consecuencias 19 de abril de 1810

2
 Consecuencias 19 de abril de 1810 Se crea la Suprema Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII que se instalará en la casa del Conde de San Xavier, con el inconveniente que Coro y Maracaibo no reconocían su autoridad, por su fidelidad a la Junta de Regencia de Cádiz, que no obstante había sido disuelta, la de Caracas no tenía «La Bendición de su amado rey Fernando VII» La Suprema Junta que gobierna estas Provincias de Venezuela en el Real nombre «Del Señor Don Ferna nd o pt imo Leg íti mo sob erano de est as pro vincias de Venezue la» con el interesante objeto de atender a la defensa de estas Provincias y a la Administración de la Justicia de todos sus habitantes, para evitar el perjuicio que de su falta pueda resultar… la Jun ta Su pre ma asume el con trol de tod as las ins titu cion es, de sign and o a las nu eva s autoridades y dirigiendo una Proclama a la población. Declaración de Independenc ia El Acta de la Declaración de Independencia de Venezuela es un documento en el cual siete prov incias espa ñolas, perte necientes a la Capita nía General de Vene zuel a en Sudamérica, declararon su independencia del Reino de España y explicaron sus razones para esta acción. Fue redactada princ ipalm ente por Juan Germán Roscio y firmada el 5 de julio de 1811 en la Ca pi ll a Sa nt a Ro sa Li ma de Caracas. Los repres ent an tes de las pro vin cia s, que ven ían autogobe rn án do se de sd e lo s sucesos de l 19 de ab ril de 18 10 , se co ns tit uy er on en la "Confederación Americana de Venezuela". Co n la fi rma de la dec la ra ci ón de in depen de nc ia - si en do Venezuela el pr imer pa ís de Iberoamérica que la declaró -, y las campañas emprendidas por los republicanos, se inició la "Guerra de Independ encia". Constitución de Venezuela de 1811  La Constitución de Venezuela de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela y la primera de  Amér ica Latina, promulg ada y reda ctada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio, siendo sancionad a po r el Co ngr eso Constitu yen te de 1811 en la ciudad de Caracas el día 4 de diciembre de 1811. Fu e der oga da el 21 de julio de 1812 por la cap itul ació n de Fran cisco de Miranda en San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de un año. Esta constitución de corte Federalista es aprobada por los representantes de las Provincias de Ma rga rita , rid a, Cum aná , Bar ina s, Ba rce lon a, Tr ujil lo y Caracas, qu ien es dec lar aron su indep endencia del Imp erio esp ol durant e el Co ng re so constitu ye nte y ac or da ron la implementación del nombre "Estados de Venezuela" como oficial. En ella se reconocía a la Iglesia Católica Apostólica y Romana como la religión oficial del Estado venezolano. La elección era de tipo indirecta o de segundo grado: Sólo los hombres que tuviesen propiedades podían el eg ir a un re pr esen tante po r ca da 20.000 habitant es qu iene s a su ve z el eg irí an lo s representantes de la Cámara de Diputados y Senadores además de los tres encargados del Poder Ejecutivo (triunvirato). Una vez firmada, fueron aprobados 228 artículos de sus artículos, siendo destacable las reservas que generó el artículo 180 para el entonces vicepresidente Francisco de Miranda y el resto del tren ejecutivo.

Upload: yoswmo

Post on 19-Jul-2015

7.816 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Consecuencias 19 de Abril de 1810

5/17/2018 Consecuencias 19 de Abril de 1810 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/consecuencias-19-de-abril-de-1810 1/2

 

Consecuencias 19 de abril de 1810

Se crea la Suprema Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII que se instalará en

la casa del Conde de San Xavier, con el inconveniente que Coro y Maracaibo no reconocían su

autoridad, por su fidelidad a la Junta de Regencia de Cádiz, que no obstante había sido

disuelta, la de Caracas no tenía «La Bendición de su amado rey Fernando VII»

La Suprema Junta que gobierna estas Provincias de Venezuela en el Real nombre «Del Señor

Don Fernando Séptimo Legítimo soberano de estas provincias de Venezuela» con el

interesante objeto de atender a la defensa de estas Provincias y a la Administración de la

Justicia de todos sus habitantes, para evitar el perjuicio que de su falta pueda resultar…

la Junta Suprema asume el control de todas las instituciones, designando a las nuevas

autoridades y dirigiendo una Proclama a la población.

Declaración de Independencia 

El Acta de la Declaración de Independencia de Venezuela es un documento en el cual siete

provincias españolas, pertenecientes a la Capitanía General de Venezuela en Sudamérica,declararon su independencia del Reino de España y explicaron sus razones para esta acción.

Fue redactada principalmente por Juan Germán Roscio y firmada el 5 de julio de 1811 en la

Capilla Santa Rosa Lima de Caracas. Los representantes de las provincias, que venían

autogobernándose desde los sucesos del 19 de abril de 1810, se constituyeron en la

"Confederación Americana de Venezuela".

Con la firma de la declaración de independencia - siendo Venezuela el primer país

de Iberoamérica que la declaró -, y las campañas emprendidas por los republicanos, se inició la

"Guerra de Independencia".

Constitución de Venezuela de 1811 

La Constitución de Venezuela de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela y la primera de

 América Latina, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio, siendo

sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 4 de

diciembre de 1811. Fue derogada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco de

Miranda en San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de un año.

Esta constitución de corte Federalista es aprobada por los representantes de las Provincias de

Margarita, Mérida, Cumaná, Barinas, Barcelona, Trujillo yCaracas, quienes declararon su

independencia del Imperio español durante el Congreso constituyente y acordaron la

implementación del nombre "Estados de Venezuela" como oficial. En ella se reconocía a la

Iglesia Católica Apostólica y Romana como la religión oficial del Estado venezolano. La elección

era de tipo indirecta o de segundo grado: Sólo los hombres que tuviesen propiedades podíanelegir a un representante por cada 20.000 habitantes quienes a su vez elegirían los

representantes de la Cámara de Diputados y Senadores además de los tres encargados del

Poder Ejecutivo (triunvirato).

Una vez firmada, fueron aprobados 228 artículos de sus artículos, siendo destacable las reservas

que generó el artículo 180 para el entonces vicepresidente Francisco de Miranda y el resto del

tren ejecutivo.

Page 2: Consecuencias 19 de Abril de 1810

5/17/2018 Consecuencias 19 de Abril de 1810 - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/consecuencias-19-de-abril-de-1810 2/2