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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Página 1de 12 CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES POR SITUACIÓN DE EMERGENCIA ADQUISICIÓN DE LECHE EVAPORADA ENTERA POR 400 GRAMOS, PRODUCTO DE PRIMERA NECESIDAD QUE FORMA PARTE DE LA CANASTA BÁSICA FAMILIAR EN FAVOR DE LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DEL DISTRITO DE CERCADO DE LIMA, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR EL COVID-19.

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CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES POR SITUACIÓN DE

EMERGENCIA

ADQUISICIÓN DE LECHE EVAPORADA ENTERA POR 400 GRAMOS, PRODUCTO DE PRIMERA NECESIDAD QUE FORMA PARTE DE LA CANASTA BÁSICA FAMILIAR EN FAVOR DE LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DEL DISTRITO DE CERCADO DE LIMA, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR EL COVID-19.

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ADQUISICIÓN DE LECHE EVAPORADA ENTERA POR 400 GRAMOS, PRODUCTO DE PRIMERA NECESIDAD QUE FORMA PARTE DE LA CANASTA BÁSICA

FAMILIAR EN FAVOR DE LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DEL DISTRITO DE CERCADO DE LIMA, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

SANITARIA DECLARADA POR EL COVID-19.

I. FINALIDAD PÚBLICA:

Garantizar el apoyo alimentario a población en situación de vulnerabilidad del Cercado de Lima, a fin de lograr una atención oportuna, adecuada y de calidad y su contribución a la seguridad alimentaria durante el aislamiento social obligatorio impuesta por el Gobierno como medida para evitar la propagación del virus COVID-19, medida que contribuirá en proteger y cuidar el estado nutricional y sistema inmunológico de la población en condición de pobreza y pobreza extrema del distrito del Cercado de Lima.

II. OBJETO:

Efectuar la adquisición del bien leche evaporada entera, producto de primera necesidad que forma parte de la Canasta Básica Familiar, a favor de la población en situación de vulnerabilidad del Cercado de Lima, durante el aislamiento social obligatorio impuesta por el Gobierno como medida para evitar la propagación del virus COVID-19.

III. GENERALIDADES

La cotización que se presente, según al ítem que se presente el proveedor, deberá considerar la normativa de contratación estatal, entre otras las siguientes: Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, Decreto Supremo N° 344-2018-EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su modificatoria con Decreto Supremo N° 377-2019-EF, en adelante, el Reglamento; Directivas del OSCE; y el Código Civil; que incluyen obligaciones para los contratistas, como la presentación de garantías de fiel cumplimiento de contrato, entre otros documentos, según corresponda.

La Entidad solicita que los proveedores que coticen presenten su mejor oferta para la “Adquisición de LECHE EVAPORADA ENTERA POR 400 GRAMOS, producto de primera necesidad que forma parte de la canasta básica familiar en favor de la población en situación de vulnerabilidad del distrito de Cercado de Lima, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19”.

Una vez concluida la presente convocatoria, la contratación se efectuará mediante Contratación Directa exceptuada de desarrollo del procedimiento de selección, bajo la causal de situación de emergencia. En ese sentido, el proveedor deberá presentar su mejor oferta económica, la cual estará plasmada en su cotización.

IV. PRESENTACIÓN DE LA COTIZACIÓN

La cotización estará conformada por el precio de su oferta, según el ítem al que se presente el proveedor conforme a lo descrito en las especificaciones técnicas de la presente contratación según el Formato de Cotización que forma parte de las presentes consideraciones, debiendo detallar el precio unitario, sub total y total con no más de dos decimales.

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Lo(s) proveedores(s) que participen, deberá(n) presentar su mejor cotización, la cual incluye el IGV, tributos, seguros, impuestos, pólizas, beneficios sociales y gastos financieros; así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación. Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico [email protected], en la fecha y hora señalada en el Cronograma para la Presentación de la Cotización. La cotización debe llevar la rúbrica del titular o de su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin.

V. CRONOGRAMA:

Etapa Fecha

Publicación de convocatoria martes 07 de abril del 2020

Presentación de Cotizaciones Desde la publicación de la convocatoria, hasta las 14:00 horas del martes 07 de abril del 2020

En la presente convocatoria no se contemplará una etapa de consultas y observaciones. El resultado de la evaluación de las cotizaciones e inicio de la prestación serán comunicados al proveedor seleccionado mediante Carta emitida por la Subgerencia de Logística Corporativa de la MML. Los resultados de la contratación serán publicados en la pagina web de la MML www.munlima.gob.pe, así como en la plataforma de la Contraloría General de la Republica

VI. LUGAR:

Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico [email protected]

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REQUERIMIENTO

I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN:

Adquisición de LECHE EVAPORADA ENTERA POR 400 GRAMOS, producto de primera necesidad que forma parte de la canasta básica familiar en favor de la población en situación de vulnerabilidad del distrito de Cercado de Lima, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19.

2. FINALIDAD PÚBLICA: Garantizar el apoyo alimentario a población en situación de vulnerabilidad del Cercado de Lima, a fin de lograr una atención oportuna, adecuada y de calidad y su contribución a la seguridad alimentaria durante el aislamiento social obligatorio impuesta por el Gobierno como medida para evitar la propagación del virus COVID-19, medida que contribuirá en proteger y cuidar el estado nutricional y sistema inmunológico de la población en condición de pobreza y pobreza extrema del distrito del Cercado de Lima.

3. ANTECEDENTES:

Mediante D.S. N° 008-2020-SA publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 11 de marzo del 2020 se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, y dicta medidas de prevención y control del COVID-19. Mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020-publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo del 2020 se aprobó medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19, en el territorio nacional, así como coadyuvar a disminuir la afectación a la economía peruana por el alto riesgo de propagación del mencionado virus a nivel nacional. Mediante D.S. N° 044-2020-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo del 2020 se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario el cual vence el 30 de marzo del 2020, y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, lo cual ha sido prorrogado mediante D.S. N° 051-2020-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de marzo del 2020, por el término de trece (13) días calendarios a partir del 31 de marzo del 2020. Mediante el D.U. N° 033-2020 publicado en el diario oficial El Peruano el 27 de marzo del 2020 en el cual se establece medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para minimizar los efectos de las disposiciones de prevención dispuestas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, en hogares vulnerables con bajos ingresos, así como en personas naturales y jurídicas cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse en el marco de la referida situación de emergencia nacional y establecer medidas sobre financiamiento y otras disposiciones para respuesta frente a los efectos del COVID-19. En el D.U. N° 033-2020 se autoriza a los Gobiernos Locales, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2020, a efectuar la adquisición y distribución de bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar, a favor de la población en situación de vulnerabilidad, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19. Para tal fin, los Gobiernos Locales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de la actividad 5005611: Administración y almacenamiento de kits para la asistencia frente a emergencias y desastres del Producto 3000734: Capacidad instalada para la preparación y respuesta

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frente a emergencias y desastres del Programa Presupuestal 0068: Reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, con la finalidad de habilitar dichos recursos en la actividad 5006269:Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirus, del mismo Producto y Programa Presupuestal. La Gerencia de Desarrollo Social ha remitido a la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres la identificación de la población vulnerable que será beneficiada con la distribución de las canastas alimentarias. El Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima establece en el artículo 193 como parte de las funciones de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres la de supervisar el almacenamiento y abastecimientos de suministros, equipos y personal para la atención de emergencia y desastres, así como también la de monitorear el desarrollo de las acciones de movilización en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo establecido en las normas que regulan la materia. La adquisición de canastas de alimentos consiste en otorgar el complemento alimentario a las personas en situación de pobreza, pobreza extrema y situación de vulnerabilidad social. Esta asistencia alimentaria está financiado con recursos del Tesoro Público y responde al Estado de Emergencia que toma como una de las medidas de prevención de la propagación del virus el aislamiento obligatorio, con lo cual las familias más vulnerables limitan sus ingresos económicos y consecuente adquisición de alimentos. Es por ello que el Gobierno Peruano mediante D.U. N° 033-2020-PE (27.03.2020), ha determinado que los Gobiernos Locales adquieran y distribuyan de bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar considerando que esta adquisición debe considerarse de carácter muy urgente para la población más vulnerable como una medida de protección de la salud y evitar la propagación del virus COVID-19. En consecuencia, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha diseñado la canasta básica familiar de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 007-1998-SA “Reglamento sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas”,elDecreto Legislativo N° 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los alimentos y a la Resolución Ministerial N° 027-2016-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la adquisición, almacenamiento y distribución de alimentos para la atención de Emergencias o Desastres”, en cuyo numeral 5.3precisa los grupos de alimentos a considerarse de acuerdo a la zona geográfica y hábitos de consumo de los beneficiarios; ello alineado al numeral 2.2 de laGUÍA DE ORIENTACIÓN: GESTIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CANASTAS FAMILIARES EN EL MARCODE LA EMERGENCIA NACIONAL POR EL BROTE DEL COVID- 19 publicada por la Presidencia de Consejo de Ministros. Por tanto, es fundamental que en el marco de las disposiciones del gobierno central, los gobiernos locales distribuyan alimentos que aportennutricionalmente a la dieta familiar durante el aislamiento social obligatorio comomedida preventiva de propagación del COVID-19. Las raciones deberán ser distribuidas en paquetes familiares, considerando un promedio de 5 miembros por familia, por un periodo de 15 días.

4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACION:

Objetivo General: Efectuar la adquisición del bien leche evaporada entera, producto de primera necesidad que forma parte de la Canasta Básica Familiar, a favor de la población en situación de vulnerabilidad del Cercado de Lima, durante el aislamiento social obligatorio impuesta por el Gobierno como medida para evitar la propagación del virus COVID-19. Objetivo Específico: Contribuir a mantener el estado nutricional saludable y fortalecer el sistema inmunológico de la población en situación de vulnerabilidad del Cercado de Lima a través de la entrega de una canasta de alimentos por familia.

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5. JUSTIFICACIÒN DE LA NECESIDAD Se requiere realizar la presente contratación a fin de minimizar la afectación que viene produciendo la necesaria medida de aislamiento dispuesta con la declaración de Estado de Emergencia Nacional, en la economía de hogares vulnerables. En tal sentido, con la presente contratación da cumplimiento de manera inmediata a la disposición establecida en el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 033-2020 publicado en la edición extraordinaria del diario El Peruano el 27/03/2020.

6. SUSTENTO DE LO ESTRICTAMENTE NECESARIO Teniendo en cuenta que la Gerencia de Desarrollo Social ha determinado que existe una población vulnerable identificada en el Cercado de Lima de 5400familias, quienes pertenecen a los padrones de programas sociales atendidos por la Entidad, como pacientes con tuberculosis, casos sociales en condición de pobreza extrema del programa vaso de leche y comedores populares, familias de recicladores, trabajadoras sexuales y personas con discapacidad en situación de pobreza. En consecuencia, se requiere efectuar la presente contratación de manera muy urgente que constituye lo estrictamente necesario a fin de minimizar la afectación que viene produciendo la necesaria medida de aislamiento dispuesta con la declaración de Estado de Emergencia Nacional, en la economía de hogares vulnerables, así como para dar cumplimiento de manera inmediata a la disposición establecida en el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 033-2020 publicado en la edición extraordinaria del 27/03/2020. Los tipos de bienes a suministrar han sido definidos teniendo en cuenta la Resolución Ministerial N° 027-2016-PCM y en proporción a las cantidades que se ajusten al numeral 2.5 de la Guía de Orientación “Gestión y Distribución de Canastas Familiares en el Marco de la Emergencia Nacional por el brote de COVID 19” (PCM-VGT, 2020). Los alimentos seleccionados se determinaron de acuerdo a su aporte nutricional, variedad en la dieta y teniendo consideración el tipo de calidad según ofertas del mercado en la zona. En consecuencia, el bien LECHE EVAPORADA ENTERA al pertenecer al grupo “productos de origen animal (ej. conservas en general, otros)” indicado en la Resolución Ministerial N° 027-2016-PCM forma parte de la canasta básica a requerirse por la Municipalidad de Lima.

7. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LOS BIENES A CONTRATAR:

7.1. DESCRIPCIÓN Y CANTIDAD DE LOS BIENES A continuación se detalla el tipo de bien y cantidad a suministrar para la composición de lacanasta familiar:

ItemN° Descripción U/M Cantidad

1 Leche evaporada entera x 400g Bandeja x 24 unidadesTarro de 400g

1350

Se precisa que se requiere seis (6) tarros de leche evaporada entera x 400 gramos para cada canasta a ser otorgada a las 5400 familias del Cercado de Lima.

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7.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:

ÍTEM CANTIDAD UNIDAD MEDIDA

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

7 Según

numeral 7.1

Bandeja x 24 unidad, tarro

x 400g

Denominación: LECHE EVAPORADA ENTERA Presentación: Leche entera evaporada de vaca, no deberá contener leche de soya, envasada en latacon peso neto de 400 gramos. Enriquecida con vitaminas. Características organolépticas Color : Blanco a crema Olor : Agradable, libre de olores extraños Sabor: Agradable característico, ligeramente dulce y libre de sabores extraños a su naturaleza. Aspecto: líquido uniforme, sin grumos Seguridad: Deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. Deberá cumplir con la NTP 202.002:2019. Leche y productos lácteos. Leche evaporada. Requisitos, el D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” y el D.S. N° 007-2017-MINAGRI, Reglamento de leche y productos lácteos. Envase primario: Hojalata electrolítica especial para alimentos y apto para lácteos, con 400 gramos peso neto. Herméticamente cerrada que impida la contaminación y adulteración. El envase debe conferir al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y expendio. El envase debe garantizar hasta el fin de su vida útil el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas de la leche. Envase secundario: Bandeja de cartón corrugado con plástico termoencogible, resistente para el peso de 24 tarros de leche evaporada entera x 400 gramos cada una. El rotulado debe indicar: - Nombre del producto - Marca - Declaración de ingredientes y aditivos - Composición nutricional por 100g producto - Nombre o razón social, RUC y dirección del fabricante y/o

importador. - Registro sanitario DIGESA (vigente) - Fecha de vencimiento - Código o clave del lote - Condiciones de conservación - Contenido netoen gramos

7.3. TIEMPO DE VIDA ÚTIL

a) Para leche evaporada entera: La fecha de vencimiento del bien declarado por el fabricante debe ser superior a 3meses luego de la recepción.

8. DOCUMENTACION A PRESENTAR PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES

El contratista al momento de la entrega de los bienes, hará entrega de la siguiente documentación:

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- Copia simple del Registro Sanitario vigente, modificaciones y ampliaciones,

expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) a nombre del fabricante, el que debe corresponder a los bienes, tipo de envase y presentación ofertada (peso neto por envase primario), según los artículos 102 y 105 del "Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas" aprobado por Decreto Supremo N° 007-98-SA y sus modificatorias.

- Declaración Jurada indicando marca y nombre comercial de los productos ofertados.

- Declaración jurada que el envase es de material inocuo y fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda su vida útil art. 118 del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” aprobado mediante D.S. N° 007-98-SA y sus modificatorias.

- Copia simple del Certificado de Saneamiento Ambiental, vigente, expedido por una empresa de Saneamiento Ambiental autorizadas por el Ministerio de Salud, en el marco del DS 022-2001-SA, del almacén o los almacenes a ser utilizados por el Contratista durante la atención del Contrato; el mismo que deberá mantener vigente durante toda la ejecución de dicho Contrato. En caso de que el postor sea fabricante o productor, será necesario que presente únicamente los certificados de la planta siempre que el almacén se encuentre ubicado dentro de la planta; en caso el almacén se ubique fuera de la planta, deberá presentar ambos certificados (de planta y almacén). Asimismo, en caso de que el postor sea un distribuidor que almacena el producto ofertado, deberá presentar los certificados del almacén de sus instalaciones y los certificados de la planta del fabricante, y si es distribuidor que se limita a recoger el producto del almacén del fabricante, deberá presentar los certificados a nombre del productor o fabricante.

La verificación de los documentos antes citados será de exclusiva responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social.

9. DOCUMENTACION A PRESENTAR PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO

- Garantía de fiel cumplimiento del contrato mediante carta fianza, de corresponder - Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los

integrantes, de ser el caso. - Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el

número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior. - Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que

cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda. - Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en

caso de persona jurídica. - Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. - Detalle de los precios unitarios del precio ofertado. - Estructura de costos

Dicha documentación se debe presentar en mesa de partes de la Subgerencia de Logística Corporativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sito en Jr. Conde de Superunda 141- tercer piso del distrito de Cercado de Lima, de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 horas. En caso exista imposibilidad de que la información sea entregada a través de la mesa de partes, el contratista deberá coordinar con la SLC la entrega de los documentos.

10. SISTEMAS DE CONTRATACION Suma Alzada

11. TRANSPORTE

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El Contratista debe verificar que los vehículos que trasladarán el productocumplan con la normativa respectiva, los cuales estarán sujetos a revisión y evaluación por el área usuariaen coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social, mediante acta al momento de la recepción de los bienes:

El medio de trasporte a utilizarse deberá ser de uso exclusivo para transportar alimentos, el mismo que no debe transmitir al bien características indeseables que impidan su consumo y deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 75°, 76° y 77° del Título V Capítulo II del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas del D.S .N° 007-98-SA y sus modificatorias.

El medio de transporte deberá tener las siguientes características:

Acondicionado para proteger el bien de los efectos del calor, exposición, humedad, u otro efecto indeseable o contaminante.

Limpio (libre de tierra u otros agentes que puedan contaminar los bienes).

El compartimento destinado a carga debe estar separado de la cabina de conducción.

Absolutamente cerrada, resistente al uso, impermeable y lavable de tal modo que no exista escurrimientos de líquidos o sólidos a la vía pública y emanaciones de olores que generen molestias o riesgos a la comunidad.

Las paredes internas deberán ser de material resistente, lavable, atóxico, no absorbente ni degradable.

Los vehículos deberán estar cerrados y libres de medios contaminantes, las cajas deberán estar sobre parihuelas o pisos protegidos y limpios.

12. GARANTIA

ALCANCEDE LA GARANTÍA: Cubre los siguientes casos yel periodo de

garantía será el siguiente de acuerdo al tipo de bien:

- Leche evaporada entera (tarro x 400g) (03 meses):envases abiertos,

envases con óxido, con grumos en su interior o presencia de hongos u otro

agente nocivo para la salud en su líquido o envase.

INICIO DEL CÓMPUTO DE PERIODO DE GARANTIA: A partir del día

siguiente derecepcionados los bienes.

PROCEDIMIENTO PARA HACER EFECTIVA LA GARANTIA: El área usuaria notificará por correo electrónico al Contratista, la (s) observación (es) encontradas en los bienes y solicitará el cambio respectivo.

TIEMPO DE REPOSICIÓN DEL BIEN: La reposición del bien observado, deberá ser efectuada en un tiempo máximo de un (01) día hábil contabilizados a partir del día siguiente de haberse notificado por correo electrónico la observación.

13. LUGAR Y HORARIO

LUGAR DE ENTREGA: La entrega de los bienes se realizará en “DOMOS DE SAN MIGUEL”, ubicado en Bajada John Lennon S/N, Circuito de playas, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. La entrega se efectuará en presencia del representante de Almacén Central de la MML a fin de verificar la recepción de los bienes adquiridos. HORARIO DE ENTREGA: Desde las 09:00 h hasta las 13:00h.

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14. PLAZO DE ENTREGA

La entrega de los bienes se realizará en un plazo máximo de un (01) día calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de la notificación efectuada mediante Carta emitida por la Subgerencia de Logística Corporativa de la Municipalidad de Lima, el mismo que puede ser en físico o a través de correo electrónico.

15. OTRAS CONSIDERACIONES PARA LACONTRATACION DEL BIEN

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El contratista es el responsable directo y absoluto de las actividades que realizará, sea directamente o a través de su personal, debiendo responder por las prestaciones a su cargo.

16. CONFORMIDAD DE LOS BIENES

16.1 ÁREA QUE RECEPCIONA LOS BIENES La recepción de los bienes en el lugar establecido en el numeral 13, estará a cargo del representante del Almacén Central de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 16.2. ÁREA QUE BRINDA LA CONFORMIDAD DE LOS BIENES

El acta de conformidad será emitida por la Gerencia de Gestión de Riesgo del Desastre como área usuaria del requerimiento, previo informede la Gerencia de Desarrollo Social como área técnica de verificar la calidad de los bienes, según lo establecido en Artículo 168.- Recepción y conformidad del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

NOTA: La conformidad no invalida cualquier reclamo posterior que se pueda realizar por defectos o vicios ocultos, evidenciados después de la entrega/recepción, conforme al Código civil y Código de Comercio, siendo factible de evaluaciones sanitarias y/o análisis bromatológicos.

17. FORMA DE PAGO

La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista luego de emitida la conformidad por parte del responsable de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastresprevio informe de la Gerencia de Desarrollo Social. Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:

- Guía de remisión con recepción de Almacén - Conformidad emitida por el responsable de la Gerencia de Gestión de Riesgos

de Desastres previo informe de la Gerencia de Desarrollo Social. - Comprobante de pago.

Dicha documentación se debe presentar en mesa de partes de la Subgerencia de Logística Corporativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sito en Jr. Conde de Superunda 141- tercer piso del distrito de Cercado de Lima, de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 horas. En caso exista imposibilidad de que la información sea entregada a través de la mesa de partes, el contratista deberá coordinar con la SLC la entrega de los documentos. La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.

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18. PENALIDADES

18.1. PENALIDAD POR MORA En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 162 del Reglamento.

18.2. OTRAS PENALIDADES

Supuesto de aplicación de

penalidad

Forma de cálculo

Procedimiento

Por no cumplir con las condiciones de TRANSPORTE, detalladas en el numeral 11.

5 % de la UIT por ocurrencia

Para cada uno de los supuestos de aplicación de penalidad, el procedimiento será el siguiente: Según Memorándum del área usuaria, quien deberá informar oportunamente a la Subgerencia de Logística Corporativa. Para la aplicación de la penalidad respectiva.

19. VICIOS OCULTOS

La recepción conforme de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de UN (1) AÑO contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.

20. SUBCONTRATACION

Está prohibida la Subcontratación.

21. ADELANTOS No se otorgará adelantos.

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