conciliacion

3
TAREA N° 09-CONFLICTOS REALICE UN MAPA CONCEPTUAL DONDE ESTABLEZCA LAS DIFERENCIAS ENTRE LA CONCILIACION JUDICIAL Y LA EXTRAJUDICIAL. E X T R A J U D I J U D I C I A L POR EL LUGAR: Se realiza en un Centro de Conciliación extrajudicial autorizado por el Ministerio de Justicia o un Juzgado de Paz. POR EL TERCERO: Lo lleva a cabo un tercero neutral e imparcial llamado conciliador extrajudicial, especializado en conciliación. El conciliador en una persona natural capacitada en técnicas de negociación y en mecanismos alternativos de solución de conflictos, acreditado ante el Ministerio de Justicia y adscrito a un Centro de Conciliación Extrajudicial público o privado, que asiste a las partes a encontrar su propia solución a un conflicto de carácter jurídico. REPRESENTACION DE LAS PARTES: Las personas naturales participan en la POR EL LUGAR: Se realiza en un Juzgado de Paz , Juzgado de Paz Letrado o un Juzgado Especializado, se lleva a cabo dentro de un proceso judicial, constituye una etapa más del proceso judicial. POR EL TERCERO: En el proceso judicial la audiencia de conciliación lo lleva a cabo un tercero imparcial, llamado Juez, que tiene como misión fundamental solucionar el conflicto imponiendo una sentencia que es de obligatorio cumplimiento. REPRESENTACION DE LAS PARTES: En el proceso judicial las personas naturales pueden actuar en la audiencia de conciliación mediante apoderados o representantes. IMPROCEDENCIA: C O N C I L I A C I O N

Upload: geminis18

Post on 25-Oct-2015

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Conciliacion

TAREA N° 09-CONFLICTOS

REALICE UN MAPA CONCEPTUAL DONDE ESTABLEZCA LAS DIFERENCIAS ENTRE LA CONCILIACION JUDICIAL Y LA EXTRAJUDICIAL.

E X T R A J U D I C I A L J U D I C I A L

POR EL LUGAR:

Se realiza en un Centro de Conciliación extrajudicial autorizado por el Ministerio de Justicia o un Juzgado de Paz.

POR EL TERCERO:

Lo lleva a cabo un tercero neutral e imparcial llamado conciliador extrajudicial, especializado en conciliación.El conciliador en una persona natural capacitada en técnicas de negociación y en mecanismos alternativos de solución de conflictos, acreditado ante el Ministerio de Justicia y adscrito a un Centro de Conciliación Extrajudicial público o privado, que asiste a las partes a encontrar su propia solución a un conflicto de carácter jurídico.

REPRESENTACION DE LAS PARTES:

Las personas naturales participan en la audiencia de conciliación personalmente, las partes no pueden actuar mediante apoderado.

IMPROCEDENCIA:

No procede cuando el invitado domicilia en el extranjero

POR EL LUGAR:

Se realiza en un Juzgado de Paz , Juzgado de Paz Letrado o un Juzgado Especializado, se lleva a cabo dentro de un proceso judicial, constituye una etapa más del proceso judicial.

POR EL TERCERO:

En el proceso judicial la audiencia de conciliación lo lleva a cabo un tercero imparcial, llamado Juez, que tiene como misión fundamental solucionar el conflicto imponiendo una sentencia que es de obligatorio cumplimiento.

REPRESENTACION DE LAS PARTES:

En el proceso judicial las personas naturales pueden actuar en la audiencia de conciliación mediante apoderados o representantes.

IMPROCEDENCIA:

La audiencia de conciliación judicial procede cuando el invitado domicilia en el extranjero

C O N C I L I A C I O N

Page 2: Conciliacion

POR LA INASISTENCIA DE LAS PARTES:

Si ambas partes no asisten a la primera sesión se da por concluido el proceso de conciliación extrajudicial.

POR LOS EFECTOS DE LA INASISTENCIA DE AMBAS PARTES:

El acta de conciliación por inasistencia de ambas partes constituye un titulo de admisibilidad, el cual tiene que anexarse a una demanda judicial.

POR LOS INTERVINIENTES:

Interviene el Conciliador Extrajudicial, Las partes (solicitante e invitados) , Abogado verificador de las legalidades, los acuerdos, Asesor de las partes.

EFECTOS POR FALTA DE ACUERDO:

De no haber conciliación el proceso de conciliación concluye definitivamente, emitiéndose la correspondiente acta por falta de acuerdo.

CONTENIDO DEL ACTA:

En el acta de conciliación no se consignara las formulas propuesta de ningunas de las partes, ni del Conciliador.

POR LOS MEDIOS COMPULSIVOS:

A la parte que rechaza la formulas de conciliación no se le impone multa alguna.

POR LA INASISTENCIA DE LAS PARTES:

Si ambas partes no asisten a la primera sesión de conciliación se cita para una nueva sesión de conciliación.

POR LOS EFECTOS DE LA INASISTENCIA DE AMBAS PARTES:

El acta de conciliación por inasistencia de ambas partes abre las puertas de la audiencia de pruebas.

POR LOS INTERVINIENTES:

En la audiencia de conciliación interviene el Juez, el Auxiliar Jurisdiccional, las partes (demandante y demandado), Abogados de las partes, apoderados o Representantes.

EFECTOS POR FALTA DE ACUERDO:

De no haber acuerdo, el juez, con lo expuesto por las partes, procederá a enumerar los puntos controvertidos, y en especial los que van a ser materia de prueba. A continuación decidirá la admisión e los medios probatorios ofrecidos, si los hubiera. Luego ordenara la actuación de los medios probatorios ofrecidos. De no haber acuerdo el proceso judicial continúa hasta la sentencia.

CONTENIDO DEL ACTA:

En el acta se consignara la formula de conciliación propuestas por el juez y no aceptadas por las partes. Mencionando además la parte que no prestó su conformidad a la misma.

POR LOS MEDIOS COMPULSIVOS:

A las parte que rechaza la formula de conciliación propuesta por el juez se le impone una multa, en caso que en la sentencia otorga igual o menor derecho que la formula de conciliación.