conclusiones y recomendaciones

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IV. ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS/CASOS PRACTICOS. De la revisión efectuada a las 30 obras analizadas respecto al tipo de proyecto se ha determinado que: el tipo de obra que predomina es: 14 de edificaciones, seguido de 10 hidráulica y sanitaria, 5 viales y 1 desarrollo urbano. Cuadro n°01 TIPO DE PROYECTO DESCRIPCION CANTIDA D DESARROLLO URBANO 1.00 EDIFICACION 14.00 HIDRAULICA Y SANITARIA 10.00 VIAL 5.00 TOTAL 30.00 Gráfico n°01 De la revisión efectuada a las 30 obras analizadas respecto modalidad de ejecución se ha determinado que: el tipo de obra que predomina es por contrata con 26 y administración directa con 4 obra. Cuadro n°02 MODALIDAD DE EJECUCION DESCRIPCION CANTID AD % CONTRATO 26.00 86.67 % ADMINISTRACIO N DIRECTA 4.00 13.33 % TOTAL 30.00 100.0 0% Gráfico n°02

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Page 1: Conclusiones y Recomendaciones

IV. ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS/CASOS PRACTICOS.

• De la revisión efectuada a las 30 obras analizadas respecto al tipo de proyecto se ha determinado que: el tipo de obra que predomina es: 14 de edificaciones, seguido de 10 hidráulica y sanitaria, 5 viales y 1 desarrollo urbano.

Cuadro n°01

TIPO DE PROYECTO

DESCRIPCION CANTIDADDESARROLLO URBANO 1.00EDIFICACION 14.00HIDRAULICA Y SANITARIA 10.00VIAL 5.00

TOTAL 30.00

Gráfico n°01

• De la revisión efectuada a las 30 obras analizadas respecto modalidad de ejecución se ha determinado que: el tipo de obra que predomina es por contrata con 26 y administración directa con 4 obra.

Cuadro n°02MODALIDAD DE EJECUCION

DESCRIPCION CANTIDAD %

CONTRATO 26.00 86.67%ADMINISTRACION DIRECTA 4.00 13.33%

TOTAL 30.00 100.00%

Gráfico n°02

Page 2: Conclusiones y Recomendaciones

• De la revisión y analizadas efectuada a las 26 obras por contrata respecto a los adicionales de obra se ha determinado que: 22 obras que representan el 88% han sido generadas por deficiencias en el expediente técnico, contra 3 obras que representan el 12%, generadas por situación imprevisible posterior a la suscripción del contrato.

Cuadro n°03

ADICIONALES DE OBRA

DESCRIPCION CANTIDAD

%

Situación imprevisible posterior a la suscripción del contrato 3.00 12.00%

Deficiencias en el expediente técnico 22.00 88.00%

TOTAL 25.00 100.00%

Gráfico n°03

• De las 26 obras por contrata analizadas respecto a los deductivos de obra se ha determinado que: 4 obras han generado deductivo simple que representan el 36.36% y 7 obras han generado deductivo vinculante que representan el 63.64%, derivadas de una mala elaboración del expediente técnico.

Cuadro n°04

DEDUCTIVO DE OBRA

DESCRIPCION CANTIDAD %

SIMPLE 4.00 36.36%

VINCULANTE 7.00 63.64%

TOTAL 11.00 100.00%

Gráfico n°04

Page 3: Conclusiones y Recomendaciones

• De las 30 obras por contrata y administración directa, se han dado 44 causales de ampliación de plazo siendo el más relevante con 17 causas atribuibles a la Entidad que representa el 38.64%, seguido 16 causas por la prestación adicional de obra con 36.36%, seguido de 7 causas atribuibles al contratista con 15.91% y 4 causas por caso fortuito y fuerza mayor con 9.09%.

Cuadro n°05CAUSALES DE AMPLIACION DE PLAZO

DESCRIPCION CANTIDAD %

Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista. 7.00 15.91%

Atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de sus prestaciones porcausas atribuibles a la Entidad.

17.00 38.64%

Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.contratista por culpa de la Entidad; y,

4.00 9.09%

Cuando se aprueba la prestación adicional de obra 16.00 36.36%

TOTAL 44.00 100.00%

Gráfico n°05

• De las 30 obras por contrata y administración directa se han dado sólo 2 obras por contrata en controversias por solución en arbitraje a favor de los contratistas.

Cuadro n°06CONTROVERSIAS

DESCRIPCION CANTIDAD %

Con arbitraje 2.00 6.67%

Sin arbitraje 28.00 93.33%

TOTAL 30.00 100.00%

Gráfico n°06

Page 4: Conclusiones y Recomendaciones

CONCLUSIONES

• De las 30 obras por contrata y administración directa, se han dado 44 causales de ampliación de plazo siendo el más relevante con 17 causas atribuibles a la Entidad que representa el 38.64%, seguido de 16 causas por la prestación adicional de obra con 36.36%, seguido de 7 causas atribuibles al contratista con 15.91% y 4 causas por caso fortuito y fuerza mayor con 9.09%, siendo en mayor cantidad las derivados de una mala elaboración del expediente técnico ya que dichas obras han terminado por adicionales y ampliaciones de plazo dando lugar a una mayor inversión a lo que esta inicialmente proyectada y de no terminar dentro del plazo inicialmente pactado, originado reconocimiento de mayores gastos generales variables y un mayor costo por mayores prestaciones de supervisión e inspección.

• Que la revisión y análisis efectuada a las 25 obras por contrata, de las cuales 22 obras que representan el 88% han generado adicionales, 4 obras han generado deductivo simple y 7 obras han generado deductivo vinculante, mayormente por deficiencias del expediente técnico, evidenciando que existe una mala elaboración o carencia de los términos de referencia ya que de ser así el expediente técnico también estaría mal, en cumplimiento al D.S 184-2008-EF/ anexo de definiciones número 50. Términos de referencia, define: “Descripción, elaborada por la Entidad, de las características técnicas y de las condiciones en que se ejecutará la prestación de servicios y de consultoría” o es indicativo de que no se cuenta con un área o profesionales que cautele su revisión durante su elaboración o formulación fin de asegurar la calidad técnica y costo de la misma, en cumplimiento al Artículo 13°de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto legislativo Nº 1017), que indica: “La entidad cautelará su adecuada formulación con el fin de asegurar la calidad técnica y reducir al mínimo la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de ejecución de obras”.

• Se evidencia la carencia de profesionales encargados en elaborar expedientes técnicos de la especialidad o especialidades que exige cada proyecto en particular, en cumplimiento al artículo 268, literal b) del Reglamento, con profesionales que tengan experiencia previa determinada por el tipo de proyectos y obras en que haya prestado servicios de consultoría de obras, lo que se podría afirmar que fueron encargando a terceras personas que incumplen dichos requisitos.

Page 5: Conclusiones y Recomendaciones

RECOMENDACIONES

• Advertir a las entidades públicas, en cumplimiento al D.S 184-2008-EF/ anexo de definiciones número 50. Términos de referencia, que todos los expediente técnico tengan sus términos de referencia que es el alma del expediente técnico, pues si el término de referencia están mal hecho implica que el expediente está mal también, puesto que en los términos de referencia la entidad deba elaborar las características técnicas que debe tener el expediente y así como las condiciones que debe realizar el consultor encargada de prestación del servicio en la elaboración del expediente técnico, y evitar buscar expedientes baratos a través de un contrato de locación de servicios, en el cual se presenta 3 cotizaciones, ya que lo barato sale caro.

• Advertir a las entidades públicas que, en cumplimiento al Artículo 13° de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto legislativo Nº 1017). se implemente un área donde tenga profesionales que se dediquen en la revisión del expedientes técnicos durante su elaboración o formulación para detectar si los términos de referencia está mal o sea omitido algún estudio, los cuales será considerado como adicional para el consultor encargada de prestación del servicio en la elaboración del expediente y evitar su reformulación en la etapa de ejecución de obras, originando: deducciones, adicionales, deductivos vinculantes, ampliaciones de plazos, reconocimiento de mayores gastos generales al contratista y mayores prestaciones de servicio de supervisión.

• Alertar a las entidades públicas que los expedientes técnicos sean elaborados por un consultor de obras de la especialidad o especialidades que correspondan a las exigencias de cada proyecto en particular, detalladas en el literal b) del artículo 268 del Reglamento. Sin embargo dicho expediente también puede ser elaborado por la propia entidad (administración directa) o por el ejecutor de la obra (obras ejecutadas bajo las modalidades llave en mano o concurso oferta). En este último caso el ejecutor de obras debe contar además con el registro de consultor de obra o consorciarse con un consultor de obra.