una dieta diaria para alojamiento y manutención.

V - 24- Aprobar la asistencia a la reunión del Grupo de trabajo ad hoc sobre

la reforma estatutaria de la Red Europea de Formación Judicial, que tendrá lugar en Bruselas (Bélgica) el día 2 de junio de 2014, de la Letrada de Relaciones

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COMISIÓN PERMANENTE

Externas e Institucionales de la Escuela Judicial Dª. CRISTINA GONZÁLEZ BEILFUSS.

Conceder a la citada Letrada comisión de servicio para la asistencia a la reunión, así como los días anterior y posterior por si fuera necesario a efectos de desplazamiento.

Autorizar a que los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento sean adelantados por la Escuela Judicial con cargo al presupuesto de la Unidad de Relaciones Externas e Institucionales, sin perjuicio de su posterior reintegro por parte de la Red Europea de Formación Judicial.

V - 25- Autorizar la participación en el Curso REFJ1425 “La prueba,

obtención y valoración en los procedimientos penales en la Unión Europea”, organizado por la EJTN/REFJ y que se celebrará en Lisboa (Portugal), los días 16 y 17 de junio, de D. JUAN FRANCISCO RAMIREZ BARROSO, que sirve en el Juzgado de Instrucción número 11 de Málaga, y concederle comisión de servicio para los días de la actividad, así como el anterior y/o posterior si fuera necesario a efectos de desplazamiento.

Autorizar que aquellos gastos debidamente justificados no cubiertos por la institución organizadora sean cubiertos a cargo de la partida presupuestaria para 2014 del Área de Relaciones Externas e Institucionales de la Escuela Judicial aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en fecha 25 de febrero de 2014.

V - 26- Conceder la comisión de servicios a fin de participar en el Programa

de Intercambio de Autoridades Judiciales (PEAJ) de la Red Europea de Formación Judicial (REFJ), a la siguiente Magistrada por los días que se indican del intercambio, así como el anterior y posterior:

Magistrada: Martina Mora Torrens Destino: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE PALMA País: Italia Fechas: del 13/10/2014 al 24/10/2014 V - 27- Modificar el Acuerdo V-18º adoptado por la Comisión Permanente del

Consejo en su sesión de 1 de abril pasado, por el que se concedía “comisión de servicio, sin derecho a gastos, a D. LUIS MANUEL UGARTE OTERINO, Letrado del Consejo General del Poder Judicial, el día 15 de abril de 2014, más los días anterior y posterior si fuera necesario para du desplazamiento, a fin de participar, en Argel, en la Reunión del Comité de Dirección del Proyecto de Hermanamiento de la Comisión Europea ref. DZ11/AA/JH08, sobre Fortalecimiento de las estructuras y del funcionamiento del Centro de Investigación Jurídico y Judicial (CRJJ) de Argelia y en el Comité de Dirección.”, en el sentido de modificar la fecha de celebración de la mencionada reunión que, según la Dirección del Proyecto, se ha

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COMISIÓN PERMANENTE

pospuesto al 26 de mayo del presente año, manteniendo el resto del Acuerdo en sus propios términos.

Delegar la ejecución del presente Acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

V - 28- Conceder comisión de servicio, sin derecho a gastos, a favor del

Magistrado de la Audiencia Provincial de Cádiz, D. JUAN CARLOS CAMPO MORENO, durante los días 26 a 30 de mayo de 2014, más los días anterior y posterior si fuera necesario para su desplazamiento, a Tegucigalpa –Honduras-, a fin de desarrollar una Asesoría Técnica sobre elaboración del anteproyecto de ley para apoyo al proceso de ampliación de la denominada Comisión Interinstitucional de Justicia Penal. Todo ello, en el marco del Programa EUROSOCIAL II de la Unión Europea.

Delegar la ejecución del presente Acuerdo en el Servicio de Relaciones Internacionales.

Por parte del Secretario General se informa que ha tenido entrada en el

Registro General de este Consejo el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, con objeto de que sea emitido el preceptivo informe por parte del Consejo General del Poder Judicial y, a la vista de los solicitado, la Comisión Permanente acuerda:

V - 29- Designar como ponentes del Anteproyecto de Ley de Reforma de la

Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, a las Vocales Dª. María del Mar Cabrejas Guijarro y Dª. Mercê Pigem i Palmés.

VI - 1- Estimar el recurso de alzada núm. 421/13, interpuesto por D. JULIO

DONCEL MORALES, Letrado del ICAM, designado por la ejecutante ABSA ABOGADOS S.L., contra Decreto del Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño, de fecha 18 de noviembre de 2013, sobre solicitud de publicidad de actuaciones judiciales, en los autos de juicio ejecutivo 355/1991, por la que, en definitiva, se le deniega la expedición del testimonio de una serie de particulares obrantes en los mencionados autos del expresado órganos judicial (en concreto, certificación de los movimientos en la cuenta de consignaciones en relación al citado procedimiento o certificación negativa de los mismos), ordenando la entrega al recurrente de la documentación solicitada.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la

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CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN PERMANENTE

notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.

Notifíquese el presente Acuerdo a la parte recurrente y comuníquese al Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño.

VI - 2- Retirar del orden del día de la presente reunión de la Comisión

Permanente la propuesta de resolución del recurso de alzada núm. 431/13. VI - 3- Estimar el recurso de alzada núm. 423/13, interpuesto por D. JULIO

DONCEL MORALES, Letrado del ICAM, designado por la ejecutante ABSA ABOGADOS S.L., contra Decreto de la Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño, de fecha 18 de noviembre de 2013, sobre solicitud de publicidad de actuaciones judiciales, en los autos de juicio ejecutivo 375/1991, por la que, en definitiva, se le deniega la expedición del testimonio de una serie de particulares obrantes en los mencionados autos del expresado órganos judicial (en concreto, certificación de los movimientos en la cuenta de consignaciones en relación al citado procedimiento o certificación negativa de los mismos), ordenando la entrega al recurrente de la documentación solicitada.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.

Notifíquese el presente Acuerdo a la parte recurrente y comuníquese al Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño.

VI - 4- Estimar el recurso de alzada núm. 428/13, interpuesto por D. JULIO

DONCEL MORALES, Letrado del ICAM, designado por la ejecutante ABSA ABOGADOS S.L., contra Decreto de la Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño, de fecha 18 de septiembre de 2013, sobre solicitud de publicidad de actuaciones judiciales, en los autos de juicio ejecutivo 360/1991, por la que, en definitiva, se le deniega la expedición del testimonio de una serie de particulares obrantes en los mencionados autos del expresado órganos judicial (en concreto, certificación de los movimientos en la cuenta de consignaciones en relación al citado procedimiento o certificación negativa de los mismos), ordenando la entrega al recurrente de la documentación solicitada.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.

Notifíquese el presente Acuerdo a la parte recurrente y comuníquese al Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño.

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COMISIÓN PERMANENTE

VI - 5- Desestimar los recursos de alzada núm. 411/13 y 424/13, acumulados, interpuestos por D. JOSÉ MARTÍNEZ ARENAS SANTOS, Magistrado adscrito a la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de un lado, y Dª. ALICIA MILLÁN HERRÁNDIS, D. MIGUEL SOLER MARGARIT, D. RAFAEL MANZANA LAGUARDA, Dª. BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ Y D. RICARDO FERNÁNDEZ CARBALLO-CALERO, Magistrados adscritos a la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, respectivamente, de otro, frente a Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13 de noviembre de 2013, sobre modificación de normas de funcionamiento y reglas de reparto de la Sala de lo Contencioso Administrativo del mencionado Tribunal.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.

Notifíquese el presente Acuerdo a los recurrentes: D. JOSÉ MARTÍNEZ ARENAS-SANTOS, Magistrado adscrito a la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, y Dª ALICIA MILLÁN HERRÁNDIS, D. MIGUEL SOLER MARGARIT, D. RAFAEL MANZANA LAGUARDA, Dª BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ Y D. RICARDO FERNÁNDEZ CARBALLO-CALERO, Magistrados adscritos a la Sección 2ª de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, y comuníquese a la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

VI - 6- Estimar el recurso de alzada nº 432/13 interpuesto D. JOSÉ

FERNANDO DE CASTRO VILLAR, Dª. SONSOLES DE LA HOZ SÁNCHEZ Y Dª. PILAR GARCÍA MATA, Jueces/zas de Familia de Valladolid, frente al Acuerdo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 5 de noviembre de 2013, sobre sustitución de los Juzgados de Familia de Valladolid, y, en su virtud, dejar sin efecto la exención establecida a favor de D. Antonio Alonso Martín, Encargado del Registro Civil Exclusivo de Valladolid, en comisión de servicio sin relevación de funciones, de realizar sustituciones con los Juzgados de Familia de Valladolid, de conformidad con el plan de sustituciones aprobado.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que pueda estimarse procedente.

Notifíquese el presente Acuerdo a la parte recurrente y al interesado D. Antonio Alonso Martín, y comuníquese al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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COMISIÓN PERMANENTE

VII - 1- Aprobar el informe emitido en el expediente 18/14 por anormal

funcionamiento de la Administración de Justicia, instado ante el Ministerio de Justicia por D. Juan Alfredo de Padrón Felipe. Ponente: D. Álvaro Cuesta Martínez

Por el Secretario General se da cuenta a la Comisión Permanente que se han

recibido en el Consejo General del Poder Judicial una serie de comunicaciones de Juntas de Jueces y Salas de Gobierno, solicitando que el Presidente del Consejo rectifique sus declaraciones publicadas en el diario El Mundo con fecha 17 de marzo de 2014, acordando la Comisión Permanente tomar conocimiento de las referidas peticiones.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, se procede a continuación a dar

lectura de los Acuerdos adoptados siendo aprobados por unanimidad de los/las Sres/as. Vocales asistentes, dándose por terminada la sesión a las trece horas y diez minutos, de lo que da fe el Secretario General, con el visto bueno del Sr. Presidente de la Comisión Permanente.

Vº. Bº.

EL PRESIDENTE

EL SECRETARIO GENERAL