comparacion agentes dip y consu

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AGENTES DIPLOMATICOS AGENTES CONSULARES INTRODUCTORIO Misión diplomática: Es el conjunto de personas afectadas por un E a la representación del mismo en el exterior. Los E se relacionan a través de ella ya q es el órgano permanente de un E en el territorio de otro E, y constituye uno de los denominados órganos periféricos de representación. En cuanto a su existencia, la misma no depende de la voluntad unilateral del EA sino q comienza su existencia jurídica internacional por consentimiento mutuo en el EA y el ER. Deberes de la misión (ART 41 CV 61) 1. No intervenir en los asuntos internos del ER 2. Acatamiento a la ley local, ya q la inmunidad de jurisdicción de q goza la misión y sus miembros, tiene como único efecto paralizar la sanción legal c/ la violación de leyes del ER, pero no elimina la obligación de su cumplimiento. 3. Encauzar todas las comunicaciones bilaterales a través del MRE del ER o el ministerio q hayan convenido y tiene prohibido establecer oficinas en lugares diferentes a su sede, sin el consentimiento previo y expreso del ER Misiones especiales Regulación Éstas se encuentran reguladas por la Convención s/ misiones especiales firmada en NY en 1969. Dentro de la clasificación dada a los órganos de representación internacional, ubicamos a los agentes consulares en los órganos periféricos y colegiados del E. A diferencia de los Agente Diplomáticos, los cónsules no representan a los E y no se encuentran acreditados ante el ER. Su tarea no es política, ni tiene el carácter representativo de los primeros, siendo su misión esencial la defensa y protección de los intereses de las personas físicas y jurídicas del E q envía. Sin perjuicio de las diferencias guardan cierta relación, como por ej. la posibilidad de q una misión diplomática pueda ejercer funciones consulares. Incluso, salvo disposición en contrario, el consentimiento para establecer relaciones diplomáticas implica la autorización para establecer relaciones consulares. Por otra parte, la ruptura de relaciones diplomática no implica necesariamente las consulares. Y si el E q envía solo tiene oficina consular en el ER, podrá ésta con autorización del ER ejercer actos diplomáticos sin por ello cambiar de categoría. La CV63 reconoce 4 Categorías de Oficina consular a saber: 1. Consulados generales. 2. Consulados 3. Viceconsulados

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Cuadro comparativo entre funcionarios diplomaticos y agentes consulares

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AGENTES DIPLOMATICOSAGENTES CONSULARES

INTRODUCTORIOMisin diplomtica: Es el conjunto de personas afectadas por un E a la representacin del mismo en el exterior.Los E se relacionan a travs de ella ya q es el rgano permanente de un E en el territorio de otro E, y constituye uno de los denominados rganos perifricos de representacin.En cuanto a su existencia, la misma no depende de la voluntad unilateral del EA sino q comienza su existencia jurdica internacional por consentimiento mutuo en el EA y el ER.Deberes de la misin (ART 41 CV 61)1. No intervenir en los asuntos internos del ER2. Acatamiento a la ley local, ya q la inmunidad de jurisdiccin de q goza la misin y sus miembros, tiene como nico efecto paralizar la sancin legal c/ la violacin de leyes del ER, pero no elimina la obligacin de su cumplimiento.3. Encauzar todas las comunicaciones bilaterales a travs del MRE del ER o el ministerio q hayan convenido y tiene prohibido establecer oficinas en lugares diferentes a su sede, sin el consentimiento previo y expreso del ERMisiones especialesRegulacinstas se encuentran reguladas por la Convencin s/ misiones especiales firmada en NY en 1969.ConceptoSe entiende por ME a la delegacin de carcter temporal y representativo envidad por E ante otro, con el consentimiento de este ltimo p/ tratar asuntos determinados o realizar ante l un cometido determinado. Su rgimen gral guarda analoga con la CV s/ relaciones diplomticas. Y Se establece, q p/ el envo de una ME no es necesario la existencia de relaciones diplomticas y consulares entre el E q enva y el q la recibe.Asuncin de funcionesSe considera q la ME entra en funciones, cando toma contacto oficial con el MRE u otro rgano del ER q se haya convenido, sin ser necesario la presentacin de carta credenciales o PPNombramientoExiste libertad p/ el nombramiento de los miembros q la componen, debiendo informarse el N de integrantes al ER. La ME estar constituida por representantes entre los cuales se podr designar un jefe, y podr comprender a personal diplomtico, administrativo y de servicio.Fin La ME finaliza sus funciones por:1. Mutuo consentimiento entre los E2. Cumplimiento del cometido3. Expiracin del periodo sealado p/ella4. Notificacin del EA de q pone fin o la retira5. Por notificacin del ER de q la considera terminada.Dentro de la clasificacin dada a los rganos de representacin internacional, ubicamos a los agentes consulares en los rganos perifricos y colegiados del E.A diferencia de los Agente Diplomticos, los cnsules no representan a los E y no se encuentran acreditados ante el ER. Su tarea no es poltica, ni tiene el carcter representativo de los primeros, siendo su misin esencial la defensa y proteccin de los intereses de las personas fsicas y jurdicas del E q enva. Sin perjuicio de las diferencias guardan cierta relacin, como por ej. la posibilidad de q una misin diplomtica pueda ejercer funciones consulares. Incluso, salvo disposicin en contrario, el consentimiento para establecer relaciones diplomticas implica la autorizacin para establecer relaciones consulares.Por otra parte, la ruptura de relaciones diplomtica no implica necesariamente las consulares. Y si el E q enva solo tiene oficina consular en el ER, podr sta con autorizacin del ER ejercer actos diplomticos sin por ello cambiar de categora.La CV63 reconoce 4 Categoras de Oficina consular a saber: 1. Consulados generales.2. Consulados3. Viceconsulados4. Agencia consularEstas se establecen por:a) La importancia de la ciudad sede;b) De los negocios con la regin;c) De la ciudad q es cabecerad) La cantidad de nacionales del EQE, q residen en ER, etc.Circunscripcin consularComo el EQE puede tener ms de una oficina consular en el ER, se denomina circunscripcin consular al mbito territorial en dnd la oficina consular ejerce sus funciones. En cuanto a sus lmites, estos no podrn alterarse sin consentimiento del ER, el cual tmb es requerido para su constitucin.

FUNCIONES1. Tradicionalmente, las funciones ms importantes de los diplomticos han sidoA) Representacin B) Informacin y ObservacinC) NegociacinD) Proteccin de los intereses del E q los enva2. Pero, a travs del tiempo, la diplomacia ha adquirido un mbito ms extenso, ya q tmb es su deber:A) Fomentar las relaciones de amistad entre los E y deB) Desarrollar su relaciones Econmicas, culturales y cientficasAs es como lo establece el Art 3 de la CV61 s/ relaciones diplomticas.Funciones de la oficina consular( Art 5 CV63)Las funciones de la oficina consular tanto de carrera como honoraria la podemos agrupar en:1. Proteccin de los intereses del E q enva y de sus nacionales.2. Promocin de las relaciones comerciales, econmicas, culturales, cientficas (CECC)3. Prestar servicios a los nacionales del E q enva.4. Brindar ayuda a los buques q tengan nacionalidad del E q enva, aeronaves matriculadas y su tripulacin.5. Informarse por todos los medios lcitos de las condiciones y evolucin de la vida CECC del ER e informar al E q enva y a las personas interesadas.6. Funciones Adm, de registro civil, notariales p/ los nacionales del E q enva y funciones Adm p/ los nacionales del ERFinLa funcin consular termina por:1. Por notificacin del EQE al ER de q se ha puesto trmino a esas funciones2. Por revocacin del exequtur3. Por notificacin del ER al EQE de q ha dejado de considerar a la persona q se trate como miembro del personal consular

AGENTESJEFE DE LA MISINPERSONAL DE LA MISINJEFE DE LA OFICINA CONSULARPERSONAL DE LA OFICINA CONSULAR

NombramientoEs de competencia interna del EA. As lo seala el Art 99 inc 7 de la CN (EL presidente de la Nacin nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios, con acuerdo del Senado)Pero si bien el EA tiene, en pcipio, la potestad de designar libremente al personal de la misin, en lo referente al JM se exige, previo a su nombramiento, la conformidad del ER con tal designacin.Dicha conformidad es una costumbre internacional de larga data y se la conoce como pedido de placet o agrement. Y la declaracin de persona grata significa q el funcionario designado obtuvo el placet del ERTmb tal pedido puede ser denegado; en tal caso, el ER no est obligado a expresar al EA los motivos de su negativa. Esto es lo q se conoce como declaracin de persona no n grata, la cual puede hacerse en cualquier momento y no slo antes de su designacin.Asuncin de funcionesEl JM asumir sus funciones en el ER desde el momento en q presente sus cartas credenciales, firmadas por su JE, y q lo acredita oficialmente para ejercerlas.El EA podr, previa notificacin, acreditar a un nico JM ante 2 o ms E q son los denominados embajadores concurrentes. EN tal caso, se podr establecer en c/u de los E en q el JM no tenga su sede permanente, un encargo de negocios ad interin al frente de la misin.FinCuando el JM termina sus funciones, por causas diversas (jubilacin, traslado) presenta, antes de su partida, las denominadas cartas de retiro o recredenciales, las q son entregas al JER.La CV61 entiende por Miembros del personal de la misin a 1. Miembros del personal diplomtico: son aquellas personas q poseen la calidad de diplomticos (ej. Consejeros o secretarios de embajada) y son diferentes al JM.En cuanto a su designacin no ser necesario el previo consentimiento del ER. Bastar la notificacin correspondiente al MRE.Sin embargo en el caso particular de agregados militares, navales o areos, el ER podr exigir q se informe con anticipacin s/ sus identidades p/ su aprobacin y la ya mencionada del JM.Por otra parte, el ER tmb podr comunicar al EA q un miembro del personal diplomtico de la misin es persona non grata o q cualquier otro no es aceptable. En tal caso, el EA retirara a esa persona o pondr termino a sus funciones en la misin, en un plazo razonable segn proceda, por las circunstancias. Y si no se cumple, el ER podr desconocerlo en su carcter de miembro de la misin.A su vez, cuando los funcionarios diplomticos concluyen sus funciones, con previa notificacin al ER, el EA puede retirar libremente a los miembros de la misin.2. Personal administrativo y tcnico: est compuesto por personas, q careciendo de estado diplomtico, estn afectadas al servicio tcnico y administrativo (ej., intrpretes, archiveros, secretarios privados, etc.)Estos gozan de estatuto privilegiado en razn de desempear tareas relacionadas con la actividad propia de la diplomacia. Nombramiento y remocin: semejante al 13. Personal de servicio: comprende los miembros empleados en el servicio domstico y de mantenimiento (ej. Choferes, personal domstico de la misin y de la residencia del JM)

DesignacinP/ ella el EQE debe recabar el asentimiento del ER, p/ lo cual remite a ste una CARTA PATENTE en la cual se consigna la circunscripcin en la q la persona designada ejercer sus funciones.El ER manifiesta el asentimiento mediante el exequtur, q podr ser denegado sin necesidad de motivar su rechazo. Es as q a una persona se la reconoce como cnsul solo dsp de haber obtenido el exequtur del ER.Funcionarios consulares de Carrera y honorariosLA CV efecta una distincin entre ambos. Los 1 son Funcionarios nacionales del EQE, mientras q los 2 son personas q normalmente son nacionales del ER o residen en forma permanente en l, y q por sus cualidades y mritos son designados p/ cumplir funciones consulares p/ el E q lo designa.Si bien ambos cumplen funciones similares, la CV limit los P e I de los funcionarios honorarios a solo los necesarios para el ejercicio adecuado de funciones consulares oficiales.

Ademas del Jefe, la oficina consular cuenta con personal Adm y tcnico.Se considera Funcionario consular a toda persona encargada del ejercicio de funcines consulares, incluido el Jefe; y por miembros del personal consular, los funcionarios consulares (excepto el jefe) los empleados consulares y miembro del personal de servicio.N de miembros q componen una OC.Debe limitarse a las exigencias de razonabilidad en funcin de las necesidades consulares y las circunstancias de la circunscripcin consularLa designacin y remocinEs libre p/ el EQE, previa notificacin al ER. Empleados contratados localmenteEstn sometidos al rgimen laboral del ER.Persona non grataEn todo momento ER podr comunicar al EQE, q un funcionario consular es persona non grata o q cualquier otro miembro ya no es aceptado. Tal declaracin no requiere motivacin alguna. En este caso, el EQE debe proceder a retirar a la persona o poner fin a sus funciones en la oficina consular. Si se negase a cumplir, el ER podr retirar el exequtur y dejar de considerarlo como miembro del personal consular.

INMUNIDADES YPRIVILEGIOS Los miembros de la flia del JM y dems agentes diplomticos y del personal adm y tcnico, q residan junto al funcionario en forma permanente, gozaran de los mismos privilegios e inmunidades del personal diplomtico siempre q no sean nacionales del ER. P/ el caso del personal tcnico y adm se exige complementariamente no tener residencia permanente en el ER Los miembros de la ME gozan en el ER de los privilegios e inmunidades p/ las misiones diplomtica en cuanto sean compatibles.En cuanto al Agente:1. Inviolabilidad personal + el ER lo tratar con el debido respeto y adoptar todas las medidas adecuadas p/ impedir cualquier atentado c/ su persona, libertad y dignidad.2. Inmunidad de jurisdiccin penal, civil y administrativa, excepto si se trata: A) De una accin real s/ Bienes inmuebles particulares radicado en el territorio del ER, a menos q el agente los posea por cuenta del EA p/ los fines de la misin.B) De una accin posesoria en la q el agente figure, a ttulo privado y no en nombre del EA, como ejecutor testamentario, administrador, herederos o legatarioC) De una accin referente a cualquier actividad profesional o comercial ejercido por el agente en el ER, fuera de sus funciones oficiales.3. Deber ser eximido de toda prestacin personal, de todo servicio pblico cualquiera sea su naturaleza. y de cargas militares tales como las requisiciones, las contribuciones y los alojamientos militares.Por otro lado tambin sern inviolables:1. Los locales de la misin: los agentes del ER no podrn penetrar en ellos sin consentimiento del JM2. Los archivos y documentos de la misin3. La correspondencia oficial de la misin: la valija diplomtica no puede ser abierta ni retenida. Adems gozar de inmunidad personal quien ejerza funciones de correo diplomtico.

De carcter impositivo:1. EL EA y el JM estn exentos de todo tipo de impuestos y gravmenes S/ los locales de la misin de q sean propietarios o inquilinos, salvo de aquellos q constituyan el pago de servicios particulares prestados.2. Los D y aranceles q perciba la misin por actos oficiales estn exentos de todo impuesto y gravamen.3. EL Agente diplomtico estar exento de todo impuesto y gravamen, salvo:a) Aquellos correspondientes a servicios particular prestados.b) Aquellos s/ bienes inmuebles privados q radiquen el territorio del ERc) Impuestos indirectos d) Impuestos s/ las sucesiones q corresponda percibir al EROtros:1. La misin y su jefe tendrn derecho a colocar la bandera y el escudo del EA en los locales de la misin, incluyendo la residencia del JM y en sus medios de transportes.2. El ER garantizara a todos los miembro de la misin la libertad de circulacin y de transito por su territorio, como as tmb permitir y proteger la libre comunicacin de la misin para todos los fines oficiales, pudiendo emplear todos los medios de comunicacin adecuados para tales fines. Sin embargo, nicamente con el consentimiento del ER podr instalar y utilizar una emisora de radio.