conceptos basicos de seguridad industrial e higiene

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CONCEPTOS BÁSICOS DE SEGURIDAD E HIGIENE

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Conceptos basicos de seguridad industrial

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  • CONCEPTOS BSICOS DE SEGURIDAD E HIGIENE

  • El lugar de trabajo no es solamente, el local cerrado de la fabrica o negociacin, sino tambin cualquier otro lugar, incluyendo la va publica, que usa el trabajador para realizar una labor de la empresa, as como cualquier medio de transporte que utilice para ir de su domicilio al centro de trabajo y de ste a su domicilio.QU SE ENTIENDE POR LUGAR DE TRABAJO?

  • Llevar a cabo operaciones sin previo adiestramiento. Operar equipos sin autorizacin. Ejecutar el trabajo a velocidad no indicada. Bloquear o quitar dispositivos de seguridad. Limpiar, engrasar o reparar maquinaria cuando se encuentra en movimiento. Realizar acciones de mantenimiento en lneas de energa viva, sin bloqueo.

    LOS ACTOS INSEGUROS MS FRECUENTES SON:

  • Viajar sin autorizacin en vehculos o mecanismos. Transitar por reas peligrosas. Sobrecargar plataformas, carros, montacargas, etc. Usar herramientas inadecuadas. Trabajar sin proteccin en lugares peligrosos. No usar el equipo de proteccin indicado. Hacer bromas en el sitio de trabajo.

  • Golpeado por o contraAtrapado por o entre Cada en el mismo nivel Cada a diferente nivel Al resbalar o por sobre esfuerzo Exposicin a temperaturas extremas Contacto con corriente elctrica LOS ACCIDENTES MS FRECUENTES, SON:

  • Contacto con objetos o superficies con temperaturas muy elevadas que puedan producir quemaduras Contacto con sustancias nocivas, txicas, custicas o de otra naturaleza, que provoquen daos en la piel o en las membranas mucosas, o bien se introduzcan en el organismo a travs de las vas respiratorias, digestiva o por la piel y que den lugar a intoxicaciones agudas o muerte Asfixia por inmersin (ahogados) Mordedura o picadura de animales

  • Agentes qumicosAgentes fsicosAgentes biolgicosAgentes psicosocialesAgentes ergonmicos

    ENFERMEDADES DE TRABAJO

  • IngestinInhalacinContacto

    VAS DE INGRESO DE LAS ENFERMEDADES

  • Las condiciones de las fbricas eran poco ms que chozas. En stas, no existan condiciones convenientes de alumbrado, ventilacin e higiene. Dos terceras partes de los obreros eran mujeres y nios, cuyo tiempo de trabajo era de 12 a 14 horas al da. La introduccin de los operarios en la industria mecanizada, vino acompaada de condiciones de trabajo detestables. No haba ningn sistema de distribucin de agua, no existan escuelas y las habitaciones eran inadecuadas.SEGURIDAD INDUSTRIAL

  • *En las ultimas dcadas la Seguridad Industrial tuvo un auge vertiginoso, impulsado por el desarrollo e implementacin de los Sistemas de Gestin en las diferentes Industrias a nivel Internacional.En Mxico se crearon ordenamientos que a travs de la historia han regulado las condiciones de Seguridad e Higiene Industrial, como los siguientes:

  • 1857Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos: Establecimientos de preceptos para proteger a los trabajadores.1904Ley de Villada: proteccin al trabajador.1906Ley de Reyes: Establecen normas en cuanto al tiempo, modo y lugar para el desarrollo del trabajo.1917Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos: ordenamiento para garantizar las buenas condiciones de trabajo y las indemnizaciones y sanciones en los casos necesarios.1931Ley Federal del Trabajo.1943Ley del Seguro Social.1946Nuevo Reglamento de Higiene del Trabajo.Reformas a la Ley Federal del Trabajo.

  • 1973 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.1978 Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.1986 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.1991 Instructivos del Reglamento General de Seguridad e higiene en el Trabajo.1993 Normas Oficiales Mexicanas aplicables a la Seguridad e Higiene industrial.1997 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.1997 Reformas de Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.2013 ltima Reforma a la Ley Federal del Trabajo

  • DependienteMi seguridad es responsabilidad del gerenteIndependienteLa seguridad es mi responsabilidadInterdependienteLa seguridad es responsabilidad de todosCompromiso de la gerencia por crear un ambiente seguroConocimientos, compromiso y estndares personalesFomentar el trabajo en equipo sobre seguridadLa seguridad como condicin de empleoReconocer, asimilar y valorar la seguridadDesarrollar un inters por lo demsSupervisin y capacidad continua en seguridadPoner en prctica, hacerlo un hbitoSupervisin mutuaControl, enfsis y metas establecidas por el supervisorInvolucrarse en los procesos de mejora Buscar la satisfaccin comn Valorar a todos los empleados

  • PIRMIDE DE KELSEN*

  • *CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSLEY FEDERAL DEL TRABAJOREGLAMENTO FEDERAL DE SEG E HIG. Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJOLEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLGICO Y LA PROTECCIN AMBIENTALREGLAMENTO DE RESIDUOS PELIGROSOSLEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERALREGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE DE MAT. Y RESID. PELIGROSOS

  • *CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    ART 4Entre otras cosas, se establece el derecho a la salud de los mexicanos.

    ART 27Establece los principios que rigen a CFEART 73Leyes sobre Salubridad, Seguridad y Proteccin Ambiental.

    ART 123Establece todos los principios de la legislacin en materia de Trabajo, incluyendo a la Seguridad e Higiene.

  • SECRETARA DE TRABAJO Y PREVISIN SOCIAL (STPS)

    *ART. 47 - 51Negarse a cumplir las Normas de Seguridad es motivo o causa de rescisin de contrato.

    ART. 134 - 135Obligacin del trabajador de observar las normas de trabajo.

    ART. 472 - 476Definiciones de riesgos de trabajo.

    ART.477 - 480 Define los diferentes tipos de incapacidad que se originan a causa de las enfermedades de trabajo.LEY FEDERAL DEL TRABAJO

  • ART.487 Expresa los derechos que adquiere un trabajador cuando su salud se ha quebrantado a consecuencia de una enfermedad de trabajo.

    ART. 504-508Obligacin del patrn de proporcionar Servicios Mdicos.

    ART. 509-510De las Comisiones de Seguridad e Higiene.ART. 513: Seala las diferentes enfermedades de trabajo.ART. 514: Define la tabla para la evaluacin de las incapacidades permanentes.

  • REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

    *Titulo Primero Disposiciones generales y obligaciones de los patrones y trabajadores.

    Titulo SegundoCondiciones de Seguridad.

    Titulo TerceroCondiciones de Higiene.

    Titulo CuartoOrganizacin de la Seguridad e Higiene en el Trabajo.

    Titulo QuintoDe la Proteccin del Trabajo de Menores y de Mujeres en Periodo de Gestacin y de Lactancia.

    Titulo SextoDe la Vigilancia, Inspeccin y Sanciones Administrativas.

  • Estipulacin de las enfermedades de trabajo y valuacin de incapacidades.Reglamentacin de las condiciones que deben satisfacer los lugares de trabajo, los equipos y el manejo de materiales.Disposiciones y campaas generales de salud pblica.

  • LEY DEL SEGURO SOCIAL

    *Art. 51: Del aviso inmediato despus de ser descubierta la enfermedad de trabajo.Art.56-57 Seala las prestaciones en especie a que tiene derecho el trabajador que ha sufrido una enfermedad de trabajo (hospitalizacin, prtesis, rehabilitacin, etc.)Art.58-67: Regula los capitales constitutivos que integran el importe de las prestaciones que otorga el IMSS y que deben ser cubiertos por la empresa.

  • NOM-004-STPS-1999Sist. Proteccin y dispositivos de seguridad de Maquinaria y EquipoMarco Normativo aplicableConstitucin Poltica de losEstados Unidos MexicanosLey Federal del trabajoLey del Seguro SocialLey de Metrologa y NormalizacinLey General de Equilibrio Ecolgico y la Proteccin del Medio AmbienteLey orgnica de la Administracin Pblica FederalLey de Aguas NacionalesReglamento Federal de Construccin Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de TrabajoNOM-001-STPS-1999 Seguridad e Higieneen Instalaciones , Edificios y LocalesNOM-002-STPS-2000Prevencin, proteccin y combatede IncendioNOM-005-STPS-1998S. e H. en C.Tmanejo, transporte y almacenamientosustancias qumicas peligrosasNOM-006-STPS-2000Manejo y almacenamiento de materialesSTPS NOM-017-STPS-1993Equipo de Proteccin PersonalNOM-018-STPS-2000Sistemas identificacin y comunicacinde peligros y riesgos por sust. quim. peligrosasNOM-019-STPS-1993Constitucin y funcionamiento de ComisionesAlgunos Requisitos legales aplicables NOM-011-STPS-2001Seguridad e higiene en loscentros de trabajo se genere ruido

  • En toda empresa lo ms importante es cuidar la vida y la salud de los trabajadores que intervienen en los procesos, ya que cualquier accidente adems de ser fuertemente afectado econmicamente y tcnicamente, le puede impedir al trabajador que vuelva a tener la oportunidad de realizar una actividad (proceso irreversible).Conocer los conceptos bsicos de la Seguridad y la salud en el trabajo es de vital importancia en la prevencin de riesgos de trabajo.SEGURIDAD EN EL TRABAJO

  • Seguridad en el trabajo : Conjunto de acciones que permiten localizar y evaluar los riesgos, y establecer las medidas para prevenir los accidentes de trabajo.Riesgo de trabajo: Accidentes y enfermedades a que estn expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de la actividad que desempean.

  • Peligro: Fuente o situacin con potencial de dao en trminos de lesin o dao a la salud, a la propiedad, al ambiente de trabajo o la combinacin de estos. Riesgo: Combinacin de la probabilidad y consecuencias de un evento identificado como peligroso. Dentro de un centro laboral, es la probabilidad de que una persona se vea involucrada, directa o indirectamente, en un incidente, accidente o enfermedad de trabajo y la magnitud del dao.

    CONCEPTOS BSICOS

  • Grupo I: Microambiente laboralGrupo II: Contaminantes Grupo III: Carga fsicaGrupo IV: Carga psquicaGrupo V: Seguridad

    GRUPOS DE RIESGOS

  • Condicionan el confort, se encuentran en cualquier ambiente: trabajo, hogar, barrio, etc.

    Incluye: iluminacin, temperatura, humedad, ventilacin.

    GRUPO I:MICROCLIMA -AMBIENTE LABORAL

  • Fsicos: Ruido ,Vibraciones, Radiaciones

    Qumicos: polvos, gases, humos, vapores, lquidos

    Biolgicos: Bacterias, Virus, Hongos, Parsitos.

    GRUPO II: CONTAMINANTES

  • Exigencias fsicas: Son las exigencias impuestas al organismo que determinan la fatiga muscular Relacionados con: PosturasMovimientosDesplazamientosManipulacin de peso.

    GRUPO IIICARGA DE TRABAJO

  • Esfuerzos mentales de atencin y memoria

    Cantidad y calidad de informacinComplejidad de la respuestaApremio de tiempoCapacidades individuales especficas

    Relacionado con : turnos, descanso, pausas, contenido del trabajo, monotona, relacionamiento con las personas, participacin, remuneracin, estatus, identificacin con la tarea, iniciativa, estabilidad en el empleo, estilo de mando, etc.

    GRUPO IV CARGA DE TRABAJO EXIGENCIAS MENTALES (CARGA MENTAL)

  • Condiciones orientadas a anular y/o minimizar accidentes laborales.Herramientas, equipos, tecnologa apropiada reas y sectorizacinenerga elctricalimpieza y ordenropa de trabajo, equipo de proteccin personalBotiqun Primeros Auxilios- Atencin de la SaludCapacitacin, Participacin, comisin de Salud Laboral

    Programas de prevencin y seguimiento de accidentes, vigilancia,desastres, hbitos saludables, etcGRUPO V SEGURIDAD- HIGIENE

  • Es un suceso no deseado, que da como resultado lesiones a las personas, dao a la propiedad o prdida para el proceso. Es consecuencia del contacto con una sustancia, objeto o exposicin en su medio, por arriba de la capacidad lmite del cuerpo de la persona o estructura.Evento no deseado que da lugar a prdidas de la vida o lesiones, daos a la propiedad o al medio ambiente de trabajo.Accidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000Accidente.- Ley Federal del trabajoDEFINAMOS

  • Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias ligeramente diferentes, podra haber resultado en lesiones a las personas, dao a la propiedad o prdida para el proceso.Evento que puede dar como resultado un accidente o tiene el potencial para ocasionarlo.Incidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000 Incidente.- Ley Federal del trabajo

  • Toda lesin orgnica o perturbacin funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y tiempo en que se presente.Quedan incluidos en la definicin anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse directamente de su domicilio al lugar de trabajo y de ste a aqul.(artculo 474, Ley Federal del trabajo)Accidente de trabajo.-

  • Todo estado patolgico derivado de la accin continua de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.Enfermedad de trabajo.-

  • Es la perdida de la integridad fsica y/o mental del individuo.Incapacidad temporal es la prdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempear su trabajo por algn tiempo.Lesin.-Incapacidad temporal.-

  • Es la disminucin de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.Es la prdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempear cualquier trabajo por el resto de su vida.Incapacidad permanente parcial.-Incapacidad permanente total.-

  • Conjunto de normas y procedimientos tendientes a la proteccin de la integridad fsica y mental del trabajador, preservndolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas que realiza y al ambiente fsico donde las ejecuta. Est relacionada con el diagnstico y la prevencin de enfermedades ocupacionales a partir del estudio y control de dos variables: el hombre y su ambiente de trabajo, es decir que posee un carcter eminentemente preventivo, ya que se dirige a la salud y a la comodidad del empleado, evitando que ste enferme o se ausente de manera provisional o definitiva del trabajo. Salud en el trabajo.-

  • Eliminar las causas de las enfermedadesReducir los efectos perjudiciales provocados por el trabajo en todo el personalPrevenir el agravamiento de enfermedades y lesionesMantener la salud de los trabajadoresAumentar la productividad con un buen ambiente de trabajo OBJETIVOS HSI

  • Disciplina mdica encargada de estudiar, vigilar, promover, y preservar las condiciones fsicas y mentales del personal y su relacin con los procesos de trabajo.Higiene en el trabajo.-Medicina del trabajo.-Permite reconocer (identificar), evaluar y controlar aquellos factores del ambiente de trabajo, psicolgicos o tensionales, que pueden causar enfermedades o deteriorar la salud.

  • FSICOS QUMICOS BIOLGICOS ERGONMICOS PSICOSOCIALESFACTORES QUE AFECTAN LA SALUD

  • FSICOS

    Es todo estado energtico agresivo que tiene lugar en el medio ambiente. Los ms notables, son los que se relacionan con ruido, vibraciones, calor, fro, iluminacin, ventilacin, presiones anormales, radiaciones, etc. Para cualquiera de estos contaminantes fsicos puede existir una va de entrada especfica o genrica, ya que sus efectos son debidos a cambios energticos que pueden actuar sobre rganos concretos.

  • QUMICOSPolvosGasesVaporesHumosNieblasEs toda sustancia natural o sinttica, que durante la fabricacin, manejo, transporte, almacenamiento o uso, pueda contaminar el ambiente (en forma de polvo, humo, gas, vapor, neblinas y roco) y producir efectos irritantes, corrosivos, explosivos, txicos e inflamables, con probabilidades de alterar la salud de las personas que entran en contacto con ellas. QUMICOS

  • BIOLGICOSParsitosVirusBacteriasGusanosSon todos aquellos organismos vivos y sustancias derivadas de los mismos, presentes en el puesto de trabajo, que pueden ser susceptibles de provocar efectos negativos en la salud de los trabajadores. Estos efectos negativos se pueden concretar en procesos infecciosos, txicos o alrgicos.

    BIOLGICOS

  • ERGONMICOSSentadoPiesCuclillasAltura inadecuadaEs la falta de adecuacin de la maquinaria y elementos de trabajo a las condiciones fsicas del hombre, que pueden ocasionar fatiga muscular o enfermedad de trabajo.ERGONMICOS

  • PSICOSOCIALESEstrsNeursisDepresinPSICOSOCIALES

    Son las situaciones que ocasionan insatisfaccin laboral o fatiga y que influyen negativamente en el estado anmico de las personas.

  • Para que los trabajadores puedan ayudar a prevenir las enfermedades, deben: Conocer las caractersticas de cada uno de los contaminantes y las medidas para prevenir su accin. Vigilar el tiempo mximo a que pueden estar expuestos a cierto tipo de contaminante. Vigilar y participar para mantener ordenado y limpio su lugar de trabajo. Informar al patrn sobre las condiciones anormales en el trabajo y en su organismo. Usar adecuadamente el equipo de proteccin personal. Someterse a exmenes mdicos iniciales y peridicos.

  • Enfermedad de trabajo: "Todo estado patolgico derivado de la accin continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios" (artculo 475, Ley Federal del Trabajo).

  • La va respiratoria: A sta corresponde la mayora de las enfermedades causadas por este tipo de agentes, lo que resulta fcil de comprender si consideramos que los mismos se mezclan con el aire que respiramos y que al realizar un esfuerzo, como es el trabajo, la funcin respiratoria aumenta.

    La va cutnea (piel): Es frecuente por las sustancias irritantes, solventes, etc., que provocan daos a la piel y que por otra parte, facilitan la entrada de otros agentes.

    Por ingestin: Las enfermedades que se producen por esta va se deben bsicamente a la falta de conocimientos y de hbitos de higiene. Es importante que los trabajadores sepan que no deben comer en los sitios de trabajo, a excepcin de los lugares autorizados para ello, y tambin que es necesario lavarse las manos antes de tomar alimentos y despus de ir al bao. VAS MS COMUNES DE INGRESO DE AGENTES QUMICO-BIOLGICOS

  • PRIORIDAD DE LA SEGURIDAD

    *La prevencin y control de los riesgos de trabajo son parte integral de la funcin operativa. Es obligacin de todos los trabajadores conocer, cumplir y hacer cumplir las Reglas de Seguridad, para el desempeo seguro y eficiente del trabajo.

  • RESPONSABILIDAD DE LA SEGURIDAD

    *La Seguridad en el Trabajo es RESPONSABILIDAD DE TODOS. Desde luego, el primer responsable de su propia seguridad es el trabajador mismo. Nadie puede ser obligado a violar las Reglas de Seguridad.

  • EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL Y DE GRUPO

    Accidente de Trabajo: "Es toda lesin orgnica o perturbacin funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

    Quedan incluidos en la definicin anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de ste a aqul" (artculo 474, Ley Federal del Trabajo).

  • Los accidentes de trabajo no solamente ocurren en el local cerrado de la fbrica o negociacin, sino tambin en cualquier otro lugar, incluyendo la va pblica que use el trabajador para realizar una labor de la empresa, as como cualquier medio de transporte que utilice para ir de su domicilio al centro de trabajo y de ste a aqul. (Accidente en trayecto).EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL Y DE GRUPO

  • LOS TIPOS DE ACCIDENTES MAS FRECUENTES SON:

    Golpeado por o contra.Atrapado por o entre. Cada en el mismo nivel. Cada a diferente nivel. Al resbalar o por sobre esfuerzo. Exposicin o contacto con temperaturas extremas. Contacto con corriente elctrica. Contacto con sustancias nocivas, txicas, custicas o de otra naturaleza. Asfixia por inmersin (ahogados). Mordedura o picadura de animales.

  • Los equipos de proteccin se clasifican en:1) Personal2) De grupoComo ejemplos de equipos de proteccin personal tenemos: Cascos, Anteojos, Monogafas, Caretas faciales, Tapones auditivos, Conchas auditivas, Respiradores, Mascarillas, Guantes, Botas, Etc.

  • Como ejemplos de equipos de proteccin de grupo tenemos: Conos de seguridad, Barreras de seguridad, Sealamientos de seguridad, Detectores de ambientes explosivos, Tarjetas de libranza, Regaderas y Lava ojos de emergencia, Equipos de puesta a tierra, Sonmetros, Etc.

  • Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de trabajo ( Captulo noveno, Artculo 101 ).

    Norma Oficial Mexicana ( NOM-017-STPS/1994 ).MARCO LEGAL

  • Se debe impedir a todo trabajador la ejecucin de alguna tarea si no utiliza los equipos de proteccin suficientes, adecuados y en buen estado. Es obligacin de los trabajadores el cuidado, mantenimiento, resguardo y uso correcto de los equipos de proteccin.Los equipos de proteccin personal deben ser limpiados e inspeccionados por los trabajadores antes de cada utilizacin y despus de usarlos. De encontrarse en mal estado, no los debe utilizar y gestionar su reposicin.

  • CASCO: Es un elemento protector que se ajusta a la cabeza para protegerla y bsicamente se integra de las siguientes partes:

    Concha.Ala o ViseraTafileteBarboquejo

    PROTECCIN DE LA CABEZA

  • CLASIFICACIN:Por su uso:Clase G (General): Para proteccin de tensin elctrica hasta 2 200 V, y contra impactos.Clase E (Elctrica): Para proteccin de tensin elctrica hasta 20 000 V, y contra impactos.Clase C (Conductor): Para proteccin nicamente contra impactos.

  • Dnde y cundo debe usarse?Al trabajar en proximidad a lneas o equipos energizados.Al ascender, descender o trabajar en lo alto de escaleras, en tareas de construccin, operacin o mantenimiento de lneas y redes.Durante el excavado y acondicionamiento de predios.Al transitar o realizar tareas por debajo de trabajadores que se encuentren laborando en un nivel superior.

  • En todos los casos anteriores, el casco que se utilice ser el proporcionado por la empresa y adecuado para las actividades que desempea, cumpliendo con lo indicado en las NOMS de la STPS y la especificacin CFE correspondiente.Queda prohibido alterar sus caractersticas originales como: perforar, pintar, recortar o agregar partes metlicas o de otra ndole a los cascos protectores.

  • El uso de lentes de seguridad es obligatorio en todas las reas, exceptuando oficinas y cuartos de control.Lineamiento:Antes de usar un protector de ojos o facial revise que est limpio y en condiciones de uso.La proteccin de cada uno de stos equipos es independiente, pero en algunos casos deben utilizarse ambos.Si sus lentes o la proteccin facial, estn rallados o deteriorados, solicite a su supervisor el cambio por unos nuevos.A todo trabajador se le debera dotar de su proteccin ocular, lentes claros para trabajos nocturnos y obscuros para trabajos diurnos. PROTECCIN DE LOS OJOS Y CARA

  • PROTECCIN DE LOS OJOS Y CARA

  • Es obligatorio el empleo de guantes de proteccin apropiados para todos los trabajos que presenten un riesgo de lesiones a las manos.CLASIFICACIN:Guantes de carnaza, cuando se manejen bajos voltajes, objetos cortantes, filosos, abrasivos, con astillas o rebabas. PROTECCIN DE LAS MANOS

  • Guantes de Hule, Se utilizan cuando se manejan sustancia qumicas, y hay la posibilidad de irritacin, quemaduras o absorcin de qumicos a travs de las manos.Guantes trmicos, se utilizarn cuando exista la posibilidad de dao por el manejo de objetos calientes o muy fros, como gases criognicos.Guantes dielctricos, se usan cuando exista la posibilidad de contacto elctrico manual (revisarlos antes de usarlos, que no tengan roturas O dao visible, y verifique el voltaje al que estn calificados).

  • El ruido dependiendo de su intensidad puede ocasionar daos auditivos a corto, mediano y largo plazo, para prevenir stos riesgos se debern identificar y sealar las reas donde es necesario utilizar protectores auditivos, con un nivel de presin sonora igual o superior a los 90 dB.Se acepta en forma prctica que el nivel de ruido es excesivo cuando para conversar a una distancia aproximada de 70 cm, se tenga que hablar muy fuerte, gritando para poder ser escuchado.PROTECCIN AUDITIVA

  • Todo trabajador deber usar equipo de proteccin auditiva, en las reas sealadas como de alto ruido, su incumplimiento determinar la aplicacin de sanciones administrativas en trminos de los artculos 134-II, y 147-XII de la Ley Federal del Trabajo.Los protectores pueden ser del tipo tapn de hule espuma, tapn de silicn con o sin correa u orejeras.

  • El uso de la ropa y calzado proporcionado por la empresa, completo y sin modificaciones en su diseo original deber usarse durante todas las actividades.La ropa de trabajo deber ser de algodn al 100 %Para los trabajos en equipos elctricos o en movimiento es obligatorio usar la camisa fajada y abotonada tanto de mangas como en el pecho.ROPA DE TRABAJO Y CALZADO

  • El calzado de seguridad tiene el propsito de minimizar los riesgos de accidentes por causa de resbalones, descargas elctricas y luxaciones por lo que es obligatorio su uso.Se debe utilizar calzado de seguridad del tipo industrial, dielctrico, con suela antiderrapante, impermeables y sin partes descubiertas, avalados por la Norma Oficial Mexicana vigente o especificacin CFE

  • En donde el trabajador est expuesto a sufrir lesiones en brazos y antebrazos, deber de utilizar un equipo de proteccin adecuado.Para la proteccin de estas partes del cuerpo, son de uso comn los siguientes equipos:Mangas de cuero y carnaza; se utilizan principalmente en las reas de construccin, talleres, calderas, etc.En donde se realicen trabajos de corte y soldadura de metales, esmerilado de partes metlicas, limpieza de quemadores, etc.Mangas de asbesto; se usan bsicamente para los mismos trabajos mencionados anteriormente.Mangas de hule natural; ofrecen proteccin elctrica, se utilizan para operar y mantener lneas y equipos energizados.PROTECCINDE BRAZOS Y ANTEBRAZOS

  • De manera similar a lo expuesto al referirnos a la proteccin de brazos y antebrazos; los muslos y piernas, requieren tambin de un equipo de proteccin adecuado.Los equipos de proteccin utilizados para proteger estas partes del cuerpo son: Polainas de cuero, carnaza, asbesto, etc., se utilizan en aquellas reas donde los trabajadores estn expuestos al riesgo de sufrir quemaduras por partculas volantes incandescentes o por contacto con materiales a altas temperaturas.Bsicamente se utilizan para trabajos de corte y soldadura, herrera, esmerilado y pulido de metales.

    PROTECCINDE MUSLOS Y PIERNAS

  • Estos equipos tienen una gran importancia, ya que de ellos dependemos cuando trabajamos en las alturas, por lo que:Se deben inspeccionar diariamente antes y despus de su uso.CINTURONES Y BANDOLAS

  • Los sealamientos de seguridad normalmente se elaboran de lmina o plstico; se deben colocar en todas aquellas reas donde sea necesario indicarle, informarle o advertirle al trabajador, a los riesgos o peligros a que est expuesta su persona en un centro de trabajo.SEALAMIENTOS (BARRERAS Y CONOS DE SEGURIDAD)

  • Los verificadores de potencial, se utilizan para asegurarse que en el equipo o lnea en la cual se va a trabajar, se encuentre desenergizado. Se usan principalmente en maniobras de mantenimiento y reparacin de lneas desenergizadas en el rea de distribucin y subestaciones. Los detectores de gases, se utilizan para detectar en sitio, la presencia de sustancias qumicas en la atmsfera; se usan con tubos detectores, y sirven para examinar la presencia de un determinado gas o vapor en el ambiente.VERIFICADORES DE POTENCIAL Y DETECTORES DE GAS

  • Se utilizan para limpiar o diluir alguna sustancia qumica, que haya tenido contacto con el cuerpo u ojos del trabajador.Como cidos de bateras en S.E.REGADERAS Y LAVAOJOS

  • La prevencin y control de los riesgos de trabajo son parte de las funciones en todos los niveles, para asegurar la continuidad de los procesos y la competitividad de la organizacinACCIDENTES E INCIDENTES

  • PIRAMIDE DE LA PROPORCIN DE ACCIDENTES

  • Tiempo del trabajador accidentado Tiempo de los compaeros del accidentado Tiempo del supervisor Tiempo del mdico de la planta Retraso o prdida de la produccin Daos a instalaciones fsicas Multas, sanciones o indemnizaciones COSTOS ASOCIADOS A LOS ACCIDENTES COSTO ECONMICO

  • Con frecuencia se confunden los accidentes con las lesiones, y consideran que no tienen problemas de accidentes en el trabajo, porque el nmero de lesionados es bajo, y porque consideran que el IMSS absorbe los costos del accidente. Esta es una apreciacin equivocada, ya que se pierden de vista los costos no asegurados, que no cubre el IMSS y si absorbe la empresa.COSTOS ASOCIADOS A LOS ACCIDENTES

  • Los accidentes sufridos por los trabajadores tienen un costo elevado, no solo para la empresa, sino tambin para el trabajador y su familia.

  • COSTOS ASEGURADOSSe refieren a los pagos realizados de acuerdo con la Ley de compensacin a los trabajadores, y a los gastos por atencin mdica (correspondiente al IMSS).

  • Frank Bird llevo a cabo un estudio ms completo y determin que los costos de un accidente con dao a la propiedad (costos no asegurados); son de 5 a 50 veces mayores que los costos por lesiones y enfermedades (costos asegurados); y que los costos miscelneos (no asegurados), tambin son mayores en proporcin de 1 a 3 veces. COSTOS NO ASEGURADOS

  • $1:COSTOS DE LESION Y ENFERMEDADMdicos Costos de Compensacin (Costos Asegurados)COSTOS

    DE

    LOSACCIDENTES$5 a $50Gastos contabilizadospor dao a la propiedad(costos sin asegurar)Dao a los edificiosDao al equipo y herramientaDao al producto y materialInterrupcin y retrasos en el proceso de produccinGastos de tipo legalGastos de equipo y provisiones de emergenciaAlquiler de equipos de reemplazo$1 a $3Costos Miscelneossin asegurarTiempo de investigacinSalarios pagados por perdida de tiempoCostos de contratar y/o preparar personal de reemplazoTiempo extraTiempo extra de supervisinTiempo de tramites administrativosDisminucin en la produccin del trabajador lesionadoPerdida de prestigio y de posibilidades de hacer negocios.ICEBERG DE LOS COSTOS PRODUCIDOS POR LOS ACCIDENTES

  • En todas las empresas deben integrarse Comisiones de Seguridad e Higiene, con el propsito de salvaguardar la salud de los trabajadores, as como la integridad fsica de las instalaciones en los centros de trabajo.Con base en las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, as como de la NOM-019-STPS-1999.COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

  • Integracin y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene, que deben organizarse en todas las empresas o establecimientos, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y las obligaciones al respecto, de patrones y trabajadores. OBJETIVO

  • Las Comisiones de Seguridad e Higiene debern integrarse en un plazo no mayor de 30 das hbiles, a partir de la fecha de iniciacin de actividades de la empresa.CUANDO DEBEN DE INTEGRARSE?

  • Para determinar el nmero de C.S.H. que debern establecerse en una misma empresa as como el nmero de representantes, los trabajadores y los patrones debern considerar: El nmero de trabajadores La peligrosidad de las labores La ubicacin del Centro o Centros de Trabajo Las Divisiones, Plantas o Unidades, de que se compone la empresa. Las formas o procesos del trabajo. El nmero de turnos de trabajo CUNTAS COMISIONES DEBEN EXISTIR EN CADA EMPRESA?

  • Los representantes de los trabajadores debern ser designados por el titular del Sindicato con base en el Contrato Colectivo de Trabajo.Estos deben desempear sus labores directamente en el Centro de Trabajo y preferentemente, deben tener conocimientos o experiencia en materia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral. QUIEN DESIGNAR A LOS REPRESENTANTES DE LOS SINDICALIZADOS?

  • Ser trabajador de la empresa.Ser mayor de edad.Poseer la instruccin y experiencia necesaria sobre seguridad e higiene (de preferencia).Ser de conducta honorable y demostrar sentido de responsabilidad.Nota: Se procurar seleccionar a representantes que sepan leer y escribir, tengan mayor grado de conocimientos, sean respetados por sus compaeros y reconocidos por su seriedad y su sentido de responsabilidad. QUE SE REQUIERE PARA PERTENECER A UNA COMISIN DE SEGURIDAD E HIGIENE?

  • Las C.S.H., debern elaborar dentro de los primeros 15 das hbiles de cada ao el programa anual de verificaciones, pueden ser mensuales, bimestrales o trimestrales.Las verificaciones se realizarn en los edificios, instalaciones y equipos del centro de trabajo, con el fin de observar las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en los mismos.

  • Las verificaciones que realicen los miembros de las Comisiones de Seguridad e Higiene pueden tener los siguientes propsitos:

    Observacin general.Observacin objetiva parcialObservacin objetiva especial PROPSITO DE LAS VERIFICACIONES

  • OBSERVACIN GENERAL

    Esta se realiza tomando en cuenta el proceso de produccin y deber observar los siguientes lugares:

    Instalaciones Locales de serviciosDepartamentos de produccinEquipos del sistema de procesoTalleres de mantenimientoEdificios de oficinas, etc.

  • VERIFICACION DE OBSERVACION PARCIAL

    Se realiza cuando se conoce o se seala algunas reas peligrosas, esto se realiza, para que la C.S.H. ponga mayor atencin a ellas y proponga medidas concretas, para prevenir los riesgos.

    VERIFICACION DE OBSERVACION ESPECIALPuede hacerse a peticin de: De los trabajadores De la empresaCuando se observa alguna condicin insegura en un rea de trabajo.

  • El acta debe levantarse inmediatamente despus de la inspeccin, durante una junta en la que participarn los integrantes de la Comisin de Seguridad e Higiene. En esta junta se deben hacer una seleccin de las observaciones anotadas, dndole prioridad a las que se consideren de mayor riesgo y sealar las medidas de prevencin que se propongan. Tambin deber asentase en cada acta, el seguimiento de los hallazgos de condiciones y actos inseguros contenidas en las actas anteriores, hasta obtener su cumplimiento.ACTA DE VERIFICACIN

  • El acta ser entregada al patrn o responsable del Centro de Trabajo, por el Coordinador de la C.S.H. Al entregar sta, se deber dialogar con l, para comentarle las condiciones y actos inseguros detectados, as como las recomendaciones propuestas.A QUIN SE DEBE PRESENTAR EL ACTA?

  • La funcin que la Ley ha asignado a las Comisiones de Seguridad e Higiene, es la de proponer, no la de dictaminar ni ordenar, por ello se dice que las Comisiones tienen un carcter asesor o promotor, pero no ejecutor.QU RESPONSABILIDAD TIENE FRENTE A LA LEY, LA CSH?

  • Mdicos, Ingenieros o Tcnicos que laboren en el mismo Centro de Trabajo.Ingenieros o Tcnicos Especializados en Seguridad e Higiene.Tcnicos de la Direccin General de Medicina y Seguridad en el Trabajo, de la Secretara del Trabajo y Previsin Social.Tcnicos de la Jefatura de Servicios de Seguridad en el Trabajo del I.M.S.S.Estar fundamentadas en asesoramiento tcnico, el cual se puede encontrar a travs de:LAS PROPUESTAS DE LAS CSH DEBEN

  • .Se recomienda:Comunicar al patrn las violaciones a las disposiciones legales.Insistir en el cumplimiento de sus propias propuestas, hacindolas constar en cada acta hasta que se lleven a efecto.INCUMPLIMIENTO DE REGLAMENTOS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE

  • Las Comisiones de Seguridad e Higiene tienen como atribucin, analizar las causas primarias de los accidentes que ocurran, adems de buscar las causas posibles de riesgos en los Centros de Trabajo.La misin de las Comisiones, no es realizar investigaciones para encontrar culpables, ni hacer un anlisis cientfico o complicado.QU ATRIBUCIONES TIENEN LAS CSH FRENTE A LOS ACCIDENTES DE TRABAJO?

  • Participar en la integracin y vigilar el funcionamiento de la C.S.H., nombrando a sus representantes conforme a la presente Norma. Proporcionar a los integrantes de la Comisin la capacitacin y adiestramiento en materia de seguridad e higiene, necesarios para el ejercicio de sus funciones. Atender las recomendaciones de seguridad e higiene que le seale la Comisin, de acuerdo a las actas de verificacin que sta levante. Dar las facilidades y permisos necesarios a los integrantes de la Comisin para el desempeo de sus funciones en los centros de trabajo.OBLIGACIONES DEL PATRN

  • Proporcionar a la Comisin la informacin que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas y sustancias utilizadas en los mismos, las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos ocurridos. Realizar las actividades de capacitacin y orientacin sobre seguridad e higiene en el trabajo propuestas por la Comisin. Fijar y mantener en un lugar visible del centro de trabajo, la relacin actualizada de los integrantes de la Comisin, precisando el puesto, turno y rea de trabajo de cada uno de ellos

  • Designar a los representantes que integrarn la Comisin, a travs del Sindicato, seleccionndolos mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta de sindicato, la mayora de los trabajadores realizarn la designacin respectiva. Participar como miembros de las Comisiones, cuando sean designados, y apoyar el funcionamiento de la CSH proporcionndole informacin sobre condiciones peligrosas que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigacin de accidentes y enfermedades de trabajo. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

  • Atender las recomendaciones de seguridad e higiene que le seale la Comisin, de acuerdo a la normatividad y a las disposiciones tcnicas en la materia.

  • PARA EL TRABAJADOR: Los gastos de transportacin y desplazamiento hacia los lugares de atencin mdica.Las perdidas en percepciones y prestaciones adicionales al salario base.Los gastos por la adquisicin de algunos materiales complementarios al tratamiento.Las erogaciones con relacin a asesora jurdica y a la interposicin de demandas de carcter laboral.COSTO ECONMICO DE LOS RIESGOS

  • PARA LA EMPRESA: Costos Directos:La inversin en materia de la prevencin de los Riesgos de Trabajo tales como medidas y dispositivos de seguridad, instalaciones, equipo de proteccin especifico, sealamientos, cursos de capacitacin y otras erogaciones.

    Las cuotas o aportaciones que por concepto de seguro de Riesgos de Trabajo esta obligado a pagar el empleador al seguro social.

    Las primas o costos de los seguros adicionales para la empresa y los trabajadores.

  • PARA LA EMPRESA: Costos Indirectos: El tiempo perdido de la Jornada Laboral.Los daos causados a las instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas.La disminucin de la Calidad.Los gastos por atencin de demandas laborales.El deterioro de la imagen corporativa.

  • PARA LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL: Costos Indirectos: El gasto en la prevencin de los Riesgos de Trabajo.El gasto en la atencin medica (de urgencia, hospitalizacin, ciruga, consultas, tratamientos y rehabilitacin).Los gastos con motivo del estudio del paciente para efectos de valuacin de las secuelas y asignacin de las prestaciones econmicas a lugar.Los gastos jurdicos por la atencin de inconformidad y demanda de aumento en el monto de las prestaciones econmicas.El gasto en prestaciones econmicas al trabajador o a sus deudos (pago de incapacidades, subsidios, pago de pensiones, pagos por mortandad).La disminucin de los recursos presupuestales disponibles para atender otros problemas de salud.

  • PARA LA FAMILIA:La disminucin del ingreso econmico familiar.

    Los gastos en materia de rehabilitacin ( terapias complementarias, ortesis y prtesis).PARA LA SOCIEDAD:El descenso de la productividad en las empresas, la recesin, el desempleo y la disminucin del Producto Interno Bruto Nacional.La disminucin en la captacin de contribuciones fiscales de las empresas.El aumento en la erogacin de recursos financieros del gobierno como aportaciones al presupuesto de las instituciones de seguridad social.

  • NOM-009-STPS-2011NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO.

  • NORMAS DE ORGANIZACIN

  • NORMAS DE HIGIENE EN EL TRABAJO