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Secretaría General C/. Ancha, 16 -11001 Cádiz. Teléfono: 956015032 - 5913 Fax : 956015075 http://www.uca.es/secretaria ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004 CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004 INFORME DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN INFORME DEL RECTOR INFORME DEL VICERRECTOR DE PROFESORADO INFORME DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACION, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN INFORME DEL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADEMICA E INNOVACIÓN EDUCATIVA INFORME DEL VICERRECTOR DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA E INFRAESTRUCTURAS INFORME DEL VICERRECTORADO DE EXTENSION UNIVERSITARIA INFORME DEL VICERRECTOR DEL CAMPUS BAHÍA DE ALGECIRAS INFORME DE ACTIVIDADES DEL VICERRECTOR DE ALUMNOS INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIAS DE LA SALUD INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Y ACCIÓN SOLIDARIA INFORME DE ACTIVIDADES DE GERENCIA DISPOSICIONES NORMATIVAS DE INTERÉS RELACIÓN DE CONVENIOS SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ 1

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN

INFORME DEL RECTORINFORME DEL VICERRECTOR DE PROFESORADOINFORME DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACION, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓNINFORME DEL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADEMICA E INNOVACIÓN EDUCATIVA

INFORME DEL VICERRECTOR DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA E INFRAESTRUCTURAS

INFORME DEL VICERRECTORADO DE EXTENSION UNIVERSITARIA INFORME DEL VICERRECTOR DEL CAMPUS BAHÍA DE ALGECIRAS

INFORME DE ACTIVIDADES DEL VICERRECTOR DE ALUMNOS INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIAS DE LA SALUD

INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Y ACCIÓN SOLIDARIA

INFORME DE ACTIVIDADES DE GERENCIA DISPOSICIONES NORMATIVAS DE INTERÉS RELACIÓN DE CONVENIOS SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL RECTOR

ACTOS Y REUNIONES

16 marzo Acto de toma de posesión 17 marzo Reunión con el Sr. Alcalde de Jimena de la Frontera en la sede del

Vicerrectorado del Campus Bahía de Algeciras. 17 marzo Comité Ejecutivo del Aula Universitaria del Estrecho en Algeciras18 marzo Visita en el despacho de Don Eduardo Pérez Avivar, Gerente Provincial del

Instituto de Fomento de Andalucía. 18 marzo Visita en el despacho de Don Andrés Estrada, Comisionado de la Fundación

para ayuda a la Drogodepencia, entrevista a la que asiste el Prof. Javier Galiana, Catedrático de Farmacología de la UCA.

18 marzo Acto en la Escuela Superior de Ingeniería de entrega de medallas, placas conmemorativas y descubrimiento cuadro de Don Enrique Diaz Arozamena para la galería de Directores de la Escuela Superior de Ingeniería . (entrega en el acto de placa al Rector).

19 marzo Visita en el despacho de Don Salustiano del CampoAsistencia al acto de ofrenda floral en el Monumento de la Cortes de Cádiz, organizado por la Fundación Estudios Constitucionales 1812.

19 marzo Acto en la Diputación Provincial con motivo de la entrega a la Universidad de Cádiz de la Placa de Oro de la Provincia.

22 marzo Asistencia al acto de inauguración de la Escuela Infantil en el recinto de la Zona Franca.

22 marzo Presentación en el Rectorado del Documento de Acogida para la realización de prácticas clínicas de pregrado, acompañado por la Directora General de Ciencias de la Salud.

23 marzo Acto de presentación de la campaña difusión de libros, acompañado del Vicerrector de Alumnos en el Rectorado.

23 marzo Reunión de trabajo con el Sr. Vicerrector del Campus Bahía de Algeciras y el Director de la Escuela Politécnica Superior en el Rectorado.

23 marzo Reunión con FUECA y OTRI24 marzo Acto de firma de Convenio con el Consejo Regulador del vino de Jerez en el

Rectorado.24 marzo Acto de presentación estudio socioeconómico de la Bahía de Cádiz en la

Facultad de CC.Económicas y Empresariales con la asistencia del Presidente de la Mancomunidad y Alcalde del Ayuntamiento de Puerto Real, Don José A.Barroso

24 marzo Reunión del equipo de gobierno.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

25 marzo Rueda de prensa en el Rectorado para la presentación del Congreso Andaluz de Ingeniería Química.

25 marzo Acto de Inauguración del II Congreso Andaluz de Ingeniería Química26 marzo Visita en el despacho de Don Ricardo Antillon, Rector de la Universidad

Tecnológica de Honduras.26 marzo Acto de firma de Convenio con la Mancomunidad de Municipios Sierra de

Cádiz en el Ayuntamiento de Villamartín.29 marzo Acto en la Diputación Provincial de firma de Convenio Observatorio

Cultural.30 marzo Reunión de la Comisión de Reclamaciones.30 marzo Reunión de trabajo sobre el Centro Tecnológico de Cádiz.30 marzo Asistencia al almuerzo ofrecido por el Consejo Regulador del Vino de Jerez,

con motivo del Pleno del Consejo en las Bodegas San Ginés de Jerez31 marzo Pleno del Consejo Social en la Facultad de Derecho.31 marzo Asistencia en el Palacio de Congresos al acto de presentación del Anuario de

Andalucía editado por el Grupo Joly, bajo la presidencia de Don Manuel Chaves, Presidente de la Junta de Andalucía.

1 abril Visita en el despacho de la Delegada Provincial de Justicia, acompañada de Don Luis García Bravo, responsable en Andalucía de la Asociación Foro por la Memoria Andalucía.

1 abril Atención durante la jornada laboral a diversas entrevistas previamente solicitadas.

6 abril Acto de acompañamiento en su desfile procesional, a la Cofradía de Jesús Caído.

13 abril Reunión del Consejo de Dirección en el Campus Bahía de Algeciras14 abril Acto de toma de posesión en el Rectorado.15 abril Reunión de la Junta Consultiva de la UCA15 abril Visita en el despacho de Delegación de la Universidad de Méjico y

Rótterdam

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL VICERRECTOR DE PROFESORADO

Las actividades desarrolladas por el Vicerrectorado de Profesorado durante este periodo han sido:

Reunión de la Comisión de Contratación de Profesorado en la Sala de Juntas del Rectorado para tratar los siguientes temas: Resolución Concurso Público de profesores contratados mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial convocados por Resolución de 29 de enero de 2004 de la Universidad de Cádiz (16/03/04) Toma de Posesión de los equipos Decanales y Directivos de los Centros en el Aula Magna de la Facultad de Filosofía y Letras (16/03/04) Reunión Preparatoria a Reunión del día 17 con Sindicatos en la Sede de la Consejería de Educación y Ciencia. Sevilla (16/03/04) Reunión con Secretaría General de Universidades y Vicerrectores de Profesorado Andaluces sobre: Implantación en Andalucía de los Complementos Retributivos Autonómicos para el PDI Universitario y Aplicación del Protocolo de negociación pactado para el desarrollo de la Disposición Transitoria Segunda y Tercera de la LAU, en la Consejería de Educación y Ciencia. Sevilla (17/03/04) Tribunal único Diploma de Estudios Avanzados (18/03/04) Plan de Estudios Ciencias de Seguridad, en la Facultad de Derecho (18/03/04) Comisión de valoración de Concurso de Méritos “Coordinador de Conserjería de la Facultad de Derecho”, en el Decanato de la Facultad de Derecho (19/03/04) Reunión del Tribunal de Oposiciones Escala Técnica de Gestión, en calidad de Presidente, para realización del último ejercicio, en la Facultad de CC. Económicas y Empresariales (22/03/04) Reunión de la Comisión de Contratación de Profesorado en la Sala de Juntas del Rectorado para tratar los siguientes temas: 1) Resolución Plazas pendientes del Concurso Público de

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profesores contratados mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial convocados por Resolución de 29 de enero de 2004 de la Universidad de Cádiz: Plaza nº. NDC3743, del Departamento de Organización de Empresas y Plaza nº. NDC3831, del Departamento de Didáctica de la Lengua y la Literatura y 2) Decisión sobre los integrantes de la bolsa de suplentes de todas las plazas convocadas por Resolución de 29 de enero de 2004 (22/03/04) Reunión del Grupo Recursos (Subgrupo Materiales) del PEUCA en el CITI (23/03/04) Inauguración de la Exposición de trabajos de los Profesores de la Escuela de Arte de Jerez, en la Sala Compañía de Jerez (23/03/04) Reunión del Grupo Recursos (Subgrupo Humanos) del PEUCA en el CITI (24/03/04) Reunión de Equipo de Gobierno en la Sala de Juntas del Rectorado (24/03/04) Conferencia: “Protección Penal de vida y salud de los Trabajadores” en Alicante (25/03/04) Congreso de Derecho Penal en la Universidad de Barcelona (26/03/04) Comisión de Reclamaciones en la Sala de Juntas del Rectorado (30/03/04) Reunión del Consejo de Dirección en Algeciras (13/04/04) Reunión con Vicerrectores de Profesorado Andaluces y Centrales Sindicales en el Complejo Colegios Mayores de la Universidad de Córdoba, en relación con las Transitorias 2ª y 3ª de la LAU (14/04/04) Resolución de asuntos relacionados con el Profesorado: Reunión con Área de Personal (29/03/04 y 12/04/04). Reunión con Director Gabinete Jurídico y Coordinadora Sección de Personal, s/reclamaciones en materia de contratación de Ciencias de la Salud (16/03/04). Reunión con Directores de Departamentos (19/03/04). Reunión con Junta del PDI (22/03/04). Reunión con Prof. Carlos Clavijo del Dpto. Derecho Mercantil (29/03/04). Reunión con Prof. Luis Moreno, Director del Dpto. de Enfermería (30/03/04). Reunión con Director del Dpto. Biología y Coordinadoras Área de Fisiología y Área de Bioquímica y B.M. (31/03/04). Reunión con Profra. Purificación Tejedor del Área de Farmacología (31/03/04). Reunión con Prof. Ángel Sánchez Bellón, Director del Dpto. de Cristalografía (02/04/04). Reunión con Prof. Alejandro del Valle del Dpto. de Derecho Internacional (02/04/04). Reunión con Prof. Jesús Manuel Zulueta del Dpto. de Filología (15/04/04) Sesión del Consejo de Gobierno, donde se lleva para su aprobación los siguientes puntos: 1) Propuesta de Criterios de valoración de la actividad universitaria del Profesorado (actualmente en trámite de alegaciones) 2) Propuesta de Baremos de Contratación (actualmente en

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trámite de alegaciones) 3) Propuestas Licencias por un año con fines de investigación en la Universidad de Bristol, del Prof. D. Federico Portillo Pacheco del Área de Fisiología (Fac. Medicina) y en la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil internacional de Hamburgo, del Prof. D. David Morán Bovio del Dpto. de Derecho Mercantil (Fac. Derecho) (16/04/04).

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL VICERRECTOR DE INVESTIGACION, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN

INFORME DE ACTIVIDADES OTRI (3/3/04-12/4/04)

1. Identificación de la oferta UCA.

2. Estudio de oportunidades.• Jornada de Colaboración Universidad-Empresa en Humanidades (9/3/04)

3. Detección de necesidades de empresas.• Seguimiento del contacto establecido con la Oficina de Rehabilitación

(24/3/04).

• Atención de petición de Voridian. 03/03/04• VISTEON (17/3/04)• CODENET (1/4/04)• PRICETECH (1/4/04)• VISTEON (2/4/04)• ACUINOVA (24/3/04)

• Reunión en IZAR para la negociación de un contrato de prestación de servicio. 03/03/04

• Visita de la OTRI a Ingeniería del Puerto para formalización de un contrato Torres Quevedo. 05/03/04

4. Difusión de demandas tecnológicas• Difusión de demandas tecnológicas recibidas por mail a los investigadores correspondientes (16, 17 y 29/3/04)

5. Difusión y comercialización de la oferta UCA.• Preparación de documentación para difusión (reestructuración tríptico OTRI, elaboración de cartelería) (22/4/04)

• Stand en el II Congreso de Ingeniería Química (24 a 26/3/04)• Reunión con el Director de I+D de Azucarera EBRO (8/3/04)

6. Desarrollo de convenios.• Presentación en la Facultad de C. E. y Empresariales de las convocatorias de Difusión, Jornadas, Comercialización y Proyectos con Empresas (Convenio de la Consejería de Educación) (30/3/04)

• Presentación en la Facultad de C. E. y Empresariales de las convocatorias de Difusión, Jornadas, Comercialización y Proyectos con Empresas (Convenio de la Consejería de Educación) (15/3/04)

7. Asesoramiento en proyectos, contratos y convenios• Reunión Convenio de colaboración con la Comunidad Foral de Navarra (25/3/04)

• Proyecto SAFEBORDERS de Félix Angulo (9/3/04)• Gestión proyecto SUPERMAT de Juan Ramón Portela (18, 22, 30 y 31/3/04).

• Asesoramiento sobre cuestiones varias del futuro grupo de investigación del Dpto. Ing. Eléctrica. 09/03/04.

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• Reunión con Javier Galiana (Farmacología) sobre convenio con Fundación Andaluza de Ayuda a la Drogodependencia. 09/03/04

8. Gestión de trabajos con el exterior.• 19 contratos con el exterior por un importe de 190.038,99 • Preparación de documentos relacionados con el nuevo reglamento de contratos con el exterior (16-17/3/04 y 24-25/3/04)

• Gestión del contrato de Alberto Ramos con NBT Washington. 09/03/04

9. Solicitud de patentes.Cuatro patentes solicitadas y 6 en elaboraciónReferencia: P200400520Fecha de solicitud: 4/3/04Título: Medidor de flexión de caderaInventores: Jesús Mora Vicente y José Luis González Montesinos. Referencia: P200400521Fecha de solicitud: 4/3/04Título: Guía de trayectoria de nadoInventores: Manuel Gómez del Valle, Manuel Rosety Rodríguez y Francisco Javier Ordóñez Muñoz. Referencia: P200400620Fecha de solicitud: 12/3/04Título: Derivados clovánicos 2-N, 9 sustituidos y su preparación, para el tratamiento de infecciones producidas por hongos fitopatógenos, como agentes fungiestáticos de bajo impacto ecológicoInventores: Isidro González Collado, Antonio José Macías Sánchez y Carlos Díaz Amigo. Referencia: P200400620Fecha de solicitud: 25/3/04Título: Sistema de medición vía ultrasonidos de desplazamientos, determinación de velocidades y aceleraciones, durante la actividad física y deportivaInventores: José Luis González Montesinos, Jesús Mora Vicente, José María Guerrero Rodríguez, Diego Gómez Vela y Ángel Quirós Olazábal.

Título: Nuevos procedimientos de separación y de concentración de productos de la reacción de fotosulfoxidación de ésteres metílicos grasos de rango detergente.Inventores: León Cohen Mesonero, Fernando Soto Fernández Título: Sistema de Catodoluminiscencia para microscopio electrónico de barrido.Inventores: Daniel Araujo Gay, David Méndez Marín, Antonio J. García Fuentes. Título: Consolidante sol gel con aplicación en la conservación de edificios pétreos de interés monumental.Inventores: Mª Jesús Mosquera Díaz, Mercedes Bejarano Basallote, Luis Esquivias Fedriani, Nicolás de la Rosa Fox. Título: Sistema semiautomático de vacío para muestras de aleaciones amorfas en polvo.

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Inventores: Daniel García Gómez de Barreda, Rafael Jiménez Garay, José Vazquez Romero, Mª Pilar Villares Durán. Título: Batería de 12 reactores anaerobios discontinuos calefactados mediante baño termostatizado capaz de operar en condiciones psicrófillicas (15 º C) mesofílicas (35 º C) y termofílicas (55 º C) de temperatura.Inventores: Carlos Álvarez Gallego, Luis Alberto Fernández Güelfo, Luis Isidoro Romero García, Montserrat Pérez García. Título: Anilla agarradera para hípicaInventores: Manuel Gómez del Valle, Manuel Rosety Rodríguez, Francisco Javier Ordóñez Muñoz.

10. Fomento de empresas Spin-off y de base tecnológica.• Reunión con el IFA Programa CAMPUS (30/3/04)• Reunión con representantes de ICON (29/3/04)• Reunión con representantes de VEEMEL (29/3/04)• Reunión con representantes de ACROS (15/3/04)• Reunión con representantes de MERKADIA (8/3/04)• Reunión con el IFA Programa CAMPUS (15/3/04)

• Asesoramiento al emprendedor Jesús Rodríguez, para presentar un proyecto de empresa EBT de implantación de sistemas de calidad.03/03/04

11. Proyectos con empresas solicitadosUn proyecto PETRI:

Responsable: García Barroso, CarmeloTítulo: Desarrollo de sistemas de prevención pre y postfermentativo delpardeamiennto en vinos blancos.Empresa cofinanciadora: Manuel Aragón Baizán, S.L.; Bodegas 501 delPuerto, S.l.

12. Difusión y asesoramiento de convocatorias de I+D+i.• Actualización de convocatorias en la páginas web del Vicerrectorado (23/3/04)

13. Desarrollo de proyectos de transferencia.• Desarrollo del proyecto europeo 2*TRA (INTERREG III)

Elaboración y traducción del borrador del Manual de Buenas prácticas. (3-5/3/04)Adaptación de la traducción del Informe del Sistema de Innovación Andaluz. (3-4/304)Preparación de presentaciones para la reunión. (8-9/3/04)Asistencia en Lisboa a la segunda reunión del proyecto (10 al 12/3/04)Justificación económica del proyecto durante 2003 (16, 17, 22, 25 y 29/3/04)

• Puesta en marcha del Programa de sostenibilidad Ciudad 21, base de datos de todos los ayuntamientos de la provincia de Cádiz.(8/3/04)

14. Relación con entidades y redes de fomento, transferencia y agentes tecnológicos• Visita al CEEI Bahía de Cádiz (17/3/04)• Asistencia a la Jornadas Técnicas de las OTRIS andaluzas (11/3/04, 12/3/04).

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• Reunión con las gerencias provinciales del IFA y las OTRI de Andalucía, para una sesión informativa en la sede del IFA en Sevilla sobre el programa CAMPUS (04/03/04)

15. Formación y fomento de la cultura de la innovación y la transferencia.• Edición y difusión del número 2 del Boletín Electrónico UCA I+T (4/3/04).• Asistencia de un técnico en prácticas al Curso sobre Imagen y Comunicación corporativa (5,12,19,26/3/04 ,2/4/04).

• Diseño de una jornada sobre experiencias de la transferencia tecnológica en la Universidad de Karlsruhe para el próximo día 20/04/04 (21/3/04)

16. Comunicación interna • Difusión del nuevo reglamento de trabajos con el exterior en la Fac. Ciencias E. y Empresariales (30/3/04)

• Difusión del nuevo reglamento de trabajos con el exterior en la Fac. Ciencias (17/3/04)• Modificación páginas web de la OTRI y del Vicerrectorado (grupos y actualizaciones “contratos” y “novedades”) (15, 17, 24, 25, 30 y 31/3/04)

17. Informes• Remitidos por el Gabinete de Relaciones Internacionales:

Convenio Marco UCA-Acerinox, S.A. 2/4/04Convenio Específico UCA-Sanro para la creación de la Cátedra UCA-Sanro. 26/3/04Convenio Marco UCA-Universidad Tecnológica Equinoccial. 18/2/04

• Otros informes

Revisión y asesoramiento en materia de Prop. Industrial al Vicerrectorado de Alumnos (Arturo Prada) para el Convenio de cooperación educativa.24/3/04

18. Otros• Asistencia a la reunión del Plan Estratégico, eje Investigación (5 y 19/3/04 )

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miércoles 31 de marzo de 2004Vicerrectorado Investigación, Desarrollo C/ Ancha, 16. 11001 CádizTecnológico e Innovación Tel. 956 015 054. Fax. 956 015 077OTRI http://www2.uca.es/serv/otri/

[email protected]

Contratos O.T.R.I.Relación de contratos autorizados 02/03/04 y 29/03/04

REFERENCIA: OT2004/046 Fecha Autorización:Fecha Autorización:26/3/04 26/3/04 Tipo Contrato: D

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

BOTANA PEDEMONTE, FRANCISCO JAVIER ITD SERVICIOS DE INGENIERIA Y RECEPCION DE MATERIA PRIMA. TITANIO 1.960,00TECNOLOGIAS DE DISEÑO, S.A. ABS5142

Ciencia de los Materiales e Ingeniería

REFERENCIA: OT2004/045 Fecha Autorización:Fecha Autorización:26/3/04 26/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

GUTIERREZ CABEZA, JOSE MARIA SALVADOR CALPE INSTITUTE OF TECHNOLOGY INSPECCION TERMOGRAFICA CIII. RRFCC/1-03 1.315,00Física Aplicada

REFERENCIA: OT2004/044 Fecha Autorización:Fecha Autorización:26/3/04 26/3/04 Tipo Contrato: A

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

PEREZ HURTADO DE MENDOZA, ALEJANDRO JUNTA DE ANDALUCIA ESTUDIO DE LA ADECUACION Y 25.862,07ACONDICIONAMIENTO PARA INSTALACIONES

Biología Y ACTUACIONES DE INVESTIGACION Y USO

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

REFERENCIA: OT2004/043 Fecha Autorización:Fecha Autorización:18/3/04 18/3/04 Tipo Contrato: D

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

BERROCOSO DOMINGUEZ, MANUEL INSTITUTO DE CARTOGRAFIA DE ANDALUCIA CONTROL DE CALIDAD DE LA RED ANDALUZA 31.034,48DE POSICIONAMIENTO RAP

Matemáticas

REFERENCIA: OT2004/042 Fecha Autorización:Fecha Autorización:18/3/04 18/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

PEREZ RODRIGUEZ, LUIS FUNDACION UNIVERSIDAD EMPRESA DE LA ALALISIS DE LA OFERTA FORMATIVA EN 5.172,41PROVINCIA DE CADIZ. FUECA TECNOLOGÍAS AVANZDAS PARA EL SECTOR

Ingeniería Química, Tecn.alimentos y AGROALIMENTARIO EN LA PROVINCIA DE CÁDIZ

Contratos OTRI / Junta de Gobierno Página 1 de 4

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Vicerrectorado Investigación, Desarrollo C/ Ancha, 16. 11001 CádizTecnológico e Innovación Tel. 956 015 054. Fax. 956 015 077OTRI http://www2.uca.es/serv/otri/

[email protected]

REFERENCIA: OT2004/041 Fecha Autorización:Fecha Autorización:18/3/04 18/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

PEREZ SERRANO, JULIO DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ CONTACTOS TRANSFRONTERIZOS PARA LA 15.000,00ELABORACION Y PRESENTACION DE

Historia Moderna, Contemporánea, de América y PROYECTOS A PROGRAMAS EUROPEOS

REFERENCIA: OT2004/040 Fecha Autorización:Fecha Autorización:18/3/04 18/3/04 Tipo Contrato: A

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

DIAZ MIER, ISMAEL AGRUPACION I.E. MAR DE TRAFALGAR INFORME SOBRE LA INCIDENCIA EN EL 3.103,45TRAFICO MARITIMO DE UN CAMPO DE

Ciencias y Técnicas de la Navegación y Teoría AEROGENERADORES MERINO EN EL BANCO

REFERENCIA: OT2004/039 Fecha Autorización:Fecha Autorización:18/3/04 18/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

ALMORZA GOMAR, DAVID CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE LA ASISTENCIA PARA LA ELABORACION DE 2.586,21PROVINCIA DE CADIZ MEDIOS DIDACTICOS

Estadística e Investigación Operativa

REFERENCIA: OT2004/038 Fecha Autorización:Fecha Autorización:10/3/04 10/3/04 Tipo Contrato: D

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Secretaría General C/. Ancha, 16 -11001 Cádiz.Teléfono: 956015032 - 5913Fax : 956015075http://www.uca.es/secretaria

ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

SANCHEZ LOPEZ, MIGUEL ARIDAN, S.A. CALIBRACION DE ELEMENTOS DE MEDIDA Y 82,00CONTROL

Ingeniería Mecánica y Diseño Industrial

REFERENCIA: OT2004/037 Fecha Autorización:Fecha Autorización:10/3/04 10/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

ALMORZA GOMAR, DAVID CONSORCIO PROVINCIAL CONTRA ASISTENCIA PARA LA ELABORACION DE 8.275,86INCENDIOS Y SALVAMENTOS DE CADIZ MEDIOS DIDACTICOS

Estadística e Investigación Operativa

Contratos OTRI / Junta de Gobierno Página 2 de 4

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Secretaría General C/. Ancha, 16 -11001 Cádiz.Teléfono: 956015032 - 5913Fax : 956015075http://www.uca.es/secretaria

ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Vicerrectorado Investigación, Desarrollo C/ Ancha, 16. 11001 CádizTecnológico e Innovación Tel. 956 015 054. Fax. 956 015 077OTRI http://www2.uca.es/serv/otri/

[email protected]

REFERENCIA: OT2004/036 Fecha Autorización:Fecha Autorización:10/3/04 10/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

ALMORZA GOMAR, DAVID INSTITUTO EMPLEO Y DESARROLLO ASISTENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE 7.456,90TECNOLOGICO - DIPUTACION DE CADIZ MEDIOS DIDACTICOS

Estadística e Investigación Operativa

REFERENCIA: OT2004/035 Fecha Autorización:Fecha Autorización:10/3/04 10/3/04 Tipo Contrato: D

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

CAPARROS ESPINOSA, MIGUEL ANGEL COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. EDIF. SAN INFORME SOBRE PATOLOGIA GEOTECNICA EN 2.300,00MIGUEL 2 ESTEPONA. MALAGA

Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil

REFERENCIA: OT2004/034 Fecha Autorización:Fecha Autorización:10/3/04 10/3/04 Tipo Contrato: D

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

CAPARROS ESPINOSA, MIGUEL ANGEL CAI CONSULTORES DE INGENEIRIA, S.A. INFORME GEOTECNICO DEL ESTADO ACTUAL 3.500,00DE LA LADERA ESTE EN LA URBANIZACION

Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil MAJESTIC. CASARES (MALAGA)

REFERENCIA: OT2004/033 Fecha Autorización:Fecha Autorización:10/3/04 10/3/04 Tipo Contrato: E

15

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

SANZ SEGUNDO, CELESTINO FACULTAD DE NAUTICA DE BARCELONA CURSO DE SIMULADOR DE CAMARA DE 1.500,00MAQUINAS

Ciencias y Técnicas de la Navegación y Teoría

REFERENCIA: OT2004/032 Fecha Autorización:Fecha Autorización:3/3/04 3/3/04 Tipo Contrato: D

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

MORENO GUTIERREZ, JUAN EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE CADIZ, ELABORACION MODELO MATEMATICO DE LA 5.796,61S.A. RED DE ABASTECIMIENTO DE LA CIUDAD DE

Ciencias y Técnicas de la Navegación y Teoría CADIZ

Contratos OTRI / Junta de Gobierno Página 3 de 4

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Vicerrectorado Investigación, Desarrollo C/ Ancha, 16. 11001 CádizTecnológico e Innovación Tel. 956 015 054. Fax. 956 015 077OTRI http://www2.uca.es/serv/otri/

[email protected]

REFERENCIA: OT2004/031 Fecha Autorización:Fecha Autorización:26/3/04 26/3/04 Tipo Contrato: B

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

PINIELLA CORBACHO, FRANCISCO ITD SERVICIOS DE INGENIERIA Y INFORME PERICIAL DEL ACCIDENTE DEL 2.694,00TECNOLOGIAS DE DISEÑO, S.A. BUQUE LIPETSK EN EL PUERTO DE CEUTA

Ciencias y Técnicas de la Navegación y Teoría (12/06/97)

REFERENCIA: OT2004/030 Fecha Autorización:Fecha Autorización:3/3/04 3/3/04 Tipo Contrato: D

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

COHEN MESONERO, LEON SOCIETÉ D.T.A. ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA EL 20.000,00SUMINISTRO DE PRODUCTOS QUIMICOS

Ingeniería Química, Tecn.alimentos y

REFERENCIA: OT2004/029 Fecha Autorización:Fecha Autorización:8/3/04 8/3/04 Tipo Contrato: A

Responsable Tercero Título: Importe (sin IVA)

MICO SEGURA, JUAN ANTONIO GRÜNENTHAL Gmbh ESTUDIO MECANISTICO DEL COMPUESTO DE 22.400,00LA SERIE GRT, GRT-TA 147: FASE 2

Neurociencias

TOTAL INGRESOS: 160.038,99

17

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

TOTAL CONTRATOS: 18

Contratos OTRI / Junta de Gobierno Página 4 de 4

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL VICERRECTOR DE ORDENACIÓN ACADÉMICA E INNOVACIÓN EDUCATIVA

Informe de Actividad del Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa y de las Unidades Supervisadas. Consejo de Gobierno, 16 de Abril de 2004.

Síntesis de las actividades de mayor relieve.-

Principales Novedades

• El 29 de Marzo se ha publicado en el BOUCA nº 10 la instrucción del Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa para elaborar la Planificación Docente 2004-2005. Se ha creado un sistema para aclaración de consultas mediante la dirección de correo planificació[email protected] (ver anexo con programa de tareas)

• Se ha trabajado en el análisis de las enmiendas presentadas a la normativa de Elaboración y Ajuste de Planes de Estudios, y se ha colaborado con el Vicerrectorado de Profesorado en la regulación de los criterios de dedicación que se someten a Consejo de Gobierno

• Se sigue trabajando en el análisis de las posibilidades de implantación de grupos desplazados o delegados de diferentes titulaciones

• El próximo lunes se recibe a los Comités de Evaluación Externos designados por la ANECA para el programa de evaluación institucional en el que participan las Titulaciones de Licenciado en Ciencias del Mar y Licenciado en Enología

• En breve, a lo largo del mes de Mayo, se realizará una auditoría de los programas de doctorado con mención de calidad ANECA, en concreto Ciencias de Mar e Historia

• En breve se planteará por la UCUA una convocatoria de ayudas para participación en la implantación de planes piloto de Convergencia Europea, bajo supervisión del grupo andaluz de convergencia. Representante UCA [email protected]

• En breve se realizará por la UCUA una convocatoria de proyectos para diseño de programas de Máster, bajo coordinación del grupo andaluz de convergencia. Representante UCA [email protected]

• Las titulaciones candidatas en este momento a iniciar experiencias piloto de convergencia para el próximo curso son: Diplomatura en Turismo (EU Estudios Empresariales y de Administración Pública), Licenciado en Derecho (1 grupo, Facultad de Derecho), Licenciado en Filología Inglesa y Licenciado en Humanidades (Facultad de Filosofía y Letras), Licenciatura en Química (Facultad de Ciencias), Licenciado en Ciencias Ambientales (Facultad de CC del Mar y Ambientales), Maestro en Lengua Extranjera (Facultad de Ciencias de la Educación)

• Puesta en marcha de los trabajos del Eje de Docencia del Plan Estratégico de la UCA

Participación en Actividades Institucionales

• 16 Marzo, Presentaciones en el contexto de la Campaña de difusión de la Universidad de Cádiz en los institutos Seritium y Caballero Bonald en Jerez

• 17 Marzo, Participación en la Comisión Ejecutiva del Aula Universitaria del Estrecho en la sede del aula en Algeciras

• 17 Marzo, reunión en la Escuela Politécnica Superior con Equipo Directivo, Director del Departamento de Ingeniería Industrial y representante del PAS

• 18 Marzo, asistencia al acto de presentación del retrato del ex director Enrique Díaz Arozamena y de entrega de distinciones a profesores, miembros de la UCA y empresas

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• 19 de Marzo, Asistencia al acto del día de la provincia con la entrega de la medalla de oro de la provincia a la Universidad de Cádiz

• 22 de Marzo, Presidencia de Comisiones de Plazas de Promoción Interna de PAS (Laboratorios Húmedos y Escala Administrativa)

• 22 de Marzo, Reunión con delegados de los Obispados de Cádiz-Ceuta y Asidonia-Jerez para el desarrollo del Convenio de colaboración de dichas instituciones con el Rectorado

• 23 de Marzo, reunión con el Delegado de Educación del Ayuntamiento de Jerez, Javier Durá y con técnicos del Instituto de Promoción de la Ciudad para debatir sobre la participación de la UCA en la convocatoria concurso de acciones formativas para desarrollo del Proyecto de Modernización Agroalimentaria de Jerez

• 25 de Marzo, Reunión con Decanos y Directores de Centro y con Directores de Departamentos para debatir sobre el borrador que regulará la solicitud y concesión de contratos programa, y sobre la distribución de presupuestoS, bajo la presidencia del Sr. Rector y con la coordinación del Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras

• 24 de Marzo, reunión del Equipo de Gobierno

• 29 de Marzo, participación en el programa las 1001 noches de Canal Sur 2

• 31 de Marzo, Reunión del Consejo Social, Presentación a los Consejeros sobre Espacio Europeo de Educación Superior, y visita al Campus de la Asunción en Jerez

• 12 de Abril, reunión del Consejo de Dirección

• 13 de Abril, reunión del Consejo de Dirección en Campus Bahía Algeciras

• 13 de Abril, presencia en la rueda de prensa concedida por el Rector en sede del Vicerrectorado del Campus Bahía de Algeciras para aclarar la posición de compromiso de la Universidad de Cádiz en el desarrollo de un proyecto de desarrollo del Campus, y las intenciones de impulsar la posible creación de grupos de diferentes titulaciones en dicho Campus

• 13 de Abril, participación en reunión con equipo directivo, profesores y plantilla de PAS en Salón de Actos de Escuela Politécnica Superior de Algeciras para explicar los proyectos de extensión de grupos de titulaciones de la UCA en diferentes Campus, y en concreto de Ingeniería Industrial en la Bahía de Cádiz

• 14 Abril, reunión con el profesor Francisco de la Campa

• 14 Abril, reunión con el Secretario Provincial de UGT para preparación de un convenio marco de colaboración

• 15 Abril, Comisión selección para promoción interna a una plaza de técnico de laboratorios húmedos.

• 15 Abril, asistencia para informe a la reunión de la Junta Consultiva

• 15 Abril, comienzo de las sesiones de trabajo del grupo que desarrolla el Eje Estratégico de Docencia en el contexto del Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz.

Ordenación Académica

• 18 Marzo, Reunión con el Prof. Adolfo Martín, y con el Vicepresidente Nacional de la Asociación de Titulados Mercantiles, Antonio Ruiz, para estudiar las posibilidades de firma de un convenio de colaboración

• 18 Marzo, reunión de trabajo para puesta en marcha de Universitas XXI, con participación de Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras, Gerente, Director del Gabinete de Ordenación, Servicio de Alumnos, Informática

• 19 de Marzo, reunión presidida por Vicerrectorado de Profesorado con Representantes de Directores de Departamentos para analizar la propuesta de normas de reconocimiento de la actividad académica

• 22 de Marzo, participación en reunión presidida por el Vicerrectorado de Profesorado con Junta del PDI sobre normas de reconocimiento de la actividad académica

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• 7 Abril Reunión con la Directora y Secretario del Departamento de Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical

• 7 de Abril, reunión con Decano y Vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

• 12 de Abril, reunión con Presidente y Secretario de la Mancomunidad de municipios del Campo de Gibraltar, en Algeciras, para tratar los proyectos de definición de grupos que mejoren la oferta de titulaciones en la Universidad de Cádiz en diferentes Campus

• 12 de Abril, reunión con equipo directivo y representantes de profesores de Centro de Estudios Tomás y Valiente de Algeciras sobre el proyecto de creación de un aula de segundo ciclo de LADE en el Campus Bahía de Algeciras

• 14 de Abril, Reunión con Directores de Departamento y representantes de área y con el Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales para plantear la posibilidad de creación de un grupo de 2º ciclo de la titulación de LADE en Algeciras

Innovación Educativa

• 30 de Marzo, reunión en el CASEM con Centros candidatos a participar en proyectos piloto de convergencia con presencia del Director de Secretariado y Vicerrector de OA e IE

• 1 y 2 de Abril, Córdoba, participación en la Reunión del grupo de coordinación andaluz de proyectos de Convergencia, Acuerdos sobre próximas convocatorias de ayudas para experiencias piloto de implantación del Espacio Europeo de Educación Superior en titulaciones, y sobre diseño de Masters

• Continúan los contactos con otras universidades andaluzas para el desarrollo de una plataforma compartida de software libre para apoyo a enseñanza virtual, así como el proyecto conjunto con universidades andaluzas para diseñar procedimientos para evaluación de cursos virtuales.

Evaluación y Calidad

• 10 de Marzo: Reunión con el Decano y el Vicedecano de la Facultad de Filosofía y Letras sobre Evaluaciones pendientes. Asisten el Director y la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• 11 de Marzo: Reunión en la Sala de Reuniones del CITI, con los encuestadores del Plan Andaluz de Calidad de las Universidades, del Programa de Evaluación Institucional y Seguimiento a Egresados, con el Director y la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• 12 de Marzo: En la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Jornada de Trabajo de Decanos y Directores de Centro y Directores de Departamentos con el Director y la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad, sobre PROGRAMAS DE LA ANECA.

• 17 de Marzo: Reunión con el Equipo Decanal de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Asiste el Director de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• 17 de Marzo: Reunión en el CASEM del Comité de Autoevaluación de la Titulación de Licenciado en Ciencias del Mar del PEI. Asiste el Director de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• 17 de Marzo: Revisión del Autoinforme de Evaluación del Depto. de Organización de Empresas. Asiste la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• 19 de Marzo: El Director de la Unidad de Evaluación y Calidad se reúne con el Vicepresidente Ejecutivo de la FUECA D. Francisco López Aguayo, en el Policlínico. Asunto: Preparación de Auditoria de Programas de Doctorado.

• 22 de Marzo: Se abre el plazo de presentación de solicitudes para participar como Evaluador Externo de Contratos-Programas de la UCA desde el 22 al 31 de Marzo.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• 24 de Marzo: Reunión de la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad, con los Administradores de Centros. Asunto: Manuel de Procesos.

• 25 de Marzo: La Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad asiste al Curso de Formación: CUADRO DE MANDO INTEGRAL.

• Se remiten a la ANECA los Informes de Autoevaluación del P.E.I., en formato impreso, de las Titulaciones de Lcdo. en Enología y Lcdo. en Ciencias del Mar.

• 24 al 26 de Marzo: El Director de la Unidad de Evaluación y Calidad viaja a Valladolid, con motivo de formar parte del Comité Externo de Evaluación de la Titulación de Ingeniero Químico de la correspondiente Universidad.

• 26 de Marzo: La Asesora Técnica de la Unidad se reúne con Montserrat Medina Iglesias (Técnico en Evaluación), para la preparación del Taller de Servicios previo a la Jornada de Formación del día 31 de Marzo.

• 30 de Marzo: El Director y la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad, se reúnen en el Área de Infraestructuras (Aulario La Bomba), con el Personal del Servicio de Mantenimiento.

• 31 de Marzo: Jornada de formación para la miembros de los Comités de Autoevaluación de las Titulaciones y Servicios a evaluar en la Convocatoria 2003-04 correspondiente al Plan Andaluz de Calidad de las Universidades. A esta Jornada que se desarrolla en el CASEM desde las 10:00 h hasta las 19:00 h. asisten el Director y todo el personal de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• 6 de Abril: Reunión en la Unidad de Evaluación y Calidad. Asunto: Plan Estratégico. Asiste el Director de la Unidad de Evaluación y Calidad, el Vicerrector de OA e IE, el Director de Secretariado de Innovación Educativa, y el Director del Gabinete de Ordenación Académica

• 12 de Abril: Reunión del Director de la Unidad de Evaluación y Calidad con el Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación. Asunto: Plan Andaluz de Calidad de las Universidades. Convocatoria 2003-2004.

• 13 de Abril: Reunión con el equipo Directivo de la E.U. Adscrita de Estudios Jurídicos y Económicos del Campo de Gibraltar “Francisco Tomás y Valiente” (Algeciras). Asistirán el Director y la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad. Asunto: Evaluación del Centro.

• 13 de Abril: Reunión en el CASEM con el Comité de Autoevaluación del PEI de la Titulación de Lcdo. en Ciencias del Mar. Asistirán el Director y la Asesora Técnica de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• del 18 al 21 de Abril: Visita del Comité Externo del P.E.I. de la Titulación de Lcdo. en Ciencias del Mar.

• 20 de Abril: Reunión del Comité Externo del P.E.I. de la Titulación de Lcdo. en Ciencias del Mar, con el Director y Personal de la Unidad de Evaluación y Calidad.

• del 19 al 22 de Abril: Visita del Comité Externo de Evaluación del P.E.I. de la Titulación de Lcdo. en Enología.

Relaciones Internacionales

• 24 de Marzo, encuentro con representantes de la Universidad de Baja California, Méjico. Visitas a diversos centros

• 26 de Marzo, Reunión con Vicerrector de la Universidad Tecnológica de Honduras, Presidida por Rector UCA

• 14 de Marzo, visita del Instituto Tecnológico de Monterrey de Méjico, visita a la Facultad de Económicas y a la Escuela Superior de Ingeniería

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL VICERRECTOR DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA e INFRAESTRUCTURAS

Martes, 16 de marzo de 2004• Reunión con la Directora General de Servicios y Acción Solidaria y el Jefe de

Seguridad para tema de elaboración de Proyectos.• Toma de posesión de los miembros que componen los Equipos Decanales y de

Dirección de las Facultades y Escuelas Universitarias, celebrada en la Facultad de Filosofía y Letras.

Jueves, 18 de marzo de 2004• Reunión del Tribunal de la oposición para ingreso en la Escala Técnica de Gestión,

especialidad Informática en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.• Asistencia como Presidente del Tribunal, al Tercer Examen de la oposición para el

ingreso en la Escala Técnica de Gestión, especialidad Informática celebrado en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

• Reunión de la Comisión de Control del Plan de Pensiones.• Reunión de Simulación del proceso de Planificación Docente con UNIVERSITAS

XXI, celebrada en la E.U. de Enfermería de Cádiz.

Viernes, 19 de marzo de 2004• Reunión con el Director de Secretariado de Orientación Laboral para tema de

Presupuesto Prácticas en Empresa.• Asistencia al Acto de Entrega, por parte de la Excma. Diputación, de una Placa de

Oro de la Provincia a la Universidad de Cádiz, con motivo de la celebración del Día de la Provincia.

Martes, 23 de marzo de 2004• Reunión con la Secretaria de la Facultad de Medicina para tema de Presupuesto

del Centro.

Miércoles, 24 de marzo de 2004• Reunión de la Comisión de Valoración del concurso de méritos de la plaza de

Gestor de Departamento de la Facultad de Filosofía y Letras.• Reunión con el Director de Secretariado de Orientación Laboral, el Director de la

OTRI, y el Vicepresidente ejecutivo de la FUECA, para tema de Prácticas en Empresa.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• Reunión con el Director del Dpto. de Matemáticas para tema de Presupuesto del Departamento.

• Reunión del Equipo de Gobierno.

Jueves, 25 de marzo de 2004• Visita del Instituto Educación Superior “Drago” y el Colegio Salesiano San Ignacio

de Cádiz, con motivo de la campaña de Difusión y Orientación para alumnos de Enseñanza Secundaria.

• Sesión informativa dirigida a los Decanos y Directores de Centros y Directores de Departamentos para tratar tema de Presupuesto 2004 y Contratos-programa, celebrada en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

Viernes, 26 de marzo de 2004• Reunión del Tribunal de la oposición para ingreso en la Escala Técnica de Gestión,

especialidad Informática. • Reunión con el Director de Área de Cádiz y el Director de la Oficina Principal de la

Entidad Bancaria UNICAJA.

Lunes, 29 de marzo de 2004• Reunión con el Director del Departamento de Ciencias y Técnicas de la

Navegación, Máquinas y Motores Térmicos y Teoría de la Señal y Comunicaciones, para tema de Presupuesto del Departamento.

• Presidencia Mesa de Contratación.• Reunión con los Decanos y Directores de Centros y Directores de Departamentos

para tema de Presupuesto 2004, celebrada en el Aulario La Bomba.

Martes, 30 de marzo de 2004• Reunión con el Jefe de Seguridad y el Presidente del Comité de Seguridad y

Salud, para estudiar las alegaciones al Documento Marco para la Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la UCA.

• Reunión con el Gerente, Director Área de Infraestructuras y Jefe de Servicio de Gestión Económica y Contrataciones para tema Plan Plurianual Grandes Inversiones.

• Reunión con el Sr. Rector y Vicerrectorado de Investigación para tema de espacios del CTC.

• Reunión con el Comité de Empresa para varios temas de Personal Laboral.

Miércoles, 31 de marzo de 2004• Presentación de la Jornada de formación de Comités de Autoevaluación de

Servicios y Titulaciones, celebrada en el CASEM.• Reunión del Pleno del Consejo Social, celebrada en la Facultad de Derecho.

Martes, 6 de abril de 2004• Reunión con Hugo Andrés y Cristina Romero, de la FUECA.

Lunes, 12 de abril de 2004• Reunión con Gerente, Director Área de Infraestructuras, Biblioteca, Personal, Jefe

de Seguridad, Directora de Secretariado de Planificación Económica y Jefe de Servicio de Gestión Económica y Contrataciones.

• Reunión del Comité Ejecutivo de FUECA.• Reunión del Consejo de Dirección en Cádiz.

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• Reunión con la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar para tema de AULA DELEGADA de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales en el Campus de la Bahía de Algeciras.

• Reunión con los representantes del profesorado de la E.U. de Estudios Jurídicos y Económicos del Campo de Gibraltar “Francisco Tomás y Valiente” para tema de AULA DELEGADA de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales en el Campus de la Bahía de Algeciras.

Martes, 13 de abril de 2004• Reunión del Consejo de Dirección en Algeciras.

Miércoles, 14 de abril de 2004• Reunión de Constitución del Tribunal de la oposición de la Escala de Facultativos

de Archivos, bibliotecas y Museos.• Reunión con Decano Fª Ciencias Económicas y Empresariales y Directores de

Departamentos implicados en el proyecto “AULA DELEGADA de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales en el Campus de la Bahía de Algeciras”.

Jueves, 15 de abril de 2004• Visita de los Institutos de Educación Superior “Antonio Muro” “Manuel de Falla” de

Puerto Real, con motivo de la campaña de Difusión y Orientación para alumnos de Enseñanza Secundaria.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL VICERRECTORADO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Miércoles, 24 Reunión tripartita: UCA-AYTO. DE CHICLANAFUNDACION FERNANDO QUIÑONES.Clases.

Jueves, 25 Reunión del Patronato Fundación Fernando Quiñones (Chiclana) Reunión Itinerario21. Proceso de Evaluación de la Política Cultural de Algeciras.

Viernes, 26 Firma Convenio Mancomunidad de la Sierra (Villamartin).

Lunes, 29 Firma Convenio Vigia-Observatorio Cultural de la Provincia de Cádiz. Excma. Diputación Provincial.

Miércoles, 31 Reunión PEUCA

ABRIL:

Jueves, 1 Rueda de Prensa. Encuentros de Primavera de la Universidadde Cádiz en El Puerto de Santa María.

Lunes, 12 Reunión con el Director de la Fundación Municipal deCultura del Ayuntamiento de San Fernando.

Consejo de Dirección.

Martes, 13 Acto de Inauguración del Congreso Multidisciplinar “Erótica y Sexualidad en la Historia”. Asociación Cultural “Ubi Sunt.

Miércoles, 14 Reunión del Patronato. Fundación 1884. CASA MUSEO DEL Carnaval.

Jueves, 15 Reunión paritaria Cursos de Otoño de la Universidad de Cádiz en Jerez de la Frontera.Apertura Encuentros en El Puerto de Santa María.

Viernes, 16 Consejo de Gobierno.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DEL VICERRECTOR DEL CAMPUS BAHÍA DE ALGECIRAS

Agenda del Vicerrector del Campus Bahía de Algeciras Lunes 8 de marzo-Miembro del Comité Externo para evaluación en Instituto Tecnológico en Pamplona

Martes 9 de marzo-Miembro del Comité Externo para evaluación en Instituto Tecnológico en Pamplona

Miércoles 10 de marzo-Miembro del Comité Externo para evaluación en Instituto Tecnológico en Pamplona

Jueves 11 de marzo-Reunión en el Vicerrectorado con el Alcalde de Jimena de la Fra.-1ª Reunión del PEUCA, modelo CAMPUS en la Escuela de Enfermería de Algeciras

Viernes 12 de marzo-Campaña de promoción de la UCA, en el Instituto Sierra Luna de Los Barrios.

Lunes 15 de marzo-Consejo de Gobierno Martes 16 de marzo-Tomas de Posesión de equipos Directivos de Centro y Dpto. en la Facultad de Filosofía y Letras. Miércoles 17 de marzo-Comité Ejecutivo Aula Universitaria del Estrecho, en la sede del AUE Jueves 18 de marzo-Reunión en el AUE con responsables de las Jornadas Prevención Riesgos Laborales en Marruecos Viernes 19 de marzo-Reunión en la sede del Aula Universitaria del Estrecho -Reunión con los miembros de la Campaña de Promoción de la UCA en el Campo de Gibraltar Lunes 22 de marzo-Reunión en el Vicerrectorado del Campus con los arquitectos de la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras y de la Universidad de Cádiz. Martes 23 de marzo-Reunión con el Rector en Cádiz

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Miércoles 24 de marzo-Visita representantes de LINESUR al Vicerrectorado.-Rueda de Prensa en el Ayto. de Algeciras para presentación actividades Aula del Estrecho-Reunión con el Profesor D. Enrique Montero en el Casem.-Reunión del Grupo de trabajo Modelo Campus del Plan Estratégico de la UCA en la Facultad de Derecho de Jerez de la Fra.

Jueves 25 de marzo-Inauguración en el AUE, de las Jornadas Introducción a la Cultura Marroquí-En la sede del Vicerrectorado, reunión entre el Presidente de la Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar, D. Carlos Fenoy, el Director de Estudios de Doctorado y Formación Continua, D. Francisco López Aguayo y el Vicerrector de Campus D. Francisco Trujillo Espinosa. Viernes 26 de marzo-Jornadas de Literatura Marroquí en el Aula Universitaria del Estrecho

Lunes 29 de marzo-Reunión con miembros del Aula Universitaria del Estrecho Martes 30 de marzo-Mesa Redonda en el Colegio Los Pinos de Algeciras. Miércoles 31 de marzo-Consejo Social-Reunión del Grupo de trabajo Modelo Campus del Plan Estratégico de la UCA en el CASEM (Puerto Real). Jueves 1 de abril-Reunión en la sede del Vicerrectorado con D. Francisco Bernal, Coodinador de Planes de Calidad de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucia. Viernes 2 de abril-Reunión en el Vicerrectorado con D. Jose Antonio Castilla, responsable de estudios universitarios de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar. -Reunión en la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras, con el Presidente de la APBA, Vicerrector del Campus y arquitectos de la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras y de la Universidad de Cádiz.

Presentación del documento de acogida de las Prácticas Clínicas en la Escuela de Enfermería de Algeciras (pte. confirmación)

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Agenda del Vicerrector del Campus Bahía de AlgecirasResumen de actividades del Aula Universitaria del Estrecho

DIA 10 / 03 / 2.004

Reunión en la sede del Aula Universitaria del Estrecho de Técnicos del Instituto de

Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Excma. Diputación de Cádiz, del Aula

Universitaria del Estrecho y de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras para tratar

sobre el Manual del Proyecto Ma’arifa (Interreg III – A España – Marruecos).

DIA 17 / 03 / 2.004

En la sede del Aula Universitaria del Estrecho, se reunió la Comisión Ejecutiva y

Directora para estudiar las PROPUESTAS DE ACTIVIDADES que se habían

presentado.

En total se presentaron 67 propuestas valorándose muy positivamente las mismas. Se analizaron dichas propuestas quedando pendientes de ajuste presupuestario y de fechas idóneas para su realización.

DIA 18 / 03 / 2.004

Reunión del Vicerrector, coordinadores y técnicos en la sede del Aula Universitaria del

Estrecho para ultimar fecha y programa del curso SOBRE RIESGOS LABORALES

que se impartirá durante las primeras semanas en Tánger y la 3ª en Algeciras.

DIA 23 / 03 / 2.004

Comienzo del curso de Árabe Dialectal Marroquí para los alumnos que cursaron en

Noviembre – Febrero el curso Básico.

Alumnos matriculados:

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Avanzado I – 11 alumnos

Avanzado II – 23 alumnos

DIA 24 / 03 / 2.004Rueda de prensa en la sede de Comisiones del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras

para la presentación de las siguientes Jornadas:

- 25 / 03 al 03 / 06 , MIRADAS SOBRE MARRUECOS

- 26 y 27 / 03 , II JORNADAS DE LITERATURA MARROQUÍ DE

EXPRESIÓN HISPANA.

Lugar: Sede del Aula Universitaria del Estrecho

Presentaron las Jornadas:

- Alcalde de Algeciras.

- Vicerrector del Campus Bahía de Algeciras.

- Coordinador de las Jornadas.

DIA 25 / 03 / 2.004Inauguración de las Jornadas “MIRADAS SOBRE MARRUECOS”

Estas Jornadas se desarrollaran todos los jueves (25/03 al 03/06) a las 20 horas en la

sede del Aula Universitaria del Estrecho.

El coordinador de estas Jornadas es Juan José Sánchez Sandoval.

DIA 26 / 03 / 2.004Inauguración de las II Jornadas de Literatura Marroquí de Expresión Hispana.

Días: 26 y 27 de marzo

Lugar: sede del Aula Universitaria del Estrecho.

Vicerrectorado de Campus Bahía de [email protected]

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DE ACTIVIDADES DEL VICERRECTOR DE ALUMNOS

----- martes, 16 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(IES Seritium y Caballero Bonald (Jerez))

Reunión con el Director-Gerente del Hospital Universitario Puerta del Mar (Cádiz)(Hospital Universitario Puerta del Mar)

Reunión con Salvador Catalán(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Tomas posesión Equipo Decanales y Dirección de la UCA(Aula Magna Filosofía)

Reunión con Alumno(Facultad CC del Trabajo)

Reunión con Delegación de Alumnos Económicas(Facultad de CC Económicas y Empresariales, Sala Juntas 1)

----- miércoles, 17 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(IES El Pilar (Jerez))

Reunión con Gerente de la empresa de autobuses Linesur(Sede de la Empresa Linesur en Jerez)

Reunión con Director-Gerente Hospital de Jerez(Hospital de Jerez)

----- jueves, 18 de marzo de 2004 -----

Reunión con el Director del Secretariado de Acceso(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(IES Vega del Guadalete (La Barca de la Florida))

Concentración repulsa por atentado 11M en Madrid(Facultad CC Económicas)

Reunión con Concejal de Transportes del Ayuntamiento de Cádiz(c/ Zaragoza nº 1, Delegación AASS)

Reunión con Alumno(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Entrega de Medallas y Distinciones a Instituciones (Escuela Superior Ingeniería Cádiz)

Reunión con Delegación de Alumnos Escuela Superior de Ingeniería(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Reunión PEUCA

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

(Facultad CC del Trabajo)

Reunión con Delegación de Alumnos de Medicina(Facultad de Medicina) Reunión con el Director del Secretariado Orientación Laboral

----- viernes, 19 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(Colegio Sagrado Corazón y Colegio El Cuco (Jerez))

Reunión con equipo decanal de la Facultad de CC Náuticas(Facultad de CC Náuticas)

Clases(Facultad CC del Mar y Ambientales)

----- lunes, 22 de marzo de 2004 -----

Reunión con el equipo decanal de la Facultad de Ciencias9:00-10:00 (Facultad Ciencias)

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(IES Cortadura y Bahía de Cádiz (Cádiz))

Reunión con Delegación de Alumnos de Ciencias(Facultad de Ciencias)

Asamblea de Alumnos de la titulación de Matemáticas(Facultad de Ciencias)

Rueda de Prensa se presentó el documento de Acogida para la realización de Prácticas Clínicas en los estudios de Pregrado de Enfermería, Fisioterapia y Medicina(Rectorado)

Emisión en directo por radio entrevista sobre la Campaña Cruce de Libros para Onda Local Andalucía

----- martes, 23 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(Colegio Argantonio)

Rueda de Prensa, presentación Campaña fomento a la lectura, Cruce de libros(Rectorado)

Reunión para directivos UCA en el Campus de Puerto Real para tratar sobre la Segunda Fase de la Campaña difusión de la UCA en los Centros de Secundaria(Sala Juntas CASEM)

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria (Colegio San Felipe Neri)

Reunión con el director de la empresa Cadigrafía(Facultad de CC del Trabajo)

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

----- miércoles, 24 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(Colegio La Salle Viña e IES La Viña (Cádiz))

Reunión con el equipo decanal de la Facultad de Medicina(Facultad de Medicina)

Reunión con representante del Comité Carranza(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Reunión Equipo de Gobierno(Sala Juntas Rectorado)

----- jueves, 25 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(IES Dargo y Colegio Salesiano San Ignacio (Cádiz))

Reunión con el Director Área de Deportes(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Reunión con directivos UCA en el Campus de Cádiz para tratar la Segunda Fase de la Campaña difusión de la UCA en los Centros de Secundaria(Sala de Juntas 2 Facultad CC Económicas)

Reunión con Alumno(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Reunión con Representantes de Alumnos de la UCA(Facultad CC Trabajo)

Emisión en directo radiofónica Campaña cruce de libros, para Canal Sur Radio

Reunión del Comité Carranza(Ayuntamiento de Cádiz)

Grabación para emisión radiofónica de madruga sobre la Campaña cruce de libros para Cadena Cope

----- viernes, 26 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(Colegio Amor de Dios e IES Columela (Cádiz))

Clases(Facultad CC del Mar y Ambientales)

----- lunes, 29 de marzo de 2004 -----

Campaña difusión y orientación en Centros de Enseñanza Secundaria(Colegio San Vicente (Cádiz))

Reunión con el Presidente de la Autoridad Portuaria en Cádiz(Autoridad Portuaria)

----- martes, 30 de marzo de 2004 -----

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Reunión con la Jefa del Negociado de Becas(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Reunión del Jurado de Becas MEC(Sala Juntas Vicerrectorado Alumnos)

Reunión con representantes de la Asociación de Estudiantes de Ingeniería Química de Cádiz(Despacho Vicerrector de Alumnos) Reunión con alumno(Despacho Vicerrector de Alumnos)

Reunión con alumno(Facultad CC Trabajo)

Reunión PEUCA(Facultad CC del Trabajo)

Reunión con el Director de la empresa Cadigrafía(Facultad CC Trabajo)

----- m iércoles 31 de marzo de 2004 -----

Presentación a Decanos y Directores de Centro, Directores de Departamento y Sr. Delegados de Centro de la UCA del nuevo Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz(Facultad de Ciencias)

Reunión con equipo decanal de la Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales(Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales)

Reunión con la Delegación de Alumnos de la (Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales)

----- jueves, 01 de abril de 2004 -----

Reunión con el Director del Secretariado de Acceso

Fiesta Primavera

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIAS DE LA SALUD

Entre loas actividades llevadas a cabo a lo largo del mes de marzo pueden destacarse:

Día 1:

- Planificación de actividades con Teresa Campos, Directora de recursos humanos de la Consejería de

Salud.

- Consenso de trabajo con Rafael Burgos, Director General de Personal del Servicio Andaluz de Salud.

- Reunión preparatoria de la comisión paritaria.

- Tomas de posesión.

Día 2:

- Consejo de Dirección

- Celebración de la comisión paritaria Universidad, Servicio Andaluz de Salud

Día 3:

- Entrevista con Eduardo Ayllón (clínica Ayllón de fisioterapia). Posible convenio.

- Reunión con la Profa. Sol Carrasco, directora del departamento de cirugía.

Día 8:

- Reunión Director de Enfermería

Día 9:

- Biblioteca de Ciencias de la Salud.

- Entrevista con Fernando Ramírez (Atención Primaria de Salud de Jerez).

Día 11:

- Reunión Prof. Rosety. Escuela de Medicina del Deporte.

- Consejo de dirección.

Día 15:

- Consejo de Gobierno

Día 16:

- Escuela de Enfermería y Fisioterapia

- Reunión de Departamento de Bioquímica, Fisiología, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud

Pública.

- Tomas de posesión.

Día 17:

- Reunión de la comisión de evaluación de prácticas de enfermería.

Día 18:

- Reunión en delegación de educación y ciencia . Salud escolar

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Día 22:

- Presentación del documento de acogida para las prácticas clínicas de alumnos de ciencias de la salud

- Reunión Mercedes Lozano, alumna de enfermería.

Día 23:

- Reunión delegación de educación. Comedores escolares.

- Entrevista José Mª Traveso Mayoral, enfermero del hospital Puerta del Mar.

Día 24:

- Borrador informe dirección general- consejería de educación

- Consejo de dirección

- Presentación de concurso-oposición.

Día 25:

- Concurso oposición de Salud Pública

Día 29:

- Reunión servicio de endocrinología del hospital Puerta del Mar.

Día 1

- Director General de Universidades: propuesta de integración del profesorado.

- Directora de recursos humanos de la consejería de Salud: vinculación de profesorado.

- Coordinadora de la escuela de enfermería en Jerez de la Frontera

Día 2:

- Reunión con la comisión de evaluación de las prácticas de enfermería.

- Reunión director de departamento de anatomía patologica

- Resolución plazas de asociados de ciencias de la salud con el servicio de personal e informe de

reclamaciones

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Y ACCIÓN SOLIDARIA

- Tramitación y presentación de subvenciones ante la Consejería de Asuntos Sociales en materias de: Inmigrantes (Programa de apoyo a la creación de un Instituto de la Inmigración y Programa de creación de un manual de Buenas Prácticas sobre Derecho de Extranjería) y Primera Infancia (Creación de Guardería).

- Colaboración con la Red “Dos Orillas” en la campaña de recogida de materiales para los damnificados por el terremoto en Marruecos.

- Colaboración, gestión, control y organización de los asistentes al II Congreso Andaluz de Voluntariado, a celebrar en Córdoba.

Reuniones y asistencia a actos:

* 08-03-04. Visita junto con el Sr. Jefe del Área de Infraestructura de la guardería “Los Dálmatas” en Cádiz, perteneciente a Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía

* 09-03-04. Asistencia al Seminario “La Gestión Económica de Organizaciones de Voluntarios”, organizado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía y la Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz.

* 11-03-04. Asistencia a la reunión con la responsable en Naciones Unidas del Programa UNITeS 2004, Voluntariado Internacional, celebrado en la Universidad Autónoma de Madrid.

* 11-03-04. Consejo de Dirección.

* 15-03-04. Consejo de Gobierno celebrado en la Facultad de Ciencias de la Educación.

* 16-03-04. Reunión con el Sr. Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructura, el Sr. Jefe de Seguridad y Sra. Coordinadora de la Oficina Verde.

* 16-03-04. Reunión con el Sr. Secretario del Consejo Social.

* 18-03-04. Asistencia a la reunión que mantuvo el Sr. Rector con el Comisionado de la Fundación para Ayuda a la Drogodependencia.

* 23-03-04. Reunión con el Sr. Secretario de Ingeniería Sin Fronteras Cádiz. D. Juan Manuel Alías Ruiz. Asunto: I Campaña Andaluza de Tecnología para el Desarrollo Humano.

* 24-03-04. Reunión con Dª. Lucía Benítez Eyzaguirre, Canal Sur Televisión. Asunto: Instituto de la Inmigración.

* 25-03-04. Reunión con miembros del Comité de Empresa y Junta del PAS, los cuales realizan la “Presentación del Plan de Trabajo sobre Igualdad de Oportunidades en la UCA”.

* 26-03-04. Reunión con el Presidente de la Asamblea Provincial de Cruz Roja en Cádiz.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

* 26-03-04. Reunión con Técnico de la Oficina del Voluntariado del Ayuntamiento de Cádiz y la Asociación Juventud 85.

* 30-03-04. Reunión con el Sr. Director de Personal. Asunto: Comisión de Acción Social.

* 31-03-04. Reunión con miembros del Aula Verde: Dª. Charo Solera, D. Enrique Montero, D. Antonio Navarrete y D. Alejandro Hurtado Pérez de Mendoza.

* 31-03-04. Asistencia a la presentación del Anuario de Andalucía 2004 del Grupo Joly.

* 12-04-03. Consejo de Dirección.

* 13-04-03. Consejo de Dirección en Algeciras.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

INFORME DE ACTIVIDADES DE GERENCIA

Las actividades más relevantes de la Gerencia desde el pasado día 16 de marzo hasta el día 15 de este mes han sido las siguientes:

MarzoDía 16:

• Reunión en el Rectorado con la firma auditora designada por el Consejo Social Deloitte & Touche para tratar sobre la auditoría 2.003.

• Asistencia en la Facultad de Filosofía y Letras al Acto de Toma de Posesión de los nuevos equipos decanales y de dirección.

Día 17:• Reunión con D. José Alcántara de la firma NECSO.

Día 18:• Asistencia en el Rectorado a la reunión de la Comisión de Control del Plan de Pensiones.• Asistencia a la reunión de simulación del proceso de Planificación docente con

UNIVERSITAS XXI en la E.U. de Ciencias de la Salud.

Día 19:• Asistencia a la reunión de Gerentes de las Universidades Públicas de Andalucía en Sevilla.

Día 22:• Asistencia como miembro del Tribunal al tercer ejercicio de las oposiciones por el sistema de

promoción interna a la Escala Técnica de Gestión.

Día 23:• Asistencia a la reunión del Grupo Recursos Materiales del Plan Estratégico en el Campus de

Puerto Real.

Día 24:• Asistencia como miembro de la Comisión de Valoración del concurso de méritos para la plaza

de gestor de Departamento de la Facultad de Filosofía y Letras.

Día 25:• Asistencia a la sesión informativa dirigida a los Decanos y Directores de Centros y Directores de

Departamentos en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

Día 26:• Reunión con Administradores en el Rectorado.

Día 29:• Asistencia a Mesa de Contratación en el Rectorado.

Día 30:• Reunión sobre evaluación del Servicio de Mantenimiento en el Aulario de la Bomba.

Día 31:

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• Asistencia a la Jornada de formación de Comités de Evaluación y Servicios y Titulaciones celebrada en el CASEM.

• Asistencia a la Sesión del Pleno del Consejo Social en la Facultad de Derecho.

AbrilDía 2:

• Reunión en el Rectorado con la firma auditora designada por el Consejo Social Deloitte & Touche.

Día 12:• Reunión del Consejo de Dirección en el Rectorado.

Día 13:• Reunión del Consejo de Dirección en el Campus de la Bahía de Algeciras.

Día 14:• Reunión de Gerentes de las Universidades Públicas de Andalucía en Sevilla.

Día 16:• Sesión ordinaria del Consejo de Gobierno.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

DISPOSICIONES NORMATIVAS DE INTERÉS

BOES

RESOLUCIÓN de la Universidad de Cádiz (BOE nº 28 de 2004) por la que se anuncia concurso público para la adquisición de una cámara termográfica y un sistema de calibración de temperatura.

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2004, (BOE nº 43 de 2004) de la Presidencia del Consejo de Coordinación Universitaria, por la que se hace pública la relación de candidatos habilitados para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, área de conocimiento de "Química Orgánica", para concurrir a concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2004, (BOE nº 43 de 2004) de la Presidencia del Consejo de Coordinación Universitaria, por la que se hace pública la relación de candidatos habilitados para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, área de conocimiento de "Historia de América", para concurrir a concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2004, (BOE nº 43 de 2004) de la Presidencia del Consejo de Coordinación Universitaria, por la que se hace pública la relación de candidatos habilitados para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, área de conocimiento de "Historia del Arte", para concurrir a concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.

RESOLUCIÓN del Rector de la Universidad de Cádiz (BOE nº 52 de 1 de marzo de 2004) por la que se anuncia concurso para la contratación del suministro e instalación de equipamiento electrónico para la red de comunicaciones del Campus de la Asunción en Jerez de la Frontera y el nuevo edificio de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia en Cádiz.

RESOLUCIÓN del Rector de la Universidad de Cádiz por la que se anuncia concurso público para contratación de mobiliario para aulas con destino el edificio Aulario del Campus de la Asunción en Jerez de la Frontera (Cádiz) y la nueva Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia en Cádiz.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

BOJAS

RESOLUCIÓN de 5 de enero de 2004 (BOJA nº 23 de 4 de febrero de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se nombran Profesores Universitarios.D. Francisco José Pacheco RomeroDña. Margarita Castilla BareaD. Eulogio García VallinasD. José Candido Martín FernándezDña. Concepción Ferguson AmoresDña. Rosa María Durán PatrónD. Victor Manuel Palacios MaciasD. Juan Gómez BenitezD. Antonio María Agustín González López

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2004 (BOJA, nº 28 de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Técnica de Gestión, Especialidad Informática, por el sistema de promoción interna.

RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2004 (BOJA, nº 29 de 12 de febrero de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escla de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad por el sistema de promoción interna.

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2004, (BOJA, nº 29 de 12 de febrero de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios vacantes en esta Universidad, mediante concurso de Méritos.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2004, (BOJA, nº 32 de 17 de febrero de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesores Contratados, mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial.

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2004, (BOJA, nº 32 de 17 de febrero de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación laboral de un Profesor Asociado de Ciencias de la Salud.

RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2004, (BOJA, nº 41 de 1 de marzo de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que nombran Profesores Universitarios.D. Carlos Pendón MeléndezD. Juan José Muñoz PérezD. José Miguel García CasasDña. Josefina Aleu CasatejadaD. Francisco Javier Moreno DoradoDña. Mª Remedios Moreno BreaDña. Pilar González Rodríguez

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2004, (BOJA nº 41 de 1 de marzo de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se pública Comisión Juzgadora de concurso de Profesorado Universitario.

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2004, (BOJA nº 42 de 2 de marzo de 2004) de la Universidad de Cádiz, por la que se publican Comisiones Juzgadoras de concurso de Profesorado Universitario.

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2004, (BOJA nº 52 de 16 de marzo de 2004), de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de profesores contratados, mediante contrato laboral especial de duración determinada parcial.

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

RELACIÓN DE CONVENIOS SUSCRITOS POR LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

Consejo de Gobierno 16 de abril de 2004

ENTIDADOBJETO DEL CONVENIO FECHA

Empresa UGC IBERIA S. A. (Convenio Específico de Colaboración)

Coorganización del programa del Vicerrectorado de Extensión Universitaria denominado "Campus Cinema" en los multicines que UGC posee en la Localidad de los Barrios

01-10-2003

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Practicas de Derecho, Ayuntamientos de Olvera, Barbate y Benalup-Casas Viejas

Completar los conocimientos adquiridos por los estudiantes proporcionándoles una visión práctica del ejercicio del Derecho.

30-10-03

CEPES-ANDALUCÍA Y FUECA (Acuerdo Específico de Colaboración)

Colaboración entre la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, CEPES-ANDALUCIA, UCA Y FUECA, para la impartición del curso "Información y Negocios en la Red"

21-01-04

Rescisión del Protocolo Tercero de Desarrollo del Convenio Marco de Colaboración formalizado entre la Fundación Universidad Empresa de la Provincia de Cádiz y la Universidad de Cádiz el 18 de enero de 1999

El 18 de mayo de 1999 Ambas entidades se comprometen a mantener una mutua colaboración, en atención al mejor cumplimiento de sus fines...

02-02-04

Ayuntamiento de Jimena de la Frontera (Convenio Marco de Colaboración)

La realización de Cursos, Seminarios o Actividades Docentes e Investigadoras 09-02-04

Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (Acuerdo Específico de colaboración)

Estudio de la adecuación y acondicionamiento para instalaciones y actuaciones de investigación y uso público de los terrenos colindantes al río San Pedro (Puerto Real-Cádiz)

11-02-04

Pacto por el Bienestar Social desde Andalucía Recoger el compromiso real, y eficaz de las entidades, administraciones, agentes socioeconómicos, instituciones participantes en pro del establecimiento de una planificación viable de futuro que contribuya al establecimiento de las bases para el Bienestar

17-02-04

Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (Acuerdo Específico)

Incorporación a la Red de Información Ambiental de Andalucía 19-02-04

Asociación Juvenil de Voluntariado Internacional y Local YAVIL (Convenio Marco de Colaboración)

Difusión y participación de los jóvenes de la provincia de Cádiz en los distintos programas de movilidad Juvenil de la Unión Europea

19-02-04

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ANEXO I AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y Universidades Públicas de Andalucía (Convenio de Colaboración)

Reconocer validez y eficacia a los Registros generales de las Universidades Públicas de Andalucía

23-02-04

Ortopedia Garo S. L. (Convenio Específico de Colaboración)

Prácticas de Estudiantes 20-02-04

Ayuntamiento de Chipiona (Convenio Marco de Colaboración)

Cooperación entre ambas partes en materia de promoción cultural, alumnado, docencia, investigación y otras actividades de índole universitaria

09-03-04

Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen JEREZ-XÉREZ-SHERRY, MANZANILLA-SANLUCAR DE BARRAMEDA Y VINAGRE DE JEREZ (Acuerdo Marco)

Mejorar sus respectivos cometidos 24-03-04

Universidad Tecnológica de Honduras (Convenio Marco de Colaboración)

La Realización de Cursos, Seminarios o Actividades Docentes e Investigadoras 26-03-04

Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz (Addenda al Convenio Marco)

Proyectos de Investigación sobre la Sierra de Cádiz, Procesos de evaluación Institucional de política sectoriales, prácticas de empresa, publicaciones, y otras actividades formativas

26-03-04

47

ANEXO II AL ACTA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROPUESTA DE CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE

CADIZ

El tiempo transcurrido desde que la Junta de Gobierno aprobara los criterios de reducción por carga docente (julio-01), la entrada en vigor de nuestros Estatutos y de la normativa concordante, la conveniencia de dar respuesta a nuevas situaciones y, sobre todo, la necesidad de concretar el alcance de alguno de los criterios que en la citada Junta de Gobierno quedaron sólo parcialmente definidos, aconsejan la aprobación de los criterios de valoración de la actividad universitaria del profesorado.

El alcance innovador de los que aquí se proponen es sumamente limitado. Lo que responde a su vocación de clarificar situaciones que la práctica ha demostrado equívocas pero que requieren respuestas claras, y a la consciencia de que una normativa completa reguladora de la actividad universitaria no puede abordarse con garantías sin contar con el respaldo normativo que han de suponer el Real Decreto sobre régimen del profesorado universitario, y el Reglamento homónimo que desarrolle la Ley Andaluza de Universidades.

Los acontecimientos políticos permiten aventurar cierta tardanza en la aparición y vigencia de dichas normas; pero, habida cuenta de que la reorganización a que obligan no sólo acontecimientos internos a nuestra Universidad (proceso general de elecciones y asunción de responsabilidades de nuevos cargos), sino también decisiones que son de obligado cumplimiento (disposiciones transitorias segunda y tercera de la LAU), necesita referencias y criterios precisos, la “Propuesta” que se somete a este Consejo de Gobierno sólo puede tener alcance limitado.

1

ANEXO II AL ACTA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

I. VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA

I.1. ACTIVIDAD DOCENTEI.1.1. Actividad Docente Tipo A

Es la actividad docente reglada, de Grado, Postgrado y Doctorado, que se computará en los siguientes términos:

-Docencia en asignaturas (T, Ob, Op.) de primer y segundo ciclo: duración completa de las clases teóricas y prácticas impartidas.

-Docencia en asignaturas de tercer ciclo: duración completa de las clases impartidas.

-Dirección de tesis doctorales: 1,25 créditos por tesis correspondiente a DEA obtenido en el curso anterior.

-Dirección de proyectos fin de carrera: 1 crédito por proyecto asignado en el curso anterior.

-Coordinación de programas de doctorado de calidad o de ámbito internacional: 6 créditos.

-Actividades académicamente dirigidas contempladas específicamente en planes de estudios: 0,1 crédito por cada grupo de alumnos no menor de 10, con reconocimiento de 3 créditos al alumno. (Máximo 3 créditos)

-Docencia en cursos de acceso de mayores de 25 años, del “Aula de Mayores”, cursos estacionales de la UCA y equivalentes: duración completa de las clases impartidas, siempre que no sean retribuidas y siempre que no supongan reducción de la carga docente que corresponda a cada profesor de acuerdo con los criterios anteriores.

-Tutorización de prácticas en empresas: 2% de la carga lectiva por cada 5 alumnos autorizados.

-Coordinación académica de programas Sócrates-Erasmus-Seneca: 1 crédito.

-Coordinación ECTS de Titulación: 1 crédito.

-Participación en actividades de innovación y coordinación, incluidas las determinadas por participación en otros programas internacionales, establecidas con carácter previo por los vicerrectorados de Profesorado y Ordenación Académica: duración de las actividades docentes realizadas en el contexto de dichas actividades, ponderada de acuerdo con los criterios que para cada actividad hayan establecido los mismos vicerrectorados.

La Actividad docente de Tipo A será contabilizada para cada profesor dentro de su “capacidad inicial” .

I.1.2. Actividad Docente Tipo B

Incluye las actividades que complementan la docencia reglada, dirigidas a la atención del alumno, la mejora de la calidad de las titulaciones, adecuación a los cambios impuestos por la incorporación al espacio europeo de enseñanza superior, etc.

2

ANEXO II AL ACTA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004I.2. ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE GESTIÓN

De acuerdo con los criterios ya citados, y sin perjuicio de la vigencia de normativa de rango superior, se propone la siguiente valoración:

• RECTOR 24 creditos; 100% CI• VICERRECTORES Y SECRETARIO GENERAL 18 créditos; 75% CI• DECANOS Y DIRECTORES DE CENTROS 18 créditos; 75% CI• DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 24 créditos 100%CI• DIRECTORES GENERALES 18 créditos; 75% CI• DIRECTORES DE SECRETARIADO 12 créditos; 50%CI• VICESECRETARIO GENERAL 12 créditos; 50% CI• SECRETARIOS DE CENTROS 12 créditos; 50% CI• DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS 12 créditos; 50% CI• DIRECTOR DE CENTRO ADSCRITO Hasta 12 créditos• DIRECTOR DEL C.I.T.I, OTRI 18 créditos; 75% CI• DIRECTORES DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS 12 créditos; 50% CI• DIRECTOR DE LA UNIDAD PARA LA CALIDAD 18 créditos; 75% CI• ADJUNTOS AL DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 12 créditos; 50% CI• VICEDECANOS Y SUBDIRECTORES DE CENTROS 6 créditos; 25% CI• SEC. DE DEPARTAMENTOS E INST. UNIVERSITARIOS 6 créditos ;25% CI• DIRECTOR DEL SERVICIO DE PUBLICACIONES 12 créditos; 50% CI• DIRECTORES DE COLEGIOS MAYORES 6 créditos; 25% CI• DIRECTOR DEL CENTRO S. LENGUAS MODERNAS 12 créditos; 50% ci• PRESIDENTE JUNTA PDI O COMITÉ EMPRESA 6 créditos; 25% CI• DIRECTOR DE RELACIONES INTERNACIONALES 18 créditos; 75%• DIRECTOR DE SERVICIOS O UNIDADES

CENTRALES DE INVESTIGACIÓN 12 créditos; 50% CI• DIRECTORES DE SECCIONES DEPARTAMENTALES Hasta 4 créditos• MIEMBROS DE LA JUNTA DEL PDI 4 créditos

Otras Actividades de Gestión

Coordinación de servicios, participación en Juntas de Centro, Comisiones de Ordenación Académica de los Centros, Comisiones delegadas de Junta de Gobierno y de Juntas de Centro, Comités de Evaluación de Centros, Titulaciones y Departamentos, etc.

I.3. ACTIVIDAD INVESTIGADORA

La condición de investigador principal de proyectos de investigación o de grupos de investigación homologados será valorada con dos créditos/ año, siempre que cuente con elVº Bº previo del Vicerrectorado de Investigación.

La realización de tesis doctorales por el profesorado TEU a TC, durante tres cursos académicos como máximo, será valorada con dos créditos por año informado favorablemente por su Director

3

ANEXO II AL ACTA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

II. VALORACION DE LA CAPACIDAD DOCENTE

II.1. Capacidad inicial

CU, TU, CEU, TEU, colaborador, contratado doctor, ayudante doctor, todos ellos a tiempo completo: 24 créditos, excepto en plazas vinculadas de Ciencias de la Salud, cuya capacidad es de 18 créditos.Si la dedicación fuese a tiempo parcial: 18 créditos.

Ayudantes: 6 créditos los dos primeros años; 12, los dos siguientes, salvo que la legislación autonómica prevea otras posibilidades.

Asociados: 1,5 créditos por cada hora de dedicación semanal contratada con duración anual

Profesores contratados por tiempo inferior al año: créditos proporcionales a tiempo de contratación.

II.2. Capacidad de un Área

La “capacidad docente” de un área de conocimiento es la que resulta de restar a su “capacidad inicial” la “actividad académica de gestión” y la “actividad investigadora” desarrollada por los miembros de la misma.

Las necesidades de profesorado de un área de conocimiento serán determinadas por su “capacidad docente”, es decir en función de su “capacidad inicial”, la “actividad académica de gestión” y la “actividad investigadora” desarrolladas por sus miembros.

La cuantificación resultante de los criterios anteriores determinará la elaboración de un listado de áreas, ordenado de acuerdo con sus necesidades y aportaciones, que deberá ser tenido en cuenta a la hora de hacer frente a las necesidades docentes de la UCA.

4

ANEXO II AL ACTA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004III. ACTIVIDAD FINANCIADA

La planificación docente de centros y departamentos debe adecuarse a las posibilidades reales de la UCA, recordando que los criterios de financiación acordados con la Junta de Andalucía son referencias presupuestarias. Por tanto no constituyen un criterio de determinación de la carga docente –que en todo caso será la real- sino un criterio de máximos: la organización docente de la actividad total del área no podrá suponer una superación de los criterios de financiación. Esta regla general sólo podrá conocer excepciones, a fundamentar en cada caso, por limitaciones de equipamiento o necesidades, previamente aprobadas, de innovación docente.

Según dichos criterios, el número de grupos financiados de cada asignatura se determina según el número de alumnos matriculados en ella y el número de alumnos por grupo señalados en la tabla adjunta, en donde no se tienen en cuenta los restos para formar nuevos grupos.

Docencia Teórica PrácticaCOE1 COE2 COE3 COE4 COE5 COE6

1º CICLO 75 50 40 35 25 20 152º CICLO 75 40 35 30 20 15 10

COE: coeficiente de experimentalidad del Área de conocimiento de adscripción de la asignatura

PROPUESTA DE CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE

CADIZ

Modificaciones introducidas en Consejo de Gobierno de 15 de marzo 2004

I. VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA

I.1. ACTIVIDAD DOCENTEI.1.1. Actividad Docente Tipo A

I.2. ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE GESTIÓN

De acuerdo con los criterios ya citados, y sin perjuicio de la vigencia de normativa de rango superior, se propone la siguiente valoración:

• RECTOR 24 creditos; 100% CI• VICERRECTORES Y SECRETARIO GENERAL 18 créditos; 75% CI• DECANOS Y DIRECTORES DE CENTROS 18 créditos; 75% CI• DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 24 créditos 100%CI• DIRECTORES GENERALES 18 créditos; 75% CI• DIRECTORES DE SECRETARIADO 12 créditos; 50%CI• VICESECRETARIO GENERAL 12 créditos; 50% CI• SECRETARIOS DE CENTROS 12 créditos; 50% CI

5

ANEXO II AL ACTA DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004• DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS 12 créditos; 50% CI• DIRECTOR DE CENTRO ADSCRITO Hasta 12 créditos• DIRECTOR DEL C.I.T.I, OTRI 18 créditos; 75% CI• DIRECTORES DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS 12 créditos; 50% CI• DIRECTOR DE LA UNIDAD PARA LA CALIDAD 18 créditos; 75% CI• ADJUNTOS AL DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 12 créditos; 50% CI• VICEDECANOS Y SUBDIRECTORES DE CENTROS 6 créditos; 25% CI• SEC. DE DEPARTAMENTOS E INST. UNIVERSITARIOS 6 créditos ;25% CI• DIRECTOR DEL SERVICIO DE PUBLICACIONES 12 créditos; 50% CI• DIRECTORES DE COLEGIOS MAYORES 6 créditos; 25% CI• DIRECTOR DEL CENTRO S. LENGUAS MODERNAS 12 créditos; 50% ci• PRESIDENTE JUNTA PDI O COMITÉ EMPRESA 6 créditos; 25% CI• DIRECTOR DE RELACIONES INTERNACIONALES 18 créditos; 75%• DIRECTOR DE SERVICIOS O UNIDADES

CENTRALES DE INVESTIGACIÓN 12 créditos; 50% CI• DIRECTORES DE SECCIONES DEPARTAMENTALES Hasta 4 créditos• MIEMBROS DE LA JUNTA DEL PDI 4 créditos

Otras Actividades de Gestión

6

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROPUESTA DE CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE

CADIZ

El tiempo transcurrido desde que la Junta de Gobierno aprobara los criterios de reducción por carga docente (julio-01), la entrada en vigor de nuestros Estatutos y de la normativa concordante, la conveniencia de dar respuesta a nuevas situaciones y, sobre todo, la necesidad de concretar el alcance de alguno de los extremos que en la citada Junta de Gobierno quedaron sólo parcialmente definidos, aconsejan la aprobación de los criterios de valoración de la actividad universitaria del profesorado.

Con ello se pretende, además, garantizar la necesaria transparencia en materia de contratación, así como ofrecer un reflejo fiel –aunque forzosamente limitado- de la actividad que se desarrolla en cada una de las unidades de la UCA, incida o no en la política de contrataciones.

El alcance innovador de esta propuesta es, con todo, limitado. Lo que responde a su vocación de clarificar situaciones que la práctica ha demostrado equívocas pero que requieren respuestas claras, y a la conciencia de que una normativa completa reguladora de la actividad universitaria no puede abordarse con garantías sin contar con el respaldo normativo que han de suponer el Real Decreto sobre régimen del profesorado universitario y el Reglamento homónimo que desarrolle la Ley Andaluza de Universidades.

Presentados estos criterios a la comunidad universitaria en el Consejo de Gobierno de 15 de marzo, y abierto el correspondiente período de alegaciones –numerosas y no siempre coincidentes, como impone el carácter plural y heterogéneo de sus puntos de partida- el texto sometido a Consejo de Gobierno pretende sintetizar las diferentes propuestas haciéndolas compatibles con su objetivo esencial: suministrar parámetros objetivos de valoración de la actividad del profesorado, que, a su vez, brinden fundamento suficiente a una política de contrataciones tendente a equilibrar las distintas áreas de conocimiento. ……………………………………………………………………………………………………………….ENMENDANTES: AA: Arturo Alvarez

AD: Alarcón DuránCD: coordinadores de doctoradoCDD: Carlos Delgado DïazCGB: Carmelo García BarrosoDD: directores de departamentoDDJB: departamento disciplinas jurídicas básicasEZ: Eva ZubíaGde.: García de CanalesGM: Gámez Mellado, Antonio y Marín, LuisGO. García OrdóñezIH: Ignacio HernándezLA: López AguayoLG: Luis GiraldoLH: Laura HowardMAP: Miguel Angel ParrónMM: Martín MincheroPM: Pendón MeléndezSG: Mercedes Soto GarcíaVOAeIE: Vicerrectorado de Ordenación AcadémicaVT: Vigneron Tenorio

ABREVIATURAS: ED: enmienda denegadaEAP: enmienda admitida parcialmente EAT: enmienda admitida

1

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

I. VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA

I.1. ACTIVIDAD DOCENTEI.1.1. Actividad Docente Tipo A

Es la actividad docente presencial reglada, de Grado, Postgrado y Doctorado, que se computará en los siguientes términos:

-Docencia en asignaturas (T, Ob, Op.) de primer y segundo ciclo: duración completa de las clases teóricas y prácticas impartidas.

-Docencia en asignaturas de tercer ciclo: duración completa de las clases impartidas1.

-Actividades académicamente dirigidas contempladas específicamente en planes de estudios: 0,1 crédito por cada grupo de alumnos no menor de 10, con reconocimiento de 3 créditos al alumno. (Máximo 3 créditos)

-Dirección de proyectos fin de carrera: 1 crédito por proyecto asignado en el curso anterior al área de conocimiento2. Esta asignación será objeto de programación conjunta con por parte del Departamento afectado y el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

-Docencia en cursos de acceso de mayores de 25 años, del “Aula de Mayores”, cursos estacionales de la UCA y equivalentes: se asimila a la docencia presencial reglada, siempre que no sea retribuida y siempre que no suponga reducción, sino aumento de aquélla.

La Actividad docente de Tipo A será contabilizada para cada profesor dentro de su “capacidad inicial”.

I.1.2. Actividad Docente Tipo B

Incluye las actividades que complementan la docencia reglada, dirigidas a la atención del alumno, la mejora de la calidad de las titulaciones, adecuación a los cambios impuestos por la incorporación al espacio europeo de enseñanza superior, etc.:

-Tutorización de prácticas externas: 0,5 créditos por alumno tutorizado con un máximo de 3 créditos.3

-Coordinación académica de programas Sócrates-Erasmus y equivalentes: 1 (de 3 a 5 alumnos), 2 (de 6 a 11 alumnos) o 3 créditos (más de 12 alumnos).4

1 ED AA propone pasar este apartado a Actividad Docente Tipo B

2 EATEnmienda pactada con DD.EDMM pide créditos por pertenencia a tribunales de exámenes para proyectos de fin de carrera3

3

EATPresentada por DD4

4

EATPresentada pòr DD y LHEAPSG propone un cuadro más pormenorizado pero sustancialmente similar

2

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

-Coordinación ECTS de Titulación: 1 (hasta 10 alumnos), 2 (de 11 a 20 alumnos) 0 3 créditos (más de 20 alumnos). En caso de concurrencia de esta coordinación con la de programas Sócrates-Erasmus en la misma persona, el máximo computado será de tres créditos5.

-Dirección de tesis doctorales: 1 crédito anual por tesis realizadas por quienes obtuvieron en el curso académico anterior el DEA o la suficiencia investigadora (máximo 4 anualidades)6.

-Coordinación de programas de doctorado: 3 créditos. Programas que solicitaron mención de calidad: 5 créditos. Programas interuniversitarios: 5 créditos.

-Participación en actividades de innovación y coordinación, incluidas las determinadas por participación en otros programas internacionales, establecidas con carácter previo por los Vicerrectorados de Profesorado y de Ordenación Académica e Innovación Educativa. Se valorarán en cada caso las actividades docentes realizadas, dando cuenta al Consejo de Gobierno. A título de ejemplo, los créditos de las asignaturas que se impliquen en proyectos piloto de implantación del modelo de convergencia en los primeros cursos se contabilizarán aplicando un coeficiente de 1,25 para el curso 2004-2005.

Para el mismo curso 2004-2005 se reconocerán igualmente 4 créditos a los coordinadores de las titulaciones que se impliquen en experiencias piloto, a los coordinadores de dobles titulaciones, a los coordinadores de aulas abiertas en campus distintos de la sede del centro que coordina la titulación, y a los coordinadores de titulaciones de nueva implantación. Estas reducciones, manteniendo su naturaleza, son acumulables a la correspondiente a los cargos de Vicedecano y Subdirector de Centro7, aunque alternativamente puedan recaer sobre otros profesores.

-La docencia presencial que haga necesarios desplazamientos de los campus de Jerez de la Frontera-Cádiz-Puerto Real al de Bahía de Algeciras, o viceversa, se considerará incrementada en dos horas8.

-La docencia presencial que haga necesarios traslados entre los campus de Jerez de la Frontera-Cádiz-Puerto Real se incrementará de modo que el campus en el que tenga más docencia un profesor se considere como el de referencia, y por cada crédito que se imparta en los demás campus se reconozca 0,1 crédito adicional. Para ello deberá justificarse la necesidad de asignación de docencia a varios campus.

5 EATPresentada por LH6

6

EATPresentada por DD7 EATAlegación del VOAeIE8

8

EATPresentada por DDEAPDDJB pide que se tenga en cuenta también la docencia en distintos centros

3

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

I.2. ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE GESTIÓN

I.2.1. Actividades académicas de gestión Tipo A

De acuerdo con los criterios ya citados, y sin perjuicio de la vigencia de normativa de rango superior, se propone la siguiente valoración:

• RECTOR 100% CI (24 créditos)• VICERRECTORES Y SECRETARIO GENERAL 75% CI (18 créditos) • DECANOS Y DIRECTORES DE CENTROS 75% CI (18 créditos)• DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 100%CI (24 créditos)• DIRECTORES GENERALES 75% CI (18 créditos) • DIRECTORES DE SECRETARIADO 50% CI (12 créditos) • VICESECRETARIO GENERAL 50% CI (12 créditos) • SECRETARIOS DE CENTROS 50% CI (12 créditos) • DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS 50% CI (12 créditos) 9• DIRECTOR DE CENTRO ADSCRITO Hasta 50% (12 créd.)• DIRECTOR DEL C.I.T.I, OTRI 75% CI (18 créditos) • DIRECTORES DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS 50% CI (12 créditos) • DIRECTOR DE LA UNIDAD PARA EVALUACIÓN Y CALIDAD 75% CI (18 créditos) • ADJUNTOS AL DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 50% CI (12 créditos) • VICEDECANOS Y SUBDIRECTORES DE CENTROS 25% CI (6 créditos)10

• SEC. DE DEPARTAMENTOS E INST. UNIVERSITARIOS 25% CI (6 créditos)• DIRECTOR DEL SERVICIO DE PUBLICACIONES 50% CI (12 créditos) • DIRECTORES DE COLEGIOS MAYORES 25% CI (6 créditos) • DIRECTOR DEL CENTRO S. LENGUAS MODERNAS 50% CI (12 créditos)• PRESIDENTE JUNTA PDI O COMITÉ EMPRESA 25% CI (6 créditos) • DIRECTOR DE RELACIONES INTERNACIONALES 75%CI (18 créditos) • DIRECTOR DE SERVICIOS O UNIDADES

CENTRALES DE INVESTIGACIÓN 50% CI (12 créditos)11 • DIRECTORES DE SECCIONES DEPARTAMENTALES Hasta 4 créditos12

• COORDINADOR DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CON MENCIÓN DE CALIDAD 6 créditos

9 EDDD propone elevar, según los casos, la reducción de Directores y Secretarios de Departamento

hasta el 75% y 50%.

10 EDAD propone 9 créditos, por dedicación de vicedecanos a practicum: se contempla en prácticas externas. VT, propone 9 créditos a vicedecanos y subdirectores, pues “no se debe reducir”

CDD propone 12 créditos.

GdeC. propone 9 créditos para ciertos centros sobrecargados

11 EDEZ propone 3 créditos para los responsables científicos del servicio central de ciencia y tecnología.

PD: pide 12 créditos al supervisor de instalación radioactiva y 6 para el responsable de unidad de investigación del Servicio Central de Ciencia y Tecnología12

1

EDCDD propone 4 créditos (no Hasta 4) a directores de secciones departamentales

4

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• MIEMBROS DE LA JUNTA DEL PDI 6 créditos13.•

I.2.2. Actividades académicas de gestión Tipo B14

Participación en Consejo de Gobierno: 1,5 créditos.

Participación en Juntas de Centro, Comisiones de Consejo de Gobierno, Comisión de Doctorado de la UCA, y en Comités de evaluación de Titulaciones, Centros y Departamentos: 1 crédito.

Participación en Comisiones de Centro: 0,5 créditos.

I.3. ACTIVIDAD INVESTIGADORA

La condición de investigador principal de proyectos de investigación o de grupos de investigación homologados será valorada con dos créditos/ año.

La realización de tesis doctorales por el profesorado TEU a TC, durante tres cursos académicos como máximo, será valorada con dos créditos por año informado favorablemente por su Director, siempre que esta actividad del profesor TEU no haya sido valorada con anterioridad.

13 EATPresentada por GO, en concordancia matarial con Ley 9/8714

1

EATPresentada por DD

5

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

II. VALORACION DE LA CAPACIDAD DOCENTE

II.1. Capacidad inicial

Se entiende por “capacidad inicial” la docencia máxima que, con carácter general, impone a cada profesor la normativa estatal y autonómica aplicable.

En la actualidad:

CU, TU, CEU, colaborador, contratado doctor, ayudante doctor, todos ellos a tiempo completo: 24 créditos, excepto en plazas vinculadas de Ciencias de la Salud, cuya capacidad es de 18 créditos.

TEU, 32 créditos (24 en la UCA por acuerdo de Junta de Gobierno).

Si la dedicación fuese a tiempo parcial: 18 créditos.

Ayudantes: 6 créditos los dos primeros años; 12, los dos siguientes, salvo que la legislación autonómica prevea otras posibilidades.

Asociados: 1,5 créditos por cada hora de dedicación semanal contratada con duración anual. (3 créditos por cada hora de docencia contratada anualmente)

Profesores contratados por tiempo inferior al año: créditos proporcionales a tiempo de contratación.

II.2. “Capacidad docente” de un Área y actividad reconocida a efectos de necesidades de contratación

La “capacidad docente” de un área de conocimiento es la que resulta de restar a su “capacidad inicial” las “actividades académicas de Tipo A” y la “actividad investigadora” desarrollada por los miembros de la misma.

Las necesidades de profesorado de un área de conocimiento serán determinadas por la relación entre su “capacidad docente” y su “actividad docente de tipo A”.

A los demás efectos, se tendrá en cuenta como actividad docente, la suma de los créditos correspondientes a actividad docente –tipo A y tipo B-. En concreto, esa suma determinará un listado de áreas que deberá ser tenido en cuenta a la hora de hacer frente de modo equilibrado a las necesidades docentes de la UCA15. Igualmente, se tendrá en cuenta la actividad docente total a efectos de organización interna y distribución de funciones en el seno de áreas y Departamentos, según se contempla en las instrucciones de planificación docente.

Como norma, supuesto que un área tenga disponibilidad de profesorado, los derechos a reducciones deben sumarse a las obligaciones docentes en las diferentes asignaturas, y a continuación hacer un reparto en términos equitativos, de modo que si se compara la situación final de cada profesor la suma de [derechos a reducción + la dedicación docente] de lugar a valores similares.

15

1

EATPropone el reequilibrio en la contratación como objetivo IH

6

ANEXO III AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

III. ACTIVIDAD FINANCIADA16

La planificación docente de centros y departamentos debe adecuarse a las posibilidades reales de la UCA, recordando que los criterios de financiación acordados con la Junta de Andalucía son referencias presupuestarias. Por tanto no constituyen un criterio de determinación de la carga docente –que en todo caso será la real- sino un criterio de máximos: la organización docente de la actividad total del área no podrá suponer una superación de los criterios de financiación. Esta regla general sólo podrá conocer excepciones, a fundamentar en cada caso, por limitaciones de equipamiento o necesidades, previamente aprobadas, de innovación docente.

A tenor de dichos criterios, el número de grupos financiados de cada asignatura se determina según el número de alumnos matriculados en ella y el número de alumnos por grupo señalados en la tabla adjunta, en donde no se tienen en cuenta los restos para formar nuevos grupos.

Docencia Teórica PrácticaCOE1 COE2 COE3 COE4 COE5 COE6

1º CICLO 75 50 40 35 25 20 152º CICLO 75 40 35 30 20 15 10

COE: coeficiente de experimentalidad del Área de conocimiento de adscripción de la asignatura

La aplicación concreta de estas normas en materia de planificación docente será objeto de desarrollo mediante las instrucciones que emita el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

16

1

EDAA: propone respetar el máximo de alumnos financiados en prácticas, no en teóricas.

GM: propone crear grupos nuevos con los restos.

7

ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE CADIZ

El tiempo transcurrido desde que la Junta de Gobierno aprobara los criterios de reducción por carga docente (julio-01), la entrada en vigor de nuestros Estatutos y de la normativa concordante, la conveniencia de dar respuesta a nuevas situaciones y, sobre todo, la necesidad de concretar el alcance de alguno de los extremos que en la citada Junta de Gobierno quedaron sólo parcialmente definidos, aconsejan la aprobación de los criterios de valoración de la actividad universitaria del profesorado.

Con ello se pretende, además, garantizar la necesaria transparencia en materia de contratación, así como ofrecer un reflejo fiel –aunque forzosamente limitado- de la actividad que se desarrolla en cada una de las unidades de la UCA, incida o no en la política de contrataciones.

El alcance innovador de esta propuesta es, con todo, limitado. Lo que responde a su vocación de clarificar situaciones que la práctica ha demostrado equívocas pero que requieren respuestas claras, y a la conciencia de que una normativa completa reguladora de la actividad universitaria no puede abordarse con garantías sin contar con el respaldo normativo que han de suponer el Real Decreto sobre régimen del profesorado universitario y el Reglamento homónimo que desarrolle la Ley Andaluza de Universidades.

Presentados estos criterios a la comunidad universitaria en el Consejo de Gobierno de 15 de marzo, y abierto el correspondiente período de alegaciones –numerosas y no siempre coincidentes, como impone el carácter plural y heterogéneo de sus puntos de partida- el texto sometido a Consejo de Gobierno pretende sintetizar las diferentes propuestas haciéndolas compatibles con su objetivo esencial: suministrar parámetros objetivos de valoración de la actividad del profesorado, que, a su vez, brinden fundamento suficiente a una política de contrataciones tendente a equilibrar las distintas áreas de conocimiento.

1

ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

I. VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA

I.1. ACTIVIDAD DOCENTEI.1.1. Actividad Docente Tipo A

Es la actividad docente presencial reglada, de Grado, Postgrado y Doctorado, que se computará en los siguientes términos:

-Docencia en asignaturas (T, Ob, Op.) de primer y segundo ciclo: duración completa de las clases teóricas y prácticas impartidas.

-Docencia en asignaturas de tercer ciclo: duración completa de las clases impartidas.

-Actividades académicamente dirigidas contempladas específicamente en planes de estudios: 0,1 crédito por cada grupo de alumnos no menor de 10, con reconocimiento de 3 créditos al alumno. (Máximo 3 créditos)

-Dirección de proyectos fin de carrera: 1 crédito por proyecto asignado en el curso anterior al área de conocimiento. Esta asignación será objeto de programación conjunta con por parte del Departamento afectado y el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

-Docencia en cursos de acceso de mayores de 25 años, del “Aula de Mayores”, cursos estacionales de la UCA y equivalentes: se asimila a la docencia presencial reglada, siempre que no sea retribuida y siempre que no suponga reducción, sino aumento de aquélla.

La Actividad docente de Tipo A será contabilizada para cada profesor dentro de su “capacidad inicial”.

I.1.2. Actividad Docente Tipo B

Incluye las actividades que complementan la docencia reglada, dirigidas a la atención del alumno, la mejora de la calidad de las titulaciones, adecuación a los cambios impuestos por la incorporación al espacio europeo de enseñanza superior, etc.:

-Tutorización de prácticas externas: 0,5 créditos por alumno tutorizado con un máximo de 3 créditos.

-Coordinación académica de programas Sócrates-Erasmus y equivalentes: 1 (de 3 a 5 alumnos), 2 (de 6 a 11 alumnos) o 3 créditos (más de 12 alumnos).

-Coordinación ECTS de Titulación: 1 (hasta 10 alumnos), 2 (de 11 a 20 alumnos) 0 3 créditos (más de 20 alumnos). En caso de concurrencia de esta coordinación con la de programas Sócrates-Erasmus en la misma persona, el máximo computado será de tres créditos.

-Dirección de tesis doctorales: 1 crédito anual por tesis realizadas por quienes obtuvieron en el curso académico anterior el DEA o la suficiencia investigadora (máximo 4 anualidades).

-Coordinación de programas de doctorado: 3 créditos. Programas que solicitaron mención de calidad: 5 créditos. Programas interuniversitarios: 5 créditos.

-Participación en actividades de innovación y coordinación, incluidas las determinadas por participación en otros programas internacionales, establecidas con carácter previo por los Vicerrectorados de Profesorado y de Ordenación Académica e Innovación Educativa. Se valorarán en cada caso las actividades docentes realizadas, dando cuenta al Consejo de Gobierno.

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ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

A título de ejemplo, los créditos de las asignaturas que se impliquen en proyectos piloto de implantación del modelo de convergencia en los primeros cursos se contabilizarán aplicando un coeficiente de 1,25 para el curso 2004-2005.

Para el mismo curso 2004-2005 se reconocerán igualmente 4 créditos a los coordinadores de las titulaciones que se impliquen en experiencias piloto, a los coordinadores de dobles titulaciones, a los coordinadores de aulas abiertas en campus distintos de la sede del centro que coordina la titulación, y a los coordinadores de titulaciones de nueva implantación. Estas reducciones, manteniendo su naturaleza, son acumulables a la correspondiente a los cargos de Vicedecano y Subdirector de Centro, aunque alternativamente puedan recaer sobre otros profesores.

-La docencia presencial que haga necesarios desplazamientos de los campus de Jerez de la Frontera-Cádiz-Puerto Real al de Bahía de Algeciras, o viceversa, se incrementará de modo que el campus en el que tenga más docencia un profesor se considere como el de referencia, y por cada crédito que se imparta en los demás campus se reconozca 0,2 créditos adicionales. Para ello deberá justificarse la necesidad de asignación de docencia a varios campus.

-La docencia presencial que haga necesarios traslados entre los campus de Jerez de la Frontera-Cádiz-Puerto Real se incrementará de modo que el campus en el que tenga más docencia un profesor se considere como el de referencia, y por cada crédito que se imparta en los demás campus se reconozca 0,1 crédito adicional. Para ello deberá justificarse la necesidad de asignación de docencia a varios campus.

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ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

I.2. ACTIVIDADES ACADÉMICAS DE GESTIÓN

I.2.1. Actividades académicas de gestión Tipo A

De acuerdo con los criterios ya citados, y sin perjuicio de la vigencia de normativa de rango superior, se propone la siguiente valoración:

• RECTOR 100% CI (24 créditos)• VICERRECTORES Y SECRETARIO GENERAL 75% CI (18 créditos) • DECANOS Y DIRECTORES DE CENTROS 75% CI (18 créditos)• DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 100%CI (24 créditos)• DIRECTORES GENERALES 75% CI (18 créditos) • DIRECTORES DE SECRETARIADO 50% CI (12 créditos) • VICESECRETARIO GENERAL 50% CI (12 créditos) • SECRETARIOS DE CENTROS 50% CI (12 créditos) • DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS 50% CI (12 créditos) • DIRECTOR DE CENTRO ADSCRITO Hasta 50% (12 créd.)• DIRECTOR DEL C.I.T.I, OTRI 75% CI (18 créditos) • DIRECTORES DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS 50% CI (12 créditos) • DIRECTOR DE LA UNIDAD PARA EVALUACIÓN Y CALIDAD 75% CI (18 créditos) • ADJUNTOS AL DEFENSOR DEL UNIVERSITARIO 50% CI (12 créditos) • VICEDECANOS Y SUBDIRECTORES DE CENTROS 25% CI (6 créditos)• SEC. DE DEPARTAMENTOS E INST. UNIVERSITARIOS 25% CI (6 créditos)• DIRECTOR DEL SERVICIO DE PUBLICACIONES 50% CI (12 créditos) • DIRECTORES DE COLEGIOS MAYORES 25% CI (6 créditos) • DIRECTOR DEL CENTRO S. LENGUAS MODERNAS 50% CI (12 créditos)• PRESIDENTE JUNTA PDI O COMITÉ EMPRESA 25% CI (6 créditos) • DIRECTOR DE RELACIONES INTERNACIONALES 75%CI (18 créditos) • DIRECTOR DE SERVICIOS O UNIDADES

CENTRALES DE INVESTIGACIÓN 50% CI (12 créditos) • DIRECTORES DE SECCIONES DEPARTAMENTALES Hasta 4 créditos• COORDINADOR DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

CON MENCIÓN DE CALIDAD 6 créditos• MIEMBROS DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA JUNTA DEL PDI 6 créditos*• MIEMBROS DE LA JUNTA DEL PDI 4 créditos*

* valoraciones no acumulables entre si.

I.2.2. Actividades académicas de gestión Tipo B

Participación en Consejo de Gobierno: 1,5 créditos.

Participación en Juntas de Centro, Comisiones de Consejo de Gobierno, Comisión de Doctorado de la UCA, y en Comités de evaluación de Titulaciones, Centros y Departamentos: 1 crédito.

Participación en Comisiones de Centro: 0,5 créditos.

I.3. ACTIVIDAD INVESTIGADORA

La condición de investigador principal de proyectos de investigación o de grupos de investigación homologados será valorada con dos créditos/ año.

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ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

La realización de tesis doctorales por el profesorado TEU a TC, durante tres cursos académicos como máximo, será valorada con dos créditos por año informado favorablemente por su Director, siempre que esta actividad del profesor TEU no haya sido valorada con anterioridad.

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ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

II. VALORACION DE LA CAPACIDAD DOCENTE

II.1. Capacidad inicial

Se entiende por “capacidad inicial” la docencia máxima que, con carácter general, impone a cada profesor la normativa estatal y autonómica aplicable.

En la actualidad:

CU, TU, CEU, colaborador, contratado doctor, ayudante doctor, todos ellos a tiempo completo: 24 créditos, excepto en plazas vinculadas de Ciencias de la Salud, cuya capacidad es de 18 créditos.

TEU, 32 créditos (24 en la UCA por acuerdo de Junta de Gobierno).

Si la dedicación fuese a tiempo parcial: 18 créditos.

Ayudantes: 6 créditos los dos primeros años; 12, los dos siguientes, salvo que la legislación autonómica prevea otras posibilidades.

Asociados: 1,5 créditos por cada hora de dedicación semanal contratada con duración anual. (3 créditos por cada hora de docencia contratada anualmente)

Profesores contratados por tiempo inferior al año: créditos proporcionales a tiempo de contratación.

II.2. “Capacidad docente” de un Área y actividad reconocida a efectos de necesidades de contratación

La “capacidad docente” de un área de conocimiento es la que resulta de restar a su “capacidad inicial” las “actividades académicas de Tipo A” y la “actividad investigadora” desarrollada por los miembros de la misma.

Las necesidades de profesorado de un área de conocimiento serán determinadas por la relación entre su “capacidad docente” y su “actividad docente de tipo A”.

A los demás efectos, se tendrá en cuenta como actividad docente, la suma de los créditos correspondientes a actividad docente –tipo A y tipo B-. En concreto, esa suma determinará un listado de áreas que deberá ser tenido en cuenta a la hora de hacer frente de modo equilibrado a las necesidades docentes de la UCA. Igualmente, se tendrá en cuenta la actividad docente total a efectos de organización interna y distribución de funciones en el seno de áreas y Departamentos, según se contempla en las instrucciones de planificación docente.

Como norma, supuesto que un área tenga disponibilidad de profesorado, los derechos a reducciones deben sumarse a las obligaciones docentes en las diferentes asignaturas, y a continuación hacer un reparto en términos equitativos, de modo que si se compara la situación final de cada profesor la suma de [derechos a reducción + la dedicación docente] de lugar a valores similares.

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ANEXO IV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

III. ACTIVIDAD FINANCIADA

La planificación docente de centros y departamentos debe adecuarse a las posibilidades reales de la UCA, recordando que los criterios de financiación acordados con la Junta de Andalucía son referencias presupuestarias. Por tanto no constituyen un criterio de determinación de la carga docente –que en todo caso será la real- sino un criterio de máximos: la organización docente de la actividad total del área no podrá suponer una superación de los criterios de financiación. Esta regla general sólo podrá conocer excepciones, a fundamentar en cada caso, por limitaciones de equipamiento o necesidades, previamente aprobadas, de innovación docente.

A tenor de dichos criterios, el número de grupos financiados de cada asignatura se determina según el número de alumnos matriculados en ella y el número de alumnos por grupo señalados en la tabla adjunta, en donde no se tienen en cuenta los restos para formar nuevos grupos.

Docencia Teórica PrácticaCOE1 COE2 COE3 COE4 COE5 COE6

1º CICLO 75 50 40 35 25 20 152º CICLO 75 40 35 30 20 15 10

COE: coeficiente de experimentalidad del Área de conocimiento de adscripción de la asignatura

La aplicación concreta de estas normas en materia de planificación docente será objeto de desarrollo mediante las instrucciones que emita el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

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Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROPUESTA DE BAREMO GRUPO EXPERIMENTALESCONTRATACION DE CATEGORÍA DE PROFESORES

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

1. FORMACIÓN ACADÉMICA (máximo puntos) 35 20 15 20 20

Titulación Universitaria

30 %

(Expediente académico de la titulación universitaria, se valorará solamente una titulación, la que en conjunto resulte más adecuada al perfil de la plaza)

Doctorado50 %

(Se valorara solo un doctorado, el que resulte más beneficioso para cada candidato).(La máxima puntuación para este apartado se obtendrá con la máxima puntuación para la tesis doctoral)

Cursos DoctoradoDEACalificación Tesis DoctoralTitulo Europeo

Premios, Distinciones y

otras Titulaciones Académicas

20 %

Doctorado,Licenciaturas,Diplomaturas y equivalentes(Solamente si tienen relevancia para la plaza).

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo de puntos) 10 25 25 20 35

50 %Docencia en centros universitarios (tipo contrato, dedicación, asignaturas impartidas ...)

50 %

Dirección de DEA, proyectos, etc. Cursos Universitarios impartidos dirigidos y coordinados Coordinación y participación en actividades de innovación docente universitaria Libros y capítulos de libro de contenido docente Evaluación alumnos Docencia no Universitaria

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo de puntos)

25 30 35 15 15

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Publicaciones en revistas de investigación. (Se valora el fundón del índice de impacto. Se valorará especialmente que el candidato sea el primero o último autor (“corresponding author”).Patentes Se valorará la aplicación de la patenteLibros de contenido InvestigadorPonencias a CongresosInvestigador Principal en proyectos de investigación.Responsable de grupos de investigación reconocidos.Becario de investigación homologado.Participación en proyectos de investigación con evaluación externa.Pertenencia como investigador a grupos de investigación reconocidos.Estancia en Centros de Investigación.Comunicaciones a Congresos

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC4. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo de puntos)Se valorará la relevancia para la plaza y el tipo de trabajo desarrollado (labor realizada, nivel de ocupación y responsabilidad)

10 10 10 30 15

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC5. OTRO MERITOS (máximo de puntos)

Premios Internacionales Distinciones Participación en Gestión Universitaria Alumno colaborador Cursos recibidos

10 5 5 5 5

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC6. VALORACION DEL DEPARTAMENTO (máximo de puntos)(El departamento emitirá un informe razonado de la valoración concedida a cada candidato en este punto).

10 10 10 10 10

Observaciones Se aplicará factor de corrección de 0,25 – 0,50 – 0,75 – 1, según la adecuación

del mérito valorado al área y perfil de la plaza Se adjudicaran los puntos correspondientes en aplicación del baremo (el

Departamento aprobará en su caso el valor numérico de los diferentes méritos para cada apartado) para cada uno de los apartados y finalmente para realizar la comparación entre los candidatos se normalizara por cada apartado al que haya obtenido mayor puntuación.

La Comisión de Contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato a la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación.

El orden establecido en cada uno de los apartados está en relación a la importancia de ese apartado en comparación con los que le sigue, salvo que exista una valoración numérica del mismo.

Clase y modalidad de contratación*A: Profesorado Ayudante PAD: Profesorado Ayudante DoctorPCD: Profesorado Contratado DoctorPA: Profesorado AsociadoPC: Profesorado Colaborador

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

BAREMO GRUPO TECNOLÓGICASCONTRATACION DE CATEGORÍA DE PROFESORES

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

1. FORMACIÓN (máximo puntos) 25 25 25 20 25

1.1. FORMACIÓN ACADÉMICA (máximo puntos) 14 14 14 12 14

Titulación Universitaria

Nota Media del Expediente Académico(multiplicar por 0,75 para títulos de 1er ciclo)

1 a 1,8 1,9 a 2,8 2,9 o más

34,56

Calificación del Grado o Proyecto Fin de Carrera (multiplicar por 0,75 para títulos de 1er

ciclo)

Aprobado Notable Sobresaliente

0,51

1,5

Doctorado

Sólo Cursos Tesis Cum laude Apto u otra sin “Cum laude”

1

2,52

Premios Extraordinarios

Premio Extraordinario de Titulación(multiplicar por 0,75 en títulos de 1er

ciclo)

0,75

Premio Extraordinario de Doctorado

0,75

Otras Titulaciones

Universitarias

Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica

0,5

Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura

0,75

Doctorado 0,75

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

1.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (máximo de puntos) 9,5 9,5 9,5 6,5 9,5

Masteres Universitarios500 horas o más150 a 499 horas

32

Cursos de Especialista y Cursos de Postgrado

300 horas o más200 a 299 horas100 a 199 horasMenos de 100 horas

21,511

(max)Asistencia a Congresos, Seminarios, Jornadas (últimos 10 años)

0,25 puntos por asistencia hasta un máximo de 2

Formación Docente mediante Becas

Máximo de 2 puntos

1.3. EXPERIENCIA PEDAGÓGICA (máximo de puntos)

1,5 1,5 1,5 1,5 1,5

Cursos de Postgrado de Formación Pedagógica

CAP 1

Otros Cursos 0,5 (max)

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo puntos) 20 20 20 20 25

2.1. DOCENCIA EN CENTROS UNIVERSITARIOS ENSEÑANZA REGLADA (máximo puntos)

10(12)

10(12)

10(12)

10(12) 12(15)

Responsable de Docencia Teórica 0,2 por cada crédito (10 h)

Responsable de Docencia Práctica 0,15 por cada crédito (10 h)

--------------------- --------------------------

2.2. DIRECCIÓN DE PROYECTOS FIN DE CARRERA (máximo puntos)

2 2 2 2 2

-------------------------- --------------------------

Dirección de Proyectos F de C 0,25 puntos por proyecto

-------------------------- --------------------------

2.3. PUBLICACIONES RELACIONADAS CON LA DOCENCIA (máximo puntos)

4 4 4 4 5

Libros con ISBNLibros de Problemas y Manuales de Prácticas con ISBNApuntes

2.4. DOCENCIA EN CENTROS NO UNIVERSITARIOS (máximo puntos) 4 4 4 4 4

Responsable de Docencia Teórica 1 puntos por cada año

Responsable de Docencia Práctica 0,75 puntos cada año

--------------------- --------------------------

2.5. CURSOS IMPARTIDOS (máximo puntos) 4 4 4 4 4

2.6. CURSOS DIRIGIDOS / COORDINADOS (máximo puntos) 2 2 2 2 2

2.7. MEMORIA O PROYECTO DOCENTE RELACIONADO CON EL PERFIL DE LA PLAZA (máximo puntos)

4 4 4 4 5

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo puntos)

15 25 25 15 15

3.1. DIRECCIÓN DE TESIS DOCTORALES Y TESINAS

Dirección de Tesis Doctorales

Dirección de Tesinas

3.2. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

Dirección de Proyectos de Investigación

Participación en Proyectos de Investigación

Pertenencia a Grupos de Investigación

3.3 PUBLICACIONES

Publicaciones Incluidas en el JRC

Publicaciones No Incluidas en el JRC

3.4. COMUNICACIONES A CONGRESOS

Comunicaciones a Congresos Internacionales

Comunicaciones a Congresos Nacionales

3.5. PATENTES

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

3.6. LIBROS Y CAPÍTULOS DE LIBRO (con ISBN)

3.7. BECAS DE INVESTIGACIÓN

Becas Homologadas (MEC, JA, Posdoctorales)

Otras Becas de Investigación

3.8 ESTANCIAS EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN

En Centros Españoles

En Centros Extranjeros

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

4. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo puntos)

20 15 15 30 20

4.1. EXPERIENCIA PROFESIONAL FUERA DE LA UNIVERSIDAD (máximo puntos) 15 10 10 20 15

1,5 puntos por año

4.2. PUESTOS DE DIRECCIÓN FUERA DE LA UNIVERSIDAD (máximo puntos) 2 2 2 5 2

0,5 puntos por año

4.3. PROYECTOS E INFORMES TÉCNICOS (máximo puntos) 8 5 5 10 8

0,5 puntos por Proyectos hasta un máximo de 8

0,25 puntos por Informe Técnico hasta un máximo de 2

4.4. PRÁCTICAS EN EMPRESAS (máximo puntos) 3 3 3 3 3

0,1 puntos por mes

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

5. OTROS MÉRITOS (máximo puntos) 10 5 5 5 5

Evaluador de Revistas Nacionales / Internacionales

Cursos recibidos no valorados en el apartado 1.2.

Impartición de Conferencias

Conocimiento de idiomas

Tutorización de prácticas de empresa

Actividades de gestión académica universitaria

Premios, distinciones

Alumno Colaborador

6. VALORACION DEL DEPARTAMENTO (máximo de puntos)(El Departamento emitirá un informe razonado de la valoración concedida a cada candidato en este apartado)

10 10 10 10 10

Observaciones Se aplicará factor de corrección de 0,25 – 0,50 – 0,75 – 1, según la adecuación

del mérito valorado al área y perfil de la plaza Se adjudicaran los puntos correspondientes en aplicación del baremo (el

Departamento aprobará en su caso el valor numérico de los diferentes méritos para cada apartado) para cada uno de los apartados y finalmente para realizar la comparación entre los candidatos se normalizara por cada apartado al que haya obtenido mayor puntuación.

La Comisión de Contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato a la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación.

El orden establecido en cada uno de los apartados está en relación a la importancia de ese apartado en comparación con los que le sigue, salvo que exista una valoración numérica del mismo.

Clase y modalidad de contratación*

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

A: Profesorado Ayudante PAD: Profesorado Ayudante DoctorPCD: Profesorado Contratado DoctorPA: Profesorado AsociadoPC: Profesorado Colaborador

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROPUESTA BAREMO GRUPO HUMANIDADES Y JURÍDICASCONTRATACION DE CATEGORÍA DE PROFESORES

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN *

A*Se multiplica el total de los apartados por

1,75

PA PC

1. CURRICULUM ACADÉMICO (máximo puntos) 35 20 20

Licenciatura especialidad 5 5 5

Tesis de Licenciatura 1 1 1

Licenciatura afín a la Plaza 2 2 2

Diplomatura afín a la Plaza 1 1 1

Otros Méritos 1 1 1

Doctorado

** Puntos excluyentes entre si

Periodo Docente 1** 1** 1**

Programa Completo (D.E.A.) 2** 2** 2**

Tesis 6** 6** 6**

Experto y Master 2 2 2

Otra Formación de Postgrado en los últimos años (10 años) 1 1 1

Otros Méritos 1 1 1

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * PAD PCD

1. CURRICULUM ACADÉMICO (máximo puntos) 22 17

Licenciatura especialidad 5 2,5

Tesis de Licenciatura 1 0,5

Licenciatura afín a la Plaza 2 1

Diplomatura afín a la Plaza 1 0,5

Otros Méritos 1 0,5

Doctorado

Premio Extraordinario 3 3

Cum Laude 2 2

Experto y Master 2 2

Formación PostgradoUniversidades Españolas 1,5 1,5

Universidades Extranjeras 2 2

Otros Cursos 1,5 1,5

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo puntos) 15 40 40 30 40

Docencia en Centros Universitarios de la Especialidad (3 por año) 8 22,5 22,5 16 22,5

Docencia en Centros Universitarios antes (1,5 por año) 3 7,5 7,5 6 7,5

Docencia en Centros No Universitarios (0,5 por año) 1,5 3,75 3,75 3 3,75

Cursos Coordinados o impartidos 2,5 6,25 6,25 5 6,25

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * PAD PCD PA PC

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo puntos)

30 35 15 15

3.1. PUBLICACIONES (máximo puntos) 22 25 12 12

Libros 12,75 15 6,45 6,45

Capítulos de Libros 4,25 5 2,50 2,50

Artículos de Difusión Nacional 1,7 2 0,86 0,86

Artículos de Difusión Internacional 2,55 3 1,29 1,29

Ponencias 1,7 2 0,86 0,86

Comunicaciones 0,85 1 0,43 0,43

Editor o Coordinador 1,7 2 0,86 0,86

3.2. PUESTOS de INVESTIGACIÓN (máximo puntos) 8,5 10 4,3 4,3

Becas de Investigación 0,85 1 0,43 0,43

Participación en Proyectos 1,7 2 0,86 0,86

Dirección de trabajosTesinas 1,7 2 0,86 0,86Tesis 4,15 5 2,15 2,15

Dirección Grupos o Proyectos DGICYT 2,55 3 1,29 1,29

Estancias en Centros de Investigación 1,7 2 0,86 0,86

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo puntos)

25

3.1. PUBLICACIONES (máximo puntos) 15

Libros 10

Capítulos de Libros 2,5

Artículos de Difusión Nacional 1

Artículos de Difusión Internacional 2

Ponencias 1

Comunicaciones 0,5

Editor o Coordinador 1

3.2. PUESTOS DE INVESTIGACIÓN (máximo puntos) 10

Becas de Investigación 4

Participación en Proyectos 5

Estancias en Centros de Investigación 2

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

4. EXPERIENCIA PROFESIONAL (max. puntos)

Tiempo y tipo de trabajo, nivel, relación con la materia

5 5 5 5 5

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

5. OTROS MÉRITOS (max. puntos)

Premios, distinciones, experiencias etc., no valorados en otros epígrafes

10 10 10 10 10

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO V AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN *

A PAD PCD PA PC

6. VALORACION DEL DEPARTAMENTO (máximo de puntos)(El departamento emitirá un informe razonado de la valoración concedida a cada candidato en este punto).

10 10 10 10 10

Observaciones Se aplicará factor de corrección de 0,25 – 0,50 – 0,75 – 1, según la adecuación

del mérito valorado al área y perfil de la plaza Se adjudicaran los puntos correspondientes en aplicación del baremo (el

Departamento aprobará en su caso el valor numérico de los diferentes méritos para cada apartado) para cada uno de los apartados y finalmente para realizar la comparación entre los candidatos se normalizara por cada apartado al que haya obtenido mayor puntuación.

La Comisión de Contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato a la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación.

El orden establecido en cada uno de los apartados está en relación a la importancia de ese apartado en comparación con los que le sigue, salvo que exista una valoración numérica del mismo.

Clase y modalidad de contratación*A: Profesorado Ayudante PAD: Profesorado Ayudante DoctorPCD: Profesorado Contratado DoctorPA: Profesorado AsociadoPC: Profesorado Colaborador

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

BAREMO GRUPO EXPERIMENTALESCONTRATACION DE CATEGORÍA DE PROFESORES

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

1. FORMACIÓN ACADÉMICA (máximo puntos) 35 20 15 20 20

Titulación Universitaria

30 %

(Expediente académico de la titulación universitaria, se valorará solamente una titulación, la que en conjunto resulte más adecuada al perfil de la plaza)

Doctorado50 %

(Se valorara solo un doctorado, el que resulte más beneficioso para cada candidato).(La máxima puntuación para este apartado se obtendrá con la máxima puntuación para la tesis doctoral)

Cursos DoctoradoDEA y Suficiencia InvestigadoraCalificación Tesis DoctoralTitulo Europeo

Premios, Distinciones y

otras Titulaciones Académicas

20 %

Doctorado,Licenciaturas,Diplomaturas y equivalentes(Solamente si tienen relevancia para la plaza).

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo de puntos) 10 25 25 20 35

50 %Docencia en centros universitarios (tipo contrato, dedicación, asignaturas impartidas ...)

50 %

Dirección de DEA y Suficiencia Invesigadora, proyectos, etc. Cursos Universitarios impartidos dirigidos y coordinados Coordinación y participación en actividades de innovación docente universitaria Libros y capítulos de libro de contenido docente Evaluación alumnos Docencia no Universitaria

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo de puntos)

25 30 35 15 15

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Publicaciones en revistas de investigación. (Se valora en función del índice de impacto. Se valorará, en su caso, especialmente que el candidato sea el primero o último autor (“corresponding author”).Patentes Se valorará la aplicación de la patenteLibros de contenido InvestigadorPonencias a CongresosInvestigador Principal en proyectos de investigación.Responsable de grupos de investigación reconocidos.Becario de investigación homologado.Participación en proyectos de investigación con evaluación externa.Pertenencia como investigador a grupos de investigación reconocidos.Estancia en Centros de Investigación.Comunicaciones a Congresos

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC4. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo de puntos)Se valorará la relevancia para la plaza y el tipo de trabajo desarrollado (labor realizada, nivel de ocupación y responsabilidad)

10 10 10 30 10

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC5. OTRO MERITOS (máximo de puntos)

Premios Internacionales Distinciones Participación en Gestión Universitaria Alumno colaborador Cursos recibidos Proyecto Docente

10

-

5

-

5

-

5

-

5

5CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC6. VALORACION DEL DEPARTAMENTO (máximo de puntos)(El departamento emitirá un informe razonado de la valoración concedida a cada candidato en este punto).

10 10 10 10 10

Observaciones Se aplicará factor de corrección de 0,25 – 0,50 – 0,75 – 1, según la adecuación

del mérito valorado al área y perfil de la plaza Se adjudicaran los puntos correspondientes en aplicación del baremo (el

Departamento aprobará en su caso el valor numérico de los diferentes méritos para cada apartado) para cada uno de los apartados y finalmente para realizar la comparación entre los candidatos se normalizara por cada apartado al que haya obtenido mayor puntuación.

La Comisión de Contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato a la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación.

El orden establecido en cada uno de los apartados está en relación a la importancia de ese apartado en comparación con los que le sigue, salvo que exista una valoración numérica del mismo.

Clase y modalidad de contratación*A: Profesorado Ayudante PAD: Profesorado Ayudante DoctorPCD: Profesorado Contratado DoctorPA: Profesorado Asociado

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PC: Profesorado ColaboradorBAREMO GRUPO TECNOLÓGICAS

CONTRATACION DE CATEGORÍA DE PROFESORES

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

1. FORMACIÓN (máximo puntos) 25 25 25 20 25

1.1. FORMACIÓN ACADÉMICA (máximo puntos) 14 14 14 12 14

Titulación Universitaria

Nota Media del Expediente Académico(multiplicar por 0,75 para títulos de 1er ciclo)

1 a 1,8 1,9 a 2,8 2,9 o más

34,56

Calificación del Grado o Proyecto Fin de Carrera (multiplicar por 0,75 para títulos de 1er

ciclo)

Aprobado Notable Sobresaliente

0,51

1,5

Doctorado

Sólo Cursos Tesis Cum laude Apto u otra sin “Cum laude”

1

2,52

Premios Extraordinarios

Premio Extraordinario de Titulación(multiplicar por 0,75 en títulos de 1er

ciclo)

0,75

Premio Extraordinario de Doctorado

0,75

Otras Titulaciones

Universitarias

Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica

0,5

Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura

0,75

Doctorado 0,75

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

1.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (máximo de puntos) 9,5 9,5 9,5 6,5 9,5

Masteres Universitarios500 horas o más150 a 499 horas

32

Cursos de Especialista y Cursos de Postgrado

300 horas o más200 a 299 horas100 a 199 horasMenos de 100 horas

21,511

(max)Asistencia a Congresos, Seminarios, Jornadas (últimos 10 años)

0,25 puntos por asistencia hasta un máximo de 2

Formación Docente mediante Becas

Máximo de 2 puntos

1.3. EXPERIENCIA PEDAGÓGICA (máximo de puntos)

1,5 1,5 1,5 1,5 1,5

Cursos de Postgrado de Formación Pedagógica

CAP 1

Otros Cursos 0,5 (max)

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo puntos) 20 20 20 20 25

2.1. DOCENCIA EN CENTROS UNIVERSITARIOS ENSEÑANZA REGLADA (máximo puntos)

10(12)

10(12)

10(12)

10(12) 12(15)

Responsable de Docencia Teórica 0,2 por cada crédito (10 h)

Responsable de Docencia Práctica 0,15 por cada crédito (10 h)

--------------------- --------------------------

2.2. DIRECCIÓN DE PROYECTOS FIN DE CARRERA (máximo puntos)

2 2 2 2 2

-------------------------- --------------------------

Dirección de Proyectos F de C 0,25 puntos por proyecto

-------------------------- --------------------------

2.3. PUBLICACIONES RELACIONADAS CON LA DOCENCIA (máximo puntos)

4 4 4 4 5

Libros con ISBNLibros de Problemas y Manuales de Prácticas con ISBNApuntes

2.4. DOCENCIA EN CENTROS NO UNIVERSITARIOS (máximo puntos) 4 4 4 4 4

Responsable de Docencia Teórica 1 puntos por cada año

Responsable de Docencia Práctica 0,75 puntos cada año

--------------------- --------------------------

2.5. CURSOS IMPARTIDOS (máximo puntos) 4 4 4 4 4

2.6. CURSOS DIRIGIDOS / COORDINADOS (máximo puntos) 2 2 2 2 2

2.7. MEMORIA O PROYECTO DOCENTE RELACIONADO CON EL PERFIL DE LA PLAZA (máximo puntos)

4 4 4 4 5

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo puntos)

15 25 25 15 15

3.1. DIRECCIÓN DE TESIS DOCTORALES Y TESINAS

Dirección de Tesis Doctorales

Dirección de Tesinas

3.2. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

Dirección de Proyectos de Investigación

Participación en Proyectos de Investigación

Pertenencia a Grupos de Investigación

3.3 PUBLICACIONES

Publicaciones Incluidas en el JRC

Publicaciones No Incluidas en el JRC

3.4. COMUNICACIONES A CONGRESOS

Comunicaciones a Congresos Internacionales

Comunicaciones a Congresos Nacionales

3.5. PATENTES

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

3.6. LIBROS Y CAPÍTULOS DE LIBRO (con ISBN)

3.7. BECAS DE INVESTIGACIÓN

Becas Homologadas (MEC, JA, Posdoctorales)

Otras Becas de Investigación

3.8 ESTANCIAS EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN

En Centros Españoles

En Centros Extranjeros

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

4. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo puntos)

20 15 15 30 20

4.1. EXPERIENCIA PROFESIONAL FUERA DE LA UNIVERSIDAD (máximo puntos) 15 10 10 20 15

1,5 puntos por año

4.2. PUESTOS DE DIRECCIÓN FUERA DE LA UNIVERSIDAD (máximo puntos) 2 2 2 5 2

0,5 puntos por año

4.3. PROYECTOS E INFORMES TÉCNICOS (máximo puntos) 8 5 5 10 8

0,5 puntos por Proyectos hasta un máximo de 8

0,25 puntos por Informe Técnico hasta un máximo de 2

4.4. PRÁCTICAS EN EMPRESAS (máximo puntos) 3 3 3 3 3

0,1 puntos por mes

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

5. OTROS MÉRITOS (máximo puntos) 10 5 5 5 5

Evaluador de Revistas Nacionales / Internacionales

Cursos recibidos no valorados en el apartado 1.2.

Impartición de Conferencias

Conocimiento de idiomas

Tutorización de prácticas de empresa

Actividades de gestión académica universitaria

Premios, distinciones

Alumno Colaborador

6. VALORACION DEL DEPARTAMENTO (máximo de puntos)(El Departamento emitirá un informe razonado de la valoración concedida a cada candidato en este apartado)

10 10 10 10 10

Observaciones Se aplicará factor de corrección de 0,25 – 0,50 – 0,75 – 1, según la adecuación

del mérito valorado al área y perfil de la plaza Se adjudicaran los puntos correspondientes en aplicación del baremo (el

Departamento aprobará en su caso el valor numérico de los diferentes méritos para cada apartado) para cada uno de los apartados y finalmente para realizar la comparación entre los candidatos se normalizara por cada apartado al que haya obtenido mayor puntuación.

La Comisión de Contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato a la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación.

El orden establecido en cada uno de los apartados está en relación a la importancia de ese apartado en comparación con los que le sigue, salvo que exista una valoración numérica del mismo.

Clase y modalidad de contratación*

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

A: Profesorado Ayudante PAD: Profesorado Ayudante DoctorPCD: Profesorado Contratado DoctorPA: Profesorado AsociadoPC: Profesorado Colaborador

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

BAREMO GRUPO HUMANIDADES Y JURÍDICASCONTRATACION DE CATEGORÍA DE PROFESORES

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN *

A*Se multiplica el total de los apartados por

1,75

PA PC

1. CURRICULUM ACADÉMICO (máximo puntos) 35 20 20

Licenciatura especialidad 5 5 5

Tesis de Licenciatura 1 1 1

Licenciatura afín a la Plaza 2 2 2

Diplomatura afín a la Plaza 1 1 1

Otros Méritos 1 1 1

Doctorado

** Puntos excluyentes entre si

Periodo Docente 1** 1** 1**

Programa Completo (D.E.A. y Suficiencia Investigadora) 2** 2** 2**

Tesis 6** 6** 6**

Experto y Master 2 2 2

Otra Formación de Postgrado en los últimos años (10 años) 1 1 1

Otros Méritos 1 1 1

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * PAD PCD

1. CURRICULUM ACADÉMICO (máximo puntos) 22 17

Licenciatura especialidad 5 2,5

Tesis de Licenciatura 1 0,5

Licenciatura afín a la Plaza 2 1

Diplomatura afín a la Plaza 1 0,5

Otros Méritos 1 0,5

Doctorado

Premio Extraordinario 3 3

Cum Laude 2 2

Experto y Master 2 2

Formación PostgradoUniversidades Españolas 1,5 1,5

Universidades Extranjeras 2 2

Otros Cursos 1,5 1,5

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

2. EXPERIENCIA DOCENTE (máximo puntos) 15 40 40 30 40

Docencia en Centros Universitarios de la Especialidad (3 por año) 8 22,5 22,5 16 22,5

Docencia en Centros Universitarios antes (1,5 por año) 3 7,5 7,5 6 7,5

Docencia en Centros No Universitarios (0,5 por año) 1,5 3,75 3,75 3 3,75

Cursos Coordinados o impartidos 2,5 6,25 6,25 5 6,25

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * PAD PCD PA PC

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo puntos)

30 35 15 15

3.1. PUBLICACIONES (máximo puntos) 22 25 12 12

Libros 12,75 15 6,45 6,45

Capítulos de Libros 4,25 5 2,50 2,50

Artículos de Difusión Nacional 1,7 2 0,86 0,86

Artículos de Difusión Internacional 2,55 3 1,29 1,29

Ponencias 1,7 2 0,86 0,86

Comunicaciones 0,85 1 0,43 0,43

Editor o Coordinador 1,7 2 0,86 0,86

3.2. PUESTOS de INVESTIGACIÓN (máximo puntos) 8,5 10 4,3 4,3

Becas de Investigación 0,85 1 0,43 0,43

Participación en Proyectos 1,7 2 0,86 0,86

Dirección de trabajosTesinas 1,7 2 0,86 0,86Tesis 4,15 5 2,15 2,15

Dirección Grupos o Proyectos DGICYT 2,55 3 1,29 1,29

Estancias en Centros de Investigación 1,7 2 0,86 0,86

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máximo puntos)

25

3.1. PUBLICACIONES (máximo puntos) 15

Libros 10

Capítulos de Libros 2,5

Artículos de Difusión Nacional 1

Artículos de Difusión Internacional 2

Ponencias 1

Comunicaciones 0,5

Editor o Coordinador 1

3.2. PUESTOS DE INVESTIGACIÓN (máximo puntos) 10

Becas de Investigación 4

Participación en Proyectos 5

Estancias en Centros de Investigación 2

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

4. EXPERIENCIA PROFESIONAL (max. puntos)

Tiempo y tipo de trabajo, nivel, relación con la materia

5 5 5 5 5

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN * A PAD PCD PA PC

5. OTROS MÉRITOS (max. puntos)

Premios, distinciones, experiencias etc., no valorados en otros epígrafes

10 10 10 10 10

Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa

Vicerrectorado de Profesoradoc/ Ancha, 16 11001 Cádiz.Tel. 956 015000.

ANEXO VI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CLASE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN *

A PAD PCD PA PC

6. VALORACION DEL DEPARTAMENTO (máximo de puntos)(El departamento emitirá un informe razonado de la valoración concedida a cada candidato en este punto).

10 10 10 10 10

Observaciones Se aplicará factor de corrección de 0,25 – 0,50 – 0,75 – 1, según la adecuación

del mérito valorado al área y perfil de la plaza Se adjudicaran los puntos correspondientes en aplicación del baremo (el

Departamento aprobará en su caso el valor numérico de los diferentes méritos para cada apartado) para cada uno de los apartados y finalmente para realizar la comparación entre los candidatos se normalizara por cada apartado al que haya obtenido mayor puntuación.

La Comisión de Contratación supervisará la correcta aplicación del baremo, la adecuación del candidato a la plaza, y formulará la correspondiente propuesta de contratación.

El orden establecido en cada uno de los apartados está en relación a la importancia de ese apartado en comparación con los que le sigue, salvo que exista una valoración numérica del mismo.

Clase y modalidad de contratación*A: Profesorado Ayudante PAD: Profesorado Ayudante DoctorPCD: Profesorado Contratado DoctorPA: Profesorado AsociadoPC: Profesorado Colaborador

ANEXO VII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Reglamento por el que se regulan los procesos deelaboración y ajustes de Planes de Estudios

El proceso de ajuste de Planes de Estudios a los Reales Decretos por los que se establecen y modifican las Directrices Generales Comunes quedó regulado en la Universidad de Cádiz mediante la normativa aprobada en Junta de Gobierno de 27 de mayo de 1999, en la que venían a explicitarse y desarrollarse reglamentariamente tres líneas principales:

La necesidad de orientar los planes de estudios hacia objetivos formativos bien definidos

La necesidad de ajustar los planes de estudios a las disponibilidades de plantilla de profesorado

La exigencia de transparencia que debía presidir todos los procesos de ajuste o modificación

En la actualidad esos argumentos han ganado aún más en significación, y todos ellos quedan presididos por la necesidad de orientar cualquier reforma hacia el logro de objetivos institucionales, de modo que la definición de nuevos planes y los ajustes de los planes vigentes contribuyan a mejorar la situación de la Universidad de Cádiz, tanto en lo referente a la respuesta que está comprometida a ofrecer como servicio público de educación superior, como en su viabilidad y estabilidad financiera, de modo que pueda llegar a disponerse de recursos que hagan posible abordar nuevos retos, dotando mejores medios para la enseñanza y la investigación.

En este momento, en lo que respecta a los Planes de Estudios, las universidades se encuentran en una situación de transitoriedad, de manera que deben concretarse algunas propuestas de planes de nuevas titulaciones autorizadas por la Comunidad de Andalucía de aquí al 2006, y por otra parte deben ajustarse algunos contenidos de los planes que por diferentes razones puedan requerir una modificación. En ésta última categoría se puede distinguir entre reformas motivadas por necesidades de corrección de problemas detectados debidamente contrastados mediante procesos de evaluación, o por la posibilidad de mejorar los perfiles del título aproximando la oferta de estudios de la Universidad de Cádiz a las demandas de la sociedad. En cuanto a la aproximación a las demandas sociales, pueden definirse dos vías: de una parte el ajuste del programa formativo a la realidad social y de otra el instrumento que pueden suponer la posibilidad de apertura de Aulas Delegadas.

En concreto, las Aulas Delegadas deben ser un medio que flexibilice las posibilidades de acercamiento de la Universidad de Cádiz a la sociedad.

La singularidad de nuestra provincia y por extensión de nuestra Universidad obliga a asumir propuestas y soluciones también singulares. Las Aulas Delegadas se plantean como extensión de los estudios de una titulación impartida en un campus a otro campus distinto, siempre en respuesta a criterios de demanda, de tal manera que la continuidad de las actividades del Aula Delegada quede vinculada a la de la demanda de esos estudios. La coordinación académica corresponde al centro que tiene asignada la titulación, si bien en aras de la flexibilidad que justifica la creación de la figura de las Aulas Delegadas, el centro responsable, junto con el que acoge el aula en sus instalaciones, deben buscar espacios de entendimiento y vías de colaboración que permitan que la Universidad de Cádiz desarrolle al máximo todas sus capacidades y su potencial.

Ante un panorama cambiante de necesidades de formación a nivel superior las Aulas Delegadas pudieran aportar a la Universidad de Cádiz flexibilidad, y una parte significativa de las opciones de aproximarse a las demandas sociales que, por otro lado, le resta la peculiar estructura demográfica de nuestra provincia. Con esta fórmula de Aulas Delegadas, la Universidad de Cádiz ejercita su autonomía

1

ANEXO VII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

universitaria definiendo estructuras propias, según lo que contempla el Artículo 2.2.c.LOU., en respuesta a su especificidad y sus necesidades.

En consecuencia, y por todo lo anterior, se hace necesaria en este momento una revisión de las reglas que regulan la definición y modificación de Planes de Estudios, de modo que las nuevas normas de que nos dotemos vengan a flexibilizar los procedimientos, contemplando las nuevas propuestas, y agilizando los trámites oportunos, sin merma de los mecanismos de participación, de transparencia, de planificación, de compromiso con la calidad, y de obligado respeto a las nuevas normas estatutarias y a los fines e intereses institucionales de la Universidad de Cádiz.

Las modificaciones o propuestas de planes que se planteen deben necesariamente atenerse al Real Decreto 49/2004 de 19 de enero, sobre homologación de Planes de Estudios y Títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Debe también tenerse en cuenta que el número de planes de estudios que deba acogerse a esta normativa se prevé relativamente escaso, por lo que resultará posible prestar una atención cercana al seguimiento continuado de estos cambios.

Por ello, a partir de este momento, los procesos de propuesta de definición y reforma de planes de estudios se ceñirán en la Universidad de Cádiz a las pautas que se introducen en la presente normativa, que se enmarca en los principios contemplados en el artículo 42 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz que deben presidir su organización y funcionamiento:

a) Representación de los diferentes sectores de la Comunidad universitaria.

b) Jerarquía y desconcentración entre los diferentes órganos.

c) Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines universitarios.

d) Eficacia en el cumplimiento de objetivos.

e) Eficiencia en la obtención, asignación y utilización de recursos públicos.

f) Programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de sus resultados.

g) Responsabilidad por la gestión.

h) Racionalización y agilidad en los procedimientos académicos, administrativos y en las actividades materiales para su gestión.

i) Servicio efectivo a la Comunidad universitaria para el mejor ejercicio de los derechos de sus integrantes y la continua mejora de los procedimientos, servicios y prestaciones públicas, de acuerdo con las políticas fijadas por los órganos competentes de la Universidad conforme a los más rigurosos criterios de calidad.

j) Objetividad y transparencia de la actuación académica y administrativa.

Se han tenido en cuenta, en lo que hace a la regulación del procedimiento que se contiene en el presente Reglamento, el contenido del artículo 46.5 de los Estatutos, que establece la competencia del Consejo de Gobierno para proponer e informar la implantación de títulos oficiales y aprobar la creación de títulos y diplomas, así como los planes de estudios y sus modificaciones y el artículo 160, en cuyo tercer aparatado se dispone que la aprobación de los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, correspondientes a enseñanzas que hayan sido implantadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, corresponde al Consejo de Gobierno y que la elaboración y la propuesta de revisión corresponde a las Juntas de Centro, añadiendo, el sexto apartado de dicho artículo 160 que en los correspondientes procedimientos participarán los Departamentos, Facultades, Escuelas, Institutos Universitarios de Investigación u otros Centros que resulten directamente afectados por la implantación de las enseñanzas de que se trate.

Artículo 1.- Objeto.-

El presente reglamento tiene por objeto regular los siguientes procesos:a) Los que tienen por objeto la elaboración de planes para implantación de nuevos estudios, con

atención a lo establecido por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz y por el Consejo Andaluz de Universidades

b) Los que tienen por objetivo la introducción de mejoras o ajustes en Planes de Estudios vigentes, sin perjuicio de su sometimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 49/2004 de 19 de enero sobre homologación de Planes de Estudios y Títulos de

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ANEXO VII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, al Consejo de Coordinación Universitaria.

Artículo 2.- Créditos Lectivos y Oferta de Optatividad

1. La créditos lectivos de los nuevos Planes de Estudios mencionados en el artículo 1 a), se adaptarán a 60 por curso. Las causas de excepcionalidad de esta norma deberán en su caso justificarse debidamente, y someterse explícitamente a aprobación por Consejo de Gobierno.

2. Las asignaturas optativas de las titulaciones deben responder a un perfil de formación generalista, de modo que puedan asumirse para su impartición por todos los profesores que pertenezcan al área de conocimiento a la que se adscriba.

3. Atendiendo a la situación de transitoriedad de los planes que ahora se aprueben, la oferta de optatividad para nuevos planes queda restringida a 1,5 créditos ofertados por cada crédito a cursar, hasta tanto se produzca la adaptación al nuevo Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

4. En el caso de las Aulas Delegadas la oferta efectiva de optatividad podrá restringirse al número de créditos a cursar, sin que sea superior por norma a 1,5 créditos ofertados por cada crédito a cursar. Esta segunda opción se restringirá en función de las disponibilidades de profesorado.

5. La oferta global de optatividad podrá modificarse para permitir que las Aulas Delegadas puedan adaptarse a un perfil propio en cada ubicación, aunque manteniendo la premisa anterior de restricción de la optatividad en los nuevos campus a los que se extienda la oferta.

Artículo 3.- Iniciación del Procedimiento.-

1. El procedimiento podrá iniciarse por el Consejo de Dirección, el Consejo de Gobierno y los Centros o Departamentos de la Universidad de Cádiz, debiendo remitirse la propuesta al Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, que deberá justificar la necesidad de definición o reajuste de un Plan de Estudios e incluir las siguientes consideraciones:

a) Consideraciones propias de la Universidad:

1. Objetivos del Plan de Estudios, o reajuste de objetivos en caso de modificación parcial y siempre que los objetivos estuvieran previamente definidos.

2. Perfil formativo del futuro titulado, relación de competencias profesionales previstas, y mejoras en el perfil en el caso de ajustes en el plan.

3. Necesidades estimadas de recursos de plantilla de profesorado, perfil del profesorado, y valoración económica de dichas necesidades.

4. Propuestas del Plan de Estudios o de la reforma que inciden en la formación integral del alumno: competencias informáticas, en idiomas, de comunicación, y en otros ámbitos.

5. Visión sobre lo que supone de aportación el nuevo plan o el ajuste de contenidos como avance para la adaptación al Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

6. Participación e implicación de los sectores y organizaciones profesionales, y planes de trabajo propuestos en relación con éste aspecto.

7. Propuestas de desarrollo de la dimensión internacional del curriculum, y compromisos de trabajo para abordar programas interuniversitarios e internacionales (en sus diferentes dimensiones: Europa, Iberoamerica y norte de África).

8. Proyección de futuros estudios de postgrado relacionados con la titulación, y propuestas al respecto relativas al nuevo Plan de Estudios o a la modificación introducida.

A los efectos previstos en el apartado 3 y en general en el conjunto de ellos, la propuesta podrá acompañarse de un borrador que contemple las posibles materias de estudio de nueva creación y sus áreas de conocimiento, con indicación de su carga lectiva, así como las que pudieran suprimirse.

b)- Consideraciones contempladas en el artículo 56.3 de la Ley Andaluza de Universidades.-

1. Adecuación a la demanda social que se realiza desde el entorno cultural, productivo y empresarial y a la demanda vocacional de los estudiantes. En este sentido se potenciarán las dobles titulaciones.

2. Implantación selectiva de las titulaciones de alta especialización.

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ANEXO VII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

3. Eficiencia, que evite la sobreoferta de plazas de estudio, la duplicidad de costes y la inadecuación de la oferta a la demanda de estudios.

4. Planificación, de manera que la creación, supresión o suspensión de titulaciones responda a la programación estratégica del Sistema Universitario Andaluz y de cada Universidad.

5. Calidad, que garantice que las enseñanzas impartidas conducen a la formación científica, humana y técnica necesarias para el desarrollo personal y profesional del estudiante, ampliando en su caso lo previsto en el apartado A.c.-

6. Promoción de las titulaciones propias universitarias e interuniversitarias.

7. Proximidad de los estudios de alta demanda.

3. De la propuesta deberá darse traslado al Rector y a todos los Centros y Departamentos de la Universidad.

4. La propuesta motivada podrá incluir la definición de materias y su estructuración en asignaturas y adscripción a áreas de conocimiento.

Artículo 4.- Admisión a Trámite

1. A la vista de la documentación presentada, el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, en los supuestos en los que la iniciativa no haya correspondido al Consejo de Dirección, emitirá un informe motivado de oportunidad y viabilidad de la propuesta, admitiéndola a trámite o rechazándola, pudiendo, en el primer caso, solicitar cuantas aclaraciones y material complementario sean necesarios.

2. Cuando la propuesta se haya presentado por órgano distinto al Centro en el que originalmente se imparta la titulación, éste podrá emitir informe motivado en el plazo máximo de 10 días, contados desde el día siguiente a aquel en el que fuera recibida la propuesta inicial, plazo que podrá ser ampliado o reducido por el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, si así lo exige el cumplimiento del resto del procedimiento en su conjunto.

3. En aquellos supuestos en los que el informe del Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa sea desfavorable o existan discrepancias entre éste y el informe previsto en el apartado anterior, el órgano que presentó la propuesta podrá someterla al Consejo de Gobierno, que, en este caso, resolverá sobre la admisión a trámite de la misma.

Artículo 5.- Desarrollo del procedimiento

1. Admitida la propuesta a trámite, en el plazo de 10 días naturales deberá reunirse la Comisión de Materias Troncales en el supuesto del Artículo 1a, o los representantes de las áreas que se sientan afectadas en el supuesto del Art. 1b. La comisión será presidida por el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa. A la sesión se convocará, a través de los Directores de Departamento, a todos los responsables en la Universidad de Cádiz de las áreas de conocimiento contempladas en la troncalidad así como al Decano o Director del Centro responsable de la titulación. Actuará como Secretario el Director del Secretariado de Ordenación Académica, que será suplido, en su caso, por el Director del Gabinete de Ordenación Académica.

2. Remitida a los miembros de la Comisión de Materias Troncales mencionados en el apartado anterior el borrado del Acta de la sesión, se abrirá un plazo de 10 días para la formalización de propuestas de asignaturas, debiendo presentarse, en el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa, las correspondientes fichas por asignatura, siguiendo el modelo que se proponga.

3. Las propuestas y las fichas de asignaturas serán remitidas a la Comisión de Planes de Estudios del Centro para que, en un plazo de 10 días naturales, las analizará e informará motivadamente, concretando una propuesta sobre el nuevo Plan o la modificación del Plan de Estudios. La Comisión podrá solicitar nuevas fichas adaptadas a las consideraciones que formule en su informe, en cuyo caso, los receptores contarán con un plazo de 5 días naturales para remitir dicha adaptación.

4. Tras la recepción del informe de la Comisión de Planes de Estudios, se podrán presentar alegaciones en un plazo máximo de cinco días naturales. A partir de dicho plazo se dispondrá de 10 días naturales para que la Comisión de Planes de Estudios realice una nueva valoración motivada y la Junta de Centro adopte su acuerdo.

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ANEXO VII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

5. A partir de dicho acuerdo la Comisión de Ordenación Académica contará con un plazo de 10 días naturales para reunirse, contando la presencia del Decano o Director del Centro y del representante del órgano proponente de la iniciativa, para emitir un informe final sobre el procedimiento y sobre la valoración que merece la propuesta elaborada.

6. La propuesta será sometida a consideración por el Consejo de Gobierno. A estos efectos, sus miembros podrán tener acceso a la documentación que se genere durante todo el procedimiento.

Artículo 6.- Adscripción de asignaturas a áreas de conocimiento.-

1. Las materias se propondrán de modo que queden adscritas con preferencia a un área de conocimiento.

2. En caso de que el área a la que se adscriba una materia en primer lugar no cuente con profesorado suficiente para impartirla, la Comisión de Ordenación Académica podrá proponer al Consejo de Gobierno que la docencia se imparta por profesores de un área afín. A estos efectos para cada materia se indicarán las áreas que puedan presentar la suficiente afinidad.

Artículo 7.- Plan de Implantación.-

La propuesta de nuevos Planes de Estudios o las de reajustes en los Planes que se imparten, vendrán acompañadas necesariamente de un plan de implantación, de modo que se programe la puesta en marcha de nuevas asignaturas y la extinción de las que existan -en su caso- con el objeto de racionalizar la puesta en marcha de las modificaciones, facilitar la necesaria publicidad, y minimizar la incidencia sobre las necesidades de nuevo profesorado.

Artículo 8.- Transparencia, publicidad y garantía de los Procesos.-

1. El Vicerrectorado de Ordenación Académica e innovación Educativa es competente en la coordinación de la elaboración y reforma de Planes de Estudios, y remitirá a Centros y Departamentos las comunicaciones que reciba en relación con las iniciativas de definición y procesos de modificación. A ellos sumará todos aquellos comunicados que estime oportuno emitir para el mejor seguimiento de los procesos de definición o ajuste en los Planes de Estudios.

2. La Comisión de Ordenación Académica será competente para supervisar todo el procedimiento e introducir modificaciones antes de la presentación de la propuesta a aprobación por el Consejo de Gobierno. Para ello se contará con la participación del Decano o Director del Centro responsable de la titulación.

Artículo 10.- Medios de comunicación de la información.-

A efectos de comunicación interna en la Universidad de Cádiz y difusión de la información, se considerará válido el correo electrónico o el fax como medio para dar traslado de las propuestas y de las alegaciones.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

Disposición Adicional Primera.- Nuevos Planes de Estudios.-

1. En virtud de los acuerdos adoptados por el Consejo Andaluz de Universidades, pendientes de aprobación definitiva, los Planes de Estudios que se implantación en la Universidad de Cádiz hasta el año 2006 son los siguientes:

Ingeniero Informático (2º ciclo), Escuela Superior de Ingeniería.

Publicidad y Relaciones Públicas (2º ciclo), Escuela Universitaria de Estudios Empresariales y de Administración Pública.

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ANEXO VII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

2. La Universidad de Cádiz, a través de los centros responsables, elaborará según lo previsto en el artículo 1.a) del presente Reglamento, y en atención a los cambios que puede inducir la puesta en marcha del Espacio Europeo de Enseñanza Superior, los siguientes planes:

Ingeniero Informático (1º y 2º ciclo), Escuela Superior de Ingeniería.

Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (1º y 2º ciclo), EU de Estudios Empresariales y de Administración Pública

Licenciado en Criminología (sólo 2º ciclo), Facultad de Derecho

3. A las previstas en el apartado anterior, podrán sumarse las propuestas que en su momento se determinen por acuerdo del Consejo de Gobierno.

Disposición derogatoria. Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento.

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

1. Modificaciones de oficio.

• Sustitución del texto del Preámbulo por el siguiente:

“El proceso de ajuste de Planes de Estudio a los Reales Decretos por los que se establecen y modifican las Directrices Generales Comunes se han regulado con anterioridad por la Junta de Gobierno de la Universidad de Cádiz de acuerdo con tres líneas principales:

La necesidad de orientar los planes de estudios hacia objetivos formativos bien definidos

La necesidad de ajustar los planes de estudios a las disponibilidades de plantilla de profesorado

La exigencia de transparencia que debía presidir todos los procesos de ajuste o modificación

En la actualidad esos argumentos han ganado aún más en significación, y todos ellos quedan presididos por la necesidad de orientar cualquier reforma hacia el logro de objetivos institucionales, de modo que la definición de nuevos planes y los ajustes de los planes vigentes contribuyan a mejorar la situación de la Universidad de Cádiz, tanto en lo referente a la respuesta que está comprometida a ofrecer como servicio público de educación superior, como en su viabilidad y estabilidad financiera, de modo que pueda llegar a disponerse de recursos que hagan posible abordar nuevos retos, dotando mejores medios para la enseñanza y la investigación.

En este momento, en lo que respecta a los Planes de Estudios, las universidades se encuentran en una situación de transitoriedad, de manera que deben concretarse algunas propuestas de planes de nuevas titulaciones autorizadas por la Comunidad de Andalucía de aquí al 2006, y por otra parte deben ajustarse algunos contenidos de los planes que por diferentes razones puedan requerir una modificación. En ésta última categoría se puede distinguir entre reformas motivadas por necesidades de corrección de problemas detectados debidamente contrastados mediante procesos de evaluación, o por la posibilidad de mejorar los perfiles del título aproximando la oferta de estudios de la Universidad de Cádiz a las demandas de la sociedad.

En consecuencia este reglamento viene a cubrir las necesidades de un período transitorio, que abarca desde este momento al punto en que se lleguen a definir nuevas normas en el contexto del Espacio Europeo de Educación Superior. En este período la Universidad de Cádiz no debe renunciar a la búsqueda de un mayor equilibrio de la oferta de estudios en sus cuatro campus, dotándose para ello de las herramientas adecuadas que permitan agilizar la consecución de este objetivo. De esta forma se pretende dar respuesta a los planteamientos formulados recientemente por el Consejo Social.

La singularidad de nuestra provincia y por extensión de nuestra Universidad obliga a asumir propuestas y soluciones también singulares, contemplando entre ellas la posibilidad de ofrecer estudios de una titulación impartida en un campus en otro distinto, de tal manera que la continuidad en el tiempo de esa nueva oferta quede vinculada a que se mantenga la demanda concreta de esos estudios. Esta fórmula debe tener una incidencia especialmente importante para los campus separados por una mayor distancia. La coordinación académica corresponde al centro que tiene asignada la titulación, si bien el centro responsable, junto con los que los recursos y estructuras de los Campus de acogida, deben buscar espacios de entendimiento y vías de colaboración que

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

permitan que la Universidad de Cádiz desarrolle al máximo todas sus capacidades y su potencial. En este sentido, la relación de materias optativas de un Plan de Estudios pudiera ampliarse, de modo que fuera posible impartir en cada campus una lista de materias optativas que permitiera lograr una oferta más adaptada a las actividades socioeconómicas del entorno.

De este modo, la Universidad de Cádiz ejercita su autonomía universitaria, definiendo estructuras propias, según lo que contempla el artículo 2.2.c. LOU., en respuesta a su especificidad y sus necesidades.

En consecuencia, y por todo lo anterior, es oportuna en este momento una revisión de las reglas que regulan la definición y modificación de Planes de Estudios, de modo que las nuevas normas de que nos dotemos vengan a flexibilizar los procedimientos y a agilizar trámites, sin merma de los mecanismos de participación, de transparencia, de planificación, de compromiso con la calidad, y de obligado respeto a las nuevas normas estatutarias y a los fines e intereses institucionales de la Universidad de Cádiz.

Las modificaciones o propuestas de planes que se planteen deben necesariamente atenerse al Real Decreto 49/2004 de 19 de enero, sobre homologación de Planes de Estudios y Títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Debe también tenerse en cuenta que el número de planes de estudios que deba acogerse a esta normativa se prevé relativamente pequeño, por lo que resultará posible prestar una atención cercana al seguimiento continuado de estos cambios.

Por ello, a partir de este momento, los procesos de propuesta de definición y ajuste de planes de estudios se ceñirán en la Universidad de Cádiz a las pautas que se introducen en la presente normativa, que se enmarca en los principios contemplados en el artículo 42 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz que deben presidir su organización y funcionamiento.

Se han tenido en cuenta, en lo que hace a la regulación del procedimiento que se contiene en el presente Reglamento, el artículo 46.5 de los Estatutos, que establece la competencia del Consejo de Gobierno para proponer e informar la implantación de títulos oficiales y aprobar la creación de títulos y diplomas, así como los planes de estudios y sus modificaciones, y el artículo 160 en cuyo tercer aparatado se dispone que la aprobación de los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, correspondientes a enseñanzas que hayan sido implantadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, corresponde al Consejo de Gobierno y que la elaboración y la propuesta de revisión corresponde a las Juntas de Centro, añadiendo, el sexto apartado de dicho artículo 160 que en los correspondientes procedimientos participarán los Departamentos, Facultades, Escuelas, Institutos Universitarios de Investigación u otros Centros que resulten directamente afectados por la implantación de las enseñanzas de que se trate”.

Justificación: Este reglamento en ningún modo pretende ser la norma que regule las posibles Aulas Delegadas, quedando pendiente a tal efecto la elaboración de un reglamento específico. No obstante, para mayor clarificación, se han retirado del nuevo texto las referencias a Aulas Delegadas, aunque se mantienen las necesarias referencias a la posible creación de grupos que permitna para acercar la oferta de titulaciones de la UCA a puntos en los que existe demanda.

• Artículo 1, letra a): Sustitución de la palabra “objeto” por “finalidad”.

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• Sustitución del texto del artículo 2 por el siguiente:

1. Los Planes que se elaboren con objeto de implantar nuevos estudios se estructurarán con 60 créditos lectivos por curso. La necesidad de excepción en el cumplimiento de esta norma deberá motivarse explícitamente

2. Las asignaturas que se definan en las titulaciones, incluidas las optativas, deben atender al perfil de formación generalista que corresponde a la formación de un titulado medio o superior, de modo que, como norma, puedan asumirse para su impartición por todos los profesores que pertenezcan al área de conocimiento a la que se adscriba.

3. El Plan de Estudios de cada titulación será único, si bien del total del catálogo de optativas podrán ofertarse en cada posible ubicación las que se consideren más adecuadas en atención a la demanda.

4. Para aquellas grupos que puedan crearse con objeto de impartir una titulación en un campus distinto al Centro de origen, la oferta de optativas deberá garantizar que los alumnos puedan llegar a cursar los créditos establecidos para obtener la titulación. En dichas situaciones, y contando con la disponibilidad de profesorado, la oferta de optatividad podrá alcanzar, como máximo, un 50% más de los créditos optativos a cursar en el Plan de Estudios.

• Sustitución del texto del apartado 1 del artículo 3 por el siguiente:

“El procedimiento podrá iniciarse por acuerdo del Consejo de Dirección, del Consejo de Gobierno o de los Centros o Departamentos de la Universidad de Cádiz. La iniciativa que se someta a consideración debe apoyarse en el texto de un anteproyecto, que será remitido al Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, salvo que la iniciativa haya correspondido al Consejo de Dirección”.

• Inclusión de un apartado 2 en el artículo 3 con el siguiente texto:

“El documento de anteproyecto deberá justificar la necesidad de definición o reajuste de un Plan de Estudios e incluir las siguientes consideraciones:

a) Consideraciones contempladas en el artículo 56.3 de la Ley Andaluza de Universidades.-

1. Adecuación a la demanda social que se realiza desde el entorno cultural, productivo y empresarial y a la demanda vocacional de los estudiantes. En este sentido se potenciarán las dobles titulaciones.

2. Implantación selectiva de las titulaciones de alta especialización.

3. Eficiencia, que evite la sobreoferta de plazas de estudio, la duplicidad de costes y la inadecuación de la oferta a la demanda de estudios.

4. Planificación, de manera que la creación, supresión o suspensión de titulaciones responda a la programación estratégica del Sistema Universitario Andaluz y de cada Universidad.

5. Calidad, que garantice que las enseñanzas impartidas conducen a la formación científica, humana y técnica necesarias para el desarrollo personal y profesional del estudiante

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6. Promoción de las titulaciones propias universitarias e interuniversitarias.

7. Proximidad de los estudios de alta demanda.

En virtud de la disposición transitoria octava de la Ley Andaluza de Universidades, a las titulaciones pendientes de implantación, que a la entrada en vigor de la Ley hubiesen superado el trámite de aprobación por parte del Consejo Andaluz de Universidades, no les será de aplicación lo establecido en el apartado a) anterior.

b) Consideraciones propias de la Universidad:

1. Objetivos del Plan de Estudios, o reajuste de objetivos en caso de modificación parcial y siempre que los objetivos estuvieran previamente definidos.

2. Perfil formativo del futuro titulado, relación de competencias profesionales previstas, y mejoras en el perfil en el caso de ajustes en el plan.

3. Necesidades estimadas de recursos de plantilla de profesorado, perfil del profesorado, y valoración económica de dichas necesidades.

4. Propuestas del Plan de Estudios o de la reforma que inciden en la formación integral del alumno: competencias informáticas, en idiomas, de comunicación, y en otros ámbitos.

5. Visión sobre lo que supone de aportación el nuevo plan o el ajuste de contenidos como avance para la adaptación al Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

6. Participación e implicación de los sectores y organizaciones profesionales, y planes de trabajo propuestos en relación con éste aspecto.

7. Propuestas de desarrollo de la dimensión internacional del curriculum, y compromisos de trabajo para abordar programas interuniversitarios e internacionales (en sus diferentes dimensiones: Europa, Iberoamerica y norte de África).

8. Proyección de futuros estudios de postgrado relacionados con la titulación, y propuestas al respecto relativas al nuevo Plan de Estudios o a la modificación introducida”.

• Sustitución del texto del apartado 3 del artículo 3 por el siguiente:

“La propuesta motivada podrá incluir la definición de materias y su estructuración en asignaturas y adscripción a áreas de conocimiento”.

• Supresión del apartado 4 del artículo 3.

• Apartado 1 del artículo 4: Sustitución de la frase “emitirá un informe motivado de oportunidad y viabilidad de la propuesta, admitiéndola a trámite o rechazándola” por “emitirá en el plazo de 10 días un informe motivado de oportunidad y viabilidad del anteproyecto, admitiéndolo a trámite o rechazándolo”.

• Apartado 2 del artículo 4: Sustitución de la expresión “la propuesta” por “el anteproyecto”.

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• Apartado 3 del artículo 4: Sustitución de la frase “la propuesta podrá someterla al Consejo de Gobierno, que, en este caso, resolverá sobre la admisión a trámite de la misma” por “el anteproyecto podrá someterlo al Consejo de Gobierno, que, en este caso, resolverá sobre su admisión a trámite”.

• Sustitución del texto del artículo 5 por el siguiente:

1. Admitido a trámite el anteproyecto, el Vicerrectorado de Ordenación Académica comunicará a los Departamentos y Centros de la Universidad la apertura del procedimiento de elaboración o ajuste de Plan de Estudio, así como el Centro responsable de la coordinación de las enseñanzas. El comunicado incluirá junto con el anteproyecto las directrices generales propias de la titulación y las demás normas que sean aplicación. Asimismo, en la página web de la Universidad se dará a conocer el comienzo del procedimiento.

2. A partir de la comunicación a departamentos y centros se abre un plazo de 12 días hábiles para la formalización de propuestas de asignaturas, que deberán concretarse en un modelo de ficha normalizada, y venir avaladas por los departamentos con competencia en las diferentes áreas de conocimiento. Las propuestas deberán remitirse a la Dirección del Centro responsable de la coordinación de la titulación, enviándose copia de las mismas al Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

3. En el caso de que las directrices propias del título incluyan áreas de conocimiento que no existan en la Universidad de Cádiz, el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa, en coordinación con el Centro responsable de la titulación, determinará el criterio a seguir.

4. Recibidas las propuestas, la Comisión de Planes de Estudios del Centro dispondrá de un plazo máximo de 12 días hábiles para analizarlas e informarlas motivadamente, concretando una propuesta de Plan para los nuevos estudios o, en su caso, de modificación del plan vigente. La Comisión podrá contar con los asesoramientos y solicitar las audiencias que estime convenientes, y queda facultada para solicitar nuevas fichas adaptadas a las consideraciones que plantee en sus informes.

5. La propuesta elaborada por la Comisión de Planes de Estudios se remitirá a Departamentos y Centros y se dará a conocer a través de la página web de la Universidad como borrador en trámite de alegaciones. El comunicado a los departamentos dará lugar a la apertura de un plazo de 12 días hábiles para formular alegaciones al borrador. Estas alegaciones, que deberán venir avaladas por los Departamentos, se remitirán al Centro responsable, con envío de copia al Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

6. Una vez cerrado el plazo de alegaciones, el Centro dispondrá de 12 días hábiles para que la Comisión de Planes de Estudios realice una nueva valoración motivada y para que la Junta de Centro responsable de la titulación adopte su acuerdo.

7. La propuesta que resulte, una vez informada por la Comisión de Ordenación Académica, será sometida a consideración por el Consejo de Gobierno. A estos efectos, sus miembros podrán tener acceso a la documentación que se genere durante todo el procedimiento.

• Artículo 6, apartado 1: Sustitución de la frase “queden adscritas con preferencia a un área de conocimiento” por “, a efectos de su impartición, queden adscritas con

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preferencia a un área de conocimiento. Serán excepcionales aquellas situaciones en las que se determine que la impartición de una asignatura corresponda a más de un área”.

• Artículo 6, apartado 2: Sustitución de la frase “A estos efectos para cada materia se indicarán las áreas que puedan presentar la suficiente afinidad” por “A estos efectos los Planes de Estudios reflejarán para cada materia las áreas que puedan presentar la suficiente afinidad”.

• Texto y rúbrica del artículo 7: Sustitución de la palabra “plan” por “programa”.

• Corrección de la numeración del articulado: el artículo 10 pasa a ser el artículo 9.

• Traslado de la Disposición final al último lugar del texto del Reglamento.

• Apartado 1 de la Disposición Adicional Primera: Sustitución de la palabra “implantación” por “implantarán”.

• Inclusión de una Disposición Transitoria primera, con el siguiente texto: “Atendiendo a la situación de transitoriedad de los planes que ahora se aprueben, la relación de optatividad para nuevos planes queda restringida a 1,5 créditos ofertados por cada crédito a cursar, hasta tanto se produzca la adaptación al nuevo Espacio Europeo de Enseñanza Superior”.

• Inclusión de una disposición transitoria segunda: El presente Reglamento no será de aplicación a los proyectos de modificación de planes de estudio aprobados por Junta de Centro con anterioridad a su entrada en vigor.

• Sustitución del texto de la Disposición derogatoria por el siguiente: Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento.

2. Alegaciones presentadas que se incorporan a la propuesta.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: Sustituir en el Título del Reglamento la palabra “ajustes” por “ajuste”.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Trasladar el apartado 3 del artículo 2 al final del Reglamento, como Disposición Transitoria.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: en el apartado 2 del artículo 4, sustituir la frase “se haya presentado por órgano distinto” por “se haya presentado por un órgano distinto”.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: en el apartado 2 del artículo 5, sustituir la frase “Remitida a los miembros de la Comisión de Materias Troncales mencionados en el apartado anterior el borrado del Acta” por “Remitido a los miembros de la Comisión de Materias Troncales mencionados en el apartado anterior el borrador del Acta”.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: en el apartado 3 del artículo 5, sustituir la frase “las analizará e informará” por “los analice e informe”.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: en el apartado 4 del artículo 5, sustituir la frase “y la Junta de Centro adopte su acuerdo” por “y la Junta de Centro responsable del título adopte su acuerdo”.

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• Presentada por D. Francisco J. Gala León: en la Disposición Adicional Primera, sustituir la frase “que se implantación” por “que se implantarán”.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León:

3. Alegaciones cuya incorporación requiere una modificación adicional.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: Suprimir del texto del Reglamento las referencias a “Aulas Delegadas”, salvo la contenida en el artículo 2.

Justificación: En atención a la propuesta se ha retirado del nuevo texto la referencia a Aulas Delegadas, aunque se mantienen necesarias referencias a la posible creación de grupos para acercar la oferta de titulaciones de la UCA a puntos en los que existe demanda. Por otro lado, las alusiones de los enmendantes a las posibles vulneraciones de la Ley Andaluza de Universidades han sido objeto de informe por parte de la Directora de la Oficina de Revisión Normativa y Procedimientos, manifestando –no obstante- que quedan en todo momento fuera de la intención con que se plantea el presente Reglamento.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Suprimir del texto del Reglamento toda referencia a la posibilidad de creación de Aulas Delegadas.

Justificación: El sentido de este Reglamento no es el de regular la creación de Aulas Delegadas, que deberá ser objeto de tratamiento específico. En cualquier caso, se han suprimido en el nuevo texto las referencias a Aulas Delegadas. No obstante, no debiera olvidarse que la Universidad de Cádiz ha sido pionera en el uso de la figura de las Aulas Delegadas, concretamente en el Campus de la Bahía de Algeciras.

La calidad depende de múltiples factores, como bien conoce un centro que se ha distinguido por su participación activa en procesos de evaluación impulsados por su equipo directivo.

En cuanto a los comentarios sobre la conveniencia de no tomar decisiones en este momento, aún pudiendo ser la postura más cómoda para un equipo de gobierno, no necesariamente tiene que ser la postura más responsable con la universidad. Por tanto, debe considerarse que las acciones que se impulsen desde el equipo de Dirección se adoptan en ejercicio de sus responsabilidades.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del apartado 1 del artículo 2 por el siguiente:

“Los créditos lectivos de los nuevos Planes de Estudios mencionados en el artículo 1 a), se adaptarán a 60 por curso. Las causas de excepcionalidad de esta norma deberán en su caso justificarse debidamente, y someterse explícitamente a aprobación por Consejo de Gobierno”.

Justificación: El nuevo texto propuesto de oficio trata de mejorar la redacción. También se añade en el Preámbulo una referencia en la que se asume que la vida de este reglamento debe abarcar desde este momento a aquél en que comiencen a desarrollarse nuevas normas de rango superior.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del apartado 4 del artículo 2 por alguno de los siguientes:

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

4. Las Aulas Delegadas tendrán el mismo Plan de Estudios que el Centro de que dependan, si bien el número de optativas que en ellas se impartan podrá ser inferior, garantizando en todo caso que los alumnos podrán seguir en dichas aulas el número mínimo de créditos optativos impuesto por el Plan de Estudios.

4. En el caso de las Aulas Delegadas la oferta efectiva de optatividad podrá establecerse entre 1,0 y 1,5 créditos por cada crédito optativo requerido por el Plan de Estudios, por consideración a las disponibilidades de profesorado.

Justificación: En opinión del Prof. Álvarez Alarcón, “no se define en este Reglamento qué se entiende por Aula Delegada, pero parece que no debiera ser otra cosa que un grupo de clases que un Centro constituye en un lugar diferente de su sede y con carácter no permanente, sino en función de la demanda u otras circunstancias. El Aula Delegada debe ofrecer la posibilidad al Alumnado de que pueda alcanzar el Título que corresponda, razón por la que al menos impartirá la docencia de Asignaturas Optativas requeridas por el Plan de Estudios, sin perjuicio de que el alumno pueda matricularse de otras Optativas que se imparten sólo en el Centro Matriz”. Sin embargo, la intención no era distinta de la que dice el Prof. Álvarez. No obstante se aclara en la nueva redacción de los puntos 3 y 4.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: Supresión de la redacción del apartado 4 del artículo 2 de la expresión “sin que sea superior por norma a 1,5 créditos ofertados por cada crédito a cursar”.

Justificación: La redacción del artículo 2 se ha corregido en atención a esta alegación y a la del Prof. Álvarez Alarcón.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del apartado 5 del artículo 2 por el siguiente:

5. La oferta global de optatividad podrá modificarse para permitir que las Aulas Delegadas puedan adaptarse a un perfil propio en cada ubicación, aunque manteniendo la premisa anterior de restricción de la optatividad en los nuevos campus a los que se extienda la oferta..

Justificación: Se entiende que estas propuestas de modificación quedarían asumidas, al menos en parte, en la nueva redacción del Reglamento.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del artículo 3 por el siguiente:

1. El procedimiento podrá iniciarse por acuerdo del Consejo de Dirección, del Consejo de Gobierno o de los Centros o Departamentos de la Universidad de Cádiz. La propuesta será remitida al Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, salvo que la iniciativa haya correspondido al Consejo de Dirección, y en ella se deberá justificar la necesidad de definición o reajuste de un Plan de Estudios e incluir las siguientes consideraciones:

a)- Consideraciones contempladas en el artículo 56.3 de la Ley Andaluza de Universidades.-

1. Adecuación a la demanda social que se realiza desde el entorno cultural, productivo y empresarial y a la demanda vocacional de los estudiantes. En este sentido se potenciarán las dobles titulaciones.

2. Implantación selectiva de las titulaciones de alta especialización.

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

3. Eficiencia, que evite la sobreoferta de plazas de estudio, la duplicidad de costes y la inadecuación de la oferta a la demanda de estudios.

4. Planificación, de manera que la creación, supresión o suspensión de titulaciones responda a la programación estratégica del Sistema Universitario Andaluz y de cada Universidad.

5. Calidad, que garantice que las enseñanzas impartidas conducen a la formación científica, humana y técnica necesarias para el desarrollo personal y profesional del estudiante, ampliando en su caso lo previsto en el apartado A.c.-

6. Promoción de las titulaciones propias universitarias e interuniversitarias.

7. Proximidad de los estudios de alta demanda.

b) Consideraciones propias de la Universidad:

1. Objetivos del Plan de Estudios, o reajuste de objetivos en caso de modificación parcial y siempre que los objetivos estuvieran previamente definidos.

2. Perfil formativo del futuro titulado, relación de competencias profesionales previstas, y mejoras en el perfil en el caso de ajustes en el plan.

3. Necesidades estimadas de recursos de plantilla de profesorado, perfil del profesorado, y valoración económica de dichas necesidades.

4. Propuestas del Plan de Estudios o de la reforma que inciden en la formación integral del alumno: competencias informáticas, en idiomas, de comunicación, y en otros ámbitos.

5. Visión sobre lo que supone de aportación el nuevo plan o el ajuste de contenidos como avance para la adaptación al Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

6. Participación e implicación de los sectores y organizaciones profesionales, y planes de trabajo propuestos en relación con éste aspecto.

7. Propuestas de desarrollo de la dimensión internacional del curriculum, y compromisos de trabajo para abordar programas interuniversitarios e internacionales (en sus diferentes dimensiones: Europa, Iberoamérica y norte de África).

8. Proyección de futuros estudios de postgrado relacionados con la titulación, y propuestas al respecto relativas al nuevo Plan de Estudios o a la modificación introducida.

3. De la propuesta deberá darse traslado al Rector y a todos los Centros y Departamentos de la Universidad.

4. La propuesta motivada podrá incluir la definición de materias y su estructuración en asignaturas y adscripción a áreas de conocimiento.

Justificación: Se trata de mejoras diversas en el texto del artículo 3 que han sido asumidas en la nueva redacción.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del apartado 1 del artículo 4 por el siguiente:

1. A la vista de la documentación presentada, el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, en los supuestos en los que la iniciativa no haya correspondido al Consejo de Dirección, en el plazo de 10 días emitirá un

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

informe motivado de oportunidad y viabilidad de la propuesta, admitiéndola a trámite o rechazándola, pudiendo, en el primer caso, solicitar cuantas aclaraciones y material complementario sean necesarios.

Justificación: Se asume en esencia la propuesta en la nueva redacción.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del artículo 5 por el siguiente:

1. Remitida a los miembros de la Comisión de Materias Troncales o de las áreas afectadas mencionados en el apartado anterior el borrador del Acta de la sesión, se abrirá un plazo de 10 días para la formalización de propuestas de asignaturas, debiendo presentarse, en el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa, las correspondientes fichas por asignatura, siguiendo el modelo que se proponga.

2. Las propuestas y las fichas de asignaturas serán remitidas a la Comisión de Planes de Estudios del Centro para que, en un plazo de 10 días naturales, las analice e informe motivadamente, concretando una propuesta sobre el nuevo Plan o la modificación del Plan de Estudios. La Comisión podrá solicitar nuevas fichas adaptadas a las consideraciones que formule en su informe, en cuyo caso, los receptores contarán con un plazo de 5 días naturales para remitir dicha adaptación.

3. Tras la recepción del informe de la Comisión de Planes de Estudios, se podrán presentar alegaciones en un plazo máximo de diez días naturales. A partir de dicho plazo la Comisión de Planes de Estudios dispondrá de otros 10 días naturales para realizar una nueva valoración motivada y la Junta de Centro adopte su acuerdo.

4. A partir de dicho acuerdo la Comisión de Ordenación Académica contará con un plazo de 10 días naturales para reunirse, contando con la presencia del Decano o Director del Centro y del representante del órgano proponente de la iniciativa, para emitir un informe final sobre el procedimiento y sobre la valoración que merece la propuesta elaborada.

La propuesta será sometida a consideración por el Consejo de Gobierno. A estos efectos, sus miembros podrán tener acceso a la documentación que se genere durante todo el procedimiento.

Justificación: Se han introducido varios cambios en atención a las alegaciones. Se elimina la Comisión de Materias Troncales, y la referencia a la participación de las áreas afectadas, considerando que todas las áreas interesadas deben darse por aludidas con el comunicado a los Departamentos y la publicidad en la web de la Universidad. Se alargan los plazos previstos situándolos en 12 días hábiles.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: Sustitución de las referencias a “área de conocimiento” en el apartado 1 del artículo 6 por una expresión que permita la pluralidad de áreas.

Justificación: Se ha retocado el texto con idea de clarificar la intención.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Sustitución del texto del artículo 7 por el siguiente:

Artículo 7.- Programa de Implantación.-

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

La propuesta de nuevos Planes de Estudios o las de reajustes en los Planes que se imparten, vendrán acompañadas necesariamente de un Programa de implantación, de modo que se prevea el período de puesta en marcha de nuevas asignaturas y la extinción de las que existan -en su caso- con el objeto de racionalizar el inicio de las modificaciones, facilitar la necesaria publicidad, y minimizar la incidencia sobre las necesidades de nuevo profesorado.

Justificación: Se asume en esencia la propuesta en la nueva redacción.

4. Alegaciones presentadas que no se incorporan al texto.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Supresión en el Preámbulo de la frase “La necesidad de ajustar los planes de estudios a las disponibilidades de plantilla de profesorado”.

Motivo del rechazo: La frase refleja, en primer lugar, la intención con que se llevó a efecto el anterior proceso de ajuste de Planes de Estudios, y hay constancia de que esa intención concreta estuvo claramente presente en el proceso. A ese párrafo sigue otro en el que incide de una forma genérica en la vigencia de los mismos argumentos, hoy en día agravados por la más delicada situación financiera de la Universidad. Por tanto, como afirmación genérica, se entiende que no debe retirarse, y que la UCA debe buscar la rentabilización de los recursos humanos de que dispone como parte importante de la necesidad de rendición de cuentas a la sociedad. Esto no obvia la posibilidad de que títulos y situaciones concretas exijan un tratamiento singular para apoyar su consolidación y desarrollo, una vez probado que los recursos humanos con que se cuente se estén empleando a fondo y resulten insuficientes.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Añadir al final del quinto párrafo del Preámbulo la siguiente frase “Siendo vinculante para la implantación el acuerdo favorable de la Junta de Centro responsable del título, así como de la que acogerá el Aula Delegada en sus instalaciones”.

Motivo del rechazo: El sentido de este reglamento no es el de regular la creación de Aulas Delegadas, que deberá ser objeto de tratamiento específico. En cualquier caso, se han suprimido en el nuevo texto las referencias a Aulas Delegadas.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Añadir al texto del Reglamento un artículo con el siguiente contenido:

“Las Aulas Delegadas de un título de un centro podrán implantarse en otro centro, siempre que ambas Juntas de Centro así lo acuerden expresamente, y siempre que se garanticen las siguientes condiciones:

a) Que el centro donde el plan de estudios se éste impartiendo, cuente con departamentos o estructuras docentes e investigadoras adecuadas a los fines de la formación.

b) Que el centro donde el plan de estudios se éste impartiendo, cuente para el desarrollo efectivo de las enseñanzas con los necesarios medios materiales (espacio, instalaciones, laboratorios, equipamiento científico, técnico o artístico, recursos bibliográficos, etc.) que aseguren el adecuado funcionamiento de los servicios correspondientes a las enseñanzas impartidas

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

c) Que el centro donde el plan de estudios se éste impartiendo, cuente para el desarrollo efectivo de las enseñanzas, personal académico suficiente, con un grado de dedicación a la función docente adecuado, de manera que quede suficientemente garantizada la calidad de la docencia, de la investigación y de la formación profesional del estudiante.”

Motivo del rechazo: Estas observaciones, sin entrar de lleno en las razones que puedan contener, pueden también ser objeto de debate y matización. En cualquier caso quedan fuera del ámbito de aplicación de un Reglamento que se centra en regular los procesos de elaboración y ajuste de Planes de Estudios.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Añadir al artículo 1 un apartado c) con el siguiente texto:

“Los que tienen por objeto la creación de Aulas Delegadas”.

Motivo del rechazo: Este reglamento en ningún modo pretende ser la norma que regule las posibles Aulas Delegadas, quedando pendiente a tal efecto la elaboración de un reglamento específico. No obstante, para mayor clarificación, se han retirado del nuevo texto las referencias a Aulas Delegadas, aunque se mantienen las necesarias referencias a la posible creación de grupos para acercar la oferta de titulaciones de la UCA a puntos en los que existe demanda.

• Presentada por D. Arturo Álvarez Alarcón: Supresión del artículo 2.

Motivo del rechazo: se asume en líneas generales su propuesta alternativa de nueva redacción del precepto mencionado.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Supresión del apartado 2 del artículo 2.

Motivo del rechazo: La formación de los egresados no debe confundirse con la formación de los estudiantes de un título. En el pasado se han presentado con cierta frecuencia una problemática académica vinculada a que ciertas asignaturas quedan bajo el ámbito de un determinado profesor o de un mínimo de profesores de un área, con los problemas que ello supone de organización docente. Por otra parte una crítica a los actuales planes de estudios es que con frecuencia no responden a las necesidades y demandas de formación de los alumnos sino más bien al tema de especialización de un determinado profesor.

Es necesario hacer notar que ahora estamos de nuevo en puertas de reformar la reforma, y han surgido nuevas interpretaciones del enfoque que debe tener una titulación.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: Supresión del apartado 2 del artículo 2.

Motivo del rechazo: Es necesario negar que la motivación de fondo sea economicista. En el pasado se ha presentado con cierta frecuencia una problemática académica vinculada a que ciertas asignaturas quedan bajo el ámbito de un determinado profesor o de un mínimo de profesores de un área, con los problemas que ello supone de organización docente. Por otra parte una crítica a los actuales planes de estudios es que con frecuencia no responden a las necesidades y demandas de formación de los alumnos sino más bien al tema de especialización de un determinado profesor. En cualquier caso el texto del apartado ha sido matizado con el fin de dejar más clara la intención con la que se incluye, y salvar la posibilidad de que la singularidad de algunas áreas muy concretas no pueda adaptarse a lo que en él se demanda. Es necesario hacer notar que ahora estamos de nuevo en puertas de reformar la reforma, y han surgido nuevas

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

interpretaciones del enfoque que debe tener una titulación. No obstante, como aclaración adicional, referir que el RD 1497/1987 de 27 de noviembre en que se establecen directrices generales comunes de los Planes de Estudio de los Títulos Universitarios de carácter oficial, y en que se introduce el término MATERIAS OPTATIVAS, las define como las “libremente establecidas por cada universidad, que las incluirá en el correspondiente plan de estudios para que el alumno escoja entre las mismas”, sin que por tanto se aluda a la necesidad de perfilación específica a que hace referencia en su alegación.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Posible vulneración del artículo 160 de los Estatutos por parte del texto del artículo 3, en la medida en que hace referencia a que el procedimiento de elaboración y ajuste de Planes de Estudio podrá iniciarse por el Consejo de Dirección, el Consejo de Gobierno y los Centros o Departamentos de la Universidad de Cádiz.

Motivo del rechazo: Las alusiones a las posibles vulneraciones de los Estatutos de la Universidad de Cádiz han sido objeto de informe por parte de la Directora de la Oficina de Revisión Normativa y Procedimientos. El artículo concreto al que se alude no hace mención expresa al carácter “exclusivo” de la competencia.

• Presentada por D. Francisco J. Gala León: Supresión de la referencia a los Departamentos en el apartado 1 del artículo 3.

Motivo del rechazo: Según el enmendante, “en el art. 3.1 no parece lógico ni conveniente que el proceso pueda iniciarse por un Departamento pues sería incluso antiestatutario, habida cuenta que el tema está claramente regulado en nuestros Estatutos (art. 69.3); los Departamentos podrán informar o proponer (art. 79.4 y 5 de nuestros Estatutos) pero nunca INICIAR”. No obstante, deben también tenerse en cuenta otros fundamentos, tales como el contenido del Título de los Estatutos sobre la Organización de las Enseñanzas. Art.160.6.- Clases y Régimen de Creación.- “En los correspondientes procedimientos participarán los Departamentos, Facultades, Escuelas, Institutos Universitarios de Investigación u otros Centros que resulten directamente afectados por la implantación de las enseñanzas de que se trate”. Por otra parte, el procedimiento que se plantea sólo permitiría a un Departamento formular un anteproyecto, que pasa a consideración del Vicerrectorado de Ordenación Académica y del Centro responsable de la titulación y que, en caso de que haya diferencias sobre su oportunidad, pasa a consideración de Consejo de Gobierno , todo ello antes de la admisión a trámite para que se trabaje desde el Centro, momento en que éste ejerce su competencia con plenas capacidades, elevando su propuesta al Consejo de Gobierno para que, a su vez, la valore y la apruebe en su forma final. En caso de acuerdo de partida, el Centro asume directamente y hace suyo el interés de la propuesta. Por otra parte, en caso de desacuerdo, es el Consejo de Gobierno en que actúa, como órgano que asume las competencias que le atribuye el artículo 46 de los Estatutos, entre ellas las contempladas en los incisos 5 “Proponer e informar la implantación de títulos oficiales y aprobar la creación de títulos y diplomas, así como los planes de estudios y sus modificaciones” y 7, “Aprobar la programación general de la enseñanza en la Universidad” sin perjuicio de otras que también le correspondan. El papel que se atribuye a los Departamentos puede apoyarse en una serie de competencias residuales recogidas en la redacción del Art 79, puntos 17 y 18, entre las que bien pueden considerarse incluidas las posibilidades de intervención que se le atribuyen en este reglamento.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Supresión del artículo 4, ya que no puede corresponder la admisión a trámite de la revisión de un plan de estudios, sino la aprobación o no en Consejo de Gobierno, de una propuesta de revisión iniciada y realizada por la Junta de Centro responsable del título (art. 160 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz).

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Motivo del rechazo: El artículo 160.3 dice “La elaboración y la propuesta de revisión corresponde a las Juntas de Centro”, sin mencionar explícitamente que deba ser “iniciada” por ellas. En este sentido, valgan también los argumentos dados como respuesta a una de las alegaciones planteadas por el Prof. Gala León.

• Presentada por el Director de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, D. Ignacio J. Turias Domínguez: Ampliación de los plazos previstos en el artículo 5 a 20 días naturales.

Motivo del rechazo: Es necesario tener en cuenta que la publicación del RD que venga a regular la Estructura de las Enseñanzas y los Títulos de Grado debe fijar un límite temporal a la posibilidad de definir nuevos Planes de Estudios o introducir ajustes en los planes vigentes. Ante la eventualidad de que el límite de plazo pueda situarse al final del presente curso –como ocurría en los borradores que se han informado en Consejo de Coordinación Universitaria- se hace necesario que los plazos permitan la suficiente agilidad. Por otra parte, este reglamento introduce una serie de aspectos con los que aumenta la transparencia y la publicidad de las actuaciones, y por tanto facilita por esta vía la participación con respecto a la situación vigente hasta el momento.

MODIFICACIONES A LA PROPUESTA DE REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y AJUSTES DE PLANES DE ESTUDIOS DERIVADAS DEL INFORME DE LA SECRETARIA GENERAL.

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Sustituir el título del proyecto por el siguiente: Reglamento por el que se regulan los procedimientos de elaboración y ajustes de Planes de Estudio

Sustituir, en la primera frase del artículo 1, el término procesos por procedimientos.

Sustituir el término propuesta de los apartados 1, primer párrafo, 2 y 3 del artículo 3, del apartado 2 del artículo 4 y del apartado 1 del artículo 5 por anteproyecto.

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ANEXO VIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Sustituir el título del artículo 3 por el siguiente: Fase preliminar.

Sustituir la redacción del primer párrafo del apartado 1 del artículo 3 por la siguiente: El procedimiento se iniciará por el Consejo de Gobierno o el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4, por propia iniciativa o a petición razonada del Consejo de Dirección, los Centros y Departamentos de la Universidad de Cádiz, debiendo remitirse el anteproyecto al Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, que deberá justificar la necesidad de definición o reajuste de un Plan de Estudios e incluir las siguientes consideraciones:

Sustituir el título del artículo 4 por el siguiente: Iniciación del procedimiento.

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Reglamento por el que se regulan los procedimientos deelaboración y ajuste de Planes de Estudio

El proceso de ajuste de Planes de Estudio a los Reales Decretos por los que se establecen y modifican las Directrices Generales Comunes se han regulado con anterioridad por la Junta de Gobierno de la Universidad de Cádiz de acuerdo con tres líneas principales:

La necesidad de orientar los planes de estudios hacia objetivos formativos bien definidos

La necesidad de ajustar los planes de estudios a las disponibilidades de plantilla de profesorado

La exigencia de transparencia que debía presidir todos los procesos de ajuste o modificación

En la actualidad esos argumentos han ganado aún más en significación, y todos ellos quedan presididos por la necesidad de orientar cualquier reforma hacia el logro de objetivos institucionales, de modo que la definición de nuevos planes y los ajustes de los planes vigentes contribuyan a mejorar la situación de la Universidad de Cádiz, tanto en lo referente a la respuesta que está comprometida a ofrecer como servicio público de educación superior, como en su viabilidad y estabilidad financiera, de modo que pueda llegar a disponerse de recursos que hagan posible abordar nuevos retos, dotando mejores medios para la enseñanza y la investigación.

En este momento, en lo que respecta a los Planes de Estudios, las universidades se encuentran en una situación de transitoriedad, de manera que deben concretarse algunas propuestas de planes de nuevas titulaciones autorizadas por la Comunidad de Andalucía de aquí al 2006, y por otra parte deben ajustarse algunos contenidos de los planes que por diferentes razones puedan requerir una modificación. En ésta última categoría se puede distinguir entre reformas motivadas por necesidades de corrección de problemas detectados debidamente contrastados mediante procesos de evaluación, o por la posibilidad de mejorar los perfiles del título aproximando la oferta de estudios de la Universidad de Cádiz a las demandas de la sociedad.

En consecuencia este reglamento viene a cubrir las necesidades de un período transitorio, que abarca desde este momento al punto en que se lleguen a definir nuevas normas en el contexto del Espacio Europeo de Educación Superior. En este período la Universidad de Cádiz no debe renunciar a la búsqueda de un mayor equilibrio de la oferta de estudios en sus cuatro campus, dotándose para ello de las herramientas adecuadas que permitan agilizar la consecución de este objetivo. De esta forma se pretende dar respuesta a los planteamientos formulados recientemente por el Consejo Social.

La singularidad de nuestra provincia y por extensión de nuestra Universidad obliga a asumir propuestas y soluciones también singulares, contemplando entre ellas la posibilidad de ofrecer estudios de una titulación impartida en un campus en otro distinto, de tal manera que la continuidad en el tiempo de esa nueva oferta quede

ANEXO IX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

vinculada a que se mantenga la demanda concreta de esos estudios. Esta fórmula debe tener una incidencia especialmente importante para los campus separados por una mayor distancia. La coordinación académica corresponde al centro que tiene asignada la titulación, si bien el centro responsable, junto con los que los recursos y estructuras de los Campus de acogida, deben buscar espacios de entendimiento y vías de colaboración que permitan que la Universidad de Cádiz desarrolle al máximo todas sus capacidades y su potencial. En este sentido, la relación de materias optativas de un Plan de Estudios pudiera ampliarse, de modo que fuera posible impartir en cada campus una lista de materias optativas que permitiera lograr una oferta más adaptada a las actividades socioeconómicas del entorno.

De este modo, la Universidad de Cádiz ejercita su autonomía universitaria, definiendo estructuras propias, según lo que contempla el artículo 2.2.c. LOU., en respuesta a su especificidad y sus necesidades.

En consecuencia, y por todo lo anterior, es oportuna en este momento una revisión de las reglas que regulan la definición y modificación de Planes de Estudios, de modo que las nuevas normas de que nos dotemos vengan a flexibilizar los procedimientos y a agilizar trámites, sin merma de los mecanismos de participación, de transparencia, de planificación, de compromiso con la calidad, y de obligado respeto a las nuevas normas estatutarias y a los fines e intereses institucionales de la Universidad de Cádiz.

Las modificaciones o propuestas de planes que se planteen deben necesariamente atenerse al Real Decreto 49/2004 de 19 de enero, sobre homologación de Planes de Estudios y Títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Debe también tenerse en cuenta que el número de planes de estudios que deba acogerse a esta normativa se prevé relativamente pequeño, por lo que resultará posible prestar una atención cercana al seguimiento continuado de estos cambios.

Por ello, a partir de este momento, los procesos de propuesta de definición y ajuste de planes de estudios se ceñirán en la Universidad de Cádiz a las pautas que se introducen en la presente normativa, que se enmarca en los principios contemplados en el artículo 42 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz que deben presidir su organización y funcionamiento.

Se han tenido en cuenta, en lo que hace a la regulación del procedimiento que se contiene en el presente Reglamento, el artículo 46.5 de los Estatutos, que establece la competencia del Consejo de Gobierno para proponer e informar la implantación de títulos oficiales y aprobar la creación de títulos y diplomas, así como los planes de estudios y sus modificaciones, y el artículo 160 en cuyo tercer aparatado se dispone que la aprobación de los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, correspondientes a enseñanzas que hayan sido implantadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, corresponde al Consejo de Gobierno y que la elaboración y la propuesta de revisión corresponde a las Juntas de Centro, añadiendo, el sexto apartado de dicho artículo 160 que en los correspondientes procedimientos participarán los Departamentos, Facultades, Escuelas, Institutos Universitarios de Investigación u otros Centros que resulten directamente afectados por la implantación de las enseñanzas de que se trate

Artículo 1.- Objeto.-

El presente reglamento tiene por objeto regular los siguientes procedimientos:a) Los que tienen por finalidad la elaboración de planes para implantación de nuevos estudios, con atención a lo establecido por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz y por el Consejo Andaluz de Universidades

b) Los que tienen por objetivo la introducción de mejoras o ajustes en Planes de Estudios vigentes, sin perjuicio de su sometimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 49/2004 de 19 de enero sobre homologación de Planes de Estudios y Títulos de carácter oficial y

ANEXO IX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

validez en todo el territorio nacional, al Consejo de Coordinación Universitaria.

Artículo 2.- Créditos Lectivos y Oferta de Optatividad

1. Los Planes que se elaboren con objeto de implantar nuevos estudios se estructurarán con 60 créditos lectivos por curso. La necesidad de excepción en el cumplimiento de esta norma deberá motivarse explícitamente.

2. Las asignaturas que se definan en las titulaciones, incluidas las optativas, deben responder, con carácter general, al perfil de formación generalista que corresponde a la formación de un titulado medio o superior, de modo que, como norma, puedan asumirse para su impartición por todos los profesores que pertenezcan al área de conocimiento a la que se adscriba.

3. El Plan de Estudios de cada titulación será único, si bien del total del catálogo de optativas podrán ofertarse en cada posible ubicación las que se consideren más adecuadas en atención a la demanda.

4. Para aquellas grupos que puedan crearse con objeto de impartir una titulación en un campus distinto al Centro de origen, la oferta de optativas deberá garantizar que los alumnos puedan llegar a cursar los créditos establecidos para obtener la titulación. En dichas situaciones, y contando con la disponibilidad de profesorado, la oferta de optatividad podrá alcanzar, como máximo, un 50% más de los créditos optativos a cursar en el Plan de Estudios.

Artículo 3.- Fase preliminar.-

1. El procedimiento se iniciará por el Consejo de Gobierno o el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4, por propia iniciativa o a petición razonada del Consejo de Dirección, los Centros y Departamentos de la Universidad de Cádiz, debiendo remitirse el anteproyecto al Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

2. El documento de anteproyecto deberá justificar la necesidad de definición o reajuste de un Plan de Estudios e incluir las siguientes consideraciones:

a) Consideraciones contempladas en el artículo 56.3 de la Ley Andaluza de Universidades.-

1. Adecuación a la demanda social que se realiza desde el entorno cultural, productivo y empresarial y a la demanda vocacional de los estudiantes. En este sentido se potenciarán las dobles titulaciones.

2. Implantación selectiva de las titulaciones de alta especialización.

3. Eficiencia, que evite la sobreoferta de plazas de estudio, la duplicidad de costes y la inadecuación de la oferta a la demanda de estudios.

4. Planificación, de manera que la creación, supresión o suspensión de titulaciones responda a la programación estratégica del Sistema Universitario Andaluz y de cada Universidad.

5. Calidad, que garantice que las enseñanzas impartidas conducen a la formación científica, humana y técnica necesarias para el desarrollo personal y profesional del estudiante

6. Promoción de las titulaciones propias universitarias e interuniversitarias.

7. Proximidad de los estudios de alta demanda.

En virtud de la disposición transitoria octava de la Ley Andaluza de Universidades, a las titulaciones pendientes de implantación, que a la entrada en vigor de la Ley hubiesen superado el trámite de aprobación por parte del Consejo Andaluz de Universidades, no les será de aplicación lo establecido en el apartado a) anterior.

ANEXO IX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

b) Consideraciones propias de la Universidad:

1. Objetivos del Plan de Estudios, o reajuste de objetivos en caso de modificación parcial y siempre que los objetivos estuvieran previamente definidos.

2. Perfil formativo del futuro titulado, relación de competencias profesionales previstas, y mejoras en el perfil en el caso de ajustes en el plan.

3. Necesidades estimadas de recursos de plantilla de profesorado, perfil del profesorado, y valoración económica de dichas necesidades.

4. Propuestas del Plan de Estudios o de la reforma que inciden en la formación integral del alumno: competencias informáticas, en idiomas, de comunicación, y en otros ámbitos.

5. Visión sobre lo que supone de aportación el nuevo plan o el ajuste de contenidos como avance para la adaptación al Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

6. Participación e implicación de los sectores y organizaciones profesionales, y planes de trabajo propuestos en relación con éste aspecto.

7. Propuestas de desarrollo de la dimensión internacional del curriculum, y compromisos de trabajo para abordar programas interuniversitarios e internacionales (en sus diferentes dimensiones: Europa, Iberoamerica y norte de África).

8. Proyección de futuros estudios de postgrado relacionados con la titulación, y propuestas al respecto relativas al nuevo Plan de Estudios o a la modificación introducida

3. El anteproyecto motivado podrá incluir la definición de materias y su estructuración en asignaturas y adscripción a áreas de conocimiento.

Artículo 4.- Iniciación del procedimiento.-

1. A la vista de la documentación presentada, el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, en los supuestos en los que la iniciativa no haya correspondido al Consejo de Dirección, emitirá en el plazo de 10 días un informe motivado de oportunidad y viabilidad del anteproyecto, admitiéndolo a trámite o rechazándolo, pudiendo, en el primer caso, solicitar cuantas aclaraciones y material complementario sean necesarios.

2. Cuando el anteproyecto se haya presentado por un órgano distinto al Centro en el que originalmente se imparta la titulación, éste podrá emitir informe motivado en el plazo máximo de 10 días, contados desde el día siguiente a aquel en el que fuera recibido el anteproyecto inicial, plazo que podrá ser ampliado o reducido por el Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa, si así lo exige el cumplimiento del resto del procedimiento en su conjunto.

3. En aquellos supuestos en los que el informe del Vicerrector de Ordenación Académica e Innovación Educativa sea desfavorable o existan discrepancias entre éste y el informe previsto en el apartado anterior, el órgano que presentó el anteproyecto podrá someterlo al Consejo de Gobierno, que, en este caso, resolverá sobre su admisión a trámite.

Artículo 5.- Desarrollo del procedimiento.-

1. Admitido a trámite el anteproyecto, el Vicerrectorado de Ordenación Académica comunicará a los Departamentos y Centros de la Universidad la apertura del procedimiento de elaboración o ajuste de Plan de Estudio, así como el Centro responsable de la coordinación de las enseñanzas. El comunicado incluirá junto con el anteproyecto las directrices generales propias de la titulación y las demás normas que sean aplicación. Asimismo, en la página web de la Universidad se dará a conocer el comienzo del procedimiento.

ANEXO IX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

2. A partir de la comunicación a departamentos y centros se abre un plazo de 12 días hábiles para la formalización de propuestas de asignaturas, que deberán concretarse en un modelo de ficha normalizada, y venir avaladas por los departamentos con competencia en las diferentes áreas de conocimiento. Las propuestas deberán remitirse a la Dirección del Centro responsable de la coordinación de la titulación, enviándose copia de las mismas al Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

3. En el caso de que las directrices propias del título incluyan áreas de conocimiento que no existan en la Universidad de Cádiz, el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa, en coordinación con el Centro responsable de la titulación, determinará el criterio a seguir.

4. Recibidas las propuestas, la Comisión de Planes de Estudios del Centro dispondrá de un plazo máximo de 12 días hábiles para analizarlas e informarlas motivadamente, concretando una propuesta de Plan para los nuevos estudios o, en su caso, de modificación del plan vigente. La Comisión podrá contar con los asesoramientos y solicitar las audiencias que estime convenientes, y queda facultada para solicitar nuevas fichas adaptadas a las consideraciones que plantee en sus informes.

5. La propuesta elaborada por la Comisión de Planes de Estudios se remitirá a Departamentos y Centros y se dará a conocer a través de la página web de la Universidad como borrador en trámite de alegaciones. El comunicado a los departamentos dará lugar a la apertura de un plazo de 12 días hábiles para formular alegaciones al borrador. Estas alegaciones, que deberán venir avaladas por los Departamentos, se remitirán al Centro responsable, con envío de copia al Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa.

6. Una vez cerrado el plazo de alegaciones, el Centro dispondrá de 12 días hábiles para que la Comisión de Planes de Estudios realice una nueva valoración motivada y para que la Junta de Centro responsable de la titulación adopte su acuerdo.

7. La propuesta que resulte, una vez informada por la Comisión de Ordenación Académica, será sometida a consideración por el Consejo de Gobierno. A estos efectos, sus miembros podrán tener acceso a la documentación que se genere durante todo el procedimiento.

Artículo 6.- Adscripción de asignaturas a áreas de conocimiento.-

1. Las materias se propondrán de modo que, a efectos de su impartición, queden adscritas con preferencia a un área de conocimiento. Serán excepcionales aquellas situaciones en las que se determine que la impartición de una asignatura corresponda a más de un área.

2. En caso de que el área a la que se adscriba una materia en primer lugar no cuente con profesorado suficiente para impartirla, la Comisión de Ordenación Académica podrá proponer al Consejo de Gobierno que la docencia se imparta por profesores de un área afín. A estos efectos los Planes de Estudios reflejarán para cada materia las áreas que puedan presentar la suficiente afinidad.

Artículo 7.- Programa de Implantación.-

La propuesta de nuevos Planes de Estudios o las de reajustes en los Planes que se imparten, vendrán acompañadas necesariamente de un programa de implantación, de modo que se programe la puesta en marcha de nuevas asignaturas y la extinción de las que existan -en su caso- con el objeto de racionalizar la puesta en marcha de las modificaciones, facilitar la necesaria publicidad, y minimizar la incidencia sobre las necesidades de nuevo profesorado.

ANEXO IX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 8.- Transparencia, publicidad y garantía de los Procesos.-

1. El Vicerrectorado de Ordenación Académica e innovación Educativa es competente en la coordinación de la elaboración y reforma de Planes de Estudios, y remitirá a Centros y Departamentos las comunicaciones que reciba en relación con las iniciativas de definición y procesos de modificación. A ellos sumará todos aquellos comunicados que estime oportuno emitir para el mejor seguimiento de los procesos de definición o ajuste en los Planes de Estudios.

2. La Comisión de Ordenación Académica será competente para supervisar todo el procedimiento e introducir modificaciones antes de la presentación de la propuesta a aprobación por el Consejo de Gobierno. Para ello se contará con la participación del Decano o Director del Centro responsable de la titulación.

Artículo 9.- Medios de comunicación de la información.-

A efectos de comunicación interna en la Universidad de Cádiz y difusión de la información, se considerará válido el correo electrónico o el fax como medio para dar traslado de las propuestas y de las alegaciones.

Disposición Adicional Primera.- Nuevos Planes de Estudios.-

1. En virtud de los acuerdos adoptados por el Consejo Andaluz de Universidades, pendientes de aprobación definitiva, los Planes de Estudios que se implantarán en la Universidad de Cádiz hasta el año 2006 son los siguientes:

Ingeniero Informático (2º ciclo), Escuela Superior de Ingeniería.

Publicidad y Relaciones Públicas (2º ciclo), Escuela Universitaria de Estudios Empresariales y de Administración Pública.

2. La Universidad de Cádiz, a través de los centros responsables, elaborará según lo previsto en el artículo 1.a) del presente Reglamento, y en atención a los cambios que puede inducir la puesta en marcha del Espacio Europeo de Enseñanza Superior, los siguientes planes:

Ingeniero Informático (1º y 2º ciclo), Escuela Superior de Ingeniería.

Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas (1º y 2º ciclo), EU de Estudios Empresariales y de Administración Pública

Licenciado en Criminología (sólo 2º ciclo), Facultad de Derecho

3. A las previstas en el apartado anterior, podrán sumarse las propuestas que en su momento se determinen por acuerdo del Consejo de Gobierno.

Disposición Transitoria primera. Atendiendo a la situación de transitoriedad de los planes que ahora se aprueben, la relación de optatividad para nuevos planes queda restringida a 1,5 créditos ofertados por cada crédito a cursar, hasta tanto se produzca la adaptación al nuevo Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

Disposición Transitoria segunda. El presente Reglamento no será de aplicación a los proyectos de modificación de planes de estudio aprobados por Junta de Centro con anterioridad a su entrada en vigor.

Disposición derogatoria. Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento.

ANEXO IX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

Vicerrectorado de OrdenaciónAcadémica e Innovación Educativa

C/. Ancha, 16. 11001 Cádiz.Teléfono 956015030Fax 956015094http://www.uca.es/[email protected]

ANEXO X AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Especificaciones de los cursos de idiomas del Centro Superior de Lenguas Modernas, acogiéndose a alguno de los niveles establecidos por el Marco de Referencia Europeo, en relación con la solicitud de reconocimiento genérico de créditos de libre configuración

IDIOMA NIVEL CURSO HORAS DURACIÓNAlemán A1 (Inicial) 40

A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Árabe A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Árabe Marroquí A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Español como Lengua Extranjera A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Francés A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Inglés A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Italiano A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

Portugués A1 (Inicial) 40A2 (Preintermedio) 40B1 (Intermedio) 40

Vicerrectorado de OrdenaciónAcadémica e Innovación Educativa

C/. Ancha, 16. 11001 Cádiz.Teléfono 956015030Fax 956015094http://www.uca.es/[email protected]

ANEXO X AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

B2 (Intermedio alto) 40C1 (Avanzado) 40C2 (Perfeccionamiento) 40

La duración de los cursos se distribuirá a los largo de 10 semanas (en los cuatrimestres), o bien de forma intensiva en 2 ó 4 semanas (en los Cursos de Verano).

Cualquier alteración de estas características elementales quedaría sujeta a una solicitud específica de reconocimiento para el curso afectado.

Vicerrectorado de OrdenaciónAcadémica e Innovación Educativa

C/. Ancha, 16. 11001 Cádiz.Teléfono 956015030Fax 956015094http://www.uca.es/[email protected]

ANEXO X AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Vicerrectorado de OrdenaciónAcadémica e Innovación Educativa

C/. Ancha, 16. 11001 Cádiz.Teléfono 956015030Fax 956015094http://www.uca.es/[email protected]

ANEXO X AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ACTIVIDADES CON RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN

Actividad Profesorado responsable Fecha Celebración Horas duración

Reconoc. Créditos Libre Elección

JORNADAS DE ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL: VOLUNTARIADO SOCIAL Y SALUD MENTAL

Matito Torrecillas, RafaelLozano Alcobendas, Teresa

Del 15 al 26-03-04 40 2

CONGRESO MULTIDISCIPLINAR “ERÓTICA Y SEXUALIDAD EN LA HISTORIA”

Vázquez García, Francisco Del 13 al 15-04-04 20 1

GÉNEROS EXTREMOS, EXTREMOS GENÉRICOS Vélez Núñez, Rafael Del 21 al 23-04-04 20 1

ANEXO XI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

MOTIVACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA: Advertidas en la normativa que se somete a aprobación numerosas referencias a normas derogadas y a normas no adaptadas a la legislación vigente, se somete a la consideración del Consejo de Gobierno al objeto exclusivo de sustituir dichas referencias por las que procedan.

NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ POR LA QUE SE REGULAN LAS ENSEÑANZAS DE POSTGRADO O ESPECIALIZACIÓN, QUE SON ACREDITADAS MEDIANTE UN DIPLOMA O TÍTULO

PROPIO

PREÁMBULOLa Ley Orgánica 11/ 1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ( B. O. E. n º. 209, de 1 de septiembre) posibilita en su artículo 28. 3 que " las Universidades, en uso de su autonomía, podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de otros diplomas y títulos, además de aquellos que tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, cuyas directrices generales son establecidas por el Gobierno, a propuesta del Consejo de Universidades. El Real Decreto 185/ 1985, de 23 de enero, por el que se regula el Tercer Ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del Título de Doctor y otros estudios de posgraduados ( B. O. E. n º. 41, de 16 de febrero, insiste en su artículo 17 en la capacidad de las Universidades para impartir enseñanzas de postgrado y otorgar títulos o diplomas a quienes superen dichas enseñanzas: " Títulos de postgraduado no oficiales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Reforma Universitaria, las Universidades, a través de sus correspondientes Centros, podrán impartir enseñanzas para titulados universitarios sobre campos del saber propios de la carrera de procedencia o de carácter intercurricular y especialmente orientadas a la aplicación profesional de dichos saberes. Quienes superen dichas enseñanzas podrán obtener de la Universidad el correspondiente título o diploma, que carecerá de carácter oficial en tanto el Gobierno no establezca lo contrario. El Real Decreto 1496/ 1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios ( B. O. E. n º. 298, de 14 de diciembre) desarrolla en su sección II el citado artículo, bajo la denominación de " Diplomas y Títulos Propios de las Universidades, estableciendo las condiciones generales para su expedición: Art º. 6. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el art º. 28.3 de la Ley de Reforma Universitaria, las Universidades, en uso de su autonomía, podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de otros diplomas y títulos distintos a los que se refiere el artículo primero de este Real Decreto. 2. En todo caso, estos diplomas y títulos propios carecerán de los efectos académicos plenos y de la habilitación para el ejercicio profesional que las disposiciones legales otorguen a los títulos a que se refiere el artículo primero de este Real Decreto. 3. La denominación de estos diplomas y títulos propios, en ningún caso podrá ser coincidente con la de los títulos establecidos por el Gobierno, ni inducir a confusión con la de los mismos, ni incorporar los elementos identificativos a que se refiere el apartado tres del artículo primero de este Real Decreto. Art º. 7. 1. La obtención de estos diplomas y títulos propios exigirá el cumplimiento por el interesado de los oportunos requisitos legales para cursar estudios en la Universidad. No obstante, cada Universidad determinará los requisitos necesarios para realizar estudios de extensión universitaria. 2. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.2.i) de la Ley de Reforma Universitaria, el Rector, en nombre de la Universidad, expedirá los diplomas y títulos correspondientes a estas enseñanzas. Su texto y formato deberán confeccionarse de manera que no induzcan a confusión con los títulos a que se refiere el artículo primero de este Real Decreto, e incorporarán, en todo caso, la mención de que dichos diplomas y títulos no tienen el carácter oficial establecido en el artículo 28.1 de la Ley de Reforma Universitaria. 3. Las Universidades adoptarán las medidas necesarias para la debida constancia registral, en Registro Universitario diferenciado del previsto en el artículo 4, de los diplomas y títulos a que se refiere este artículo. Art º. 8. 1. Cuando el interés científico, técnico o artístico y la trascendencia socioeconómico y cultural de las enseñanzas acreditadas por los diplomas y títulos a que se refiere el artículo sexto de este Real Decreto

ANEXO XI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

así lo aconsejen, el Consejo de Universidades, de propia iniciativa o a instancia de la Universidad de que se trate, podrá proponer al Gobierno el reconocimiento de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.1 de la Ley de Reforma Universitaria, como títulos universitarios oficiales a los efectos previstos en el artículo 30 de la citada Ley. 2. Carecerán de valor oficial y validez en todo el territorio nacional los títulos y diplomas obtenidos antes del reconocimiento a que se refiere el apartado anterior, sin perjuicio de que, excepcionalmente, el Gobierno acuerde la posibilidad de convalidar determinados estudios cursados o títulos o diplomas obtenidos antes del reconocimiento, fijando los requisitos y el procedimiento de dicha convalidación. (…)”.

La implantación y desarrollo de enseñanzas de postgrado y de especialización conducentes a títulos propios de cada Universidad, hizo aconsejable adoptar criterios de homogeneidad respecto a los tipos y condiciones de tales títulos propios y asegurar y defender conjuntamente la especificidad universitaria y la calidad de las enseñanzas que tales títulos acreditan. Así, el conjunto de las Universidades españolas, en colaboración con el Consejo de Universidades elaboró el texto de " Convenio Interuniversitario sobre estudios de postgrado conducente a títulos propios de las Universidades, al cual se adhirió la Universidad de Cádiz, por decisión institucional de su Junta de Gobierno, aprobándolo en la Sesión del día 31 de enero de 1992, asumiéndolo como parte de su normativa propia.

1. CARACTERÍSTICAS Y ESTRUCTURA DE LAS ENSEÑANZAS DE POSTGRADO O ESPECIALIZACIÓN CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE UN DIPLOMA O TÍTULO PROPIO

Artículo 1- La presente normativa se refiere a las enseñanzas de postgrado o especialización que son acreditadas mediante títulos propios de la Universidad de Cádiz, y, en particular, a la delimitación, obtención y expedición de tales títulos propios. Artículo 2- Las modalidades de enseñanzas que podrán desarrollarse conducirán a la obtención de los títulos de: a) " Master Universitario, o b) " Experto Universitario" Artículo 3- Estos estudios de postgrado se estructurarán en cursos y programas independientes, estableciéndose la duración de los mismos en créditos, siendo un crédito equivalente a diez horas lectivas ( teóricas o prácticas. Artículo 4- La Universidad de Cádiz no otorgará ningún Título Propio correspondiente a enseñanzas cuya extensión sea inferior a veinte créditos. Ello no limita la capacidad de los Centros y Departamentos Universitarios de organizar según la normativa aprobada por la Junta de Gobierno, otros cursos o seminarios sin configurar títulos propios de la Universidad de Cádiz, evitándose toda confusión al respecto. Artículo 5- Se denomina " Master Universitario" el Título Propio correspondiente a un ciclo universitario de formación de postgrado, reconociendo un nivel cualitativo de formación posterior. Artículo 6- Las enseñanzas conducentes a la consecución del título de " Master Universitario" comprenderán, al menos, cincuenta créditos y su duración lectiva será de, al menos, un curso académico. Sin perjuicio de dicho mínimo absoluto, se adoptará como criterio de referencia para el diseño de dichas enseñanzas la extensión de dos cursos académicos. Artículo 7- Se denomina " Experto Universitario" el Título Propio que acredite enseñanzas de postgrado o especialización. Artículo 8- Las enseñanzas conducentes a la consecución del título de " Experto Universitario" comprenderán, al menos, veinte créditos, hasta un máximo de cincuenta.

2. REQUISITOS PREVIOS DE ACCESO

Artículo 9- Como norma general, para el acceso a los estudios conducentes a la obtención del título de " Master Universitario" se exigirá la titulación universitaria correspondiente al segundo ciclo. Atendiendo a la especificidad de las enseñanzas correspondientes a un Master Universitario concreto y a su conexión con la formación de postgrado de titulados universitarios de primer ciclo, la Universidad de Cádiz podrá establecer la concesión de ese título a tales titulados de primer ciclo. Artículo 10- Como requisito previo para el acceso a los estudios conducentes al título de " Experto Universitario, se exigirá una titulación universitaria oficial. Asimismo, la Universidad de Cádiz podrá acordar la admisión en dichos estudios de profesionales directamente relacionados con la correspondiente especialidad y que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 11. Artículo 11- En el caso de profesionales sin titulación universitaria previa que pretendan acceder a las enseñanzas para la obtención de títulos propios de " Experto Universitario, deberán, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 del Real Decreto 1496/ 1987 de 6 de noviembre, cumplir los requisitos legales

ANEXO XI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

para cursar estudios en la Universidad; en tal sentido deberán acreditar la superación del Curso de Orientación Universitaria o Formación Profesional de Segundo Grado o, en su defecto, deberán acceder por la vía de personas mayores de 25 años a través de las pruebas o criterios específicos que la Universidad establezca a tal efecto. Artículo 12- El acceso a estudios conducentes a títulos propios de las Universidades por parte de quienes se hallen en posesión de un título extranjero se realizará, en conformidad con el artículo 16.1 del Real Decreto 86/ 1987 de 16 de enero, sin necesidad de homologación de dicho título, bastando la autorización otorgada por el Rector de la Universidad, la cual se expedirá previa comprobación de la correspondencia del título extranjero presentado.

3. AUTORIZACIÓN, PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS

Artículo 13- La planificación, organización y realización de los estudios conducentes a títulos propios corresponde a los Departamentos, Facultades, Escuelas e Institutos de la Universidad de Cádiz, que se responsabilizarán, a todos los efectos, de su diseño y funcionamiento. Artículo 14- La autorización de todos los estudios conducentes a la obtención de un Título Propio corresponderá a la Junta de Gobierno. Artículo 15- Las propuestas de estas enseñanzas serán dirigidas al Rector, acompañadas de la correspondiente memoria que figura en el Anexo, reflejándose los objetivos del curso, sus aspectos formativos y científicos y su viabilidad económica, así como las formas concretas de su organización y realización. La propuesta llevará, además de la firma del Director del Curso o del Programa, el visto bueno del responsable de la unidad organizadora ( Departamento, Facultad, Escuela o Instituto) y del Decano o Director del Centro o dependencia donde se va a celebrar el curso. Artículo 16- Examinada la propuesta a que hace referencia el artículo anterior y verificado el cumplimiento de los correspondientes requisitos, el Rector lo someterá a la aprobación de la Junta de Gobierno.Artículo 17- Tras la aprobación por la Junta de Gobierno y durante el primer trimestre de cada año académico, el Rectorado anunciará en la prensa la oferta de Estudios de Postgrado de la Universidad de Cádiz, dando a conocer el tipo de denominación del curso o programa, su duración en créditos, las fechas de celebración y la dirección y teléfono de la Secretaría Administrativa de títulos propios. Artículo 18- El Rectorado también publicará anualmente un Catálogo de Estudios de Postgrado en el que, además de los datos anteriores, se incluirán otros, como el período de inscripción, los requisitos, las condiciones de obtención de certificados o títulos, las plazas disponibles, el importe de las tasas, la posibilidad de becas, la unidad organizadora y un resumen de los objetivos, el programa y el calendario de los estudios. Artículo 19- La normativa sobre confección de Actas será similar a la existente en los estudios de primer y segundo ciclos oficiales, correspondiendo a la Secretaría General de la Universidad de Cádiz la elaboración de las mismas.

4. PROFESORADO

Artículo 20- El Director de los Cursos, Seminarios o Programas de Postgrado deberá pertenecer a cualquiera de los Cuerpos del Profesorado Universitario. Artículo 21- Excepcionalmente, se podrán autorizar Estudios de Postgrado cuya dirección recaiga en Profesores de otras Universidades o en profesionales de reconocido prestigio, cuando por su contenido y alta especialización se estime de especial interés para la Universidad de Cádiz. Artículo 22- En todos los Cursos, Seminarios, Cursos de Especialización y Programas Superiores o Master, al menos un tercio de la docencia estará a cargo de Profesorado perteneciente a la Universidad de Cádiz, quedando exceptuados de esta norma los Estudios a los que se alude en el artículo anterior. Artículo 23- En el caso de los Programas Superiores o Master al menos un tercio de la docencia deberá ser impartida por Doctores. En los Cursos de Especialización, al menos la tercera parte del Profesorado deberá estar en posesión del título de Arquitecto, Ingeniero o Licenciado. Artículo 24- Los miembros de un Departamento, Instituto o Centro organizador de Estudios de Postgrado, no vendrán obligados a participar en su ejecución, sino en virtud de compromiso previo manifestado por escrito. Artículo 25- En ningún caso, el desarrollo de los Estudios de Postgrado podrá suponer perjuicio alguno para el cumplimiento de las obligaciones docentes del Profesorado Universitario.

5. OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS PROPIOS

ANEXO XI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 26- La obtención de un Título Propio exigirá que se hayan superado, a través del correspondiente proceso de evaluación, los estudios y actividades académicas que corresponden a dicho título; en ningún caso la simple asistencia dará lugar a la obtención del título.

6. EXPEDICIÓN DE LOS TÍTULOS PROPIOS

Artículo 27- Los títulos propios serán expedidos por el Rector de la Universidad y causarán constancia registral en un Registro de títulos propios establecido en la Universidad de Cádiz, con carácter centralizado y en análogas condiciones de identificación, custodia, certificación y carácter público que el Registro relativo a los títulos universitarios establecidos por el Gobierno; todo ello en concordancia con el artículo 7 del Real Decreto 1496/ 1987 de 6 de noviembre. Artículo 28- Cada Título Propio llevará anexa la descripción de las enseñanzas que configuran su programa de estudios, con detalle de las materias, créditos y actividades que dicho programa incluye; asimismo se indicará en dicho anexo la titulación previa o requisitos a través de los cuales se ha accedido a dicho título.

7. CONVALIDACIONES

Artículo 29- Respecto de las convalidaciones de las materias o asignaturas de los programas de estudio de los títulos propios se atenderá a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 1497/ 1987 de 27 de Noviembre, en la consideración de dic has materias o asignaturas como oficiales de la Universidad.

8. RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 30- Las tasas de los estudios de Postgrado serán fijadas por el Consejo Social de la Universidad, a propuesta de la Junta de Gobierno.Artículo 31- Los Estudios de Postgrado funcionarán en régimen de autofinanciación, debiendo ajustarse el desarrollo de la Memoria económica a las disposiciones legales vigentes y, en particular, a lo previsto en el art. 150 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz.Artículo 32- La autorización de los Estudios de Postgrado por la Junta de Gobierno comportará la concesión automática de la compatibilidad a que se refiere el art. 45.1 de la Ley de Reforma Universitaria, tanto para las actividades docentes a realizar por los Profesores Universitarios, como para la percepción de las retribuciones que por ello les correspondan.Artículo 33- El máximo de la cantidad que podrá percibir anualmente un Profesor Universitario a cargo de los Estudios de Postgrado será el que en cada momento señalen las disposiciones legales vigentes, computados dichos ingresos conjuntamente con los provenientes de contratos de investigación, en su caso.Artículo 34- Los recursos económicos que corresponden a la Universidad de Cádiz por la realización de Estudios de Postgrado se destinarán, fundamentalmente, a la difusión, promoción y mejora de éstos, así como la dotación de becas para Estudios de Postgrado, destinadas al personal titulado vinculado a la misma. Artículo 35- El importe de las tasas de matrícula será ingresado en la entidad bancaria que la Gerencia de la Universidad destine a tal efecto, correspondiendo a ésta la gestión de los pagos que puedan generarse, a propuesta del Director del Curso.

9. DISPOSICIÓN ADICIONAL

Primera- Quedan exceptuados de esta Normativa los Estudios de Postgrado que se imparten en virtud de Convenios con otras Universidades o Instituciones, nacionales o extranjeras, sin perjuicio de las competencias que en tales supuestos correspondan a la Junta de Gobierno.Segunda- Los títulos de los cursos regulados por esta normativa se ajustarán a los modelos establecidos en el anexo nº 2. Los derechos de expedición de los mismos serán propuestos por Junta de Gobierno al Consejo Social. ´

10. DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Primera- Los Estudios de Postgrado en curso de realización tras la aprobación de esta Normativa por la Junta de Gobierno, continuarán hasta la conclusión de los estudios ya iniciados, debiendo ajustarse a ésta en el supuesto de ser ofertados nuevamente.

11. DISPOSICIONES FINALES

ANEXO XI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Primera- La presente Normativa, una vez aprobada por la Junta de Gobierno, se hará pública para general conocimiento de los Centros, Departamentos e Institutos de esta Universidad, entrando en vigor al mes de su aprobación por la Junta de Gobierno.

NORMATIVA SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LOS CURSOS DE MASTER Y EXPERTO O ESPECIALISTA UNIVERSITARIO

En relación a los cursos de referencia, no sujetos a convenio, es necesario que se tengan en cuenta los siguientes criterios para la elaboración de la memoria definitiva: 1 º- Antes del inicio del curso, es preciso comprobar que éste es viable desde el punto de vista económico, ya que en caso contrario no se autoriza, y por tanto, no se celebra. Esta comprobación, se realizará de acuerdo con los criterios que se indican en el ANEXO 1, a cuyo fin se elaborará el cuadro que se indica en el ANEXO 2 que habrá de presentarse en todos los casos como información complementaria de la Memoria Económica. 2 º- En los casos en que el curso es viable y además genera superávit ( por existir unas retribuciones fijas para el profesorado que imparte el curso, mientras que los ingresos reales pueden superar a los previstos inicialmente, el importe de este superávit ha de reservarse para la Universidad, que obtiene de este modo unos recursos superiores al 15% mínimo que exige el artículo 150 de los Estatutos y la Ley de Reforma Universitaria. En este supuesto, la distribución del referido importe se realizará de acuerdo con la normativa vigente, es decir:

a. El 70% se asignará a la Unidad de Gasto que organiza el curso, conforme reflejará la memoria económica. b. El 30% restante se asignará al Secretariado de Cursos de Postgrado y Títulos Propios. Vicerrectorado de Ordenación Académica.

Con independencia del control normal que se ha de ejercer sobre todo tipo de expediente, el importe correspondiente al 70% de la Unidad de Gasto organizadora podrá ser objeto especial de control, en cuanto al destino adecuado de estos recursos, por parte de la Comisión Delegada de la Junta de Gobierno.

ANEXO 1

NORMATIVA A SEGUIR PARA LA COMPROBACIÓN DE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LOS CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Y MASTERS ( NO SUJETOS A CONVENIO) Y ELABORACIÓN DE LA MEMORIA ECONÓMICA DEFINITIVA.

Apartado 1 º) Comprobar que el curso es viable. Pasos: I) Ingresos = D Gastos Directos = C Diferencia: B = D - C Cantidad revertida Universidad: B.1 = 0,15 (D - C) Revierte Unidad Organizadora: 70% B.1 Promoción cursos: 30% B. 1. Retribución al profesorado = A = 0,85 (D - C) II) a) Se ajusta la retribución del profesorado: = A b) Se calcula B : B = A / 0,85 c) Se mira la cuantía de la matrícula real = D d) Se calcula C = D - B

III) a) Si C es suficiente para pagar los gastos directos previstos en la memoria inicial, el curso es viable. Se procede entonces a reajustar de nuevo la memoria ( Apartado 2 º)

b) Si C no es suficiente NO SE AUTORIZA. NI SE CELEBRA. Apartado 2 º) El curso es viable: Rellenar la Memoria Económica definitiva: D = Ingresos reales C = Gastos directos en la memoria económica inicial Nuevo B = D - C

Nuevo B.1 = D - C - A, siendo A la retribución del profesorado prevista inicialmenteRevierte: 70% nuevo B.1 Promoción: 30% nuevo B.1

ANEXO XI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ANEXO 2 ANÁLISIS DE VIABILIDAD DEL CURSO FASES INGRESOSFASES INGRESOS

DGASTOS DIRECTOSC

DIFERENCIAB = D- C

PROFESORADOA = 0,85 x B

UCA0,15 x B

I) DATOS TEÓRICOS DE LA MEMORIA ECONÓMICA

II) COMPROBACIÓN DE LA VIABILIDAD

Ajustar valor de A

Calcular B = A: 0,85

Ver valor real de D

Calcular C = D- B

( Ha de ser C ³ Gastos directos)

III) MEMORIA DEFINITIVA

Dato real de D

Datos iniciales de C y A

Nuevo B = D- C

UCA =(D- C)- A

APROBADA DEFINITIVAMENTE EN LA JUNTA DE GOBIERNO DEL 18 DE MARZO DE 1994

ANEXO XII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ POR LA QUE SE REGULAN LAS ENSEÑANZAS DE POSTGRADO O ESPECIALIZACIÓN, QUE SON ACREDITADAS MEDIANTE

UN DIPLOMA O TÍTULO PROPIO

MOTIVACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA: Advertidas en la normativa que se somete a aprobación numerosas referencias a normas derogadas y a normas no adaptadas a la legislación vigente, se somete a la consideración del Consejo de Gobierno al objeto exclusivo de sustituir dichas referencias por las que procedan.

MODIFICACIONES RESPECTO DE LA NORMATIVA QUE SE SUSTITUYE.

• Preámbulo: Suprimir en su totalidad.

• Artículo 11: Sustituir “lo establecido en el artículo 7.1 del Real Decreto 1496/1987 de 6 de noviembre” por “la normativa vigente”.

• Artículo 12: Sustituir “el artículo 16.1 del Real Decreto 86/1987 de 16 de enero” por “la normativa vigente”.

• Articulo 27: Suprimir la frase: “todo ello en concordancia con el artículo 7 del Real Decreto 1496/1987 de 6 de noviembre”.

• Artículo 29: Sustituir “el anexo I del Real Decreto 1497/1987 de 27 de Noviembre” por “la normativa vigente que resulte aplicable”.

• Artículo 30: Sustituir “de la Junta” por “del Consejo”.

• Artículo 31: Suprimir “el art. 150 de”.

• Artículo 32: - Sustituir “la Junta” por “el Consejo”. - Sustituir “el art. 45.1 de la Ley de Reforma Universitaria” por “la normativa vigente”.

• Disposición adicional segunda: Sustituir “Junta” por “el Consejo”.

• Disposición final primera: Sustituir la redacción por la siguiente: La presente normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

ANEXO XIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ POR LA QUE SE REGULAN LAS ENSEÑANZAS DE POSTGRADO O ESPECIALIZACIÓN, QUE SON ACREDITADAS MEDIANTE UN DIPLOMA O TÍTULO

PROPIO

1. CARACTERÍSTICAS Y ESTRUCTURA DE LAS ENSEÑANZAS DE POSTGRADO O ESPECIALIZACIÓN CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE UN DIPLOMA O TÍTULO PROPIO

Artículo 1- La presente normativa se refiere a las enseñanzas de postgrado o especialización que son acreditadas mediante títulos propios de la Universidad de Cádiz, y, en particular, a la delimitación, obtención y expedición de tales títulos propios. Artículo 2- Las modalidades de enseñanzas que podrán desarrollarse conducirán a la obtención de los títulos de: a) " Master Universitario, o b) " Experto Universitario" Artículo 3- Estos estudios de postgrado se estructurarán en cursos y programas independientes, estableciéndose la duración de los mismos en créditos, siendo un crédito equivalente a diez horas lectivas ( teóricas o prácticas. Artículo 4- La Universidad de Cádiz no otorgará ningún Título Propio correspondiente a enseñanzas cuya extensión sea inferior a veinte créditos. Ello no limita la capacidad de los Centros y Departamentos Universitarios de organizar según la normativa aprobada por la Junta de Gobierno, otros cursos o seminarios sin configurar títulos propios de la Universidad de Cádiz, evitándose toda confusión al respecto. Artículo 5- Se denomina " Master Universitario" el Título Propio correspondiente a un ciclo universitario de formación de postgrado, reconociendo un nivel cualitativo de formación posterior. Artículo 6- Las enseñanzas conducentes a la consecución del título de " Master Universitario" comprenderán, al menos, cincuenta créditos y su duración lectiva será de, al menos, un curso académico. Sin perjuicio de dicho mínimo absoluto, se adoptará como criterio de referencia para el diseño de dichas enseñanzas la extensión de dos cursos académicos. Artículo 7- Se denomina " Experto Universitario" el Título Propio que acredite enseñanzas de postgrado o especialización. Artículo 8- Las enseñanzas conducentes a la consecución del título de " Experto Universitario" comprenderán, al menos, veinte créditos, hasta un máximo de cincuenta.

2. REQUISITOS PREVIOS DE ACCESO

Artículo 9- Como norma general, para el acceso a los estudios conducentes a la obtención del título de " Master Universitario" se exigirá la titulación universitaria correspondiente al segundo ciclo. Atendiendo a la especificidad de las enseñanzas correspondientes a un Master Universitario concreto y a su conexión con la formación de postgrado de titulados universitarios de primer ciclo, la Universidad de Cádiz podrá establecer la concesión de ese título a tales titulados de primer ciclo. Artículo 10- Como requisito previo para el acceso a los estudios conducentes al título de " Experto Universitario, se exigirá una titulación universitaria oficial. Asimismo, la Universidad de Cádiz podrá acordar la admisión en dichos estudios de profesionales directamente relacionados con la correspondiente especialidad y que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 11. Artículo 11- En el caso de profesionales sin titulación universitaria previa que pretendan acceder a las enseñanzas para la obtención de títulos propios de " Experto Universitario, deberán, de conformidad con la normativa vigente, cumplir los requisitos legales para cursar estudios en la Universidad; en tal sentido deberán acreditar la superación del Curso de Orientación Universitaria o Formación Profesional de

ANEXO XIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Segundo Grado o, en su defecto, deberán acceder por la vía de personas mayores de 25 años a través de las pruebas o criterios específicos que la Universidad establezca a tal efecto. Artículo 12- El acceso a estudios conducentes a títulos propios de las Universidades por parte de quienes se hallen en posesión de un título extranjero se realizará, en conformidad con la normativa vigente, sin necesidad de homologación de dicho título, bastando la autorización otorgada por el Rector de la Universidad, la cual se expedirá previa comprobación de la correspondencia del título extranjero presentado.

3. AUTORIZACIÓN, PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS

Artículo 13- La planificación, organización y realización de los estudios conducentes a títulos propios corresponde a los Departamentos, Facultades, Escuelas e Institutos de la Universidad de Cádiz, que se responsabilizarán, a todos los efectos, de su diseño y funcionamiento. Artículo 14- La autorización de todos los estudios conducentes a la obtención de un Título Propio corresponderá a la Junta de Gobierno. Artículo 15- Las propuestas de estas enseñanzas serán dirigidas al Rector, acompañadas de la correspondiente memoria que figura en el Anexo, reflejándose los objetivos del curso, sus aspectos formativos y científicos y su viabilidad económica, así como las formas concretas de su organización y realización. La propuesta llevará, además de la firma del Director del Curso o del Programa, el visto bueno del responsable de la unidad organizadora ( Departamento, Facultad, Escuela o Instituto) y del Decano o Director del Centro o dependencia donde se va a celebrar el curso. Artículo 16- Examinada la propuesta a que hace referencia el artículo anterior y verificado el cumplimiento de los correspondientes requisitos, el Rector lo someterá a la aprobación de la Junta de Gobierno.Artículo 17- Tras la aprobación por la Junta de Gobierno y durante el primer trimestre de cada año académico, el Rectorado anunciará en la prensa la oferta de Estudios de Postgrado de la Universidad de Cádiz, dando a conocer el tipo de denominación del curso o programa, su duración en créditos, las fechas de celebración y la dirección y teléfono de la Secretaría Administrativa de títulos propios. Artículo 18- El Rectorado también publicará anualmente un Catálogo de Estudios de Postgrado en el que, además de los datos anteriores, se incluirán otros, como el período de inscripción, los requisitos, las condiciones de obtención de certificados o títulos, las plazas disponibles, el importe de las tasas, la posibilidad de becas, la unidad organizadora y un resumen de los objetivos, el programa y el calendario de los estudios. Artículo 19- La normativa sobre confección de Actas será similar a la existente en los estudios de primer y segundo ciclos oficiales, correspondiendo a la Secretaría General de la Universidad de Cádiz la elaboración de las mismas.

4. PROFESORADO

Artículo 20- El Director de los Cursos, Seminarios o Programas de Postgrado deberá pertenecer a cualquiera de los Cuerpos del Profesorado Universitario. Artículo 21- Excepcionalmente, se podrán autorizar Estudios de Postgrado cuya dirección recaiga en Profesores de otras Universidades o en profesionales de reconocido prestigio, cuando por su contenido y alta especialización se estime de especial interés para la Universidad de Cádiz. Artículo 22- En todos los Cursos, Seminarios, Cursos de Especialización y Programas Superiores o Master, al menos un tercio de la docencia estará a cargo de Profesorado perteneciente a la Universidad de Cádiz, quedando exceptuados de esta norma los Estudios a los que se alude en el artículo anterior. Artículo 23- En el caso de los Programas Superiores o Master al menos un tercio de la docencia deberá ser impartida por Doctores. En los Cursos de Especialización, al menos la tercera parte del Profesorado deberá estar en posesión del título de Arquitecto, Ingeniero o Licenciado. Artículo 24- Los miembros de un Departamento, Instituto o Centro organizador de Estudios de Postgrado, no vendrán obligados a participar en su ejecución, sino en virtud de compromiso previo manifestado por escrito. Artículo 25- En ningún caso, el desarrollo de los Estudios de Postgrado podrá suponer perjuicio alguno para el cumplimiento de las obligaciones docentes del Profesorado Universitario.

5. OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS PROPIOS

ANEXO XIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 26- La obtención de un Título Propio exigirá que se hayan superado, a través del correspondiente proceso de evaluación, los estudios y actividades académicas que corresponden a dicho título; en ningún caso la simple asistencia dará lugar a la obtención del título.

6. EXPEDICIÓN DE LOS TÍTULOS PROPIOS

Artículo 27- Los títulos propios serán expedidos por el Rector de la Universidad y causarán constancia registral en un Registro de títulos propios establecido en la Universidad de Cádiz, con carácter centralizado y en análogas condiciones de identificación, custodia, certificación y carácter público que el Registro relativo a los títulos universitarios establecidos por el Gobierno. Artículo 28- Cada Título Propio llevará anexa la descripción de las enseñanzas que configuran su programa de estudios, con detalle de las materias, créditos y actividades que dicho programa incluye; asimismo se indicará en dicho anexo la titulación previa o requisitos a través de los cuales se ha accedido a dicho título.

7. CONVALIDACIONES

Artículo 29- Respecto de las convalidaciones de las materias o asignaturas de los programas de estudio de los títulos propios se atenderá a lo previsto en la normativa vigente que resulte aplicable, en la consideración de dichas materias o asignaturas como oficiales de la Universidad.

8. RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 30- Las tasas de los estudios de Postgrado serán fijadas por el Consejo Social de la Universidad, a propuesta del Consejo de Gobierno.Artículo 31- Los Estudios de Postgrado funcionarán en régimen de autofinanciación, debiendo ajustarse el desarrollo de la Memoria económica a las disposiciones legales vigentes y, en particular, a lo previsto en los Estatutos de la Universidad de Cádiz.Artículo 32- La autorización de los Estudios de Postgrado por el Consejo de Gobierno comportará la concesión automática de la compatibilidad a que se refiere la normativa vigente, tanto para las actividades docentes a realizar por los Profesores Universitarios, como para la percepción de las retribuciones que por ello les correspondan.Artículo 33- El máximo de la cantidad que podrá percibir anualmente un Profesor Universitario a cargo de los Estudios de Postgrado será el que en cada momento señalen las disposiciones legales vigentes, computados dichos ingresos conjuntamente con los provenientes de contratos de investigación, en su caso.Artículo 34- Los recursos económicos que corresponden a la Universidad de Cádiz por la realización de Estudios de Postgrado se destinarán, fundamentalmente, a la difusión, promoción y mejora de éstos, así como la dotación de becas para Estudios de Postgrado, destinadas al personal titulado vinculado a la misma. Artículo 35- El importe de las tasas de matrícula será ingresado en la entidad bancaria que la Gerencia de la Universidad destine a tal efecto, correspondiendo a ésta la gestión de los pagos que puedan generarse, a propuesta del Director del Curso.

9. DISPOSICIÓN ADICIONAL

Primera- Quedan exceptuados de esta Normativa los Estudios de Postgrado que se imparten en virtud de Convenios con otras Universidades o Instituciones, nacionales o extranjeras, sin perjuicio de las competencias que en tales supuestos correspondan a la Junta de Gobierno.Segunda- Los títulos de los cursos regulados por esta normativa se ajustarán a los modelos establecidos en el anexo nº 2. Los derechos de expedición de los mismos serán propuestos por el Consejo de Gobierno al Consejo Social. ´

10. DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Primera- Los Estudios de Postgrado en curso de realización tras la aprobación de esta Normativa por la Junta de Gobierno, continuarán hasta la conclusión de los estudios ya iniciados, debiendo ajustarse a ésta en el supuesto de ser ofertados nuevamente.

11. DISPOSICIONES FINALES

ANEXO XIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Primera- La presente Normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

NORMATIVA SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LOS CURSOS DE MASTER Y EXPERTO O ESPECIALISTA UNIVERSITARIO

En relación a los cursos de referencia, no sujetos a convenio, es necesario que se tengan en cuenta los siguientes criterios para la elaboración de la memoria definitiva: 1 º- Antes del inicio del curso, es preciso comprobar que éste es viable desde el punto de vista económico, ya que en caso contrario no se autoriza, y por tanto, no se celebra. Esta comprobación, se realizará de acuerdo con los criterios que se indican en el ANEXO 1, a cuyo fin se elaborará el cuadro que se indica en el ANEXO 2 que habrá de presentarse en todos los casos como información complementaria de la Memoria Económica. 2 º- En los casos en que el curso es viable y además genera superávit ( por existir unas retribuciones fijas para el profesorado que imparte el curso, mientras que los ingresos reales pueden superar a los previstos inicialmente, el importe de este superávit ha de reservarse para la Universidad, que obtiene de este modo unos recursos superiores al 15% mínimo que exige el artículo 150 de los Estatutos y la Ley de Reforma Universitaria. En este supuesto, la distribución del referido importe se realizará de acuerdo con la normativa vigente, es decir:

a. El 70% se asignará a la Unidad de Gasto que organiza el curso, conforme reflejará la memoria económica. b. El 30% restante se asignará al Secretariado de Cursos de Postgrado y Títulos Propios. Vicerrectorado de Ordenación Académica.

Con independencia del control normal que se ha de ejercer sobre todo tipo de expediente, el importe correspondiente al 70% de la Unidad de Gasto organizadora podrá ser objeto especial de control, en cuanto al destino adecuado de estos recursos, por parte de la Comisión Delegada de la Junta de Gobierno.

ANEXO 1

NORMATIVA A SEGUIR PARA LA COMPROBACIÓN DE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LOS CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Y MASTERS ( NO SUJETOS A CONVENIO) Y ELABORACIÓN DE LA MEMORIA ECONÓMICA DEFINITIVA.

Apartado 1 º) Comprobar que el curso es viable. Pasos: I) Ingresos = D Gastos Directos = C Diferencia: B = D - C Cantidad revertida Universidad: B.1 = 0,15 (D - C) Revierte Unidad Organizadora: 70% B.1 Promoción cursos: 30% B. 1. Retribución al profesorado = A = 0,85 (D - C) II) a) Se ajusta la retribución del profesorado: = A b) Se calcula B : B = A / 0,85 c) Se mira la cuantía de la matrícula real = D d) Se calcula C = D - B

III) a) Si C es suficiente para pagar los gastos directos previstos en la memoria inicial, el curso es viable. Se procede entonces a reajustar de nuevo la memoria ( Apartado 2 º)

b) Si C no es suficiente NO SE AUTORIZA. NI SE CELEBRA. Apartado 2 º) El curso es viable: Rellenar la Memoria Económica definitiva: D = Ingresos reales C = Gastos directos en la memoria económica inicial Nuevo B = D - C

Nuevo B.1 = D - C - A, siendo A la retribución del profesorado prevista inicialmenteRevierte: 70% nuevo B.1 Promoción: 30% nuevo B.1

ANEXO 2

ANEXO XIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ANÁLISIS DE VIABILIDAD DEL CURSO FASES INGRESOSFASES INGRESOS

DGASTOS DIRECTOSC

DIFERENCIAB = D- C

PROFESORADOA = 0,85 x B

UCA0,15 x B

I) DATOS TEÓRICOS DE LA MEMORIA ECONÓMICA

II) COMPROBACIÓN DE LA VIABILIDAD

Ajustar valor de A

Calcular B = A: 0,85

Ver valor real de D

Calcular C = D- B

( Ha de ser C ³ Gastos directos)

III) MEMORIA DEFINITIVA

Dato real de D

Datos iniciales de C y A

Nuevo B = D- C

UCA =(D- C)- A

APROBADA DEFINITIVAMENTE EN LA JUNTA DE GOBIERNO DEL 18 DE MARZO DE 1994

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

VENIAS DOCENTES - E.U. ADSCRITA DE ESTUDIOS JURÍDICOS Y ECONÓMICOS DEL CAMPO DE GIBRALTAR “FRANCISCO TOMÁS Y VALIENTE”

CURSO 2003-04

PROFESOR TITULACIÓN ASIGNATURA ÁREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO INFORME

ASENCIO CERÓN, VICENTE2º Ciencias Empresariales Estadística Empresarial Estadística e Investigación Operativa

Estadística e Investigación Operativa FAVORABLE

ASENCIO CERÓN, VICENTE3º Ciencias Empresariales Estadística Aplicada II Estadística e Investigación Operativa

Estadística e Investigación Operativa FAVORABLE

ASENCIO CERÓN, VICENTE1º Relaciones Laborales Estadística Estadística e Investigación Operativa

Estadística e Investigación Operativa FAVORABLE

ASENCIO CERÓN, VICENTE1º Gestión y Admón. Publ. Estadística Administrativa I Estadística e Investigación Operativa

Estadística e Investigación Operativa FAVORABLE

BÁEZ GONZÁLEZ, PILAR2º Ciencias Empresariales Dirección Financiera Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

BÁEZ GONZÁLEZ, PILAR2º Ciencias Empresariales Servicios Financieros Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

BÁEZ GONZÁLEZ, PILAR2º Ciencias Empresariales Gestión Financiera II Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

BÁEZ GONZÁLEZ, PILAR2º Ciencias Empresariales Finanzas Internacionales Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

DEL OLMO FINAURINI, CARLOS2º Ciencias Empresariales Dirección Financiera Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

DOMINGUEZ VALERO, RICARDO3º Ciencias Empresariales Productos y Operaciones Financieras Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

ESTEO PÉREZ, MANUEL JOSÉ3º Ciencias Empresariales Hacienda Autonómica y Local Economía Aplicada Economía General FAVORABLE

ESTEO PÉREZ, MANUEL JOSÉ3º Relaciones Laborales Economía del Trabajo Economía Aplicada Economía General FAVORABLE

GONZÁLEZ GAVIRA, JAVIER Gestión y Admón. Públ.Derecho Internacional Público y Derecho Comunitario Derecho Internacional Público y RR.II.

Derecho Internacional Público, Penal y Procesal FAVORABLE

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROFESOR TITULACIÓN ASIGNATURA ÁREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO INFORME

HOLGADO HERRERO, Mª JOSÉ2º Ciencias Empresariales Dirección de Producción Organización de Empresa Economía de la Empresa FAVORABLE

MEDIAVILLA GRADOLPH, TERESA2º Gestión y Admón. Publ. Estadística Administrativa II Estadística e Investigación Operativa

Estadística e Investigación Operativa FAVORABLE

PERDOMO PEÑA, PATRICIA2º Gestión y Admón. Pública Principios de Organización Organización de Empresa Economía de la Empresa FAVORABLE

PERDOMO PEÑA, PATRICIA3º Gestión y Admón. Pública Ordenamiento de Serv. Públicos Andaluces Organización de Empresa Economía de la Empresa FAVORABLE

PERDOMO PEÑA, PATRICIA1º Gestíon y Admón. Pública Introd. a la Admón. y Gestión Operaciones Organización de Empresa Economía de la Empresa FAVORABLE

REYES MALIA, ROSARIO3º Ciencias Empresariales Planificación y Control Financiero Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

REYES MALIA, ROSARIO3º Ciencias Empresariales Consolidación de Estados Financieros Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

RIOS GALIANA, Mª PILAR2º Ciencias Empresariales Contabilidad de Sociedades Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

ROJAS ANDRADES, JAVIER2º Ciencias Empresariales Comercio Exterior Economía Aplicada Economía General FAVORABLE

ROJAS ANDRADES, JAVIER1º Relaciones Laborales Economía Española y Mundial Economía Aplicada Economía General FAVORABLE

ROJAS ANDRADES, JAVIER2º Ciencias Empresariales Entorno Económico Intern. de la Empresa Economía Aplicada Economía General FAVORABLE

SÁNCHEZ DE MOLINA MARTIN, FCO. JAV.

2º Relaciones Laborales Organización y Métodos Trabajo Organización de Empresa Economía de la Empresa FAVORABLE

SÁNCHEZ DE MOLINA MARTIN, FCO. JAV.

2º Ciencias Empresariales Dirección de Producción Organización de Empresa Economía de la Empresa FAVORABLE

SÁNCHEZ MONTOYA, RAFAEL2º Ciencias Empresariales Servicios Financieros Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

TORNAY GÓMEZ, JOSE E.2º Relaciones Laborales Sociología Relaciones Laborales Sociología Economía General FAVORABLE

TORRELLI ROSENDO, ANA BELEN2º Ciencias Empresariales Finanzas Internacionales Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

TORRES BARRANCO, FCO. J.1º Relaciones Laborales Sociología Sociología Economía General FAVORABLE

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROFESOR TITULACIÓN ASIGNATURA ÁREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO INFORME

VALCARCE GÓMEZ, MARTA1º Gestión y Admón. Pública Contabilidad Pública Economía Financiera y Contabilidad Economía de la Empresa FAVORABLE

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

VENIAS DOCENTES – E.U.A. RELACIONES LABORALES – JEREZCURSO 2003-04

PROFESOR DIPLOMATURA ASIGNATURA AREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO UCA INFORMEAlvarez Lineros, Carmen Sara Trabajo Social (PN) Técnicas y Habilidades del

Trabajador SocialTrabajo Social y Servicios Sociales

VOAIE Favorable

Alvarez Lineros, Nuria Trabajo Social (Algeciras) Servicios Sociales Ciencia Política y de la Administración

Disciplinas Jurídicas Básicas Favorable

Bermudez Figueroa, Eva Turismo Ocio, Turismo y Desarrollo Sostenible

Sociología Economía General Favorable

Bermudez Figueroa, Eva Turismo Estilos de Vida y Motivación Sociología Economía General FavorableCaballero Nolé, Mª del Carmen Turismo Estructura de Mercados Economía Aplicada Economía General FavorableCaballero Nolé, Mª del Carmen Turismo Introducción a la Economía Economía Aplicada Economía General FavorableCarcaño Morcillo, Francisco Turismo Introducción a la Economía Economía Aplicada Economía General FavorableCarrera Moreno, Juan Carlos Turismo Estructura de Mercados Economía Aplicada Economía General FavorableDíaz Campomar, Natividad Trabajo Social (PA) Trabajo Social I Trabajo Social y Servicios

SocialesVOAIE Favorable

Fernández Pérez-Rendón, Enrique Relaciones Laborales (PN)

Dirección Comercial Organización de Empresas Organización de Empresas Favorable

Fernández Viñerta, Manuel Relaciones Laborales (PN)

Organización y Método del Trabajo

Organización de Empresas Organización de Empresas Favorable

Girón Reguera, Emilia Relaciones Laborales (PA)

Derecho Constitucional Derecho Constitucional Disciplinas Jurídicas Básicas Favorable

Girón Reguera, Emilia Trabajo Social (PA) Derecho Constitucional Derecho Constitucional Disciplinas Jurídicas Básicas FavorableGutiérrez Fernández, Jacinto Turismo Ocio, Turismo y Desarrollo

SostenibleSociología Economía General Favorable

Gutiérrez Fernández, Jacinto Turismo Estilos de Vida y Motivación Sociología Economía General FavorableHidalgo Lavié, Alfredo Trabajo Social (PN) Servicios Sociales Ciencia Política y de la

AdministraciónDisciplinas Jurídicas Básicas Favorable

Íñigo Castro, Begoña Trabajo Social (PN) Trabajo Social Individual y Trabajo Social y Servicios VOAIE Favorable

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Familiar SocialesJiménez Carrasco, Isabel Trabajo Social (PN) Estructura Social

ComtemporáneaSociología Economía General Favorable

Jordi Sánchez, Mario Trabajo Social (PN) Antropología Social Antropología Social Economía General FavorableLópez García, Irene Trabajo Social (PN) Estructura Social Contemporánea Sociología Economía General FavorableMarqués Perales, Ildefondo Trabajo Social (PN) Métodos y Técnicas de

Investigación SocialSociología Economía General Favorable

Marqués Perales, Ildefondo Relaciones Laborales (PA)

Técnicas de Investigación Social Sociología Economía General Favorable

Merello Luna, Luís Gonzaga Turismo Estructura de Mercados Economía Aplicada Economía General FavorableMota Macías, José Miguel Turismo Informática Básica Lenguaje y Sistemas Informáticos Lenguaje y Sistemas Informáticos FavorableNieto Reguera, Juan Carlos Trabajo Social (PA) Técnicas de Comunicación

Profesionales del T.S:Psicología Social Psicología Favorable

Pérez López, Alfonso Relaciones Laborales (PN)

Gestión del Sistema Fiscal Español

Derecho Civil Derecho Público Favorable

Ramírez González, Mª Angeles Turismo Patrimonio Turístico de España Análisis Geográfico Regional Historia, Geografía y Filosofía FavorableRodríguez Cortés, Belén Trabajo Social (PN) Trabajo Social con Menores Trabajo Social y Servicios

SocialesVOAIE Favorable

Rodríguez Flores, Olga Turismo Organización y Gestión de Empresas

Organización de Empresas Organización de Empresas Favorable

Romero Moreno, Antonio Relaciones Laborales (PN)

Sociología de las Relaciones Industriales

Sociología Economía General Favorable

Rubio Gutiérrez, Mª Jesús Relaciones Laborales (PA)

Sociología del Trabajo Sociología Economía General Favorable

Rubio Gutiérrez, Mª Jesús Relaciones Laborales (PN)

Sociología del Trabajo Sociología Economía General Favorable

Rubio Gutierréz, Mª Jesús Trabajo Social (PN) Métodos y Técnicas de Investigación Social

Sociología Economía General Favorable

Sambruno López, Francisco Relaciones Laborales Estadística Estadística e Investigación Estadística e Investigación Favorable *

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

(PA) Operativa OperativaSambruno López, Francisco Trabajo Social (PA) Estadística Estadística e Investigación

OperativaEstadística e Investigación Operativa

Favorable *

Soto García, Cristina Trabajo Social (PA) Derecho Constitucional Derecho Constitucional Disciplinas Jurídicas Básicas FavorableTroya de Sola, Marina de Trabajo Social (PN) Antropología Social Sociología Economía General FavorableTroya de Sola, Marina de Trabajo Social (PA) Antropología Social Sociología Economía General Favorable

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

VENIAS DOCENTES - E.U. ADSCRITA MAGISTERIO “VIRGEN DE EUROPA”CURSO 2003-04

PROFESOR TITULACIÓN ASIGNATURA ÁREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO INFORME

Barros Campoy, José Manuel Maestro: AL, EE, EF, EI, EM, EP, LE

Teorías e instituciones contemporáneas de la educación

Teoría e Historia de la Educación Historia, Geografía y Filosofía Favorable

Bautista Rico, Cristóbal Maestro: EF Bases biológicas y fisiológicas del movimiento

Educación Física y Deportiva Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical

Favorable *

Casanova Correa, Juan Maestro: AL, EE, EF, EI, EM, EP, LE

Didáctica de la integración educativa

Didáctica y Organización Escolar Didáctica Favorable

Guerrero Lea, Mª José Maestro: EE Trastornos de conducta y de personalidad

Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico

Psicología Favorable

Llamas González, Mª Jesús Maestro: LE Fonética Inglesa Filología Inglesa Filología Francesa e Inglesa FavorableLlamas González, Mª Jesús Maestro: EM Lengua inglesa y su didáctica Didáctica de la Lengua y la

LiteraturaDidáctica de la Lengua y la Literatura

Favorable

Mateos García, Ángeles Maestro: AL, EE, EF, EI, EM, EP, LE

Nuevas tecnologías aplicadas a la educación

Didáctica y Organización Escolar Didáctica Favorable

Mateos García, Ángeles Maestro: AL, EE, EI, EP, LE

Técnicas de trabajo intelectual y en grupo

Didáctica y Organización Escolar Didáctica Favorable

Paulette Núñez, Eduardo Maestro: AL, EE, EF, EI

Didáctica del juego motor Didáctica de la Expresión Corporal Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical

Favorable

Paulette Núñez, Eduardo Maestro: EF Teoría y práctica del acondicionamiento físico

Educación Física y Deportiva Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical

Favorable

Rodríguez Pérez, José Luis Maestro: EM Historia de la música y el folklore

Música Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical

Favorable

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROFESOR TITULACIÓN ASIGNATURA ÁREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO INFORME

Ruiz López, Claudia Maestro: EE Aspectos psicoevolutivos de la deficiencia mental

Psicología Evolutiva y de la Educación

Psicología Favorable

Tejerina Espeso, Carmen Maestro: EI Literatura infantil Didáctica de la Lengua y la Literatura

Didáctica de la Lengua y la Literatura

Favorable

Torres Sánchez, Mª Antonia Maestro: EP Lengua y Literatura y su didáctica

Didáctica de la Lengua y la Literatura

Didáctica de la Lengua y la Literatura

Favorable

Torres Sánchez, Mª Antonia Maestro: LE Lengua y Literatura y su didáctica

Didáctica de la Lengua y la Literatura

Didáctica de la Lengua y la Literatura

Favorable

Villero de las Doblas, Mª Rosario

Maestro: AL, EE, EF, EI, EM, EP, LE

Organización del centro escolar Didáctica y Organización Escolar Didáctica Favorable

Villero de las Doblas, Mª Rosario

Maestro: AL, EE, EF, EI, EM, EP, LE

Bases psicológicas de la Educación Especial

Psicología Evolutiva y de la Educación

Psicología Favorable

* Efectuadas objeciones al programa.

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

VENIAS DESFAVORABLES E.U. MAGISTERIO “VIRGEN DE EUROPA”

PROFESOR TITULACIÓN ASIGNATURA ÁREA DE CONOCIMIENTO DEPARTAMENTO INFORME

Rosa Morales, Reyes de la Maestro: EF Expresión corporal Didáctica de la Expresión Corporal Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical

Objeciones perfil y programa

Guerrero Lea, Mª José Maestro: EE Aspectos reeducativos de la deficiencia motórica

Fisioterapia Enfermería y Fisioterapia Favorable

Mateos García, Mª de Ángeles Maestro: EI, EM, LE Didáctica del medio natural Didáctica de las CC. Experimentales Didáctica Objeciones programa

Mateos García, Mª de Ángeles Maestro: EF Didáctica del medio natural Didáctica de las CC. Experimentales Didáctica (1)

(1) El Departamento efectúa objeciones a la bibliografía de los programas (salida Centro 4-03-04)15-03-04 Remisión al Centro de los informes desfavorables23-03-04 Recibido programas modificados24-03-04 Remitido programas modificados al Departamento29-03-04 Recibido informe desfavorable del Departamento con objeciones a programas01-04-04 Recibido programa de una de las especialidades modificado01-04-04 Remitido programa al Departamento14-04-04 Recibido informe favorable para el programa de la especialidad de Educación Infantil, con una pequeña observación.15-04-04 Remitido observación al Centro

Recibido programas modificados Remitidos programas al Centro

RECTORADO

ANEXO XIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN HELICE

PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR AEROESPACIAL EN ANDALUCIA

(Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones.)

(Ley 49/02 de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.)

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CAPÍTULO I

DENOMINACIÓN, NATURALEZA, RÉGIMEN, CAPACIDAD Y DOMICILIO.

Artículo 1º

1.- Al amparo de lo establecido en el artículo 34 de la Constitución Española se constituye la FUNDACION HELICE, PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR AEROESPACIAL EN ANDALUCIA (Denominada en adelante la FUNDACIÓN).

-2.- La Fundación se rige por los presentes Estatutos, por la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones, Ley 49/02 de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por la normativa en vigor que le sea de general o especial aplicación, así como por los acuerdos válidamente adoptados por el Patronato sobre interpretación y desarrollo de aquellos.

Artículo 2º.-

La Fundación está dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar en orden al cumplimiento de sus fines, y goza de los beneficios fiscales y procesales que las leyes concedan.

La Fundación puede poseer, adquirir, gravar y enajenar toda clase de bienes y derechos, así como realizar actos de disposición y dominio, previa autorización del Protectorado en los casos que proceda, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones.

Asimismo, la Fundación podrá comparecer ante cualquier autoridad, organismo o jurisdicción, ejercitando toda clase de derechos, acciones y excepciones en defensa de sus intereses ante cualquier jurisdicción, ordinaria o especial.

Artículo 3º.-

La Fundación tendrá como ámbito principal de actuación preferentemente el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 4º.-

El domicilio de la Fundación se sitúa en ... Sevilla, pudiendo ser modificado por el Patronato, dentro de su ámbito territorial, cuando concurran razones que lo justifiquen, lo que sería comunicado al Protectorado de la Fundación.

Artículo 5º.-

La Fundación se constituye por tiempo indefinido. Su disolución se llevará a cabo, de conformidad con las leyes y con los preceptos contenidos en los presentes Estatutos.

CAPÍTULO II

FINES DE LA FUNDACIÓN

Artículo 6º.-

1.----Se consideran fines de la Fundación, aquellos de interés para el desarrollo del sector aeroespacial en Andalucía y en especial:

a) Realizar actividades de investigación, desarrollo tecnológico, e innovación (I+D+I), así como el desarrollo de proyectos de cooperación nacionales y transnacionales en materias relativas a la aeronáutica y el espacio

b) Estimular la participación de las empresas, entidades y organismos públicos y privados en programas nacionales e internacionales.

c) Favorecer las relaciones entre los distintos agentes del Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.

d) Colaborar y cooperar con otras organizaciones nacionales e internacionales, para la consecución de objetivos comunes.

e) Colaborar en la transferencia de resultados de la investigación y de tecnologías relativas al sector.

f) Promover la realización y difusión de informes, publicaciones, estudios, y estadísticas, incluso de carácter prospectivo, en relación la aeronáutica y el espacio.

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

g) Organizar actividades formativas, jornadas técnicas y seminarios para la capacitación científico-técnica de las personas relacionadas con el sector.

h) Promover instrumentos para ayudar a las empresas en sus procesos de certificación.

i) Actuar como órgano de asesoramiento en los contratos entre empresa tractora y auxiliar o complementaria, y, en su caso, de mediación.

j) Facilitar la homologación de instalaciones y procesos de nuevos subcontratistas.

k) Asesorar en los programas de formación a impartir en relación con el sector.

l) Constituir un Observatorio Específico del sector.

Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación podrá realizar las siguientes actividades:

Atención a las necesidades técnicas y tecnológicas de las entidades públicas o privadas y empresas públicas y privadas, y cualesquiera otras formas organizativas que así lo requieran

Realización de proyectos y/o estudios de investigación y desarrollo tecnológico y de innovación, tanto tecnológica, como de gestión.

Prestación de servicios integrados tales como calidad, organización de la producción, medio ambiente, marketing, entre otros.

Colaboración en la trasferencia de resultados de investigación entre los centros públicos y/o privados de investigación y desarrollo tecnológico e innovación y las empresas.

Fomento y desarrollo de investigación cooperativa entre empresas e instituciones públicas y/o privadas.

Prestación de servicios de formación, adecuados a las necesidades de las empresas y trabajadores/as.

La realización de publicaciones, exposiciones, y cualquier otra actividad de difusión y publicidad, relacionada con los fines de la Fundación.

Colaborar con las empresas tractoras en la elaboración de su

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Manual de Subcontratación.

Gestionar la red informática Hélice.net.

Cualquier otra actividad cuyo resultado sea mejorar el nivel tecnológico, medioambiental y el desarrollo económico de las empresas radicadas en Andalucía y lograr una posición más favorable de las mismas en los mercados.

Participar activamente en la Red Andaluza de Innovación y Tecnología (RAITEC), en la forma en que se regule, así como en cualesquiera otras redes de ámbito autonómico, nacional, comunitario e internacional que se adecuen a los fines de esta Fundación.

2.--------La consecución de los fines fundacionales podrá realizarse por gestión directa de la Fundación o, por gestión indirecta, mediante la colaboración con la Administración u otras entidades públicas o privadas a través de convenios o conciertos o por la creación de entidades jurídicas admitidas en Derecho.

3.- ---------La Fundación, a través de sus fines, estará obligada a dar publicidad suficiente de sus objetivos y actividades.

4.- Las finalidades de la Fundación se desarrollarán sin ánimo de lucro y servirán al interés general.

CAPÍTULO III

BENEFICIARIOS DE LA FUNDACIÓN

Artículo 7º.-

De las actividades de la Fundación se beneficiarán los distintos agentes del Sistema Ciencia- Tecnología- Empresa, ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que necesiten de los fines fundacionales y aquéllas que realicen actividades relacionadas con la aeronáutica y el espacio, ya sean en el ámbito científico y universitario o en el tecnológico y empresarial.

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CAPÍTULO IV

GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN

Artículo 8º.-

1.- La representación, gobierno y administración de la fundación corresponden a su Patronato.

2.- El Patronato podrá delegar sus facultades en uno o más de sus miembros o bien en un Comité de Dirección como órgano de gestión. No son delegables la aprobación de las cuentas y del presupuesto ni aquellos actos que requieran autorización del Protectorado.

Artículo 9º.-

1.-La designación de los miembros integrantes del primer Patronato se hará por los fundadores y constará en la carta fundacional.

2.-La designación de nuevos miembros se hará por el Patronato que, a la sazón, figure inscrito en el Registro correspondiente y por acuerdo de la mayoría de sus miembros.

3.-Los Patronos deberán aceptar sus cargos en la forma prevista en la legislación vigente y su nombramiento se inscribirá en el Registro.

4.-Los miembros del Patronato desempeñarán sus cargos gratuitamente, sin más derechos económicos que los que se deriven de los gastos de desplazamiento y alojamiento o estén motivados por razón de la representación o función encomendada.

Artículo 10º.--

El Patronato de la Fundación estará constituido por un mínimo de cinco miembros

Artículo 11º.-

1.- Los Patronos serán designados por periodo de cuatro años. Lo establecido en este apartado se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación en relación con los Patronos que actúen en representación de personas jurídicas o que lo sean en virtud del cargo público que ostenten. Así el abandono de esa condición implicará automáticamente la pérdida de la condición de Patrono.

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

2.- El cargo de Patrono, en caso de recaer en persona física, deberá ejercerse personalmente, sin que pueda ser delegable. En caso de recaer en persona jurídica, ésta, por medio de su representante legal, habrá de designar a la persona física que la represente en el Patronato. En ambos casos se requerirá la plena capacidad de obrar y no estar incurso en causa de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

3.- Los Patronos entrarán a ejercer sus funciones después de haber aceptado expresamente el cargo en documento público, en documento privado con firma legitimada por Notario o mediante comparecencia realizada al efecto en el Registro de Fundaciones.

4.- Se producirá el cese en la condición de patrono:

a) Por muerte o declaración de fallecimiento, así como por extinción de la persona jurídica.b) Por incapacidad, inhabilitación o incompatibilidad de acuerdo con lo establecido en la Ley.c) Por cese en el cargo por razón del cual fueron nombrados miembros del Patronato.d) Por no desempeñar el cargo con la diligencia prevista en el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones si así se declara en resolución judicial. e) Por resolución judicial que acoja la acción de responsabilidad por los actos mencionados en el apartado 2 del artículo 17 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones .f) Por el transcurso del periodo de su mandato si fueron nombrados por un determinado tiempo.g) Por renuncia, que deberá hacerse mediante comparecencia al efecto en el Registro de Fundaciones o bien en documento público o en documento privado con firma legitimada por notario, que se hará efectiva desde que se notifique formalmente al Protectorado.

Artículo 12.-

1.- El Patronato, estará integrado por un Presidente, el número de vocales que se determine en función del número de Patronos y un secretario que en caso de no ser miembro del patronato actuará con voz pero sin voto.

Presidente: al Presidente le corresponde ostentar la representación de la Fundación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas; convocará las reuniones del Patronato, las presidirá, dirigirá sus debates y, en su caso, ejecutará los acuerdos, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin.

Secretario: son funciones del Secretario la custodia de toda la documentación perteneciente a la Fundación, levantar las actas correspondientes a las reuniones del Patronato, expedir las certificaciones e informes que sean

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

necesarios y, todas aquéllas que expresamente se le encomienden. En los casos de enfermedad, ausencia o estar vacante el puesto, hará las funciones de Secretario el vocal más joven del Patronato.

Vicepresidente: El Vicepresidente del Patronato será elegido conforme a las reglas ordinarias de votación, de entre los vocales.2. Existirá asimismo el cargo de Director. El mismo no forma parte del Patronato, siendo sus funciones la gestión del centro y la dirección técnica del mismo.

Artículo 13.-

1.- El Patronato se reunirá siempre que lo crea necesario el Presidente o, en su lugar, el Vicepresidente, de conformidad con lo establecido en el artículo anterior, o cuando lo solicite un tercio de sus miembros. Pero deberá reunirse, necesariamente dos veces al año, una vez en cada semestre del mismo.

2.- Las convocatorias se harán al menos con quince días de anticipación por orden del Presidente y firmadas por el Secretario mediante la fórmula “por indicación del Presidente”. Las notificaciones de las convocatorias se realizarán al domicilio manifestado por cada uno de los Patronos, cuidando de su constancia por escrito y admitiéndose dicha comunicación por medios telemáticos.

3.- El orden del día se confeccionará por el Presidente que estará obligado a incluir en el mismo los temas que hayan sido propuestos al menos por la tercera parte de los miembros del Patronato.

4.- El Patronato quedará validamente constituido con la presencia de la mitad más uno de sus miembros.

5.- En general, los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes y en caso de empate decidirá el Presidente; los acuerdos se transcribirán en un libro de actas, extendiendo el Secretario las actas suscritas por todos los asistentes a la reunión, con el visto bueno del Presidente o del Vicepresidente, en su lugar.

6.- Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 de este artículo también se entenderá validamente constituido el Patronato cuando, estando presentes todos sus miembros, así lo decidan por unanimidad, fijando, también por unanimidad, el correspondiente orden del día.

Artículo 14.-

1.- Corresponde al Patronato además de las funciones referidas en los artículos 8º.1 de estos estatutos, la interpretación de los mismos y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para solucionar cualquier contingencia que

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

pueda presentarse en orden al buen gobierno y administración de la misma.

2.- Con carácter puramente enunciativo se enumeran las siguientes atribuciones del Patronato:

a) Ejercer el gobierno y representación de la Fundación y aprobar los planes de gestión y programas periódicos de actuación de la misma.

b) Interpretar y desarrollar los Estatutos y, en su caso, acordar la modificación de los mismos, siempre que resulte conveniente a los intereses de la Fundación y a la mejor consecución de sus fines.

c) Fijar las líneas generales sobre la distribución y aplicación de los fondos disponibles entre las finalidades de la Fundación.

d) Nombrar apoderados generales o especiales.

e) Seleccionar a los beneficiarios de las prestaciones fundacionales.

f) Aprobar los presupuestos ordinarios y extraordinarios, las Memorias oportunas, así como el Balance económico y Cuentas anuales que hayan de ser presentadas al Protectorado.

g) Cambiar el domicilio de la Fundación y acordar la apertura y cierre de sus Delegaciones.

h) Adoptar acuerdos sobre la extinción o fusión de la Fundación en caso de imposibilidad de cumplimiento de sus objetivos.

i) Delegar sus facultades en uno o más patronos, sin que puedan ser objeto de delegación la aprobación de las Cuentas y del presupuesto ni aquellos actos que requieran la autorización del Protectorado.

j) Elegir al Director.

k) En general, cuantas otras funciones debe desarrollar para la administración y gobierno de la Fundación, con sometimiento en todo caso, a las prescripciones legales.

Artículo 15.-

1.- El Patronato constituirá en su seno un Comité de Dirección.

2.- El Comité de Dirección podrá ostentar todas o algunas de las facultades del Patronato que se señalan en el artículo 14 de estos Estatutos, salvo las indelegables.

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

3.- El Comité de Dirección estará compuesto por el Presidente de la Fundación y seis vocales elegidos por el Patronato de entre sus patronos integrantes

4.- En el plazo máximo de tres meses, desde la constitución del primer Comité de Dirección, deberán aprobarse las correspondientes normas de actuación y funcionamiento del mismo.

5.- El cargo de miembro del Comité de Dirección tendrá una vigencia de dos años.

6.- El Patronato o en su caso el Comité de Dirección podrá nombrar un Director del Centro a los que se dotará de los poderes oportunos.

Artículo 16.-

La Fundación está especialmente capacitada para comparecer en cuantos actos convoquen las Administraciones Públicas para otorgamiento de concesiones, conciertos con obtención de autorizaciones para el desarrollo de sus objetivos fundacionales, así como para ofrecer directamente sus servicios e instalaciones a las distintas Administraciones Públicas.

Artículo 17.-

Conforme al artículo 16 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones, el Patronato podrá crear Secciones Especializadas del mismo en aquellos casos que crea conveniente o necesario, especialmente en aquellos en que reciba bienes o los adquiera para destinarlos, directamente o sus frutos y rentas, a un fin determinado dentro de los de la Fundación, pero, observando la voluntad del donante o transmitente siempre que no se desvirtúen los fines fundacionales.

Artículo 18.-

1.- Estas Secciones Especializadas, que tendrán funciones estrictamente ejecutivas, se compondrán del número de miembros que establezca el Patronato al crearlas, pero nunca será un número inferior a tres.

2.- La designación de estos miembros corresponderá al Patronato, el cual podrá delegar en el donante o transmitente, para los casos en que su creación obedezca a la donación o transmisión de bienes por cualquier título, la facultad de nombrar hasta la mitad, o la mitad por defecto, de los miembros de la correspondiente Sección, o designarlo para formar parte de la misma.

3.- En todo caso, la designación del Presidente o Director de la Sección Especializada, cuyo voto será dirimente, corresponderá siempre al Patronato.

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 19.-

Corresponderá al Patronato decidir el término de los cargos y su renovación, así como sus atribuciones.

CAPÍTULO V

RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 20.-

La dotación inicial será la que se aporte en el momento de su constitución, la cual será en todo caso superior a la establecida en el art. 12 de la Ley 50/2002 o precepto que lo sustituya.

La dotación patrimonial de la Fundación podrá ser aumentada posteriormente por los propios fundadores o por terceras personas.

Artículo 21.-

El patrimonio de la Fundación puede estar constituido por toda clase de bienes derechos y obligaciones susceptibles de valoración económica, radicados en cualquier lugar.

Artículo 22.-

Los ingresos de la Fundación pueden proceder de:

A) Los rendimientos de su patrimonio.

B) Los donativos, herencias y legados que se dispongan a su favor.

C) Las subvenciones que reciba, bien de organismos públicos o bien de

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

organismos privados, para el cumplimiento de sus fines, bien sea con finalidad concreta o bien sin especificaciones.

D) Las ayudas y colaboraciones de particulares y de entidades públicas y privadas, siempre que no condicionen ni desvirtúen los fines fundacionales.

E) El producto de las contraprestaciones que reciba por la prestación de sus servicios.

Artículo 23.-

A la realización de la finalidad fundacional debe ser destinado al menos el setenta por ciento de las rentas o cualesquiera otros ingresos netos que obtenga la Fundación, debiéndose destinar el resto, deducidos los gastos de administración, a incrementar la dotación fundacional.

Artículo 24.-

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones, la enajenación o gravamen de los bienes del patrimonio de la Fundación se realizará en las condiciones que establezca el Patronato, con la autorización del Protectorado en los casos que proceda.

Artículo 25.-

1.- Los bienes inmuebles de la Fundación se inscribirán en el Registro de la Propiedad.

2.- Los valores se depositarán a nombre de la Fundación en los establecimientos bancarios designados por el Patronato.

3.- Los restantes bienes muebles, títulos de la propiedad, resguardos de depósitos y documentos acreditativos del dominio, posesión, uso o disfrute o cualquier otro derecho del cual sea titular la Fundación, será responsabilidad del Tesorero.

Artículo 26.-

Todos los bienes de la Fundación se inventariarán en un Libro de Inventario, a cargo del Secretario del Patronato, y en el cual se consignarán todos los datos y circunstancias precisas para su identificación y descripción.

Artículo 27.-

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

- -1.- El ejercicio económico no podrá exceder de doce meses y deberá cerrarse el treinta y uno de Diciembre.

--2.- En la fecha del cierre, el Presidente debe formular las cuentas anuales que deben ser aprobadas en el plazo de seis meses desde ese cierre. Dichas cuentas comprenden el balance de situación, cuenta de resultados que refleje con claridad y exactitud la situación patrimonial de la Fundación y una memoria de las actividades hechas durante el ejercicio y de la gestión económica del Patrimonio, suficiente para dar a conocer y justificar el cumplimiento de las finalidades fundacionales y de los preceptos legales.

--------Las cuentas anuales se aprobarán por el Patronato y se presentarán en el Protectorado en tiempo oportuno, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.7 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre.

- -3.-Asimismo, el Patronato elaborará y remitirá al Protectorado en los últimos tres meses de cada ejercicio el plan de acción correspondiente al año siguiente en el que se reflejen los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente.

-------4.- Se llevarán los registros y los comprobantes de contabilidad que sean necesarios para garantizar la veracidad de los datos contenidos en los documentos citados en el punto 2. de este artículo y deberán ajustarse a las normas de la contabilidad general española y a las exigencias de la legislación fiscal que le sean aplicables.

-----5.- Cuando sea necesario, en el desarrollo de las actividades de inspección, control y ensayos reglamentarios, el Patronato presentará al órgano competente el inventario material relativo a las referidas actividades y una auditoria externa de su situación económico-financiera correspondiente a la actividad objeto de la concesión, concierto o autorización, realizada según normas standards internacionales de auditoria, y presentará también los restantes documentos legal o reglamentariamente exigibles.

Artículo 28.-

Durante el ejercicio económico el Patronato deberá atenerse al presupuesto ordinario, pudiendo excepcionalmente introducir en sus partidas las modificaciones que sean necesarias para acomodarlo a las necesidades y atenciones que sea preciso cubrir.

Artículo 29.-

Los libros de la Fundación serán el Libro Diario, Libro de Inventario y Cuentas Anuales, el Libro de Actas, y los demás que sean necesarios por imperativo de la normativa reguladora de las Fundaciones, para cumplir las

ANEXO XV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

obligaciones fiscales y por imperativo de las disposiciones relativas a las actividades que se desarrollen.

CAPÍTULO VI

EXTINCIÓN DE LA FUNDACIÓN

Artículo 30.-

La fundación se extinguirá cuando se produzca alguna de las causas establecidas en el artículo 31 de la Ley 50/2002 de 26 de diciembre de Fundaciones, con las formalidades establecidas en el artículo 33 de la mencionada Ley.

Artículo 31.-

Para la extinción, así como su fusión o agregación con otra fundación, es necesario el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros del Patronato.

Artículo 32.-

1.- En el caso de extinción, el Patronato acordará nombrar una Comisión Liquidadora con los poderes precisos para cumplir sus funciones, bajo el control del Protectorado.

2.- El Patronato, por mayoría de dos tercios de sus miembros, dispondrá el destino que deba darse al patrimonio de la Fundación, una vez liquidadas las obligaciones contraídas. Tal disposición se hará siempre a favor de fundaciones o entidades análogas sin ánimo de lucro.

AN E X O XV I AL AC T A DE LA SE S I Ó N DE L CO N S E J O DE GO B I E R N O DE 16 DE AB R I L DE 2004

BASES DE LA CONVOCATORIA 2004"MOVILIDAD DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR"

1. OBJETO: Estas ayudas están destinadas a fomentar la movilidad del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para la realización de algunas de las siguientes actividades:

a) Participación en congresos, seminarios y reuniones científicas.b) Realización de estancias en otro centro docente o de investigación nacional o extranjero. c) Realización de cursos de formación científica.

2. BENEFICIARIOS: Podrán solicitar estas ayudas los profesores a tiempo completo y los profesores contratados a tiempo parcial que no perciban remuneración alguna ajena a la UCA. Podrán solicitarlas igualmente los becarios de Formación de Personal Investigador de los programas nacionales, autonómicos y de la Universidad de Cádiz; los becarios de investigación con cargo a proyectos o contratos que hayan sido homologados a los anteriores por parte de la Comisión de Investigación; los investigadores contratados que acrediten un mínimo de veinte horas semanales de dedicación, y, finalmente, los miembros del Personal de Administración y Servicios dedicados a tareas de apoyo a la investigación.

Los solicitantes, excepción hecha de los becarios, los investigadores contratados y los miembros del Personal de Administración y Servicios, han de estar integrados en grupos de investigación pertenecientes a alguna de las modalidades recogidas en el Plan Andaluz de Investigación y han de justificar documentalmente su pertenencia a un proyecto de investigación, en vigor o solicitado en la última convocatoria pública, ajeno al PAI.

3. CONDICIONES DE LAS AYUDAS: Sólo podrán financiarse aquellas actividades que se realicen fuera del ámbito geográfico de la UCA entre el 1 de enero de 2004 y el 28 de febrero de 2005, y que cumplan las siguientes condiciones:

Tipo A: Participación en congresos. Será requisito indispensable para la concesión de la ayuda la presentación de una comunicación, ponencia, póster o panel. En el caso de que dicha aportación corresponda a varios firmantes, sólo se podrá financiar a uno de ellos, que será el que de forma explícita designe el resto de los autores. De no haber designación explícita, la prelación se realizará atendiendo a la categoría académica.

Tipo B: Estancias en otros centros. Podrán financiarse estancias cuya actividad esté encaminada a la consecución de alguno de los siguientes objetivos:

1. El aprendizaje de nuevos métodos y técnicas para el desarrollo de la actividad científica del grupo de investigación o del acuerdo de colaboración.2. La colaboración científica que suponga la posterior presentación de un proyecto de investigación o de un acuerdo de colaboración.3. La colaboración científica entre grupos de investigación que suponga su posterior publicación o presentación de resultados en congreso o reunión científica.4.- La consulta de documentación científica en archivos, bibliotecas y centros de investigación que resulte de interés para las actividades del grupo de investigación o acuerdo de colaboración.

Se excluyen las estancias de becarios del Ministerio de Educación y Cultura y del Ministerio de Ciencia y Tecnología (que poseen un programa propio de movilidad) y las estancias contempladas en los proyectos.

UNIVERSIDAD DE CÁDIZVICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN

PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN 2004

1

AN E X O XV I AL AC T A DE LA SE S I Ó N DE L CO N S E J O DE GO B I E R N O DE 16 DE AB R I L DE 2004

Las estancias han de ser de una duración comprendida entre tres y doce semanas consecutivas. Las que sean de duración inferior se calcularán atendiendo a lo especificado en el apartado 5.2.

Tipo C: Realización de cursos. Podrán financiarse sólo aquellos cursos que no se desarrollen en el ámbito geográfico de la UCA y que supongan el aprendizaje de nuevos métodos y técnicas para el desarrollo de la actividad científica del grupo de investigación en el que se integre el solicitante. Se excluyen los cursos de verano y los de formación de interés personal.

No se concederán más de dos ayudas del tipo A o C, ni más de una ayuda del tipo B, por solicitante, hasta un máximo total de tres ayudas por año natural. Las estancias inferiores a tres semanas se considerarán a este respecto ayudas del tipo A.

Con carácter general para todas las modalidades, será requisito imprescindible para proceder a su evaluación la acreditación de haber concurrido a la convocatoria de ayudas a la investigación del Plan Andaluz de Investigación, abierta hasta el 31 de diciembre de 2004 (BOJA 14/05/02), y cuyas bases e impreso de solicitud pueden obtenerse en la siguiente dirección de internet:

http://www.juntadeandalucia.es/educacionyciencia/dgui/scripts/becas_ayudas/ayudas2002.htm

En el caso de ser becario, sólo los becarios de Formación de Personal Investigador de la Junta de Andalucía están obligados a solicitar ayuda a la Junta de Andalucía.Las estancias de duración inferior a 9 días están excluidas de la Convocatoria del Plan Andaluz de Investigación.

4. SOLICITUDES:

Tipo A y C:

Los interesados deberán presentar sus solicitudes antes del 31 de diciembre de 2004, dirigidas al Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Cádiz, en el Registro General del Rectorado (c/. Ancha, 16), Registro Auxiliar ubicado en el Vicerrectorado de Alumnos (Edificio Policlínico, c/ Doctor Marañón, 3) o en el de cualquiera de sus centros universitarios (Facultades y Escuelas Universitarias). Éstas incluirán el impreso oficial de solicitud, que se adjunta, debidamente cumplimentado y acompañado de la siguiente documentación:

Tipo A:1. Copia de la carta de aceptación de la comunicación, ponencia, póster o panel expedida por la entidad organizadora del congreso o encuentro científico.2. Contribución del solicitante (copia de la comunicación, ponencia, póster o panel) con indicación expresa de los firmantes del trabajo.3. Certificado de participación en el congreso (de no haberse celebrado aún, habrá de remitirse con posterioridad según lo expuesto en el apartado 6).4. Copia registrada de la solicitud presentada para la misma actividad a la convocatoria de ayudas a la investigación del Plan Andaluz de Investigación o, en caso de que no estuviera abierta, carta de compromiso de solicitarla para la próxima convocatoria.5. En el caso de pertenencia a un grupo de investigación ubicado en otra universidad andaluza, copia de la carátula de la solicitud presentada a la convocatoria de grupos del Plan Andaluz de Investigación en la que figuren los datos del grupo y los investigadores que lo componen.6. En el caso de pertenencia a un proyecto de investigación ubicado fuera de la Universidad de Cádiz, carta del investigador responsable acreditando tal pertenencia con mención expresa del título, la duración y la referencia del proyecto. Si éste estuviera en fase de resolución, copia de la solicitud en la que figuren los datos del proyecto y los investigadores que lo integran.

2

AN E X O XV I AL AC T A DE LA SE S I Ó N DE L CO N S E J O DE GO B I E R N O DE 16 DE AB R I L DE 2004

7. Copia del contrato en vigor y declaración jurada de no recibir remuneración alguna ajena a la Universidad de Cádiz (sólo en el caso de personal contratado a tiempo parcial) o copia de credencial de beca en vigor (en el caso de becarios de investigación).

Tipo C:

1. Memoria en la que se justifique la necesidad de realizar el curso (si está relacionado con la tesis, debe ir acompañada por la autorización del director) y en la que se detalle su contenido científico y su coste económico.

2. Certificado de asistencia o participación en el curso (de no haberse celebrado aún, habrá de remitirse con posterioridad según lo expuesto en el apartado 6).

3. Licencia del Rectorado (sólo profesores y personal de administración y servicios)4. Copia registrada de la solicitud presentada para la misma actividad a la convocatoria de

ayudas a la investigación del Plan Andaluz de Investigación o, en caso de que no estuviera abierta, carta de compromiso de solicitarla para la próxima convocatoria.

5. En el caso de pertenencia a un grupo de investigación ubicado en otra universidad andaluza, copia de la carátula de la solicitud presentada a la convocatoria de grupos del Plan Andaluz de Investigación en la que figuren los datos del grupo y los investigadores que lo componen.

6. En el caso de pertenencia a un proyecto de investigación ubicado fuera de la Universidad de Cádiz, carta del investigador responsable acreditando tal pertenencia con mención expresa del título, la duración y la referencia del proyecto. Si éste estuviera en fase de resolución, copia de la solicitud en la que figuren los datos del proyecto y los investigadores que lo integran.

7. Copia del contrato en vigor y declaración jurada de no recibir remuneración alguna ajena a la Universidad de Cádiz (sólo en el caso del personal contratado a tiempo parcial) o copia de credencial de beca en vigor (en el caso de becarios de investigación).

Si la documentación no está completa, ésta podrá ser solicitada por el Vicerrectorado de I+D+i, y deberá ser remitida en un tiempo máximo de 10 días hábiles a contar desde la fecha de notificación. En aquellos casos que se considere necesario se podrá pedir documentación adicional al solicitante.

Tipo B:

Los interesados deberán presentar sus solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Cádiz, en el Registro General del Rectorado (c/. Ancha, 16), Registro Auxiliar ubicado en el Vicerrectorado de Alumnos (Edificio Policlínico, c/ Doctor Marañón, 3) o en el de cualquiera de sus centros universitarios (Facultades y Escuelas Universitarias) en las siguientes fechas:

- 1 de Mayo al 28 de Mayo: Solicitudes para estancias comprendidas entre el 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2004.

- 1 de septiembre al 30 de septiembre: Solicitudes para estancias comprendidas entre el 1 de septiembre y el 28 de febrero.

Las peticiones incluirán el impreso oficial de solicitud, que se adjunta, debidamente cumplimentado y acompañado de la siguiente documentación:

1. Memoria explicativa de la actividad científica (si está relacionada con la tesis, debe ir acompañada por la autorización del director).2. Aceptación del centro receptor.3. Certificado de realización de la estancia emitido por el centro receptor (de no haberse realizado aún, habrá de remitirse con posterioridad según lo expuesto en el apartado 6).

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AN E X O XV I AL AC T A DE LA SE S I Ó N DE L CO N S E J O DE GO B I E R N O DE 16 DE AB R I L DE 2004

4. Licencia del Rectorado (sólo profesores y personal de administración y servicios)5. Copia de los billetes de los medios de transporte utilizados, presupuesto detallado de una agencia de viajes o, en caso de desplazamientos en vehículo particular por España y Portugal, liquidación de dietas según el modelo proporcionado por el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (de no haberse realizado aún la estancia, habrá de remitirse con posterioridad según lo expuesto en el apartado 6).6. Copia registrada de la solicitud presentada para la misma actividad a la convocatoria de ayudas a la investigación del Plan Andaluz de Investigación o, en caso de que no estuviera abierta, carta de compromiso de solicitarla para la próxima convocatoria. Si la estancia es de duración inferior a 9 días no se presentará dicha documentación.7. En el caso de pertenencia a un grupo de investigación ubicado en otra universidad andaluza, copia de la carátula de la solicitud presentada a la convocatoria de grupos del Plan Andaluz de Investigación en la que figuren los datos del grupo y los investigadores que lo componen.8. En el caso de pertenencia a un proyecto de investigación ubicado fuera de la Universidad de Cádiz, carta del investigador responsable acreditando tal pertenencia con mención expresa del título, la duración y la referencia del proyecto. Si éste estuviera en fase de resolución, copia de la solicitud en la que figuren los datos del proyecto y los investigadores que lo integran.9. Copia del contrato en vigor y declaración jurada de no recibir remuneración alguna ajena a la Universidad de Cádiz (sólo en el caso del personal contratado a tiempo parcial) o copia de credencial de beca en vigor (en el caso de becarios de investigación).

5. CONCESIÓN DE LAS AYUDAS:

1. La Comisión de Investigación se reunirá periódicamente para evaluar y fijar, en su caso, la cuantía de la ayuda de aquellas solicitudes que reúnan la documentación completa requerida en el apartado 4 de esta convocatoria, a la vista del interés científico de la actividad a realizar, de las disponibilidades presupuestarias del grupo de investigación en que se integre el solicitante y de las de este Plan Propio de Investigación. La evaluación de las ayudas Tipo B se hará en régimen de concurrencia competitiva una vez finalizado el plazo correspondiente de presentación de solicitudes.

2. La cuantía de las ayudas dependerá de la modalidad de que se trate y se atendrá al siguiente baremo:

- Tipo A. El importe de la ayuda será de 150 € para actividades realizadas en las provincias de Córdoba, Huelva, Málaga y Sevilla; de 300 € para actividades realizadas en el resto de España, excluida Canarias, y Portugal; de 500 € para actividades realizadas en Canarias, Europa o en el norte de África; y de 700 € para actividades realizadas en el resto del mundo.

- Tipo B. El importe cubrirá los gastos de viaje, y una ayuda para manutención y alojamiento en función de la duración y el destino, según se detalla a continuación:

1. Estancia en España: 110 € por semana.

2. Estancia en el extranjero: 170 € por semana.

En el caso de estancias inferiores a tres semanas el importe cubrirá el 30% de los gastos de viaje y una ayuda para manutención y alojamiento en función de la duración y el destino según se detalla a continuación:

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1.- Estancia en España: 16 € por día.

2.- Estancia en el extranjero: 24 € por día.

Los gastos de viaje no se contabilizarán por un importe mayor de 120 € (en desplazamientos a las provincias de Córdoba, Huelva, Málaga y Sevilla); 240 € (resto de España, excluida Canarias, y Portugal), 480 € (Canarias, resto de Europa y norte de África) y 900 € (resto del mundo). Su cuantificación se realizará por uno de los tres procedimientos siguientes: copia de factura, presupuesto detallado de una agencia de viajes o cálculo del kilometraje (sólo para desplazamientos en vehículo particular por territorio nacional y Portugal).

- Tipo C. El importe de la ayuda será idéntico al establecido para las ayudas de tipo A, al que habrá de sumársele el 100% de la inscripción en el curso.

3. Las adjudicaciones de ayudas serán notificadas mediante escrito a los interesados, así como, en su caso, las denegaciones y motivos en que se fundan.

4. La finalidad de estas ayudas es sufragar parcialmente los gastos que origina la actividad investigadora. En este sentido, el recibo de una ayuda supone la aceptación expresa de que en el caso de que se perciba otra subvención, habrá de reintegrarse el superávit del gasto justificado si éste existiera.

Se excluyen de esta modalidad la participación en congresos o la realización de estancias contempladas y presupuestadas en los proyectos de investigación en curso.

6. JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS:

Una vez notificada la concesión los beneficiarios deben presentar en el Vicerrectorado de I+D+i (c/ Ancha, 16) en el plazo de 15 días, o en el caso de no haberse realizado aún la actividad, en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de su realización, los documentos que justifiquen científica y económicamente la actividad subvencionada. En caso de incumplimiento de esta obligación, se iniciará el procedimiento administrativo para el reintegro de las cantidades percibidas.

a) Justificación científica: de no haber sido presentado aún, certificado de participación en el congreso (tipo A), certificado de realización de la estancia emitido por el centro receptor (tipo B) o certificado de realización del curso (tipo C).

b) Justificación económica: El beneficiario de la ayuda deberá presentar cumplimentada y firmada la declaración jurada de gastos con los que se pretenda justificar la ayuda de movilidad adjudicada con cargo al Plan Propio de Investigación de la UCA, según el modelo que se adjunta acompañado de los siguientes justificantes económicos originales que procedan:

. Facturas originales de alojamiento y transporte a nombre del beneficiario. . Billetes (avión, tren, autobús, metro, taxi, etc.) . En caso de desplazamiento en vehículo particular, válido sólo para España y Portugal, indicación de matrícula del coche y días de salida y regreso (la cantidad por kilómetro recorrido es de 0,17 euros).. En el caso de participación en congresos y realización de cursos de formación científica: Factura del pago de inscripción o carta del comité organizador certificando el pago de inscripción y la cantidad abonada.Las acreditaciones bancarias de transferencias a cuentas corrientes de la organización del congreso son válidas, siempre que vayan acompañadas de una declaración jurada indicando

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que la transferencia realizada corresponde al pago de inscripción en el congreso (indicar nombre del congreso) e importe abonado.No son válidos los extractos de cuentas bancarias personales.

En el caso de que las facturas reflejen pagos en moneda extranjera, deberá venir acompañada de fotocopia del BOE del cambio oficial de la moneda de la fecha en que se expidió la factura.

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SOLICITUD "MOVILIDAD PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR" 2004

A) Participación en Congreso, Seminario o Reunión Científica

B) Estancia del solicitante en otro Centro C) Curso de Formación Científica

SOLICITANTE

Apellidos, Nombre: Departamento: Facultad o Escuela: N.I.F.: Categoría profesional: Teléfono/s: Correo electrónico: Grupo de Investigación del Plan Andaluz de Investigación al que pertenece (indique Código y

nombre de Responsable):

Proyecto de Investigación financiado o solicitado en última convocatoria al que pertenece (indique referencia y nombre de Responsable).

ACTIVIDAD CIENTIFICA

Comunicaciones, ponencias, póster o panel (Citar todas):

Firmantes:

Nombre del Congreso (en su caso):

Institución o Centro:

Ciudad: País:

Fecha salida: Fecha regreso: Nº de Días: Fechas oficiales del congreso, estancia o curso: De ----/----/-------- a ----/----/--------

Firma: Lugar y fecha:

UNIVERSIDAD DE CÁDIZVICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO

TECNOLÓGICO E INNOVACIÓNPLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN 2004

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Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Cádiz.

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COSTE GLOBAL DE LA ACTIVIDAD

CUMPLIMENTAR SÓLO EL APARTADO QUE CORRESPONDA A SU PETICIÓN DE AYUDAEs importante saber el coste global de la actividad, pues, al presentarse simultáneamente solicitud al Plan Andaluz de Investigación para la misma actividad, en el caso de que también ésta sea concedida, pueden percibirse ambas ayudas siempre que no se supere dicho coste global. Independientemente del coste, el Plan Propio de Investigación le concederá (en caso de adjudicación) la cuantía indicada en el apartado 5 de la convocatoria.

PARTICIPACIÓN EN CONGRESO, SEMINARIO O REUNIÓN CIENTÍFICA

1. Inscripción -------------------------

2. Desplazamiento --------------------------

3. Alojamiento (según Anexo I) --------------------------

4. Manutención (según Anexo I) -----------------------

TOTAL: …………………………………………………………………………………………………€B) ESTANCIA EN OTRO CENTRO

1. Desplazamiento: - Vehículo particular (Nº de kms) -------- X 0,17 € = ..............-----------------------------

- Otro medio (especificar), importe de ida y vuelta = ...........................................-----------------------------

2. Alojamiento (Según Anexo I)….………………………………………………………----------------------------

3. Manutención

Total: (nº días) ------ X -------- (Según Anexo I) =-------------

TOTAL: ................................................................................................................----------------------------

C) CURSO DE FORMACIÓN CIENTÍFICA

1. Inscripción.........................................................................................................-----------------------------

2. De s p l a z a m i e n t o : - Vehículo particular (Nº de kms) -------- X 0,17 € = ..............................----------------

- Otro medio (especificar), importe de ida y vuelta = ...........................................-----------------------------

3. Alojamiento (Según Anexo I) …………………………………………………………----------------------------

4. Manutención

Total: (nº días) ------ X ------ (Según Anexo I) =--------------

TOTAL: ................................................................................................................----------------------------DECLARO QUE EL COSTE GLOBAL DE MI ACTIVIDAD ASCIENDE A UN TOTAL DE ……. €.

(FIRMA Y FECHA)

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(Cumplimentar únicamente una vez comunicada la adjudicación de la ayuda, adjuntando los documentos

justificativos originales indicados en el apartado 6 de la convocatoria). Adjuntar facturas.

DECLARACIÓN JURADA GASTOS DATOS DEL BENEFICIARIO DE LA AYUDA: Nombre:

Categoría docente, Referencia de becario/a:

N.I.F.:

Dp t o . y Ce n t r o :

DATOS DE LA AYUDA CONCEDIDA:Modalidad:

Actividad:

Destino (ciudad, país):.

Fechas de celebración: De a

Importe: euros.

El firmante de esta liquidación de gastos declara bajo juramento que ha realizado la

actividad indicada anteriormente y que no ha percibido ninguna otra ayuda o

subvención, por vía pública ni privada para el gasto que presenta en esta declaración.

A) INSCRIPCIÓN (Sólo en caso de participación en congresos y realización de cursos).

Factura del pago Nº, Importe …… … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … .

B) DESPLAZAMIENTO: especificar medio/s de transporte utilizados (adjuntar facturas

originales y/o billetes siempre que indiquen importes)

Factura/Billete (Descripción) Nº de factura/billete Importe1234

TOTAL:

En ca s o de des p l a z a m i e n t o en ve h í c u l o pa r t i c u l a r ind i c a r (sól o Es p a ñ a):

. Ve h í c u l o pa r t i c u l a r uti l i z a d o (mar c a , ma t r í c u l a):… … … … … … … … … … … … … …

. Nº de Ki l ó m e t r o s (ida y vue l t a) X 0,1 7 €: … … … … … … … … … … … … … … … … …

. Fe c h a de sa l i d a : … … … … … … y Fe c h a de reg r e s o : … … … … … … . .

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AN E X O XV I AL AC T A DE LA SE S I Ó N DE L CO N S E J O DE GO B I E R N O DE 16 DE AB R I L DE 2004

C) ALOJAMIENTO

Factura (Descripción) Nº de factura Importe1234

TOTAL:

D) MANUTENCIÓN (SÓLO APLICABLE EN EL CASO DE ESTANCIAS) (Según Anexo I)Por (nº de dí a s ) …… ….. dietas (especificar país) …… … ….. a …… … … … euros = …… … … …

El total justificado en esta liquidación asciende a (euros)

COSTE de ACTIVIDAD:

-Inscripción:

-Desplazamiento:

-Alojamiento:

-Manutención:

El coste total de la actividad asciende a (euros)

Cá d i z , de de do s mi l .

(Firm a)

Ilmo. Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

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BA S E S DE LA CO N V O C A T O R I A 2004"DOCTORANDOS"

1. OBJETO: Es t a s ay u d a s es t á n de s t i n a d a s a ap o y a r a los do c t o r a n d o s qu e es t é n rea l i z a n d o su s pr o g r a m a s de do c t o r a d o y su te s i s do c t o r a l .

2. REQUISITOS DEL SOLICITANTE: Po d r á n so l i c i t a r es t a s ay u d a s los pr o f e s o r e s y as o c i a d o s a tie m p o com p l e t o , los ay u d a n t e s , y los as o c i a d o s a tie m p o pa r c i a l de la UC A qu e no pe r c i b a n ot r a re m u n e r a c i ó n aje n a a és t a , as í co m o los be c a r i o s de Fo r m a c i ó n de Pe r s o n a l Inv e s t i g a d o r de los pr o g r a m a s na c i o n a l e s , au t o n ó m i c o s y de la Un i v e r s i d a d de Cá d i z , y tod o s los be n e f i c i a r i o s de be c a s co n ca r g o a pr o y e c t o s de inv e s t i g a c i ó n qu e , po r su cu a n t í a y du r a c i ó n , ha y a n sid o ho m o l o g a d a s po r pa r t e de la Co m i s i ó n de Inv e s t i g a c i ó n a las de los pr o g r a m a s an t e s ci t a d o s . De b e r á n ten e r ap r o b a d o el pr o y e c t o de te s i s y ac r e d i t a r la su f i c i e n c i a inv e s t i g a d o r a o, en su ca s o , el Di p l o m a de Es t u d i o s Av a n z a d o s .

3. CONDICIONES DE LAS AYUDAS:

1. Es t a s ay u d a s co n s i s t e n en la fin a n c i a c i ó n de vis i t a s a bi b l i o t e c a s y ar c h i v o s y de los ga s t o s de ut i l i z a c i ó n de lab o r a t o r i o s y téc n i c a s de inv e s t i g a c i ó n de los De p a r t a m e n t o s o Se r v i c i o s Ce n t r a l e s , as í co m o de los ga s t o s de r i v a d o s de fot o c o p i a s y en c u a d e r n a c i ó n de la te s i s . Se ex c l u y e n via j e s y di e t a s pa r a as i s t e n c i a a co n g r e s o s , sem i n a r i o s , et c.

2. La cu a n t í a de las ay u d a s es de un má x i m o de 900 €, en fun c i ó n de l tip o de ac t i v i d a d . Es t a s ay u d a s se oto r g a r á n po r un a so l a ve z du r a n t e tod o el pe r í o d o de do c t o r a d o .

4. SOLICITUDES: Lo s int e r e s a d o s de b e r á n pr e s e n t a r su s so l i c i t u d e s de ay u d a (imp r e s o ad j u n t o), an t e s de l 31 de di c i e m b r e de 2004, dir i g i d a s al Ex c m o . Sr. Vi c e r r e c t o r de Inv e s t i g a c i ó n , De s a r r o l l o Te c n o l ó g i c o e Inn o v a c i ó n de la Un i v e r s i d a d de Cá d i z , en el Re g i s t r o Ge n e r a l de l Re c t o r a d o (c/. An c h a , 16), Re g i s t r o Au x i l i a r ub i c a d o en el Vic e r r e c t o r a d o de Al u m n o s (Edi f i c i o Po l i c l í n i c o , c/ Do c t o r Ma r a ñ ó n , 3) o en el de cu a l q u i e r a de su s ce n t r o s un i v e r s i t a r i o s (Fac u l t a d e s y Es c u e l a s Un i v e r s i t a r i a s), ac o m p a ñ a d a s de la sig u i e n t e do c u m e n t a c i ó n :

1. Es t u d i o s ac o g i d o s al R.D. 185/19 8 5 : Co p i a de la ac r e d i t a c i ó n de su f i c i e n c i a inv e s t i g a d o r a .Es t u d i o s ac o g i d o s al R.D. 778/199 8 : Co p i a de l Di p l o m a de Es t u d i o s Av a n z a d o s y de la co m u n i c a c i ó n de reg i s t r o de l Pr o y e c t o de Te s i s po r la Co m i s i ó n de Do c t o r a d o .

2. Me m o r i a jus t i f i c a t i v a de la ac t i v i d a d a rea l i z a r y co s t e ap r o x i m a d o de la mi s m a (exte n s i ó n inf e r i o r a 2000 pa l a b r a s), co n el vi s t o bu e n o de l dir e c t o r de la te s i s.

3. Curriculum vitae de l so l i c i t a n t e .

4. Lo s pr o f e s o r e s as o c i a d o s a tie m p o pa r c i a l de b e r á n pr e s e n t a r la co p i a de l co n t r a t o co n la UC A , de c l a r a c i ó n of i c i a l de no es t a r af e c t a d o de inc o m p a t i b i l i d a d y ce r t i f i c a r qu e no re c i b e n ot r o s in g r e s o s aje n o s a la UC A .

5. CONCESIÓN DE LAS AYUDAS:

1. La Co m i s i ó n de Inv e s t i g a c i ó n se reu n i r á pe r i ó d i c a m e n t e pa r a ev a l u a r y fij a r, en su ca s o , la cu a n t í a de la ay u d a de aq u e l l a s so l i c i t u d e s qu e reú n a n la do c u m e n t a c i ó n com p l e t a req u e r i d a en el ap a r t a d o 4 de es t a co n v o c a t o r i a , a la vis t a de l int e r é s cie n t í f i c o de la ac t i v i d a d a rea l i z a r , y de las di s p o n i b i l i d a d e s pr e s u p u e s t a r i a s .

UN I V E R S I D A D DE CÁ D I ZVI C E R R E C T O R A D O DE INV E S T I G A C I Ó N , DE S A R R O L L O TE C N O L Ó G I C O E INN O V A C I Ó N

PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN 2004

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2. La ad j u d i c a c i ó n de ay u d a s se r á no t i f i c a d a po r es c r i t o a los int e r e s a d o s , as í com o , en su ca s o , la de n e g a c i ó n y los mo t i v o s en qu e se fun d e .

3. El imp o r t e de la ay u d a se r á ab o n a d o dir e c t a m e n t e al ad j u d i c a t a r i o a tra v é s de la Ha b i l i t a c i ó n de es t a Un i v e r s i d a d .

6. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

1. Lo s be n e f i c i a r i o s de b e n rea l i z a r la ac t i v i d a d en la fec h a y ce n t r o pa r a el qu e se co n c e d a la ay u d a , sie n d o ne c e s a r i a la au t o r i z a c i ó n de l Vi c e r r e c t o r a d o de I+D+ i pa r a rea l i z a r cu a l q u i e r ca m b i o en di c h o se n t i d o , jus t i f i c a n d o las ca u s a s qu e lo mo t i v e n .

2. Pr e s e n t a r , en el pla z o má x i m o de un me s de s p u é s de fin a l i z a r la ac t i v i d a d a rea l i z a r , un a me m o r i a de la lab o r de s a r r o l l a d a , el co r r e s p o n d i e n t e ce r t i f i c a d o de inv e n t a r i o (en ca s o de ad q u i s i c i ó n de lib r o s) y la jus t i f i c a c i ó n ec o n ó m i c a , co n fa c t u r a s or i g i n a l e s , de los ga s t o s ef e c t u a d o s .

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SO L I C I T U D "DOCTORANDOS"

DATOS DEL SOLICITANTE

Ap e l l i d o s , No m b r e :

De p a r t a m e n t o :

Fa c u l t a d o Es c u e l a : N.I. F.:

Ca t e g o r í a Pr o f e s i o n a l : Te l é f o n o/s:

Di r e c t o r de Te s i s : Co r r e o ele c t r ó n i c o :

ACTIVIDAD A DESARROLLAR

Pr o g r a m a de Do c t o r a d o :

Te s i s Do c t o r a l :

De p a r t a m e n t o Te s i s :

Se r v i c i o Ce n t r a l :

Bi b l i o t e c a s y Ar c h i v o s :

Du r a c i ó n de la ac t i v i d a d : Co m i e n z o : ___ _ _ _ _ _ _ _ Fi n a l i z a c i ó n : ___ _ _ _ _ _ _ _

Fi r m a Lu g a r y fec h a

Ex c m o . Sr. Vi c e r r e c t o r de Inv e s t i g a c i ó n , De s a r r o l l o Te c n o l ó g i c o e Inn o v a c i ó n de la Un i v e r s i d a d de Cá d i z

UN I V E R S I D A D DE CÁ D I ZVI C E R R E C T O R A D O DE INV E S T I G A C I Ó N , DE S A R R O L L O TE C N O L Ó G I C O E INN O V A C I Ó N

PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN 2004

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PRESUPUESTO ESTIMADO DE GASTOS

Importe Euros.

1. GASTOS DE DESPLAZAMIENTO:

- Co n s u l t a bi b l i o t e c a s o ar c h i v o s ................................................................................................

- Ut i l i z a c i ó n de lab o r a t o r i o s y té c n i c a s de inv e s t i g a c i ó n de De p a r t a m e n t o s o Se r v i c i o s Ce n t r a l e s .....................................................................................................................

- Ot r o s .......... … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … …

2. OTRO MATERIAL:

- Fo t o c o p i a s … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … . .

- En c u a d e r n a c i ó n ..........................................................................................................................

- Di a p o s i t i v a s ..................................................................................................................................

- Tr a n s p a r e n c i a s ............................................................................................................................

- Fo l i o s . .…… … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … …

- Ot r o s . .… … … … … … … … … … ...................................................................................................

3. MATERIAL INVENTARIABLE:

- Ad q u i s i c i ó n de bi b l i o g r a f í a .........................................................................................................

- Ot r o ma t e r i a l ................................................................................................................................

--------------------

IMP O R T E TO T A L

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AN E X O XV I AL AC T A DE LA SE S I Ó N DE L CO N S E J O DE GO B I E R N O DE 16 DE AB R I L DE 2004

BA S E S DE LA CO N V O C A T O R I A 2004

“AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN”

1. OBJETO. El ob j e t o de es t a s ay u d a s es ap o y a r a los gr u p o s de inv e s t i g a c i ó n de l Pl a n An d a l u z de In v e s t i g a c i ó n qu e ca r e z c a n de fin a n c i a c i ó n ex t e r n a pa r a co n c u r r i r a las co n v o c a t o r i a s na c i o n a l e s y eu r o p e a s de pr o y e c t o s de inv e s t i g a c i ó n . La co n c e s i ó n de un a su b v e n c i ó n de n t r o de es t a mo d a l i d a d ob l i g a a los gr u p o s de inv e s t i g a c i ó n re c o n o c i d o s a pr e s e n t a r un pr o y e c t o de inv e s t i g a c i ó n a un a co n v o c a t o r i a pú b l i c a de l Pl a n Na c i o n a l de I+D+ i o de l Pr o g r a m a Ma r c o de la Un i ó n Eu r o p e a , y es t a r á co n d i c i o n a d a a la ev a l u a c i ó n qu e la Co m i s i ó n de In v e s t i g a c i ó n rea l i c e de l pr o y e c t o pr e s e n t a d o .

2. REQUISITOS DEL SOLICITANTE. Po d r á n so l i c i t a r es t a s ay u d a s aq u e l l o s gr u p o s de inv e s t i g a c i ó n rec o n o c i d o s po r el Pl a n An d a l u z de Inv e s t i g a c i ó n en su úl t i m a co n v o c a t o r i a y qu e en la ac t u a l i d a d ca r e z c a n de fin a n c i a c i ó n ex t e r n a al mi s m o .

3. CONDICIONES DE LAS AYUDAS. Lo s gr u p o s qu e so l i c i t e n es t a s ay u d a s ha b r á n de cum p l i r los req u i s i t o s es p e c i f i c a d o s en el ap a r t a d o an t e r i o r . Se co n c e d e r á n ay u d a s a pr o y e c t o s de inv e s t i g a c i ó n , sie m p r e de n t r o de los cr i t e r i o s y los lím i t e s pr e v i s t o s en el ap a r t a d o 5, qu e se pr e s e n t e n sim u l t á n e a m e n t e a las co n v o c a t o r i a s de l Pl a n Na c i o n a l de I+D+ i o de l Pr o g r a m a Ma r c o de la Un i ó n Eu r o p e a en cu a l q u i e r a de su s mo d a l i d a d e s .

4. SOLICITUDES. Lo s int e r e s a d o s de b e r á n pr e s e n t a r su s so l i c i t u d e s a lo la r g o de l añ o 2004 di r i g i d a s al Ex c m o . Sr. Vi c e r r e c t o r de Inv e s t i g a c i ó n , De s a r r o l l o Te c n o l ó g i c o e Inn o v a c i ó n de la Un i v e r s i d a d de Cá d i z , en el Re g i s t r o Ge n e r a l de l Re c t o r a d o (c/. An c h a , 16), Re g i s t r o Au x i l i a r ub i c a d o en el Vic e r r e c t o r a d o de Al u m n o s (Edi f i c i o Po l i c l í n i c o , c/ Do c t o r Ma r a ñ ó n , 3) o en el de cu a l q u i e r a de su s ce n t r o s un i v e r s i t a r i o s (Fac u l t a d e s y Es c u e l a s Un i v e r s i t a r i a s), ac o m p a ñ a d a s de la sig u i e n t e do c u m e n t a c i ó n :

- Co p i a reg i s t r a d a de l pr o y e c t o pr e s e n t a d o a la co n v o c a t o r i a co r r e s p o n d i e n t e de l Pl a n Na c i o n a l de I+D+ i o de l Pr o g r a m a Ma r c o de la Un i ó n Eu r o p e a .

5. CONCESIÓN DE LAS AYUDAS.

1. La s so l i c i t u d e s qu e reú n a n la do c u m e n t a c i ó n com p l e t a req u e r i d a en el ap a r t a d o 4 de es t a co n v o c a t o r i a y cu m p l a n los req u i s i t o s ne c e s a r i o s se r á n ev a l u a d a s po r la Co m i s i ó n de In v e s t i g a c i ó n .

Pa r a la co n c e s i ó n de es t a s ay u d a s la Co m i s i ó n de Inv e s t i g a c i ó n po d r á co n t a r co n el as e s o r a m i e n t o de ex p e r t o s pe r t e n e c i e n t e s a las ár e a s de co n o c i m i e n t o en las qu e se en m a r q u e n los pr o y e c t o s , y se ate n d e r á a los sig u i e n t e s cr i t e r i o s :

a) La ca l i d a d cie n t í f i c o- té c n i c a de la pr o p u e s t a y su via b i l i d a d de ac u e r d o co n el po t e n c i a l inv e s t i g a d o r de l eq u i p o qu e la pr e s e n t a .

b) La ad e c u a c i ó n de los rec u r s o s so l i c i t a d o s y de la du r a c i ó n de l pr o y e c t o a los ob j e t i v o s qu e se pr o p o n e n .

UN I V E R S I D A D DE CÁ D I ZVI C E R R E C T O R A D O DE INV E S T I G A C I Ó N , DE S A R R O L L O TE C N O L Ó G I C O E INN O V A C I Ó N

PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN 2004

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c) La ac t i v i d a d inv e s t i g a d o r a de s a r r o l l a d a po r el pr o f e s o r re s p o n s a b l e y po r el re s t o de los com p o n e n t e s de l eq u i p o .

d) La co o r d i n a c i ó n co n má s de un gr u p o de inv e s t i g a c i ó n de la Un i v e r s i d a d de Cá d i z o de ot r a un i v e r s i d a d es p a ñ o l a .

La Co m i s i ó n de Inv e s t i g a c i ó n oto r g a r á un má x i m o de qu i n c e ay u d a s cu y a cu a n t í a os c i l a r á en t r e 600 € y 3000 €.

2. La ad j u d i c a c i ó n de ay u d a s se r á no t i f i c a d a po r es c r i t o al inv e s t i g a d o r re s p o n s a b l e , as í com o , en su ca s o , la de n e g a c i ó n mo t i v a d a .

3. El importe de la ayuda será abonado a la unidad de gasto correspondiente a través del Servicio de Asuntos Económicos de esta Universidad.

6. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.

1.- Lo s inv e s t i g a d o r e s re s p o n s a b l e s es t á n ob l i g a d o s a pr e s e n t a r en el pla z o de un añ o a co n t a r de s d e

la fe c h a de la co n c e s i ó n un a me m o r i a de la la b o r de s a r r o l l a d a y la jus t i f i c a c i ó n ec o n ó m i c a , co n fa c t u r a s or i g i n a l e s , de los ga s t o s ef e c t u a d o s

2.- En ca s o de qu e el pr o y e c t o no ob t e n g a fin a n c i a c i ó n , el inv e s t i g a d o r se co m p r o m e t e a pr e s e n t a r l o nu e v a m e n t e , co n la op o r t u n a ree s t r u c t u r a c i ó n , a las co n v o c a t o r i a s na c i o n a l e s o eu r o p e a s .

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SO L I C I T U D "AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN"

SOLICITANTE

Ap e l l i d o s , No m b r e :

N.I. F.:

GRUPO DE INVESTIGACION EN EL QUE SE INTEGRA EL SOLICITANTE

Có d i g o PA I :

Re s p o n s a b l e de l Gr u p o :

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

Tí t u l o :

P r e s e n t a d o a la co n v o c a t o r i a P. Na c i o n a l / Pr o g r a m a Ma r c o U. Eu r o p e a de fec h a : Co n fe c h a de Re g i s t r o UC A :

Imp o r t e de la ay u d a qu e se so l i c i t a (euro s):

Fi r m a Lu g a r y fec h a

Ex c m o . Sr. Vi c e r r e c t o r de Inv e s t i g a c i ó n , De s a r r o l l o Te c n o l ó g i c o e Inn o v a c i ó n de la Un i v e r s i d a d de Cá d i z

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BA S E S DE LA CO N V O C A T O R I A 2004"BECAS DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR"

RESOLUCION de de la Universidad de Cádiz, por la que se convocan becas de Formación de Personal Investigador

1. Objetivos.

Las becas tienen por objeto la preparación y capacitación de personal investigador cualificado y van destinadas a Licenciados que deseen elaborar una tesis doctoral en la Universidad de Cádiz.

2. Temas y Directores de Trabajo.

Podrá ser Director del trabajo cualquier doctor con vinculación permanente a la Universidad de Cádiz, o bien con relación contractual con la UCA durante el período de disfrute de la beca.

3. Condiciones de las becas.

La beca comprende:

a) Una asignación mensual igual al mínimo establecido anualmente por acuerdo de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología. El pago de las becas se efectuará a los beneficiarios por mensualidades completas, contándose la primera de ellas a partir de la incorporación del becario al Organismo, produciéndose los efectos económicos y administrativos con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes que corresponda.

b) Un seguro de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

c) Exención del pago de precios públicos de los cursos de tercer ciclo.

El Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación podrá conceder la interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del Director de Investigación y del responsable del Centro de aplicación. Sólo en aquellos casos en que se aprecie la existencia de fuerza mayor se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Las interrupciones por causa de incompatibilidad de percepciones no podrán ser superiores a posibles renovaciones. Las interrupciones se producen con efectos económicos y administrativos según lo establecido en el apartado a).

Los becarios podrán realizar estancias temporales de hasta tres meses de duración, por cada año de disfrute de la beca, en otros Centros de Investigación, acogiéndose a la normativa de Ayudas a la Investigación de la Universidad de Cádiz, siempre que ésta se apruebe por la Comisión de Investigación y sea ratificado por el Consejo de Gobierno.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Comisión de Investigación, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada, salvo los contratos derivados de la aplicación del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria (Ley 11/1983, de 25 de agosto) que estén

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vigentes antes de la aprobación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), del artículo 83 de la misma, o del artículo 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril). Los Departamentos receptores de becarios deberán comunicar a la Comisión de Investigación cualquier causa de incompatibilidad por los motivos expresados.

El disfrute de una beca es incompatible con el Registro en las Oficinas del Instituto Nacional de Empleo como demandante de empleo al tratarse de subvenciones que exigen dedicación exclusiva para adquirir una cualificación profesional nueva.

4. Requisitos de los solicitantes.

Para optar a las becas de formación de personal investigador convocadas en la presente Resolución serán necesarios los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de una país miembro de la Unión Europea.

b) Ten e r apr o b a d a s tod a s las asi g n a t u r a s req u e r i d a s pa r a la ob t e n c i ó n de l tí tu l o de Lic e n c i a d o , Ing e n i e r o o Arq u i t e c t o par a Esc u e l a Té c n i c a Sup e r i o r . La fech a de fin de est u d i o s de b e est a r com p r e n d i d a en t r e jun i o de 1999 y Sep t i e m b r e de 2003, exc e p t o en los cas o s det a l l a d o s a con t i n u a c i ó n , en qu e ha de ser pos t e r i o r al 1 de ene r o de 1997:

Los Licenciados en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de

solicitar la beca estén en posesión del Título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR)

o que cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología

(PIR);

Los sol i c i t a n t e s que ac r e d i t e n hab e r s e ded i c a d o a la ate n c i ó n y cu i d a d o de hij o s me n o r e s de cin c o añ o s ent r e el 1 de en e r o de 1996 y el 1 de en e r o de 2002, as í com o aqu e l l o s que ac r e d i t e n ha b e r rea l i z a d o el se r v i c i o mi l i t a r o la pre s t a c i ó n soc i a l su s t i t u t o r i a .

c) Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos, o se deberá justificar documentalmente que está en trámite la convalidación en el momento de solicitar la beca.

5. Duración de la beca.

5.1. La duración de las becas será de un año prorrogable, como máximo, por otros tres.

5.2. Las solicitudes de prórroga se presentarán dentro del décimo mes desde la resolución por la que se adjudican las becas.

Las solicitudes se resolverán teniendo en cuenta los resultados obtenidos y el informe del Director del trabajo de investigación.

Las prórrogas estarán condicionadas, en su caso, a la existencia de la correspondiente consignación presupuestaria.

6. Carácter de las becas.

6.1. La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Cádiz.

6.2. Las renuncias a las becas, dirigidas al Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de Cádiz, ubicado en el Rectorado (c/ Ancha nº 16).

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6.3. Los becarios que se encuentren en su segundo, tercer y cuarto año de disfrute podrán dedicar hasta un máximo de 60 horas durante cada curso académico a la colaboración en actividades docentes relacionadas con su trabajo de investigación, siempre y cuando el Departamento así lo acuerde y sin que ello suponga ninguna responsabilidad laboral por parte de la Universidad o centro de Investigación, documentándose debidamente dicha colaboración a efectos de concursos.

6.4. Para las renuncias o bajas que se produzcan entre los becarios de nueva concesión dentro de los seis primeros meses del año, la Comisión de Investigación podrá hacer propuesta de sustitución de entre las solicitudes recibidas de acuerdo con los criterios de selección previamente establecidos.

7. Condiciones del disfrute.

El disfrute comienza con la integración del becario en la Universidad de Cádiz dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

8. Solicitudes y documentación.

8.1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en el Vicerrectorado de I+D+i de la Universidad.

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Cádiz, se presentarán en el Registro General de la Universidad de Cádiz, ubicado en el Rectorado (c/ Ancha nº 16).

8.2. Cada solicitante deberá entregar los documentos siguientes debidamente cumplimentados:

a) Solicitud de beca conforme al impreso normalizado, o versión informatizada con idéntica estructura y contenido que incluye en su apartado 3.1.:

- Certificación académica detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de su obtención (En caso de presentar copia, no será necesario compulsarla, ya que se exigirá la presentación del original a los adjudicatarios) .

b) Fotocopia del DNI del solicitante.

c) Curriculum del director de la beca, según modelo normalizado de los programas de investigación nacionales o autonómicos, o versión informatizada con idéntica estructura y contenido.

d) Compromiso de aceptación del becario por parte del Departamento y del grupo de investigación.

9. Selección y valoración de solicitudes.

9.1. La selección y valoración de solicitudes se realizará por la Comisión de Investigación de esta Universidad que tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) Expediente personal y curriculum vitae del solicitante.

b) Capacidad formadora del Director de Investigación del solicitante.

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Estos criterios se valorarán de acuerdo con el baremo aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Cádiz el 21 de marzo de 2002 para llevar a cabo el proceso de selección de Becas de Formación de Personal Investigador.

9.2. La Comisión fijará los criterios de calidad y viabilidad del proyecto de investigación presentado, así como la nota media del solicitante, tipificada por centro de procedencia, que se utilizará en la evaluación de las solicitudes.

Las decisiones de carácter científico adoptadas por la Comisión son inapelables.

Cada área de conocimiento podrá obtener, como máximo, un becario por convocatoria.

10. Obligaciones de los beneficiarios.

Los becarios están obligados a:

a) Incorporarse a su Centro de aplicación en el plazo de quince días naturales a partir de la fecha de su adjudicación, salvo que cuente con autorización de desplazamiento, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca.

b) Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas.

c) Enviar al Vicerrectorado de I+D+i una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación en la que deberá constar el estado de la misma, la conformidad del Director de trabajo de investigación.

d) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar en el Vicerrectorado de I+D+i una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del trabajo.

e) La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida y el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, más los intereses de demora que correspondan.

11. Plazo de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes queda abierto desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP y finalizará cuando transcurran 20 días hábiles desde la fecha mencionada.

12. Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, El Rector,

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Área de Personal Servicio de Prevención

C/ Paseo de Carlos III, 3. 11003 Cádiz. Tel. 956015665. Fax. 956015877

1

DOCUMENTO MARCO PARA LA GESTIÓN DE LA

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA

UNIVERSIDAD DE CÁDIZ.

INTRODUCCIÓN

Las novedades introducidas en el marco legislativo laboral tras la

entrada en vigor de la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de

Riesgos Laborales, REFORMADA POR LA LEY 54/2003 DE 12 DE

DICIEMBRE han marcado un antes y un después en la materia para todo

el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Junto con las razones de t ipo social , ét ico, legal y económico, los

modernos sistemas organizativos y de gestión han venido a introducir

nuevos conceptos en los que el factor humano adquiere una singular

importancia. Ello nos impulsa a establecer una mejora en la organización

de las condiciones de trabajo y a iniciar una serie de actuaciones acordes

con las necesidades existentes.

Como consecuencia de el lo, la Universidad de Cádiz se compromete

a dar un impulso decidido que consol ide la prevención y protección de los

trabajadores en el ámbito de la seguridad y salud; basándose, entre otras,

en:

• La creacción de un Servicio de Prevención , órgano que, junto con

el resto de la organización, impulsará todas las actuaciones

tendentes, no sólo a garantizar el cumplimiento de las obligaciones

de la Universidad en materia preventiva, s ino constituirse como el

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2

catal izador de la difusión de una concienciación preventiva de toda

la Comunidad Universitaria.

• Por otra parte el Comité de Seguridad y Salud, será el órgano

paritario y colegiado de part icipación destinado a la consulta regular

y periódica de las actuaciones de la Universidad en materia de

prevención de riesgos.

Dicho Comité se configura como órgano de encuentro entre los

representantes de los trabajadores y de la Universidad para el desarrol lo

de una participación equil ibrada en materia de prevención de riesgos

laborales.

• Todo lo anterior se verá reforzado con la implantación de un

proceso de evaluación continua que determine los correspondientes

planes de prevención, los cuáles definirán las estrategias a seguir .

POLITICA INSTITUCIONAL

La Universidad de Cádiz, consciente de la importancia de garantizar

el máximo nivel de protección posible frente a los r iesgos derivados del

trabajo incrementando los niveles de seguridad de todos los miembros de la

comunidad universitaria, considera que los pi lares fundamentales sobre los

que han de asentarse su polít ica preventiva son los siguientes:

1º) La mejora de las condiciones de trabajo, bienestar y cl ima laboral y

profesional , así como la reducción de la siniestral idad laboral .

2º) La implantación de un sistema de gestión de la prevención que propicie

la mejora de la seguridad, higiene y salud laboral .

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3º) La promoción y el desarrollo de la cultura preventiva en la

Universidad.

4ª) La implicación de todos los recursos de la organización en la actividad

preventiva.

5º) La integración de la prevención en todos los niveles de la actividad

universitaria.

6º) La colaboración con Organismos e Instituciones en esta materia.

7º) La consolidación de estructuras eficaces en prevención.

8º) El desarrollo de los principios recogidos en el art . 15 de la Ley 31/95

de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Los Objetivos cuya consecución se pretende con la puesta en marcha

del s istema de gestión de la prevención son los siguientes:

• Evitar o minimizar los r iesgos.

• Garantizar un adecuado nivel de seguridad a personal .

• Adecuar el s istema de gestión preventiva a la actividad

universitaria.

• Impulsar el principio de responsabil idad preventiva en todos los

niveles de la organización.

• La formación e información en la materia del personal al servicio

de la Universidad.

• El establecimiento de procedimientos de consultas y

comunicaciones al personal de la Universidad.

• El establecimiento de instrucciones, normas y procedimientos de

seguridad

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• La dinamizar el funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud,

como máximo órgano de participación en la materia.

SERVICIO DE PREVENCIÓN

DEFINICIÓN DEL MODELO

La Universidad de Cádiz ha definido el modelo de Servicio de

Prevención que pretende constituir , el cual ha contado con la aprobación

del Comité de Seguridad y Salud, atendiendo tanto a las necesidades como

a las disponibi l idades de la misma, así como a los requerimientos marcados

por la normativa aplicable.

Dicho Servicio tendrá el carácter de Servicio de Prevención Propio y

contará con tres de las discipl inas preventivas contempladas en el RD

37/97 de 19 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los Servicios

de Prevención, desarrol ladas por personal técnico de la Universidad

adscrito al Servicio.

Las especial idades QUE NO SE ASUMEN EN LA ACTUALIDAD

por el Servicio de Prevención Propio con personal de planti l la del mismo

serán Higiene Industrial y parte de la Medicina del Trabajo las cuales serán

objeto de concierto con uno o más Servicios de Prevención Ajenos.

El Servicio de Prevención de la Universidad de Cádiz elaborará una

Memoria y programación anual de sus actividades. Los integrantes del

Servicio prestarán asimismo apoyo y asesoramiento técnico al Comité de

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Seguridad y Salud y a tal efecto real izará cuantos informes le sean

requeridos por el mismo.

Tendrá las funciones y competencias que le atr ibuye la normativa

vigente y en general se adecuarán éstas a las característ icas de la

Universidad, articulando su part icipación en la planif icación, diseño,

organización, priorización, control , supervisión, promoción, orientación y

ejecución de las tareas propias del Servicio.

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COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

El Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Cádiz

(CSSUCA) es el máximo órgano de participación y consulta en todos

aquel los temas relacionados con la prevención de r iesgos laborales, su

constitución, composición y funcionamiento aparece regulado en el

Reglamento de funcionamiento Interno del CSSUCA, aprobado en el año

1997.

Las funciones que le competen son las previstas en la Ley 31/95 de 8

de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, REFORMADA POR

LA LEY 54/2003 DE 12 DE DICIEMBRE así como aquellas que

aparecen recogidas en el Reglamento citado con anterioridad.

La periodicidad de sus reuniones será al menos tr imestral con

carácter ordinario y con carácter extraordinario, s iempre que los solicite

alguna de las representaciones del mismo, todo el lo sin menoscabo de las

est ipulaciones recogidas en el Reglamento de Funcionamiento Interno.

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DELEGADOS DE PREVENCIÓN.

Los delegados de prevención designados de entre los representantes

de los dist intos colectivos de trabajadores de la Universidad de Cádiz,

tendrán los derechos y obligaciones que se les confieren por la legislación

vigente (art . 35 y ss de la Ley 31/95) así como aquel los que se les confieran

mediante negociación colectiva.

LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ PROCURARÁ LA

ARMONIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PREVENTIVA Y

PROFESIONAL DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN EN EL

ÁMBITO UNIVERSITARIO

Sin perjuicio de los que se dispongan por los procedimientos

de comunicación que se establecerán, los delegados de prevención serán

uno de los cauces que uti l izarán los miembros de la comunidad

universitaria para trasladar a la Universidad cuantas anomalías, sugerencias

y peticiones se planteen en esta materia.

Los delegados de prevención guardarán el debido sigi lo profesional

tal como se dispone en el art . 37 de la LPRL.

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RECURSOS EXTERNOS.

La Universidad podrá recurrir mediante asociación y/o concierto con

entidades externas gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social , o que

no lo sean en su caso, para el desarrol lo de actividades de gestión y/o

actividades permitidas y previstas a este t ipo de entidades en la Ley

General de la Seguridad Social , RD Legislat ivo 1/94 de 20 de Junio, Ley

31/95 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demás

normativa apl icable

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN

Es intención de todas las partes la implicación de la actividad

preventiva en toda la organización y en todos los niveles jerárquicos de la

misma, así como la participación y corresponsabil ización de la Universidad,

el personal a su servicio y sus representantes.

El Rector es el máximo responsable de la organización de la

prevención de riesgos laborales en la UCA y el encargado de tomar las

decisiones estratégicas. Designará a los responsable institucionales

en el Comité de Seguridad y Salud.

El Vicerrectorado de Planificación e Infraestructuras es el

responsable de coordinar la gestión de la prevención de riesgos

laborales, de éste dependerá el Servicio de Prevención.

El Decano/Director de Centro es el responsable de la

prevención de riesgos en su Centro y comprobará, CON EL

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ASESOREMIENTO Y COLABORACIÓN DEL SERVICIO DE

PREVENCIÓN, que se apliquen los programas de prevención

diseñados.

Los Directores de Departamento son los responsables de la

aplicación de los planes de prevención en los departamentos y los

encargados de transmitir las demandas al SPRL.

En las actividades de investigación el responsable será el

investigador principal del grupo.

Los Directores/Jefes de Servicios son los responsables de

coordinar las labores de prevención que desempeñan al personal

técnico de mantenimiento, ayudantes y coordinadores de servicio.

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) es el

encargado de ejecutar las directrices estratégicas adoptadas por el

equipo rectoral, desarrollando y ejecutando los programas de

prevención necesarios de acuerdo con dichas directrices. Es, además,

el responsable técnico de alcanzar los objetivos propuestos y de

aplicar las normas de prevención de riesgos laborales.

El Director Técnico del SPRL es el responsable de la

coordinación del mismo, estando entre sus funciones:

• Coordinación-asesoramiento con el Vicerrector de

Planificación e Infraestructuras.

• Elaboración y propuesta de estrategia de actuación integral

de las cuatro áreas del Servicio.

• Representación del Servicio.

• Elaboración de la Memoria de Gestión del Servicio.

• Coordinación Técnica con la Mutua, si se hubiese

contratado.

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• Desempeño de las funciones de técnico superior del Área o

Áreas correspondientes.

El responsable de CADA Área INTEGRADA DENTRO DEL

SERVICIO DE PREVENCIÓN es el encargado de llevar a cabo la

coordinación, planificación y los informes de gestión del área que

tiene asignada; sus funciones y responsabilidades son las

correspondientes a los técnicos de prevención o a los médicos de

trabajo (RD. 39/1997, Anexo I, Art.37).

Realizará tareas de asesoramiento y colaborará con el Director ddel

Servicio en las labores de planificación

Los técnicos intermedios (Seguridad, Salud, Higiene) ejercerán las

funciones que les vienen marcadas por el Reglamento de los Servicios

de Prevención (Art. 36)

El resto del personal no relacionados directamente con el

Vicerrectorado de Planificación e Infraestructuras (investigador

principal de grupo, técnicos de laboratorio, técnicos de

mantenimiento, coordinadores de servicio, etc.) participarán, según

sus competencias y según las previsiones de los programas

específicos, coordinados en cada caso a través del responsable de la

unidad correspondiente.

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PLAN DE CONTROL DE RIESGOS

Una vez real izada la evaluación de r iesgos, se procederá a la

implantación de Plan de control de r iesgos, el mismo planif icará la

adopción de medidas preventivas y correctoras que minimicen la incidencia

de los r iesgos detectados en la fase de evaluación, los criterios de

planif icación se fundamentarán en los principios de temporalización,

concepción, sustitución, evaluación, priorización de lo colectivo,

corrección, humanización, integración e instrucción.

Dicho plan incluirá:

• La concreción de los objetivos o metas a conseguir a tenor de los

r iesgos detectados.

• La asignación y determinación de los recursos necesario para la

consecución de dichos objetivos.

• La temporal ización de acciones con fi jación de plazos.

• El establecimiento de normas o procedimientos.

La propia naturaleza de la planif icación plantea por cuestiones de

racional idad y l imitación de recursos, la imposibil idad de ejecutar

simultáneamente todas las medidas correctoras, por cuanto será preciso

acometer la priorización de las mismas.

El equipo de gobierno de la Universidad junto con el CSSUCA y el

Servicio de Prevención priorizarán coordinadamente las acciones

correctoras y su temporal ización en función de la información técnica,

conveniencia, necesidades y recursos existentes.

Dada la dispersión de los dist intos Campus de la Universidad, se

hace necesario prestar una especial atención a los accidentes in it inere, por

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cuanto se considerarán de especial interés cuantas medidas correctoras se

planteen al respecto.

Lo mismo ocurrirá con el control de las instalaciones higiénico

sanitarias y comedores colectivos.

Se deberán incluir cuantas NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE

SEGURIDAD se consideren necesarios, y en todo caso, aquellos que se

recogen en los apartados que se relacionan a continuación:

• PROCEDIMIENTOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.

• PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES,

INCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.

• PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN, ASIGNACIÓN,

MANTENIMIENTO Y UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE

PROTECCIÓN INDIVIDUAL..

• PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y CONTROL DE

SUMININSTROS Y EQUIPOS DE TRABAJO.

• PROTOCOLOS DE MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO Y

TRANSPORTE DE PRODUCTOS QUÍMICOS Y BIOLÓGICOS.

• PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE RESIDUOS

PELIGROSOS.

La implantación del plan se real izará tras la real ización de una adecuada

adaptación y difusión del mismo que faci l i te su puesta en marcha.

PLAN DE COODINACIÓN/SUPERVISIÓN DE EMPRESAS Y

TRABAJADORES AJENOS QUE REALICEN SUS TRABAJOS EN LA

UNIVERSIDAD.(art. 24 LPRL).

Con objeto de dar cumplimiento a sus obligaciones de cooperación,

coordinación, información, instrucción y vigi lancia establecidas por la

normativa vigente será el Servicio de Prevención quien velará por el

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cumplimiento de la normativa por parte de aquellas empresas y

trabajadores que presten servicio en la Universidad.

En el plazo de dos meses desde la constitución del Servicio de

Prevención se elaborará un Plan de Supervisión y Coordinación que se

incorporará como parte integrante del Plan de Prevención.

AUTOPROTECCIÓN

La necesidad de establecer un conjunto de previsiones y actuaciones

conducentes a afrontar di l igente, inmediata y eficazmente las situaciones

de emergencia obliga a la implantación de los Planes de Autoprotección

elaborados en su día para los dist intos Centros de la Universidad.

La Universidad, a través del Servicio de Prevención, faci l i tará toda la

información, formación y adiestramiento del personal implicado en la

implantación de los planes, s in olvidar la necesaria información para

estudiantes y personal ajeno a la UCA, cuya colaboración es

imprescindible para el correcto desarrollo del Plan.

Los simulacros se efectuarán conforme a un calendario, informado

por el CSSUCA, el cual establecerá la periodicidad con la que habrán de

real izarse los mismos, entendiéndose como fechas preferentes el comienzo

de cada curso académico, con la f inal idad de adiestrar a personal y

estudiantes de la Universidad, en especial a aquellos de nueva

incorporación a nuestros Centros. A estos se les faci l i tará al comienzo de

cada curso un manual de instrucciones sobre actuación en caso de

emergencia.

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El Servicio de Prevención, por medio de la auditoría de los planes de

autoprotección que está l levando a cabo, proporcionará los planos

actual izados de situación y emplazamiento de los edif icios e instalaciones,

los cuales contarán con la indicación graficada de la s ituación de los

medios de protección de las rutas de evacuación asignadas en función de

la si tuación del mismo.

VIGILANCIA DE LA SALUD

Se hará una vigi lancia de la salud de los trabajadores en relación con los

r iesgos derivados de su trabajo mediante:

• Una evaluación de la salud de los trabajadores inicial después de

la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas

específ icas con nuevos riesgos para la salud.

• Una evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el

trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la

f inal idad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y

recomendar una acción apropiada para proteger a los

trabajadores.

• Una vigi lancia de la salud a intervalos periódicos.

• Todo el lo sometidos a protocolos específ icos u otros medios

existentes con respecto a los factores de r iesgo a los que esté

expuesto el trabajador.

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PLAN DE RESIDUOS

La degradación del Medio Ambiente t iene un efecto colateral en la

comunidad donde esta ubicado., por lo tanto, resulta evidente la

vinculación que existe entre el derecho a la seguridad y la salud y la

protección ambiental . La Universidad asume la lucha contra la degradación

del entorno y la defensa del medio ambiente, no solo para mejorar las

condiciones de trabajo, s ino que se deriva en sus propios f ines expresados

en este propio Documento Marco.

La Universidad de Cádiz genera una serie de residuos, tanto pel igrosos

como no pel igrosos derivados del desarrol lo de las dist intas actividades que

t ienen lugar en la misma. La generación de estos residuos supone en mucha

ocasiones un riesgo potencial para la salud de la comunidad y para el medio

ambiente. Por todo el lo, se impone la creación de una Unidad

Medioambiental que intervenga en la adecuada gestión de los residuos

generados (reciclado, reuti l ización, regeneración o el iminación), y en

trabajos encaminados a la defensa del medio ambiente.

A tal efecto se elaborará e implantará un Plan de Medio Ambiente de la

Universidad de Cádiz.

En dicho Plan se indicarán:

• La formación curricular de las personas procurando que sean

conscientes de la importancia de tener en cuenta el medio ambiente.

Esta formación les permitirá poder apl icar este respeto por el medio

ambiente en su futuro profesional .

• La UCA se esforzará por introducir el medio ambiente en sus

actividades de investigación, intensif icando la investigación

ambiental con el objetivo de mejorar la cal idad de vida y poder

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transferir a la sociedad ciencia, tecnología y planteamientos

respetuosos con el medio ambiente.

• Se esforzará en que todas las actividades real izadas en el seno de la

UCA produzcan el impacto ambiental más bajo posible. En este

sentido, hará lo posible por reducir el impacto de los residuos que

produce, de manera que se minimice el consumo de materias primas,

reciclando al máximo los residuos sól idos urbanos y tratando

correctamente los residuos tóxicos y pel igrosos. En este sentido:

o Se indicará el mantenimiento de los residuos, hasta su cesión,

en condiciones de seguridad e higiene.

o Coordinará a los departamentos productores de residuos.

o Se indicará el correcto envasado y etiquetado.

o La adecuada separación de los no el iminables.

o El correcto control y registro de los mismos.

o La prevención de los vert idos, derrames, fugas y emisiones.

• Se incluirá el diseño y aplicación de un manual de “buenas

prácticas”, entre las cuales se preverán las destinadas a:

o A uti l ización de energías y materiales l impios.

o La sustitución de materias primas y procesos, por otros de

menor impacto ambiental .

o La reducción de los residuos generados.

• Se establecerán protocolos específicos respecto a los siguientes

residuos:

o Papel y derivados.

o Envases.

o Pilas y baterías.

o Tóner e Ink-Jet.

o Biosanitarios/infecciosos.

o Químicos

En definit iva, la UCA potenciará el desarrol lo de un modelo

integrador del medio ambiente en la universidad.

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El objetivo últ imo es la proyección de este modelo en la sociedad

como contribución a la consecución de un desarrol lo sostenible.

La implantación de estas acciones necesita la part icipación de la

comunidad universitaria y sobretodo de las personas y de las unidades

estructurales; por tanto, las unidades estructurales se propondrán objetivos

y prioridades en este sentido.

La Unidad Medioambiental se encargará de real izar la coordinación y

el seguimiento globales, evaluando periódicamente la evolución de esta

implantación e informando a la comunidad del estado en que se encuentran

las acciones.

GESTIÓN DE CALIDAD

La prevención de r iesgos se asume como materia integrada en la

actividad de la Institución en toda la organización y niveles de la misma.

Por tanto, constituye un ámbito más de actuación que incide directamente

en el servicio que la Universidad de Cádiz presta a la sociedad.

Este objetivo sería dif íci l de conseguir s i la actividad universitaria no

se desarrollara con un elevado nivel de seguridad y cal idad profesional .

La polít ica preventiva por tanto deberá ser acorde e integrada con la

polít ica organizativa de cal idad y racional ización de la Institución.

La planificación preventiva deberá establecer mecanismos que actúen

sobre el diseño, la información, la toma de decisiones, la gestión y el

control de los procesos posibi l i tando la retroal imentación y, en definit iva,

la mejora continua.

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La Unidad de Calidad intervendrá en la evaluación del s istema de

gestión preventiva que se establezca para la mejora de las condiciones de

seguridad, salud y cl ima laborales.

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PLAN DE FORMACIÓN PREVENTIVO

El personal al servicio de la Universidad de Cádiz deberá contar con una

formación suficiente y adecuada que posibi l i te una protección elevada

frente a posibles r iesgos derivados del trabajo. Esta deberá contemplar:

• Formación básica para delegados de prevención.

• Formación de los miembros de las unidades implicadas en la

prevención.

• Formación sobre r iesgos específ icos l igados al puesto de trabajo.

• Formación sobre r iesgos generales.

• Formación sobre primeros auxi l ios, emergencias y lucha contra

incendios.

• Formación inicial o por cambios de funciones, tecnológicos o de

equipos de trabajo.

La Universidad de Cádiz, a través de la Unidad de Formación, con la

participación del Servicio de Prevención, los delegados de prevención y

con el Comité de Seguridad y Salud establecerá un plan de Formación

Preventivo donde se recojan todos los epígrafes antes relacionados.

Para el desarrol lo del Plan Preventivo se contará con el apoyo del

Servicio de Prevención y de aquellas otras unidades que sean necesarias.

Las acciones a desarrollar podrán ser impartidas por personal propio, ajeno

y entidades u organismos especial izados.

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INFORMACIÓN Y FORMACIÓN EN MATERIA PREVENTIVA

Se impulsarán las actividades colectivas de información y

divulgación. Dichas acciones tendrán como objetivos:

• Propiciar el conocimiento de los r iesgos y la forma de evitar los.

• Concienciar a la comunidad universitaria de la importancia de la

prevención

• Motivar para el correcto uso de procedimientos e instalaciones.

• Fomentar actitudes posit ivas y de cooperación.

• Estimular la participación.

• La coordinación de las distintas áreas y personal implicadas.

La iniciat iva para el desarrol lo de tales acciones corresponderá al

Servicio de Prevención junto con el CSSUCA. No obstante lo anterior,

podrán iniciarse acciones de este t ipo promovidas por cualquier sector de

la comunidad universitaria, todo el lo respetando los cauces de consulta y

participación de los trabajadores.

Asimismo, se promocionará la real ización y/o participación en jornadas,

seminarios u otras actividades. Estas podrán real izarse directamente por la

Universidad o en colaboración con otros organismos, insti tuciones o

entidades públicas o privadas.

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DOCUMENTACIÓN.

Se considera esencial un adecuado registro de los datos y

documentación relevantes sobre toda la actividad preventiva desplegada.

Ello no sólo debe atender a imperativos legales sino a criterios de

optimización en el desarrol lo de la gestión que faci l i tará información sobre

actividades, s ituaciones y resultados.

La custodia de la documentación corresponderá al Servicio de

Prevención de la UCA .

La documentación sobre obligaciones en materia de prevención

impuestas por la normativa apl icable estará a disposición tanto de la

autoridad laboral como de las autoridades sanitarias.

Por parte del Servicio de Prevención se elaborará una relación

pormenorizada de los documentos y datos sujetos a archivo, entre los que

se incluirán tanto aquellos para los que exista una obligación impuesta por

la legislación como los aconsejados por las normas técnicas que sean

apl icables.

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DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

1.- Lo previsto en el presente documento deberá ser ejecutado en un

periodo de tres años desde la aprobación del presente documento.

2.- El presente documento será susceptible de modificación, corrección,

adaptación, sustitución o anulación parcial o total en cualquier momento,

lo que deberá ser debidamente motivado y justif icado.

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ANEXO XVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

RELACIÓN DE ALEGACIONES PRESENTADAS AL BORRADOR DEL DOCUMENTO MARCO PARA LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

ALEGACIONES PRESENTADAS QUE SE INCORPORAN A LA PROPUESTA

1) A propuesta de la Dirección General de Servicios se suprime dentro del apartado Plan de Residuos desde donde dice “por todo ello, se impone la creación de una Unidad Medioambiental que intervenga en la adecuada gestión de los residuos generados (reciclado, reutilización, regeneración o eliminación), y en trabajos encaminados a la defensa del medio ambiente.

2) A propuesta del Profesor Gala se modifica el párrafo consignado en la página 8 , en el apartado de Organización de la Prevención donde dice: “El Vicerrectorado de Planificación e Infraestructuras…”, por el siguiente: “El Vicerrectorado de Planificación Económica e Infraestructuras…”

MODIFICACIONES DE OFICIO: ALEGACIONES PRESENTADAS DE OFICIO QUE SE INCORPORAN AL TEXTO.

Con la finalidad de evitar la colisión de competencias entre la Dirección General de Servicios y el Servicio de Prevención en aquellas acciones tendentes a implantar una conciencia medioambiental en nuestra Universidad , al ser ésta una función que compete a dicha Dirección se entiende que debe ser suprimida cualquier alusión medioambiental que figuraba en el borrador inicial. Para ello dentro del apartado consignado como Plan de Residuos se modifica:

1) Se suprime “A tal efecto se elaborará e implantará un Plan de Medio Ambiente en la Universidad de Cádiz” Se sustituye la redacción original por: “A tal efecto se elaborará e implantará un Plan de gestión de Residuos de la Universidad de Cádiz”

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ANEXO XVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

2) Se suprime la alusión al medio ambiente en el párrafo que dice: “ La formación curricular de las personas procurando que sean conscientes de la importancia de tener en cuenta el medio ambiente…”

Se sustituye la redacción original por “La formación curricular de las personas procurando que sean conscientes de la importancia de tener en cuenta la gestión del residuo.

3) Se suprime el párrafo: “La UCA se esforzará por introducir el medio ambiente en sus actividades de investigación, intensificando la investigación ambiental con el objetivo de mejorar la calidad de vida y poder transferir…”

En su lugar se introduce un nuevo párrafo que dice: “La integración de la gestión del residuo en las actividades de investigación

4) Se suprime la palabra ambiental que figura en el párrafo que dice: “ Se esforzará en que todas aquellas actividades realizadas…”

5) Se suprime el párrafo (pág 16) que dice: “En definitiva, la UCA potenciará el desarrollo de un modelo integrador del medio ambiente en la universidad”

6) Se suprime el párrafo (pág 17) que dice: “El objetivo último es la proyección de este modelo…”

7) Se suprime la alusión a la Unidad Medioambiental consignada el último párrafo del apartado consignado como Plan de Residuos sustituyéndolo por Servicio de Prevención.

ALEGACIONES PRESENTADAS QUE NO SE INCORPORAN AL TEXTO.

Se expondrán verbalmente durante el desarrollo de la sesión ya que su fundamentación puede hacerlo demasiado extenso.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

DOCUMENTO MARCO PARA LA GESTIÓN DE LA

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA

UNIVERSIDAD DE CÁDIZ.

(Aprobado por Consejo de Gobierno en su sesión de 16 de abril de 2004)

INTRODUCCIÓN

Las novedades introducidas en el marco legislativo laboral tras la

entrada en vigor de la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de

Riesgos Laborales, reformada por la Ley 54/2003 de 12 de Diciembre,

han marcado un antes y un después en la materia para todo el personal al

servicio de las Administraciones Públicas.

Junto con las razones de tipo social, ético, legal y económico, los

modernos sistemas organizativos y de gestión han venido a introducir

nuevos conceptos en los que el factor humano adquiere una singular

importancia. Ello nos impulsa a establecer una mejora en la organización

de las condiciones de trabajo y a iniciar una serie de actuaciones acordes

con las necesidades existentes.

Como consecuencia de ello, la Universidad de Cádiz se

compromete a dar un impulso decidido que consolide la prevención y

protección de los trabajadores en el ámbito de la seguridad y salud;

basándose, entre otras, en:

1

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• La creación de un Servicio de Prevención, órgano que, junto

con el resto de la organización, impulsará todas las actuaciones

tendentes, no sólo a garantizar el cumplimiento de las obligaciones

de la Universidad en materia preventiva, sino constituirse como el

catalizador de la difusión de una concienciación preventiva de toda

la Comunidad Universitaria.

• Por otra parte, el Comité de Seguridad y Salud, será el órgano

paritario y colegiado de participación destinado a la consulta

regular y periódica de las actuaciones de la Universidad en materia

de prevención de riesgos.

Dicho Comité se configura como órgano de encuentro entre los

representantes de los trabajadores y de la Universidad para el

desarrollo de una participación equilibrada en materia de prevención

de riesgos laborales.

Todo lo anterior se verá reforzado con la implantación de un proceso

de evaluación continua que determine los correspondientes planes de

prevención, los cuáles definirán las estrategias a seguir.

1.- POLITICA INSTITUCIONAL

1.1.- La Universidad de Cádiz, consciente de la importancia de

garantizar el máximo nivel de protección posible frente a los riesgos

derivados del trabajo incrementando los niveles de seguridad de todos

los miembros de la comunidad universitaria, considera que los pilares

fundamentales sobre los que ha de asentarse su política preventiva son

los siguientes:

2

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

a) La mejora de las condiciones de trabajo, bienestar y clima laboral y

profesional, así como la reducción de la siniestralidad laboral.

b) La implantación de un sistema de gestión de la prevención que

propicie la mejora de la seguridad, higiene y salud laboral.

c) La promoción y el desarrollo de la cultura preventiva en la

Universidad.

d) La implicación de todos los recursos de la organización en la

actividad preventiva.

e) La integración de la prevención en todos los niveles de la actividad

universitaria.

f) La colaboración con Organismos e Instituciones en esta materia.

g) La consolidación de estructuras eficaces en prevención.

h) El desarrollo de los principios recogidos en el art. 15 de la Ley 31/95

de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

1.2.- Los Objetivos cuya consecución se pretende con la puesta en

marcha del sistema de gestión de la prevención son los siguientes:

• Evitar o minimizar los riesgos.

• Garantizar un adecuado nivel de seguridad al personal.

• Adecuar el sistema de gestión preventiva a la actividad

universitaria.

• Impulsar el principio de responsabilidad preventiva en todos los

niveles de la organización.

3

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• La formación e información en la materia, al personal al

servicio de la Universidad.

• El establecimiento de procedimientos de consultas y

comunicaciones al personal de la Universidad.

• El establecimiento de instrucciones, normas y procedimientos

de seguridad

• El dinamizar el funcionamiento del Comité de Seguridad y

Salud, como máximo órgano de participación en la materia.

2.- SERVICIO DE PREVENCIÓN

2.1.- La Universidad de Cádiz ha definido el modelo del Servicio de

Prevención que pretende constituir, el cual ha contado con la aprobación

del Comité de Seguridad y Salud, atendiendo tanto a las necesidades

como a las disponibilidades de la misma, así como a los requerimientos

marcados por la normativa aplicable.

2.2.- Dicho Servicio tendrá el carácter de Servicio de Prevención Propio

y contará con tres de las disciplinas preventivas contempladas en el RD

37/97 de 19 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los

Servicios de Prevención, desarrolladas por personal técnico de la

Universidad adscrito al Servicio.

4

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

2.3.- Las especialidades que no se asumen en la actualidad por el

Servicio de Prevención Propio con personal de plantilla del mismo serán

Higiene y parte de la Medicina del Trabajo, las cuales serán objeto de

concierto con uno o más Servicios de Prevención Ajenos.

2.4.- El Servicio de Prevención de la Universidad de Cádiz elaborará

una Memoria y programación anual de sus actividades. Los integrantes

del Servicio prestarán asimismo apoyo y asesoramiento técnico al Comité

de Seguridad y Salud y a tal efecto realizará cuantos informes le sean

requeridos por el mismo.

2.5.- Tendrá las funciones y competencias que le atribuye la normativa

vigente y en general se adecuarán éstas a las características de la

Universidad, articulando su participación en la planificación, diseño,

organización, priorización, control, supervisión, promoción, orientación

y ejecución de las tareas propias del Servicio.

5

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

3.-COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

3.1.- El Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Cádiz

(CSSUCA) es el máximo órgano de participación y consulta en todos

aquellos temas relacionados con la prevención de riesgos laborales. Su

constitución, composición y funcionamiento aparece regulado en el

Reglamento de funcionamiento Interno del CSSUCA, aprobado en el año

1997.

3.2.- Las funciones que le competen son las previstas en la Ley 31/95 de

8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, reformada por la

Ley 54/2003 de 12 de Diciembre, así como aquellas que aparecen

recogidas en el Reglamento citado con anterioridad.

3.3.- La periodicidad de sus reuniones será al menos trimestral con

carácter ordinario y, con carácter extraordinario, siempre que las solicite

alguna de las representaciones del mismo, todo ello sin menoscabo de las

estipulaciones recogidas en el Reglamento de Funcionamiento Interno.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

4.- DELEGADOS DE PREVENCIÓN.

4.1.- Los delegados de prevención, designados de entre los

representantes de los distintos colectivos de trabajadores de la

Universidad de Cádiz, tendrán los derechos y obligaciones que se les

confieren por la legislación vigente (art. 35 y ss de la Ley 31/95), así

como aquellos que se les confieran mediante negociación colectiva.

4.2.- La Universidad de Cádiz procurará la armonización de las

actividades preventiva y profesional de los Delegados de Prevención en

el ámbito universitario.

4.3.- Sin perjuicio de lo que se disponga por los procedimientos

de comunicación que se establezcan, los delegados de prevención serán

uno de los cauces que utilizarán los miembros de la comunidad

universitaria para trasladar a la Universidad cuantas anomalías,

sugerencias y peticiones se planteen en esta materia.

4.4.- Los delegados de prevención guardarán el debido sigilo profesional

tal como se dispone en el art. 37 de la LPRL.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

5.-RECURSOS EXTERNOS.

5.1.- La Universidad podrá recurrir mediante asociación y/o concierto

con entidades externas gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social, o

que no lo sean en su caso, para el desarrollo de actividades de gestión

y/o actividades permitidas y previstas a este tipo de entidades en la Ley

General de la Seguridad Social, RD Legislativo 1/94 de 20 de Junio, Ley

31/95 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demás

normativa aplicable

6.-ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN

6.1.-Es intención de todas las partes la implicación de la actividad

preventiva en toda la organización y en todos los niveles jerárquicos de

la misma, así como la participación y corresponsabilización de la

Universidad, el personal a su servicio y sus representantes.

6.2.- El Rector es el máximo responsable de la organización de la

prevención de riesgos laborales en la UCA y el encargado de tomar las

decisiones estratégicas. Designará a los responsables institucionales en

el Comité de Seguridad y Salud

6.3.-El Vicerrectorado de Planificación Económica e

Infraestructuras es el responsable de coordinar la gestión de la

prevención de riesgos laborales, de éste dependerá el Servicio de

Prevención.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

6.4.- El Decano/Director de Centro es el responsable de la

prevención de riesgos en su Centro y comprobará, con el asesoramiento y

colaboración del Servicio de Prevención, que se apliquen los programas

de prevención diseñados.

6.5.- Los Directores de Departamento son los responsables de la

aplicación de los planes de prevención en los departamentos y los

encargados de transmitir las demandas al SPRL.

6.6.- En las actividades de investigación el responsable será el

investigador principal del grupo.

6.7.- Los Directores/Jefes de Servicios son los responsables de

coordinar las labores de prevención que desempeñan al personal técnico

de mantenimiento, ayudantes y coordinadores de servicio.

6.8.- El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) es el

encargado de ejecutar las directrices estratégicas adoptadas por el equipo

rectoral, desarrollando y ejecutando los programas de prevención

necesarios de acuerdo con dichas directrices. Es, además, el responsable

técnico de alcanzar los objetivos propuestos y de aplicar las normas de

prevención de riesgos laborales.

6.9.- El Director Técnico del SPRL es el responsable de la

coordinación del mismo, estando entre sus funciones:

• La coordinación-asesoramiento con el Vicerrector de

Planificación Económica e Infraestructuras.

• La elaboración y propuesta de estrategia de actuación integral

de las cuatro áreas del Servicio.

• La representación del Servicio.

• La elaboración de la Memoria de Gestión del Servicio.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

• La coordinación Técnica con la Mutua, si se hubiese contratado.

• El desempeño de las funciones de técnico superior del Área o

Áreas correspondientes.

6.10.-El responsable de cada Área integrada dentro del Servicio de

Prevención es el encargado de llevar a cabo la coordinación,

planificación y los informes de gestión del área que tiene asignada; sus

funciones y responsabilidades son las correspondientes a los técnicos de

prevención o a los médicos de trabajo (RD. 39/1997, Anexo I, Art.37).

6.11.- Realizará tareas de asesoramiento y colaborará con el

Director del Servicio en las labores de planificación.

6.12.- Los técnicos intermedios (Seguridad, Higiene, Ergonomía y

Psicosociología Aplicada) ejercerán las funciones que les vienen

marcadas por el Reglamento de los Servicios de Prevención (Art. 36).

6.13.-El resto del personal no relacionado directamente con el

Vicerrectorado de Planificación Económica e Infraestructuras

(investigador principal de grupo, técnicos de laboratorio, técnicos de

mantenimiento, coordinadores de servicio, etc.) participarán, según sus

competencias y según las previsiones de los programas específicos,

coordinados en cada caso a través del responsable de la unidad

correspondiente.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

7.- PLAN DE CONTROL DE RIESGOS

7.1.- Una vez realizada la evaluación de riesgos, se procederá a la

implantación de Plan de control de riesgos, que planificará la adopción

de medidas preventivas y correctoras que minimicen la incidencia de los

riesgos detectados en la fase de evaluación. Los criterios de

planificación se fundamentarán en los principios de temporalización,

concepción, sustitución, evaluación, priorización de lo colectivo,

corrección, humanización, integración e instrucción.

Dicho plan incluirá:

• La concreción de los objetivos o metas a conseguir a tenor de

los riesgos detectados.

• La asignación y determinación de los recursos necesario para la

consecución de dichos objetivos.

• La temporalización de acciones con fijación de plazos.

• El establecimiento de normas o procedimientos.

7.2.- La propia naturaleza de la planificación plantea por cuestiones

de racionalidad y limitación de recursos necesarios, la imposibil idad de

ejecutar simultáneamente todas las medidas correctoras, por cuanto será

preciso acometer la priorización de las mismas.

7.3.-El equipo de gobierno de la Universidad junto con el CSSUCA y

el Servicio de Prevención priorizarán coordinadamente las acciones

correctoras y su temporalización en función de la información técnica,

conveniencia, necesidades y recursos existentes.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

7.4.-Dada la dispersión de los distintos Campus de la Universidad, se

hace necesario prestar una especial atención a los accidentes “in itinere”,

por cuanto se considerarán de especial interés cuantas medidas

correctoras se planteen al respecto.

7.5.-Lo mismo ocurrirá con el control de las instalaciones higiénico

sanitarias y comedores colectivos.

7.6.-Se deberán incluir cuantas normas y procedimientos de seguridad

se consideren necesarios, y en todo caso, aquellos que se recogen en los

apartados que se relacionan a continuación:

• Procedimientos de mantenimiento preventivo.

• Procedimientos de investigación de accidentes, incidentes y

enfermedades profesionales.

• Procedimiento para la elección, asignación, mantenimiento y

utilización de equipos de protección individual.

• Procedimientos de adquisición y control de suministros y

equipos de trabajo.

• Protocolos de manipulación, almacenamiento y transporte de

productos químicos y biológicos.

• Procedimiento de gestión de residuos peligrosos.

7.7.-La implantación del plan se realizará tras la realización de una

adecuada adaptación y difusión del mismo que facilite su puesta en

marcha.

8.- PLAN DE COODINACIÓN/SUPERVISIÓN DE EMPRESAS Y

TRABAJADORES AJENOS QUE REALICEN SUS TRABAJOS EN

LA UNIVERSIDAD.(art. 24 LPRL).

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

8.1.-Con objeto de dar cumplimiento a sus obligaciones de

cooperación, coordinación, información, instrucción y vigilancia

establecidas por la normativa vigente será el Servicio de Prevención

quien velará por el cumplimiento de la normativa por parte de aquellas

empresas y trabajadores que presten servicio en la Universidad.

8.2.-En el plazo de dos meses desde la constitución del Servicio de

Prevención se elaborará un Plan de Supervisión y Coordinación que se

incorporará como parte integrante del Plan de Prevención.

9.-AUTOPROTECCIÓN

9.1.-La necesidad de establecer un conjunto de previsiones y

actuaciones conducentes a afrontar diligente, inmediata y eficazmente

las situaciones de emergencia obliga a la implantación de los Planes de

Autoprotección elaborados en su día para los distintos Centros de la

Universidad.

9.2.-La Universidad, a través del Servicio de Prevención, facilitará

toda la información, formación y adiestramiento del personal implicado

en la implantación de los planes, sin olvidar la necesaria información

para estudiantes y personal ajeno a la UCA, cuya colaboración es

imprescindible para el correcto desarrollo del Plan.

9.3.-Los simulacros se efectuarán conforme a un calendario,

informado por el CSSUCA, el cual establecerá la periodicidad con la

que habrán de realizarse los mismos, entendiéndose como fechas

preferentes el comienzo de cada curso académico, con la finalidad de

adiestrar a personal y estudiantes de la Universidad, en especial a

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

aquellos de nueva incorporación a nuestros Centros. A estos se les

facili tará al comienzo de cada curso un manual de instrucciones sobre

actuación en caso de emergencia.

9.4.- El Servicio de Prevención, por medio de la auditoría de los

planes de autoprotección que está llevando a cabo, proporcionará los

planos actualizados de situación y emplazamiento de los edificios e

instalaciones, los cuales contarán con la indicación graficada de la

situación de los medios de protección de las rutas de evacuación

asignadas en función de la situación del mismo.

10.- VIGILANCIA DE LA SALUD

10.1.-Se hará una vigilancia de la salud de los trabajadores en relación

con los riesgos derivados de su trabajo mediante:

• Una evaluación de la salud de los trabajadores inicial después

de la incorporación al trabajo o después de la asignación de

tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.

• Una evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el

trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con

la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales

y recomendar una acción apropiada para proteger a los

trabajadores.

• Una vigilancia de la salud a intervalos periódicos.

Todo ello sometido a protocolos específicos u otros medios existentes

con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el

trabajador.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

11.-PLAN DE RESIDUOS

11.1.-La Universidad de Cádiz genera una serie de residuos, tanto

peligrosos como no peligrosos, derivados del desarrollo de las distintas

actividades que tienen lugar en la misma. La generación de estos

residuos supone en mucha ocasiones un riesgo potencial para la salud de

la comunidad y para el medio ambiente

A tal efecto se elaborará e implantará un Plan de Gestión de Residuos

de la Universidad de Cádiz .

En dicho Plan se indicará:

• La formación curricular de las personas procurando que sean

conscientes de la importancia de tener en cuenta la adecuada

gestión de los residuos generados.

• La integración de la gestión del residuo en las actividades de

investigación.

• El control de todas las actividades realizadas en el seno de la

UCA, para que produzcan el impacto más bajo posible. En este

sentido, se realizará un esfuerzo por reducir el impacto de los

residuos que produce, de manera que se minimice el consumo de

materias primas, reciclando al máximo los residuos sólidos urbanos

y tratando correctamente los residuos tóxicos y peligrosos. Para

ello:

o Se indicará el mantenimiento de los residuos, hasta su

cesión, en condiciones de seguridad e higiene.

o Coordinará a los departamentos productores de residuos.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

o Se hará hincapié en el correcto envasado y etiquetado.

o La adecuada separación de los no eliminables.

o El correcto control y registro de los mismos.

o La prevención de los vertidos, derrames, fugas y emisiones.

• Se incluirá el diseño y aplicación de un manual de “buenas

prácticas” , entre las cuales se preverán las destinadas a:

o La utilización de energías y materiales limpios.

o La sustitución de materias primas y procesos, por otros de

menor impacto..

o La reducción de los residuos generados.

• Se establecerán protocolos específicos respecto a los siguientes

residuos:

o Papel y derivados.

o Envases.

o Pilas y baterías.

o Tóner e Ink-Jet.

o Biosanitarios/infecciosos.

11.2.-La implantación de estas acciones necesita la participación

de la comunidad universitaria y sobre todo de las personas; por tanto, las

unidades estructurales se propondrán objetivos y prioridades en este

sentido.

11.3.-El Servicio de Prevención se encargará de realizar la

coordinación y el seguimiento globales, evaluando periódicamente la

evolución de esta implantación e informando a la comunidad del estado

en que se encuentran las acciones.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

12.- GESTIÓN DE CALIDAD

12.1.-La prevención de riesgos se asume como materia integrada en

la actividad de la Institución en toda la organización y niveles de la

misma. Por tanto, constituye un ámbito más de actuación que incide

directamente en el servicio que la Universidad de Cádiz presta a la

sociedad.

12.2.-El objetivo de este documento, sería difícil de conseguir si la

actividad universitaria no se desarrollara con un elevado nivel de

seguridad y calidad profesional.

12.3.-La política preventiva, por tanto, deberá ser acorde e

integrada con la política organizativa de calidad y racionalización de la

Institución.

12.4.-La planificación preventiva deberá establecer mecanismos

que actúen sobre el diseño, la información, la toma de decisiones, la

gestión y el control de los procesos, posibilitando la retroalimentación y,

en definitiva, la mejora continua.

12.5.-La Unidad de Calidad intervendrá en la evaluación del

sistema de gestión preventiva que se establezca para la mejora de las

condiciones de seguridad, salud y clima laborales.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

13.-PLAN DE FORMACIÓN PREVENTIVO

13.1.-El personal al servicio de la Universidad de Cádiz deberá contar

con una formación suficiente y adecuada que posibilite una protección

elevada frente a posibles riesgos derivados del trabajo. Esta deberá

contemplar:

• Formación básica para delegados de prevención.

• Formación de los miembros de las unidades implicadas en la

prevención.

• Formación sobre riesgos específicos ligados al puesto de

trabajo.

• Formación sobre riesgos generales.

• Formación sobre primeros auxilios, emergencias y lucha contra

incendios.

• Formación inicial o por cambios de funciones, tecnológicos o

de equipos de trabajo.

13.2.-La Universidad de Cádiz, a través de la Unidad de Formación,

con la participación del Servicio de Prevención, los delegados de

prevención y con el Comité de Seguridad y Salud establecerá un plan de

Formación Preventivo donde se recojan todos los epígrafes antes

relacionados.

13.3.-Para el desarrollo del Plan Preventivo se contará con el apoyo

del Servicio de Prevención y de aquellas otras unidades que sean

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necesarias. Las acciones a desarrollar podrán ser impartidas por personal

propio, ajeno y entidades u organismos especializados.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

14.- INFORMACIÓN Y FORMACIÓN EN MATERIA PREVENTIVA

14.1.-Se impulsarán las actividades colectivas de información y

divulgación en materia preventiva. Dichas acciones tendrán como

objetivos:

• Propiciar el conocimiento de los riesgos y la forma de evitarlos.

• Concienciar a la comunidad universitaria de la importancia de

la prevención

• Motivar para el correcto uso de procedimientos e instalaciones.

• Fomentar actitudes positivas y de cooperación, ante acciones

que promuevan la seguridad.

• Estimular la participación, en la realización de actividades

relacionadas con la prevención de riesgos.

• La coordinación de las distintas áreas y personal implicadas.

14.2.-La iniciativa para el desarrollo de tales acciones corresponderá

al Servicio de Prevención junto con el CSSUCA. No obstante lo anterior,

podrán iniciarse acciones de este tipo promovidas por cualquier sector de

la comunidad universitaria, todo ello respetando los cauces de consulta y

participación de los trabajadores.

14.3.-Asimismo, se promocionará la realización y/o participación en

jornadas, seminarios u otras actividades. Estas podrán realizarse

directamente por la Universidad o en colaboración con otros organismos,

instituciones o entidades públicas o privadas.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

15.- DOCUMENTACIÓN.

15.1.-Se considera esencial un adecuado registro de los datos y

documentación relevantes sobre toda la actividad preventiva desplegada.

Ello no sólo debe atender a imperativos legales sino a criterios de

optimización en el desarrollo de la gestión que facilitarán información

sobre actividades, situaciones y resultados.

15.2.-La custodia de la documentación corresponderá al Servicio

de Prevención de la UCA.

15.3.-La documentación sobre obligaciones en materia de

prevención impuestas por la normativa aplicable estará a disposición

tanto de la autoridad laboral como de las autoridades sanitarias.

15.4.-Por parte del Servicio de Prevención se elaborará una

relación pormenorizada de los documentos y datos sujetos a archivo,

entre los que se incluirán tanto aquellos para los que exista una

obligación impuesta por la legislación como los aconsejados por las

normas técnicas que sean aplicables.

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ANEXO XIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

1.- Lo previsto en el presente documento deberá ser ejecutado en un

periodo de tres años desde la aprobación del presente documento.

2.- El presente documento será susceptible de modificación, corrección,

adaptación, sustitución o anulación parcial o total en cualquier momento,

lo que deberá ser debidamente motivado y justificado.

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ANEXO XX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

NORMATIVA CONTRATOS PROGRAMACOMO BASE PARA LA POLÍTICA DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS EN LA UCA

El Consejo de Dirección de la Universidad de Cádiz tiene como una prioridad fundamental promover acciones para estimular y consolidar el carácter de la UCA como organización de servicio público. Para ello es necesario trasladar a las diferentes unidades los retos y compromisos a los que se ve obligada nuestra institución y comunicar por diferentes medios la necesidad de que todos sean partícipes de esos retos y objetivos, la mayoría de ellos de obligado cumplimiento para la viabilidad académica, financiera y social de la UCA.

La definición de un Plan Estratégico [PEUCA] es una piedra angular de esta política que trata de tener en cuenta la diversidad de visiones de la universidad en un contexto de ajuste a los objetivos de la Universidad, de reconocimiento de nuestra realidad, de cercanía a las demandas sociales y, a la vez, de lo que debe ser el verdadero criterio universitario.

Pese a que nuestro Plan Estratégico esté en una fase de concreción se ha creído oportuno desde este momento introducir algunos de los procedimientos que ayudarán en el futuro a articular su puesta en marcha e implantación, señalando desde ahora una serie de criterios que se ajustan a la necesidad de introducir mayor racionalidad en las políticas de asignación de recursos y de gestión universitaria.

1.- ¿Qué es un Contrato Programa?

El Contrato Programa (CP) es justamente un instrumento de asignación de recursos que se plantea en un contexto de corresponsabilidad, de necesidad de cumplir objetivos, y de exigencia para la Universidad de Cádiz de articularse mejor como organización para afrontar los retos presentes y de futuro. De esta forma se subrayan dos conceptos fundamentales:

• La necesidad de programar y acordar con la dirección las acciones que se van a abordar

• La exigencia de entender lo programado como compromiso de obligado cumplimiento

Bajo estas premisas, como características fundamentales de los CPs pueden mencionarse las que siguen:

• Deben primar los objetivos como organización de la Universidad. La falta de sentido de organización es posiblemente el mayor problema a superar por la UCA en este momento.

• Obligan al cumplimiento de lo pactado, y para ello es necesaria la implicación activa tanto del responsable de la unidad que firma el contrato como del conjunto del personal que la compone. Es importante, en consecuencia, el respaldo formal de la unidad mediante acuerdo de sus órganos competentes.

• Los CPs dan mayor contenido al rol de los responsables de unidad al asignarles el papel de interlocutores a la vez que el de elementos clave

ANEXO XX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

en la transmisión a los demás miembros de la UCA de las pautas a atender en políticas de calidad y de las exigencias que debemos cumplir como organización.

• Deben tener un carácter concertado, de modo que sea la unidad la que proponga qué acciones quiere incluir en el contrato debiendo pactar las elegidas con el interlocutor designado a estos efectos por el Consejo de Dirección, todo ello dentro de un marco de limitación de recursos.

• Las acciones propuestas por la unidad deben tener su respaldo en las líneas prioritarias de acción incluidas en el Anexo I de la Convocatoria de financiación de CP, o bien en acciones de mejoras recogidas en procesos previos de evaluación.

• Los CPs comprometen a informar en los momentos acordados, a valorar sus niveles de avance y de cumplimiento mediante indicadores objetivos, y a someterse a procesos de evaluación.

• Los CPs deben recoger propuestas viables, tanto desde el punto de vista de su posible realización como desde la perspectiva económica.

• Cada unidad debe contar con un único CP en el que se recoja el conjunto de los puntos de acuerdo, acciones pactadas, objetivos, programa de trabajo, presupuestos e indicadores de seguimiento y cumplimiento.

• Los CPs y sus controles de seguimiento constituyen instrumentos para documentar las acciones de mejora, y por tanto aportan evidencias que serán muy necesarias para que la Universidad de Cádiz pueda alimentar su sistema integral de información. A la vez traslada esta misma cultura a las unidades evaluadas, permitiendo abordar con mayores garantías los procesos de acreditación de titulaciones y de certificación de servicios.

• La política de CPs debe implicar penalizaciones para las unidades que no cumplan lo pactado, salvo en casos en que concurran elementos excepcionales imprevistos que vengan a explicar los ¡ncumplimientos.

• La posibilidad de acceder a nuevos CPs debe someterse al requisito de estar al día en las justificaciones de los contratos anteriores.

Los CPs incluirán necesariamente acciones de interés estratégico para la UCA que, aunque puedan no exigir recursos económicos, se planteen como propuestas de necesario cumplimiento para poder optar a financiación por objetivos. Como ejemplos, tales pudieran ser los casos de completar la programación de la docencia en plazos establecidos o la cumplimentación electrónica de actas en sus plazos.

De esta forma la dirección plantea la necesidad de cumplir determinados requisitos para el mejor funcionamiento como organización a cambio de la posibilidad de optar a las líneas de financiación adicional por objetivos. Los CPs podrán también contemplar en sus convocatorias la posibilidad de distribuir fondos en atención a cumplimiento de objetivos

ANEXO XX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

2. ¿Quiénes pueden acceder a un Contrato– Programa?

La meta a alcanzar es que en sucesivos ejercicios puedan acceder a CPs los Centros, Departamentos, Servicios y Unidades Administrativas. No obstante, en el ejercicio 2004 la convocatoria se centrará muy especialmente en Centros y Departamentos, de modo que los CPs dirigidos a otros agentes tendrían este año un carácter experimental y se promoverán, en su caso, desde el Consejo de Dirección.

El requisito general para poder participar en la convocatoria es haber informado de los posibles CPs dotados en convocatorias anteriores y haber superado, en su caso, los correspondientes procesos de evaluación.

Asimismo, podrán participar todas aquellas unidades que no hayan optado con anterioridad a las convocatorias de financiación de CPs.

3. Interlocutor en materia de CPs y revisión de las propuestas

El Vicerrectorado de Planificación e Infraestructuras es el encargado de elevar las propuestas de concesión al Consejo de Gobierno, y el responsable de coordinar las acciones de seguimiento.

A efectos de evaluación y seguimiento, el VPEeI se apoyará en la Unidad de Evaluación y Calidad de la UCA (UEC).

A efectos de valorar las propuestas recibidas el VPEeI realizará los contactos que estime oportunos con los diferentes Vicerrectorados y Unidades, y apoyará su propuesta en la decisión de un Comité de Contratos Programa (CCP) que presidirá, y del que formarán parte la Unidad de Calidad y la Dirección de Secretariado de Planificación Económica. El CCP informará posteriormente a la Comisión Permanente de Asuntos Económicos y Presupuestos sobre las propuestas finales de financiación de CP. Las propuestas se valorarán en función de la cantidad y calidad de acciones de mejora, así como de su viabilidad, su consistencia y evaluabilidad. 4. Solicitudes y desarrollo de los CPs

Las solicitudes se presentarán en el formato que se establece en la convocatoria, en dónde aparecen las líneas priorizadas por el Consejo de Dirección, que en su momento deberán estar en consonancia con las líneas de avance que se establezcan en el Plan Estratégico, PEUCA.

Dentro del conjunto de líneas priorizadas por el Consejo de Dirección, recogidas en el Anexo I de la convocatoria, aparecen líneas de obligado cumplimiento para acceder a la convocatoria de financiación de CP. Tanto en el Anexo I como en el formato de Solicitud de CP se han detallado algunos ejemplos sobre como cumplimentar cada uno de los campos solicitados, siendo tan sólo ilustrativas las fechas que aparecen en los mismos. Asimismo, los CPs podrán incluir también algunas líneas que, aún sin estar priorizadas por el Consejo de Dirección, se consideren por la unidad como de su especial interés. Estas líneas y propuestas serán analizadas junto con las demás por la CCP. Se contempla, asimismo, la inclusión de actuaciones de carácter general y obligatorio que se consideren de interés general para la Universidad.

ANEXO XX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

El texto del CP establecerá las acciones a abordar, los objetivos, los programas de trabajo detallados para cada acción y sus plazos, los presupuestos, los indicadores de seguimiento, y los procedimientos de evaluación del cumplimiento.

En un Anexo II, disponible en la página Web del Vicerrectorado de Planificación Económica e Infraestructuras, se detallan posibles acciones de mejora a contemplar en la solicitud de financiación de los CPs.

5. Financiación de los CPs

La financiación de los CPs se realizará con cargo a diferentes partidas y conceptos presupuestarios consignados en los presupuestos de la UCA, habida cuenta de la amplitud de finalidades que pueden llegar a cubrirse utilizándolos como un instrumento de financiación por objetivos.

Atendiendo a motivos singulares, los CPs podrán también incluir costes de personal cuando así lo permitan las disponibilidades presupuestarias, con el objeto de impulsar líneas de mejora que resulten de importancia estratégica para la mejor organización de la UCA.

Las gestiones de compras y contrataciones se realizarán según la normativa vigente de la UCA en cada momento.

Los CPs tendrán un importe máximo del 20% del presupuesto total de cada unidad de gastos, Centros y Departamentos, asignado en el ejercicio anterior. Excepcionalmente, dicho límite podrá incrementarse en casos en que por la originalidad de las propuestas, el nivel de compromiso de la unidad por la actividad que implique el proyecto, la dimensión de la propia unidad, la adecuación de las propuestas a las prioridades, o los costes reales de equipamiento, así lo aconsejen.

El 75% de la financiación concedida se recibirá por las Unidades de Gastos en el momento de la firma del Contrato. El restante 25% se recibirá a la recepción en el Vicerrectorado de los informes correspondientes a la evaluación intermedia del Contrato – Programa. En el hipotético caso de que el desarrollo del Contrato no se realizara de acuerdo con lo pactado en el Contrato firmado, el Vicerrectorado podrá acordar resolver el Contrato y no ingresar el restante 25%.

Al objeto de facilitar la gestión económica de la financiación recibida, cada CP concedido dispondrá de una clasificación orgánica distinta a la de la unidad de gasto responsable del CP.

Si algunos de los gastos a realizar en el CP hubieran sido atendidos con anterioridad con cargo al presupuesto de la unidad responsable del CP, éste se comprometerá a transferirlos a dicha unidad, previo acuerdo con el responsable de la unidad de gastos.

A la finalización del CP, aquéllos gastos que aún no hayan sido realizados con cargo al presupuesto concedido, deberán ser reembolsados.

6. ¿Por qué y para qué evaluar los CPs?

Entendiendo que los CPs son un instrumento para el desarrollo de la mejora de la Calidad universitaria, y que estos se articulan como acciones orientadas específicamente hacia la consecución de objetivos, se hace necesario evaluarlos para comprobar en que medida se hayan alcanzado los logros previstos.

ANEXO XX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Se procurará en lo posible acercar los instrumentos empleados en la evaluación a las pautas que sigan los procedimientos que sigan las agencias de calidad nacional y andaluza, de modo que el propio proceso de seguimiento de los CPs contribuya indirectamente a un mejor conocimiento de los métodos que deberemos afrontar y superar en la acreditación y certificación de titulaciones y servicios.

El sentido general de esta evaluación sería el de rendir cuentas a la comunidad –generando información– de lo que se ha hecho y para qué ha servido; con ello se dota al proceso de transparencia y de elementos de comprensión. Como aspectos a resaltar

• Los principales rasgos de las evaluaciones serán indicados en la propia propuesta de CP realizada por las Unidades de Gasto.

• El diseño de evaluación se dirigirá tanto a los procesos como, muy especialmente, a los resultados

• Será imprescindible que la unidad aporte las evidencias apoyadas en documentación que avalen los logros alcanzados en el CP

• La valoración alcanzada en estas evaluaciones se convierte a su vez en criterio para los futuros procesos de asignación de CPs a la unidad.

• La evaluación se llevará a cabo por parte de una comisión formada por evaluadores externos al CP. La comisión será designada por el Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras y por la Unidad de Calidad de entre las solicitudes presentadas al efecto.

Siglas

CPs Contratos ProgramaVPEeI Vicerrectorado de Planificación Económica e InfraestructurasVOAeIE Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación EducativaUEC Unidad de Evaluación y Calidad de la UCACITI Centro Integrado de Tecnologías de la Información

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

1. MODIFICACIONES DE OFICIO. ALEGACIONES PRESENTADAS DE OFICIO QUE SE INCORPORAN AL TEXTO DE LA CONVOCATORIA:

1) Se ha eliminado de la Propuesta de Normativa Reguladora de los Contratos Programas, artículo 8: Financiación de los Contratos Programas, epígrafe 4, el límite máximo del 20% del presupuesto del ejercicio anterior de la unidad como cantidad límite de financiación de los Contratos Programa para el 2004. Y se incluye: La limitación cuantitativa de financiación de los CPs por unidad estará sujeta al volumen total de CPs que se aprueben.

2) Se incluye en la Propuesta de Normativa Reguladora de los Contratos Programas, artículo 8: Financiación de los Contratos Programas, epígrafe 5: El 100% de la financiación concedida se recibirá por las Unidades de Gasto en el momento de la firma del Contrato.

3) Se incluye en el texto de la Propuesta de Normativa Reguladora de los Contratos Programas, artículo 8: Financiación de los Contratos Programas, epígrafe 5: En el hipotético caso de que una unidad incumpla los objetivos pactados en el desarrollo del Contrato Programa, la parte proporcional de la financiación recibida correspondiente a los objetivos no alcanzados, será deducida de su financiación básica para el ejercicio 2005.

4) Se incluye en el texto de la Propuesta de Normativa Reguladora de los Contratos Programas, artículo 8: Financiación de los Contratos Programas, epígrafe 5: La financiación de los Contratos Programa para el ejercicio 2004, prevista en el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para Centros y Departamentos, se verá incrementada por las siguientes partidas:

• Libros 27.900• Aulas informáticas 75.000• Equipos inf. 65.000• Medios audiovisuales 50.000• Software docente 50.000• Equip. y obras 60.000

Total 327.900

Si la cuantía prevista para algunas de las anteriores finalidades no llegara a agotarse en función de las propuestas recibidas de Contratos Programa, la diferencia podrá destinarse a completar otras de las enumeradas que pudieran ser deficitarias.

5) Se incluye en el texto de la Propuesta de Normativa Reguladora de los Contratos Programas, artículo 6: Procedimiento de adjudicación, epígrafe 5: al Auditor

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Interno de la UCA como miembro de la comisión que valorará las propuestas de financiación de Contratos Programa, así como de la comisión que evaluará los

resultados finales de los Contratos Programa.

6) Se incluye en el texto de la Propuesta de Normativa Reguladora de los Contratos Programas, artículo 8: Financiación de los Contratos Programas, epígrafe 5: Se asegura a Centros y Departamentos el 95% de la financiación inicial recibida en el 2003, a cambio de que, como mínimo, se cumplan las acciones de mejorade obligado cumplimiento.Si este 95% supera la suma de Financiación Básica y Gastos Básicos de funcionamiento asignada a Centros y Departamentos, la diferencia se entenderá como cantidad asignada automáticamente a Contratos Programas, vinculados a acciones de obligado cumplimiento, que de no llevarse a cabo, sería objeto de penalización en el presupuesto de 2005.

7) Se modifica el texto de las siguientes líneas prioritarias recogidas en el Anexo 1 a fin de adaptarlas a la Programación Docente aprobada por el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa:

Texto inicial:C4 (Obligado para optar a CPs 2004).- Entrega de la programación docente completa de los centros (teórica y prácticas) y carga de los datos en el programa de gestión académica (Universitas XXI) antes del 30 de abril de 2.004 sujeta a concertación previa con el VOAelE. Seguimiento de las indicaciones y plazos establecidos para el avance de la programación docente. Respeto a la programación docente acordada, tanto de clases como de prácticas y exámenes.

Se sustituye por:C4 (Obligado para optar a CPs 2004).- Entrega de la programación docente completa de los centros (teórica y prácticas antes del 10 de junio y carga de los datos en el programa de gestión académica (Universitas XXI) sujeta a concertación previa con el VOAelE antes del 20 de julio. Seguimiento de las indicaciones y plazos establecidos para el avance de la programación docente. Respecto a la programación docente acordada, tanto de clases como de prácticas y exámenes.

Texto inicial:C9 Practicums externos. Revisión y propuestas de mejora en sus contenidos y procedimientos.

Se sustituye por:C9 Practicums externos. Revisión y propuestas de mejora en sus contenidos y procedimientos antes del 30 de abril.

Texto inicial:D4 (Obligado para optar a CPs 2004).- Realización de Fichas de cada una de las asignaturas según modelo y pautas que establezca el VOAelE antes del 30 de

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

junio de 2004. Horarios de tutorías del profesorado en el mismo plazo y en los formatos en los que se solicite.

Se sustituye por:D4 (Obligado para optar a CPs 2004).- Realización de Fichas de cada una de las asignaturas según modelo y pautas que establezca el VOAelE antes del 20 de julio. Horarios de tutorías del profesorado en el mismo plazo y en los formatos en los que se solicite.

8) Se incluye en el texto introductorio del ANEXO I un nuevo párrafo: Por parte del Rectorado se tomarán las medidas oportunas con el fin de que sea posible la cumplimentación on line de los formularios, o, al menos, se disponga de los modelos en soporte electrónico.

2. ALEGACIONES PRESENTADAS QUE SE INCORPORAN A LA PROPUESTA: ALEGACIONES PRESENTADAS POR EL PROFESOR D. IGNACIO HERNÁNDEZ CARRERO:

1) El importe máximo del 20% del presupuesto total de la unidad de gastos es desalentador. Para recibir 6000 euros hemos de proceder a un trabajo ímprobo, lo cual parece muy ineficiente. Si no hay financiación más vale realizar convocatorias cada 3 o 4 años y así poder solicitar una dotación económica importante. Varias de las iniciativas que hemos pensado en el Departamento de Biología fácilmente superan esta cantidad.

Se ha eliminado de la Propuesta de Normativa Reguladora de Contrato Programa, artículo 8, epígrafe 4: La financiación final recibida por Centros y Departamentos, incluida la correspondiente a CP, tendrá un importe máximo del 20% del presupuesto total asignado en el ejercicio anterior.

3. ALEGACIONES PRESENTADAS QUE NO SE INCORPORAN AL TEXTO. ALEGACIONES PRESENTADAS POR LOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS:

1) En la Exposición de motivos sustituir “Contrato Programa es un instrumento de asignación de recursos que se plantea en un contexto de corresponsabilidad, de necesidad de cumplir objetivos…”, por “Contrato Programa es un instrumento de asignación de recursos especiales que se plantea en un contexto de corresponsabilidad, de necesidad de cumplir objetivos…”

Se rechaza por considerar que la financiación de los Contratos Programa no debe ser un instrumento de financiación extraordinaria, sino un instrumento de

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

financiación ordinaria condicionada al cumplimiento de objetivos. Aunque este año se ha aplicado a Centros y Departamentos, sería deseable una ampliación a todos los servicios de la UCA en un futuro próximo.

2) En el Artículo 1 sustituir “como instrumentos de financiación afecta a resultados” por “como instrumentos de financiación extraordinaria, para acciones especiales cuyos gastos no están contemplados en los correspondientes Presupuestos ordinarios, y afecta a resultados”.

Se rechaza bajo el mismo argumento que el expuesto en el punto 1.

3) Artículo 8.1 sustituir “La financiación de los Contratos Programa se realizará con cargo a diferentes partidas y conceptos presupuestarios consignados en los presupuestos de la universidad de Cádiz” por “La financiación de los Contratos Programa se realizará con cargo a diferentes partidas y conceptos presupuestarios consignados en los presupuestos de la universidad de Cádiz, de entre los cuales quedan excluidos las partidas y conceptos correspondientes a los gastos de funcionamiento contemplados con cargo al Programa General para los Departamentos”.

Se rechaza al considerar que la financiación de los Contratos Programa es adicional, tal como se recoge en los presupuestos de la UCA relativos al 2004 y a los relativos a Gastos Básicos de Funcionamiento y Financiación Básica. No obstante, la financiación para los mismos se ha ampliado sobre la inicialmente prevista en los presupuestos aprobados para este ejercicio.

4) En el Anexo I, apartados:

i. D3, sustituir la fecha señalada del 15 de mayo por el 30 de junio de 2004.

Se rechaza al considerarse la fecha del 15 de mayo como fecha orientativa de ejecución de la actividad D3, debiéndose acoger los Departamentos a la fecha que se establezca en el proceso de planificación docente de la Universidad de Cádiz por parte del Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa, y a la instrucción que se dicte desde el mismo al objeto de la implantación definitiva de UNIVERSITAS XXI, que en este caso será antes del 5 de junio.

ii. D4, eliminar “en los formatos que se solicite”.

Se rechaza debido a que será el Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación Educativa el que establezca los formatos adecuados para la

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

presentación de las actividades relacionadas con las asignaturas y horarios de tutorías para la agilización y normalización de procesos, en aras a la mejor planificación de necesidades y actividades en un futuro.

iii. D10, sustituir la redacción actual por “Actualización de la página Web del Departamento, con la asistencia humana y material necesaria, por parte de los Servicios Centrales de la Universidad”.

Se rechaza ya que está prevista una aplicación, desarrollada desde el CITI, para unificar formatos de las páginas web de los departamentos de la UCA, prestándose apoyo a los Departamentos a través de las correspondientes acciones formativas.

ALEGACIONES PRESENTADAS POR EL PROFESOR D. IGNACIO HERNÁNDEZ CARRERO:

1) Creo que no deben aparecer en ningún caso líneas de obligado cumplimiento para solicitar contratos programa. El equipo rectoral ha de procurar que todos los Departamentos cumplan sus obligaciones por otras vías, pero esta forma elegida me parece muy desafortunada. Estimo que las obligaciones no cumplidas pueden llevar a crear un listado de Departamentos que no se vean premiados a la hora de conceder ayudas (tipo CP), recibir cursos de formación, dotaciones de infraestructuras, etc. etc. Sin embargo creo que obligar a todos a una serie de líneas para solicitar un CP es muy desalentador. Se incrementa la burocracia y el papeleo infinito para solicitar finalmente una cantidad insuficiente que no va a suponer mejoras sensibles en la calidad.

Se rechaza ya que se acordó dar el 95% como mínimo de la financiación recibida en el 2003, a cambio de que como mínimo se cumplan las acciones de mejora de obligado cumplimiento.

2) Sobre las LINEAS PRIORITARIAS para los Departamentos D1. Pone de manifiesto un espíritu burocratizador incomprensible. Ya se hace esto para el PAI y es una información que ya está en los distintos Vicerrectorado (investigación, OTRI, profesorado, etc. Esto requiere una financiación independiente al CP y MEDIOS HUMANOS.

Se rechaza al ser una línea no priorizada por el Equipo de Gobierno.

3) Pone de manifiesto el espíritu burocratizador actual. El plan de mejora es algo que se debe estimular, por supuesto, pero independientemente del CP, con un presupuesto independiente.

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Se rechaza al considerar que los planes de mejora que se recogen en la línea D2 surgen de un proceso de evaluación previo, que actualmente puede enmarcarse en el Plan Nacional de Evaluación de la Calidad o en el Plan Andaluz de Evaluación de la Calidad.

4) D3. Esto ha de ser independiente al CP (véase primer párrafo)

D4. Idem.

Se rechaza ya que se acordó dar el 95% como mínimo de la financiación recibida en el 2003, a cambio de que como mínimo se cumplan las acciones de mejora de obligado cumplimiento.

5) D5. Esto se ha de dar por sentado y, para aquellos que cumplimos eficientemente, tiene algo de insulto. En casos de incumplimientos han de ponerse en marcha otras vías (quinquenios, expedientes, etc.) que ya están contempladas.

Se rechaza ya que se acordó dar el 95% como mínimo de la financiación recibida en el 2003, a cambio de que como mínimo se cumplan las acciones de mejora de obligado cumplimiento.

6) De nuevo refleja un espíritu burocratizador. Parece que el espíritu actual es tener al profesorado todo el día rellenando informes, memorias, encuestas, etc. ¿Donde está la sana actividad investigadora? Si este punto está en los estatutos hágase cumplir si se estima necesario y por las vías adecuadas. Departamentos en los que la mayoría de los profesores incumplen sus obligaciones deben señalarse en una especie de "ranking".

Se rechaza ya que se acordó dar el 95% como mínimo de la financiación recibida en el 2003, a cambio de que como mínimo se cumplan las acciones de mejora de obligado cumplimiento.

7) D7. Estimo que nunca ha de ser una línea prioritaria en un CP. De nuevo rezuma un marcado espíritu burocratizador. ¿Cuál ha de ser el presupuesto para esto?

Se rechaza al ser una línea no priorizada por el Equipo de Gobierno.

8) D9. Esta línea ha de estar fuera del CP. Ya existen programas de formación del profesorado a tal efecto.

P. 13. ALEGACIONES PRESENTADAS A LA PROPUESTA DE NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMA.

ANEXO XXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Se rechaza al ser una línea que quedaría fuera de las líneas priorizadas por el Equipo de Gobierno, siendo una línea voluntaria a financiar a través de Contratos Programa.

9) D10. Esto NO DEBE SER NUNCA de obligado cumplimiento. Dótese a los departamentos de PERSONAL y FINANCIACIÓN para hacer esta tarea. Actualmente, ¿Quién ha de hacerla?. ¿Tenemos los mismos medios que para la página web de la UCA?

Se rechaza, ya que está prevista una aplicación, desarrollada desde el CITI, para unificar formatos de las páginas web de los Departamentos de la UCA, prestándose apoyo a los Departamentos a través de las correspondientes acciones formativas.

10) Estimo que ha de haber líneas prioritarias para:- la adquisición de infraestructuras docentes o de apoyo (siempre que estén debidamente justificadas): cañones, sillas, lámparas, mobiliario, arreglos (no de material inventariable de laboratorio).- Dotación de material de apoyo para áreas de conocimiento de nueva creación.- Renovación de espacios.- Realización de actividades académicas: salidas, excursiones, visitas...

Se rechaza al recogerse en el Anexo II de la convocatoria de financiación de Contratos Programa otras posibles líneas de acción, entre las cuáles pueden contemplarse las que se apuntan en el epígrafe 10.

ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

NORMATIVA REGULADORA DE LOS CONTRATOS PROGRAMAExposición de Motivos.......................................................................................1Artículo 1. Objeto y Finalidad.............................................................................3Artículo 2. Concepto y naturaleza de los Contratos Programa..................................3Artículo 3. Unidades beneficiarias y requisitos. .....................................................3Artículo 4. Contenido del Contrato Programa. .................................. ....................4Artículo 5. Efectos del Contrato Programa................................................... .........4Artículo 6. Procedimiento de adjudicación ............................................................4Artículo 7. Solicitudes........................................................................................5Artículo 8. Financiación de los Contratos Programa ...............................................5Artículo 9. Seguimiento y evaluación...................................................................6Artículo 10. Registro de Contratos Programa. .......................................................7 Disposición final. Entrada en vigor. .....................................................................7Disposición transitoria. ......................................................................................7

Exposición de MotivosEl Consejo de Dirección de la Universidad de Cádiz tiene como una prioridad fundamental promover acciones para estimular y consolidar el carácter de la UCA como organización de servicio público. Para ello es necesario trasladar a las diferentes unidades los retos y compromisos a los que se ve obligada nuestra institución y comunicar por diferentes medios la necesidad de que todos sean partícipes de esos retos y objetivos, la mayoría de ellos de obligado cumplimiento para la viabilidad académica, financiera y social de la Universidad de Cádiz.

La definición de un Plan Estratégico [PEUCA] es una piedra angular de esta política que trata de tener en cuenta la diversidad de visiones de la universidad en un contexto de ajuste a los objetivos de la Universidad, de reconocimiento de nuestra realidad, de cercanía a las demandas sociales y, a la vez, de lo que debe ser el verdadero criterio universitario.

Pese a que nuestro Plan Estratégico esté en una fase de concreción se ha creído oportuno desde este momento introducir algunos de los procedimientos que ayudarán en el futuro a articular su puesta en marcha e implantación, señalando desde ahora una serie de criterios que se ajustan a la necesidad de introducir mayor racionalidad en las políticas de asignación de recursos y de gestión universitaria.

El Contrato Programa es justamente un instrumento de asignación de recursos que se plantea en un contexto de corresponsabilidad, de necesidad de cumplir objetivos, y de exigencia para la Universidad de Cádiz de articularse mejor como organización para afrontar los retos presentes y de futuro. De esta forma se subrayan dos conceptos fundamentales:

� La necesidad de programar y acordar con la dirección las acciones que se van aabordar

� La exigencia de entender lo programado como compromiso de obligadocumplimiento

Bajo estas premisas, como características fundamentales de los Contratos Programa pueden mencionarse las que siguen:

� Deben primar los objetivos como organización de la Universidad. La falta de sentido de organización es posiblemente el mayor problema a superar por la Universidad de Cádiz en este momento.

� Obligan al cumplimiento de lo pactado, y para ello es necesaria la implicación activa tanto del responsable de la unidad que firma el contrato como del conjunto del personal que la compone. Es importante, en consecuencia, el respaldo formal de la unidad mediante acuerdo de sus órganos competentes.

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ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

� Los Contratos Programa dan mayor contenido al rol de los responsables de unidad al asignarles el papel de interlocutores a la vez que el de elementos clave en la transmisión a los demás miembros de la Universidad de Cádiz de las pautas a atender en políticas de calidad y de las exigencias que debemos cumplir como organización.

� Deben tener un carácter concertado, de modo que sea la unidad la que proponga qué acciones quiere incluir en el contrato debiendo pactar las elegidas con el interlocutor designado a estos efectos por el Consejo de Dirección, todo ello dentro de un marco de limitación de recursos.

� Las acciones propuestas por la unidad deben tener su respaldo en las líneas prioritarias de acción a incluir en un Anexo a la Convocatoria de financiación de Contrato Programa, o bien en acciones de mejoras recogidas en procesos previos de evaluación.

� Los Contratos Programa comprometen a informar en los momentos acordados, avalorar sus niveles de avance y de cumplimiento mediante indicadores objetivos, y a someterse a procesos de evaluación.

� Los Contratos Programa deben recoger propuestas viables, tanto desde el punto de vista de su posible realización como desde la perspectiva económica.

� Cada unidad debe contar con un único Contrato Programa en el que se recoja el conjunto de los puntos de acuerdo, acciones pactadas, objetivos, programa de trabajo, presupuestos e indicadores de seguimiento y cumplimiento.

� Los Contratos Programa y sus controles de seguimiento constituyen instrumentos para documentar las acciones de mejora, y por tanto aportan evidencias que serán muy necesarias para que la Universidad de Cádiz pueda alimentar su sistema integral de información. A la vez traslada esta misma cultura a las unidades evaluadas, permitiendo abordar con mayores garantías los procesos de acreditación de titulaciones y de certificación de servicios.

� La política de Contratos Programa debe implicar penalizaciones para las unidades que no cumplan lo pactado, salvo en casos en que concurran elementos excepcionales imprevistos que vengan a explicar los ¡ncumplimientos.

� La posibilidad de acceder a nuevos Contratos Programa debe someterse al requisito de estar al día en las justificaciones de los contratos anteriores.

Los Contratos Programa incluirán necesariamente acciones de interés estratégico para la Universidad de Cádiz que, aunque puedan no exigir recursos económicos, se planteen como propuestas de necesario cumplimiento para poder optar a financiación por objetivos. Como ejemplos, tales pudieran ser los casos de completar la programación de la docencia enplazos establecidos o la cumplimentación electrónica de actas en sus plazos.

De esta forma la dirección plantea la necesidad de cumplir determinados requisitos para el mejor funcionamiento como organización a cambio de la posibilidad de optar a las líneas de financiación adicional por objetivos. Los Contratos Programa podrán también contemplar en sus convocatorias la posibilidad de distribuir fondos en atención a cumplimiento de objetivos

La meta a alcanzar es que en sucesivos ejercicios puedan acceder a Contratos Programa los Centros, Departamentos, Servicios y Unidades Administrativas. No obstante, en el ejercicio 2004 la convocatoria se centrará muy especialmente en Centros y Departamentos, de modo que los Contratos Programa dirigidos a otros agentes tendrían este año un carácter experimental y se promoverán, en su caso, desde el Consejo de Dirección.

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ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

El requisito general para poder participar en la convocatoria es haber informado de los posibles Contratos Programa dotados en convocatorias anteriores y haber superado, en su caso, los correspondientes procesos de evaluación.

Asimismo, podrán participar todas aquellas unidades que no hayan optado con anterioridad a las convocatorias de financiación de Contratos Programa.

La financiación de los Contratos Programa se realizará con cargo a diferentes partidas y conceptos presupuestarios consignados en los presupuestos de la Universidad de Cádiz, habida cuenta de la amplitud de finalidades que pueden llegar a cubrirse utilizándolos como un instrumento de financiación por objetivos.

Entendiendo que los Contratos Programa son un instrumento para el desarrollo de la mejora de la Calidad universitaria, y que estos se articulan como acciones orientadas específicamente hacia la consecución de objetivos, se hace necesario evaluarlos para comprobar en que medida se hayan alcanzado los logros previstos. El sentido general de esta evaluación sería el de rendir cuentas a la comunidad –generando información– de lo que se ha hecho y para qué ha servido; con ello se dota al proceso de transparencia y de elementos de comprensión.

En su virtud, se dicta la presente normativa.

Artículo 1. Objeto y finalidad.La presente normativa tiene como objeto establecer el marco regulador de los Contratos

Programa como instrumentos de financiación afecta a resultados, de acuerdo con lo previsto en el apartado cuarto del artículo 222 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

Artículo 2. Concepto y naturaleza de los Contratos Programa.1. A los efectos de la presente normativa, se entiende por Contrato Programa el que

tiene por objeto la financiación de las acciones de una unidad de gasto, condicionando dicha financiación al cumplimiento de los objetivos que se programen.

2. Los Contratos Programa tienen naturaleza convencional, correspondiendo a la unidad de gasto la propuesta de las acciones cuya definitiva inclusión en el contrato sepactarán, dentro de los límites presupuestarios, entre dicha unidad de gasto y elórgano al efecto designado por el Consejo de Dirección.

Artículo 3. Unidades beneficiarias y requisitos.1. Las unidades de gasto que puedan ser beneficiarias de Contratos Programa se

determinarán en la convocatoria de acuerdo con las fórmulas de reparto que alefecto se establezcan en los presupuestos de cada ejercicio económico.

2. El Consejo de Dirección, dentro de los límites presupuestarios, podrá aprobar laconvocatoria de Contratos Programa de los que puedan ser beneficiarias otrasunidades de gasto cuyas acciones revistan un interés estratégico.

3. Cada unidad de gasto podrá ser beneficiaria de un único Contrato Programa, siendorequisitos para poder participar en la convocatoria proporcionar la información departicipación en convocatorias anteriores y haber superado, en su caso, loscorrespondientes procesos de evaluación.

4. En todo caso, la adjudicación de un Contrato Programa queda condicionada al requisito de estar al día en las justificaciones de los contratos anteriores.

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ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 4. Contenido del Contrato Programa.1. En el Contrato Programa se expresarán todos los contenidos del acuerdo, y en

concreto, las acciones a abordar, los objetivos, los programas de trabajo detallados para cada acción y sus plazos, los presupuestos, los indicadores de seguimiento, y los procedimientos de evaluación del cumplimiento.

2. Los Contratos Programa deberán recoger propuestas viables, tanto desde el punto devista de su posible realización como desde la perspectiva económica.

3. Las acciones propuestas por la unidad deberán enmarcarse en las líneas prioritarias de acción que en su momento se determinen en el Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz o bien en acciones de mejoras recogidas en procesos previos de evaluación.

Artículo 5. Efectos del Contrato Programa1. El contenido de un Contrato Programa obliga al responsable y al conjunto del personal

que compone la unidad de gasto beneficiaria.

2. La formalización de un Contrato Programa conllevará la obligación de proporcionar lainformación que en el mismo se prevea en los plazos acordados, valorar sus niveles de avance y de cumplimiento mediante indicadores objetivos, y a someterse a procesos de evaluación.

Artículo 6. Procedimiento de adjudicación1. El procedimiento de adjudicación de los Contratos Programa se iniciará mediante

convocatoria aprobada por el Consejo de Gobierno que se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

2. En la convocatoria se incluirán las líneas priorizadas por el Consejo de Dirección, que en su momento deberán estar en consonancia con las líneas de avance que seestablezcan en el Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz.

3. Presentadas las propuestas serán evaluadas por el Vicerrector de PlanificaciónEconómica e Infraestructuras en colaboración con la Unidad de Evaluación y Calidad.

4. El Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras realizará los contactos que estime oportunos con los diferentes Vicerrectorados y Unidades a los efectos de concertar las acciones a incluir en la propuesta de Contrato Programa.

5. Realizados los contactos mencionados en el apartado anterior, las propuestas sevalorarán por un Comité de Contratos Programa que estará presidido por el Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras y del que formarán parte el Director de la Unidad de Evaluación y Calidad, el Director de Secretariado de Planificación Económica y el Director de Auditoría Interna. Las propuestas se valorarán en función de la cantidad y calidad de acciones de mejora, así como de su viabilidad, su consistencia y evaluabilidad.

6. El Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras someterá la valoraciónefectuada a informe de la Comisión Permanente de Asuntos Económicos yPresupuestos.

7. La propuesta, cumplidos los trámites expresados en los apartados anteriores, serásometida a aprobación del Consejo de Gobierno.

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ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 7. Solicitudes1. Las solicitudes se presentarán siguiendo el modelo normalizado que se adjuntará a la

convocatoria y en el plazo que en esta se determine. La convocatoria determinará, asimismo, el plazo en el que el órgano competente deba resolver, que no podrá ser superior a un mes.

2. Asimismo en la solicitud podrán expresarse otras líneas distintas a las priorizadas por el Consejo de Dirección que se consideren por la unidad solicitante como de especial interés. Estas líneas y propuestas serán analizadas junto con las demás por el Comité de Contratos Programas.

3. Se incluirán igualmente actuaciones de carácter general y obligatorio que se consideren de interés general para la Universidad.

4. En la solicitud se detallarán las acciones de mejora conforme a los criterios que atítulo orientativo serán puestos a disposición de los solicitantes por parte delVicerrectorado de Planificación Económica e Infraestructuras.

5. A la solicitud se acompañará la documentación que se determine en la convocatoria y en su caso, certificación del acuerdo del órgano colegiado que acredite elconsentimiento de sus miembros.

Artículo 8. Financiación de los Contratos Programa1. La financiación de los Contratos Programa se realizará con cargo a diferentes partidas y

conceptos presupuestarios consignados en los presupuestos de la Universidad de Cádiz, habida cuenta de la amplitud de finalidades que pueden llegar a cubrirse utilizándolos como un instrumento de financiación por objetivos.

2. Atendiendo a motivos singulares, los Contratos Programa podrán también incluir costes de personal cuando así lo permitan las disponibilidades presupuestarias, con el objeto de impulsar líneas de mejora que resulten de importancia estratégica para la mejor organización de la Universidad de Cádiz.

3. Las gestiones de compras y contrataciones se realizarán según la normativa vigente de la UCA en cada momento.

4. La limitación cuantitativa de financiación de los CPs por unidad estará sujeta al volumen total de CPs que se aprueben.

5. El 100% de la financiación concedida se recibirá por las Unidades de Gastos en el momento de la firma del Contrato. En el hipotético caso de que una unidad incumpla los objetivos pactados en el desarrollo del Contrato Programa, la parte proporcional de la financiación recibida correspondiente a los objetivos no alcanzados, será deducida de su financiación básica para el ejercicio 2005.

Se asegura a Centros y Departamentos el 95% de la financiación inicial recibida en el 2003, a cambio de que como mínimo se cumplan las acciones de mejora de obligado cumplimiento. Si este 95% supera la suma de Financiación Básica y Gastos Básicos de funcionamiento asignada a Centros y Departamentos, la diferencia se entenderá como cantidad asignada automáticamente a Contratos Programas, vinculados a acciones de obligado cumplimiento, que de no llevarse a cabo, sería objeto de penalización en el presupuesto de 2005.

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ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

La financiación de los Contratos Programa para el ejercicio 2004, prevista en el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para Centros y Departamentos, se verá incrementada por las siguientes partidas que ascienden a 327.900 €:

Libros: 27.900 €. Aulas Informáticas: 75.000 €. Equipos Informáticos: 65.000 €. Medios audiovisuales: 50.000 €. Software docente: 50.000 €. Equipamiento y obras: 60.000 €.

Si la cuantía prevista para algunas de las anteriores finalidades no llegara a agotarse en función de las propuestas recibidas de Contratos Programa, la diferencia podrá destinarse a completar otras de las enumeradas que pudieran ser deficitarias.

6. Al objeto de facilitar la gestión económica de la financiación recibida, cada Contrato Programa concedido dispondrá de una clasificación orgánica distinta a la de la unidad de gasto responsable del Contrato Programa.

7. Si algunos de los gastos a realizar en el Contrato Programa hubieran sido atendidos con anterioridad con cargo al presupuesto de la unidad responsable del Contrato Programa, éste se comprometerá a transferirlos a dicha unidad, previo acuerdo con el responsable de la unidad de gastos.

8. A la finalización del Contrato Programa, aquéllos gastos que aún no hayan sido realizados con cargo al presupuesto concedido, deberán ser reembolsados.

Artículo 9. Seguimiento y evaluación

1. El Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras es el órgano competente para coordinar las acciones de seguimiento del cumplimiento de los Contratos Programa, en colaboración con la Unidad de Evaluación y Calidad de la Universidad de Cádiz.

2. A estos efectos se habilita al Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras para determinar los instrumentos de seguimiento y evaluación que se requieran y que deberán aproximarse a las pautas de los procedimientos que sigan las agencias de calidad nacional y andaluza.

3. Los principales rasgos de las evaluaciones serán indicados en la propia propuesta deContrato Programa realizada por las Unidades de Gasto.

4. El diseño de evaluación se dirigirá tanto a los procesos como, muy especialmente, a los resultados.

5. Será imprescindible que la unidad aporte las evidencias apoyadas en documentación que avalen los logros alcanzados en el Contrato Programa.

6. La valoración alcanzada en estas evaluaciones se convierte a su vez en criterio para los futuros procesos de asignación de Contratos Programa a la unidad.

7. La evaluación se llevará a cabo por parte de una comisión formada por evaluadoresexternos al Contrato Programa. La comisión será designada por el Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras y por la Unidad de Evaluación y Calidad deentre las solicitudes presentadas al efecto.

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ANEXO XXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 10. Registro de Contratos Programa.Se creará un Registro de Contratos programa que se gestionará por el Vicerrectorado de

Planificación Económica e Infraestructuras, en la forma en que se determine mediante Instrucción del Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras.

Disposición final. Entrada en vigor.La presente normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín

Oficial de la Universidad de Cádiz.

Disposición transitoria.Hasta tanto se apruebe el Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz, las líneas

prioritarias de acción en que deberán enmarcarse los Contratos Programas deberán incluirsecomo Anexo a la convocatoria.

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ANEXO XXIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ANEXO ANEXO ICONTRATO - PROGRAMACONTRATO - PROGRAMA

Convocatoria 2004Convocatoria 2004

RELACIÓN DE LAS RELACIÓN DE LAS LÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCALÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCA

CONTRATO – PROGRAMA. Convocatoria 2004RELACIÓN DE LAS LÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCA

El presente anexo recoge las líneas que se priorizan desde el Consejo de Dirección. Algunas de ellas pertenecen a la categoría de las que no requieren financiación, pero que se consideran de especial importancia para el buen funcionamiento de la UCA como organización. La filosofía de CPs plantea que el compromiso de atención a todas o parte de estas líneas abre la posibilidad de optar a la financiación de otras propuestas que si requieren recursos.

Algunas de las líneas se consideran de carácter obligatorio para acceder aAlgunas de las líneas se consideran de carácter obligatorio para acceder a financiación complementaria mediante Contrato – Programa.financiación complementaria mediante Contrato – Programa.

PARA CENTROS:PARA CENTROS:

Proyecto de Centro en los Nuevos Contextos:Proyecto de Centro en los Nuevos Contextos:

C1C1.- Elaboración y Presentación de Memoria sobre posibilidades del Centro en el nuevo Marco Europeo de Enseñanza Superior. Estado actual y propuestas fundamentadas de plan de acción para aportar valor a los títulos. Análisis de las posibilidades de futuro atendiendo a titulaciones, recursos materiales y humanos, y oportunidades. Necesidad de fundamentar el informe en datos contrastados y evidencias. Atención a laas pautas que establezca el VOAeIE para dicha memoria y para el propio proceso de elaboración. C2C2.- Actualización de los Planes de Mejora resultantes de las evaluaciones coordinadamente con la Dirección de la UCA, y puesta en marcha de comités de innovación y seguimiento de la calidad por centros.C3C3.- Puesta en marcha de experiencias piloto de implantación del modelo de titulaciones en el Espacio Europeo de Enseñanza Superior, coordinadamente con el VOAeIE

Organización y Gestión Académica: Organización y Gestión Académica:

C4C4 (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004).- Entrega de la programación docente completa de los centros (teórica y prácticas) antes antes del 1010 de junio junio y carga de losy carga de los datos en el programa de gestión académica (Universitas XXI) datos en el programa de gestión académica (Universitas XXI) sujeta a concertación previa con el VOAeIE antes antes del 2020 de Jullio.. Seguimiento de las indicaciones ySeguimiento de las indicaciones y plazos establecidos para el avance de la programación docente. plazos establecidos para el avance de la programación docente. Respeto a la programación docente acordada, tanto de clases como de prácticas y exámenes. C5C5 (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004).- Implantación efectiva del Parte Docente como instrumento ordinario de seguimiento docente. Posibilidad de completar el seguimiento docente con otros instrumentos a propuesta del centro y concertados en el CP.C6C6.- Participación activa en un programa piloto de auditoría académica, y en un grupo de trabajo sobre la figura del Inspector General de Servicios

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CONTRATO – PROGRAMA. Convocatoria 2004RELACIÓN DE LAS LÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCA

C7C7.- Puesta en marcha de procedimientos para la Coordinación de Titulaciones, seguimiento, detección de problemas y resolución de ellos, y análisis de propuestas para aportar valor a la formación y verla con criterio integralC8C8 (Obligado para optar a CPs 2004).- Participación activa del centro en la.- Participación activa del centro en la implementación de un Programa de Seguimiento de Egresados, atendiendo a lasimplementación de un Programa de Seguimiento de Egresados, atendiendo a las peculiaridades del Centro y siguiendo las indicaciones del Consejo de Direcciónpeculiaridades del Centro y siguiendo las indicaciones del Consejo de DirecciónC9C9.- Practicaas externaas. Revisión y propuestas de mejora en sus contenidos y procedimientos antes del 30 de Abril..C10C10.- Puesta en marcha de nuevas Titulaciones

Apoyo e Información a los AlumnosApoyo e Información a los Alumnos:

C11C11.- Integración de Becarios con diferentes cometidos en una Oficina de Atención al Alumno del Centro. Apoyo a los diferentes programas de Información y Orientación Tutorial, Voluntariado, Seguimiento Egresados, Apoyo a apertura de salas de usuarios de informática. Protocolos de organización para el funcionamiento de la OficinaC12C12.- (Obligado para optar a CPs 2004).- Realización de Guías académicas..- Realización de Guías académicas. Paquetes informativos del Centro y de cada una de sus titulacionesPaquetes informativos del Centro y de cada una de sus titulaciones coordinadamente con VOA y VA coordinadamente con VOA y VA C13C13.- Acceso a la Información y gestión de la información. Protocolos de gestión de tablones de anuncios y sus contenidos. Tablones de anuncios virtuales y gestión de los mismos. Mejora en la eficiencia en la distribución de informaciónC14C14.- Puesta en marcha o continuidad de Planes de Tutorización Personalizada de los Alumnos coordinados según las directrices del Consejo de Dirección.

Formación integral y aporte de valor a los títulosFormación integral y aporte de valor a los títulos:

C15C15.- Movilidad Erasmus-Sócrates superior a actual, supervisión de becarios de movilidad, contactos con otras universidades,… Aumento del intercambio de profesores. Clarificación y mejora de los procedimientos según las pautas que se establezcan por el Consejo de Dirección. C16.-C16.- Presentación y justificación de propuestas para participar en el futuro programa Erasmus-Mundus para postgrados conjuntos: posibles objetivos, contenidos, contactos, estudio de viabilidad…C1C17.- Acciones para dar a conocer al alumno su proyección profesional.- Acciones para dar a conocer al alumno su proyección profesional concertadamente con Colegios Profesionales, Profesionales Libres, Empresas,concertadamente con Colegios Profesionales, Profesionales Libres, Empresas, Administraciones e Instituciones y para actualizar la visión de los profesores sobreAdministraciones e Instituciones y para actualizar la visión de los profesores sobre el perfil profesional del título. Actividades para difundir las titulaciones. Acercamientoel perfil profesional del título. Actividades para difundir las titulaciones. Acercamiento a Empresas e Instituciones. Actividades a coordinar con UOPEM, OTRI, FUECA,a Empresas e Instituciones. Actividades a coordinar con UOPEM, OTRI, FUECA, Consejo SocialConsejo SocialC1C18.- Concertar fórmulas de apertura de salas de usuarios de informática para.- Concertar fórmulas de apertura de salas de usuarios de informática para alumnos con atención a las pautas marcadas por el Consejo de Dirección.alumnos con atención a las pautas marcadas por el Consejo de Dirección.

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CONTRATO – PROGRAMA. Convocatoria 2004RELACIÓN DE LAS LÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCA

C1C19.- Realización de contactos con empresas para la ampliación y mejora de los.- Realización de contactos con empresas para la ampliación y mejora de los programas de prácticas de alumnos, coordinadamente con el VA y la UOPEM.programas de prácticas de alumnos, coordinadamente con el VA y la UOPEM. Propuestas de mejora en la tutorización y el seguimiento de resultadosPropuestas de mejora en la tutorización y el seguimiento de resultados de prácticas en empresas..

Organización General del CentroOrganización General del Centro:

CC20.- (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004).- Implantación Planes de Autoprotección, según las indicaciones marcadas por el Consejo de Dirección.. C2C21.- (Obligado para optar a CPs 2004).- .- Actualización de contenidos de la páginacontenidos de la página WEB del Centro bajo supervisión del Director de Comunicación Institucional de laWEB del Centro bajo supervisión del Director de Comunicación Institucional de la UCA.UCA.

Programas de evaluación y calidad:Programas de evaluación y calidad:

C22.- C22.- Participación de la Unidad en programas de Evaluación y Acreditación dearticipación de la Unidad en programas de Evaluación y Acreditación de UCUA o ANECA.UCUA o ANECA.CC23.- 3.- (Obligado para optar a CPs 2004).- .- Colaborar, siguiendo las indicaciones de la Unidad de Evaluación y Calidad, en la realización de encuestas de encuestas de seguimiento docente..CC24.-4.- (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004).- Colaborar, siguiendo las instrucciones deColaborar, siguiendo las instrucciones de la Unidad de Evaluación y Calidadla Unidad de Evaluación y Calidad, en la realización de las encuestas de satisfacción las encuestas de satisfacción de alumnos, egresados, profesores y PASde alumnos, egresados, profesores y PAS.

PARA DEPARTAMENTOSPARA DEPARTAMENTOS:

Proyecto de Departamento en los Nuevos ContextosProyecto de Departamento en los Nuevos Contextos:

D1D1.- Elaboración y presentación de una memoria con proyectos sobre el potencial del Departamento en enseñanza, investigación, y servicios, según la guía que se elabore al efecto. Necesidad de fundamentar la memoria en datos contrastados y evidencias. Atención a laas pautas que establezca el Consejo de Dirección para dicha memoria y para el propio proceso de elaboración. D2.-D2.- (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004). Elaboración de un Plan de Mejora con el Elaboración de un Plan de Mejora con el respaldo del Consejo de Departamento supervisado por el miembro que se designerespaldo del Consejo de Departamento supervisado por el miembro que se designe para ello por el Equipo de Dirección de la UCA, y puesta enpara ello por el Equipo de Dirección de la UCA, y puesta en marcmarcha de Comités dea de Comités de mejora y seguimiento de la calidad por departamento.mejora y seguimiento de la calidad por departamento.

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CONTRATO – PROGRAMA. Convocatoria 2004RELACIÓN DE LAS LÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCA

Organización y Gestión AcadémicaOrganización y Gestión Académica:

DD3.- (Obligado para optar a CPs 2004).- Entrega de la programación docente.- Entrega de la programación docente completa y carga en el programa de gestión completa y carga en el programa de gestión en las fechas establecidas por el VOAeIE. DD4.- (Obligado para optar a CPs 2004) (Obligado para optar a CPs 2004).- Realización de Fichas de cada una de las asignaturas según modelo y pautas que establezca el VOAeIE antes del 20 de julio antes del 20 de julio. Horarios de tutorías del profesorado en el mismo plazo y en los formatos en los que se solicite. DD5.- (Obligado para optar a CPs 2004).- Compromiso de dar prioridad a la atención.- Compromiso de dar prioridad a la atención a las clases y demás actividades docentes, siguiendo la programación aprobada pora las clases y demás actividades docentes, siguiendo la programación aprobada por el centro, reorganizando de inmediato el cuadro de obligaciones del profesoradoel centro, reorganizando de inmediato el cuadro de obligaciones del profesorado para atender a situaciones de bajas, o a las faltas de dotación coyunturales, ypara atender a situaciones de bajas, o a las faltas de dotación coyunturales, y cubriendo eficazmente las ausencias por permisos o licencias. cubriendo eficazmente las ausencias por permisos o licencias. DD6.-.- (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004).- ..Cumplimentación del informe anual de actividad previsto por los Estatutos por los profesores del Departamento, y de los formularios de actividad que se requieren para reflejar la actividad universitaria del profesorado dependiente del Departamento. D7.-D7.- Compromiso de acogerse en todo el departamento al sistema deCompromiso de acogerse en todo el departamento al sistema de cumplimentación electrónica de actas en los plazos establecidos. Compromiso delcumplimentación electrónica de actas en los plazos establecidos. Compromiso del departamento de elaborar un informe al respecto.departamento de elaborar un informe al respecto.DD8.- Participación activa en un programa piloto de auditoría académica, y en un.- Participación activa en un programa piloto de auditoría académica, y en un grupo de trabajo sobre la figura del Inspector General de Servicios. grupo de trabajo sobre la figura del Inspector General de Servicios. DD9.- Puesta en marcha de procedimientos para la coordinación docente de áreas y,.- Puesta en marcha de procedimientos para la coordinación docente de áreas y, en ese mismo marco, puesta en marcha de protocolos de trabajo conjunto paraen ese mismo marco, puesta en marcha de protocolos de trabajo conjunto para elaborar materiales docentes adaptados al nuevo EEES y compartirlos entre gruposelaborar materiales docentes adaptados al nuevo EEES y compartirlos entre grupos amplios de profesores del departamento. Iniciativas de innovación educativaamplios de profesores del departamento. Iniciativas de innovación educativa compartidas por colectivos amplios de trabajo en el departamento. Coordinación concompartidas por colectivos amplios de trabajo en el departamento. Coordinación con VOAeIE.VOAeIE.

OOrganización General de Departamentos::

D10.-D10.- (Obligado para optar a CPs 2004)(Obligado para optar a CPs 2004).- Actualización de contenidos de la páginaActualización de contenidos de la página Web del departamentoWeb del departamento.

Optimización de Recursos, Innovación y Creación de Valor AñadidoOptimización de Recursos, Innovación y Creación de Valor Añadido:

DD11.- Puesta a disposición de los recursos de profesorado excedentarios con que.- Puesta a disposición de los recursos de profesorado excedentarios con que pueda contar el departamento para participar en diferentes iniciativas de impulso apueda contar el departamento para participar en diferentes iniciativas de impulso a mejoras, avalados necesariamente por el compromiso personal de dichosmejoras, avalados necesariamente por el compromiso personal de dichos profesores, en el que conste su disposición a atender las pautas que marquen losprofesores, en el que conste su disposición a atender las pautas que marquen los que sean responsables de coordinar dichas iniciativas: centros, vicerrectorados,….que sean responsables de coordinar dichas iniciativas: centros, vicerrectorados,…. Programas de autorización, prácticas en empresas, Cursos de mayores de 25 años, cursos de formación del Personal,..

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CONTRATO – PROGRAMA. Convocatoria 2004RELACIÓN DE LAS LÍNEAS PRIORITARIAS DE LA UCA

DD12.- Participación con elevado nivel de compromiso en el “Campus Virtual” de la.- Participación con elevado nivel de compromiso en el “Campus Virtual” de la UCA; ello supone incluir un número significativo de asignaturas, llenarlas deUCA; ello supone incluir un número significativo de asignaturas, llenarlas de contenido atendiendo a las pautas establecidas por el VOAeIE, y estimular lacontenido atendiendo a las pautas establecidas por el VOAeIE, y estimular la participación y niveles de satisfacción en términos que puedan contrastarseparticipación y niveles de satisfacción en términos que puedan contrastarse mediante evidencias. Se valorará la incorporación de asignaturas completas conmediante evidencias. Se valorará la incorporación de asignaturas completas con actividades que dinamicen el trabajo para los alumnos oficiales y con posibilidadesactividades que dinamicen el trabajo para los alumnos oficiales y con posibilidades de ofertarse en línea a alumnos visitantes.de ofertarse en línea a alumnos visitantes.D1D13.- Compromiso conjunto del departamento, avalados por la firma de los.- Compromiso conjunto del departamento, avalados por la firma de los profesores, para su implicación a un nivel destacable en participar en acciones deprofesores, para su implicación a un nivel destacable en participar en acciones de formación del profesorado que se programen en el contexto del PAF, Plan deformación del profesorado que se programen en el contexto del PAF, Plan de Acciones Formativas del Profesorado de la UCA.Acciones Formativas del Profesorado de la UCA.D1D14.- Otras iniciativas a propuesta de los Departamentos y que cuenten con.- Otras iniciativas a propuesta de los Departamentos y que cuenten con objetivos y programas de actuación bien definidos en la línea de Optimización deobjetivos y programas de actuación bien definidos en la línea de Optimización de Recursos, Innovación y Creación de Valor AñadidoRecursos, Innovación y Creación de Valor Añadido

Siglas: Siglas: CPsCPs_________Contratos ProgramaVPEeIVPEeI_______Vicerrectorado de Planificación Económica e InfraestructurasVOAeIEVOAeIE______Vicerrectorado de Ordenación Académica e Innovación EducativaUECUEC_________Unidad de Evaluación y Calidad de la UCACITICITI_________Centro Integrado de Tecnologías de la Información

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ANEXO XXIV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ANEXO ANEXO IICONTRATO - PROGRAMACONTRATO - PROGRAMA

Convocatoria 2004Convocatoria 2004

EJEMPLOS DE POSIBLESEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORAACCIONES DE MEJORA

CONTRATO –– PROGRAMA. Convocatoria 2004. Convocatoria 2004EEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

El presente anexo recoge algunos ejemplos de posibles acciones de mejoraalgunos ejemplos de posibles acciones de mejora organizadas según el modelo de calidad adoptado actualmente por la ANECA y queorganizadas según el modelo de calidad adoptado actualmente por la ANECA y que servirá en un futuro para los procesos de acreditación. servirá en un futuro para los procesos de acreditación.

CRITERIO PROGRAMA FORMATIVO OBJETIVOS DEL PROGRAMA FORMATIVO

Objetivos del Programa FormativoDeterminación de los perfiles de ingreso

PLAN DE ESTUDIOS Y SU ESTRUCTURAContenido curricularCoherencia curricularFlexibilidad curricularActualización curricularFactibilidad del plan de estudios

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Analizar los contenidos informáticos que deben dominar los titulados• Identificar los objetivos de habilidades y actitudes en cada asignatura• Identificar los objetivos de las asignaturas en el marco de los de la titulación• Proceso de avance en la definición de los objetivos formativos de la Titulación• Revisión de objetivos de laboratorios integrados• Revisión de objetivos y procedimientos en materia de gestión académica y administrativa• Diseñar un perfil formativo en informática dentro de las Asignaturas del plan de estudios, introduciéndolos

como parte de las habilidades • Completar la formación de los Alumnos de cada especialidad, con materias complementarias de carácter

obligatorio que mejoren su itinerario curricular.• Homogeneización de sistemas de evaluación• Homogenizar criterios docentes• Introducir prácticas que formen parte de procesos que se desarrollen en la empresa• Abordar la puesta en práctica del nuevo del Plan de Estudios, aprovechándolo para llevar a cabo una

readaptación de los contenidos y los métodos docentes, no restringido a la adaptación formal a los cambios estrictos previstos en el texto a publicar en el Boletín Oficial del Estado.

• Adecuación del plan de estudios de Empresariales a la normativa vigente• Aplicación del crédito europeo• Participación en el espacio universitario europeo• Puesta en práctica del nuevo plan de estudios• Reforma del Plan de Estudios.• Seguimiento periódico de la dificultad que entrañan nuestros estudios

CRITERIO: ORGANIZACIÓN DE LA ENSEÑANZADIRECCIÓN Y PLANIFICACIÓN

Dirección PlanificaciónComunicación

ORGANIZACIÓN Y REVISIÓNOrganización de la enseñanzaAcciones de mejora y revisión del programa formativo

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Regulación y fomento de las adscripciones y continuidad del profesorado• Facilitar el uso de direcciones de e-mail en docencia• Mejorar la conexión entre los Departamentos con docencia en la Escuela• Avanzar en la consolidación del programa de Actividades de Proyección• Comunicación con empresas. Tratamiento integral de la comunicación. • Comunicación Decanato con Departamentos y Grupos • Mejora de la Información que pueda facilitar Conserjería• Promoción de una Revista electrónica dirigida a los alumnos y formada sustancialmente con sus

colaboraciones.• Sistema de atención, mantenimiento y seguimiento de los tablones de anuncios en el Aulario

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CONTRATO –– PROGRAMA. Convocatoria 2004. Convocatoria 2004EEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Uso de la red interna e Internet• Garantizar la continuidad de la Oficina de Atención al Estudiante• Incluir direcciones de e-mails UCA en listados de asignaturas• Indicar los horarios de tutorías dentro del directorio de la UCA – X500, aprovechando para introducir otras

mejoras en la información del profesor, incluyendo su foto para su mejor identificación, y la dependencia que ocupa su despacho

• Mejorar la comunicación y el grado de conocimiento mutuo Profesores-Estudiantes• Mejorar los medios de difusión para el Alumnado y para el Profesorado y con antelación al período de

matriculación de las fechas de realización de exámenes• Consolidación de la apuesta iniciada por las Tecnologías de la Información• Implantación de formato estándar de programas• Plantear una fórmula alternativa de compromiso docente del profesorado –el compromiso institucional-que

permita reflejar en cada caso las peculiaridades de la docencia, la investigación y la gestión• Dotar al Decanato de una bolsa de créditos de reducciones de dedicación para su asignación a profesores

que se impliquen en mayor medida en la coordinación de iniciativas de calidad de la Facultad• Actitud asertiva en la organización frente a los Planes de Mejora• Creación de Grupos de Mejora en la Facultad• Establecer un plan para fijar objetivos de calidad en Conserjería.• Homogeneización de visiones sobre planes de calidad en la UCA• Mejora en niveles de definición de conceptos y de mecanismos de interacción entre los agentes implicados

en las mejoras• Mejorar la calidad de los servicios orientándolos a los objetivos de docencia e investigación• Penetración de la cultura de la calidad• Potenciar grupos de mejora con mayor participación de estudiantes y PDI • Trabajar lo Necesario para Mejorar los niveles de Credibilidad del Programa y la Calidad de su Comunicación

con los Estudiantes. • Establecer formas de coordinación por curso, a los efectos de lograr establecer un programa de trabajo

asequible a los alumnos en que cada Área tenga en cuenta la labor de las demás y se apoyen mutuamente, estableciendo criterios comunes, coordinación de exámenes, trabajos, etc.

• Establecer mecanismos de coordinación más eficaces entre las diversas instancias implicadas en la docencia• Consolidación de los programas de formación complementaria iniciados• Elaboración de un compendio actualizado de normas en formato electrónico: el “Maletín Electrónico de

Normas”• Elaboración de un Plan de comunicación que contemple las necesidades del Servicio y favorezca la conexión

y coordinación interna y externa. • Procedimiento para elaboración de encuestas de opinión sobre satisfacción de servicios y valoración de la

gestión y realización de las mismas• Realizar periódicamente la encuesta de autoevaluación de la calidad con el objetivo de contrastar la realidad

del Servicio con la de otros Servicios de la UCA u otras Universidades.• Crear nuevos canales de comunicación que transmitan rápidamente la información sobre incidencias y

anomalías docentes y mejorar los actuales• Dar mayor difusión a los horarios de tutorías• Dar respuesta a demandas mediante sistemas de ventanilla única• Recuperar la clase práctica con horario y organización independiente del resto de las clases de cada

asignatura.• Acercar a los estudiantes que lo deseen una oferta formativa en Inglés e Informática• Agilidad y visibilidad del sistema de reservas de aulas y material• Evitar la excesiva concentración de horas de clase semanales de la misma asignatura. A ser posible no más

de cuatro (cinco con la práctica) y que sea excepcional la acumulación de horas continuadas de la misma asignatura.

• Fijar como objetivo que la carga lectiva real de los alumnos no exceda las veinte horas semanales.• Mejora de la Gestión de uso de las aulas de informática• Reuniones mensuales de la comisión de Seguimiento y Perfeccionamiento de la Docencia• Revisión de las normas generales en forma de protocolo• Solicitar de los profesores responsables un informe de la docencia al final de cada Asignatura, reflejando las

posibles incidencias, los niveles de asistencia por parte de los profesores y de los estudiantes, los resultados, y una valoración de los mismos.

• Establecer mecanismos efectivos y reales de evaluación de la actividad docente de los profesores, de modo que existan fórmulas auténticas de incentivo de la dedicación docente y de la renovación de las técnicas docentes, a niveles asimilables de los incentivos existentes para la actividad investigadora.

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CONTRATO –– PROGRAMA. Convocatoria 2004. Convocatoria 2004EEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Reducción efectiva de la carga docente del profesorado, atendiendo a factores diversos como son los relativos a enseñanzas de tercer ciclo, cargos de responsabilidad académica y de gestión, etc

CRITERIO: RECURSOS HUMANOS PERSONAL ACADÉMICO

Adecuación al programa formativoPERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Adecuación al programa formativo

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Estimular la participación mediante Acciones de Formación del Profesorado• Promover la realización de cursos de reciclaje por parte del personal docente en técnicas docentes y en la

utilización de las nuevas tecnologías con la misma finalidad.• Contratación de otra persona para atender las necesidades internas de administración del centro y de

atención a los usuarios.• Contratación de personal en los servicios deficitarios.• Creación de un programa de incentivos para el PAS basado en la realización de cursos de formación

cuidando sus fórmulas de evaluación, y por otra parte en informes específicos y objetivos sobre el rendimiento de cada miembro de la plantilla.

• Determinación del perfil del PAS

CRITERIO: RECURSOS MATERIALESINSTALACIONES E INFRAESTRUCTURAS PARA EL PROCESO FORMATIVO

AulasEspacios de trabajoLaboratorios, talleres y espacios experimentalesBiblioteca y fondos documentales

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Acondicionamiento de dos nuevos seminarios• Ampliación del aula de informática• Apertura de aulas de informática como salas de usuarios• Adquisición de los medios materiales señalados como deficitarios, especialmente, en el Aula de Informática.• Aumento de los medios informático adecuados para la mejor y mayor utilización de los recursos y servicios

electrónicos que ofrece la biblioteca.• Directorio a la entrada del edificio y de los Departamentos• Instalación de aire acondicionado en diversas aulas• Instalación de kiosco informático para consulta de e-mail• Mejora del Aula de informática, incrementando el número de unidades de ordenadores, así como su

capacidad y el software instalado.• Mejorar la calidad y equipamiento de los Laboratorios y Talleres• Mejorar la dotación de medios didácticos en nuestras Aulas• Mejorar las instalaciones del Aula de Proyectos tanto en hardware como en software para que nuestros

alumnos desarrollen y elaboren su Proyecto Fin de Carrera• Mejorar los medios informáticos en la Delegación de Alumnos • Mejorar los recursos informáticos asignados al colectivo de Profesores• Mejorar significativamente la Infraestructura de la Cafetería• Mejoras en los directorios de espacios y de ubicación de personas• Propiciar el despegue en el uso de medios audiovisuales, empleando ordenadores y videoproyectores parae

Enseñanza• Dar mayor responsabilidad a la Conserjería en la gestión de recursos de aulas y audiovisuales, y en la

vigilancia del mantenimiento, limpieza, y circulación de personas por el edificio• Definir las necesidades de hardware y software para la titulación• Definir recomendaciones generales de Ordenación Académica: Exámenes Finales, Parciales, y Pruebas de

Control, posibles Recomendaciones sobre asistencia, …• Diseñar un esquema de circulación de personas en la Facultad y hacia otros centros del Campus.• Elaboración de propuestas de necesidades de equipamiento y solicitud de financiación• Mantener a disposición de Profesores y Estudiantes una Plataforma “on line” de apoyo a la enseñanza

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CONTRATO –– PROGRAMA. Convocatoria 2004. Convocatoria 2004EEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Mejorar la Web de la Facultad y su actualización. Web en inglés

CRITERIO: PROCESO FORMATIVOACCESO Y FORMACIÓN INTEGRAL

Acceso al programa formativoAtención al alumnoFormación integral del alumno

PROCESO DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJEMetodología de enseñanza - aprendizajeMetodología de evaluaciónPrácticas externasMovilidadTutorías

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA• Acciones de Comunicación dirigidas a estudiantes de primer curso, apoyadas en Acción Tutorial y

Coordinaciones.• Convocar Sesiones Informativas para los Alumnos de nuevo ingreso• Difundir el objetivo de las asignaturas de nivelación que deben equipararse con la formación de bachillerato,

y no con un nivel superior• Mejorar la calidad y contenido de la “Guia para el Alumno”, publicada anualmente por la Escuela• Sesiones previas de información a los alumnos durante el periodo de matriculación• Sistema de Información electrónica al Estudiante• Desterrar el absentismo a clases• Eliminar la 2ª Convocatoria a exámenes de las 2 de las que actualmente disponen los alumnos• Mejorar las relaciones entre Dirección y Alumnos• Mejoras en procesos de matrícula, en procesos de adaptaciones y convalidaciones, en resolución de becas,

en la disponibilidad de listados de alumnos, en los sistemas de información económica• Modificar el Reglamento de Régimen Interno sobre la realización del Proyecto Fin de Carrera• Comprometer a toda la Facultad en las acciones de comunicación con centros de enseñanza media• Difusión específica de los estudios impartidos en nuestra Facultad entre los posibles alumnos futuros.

Fomentar la presencia de la Facultad en Centros de enseñanza secundaria del distrito universitario, dándoles a conocer nuestra oferta universitaria.

• Diseño de acciones de contacto con centros de bachillerato y ESO, Orientadores, Profesores, Alumnos• Elaboración de material de información• Proyecto de Tutorización de los alumnos desde el inicio de sus estudios a cargo de un profesor que le

asesore y oriente en su formación jurídica.• Implicación de un mayor número de tutores y promotores de prácticas en empresas• Renovación del Programa de Acción Tutorial, rediseñándolo para que los estudiantes reciban mensajes más

útiles y coherentes• Definición de un programa de actuación dirigido a incrementar el número de prácticas en empresas.• Estudiar fórmulas que permitan potenciar la inclusión de una componente de trabajo de investigación dentro

del curriculum• Fomento de programas de prácticas con organizaciones cercanas potenciales receptoras de nuestros

titulados• Iniciar como experiencia en algunas asignaturas sesiones de Tutorías presenciales en aula• Movilidad de estudiantes y profesores• Necesidad de mantener, ampliar y mejorar las Asignaturas de Nivelación• Organización de un viaje de estudio a los alumnos de los últimos cursos, al objeto de conocer las

instituciones nacionales y autonómicas vinculadas con la actividad de la titulación

• Orientación de los contenidos hacia posibles salidas profesionales

• Sensibilizar al estudiante sobre la necesidad de desarrollar actitudes y adquirir complementos de formación que le preparen para la inserción laboral

• Elaboración de programaciones didácticas• Emplear la plataforma WEB-CT como Instrumento para introducir métodos con una componente de

evaluación continua• Facilitar la utilización de medios audiovisuales y telemáticos, tanto en la actividad docente desarrollada por

el profesorado, como en el trabajo de estudio de los alumnos.• Fichas electrónicas de los Estudiantes• Graduar el trabajo del estudiante a lo largo de todo el Curso

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CONTRATO –– PROGRAMA. Convocatoria 2004. Convocatoria 2004EEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Introducir componentes de evaluación continua en la evaluación final• Lograr que los procesos de evaluación se pongan al servicio de conocer el grado de alcance de los objetivos• Mejorar los niveles académicos• Propiciar la formación en habilidades y actitudes• Propiciar la introducción de métodos activos• Renovación de la metodología docente• Utilización en la labor docente. Tutoría electrónica• Fomento del correo electrónico como instrumento de tutoría telemática• Incremento de las consultas electrónicas• Editar materiales de presentación en papel• Ganar en credibilidad en nuestros mecanismos para la gestión de la docencia

CRITERIO: RESULTADOSRESULTADOS DEL PROGRAMA FORMATIVO

Efectividad del programa formativoSatisfacción del alumno

RESULTADOS DE LOS EGRESADOSCumplimiento del perfil de egresoSatisfacción de los egresadosInserción laboral

RESULTADOS EN LA SOCIEDADVinculación socialSatisfacción de los empleadores y demás grupos de interés

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

• Encuestas a los estudiantes sobre el grado de satisfacción con la docencia recibida• Encuestas a los estudiantes sobre el grado de satisfacción general• Encuestas a los estudiantes sobre las necesidades de formación.• Creación de un sistema de evaluación que valore los cursos ofertados, a las personas que los siguen y los

resultados de los cursos en los puestos de trabajo.• Definir una Fórmula para mantener bases de datos de egresados• Establecer bolsas de trabajo en conexión con los profesionales, empresas y organismos de la zona, así como

realizar un seguimiento periódico de la inserción laboral de los egresados y de sus condiciones de empleo• Recabar información sobre inserción laboral. Definición de indicadores para la acreditación de la titulación• Solicitar de los egresados información sobre la valoración que les merece el programa de formación que han

cursado, solicitando propuestas para su mejora• Fomento de asociaciones de antiguos alumnos• Disponibilidad de datos de indicadores• Solicitar opinión sobre necesidades de formación en conocimientos, habilidades y actitudes• Elaboración paulatina de un sistema normalizado de recogida de información que permita conocer las

expectativas, necesidades y el nivel de satisfacción de usuarios y proveedores al objeto de planificar el desarrollo del Servicio.

• Ofrecer información útil a todo el mapa de públicos (docencia-investigación, centro-exterior, alumnos potenciales-empresas)

• Seguimiento de la valoración interna y externa de nuestras titulaciones• Publicaciones y difusión de los resultados• Incrementar los contactos con las Administraciones Publicas y el tejido empresarial• Incremento de las relaciones externas de la Facultad con vistas, de un lado, a reforzar la imagen de la

Facultad en el medio social en el que se mueve y, de otro lado, aumentando los contactos que puedan tener repercusión sobre la docencia.

• Relación con empresas en el plano docente• Creación de una oficina de promoción de titulaciones• Potenciar la imagen de la titulación en la Sociedad• Promoción de las titulaciones existentes• Promocionar social y empresarialmente al Centro y a las Titulaciones que en el se imparten• Realización de campañas de información sobre las titulaciones impartidas.

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CONTRATO –– PROGRAMA. Convocatoria 2004. Convocatoria 2004EEJEMPLOS DE POSIBLES ACCIONES DE MEJORA

OTRAS POSIBLES ACCIONES DE MEJORA RELACIONADAS CON LA UNIDAD

POSIBLES ACCIONES DE MEJORA• Apoyar e impulsar una línea de ferrocarril al campus• Codificación y etiquetado de dependencias• Elaboración de pruebas objetivas que permitan contrastar los Niveles alcanzados en cada ciclo de la

titulación• Conseguir implantar el 2º Ciclo de la Titulación de …• Desarrollo de formación del tercer ciclo• Implantación de nuevas titulaciones.• Incorporación de la Titulación de la Licenciatura de segundo ciclo de …• Adaptación del modelo de unidades administrativas a las necesidades y especificidades del centro. • Adecuación de los objetivos a los fines de la universidad• Alcanzar apoyo para la gestión de los Programas de Doctorado• Atención a las especificidades de la Facultad• Delimitación de acciones y competencias de la Facultad y Rectorado• Elaboración de un Plan Plurianual de Mantenimiento. Aflorar necesidades, priorizarlas y temporizarlas en los

años 2003-2006• Elaboración de un Plan Plurianual de Seguridad y Salud Laboral, con acciones priorizadas, para su ejecución

en varias anualidades 2003-2006• Identificar carencias y posibilidades de mejora en Transportes• Lograr respuesta de los Departamentos, Decanato, y Vicerrectorados frente a las situaciones en las que se

identifiquen anomalías en la docencia• Mejoras de seguridad e infraestructuras en puntos neurálgicos.• Mejoras en la puesta a punto de los servicios• Necesidad de un servicio eficiente de atención y resolución de averías en microinformática, aunque pueda

incluso ser externo a la UCA• Rediseñar los Programas de Doctorado de la Facultad Aglutinando Áreas y Departamentos para aumentar su

solidez y solvencia• Toma de decisiones sobre seguridad y accesos

• Centralizar en el campus, siempre que sea posible, los servicios que actualmente requieren un desplazamiento a los Servicios Centrales de la Universidad

• Adopción de fórmulas que permitan una identificación positiva de la Facultad y su identificación en el seno de la UCA.

• Potenciar la imagen de la Facultad con el incremento de la utilización y de los contenidos de la página web de la misma.

• Alcanzar la colaboración de las unidades que pueden facilitar datos para realizar las valoraciones

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ANEXO XXV AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

SOLICITUD SOLICITUD CONTRATO - PROGRAMACONTRATO - PROGRAMA

Convocatoria 2004Convocatoria 2004

Unidad:_______________________Unidad:_______________________

SOLICITUD DE FINANCIACIÓN DE SOLICITUD DE FINANCIACIÓN DE CONTRATO – PROGRAMA CONTRATO – PROGRAMA

Convocatoria 2004Convocatoria 2004

Fecha: ___________Fecha: ___________

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SOLICITUD DE FINANCIACIÓN DE SOLICITUD DE FINANCIACIÓN DE CONTRATO – PROGRAMA CONTRATO – PROGRAMA

Convocatoria 2004Convocatoria 2004

D._______________________________________________________________

responsable de la Unidad: ____________________________________________

solicita la firma de un Contrato Programa por el cual se dote a la Unidad

representada, de recursos económicos para la puesta en marcha de las líneas de

actuación indicadas en el presente Contrato Programa.

Las acciones de mejora no entran en contradicción con las líneas prioritarias

recogidas en el anexo I de la convocatoria.

La Unidad representada se obliga al cumplimiento de los objetivos recogidos en

el Contrato – Programa. El responsable de la Unidad se compromete a: la

aplicación de la Guía de Evaluación de Contratos-Programas de la Universidad

de Cádiz, la elaboración de los informes que en ella se indican, y se

responsabiliza de la obtención y fiabilidad de los indicadores referenciados en

las acciones, facilitando la evaluación intermedia y final del Contrato.

Fecha y firma

Fd.: Responsable de la Unidad solicitante.

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Ilmo Sr Vicerrector de Planificación e Infraestructura de la Universidad de Cádiz.

DESCRIPCIÓN CONTRATO – PROGRAMA Convocatoria 2004Convocatoria 2004

OBJETIVOS Y ACCIONES DE MEJORA OBJETIVOS Y ACCIONES DE MEJORA

AYUDA PARA LA ELABORACIÓN DE LAS HOJAS DESCRIPTIVAS DE LASAYUDA PARA LA ELABORACIÓN DE LAS HOJAS DESCRIPTIVAS DE LAS ACCIONES DE MEJORAACCIONES DE MEJORA:

Se confeccionará una hoja informativa por cada una de las acciones de mejoraSe confeccionará una hoja informativa por cada una de las acciones de mejora que se pretenda ejecutar con el Contrato – Programa. Cada una de las hojas oque se pretenda ejecutar con el Contrato – Programa. Cada una de las hojas o acciones de mejora deberá completarse en cada uno de los campos indicados.acciones de mejora deberá completarse en cada uno de los campos indicados.

ACCIÓN DE MEJORA Nº ACCIÓN DE MEJORA Nº Las acciones de mejora se numerarán Las acciones de mejora se numerarán correlativamente, el orden puede ser cualquiera pero se recomienda que secorrelativamente, el orden puede ser cualquiera pero se recomienda que se ordenen a partir ordenen a partir las líneas prioritarias recogidas en el anexo I..

DenominaciónDenominación Nombre por el cual se identificará la acción de mejora. SeNombre por el cual se identificará la acción de mejora. Se recomienda una denominación lo más corta posible sin perder significación.recomienda una denominación lo más corta posible sin perder significación.

Líneas priorizadas según texto convocatoriaLíneas priorizadas según texto convocatoria Indicar los números de las líneasIndicar los números de las líneas priorizadas según la convocatoria con la cual/es puede relacionarse estapriorizadas según la convocatoria con la cual/es puede relacionarse esta acción.acción.

Descripción de la actividad a desarrollarDescripción de la actividad a desarrollar (20 líneas máximo) (20 líneas máximo) Se describirá lo más concretamente posible la acción de mejora que se pretende desarrollar incluyendo el plan de trabajoincluyendo el plan de trabajo.

Responsable de la ejecución de la acciónResponsable de la ejecución de la acción Se entiende que el responsable finalSe entiende que el responsable final de todas las acciones es el director de la Unidad. En este campo se solicita elde todas las acciones es el director de la Unidad. En este campo se solicita el responsable directo de la ejecución de la misma.responsable directo de la ejecución de la misma.

Objetivos Objetivos (Indicar números objetivos generales contrato – programa) Se pideSe pide concretar elconcretar el o los objetivo objetivos que se pretende que se pretenden conseguir conseguir con la acción de mejora..

Indicadores de ejecución de la acciónIndicadores de ejecución de la acción Se solicita los indicadores que Se solicita los indicadores que pondrán de manifiesto la ejecución de la acción y el grado de consecución del / los objetivos planteados. La obtención de los indicadores será responsabilidad de la Unidad firmante del Contrato – Programa. Aquellos datos que estén disponibles en los diferentes Servicios de la Universidad podrán ser solicitados por la Unidad. Aquellos otros de los cuales no se disponga será la Unidad la encargada de obtenerlos financiando el coste correspondiente con el propio Contrato – Programa mediante una Acción de Mejora. La Unidad de Evaluación y Calidad asesorará, si así se le requiere, sobre este tema.

Presupuesto solicitado detalladoPresupuesto solicitado detallado Descripción detallada de la inversión y losDescripción detallada de la inversión y los gastos que se pretenden realizar para la ejecución de la acción.gastos que se pretenden realizar para la ejecución de la acción.

Finalmente se rellenará la hoja de resumen adjunta.Finalmente se rellenará la hoja de resumen adjunta.

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DESCRIPCIÓN CONTRATO – PROGRAMA Convocatoria 2004Convocatoria 2004

OBJETIVOS Y ACCIONES DE MEJORA OBJETIVOS Y ACCIONES DE MEJORA

ACCIÓN DE MEJORA NºACCIÓN DE MEJORA Nº

Denominación:Denominación:

Líneas priorizadas según Líneas priorizadas según anexo I de la convocatoria en la que se encuadra (en su caso)::

Descripción de la actividad a desarrollarDescripción de la actividad a desarrollar (20 líneas máximo)(20 líneas máximo):

Responsable de la ejecución de la acción:Responsable de la ejecución de la acción:

Objetivos Objetivos específico que se pretende alcanzar con la acción::

Indicadores de ejecución de la acciónIndicadores de ejecución de la acción ::

Presupuesto solicitado detallado:Presupuesto solicitado detallado:

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DESCRIPCIÓN DE CONTRATO DESCRIPCIÓN DE CONTRATO – PROGRAMA PROGRAMA. Convocatoria 2004UNIDAD:UNIDAD:______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ACCIONES DE MEJORADE MEJORA.

Resumen de las Acciones de Mejora previstas en el Contrato ProgramaResumen de las Acciones de Mejora previstas en el Contrato Programa. Modelo de CentroModelo de Centro .

Acc

ión L

ínea

pri

ori

tari

a ACCIÓN DE MEJORADENOMINACIÓN

Responsable de la

ejecución

Indicadores de ejecuciónde la acción Presupuesto

1 C4

Entrega de la programación docente completa de los Centros (teórica y prácticas) antes de las fechas acordadas, sujeta a concertación previa con el VOAeIE. Respeto a la programación docente acordada, tanto de clases como de prácticas y exámenes.

• Decano / Director

• % de programaciones en página WEB sobre el total

• % de programaciones en página WEB sobre el total

2 C5 Implantación efectiva del Parte Docente como instrumento ordinario de seguimiento docente.

• Decano / Director

• Nivel de conocimiento del Parte Docente por alumnos y profesores.

3 C8Participación activa del centro en la implementación de un Programa de Seguimiento de Egresados, atendiendo a las peculiaridades del Centro y siguiendo las indicaciones del Consejo de Dirección

• Decano / Director • % de egresados entrevistados sobre población.

4 C12

Realización de Guías académicas. Paquetes informativos del Centro y de cada una de sus titulaciones coordinadamente con VOA y VA

• Decano / Director

• Guías y paquetes informativos repartidos alumnos de secundaria

5 C19

Implantación Planes de Autoprotección, según las indicaciones marcadas por el Consejo de Dirección

• Decano / Director • Edición electrónica Plan de Autoprotección

6 C21

Realizar las encuestas de evaluación de la docencia de acuerdo con las normas emanadas de la Unidad de Evaluación y Calidad de la UCA

• Decano / Director

• % de asignaturas evaluadas sobre el total de asignaturas del Centro

7 C22

Realizar las encuestas de satisfacción de alumnos, egresados, profesores y PAS de acuerdo con las normas emanadas de la Unidad de Evaluación y Calidad de la UCA

• Decano / Director

• % de encuestas realizadas a los alumnos sobre el total de alumnos

• % de encuestas realizadas a profesores sobre el total de profesores

8 C20 Actualización de la página WEB del Centro • Decano /

Director• Número de actualizaciones de la página

durante el curso

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DESCRIPCIÓN DE CONTRATO DESCRIPCIÓN DE CONTRATO – PROGRAMA PROGRAMA. Convocatoria 2004UNIDAD:UNIDAD:______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ACCIONES DE MEJORADE MEJORA.

Acc

ión L

ínea

pri

ori

tari

a ACCIÓN DE MEJORADENOMINACIÓN

Responsable de la

ejecución

Indicadores de ejecuciónde la acción

Presupuesto

9 • •

• •

• •

• •

Total presupuesto Contrato – Programa:

Fd. Responsable del Centro

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DESCRIPCIÓN DE CONTRATO DESCRIPCIÓN DE CONTRATO – PROGRAMA PROGRAMA. Convocatoria 2004UNIDAD:UNIDAD:______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ACCIONES DE MEJORADE MEJORA.

Resumen de las Acciones de Mejora previstas en el Contrato ProgramaResumen de las Acciones de Mejora previstas en el Contrato Programa. Modelo de DepartamentoModelo de Departamento .

Acc

ión L

ínea

pri

ori

tari

a

ACCIÓN DE MEJORAResponsable de la

ejecuciónIndicadores de ejecución

de la acción Presupuesto

1 D2 Entrega de la programación docente completa y carga en el programa de gestión, en los plazos establecidos por el VOAeIE. • Director • Programación cargada en la fecha.

2 D3Realización de Fichas de cada una de las asignaturas según modelo y pautas que establezca el VOAeIE. Horarios de tutorías del profesorado en el mismo plazo y en los formatos en los que se solicite.

• Director• Profesores

responsables

• % de fichas entregadas sobre el total de asignaturas del Departamento en la fecha.

3 D4

Compromiso de dar prioridad a la atención a las clases y demás actividades docentes, siguiendo la programación aprobada por el centro, reorganizando de inmediato el cuadro de obligaciones del profesorado para atender a situaciones de bajas, o a las faltas de dotación coyunturales, y cubriendo eficazmente las ausencias por permisos o licencias.

• Director

• Faltas o ausencias no cubiertas dividido por el número de créditos totales impartidos

• Informe sobre participación de los miembros del Departamento en actividades docentes durante el curso 2003/2004

4 D12 Actualización de la página WEB del Departamento • Director • Número de actualizaciones de la página

durante el curso

5 • •

6 • •

7 • •

8 • •

9 • •

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DESCRIPCIÓN DE CONTRATO DESCRIPCIÓN DE CONTRATO – PROGRAMA PROGRAMA. Convocatoria 2004UNIDAD:UNIDAD:______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ACCIONES DE MEJORADE MEJORA.

Acc

ión L

ínea

pri

ori

tari

a

ACCIÓN DE MEJORAResponsable de la

ejecuciónIndicadores de ejecución

de la acciónPresupuesto

• •

• •

• •

Total presupuesto Contrato – Programa:

Fd. Responsable del Departamento

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UNIVERSIDAD DE CÁDIZ PRESUPUESTO 2004

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN BÁSICA A CENTROS Y DEPARTAMENTOS

El Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2004 establece un nuevo procedimiento para la determinación de las dotaciones de Centros y Departamentos, más acorde con el Modelo de Financiación aprobado por la Junta de Andalucía para la asignación de los recursos financieros a las Universidades Públicas de nuestra Comunidad Autónoma. Así, el presupuesto de los Centros y Departamentos será determinado mediante la suma de tres componentes:

• Financiación para gastos básicos de funcionamiento (GBF). • Financiación básica (FB) • Financiación condicionada (FC).

La financiación básica tiene como objetivo atender los gastos en bienes corrientes y servicios de los Centros y Departamentos de forma incondicionada, es decir, por el hecho de contribuir a la provisión del servicio público universitario (docencia). A efectos de similitud con el Modelo de Financiación de las Universidades Andaluzas, su cuantificación se determina a partir de la consideración de tres conjuntos de variables que se identifican con la estructura de la Unidad, la oferta docente y la demanda académica que define la actividad productiva de cada uno de los Centros y Departamentos. 1. Financiación básica de carácter estructural. Al igual que en el Modelo de Financiación, la justificación de esta fuente de recursos radica en la existencia de los Centros y Departamentos como unidades con autonomía propia responsables de la prestación de servicios docentes. La mera existencia de un Centro o Departamento, con independencia de su actividad y dimensión, implica necesariamente la existencia de unos costes fijos establecidos de manera lineal para cada uno de ellos. De acuerdo con lo dispuesto en el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el año 2004, el componente estructural será equivalente al 3,89 por ciento de la financiación básica autorizada para los Centros y Departamentos:

Nº de

Unidades

Financiación

Básica

Financiación Estructural

(3,89 %)

Importe para cada

Unidad (€) CENTROS 16 462.196,06 17.979,43 1.123,71 DEPARTAMENTOS 45 704.474,25 27.404,04 608,98 TOTALES 61 1.170.959,68 45.550,33

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN BÁSICA A CENTROS Y DEPARTAMENTOS - 2004

2

2. Financiación básica vinculada a la oferta universitaria. Este componente de la financiación básica tiene como finalidad hacer frente a los costes de implantación y mantenimiento de la oferta de titulaciones correspondientes al catálogo de las enseñanzas universitarias oficiales de primer y segundo ciclo, con independencia de cual sea la demanda que cada una de ellas genere. La financiación vinculada a la oferta universitaria será equivalente al 8,33 por ciento de la financiación básica autorizada para Centros y Departamentos en el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2004. Esta cantidad se distribuye en función del perfil de la oferta que identifica a cada uno de los Centros y Departamentos, teniéndose en cuenta para ello:

a) La duración temporal programada para la obtención del título universitario ofertado: ciclo corto (primer ciclo), ciclo largo (primer y segundo ciclo) y sólo segundo ciclo. Esta asignación se realiza de acuerdo con el Anexo nº 1 ‘Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales clasificados por grado de experimentalidad’ del Modelo para la Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía 2002-2006.

b) El carácter experimental de cada titulación. Para ello se tomará el coeficiente de

experimentalidad asignado a cada titulación en el Anexo nº 1 ‘Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales clasificados por grado de experimentalidad’ del Modelo para la Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía 2002-2006.

c) El coeficiente de la oferta. De acuerdo con su duración y experimentalidad, para cada titulación

se determinará un coeficiente de acuerdo con la Tabla nº 2 ‘Coeficientes de la oferta universitaria según experimentalidad y duración de la titulación’ del Modelo para la Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía 2002-2006.

d) La agregación de estos coeficientes para cada Centro y Departamento determinará el perfil de su

oferta, variable que se utilizará como base de cálculo para la distribución de los recursos vinculados a la oferta universitaria de la financiación básica.

COEFICIENTES DE LA OFERTA UNIVERSITARIA SEGÚN EXPERIMENTALIDAD Y DURACIÓN DE LA TITULACIÓN

EXPERIMENTALIDAD 1 2 3 4 5 6 TITULACIONES COEFICIENTES CICLO CORTO 0,825 0,900 0,975 1,050 1,125 1,200 CICLO LARGO 1,100 1,200 1,300 1,400 1,500 1,600 SÓLO SEGUNDO CICLO 0,550 0,600 0,650 0,700 0,750 0,800

3. Financiación básica vinculada a la demanda de servicios docentes universitarios. Este componente constituye el eje central y toma como base de cálculo el número de alumnos financiables que demandan una determinada docencia.

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN BÁSICA A CENTROS Y DEPARTAMENTOS - 2004

3

El Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el año 2004 destina a este concepto el 87,78 por ciento del total de la financiación básica, distribuida en función del ‘coeficiente del coste medio estándar en bienes y servicios ordinarios por ETC (CMGC)’ establecido en el Modelo para la Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía. La cantidad a asignar a cada Centro y Departamento para el ejercicio 2004 se determinará conforme a los siguientes parámetros:

a) Titulación ofertada de acuerdo con el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales. b) Áreas de conocimiento. c) Coeficiente de experimentalidad de las áreas de conocimiento, según queda establecido en el

Anexo nº 2 ‘Catálogo de Áreas de Conocimiento según coeficientes de experimentalidad’ del Modelo para la Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía 2002-2006.

d) Asignaturas. e) Ciclo docente (Código 1 = Asignatura de 1º ciclo; Código 2 = Asignatura de 2º Ciclo). f) Carga docente total de la asignatura. g) Alumnos financiables matriculados. De acuerdo con el Modelo de Financiación, por cada

asignatura se determinará el número de alumnos financiables como sigue: • Alumnos matriculados por primera vez en la asignatura. • (+) Alumnos matriculados por segunda vez en la asignatura x 0,85 • (+) Alumnos matriculados en la asignatura al menos tres veces x 0,80 • (=) Alumnos financiables de la asignatura.

h) Créditos matriculados (Carga docente de la signatura x alumnos financiables matriculados). i) Estudiantes Equivalentes a Tiempo Completo (ETC). Se obtiene al dividir por 65 el número de

créditos matriculados en cada una de las asignaturas ofertadas en los correspondientes ciclos académicos.

j) Coeficiente del coste medio por ETC normalizado, según modalidad docente, ciclo educativo y nivel de experimentalidad (1º y 2º ciclo) de acuerdo con los parámetros definidos por el Modelo de Financiación para cada área de conocimiento.

k) Coste de la demanda. Se determina mediante el producto del número de Estudiantes Equivalentes a Tiempo Completo (ETC) por el coeficiente del coste medio por ETC normalizado.

l) Coeficiente de participación. Determina el porcentaje que representa la demanda de servicios del Centro y Departamento sobre el total.

m) Participación financiera. Porcentaje de participación del Centro y Departamento respecto al 87,78 % que representa el componente de la demanda en la financiación básica.

n) Importe para cada Centro y Departamento.

COEFICIENTE POR ETC NORMALIZADO, SEGÚN MODALIDAD DOCENTE, CICLO EDUCATIVO Y NIVEL DE EXPERIMENTALIDAD

COEFICIENTES DE EXPERIMENTALIDAD 1 2 3 4 5 6

CMGC 1º CICLO

1,00 1,06 1,12 1,24 1,39 1,62

CMGC 2º CICLO

1,03 1,09 1,15 1,31 1,52 1,92

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN BÁSICA A CENTROS Y DEPARTAMENTOS - 2004

4

RÉGIMEN TRANSITORIO. Para el ejercicio 2004, la cuantía correspondiente a la financiación básica de los Centros y Departamentos se determinará de acuerdo con el procedimiento recogido en el cuadro siguiente. No obstante, se asegura a Centros y Departamentos el 95% de la financiación inicial recibida en el año 2003, a cambio de que, como mínimo, se cumplan las acciones de mejora de obligado cumplimiento. Si este 95% supera la suma de Financiación Básica y Gastos Básicos de Funcionamiento asignada a Centros y Departamentos, la diferencia se entenderá como cantidad asignada automáticamente a Contratos Programa, vinculados a acciones de obligado cumplimiento. Aquellos Centros o Departamento cuya dotación, calculada de acuerdo con el cuadro siguiente, supere el 95% de la financiación inicial recibida en el año 2003, verán reducido su importe hasta dicho límite.

F = 75 % de la financiación básica del año 2003, determinada como sigue:

F = 0,75 x ( 0,75 x (Ppto 2003 – GBF 2003) ) G = 25 % de la financiación básica del año 2004 determinada según los criterios del Modelo de Financiación de las UU.PP. de Andalucía. H = F + G = Financiación Básica 2004 inicial H = Financiación básica 2004 inicial I = GBF 2004 = Gastos básicos de funcionamiento del año 2004. J = H + I D = Financiación básica del año 2003, determinada como sigue:

D = 0,75 x (Ppto 2003 – GBF 2003) B = GBF 2003 = Gastos básicos de funcionamiento del año 2003. K = D + B L = ( J / K ) * 100 Si L < 96,5 % N = 96,5 % * K Si L > 96,5 % N = L % * K Límite máximo de N = 125 % de K (aplicable sólo a Departamentos). N = Presupuesto 2004 ajustado O = GBF 2004 P = N – O = Financiación Básica 2004 ajustada Q = Anticipo a cuenta Presupuesto 2004 R = P – Q = Financiación adicional a dotar

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA FINANCIACIÓN BÁSICA A CENTROS Y DEPARTAMENTOS - 2004

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Los posibles incrementos que pueda suponer la aplicación del Régimen Transitorio sobre el importe total previsto en el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2004 en el concepto de Financiación Básica de Centros y Departamentos, serán atendidos con cargo a las dotaciones autorizadas inicialmente para Financiación Condicionada de estas mismas Unidades. Asimismo, la Financiación Condicionada prevista en el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2004 se incrementará en las siguientes partidas que ascienden a 327.900 €:

Financiación condicionada de Bibliotecas (Libros): 27.900 €. Inversiones en Aulas Informáticas: 75.000 €. Inversiones en Equipos Informáticos: 65.000 €. Inversiones en medios audiovisuales: 50.000 €. Inversiones en software docente: 50.000 €. Inversiones en equipamiento y obras: 60.000 €.

Su distribución se llevara a cabo conforme a los criterios y el procedimiento que se determine en las Normas sobre Contratos Programa de la Universidad de Cádiz. Conforme a lo establecido en el Artículo 12.2 de las Normas de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Cádiz del ejercicio 2004, la anulación parcial o total de las reservas de los créditos correspondientes a gastos básicos de funcionamiento requerirá que por parte de la Gerencia se autorice previamente la petición motivada que formule por escrito el Responsable de la Unidad de Gasto a través de su Administración. La citada autorización se entenderá siempre concedida, si la petición que pueda formular el Centro o Departamento a lo largo del ejercicio económico, incluye el compromiso expreso de atender con carácter prioritario con cargo a otras partidas de su Capítulo 2 la cuantía de las facturas correspondientes a gastos básicos de funcionamiento que superen el crédito disponible en la reserva. No obstante lo anterior, siempre que los recursos contemplados en el Convenio para el saneamiento de la situación financiera de las Universidades Públicas de Andalucía lo permitan, los remanentes de crédito que se generen a 31 de diciembre de 2004 en el concepto de gastos básicos de funcionamiento, con motivo de políticas de ahorro puestas en marcha por los Centros y Departamentos, serán incorporadas al ejercicio siguiente. DISPOSICIÓN FINAL. Se constituirá una Comisión formada por los representantes de los Centros y Departamentos en el Consejo de Gobierno, el Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras y el Gerente, con el objetivo de elaborar una propuesta de adaptación de los criterios del Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía a los Centros y Departamentos de la Universidad de Cádiz para la asignación de la financiación básica a estas Unidades en el Presupuesto del ejercicio 2005.

UNIVERSIDAD DE CADIZPRESUPUESTO 2004. CAPITULO II

DOTACION PARA CENTROS Y DEPARTAMENTOS CENTROS DEPARTAMENTOS

I. DOTACION INICIAL EJERCICIO 2003 1.117.430,78 1.101.022,27

II. INCREMENTO AÑO 2004 (2,5%) 27.935,76 27.525,55

III. DOTACION INICIAL TOTAL EJERCICIO 2004 ( I + II ) 1.145.366,54 1.128.547,82

IV. GASTOS BASICOS FUNCIONAMIENTO 2004 529.105,12 189.248,81

V. DOTACION PARA OTRAS FINALIDADES 2004 ( III - IV ) 616.261,42 939.299,01

VI. FINANCIACION BASICA (75% x V ) 462.196,06 704.474,25

VII. FINANCIACION CONDICIONADA ( 25% x V ) 154.065,36 234.824,76

CENTROS DEPARTAMENTOS

FINANCIACIÓN BÁSICA 462.196,06 704.474,25

1. Estructural ( 3,89% ) 17.979,42 27.404,04

2. Oferta Académica ( 8,33% ) 38.500,93 58.682,70

3. Demanda Docente ( 87,78% ) 405.715,71 618.387,51

REAJUSTE DOTACION 2004 CENTROS DEPARTAMENTOS

FINANCIACIÓN BÁSICA:

Dotación inicial Financiación Básica 462.196,06 704.474,25 Dotación adicional por reajuste 15.955,84 -1.369,60 Dotación final Financiación Básica 478.151,90 703.104,65

FINANCIACIÓN CONDICIONADA:

Dotación inicial Financiación Condicionada 154.065,36 234.824,76 Reajuste para Financiación Básica -15.955,84 1.369,60 Dotación inicial ajustada 138.109,52 236.194,36

Total dotación inicial ajustada (Centros + Dptos) 374.303,88 Financiación Condicionada Bibliotecas (Libros) 27.900,00 Dotación de inversiones para Aulas Informáticas 75.000,00 Dotación de inversiones en Equipos Informáticos 65.000,00 Dotación de inversiones en medios audiovisulaes 50.000,00 Dotación de software docente 50.000,00 Dotación de inversiones en equipamiento y obras 60.000,00 (-) Ajuste Financ. Condicionada Centros -91.891,94 (-) Ajuste Financ. Condicionada Departamentos -153.617,70 Total dotación Financiación Condicionada 2004 456.694,25

UNIVERSIDAD DE CADIZPRESUPUESTO 2004FINANCIACIÓN BÁSICA

CENTRO PRESUPUESTO 2004AJUSTE TOTAL

Ppto 2003 95% Ppto/03 GBF 2004 FB 2004 C/ F.CONDIC PPTO 2004

ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR 92.406,29 87.785,98 39.875,13 36.854,84 11.056,01 87.785,98

E.U. DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA 44.300,98 42.085,93 13.835,10 24.848,26 3.402,57 42.085,93

E.U. DE ENFERMERÍA DE ALGECIRAS 39.568,12 37.589,71 14.581,94 18.516,79 4.490,98 37.589,71

E.U. DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA JEREZ 39.568,12 37.589,71 14.581,94 18.516,79 4.490,98 37.589,71

E.U. ESTUDIOS EMPRESARIALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 60.214,73 57.203,99 16.842,32 31.989,20 8.372,47 57.203,99

E.U. DE INGENIERÍA TÉCNICA NAVAL 17.448,20 16.575,79 721,03 12.172,34 3.682,42 16.575,79

ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA 105.878,93 100.584,98 37.546,84 52.982,19 10.055,95 100.584,98

FACULTAD CC. ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES 147.571,93 140.193,33 95.071,09 39.950,77 5.171,47 140.193,33

FACULTAD DE CIENCIAS 80.539,94 76.512,94 20.560,38 44.156,33 11.796,23 76.512,94

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN 62.181,69 59.072,61 27.561,06 31.469,57 41,98 59.072,61

FACULTAD DE CIENCIAS DEL MAR Y AMBIENTALES 37.593,96 35.714,26 1.787,28 27.086,88 6.840,10 35.714,26

FACULTAD DE CIENCIAS DEL TRABAJO 62.789,32 59.649,85 38.511,65 20.261,55 876,65 59.649,85

FACULTAD DE CIENCIAS NAÚTICAS 26.847,95 25.505,55 1.666,92 18.514,07 5.324,56 25.505,55

FACULTAD DE DERECHO 121.940,52 115.843,49 81.837,47 30.193,51 3.812,51 115.843,49

FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS 103.488,95 98.314,50 76.463,40 21.851,10 0,00 98.314,50

FACULTAD DE MEDICINA 114.659,27 108.926,31 47.661,57 48.787,71 12.477,03 108.926,31

TOTAL CENTRO 1.156.998,90 1.099.148,96 529.105,12 478.151,90 91.891,94 1.099.148,96

UNIVERSIDAD DE CADIZPRESUPUESTO 2004FINANCIACIÓN BÁSICA

DEPARTAMENTO PRESUPUESTO 2004AJUSTE TOTAL

Ppto 2003 95% Ppto/03 GBF 2004 FB 2004 C/ F.CONDIC PPTO 2004

ANATOMÍA PATOLÓGICA, BIOLOGÍA CELULAR… 37.729,55 35.843,07 3.415,37 24.828,10 7.599,60 35.843,07

ANATOMÍA Y EMBRIOLOGÍA HUMANA 21.268,84 20.205,40 2.482,01 13.673,74 4.049,65 20.205,40

BIOLOGÍA 27.020,42 25.669,40 3.571,33 17.022,65 5.075,42 25.669,40

BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR… 44.839,04 42.597,09 5.464,42 28.608,88 8.523,79 42.597,09

C.MATERIALES,ING.METALÚRGICA Y Q.INORGÁNICA 47.638,59 45.256,66 4.844,92 31.129,74 9.282,00 45.256,66

CC.TÉCNICA DE LA NAVEGACION, TEORÍA SEÑAL… 19.666,78 18.683,44 2.810,92 12.296,04 3.576,49 18.683,44

CIRUGÍA 8.197,65 7.787,77 3.112,61 4.675,16 0,00 7.787,77

CONSTRUCCIONES NAVALES 24.123,20 22.917,04 3.135,60 15.271,48 4.509,96 22.917,04

CRISTALOGRAFÍA Y MINERALOGÍA, GEODINÁMICA… 22.205,31 21.095,04 2.949,89 13.960,54 4.184,61 21.095,04

DCHO. DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 9.491,72 9.017,13 2.265,59 5.786,71 964,83 9.017,13

DCHO.INTERNACIONAL PÚBLICO,PENAL Y PROCESAL 12.252,97 11.640,32 2.673,50 6.968,40 1.998,42 11.640,32

DERECHO MERCANTIL 12.034,19 11.432,48 1.862,98 7.404,41 2.165,09 11.432,48

DERECHO PRIVADO 12.918,33 12.272,41 2.888,96 7.662,67 1.720,78 12.272,41

DERECHO PÚBLICO 13.973,95 13.275,25 2.922,08 8.427,70 1.925,47 13.275,25

DIDÁCTICA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA 9.007,84 8.557,45 2.236,81 5.591,97 728,67 8.557,45

DIDÁCTICA DE LA EDUCIÓN FÍSICA.,PLAST.MUSICAL 16.382,97 15.563,82 4.168,81 10.299,29 1.095,72 15.563,82

DIDÁCTICA 14.723,07 13.986,92 4.257,57 9.729,35 0,00 13.986,92

DISCIPLINAS JURÍDICAS BÁSICAS 11.961,69 11.363,61 2.174,42 7.062,11 2.127,08 11.363,61

ECONOMÍA DE LA EMPRESA 39.066,98 37.113,63 7.679,09 27.188,82 2.245,72 37.113,63

ECONOMÍA GENERAL 27.037,66 25.685,78 6.586,39 17.994,73 1.104,66 25.685,78

ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA 27.084,96 25.730,71 5.878,13 19.852,58 0,00 25.730,71

UNIVERSIDAD DE CADIZPRESUPUESTO 2004FINANCIACIÓN BÁSICA

DEPARTAMENTO PRESUPUESTO 2004AJUSTE TOTAL

Ppto 2003 95% Ppto/03 GBF 2004 FB 2004 C/ F.CONDIC PPTO 2004

ESTADÍSTICA E INVESTIGACIÓN OPERATIVA 21.443,50 20.371,33 4.230,72 13.304,96 2.835,65 20.371,33

FILOLOGÍA 21.353,23 20.285,57 6.902,17 12.838,67 544,73 20.285,57

FILOLOGÍA CLÁSICA 22.540,25 21.413,24 3.601,08 13.774,33 4.037,83 21.413,24

FILOLOGÍA FRANCESA E INGLESA 28.465,24 27.041,98 8.272,23 16.934,19 1.835,56 27.041,98

FÍSICA APLICADA 20.018,02 19.017,12 3.911,55 11.797,46 3.308,11 19.017,12

FISICA DE LA MATERIA CONDENSADA 16.539,07 15.712,12 2.450,33 10.241,68 3.020,11 15.712,12

Hª. MODERNA, CONTEMP.,DE AMERICA Y DEL ARTE 19.305,61 18.340,33 3.728,74 11.360,88 3.250,71 18.340,33

HISTORIA, GEOGRAFÍA Y FILOSOFÍA 24.413,11 23.192,45 7.586,00 13.550,66 2.055,79 23.192,45

ING. INDUSTRIAL E ING. CIVIL 21.154,27 20.096,56 4.193,25 15.148,72 754,59 20.096,56

ING. MECANICA Y DISEÑO INDUSTRIAL 34.202,42 32.492,30 4.163,51 21.773,35 6.555,44 32.492,30

ING.SIST.AUTOM.,TEC.ELECTR. Y ELECTRÓNICA. 35.852,72 34.060,08 6.351,67 21.416,41 6.292,00 34.060,08

ING.QUÍMICA, TECNOLOGÍA ALIMENTOS Y T.MED.AMB. 56.883,37 54.039,20 6.432,36 36.319,00 11.287,84 54.039,20

INGENIERÍA ELÉCTRICA 30.938,93 29.391,98 4.068,96 19.449,15 5.873,87 29.391,98

LENGUAJES Y SISTEMAS INFORMÁTICOS 26.636,22 25.304,41 5.475,04 17.493,53 2.335,84 25.304,41

MAQUINAS Y MOTORES TÉRMICOS 19.666,78 18.683,44 2.810,92 12.296,04 3.576,49 18.683,44

MATEMÁTICAS 30.459,26 28.936,30 8.329,79 19.578,62 1.027,89 28.936,30

MATERNO-INFANTIL Y RADIOLOGÍA 10.060,51 9.557,48 3.730,67 5.826,81 0,00 9.557,48

MEDICINA 19.693,59 18.708,91 3.170,17 13.894,23 1.644,51 18.708,91

NEUROCIENCIAS 20.781,26 19.742,20 2.762,74 13.183,49 3.795,97 19.742,20

ORGANIZACION DE EMPRESAS 22.655,97 21.523,17 4.445,69 15.459,23 1.618,25 21.523,17

PSICOLOGÍA 13.932,85 13.236,21 3.358,29 9.723,15 154,77 13.236,21

UNIVERSIDAD DE CADIZPRESUPUESTO 2004FINANCIACIÓN BÁSICA

DEPARTAMENTO PRESUPUESTO 2004AJUSTE TOTAL

Ppto 2003 95% Ppto/03 GBF 2004 FB 2004 C/ F.CONDIC PPTO 2004

QUÍMICA ANALÍTICA 39.429,68 37.458,20 3.694,17 26.093,52 7.670,51 37.458,20

QUÍMICA FÍSICA 37.592,78 35.713,14 4.098,23 24.189,62 7.425,29 35.713,14

QUÍMICA ORGÁNICA 48.377,92 45.959,02 4.099,14 32.021,89 9.837,99 45.959,02

TOTAL DEPARTAMENTO 1.101.022,27 1.045.971,16 189.248,81 703.104,65 153.617,70 1.045.971,16

ANEXO XXVII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

PROPUESTA DE NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA LA DESIGNACIÓN DEL PROFESOR ENCARGADO DE DICTAR LA LECCIÓN INAUGURAL EN EL SOLEMNE ACTO DE APERTURA DEL CURSO ACADÉMICO.

Exposición de motivos

Tradicionalmente el encargo de impartir la Lección inaugural de Apertura del Curso Académico de la Universidad de Cádiz recaía, por riguroso turno rotatorio, en el Catedrático de Universidad de mayor antigüedad en la Facultad que, por igual orden rotatorio, correspondiera de entre ellas.

En fechas recientes se incorporaron a dicho turno, en la Universidad de Cádiz, las Escuelas Universitarias, lo que permitió que los Catedráticos de dichas Escuelas participaran en el mismo.

Con dicha situación se consolida un modelo que origina situaciones de agravio comparativo con el colectivo de Profesores Titulares de Universidad, equiparados en tantos aspectos a los Catedráticos de Escuelas Universitarias, los cuales quedarían excluidos de aquel turno en tanto existieran profesores pertenecientes al grupo de Catedráticos de Universidad. Igual consideración merecerían los Profesores Titulares de Escuelas Universitarias que, aun estando en posesión del Título de Doctor, no podrían ser designados para tal fin en tanto existiesen profesores pertenecientes al cuerpo de Catedráticos de Escuelas Universitarias.

Dicho agravio es más patente dado que, tanto la derogada Ley de Reforma Universitaria, como la vigente Ley Orgánica de Universidades, concede la plena capacidad docente e investigadora a los Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad, así como a los Catedráticos y Profesores Titulares de Escuelas Universitarias, cuando se hallen en posesión del Título de Doctor.

Dicha equiparación académica, reconocida por la Ley, también debiera serlo para cuantas actividades se desarrollen en el ámbito universitario, quedando fuera de toda duda que la Lección inaugural del curso académico es una actividad estrictamente académica, cuyo derecho de impartición no debería quedar vetada a ningún colectivo que reuniese los requisitos necesarios para ello, evitando, en todo caso, las situaciones de agravio entre unos cuerpos docentes y otros.

Por ello, se estima que el criterio de turno rotatorio entre Centros y el orden de cuerpo y antigüedad dentro de cada uno de ellos, no obvia el problema anterior, sino que lo agrava aún más, dado el importante número de Profesores existentes en cada uno de aquellos colectivos.

Entendida la designación para impartir la Lección inaugural en el Acto de Apertura de Curso como una distinción, debería ser regulada tomando como referencia índices de calidad, tanto en la docencia como en la investigación, y no seguir contemplándola como un derecho al que se accede por un mero orden de antigüedad. Tratándose dicho Acto de una de las actividades que afecta a la totalidad de la comunidad universitaria, la responsabilidad de dicha designación debería corresponder al Consejo de Gobierno.

En virtud de todo ello se aprueba la presente Normativa.

Artículo 1. Objeto.

La presente Normativa tiene por objeto regular el procedimiento de designación del Profesor encargado de dictar la Lección Inaugural en el Solemne Acto de Apertura del Curso Académico.

Artículo 2. Naturaleza de la designación.La designación para impartir la Lección Inaugural en el Solemne Acto de Apertura del Curso Académico tiene la consideración de distinción personal de la Universidad de Cádiz hacia su

ANEXO XXVII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Profesorado.

Artículo 3. Competencia y criterios.

Corresponde al Consejo de Gobierno la designación del Profesor encargado de dictar dicha Lección. Como criterios para la adopción del acuerdo se tomarán en consideración los índices de calidad en la docencia y en la investigación.

Artículo 4. Convocatoria pública.

A tal fin, durante el primer trimestre del curso académico se abrirá una convocatoria pública a la que podrá concurrir cualquier Profesor de la Universidad de Cádiz, perteneciente a cualquiera de los cuerpos docentes y con Título de Doctor, para impartir la Lección en el siguiente curso académico. La resolución de dicha convocatoria, cuya competencia corresponderá al Rector, deberá formalizarse antes de finalizar el mes de diciembre.

Artículo 5. Ausencia de candidatos.

En caso de que no hubiese candidatos en la convocatoria o ésta quedase desierta, el Rector propondrá al Consejo de Gobierno el Profesor que habría de encargarse de tal cometido.

Disposición final.La presente normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

Disposición transitoria.

La convocatoria pública para la designación del Profesor encargado de impartir la Lección Inaugural del Acto de Apertura del curso 2004/2005 se realizará tras la entrada en vigor de la presente normativa.

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.

El Defensor Universitario es el órgano comisionado por el Claustro Universitario para la defensa y protección de los derechos y libertades de los miembros de la comunidad universitaria, siendo su finalidad fundamental la contribución a la mejora de la calidad y el buen funcionamiento de la Universidad de Cádiz. A estos efectos podrá supervisar todas las actividades universitarias, siempre con el respeto debido a los derechos y libertades de las personas en el marco del procedimiento que se establece en el presente reglamento y la legislación vigente, dando cuenta al Claustro de sus actuaciones.

Artículo 2.

1. El Defensor Universitario no está sujeto a mandato imperativo ni recibe instrucciones de ninguna instancia universitaria, y cumple sus funciones con independencia, objetividad y según su propio criterio, en el marco que establece los Estatutos de la Universidad.

2. El Defensor Universitario no podrá ser expedientado por razón de las opiniones que formule o por los actos que realice en el ejercicio de las competencias propias de su cargo.

Artículo 3.

El Defensor Universitario dispondrá de una sede propia. El Rectorado proveerá el apoyo administrativo y de infraestructuras y los medios económicos necesarios para su función, para lo que existirá una Oficina del Defensor Universitario.

Artículo 4.

1. La condición de Defensor Universitario es incompatible con la pertenencia a los órganos de gobierno de la Universidad o de cualquier otra clase.

2. El Defensor Universitario o sus Adjuntos por delegación expresa, podrán asistir, con voz pero sin voto, a cualquier reunión de los diferentes órganos de gobierno de la Universidad, cuando así lo requiera para el cumplimiento de sus funciones.

3. Asimismo, el Defensor Universitario podrá recabar informes y documentos y acceder a cualquier dependencia, archivo o documentación interno de la Universidad de Cádiz, con la debida salvaguarda de la intimidad de las personas.

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 5.

Las autoridades académicas, los órganos unipersonales y colegiados, así como los diversos servicios de la Universidad deberán prestar al Defensor Universitario el apoyo necesario para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 6.

1. A efectos de protocolo y complemento retributivo, el Defensor Universitario se equipara al cargo de Vicerrector.

2. El Defensor Universitario tendrá derecho a estar dispensado de sus obligaciones docentes e investigadoras o, en caso de ser miembro del personal de administración y servicios, de los cometidos propios de su puesto de destino.

CAPÍTULO II. ELECCIÓN, NOMBRAMIENTO Y CESE

Artículo 7.

El Defensor Universitario será elegido por el Claustro a propuesta del Rector, oídos los representantes del personal docente e investigador, personal de administración y servicios y estudiantes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento Electoral General de la Universidad.

Artículo 8.

Su cese se producirá por petición propia, acuerdo adoptado por mayoría absoluta del Claustro como consecuencia de una moción de censura presentada por, al menos, el 20 % de sus miembros, o por ausencia o baja por enfermedad superior a los cuatro meses.

Artículo 9.

En el caso de cese por terminación del mandato o por decisión propia el Defensor Universitario quedará en funciones hasta la toma de posesión de su sucesor. Cuando el cese se produzca por otra causa, desempeñará sus funciones el adjunto más antiguo en el cargo.

Artículo 10.

La duración del mandato del Defensor Universitario será de cuatro años con posibilidad de reelección por una sola vez consecutiva, no computándose a estos efectos los mandatos inferiores a dos años.

CAPÍTULO III. DEFENSORES UNIVERSITARIOS ADJUNTOS Y CONSEJO ASESOR.

Artículo 11.

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

1. El Defensor Universitario podrá proponer el nombramiento de defensores adjuntos miembros de la comunidad universitaria, uno de los cuales será un alumno.

2. La condición de Defensores Universitarios Adjuntos es incompatible con la pertenencia a los órganos de gobierno de la Universidad o de cualquier otra clase.

3. Los Defensores Universitarios Adjuntos compatibilizarán sus funciones con sus demás obligaciones y cometidos, si bien tendrán derecho a una reducción del cincuenta por ciento.

4. A efectos de protocolo y complemento retributivo, los Defensores Universitarios Adjuntos se equiparan al cargo de Director de Departamento.

Artículo 12.

Los adjuntos cesarán en el cargo a petición propia, por decisión del Defensor Universitario, cuando concluya el mandato del Defensor que los propuso o por ausencia o incapacidad superior a los cuatro meses consecutivos.

Artículo 13.

1. Para el desarrollo de sus actuaciones, el Defensor Universitario podrá oír, según el asunto del que se trate, a los representantes del sector de la comunidad universitaria.

2. A este efecto a propuesta del Defensor Universitario y por acuerdo del Consejo de Gobierno, se podrá crear un órgano de participación y asesoramiento, denominado Consejo Asesor del Defensor Universitario.

3. El acuerdo establecerá su composición y la periodicidad de sus reuniones.

CAPITULO IV. ACTIVIDADES Y PROCEDIMIENTO

Sección primera: Tramitación de reclamaciones

Artículo 14.

Las reclamaciones ante el Defensor Universitario podrán ser presentadas por cualquier miembro de la Comunidad Universitaria, a título individual o colectivo, sea persona natural o jurídica, sin ninguna restricción, siempre que justifique un interés legítimo.

Artículo 15.

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

1. Las reclamaciones se formularán por el interesado mediante la presentación de un escrito que contenga sus datos personales, el sector al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concreten con suficiente claridad los hechos que originan la queja, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea y la petición que se dirija al Defensor, aclarando, especialmente, si se persigue modificar decisiones ya adoptadas por los servicios universitarios en relación con un problema concreto, o simplemente alertar de un supuesto mal funcionamiento con objeto de solventar el problema en el futuro.

2. Salvando lo dispuesto en el apartado anterior, el escrito se presentará con libertad de forma, si bien en la Oficina del Defensor existirán impresos que faciliten la presentación de la reclamación, pudiendo recabar asesoramiento los interesados a fin de cumplimentar dichos impresos o de presentar sus propios escritos de reclamaciones.

Artículo 16.

1. El Defensor Universitario registrará y acusará recibo de todas las reclamaciones que se presenten, que admitirá o no a trámite de forma motivada en el plazo máximo de quince días hábiles. A estos efectos, la Oficina del Defensor Universitario dispondrá de un registro propio no integrado en el sistema general de registros de la Universidad de Cádiz, pero coordinado con éste. Dicho registro tendrá carácter reservado al objeto de garantizar la confidencialidad de los asuntos tramitados por la Oficina, y en particular, la identidad de quienes insten la intervención del Defensor.

2. No entrará en el examen de aquellas reclamaciones pendientes de resolución en un proceso jurisdiccional o un expediente disciplinario administrativo, y los suspenderá si iniciada su actuación, se interpusiese por persona interesada, demanda o recurso ante los Tribunales.

3. El Defensor rechazará las quejas y observaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamentación o inexistencia de pretensión y todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de una tercera persona. En todo caso, comunicará por escrito a la persona interesada los motivos del rechazo.

Artículo 17.

1. Una vez admitida la reclamación adoptará las medidas de investigación que considere necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

2. En estos casos dará cuenta a la persona u órgano afectado para que en un plazo de quince días, que podrá prorrogar por otros siete, haga alegaciones, aporte la documentación que estime oportuna o comparezca para informar.

3. Si las alegaciones o el informe no fueran presentados en el plazo fijado, el Defensor informará de tal extremo a la autoridad universitaria que corresponda, para que ésta proceda.

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

4. Para el desarrollo de su investigación, el Defensor Universitario podrá recabar la información complementaria que estime necesaria de cualquier miembro de la comunidad universitaria, que estará obligado a prestar su colaboración y auxilio, debiendo contestar por escrito si así se lo pide.

5. No podrá negársele el acceso a ninguna documentación que se encuentre relacionada con su objeto de investigación, sin perjuicio de lo que disponga la legislación vigente respecto de los documentos secretos o reservados.

6. El Defensor Universitario podrá recabar del Gabinete Jurídico la asistencia técnica que precise para el desempeño de sus funciones.

7. La información recabada en el curso de la investigación tendrá carácter estrictamente confidencial.

Artículo 18.

1. Una vez concluidas sus actuaciones notificará su resolución a los interesados con los requisitos legalmente exigidos y la comunicará al órgano universitario afectado, con las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.

2. En todo caso resolverá dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida la reclamación.

Artículo 19.

Las decisiones y resoluciones del Defensor Universitario no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno. Tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por si mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad de Cádiz

Artículo 20.

1. Con objeto de avanzar en la mejora de la calidad en la prestación de los servicios universitarios, cuando un miembro de la misma presente una hoja de reclamación, queja o sugerencia en los términos establecidos en la Ley 13/2003 de 17 de diciembre de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, se dará traslado de la misma a la Oficina del Defensor Universitario, que velará por el cumplimiento de responder de la Universidad.

2. El Defensor Universitario dictará las oportunas instrucciones para el cumplimiento de la obligación contenida en el apartado primero del presente artículo.

Sección segunda: Actuación de oficio

Artículo 21.

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

El Defensor Universitario podrá actuar también por iniciativa propia; si se trata de un conflicto y una vez iniciado el expediente se ajustará a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del presente Reglamento.

Artículo 22.

1. En cualquier caso velará para que la Administración Universitaria, resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados.

2. Siempre que lo considere oportuno podrá dirigir a los órganos y miembros de la Comunidad Universitaria recomendaciones y sugerencias para corregir las deficiencias que hubiera observado.

Sección tercera: Acción mediadora

Artículo 23.

1. Con aceptación expresa de las partes implicadas puede realizar actos de conciliación conducentes a la solución pactada de conflictos, Las conclusiones que resulten se recogerán en un acta firmada tanto por el Defensor Universitario como por las partes implicadas y tendrá carácter vinculante.

Artículo 24. 1. Los miembros de la comunidad universitaria involucrados en un conflicto podrán acudir al Defensor Universitario, de mutuo acuerdo, instando su mediación a efectos de solucionar el problema.

2. Las partes podrán acordar que el resultado de la mediación sea vinculante.

3. En estos casos, los afectados dirigirán al Defensor un escrito firmado por todos ellos en el que se identifiquen e indiquen el sector al que pertenecen, expongan los hechos, se inste la intervención del Defensor y se aclare si la misma tendrá carácter vinculante o no. Artículo 25.

1. En el procedimiento de mediación el Defensor se servirá de los medios de acción que contempla el Capítulo Cuarto Sección Primera y dictará la sugerencia, propuesta o resolución que, dentro del respeto de la legalidad, estime más ajustada al principio de justicia material.

Sección cuarta: Informes

Artículo 26.

1. Al principio de cada curso académico, el Defensor Universitario presentará al Claustro una Memoria de las actividades desarrolladas durante el curso

ANEXO XXVIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

anterior, con un apartado específico acerca de los temas o asuntos no resueltos pese a su informe o dictamen.

2. La memoria contendrá información acerca del número y tipo de las solicitudes y quejas presentadas, de las rechazadas y sus causas, de las que fueron objeto de tramitación y su resultado, sin que se haga constar datos personales que permitan la identificación de los interesados.

3. También informará al Claustro o al Consejo de Gobierno de aquellos asuntos que estime conveniente por iniciativa propia o cuando le sea requerido por una quinta parte del órgano colegiado.

Artículo 27.

1. La Memoria se publicará para conocimiento de la comunidad universitaria y una copia de la misma será enviada a todos los órganos colegiados de la Universidad. En la siguiente sesión de dichos órganos se leerá un extracto de la memoria y, en todo caso, de los aspectos de la misma que le afecten particularmente.

2. Con independencia de lo anterior, el Defensor Universitario podrá publicar en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz, las resoluciones que estime convenientes, para su general conocimiento.

Disposición adicional

La iniciativa para la reforma parcial o total del presente reglamento corresponde al Consejo de Gobierno o al Defensor Universitario.

Disposición final

Este reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz (BOUCA)

ANEXO XXIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA

UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

(CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004)

1. Modificaciones de oficio.

Inicialmente, ninguna.

2. Alegaciones presentadas que se incorporan a la propuesta.

ENMIENDAS PRESENTADAS POR EL PROF. DR. D. FRANCISCO GALA LEÓN

Como correcciones de estilo:

- Articulo 2.1. Sustituir la redacción original “y cumple” por “cumpliendo sus funciones”. - Articulo 2.1. Sustituir la redacción original “que establece” por “que establecen”.- Artículo 3. Sustituir la redacción original “el apoyo administrativo y de infraestructuras y los medios…”, por “el apoyo administrativo y de infraestructuras, así como los medios”.- Artículo 4.2. Sustituir la redacción original “cuando así lo requiera”, por “cuando así lo requieran”.- Artículo 4.3. Sustituir la redacción original “o documentación interno”, por “o cuando documentación interna”.- Artículo 5. Suprimir “Las autoridades académicas”, por ser redundante.- Artículo 13. Sustituir la redacción original “el asunto del que se trate”, por “el asunto de que se trate”.- Artículo 15.1 (por error, referido en las alegaciones como artículo 14). Sustituir “el sector”, por “el Estamento”.- Artículo 15.1 (por error, referido en las alegaciones como artículo 14). Sustituir “se concreten”, por “se concretarán”.- Artículo 17.4. Sustituir “si así se lo pide”, por “si así se le pide”.- Artículo 22.1. Eliminar la coma tras “Administración Universitaria”.- Artículo 23.1. Sustituir “y tendrá carácter vinculante.”, por “y tendrán carácter vinculante”.- Artículo 24.3. Sustituir “sector” por “Estamento”.- Artículo 25. Eliminar el número 1 del único apartado existente en el artículo.- Artículo 25. Tras “Sección Primera…”, debe añadirse “Sección Primera del presente reglamento”.

Enmiendas de fondo:

- Artículo 1. Incluir tras “El Defensor Universitario es el órgano…”, la palabra “definido por la LOU”, quedando su redacción: “El Defensor Universitario es el órgano definido por la LOU, comisionado por el Claustro Universitario…”.

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ANEXO XXIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ENMIENDAS PRESENTADAS POR D. CARLOS MARTÍN ACEITUNO, EN NOMBRE DE LA JUNTA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

- Artículo 11.1. Se elimina “uno de los cuales será un alumno”, y se incluye un segundo párrafo, del siguiente tenor literal: “Los adjuntos universitarios deberán pertenecer a sectores de la comunidad universitaria distinto al del Defensor; garantizando que los tres sectores estén representados”.

3. Alegaciones cuya incorporación requiere una modificación adicional.

ENMIENDAS PRESENTADAS POR EL PROF. DR. D. FRANCISCO GALA LEÓN

Como correcciones de estilo:

-Artículo 15.1 (por error, referido en las alegaciones como artículo 14). Se propone la sustitución de “servicios universitarios” por “órganos unipersonales o colegiados de la UCA”. La propuesta es que se añada esta expresión sin suprimir la anterior, quedando de la siguiente forma “servicios universitarios, órganos unipersonales y colegiados de la Universidad”.

- Artículo 9. Se propone el añadido siguiente “el adjunto más antiguo en el cargo, salvo el alumno”. Se propone la siguiente redacción, habida cuenta de la imposibilidad de ser Defensor Universitario por parte del Estamento de Alumnos “Cuando el cese se produzca por otra causa, desempeñará sus funciones el adjunto perteneciente al Estamento del Personal Docente e Investigador o Personal de Administración y Servicios”.

- Se plantea la posibilidad de inclusión de un artículo referente a los Defensores Adjuntos con el siguiente literal: “Los Defensores Adjuntos tendrán la mismas atribuciones, derechos y deberes, por delegación, que el Defensor Universitario, salvo los de dispensa de obligaciones, protocolo y remuneración”. Se propone que esta o una redacción similar se incluya como apartado en el artículo 11 (apartado 2), siendo numerados de forma correlativa los actuales apartados 2, 3 y 4.

ENMIENDAS PRESENTADAS POR D. CARLOS MARTÍN ACEITUNO, EN NOMBRE DE LA JUNTA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

- Se plantea añadir un apartado completo al artículo 11 (5), con las competencias que les correspondería a los Defensores Adjuntos. Puesta esta alegación en relación con la última expuesta en este apartado por el Prof. Dr. D. Francisco Gala León, creemos recomendable un literal en los términos expresados anteriormente. Con el articulado que se propone se limita demasiado el ámbito organizativo y de actuación del Defensor Universitario, quien como responsable ante el Claustro, debe delimitar el reparto de funciones entre los Defensores Adjuntos. A este respecto, el propio Defensor Universitario hace las siguientes alegaciones “Entiendo que puede ser necesario un apartado de este artículo que establezca las competencias de los defensores adjuntos,

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ANEXO XXIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

pero entiendo también que con el articulado que se propone parece que existan varios defensores universitarios coordinados entre sí, o como indica en el apartado b, actuando de defensor , ya que es el adjunto el que dirige y propone y lleva a cabo las actuaciones, comunicaciones y notificaciones.

Se obliga al Defensor Universitario a poner en conocimiento del Claustro Universitario, la delimitación de los ámbitos de funciones de los adjuntos(apartado e), cuando en mi opinión estos no debían de existir y se establece la existencia trámites que corresponden a los adjuntos de los que el Defensor Universitario podrá recabar el conocimiento, dirección o tratamiento (apartado g).

La enmienda que se presenta no debe ser admitida, pues creo que va contra la misma esencia de la figura del Defensor Universitario, este que es la persona elegida por el Claustro para dirigir la oficina del Defensor que a tal efecto se habilite, debe tener absoluta libertad para dirigirla en el sentido que estime oportuno, dentro de la legalidad vigente y con total responsabilidad sobre la misma. Los asuntos deben ser conocidos por la Oficina del Defensor Universitario y no es posible un reparto de asuntos entre el Defensor y sus adjuntos, de manera que estos sean los encargados de parcelas concretas o con un ámbito de funciones delimitado”.

4. Alegaciones presentadas que no se incorporan al texto.

ENMIENDAS PRESENTADAS POR EL PROF. DR. D. FRANCISCO GALA LEÓN

Como correcciones de estilo:

- Artículo 4.1. Se propone la siguiente redacción “…es incompatible con la pertenencia a cualquier Órgano Unipersonal de la Universidad”. No parece necesario incluir esta redacción, ya que así queda establecido en el artículo 41.5 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

Enmiendas de fondo:

- Artículo 1. Se propone la eliminación del texto siguiente “a la mejora de la calidad”. La redacción original es una previsión de la LOU. La disposición adicional decimocuarta de la LOU indica que “sus actuaciones, siempre dirigidas hacia la mejora de la calidad universitaria”.

- Artículo 7. Se propone la sustitución del término “oídos” por “consultados”, por ser esta expresión la utilizada en el Reglamento Electoral General. En este sentido, parece mas apropiada la expresión “oídos”, por ser el término utilizado en el artículo 198 del Estatuto de la Universidad de Cádiz.

- Artículo 23. Se propone la eliminación del siguiente texto: “y tendrá carácter vinculante”. Se entiende a este respecto que al ser un acto de conciliación aceptado expresamente por las partes en conflicto, sin dicho carácter difícilmente podría llegarse a un acuerdo que conduzca a una solución convencional del mismo. Y ello sin merma de los derechos que a los interesados le asistan en vía administrativa o jurisdiccional.

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ANEXO XXIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

ENMIENDAS PRESENTADAS POR D. CARLOS MARTÍN ACEITUNO, EN NOMBRE DE LA JUNTA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

- Artículo 9. Se propone la inclusión de un segundo párrafo con el siguiente literal “Una vez declarado vacante el cargo, se iniciará el procedimiento para nombrar a un nuevo Defensor Universitario, en plazo no superior a un mes”. La presente propuesta se entiende innecesaria por que, el artículo 55.6 del Reglamento Electoral General establece los plazos para las propuestas al Claustro de reelección o nueva elección, dependiendo de la causa de terminación del mandato.

- Artículo 11.1. Se propone la sustitución de la expresión “podrá proponer”, por la palabra “propondrá”. La expresión contenida en el texto del Reglamento, es idéntica a la establecida en el artículo 200.1 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz. La aceptación de la propuesta conllevaría la modificación de una posibilidad prevista en los Estatutos por la obligación del nombramiento.

- Artículo 16.3. Se propone la inclusión del siguiente texto, a partir del punto y seguido: “Sus decisiones no serán susceptibles de recurso. En todo caso el nombre de la persona que ejercite la queja se mantendrá en secreto, y se le En todo caso comunicará por escrito a la persona interesada los motivos del rechazo”. La presente propuesta se entiende innecesaria por estar ya contemplada en otros artículos. El artículo 19 establece que las decisiones del defensor no son susceptibles de recurso. La confidencialidad se establece con carácter general para todas las actuaciones en el artículo 16.1.

- Artículo 17.4. Se propone la inclusión del siguiente texto, a continuación del Defensor Universitario “o, en su caso, los Adjuntos al Defensor”. Entendemos que no sería necesaria esta modificación con la asunción de la modificación propuesta con la inclusión de un nuevo apartado 11.2 (sobre competencias de defensores adjuntos cuando actúan por delegación).

- Artículo 17.5. Se propone la sustitución del literal del apartado, por el siguiente: “Todos los Centros y/o dependencias de la Universidad están obligados, con carácter preferente y urgente, a facilitar el acceso a la documentación relacionada con su objeto de investigación, tanto al Defensor Universitario como a sus Adjuntos, sin perjuicio de lo que disponga la legislación vigente respecto a los documentos secretos y reservados”.No parece necesario establecer el carácter preferente y urgente, depende del tiempo y forma establecido en la investigación por el Defensor Universitario, dentro del ámbito propio de sus funciones. En cuanto a los Adjuntos, nos remitimos nuevamente a la inclusión propuesta en el nuevo apartado 11.2.

- Artículo 26.4 (propuesta). Se propone la inclusión de un nuevo apartado (4), con el siguiente literal: “En el caso de haber una actitud hostil ó entorpecedora de la labor investigadora del Defensor Universitario por parte de cualquier Centro, Dependencia o personas al servicio de la Universidad de Cádiz, este hecho podrá ser objeto de un informe especial, además de destacarlo en la sección correspondiente de su Informe anual”. Esta inclusión no parece necesaria. Si en algún caso el Defensor encontrara una actitud de este estilo, lo normal es que lo ponga en conocimiento de la autoridad académica correspondiente y de considerarlo necesario, lo incluiría en el informe anual

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ANEXO XXIX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

o haría una comunicación especial al Claustro, posibilidad que se establece en el apartado 26.3 del Reglamento. A mayor abundamiento, el apartado 17.3 del Reglamento ya contempla que si las alegaciones o el informe no fueran presentados en el plazo fijado, el Defensor informará de tal extremo a la autoridad universitaria que corresponda, para que ésta proceda.

- Artículo 26.5 (propuesta). Se propone la inclusión de un nuevo apartado (5), con el siguiente literal: “El Defensor Universitario, con ocasión de sus investigaciones, podrá formular a las autoridades y responsables de la Universidad, recomendaciones, recordatorios de sus deberes legales y sugerencias para la adopción de nuevas medidas. En todos los casos, las autoridades y los funcionarios vendrán obligados a responder por escrito en término no superior a un mes”. Esta inclusión no parece necesaria. La formulación de recomendaciones y sugerencia a los órganos y miembros de la comunidad universitaria viene explicitada de modo genérico en el apartado 22.2 del Reglamento.

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ANEXO XXX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

/A Ilma. Sra. Secretaria General de la Universidad de Cádiz.

Ilma. Sr.:

Al recibir la documentación adjunta a la convocatoria del próximo Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, y al leer la Propuesta de REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ, le hago las siguientes alegaciones para su debate en la mencionada sesión:

1º.- En el articulo 7: El articulo en cuestión dice:” El Defensor Universitario será elegido por el Claustro a propuesta del Rector, oídos los representantes del personal docente e investigador, personal de administración y servicios y estudiantes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento Electoral General de la Universidad.” Entiendo que la palabra “estudiantes” debe de ser modificada por “alumnos” ya que tanto el vicerrectorado encargado de mi estamento como nuestros órganos de representación usa alumnos en lugar de estudiantes.

2º.- En el articulo 11 punto segundo:

El articulo en cuestión dice:” La condición de Defensores Universitarios Adjuntos es incompatible con la pertenencia a los órganos de gobierno de la Universidad o de cualquier otra clase.” Entiendo que este punto debe de ser eliminado, ya que si bien es cierto que garantiza la independencia de la Oficina del Defensor Universitario ocasionaría ciertos problemas en el caso de los alumnos. De todos es conocido la poca participación de mi estamento en los órganos de gobierno y gestión de esta Universidad por lo que al sacar de estos órganos a una persona nos veríamos en seria dificultades para cubrir su vacante, entendiendo que además esta persona debe de ser propuesta entre las mas activas de nuestro colectivo, así como de las de más valía. Igualmente entendemos que si bien es cierto que podría dar lugar a que estas actuaciones gozaran de una discutible independencia, esta se salvaguarda por la independencia propia del Defensor, superior directo y supervisor del trabajo del adj unto por lo que, a nuestro entender, se debería de eliminar el mencionado punto.

3º.- Disposición Adicional Segunda( o donde se considere oportuno ubicarla):

Comentando al figura del Defensor Universitario en la Comisión Redactora de los estatutos se nos informo que en ciertas universidades existía una cláusula por la que el Defensor Universitario no podía ser trasladado de la plaza docente ni del centro en un periodo inferior a cuatro u ocho años, según el caso, desde su cese. Entiendo que esta medida garantiza la independencia del Defensor Universitario ya que evita posibles, aunque improbables, revanchas del centro o del departamento del que dependiera el Defensor Universitario si alguna de sus actuaciones perjudicaran a este, por lo que propongo el siguiente texto, abierto a cualquier modificación pertinente, para su debate en la sesión del Consejo de Gobierno:

“Disposición Adicional Segunda: El defensor Universitario o sus Adjuntos no podrán ser trasladado de centro, modificada su carga lectiva, obligado a impartir docencia en un centro en el que no la diera o en general cualquier

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ANEXO XXX AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

cambio que modifique su situación previa a la de ostentación del cargo para el que fue elegido en un periodo de ocho años contado desde el día en el que se produce su cese, excepto en los casos de mutuo acuerdo del interesado con el órgano de gobierno pertinente.”

Sin otro particular, reciba un cordial saludo,

Atentamente

Manuel Roa Herrera Miembro del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz

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ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.

El Defensor Universitario es el órgano definido por la LOU, comisionado por el Claustro Universitario para la defensa y protección de los derechos y libertades de los miembros de la comunidad universitaria, siendo su finalidad fundamental la contribución a la mejora de la calidad y el buen funcionamiento de la Universidad de Cádiz. A estos efectos podrá supervisar todas las actividades universitarias, siempre con el respeto debido a los derechos y libertades de las personas en el marco del procedimiento que se establece en el presente reglamento y la legislación vigente, dando cuenta al Claustro de sus actuaciones.

Artículo 2.

1. El Defensor Universitario no está sujeto a mandato imperativo ni recibe instrucciones de ninguna instancia universitaria, cumpliendo sus funciones con independencia, objetividad y según su propio criterio, en el marco que establecen los Estatutos de la Universidad.

2. El Defensor Universitario no podrá ser expedientado por razón de las opiniones que formule o por los actos que realice en el ejercicio de las competencias propias de su cargo.

Artículo 3.

El Defensor Universitario dispondrá de una sede propia. El Rectorado proveerá el apoyo administrativo y de infraestructuras, así como los medios económicos necesarios para su función, para lo que existirá una Oficina del Defensor Universitario.

Artículo 4.

1. La condición de Defensor Universitario es incompatible con la pertenencia a los órganos de gobierno de la Universidad o de cualquier otra clase.

2. El Defensor Universitario o sus Adjuntos por delegación expresa, podrán asistir, con voz pero sin voto, a cualquier reunión de los diferentes órganos de gobierno de la Universidad, cuando así lo requieran para el cumplimiento de sus funciones.

3. Asimismo, el Defensor Universitario podrá recabar informes y documentos y acceder a cualquier dependencia, archivo o documentación interna de la Universidad de Cádiz, con la debida salvaguarda de la intimidad de las personas.

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 5.

Los órganos unipersonales y colegiados, así como los diversos servicios de la Universidad deberán prestar al Defensor Universitario el apoyo necesario para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 6.

1. A efectos de protocolo y complemento retributivo, el Defensor Universitario se equipara al cargo de Vicerrector.

2. El Defensor Universitario tendrá derecho a estar dispensado de sus obligaciones docentes e investigadoras o, en caso de ser miembro del personal de administración y servicios, de los cometidos propios de su puesto de destino.

CAPÍTULO II. ELECCIÓN, NOMBRAMIENTO Y CESE

Artículo 7.

El Defensor Universitario será elegido por el Claustro a propuesta del Rector, consultados los representantes del personal docente e investigador, personal de administración y servicios y alumnos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento Electoral General de la Universidad.

Artículo 8.

Su cese se producirá por petición propia, acuerdo adoptado por mayoría absoluta del Claustro como consecuencia de una moción de censura presentada por, al menos, el 20 % de sus miembros, o por ausencia o baja por enfermedad superior a los cuatro meses.

Artículo 9.

En el caso de cese por terminación del mandato o por decisión propia el Defensor Universitario quedará en funciones hasta la toma de posesión de su sucesor. Cuando el cese se produzca por otra causa, desempeñará sus funciones el adjunto perteneciente al estamento del Personal Docente e Investigador o Personal de Administración y Servicios.

Artículo 10.

La duración del mandato del Defensor Universitario será de cuatro años con posibilidad de reelección por una sola vez consecutiva, no computándose a estos efectos los mandatos inferiores a dos años.

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Artículo 11.

El Defensor Universitario o sus Adjuntos no podrán ser afectados en su promoción económica o profesional, en razón del desempeño de su condición.

CAPÍTULO III. DEFENSORES UNIVERSITARIOS ADJUNTOS Y CONSEJO ASESOR.

Artículo 12. 1. El Defensor Universitario podrá proponer el nombramiento de defensores adjuntos miembros de la comunidad universitaria.

Los adjuntos universitarios deberán pertenecer a sectores de la comunidad universitaria distinto al del Defensor; garantizando que los tres sectores estén representados.

2. Los Defensores Adjuntos tendrán la mismas atribuciones, derechos y deberes, por delegación, que el Defensor Universitario, salvo los de dispensa de obligaciones, protocolo y remuneración.

3. La condición de Defensores Universitarios Adjuntos es incompatible con la pertenencia a los órganos de gobierno de la Universidad o de cualquier otra clase.

4. Los Defensores Universitarios Adjuntos compatibilizarán sus funciones con sus demás obligaciones y cometidos, si bien tendrán derecho a una reducción del cincuenta por ciento.

5. A efectos de protocolo y complemento retributivo, los Defensores Universitarios Adjuntos se equiparan al cargo de Director de Departamento.

Artículo 13.

Los adjuntos cesarán en el cargo a petición propia, por decisión del Defensor Universitario, cuando concluya el mandato del Defensor que los propuso o por ausencia o incapacidad superior a los cuatro meses consecutivos.

Artículo 14.

1. Para el desarrollo de sus actuaciones, el Defensor Universitario podrá oír, según el asunto de que se trate, a los representantes del sector de la comunidad universitaria.

2. A este efecto a propuesta del Defensor Universitario y por acuerdo del Consejo de Gobierno, se podrá crear un órgano de participación y asesoramiento, denominado Consejo Asesor del Defensor Universitario.

3. El acuerdo establecerá su composición y la periodicidad de sus reuniones.

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

CAPITULO IV. ACTIVIDADES Y PROCEDIMIENTO

Sección primera: Tramitación de reclamaciones

Artículo 15.

Las reclamaciones ante el Defensor Universitario podrán ser presentadas por cualquier miembro de la Comunidad Universitaria, a título individual o colectivo, sea persona natural o jurídica, sin ninguna restricción, siempre que justifique un interés legítimo.

Artículo 16.

1. Las reclamaciones se formularán por el interesado mediante la presentación de un escrito que contenga sus datos personales, el estamento al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concretarán con suficiente claridad los hechos que originan la queja, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea y la petición que se dirija al Defensor, aclarando, especialmente, si se persigue modificar decisiones ya adoptadas por los servicios universitarios, órganos unipersonales y colegiados de la Universidad en relación con un problema concreto, o simplemente alertar de un supuesto mal funcionamiento con objeto de solventar el problema en el futuro.

2. Salvando lo dispuesto en el apartado anterior, el escrito se presentará con libertad de forma, si bien en la Oficina del Defensor existirán impresos que faciliten la presentación de la reclamación, pudiendo recabar asesoramiento los interesados a fin de cumplimentar dichos impresos o de presentar sus propios escritos de reclamaciones.

Artículo 17.

1. El Defensor Universitario registrará y acusará recibo de todas las reclamaciones que se presenten, que admitirá o no a trámite de forma motivada en el plazo máximo de quince días hábiles. A estos efectos, la Oficina del Defensor Universitario dispondrá de un registro propio no integrado en el sistema general de registros de la Universidad de Cádiz, pero coordinado con éste. Dicho registro tendrá carácter reservado al objeto de garantizar la confidencialidad de los asuntos tramitados por la Oficina, y en particular, la identidad de quienes insten la intervención del Defensor.

2. No entrará en el examen de aquellas reclamaciones pendientes de resolución en un proceso jurisdiccional o un expediente disciplinario administrativo, y los suspenderá si iniciada su actuación, se interpusiese por persona interesada, demanda o recurso ante los Tribunales.

3. El Defensor rechazará las quejas y observaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamentación o inexistencia de pretensión y todas aquellas

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de una tercera persona. En todo caso, comunicará por escrito a la persona interesada los motivos del rechazo.

Artículo 18.

1. Una vez admitida la reclamación adoptará las medidas de investigación que considere necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

2. En estos casos dará cuenta a la persona u órgano afectado para que en un plazo de quince días, que podrá prorrogar por otros siete, haga alegaciones, aporte la documentación que estime oportuna o comparezca para informar.

3. Si las alegaciones o el informe no fueran presentados en el plazo fijado, el Defensor informará de tal extremo a la autoridad universitaria que corresponda, para que ésta proceda.

4. Para el desarrollo de su investigación, el Defensor Universitario podrá recabar la información complementaria que estime necesaria de cualquier miembro de la comunidad universitaria, que estará obligado a prestar su colaboración y auxilio, debiendo contestar por escrito si así se le pide.

5. No podrá negársele el acceso a ninguna documentación que se encuentre relacionada con su objeto de investigación, sin perjuicio de lo que disponga la legislación vigente respecto de los documentos secretos o reservados.

6. El Defensor Universitario podrá recabar del Gabinete Jurídico la asistencia técnica que precise para el desempeño de sus funciones.

7. La información recabada en el curso de la investigación tendrá carácter estrictamente confidencial.

Artículo 19.

1. Una vez concluidas sus actuaciones notificará su resolución a los interesados con los requisitos legalmente exigidos y la comunicará al órgano universitario afectado, con las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.

2. En todo caso resolverá dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida la reclamación.

Artículo 20.

Las decisiones y resoluciones del Defensor Universitario no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno. Tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por si mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad de Cádiz

Artículo 21.

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

1. Con objeto de avanzar en la mejora de la calidad en la prestación de los servicios universitarios, cuando un miembro de la misma presente una hoja de reclamación, queja o sugerencia en los términos establecidos en la Ley 13/2003 de 17 de diciembre de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, se dará traslado de la misma a la Oficina del Defensor Universitario, que velará por el cumplimiento de responder de la Universidad.

2. El Defensor Universitario dictará las oportunas instrucciones para el cumplimiento de la obligación contenida en el apartado primero del presente artículo.

Sección segunda: Actuación de oficio

Artículo 22.

El Defensor Universitario podrá actuar también por iniciativa propia; si se trata de un conflicto y una vez iniciado el expediente se ajustará a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 del presente Reglamento.

Artículo 23.

1. En cualquier caso velará para que la Administración Universitaria resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados.

2. Siempre que lo considere oportuno podrá dirigir a los órganos y miembros de la Comunidad Universitaria recomendaciones y sugerencias para corregir las deficiencias que hubiera observado.

Sección tercera: Acción mediadora

Artículo 24.

1. Con aceptación expresa de las partes implicadas puede realizar actos de conciliación conducentes a la solución pactada de conflictos, Las conclusiones que resulten se recogerán en un acta firmada tanto por el Defensor Universitario como por las partes implicadas y tendrán carácter vinculante.

Artículo 25. 1. Los miembros de la comunidad universitaria involucrados en un conflicto podrán acudir al Defensor Universitario, de mutuo acuerdo, instando su mediación a efectos de solucionar el problema.

2. Las partes podrán acordar que el resultado de la mediación sea vinculante.

3. En estos casos, los afectados dirigirán al Defensor un escrito firmado por todos ellos en el que se identifiquen e indiquen el estamento al que pertenecen,

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

expongan los hechos, se inste la intervención del Defensor y se aclare si la misma tendrá carácter vinculante o no. Artículo 26.

En el procedimiento de mediación el Defensor se servirá de los medios de acción que contempla el Capítulo Cuarto Sección Primera del presente reglamento y dictará la sugerencia, propuesta o resolución que, dentro del respeto de la legalidad, estime más ajustada al principio de justicia material.

Sección cuarta: Informes

Artículo 27.

1. Al principio de cada curso académico, el Defensor Universitario presentará al Claustro una Memoria de las actividades desarrolladas durante el curso anterior, con un apartado específico acerca de los temas o asuntos no resueltos pese a su informe o dictamen.

2. La memoria contendrá información acerca del número y tipo de las solicitudes y quejas presentadas, de las rechazadas y sus causas, de las que fueron objeto de tramitación y su resultado, sin que se haga constar datos personales que permitan la identificación de los interesados.

3. También informará al Claustro o al Consejo de Gobierno de aquellos asuntos que estime conveniente por iniciativa propia o cuando le sea requerido por una quinta parte del órgano colegiado.

Artículo 28.

1. La Memoria se publicará para conocimiento de la comunidad universitaria y una copia de la misma será enviada a todos los órganos colegiados de la Universidad. En la siguiente sesión de dichos órganos se leerá un extracto de la memoria y, en todo caso, de los aspectos de la misma que le afecten particularmente.

2. Con independencia de lo anterior, el Defensor Universitario podrá publicar en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz, las resoluciones que estime convenientes, para su general conocimiento.

Disposición adicional

La iniciativa para la reforma parcial o total del presente reglamento corresponde al Consejo de Gobierno o al Defensor Universitario.

ANEXO XXXI AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Disposición final

Este reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz (BOUCA)

Vicerrectorado de AlumnosÁrea de Atención al Alumnado

C/ Dr. Marañón, 3. 11002 CádizTel. 956015352. Fax. 956015329http://www2.uca.es/serv/gestion_alumnos/[email protected]

ANEXO XXXII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Reunidos los miembros del Jurado de Selección de Becas de la Universidad de Cádiz correspondiente al curso 2003-04, el día 30 de Marzo de 2004, han resuelto la propuesta y denegación de las solicitudes de becas de los alumnos que a continuación se relacionan, y que presentan circunstancias especiales:

Solicitudes de Becas propuestas para su concesión:

- Cuenca Mendoza, Rosa Ana

75.963.052D

Tasas, material y desplazamiento

- Arranz García, Francisco 75.796.376Z Tasas, material, desplazamiento y compensatoria

- Burgos Rodríguez, David 31.728.851Y

Tasas y material

- Labrador Ruiz, Auxiliadora

31.715.641K

Tasas y material

- Liquete Jiménez, Natalia 75.774.370L Tasas, material, desplazamiento y compensatoria.

- López Nieto, Vanesa 75.817.159M

Tasas, material y desplazamiento

- Vidal Benicio, Felipe Ángel

75.791.622K

Tasas y Material

Solicitudes de Becas propuestas para su denegación:

- Gómez Pinto, Clara 44.962.936Y

En relación a la solicitud presentada por Dª Patricia Conejero Rodríguez, con D.N.I. 75.960.797P, se le solicita más documentación y se envía su expediente a estudio a Agencia Tributaria. Se encuentra pendiente de resolución.

Cádiz, a 30 de marzo de 2004

ANEXO XXXIII AL ACTA DE LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 16 DE ABRIL DE 2004

Vicerrectorado de AlumnosAtención al Alumnado

C/. Dr. Marañón, 3. 11003 Cádiz.Teléfono 956015797Fax 956015281http://www.uca.es/alumnos

REGISTRO ASOCIACIONESNº REG.

ASOCIAC. NOMBRE DE ASOCIACION Centro

1/2001 GAUDEAMUS IGITUR Aula Universitaria de Mayores

4/2001 GRUPO DE ESTUDIOS PREHISTORICOS DE LA UNIVERSIDAD DE CADIZ (G.E.P.U.C.)

Facultad de Filosofía y Letras

1/2002 SUBMARINISTAS EN ACCION "SEA" Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales

2/2002 ASOCIACION DE ESTUDIANTES LA FACULTAD DE DERECHO DE JEREZ ( antes: Asociación Andaluza de Estudios Constitucionales)

Facultad de Derecho

1/2003 ASOCIACION GADITANA DE ESTUDIANTES DE INGENIERIA QUIMICA "AGADEIQ"

Facultad de Ciencias

1/2004 ASOCIACION DE ESTUDIANTES DE MEDICINA DE CADIZ "AEMCA"

Facultad de Medicina

ASOCIACIONES. Apercibimiento Nº REG.

ASOCIAC. NOMBRE DE ASOCIACION Centro

3/2002 COLEGIALES DE JEREZ Colegio Mayor Adscrito Santa Rosa de Lima

ASOCIACIONES. Pendientes de completar documentaciónNº REG.

ASOCIAC. NOMBRE DE ASOCIACION Centro

2/2004 ASOCIACION INTERNACIONAL DE ESTUDIANTES SOBRE ECONOMIA Y COMERCIO EN ANDALUCIA “A.I.E.S.E.C.E.A.”

Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

14/04/2004