confeccion de nominas

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PROCEDIMIENTO PARA LA CONFECCIN DE NMINAS SALARIALES.

El siguiente esquema es un mtodo, paso por paso, para la confeccin de una nmina. El procedimiento ser explicado a travs de un ejemplo.

Caso prctico:

Un trabajador con contrato por tiempo indefinido, perteneciente al grupo de cotizacin 5, percibe las remuneraciones siguientes en agosto de 2006:

Salario base.955 Euros.

Antigedad..90 Euros.

Plus de convenio..150 Euros.

Plus de distancia.25 Euros.

Plus de asistencia...60 Euros.

Horas extraordinarias no estructurales40 Euros.

Durante el ao tiene derecho, asimismo, a dos pagas extras por los conceptos de salario base + antigedad cada una de ellas.

El porcentaje de IRPF que le retiene mensualmente la empresa es el 6%

1. Calcular el total devengado (sueldo bruto):

El primer paso a realizar consiste en sumar todas las cantidades que nos proporcione el caso prctico, para obtener de esta manera el sueldo bruto o total devengado que recibe el trabajador en ese mes.

En este momento sin embargo conviene sealar, cuales de las remuneraciones que recibe el trabajador son complementos salriales, de los complementos no salriales, ya que esto es importante para posteriores pasos.

Para distinguirlos debemos utilizar la siguiente tabla:

COMPLEMENTOS SALARIALESCOMPLEMENTOS NO SALARIALES

PERSONALESPUESTO TRABAJOACTIVIDAD

Antigedad

Ttulos

IdiomasPeligrosidad

Toxicidad

Nocturnidad

Destino

FestivosProductividad

Asistencia

Calidad

Primas

Convenio

EspecificoDietas de viaje

Transporte

Ropa de trabajo

Desgaste herramientas

Plus de distancia

Indemnizaciones por despido, suspensiones o traslados.

Indemnizaciones por matrimonio.

Indemnizaciones de la Seguridad Social.

No olvidis que si la nmina que estis realizando coincide con el mes de la paga extraordinaria, tendris que incluir dicha cantidad que recibe en la nmina, en su apartado correspondiente, e incluirla para sumarla en el sueldo bruto, ya que tanto la Seguridad Social, como Hacienda se llevarn su parte de la paga extra que se recibe (no pueden fallar......).

Un aspecto importante es tambin la posibilidad de recibir las pagas extraordinarias prorrateadas todos los meses, es decir, el total de las mismas divididas por 12 meses del ao. De esta forma tambin se deben incluir en el total devengado o sueldo bruto del mes.

Tambin debis incluir los pagos en especie o productos en especie (ver mas abajo).

Ejemplo caso1:

TOTAL DEVENGADO ----------------------------- 1.320,00 Euros.

Este es el sueldo bruto del trabajador, que figura en la nmina como total devengado, y es la suma de todas las cantidades que recibe el trabajador en ese mes.

2. Calculo de las bases de cotizacin:

El siguiente paso consiste en calcular las 4 bases de cotizacin que son necesarias para proceder a descontar al trabajador las cantidades que se le va a descontar por conceptos como Seguridad Social, desempleo, Impuesto sobre la Renta (I.R.P.F.), etc.,...

2.1. Base de Cotizacin de Contingencias Comunes (BCC):

Sueldo bruto Percepciones no salriales Horas extras realizadas en el mes + Prorrata de pagas extras (total pagas extras / 12) = BCCLa cantidad resultante de la anterior formula es la Base de Cotizacin por Contingencias Comunes.

Al sueldo bruto le restamos las percepciones no salriales y las horas extras, de cualquier tipo (voluntarias o estructurales) hechas en el mes.

Para calcular la prorrata de pagas extras, debemos averiguar en primer lugar cual es la cantidad de cada paga extra.

En segundo lugar sumamos todas las pagas extras que reciba el trabajador en un ao. Aqu debemos tener en cuenta que como mnimo sern siempre dos pagas, aunque los Convenios de empresa pueden establecer ms pagas por ao. En cualquier caso debemos sumar todas.

En tercer lugar, una vez sumadas las pagas extras debemos dividir la cantidad resultante entre 12, y sumar dicha cantidad al sueldo bruto. Esto es porque hay que tener en cuenta que cantidad del total de las pagas extras, le corresponde cada mes.

Ejemplo caso 1:

1.320,00 - 25 - 40 + 1.045 x 2 /12= 1429,17 BCCLos 25 son el plus de distancia (percepcin no salarial), y los 40 las horas extras que se restan para el calculo de la base de cotizacin.

Cada paga extra son 1.045 que se multiplican por 2 (ya que son dos pagas extras), y despus se dividen entre 12, que es la cantidad que resulta cada mes.

2.2. Base de Cotizacin de Contingencias Profesionales (BCP):

Bsicamente se puede coger la anterior Base de Cotizacin de Contingencias Comunes, antes calculada, y simplemente sumarle el total de las horas extras de cualquier tipo (estructurales o no estructurales) realizadas en el mes por el trabajador.

Ejemplo caso 1:

1429,17 B.C.C.C. + 40 = 1.469,17 Base Cotizacin Contingencias Profesionales.

Simplemente hemos cogido la Base de Cotizacin Contingencias Comunes y le hemos sumado las horas extras.

2.3. Base de Cotizacin de horas extras:

Total Horas extras estructurales.

Total Horas extras no estructurales.

Aqu debemos calcular dos bases de cotizacin de horas extras, una por las horas extras estructurales, y otra por las horas extras no estructurales (voluntarias).

Las bases de Cotizacin son simplemente el total de horas extras realizadas por el trabajador en ese mes.

Ejemplo caso 1:

Base Cotizacin Horas extras no estructurales = 40 .

Base Cotizacin Horas extras estructurales = 0 .

2.4. Base de Cotizacin del Impuesto sobre la Renta (I.R.P.F.):

Sueldo bruto = Base de Cotizacin por IRPF.

Bsicamente cogemos la totalidad del sueldo bruto del trabajador sin descontar, ni sumar ninguna otra cantidad y ya tenemos la 4 base de Cotizacin, que nos sirve para averiguar que cantidad se nos va a llevar Hacienda todos los meses de nuestro sueldo,

Ejemplo caso 1:

Base cotizacin IRPF = 1.320,00 .

Con esta ltima ya tenemos las 4 bases de cotizacin calculadas.

3. Comparacin de las Bases de Cotizacin de Contingencias Comunes y Profesionales, con las tablas de Bases de Cotizacin.

En este paso debemos comparar en primer lugar la Base Cotizacin Contingencias Comunes, con los mnimos y mximos que se dan en la tabla, segn el grupo de cotizacin al que pertenece el trabajador, y comprobar que la base anteriormente calculada esta entre la cantidad mnima y la mxima que la tabla nos proporciona.

En caso de que no llegue a la cantidad mnima se coge la base mnima que recoge la tabla, y nos olvidamos de la que hemos calculado.

Si se pasa de la cantidad mxima que recoge la tabla, dejamos la Base de Cotizacin de Contingencias Comunes que hemos calculado, y cogemos la base mxima que nos da la siguiente tabla.

BASES DE COTIZACIN CONTINGENCIAS COMUNES

Grupo de CotizacinCategoras ProfesionesBases mnimasBases mximas

1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta direccin no incluido en el artculo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores977,40 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

2Ingenieros Tcnicos, Peritos y Ayudantes Titulados810,90 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

3Jefes Administrativos y de taller705,30 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

4Ayudantes no Titulados699,90 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

5Oficiales Administrativos699,90 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

6Subalternos699,90 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

7Auxiliares Administrativos699,90 Euros/mes3.074,10 Euros/mes

8Oficiales de primera y segunda23,33 Euros/da102,47 Euros/da

9Oficiales de tercera y Especialistas23,33 Euros/da102,47 Euros/da

10Peones23,33 Euros/da102,47 Euros/da

11Trabajadores menores de dieciocho aos23,33 Euros/da102,47 Euros/da

Para la Base de Cotizacin de Contingencias Profesionales se utiliza una tabla ms sencilla.

De igual modo, si la Base de Contingencias Profesionales que hemos calculado, no llega al mnimo cogemos la cantidad que nos da la tabla; si se pasa del mximo nos quedamos con la cantidad que nos da la tabla.

TOPES COTIZACIN. BASE DE COTIZACIN DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES. ACCIDENTES DE TRABAJO / ENFERMEDADES PROFESIONALES.

MXIMOMNIMO

3.074,10699,90

En el caso que estamos analizando las cantidades de las Bases de Cotizacin de Contingencias Comunes y Profesionales, estn entre las cantidades mnimas y mximas que nos dan ambas tablas, por lo que nos quedamos con ellas, y nos olvidamos de las tablas.

4. Aplicacin de los tipos de cotizacin a las Bases de Cotizacin. Clculo de las deducciones

El paso siguiente consiste en averiguar las cantidades que el empresario tiene que deducir del sueldo del trabajador para pagar Seguridad Social, Desempleo, IRPF, etc.,...

Para ello debemos utilizar las Bases de Cotizacin antes calculadas, y a las mismas aplicarles unos tipos de cotizacin que nos proporciona la siguiente tabla. Los tipos que figuran en esta tabla son porcentajes.

ConceptosEmpresaTrabajadorTotal

Contingencias comunes.

Horas extraordinarias:

estructurales y fuerza mayor

no estructurales

Desempleo:

Indefinidos

Temporales a tiempo completo

Temporales a tiempo parcial

ETT, salvo minusvlidos

Socios trabajadores CTA.

Fondo Garanta Salarial

Formacin profesional23,60

12

23,60

5,50

6,7

7,7

7,7

6

0,20

0,604,70

2

4,70

1,55

1,6

1,6

1,6

1,55

-

0,1028,30

14

28,30

7,05

8,3

9,3

9,3

7,55

0,20

0,70

La Base de Cotizacin de Contingencias Comunes se utiliza exclusivamente para las deducciones por contingencias comunes, y se le aplican los tipos que corresponden.

La Base de Cotizacin de Contingencias Profesionales se utiliza para calcular las siguientes deducciones:

Desempleo, segn el tipo de contrato que tenga el trabajador.

Fondo de Garanta Salarial. (Solo la paga la empresa).

Formacin Profesional.

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Esta ltima no la vamos a calcular, en ningn caso que haremos. Solo la paga la empresa, y el porcentaje depende del tipo de trabajo que se hace en la empresa, segn normativa que el Gobierno establece todos los aos, para cada empresa.

La Base de Cotizacin de Horas Extras debe dividirse en dos, ya que los tipos de cotizacin son diferentes segn el tipo de horas extras que ha realizado el trabajador en el mes:

Horas extras estructurales.

Horas extras no estructurales (voluntarias).

La Base de Cotizacin de IRPF tiene un tipo especfico que se calcula segn un procedimiento, que tiene en cuenta el estado civil del trabajador, nmero de hijos, sueldo anual, etc... En los casos que haremos nosotros, el porcentaje lo dar directamente el caso, y solo tendremos que aplicarlo a la Base de IRPF.

Evidentemente solo la paga el trabajador (no va a pagar el empresario los impuestos de su trabajador encima.......).

Un caso especial son las retribuciones en especie o salario en especie. Estas retribuciones tienen un tratamiento especial en la nmina. En primer lugar se deben valorar en dinero, y vienen incluidas en los devengos, es decir las cantidades que recibe el trabajador, y que forman parte de su sueldo bruto.

Pero tambin vienen en las deducciones en el modelo de nmina, ya que el trabajador, realmente no percibe el dinero lquido de las mismas, sino que solo disfruta del producto recibido en especie, y la nmina solo tiene en cuenta las cantidades monetarias que recibe el trabajador.

Por ello si aparecen en algn caso, debis sumarlas, en el sueldo bruto, y cuando lleguis a las deducciones, restarlas.

Los anticipos son cantidades que recibe el trabajador, por adelantado de un mes. En caso de que aparezcan en el caso, simplemente debis tratarlo como una deduccin ms de la nmina de ese mes

Las cantidades que resulten de aplicar los tipos de cotizacin a las bases de cotizacin, son las deducciones del sueldo que se restarn del sueldo bruto para el clculo del sueldo lquido o neto.

Ejemplo caso 1:

- Contingencias Comunes:

TRABAJADOR: Bcc= 1.429,17 x 4,70 % = 67,17 .

EMPRESA: Bcc= 1.429,17 x 23,60 % = 337,24 .

- Desempleo:

TRABAJADOR: Bcp = 1.469,17 x 1,55 % = 22,77 .

EMPRESA: Bcp = 1.469,17x 5,75 % = 84,47 .

- Fondo de Garanta Salarial (FOGASA):

EMPRESA: Bcp = 1.469,17 x 0.20 % = 2,94 .

- Formacin Profesional (FP):

TRABAJADOR: Bcp = 1.469,17 x 0,10 % = 1,47 .

EMPRESA: Bcp = 1.469,17 x 0,60% = 8,82.

- Horas extras no estructurales (voluntarias):

TRABAJADOR: Bc Horas extras = 40 x 4,70% = 1,88 .

EMPRESA: Bc Horas extras = 40 x 23,60% = 9,44.

- Horas extras estructurales: No existen en este caso.

- IRPF:

TRABAJADOR: Bc Irpf = 1.320,00 x 6% = 79,20 .

- Productos en especie: No hay.

- Anticipos: No hay.

- Otras deducciones (multas, suspensiones, etc.,...): No hay.

5. Sumar la totalidad de las deducciones y restarlas del sueldo bruto final, para obtener el sueldo neto o lquido.

El ltimo paso consiste en sumar todas las cantidades calculadas en el paso anterior, y restarlas del sueldo bruto o total devengado, para obtener el sueldo neto o lquido, que es la cantidad que finalmente recibe el trabajador todos los meses de su sueldo.

Solo debemos restar las deducciones que se le practican al trabajador, que son las que figuran en la nmina. Las deducciones del empresario se realizan en otro papel oficial, que debe entregar el empresario mensualmente en las Oficinas de la Seguridad Social (TC-1, TC-2, etc.,...).

Conviene en todo caso que cuando realicis las deducciones, las indiquis adecuadamente en el modelo de nmina que tenis.

Ejemplo caso 1:

Sueldo bruto = 1.320,00 .

Total deducciones = 172,49 .

Sueldo neto = 1.320,00 - 172,49 = 1.152,51