concejo metropolitano aprobó por unanimidad nuevo reglamento de transporte urbano

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA LIMA GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO

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Page 1: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMALIMA

GERENCIA DE TRANSPORTE URBANOGERENCIA DE TRANSPORTE URBANO

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Propuesta de Nuevo Reglamento del Servicio de Transporte Público Regular

de Personas en Lima Metropolitana(NRTP)

Page 3: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

ORDENANZA No. 1338-MML- Contiene artículos del RNAT que no han sido adecuados al transporte urbano.

- No fomenta la conformación de empresas de transporte con vehículos propios.

- No establece las horas máximas de conducción de los conductores.

- No fomenta ni considera el papel del INDECOPI en el servicio de transporte público.

- Ante la ocurrencia de accidentes no se cuenta con un procedimiento de intervención idóneo.

- Régimen de fiscalización que debe ser mejorado en sus distintas modalidades

Page 4: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

Participación ciudadana

- El NRTP es el resultado de más de 11 sesiones de la Mesa Técnica de Transporte.

- El proyecto de reglamento ha sido presentado ante distintas instituciones públicas y privadas –INDECOPI, Defensoría del Pueblo, MTC, SUTRAN, ARAPER, Lima Cómo Vamos, etc.-, las cuales presentarán sus aportes y comentarios.

- El 11 de febrero de 2012 se prepublicó en el diario oficial El Peruano, con el fin de recibir aportes de la ciudadanía (se recibieron más de 40 comentarios).

- La GTU ha elaborado una matriz de todos los aportes y/o comentarios recibidos, la cual se encuentra publicada en su portal web.

Page 5: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

Principales mejoras del NRTP

a) Concesiones y Autorizaciones

- Rutas acordes con el Plan Regulador, el Sistema de Rutas y los estudios técnicos de la GTU.

- Con el fin de adecuar la normativa municipal a los reglamentos nacionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el NRTP ha establecido dos tipos de permiso para brindar el servicio de transporte: CONCESIÓN para el transporte urbano en áreas saturadas o vías exclusivas y AUTORIZACIÓN para el servicio en vías no saturadas.

- Ambos permisos serán otorgados según el tipo de servicio y ruta, y tendrán una vigencia hasta de 10 años, lo cual permite la seguridad jurídica y la recuperación de su inversión para las empresas de transporte.

Page 6: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

b) Empresas con vehículos propios Los vehículos deben ser de propiedad de la empresa

autorizada o contratados por ésta mediante arrendamiento financiero u operativo (no comisionismo). Los vehículos nuevos deben ser “buses patrón”.

Page 7: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

c) Contrato de Vinculación Excepcionalmente, cuando

se trate de vehículos de

propietarios individuales , se suscribirán

“Contratos de Vinculación” mediante

los cuales la empresa asume la

administración, mantenimiento,

operación y responsabilidad

administrativa de los vehículos.

El NRTP establece un cronograma hasta el 2015 para que las empresas cuenten con flota propia o contratada mediante arrendamiento financiero u operativo (régimen temporal del contrato de vinculación).

Page 8: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

d) Conductores y cobradores

Los operadores del servicio

contratarán directamente

a los conductores y cobradores,

los cuales deberán figurar en la

planilla conforme a la normativa

laboral.

Esta es una exigencia de acceso y de permanencia en el servicio.

Page 9: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

e) Tiempos de conducción

De acuerdo con el RNAT la jornada

de conducción efectiva continua no será

mayor a cinco (5) horas.

El tiempo de descanso entre cada

jornada deberá ser no menor de

una (1) hora.

La duración de jornadas de

conducción no deberá exceder

de diez (10) horas diarias.

Page 10: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

) Participación del usuario en el servicio de transporte

Se han establecido los derechos y obligaciones de los usuarios en el servicio de transporte, y los mecanismos para que ellos presenten sus denuncias.

El INDECOPI es la autoridad que vela y protege los derechos de los usuarios del servicio de transporte público.

Page 11: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

) Accidentes de tránsito

Los operadores deberán

entregar informes a la GTU

señalando las circunstancias

y causas del siniestro vehicular:

un informe preliminar al día siguiente

del siniestro y a los 10 días un informe

detallado con la copia del parte y

el informe de daños.

La GTU creará un registro

de accidentalidad y publicará

un cuadro de las empresas

con mayores accidentes.

Page 12: Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Urbano

h) Fiscalización La GTU es la autoridad competente para fiscalizar el servicio. Puede

delegar esta función (inspección y detección), mediante convenios, en distritos o entidades privadas.

El usuario podrá presentar sus denuncias mediante fotos, videos, audios, etc.

i) Modalidades de Fiscalización1. Fiscalización de campo;2. Fiscalización de gabinete; y,3. Auditorias anuales de servicio.

El NRTP permitirá fiscalizar a las empresas mediante auditorias y pedidos de información.

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j) Procedimiento Sancionador e Infracciones

- El NRTP dispone que el trámite del procedimiento administrativo sancionador será asumido por la GTU a partir del mes agosto de 2013, con el fin de que la transferencia de funciones se realice de manera adecuada (Procedimiento garantista).

- Se han redefinido las infracciones con base a lo establecido en el RNAT: adecuación de montos de multas (las multas relacionadas a la informalidad, seguridad, respeto a la autoridad y trato al usuario son calificadas como MUY GRAVES), aplicación de sanciones no pecuniarias (cancelación y suspensión de autorizaciones de servicio y de habilitaciones vehiculares, inhabilitaciones) y medidas preventivas (suspensión precautoria de vehículos, del servicio de transporte, remoción de vehículos, interrupción del servicio).

- La fiscalización se reforzará con los 750 inspectores de transportes contratados y los 18 convenios de fiscalización con los distritos.

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Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales

- Los estándares de emisiones Euro III o Euro IV no serán exigibles a los vehículos nuevos que, al 30 de junio de 2012, se encontraban desembarcados en puerto peruano. Estos vehículos sólo podrán ser registrados ante la GTU hasta el 31 de octubre de 2012 (respeto por la inversión privada).

- La MML podrá celebrar convenios con los municipios distritales, previo informe del SAT, con el fin de que existan más depósitos municipales vehiculares en toda la ciudad.

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- Se crea el procedimiento para el otorgamiento de rutas en zonas no atendidas de la ciudad (rutas denominadas REZNA) por el servicio de transporte público y para rutas que integren los sistemas de transporte masivo (Tren y COSAC). Las REZNA buscan garantizar el acceso al servicio de transporte.

- Todo vehículo para ser habilitado deberá tener Placa única nacional de rodaje.

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CONCLUSIÓN

“La propuesta de NRTP busca mejorar el servicio de transporte público de personas en Lima Metropolitana, con adecuados estándares de seguridad y calidad, estableciendo un marco regulatorio preciso para los actores”.

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GRACIAS