comunidad de madrid

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 MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010 B.O.C.M. Núm. 221 Pág. 15     B     O     C     M       2     0     1     0     0     9     1      5       2 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID BOCM I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia e Interior 2  ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, escala Ejecutiva u Operativa, categoría de Bombero Especialista (grupo C, subgrupo C1). De acuerdo con lo previsto en el Decreto 21/2007, de 3 de mayo, por el que se aprue- ba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2007 (B OLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 13 de junio), y en el ejercicio de las com- petencias que le están atribuidas por el artí culo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comu- nidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en mate- ria de personal, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Co- munidad de Madrid, escala Ejecutiva u Operativa, categoría de Bombero Especialista (gru- po C, subgrupo C1), con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera  Normas generales 1.1. Se convo can prueba s selectiva s para cu brir 79 plazas en el Cuerpo de Bomber os de la Comunidad de Madrid, escala Ejecutiva u Operativa, categoría de Bombero Especia- lista (grupo C, subgrupo C1) para su provisión simultánea por los turnos de promoción in- terna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Co- munidad de Madrid para el año 2007 aprobada por el Decreto 21/2007, de 3 de mayo. 1.1.1. El número total de vacantes res ervadas al turno de acceso libre asciende a 40 plazas, de acuerdo con la distribución que figura en el Anexo I de la presente convocatoria. 1.1.2. El merototal devacan tes reserv adas al tu rno de pr omoción interna asci ende a 39 plazas, según la distribución que figura en el Anexo I de la presente con- vocatoria. En caso de no quedar cubiertas, se acumularán a las del turno de ac- ceso libre. 1.1.3. Los aspirantes que ingresen p or el turno de promoción intern a, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, ten- drán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. 1.1.4. El proces o selectivo del turno d e promoci ón intern a finaliz ará antes qu e el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artícu- lo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Admi- nistra ción y Servicios de la Administració n General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos. 1.1.5. Los aspirantes solo podrán participar en u no d e los turnos. 1.2. Serán de ap licació n a las presen tes prue bas selectivas el Decreto Le gislat i- vo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la qu e se regu lan los Se rv icios de Pr evenci ón , Exti ncn deIncend ios y Salvamento sdela Co- munidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Pú- blico; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administra- ción General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comu-

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COMUNIDAD DE MADRID

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  • MIRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010B.O.C.M. Nm. 221 Pg. 15

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    5-2

    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    I. COMUNIDAD DE MADRID

    B) Autoridades y Personal

    Consejera de Presidencia, Justicia e Interior

    2 ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se convocan pruebas selectivas para elingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, escala Ejecutiva uOperativa, categora de Bombero Especialista (grupo C, subgrupo C1).

    De acuerdo con lo previsto en el Decreto 21/2007, de 3 de mayo, por el que se aprue-ba la Oferta de Empleo Pblico de la Comunidad de Madrid para el ao 2007 (BOLETNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del da 13 de junio), y en el ejercicio de las com-petencias que le estn atribuidas por el artculo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio,por el que se atribuyen competencias entre los rganos de la Administracin de la Comu-nidad, de sus Organismos Autnomos, rganos de Gestin y Empresas Pblicas en mate-ria de personal, en relacin con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece elnmero y denominacin de las Consejeras de la Comunidad de Madrid, esta Consejera haresuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Co-munidad de Madrid, escala Ejecutiva u Operativa, categora de Bombero Especialista (gru-po C, subgrupo C1), con sujecin a las siguientes

    BASES DE CONVOCATORIA

    Primera

    Normas generales

    1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 79 plazas en el Cuerpo de Bomberosde la Comunidad de Madrid, escala Ejecutiva u Operativa, categora de Bombero Especia-lista (grupo C, subgrupo C1) para su provisin simultnea por los turnos de promocin in-terna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Pblico de la Co-munidad de Madrid para el ao 2007 aprobada por el Decreto 21/2007, de 3 de mayo.

    1.1.1. El nmero total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a 40plazas, de acuerdo con la distribucin que figura en el Anexo I de la presenteconvocatoria.

    1.1.2. El nmero total de vacantes reservadas al turno de promocin interna asciendea 39 plazas, segn la distribucin que figura en el Anexo I de la presente con-vocatoria. En caso de no quedar cubiertas, se acumularn a las del turno de ac-ceso libre.

    1.1.3. Los aspirantes que ingresen por el turno de promocin interna, en virtud de lodispuesto en el artculo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, ten-drn, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno deacceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

    1.1.4. El proceso selectivo del turno de promocin interna finalizar antes que elcorrespondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artcu-lo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Admi-nistracin y Servicios de la Administracin General de la Comunidad deMadrid y sus Organismos Autnomos.

    1.1.5. Los aspirantes solo podrn participar en uno de los turnos.

    1.2. Sern de aplicacin a las presentes pruebas selectivas el Decreto Legislati-vo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por laque se regulan los Servicios de Prevencin, Extincin de Incendios y Salvamentos de la Co-munidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado P-blico; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Funcin Pblica;el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del Personal al Servicio de la Administracin General del Estado y de Provisin dePuestos de Trabajo y Promocin Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administra-cin General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Funcin Pblica de la Comu-

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    nidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a laFuncin Pblica de la Administracin de la Comunidad de Madrid de los nacionales de losdems Estados miembros de la Unin Europea; el Decreto 21/2007, de 3 de mayo, por elque se aprueba la Oferta de Empleo Pblico de la Comunidad de Madrid para el ao 2007;la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejera de Hacienda, por la que se apruebaninstrucciones relativas al funcionamiento y actuacin de los Tribunales de Seleccin en elmbito de la Administracin de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria ydems normativa de aplicacin.

    1.3. El proceso selectivo constar de dos fases:

    a) Fase de oposicin.b) Fase de curso selectivo.

    1.4. La publicacin de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del pro-ceso selectivo se realizar a travs del BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDo mediante su insercin en los tablones de anuncios sealados en las presentes bases, segnproceda, sin perjuicio de la publicidad que se dar a dichos actos, a efectos informativos,mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se re-gula la Atencin al Ciudadano en la Comunidad de Madrid.

    La publicacin en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso,en los tablones de anuncios ser vinculante a efectos de la convocatoria para la realizacinde los ejercicios de la oposicin y para el curso selectivo, as como la que determine el ini-cio del cmputo de cualquiera de los plazos que estn establecidos y sean de aplicacin se-gn lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

    1.5. La Direccin General de Funcin Pblica resolver cuantas incidencias se sus-citen en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribu-nal de Seleccin, segn lo dispuesto en la base 6.9.

    Segunda

    Interesados

    2.1. Los requisitos para ser admitidos a la realizacin de las pruebas selectivas sonlos que figuran en el Anexo I de esta convocatoria.

    La acreditacin del requisito establecido en los apartados g) del mencionado Anexo Iser requerida por el Tribunal con la debida antelacin y publicidad.

    2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promocin interna de-bern reunir los siguientes requisitos, adems de los restantes exigidos en esta convocatoria:

    Ostentar la condicin de funcionarios de carrera. Pertenecer a alguno de los Cuerpos o escalas del subgrupo C2 (antiguo grupo D),

    de la Comunidad de Madrid. Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos

    dos aos en el Cuerpo o escala al que pertenezcan.

    Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Pblicas que se encuentrenprestando servicios en la Comunidad de Madrid, en virtud del procedimiento de movilidadestablecido en el artculo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas porel turno de promocin interna, debern reunir los siguientes requisitos, adems de los res-tantes exigidos en esta convocatoria:

    Pertenecer a un Cuerpo, escala o especialidad del subgrupo C2 (antiguo grupo D). Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos

    dos aos en el Cuerpo, escala o especialidad al que pertenezcan.

    2.3. Todos los requisitos establecidos en el Anexo I debern poseerse en el da de fi-nalizacin del plazo de presentacin de solicitudes, excepto lo indicado en los apartados e),y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

    Tercera

    Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios

    3.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que pre-cisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realizacin de cualquiera de las pruebasque forman parte de esta convocatoria, adems de indicarlo en el apartado correspondientede la solicitud, debern presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convoca-

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    toria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptacin que solicitan, as como certifi-cado mdico acreditativo de la adaptacin solicitada.

    3.2. El Tribunal Calificador adoptar las medidas precisas en aquellos casos que re-sulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiem-po y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condicionespara la realizacin de los ejercicios que el resto de los participantes.

    A tal efecto, el Tribunal podr recabar informe y, en su caso, colaboracin de los Cen-tros Base de Atencin a Personas con Discapacidad o de otros rganos tcnicos competentes.

    En la Resolucin por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admi-tidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebracin del primer ejercicio de la fase de opo-sicin, se indicar tambin los tablones de anuncios en los que el Tribunal har pblica larelacin de aspirantes que han solicitado adaptacin, indicando para cada uno de ellos laadaptacin concedida o, en su caso, las razones de la denegacin, tablones que debern serlos mismos que los previstos para la publicacin de las relaciones de admitidos.

    La relacin de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se har pblica,junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efecte la convocatoria de los mis-mos, en los tablones de anuncios correspondientes.

    Cuarta

    Solicitudes

    4.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarn al mode-lo oficial que figura como Anexo VI a las presentes bases y sern facilitadas gratuitamenteen cualquier Oficina de Caja Madrid, en el Registro General de la Comunidad de Madrid(Gran Va, nmero 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Cham-ber, nmero 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejeras, cuyas direcciones figu-ran en el Anexo VII de esta convocatoria.

    4.2. Cumplimentacin de la solicitud:4.2.1. Los aspirantes que deseen optar por los puestos de trabajo de Bombero y Bom-

    bero-Conductor debern presentar una instancia para cada uno de ellos.4.2.2. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirn las instrucciones que

    constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que re-sulte de aplicacin al presente proceso selectivo, as como las que se indicana continuacin: En el apartado nmero 2, Datos de la convocatoria, deben constar en los

    espacios reservados para ello, los siguientes datos: Nmero de Orden de convocatoria: 1/2010. Fecha de publicacin en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

    MADRID. Cdigo del Cuerpo, escala y categora:

    Puestos de bombero: 23. Puestos de bombero-conductor: 23 C.

    Descripcin: Bombero o Bombero-Conductor. En el apartado nmero 3, Turno de Acceso, deber marcarse con una

    cruz la opcin Libre o Promocin interna. En el apartado nmero 4, Ttulo Acadmico, el aspirante deber sealar

    con una cruz la opcin de poseer la titulacin acadmica exigida. En el apartado nmero 5, los aspirantes que estn exentos del pago de la

    tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 4.4.2 ha-rn constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto.

    En el apartado Destinatario, se har constar: Excmo. Sr. Consejero dePresidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.

    4.2.3. A efectos del cumplimiento del artculo 5 de la Ley Orgnica 15/1999, de 13de diciembre, de Proteccin de Datos de Carcter Personal, y el artculo 6 dela Ley 8/2001, de 13 de julio, de Proteccin de Datos de Carcter Personal enla Comunidad de Madrid, los datos contenidos en la solicitud sern objeto detratamiento automatizado por la Direccin General de Funcin Pblica para eldesarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentacin obligatoria parala admisin a estas pruebas selectivas.

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    Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trmite que se deriven del procesoselectivo y que contengan datos de carcter personal, con la firma de su solicitud de partici-pacin dan su consentimiento para que la Administracin actuante pueda proceder a la pu-blicacin de los mismos en su pgina web o en cualquier otro sitio establecido a tal efecto.

    4.3. Presentacin de solicitudes: Lugares, formas y plazo.

    4.3.1. Las solicitudes podrn presentarse en los siguientes lugares y formas:

    a) En cualquiera de las oficinas de Caja Madrid.b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Va, nmero 3),

    en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamber,nmero 8) y en los Registros de las Consejeras, cuyas direcciones figu-ran en el Anexo VII de esta convocatoria.

    c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artculo 38 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Adminis-traciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    4.3.2. El plazo de presentacin de solicitudes ser de veinte das naturales, a contardesde el da siguiente a la publicacin de la presente convocatoria en el BOLE-TN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    4.4. Tasa por derechos de examen.

    4.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Pblicos de la Co-munidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de oc-tubre (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), yen aplicacin de lo dispuesto en el artculo 64 de la Ley 9/2009, de 23 de di-ciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2010(BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), latasa por derechos de examen ser de 13,51 euros, que sern ingresados en cual-quier oficina de Caja Madrid o en otra entidad financiera mediante transfe-rencia bancaria a Caja Madrid, en la cuenta corriente nmero 6000027959,sucursal 0626 de Caja Madrid, denominada Comunidad de Madrid. Dere-chos de examen.Los aspirantes que deseen optar por los puestos de trabajo de Bombero y Bom-bero-Conductor debern abonar la cuanta anteriormente indicada por cadauna de las instancias presentadas.

    De efectuarse el ingreso y presentacin de la solicitud en cualquier oficina deCaja Madrid, esta deber hacer constar en el apartado 5 de la solicitud (Justi-ficacin del ingreso de las tasas por derechos de examen) los siguientes datos:

    Sello de Caja Madrid. Fecha de entrega de la solicitud. Visado del encargado de la oficina. Importe de la tasa.

    Cuando el aspirante efecte el ingreso mediante transferencia bancaria a travsde una entidad financiera distinta a la de Caja Madrid, deber figurar en elapartado nmero 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, lainscripcin mecanizada del nmero de cuenta y la cantidad ingresada que cons-tan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si di-chos datos no constasen en la solicitud, deber adjuntarse el original del resguar-do de ingreso junto con la solicitud de participacin en este proceso selectivo,en el plazo, lugares y forma, establecidos en la base 4.3 de esta convocatoria.La falta de justificacin del pago ntegro de la tasa por derechos de examen, dentrodel plazo de presentacin de solicitudes que figura en la base 4.3.2 de la presenteOrden, determinar la exclusin definitiva del aspirante del proceso selectivo.En ningn caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad banca-ria correspondiente supondr la sustitucin del trmite de presentacin de lasolicitud de participacin en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares yforma antes citados.

    4.4.2. De conformidad con el artculo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 deoctubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Pre-

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    cios Pblicos de la Comunidad de Madrid, estn exentas del pago de la tasapor derechos de examen:

    1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios pblicos de em-pleo como demandantes de empleo con una antigedad mnima de seismeses, referida a la fecha de publicacin de la presente Orden en el BO-LETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.3. Las vctimas del terrorismo, sus cnyuges e hijos.

    A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas debernaportar, dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria dediez das hbiles siguientes a la publicacin de las listas provisionales de ad-mitidos y excluidos, los siguientes documentos:

    Las personas desempleadas: Informe de perodo ininterrumpido inscritoen situacin de desempleo con una antigedad mnima de seis meses, ex-pedido por los servicios pblicos de empleo, con referencia a la fecha depublicacin de esta convocatoria en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

    Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidadexpedida por el rgano competente o certificado vigente acreditativo delgrado de minusvala igual o superior al 33 por 100, expedido por la Direc-cin General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Institu-to de Mayores y Servicios Sociales u otro rgano competente para expe-dir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, ladocumentacin requerida en los prrafos b) y c) del artculo 2.1 del RealDecreto 1414/2006, de 1 de diciembre (Boletn Oficial del Estado de 16de diciembre de 2006), por el que se determina la consideracin de perso-na con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, deIgualdad de Oportunidades, no Discriminacin y Accesibilidad Universalde las Personas con Discapacidad.

    Las vctimas del terrorismo, sus cnyuges e hijos: Certificado acreditativode tal condicin, expedido por la Subdireccin General de Apoyo a Vcti-mas del Terrorismo, del Ministerio del Interior.

    De no aportar los interesados dicha documentacin, o si del examen de la mis-ma se deduce que no renen los requisitos antes sealados, figurarn en la re-lacin definitiva de aspirantes excluidos.

    4.4.3. Devolucin de tasas por derechos de examen.De conformidad con los artculos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley deTasas y Precios Pblicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decre-to Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo proceder la devolucin del im-porte de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputablesal sujeto pasivo no tenga lugar la prestacin por parte de la Comunidad deMadrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolucin o sentenciafirmes o cuando se haya producido una modificacin sustancial de las basesde convocatoria.No se iniciar la tramitacin del expediente de devolucin de tasas hasta quese proceda a la publicacin de las listas definitivas de aspirantes admitidos yexcluidos al presente proceso selectivo.

    Quinta

    Admisin de aspirantes

    5.1. Terminado el plazo de presentacin de solicitudes, la Direccin General de Fun-cin Pblica publicar en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolucinpor la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolucinconstar la identidad de los aspirantes excluidos, con indicacin de las causas de inadmisin.

    5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, as como los que no figuren en la rela-cin de admitidos ni en la de excluidos, dispondrn de un plazo de diez das hbiles, conta-dos a partir del siguiente a la publicacin de tal Resolucin, a fin de subsanar el defecto quehaya motivado su exclusin o su no inclusin expresa.

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    Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promocin interna, no cum-plan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, sern in-cluidos, de oficio, en la relacin definitiva de aspirantes admitidos por el turno de accesolibre, siempre que la Direccin General de Funcin Pblica tenga conocimiento de ello conanterioridad a la Resolucin que apruebe las citadas relaciones definitivas de aspirantes ad-mitidos, as como las de excluidos y adems hayan declarado en su solicitud que cumplentodos los requisitos necesarios para participar por dicho turno.

    5.3. Finalizado el plazo de subsanacin de defectos de las solicitudes, la DireccinGeneral de Funcin Pblica publicar en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID Resolucin por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admiti-dos y excluidos, entendindose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma.

    En la citada Resolucin, a propuesta del Tribunal Calificador, se har constar la fecha,lugar y hora de realizacin del primer ejercicio de la fase de oposicin, todo ello con unaantelacin mnima de diez das hbiles.

    5.4. Contra la Resolucin por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspi-rantes admitidos y excluidos podr interponerse, en el plazo de un mes contado a partir delda siguiente a su publicacin en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, re-curso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Justicia e Interior.

    Sexta

    Tribunal Calificador

    6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas ser designado por Resolu-cin de la Direccin General de Funcin Pblica, conforme a lo previsto en el artculo 8 delvigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administracin y Servicios de laAdministracin General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autnomos, debien-do ajustarse en su composicin a lo dispuesto en el artculo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Bsico del Empleado Pblico. Dicho rgano de seleccin quedar incluido en lacategora segunda de las reseadas en el artculo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 demayo, sobre indemnizaciones por razn del servicio.

    6.2. El rgimen jurdico aplicable al Tribunal de Seleccin ser el que se establecepara los rganos colegiados en el ttulo II, captulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Adminis-trativo Comn; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejera de Hacienda, porla que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuacin de los Tribunalesde Seleccin en el mbito de la Administracin de la Comunidad de Madrid, y en las de-ms normas que les sean de aplicacin. A efectos de regulacin del nmero de sesiones, de-vengo y percepcin de asistencias de los miembros del Tribunal, tambin ser de aplicacinlo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejera de Hacienda.

    6.3. Los miembros del Tribunal debern abstenerse de intervenir, notificndolo al Di-rector General de Funcin Pblica, cuando concurran en ellos alguna de las circunstanciasprevistas en el artculo 28 de la Ley 30/1992, de Rgimen Jurdico de las AdministracionesPblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, o cuando hubiesen realizado tareas depreparacin de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos anlogos al que corres-ponden las plazas convocadas en los cinco aos anteriores a la publicacin de esta convoca-toria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese perodo de algn modo con centros depreparacin de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas.

    6.4. El Presidente deber solicitar de los miembros del Tribunal declaracin expresade no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artculo 28 de la Leyde Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn, ni en las dems causas de abstencin indicadas en esta base. Esta declaracin debe-r ser tambin cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxi-liar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8.

    6.5. Asimismo, los interesados podrn recusar a los miembros del Tribunal cuando,a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias sealadas en el prrafo anterior,conforme a lo establecido en el artculo 29 de la Ley de Rgimen Jurdico de las Adminis-traciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    6.6. Con anterioridad a la iniciacin de las pruebas selectivas, la Direccin Generalde Funcin Pblica publicar en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDResolucin por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de susti-tuir a los que hubieran perdido su condicin por alguna de las causas previstas en la presen-te base.

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    6.7. El Tribunal quedar constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titularesy, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal suplente respectivo.

    Para la vlida constitucin del Tribunal, a efectos de la celebracin de sesiones, deli-beraciones y toma de acuerdos, se requerir la presencia del Presidente y el Secretario o, ensu caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, comomiembro del Tribunal, tendr voz y voto.

    6.8. El Tribunal podr incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las prue-bas y con los cometidos que estime pertinentes, limitndose estos a prestar su colaboracinen sus especialidades tcnicas, y tendrn voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podr va-lerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designacin debe-r comunicarse a la Direccin General de Funcin Pblica, que habr de autorizar el nme-ro de ayudantes propuestos.

    6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse ypara adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo noprevisto por las presentes bases y normativa aplicable.

    6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera cono-cimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los re-quisitos exigidos en la convocatoria, podr requerirle los documentos acreditativos de sucumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al in-teresado, deber emitir propuesta motivada de su exclusin del proceso selectivo, dirigidaal Director General de Funcin Pblica, comunicndole, asimismo, las inexactitudes o fal-sedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisin a las pruebas selectivas, alos efectos procedentes.

    Contra la Resolucin del Director General de Funcin Pblica por la que se excluya alaspirante podr interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Justicia e In-terior, en el plazo de un mes, contado a partir del da siguiente a su notificacin o publicacin.

    Sptima

    Desarrollo de la fase de oposicin

    7.1. La fase de oposicin estar integrada por los ejercicios que a continuacin se in-dican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:

    7.1.1. Primer ejercicio:Consistir en contestar por escrito 180 preguntas, distribuidas en dos cuestio-narios de preguntas tipo test conforme al siguiente orden:a) El primer cuestionario que ser facilitado a los aspirantes constar de 45

    preguntas de carcter psicotcnico, que versarn de forma proporcionalsobre los parmetros que se indican a continuacin: Razonamiento abstracto y concreto. Razonamiento espacial. Medicin de la atencin.El tiempo mximo para la realizacin de este cuestionario ser de cuaren-ta y cinco minutos.

    b) El segundo cuestionario, del que se har entrega a los aspirantes cuandohayan transcurrido los cuarenta y cinco minutos para contestar el anteriory tras la recogida del mismo, estar compuesto por un total de 135 pre-guntas que versarn sobre el contenido del temario que figura comoAnexo III a la presente Orden. El tiempo mximo para la realizacin deeste cuestionario ser de ciento treinta y cinco minutos.

    En ambos cuestionarios, para cada pregunta se propondrn cuatro respuestasalternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestadacorrectamente se valorar en positivo; la pregunta no contestada, es decir, quefiguren las cuatro letras en blanco o con ms de una opcin de respuesta, notendr valoracin, y la pregunta con contestacin errnea se penalizar con latercera parte del valor asignado a la contestacin correcta.A efectos de que el rgano de seleccin proceda a calificar ambos cuestiona-rios ser necesario, en todo caso, haber contestado correctamente, al me-nos, 23 preguntas en el primero, y 68 preguntas en el segundo. De no alcanzareste nmero de aciertos en cada cuestionario, el ejercicio no ser objeto de ca-lificacin por el Tribunal de Seleccin.

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    En la misma sesin de celebracin del primer ejercicio, y con carcter previo asu realizacin, los aspirantes debern hacer constar por escrito su autorizacinpara someterse a todas las pruebas mdicas que determine el Tribunal Mdi-co que se adjuntan como Anexo V a la presente convocatoria.A tal efecto, el Tribunal proporcionar dicho Anexo V para su cumplimentacin.

    7.1.2. Segundo ejercicio:Constar de dos fases encaminadas a comprobar la aptitud fsica general de losaspirantes:a) Primera fase: Presentacin de un certificado mdico extendido en impre-

    so oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constarexpresamente que el aspirante rene las condiciones fsicas y sanitariasnecesarias y suficientes para la realizacin de los ejercicios fsicos que fi-guran especificados en la fase segunda de este ejercicio, emitido de acuer-do con la frmula siguiente: El interesado rene las condiciones precisaspara realizar las pruebas fsicas indicadas en la segunda fase de labase 7.1.2 de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en elCuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, escala Ejecutiva uOperativa, categora de Bombero Especialista.Dicho certificado, que ha de ajustarse en su redaccin a estos conceptos,debe llevar implcito el cumplimiento de las condiciones fsicas exigidasen el Anexo IV.Este certificado mdico no excluye en absoluto las comprobaciones pos-teriores que integran el reconocimiento mdico establecido como uno delos ejercicios de estas pruebas selectivas, y que tienen autonoma propia.

    b) Segunda fase: La realizacin de los ejercicios siguientes desarrollados enel Anexo II:1. Natacin sobre 50 metros.2. Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura.3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos.4. Carrera sobre 60 metros.5. Carrera sobre 300 metros.6. Carrera sobre 2.000 metros.

    Estos ejercicios se realizarn con arreglo a las normas que figuran en el ci-tado Anexo.Al finalizar los ejercicios se proceder a recoger una muestra de orina detodos aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, a los cuales se lespodr hacer un control de dopaje. Dicho control se ajustar a la ltima lis-ta reflejada en la Resolucin de 18 de diciembre de 2009, de la Presiden-cia del Consejo Superior de Deportes, publicada en el Boletn Oficial delEstado nmero 310, de 25 de diciembre de 2009, corregida por Resolu-cin de 8 de febrero de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior deDeportes, publicada en el Boletn Oficial del Estado nmero 47, de 23de febrero de 2010.

    7.1.3. Tercer ejercicio:Este ejercicio ser realizado nicamente por los aspirantes que opten a puestosde Bombero-Conductor. Consistir en un examen prctico de conduccin devehculos de las categoras para las que habilita el permiso exigido, a cuyosefectos se realizarn las correspondientes maniobras en circuito cerrado ycirculacin en vas abiertas al trfico, que sern juzgadas conforme a los cri-terios fijados por los Anexos V y VI del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo,por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores (Boletn Ofi-cial del Estado de 8 de junio de 2009).

    7.1.4. Cuarto ejercicio (tercero para los aspirantes a puestos de Bombero):Los aspirantes debern superar determinadas pruebas de aptitud fsico-profe-sional que tengan por objeto acreditar la tolerancia al trabajo en espacios con-finados y la tolerancia al trabajo en altura.A estos efectos, a fin de verificar la tolerancia al trabajo en espacios confina-dos, se realizar una prueba cuya duracin, que habr de ser comn a todos losaspirantes, determinar el Tribunal, con carcter previo al inicio de la misma,no pudiendo ser aquella inferior a cinco minutos ni exceder de diez minutos.

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    Por su parte, con objeto de comprobar la tolerancia al trabajo en altura, se efec-tuar una prueba de identificacin a una altura no inferior a 20 metros.

    7.1.5. ltimo ejercicio:Consistir en un reconocimiento mdico practicado por el Tribunal facultativoque se designe al efecto. Se realizarn las pruebas clnicas referidas en el AnexoV y cuantas otras, analticas y complementarias o de otra clase que se conside-ren necesarias por el Tribunal, como se refleja en el citado Anexo. En este actose proceder a tallar a los aspirantes.

    7.1.6. Los ejercicios correspondientes a la cobertura de los puestos de Bombero y deBombero-Conductor son independientes entre s, sin que la superacin, o no,de uno de ellos pueda producir los mismos efectos en ambos procesos decobertura.

    7.2. El primer ejercicio de la fase de oposicin comenzar durante el primer trimes-tre de 2011, determinndose en la Resolucin que se indica en la base 5.3 el lugar y fechaexactos de celebracin del primer ejercicio, la cual ser publicada en el BOLETN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelacin mnima de diez das hbiles.

    7.3. El orden de actuacin de los opositores se iniciar alfabticamente por el prime-ro de la letra Z, de conformidad con la Resolucin de 22 de junio de 2007, de la Direc-cin General de Funcin Pblica (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9de julio).

    7.4. Los aspirantes sern convocados para cada ejercicio en llamamiento nico, aun-que haya de dividirse en varias sesiones la realizacin del ejercicio que as lo requiera, de-biendo asistir los aspirantes a la sesin a la que hayan sido convocados. Sern excluidos dela oposicin quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con ante-rioridad a la realizacin del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolucin motivada atal efecto.

    7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrn requerira los opositores la acreditacin de su identidad.

    7.6. La publicacin del anuncio de celebracin del segundo y sucesivos ejercicios,as como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuar en los tablones de anunciosde las Oficinas de Atencin al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Va, nmero 3y plaza de Chamber, nmero 8), de la Direccin General de Proteccin Ciudadana (carre-tera de La Corua, kilmetro 22-Las Rozas de Madrid), de la Direccin General de FuncinPblica (plaza del Conde del Valle de Suchil, nmero 20), y en cualquier otro lugar que eltribunal considere conveniente para su mejor difusin entre los interesados.

    Octava

    Calificacin de los ejercicios y lista de aprobados de la fase de oposicin

    8.1. Los ejercicios de la fase de oposicin se calificarn de la forma siguiente:

    8.1.1. Primer ejercicio: El ejercicio se calificar de 0 a 80 puntos, siendo necesariopara superarlo obtener un mnimo de 40 puntos. No sern objeto de califica-cin aquellos aspirantes que no hayan contestado correctamente el nmeromnimo de preguntas establecido en la base 7.1.1 de la presente Orden.

    8.1.2. Segundo ejercicio:

    a) Primera fase: Se calificar de apto o no apto.b) Segunda fase. Pruebas fsicas:

    Se calificarn sobre un total de 60 puntos, siendo puntuadas cada una deellas conforme al baremo que se adjunta en el Anexo II.La calificacin final de esta fase se obtendr por la suma de las puntuacionesalcanzadas en los diferentes ejercicios. Para las aspirantes femeninas, unavez superada la marca mnima indispensable, se aplicar una bonificacindel 20 por 100 sobre la puntuacin total obtenida en las pruebas fsicas.

    El Tribunal comunicar al opositor la marca de cada una de las pruebas al fina-lizar el ejercicio.

    8.1.3. Tercer ejercicio (solo para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor):Se calificar sobre 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener unapuntuacin mnima de 15 puntos.El Tribunal comunicar al opositor el resultado obtenido al finalizar el ejercicio.

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    8.1.4. Cuarto ejercicio (tercero para los aspirantes a puestos de Bombero):Las pruebas de que consta este ejercicio se calificarn de apto o no apto,siendo necesario superar cada una de ellas.

    8.1.5. ltimo ejercicio: Se calificar de apto o no apto.

    8.2. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mnimo exigido para la su-peracin de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoracin queacuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mnimo, fijado de forma independiente para cadaturno, deber garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados.

    8.3. En cada uno de los ejercicios de la fase de oposicin se calificar en primer lu-gar a los aspirantes del turno de promocin interna, procedindose a determinar el nivel m-nimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesin poste-rior, celebrada como mnimo cuarenta y ocho horas despus, se calificar a los aspirantesdel turno de acceso libre, establecindose el nivel mnimo necesario para la superacin delejercicio y publicndose la relacin de aprobados.

    8.4. La calificacin final de los aspirantes en la fase de oposicin vendr integradapor la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.

    8.4.1. Para los aspirantes a puestos de Bombero, dicha calificacin final ser deter-minada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicioy en la segunda fase del segundo ejercicio.En caso de empate, el orden se establecer atendiendo a los siguientes criterios:

    Mayor puntuacin obtenida en la segunda fase del segundo ejercicio. Mayor puntuacin alcanzada en el primer ejercicio. De continuar el empate, se deshar mediante la celebracin por parte del Tri-

    bunal de un sorteo pblico, que se anunciar con la suficiente antelacin.8.4.2. Para los aspirantes a puestos de Bombero-Conductor, la calificacin final ser

    determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer ejer-cicio, en la segunda fase del segundo ejercicio y en el tercer ejercicio.En caso de empate, el orden se establecer atendiendo a la mayor puntuacinalcanzada en el tercer ejercicio y, de persistir el empate, se seguirn los crite-rios establecidos en la base 8.4.1.

    8.5. Finalizada la fase de oposicin, el Tribunal har pblica en los tablones de anunciosreferidos en la base 7.6 y elevar a la Direccin General de Funcin Pblica la relacin de as-pirantes que la han superado, por cada turno de acceso, indicando los siguientes extremos:

    a) Nmero de orden obtenido en la fase de oposicin, de acuerdo con la puntuacintotal alcanzada; nombre, apellidos y nmero del documento nacional de identidadde cada uno de los aspirantes.

    b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposicin.c) Puntuacin total.

    8.6. El Tribunal no podr aprobar ni declarar que ha superado la fase de oposicinun nmero superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquierpropuesta que contravenga lo indicado anteriormente ser nula de pleno derecho.

    Novena

    Curso selectivo

    9.1. Concluida la fase de oposicin, los aspirantes que la hubiesen superado sernnombrados funcionarios en prcticas por Orden de la Consejera de Economa y Hacienday habrn de realizar un curso selectivo, de carcter obligatorio y eliminatorio, como segun-da fase del proceso selectivo, durante el cual sern retribuidos conforme a lo establecido enla Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejera de Hacienda, por la que se re-gulan las retribuciones de los funcionarios en prcticas (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 16 de febrero).

    9.2. El curso selectivo, que ser organizado e impartido por la Direccin General deProteccin Ciudadana de la Comunidad de Madrid, a travs del Servicio de Formacin, ycon la debida coordinacin y dentro del marco de competencias asignadas al Instituto Ma-drileo de Administracin Pblica, tendr como finalidad primordial la adquisicin de co-nocimientos, tanto tericos como prcticos, que garantice la preparacin especfica de losaspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan.

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    La duracin del curso selectivo, que no ser inferior a seis meses, as como el programay la regulacin del mismo se establecer por Resolucin de la Direccin General de Protec-cin Ciudadana, que ser publicada en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    9.3. Para superar el curso selectivo, los aspirantes que participen en l debern apro-bar todas las asignaturas o materias que lo compongan, as como las diferentes actividadesprcticas. En caso contrario, se considerar que el aspirante no ha superado esta fase delproceso selectivo y perder el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, me-diante Resolucin motivada de la Direccin General de Funcin Pblica, a propuesta de laDireccin General de Proteccin Ciudadana.

    La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso se-lectivo ser obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debi-damente valoradas por la Direccin General de Proteccin Ciudadana, originar la imposi-bilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perder el derecho a sernombrado funcionario de carrera.

    Si durante el desarrollo del curso selectivo se tuviera conocimiento o dudas fundadasde que alguno de los aspirantes pudiera carecer de la capacidad funcional necesaria para eldesempeo de las tareas y funciones habituales de la categora objeto de la convocatoria, serecabar el informe preceptivo de los rganos tcnicos competentes a tal efecto, el cual serevacuado en el plazo mximo de diez das y tendr carcter determinante para resolver.

    Si del contenido del dictamen se desprendiera que el aspirante carece de capacidad fun-cional, la Direccin General de Proteccin Ciudadana pondr dicha circunstancia en cono-cimiento del Tribunal Calificador, quien, previa audiencia al interesado, emitir propuestamotivada de su exclusin del proceso selectivo, dirigida al rgano convocante del mismo.

    Hasta que se dicte la oportuna resolucin por el rgano convocante, el aspirante podrcontinuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.

    9.4. Una vez finalizado el curso selectivo, la Direccin General de Proteccin Ciu-dadana remitir al Tribunal Calificador la relacin de aspirantes que lo hubiesen superado,que se har pblica en los trminos establecidos en la base 7.6.

    Dcima

    Lista de aprobados del proceso selectivo

    10.1. La calificacin final de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivovendr determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las fases de opo-sicin y curso selectivo, correspondiendo a aquella un 40 por 100 y a este ltimo un 60 por 100.

    En caso de empate en la puntuacin final, el orden se establecer atendiendo a los si-guientes criterios:

    Mayor calificacin obtenida en el curso selectivo. De persistir el empate, se dirimir atendiendo a los criterios relacionados en las ba-

    ses 8.4.1 y 8.4.2.10.2. Una vez establecida la relacin definitiva de aspirantes que hayan superado el

    proceso selectivo, cuyo nmero no podr exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Ca-lificador elevar a la Direccin General de Funcin Pblica las relaciones independientesde seleccionados por cada turno de acceso, en la que constarn los aspirantes aprobados se-gn el orden de puntuacin alcanzada, de mayor a menor.

    10.3. En la relacin definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas,el Tribunal indicar:

    a) Nmero de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuacintotal alcanzada; nombre, apellidos y nmero del documento nacional de identidadde cada uno de los aspirantes.

    b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio y fase del proceso selectivo.c) Puntuacin total, conforme a lo establecido en la base 10.1.La Direccin General de Funcin Pblica dictar Resolucin declarando los aspiran-

    tes que han superado el proceso selectivo, que deber ser publicada en el BOLETN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    Undcima

    Presentacin de documentos

    11.1. En el plazo de veinte das naturales a contar desde el da siguiente a aquel en quese haga pblica en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relacin definiti-

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    va de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los aspirantes incluidos en la mismadebern presentar en la Direccin General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Con-sejera de Economa y Hacienda (plaza de Chamber, nmero 8) los siguientes documentos:

    a) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada del documento nacio-nal de identidad.

    b) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulacin reque-rida en el Anexo I, o de la certificacin acadmica que acredite haber realizado yaprobado los estudios completos correspondientes para la expedicin de dichos t-tulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deber presentarse ladocumentacin acreditativa de su homologacin.

    c) Declaracin jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente dis-ciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pblicas o de los r-ganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autnomas, ni hallarseen inhabilitacin absoluta o especial para empleos o cargos pblicos por resolu-cin judicial.

    d) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del carn de conducirexigido en el Anexo I.

    e) Peticin de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y se-gn la oferta que previamente efecte la citada Direccin General de Presupues-tos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.3.

    11.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentosexpresados en la base anterior, podr acreditarse que se renen las condiciones exigidas enla convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

    11.3. Aquellos aspirantes que hubieran concurrido por el turno de promocin inter-na debern presentar, junto a la documentacin sealada en la base 11.1, certificacin de laDireccin General de Presupuestos y Recursos Humanos o, en su caso, de su Administra-cin de origen, acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2.En el caso de no quedar acreditados dichos extremos, perdern su derecho a ser nombradosfuncionarios de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, escala Eje-cutiva u Operativa, categora de Bombero Especialista (grupo C, subgrupo C1).

    11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasenla documentacin o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los re-quisitos sealados en la base segunda, no podrn ser nombrados funcionarios de carrera delcitado Cuerpo, escala y categora y quedarn anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de laresponsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

    Duodcima

    Nombramiento de funcionarios de carrera

    Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documenta-cin requerida en la base undcima sern nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo deBomberos de la Comunidad de Madrid, escala Ejecutiva u Operativa, categora de Bombe-ro Especialista (grupo C, subgrupo C1).

    La toma de posesin de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo seefectuar en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicacin de su nombramien-to como funcionario de carrera en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    Decimotercera

    Comunicaciones e incidencias

    Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las inciden-cias que puedan plantearse en relacin con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su se-sin de constitucin, sealar el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestio-nes sean planteadas, hacindolo pblico en los tablones de anuncios referidos en la base 7.6.

    El Tribunal dispondr de un plazo mximo de treinta das naturales desde la recepcinde las solicitudes que le sean formuladas para su contestacin, salvo que concurran circuns-tancias excepcionales, en cuyo caso se proceder de conformidad con lo previsto por el ar-tculo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administra-ciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn. En todo caso, sobre laspeticiones de notas o revisin de examen deber dar respuesta razonada con anterioridad ala celebracin del siguiente ejercicio o, en su caso, fase del proceso selectivo.

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    No obstante, los aspirantes tambin podrn dirigir a la Direccin General de FuncinPblica (plaza del Conde del Valle de Suchil, nmero 20) las comunicaciones sobre inci-dencias relativas a la actuacin del Tribunal, as como las reclamaciones, quejas, peticioneso sugerencias sobre el proceso selectivo.

    Decimocuarta

    Norma final

    Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, as como las ac-tuaciones del Tribunal Calificador, podrn ser impugnados en los casos y en la forma esta-blecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administracio-nes Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    Contra la presente Orden, que pone fin a la va administrativa, los interesados podrn in-terponer con carcter potestativo recurso de reposicin, en el plazo de un mes, ante la Conse-jera de Presidencia, Justicia e Interior, o bien, directamente recurso contencioso-administra-tivo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,ambos plazos contados a partir del da siguiente a su publicacin en el BOLETN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

    Madrid, a 30 de julio de 2010.El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, PD (Or-den de 24 de agosto de 2009, BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de sep-tiembre de 2009), el Director General de Funcin Pblica, Miguel ngel Lpez Gonzlez.

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    ANEXO II

    EJERCICIOS FSICOS

    Estos ejercicios se realizarn por el orden que establezca en su da el Tribunal, y cada unoes eliminatorio para pasar a realizar el siguiente; en cada prueba se permite un nico intento:

    1. Natacin sobre 50 metros

    Descripcin: Partiendo en contacto con el borde de salida de la piscina, fuera o dentrodel agua, el ejecutante deber recorrer a nado, con estilo libre, una distancia de 50 metrosen un tiempo mximo de:

    Cuarenta y ocho segundos, cuarenta centsimas (4840) para aspirantes a puestosde Bombero.

    Cincuenta y un segundos, cuarenta centsimas (5140) para aspirantes a puestosde Bombero-Conductor.

    Descalificaciones:

    Agarrarse o apoyarse en la corchera o en bordes y paredes de la piscina. Tocar con cualquier parte del cuerpo el fondo de la piscina. A este efecto ser de aplicacin el Reglamento de la Federacin Madrilea de

    Natacin.

    2. Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura

    Descripcin: Partiendo desde la posicin de sentado, sin contacto entre los pies y la su-perficie de partida, y con al menos una mano en contacto con la cuerda, el ejecutante debe-r subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura, en un tiempo mximo de:

    Doce segundos, sesenta y cinco centsimas (1265) para aspirantes a puestos deBombero.

    Catorce segundos, sesenta y cinco centsimas (1465) para aspirantes a puestos deBombero-Conductor.

    Se considera finalizado el ejercicio cuando el ejecutante toca la campana situada, a laaltura fijada, a tal efecto.

    Descalificaciones:

    Ayudarse con los pies al iniciar la prueba. Sujetarse con las piernas en cualquier momento de la trepa.

    3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos

    Descripcin: Con carcter previo a la realizacin del ejercicio, el Tribunal comproba-r, pblicamente, el peso de las barras y pesas.

    En posicin decbito supino sobre un banco, el ejecutante deber levantar un peso de 40kilogramos, en un tiempo de sesenta segundos, cero dcimas, cero centsimas (6000):

    Un mnimo de 24 repeticiones consecutivas para aspirantes a puestos de Bombero. Un mnimo de 19 repeticiones consecutivas, para aspirantes a puestos de Bombero-

    Conductor.

    El levantamiento se realizar con ambas manos en agarre con una distancia ms am-plia a la anchura de los hombros (los lmites del agarre estarn marcados en la barra de le-vantamiento), en una accin de flexin-extensin de los codos, que se inicia en la posicinde extensin de codos, contina con flexin de codos para tocar la barra con el pecho y fi-naliza con la extensin total de los codos en su proyeccin vertical, estando permitido des-cansar en la extensin total de los codos y no en flexin de los mismos.

    Al finalizar el ejercicio el opositor tiene que entregar la barra en extensin de codos.No sern contadas las repeticiones que no se realicen correctamente.Descalificaciones:

    Parar el ejercicio en flexin de codos. Si transcurridos los sesenta segundos el opositor no lleva la barra a la posicin ini-

    cial, de extensin de codos.

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    4. Carrera sobre 60 metros

    Descripcin: Partiendo desde posicin de parado, el ejecutante deber recorrer una dis-tancia de 60 metros en pista en calle asignada, en un tiempo mximo de:

    Ocho segundos y setenta y seis centsimas (876) para aspirantes a puestos deBombero.

    Nueve segundos y veintisis centsimas (926) para aspirantes a puestos de Bom-bero-Conductor.

    Se permitir la utilizacin de calzado con clavos. No se utilizarn tacos de salida.Descalificaciones: A este efecto ser de aplicacin, en lo no previsto en las presentes

    bases, el Reglamento de la Federacin de Atletismo de Madrid.

    5. Carrera sobre 300 metros

    Descripcin: Partiendo desde posicin de parado, el ejecutante deber recorrer una dis-tancia de 300 metros, en pista, y en calle asignada, en un tiempo mximo de:

    Cuarenta y seis segundos, sesenta centsimas (4660) para aspirantes a puestos deBombero.

    Cuarenta y nueve segundos, sesenta centsimas (4960) para aspirantes a puestosde Bombero-Conductor.

    Se permitir la utilizacin de calzado con clavos. No se utilizarn tacos de salida.Descalificaciones: A este efecto ser de aplicacin, en lo no previsto en las presentes

    bases, el Reglamento de la Federacin de Atletismo de Madrid.

    6. Carrera sobre 2.000 metros

    Descripcin: Partiendo desde la posicin de parado, el ejecutante deber recorrer unadistancia de 2.000 metros, en pista, y por calle libre, en un tiempo mximo de:

    Siete minutos, diez segundos, cero centsimas (71000) para aspirantes a puestosde Bombero.

    Siete minutos, cuarenta segundos, cero centsimas (74000) para aspirantes apuestos de Bombero-Conductor.

    Descalificaciones: A este efecto ser de aplicacin el Reglamento de la Federacin deAtletismo de Madrid.

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    ANEXO III

    TEMARIO

    I. Legislacin

    1. La Constitucin espaola de 1978. Estructura y principios bsicos (ttulo prelimi-nar). Derechos y deberes fundamentales. Garantas de las libertades y derechos. (Ttulo I:Artculos 10-38 y artculos 53-55).

    2. Los poderes constitucionales. Las Cortes: Composicin, atribuciones y funciona-miento (Constitucin espaola, ttulo III: Artculos 66-80). El Gobierno y la Administra-cin (Constitucin espaola, ttulo IV: Artculos 97-107). El Poder Judicial (Constitucinespaola, ttulo VI: Artculos 117-121).

    3. Organizacin Territorial del Estado: La Administracin Local y las ComunidadesAutnomas: Principios generales (Constitucin espaola, ttulo VIII: Artculos 137 a 147).Organizacin Institucional de la Comunidad de Madrid: Instituciones bsicas de la Comuni-dad de Madrid: La Asamblea, el Presidente y el Gobierno (Ley Orgnica 3/1983, de 25 defebrero, de Estatuto de Autonoma de la Comunidad de Madrid, ttulo I: Artculos 8-25).Competencias de la Comunidad de Madrid (Ley Orgnica 3/1983, de 25 de febrero, de Es-tatuto de Autonoma de la Comunidad de Madrid, ttulo II: Artculos 26, 27, 28 y 31).

    4. Funcin Pblica: Los empleados pblicos; adquisicin y prdida de la condicin defuncionario; situaciones administrativas de los funcionarios; derechos y deberes de los fun-cionarios; rgimen disciplinario de los funcionarios. (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatu-to Bsico del Empleado Pblico, ttulo II: Artculos 8-12; ttulo IV: Artculos 55 y 56, 62y 63, 67; ttulo VI: Artculos 85 al 92; ttulo III: Artculos 14 y 15 de los captulos I, II, III,artculos 47, 48, 49 y 50 del captulo V y artculos 52 al 54 del captulo VI; ttulo VII;Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Funcin Pblica de la Comunidad de Madrid, ttulo IV: Ca-ptulos I, II, VI, VII, X y XI).

    5. Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevencin, Extincin de Incen-dios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

    6. Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Proteccin Civil. Real Decreto 407/1992, de 24de abril, por el que se aprueba la Norma Bsica de Proteccin Civil.

    7. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Cdigo Tcnicode la Edificacin: Artculo 11; Documento Bsico (SI) Seguridad en caso de incendio,del Cdigo Tcnico de la Edificacin: Desde la Seccin SI 1 Propagacin Interior hastala Seccin SI 5 Intervencin de los bomberos, ambas inclusive, y el Anexo SI A Termi-nologa; Documento Bsico (SU) Seguridad de utilizacin, la Seccin SU 4 Seguridadfrente al riesgo causado por iluminacin inadecuada. Norma Bsica de Autoproteccin delos centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar ori-gen a situaciones de emergencia (Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, excepto losAnexos II y IV).

    8. El Plan de Proteccin Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comu-nidad de Madrid (INFOMA), Decreto 58/2009, de 4 de junio.

    9. El Plan Territorial de Proteccin Civil de la Comunidad de Madrid (PLATER-CAM), Decreto 85/1992, de 17 de diciembre.

    10. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales: Captu-los I y II: Artculos 5, 6 y 7; captulos III, IV y VI.

    II. La Comunidad de Madrid y el Cuerpo de Bomberos

    1. Servicios de Bomberos en el territorio de la Comunidad de Madrid. Resolucin vi-gente del Director General de Proteccin Ciudadana, por la que se da publicidad a determi-nados aspectos organizativos del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, ascomo de otros medios y recursos existentes en materia de Prevencin, Extincin de Incen-cios y Salvamentos.

    2. Red de carreteras de la Regin:a) Red de inters general del Estado.b) Red de la Comunidad de Madrid, principal, secundaria y local.c) Accesos y enlaces.(ltima edicin del mapa publicado por la Direccin General de Carreteras de la Co-

    munidad de Madrid).

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    3. Red de tren y metro de la Comunidad de Madrid, excluido el municipio deMadrid. Lneas, estaciones, denominacin, ubicacin y recorrido municipal de las mismas.Red de oleoductos y gasoductos: Denominacin y recorrido municipal.

    4. Emergencias y primeros socorros.5. El territorio de la Comunidad de Madrid: Superficie, permetro, puntos geogrficos

    extremos y distancia entre ellos. Municipios: Denominacin, ubicacin y lmites administrati-vos. Clasificacin de los municipios por altitud: Hasta 900 metros, de 901 a 1.200 metros y msde 1.200 metros. Clasificacin de los municipios por nmero de habitantes: Hasta 5.000 habi-tantes, entre 5.001 y 20.000 habitantes y ms de 20.000 habitantes. Orografa e hidrografa: Pi-cos de altitud superior a los 1.000 metros, Sierra a la que pertenecen, ubicacin y altitud de cadauno. Ros y arroyos de cauce continuo: Denominacin, cuenca, ubicacin y recorrido de losmismos. Lagos, presas, embalses, humedales y lagunas: Denominacin y ubicacin.

    6. Mercancas peligrosas y riesgo qumico.7. Ecosistemas madrileos. Papel del monte. Causas y tipos de incendios forestales.

    Evaluacin del riesgo. Propagacin y evolucin de los incendios forestales. Espacios natu-rales protegidos.

    8. Fsica y qumica: Conceptos bsicos.9. Construccin. Vocabulario bsico, estructuras e instalaciones. Riesgo elctrico.Como documento de referencia a efectos del desarrollo del presente temario se en-

    cuentra disponible, en la pgina web de la Direccin General de Proteccin Ciudadana, elManual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, elaborado pordicho Centro directivo.

    ANEXO IV

    CUADRO DE APTITUD MDICA

    El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgnica, de toda secuela de acci-dente y de cualquier deficiencia fsica o psquica que pueda constituir una dificultad en laprctica profesional, teniendo como base los criterios que se indican a continuacin:

    OftalmologaNo padecer: Agudeza visual inferiores a 1/2 (0,5) en el ojo mejor y 1/3 (0,3) en el ojo peor, me-

    dida sin correccin (agudeza visual medida por el test de Snellen). Retinopatas. Retinosis pigmentaria. Hemeralopia. Hemianopsia. Diplopia. Discromatopsias importantes. Glaucoma. Afaquias, pseudoafaquias. Subluxacin del cristalino. Distrofia corneal progresiva o con disminucin de la agudeza visual inferior a la

    permitida. Queratitis crnica. Alteraciones oculomotoras importantes. Dacriocistitis crnica. Prpados: Cualquier patologa o defecto que impida la proteccin del ojo a la in-

    temperie. Tumores oculares. Amputacin importante del campo visual en ambos ojos.

    Otorrinolaringologa No se admitir audfono. La agudeza auditiva conversacional ser medida segn normas PGB (prdida glo-

    bal binaural) y no se admitirn prdidas mayores a 30 decibelios en ninguna de lasfrecuencias valoradas.

    Trauma acstico o sordera profesional: No se admitirn prdidas mayores a 30 de-cibelios en la frecuencia 4.000 Hertzios, una vez descontada la prdida normalpara la edad segn normas ELI (Early Loss Index).

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    No padecer: Vrtigo. Dificultades importantes de la fonacin. Perforacin timpnica. Tartamudez acusada. Obstruccin crnica de las fosas nasales.

    Aparato locomotor

    No se admitirn alteraciones de la movilidad de las grandes articulaciones de miem-bros superiores o inferiores que impliquen una limitacin de su funcionalidad.

    No se admitirn lesiones o deformidades en las manos que provoquen una limita-cin de su plena funcionalidad.

    No se admitirn lesiones o deformidades en los pies que impliquen una limitacinde su plena funcin.

    No se admitirn lesiones o deformidades graves de cualquier segmento de la co-lumna vertebral.

    Otros procesos excluyentes: Fracturas que dejen secuelas y dificulten la funcin. Osteomielitis. Osteoporosis de moderada a severa. Condromalacia abierta (grado II o superior). Artritis. Luxacin recidivante. Parlisis muscular. Miotona congnita.

    Aparato digestivo

    No padecer: Estadios cirrticos o precirrticos (grado histolgico III y IV). Hepatopatas crnicas:

    Virus C + con RNA +. (Sern admitidos virus C+ siempre que el RNA sea y nohaya cirrosis).

    Virus B+. Enfermedad de Wilson no compensada. Hepatopatas alcohlicas.

    Hepatopatas agudas con repercusin enzimtica importante. Hipertransaminasemias idiopticas de etiologa heptica 3-4 veces lmite superior

    de la normalidad. Sndromes diarreicos crnicos. Eventraciones no intervenidas. Pacientes sometidos a cirugas resectivas abdominales importantes. Cualquier patologa del aparato digestivo o intervenciones quirrgicas que supon-

    gan secuelas funcionales con repercusiones orgnicas que puedan incidir en eldesempeo de su trabajo.

    Aparato respiratorio

    No padecer: Disminucin de la capacidad vital por debajo de 3,5 litros en los hombres y 3 litros

    en las mujeres. Disminucin del VEMS por debajo del 80 por 100. EPOC. Asma bronquial. Atelectasia. Enfisema. Neumotrax recidivante. Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prcticas fsicas a

    realizar y en las tareas especficas del puesto de trabajo.

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    Aparato cardiovascular

    No padecer:

    Hipertensin arterial. Insuficiencia cardaca. No haber sufrido infarto de miocardio. Coronariopatas. Arritmias importantes. Taquicardia sinusal permanente de ms de 120 latidos por minuto. Flter auricular. Fibrilacin auricular. Sndromes de preexcitacin ventricular con o sin taquicardias asociadas. Bloqueo auriculo-ventricular de segundo grado sintomtico o tipo Mobitz II, o de

    tercer grado asintomtico. Extrasstoles patolgicos. Valvulopatas. No se admitirn prtesis valvulares. Aneurismas cardacos o de grandes vasos. Insuficiencia arterial perifrica. Insuficiencia venosa perifrica que produzca signos de estasis o alteraciones trfi-

    cas varicosas importantes. Secuelas post-tromboemblicas. Alteraciones circulatorias de los dedos y/o manos, que sean sintomticos o dificul-

    ten la funcionalidad de los mismos.

    Sistema nervioso central

    No padecer:

    Parkinson, Corea o Balismo. Epilepsia. Esclerosis mltiple. Ataxia. Arterioesclerosis cerebral sintomtica. Vrtigo de origen central. Alteraciones psiquitricas de base. Cualquier grado de hiposmia.

    Otros procesos patolgicos

    No padecer:

    Cicatrices que produzcan limitacin funcional importante. Diabetes tipo I o II. Diabetes inspida. Enfermedad de Cushing. Enfermedad de Addison. Insuficiencia renal crnica. Falta de un rin. Enfermedades renales evolutivas. Hemopatas crnicas graves. Pruebas analticas compatibles con patologa de base. Tumores malignos invalidantes. Tuberculosis activa. Hernia inguinal. Cualquier enfermedad infecciosa crnica y rebelde al tratamiento. Anlisis de orina: Albuminuria y/o cilindruria importantes.

    No alcoholismo ni drogodependencia.Cualquier otro proceso patolgico que a juicio del Tribunal Mdico dificulte o impida

    el desarrollo de las funciones propias de la categora a la que se pretende acceder.El aspirante deber cumplimentar una declaracin de salud como parte del examen

    mdico.

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    Directrices de aplicacin del reconocimiento mdico

    La no presentacin al reconocimiento mdico o la negativa a realizar las pruebas esti-puladas, supone la exclusin de la oposicin.

    El aspirante deber cumplimentar el modelo de autorizacin para someterse a todas laspruebas mdicas que determine el Tribunal Mdico.

    Funciones del Tribunal Mdico

    1. Marcar los tipos de exploracin mdica que estime conveniente para el diagnsti-co de las patologas incluidas en el cuadro.

    2. El Tribunal tendr la atribucin de solicitar los informes que estime pertinentes alexaminar (historial clnico) o a especialistas ajenos al Tribunal.

    3. Elevar al Tribunal de la oposicin los resultados en forma de apto o no apto.4. Informar al interesado, previa peticin por escrito, de su causa de exclusin; sal-

    vo si existiese enfermedad aguda susceptible de tratamiento, que se informara al mismo di-rectamente o a su mdico de cabecera. En ningn caso, se publicaran listas de no aptospor motivos de exclusin mdica en los tablones de anuncios.

    5. Una vez finalizadas las pruebas fsicas se podr realizar, a criterio del Tribunal,control de consumo de estimulantes o de cualquier tipo de droga que altere las condicionesfsicas de los aspirantes, siendo eliminados de la oposicin los que resulten positivos.

    6. En este sentido, la lista de sustancias y mtodos prohibidos ser la contemplada enla Resolucin de 18 de diciembre de 2009, de la Presidencia del Consejo Superior de Depor-tes, publicada en el Boletn Oficial del Estado nmero 310, de 25 de diciembre de 2009,corregida por Resolucin de 8 de febrero de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior deDeportes, publicada en el Boletn Oficial del Estado nmero 47, de 23 de febrero de 2010.

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    5. JUSTIFICACIN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIN DE PERSO-NAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID EPGRAFE 17.1 TARIFA: 171.1

    Cta. Caja Madrid 2038 0626 6000027959Sello y firma de la entidad financiera donde se efecta el ingreso

    FECHA REGISTRO DE ENTRADA

    ANEXO VI

    SOLICITUD DE ADMISIN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso antes de cumplimentarla)

    1.er apellido

    Nombre

    S NoNacionalidad (segn convocatoria)

    Direccin

    Municipio

    Publicacin en el BOCM

    Edad (segn convocatoria):

    NIF

    N.o Piso

    2.o apellido

    S No

    S No

    S No

    Orden de Convocatoria N.o

    Cdigo de Cuerpo/Escala, Categora y/oEspecialidad Descripcin

    Provincia

    Puerta

    Telfono

    Libre Promocin interna

    Importe euros

    Cdigo Postal

    1. DATOS PERSONALES

    2. DATOS DE LA CONVOCATORIA

    3. TURNO DE ACCESO

    4. TTULO ACADMICO

    Discapacidad Solicita adaptacin

    Posee el ttulo exigido en la convocatoria?

    Posee la experiencia sustitutoria de la titulacin exigida en la convocatoria?

    El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que rene los requisitos exigidos en la convo-catoria para el ingreso en el Cuerpo o Categora al que aspira, comprometindose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

    Madrid, a ................ de ...................................................................................................................... de ..........................FIRMA

    CENTRO GESTOR: Consejera de Economa y Hacienda ,

    DESTINATARIO EXCMO. SR. CONSEJERO.............................................................................................................................................................................................................DE LA COMUNIDAD DE MADRID

    Los datos que se recogen se tratarn informticamente o se archivarn con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quin puede tener sus datos,para qu los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislacin vigente. Para cualquiercuestin sobre esta materia puede dirigirse al telfono de informacin 012.

    Si usted considera que el presente modelo no est claro o puede mejorarse, le rogamos dirija por escrito sus sugerencias a las Oficinas de Atencin al Ciudadano de laComunidad de Madrid (Gran Va, nmero 3, 28013 Madrid, y plaza de Chamber, nmero 8, 28010 Madrid), o a travs de Internet: www.madrid.org

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    http://www.bocm.es BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

    BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDBOCM

    INSTRUCCIONES

    1) Se utilizar letra mayscula o de imprenta.2) Datos personales: Apellidos y nombre, NIF, nacionalidad (se marcar S si se cumple la requerida en la convocatoria; en

    caso contrario, marcar NO), edad (se marcar S si se cumple la requerida en la convocatoria; en caso contrario, mar-car NO), direccin, municipio, telfono, provincia, cdigo postal.Debern cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales, datos de la convoca-toria, turno de acceso, ttulo acadmico exigido o experiencia sustitutoria, en su caso, justificacin del ingreso de las ta-sas por derecho de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dar lugar a la exclusin provisional del proceso selec-tivo, segn lo determinado en la convocatoria.

    3) Datos de la convocatoria: Deber incluirse el nmero de orden de la convocatoria que consta en el BOLETN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, la fecha de publicacin en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, en todo caso, el cdi-go del Cuerpo/escala, categora y/o especialidad que figura en la base correspondiente de cada convocatoria.

    4) Turnos de acceso: Los aspirantes debern optar solo por uno de los turnos posibles de la convocatoria.5) Ttulo acadmico: Se deber indicar si se posee el ttulo exigido en la convocatoria.6) Importe a ingresar: Se har constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.7) Justificacin del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigir a las sucursales de Caja Madrid el sello con

    fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresin de validacin mecnica. Tambin deber constar la can-tidad ingresada en concepto de tasas.

    8) Destinatario: Se har constar el Cargo/rgano y Consejera de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia.9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentacin de instancias establecido en la convocatoria: Podrn

    presentarse:a) En cualquiera de las oficinas de Caja Madrid, en el momento de efectuar el pago.b) Tambin una vez efectuado el pago en la cuenta de Caja Madrid que consta en el anverso de esta instancia, en el

    Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejeras y en los lugares es-tablecidos en el artculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    /012344

    Consejera Direccin Registro General de la Comunidad de Madrid Gran Va, nmero 3 Registro Auxiliar del Registro General de la Comuni-dad de Madrid

    Plaza de Chamber, nmero 8

    Vicepresidencia, Consejera de Cultura y Deporte y Portavoca del Gobierno

    Calle Carretas, nmero 4

    Presidencia, Justicia e Interior Gran Va, nmero 18 Economa y Hacienda Calle Prncipe de Vergara, nmero 132 Transportes e Infraestructuras Calle Maudes, nmero 17 Educacin Gran Va, nmero 20 Medio Ambiente, Vivienda y Ordenacin del Territorio Calle Alcal, nmero 16 Sanidad Calle Aduana, nmero 29 Familia y Asuntos Sociales Calle Alcal, nmero 63 Empleo, Mujer e Inmigracin Calle Santa Hortensia, nmero 30

    (01/3.602/10)

    2010-09-15T11:44:10+0200