concepto jurídico de personas y derechos subjetivosconcepto jurídico de personas y derechos...

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Concepto jurídico de personas y derechos subjetivos Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno: • Explicará el concepto de persona jurídica. • Distinguirá, desde el punto de vista jurídico, a las personas físicas de las personas morales. • Explicará los derechos subjetivos y sus principales teorías. • Describirá la clasificación de los derechos subjetivos. UNIDAD 6

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Page 1: Concepto jurídico de personas y derechos subjetivosConcepto jurídico de personas y derechos subjetivos Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno: • Explicará el concepto de

Concepto jurídico de personas

y derechos subjetivos

Objetivos:

Al finalizar la unidad, el alumno:

• Explicará el concepto de persona jurídica.• Distinguirá, desde el punto de vista jurídico, a las personas físicas de las personas morales.• Explicará los derechos subjetivos y sus principales teorías.• Describirá la clasificación de los derechos subjetivos.

UN

IDA

D6

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Conceptos centrales

Persona

Teorías sobrelos derechos

subjetivos

Clasificación delos derechos

subjetivos

Derechossubjetivos

Derechossubjetivos

Física

Voluntarismo Eclecticismo

A la propiaconducta

Relativos Privados

Del obligado Dependientes Real

De libertad De petición

Moral

Interés Kelseniana

A la conductaajena

Absolutos Públicos

Del pretensor Independientes Personal

De acción Políticos

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Introducción

O tro de los conceptos fundamentales del derecho es el de persona.Tal y como quedó establecido en la unidad 1, el derecho es lacreación humana que ha hecho posible el desarrollo y laconvivencia de los individuos en sociedad, de donde resulta que

el derecho se ocupa de precisar con toda claridad a quiénes considera personasy cómo se entienden éstas desde el punto de vista del derecho.

Como es fácil advertir, en torno a las personas se mueve el derecho, pues es laconducta de la persona la que el derecho regula, y es también a la conductade la persona a la cual la ley reconoce efectos jurídicos, mismos que seránnormados con bastante precisión por el derecho.

Desde la antigua Roma, el derecho precisaba a quiénes se considerabanpersonas desde el punto de vista de la ley; es sabido que en el antiguoderecho romano los esclavos eran considerados como cosas, por lo cual nopodían participar en la vida jurídica, es decir, no se les reconocían derechosni podían generar derechos ni obligaciones que la ley contemplara.

Superado ese pasado, actualmente el derecho considera que la persona jurídicaes todo ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones, es decir, enprincipio se consideran como personas a todos los individuos.

6.1. Concepto jurídico de persona

El derecho regula la conducta del hombre en sociedad por medio de lasnormas jurídicas; se interesa por la relaciones que establecen los individuosde manera personal o en grupo. Para el derecho, en consecuencia, tanto elindividuo como el grupo de individuos, considerados en su conjunto, sondenominados personas.

El término persona deriva del latín personare,referido a las máscaras que utilizaban losantiguos griegos al interpretar obras teatrales,

¿Qué es una persona?

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mismas que no dejaban ver sus rostros y distorsionaban su voz; se distinguíanunos de otros por la máscara, por eso nosotros nos llamamos “personas”, puescada uno es diferente a los demás.

Persona es un término que el derecho conceptualiza como un entesusceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones; puede tratarsede un ser físico (hombre o mujer) o un ente moral (pluralidad depersonas físicas legalmente constituidas).

6.2. Persona física y persona moral

Siendo la persona, desde el punto de vista del derecho,todo ente susceptible de adquirir derechos o contraerobligaciones, es evidente que va existir unordenamiento legal que regule los vínculos entre laspersonas, de los cuales surgirán derechos y obligaciones.

En efecto, existe un ordenamiento legal llamado Código Civil, en el que seregulan los vínculos entre las personas, entre las personas y los bienes y entrelas personas y la familia.

Las conductas que regula la ley en sus diversos artículos son llamadas hipótesisde ley, las cuales sólo podrán ser atribuibles a las acciones de las personas,nunca a las cosas; en consecuencia los seres humanos (mujeres, hombres,jóvenes, niños, ancianos) son personas para el derecho.

Para fines de estudio, el derecho civil se define como:

El conjunto de normas jurídicas que regulan los vínculos entre laspersonas en relación con los bienes y la familia.

El derecho civil es importante porque reconoce y protege los derechos que tenemos

como personas; inclusive, antes de nacer o después de la muerte nos reconoceciertos derechos.

De acuerdo a la ley, sólo a las personas se les otorgan atribuciones que implicanconsecuencias jurídicas.

El Código Civildescribe la maneraen que se regulanlos vínculos entre laspersonas jurídicas

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Al actuar de manera individual o colectiva, a los individuos se les reconocejurídicamente como personas físicas o personas morales, respectivamente.

Es evidente que no se puede hablar en los mismostérminos de una persona física y de una persona moral,pues aunque existe distinción en su tratamiento(régimen jurídico), tanto David Bravo (personafísica) como La Latinoamericana, S.A. (persona moral)son jurídicamente reconocidos por el derechocomo personas.

Figura 6.1. Persona física y persona moral.

El derecho civil tiene como finalidad regular las actividades que vinculan alas personas físicas o morales entre sí, con exclusivo interés para quienesrealizan los actos, como podría ser la compra o la venta de una casa, contraermatrimonio, divorciarse, heredar, entre otros múltiples actos que realizanlas personas.

Para una mejor comprensión de los conceptos depersona física y persona moral, es convenienterevisarlos por separado.

Persona física es el ser con materialidad humana a quien el derechoreconoce ciertos atributos, conocidos como personalidad.

Cuando se habla de persona física, el derecho hace referencia a cualquierindividuo, sea hombre o mujer, sin importar sus características distintivas, suactividad, su posición económica, etcétera.

Cuando actúan laspersonas, en grupo

o individualmente,pueden generarconsecuencias

jurídicas

PersonaSujeto de derecho

Persona físicaIndividuo de la

especie humana

Persona moralFicción jurídicaque existe por

disposición legal

¿Quiénes son las

personas físicas?

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Las personas físicas legalmente tienen personalidad, es decir, son susceptiblesde adquirir derechos y contraer obligaciones, como el derecho al trabajo, lainviolabilidad de su domicilio y correspondencia y el pago de deudas conformea lo pactado, por mencionar sólo algunos.

Además de las personas físicas, para el derechoexiste otro tipo de personas, las denominadaspersonas morales.

Persona moral es la organización de personas a la cual el derechole reconoce capacidad para contraer derechos y obligaciones paracumplir con los fines lícitos para los que fue creada.

Al escuchar el término “persona moral”, podríamos imaginarnos a un sujetocon altos principios éticos o con una educación recatada y tal vez inclinadaa las actividades religiosas, pero para el derecho tiene un significado diferente.

Por esta razón existen algunos autores que al referirse a la persona física y a lapersona moral prefieren hablar de persona jurídica individual y persona jurídicacolectiva, respectivamente. Es importante que te familiarices con ambostérminos, ya que en las obras jurídicas se emplean indistintamente.

La persona moral es una ficción jurídica, es decir, un instrumento del derechocreado para ayudar a dar forma material a lo que no existe; se utiliza para losefectos de nombrar legalmente y reconocer a la reunión no transitoria de dos omás individuos que, por conveniencias de diversa índole, crean un ente inmaterialdiferente a ellos mismos, del cual serán los responsables ante la ley.

El hombre ha considerado que, para efectosprácticos, es conveniente y útil unirse con sussemejantes para alcanzar fines comunes. Esa

funcionalidad se logra por medio de la creación de las personas morales.Veamos un ejemplo para comprender mejor el concepto de persona moral.

Los señores José Vázquez, David López y MiguelBravo, deciden reunirse para ofrecer y prestar susservicios al público en general en lo relacionadocon la administración y la contabilidad. Para talcaso consultan a un abogado, quien lesrecomienda se constituyan como una sociedad

¿Quiénes son las

personas morales?

¿Por qué surge la

persona moral?

Tanto las personasfísicas como laspersonas morales realizanactos con posiblesimplicaciones jurídicas

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(persona moral), a la que denominan, Soluciones México, S.C. Por supuestoque Soluciones México, S. C. no es José Vázquez, David López o MiguelBravo, sino un ente distinto de sus creadores, con nombre, patrimonio, domicilio,nacionalidad y capacidad propias, por lo tanto es independiente de suscreadores, tan es así que el derecho lo reconoce como una persona moral conderechos y obligaciones propias.

Recuerda que la persona moral es ficticia, materialmente no existe y serecurre a la abstracción para concebirla con la finalidad de cumplir con lospropósitos para los que fue creada; tiene similitud con cualquier personafísica, ya que nace, actúa y se extingue, y en consecuencia, es sujeto dederechos y obligaciones.

La propia ley establece a quiénes el derechoconsidera personas morales e, incluso, regula losprocesos para su creación.

El Código Civil vigente para el D.F., en su artículo 25, establece:

Son personas morales:

I. La Nación, el Distrito Federal, los estados y los municipios;II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;III. Las sociedades civiles o mercantiles;IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que serefiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;V. Las sociedades cooperativas y mutualistas, yVI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se proponganfines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro finlícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en lostérminos del artículo 2736.

Ser sujeto de derechos y obligaciones dentrode una sociedad conlleva la necesidad deregular el comportamiento en beneficio de losdemás. La regulación pretende impedir que laspersonas se comporten de manera arbitraria,irracional e inconsciente con las consecuenciaspara el grupo social.

¿Quiénes son

personas morales?

Sólo las personaspueden ser titulares de

derechos y obligaciones,y en ello radica la

importancia de serconsiderado como tal

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El derecho se encarga de imponer límites al comportamiento de las personasdentro de una sociedad. Para ello, el hombre crea leyes e instituciones jurídicasque respetan la individualidad de cada miembro de la sociedad y que a suvez lo identifican plenamente, por tal motivo ha caracterizado a las personascon una serie de atributos que estudiarás en tu asignatura de derecho civil.

Ejercicio 1

1. Es un ente susceptible de adquirir derechos y obligaciones que puedetratarse de un ser físico o un ente moral.

a ) Sujeto de derecho.b ) Persona jurídica.c ) Personalidad.d ) Ente físico.

2. Es la organización de personas a la cual el derecho reconoce capacidadpara contraer derechos y obligaciones y cumplir con los fines para los cualesfue creada.

a) Persona jurídica.b) Persona física.c) Persona jurídica colectiva.d) Personalidad moral.

3. Es el ser con materialidad humana a quien el derecho reconoce ciertosatributos conocidos como personalidad.

a) Persona.b) Persona moral.c) Personalidad.d) Persona jurídica individual.

4. Las personas jurídicas pueden ser:

a ) Personas individuales y personas físicas.b ) Personas morales y personas jurídicas colectivas.c ) Personas físicas y personas morales.d) Personas jurídicas y personalidades.

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6.3. Principales teorías respecto a los derechossubjetivos

A continuación analizaremos el derechosubjetivo, esto es, el derecho que nace enfunción de una norma jurídica confiriendofacultades a un sujeto para exigir a otro unadeterminada conducta.

Cuando estudiamos las distintas acepciones del derecho, definimos el derechosubjetivo como:

La facultad que tiene un individuo para exigirle a otro una determinadaconducta conforme a lo establecido en una norma de derecho.

De acuerdo con la definición anterior afirmamos, en su oportunidad, queel derecho subjetivo tenía fundamento en el derecho objetivo y estaba enfunción de él.

Respecto del derecho subjetivo existen varias doctrinas que es importanteestudiar, no sólo por cultura jurídica, sino porque en cursos superiores dederecho encontrarás un gran número de referencias al derecho subjetivo ensus distintas acepciones doctrinarias.

6.3.1. Tesis del derecho subjetivo de Bernardo

Windscheid

Uno de los juristas estudiosos del tema del derecho subjetivo es BernardoWindscheid; en principio, este autor considera que el derecho subjetivo radica,fundamentalmente, en un poder o señorío de la voluntad que es reconocidopor el derecho.

Según lo anterior, mediante el derecho subjetivo un individuo ejerce supropio poder de imperio sobre otro sujeto, pero tal señorío no es absoluto, sinoque se encuentra acotado o determinado por un orden jurídico. Por ejemplo,en un contrato de compraventa el comprador tiene el derecho subjetivo, enfunción de lo establecido en la ley, de exigirle al vendedor la entrega de la

¿Recuerdas qué son los

derechos subjetivos?

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cosa vendida, es decir, está en su derecho (derecho subjetivo) de exigirla entrega de la cosa. Este derecho sólo le asiste al comprador o, en su caso,a la persona que éste designe; nadie más podrá exigir esto al vendedor.

De acuerdo con la postura de este autor, el derecho subjetivo se puedeentender en dos sentidos:

a) Como la facultad de exigir a una persona o sujeto un comportamientodeterminado positivo o negativo.

Esta facultad del poseedor del derecho subjetivo aparece cuando la normajurídica (derecho objetivo) prescribe la conducta y faculta a otro sujeto(poseedor del derecho subjetivo) para exigirla. Tal es el caso de la facultadque tiene el comprador en el contrato de compraventa, en el ejemplo empleadoanteriormente.

b) Como la intervención decisiva de la voluntad del particular parael nacimiento de facultades o para la extinción o modificación de lasya existentes.

En este segundo caso tenemos, como ejemplo, el derecho que tiene elpropietario (derecho subjetivo) de enajenar sus bienes. En este supuesto esclaro que de la voluntad del propietario para ejercer el derecho subjetivode enajenar sus bienes depende el nacimiento o determinación deimperativos jurídicos.

Uno de los más famosos juristas, Hans Kelsen, que más adelante analizaremos,es opositor a la teoría expuesta y su argumentación se resume así:

1. La facultad que nace del derecho subjetivo no depende del señorío en elejercicio de la voluntad de su poseedor, porque hay casos en los cuales quientiene el derecho subjetivo no quiere ejercitarlo, como sería el caso de alguienque teniendo derecho a cobrar una deuda simplemente no desea cobrarla. Elhecho de que no desee cobrarla no destruye la facultad que tiene el acreedor.

2. Pudiera presentarse el caso de que alguien, siendo poseedor de underecho subjetivo, lo ignore, o bien, que teniendo el derecho se encuentreafectado de sus facultades mentales y no pueda exigirlo. En estos casos,

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aun al margen de la voluntad del poseedor del derecho subjetivo, lafacultad que tiene no se destruye.

3. Existen derechos cuya renuncia no está permitidapor la ley, aun renunciando a ellos, la ley los otorga,inclusive contra de la voluntad de quien los posee.

Esto sucede, entre otros casos, con los derechos laborales otorgados a lostrabajadores. Véase a manera de ejemplo el artículo 99 de la Ley Federaldel Trabajo, que prevé: “El derecho a percibir el salario es irrenunciable...”

Los casos anteriores prueban, según el pensamiento de Kelsen, que los derechossubjetivos no se encuentran en función del señorío o poder de la voluntadde su poseedor.

6.3.2. Tesis de Rodolfo Jhering

Para Jhering, el fundamento del derecho subjetivo seencuentra en dos elementos constitutivos: uno formaly otro substancial.El elemento formal es la manera que reviste el finbuscado por el orden jurídico, como puede serla protección del derecho, la búsqueda de la justicia,etcétera.

Por su parte, es evidente que el elemento importante es el elemento substancialque constituye la finalidad práctica buscada, esto es, el verdadero derechosubjetivo mismo que a la postre es el interés jurídicamente protegido. Deesta manera, dice Jhering, el derecho subjetivo no está en la voluntad o facultadvoluntaria del sujeto para exigir una determinada conducta, sino en el interésjurídicamente protegido; este interés puede comprender cualquier tipo de bienque represente utilidad para un sujeto.

De lo anterior se deduce que son dos los componentes del derecho subjetivo;por una parte, el interés o utilidad material que puede representar para elsujeto y, por otra, que el interés se encuentre jurídicamente garantizado.Este último componente es el que da margen a la acción del sujeto paraexigir el derecho subjetivo.

Existen derechossubjetivos

irrenunciables.

¿Qué es el

derecho

subjetivo para

Jhering?

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En conclusión, el derecho subjetivo para Jhering es:

El interés material o utilidad que representan los bienes para el sujetoy que se encuentra jurídicamente protegido en la ley.

Como comentario a esta teoría, diremos que no todos los intereses o utilidadesmateriales de los sujetos quedan protegidos por la ley, ni todo lo que seencuentra protegido por la ley puede resultar de interés o utilidad para elsujeto. Es decir, puede haber derechos que la ley otorga a los sujetos y éstos notener interés en ejercitar las acciones correspondiente para hacerlos exigibles.

6.3.3. Teoría ecléctica

El jurista Jellinek trata de conjugar tanto la teoría voluntarista de Windscheidcomo la del interés de Jhering, de ahí que a su teoría se le denomine ecléctica.Afirma Jellinek que el derecho subjetivo es:

El interés tutelado por la ley mediante el reconocimiento de lavoluntad individual.

6.3.4. Teoría de Hans Kelsen

Este jurista, fiel a su teoría pura del derecho, tratará, en su desarrollo acercade los derechos subjetivos, de considerar a éstos al margen de la voluntad delos sujetos y de los intereses materiales a los cuales se refieren.

El jurista Hans Kelsen dice que no debe haber distinciónentre el derecho objetivo y el derecho subjetivo, sino quese trata del mismo derecho. El derecho subjetivo existesólo si se basa en el derecho objetivo, dicho de otra manera,el derecho objetivo es puesto a la disposición de unapersona a efecto de que quede bajo la dependencia de suvoluntad la aplicación o solicitud de aplicación de lassanciones que en el mismo se prevean.

Para Kelsen,el derechosubjetivo existeen función delderecho objetivo

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De lo anterior se concluye que, para el jurista vienés Hans Kelsen:

El derecho subjetivo es el mismo derecho objetivo en relación con elsujeto de cuya declaración de voluntad depende la aplicación delacto coactivo estatal señalado por la norma.1

Tabla 6.1. Principales teorías sobre derecho subjetivo.

Enfoque Idea central Representante

Voluntarista El derecho subjetivo radica en Bernardo Windscheidel poder de la voluntad.

Interés El derecho subjetivo radica en Rodolfo Jheringel interés material o utilidadde los bienes.

Ecléctica El derecho subjetivo radica Jellineken el interés tutelado por laley y el reconocimiento dela voluntad individual.

Kelseniana El derecho subjetivo es la Hans Kelsendisposición que hace el sujetodel derecho objetivo.

Ejercicio 2

1. Según esta teoría el derecho subjetivo se puede entender como la facultadde exigir a una persona o sujeto un comportamiento determinado positivo onegativo, o bien como la intervención decisiva de la voluntad del particular

1 Kelsen, Hauptprobleme der Staatsrechte, p. 618. Citado por García Máynez, E.,Introducción al estudio del derecho, México, Porrúa, 1999, p. 193.

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para el nacimiento de facultades o para la extinción o modificación de lasya existentes.

a ) Teoría de Jhering.b ) Teoría de Hans Kelsen.c ) Teoría de Windscheid.d ) Teoría de Jellinek.

2. Es el interés tutelado por la ley mediante el reconocimiento de lavoluntad individual.

a ) Derecho subjetivo según la teoría ecléctica.b ) Derecho subjetivo según Jellinek.c ) Derecho subjetivo según Jhering.d ) Derecho subjetivo según Kelsen.

3. Es el mismo derecho objetivo en relación con el sujeto de cuyadeclaración de voluntad depende la aplicación del acto coactivo estatalseñalado por la norma.

a ) Derecho subjetivo según Hans Kelsen.b ) Derecho subjetivo según Jhering.c ) Derecho subjetivo según Jellinek.d ) Derecho subjetivo según la teoriá ecléctica.

6.4. Clasificación de los derechos subjetivos

Independientemente de las teorías de los derechos subjetivos planteadas,que pueden ser la voluntarista de Windscheid, la utilitarista de Jhering,la ecléctica de Jellinek o la de Hans Kelsen, el hecho irrefutable es que losderechos subjetivos existen, independientemente de cuál de los esquemasteóricos explicativos sea el más convincente.

De este modo, para efectos prácticos hemos de iniciar con el estudio de laclasificación de los derechos subjetivos, brillantemente expuesta por el juristaEduardo García Máynez, en la cual nos vamos a basar.2

2 Cfr. García Máynez, E., op. cit., pp. 198-204.

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6.4.1. Derechos subjetivos a la propia conducta y a la

conducta ajena

El derecho subjetivo tiene dos formas de serentendido; en una primera acepción puedeentenderse como la facultad que tiene un individuopara usar, disfrutar o disponer de un derecho. Estasfacultades concedidas por la ley se refieren a supropia actividad, no son facultades para exigir aotro una conducta, sino facultades de ejercicio del poseedor del derechosubjetivo, mismas que se cumplirán y versarán sobre su propia conducta.

En este sentido, podemos entender el derecho subjetivo a la propiaconducta como:

La facultad que le es concedida por la ley a un individuo para usar,disfrutar y disponer de un derecho referido a su propia conducta.

El ejemplo típico de este derecho es el derecho de propiedad, mediante elcual el dueño está facultado para usar, disfrutar o disponer de cualquiermanera de una cosa. Sin embargo el ejercicio de tal derecho depende de lapropia conducta del propietario. No es, pues, la facultad de exigir a otro unaconducta, sino que mediante la conducta propia puede ejercer el derechode propiedad que tiene sobre la cosa.

Ahora bien, el derecho subjetivo a la propia conducta puede entendersede dos maneras:

• La facultas agendi (facultad de hacer): cuando la propia conducta mediantela cual se ejerce la facultad consiste en hacer algo.

Un ejemplo de la facultas agendi es el que yo, como propietario de mi casa,viva en ella, es decir, al vivir en ella ejerzo mi derecho subjetivo referido a lapropia conducta, mediante un “hacer algo”, que es el vivir en ella.

• La facultas omittendi (facultad de omitir): cuando la conducta mediantela cual se ejerce la facultad es de no hacer algo, es decir, una abstención.

¿Qué son los

derechos

subjetivos a la

propia conducta?

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200 Introducción al estudio delderecho

Las facultates omittendi (las facultades de omitir una conducta) puedenentenderse de dos maneras:

a) Como el derecho a la omisión de la conducta ilícita; si una conducta estáprohibida, tengo el derecho de omitirla.

b) Como la facultad que tiene un individuo de no ejercitar los derechos siéstos no se fundan en una obligación propia. Si alguien me debe algo, tengoel derecho subjetivo, si así lo deseo, de no reclamarle el pago de lo debido.

Por otra parte, el derecho subjetivo a laconducta ajena ha de entenderse como:

La facultad que tiene un individuo para exigir a otro una determinadaconducta conforme a lo establecido en una norma jurídica.

En este caso el derecho subjetivo no se refiere a la propia conducta sino a lade otra persona, es decir, en este caso siempre es necesaria la intervención deotro sujeto.

Este derecho a la conducta ajena se denomina facultas exigendi.

Es evidente que tanto en la facultas agendi como en la facultas omittendi eltitular las ejerce sin necesidad de recurrir a otro sujeto, en cambio en lafacultas exigendi siempre es indispensable exigir al sujeto pasivo de la relaciónjurídica la observación de una conducta.

6.4.2. Derechos subjetivos relativos y derechos

subjetivos absolutos

Otra clasificación de los derechos subjetivos es la de los derechos relativosy los derechos absolutos.

Un derecho subjetivo es relativo cuando elsujeto pasivo está individualmentedeterminado, y es absoluto cuando lossujetos pasivos constituyen la universalidad

¿Qué es el derecho subjetivo

a la conducta ajena?

¿Qué son los derechos

subjetivos relativos?

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de las personas a quienes se impone una obligación. De lo anteriorresulta que:

El derecho subjetivo es relativo cuando la obligación corresponde asujetos individualmente determinados.

El caso típico de los derechos subjetivos relativoses el derecho de crédito, denominado derechopersonal, en el que el sujeto pasivo queda, desdesu nacimiento, individualmente determinado.

Por otra parte:

El derecho subjetivo es absoluto cuando los sujetos pasivos son launiversalidad de personas.

En general, podemos considerar que habrá tantos derechos subjetivosrelativos cuantas relaciones jurídicas y obligaciones quieran contraer lossujetos, es decir, serán sujetos pasivos las personas que hayan sido partes enuna relación jurídica.

6.4.3. Derechos subjetivos privados y derechos

subjetivos públicos

La suma de facultades que posee el individuo frente a otros particularesconstituye el derecho subjetivo privado.

Los derechos subjetivos privados se dividen en derechos personales, o decrédito, y en derechos reales. Aunque el derecho personal y el derecho realserán estudiados en otras asignaturas de tu licenciatura, es importante quede momento los definamos a efecto de que comprendas por qué se consideranderechos subjetivos privados.

Por derecho personal entendemos: la relación jurídica que se estableceentre una persona llamada acreedor, que puede exigir a otra, llamadadeudor, cumplir con una prestación de carácter patrimonial; de dar, de

¿Qué son los

derechos subjetivos

absolutos?

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hacer o de no hacer, y a la cual se encuentra obligado por voluntad delas partes o por mandato de ley.

Por otra parte, el derecho real se entiende como:

El poder jurídico que se ejerce directa o indirectamente respecto de unbien para obtener el grado de aprovechamientoque autoriza el título legal.

Los derechos subjetivos públicos son:

La suma de facultades que los particulares tienen frente al poderpúblico representa las limitaciones que el propio Estado se impone.

Estos derechos subjetivos públicos, según Jellinek, son los derechoscorrespondientes a tres tipos de facultades que el individuo puede demandarfrente al Estado.

Estas facultades son las referidas a:

a) Los derechos de libertad.b) Los derechos para pedir la intervención del Estado en provecho deintereses individuales.c) Los derechos políticos.

La figura 6.2 ofrece un esquema general de los derechos subjetivos, los cualesserán estudiados en los siguientes apartados.

6.5. Los derechos subjetivos según Hans Kelsen

El jurista Hans Kelsen, en su obra Teoría generaldel Estado (libro segundo, capítulo quinto),analiza los derechos subjetivos refiriéndoseespecíficamente al deber jurídico, a la libertado al derecho subjetivo, y según la relación delpueblo estatal sea activa, pasiva o negativa.

¿Qué son los

derechos subjetivos

públicos?

Según Kelsen, la relacióndel hombre con el derechopuede ser de sometimientoa la norma, de participaciónen su creación y de libertadfrente a la misma

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20

3U

nidad 6

Figura 6.2. Clasificación de los derechos subjetivos.

Derechossubjetivos

Aplicadosa la propiaconducta

Aplicados ala conducta

ajenaRelativos Absolutos Privados Públicos

Facultadde exigir

Determinaciónindividual

El sujeto es universal

Derecho delibertad

Individuofrente a otro

particular

Derechopara pedir laintervencióndel Estado

Individuofrente alpoder

público

Derechospolíticos

Facultadde hacer

Facultadde omitir

estderecho-6.p6518/09/2009, 12:00 p.m

.203

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204 Introducción al estudio delderecho

Dice Hans Kelsen: la relación de la conducta humana con el orden jurídicopuede ser:

• De sometimiento a la norma, en cuyo caso la relación es de pasividad, esdecir, el hombre se encuentra sumiso frente al orden jurídico, su conducta nose traduce en el ejercicio de un derecho, sino en el cumplimiento o violación deun deber, según sea conforme o no con ese orden jurídico; si actúacontrariamente a lo debido, va enlazada una coacción jurídica. De estoderiva el deber jurídico.

• De participación en su creación, en cuyo caso la relación es de actividad.El orden jurídico afecta al hombre cuando la conducta humana crea lasnormas, cuando el hombre participa en la legislación, cuando su conductaconstituye el hecho calificado por el mismo orden jurídico como condiciónde validez de las normas nuevas. En esta relación activa de la creación de lasnormas nuevas, su comportamiento aparece como ejercicio de derechos subjetivos.De aquí surge el derecho subjetivo o facultad jurídica.

• De libertad frente a la norma, es decir, no tiene con ella la menor relación,en cuyo caso puede decirse que dicha ausencia de relación se convierte ennegatividad; aquí el sujeto es libre frente a la norma, es decir, el sujeto tiene elderecho de ejecutar u omitir aquellos actos no regulados de ningún modo por laley, de lo cual deriva la libertad.3

Para concluir con la teoría kelseniana, debemos considerar que cuandola persona se encuentra en relación de actividad con el orden jurídico, laintervención del sujeto puede manifestarse:

• En la creación de normas genéricas: en este caso el acto de participacióncreativo constituye el ejercicio de un derecho político.• En la creación de normas individualizadas. Esta creación puede ser a su vez:a) Realizada por órganos del Estado, de donde se originan las sentenciasjudiciales y las resoluciones administrativas.b) Realizada por los particulares: ya unilateralmente, de donde surgen losderechos de acción, o bilateralmente, dando origen a los derechos subjetivosprivados.

3 Kelsen, H., Teoría general del Estado, México, Editora Nacional, 1948, pp. 197-200.

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205Unidad 6

6.6. Derecho del obligado y derecho delpretensor

El derecho, como se indicó desde el inicio del presente curso,es bilateral, es decir, a los deberes corresponden derechosy viceversa, a los derechos corresponden obligaciones odeberes. Es evidente que a todo deber jurídico corresponde un derecho porparte del obligado de acatar ese deber o no; a esto se le conoce como elderecho del obligado.

Según lo anterior, el derecho del obligado consiste en:

El derecho que tiene una persona de acatar o no acatar un deber jurídico.

Ejemplo de este derecho del obligado lo tenemos en materia fiscal: respectoa la obligación que tiene una persona de cubrir un impuesto, necesariamentecorresponde un derecho (facultad del obligado o contribuyente) de pagar ono dicho impuesto, es decir, derecho de acatar o no acatar lo establecido en eldeber jurídico. El derecho del obligado es el que éste tiene de cumplircon su deber jurídico.

Por su parte, existen otros derechos que no se basan en elcumplimiento de un deber del titular, por lo tanto no sereducen al solo cumplimiento de una obligación; talesderechos son los que se conocen como el derecho delpretensor, por el cual entendemos:

El derecho no fundado en un deber del derechohabiente o del titular,sino en la facultad o derecho subjetivo del acreedor.

Ejemplo del derecho del pretensor lo tenemos en una compraventa en la queel derecho del vendedor de exigir el pago de la deuda al comprador no sebasa en una obligación del acreedor, sino en la facultad que éste tiene(derecho del pretensor) de exigir al comprador que cumpla con el deberjurídico o la obligación pactada, quien en todo caso tiene el derecho deacatar o no acatar lo establecido en ese deber jurídico (derecho del obligado).

Las normasjurídicas son

bilaterales

¿Qué es el

derecho del

pretensor?

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.205

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206 Introducción al estudio delderecho

6.7. Derechos subjetivos dependientesy derechos subjetivos independientes

Los derechos subjetivos son entendidos, en términos generales, como lafacultad que tiene un individuo para poder exigir a otro una determinadaconducta conforme a lo que establece una norma de derecho.

Sin embargo, si profundizamos en las facultades que tienen los individuospara exigir a otros determinadas conductas, podemos encontrar:

a) Que existen derechos subjetivos que se basan en otro derecho o en undeber jurídico del titular. Éstos son los derechos subjetivos dependientes.

b) Que existen otros derechos subjetivos, a diferencia de los anteriores, nofundados en un deber jurídico o en otro derecho del mismo sujeto, sino queen todo caso se basan o pueden tener su fundamento en una obligación. Eneste caso nos encontramos frente a derechos del obligado, o derechos basados

en otros derechos; en tal circunstancia quedantraducidos en la facultad que tiene el sujeto de elegir

entre el ejercicio o el no ejercicio del cual está condicionada

su existencia. Estos son los derechos subjetivosindependientes.

De los dos supuestos anteriores se desprende lo queentendemos como derechos subjetivos dependientesy derechos subjetivos independientes.

Son derechos subjetivos dependientes:

Aquellos que se basan en otro derecho o en un deber jurídico del titular.

Ejemplo de este derecho subjetivo dependiente es la facultad que tenemoslos ciudadanos de participar en las elecciones. Decimos que es un derechosubjetivo dependiente porque el mismo se basa en otro derecho o en el deberjurídico de votar.

¿Qué son los

derechos

subjetivos

dependientes y

qué son los

derechos

subjetivos

independientes?

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.206

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207Unidad 6

Por otra parte, los derechos subjetivos independientes no se basan en otroderecho del mismo sujeto ni en un deber jurídico, de ahí el calificativo deindependientes.

Según esto, entendemos por derechos subjetivos independientes:

Los derechos no fundados en un deber jurídico o en otro derecho, sinobasados en una obligación, o bien, son los traducidos en una facultad deescoger entre el ejercicio o no ejercicio del cual depende su existencia.

El ejemplo típico de un derecho subjetivo independiente lo tenemos en elderecho de propiedad. Como la facultad de disponer de nuestras propiedadesno se basa en un deber jurídico, se dice que esta facultad es independiente.4

6.8. Derecho real y derecho personal

En este apartado vamos a estudiar los derechos reales y los derechos personales,entendidos como derechos subjetivos, es decir, como facultades de losindividuos titulares de los mismos.

Existen discusiones teóricas o doctrinarias acerca de la distinción entrederechos reales y derechos personales, entre las que se encuentran laescuela exegética, la teoría monista de la equiparación del derechopersonal al derecho real y la doctrina monista de la equiparación delderecho real a un derecho personal correlativo de una obligación universalnegativa, mismas que mencionamos sólo por cultura jurídica. Sin embargono serán analizadas en este apartado, simplemente nos referiremos a losderechos reales y a los derechos personales, entendidoscomo derechos subjetivos o facultades, según nuestrosordenamientos legales.

Iniciemos definiendo tanto los derechos reales comolos derechos personales:

Los derechosreales se refieren

al poder jurídicoque se ejercesobre un bien

4 García Máynez, E., op. cit., p. 204.

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208 Introducción al estudio delderecho

El derecho real se define como el poder jurídico que se ejerce directao indirectametne respecto de un bien para obtener el grado deaprovechamiento que autoriza el título legal; dicha facultad es oponibleuniversalmente.

El derecho personal es la relación jurídica que se establece entre unapersona llamada acreedor que le puede exigir a otra persona llamadadeudor cumplir con una prestación de carácter patrimonial (de dar,de hacer o de no hacer), y a la cual se encuentra obligado por voluntadde la partes o por mandato de ley.

De acuerdo con los conceptos anteriores de derecho real y de derecho personal,podemos entender:

Los derechos reales siempre suponen una relación entre un sujeto y un objeto,en la cual el sujeto tiene la facultad de usar, disfrutar y hasta abusar (jus

utendi, jus fruendi y jus abutendi) del objeto cosa sobre la cual se tiene elpoder jurídico.

En esta relación se manifiesta la apropiación de la riqueza jurídicamentereconocida y protegida.

En el derecho real la persona o sujeto poseedor del derecho real subjetivotiene poder directo e inmediato que ejerce sobre el bien determinado, confacultad ilimitada de poder respecto al mismo.

Según lo anterior, las características de los derechos reales son:

• Una relación entre una persona y una cosa. Es una relación inmediata.• Derechos de no interferir entre la persona y la cosa, es decir, se debe permitira su titular el ejercicio del derecho real.• Es un derecho absoluto, se considera un derecho erga omnes, es decir, laley impone a todo el mundo la obligación de respetar su ejercicio.• Los derechos reales están específicamente determinados en la ley(numerus clausus).

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209Unidad 6

Figura 6.3. Características del derecho real.

Por su parte, los derechos subjetivos personales siempresuponen una relación jurídica entre dos personas, una esel sujeto activo (acreedor) y otra, el sujeto pasivo (deudor),relación de la cual nace precisamente la facultad delacreedor para exigir del deudor el cumplimiento de unaobligación.

La eficacia del derecho subjetivo personal depende de la solvencia del deudor.

En el derecho subjetivo personal existen tres elementos:

a) El derechohabiente, llamado acreedor o sujeto activo de la relación jurídica.b) El obligado, llamado deudor o sujeto pasivo de la relación jurídica.c) El objeto de la obligación, que puede ser: un dar, un hacer o hecho positivo;un no hacer o abstención.

La relación entre el sujeto activo y el sujeto pasivo es directa, sin embargo larelación existente entre el acreedor y el objeto es indirecta, es decir, el acreedorno puede obtener por sí mismo, directamente del objeto de su derecho, lasventajas o beneficios que tal derecho implica, sino que tiene necesariamenteque recurrir al deudor. Lo anterior no ocurre en el derecho real, en el cual elsujeto activo no necesita de nadie para usar, disfrutar o abusar de su derecho,como ocurre con el derecho de propiedad, por ejemplo.

Según lo anterior las características de los derechos subjetivos personales son:

• Se producen directamente entre dos personas (acreedor y deudor) en virtudde un acto jurídico celebrado entre ambas.

En los derechospersonales, la

facultad seejerce sobre

las personas

Derecho real

Sujetoactivo

Objeto

Sujeto pasivoindeterminado

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210 Introducción al estudio delderecho

• El derecho derivado de esta relación (facultad para exigir una conducta)se hace valer contra una persona determinada (deudor), la cual esprecisamente aquella con quien se celebró el acto jurídico que dio origen aese derecho.

• Hay tantos derechos subjetivos personales como relaciones se establezcanentre las personas. Al tratarse de un número ilimitado de ellos, se dicetécnicamente que los derechos personales son numerus apertus.

Figura 6.4. Características del derecho personal.

Ejercicio 3

1. La facultad que le es concedida por la ley a un individuo para usar, disfrutaro disponer de un derecho referido a su propia conducta es un:

a ) Derecho subjetivo absoluto.b ) Derecho subjetivo a la propia conducta.c ) Derecho subjetivo público.d ) Derecho subjetivo del obligado.

2. Es la suma de facultades que los particulares tienen frente al poder público.

a ) Derecho subjetivo privado.b ) Derecho público a la conducta ajena.c ) Derecho público real.d ) Derecho subjetivo público.

Derechopersonal

Sujetoactivo

Objeto

Sujeto pasivodeterminado

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.210

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211Unidad 6

3. Es el derecho que tiene una persona de acatar o no acatar un deber jurídico.

a ) Derecho subjetivo del pretensor.b ) Derecho subjetivo del obligado.c ) Derecho subjetivo de libertad.d ) Derecho subjetivo real.

4. Es el derecho que se basa en otro derecho o en un deber jurídico del titular.

a) Derecho subjetivo del obligado.b) Derecho subjetivo derivado.c) Derecho subjetivo accesorio.d) Derecho subjetivo dependiente.

6.9. Derecho de libertad

Del análisis al derecho de libertad surgendiscusiones filosóficas acerca del término libertad,mismas que no abordaremos dada la naturalezade este libro. Sin embargo es importante distinguirentre lo que podríamos llamar libertad, en un sentido amplio de lo que seentiende por libertad jurídica. En este sentido, el hecho humano librese manifiesta como “la libertad del querer”, mientras que la libertad jurídica seexpresa como “una facultad derivada de una norma”.

Podemos afirmar que la libertad jurídica es unaautorización que da el derecho para realizar u omitirciertos actos; en este sentido, cuando se viola unanorma nos encontramos frente a una manifestaciónde libre albedrío del ser humano que de ningunamanera representa el ejercicio de la libertad jurídica.

Para entender esta facultad o autorización que el derecho otorga para realizaru omitir ciertos actos, es importante estudiar los actos jurídicamente regulados.

Ahora bien, dentro de los actos jurídicamenteregulados podemos encontrar actos de tres categorías:ordenados, prohibidos y potestativos.

¿Qué es el

derecho de

libertad?

La libertad, desdeel punto de vista

jurídico, es lafacultad derivada

de la norma

Existen actos jurídicosordenados, prohibidos

y potestativos

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.211

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212 Introducción al estudio delderecho

De conformidad con esto, los actos ordenados se tienen que realizar; el nohacerlo implica una manifestación del libre albedrío, mas no del derecho delibertad; lo mismo sucede con los prohibidos, los cuales se tienen que omitir.

Lo anterior supone que el derecho de libertad ha de entenderse, en unprimer acercamiento, como:

La facultad de hacer o de omitir aquellos actos que no están ordenadosni prohibidos.

Según este concepto, el derecho de libertad siempre se refiere a la ejecuciónu omisión de los actos potestativos. Éstos comprenden todas las formas deconducta que el derecho no ordena ni prohibe, sin embargo lo anterior nosignifica que estos actos no estén jurídicamente regulados.

Si profundizamos un poco más podemos darnos cuenta que el derecho delibertad es más amplio que la sola facultad de ejecutar u omitir los actospotestativos. Considerando las tres categorías de los actos jurídicamenteregulados —ordenados, prohibidos y potestativos— podemos concluir:

1. El derecho de libertad no queda restringido al ámbito de lo permitido.2. Jurídicamente no sólo se autoriza la ejecución u omisión de los actospotestativos.3. El derecho de libertad autoriza la ejecución de lo ordenado.4. El derecho de libertad autoriza la omisión de lo prohibido.

Decimos lo anterior porque lo permitido coincide con lo lícito y lo prohibidocon lo ilícito; ahora bien, lo lícito rebasa con mucho el ámbito de lo jurídico,por tal motivo la activivdad lícita puede ser obligatoria o potestativa, de locual se deduce que:

• La actividad lícita es obligatoria cuando se permite su ejecución y se prohibesu omisión.• La actividad lícita es potestativa cuando no sólo se autoriza su ejecución,sino también su omisión.

Ejemplo: contribuir con el gasto público es lícito y a la vez obligatorio, por talmotivo, al sujeto que cae en el supuesto de una disposición impositiva se leprohibe no pagarla. En otro orden de ideas la actividad humana de ir al cinees lícita pero no obligatoria, porque su omisión está permitida.

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.212

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213Unidad 6

Una conducta es lícita cuando:

1. Ejecuta los actos ordenados por la ley.2. Omite los actos prohibidos por la ley.3. Se ejecutan u omiten los actos que no están ni ordenados ni prohibidos.

A contrario sensu (en sentido contrario) una conducta será ilícita cuando:

1. Omita los actos ordenados.2. Ejecute los actos prohibidos.

Según lo anterior, se entiende ampliamente el derecho de libertad como:

La facultad que tiene toda persona de optar entre el ejercicio o noejercicio de su derechos subjetivos, cuando el contenido de los mismosno se agota en la posibilidad normativa de cumplir un deber propio.

El derecho de libertad no es un derecho absoluto ni independiente, seencuentra siempre acotado por la ley. Es decir, el derecho de libertad siempredescansa en el acotamiento que de la libertad individual haga la ley, puessólo de esta manera se garantiza su ejercicio y se hace factible la convivenciade la libertad de un individuo frente a la libertad de otro.

El derecho de libertad queda reducido al derecho concedido al titular de lafacultad de optar entre el ejercicio o no ejercicio de esa libertad. El derechode libertad es, por lo tanto, una facultad de opción, técnicamente llamadafacultas optandi.

El derecho de libertad se ejercita optando (facultas optandi) y puedemanifestarse de dos maneras que son:

• A través del ejercicio de la facultad fundante, en cuyo caso se denominafacultas agendi, facultad de hacer.• A través del no ejercicio de la facultad, en cuyo caso se denomina facultasomittendi, facultad de omitir.

Lo anterior significa que el titular de la facultad fundada tiene el derecho deoptar (facultas optandi) entre el ejercicio (facultas agendi) o el no ejercicio(facultas omittendi) de la fundante.

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.213

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214 Introducción al estudio delderecho

En conclusión, el derecho de libertad jurídica consiste en la facultad deopción, o facultas optandi, y sólo puede expresarse a través de una acción,facultas agendi, cuyo correspondiente deber consiste en no impedir el ejerciciode la facultad, o bien, a través de una omisión facultas omittendi, cuyo debercorrelativo consiste en no exigir el ejercicio del derecho independiente.5

6.10. Derecho de acción

En el inicio de la historia humana los conflictos surgidos entre los individuosse resolvían según el entender de cada uno de los que intervenían. Es obviodecir que no siempre prevalecía un buen entender, sino por el contrario, ladefensa de sus intereses quedaba a resguardo de una serie de medios queempleaban los particulares para hacer valer lo que a sus intereses convenía.

El sujeto ofendido o agraviado por la fuerza rechazaba la ofensa o vengabael agravio, pues era la fuerza el único medio a su alcance para salvaguardarsus intereses.

Con el transcurrir de los años se crea el derecho y se funda el poder público,el cual, poco a poco, empieza a intervenir en las controversias, ya en el papelde conciliador, de árbitro o de amigable componedor, ya en el papel quetiene actualmente, es decir, privando al individuo de la defensa personalde sus intereses y reservándose el poder público, la defensa y la resolución delos conflictos en que estuviesen involucrados los particulares.

Esta función que el Estado se reserva para resolverlas controversias de los particulares y tutelar losderechos se conoce como la función jurisdiccional,mediante la cual queda la solución oficial de

los litigios en manos de la autoridad. Por esta razón ya no puede el ofendido oagraviado hacerse justicia por propia mano, sino que ha de acudir a los órganosjurisdiccionales con la finalidad de que resuelvan si el reclamante tienefacultades para exigir solución y, de ser posible, de que ordenen la satisfacción.

De acuerdo con esto, la función jurisdiccional busca, mediante la aplicaciónde las leyes a casos concretos, proteger los derechos subjetivos de los

¿Qué es la función

juridiccional?

5 Ibidem, pp. 215-226.

estderecho-6.p65 18/09/2009, 12:00 p.m.214

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215Unidad 6

particulares, obligando coactivamente a quienes los hayan vulnerado aobedecer sus resoluciones.

La función de juzgar es un deber jurídico para el Estado,correlativo de una facultad del particular que el propioEstado le ha concedido. Así, para proceder el órganojurisdiccional, en términos generales, requiere unainstancia de parte, es decir, es indispensable que elinteresado demande ante el órgano del Estado la observancia de la norma,ejercitando el correspondiente derecho.

Este derecho jurídicamente se conoce como el derecho de acción, quepodemos definir:

La facultad de pedir a los órganos jurisdiccionales la aplicación de lasnormas jurídicas a casos concretos, ya sea con el propósito de esclareceruna situación jurídica dudosa, ya con el de declarar la existenciade una obligación y, en caso necesario, hacerla efectiva.6

El derecho de acción será tema de estudio profundo cuando, en cursos másavanzados, lleves asignaturas procesales. Es evidente que de momento bastacon la sola enunciación genérica de lo que es el derecho de acción.

Las teorías sobre el derecho de acción han sido desarrolladas por los grandesprocesalistas, entre ellos los italianos Chiovenda, Hugo Rocco, Calamandreiy Francesco Carnelutti.

6.11. Derecho de petición y derechos políticos

Recordando lo estudiado en el apartado 6.4.3 de esta unidad, entendemospor derechos subjetivos públicos:

La suma de facultades que los particulares tienen frente al poderpúblico significan las limitaciones que el propio Estado se impone.

Para que un órganojuridiccional

actúe, se requieredel ejercicio del

derecho de acción

6 Ibidem, p. 229.

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216 Introducción al estudio delderecho

Estos derechos subjetivos públicos, según Jellinek, son los derechoscorrespondientes a tres tipos de facultades que el individuo puede demandarfrente al Estado. Estas facultades son las referidas a:

a) Los derechos de libertad.b) Los derechos para pedir la intervención del Estado en provecho deintereses individuales.c) Los derechos políticos.

Hemos estudiado hasta este momento los derechos de libertad y los derechosde acción. Corresponde ahora analizar el derecho de petición que pertenecea la clase de derechos que tiene el individuo de pedir la intervención delEstado en provecho de sus intereses individuales.

El derecho de petición se considera un derecho

subjetivo público; es el derecho que tiene unindividuo frente al Estado.

El Estado en un acto soberano se autolimita y concede facultades al particularfrente al poder público, es un derecho de carácter relativo, la obligación quederiva de él corresponde a las autoridades a quienes se dirige la petición.

El derecho de petición en la legislación mexicana queda consagradoprincipalmente en el art. 8º de nuestra Carta Magna, que dice:

Los funcionarios y empleados públicos respetarán el derecho de petición,siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa;pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho losciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad aquien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer enbreve término al peticionario.

También se refiere al derecho de petición la fracción V del art. 35 constitucional,que prevé:

¿Qué es el derecho

de petición?

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217Unidad 6

Son prerrogativas del ciudadano:

V. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.

Según lo anterior, el derecho de petición es:

Un derecho subjetivo público mediante el cual el particular tiene lafacultad de formular peticiones a los órganos del Estado y recibirrespuesta de ellos.

Por su parte, los derechos políticos se definen como:

Los derechos subjetivos públicos que conceden al particular la facultadde participar en la formación de la voluntad estatal.7

Estos derechos subjetivos públicos, denominados derechos políticos, setraducen en la participación del particular en la vida pública.

A los derechos políticos se refiere también el citado artículo 35 constitucionalen sus fracciones I, II y IV:

Son prerrogativas del ciudadano:

I. Votar en las elecciones populares;II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombradopara cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades queestablezca la ley;III. (...)IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional para la defensade la República y de sus instituciones, en los términos que prescribenlas leyes.

Es evidente que, mediante el ejercicio de estas facultades a que hacereferencia el mencionado artículo constitucional, el particular participa enla formación de la voluntad estatal.

7 Kelsen, H., op. cit., p. 199.

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218 Introducción al estudio delderecho

Ejercicio 4

1. Facultad que tiene toda persona de optar entre el ejercicio o no ejerciciode sus derechos subjetivos cuando el contenido de los mismos no se agota enla posibilidad normativa de cumplir un deber propio.

a ) Derecho subjetivo público.b ) Derecho subjetivo de acción.c ) Derecho subjetivo de libertad.d ) La facultad de hacer.

2. Facultad de pedir a los órganos jurisdiccionales la aplicación de lasnormas jurídicas a casos concretos, ya sea con el propósito de esclareceruna situación jurídica dudosa, ya con el de declarar la existencia de unaobligación y, en caso necesario, hacerla efectiva.

a ) Derecho de libertad.b ) Derecho de acción.c ) Facultad de opción.d ) Facultad de omitir.

3. Derecho subjetivo público mediante el cual el particular tiene la facultadde formular peticiones a los órganos del Estado y recibir respuesta de ellos.

a ) Derecho de acción.b ) Derecho de petición.c ) Derecho de elecciónd) Derechos políticos.

4. Derecho subjetivo público que concede al particular la facultad departicipar en la formación de la voluntad estatal.

a ) Derechos políticos.b ) Derechos representativos.c ) Derechos de acción.d ) Derechos de elección.

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219Unidad 6

Actividades recomendadas

1. Conjuntamente con tus compañeros, menciona diferentes ejemplosde personas jurídicas colectivas o personas morales que existanrealmente dentro de la Ciudad de México.

2. Pregunta en una notaría pública los requisitos para formar unapersona moral.

3. Menciona ejemplos de los diferentes derechos subjetivos estudiados.

4. Piensa y da ejemplos de los derechos subjetivos que tú tengas o queya hayas ejercido.

5. Pregunta a tu profesor cómo ejercer tu derecho de petición; con suayuda realiza el escrito para ejercerlo.

Autoevaluación

1. Cuando los sujetos pasivos son la universalidad de personas, estamoshablando de:

a ) Derecho subjetivo público.b ) Derecho subjetivo absoluto.c ) Derecho subjetivo independiente.d ) Derecho subjetivo relativo.

2. A la relación de pasividad cuando el hombre se encuentra sumiso frente alorden jurídico se le conoce como:

a ) Facultad jurídica.b ) Derecho subjetivo de libertad.c ) Derecho subjetivo de sumisión.d ) Deber jurídico.

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220 Introducción al estudio delderecho

3. Derecho no fundado en un deber del derechohabiente o del titular, sinoen la facultad o derecho subjetivo del acreedor.

a ) Derecho subjetivo del pretensor.b ) Derecho subjetivo a la conducta ajena.c ) Derecho subjetivo del obligado.d ) Derecho subjetivo del pretensor.

4. Es la suma de facultades que posee el individuo frente a otros particulares.

a ) Derecho subjetivo privado.b ) Derecho subjetivo a la conducta ajena.c ) Derecho subjetivo de libertad.d ) Derecho subjetivo del pretensor.

5. Comprende la facultas agendi (facultad de hacer) y la facultas omittendi(facultad de omitir).

a ) Derecho subjetivo de acción.b ) Derecho subjetivo del pretensor.c ) Derecho subjetivo a la propia conducta.d ) Derecho subjetivo privado.

6. Señala con “DR” o con “DP”, según se trate de una característica de underecho real o de un derecho personal.

______ Es una relación inmediata entre una persona y una cosa.______ Estos derechos se producen entre dos personas.______ Este derecho se hace valer contra una persona determinada.______ Este es un derecho absoluto; se considera erga omnes.

7. Cuando la conducta omite los actos prohibidos por la ley se dice que es:

a ) Una conducta legal.b ) Una conducta típica.c ) Una conducta lícita.d ) Una conducta ilícita.

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221Unidad 6

8. Cuando una conducta omite los actos ordenados por la ley se dice que es una:

a ) Conducta libre.b ) Conducta prohibida.c ) Conducta ilícita.d ) Conducta lícita.

9. Los derechos de libertad, los derechos políticos y los derechos para pedir laintervención del Estado en provecho de intereses individuales se consideran:

a ) Derechos subjetivos públicos.b ) Derechos subjetivos de acción.c ) Derechos subjetivos de libertad.d ) Derechos subjetivos a la conducta ajena.

10. En este derecho el sujeto pasivo está indeterminado.

a ) Derecho subjetivo público.b ) Derecho subjetivo personal.c ) Derecho subjetivo privado.d ) Derecho subjetivo real.

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Page 41: Concepto jurídico de personas y derechos subjetivosConcepto jurídico de personas y derechos subjetivos Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno: • Explicará el concepto de

223Unidad 6

Respuestas a los ejercicios

Ej. 11. b )2. c )3. d)4. c )

Ej. 21. c )2. a )3. a )

Ej. 31. b )2. d)3. b )4. d)

Ej. 41. c )2. b )3. b )4. a )

Respuestas a la autoevaluación

1. b )2. d)

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Page 42: Concepto jurídico de personas y derechos subjetivosConcepto jurídico de personas y derechos subjetivos Objetivos: Al finalizar la unidad, el alumno: • Explicará el concepto de

224 Introducción al estudio delderecho

3. a )4. a )5. c )6.DRDPDPDR7. c )8. c )9. a )10. d )

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