concept o

8
CONCEPTO La Tutela es una institución jurídica cuyo objeto es la guarda de la persona y sus bienes, puede ser solamente de los bienes o de la persona, de quien, estando, bajo la patria potestad, es incapaz de gobernarse por sí mismo por ser menor de edad o estar declarado como incapacitado. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA TUTELA En los pueblos primitivos sometidos a la organización patriarcal, no concibieron la tutela de los huérfanos. Los hijos eran considerados propiedad del padre o del grupo familiar, y como no estaban considerados como sujetos jurídicos, no tenían derecho propio. La tutela en Roma Las causas que provocan que una persona esté sujeta a tutor son las siguientes: • Razón de la edad, se daba tutor a los infantes e impúberes. • Razón de sexo, sujetaba a tutela las mujeres. • Los enfermos mentales y pródigos estaban sujetos a cúratela, • Los púberes mayores de edad estaban sujetos a cúratela. LA CURATELA

Upload: santiago-alejandro-gonzales-viera

Post on 01-Feb-2016

213 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Concept o

TRANSCRIPT

Page 1: Concept o

CONCEPTO

La Tutela es una institución jurídica cuyo objeto es la guarda de la persona y sus

bienes, puede ser solamente de los bienes o de la persona, de quien, estando,

bajo la patria potestad, es incapaz de gobernarse por sí mismo por ser menor de

edad o estar declarado como incapacitado.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA TUTELA

En los pueblos primitivos sometidos a la organización patriarcal, no concibieron la

tutela de los huérfanos. Los hijos eran considerados propiedad del padre o del

grupo familiar, y como no estaban considerados como sujetos jurídicos, no tenían

derecho propio.

La tutela en Roma

Las causas que provocan que una persona esté sujeta a tutor son las siguientes:

• Razón de la edad, se daba tutor a los infantes e impúberes.

• Razón de sexo, sujetaba a tutela las mujeres.

• Los enfermos mentales y pródigos estaban sujetos a cúratela,

• Los púberes mayores de edad estaban sujetos a cúratela.

LA CURATELA

Se define como una institución del derecho civil que permite representar y asistir a

aquellas personas que por una causa particular o accidental, se encontraban

incapacitadas para administrar su patrimonio. Dichas personas, eran confiadas a

un curador, quien para desempeñar su cargo debía poseer cualidades similares al

tutor, es decir, ser libre, ciudadano romano y del sexo masculino.

SUJETOS DE ACCION DE LA TUTELA

Son los sujetos de la tutela. Existen dos tipos: El Tutor y el Pupilo.

Page 2: Concept o

NATURALEZA DE LA TUTELA

Conforme a la legislación romana, esta institución así como la patria potestad

experimentó los mismos cambios que ¡a institución de la familia. Así, por ejemplo.

En efecto, la tutela impuberum lejos de aparecer con la finalidad de proteger al

pupilo de su propia incapacidad, nació con la finalidad de proteger los intereses

patrimoniales de la familia del pueblo, especialmente los intereses patrimoniales

de sus presuntos herederos contra el riego de que los actos jurídicos del impúber

mermaran su propia fortuna y por vía de consecuencia el caudal hereditario que

podía transmitir. Foresta razón la tutela de impúber otorgaba el tutor un derecho.

CARACTERISTICAS DE LA TUTELA

La tutela tiene las siguientes características:

• Supletoria, topera, cuando el menor no tiene padres en ejercicio de la Patria

potestad. La TUTELA está a cargo de otra persona (tutor).

• Cargo de interés público, por lo que al ser de interés general, nadie puede

rehusarse a desempeñarla sin causa legal.

• Representativa dado que el tutor es el representante legal del menor en los actos

civiles.

• Personalísima e Intransferible pues lo ejerce una sola persona debidamente

designada y porque no puede ser cedida, ni sustituida por causa de muerte o de

última voluntad

• Obligatorio y Temporal: para quien asume y ejerce el cargo (tutor) durante todo el

tiempo señalado.

• Excusable: de conformidad con el artículo

CLASES DE TUTELA

La tutela está dividida en varias clases, según la fuente de donde emanen

Page 3: Concept o

a) Tutela Testamentaria

b) Tutela Legitima

c) Tutela Dativa

TUTELA DE LOS MENORES

La tutela de los menores es cuando sus padres fallecen o por cuando por otra

causa pierden su autoridad o están suspendidos en el ejercicio de ella e

igualmente cuando la situación familiar de dichos menores no se haya establecido.

Asimismo con la vigilancia e intervención del juez tutelar, fiscales de familia, art.

283, 284 CF

NOMBRAMIENTO DE TUTOR DE LAS INCAPACIDADES

El nombramiento del tutor debe hacerse por el juez tutelar, con asistencia del

fiscal, inmediatamente que tenga conocimiento del hecho que dé lugar a la

apertura de la tutela art. 287 CF

INCAPACIDAD PARA LA TUTELA

No pueden ser tutores y han sido nombrados, cesan el cargo:

Los menores de edad, excepto el hermano de dieciocho años designado por el

padre o por la madre

• Los mayores sujetos a tutela

• Los que litigan o cuyos padres o hijo tienen pleito o con sus acreedores o

deudores.

• Los condenados por homicidio o por delito contra el patrimonio público o privado

o contra las buenas costumbres

• Los padres que pierden su autoridad o son suspendidos de ella.

• Los que observan mala conducta o padecen de enfermedades o vicio

Page 4: Concept o

• Los enemigos de los padres y ascendientes del menor

• Los quebrados o insolventes, mientras no se rehabiliten o paguen sus deudas

DISPENSA DE LA TUTELA

Están dispensados de la tutela:

Los militares en servicio activo

Los que tienen más de sesenta años de edad

Los que padecen de una enfermedad que les impida cumplir el cargo

Los que tiene tres hijos bajo su autoridad o ejercen otra tutela

Los que residan en otro lugar o que se ausenten de el con frecuencia

EJERCICIO DE LA TUTÉLA

El tutor cuida de la persona del menor., lo representa en los actos de la vida civil y

administrativa su patrimonio.

TERMINACION DE LA TUTELA

La tutelarse extingue

Por la muerte del menor

Por la emancipación del menor

Por llegar el menor a su mayoridad

Por ingresar o reingresar el menor bajo la autoridad de los padres

CESACIÓN DEL CARGO DEL TUTOR

Por muerte del tutor

Por condena penal que produzca ese efecto

Por dispensa aceptada

Page 5: Concept o

Por remoción (acción de removerse o moverse o quitarse del lugar)

TUTELA DE LOS MAYORES

El mayor de dad o menor emancipado que adolezca de enfermedad habitual de la

mente que lo incapacite para el cuidado de su persona y bienes, debe ser

declarado en interdicción (declaración judicial de incapacidad) y nombrárselo tutor

aunque tenga intervalos lúcidos.

La tutela se ha considerado que tiene carácter retribuido.

EL TUTOR ESTA OBLIGADO A VELAR POR EL TUTELADO

A procurarle alimentos.

A educar al menor y procurarle una formación integral.

A promover la adquisición o recuperación de la capacidad del tutelado y su mejor

inserción en la sociedad.

A informar al Juez anualmente sobre la situación del menor o incapacitado y

rendirle cuenta anual de su administración.

OBJETO DE LA ACCION DE TUTELA

Subsidiaria: O sea que sólo es aplicable cuando no existe otro medio de defensa

judicial.

Inmediata: Su propósito es entregar una respuesta rápida a la protección que se

solicita.

Sencilla: No tiene ninguna dificultad para su aplicación.

Especifica: Es única para la protección de los derechos fundamentales.

Eficaz: Exige que el juez estudie a fondo el caso antes de dar un veredicto.

DERECHOS PROTEGIDOS POR LA ACCION DE TUTELA

Page 6: Concept o

Se garantizan los derechos fundamentales. Cuando una decisión de tutela se

refiera a un derecho no señalado expresamente por la constitución como

fundamental, pero cuya naturaleza permita su tutela para casos concretos, la corte

constitucional le dará prelación en la revisión en esta decisión. Protege los

derechos humanos ratificados.