comprobantes de venta

22
DIRECCIÓN REGIONAL DEL SUR ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA

Upload: guest445170a

Post on 14-Jul-2015

14.687 views

Category:

Business


1 download

TRANSCRIPT

DIRECCIÓN REGIONAL DEL SUR

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA

UNIDAD 3FACTURACIÓN

RÉGIMEN DE FACTURACIÓN

El Régimen de Facturación es el proceso a través del cual el SRI autoriza la emisión de documentos que acreditan la transferencia de bienes o la prestación de servicios de cualquier naturaleza.

El SRI autoriza la impresión de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención a través de los establecimientos gráficos autorizados.

PLAZO DE VIGENCIA DE LOS COMPROBANTES DE VENTA

El plazo de vigencia está directamente relacionado con el cumplimiento tributario del contribuyente, como se muestra a continuación:

Están en lista blanca los contribuyentes que se encuentran al día en sus obligaciones tributarias y su dirección declarada en el RUC ha sido ubicada.

COMPROBANTES DE VENTA

El comprobante de venta es todo documento autorizado que acredita la transferencia de bienes o la prestación de servicios y es el respaldo de la propiedad de un bien.

Sustentan:

• La transferencia del bien o la prestación del servicio.• Crédito Tributario en IVA.• Origen lícito de los bienes.• Costos y gastos de Impuesto a la Renta.

QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES DE VENTA?

Las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben emitir comprobantes de venta por cualquier monto.

BASES PARA LLEVAR CONTABILIDAD:BASES PARA LLEVAR CONTABILIDAD:

USD $ 100.000,00 INGRESOS BRUTOSUSD $ 80.000,00 COSTOS Y GASTOSUSD $ 60.000,00 CAPITAL PROPIO (A-P)

QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES DE VENTA?

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deben emitir comprobantes de venta autorizados en transacciones superiores a $ 4,00.

En transacciones iguales o inferiores a ese monto deberán emitir comprobantes de venta cuando el usuario o consumidor lo solicite, adicionalmente emitirá una nota de venta al final del día, por las transacciones realizadas por montos de hasta $ 4,00 (por las cuales no se emitieron comprobantes de venta).

QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES DE VENTA?

No están obligadas a emitir comprobantes de venta las Instituciones del Estado que prestan servicios administrativos ni los trabajadores en relación de dependencia.

COMPROBANTES DE VENTA VÁLIDOSCOMPROBANTES DE VENTA VÁLIDOS

COMPROBANTES DE VENTA VÁLIDOS

•Facturas

• Notas o boletas de venta / notas de venta simplificadas.

• Liquidaciones de compra de bienes y prestación de

servicios.

• Tiquetes emitidos por máquinas registradoras.

• Boletos o entradas a espectáculos públicos.

• Otros documentos autorizados como los emitidos por

instituciones financieras, documentos de importación y

exportación, tiquetes aéreos, entre otros.

COMPROBANTES DE VENTA VÁLIDOS (AUTORIZADOS POR EL SRI)

DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS

Estos documentos son complemento de los comprobantes de venta y se utilizan para reversar transacciones, cobrar intereses, entre otros usos.

COMPROBANTES DE RETENCIÓN

Son los documentos que acreditan las retenciones de impuestos realizadas por los agentes de retención.

AGENTES DE RETENCIÓNAGENTES DE RETENCIÓN

•Entidades Sector Público, según el Art. 118 de la Constitución Política.•Sociedades•Personas naturales obligadas a llevar contabilidad.•Sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.

NOTA.-Los agentes de retención emitirán el comprobante de retención al proveedor dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la fecha de presentación del respectivo comprobante de venta.

COMPROBANTES DE VENTA Y RETENCIÓN

• Usted debe llevar un archivo en orden cronológico y

secuencial de los comprobantes y documentos por un

periodo de 7 años tiempo en el cual caduca la obligación

tributaria.

• La falta de entrega de comprobantes de venta

autorizados se

sanciona con la clausura del establecimiento.

• El contribuyente debe consultar en los medios que el

Servicio de Rentas Internas ponga a su disposición, la

validez de los comprobantes que reciba en sus

transacciones.

COMPROBANTES DE VENTA Y RETENCIÓN

• Ahora puede realizar distintos trámites de facturación a

través de nuestra página web www.sri.gov.ec, para esto

deberá contar previamente con la clave para realizar

trámites por internet, la misma que puede solicitar en

cualquier agencia del país.

• En el caso de personas naturales para sustentar sus

gastos deberá solicitar un comprobante de venta que

identifique al comprador.

Se incluyen dentro de los gastos personales los

realizados por concepto de: vivienda, educación, salud,

alimentación y vestimenta.

REQUISITOS PREIMPRESOS - LLENADO

REQUISITOS PREIMPRESOS - LLENADO

REQUISITOS PREIMPRESOS - LLENADO

NOTAS DE CRÉDITO

Son emitidas en caso de modificar condiciones de venta originalmente pactadas, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones.

NOTAS DE DÉBITO

Son emitidas para el cobro de intereses de mora y para recuperar costos y gastos.

NOTA DE DEBITO

GUÍAS DE REMISIÓN

Es todo documento que sustenta el traslado de la mercadería dentro del territorio nacional por cualquier motivo, sea este:

•Por Importación. •Entre establecimientos de un mismo contribuyente.•Venta.•Alquiler de bienes.•Devolución de mercaderias.•Consignación de mercaderias.

•Exhibición en ferias nacionales e internacionales.

GUÍAS DE REMISIÓN

COMPROBANTE DE RETENCIÓN