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GENERALDELANACIOH

procuraduría general de la nación

PLIEGO DE CONDICIONES

CONCURSO DE MÉRITOS No. 01 DE 2015

OBJETO: REALIZAR LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL CONTRATO QUE RESULTEDE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE 2015, QUE TIENE POR OBJETO SELECCIONARAL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA CONSULTORIA, EL DISEÑO, LARESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTO ESTRUCTURALDE LA CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No. 11-18 EN LA

CIUDAD DE BUCARAMANGA (SANTANDER).

JUNIO DE 2015

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7°. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

secretariageneral@procuraduria,qov.co

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GENERAL DEUNACIOH

RECOMENDACIONES

La Procuraduría General de la Nación se encuentra interesada en recibir propuestas para

seleccionar al oferente que realice LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL CONTRATO QUERESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE 2015, QUE TIENE POR OBJETOSELECCIONAR AL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA CONSULTORIA, EL DISEÑO, LARESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTO ESTRUCTURALDE LA CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No. 11-18 EN LA

CIUDAD DE BUCARAMANGA (SANTANDER).

Para lo anterior, se recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus

propuestas, tengan en cuenta lo siguiente:

A. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad

incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para participar

el proceso de selección y contratar.

e

en

B. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones del concurso de méritos,

de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación

administrativa con entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082

de 2015 y demás normas reglamentarias y complementarias).

C. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que

deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que

acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la ley y en el presente pliego de

condiciones.

D. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los

plazos exigidos en el pliego de condiciones.

E. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego.

F. Diligenciar totalmente los anexos y formatos contenidos en este pliego.

G. Elaborar y presentar su propuesta en estricto acatamiento de lo dispuesto en el presente

pliego, verificando la integridad y coherencia de los ofrecimientos.

H. Presentar sus ofertas con el correspondiente índice y debidamente foliadas.

LA PROCURADURÍA SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR TODA LAINFORMACIÓN INCLUIDA EN LA PROPUESTA Y DE SOLICITAR A LAS AUTORIDADESCOMPETENTES O A LOS PARTICULARES CORRESPONDIENTES, INFORMACIÓNRELACIONADA CON EL CONTENIDO DE LA MISMA.

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7o. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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PROCURADURÍAGENERAL DEUNACK)!

CAPÍTULO PRIMEROASPECTOS GENERALES DEL CONCURSO DE MÉRITOS

1.1. RÉGIMEN LEGAL

Tanto el proceso del concurso de méritos como el futuro contrato que se suscriba como

consecuencia del mismo, se regirá en lo pertinente, por el ordenamiento Constitucional, el

régimen jurídico determinado en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, Decreto

1082 de 2015, sus normas reglamentarias y demás normas civiles y comerciales que la

complementan, adicionan y reglamentan, disposiciones que regulen la materia y lo establecido en

el presente pliego.

En este pliego de condiciones se describen aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales,

de experiencia y cumplimiento, entre otros, que la Procuraduría considera que el proponente

debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. El contenido del pliego de

condiciones debe ser interpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no implica

prelación entre los mismos. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en

ellos contenidos.

La presente convocatoria se desarrollará a través de la modalidad de Concurso de Méritos por

el sistema de concurso abierto con propuesta técnica simplificada.

1.2. MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN

De conformidad con la Ley 80 de 1993, artículo 32, numeral 2, en concordancia con la Ley

1150 de 2007, artículo 2, numeral 3, modificado por el artículo 219 del Decreto 19 de 2012 y el

Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.3.1. y siguientes, el concurso de méritos es la

modalidad prevista para la selección de consultores.

La Ley 80 de 1993 estipula en el artículo 32, numeral 1, inciso 2o, que:

"En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de

licitación pública, la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la

entidad contratante y del contratista quien responderá por los hechos y omisiones que le

fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto".

De igual forma, la Ley 1474 de 2011, artículo 83 establece lo siguiente:

"Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de

corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas

están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través

de un supervisor o un interventor, según corresponda.

La interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato

realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el

seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la

complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen. No obstante, lo anterior cuando la entidad

lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el

seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del objeto o contrato

dentro de la interventoría (...)" ('negrilla fuera de texto).

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

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PROCUF6BOULDEUIUCKIN

Dado que la vigilancia del contrato de obra, implica multiplicidad de actividades, estas son,

cumplimiento de las especificaciones técnicas y cronograma estipulados en el contrato,

seguimiento contable a los recursos económicos, asesoría jurídica durante la vigencia del

contrato de acuerdo con la normatividad vigente aplicable a la materia, la interventoría que

deberá contratarse, debe ser integral, es decir técnica, administrativa, jurídica, financiera y

contable.

Teniendo en cuenta que el objeto a contratar es LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL

CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE 2015, QUE TIENEPOR OBJETO SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA

DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA CONSULTORIA, ELDISEÑO, LA RESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTOESTRUCTURAL DE LA CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No.

11-18 EN LA CIUDAD DE BUCARAMANGA (SANTANDER), de acuerdo con lo establecido en

la citada normatividad, la modalidad de escogencia del contratista, será la selección a través de

CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO.

Para la selección del contratista, la entidad aplicará los principios de economía, transparencia y

responsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función

administrativa.

1.3. INVITACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993, artículo 66, 850 de 2003 y 1150 de

2007 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.5, numeral 5, el presente proceso de

selección, así como el contrato que como consecuencia de su trámite se suscriba, podrán ser

objeto de la vigilancia y control ciudadano, razón por la cual se convoca a las veedurías

ciudadanas a participar en dicho proceso.

1.4. OBJETO DE LA SELECCIÓN

SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE REALICE LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL

CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE 2015, QUE TIENEPOR OBJETO SELECCIONAR AL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA

DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA CONSULTORIA, ELDISEÑO, LA RESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTOESTRUCTURAL DE LA CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No11-18 EN LA CIUDAD DE BUCARAMANGA (SANTANDER)

1.5. PRESUPUESTO OFICIAL

El presupuesto estimado para la presente contratación es hasta por la suma QUINIENTOS

NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS

CUARENTA Y DOS PESOS M/CTE ($509.684.442).

La necesidad está prevista en el plan de adquisiciones de la vigencia 2015, de conformidad

con el certificado 2015-027 del 13 de febrero de 2015. Así mismo y teniendo en cuenta que el

presupuesto para el proceso de contratación asciende a la suma de QUINIENTOS NUEVE

MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y

DOS PESOS M/CTE ($509.684.442), distribuida en vigencias 2015 y 2016. Existe una

Disponibilidad Presupuestal en el rubro de inversión-mantenimiento, remodelación,

rehabilitación y adecuación de sedes de la Procuraduría General de la Nación por valor de

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PROCUFGEHERALMUKACION

DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL DIECISÉIS

PESOS CON SESENTA CENTAVOS M/CTE ($282.830.016,60), amparada con el CDP No.

36815 del 17 de abril de 2015 por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la

División Financiera de la Procuraduría General de la Nación, y la diferencia, es decir, la suma

de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y

DOS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE PESOS M/CTE $254.842.417, se encuentran

amparados con la comunicación de aprobación de vigencias futuras 2016, según Oficio No. 2-

2015-012895 de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de

Hacienda y Crédito Público por un valor de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES

QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS M/CTE ($291.526.714).

VIGENCIA 2015:

RUBRO INVERSIÓN-MANTENIMIENTO, REMODELACIÓN, REHABILITACIÓN YADECUACIÓN DE SEDES: $254.842.417 (50%)

VIGENCIA 2016:

RUBRO INVERSIÓN-MANTENIMIENTO, REMODELACIÓN, REHABILITACIÓN YADECUACIÓN DE SEDES: $254.842.417 (50%)

1.6. FORMA DE ADJUDICACIÓN

LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN SE HARÁ EN FORMATOTAL, EN CONSECUENCIA, LOS PROPONENTES DEBEN PRESENTAR SU OFERTA

DE LA MISMA MANERA SO PENA DE RECHAZO DEL OFRECIMIENTO.

1.7. PROPUESTAS ALTERNATIVAS

Conforme con lo establecido en la Ley 80 de 1.993, artículo 30, numeral 6o, los proponentes

pueden presentar propuestas alternativas técnicas y económicas siempre y cuando ellas no

signifiquen condicionamientos para la adjudicación. Los proponentes podrán presentar éstas

propuestas alternativas adicionalmente a la propuesta básica, que será la única objeto de

evaluación. La Entidad entiende que "La propuesta alternativa es la que acogiéndose,

exactamente, a las especificaciones del pliego de condiciones sobre el objeto a contratar,

contiene otra posibilidad técnica para la ejecución del mismo sin que afecte el fin propuesto

con la contratación"1.

Cuando un proponente presente una alternativa, deberá adjuntar toda la información

necesaria para su análisis. Todos los costos necesarios para desarrollar la alternativa deberán

estar incluidos en la oferta.

Sólo serán consideradas las propuestas alternativas del proponente que en la evaluación de

las propuestas básicas haya quedado en primer orden de elegibilidad, y la selección de la

alternativa será potestad de la Procuraduría.

1.8. PARTICIPANTES

Bajo los parámetros establecidos en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y el Decreto 1082de 2015, en el proceso de selección pueden participar personas naturales o jurídicas,

nacionales, consorcios o uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Consejera Ponente María Elena Giraldo Gómez.

Sentencia del 14 de septiembre de 2000

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GENERAL DÉUIUCION

social o actividad comercial les permita cumplir con el objeto del presente concurso de méritos

y cumplan con todos los requisitos exigidos en el pliego de condiciones.

1.9. CORRESPONDENCIA

Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con el presente concurso de

méritos, se radicará directamente en la DIVISIÓN ADMINISTRATIVA de la Procuraduría,ubicada en la carrera 5 No. 15-80 Piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. o al fax No. 5878750

extensiones 10397 ó 10796, o a la siguiente dirección de correo electrónico

[email protected].

En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación

y evaluación de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen

directamente en la dependencia evaluadora o se remitan al número de fax o correo electrónico

que se indique en la comunicación que se le envíe al oferente por parte del integrante o de los

integrantes del respectivo Comité verificador y evaluador, dentro del término previsto en el

cronograma.

La Procuraduría por su parte, enviará la correspondencia a las direcciones, números de fax o

correos electrónicos indicados por los interesados.

NOTA: No será atendida la correspondencia entregada en la División de Registro y Control y

correspondencia, en cualquier otra Dependencia de la Entidad o cualquier otra dirección de

correo diferente a la señalada con antelación, salvo que sea absolutamente necesario para

garantizar el principio de transparencia.

1.10. ADENDAS

Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales

se incorporarán al que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán

en las páginas Web de la entidad y del portal único de contratación para consulta.

En el evento que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda

deberá incluir el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el

contenido de la Resolución de Apertura, en todo caso atendiendo los términos previstos en el

Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1.

1.11. FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS

La presentación de las propuestas se dividirá en dos partes:

SOBRE CERRADO No. 1: Contiene la información de los requisitos habilitantes y los

documentos para acreditarlos, tales como capacidad jurídica, capacidad financiera,

experiencia y cumplimiento mínimo, personal técnico mínimo, experiencia adicional y

formación y experiencia de los profesionales y expertos del equipo de trabajo del proponente.

En la parte exterior del sobre se debe indicar lo siguiente:

Procuraduría General de la Nación

Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7o. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

secretariaqeneral(g)procuradur¡a.qov.co

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PROCUF6ENERALDEUNACI0N

Propuesta para: seleccionar al oferente que realice LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL

CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE 2015, QUE TIENEPOR OBJETO SELECCIONAR AL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA

DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA CONSULTORIA, ELDISEÑO, LA RESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTOESTRUCTURAL DE LA CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No.

11-18 EN LA CIUDAD DE BUCARAMANGA (SANTANDER).

Dirección, Ciudad, Teléfono, Fax, correo electrónico.

Contenido: (original, primera y segunda copia)

Deben presentarse en original y TRES (3) copias, una de ellas scaneada en formato PDF,

indicando en cada sobre si se trata de original, 1 o 2 copia o CD. Las hojas deben estar

foliadas en forma consecutiva tanto en el original como en las copias. En todo caso, de

llegarse a presentar alguna discrepancia entre el contenido de las copias y el original,

prevalece este último.

La oferta debe redactarse en idioma español, salvo los términos técnicos que se utilicen en

idioma distinto. No deben figurar tachones, borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre

el contenido de la propuesta. Cualquier enmendadura que contenga la oferta, deberá ser

aclarada y validada por el oferente en la misma propuesta antes del cierre del concurso de

méritos.

Si los informes, catálogos o documentos presentados por el proponente son publicaciones

técnicas que normalmente no se editan en español, podrán ser presentados en inglés.

No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas

con posterioridad a la fecha y hora del cierre del presente concurso de méritos.

La Procuraduría General de la Nación sólo acepta la presentación de una oferta por cada

proponente. En el caso que una misma persona presente más de una oferta, ya sea a título

individual o como miembro de Consorcio o Unión Temporal, solo será evaluada la oferta que

se haya presentado en primer lugar dentro del término fijado en el presente pliego, de acuerdo

con el listado de recepción de propuestas que realiza la División Administrativa.

SOBRE CERRADO No. 2: Un único sobre en original que contiene la propuesta económica,

señalando el valor de la misma en números y letras. Si se presenta alguna discrepancia entre

las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las cantidades expresadas en

letras.

Se debe presentar el valor de la propuesta, señalando los costos del personal de la

interventoría, los gastos de administración y utilidad, de acuerdo al formato que se encuentra

en el Anexo No. 3 FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA.

• Dentro del valor total de la propuesta se deberá estipular el IVA.

• La Procuraduría General de la Nación solo pagará en pesos colombianos.

La entidad verificará las operaciones aritméticas de cada uno de los componentes de los valores.

En caso de presentarse error de esta índole se tendrá en cuenta el valor correcto para efectos de

la adjudicación.

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PROCUFGBERALDELANACION

El proponente deberá, en el momento de elaborar su propuesta, evitar formular condiciones

económicas y de contratación artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación

del contrato. Esto de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 26 de la ley 80

de 1993.

En materia tributaria, los oferentes deberán verificar las obligaciones de esa índole, derivadas de

las disposiciones normativas que integran el Estatuto Tributario y acatar las que les sean

aplicables. Teniendo en cuenta el artículo 420 del Estatuto Tributario, esta consultoría se

encuentra gravada por el impuesto al valor agregado IVA, tarifa que corresponde al 16%. En

consecuencia en la propuesta se debe discriminar la base gravable, la tarifa del impuesto y el

valor total de la oferta presentada de conformidad con el Anexo de Propuesta Económica adjunto

al pliego de condiciones.

Así mismo el proponente deberá tener en cuenta el artículo 8o de la Ley 1697 DE 2013 QUE

SEÑALA "EL SUJETO PASIVO DEFINIDO EN EL ARTÍCULO 6o DE LA PRESENTE LEYPAGARÁ POR LAS SUSCRIPCIONES DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y SUSCONEXOS, EN FUNCIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y TARIFAS: POR LOS CONTRATOSCUYO VALOR ESTÉ ENTRE 1 Y 2.000 SMMLV PAGARÁN EL 0.5%. LOS CONTRATOSENTRE 2.001 Y 6.000 SMMLV PAGARÁN EL 1% Y LOS CONTRATOS MAYORES A 6 001SMMLV PAGARÁN EL 2%

NOTA: De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando de

conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta

resulta artificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten

el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador,

recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta explicando sus razones.

De igual forma, para efecto de la revisión de la oferta económica, la Entidad tendrá en

cuenta lo señalado por el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.3.2, numerales 3y 4.

1.12. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS

Las personas que deseen participar en el presente proceso, tendrán en cuenta que sus

ofrecimientos deben tener un término de validez igual al de la vigencia de la garantía de

seriedad del ofrecimiento, esto es, tres (3) meses contados a partir del momento de

presentación de la oferta. En caso se incluirse un plazo de validez de la oferta menor al

exigido, éste no será tenido en cuenta.

1.13. DEVOLUCIÓN DE LAS COPIAS DE LAS PROPUESTAS

Los proponentes no favorecidos con la adjudicación del presente proceso de selección, deben

retirar dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, la copia de

las ofertas presentadas dentro de este proceso. Caso contrario, la Entidad procederá adestruir dichas copias.

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso T. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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PROCURADURÍAGiBttLDEUNJkCION

CAPITULO SEGUNDO

PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO DE MÉRITOS

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO

ACTUACIÓN

Publicación aviso de convocatoria, proyecto de pliego de condiciones

y estudios previos en las páginas Web del Portal Único deContratación y de la entidad

Observaciones al proyecto de plieqo de condiciones

Publicación del documento que contiene la respuesta de la entidad

sobre las observaciones presentadas

Publicación de la Resolución de apertura

Publicación Pliego de Condiciones Definitivo

Plazo del Concurso de Méritos

Plazo máximo para presentar solicitudes de aclaración al pliego de

condiciones definitivo

Plazo máximo para expedir respuestas a aclaraciones y adendas

Lugar y fecha límite de cierre y/o presentación de las ofertas

Plazo para efectuar la verificación de los requisitos habilitantes y

evaluación de las ofertas.

Plazo para presentar documentos y aclaraciones solicitadas por los

Comités verificadores y evaluadores

Publicación de informes de evaluación de las ofertas y formulación de

observaciones frente a los mismos por parte de los proponentes.

Plazo límite para subsanar documentos

Apertura del sobre económico, Audiencia de adjudicación o decisión de

declaratoria de desierta del proceso

Plazo para la celebración del contrato

Plazo para la expedición del registro presupuestal

Plazo para la entrega de la garantía

Plazo para la aprobación de la garantía

Plazo para la suscripción del acta de inicio

Plazo para la publicación en el SECOP

Plazo para la ejecución del contrato

FECHA

15 de Mayo de 2015

Del 15 de Mayo al 01 de Junio de 2015

02 de Junio de 2015

02 de Junio de 2015

02 de Junio de 2015

Apertura: 03 de Junio de 2015

Cierre: 12 de Junio de 2015, a las 10:00 a.m., en la División

Administrativa, ubicada en el piso 3 Torre A, de la Cra 5 No. 15-80 de

la ciudad de Bogotá, D.C.

10 de Junio de 2015

11 de Junio de 2015

Cierre: 12 de Junio de 2015, a las 10:00 a.m., en la División

Administrativa, ubicada en el piso 3 Torre A, de la Cra 5 No. 15-80 de

la ciudad de Bogotá, D.C.

Del 16 al 19 de Junio de 2015

Del 16 al 19 de Junio de 2015

Del 22 al 24 de Junio de 2015

Hasta el momento previo a la adjudicación o de Declaratoria de Desierto

del proceso

26 de Junio de 2015 a las 10:00 a.m.

Dentro de los dos (2) días hábiles siguiente a la adjudicación del

proceso

Dentro del día hábil siguiente a la suscripción del contrato

Dentro del día hábil siguiente a la suscripción del contrato

Dentro del día hábil siguiente a la entrega de la garantía

El acta de inicio debe ser firmada por el contratista y el supervisor del

contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del

contrato, previo cumplimiento de los requisitos de legalización y

ejecución del mismo.

Dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición de los documentos

del proceso y los actos administrativos del proceso de contratación,

conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1, del Decreto 1082 de

2015.

El plazo de ejecución del contrato de consultoría es de DIECISIETE (17)

meses, igual al tiempo de ejecución de la obra objeto de intervención.

En todo caso el plazo de ejecución del contrato de interventoría no

puede ser inferior al del contrato de obra.

No obstante el plazo de ejecución del contrato de interventoría, el

consultor debe dar cumplimiento a la obligación relacionada con la

liquidación del contrato de obra, la cual se llevará a cabo bajo los

parámetros establecidos en la Ley 80 de 1993, artículo 60 y ley 1150 de

2007, artículo 11, modificado por el Decreto 19 de 2012 artículo 217 y

demás normas que los complemente, modifique o adicione. La

liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8)

meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de ejecución del

contrato.

El plazo del contrato se contará a partir de la suscripción del Acta de

Inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato,

la cual, se suscribirá por parte del contratista y el supervisor o

supervisores que nombre la Procuraduría dentro del día hábil siguiente

al cumplimiento de tales requisitos.

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PROCURADURÍA6QGULKUU

Plazo para el pago del contrato La forma de pago del contrato se realizará así: Para la Vigencia 2015,

se cancelará el 50% de valor del contrato, así: Un primer pago del 30%

del valor del contrato una vez apruebe al contratista de obra los análisis

de precios unitarios, cronograma de trabajo, horario de trabajo y normas

de salud ocupacional, certificado disposición de residuos y materiales

sobrantes, planes de movilidad y manejo ambiental, acreditación

personal ofrecido, plan de inversión del anticipo y diseños y planos para

la ejecución del proyecto de obra, b) Un pago del 20% cuando se

radique, previa aprobación de Planeación Municipal el trámite de la

licencia de construcción en la curaduría urbana. Para la Vigencia 2016,

c) Un pago del 25% cuando la obra alcance un avance facturado del

50% del valor contratado y d) un pago del 25% a la suscripción del acta

de recibo a satisfacción de la obra que se interviene.

Los pagos serán efectuados, previa presentación de la correspondiente

factura en la que se indique en forma clara, el valor que se genera. El

proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a

tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su entrega por parte del

CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión realizará las

reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la

devolución de la misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al

emisor o tener de la factura. Este documento debe ir acompañado de la

certificación que expida la supervisión del contrato, de la certificación

que acredite el pago por parte del contratista de aportes parafiscales

relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios

del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar. En todo caso el

pago del presente convenio, se encuentra sujeto a la disponibilidad delPAC.

Cuando la Entidad no cancele al contratista la suma pactada, dentro de

los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la

fecha en que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta

reconocerá al contratista como intereses de mora el incremento mensual

promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑEentre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año anterior.

Teniendo en cuenta que el plazo de ejecución del contrato de

interventoría estará sujeto al agotamiento del presupuesto del contrato

de obra intervenido o hasta el cumplimiento del plazo del mismo, el valor

del contrato de interventoría será por el tiempo inicial de ejecución delcontrato de obra.

El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a laradicación de la factura en el Grupo Cuentas de la Entidad.

En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC.

2.2 PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL AVISO DE CONVOCATORIA, PROYECTO DEPLIEGO DE CONDICIONES, ESTUDIOS PREVIOS Y OBSERVACIONES AL MISMO

A partir de la fecha señalada en el cronograma, el proyecto de pliego de condiciones, el aviso

de convocatoria y los estudios previos serán puestos a disposición para ser consultados en la

página Web del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página Web de laEntidad www.procuraduria.gov.co, vínculo de contratación y también podrán ser consultados

en la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5o

No. 15-80 Piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. De igual forma a partir de dicha fecha y de

conformidad con lo consagrado por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.4, durante el

término de cinco (5) días hábiles, los interesados podrán hacer comentarios, presentar

observaciones o solicitar aclaraciones al proyecto de pliego de condiciones, las cuales serán

publicadas en las páginas Web antes relacionadas, junto con el documento que contiene las

apreciaciones de la entidad sobre las mismas.

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PROCUFGBGULDEUIUCKMI

2.3 PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES YOBSERVACIONES AL MISMO

A partir de la fecha de apertura del Concurso de Méritos, el pliego de condiciones definitivo

podrá ser consultado en la página Web del Portal Único de Contratación

www.contratos.gov.co y en la página Web de la Entidad www.procuraduria.gov.co, vínculo de

contratación y además también podrá ser consultado en la División Administrativa de la

Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5 No. 15-80 Piso 3 de la ciudad de

Bogotá, D.C.

De igual forma a partir de dicha fecha y durante el plazo del proceso de selección señalado en

el cronograma, las personas interesadas en participar en el mismo, pueden formular las

observaciones que consideren pertinentes al contenido del pliego, las cuales serán analizadas

y resueltas por la Entidad, publicándose las respuestas a las mismas en las páginas Web

antes relacionadas. En todo caso, se entiende cumplida la obligación establecida en el

Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal

único de contratación, www.contratos.gov.co

Cuando los interesados deseen retirar fotocopia de cualquiera de los documentos que reposan

en el expediente de la convocatoria, salvo aquellos que tengan reserva legal, deberán traer el

CD para quemar la copia o consignar previamente el valor de las fotocopias solicitadas en las

siguientes condiciones:

Entidad Bancaria: Banco Popular

Nombre de la Cuenta: Dirección del Tesoro Nacional - Otras tasas, multas y

contribuciones no especificadas.

Número de la Cuenta: 050000249

Código: 121225

Valor: $100 por fotocopia

Concepto: Fotocopias de folios dentro del proceso de Concurso de Méritos No. 01

de 2015 Procuraduría General de la Nación.

2.4 PLAZO DEL CONCURSO DE MÉRITOS

Teniendo en cuenta lo indicado en el respectivo acto administrativo, el plazo del Concurso de

Méritos es el que se fija en el cronograma, cuyas diligencias de apertura y cierre se llevarán a

cabo en la sala de audiencias ubicada en el tercer piso del edificio principal de la Procuraduría

General de la Nación localizado en la carrera 5 No. 15-80 de la ciudad de Bogotá, D.C, de lo

cual se dejará constancia en las actas que se levanten para el efecto.

2.5 PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL PLIEGODE CONDICIONES.

Los proponentes deberán examinar el contenido del pliego de condiciones, e informarse de los

requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las

actividades a ejecutar.

Cualquier información y aclaración adicional, deberá ser solicitada por escrito, a la División

Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la Carrera 5a. No. 15-80

Piso 3o de la ciudad de Bogotá, D.C, o al fax No. 5878750 extensiones 10397 ó 10796,

referencia Concurso de Méritos No. 01 de 2015, o al correo electrónico

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GQEMLDEUlUCIOi

[email protected],co a más tardar hasta la fecha señalada en el cronograma.

No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada.

En el evento que se realicen aclaraciones, la Procuraduría las agregará como respuesta a

observaciones ó Adenda al pliego de condiciones que reposa en la División Administrativa

para consulta y las publicará en el Portal Único de Contratación Pública y en la página Web dela entidad. En todo caso, se entiende cumplida la obligación establecida en el Decreto 1082 de

2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de

contratación, www.contratos.gov.co.

NO SE ABSOLVERÁN CONSULTAS EFECTUADAS TELEFÓNICAMENTE O EN FORMAPERSONAL. SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA EN ESTE PROCESO, LA INFORMACIÓNQUE LA PROCURADURÍA SUMINISTRE POR ESCRITO.

2.6 PLAZO MÁXIMO PARA EXPEDIR ADENDAS

Cuando proceda la expedición de adendas al pliego de condiciones, la Procuraduría General

de la Nación las expedirá dentro del plazo máximo señalado en el cronograma.

En el evento que se modifiquen los plazos y términos del proceso de la selección, la adenda si

es del caso deberá incluir el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique

en el contenido de la Resolución de apertura, en todo caso la Procuraduría General de la

Nación las expedirá dentro del plazo máximo señalado en el cronograma, atendiendo los

términos previstos en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1.

2.7 PRÓRROGA DEL PLAZO DE LA SELECCIÓN

Se entiende que el plazo del Concurso de Méritos es el término que debe transcurrir entre la

fecha a partir de la cual se pueden presentar ofertas y la de su cierre, el cual puede

prorrogarse antes del vencimiento cuando así lo estime conveniente la Procuraduría.

2.8 LUGAR Y FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las propuestas deberán ser depositadas en la urna reseñada con el nombre de Concurso de

Méritos No. 01 de 2015, la cual se encuentra localizada en la División Administrativa de la

Procuraduría, Dependencia ubicada en la carrera 5 No. 15-80 Piso 3o. de la ciudad de BoqotáD.C.

Sólo se aceptan las propuestas que se presenten hasta la fecha y hora señalada en el

cronograma. Después de esta hora y fecha límite no se recibirán propuestas, aun cuando la

persona encargada de depositar el ofrecimiento, se encuentre en el lugar donde se halla la

urna. No se admiten ofertas enviadas por correo electrónico. Son válidas las propuestas

remitidas por correo certificado, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos

contemplados en la presente selección y lleguen al sitio indicado con antelación en la fecha y

hora límite de presentación de ofertas.

La hora que se tendrá en cuenta para el cierre, será la que señale el link de hora legal

colombiana que se encuentra en la página web del Instituto Nacional de Metrología e indique

en voz alta el funcionario de la Procuraduría encargado del proceso, ya que de conformidad

con lo consagrado por el Decreto No. 4175 de 2011, artículo 6, numeral 14, este órgano es el

encargado de mantener, coordinar y difundir la hora legal en la República de Colombia. En su

defecto se tendrá como hora oficial la previa llamada telefónica se indique por altavoz a través

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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN

del número 117, o el número que a la fecha de cierre de la solicitud corresponda a esteservicio.

2.9 DILIGENCIA DE CIERRE DEL CONCURSO DE MÉRITOS

La diligencia de cierre del Concurso de Méritos se hará en acto público el día y hora señalados

en el cronograma, donde se abrirán las propuestas por el o los funcionario(s) que designe(n)

los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, quien o quienes leerán

los aspectos más relevantes de las mismas, de los cuales se dejará constancia en el acta

respectiva que se levante para el efecto, en la que además se consignarán los nombres de

quienes integran el comité de verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación, quienes

de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 262 de 2000, artículo 68, numeral 1, serán

designados por los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones.

2.10 PLAZO PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS

HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y PARA PRESENTARDOCUMENTOS Y ACLARACIONES SOLICITADAS POR LOS COMITÉS VERIFICADORESY EVALUADORES

La Procuraduría General de la Nación verificará y evaluará las ofertas presentadas por los

proponentes dentro del plazo señalado en el cronograma, término dentro del cual los comités

verificadores y evaluadores, solicitarán a los oferentes, cuando sea necesario hacerlo, que en

el término que se fija en el cronograma de la selección, realicen las aclaraciones, precisiones

y/o alleguen los documentos que se le requieran, sin que por ello pueda los proponentes

completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.

En la verificación y evaluación de las ofertas primará lo sustancial sobre lo formal.

La omisión de los requisitos, documentos e información necesarios para la comparación de las

ofertas, es decir, para la aplicación de los criterios de evaluación de las mismas, establecidos

en el presente pliego de condiciones no será subsanable.

La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación al

proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título

suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos

requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por

la entidad en cualquier momento, hasta la adjudicación.

2.11 PUBLICIDAD DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN Y FORMULACIÓN DEOBSERVACIONES FRENTE A LOS MISMOS POR PARTE DE LOS PROPONENTES

Una vez realizada la verificación de los requisitos habilitantes por los respectivos Comités, la

Procuraduría atendiendo lo descrito en los artículos 2.2.1.1.2.1.4 y 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto

1082 de 2015, procederá a publicar los informes de habilitación de los oferentes por el término

señalado en el cronograma, en la página web del portal único de contratación

www.contratos.gov.co y en la página Web de la entidad www.procuraduria.gov.co, vínculo de

contratación. Los informes permanecerán de igual forma y por el mismo término en la División

Administrativa de la Procuraduría ubicada en la carrera 5a No. 15-80 piso 3 de la ciudad de

Bogotá, D.C. a disposición de los participantes, para que dentro de dicho término presenten

las observaciones que estimen pertinentes.

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PROCUFGEHALMUWCION

2.12 PLAZO MÁXIMO CONCEDIDO A LOS PROPONENTES NO HABILITADOS PARAQUE SUBSANEN LA AUSENCIA DE REQUISITOS O FALTA DE DOCUMENTOS

HABILITANTES, SO PENA DE RECHAZO DEFINITIVO DE LAS PROPUESTAS (LEY 1150

DE 2007, ARTÍCULO 5, PARÁGRAFO 1).

La entidad concederá el término señalado en el cronograma a los proponentes que según los

informes de verificación de los requisitos habilitantes no resultaren habilitados, para que

subsanen la ausencia de requisitos o falta de documentos habilitantes. El oferente no podrá

subsanar aquellos requisitos que en virtud de la Ley 1150 de 2007 artículo 5 no pueden

subsanarse.

La información y documentación deberá ser presentada dentro de este término, por escrito y

radicada directamente en la División Administrativa de la entidad, ubicada en la carrera 5a No.

15-80 piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C., o podrá ser enviada por fax al número 5878750

extensión No. 10397 o al correo electrónico [email protected].

2.13 ADJUDICACIÓN DE LA SELECCIÓN Y SUS EFECTOS

La Procuraduría previa consolidación de la información resultante del proceso de verificación y

evaluación, adjudicará o declarará desierto el presente Concurso de Méritos dentro del

término fijado en el cronograma que se señala en estos pliegos de condiciones, dejando

constancia de ello en el acta que se suscriba para el efecto, la cual será publicada en la página

del portal único de contratación y en la página web de la Entidad.

La adjudicación del presente proceso contractual de Concurso de Méritos se hará en forma total.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 77, Parágrafo 1, el acto de

adjudicación es irrevocable, obliga a la Entidad y al adjudicatario y no tendrá recursos por la

vía gubernativa. Su impugnación procede mediante el ejercicio de las acciones judiciales que

correspondan.

No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la

suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el

acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá

aplicar lo previsto en la ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12.

2.15 DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA SELECCIÓN

Dentro del mismo término de adjudicación, la Procuraduría, por motivos o causas que impidan

la escogencia objetiva del contratista, podrá declarar desierta la selección.

La Entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo

2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación,

www.contratos.gov.co.

CAPÍTULO TERCEROREQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS

De conformidad con las necesidades de la Entidad, las condiciones mínimas que deberán

acreditar los proponentes serán: la capacidad Jurídica, financiera, organizacional, experiencia

y el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas. Estos requisitos serán verificables

por los integrantes de los diferentes comités, analizando si los proponentes CUMPLEN O NO

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PROCURADURÍAGEMERALDELANACION

CUMPLEN con los requisitos y especificaciones mínimos exigidos por la entidad en el pliegode condiciones.

3.1 CAPACIDAD JURÍDICA

En el proceso de selección podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o

extranjeras, en consorcio o unión temporal o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social

o actividad comercial les permita cumplir con el objeto del contrato. La figura jurídica a través

de la cual se presente el oferente, debe tener una duración igual al plazo del contrato y un (1)

año más. La sociedad prometida, debe constituirse de forma inmediata a la adjudicación del

contrato.

La Procuraduría General de la Nación verificará con el contenido que obre en el RUP, la

información relativa a multas, sanciones e inhabilidades.

Así mismo, en cuanto a la capacidad jurídica, se verificarán los siguientes aspectos:

3.1.1 Oferta debidamente firmada

Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la

persona legalmente facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta dentro

del plazo y en el sitio fijado.

Debe ser firmada por el proponente, representante legal para personas jurídicas, persona

designada para representarlo en caso de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad

futura o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder

autenticado donde se especifique las facultades que se confieren al apoderado.

El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a

la sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la

misma.

Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe

la oferta.

En la carta de presentación de la propuesta el proponente manifestará de manera expresa que

no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para

contratar, establecidas en la Constitución Política o en la Ley.

Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de

ciudadanía de quien suscribe la oferta.

La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato del Anexo No.1

carta de presentación, adjunto al pliego de condiciones.

Abono de la oferta

El artículo 20 de la Ley 842 de 2003 señala que: Tas propuestas que se formulen en las

licitaciones y concursos abiertos por entidades públicas del orden nacional, seccional o local,

para la adjudicación de contratos cuyo objeto implique el desarrollo de las actividades

catalogadas como ejercicio de la ingeniería, deberán estar avalados, en todo caso, cuando

menos, por un ingeniero inscrito y con tarjeta de matrícula profesional en la respectiva rama

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GENBULDEUNACKHi

de la ingeniería". Por lo tanto, los oferentes bien sean personas naturales, jurídicas,

consorcios o uniones temporales deben tener en cuenta:

• Persona Natural: El oferente que se presente como persona natural debe ser profesional

en ARQUITECTURA o INGENIERÍA CIVIL o CONSTRUCTOR EN INGENIERÍA Y

ARQUITECTURA y contar con tarjeta profesional, allegando para el efecto la respectiva

fotocopia y certificado de vigencia de la misma. En caso, que el oferente no sea profesional

en ARQUITECTURA o INGENIERÍA CIVIL o CONSTRUCTOR EN INGENIERÍA Y

ARQUITECTURA, deberá ser abonada por una persona natural profesional en las áreas

mencionadas, completando la información de la carta de presentación, Anexo Carta de

Presentación, adjuntando fotocopia de la tarjeta profesional respectiva y certificado de

vigencia. Así mismo, la persona que abona la oferta no debe encontrarse reportado en el

boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o inhabilitado

para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de

Inhabilidad "SIRI" de la Entidad. En caso, de encontrarse reportado en el boletín o se

encuentre inhabilitado, no podrá abonar la propuesta.

• Persona Jurídica: La propuesta presentada por una persona jurídica, cuyo representante

legal no sea profesional en ARQUITECTURA, o INGENIERÍA CIVIL, o CONSTRUCTOR

EN INGENIERÍA y ARQUITECTURA, deberá ser abonada por una persona natural

profesional en las áreas mencionadas, completando la información de la carta de

presentación, Anexo Carta de Presentación, adjuntando fotocopia de la tarjeta profesional

respectiva y certificado de vigencia. Así mismo, la persona que abona la oferta no debe

encontrarse reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la

República o inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de

Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad. En caso, de encontrarse reportado

en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá abonar la propuesta.

• Consorcio o unión temporal: En el evento que la propuesta sea presentada en forma

asociativa, cuyo representante de quien vaya a hacer la obras no sea profesional en

ARQUITECTURA, o INGENIERÍA CIVIL, o CONSTRUCTOR EN INGENIERÍA y

ARQUITECTURA, deberá ser abonada por una persona natural profesional en las áreas

mencionadas, completando la información de la carta de presentación, Anexo Carta de

Presentación, adjuntando fotocopia de la tarjeta profesional respectiva y certificado de

vigencia. Así mismo, la persona que abona la oferta no debe encontrarse reportado en el

boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o inhabilitado

para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de

Inhabilidades (SIRI) de la Entidad. En caso, de encontrarse reportado en el boletín o se

encuentre inhabilitado, no podrá abonar la propuesta.

3.1.2 Documento de conformación del consorcio, unión temporal o promesa de

sociedad futura

Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura,

en la carta de presentación se debe indicar el nombre del consorcio, unión temporal o

sociedad futura, además del nombre de los integrantes del mismo. De acuerdo con lo

establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 7, en el documento de conformación del Consorcio,

Unión Temporal o promesa de sociedad futura se debe:

a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO, UNIÓN

TEMPORAL O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA

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JRIAGENERAL DÉUNACIOII

b. Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio, la unióntemporal o la promesa de sociedad futura.

c. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o

la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.

d. En el caso de la UNIÓN TEMPORAL señalar en forma clara y precisa, los términos yextensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y

responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los cuales

no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad contratante.

e. Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un año más.

f. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del

Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución deben manifestar para

efectos del pago en relación con la facturación:

• Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus

integrantes, caso en el cual se debe informar el número del NIT de quien factura.

• Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que se debe indicar

en el documento de conformación. Además se debe señalar el porcentaje o valor del

contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT

de cada uno de ellos. En este caso, para efectos de la inscripción en el Registro ÚnicoTributario deberán tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2645 de 2011.

El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión

Temporal, deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación

en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.

En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos

establecidos en las disposiciones legales.

g. Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.

3.1.3 Certificado de existencia y representación legal y/o documento legal idóneo

El proponente, persona jurídica, debe allegar el certificado de existencia y representación

legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, dentro de los quince (15) días hábiles

anteriores a la fecha de presentación de la oferta, donde conste quién ejerce la representación

legal, las facultades del mismo, la duración de la sociedad y el objeto social dentro del cual se

debe hallar comprendido el objeto del proceso de selección.

Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la

Cámara de Comercio, debe allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y

representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición dentro de los

quince (15) días hábiles anteriores al cierre del proceso contractual.

En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos,

sea persona jurídica, cada uno de ellos o el integrante respectivo, debe aportar el citado

certificado, cumpliendo además con todos los requisitos señalados con antelación. De igual

forma, cada uno de los miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se

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secretariaqeneral(5)procuraduria,gov.co

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PROCURADURÍAJSBfiULDEUlUCION

encuentra comprendido el objeto de proceso de selección o la actividad que se compromete a

desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente. En todo caso el consorcio o la

unión temporal deberá en conjunto, acreditar que sus objetos sociales comprenden la totalidad

del objeto del proceso de selección.

La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y un año

más (Ley 80 de 1993, artículo 6o).

Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el

oferente allegará la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de

Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.

En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio o la

entidad competente se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las

facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de

dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en

cuanto a su monto, se deberá igualmente allegar la correspondiente autorización la cual debe

ser impartida por la Junta de socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.

Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados

tanto de la Sucursal como de la Casa principal.

3.1.4 Certificado de inscripción en el registro único de proponentes (RUP), acorde con

lo establecido por el Decreto 1082 de 2015.

El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes

expedido por la Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince

(15) días hábiles anteriores al cierre de la presente selección.

Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme

para la fecha de adjudicación del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o

renovación hecha bajo el régimen del Decreto 1082 de 2015 y acorde con lo establecido por

Decreto 019 de 2012.

Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios,

uniones temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes

de dicha persona, debe estar inscrito en el RUP.

En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera

fecha prevista para la entrega de la propuesta.

3.1.5 Garantía de seriedad de la oferta

De conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2, los

proponentes podrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las

siguientes garantías:

- Contrato de seguro contenido en una póliza

- Patrimonio autónomo

- Garantía bancaria

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Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en el Título III delreferido Decreto.

Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o

Promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.

La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de laoferta, en los siguientes eventos:

i) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para

la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga seainferior a tres (3) meses.

ii) El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas,

iii) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

iv) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado

en el Contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato.

La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y

hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser

de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor

de la garantía deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al

múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49

y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.

Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en

caso de que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva

fecha para efecto de la vigencia de la garantía.

Cuando no se allegue la garantía de seriedad o en la que se presente con la oferta obren

datos incorrectos en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar

referida al presente proceso de selección, la Entidad solicitará al oferente el documento o la

modificación del caso.

3.1.6 Certificación expedida sobre pago de aportes al sistema de seguridad social y

parafiscales.

El proponente debe acreditar con la certificación respectiva, estar dentro de los seis (6) meses

anteriores a la fecha de presentación de la oferta, a paz y salvo con el pago de obligaciones

asumidas por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social

Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando

corresponda (Articulo 50 Ley 789 de 2002, Ley 1607 de 2012 y demás normas

complementarias y modificatorias). Dicha certificación deberá encontrarse suscrita por la

persona natural o su contador, o por el revisor fiscal o representante legal de la persona

jurídica, según sea el caso.

En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal

debe allegar este documento.

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PROCUFGENERAL DE LA KACIOH

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los

proponentes que se encuentren excluidos del pago de los aportes al régimen de subsidio

familiar, SENA e ICBF, deberán acreditar dicha situación presentando el certificado de

exclusión emitido por la Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentren afiliados o por

el SENA y el ICBF cuando les corresponda certificarlo.

La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas Entidades la información que

suministran los proponentes.

Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la

misma requiere aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos

para solicitar aclaraciones.

3.1.7 Verificación responsables fiscales y antecedentes disciplinarios.

La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o

cualquiera de los integrantes del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se

encuentra (n) reportado (s) en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría

General de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de

Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad. En caso

que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio, Unión Temporal o promesa de

sociedad futura, se encuentre relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá

contratar con la Procuraduría General de la Nación.

3.1.8 Certificaciones para acreditar la condición de discapacidad y de Mipyme.

Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en

el caso de empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus

empleados se encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de

1997, deberán acreditar con la oferta el certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la

respectiva zona y con las constancias firmadas por el representante legal y/o por el revisor

fiscal de la contratación en las que conste la contratación del personal por lo menos con un (1)

año de anterioridad y la condición de mantenerlo por un lapso igual al de la contratación

En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta

condición, debe acreditarla.

La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP

3.2. CAPACIDAD FINANCIERA

Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán

verificados a partir de la información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de

2014 que obra en el Certificado de Inscripción RUP.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los

integrantes con el lleno de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones; la PGN

verificará la información financiera, de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio.

La Procuraduría General de la Nación efectuó el análisis para establecer los indicadores para

verificar la capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decreto 1082 de

2015.

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PROCURADURÍA6ENERALDELANACI0N

Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes indicadores financieros:

jndice de Liquidezíndice de EndeudamientoRazón de cobertura de intereses

ÍNDICE

LIQUIDEZ

(Activo corriente/Pasivo corriente)

Endeudamiento

(Pasivo total/ Activo total)*100

Razón de cobertura de Intereses

( Utilidad Operacional/ gastos de intereses) * 100

REQUERIDO

Mayor o igual a 1

Menor o igual a 70%

Mayor o igual a 1

Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva,quedan habilitados respecto el indicador de Cobertura de Intereses.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los índices de Liquidez,

Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la

asociación deberá cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes

presenten su propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el

proceso, como quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la

sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica,

deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

3.2.1. RUT

El proponente debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT, en el que indique aqué régimen pertenece.

En caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar

este documento.

3.2.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

La Capacidad de Organización se verificará con base en la información financiera con corte a

diciembre 31 de 2014 que repose en el RUP respecto de los siguientes indicadores

financieros.

(a) Rentabilidad del Activo:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 2%.

La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de

sus activos totales, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar

ganancias.

(b) Rentabilidad del Patrimonio:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 3%.

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6BBULDEUHUCI0N

La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto

de su patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar

ganancias.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad

del Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación

deberá cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su

propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como

quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la

cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el

mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

INDICADOR

Rentabilidad del Activo

(utilidad operacional /activo)*100

Rentabilidad del Patrimonio

(utilidad operacional/patrimonio)*100

REQUERIDO

Mayor o igual a 2%

Mayor o igual a 3%

3.3. CONDICIONES DE EXPERIENCIA

La verificación de la experiencia se realizará con la información que obra en el Registro Único

de Proponentes, en el cual se deben evidenciar contratos celebrados, ejecutados y terminados

por el proponente y registrados en los siguientes códigos:

Clasificación UNSPSC

801016

811015

Clase

80101600

Gerencia de proyectos

81101500

Ingeniería civil

Cuantía-SMMLV

100% del presupuesto oficial

(791 SMMLV), sumados en

máximo cinco (5) contratos

NOTA: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en

cualquier otro código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el requerido

por la Entidad en el presente numeral.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Proponente deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA

PROPONENTE, relacionando en el mismo los contratos registrados en el RUP con los cuales

acreditará a la Entidad el cumplimiento de la experiencia. De manera adicional deberá incluir

en el mismo anexo, la siguiente información correspondiente a los contratos que relaciona,

toda vez que la misma no se encuentra registrada en el RUP:

• Nombre de la entidad o empresa contratante, dirección, teléfono y nombre de la persona

que expide la certificación.

• Número, fecha de suscripción e iniciación. La suscripción e iniciación del respectivo

contrato debe ser posterior al 1o de enero de 2005. No se considerarán aquellos que hayan

sido suscritos e iniciados con fechas anteriores.

• Objeto del contrato: interventoría integral a contratos de obra de Conservación y/o

restauración y/o mantenimiento de bienes inmuebles de interés cultural.

• Fecha de iniciación

• Fecha de terminación.

• Valor de los contratos

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PROCUFGEMERAJ.DCUKACION

• Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal

Nota: Entiéndase por bien inmueble de interés cultural, los inmuebles reconocidos como tal

mediante la DECLARATORIA en uno o más de las siguientes ámbitos: municipal, distrital,

departamental, nacional y/o monumento nacional y/o que estén localizados dentro de un

sector urbano declarado Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y cuenten con niveles

de conservación 1 y 2, de acuerdo con el Decreto 763 de 2009, artículo 20, dado que los tipos

de obra permitidos en estos niveles corresponden al objeto del contrato que se pretendecelebrar.

La declaratoria de interés cultural se acreditará mediante el acto administrativo de la autoridad

competente según corresponda, nacional, departamental, distrital o municipal y/o certificado

de tradición y libertad con la correspondiente inscripción y/o copia del POT correspondiente alsector declarado bien de interés cultural.

La Entidad no acepta que cada renovación automática de un contrato se cuente como un

nuevo contrato, en razón que el contrato es uno solo y el hecho de prorrogarlo o adicionarlo no

significa que se celebre un nuevo negocio contractual. De esta forma su cumplimiento se

verifica desde el inicio hasta la culminación del mismo, entendiendo que ha finalizado cuando

ha terminado su última renovación.

En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los

integrantes debe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los

requisitos establecidos en este numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se

puede acreditar en conjunto.

Si los documentos presentados por el proponente no precisan el número de SMMLV, la

Entidad los calculará, utilizando el valor del salario para la época de la firma del contrato que

se esté relacionando, proyectado a valor presente. El valor de los SMMLV que se tendrán en

cuenta será el valor del salario para la época de la firma del contrato, actualizado a valor

presente.

En los contratos que fueron ejecutados en consorcio o unión temporal, deberá indicarse el

porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe

discriminarse en pesos colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la

experiencia teniendo en cuenta lo señalado en este numeral. Así mismo, en caso de personas

jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de constituidas, se les podrá acumular la

experiencia de los accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el

Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, numeral 2.5.

En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial,

debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos,

que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el

certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal)

que así lo acredite.

LAS CERTIFICACIONES DEL CONTRATANTE, LAS COPIAS DE CONTRATOS, ACTAS

DE LIQUIDACIÓN, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SE ACEPTARÁN COMODOCUMENTOS ACLARATORIOS DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA.

La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes. En

caso de requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en el anexo experiencia del

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GENERAL DE LA KACIOH

proponente, la Procuraduría podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el

término establecido en el cronograma del proceso para suministrarlas.

En el periodo de verificación de las propuestas, los oferentes podrán allegar el formato e

incluir nuevos contratos para acreditar este requisito, siempre y cuando cumplan con los

requerimientos exigidos por la Entidad en este numeral y los contratos se encuentren

concluidos antes de la fecha de cierre del proceso.

3.3.1 Justificación del requerimiento de experiencia

Para garantizar la idoneidad y capacidad del oferente para atender el objeto del contrato, se

considera que las condiciones exigidas en cuanto al número de contratos, el alcance de éstos,

la fecha a partir de la cual se acredita la experiencia, es adecuada y proporcional al contrato

que se pretende suscribir y es razonable y suficiente para demostrar el posicionamiento de los

oferentes en el mercado y la adquisición de experiencia en la ejecución de interventoría

externa a contratos de obra en conservación y/o restauración y/o mantenimiento de bienes

inmuebles de interés cultural.

Se pudo constatar además, que de acuerdo con el estudio del sector y lo manifestado por las

personas que allegaron cotización para el estudio del mercado, los posibles oferentes cumplen

con los requerimientos. En consecuencia, del análisis efectuado, se tiene que estas

estipulaciones no limitan la libre concurrencia y garantizan la idoneidad requerida por la

Entidad.

De conformidad con lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, artículo 6, modificado por el

Decreto 019 de 2012, artículo 221 no se verificará el requisito habilitante de experiencia

únicamente en el RUP, sino mediante certificaciones de contratos que alleguen los

proponentes, por cuanto dadas las características del objeto a contratar y las exigencias de la

Entidad para el cumplimiento de este requisito, se requiere de información adicional que no

obra en el RUP.

En este mismo sentido, la experiencia solicitada del personal mínimo responde a los

requerimientos exigidos dentro del estudio del sector, en procesos consultados similares al

que se pretende contratar, experiencia mínima que le demuestra a la Entidad conocimiento y

actualidad en el ejercicio de la profesión dentro de procesos de interventoría u obras como la

que se va a intervenir con el contrato que se suscriba como resultado del proceso de

contratación.

3.4. REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN

EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL ENEL PAÍS

Cuando se trate de proponentes extranjeros no obligados a estar inscritos en el Registro Único

de Proponentes, por no tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la

Nación, verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las

condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes bien

sea individuales o integrantes de una unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura.

Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están

obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar

directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes.

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PROCUFGENERAL DEUNACIOI

De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los

Procesos de Contratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin

sucursal en Colombia se acredita mediante los documentos previstos por la legislación del

país de origen, los cuales deben aportarse al Proceso de Contratación.

De conformidad con lo establecido en el inciso del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de

2015, las sucursales de sociedad extranjera sin domicilio o sucursal en el país deben

presentar para registro la información contable o financiera de su casa matriz.

3.4.1. Capacidad Jurídica.

Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la

sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en

Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código deComercio, que indica:

"ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de sudomicilio principal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:

1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley

colombiana respecto a la claridad y concreción del objeto social;

2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;

3) El lugar escogido como domicilio;

4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los

mismos;

5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la

sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se

entenderá facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la

personería judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales, y

6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en

Colombia."

3.4.2. Experiencia

Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben

cumplir los requisitos establecidos en el numeral 3.2.2 del presente documento.

3.4.3. Capacidad Organizacional.

De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.5.2, los estados financieros de

las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables

en el país en el que son emitidos.

3.4.4. Capacidad Financiera.

De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.5.2, los estados financieros de

las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables

en el país en el que son emitidos.

El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la

sociedad, con sus notas explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el

contador y Revisor Fiscal si la persona jurídica está obligada a tenerlo.

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PROCUFGSBtALDEUNACION

Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización,

deberá anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD

FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGNIZACIONAL.

3.4.5. Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos

otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el

respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a

falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios

internacionales sobre el régimen de los poderes. Al autenticar los documentos a que se refiere

este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a

las leyes del respectivo país."

Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados

ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización

de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.

3.4.6. Apostille

Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de

conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de

Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países

signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del

requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de

1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado

mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona

firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.

Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para

determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente

información es relevante para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:

Idioma - Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que

hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al

castellano y ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El

proponente puede presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta

adjudicatario para firmar el contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los

documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto

presentado para acreditar los requisitos habilitantes.

Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren

legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o

especiales que deben ser otorgados ante Notario Público.

Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin

que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte

adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de

conformidad con la Convención de la Apostilla2 o legalizados ante cónsul colombiano.

2 Ley 455 de 1998

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PROCUFGENERALMLANACION

Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus

estados financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutossociales.

Moneda - Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país

en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad

Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa

representativa del mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron

expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de

cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.

CAPÍTULO CUARTOESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS

Las especificaciones técnicas, condiciones generales, requisitos mínimos obligatorios y

descripciones de ítems, se encuentran detalladas en este acápite, en el Anexo

Especificaciones Técnicas y en el Anexo Formato Propuesta Económica donde se

encuentran discriminadas todas las actividades que integran el objeto del proceso, las cuales

son de obligatorio cumplimiento por el contratista. En la carta de presentación de la oferta el

proponente declara que conoce, entiende y acepta los requerimientos técnicos mínimos

exigidos por la Entidad para el presente proceso de selección y se compromete a cumplir en la

ejecución del contrato. En todo caso, los proponentes deberán entregar la información exigida

en los pliegos de condiciones y efectuar las declaraciones allí previstas.

NOTA: EL INTERVENTOR DEBE TENER EN CUENTA QUE LOS MATERIALES CON LOS

CUALES EL CONTRATISTA EJECUTE LAS ACTIVIDADES OBJETO DEL CONTRATO

PRINCIPAL Y LOS BIENES A SUMINISTRAR E INSTALAR, NO DEBEN CONTENER

OLORES TÓXICOS NI IRRITANTES QUE ALTEREN LA SALUD Y EL BIENESTAR TANTODE LOS FUNCIONARIOS QUE OCUPARÁN EL ÁREA INTERVENIDA, COMO DE LASPERSONAS QUE REQUIERAN LOS SERVICIOS DE LA ENTIDAD, Y QUE DEBEN SER

NUEVOS Y ORIGINALES.

4.1 Personal técnico mínimo

De acuerdo con la naturaleza de las obras y actividades a realizar en ejecución del contrato

resultante de la adjudicación de la Licitación Pública No.4 de 2015, el proponente deberá

ofrecer y acreditar con su oferta, que cuenta con el siguiente personal mínimo:

1. Director de Interventora. Un (1) Profesional Ingeniero Civil o Arquitecto con

especialización o maestría en conservación y restauración del patrimonio arquitectónico o en

cualquier otra especialización o maestría relacionada con restauración de acuerdo a la

clasificación contenida en el SNIES3, quien actuará como Director de Interventoría.

Adicionalmente, los oferentes acreditarán para el Director de Interventoría una experiencia

específica como director de interventoría o contratista interventor sobre obras de restauración

y conservación del patrimonio arquitectónico de bienes inmuebles de interés cultural (BIC) o

director de obras de restauración y conservación del patrimonio arquitectónico de bienes

inmuebles de interés cultural (BIC), mediante la presentación de hasta cinco (5) certificaciones

3 http://www.mineducacion.gov.co/sisternasdeinfonTiacion/1735/w3-propertvname-2672,html Sistema Nacional de Información dela Educación Superior

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

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GDERAL DE U HACION

en las que haga constar que actuó como director de ¡nterventoría o contratista interventor o

director de obra en contratos ya finalizados.

Nota: Entiéndase por bien inmueble de interés cultural, aquel reconocido como tal mediante la

DECLARATORIA en uno o más de los siguientes ámbitos: municipal, distrital, departamental,

nacional y/o monumento nacional y/o que estén localizados dentro de un sector urbano

declarado Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y cuenten con niveles de

conservación 1 y 2, de acuerdo con el Decreto 763 de 2009, artículo 204, dado que los tipos de

obra permitidos en estos niveles corresponden al objeto del contrato que se pretende celebrar.

La declaratoria de interés cultural se acreditará mediante el acto administrativo de la autoridad

competente (nacional, departamental, distrital o municipal) y/o certificado de tradición y

libertad con la inscripción correspondiente y/o copia del POT aplicable al sector declarado bien

de interés cultural.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el proponente allegará

con su oferta los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Diploma de la especialización o maestría.

• Hasta cinco (5) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante en la que se

indique que actuó como Director de Interventora o contratista interventor o director en obras

de restauración y conservación del patrimonio arquitectónico de bienes inmuebles de interés

cultural (BIC) y que los valores sumados de los contratos de obra a los cuales se le efectuó la

interventoría sean iguales o superiores a 7.131,88 SMMLV o que los valores sumados de los

contratos de interventoría en los que haya actuado sean ¡guales o superiores a 791,00

SMMLV.

• Cada una de las certificaciones contendrá la siguiente información: nombre, dirección, correo

electrónico y teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada,

plazo de duración y valor total del contrato ejecutado.

La dedicación del Director de Interventoría será del 25% del tiempo total mensual.

2. Residente de Interventoría. Un (1) Profesional Ingeniero Civil o Arquitecto con

especialización o maestría en conservación y restauración del patrimonio arquitectónico o en

Artículo 20. Nivel permitido de intervención. Son las pamas o criterios relacionados con la con.senación Je los va/ores del inmueble y su zona de influencia. Define el(los) tipo(s) de obra

que pueden acometerse en el área afectada y su zona de influencia, con el fin de precisar los alcances de la intervención. Se deben tener en cuenta los siguientes niveles de intervención, sin

perjuicio de lafacultad del Ministerio de reglamentar por vía general otros niveles de intervención para BIC del ámbito nacional y territorial: i. Nivel I. Conservación integral: Se aplica ainmuebles del grupo arquitectónico de excepcional valor, los cuales, por ser irremplazah/es. deben ser preservados en su integralidad. En estos, cualquier intervención puede poner en riesgo

sus valores e integridad, por lo que las obras deben ser legibles y dar fe del momento en el que se rea/izaron. Si el inmueble lo ¡K-rmite, se podrán realizar ampliaciones, en función depromover su revitalización y sostenibilidad.

En relación con los inmuebles del Grupo Urbano debe garantizarse la preservación del trazado, manzanas, paramentos, perfiles, alturas, índices de ocupación, vías, parques, plazas y pasajes,

entre otros. Se permite la modificación de ¡os espacios internos del inmueble, siempre y cuando se mantenga la autenticidad de su estructura espacial: disposición de accesos, vestíbulos,circulaciones horizontales y verticales.

Tipos de obras permitidos en el Nivel 1: Restauración, reparaciones locativas, primeros auxilios, rehabilitación o adecuación

funcional, reforzamiento estructural, reintegración, ampliación, consolidación y liberación.

ii. Nivel 2. Conservación del tipo arquitectónico. Se aplica a Inmuebles del Grupo Arquitectónico con características

representativas en términos de implantación predial (rural o urbana), volumen edificado, organización espacial y elementos

ornamentales las cuales deben ser conservadas. Se permite la modificación de los espacios internos del inmueble, siempre y

cuando se mantenga la autenticidad de su estructura espacial: disposición de accesos, vestíbulos, circulaciones horizontales yverticales.

Tipos de obras permitidos en el Nivel 2: Restauración, reparaciones locativas, primeros auxilios, rehabilitación o adecuación

funcional, remodelación, reforzamiento estructural, reintegración, ampliación, consolidación y liberación.

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PROCUFGKMLDEUNACKHI

cualquier otra especialización o maestría relacionada con restauración de acuerdo a la

clasificación contenida en el SNIES, quien actuará como Residente de Interventoría

Adicionalmente, los oferentes acreditarán para el Residente de Interventoría una experiencia

específica como director de interventoría, residente de interventoría o contratista interventor

sobre obras restauración y conservación del patrimonio arquitectónico de bienes inmuebles de

interés cultural (BIC), o director o residente de obras de restauración y conservación del

patrimonio arquitectónico de bienes inmuebles de interés cultural (BIC), mediante la

presentación de hasta cinco (5) certificaciones en la que haga constar que actuó como director

de interventoría o residente de interventoría o contratista interventor o director o residente deobra en contratos ya finalizados.

Nota: Entiéndase por bien inmueble de interés cultural, los inmuebles reconocidos como tal

mediante la DECLARATORIA en uno o más de los siguientes ámbitos: municipal, distrital,

departamental, nacional y/o monumento nacional y/o que estén localizados dentro de un

sector urbano declarado Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional y cuenten con niveles

de conservación 1 y 2, de acuerdo con el Decreto 763 de 2009, artículo 20, dado que los tipos

de obra permitidos en estos niveles corresponden al objeto del contrato que se pretendecelebrar.

La declaratoria de interés cultural se acreditará mediante el acto administrativo de la autoridad

competente (nacional, departamental, distrital o municipal) y/o certificado de tradición y

libertad con la inscripción correspondiente y/o copia del POT aplicable al sector declarado bien

de interés cultural.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia del residente, el proponente allegara con su

oferta los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Diploma de la especialización o maestría.

• Hasta cinco (5) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante en la que se

indique que actuó como Director de Interventoría o Residente de Interventoría o contratista

interventor o Director en obras de restauración y conservación del patrimonio arquitectónico

de bienes inmuebles de interés cultural (BIC), y que los valores sumados de los contratos de

obra a los cuales se le efectuó la interventoría o fue director o residente de obra sean iguales

o superiores a 7.131,88 SMMLV o que los valores sumados de los contratos de interventoría

en los que haya actuado sean iguales o superiores a 791,00 SMMLV

• Cada una de las certificaciones contendrá la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración

y valor total del contrato ejecutado.

La dedicación del Residente de Interventoría será del 100% del tiempo del total mensual en la

obra.

NOTA: Los documentos de formación académica, tarjeta profesional, certificaciones de

experiencia y demás requeridos para el director y el residente de obra, deberán ser

acreditados por el proponente con su oferta.

LOS OFERENTES DEBERÁN MANIFESTAR EN SU PROPUESTA QUE PARA LAEJECUCIÓN DEL CONTRATO, CUENTAN CON EL SIGUIENTE PERSONAL, PERO LA

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GBERALDEUNACKHI

ACREDITACIÓN DE CALIDADES SOLO DEBERÁ SER EFECTUADA POR ELADJUDICATARIO DEL CONCURSO DE MÉRITOS, DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍASSIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO DE CONSULTORIA RESPECTIVO Y PREVIO A

LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO DE ESTE.

3. Un (1) profesional Ingeniero Civil especialista en cálculo estructural actuará como

asesor de la interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica en diseños o asesorías estructurales

de bienes inmuebles de interés cultural (BIC), mediante la presentación de tres (3)

certificaciones en la que haga constar que actuó como diseñador o asesor estructural en

contratos ya finalizados, independientemente del valor de los contratos.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Diploma como especialista en cálculo estructural

• Tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante en la que se indique que

actuó como diseñador estructural o asesor estructural en bienes inmuebles de interés

cultural (BIC).

• Cada una de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración.

La dedicación de este profesional será del 10% del tiempo total mensual.

Teniendo en cuenta que este profesional durante la ejecución de la interventoría deberá revisar y

aprobar diseños de reforzamiento estructural y verificar la calidad y cantidad de obra ejecutada

del reforzamiento, no cuantificables hasta el diseño definitivo, el requerimiento de experiencia de

este personal responde a la idoneidad y conocimiento apreciable en el número de veces en las

que ha asesorado interventorías u obras en cálculos estructurales y reforzamiento de bienes

inmuebles de interés cultural (BIC).

4. Un (1) profesional Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario o ambiental, quien actuará como

asesor de la interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica como diseñador hidrosanitario o

asesor en instalaciones hidrosanitarias en edificaciones públicas o privadas, mediante la

presentación de tres (3) certificaciones en la que haga constar que actuó como diseñador o

asesor hidrosanitario en contratos ya finalizados, independientemente del valor del contrato.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

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Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7° PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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PROCUF6ENERALDEUNACI0N

• Tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante del diseño ejecutado en

la que se indique que actuó como diseñador o asesor de redes hidrosanitarias internas en

edificaciones públicas o privadas.

• Cada una de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración.

La dedicación de este profesional será del 10% del tiempo total mensual.

Teniendo en cuenta que este profesional durante la ejecución de la interventoría deberá revisar y

aprobar el diseño de las instalaciones hidrosanitarias, y verificar la calidad y cantidad de obra

ejecutada de la obra hidrosanitaria, no cuantificables hasta el diseño definitivo, el requerimiento

de experiencia de este profesional responde a la idoneidad y conocimiento apreciable en el

número de veces en las que ha diseñado o asesorado interventorías u obras en las instalaciones

hidrosanitarias en edificaciones.

5. Un (1) profesional Ingeniero Civil especialista en Geotecnia quien actuará como asesor

de la interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica como consultor en estudios de

suelos en edificaciones públicas o privadas, mediante la presentación de tres (3) certificaciones

en la que haga constar que actuó como consultor o asesor en estudios de suelos en contratos

ya finalizados, independientemente del valor del contrato.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Diploma como especialista en Geotecnia

• Tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante del estudio de suelos

ejecutado en la que se indique que actuó como consultor o asesor en estudios de suelos en

edificaciones públicas o privadas.

• Cada una de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración.

La dedicación de este profesional será del 10% del tiempo total mensual.

Teniendo en cuenta que este profesional durante la ejecución de la interventoría deberá revisar y

aprobar el estudio de suelos, y verificar el cumplimiento de las normas y metodología de estos

estudios, la idoneidad se demuestra con el número de veces que ha realizado estudios de

suelos o han asesorado, independientemente de su valor.

6. Un (1) profesional Ingeniero Eléctrico o Ingeniero Electricista o Ingeniero en

Distribución y Redes de Energía Eléctrica, quien actuará como asesor de la

interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica en obras de instalaciones de redes

eléctricas internas en baja tensión regulada y no regulada, mediante la presentación de hasta

tres (3) certificaciones en la que haga constar que actuó en contratos de obra o interventoría

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como asesor en instalaciones eléctricas internas de baja tensión, reguladas y no reguladas, en

contratos ya finalizados.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Hasta tres (3) Certificaciones de experiencia suscritas por el contratista, en la que se indique

que actuó como asesor en instalaciones eléctricas internas en baja tensión en obras o

interventorías cuyo componente de instalaciones eléctricas en baja tensión, sea igual o

superior a 450,24 SMMLV.

• Cada una de las certificaciones contendrá la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de

duración y valor de la obra ejecutada del tipo de instalaciones eléctricas en baja tensión.

La dedicación de este profesional será como mínimo del 16.67% del tiempo mensual.

El diseño preliminar permitió calcular cantidades aproximadas y el presupuesto oficial para el

componente de red eléctrica regulada en baja tensión, por lo que este profesional demostrará la

experiencia en la ejecución de asesorías dentro de contratos de obra o interventorías, cuyo valor

ascienda a una suma igual o superior a la prevista para este capítulo, teniendo en cuenta la

importancia de este componente dentro la ejecución del contrato, toda vez que el monto

ejecutado determina el alcance de la obra ejecutada, aspecto relevante para demostrar la

idoneidad, conocimiento, seguridad y garantía en la ejecución de contratos como el que se

pretende contratar.

7. Un (1) profesional Ingeniero Electrónico o Ingeniero de Sistemas o Ingeniero en

Teleinformática o Ingeniero en Telecomunicaciones, quien actuará como asesor de la

interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica en instalaciones de redes de cableado

estructurado (voz y datos) en categoría mínima 6A, equipos activos y UPS, mediante la

presentación de hasta tres (3) certificaciones en la que haga constar que actuó como asesor en

instalaciones de cableado estructurado en categoría mínima 6A, equipos activos y UPS, en

contratos de obra o interventoría ya finalizados.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Hasta tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante, en la que se indique

que actuó como asesor en instalaciones de cableado estructurado en categoría mínima 6A,

equipos activos y UPS en contratos de obra o interventoría, cuyo valor dentro del contrato

sea igual o superior a 538,75 SMMLV.

• Cada una de las certificaciones contendrá la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de

duración y valor del componente cableado estructurado, equipos activos y UPS.

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7° PBX: 5878750 ext: 10796-10797

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6ENERALDELANACKDN

La dedicación de este profesional será como mínimo de 16.67% mensual.

El diseño preliminar permitió calcular cantidades aproximadas y el presupuesto oficial para el

componente cableado estructurado, equipos activos y ups, por lo que este profesional

demostrará la experiencia en la ejecución de asesorías dentro de contratos de obra o

interventorías cuyo valor ascienda a una suma igual o superior a la prevista para este capítulo. El

monto ejecutado demuestra la idoneidad, conocimiento, seguridad y garantía en la ejecución de

contratos como el que se pretende contratar.

8. Un (1) Profesional Ingeniero Mecánico con experiencia en montajes de sistemas de

aire acondicionado, quien actuará como asesor de la interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica en suministro, instalación y puesta en

funcionamiento de sistemas de aire acondicionado en hasta tres (3) certificaciones en las que

haga constar que actuó como consultor de diseño en sistemas de aires acondicionados o

responsable del suministro, instalación y puesta en funcionamiento de sistemas de aire

acondicionado, en contratos de obra o interventoría ya finalizados

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Hasta tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante, en la que se indique

que actuó como consultor de diseño en sistemas de aires acondicionados o responsable del

suministro, instalación y puesta en funcionamiento de sistemas de aire acondicionado, en

contratos de obra o interventoría, cuyo valor dentro del contrato sumado sea igual o superior

a 568 SMMLV.

• Cada una de las certificaciones contendrá la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de

duración y valor del componente montaje y puesta en funcionamiento de sistema de aire

acondicionado.

La dedicación de este profesional será como mínimo de 16.67% mensual.

El diseño preliminar permitió calcular cantidades aproximadas y el presupuesto oficial para el

componente de suministro e instalación de equipos de aire acondicionado, por lo que este

profesional demostrará la experiencia en la ejecución de asesorías dentro de contratos de obra o

interventorías, cuyo valor ascienda a una suma igual o superior a la prevista para este capítulo.

El monto ejecutado determina el tamaño e importancia de la obra ejecutada, aspecto relevante

para demostrar la idoneidad, conocimiento, seguridad y garantía en la ejecución de contratos

como el que se pretende contratar.

9. Un (1) profesional ingeniero forestal, quien actuará como asesor de la interventoría.

Adicionalmente deberá contar con experiencia específica en estudios fitosanitarios de maderas

en bienes inmuebles de interés cultural (BIC), mediante la presentación de tres (3)

certificaciones en las que haga constar que actuó como asesor en estudios fitosanitarios en

contratos de obra o interventoría ya finalizados.

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7o. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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GEMERAi D€ LA HACION

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará

en su debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del

numeral 3.2.2, los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional con certificado de vigencia profesional expedido por la

autoridad competente.

• Tres (3) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante en la que se indique que

actuó como asesor en estudios fitosanitarios en contratos de obra o interventoría en

inmuebles de interés cultural ya finalizados.

• Cada una de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y

teléfono de quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración.

La dedicación del ingeniero de suelos será del 10% mensual en la obra.

Teniendo en cuenta que este profesional durante la ejecución de la interventoría deberá revisar y

aprobar el estudio fitosanitario, la idoneidad se demuestra con el número de veces que ha

realizado estudios fitosanitarios en BIC o han asesorado, independientemente de su valor.

10. Un (1) profesional en Derecho:

Perfil profesional: Profesional en derecho

Experiencia: experiencia específica en asesorías jurídicas a interventorías de obras o

contratos de obra, que se debe acreditar en la ejecución de dos (2) contratos terminados en

un 100%, en los que haya actuado como contratista o abogado asesor en contratos de obra o

interventoría ya finalizados.

Las certificaciones deberán ser, suscritas por el contratante y contendrán la siguiente información:

nombre, dirección y teléfono de quien suscribe la certificación; objeto del contrato y plazo de duración.

Con el fin de acreditar las calidades y experiencia de este profesional, el adjudicatario allegará en su

debido momento, según lo estipulado en las reglas comunes para todo el personal del numeral 3.2.2,

los siguientes documentos:

• Fotocopia de la tarjeta profesional de abogado, con certificado de antecedentes disciplinarios vigente y

expedido por el Consejo Superior de la Judicatura.

• Dos (2) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante en la que se indique que actuó

asesor jurídico.en contratos de obra o interventoría.

• Cada una de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de

quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración.

La dedicación de este personal será del 15% mensual durante la ejecución del contrato.

11. Un (1) profesional en Contaduría Pública

Perfil profesional: Contador Público

Experiencia: experiencia específica en asesoría contable y financiera a interventorías o contratos de

obra, que se debe acreditar en la ejecución de dos (2) contratos terminados en un 100%, en los que

haya actuado como contratista o asesor contable o financiero en contratos de obra o interventoría ya

finalizados.

Con el fin de acreditar sus calidades y experiencia de este profesional, el contratista allegará los siguientes

documentos:

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

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• Fotocopia de la tarjeta profesional de contador público, con certificado disciplinario vigente y expedidopor la Junta Central de Contadores.

• Dos (2) certificaciones de experiencia suscritas por el contratante en ia que se indique que actuó

asesor jurídico en contratos de obra o interventoría.

• Cada una de las certificaciones contendrán la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de

quien suscribe la certificación; descripción de la obra realizada, plazo de duración.

La dedicación de este personal será del 15% durante la ejecución del contrato.

NOTA 1: La inclusión de los profesionales en derecho y contaduría pública así como su

ocupación dentro de la ejecución de contrato y el requerimiento de experiencia, obedece al

alcance de la interventoría integral (técnica, administrativa, contable y jurídica).

NOTA 2: La ocupación del personal mínimo responde a las actividades y a las funciones que

cada uno desarrollará dentro de las diferentes etapas de la ejecución del contrato.

4.2 REGLAS COMUNES A TODO EL PERSONAL

1: Para efectos de la contabilización de tiempo de experiencia específica, sólo se tendrá en

cuenta la certificación por una sola vez para los eventos de actividades simultáneas con

diferentes empleadores (Traslapos de tiempos en diferentes certificaciones).

2: El proponente deberá acreditar en su propuesta al director y al residente de la interventoría.

El restante personal, el adjudicatario los acreditará dentro de los cinco (5) días siguientes a la

firma del contrato y previo a la suscripción del acta de inicio.

3: De conformidad con el artículo 229 del Decreto 0019 de 2012, en el evento que se acredite

experiencia profesional anterior a la fecha del grado, deberá aportar la constancia de

terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.

La Procuraduría se reserva el derecho de verificar la información contenida en las

certificaciones que acrediten la experiencia del personal técnico mínimo.

Durante la ejecución del contrato de consultoría resultante del presente proceso, el

CONTRATISTA deberá estar en disponibilidad de cambiar su personal mínimo cuando: el(os)

supervisor(es) del contrato así lo consideren, por falta temporal o definitiva de alguno de ellos,

porque lo considere pertinente el mismo, el cual, deberá cumplir con todos los requerimientos

mínimos exigidos para el presente concurso de méritos.

NOTA: Para los profesionales cuya experiencia se establece con base en un monto del

presupuesto oficial (Director, Residente, profesional Ingeniero Eléctrico o Ingeniero

Electricista o Ingeniero en Distribución y Redes de Energía Eléctrica, profesional

Ingeniero Electrónico o Ingeniero de Sistemas o Ingeniero en Teleinformática o Ingeniero

en Telecomunicaciones, Profesional Ingeniero Mecánico) se acepta acreditar la

experiencia del personal mínimo, con la sumatoria de certificaciones exigidas, es decir,

sí una sola certificación reúne el monto de SMMLV, valdrá para acreditar la experiencia

exigida, o la sumatoria de las certificaciones hasta número de certificaciones

permitidas.

En caso que no se incluya SMMLV (profesional Ingeniero Civil especialista en cálculo

estructural, profesional Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario o ambiental, profesional

Ingeniero Civil especialista en Geotecnia , profesional ingeniero forestal, profesional en

Derecho, profesional en Contaduría Pública) para cumplir el requisito, la experiencia se

acreditará con el número de certificaciones exigidas, pues se verificará para acreditar

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7o. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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PROCUFGQERALDEUNAOON

idoneidad las veces que haya participado en proyectos sin importar el valor de los

mismos.

4.2.1. BITÁCORA DEL CONTRATO

En el lugar de ejecución del contrato objeto de interventoría, existirá un libro de control y

órdenes de o bitácora de obra, en el cual quedará constancia de todo lo pertinente a la marcha

de los trabajos. Este libro será suscrito diariamente por el contratista de obra o sus

representantes y por el interventor del contrato o sus representantes.

4.2.2. REGISTRO FOTOGRÁFICO:

El interventor deberá llevar un registro fotográfico que evidencie el paso a paso de los

trabajos, su antes y después. Este registro será revisado por el supervisor del contrato de

interventoría y será fundamento de la verificación de cumplimiento que éste lleve a cabo.

4.2.3. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA INTERVENTORÍA

El plazo de ejecución del contrato de consultoría es de DIECISIETE (17) meses, igual al

tiempo de ejecución de la obra objeto de intervención. En todo caso el plazo de ejecución del

contrato de interventoría no puede ser inferior al del contrato de obra.

No obstante el plazo de ejecución del contrato de interventoría, el consultor debe dar

cumplimiento a la obligación relacionada con la liquidación del contrato de obra, la cual se

llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en la Ley 80 de 1993, artículo 60 y ley 1150

de 2007, artículo 11, modificado por el Decreto 19 de 2012 artículo 217 y demás normas que

los complemente, modifique o adicione. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse

dentro de los ocho (8) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de ejecución del

contrato.

El plazo del contrato se contará a partir de la suscripción del Acta de Inicio, previo el

cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato, la cual, se suscribirá por parte del

contratista y el supervisor o supervisores que nombre la Procuraduría dentro del día hábil

siguiente al cumplimiento de tales requisitos.

Siempre que cualquiera de los plazos en días calendario indicados tenga vencimiento en día

inhábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil inmediatamente siguiente. Para los

efectos del trámite del Concurso de Méritos, cuando se indiquen plazos de días hábiles no se

computarán como tales los días sábados, domingos, días festivos y puentes considerados de

esta forma por la ley colombiana.

A nivel informativo se tiene que el plazo de ejecución del contrato de obra objeto de la

vigilancia de la interventoría es de diecisiete (17) meses contados a partir de la suscripción del

acta de inicio del contrato, previo el cumplimiento de los requisitos de legalización y ejecución

del mismo. Este plazo se distribuye de la siguiente forma:

a) Los tres (3) primeros meses para desarrollar el objeto de la consultoría que incluye todos

los estudios, diseños, planos y la propuesta de intervención de la edificación.

b) El siguiente mes (1) para la radicación, trámite y concepto de viabilidad del proyecto ante la

Secretaría de Planeación Municipal de Bucaramanga.

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PROCUFGENERAL DEUNACIOi

c) El siguiente mes (1) para la revisión y concepto del Consejo Departamental de Patrimonio.

d) Los dos (2) meses siguientes para la radicación, trámite y obtención de Licencia deConstrucción ante una de las Curadurías Urbanas de Bucaramanga.

e) Los siguientes nueve meses y medio (9,5) para la ejecución de la totalidad de la obra,

entrega e instalación de los bienes objeto del contrato.

f) Una semana (1) semana siguiente al recibo de la obra para que el Interventor del contrato

verifique el cumplimiento del objeto del mismo frente a los requerimientos y

especificaciones técnicas establecidas por la entidad y le solicite al contratista, si es del

caso, el respectivo ajuste de las obras o trabajos mal ejecutados, o bienes que no cumplan

con lo exigido por la Procuraduría General de la Nación o por las normas técnicas que

regulan la materia.

g) Una semana (1) siguiente para que el contratista, con base en las observaciones

formuladas por el Interventor del contrato, realice los respectivos ajustes y de esta forma se

proceda a suscribir el acta de RECIBO A SATISFACCIÓN DE LA OBRA.

4.2.3.1. INFORMACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA AINTERVENIR.

En el contrato de obra se van a ejecutar diferentes actividades, cuyas especificaciones

técnicas y cantidades se adjuntan como anexo al presente documento.

CRONOGRAMA DE TRABAJO

Para la ejecución del contrato de interventoría se deberá tener en cuenta el cronograma de

obra, presentado por el contratista al que se adjudique la Licitación Pública No. 4 de 2015

cuyo objeto es LA CONSULTORIA, EL DISEÑO, LA RESTAURACIÓN, ELACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE LA CASA LUIS

PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No. 11-18 EN LA CIUDAD DE

BUCARAMANGA (SANTANDER), para lo cual deberá corroborar los tiempos, equipos y el

personal con el cual se llevarán a cabo las diferentes actividades de control de obra,

verificando periódicamente los resultados alcanzados por el contratista de obra en los

siguientes aspectos, tales como: calidad de materiales, preparación del terreno,

procedimientos para la instalación de los diferentes materiales, acabados de la obra,

aprobaciones para la instalación de bienes y equipos contratados y todo lo contratado para el

normal y correcto funcionamiento del inmueble a intervenir.

4.2.3.2. LUGAR DE EJECUCIÓN

Casa Luis Perú de la Croix ubicada en la calle 37 No. 11-18 en la ciudad de Bucaramanga

(Santander).

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GBCRAL DE U KACION

CAPÍTULO QUINTO

PARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS,FACTORES DE PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS MISMOS, FACTORES DEDESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO

5.1. PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LASPROPUESTAS

El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia,

selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de

someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de

condiciones.

De conformidad con la Ley 1150 de 2007, artículo 5, numeral A:" En los procesos para la

selección de consultores se hará uso de factores de calificación destinados a valorar los

aspectos técnicos de la oferta o proyecto. De conformidad con las condiciones que señale el

reglamento, se podrán utilizar criterios de experiencia específica del oferente y del equipo de

trabajo, en el campo de que se trate. En ningún caso se podrá incluir el precio, como factor de

escogencia para la selección de consultores."

De igual forma, el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.3.2, en el concurso de méritos

abierto o con precalificación, "(...) La Entidad Estatal en los pliegos de condiciones debe

indicar la forma como calificará, entre otros, los siguientes criterios: (a) la experiencia del

interesado y del equipo de trabajo; y (b) la formación académica y las publicaciones técnicas y

científicas del equipo de trabajo (...)".

Conforme a lo anterior, los factores de evaluación son los siguientes:

No.

1

2

3

FACTORES DE EVALUACIÓN

Experiencia especifica adicional del proponente a la mínima requerida

Experiencia específica adicional del director y del residente de

interventoría a la mínima requerida

Estímulo a la Industria Nacional Colombiana

PUNTAJE TOTAL

PUNTAJE

Máximo 30 puntos

Máximo 60 puntos

Máximo 10 puntos

Máximo 100 PUNTOS

5.1.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

Atendiendo la complejidad de la obra objeto de vigilancia, toda vez que los criterios de

ponderación para el concurso de méritos giran en torno a la mayor experiencia, se puntuará la

experiencia tanto de oferente como de su equipo de trabajo. En la evaluación de este factor se

asignará un puntaje máximo de noventa (90) puntos así:

a) Máximo treinta (30) puntos por experiencia específica adicional del proponente a la mínima

exigida como requisito habilitante.

El mayor puntaje se asignará al oferente que acredite un máximo de tres (3) contratos

celebrados con entidades públicas o privadas de acuerdo con el numeral 7.1.2 de estos

estudios, mediante la presentación de las respectivas certificaciones, las cuales, cada una

debe ser igual o mayor a 263.66 SMMLV de valor ejecutado.

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PROCUICaOlKUllMIIII

EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL A LA ACREDITADA POR EL

PROPONENTE A LA MÍNIMA REQUERIDA

Por cada contrato adicional al mínimo exigido habilitante (Numeral 7.1.2.),

cuyo valor ejecutado sea igual o superior a 263.66 SMMLV obtendrá diez

(10) puntos hasta obtener máximo treinta (30) puntos

MÁXIMO PUNTAJE

PUNTOS

0 A 30 puntos

30 PUNTOS

Nota. Los contratos relacionados para relacionar experiencia adicional deben cumplir con los

mismos requisitos de aquellos a que hace referencia la experiencia mínima.

Los 263.66 SMMLV corresponden a la tercera parte del presupuesto oficial cuantía adecuada

y proporcional para medir la experiencia del proponente (hasta 3 contratos) y del director y

residente (hasta dos contratos por cada uno).

b) Máximo sesenta (60) puntos por las certificaciones de experiencia especifica adicionales

del director y del residente de interventoría (Máximo dos (2) por cada uno) a la mínima

exigida como requisito habilitante de acuerdo con el numeral 3.2.1 de estos estudios.

El mayor puntaje se asignará al oferente que acredite mayor experiencia teniendo en cuenta la

tabla explicativa que se presenta a continuación:

EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL A LA ACREDITADA PARA

EL DIRECTOR Y EL RESIDENTE DE LA INTERVENTORÍA A LA

MÍNIMA REQUERIDA

Por cada certificación de experiencia adicional a las exigidas como

requisito mínimo habilitante en el capítulo "PERSONAL TÉCNICO

MÍNIMO" del Numeral 3.2.1 que debe ofrecer el proponente para el

Director y el Residente de la interventoría en el presente proceso, se

otorgarán 15 puntos. El máximo puntaje (60 puntos) se otorgará al que

presente certificaciones adicionales como director o contratista

interventor (Máximo 2 para el Director) y como director, residente o

contratista interventor (Máximo 2 para el Residente) en obras de

restauración y conservación del patrimonio arquitectónico de bienes

inmuebles de interés cultural. En todo caso, cada una de las

certificaciones adicionales deben ser iguales o superiores a 3.565.9

SMMLV para los contratos de obra intervenida o 395.5 SMMLV para los

contratos de interventoría en los que hayan participado cada uno de los

profesionales anteriormente mencionados.

MÁXIMO PUNTAJE

PUNTAJE

0 A 60 puntos

60 PUNTOS

EL PROPONENTE DEBERÁ INDICAR CLARAMENTE DE LAS CERTIFICACIONES

PRESENTADAS, CUÁLES SON PARA VERIFICAR LA EXPERIENCIA MÍNIMA Y CUÁLESPARA ACREDITAR LA ADICIONAL CON EL FIN DE OTORGAR EL RESPECTIVO

PUNTAJE. LOS CONTRATOS RELACIONADOS APRA ACREDITAR LA EXPERIENCIA

ADICIONAL TANTO DEL PROPONENTE COMO DEL DIRECTOR Y RESIDENTE DE

INTERVENTORÍA NO SE PUEDEN CAMBIAR POR SER UN REQUISITO OBJETO DEPUNTAJE.

5.1.2. ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo diez (10) puntos y se

tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el

Decreto 19 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios

nacionales, disponiendo que "(...) son los servicios prestados por personas naturales

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PROCUIGENQULDEUMCKNI

colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad

con la legislación colombiana (...)" y artículo 2.2.1.2.4.1.3 que indica la existencia de trato

internacional así "(.. ■) La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a : (a) los oferentes,

bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos

Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y

servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero

respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y

servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la

normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios

prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta

la regulación andina aplicable a la materia.

El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se

acredite la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en

particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los

literales (a) y (c) anteriores. Para constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales

gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y

comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado

para lo cual puede solicitar apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o de

Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.

Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser

publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente.

La vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de su expedición, sin

perjuicio de que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente

puede determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe

constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional y de

revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública para la

expedición del certificado".

El puntaje se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:

PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL

Servicios nacionales

Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano de bienes y

servicios profesionales, técnicos y operativos

Servicios extranjeros

PUNTAJE MÁXIMO

10 puntos

5 puntos

0 puntos

5.1.3. PROPUESTA ECONÓMICA

Se debe presentar el valor de la propuesta, señalando los costos del personal de la

interventoría, los gastos de administración y utilidad, de acuerdo al formato que se encuentra

en el Anexo No. 3 FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA.

• Dentro del valor total de la propuesta se deberá estipular el IVA.

• La Procuraduría General de la Nación solo pagará en pesos colombianos.

La entidad verificará las operaciones aritméticas de cada uno de los componentes de los valores.

En caso de presentarse error de esta índole se tendrá en cuenta el valor correcto para efectos de

la adjudicación.

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PROCUFGENEMLKUHACIOH

El proponente deberá, en el momento de elaborar su propuesta, evitar formular condiciones

económicas y de contratación artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación

del contrato. Esto de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 26 de la ley 80

de 1993.

En materia tributaria, los oferentes deberán verificar las obligaciones de esa índole, derivadas de

las disposiciones normativas que integran el Estatuto Tributario y acatar las que les sean

aplicables. Teniendo en cuenta el artículo 420 del Estatuto Tributario, esta consultoría se

encuentra gravada por el impuesto al valor agregado IVA, tarifa que corresponde al 16%. En

consecuencia en la propuesta se debe discriminar la base gravable, la tarifa del impuesto y el

valor total de la oferta presentada de conformidad con el Anexo de Propuesta Económica adjunto

al pliego de condiciones.

Así mismo el proponente deberá tener en cuenta el artículo 8o de la Ley 1697 DE 2013 QUE

SEÑALA "EL SUJETO PASIVO DEFINIDO EN EL ARTÍCULO 6o DE LA PRESENTE LEYPAGARÁ POR LAS SUSCRIPCIONES DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y SUSCONEXOS, EN FUNCIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y TARIFAS: POR LOS CONTRATOSCUYO VALOR ESTÉ ENTRE 1 Y 2.000 SMMLV PAGARÁN EL 0.5%. LOS CONTRATOSENTRE 2.001 Y 6.000 SMMLV PAGARÁN EL 1% Y LOS CONTRATOS MAYORES A 6.001SMMLV PAGARÁN EL 2%

NOTA: De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando de

conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta

resulta artificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten

el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador,

recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta explicando sus razones.

De igual forma, para efecto de la revisión de la oferta económica, la Entidad tendrá en

cuenta lo señalado por el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.3.2, numerales 3

y 4.

5.2. FACTORES DE DESEMPATE

Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta

situación en la puntuación de dos o más ofertas de manera que una y otra queden ubicadas

en el primer orden de elegibilidad, se aplicarán las siguientes reglas:

• Se seleccionará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del

factor de experiencia específica adicional del proponente.

• Si persiste el empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el

factor de experiencia específica adicional para el director de la interventoría.

• Si persiste el empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el

factor de experiencia específica adicional para el residente de la interventoría.

• En caso de persistir el empate, la Entidad aplicará las reglas señaladas en el Decreto

1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.9.

• Si continúa el empate éste se dirimirá entre los proponentes que estuvieron en

igualdad de condiciones, mediante sorteo de balota que se efectúe en el momento de

la adjudicación.

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GENERAL DE LA KACION

5.3. CAUSALES DE RECHAZO

Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se halle

ajustada al pliego de condiciones; de lo contrario será rechazada, a menos que las falencias

sean subsanables de acuerdo con la Ley 1150 de 2007.

• Cuando el proponente no cumpla con los requisitos y documentos exigidos en el pliego y

que no sean susceptibles de subsanar, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150

de 2007, artículo 5.

• Cuando el proponente, en forma individual o conjunta, no subsane en debida forma, los

aspectos y documentos que pueden subsanarse.

• Cuando no se presente la oferta económica en la forma indicada por la Entidad en el Anexo

Propuesta Económica.

• Cuando el proponente no efectúe las manifestaciones o declaraciones o anexe la

documentación requerida para la evaluación de los factores técnicos.

• Cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o

documentación allegada por el proponente y lo verificado por la Procuraduría General de la

Nación, que no puedan ser aclaradas oportunamente por los proponentes, sin perjuicio de

las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.

• Cuando para el mismo proceso de selección se presenten varias propuestas por el mismo

proponente, por si o por interpuesta persona, o cuando la misma persona forme parte de

dos o más consorcios o Uniones Temporales.

• Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, así como en las demás disposiciones

legales vigentes.

• Cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo, de acuerdo con

lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.4.

• Cuando tras la revisión de la oferta económica, se verifique que ésta no se encuentra

dentro del rango del valor estimado consignado en los estudios previos, se solicitarán las

explicaciones a que haya lugar. De no resultar satisfactorias, la entidad podrá rechazar elofrecimiento.

• Cuando la oferta económica supere el presupuesto oficial.

• Cuando la oferta se presente después de vencido el plazo establecido para el efecto en elcronograma.

• En los demás casos que expresamente el pliego de condiciones así lo indique.

5.4. DECLARATORIA DE DESIERTA

La Procuraduría General de la Nación declarará desierto el proceso de selección entre otrascausas que impiden la escogencia objetiva, cuando:

• No se presenten Ofertas;

• Ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos,

financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones;

• Existan causas o motivos que impidan la selección objetiva del Proponente;

• No se logre llegar a un acuerdo con alguno de los dos proponentes en los términos

del artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 de 2015;

• No se adjudique la Licitación Pública No. 04 de 2015.

• La ordenadora del gasto no acoja la recomendación de adjudicación de los comités

verificadores y el comité evaluador y/o la de la Junta de licitaciones y Adquisiciones,

caso en el cual deberá motivar su decisión.

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PROCUFGENERAL DiLAM

La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo

2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación,

www.contratos.gov.co

CAPÍTULO SEXTORIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, LA FORMA DE MITIGARLOS Y LA

ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES

6.1. ANÁLISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO

De acuerdo con la evaluación del riesgo que el proceso representa para el cumplimiento de

las metas y objetivos de acuerdo con el manual y guías de Colombia Compra Eficiente, se

elaboró la respectiva matriz:

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Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7° PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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Ejecución

Operativo

Elcontratista no guarda la integridad y confidencialida ddela información institucional a lacual llegue a tener acceso directamente o por medio de terceros

Filtración de la información institucional de propiedad delaPGN

-fe-

Medio

Contratista

ocultamientooutilización

indebidadelainformación

institucional.Firmadel

00

Bajo

z

O

Contratista

Desdeeliniciodelcontrato

hastalafinalizacióndel

contrato

Supervisandotodaslas

actividadesdelcontratista

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Específico

Externo

Contractual

Operacional

desfavorables causados por la suspensióndelaobra

objeto de

interventoria

Posible

Menor

1

RiesgoBajo

Contratista

Inspeccionespermanentes

Posible

Menor

1

Riesgobajo

Si

Entidad

Efectos

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Duranteelplazodeejecución

contractual

Inspecciónsemanal

Semanal

Específico

Interno

Contractual

Operacional

Retraso enla programación delaobraAfecta la ejecución del contrato Posible

Menor

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RiesgoBajo

Contratista

Inspeccionespermanentes

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Menor

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Entidad

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Actadeinicio

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ejecucióncontractual

Inspecciónsemanal

Semanal

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Específico

Externo

Contractual

Operacional

Acciones judiciales que atrasen o impidan la terminación de laobraAfecta la ejecución del contratoPosible

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Contratista

Inspeccionespermanentes

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ejecucióncontractual

Inspecciónsemanal

Semanal

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GENERALDÉLAM

No obstante lo anterior, hasta la fecha máxima de presentación de observaciones, los posiblesoferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la Entidad, teniendoen cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de

posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio

económico del mismo de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del código de

comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el

periodo precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.

En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstanciasprevisibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sidomanifestadas hasta dicho plazo.

NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el Contrato, permiten mantenerlas condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la

propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y

mantener la ecuación de equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de1993.

CAPÍTULO SÉPTIMOGARANTÍAS EXIGIDAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES

7.1 Garantía de seriedad de la oferta

El oferente debe presentar garantía de seriedad de la oferta, vigente desde la presentación de

la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su

valor debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.

7.2 Garantía de cumplimiento

Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento

del contrato que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u omisiones

del contratista, éste debe presentar éste debe presentar cualquiera de las garantías que de

conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2, sean aplicables, dentro de los

dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, teniendo en cuenta la

importancia del cumplimiento satisfactorio del objeto del contrato, con la siguiente cobertura:

AMPARO

Cumplimiento del contrato

Calidad del servicio

Pago de salarios, prestaciones

sociales legales e

Indemnizaciones laborales

PORCENTAJE (%) SOBRE

EL VALOR TOTAL DEL

CONTRATO

30%

30%

20%

VIGENCIA

Tiempo de ejecución del contrato y hasta la

liquidación del contrato. (Tiempo estimado ocho

(8) meses), contados a partir de la fecha de firma

del contrato)

Cinco (5) años contados a partir de la terminación

del contrato objeto de interventoría

Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años

más, contados a partir de la fecha de iniciación del

contrato

Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya

que teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar las obligaciones a cargo del

contratista, la Entidad debe estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento

total o parcial a cargo del contratista; el cumplimiento tardío o defectuoso del mismo; el pago

del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria; el cumplimiento de las obligaciones

laborales de la contratación de personal para la ejecución del contrato y los perjuicios

derivados por la deficiente ejecución de la consultoría

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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACtON

Nota: En todo caso, el contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la

garantía a partir de la suscripción del acta de inicio, así como a ampliar el valor de la misma o

su vigencia, en el evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su

término, en virtud de lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.

CAPÍTULO OCTAVOMENCIÓN SI LA ENTIDAD Y EL CONTRATO OBJETO DEL PRESENTE DOCUMENTO

ESTÁN CUBIERTOS POR UN ACUERDO COMERCIAL

De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de contratación,

versión M-MACPC-06 publicado por Colombia Compra Eficiente, el presente proceso de selección se

encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.

ACUERDO

COMERCIAL

Canadá

Chile

Estados Unidos

El Salvador

Guatemala

Honduras

Estados AELC

México

Unión Europea

Comunidad

Andina de

Naciones

ENTIDAD

ESTATAL

INCLUIDA

SI/NO

SI

SI

SI

Si

Si

SI

SI

NO

SI

SI

PRESUPUESTO DEL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

SUPERIOR AL VALOR

DEL ACUERDO

COMERCIAL SI/NO

NO

NO

NO

NO INLUYE VALORES

NO INCLUYE VALORES

NO INCLUYE VALORES

NO

NO

NO

SI

EXCEPCIÓN

APLICABLE AL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

SI/NO

NO

NO

NO

SI

NO

NO

NO

NO

NO

NO

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

CUBIERTO POR EL

ACUERDO

COMERCIAL SI/NO

NO

NO

NO

NO

SI

SI

NO

NO

NO

SI

Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados de Guatemala, Honduras y la

Comunidad Andina de Naciones, la Procuraduría General de la Nación le dará a los servicios de los

Estados con quienes Colombia ha suscrito Acuerdos Comerciales, el mismo trato que d a los servicios

colombianos y establecerá los plazos mínimos en ellos requeridos, teniendo en cuenta en todo caso,

que el proceso fue publicado en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.

CAPÍTULO NOVENODEL CONTRATO Y OTROS ASPECTOS

9.1 CONFLICTOS DE INTERÉS

No podrán presentar ofertas en el proceso de contratación:

- Los proponentes que sean controlados o ejerzan control sobre el contratista objeto de

interventoría.

- Los proponentes que hayan participado en la preparación o ejecución del proyecto al cual

se hará interventoría. Así mismo, quienes hayan participado directa o indirectamente en la

elaboración de los estudios de estructuración del contrato principal, ni en la estructuración,

en cualquiera de sus etapas del presente proceso de contratación, ni quienes hayan

trabajado como asesores o consultores para la elaboración de los mismos en los últimos

dos años contados hasta la fecha de expedición del acto de apertura del presente proceso

de contratación, ya sea en calidad de funcionarios públicos o contratistas.

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PROCUFGENERAL DELANACION

- Los proponentes que tengan entre el equipo de trabajo personas que hayan tenido dentro

de los dos años anteriores a la fecha de apertura del presente Proceso de Contratación,vinculación laboral o contractual con la Procuraduría General de la Nación o con elAdjudicatario del Contrato vigilado.

- Los proponentes que actualmente adelanten la ejecución de cualquier contrato de maneraconjunta bajo una estructura plural; o sean socios del contratista objeto de interventoría,

con excepción de las sociedades anónimas abiertas.

9.2. OFERTAS PARCIALES

Los proponentes no pueden presentar propuestas parciales, es decir, que deben ofrecer todos

los servicios y actividades requeridas en el estudio previo.

9.3. RETIRO DE LA OFERTA

Los proponentes que decidan retirar su Oferta antes del cierre, podrán hacerlo, siempre y

cuando la solicitud, efectuada mediante escrito, sea recibida por la Procuraduría General de laNación antes de la fecha y hora de cierre del mismo.

La oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado porel solicitante.

9.4. DEVOLUCIÓN DE LAS COPIAS DE LAS PROPUESTAS

Los proponentes no favorecidos con la adjudicación del presente Concurso, deben retirar

dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, las copias de las

ofertas presentadas dentro de este proceso. En caso contrario, la Entidad procederá a destruir

dichas copias.

9.5. FIRMA DEL CONTRATO

El proponente a quien se le haya adjudicado el presente proceso de selección, deberá firmar

el contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la adjudicación, previa

suscripción del mismo por parte del Jefe de la Entidad o su delegado.

9.6. EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro de los términos señalados,

quedará a favor de la Procuraduría General de la Nación, en calidad de sanción, el valor de la

garantía constituida para avalar la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones

legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos con el valor de la

citada garantía (Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 1).

9.7. ADJUDICACIÓN AL PROPONENTE UBICADO EN SEGUNDO LUGAR

Atendiendo los parámetros indicados en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 2, si

dentro del término que se ha señalado, la persona seleccionada en primer lugar no suscribe el

respectivo contrato, la Procuraduría General de la Nación, mediante acto administrativo

motivado, podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar dentro de los

quince (15) días siguientes al vencimiento de dicho término. De igual forma se procederá en elcaso señalado en la Ley 1150 de 2007, artículo 9, inciso 3.

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PROCUFGEHALDEUNACIOII

9.8. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO

El contrato, se entiende legalizado con la suscripción.

Para dar inicio a la ejecución, el contratista debe presentar en la Oficina Jurídica de la

Procuraduría, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato, La

GARANTÍA de acuerdo con los parámetros exigidos por la Entidad en el pliego de condiciones

y la CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIALINTEGRAL Y PARAFISCALES, de conformidad con lo consagrado por la Ley 1607 de 2012,

acreditando que se encuentra al día con el pago relativos al Sistema de Seguridad Social

Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, si dentro del

término trascurrido entre la adjudicación del proceso y la suscripción del contrato, se hubiese

generado tal obligación. Dicha certificación deberá ser suscrita por la persona natural o su

contador, o por el revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, según sea el caso.

En caso de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los

integrantes de la persona conjunta debe allegar este documento.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, el contratista

que se encuentren excluido del pago de los aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e

ICBF, deberá acreditar dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la

Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentren afiliados o por el SENA y el ICBF

cuando les corresponda certificarlo.

9.9. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Una vez se haya legalizado el contrato con el adjudicatario, previa solicitud escrita de la persona

que haya realizado el ofrecimiento a la Entidad, la Procuraduría devolverá la garantía de seriedad

de la oferta a los proponentes no seleccionados.

9.10. GASTOS DEL CONTRATISTA

Serán de cuenta del contratista, todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con

ocasión de la confección y presentación de la oferta, la legalización del contrato y los que se

requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.

9.11. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El contrato se entiende legalizado con la suscripción del mismo y cuando se efectúe el

correspondiente registró presupuestal por parte de la Procuraduría General de la Nación.

En el momento de la firma del contrato, el contratista deberá:

Diligenciar el formulario Beneficiario-cuenta en el cual indicará el número de la cuenta

corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato,

cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT del contratista.

Para efectos de la expedición del certificado de registro presupuestal del contrato, debe

anexar una certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuenta

habiente, su número de identificación, número de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha

está activa. Esta documentación hará parte integral del contrato. El nombre del beneficiario y

número de identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formulario Beneficiario

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PFGENERAL DELAM

Cuenta, en la certificación del banco y en las facturas que posteriormente se presenten.

Allegar la certificación que acredite que el contratista se encuentra al día con el pago de

aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del

Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, según corresponda. (Artículos 50 de la Ley

789 de 2002, 23 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas complementarias o modificatorias).

9.12. ACREDITACIÓN DEL PERSONAL OFRECIDO

El proponente al que se le adjudique el contrato para la aprobación de la supervisión, previo a

la suscripción del acta de iniciación debe presentar el personal mínimo requerido,

exceptuando los profesionales ofrecidos como coordinadores de cada región, que fueron

acreditados con la propuesta.

9.13. PLAZO ESTIMADO

El plazo estimado es de diecisiete (17) meses. Contado a partir de la suscripción del acta de

inicio, documento que se debe suscribir dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma

del contrato, previo cumplimiento de los requisitos de legalización y ejecución del mismo.

9.14. LUGAR DE EJECUCIÓN

CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No. 11-18 DE LA CIUDAD DE

BUCARAMANGA (SANTANDER).

En todo caso, el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C.

9.15. FORMA DE PAGO

La forma de pago del contrato se realizará así: Para la Vigencia 2015, se cancelará el 50%

de valor del contrato, así: Un primer pago del 30% del valor del contrato una vez apruebe al

contratista de obra los análisis de precios unitarios, cronograma de trabajo, horario de trabajo

y normas de salud ocupacional, certificado disposición de residuos y materiales sobrantes,

planes de movilidad y manejo ambiental, acreditación personal ofrecido, plan de inversión del

anticipo y diseños y planos para la ejecución del proyecto de obra, b) Un pago del 20%

cuando se radique, previa aprobación de Planeación Municipal el trámite de la licencia de

construcción en la curaduría urbana. Para la Vigencia 2016, c) Un pago del 25% cuando la

obra alcance un avance facturado del 50% del valor contratado y d) un pago del 25% a la

suscripción del acta de recibo a satisfacción de la obra que se interviene.

Los pagos serán efectuados, previa presentación de la correspondiente factura en la que se

indique en forma clara, el valor que se genera. El proceso de aceptación de la factura se

surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su entrega por

parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión realizará las reclamaciones en

contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o por medio de reclamo

escrito dirigido al emisor o tener de la factura. Este documento debe ir acompañado de la

certificación que expida la supervisión del contrato, de la certificación que acredite el pago por

parte del contratista de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral,

así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar. En todo caso el pago

del presente convenio, se encuentra sujeto a la disponibilidad del PAC.

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GEÍCRAL DE LA KACrOH

Cuando la Entidad no cancele al contratista la suma pactada, dentro de los términos

estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente

con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al contratista como intereses de mora el

incremento mensual promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑE

entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año anterior.

Teniendo en cuenta que el plazo de ejecución del contrato de interventoría estará sujeto al

agotamiento del presupuesto del contrato de obra intervenido o hasta el cumplimiento del

plazo del mismo, el valor del contrato de interventoría será por el tiempo inicial de ejecución

del contrato de obra.

El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la radicación de la factura en

el Grupo Cuentas de la Entidad.

En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC.

9.16. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO

La supervisión del contrato de consultoría estará a cargo de funcionarios adscritos al Grupo de

Inmuebles y la Oficina de Sistemas de la Entidad, con títulos profesionales en diferentes

disciplinas de la arquitectura y/o la ingeniería civil y/o sistemas y/o eléctrica y/o electrónica;

quienes tendrán a su cargo las funciones señaladas en el respectivo contrato y las que se

mencionan en la Ley 1474 de 2011 y en el manual de contratación de la Procuraduría General

de la Nación, adoptado por medio de la Resolución interna No. 246 del 28 de julio de 2014.

9.17. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD

EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de

cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus

actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.

9.18. SUBCONTRATACIÓN

En caso que EL CONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades

relacionadas con el objeto del presente contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de

ejecución del contrato ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de

este. LA PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista.

9.19. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos

60 de la Ley 80 de 1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del

Decreto Ley 019 de 2012. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los

ocho (8) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el

contrato. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa

notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre

su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2)

meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los amparos de la garantía única que se

constituyan, relacionados con las obligaciones a cargo del contratista, que queden pendientes

a la fecha de la suscripción del acta de liquidación, deberán permanecer vigentes hasta la

satisfacción total de las mismas.

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6BERAL DE U KACKHf

9.20 RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE

El proponente y posterior contratista responderá por ocultar inhabilidades, incompatibilidades

o prohibiciones, o por suministrar información falsa (numeral 7 artículo 26 de la Ley 80 de

1993).

ixKMARÍA LORENA CUELLAR CRUZ

Secretaria General

Anexos:

Anexo 1.- Carta de presentación de la oferta

Anexo 2.- Oferta Económica- formato relación costos de ¡nterventoría

Anexo 3.- Metodología y plan de cargas de trabajo para la interventoría

Anexo 4.- Relación de Experiencia

Anexo 5.- Cantidades de Obra de la Licitación Pública No. 04 de 2015

Anexo 6.- Especificaciones técnicas de la obra objeto de la licitación pública No. 04 de 2015

Anexo 7.- Planos de la Licitación Pública No. 04 de 2015

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GBEMLDEUIUCION

ANEXO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Bogotá, D.C de 2015

Señores

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Carrera 5a. No. 15-80

Bogotá, D.C.

Ref.: CONCURSO DE MÉRITOS No. 01 DE 2015

SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE REALICE LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL

CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE 2015, QUE TIENE POROBJETO SELECCIONAR AL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO POR EL SISTEMA DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA CONSULTORIA, EL DISEÑO, LARESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y EL REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE LACASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN LA CALLE 37 No. 11-18 EN LA CIUDAD DE

BUCARAMANGA (SANTANDER)

El suscrito actuando como (persona natural; Representante Legal de la sociedad ¡

representante del Consorcio o Unión Temporal

integrado por ; o como apoderado de según

poder debidamente conferido, de acuerdo con las condiciones que se establecen en los documentos del

concurso de méritos de la referencia, cordialmente me permito presentar propuesta para la realización

de la interventoría externa establecida en el proceso de CONCURSO DE MÉRITOS No. 01 DE 2015,

previamente referenciada.

En caso que esa Entidad me adjudique dicho proceso, me comprometo a suscribir el contrato

correspondiente y efectuar los trámites de legalización a cargo del contratista, dentro del término

señalado para el efecto.

Así mismo declaro:

• Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen al oferente.

• Que ninguna otra persona fuera del proponente tiene interés comercial en esta propuesta ni en

el contrato que de ella se derive.

• Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a constituir las garantías requeridas y a

suscribir el contrato dentro de los términos señalados para ello.

• Que conozco la información general y especial y demás documentos que integran el pliego de

condiciones y acepto los requisitos en ellos contenidos.

• Que conozco y acepto y me comprometo a cumplir con todos los requerimientos mínimos

obligatorios establecidos en los anexos correspondientes del pliego de condiciones, los cuales

se entenderán como oferta técnica mínima.

• Que conozco y acepto la información contenida en el Anexo que describe a propuesta

metodológica y el plan de cargas de trabajo para la ejecución de la interventoría.

• Que el suscrito afirma bajo la gravedad del juramento, que no existe ninguna causal de

inhabilidad, incompatibilidad y/o prohibición, de las señaladas en la Constitución Política, en la

Ley, especialmente en el artículo 8o de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes, que

impidan la participación del oferente en el presente proceso de concurso de méritos y en la

celebración y ejecución del respectivo contrato.

• Que la propuesta consta de folios numerados en forma consecutiva tanto en el

original como en las copias.

• Que la Procuraduría General de la Nación puede notificar sus actos a través del buzón de correo

electrónico señalado en esta carta de presentación (ley 1437 de 2011, Artículo 56)

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7o. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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GHMLDEUIUCKHI

Atentamente,

NOMBRE Y FIRMA (persona natural; representante legal de la sociedad; representante del consorcio ounión temporal o apoderado según el caso)

C.C. No. expedida en (aportar copia)Nit

Dirección

Número de Teléfono

Número de fax

Correo electrónico

Celular:

Cuando se requiera abonar la propuesta debe incluirse la siguiente información:

Yo , de profesión en ejercicio, identificado con la ce

No , expedida en y con matricula profesional

No. expedida por de , Abono la presente

propuesta presentada por , para adelantar el concurso de méritos cuyo

objeto consiste en SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE REALICE LA INTERVENTORIA

INTEGRAL DEL CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 04 DE

2015, QUE TIENE POR OBJETO SELECCIONAR AL PROPONENTE QUE LLEVE A CABO

POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LA

CONSULTORIA, EL DISEÑO, LA RESTAURACIÓN, EL ACONDICIONAMIENTO Y ELREFORZAMIENTO ESTRUCTURAL DE LA CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX, UBICADA EN

LA CALLE 37 No. 11-18 EN LA CIUDAD DE BUCARAMANGA (SANTANDER)

FIRMA DEL PROFESIONAL QUE ABONA LA PROPUESTA.

NOTA: Anexo a este formato debe incluirse fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia

de la tarjeta profesional, del representante legal, proponente o del profesional que abone la propuesta

(según corresponda).

Pliego de Condiciones Concurso de Méritos No. 01 de 2015

Carrera 5a. No. 15 - 80 Piso 7o. PBX: 5878750 ext.: 10796-10797

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GENERAL DE LA KACrON

ANEXO No. 2

OFERTA ECONÓMICA- FORMATO RELACIÓN COSTOS DE INTERVENTORA

A

B

C

D

b

FORMATO PROPUETA ECONÓMICA

INTERVENTORA OBRA DE RESTAURACIÓN, ACONDICIONAMIENTO Y REFORZAMIENTO CASA LUIS PERÚ DE LA CROIX EN

BUCARAMANGA

CONCEPTO

COSTOS DEL PERSONAL DE OBRA

ARQUITECTO 0 ING. DIRECTOR DE INTERVENTORA

ESPECIALISTA EN RESTAURACIÓN

ARQUITECTO O ING. RESIDENTE DE INTERVENTORA

ESPECIALISTA EN RESTAURACIÓN

INGENIERO ELÉCTRICO O ING. ELECTRICISTA

INGENIERO CALIFICADO EN CABLEADO

ESTRUCTURADO Y EQUIPOS ACTIVOS

INGENIERO MECÁNICO

INGENIERO CIVIL ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS

INGENIERO CIVIL ESPECIALISTA EN GEOTECNIA

INGENIERO CIVIL 0 ING. SANITARIO ESPECIALISTA EN

REDES HIDROSANITARIAS

INGENIERO FORESTAL

filiPü personalen oficina *$%>;;&&.-: ■••ABOGADO ASESOR

CONTADOR ASESOR

SECRETARIA

MENSAJERO

COMPUTADOR, CÁMARA FOTOGRÁFICA 0 FILMADORAY EQUIPO OFICINA

COMUNICACIONES (intemet, servicios de fax, etc)

PAPELERÍA, INFORMES Y FOTOGRAFÍAS, FOTOCOPIAS,

ETC.

ARRENDAMIENTOS, OFICINA

SERVICIOS PÚBLICOS (teléfono, agua, energía, etc.)

GASTOS FINANCIEROS Y BANCARIOS

GASTOS TRANSPORTE

OTROS GASTOS

GASTOS CONTINGENTES (X% del Total Costos A+B)

UTILIDAD (X% del Total Costos Personal)

SUB-TOTAL (SUMA A+B+C+D)

IVA DE 16% (SOBRE TOTAL E)

VALOR TOTAL

SUELDO

(MES)

,

...... .....^

CANTIDAD

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

1,0

OCUPACIÓN

(MES)

,. ,\;m

25,00%

100,00%

16,67%

16,67%

16,67%

10,00%

10,00%

10,00%

10,00%

15,00%

15,00%

10,00%

10,00%

100,00%

100,00%

100,00%

100,00%

100,00%

100,00%

100,00%

100,00%

DURACIÓN

(MESES)

' ' *-* - ' "Pié"1:*f,-> r* "Am

17

12

15

15

15

15

15

15

15

17

17

17

17

-

17

17

17

17

17

17

17

17

SUB-

TOTAL

Mi' '' V

TOTAL

El valor de la propuesta económica debe cubrir todos los costos directos e indirectos derivados de los

trabajos. Deberá cubrir entre otros los sueldos, jornales y prestaciones sociales del personal

profesional, técnico, administrativo y auxiliar vinculados a la Interventoría; honorarios, asesorías en

actividades objeto del contrato, horas extras, transportes, impuestos legalmente a su cargo,

deducciones a que haya lugar y en general todo costo en que incurra el interventor para la ejecución

de los trabajos.

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PROCURADURÍAGENERAL DEUHACIOH

ANEXO 3

METODOLOGÍA Y PLAN DE CARGAS DE TRABAJO PARA LA INTERVENTORÍA (Archivoadjunto)

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PROCUI6BOUL DEU NACIÓN

ANEXO 4

FORMATO RELACIÓN DE EXPERIENCIA

RELACIÓN DE CONTRATOS

No.

1

2

3

4

5

6

7

8

CONTRATO No. CONTRATANTE OBJETO

TOTAL

VALOR

$

FECHA DE

INICIO

FECHA DE

TERMINACIÓN

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GSiükLDEUNACKHI

ANEXO 5

CUADROS DE CANTIDADES DEL CONTRATO DE OBRA A VIGILAR

(Licitación 04 de 2015- Archivo adjunto)

ANEXO 6

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (Licitación 04 de 2015- archivo adjunto)

ANEXO 7

PLANOS (Licitación 04 de 2015- Archivo adjunto)

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