comité especial doc

Upload: jorge-l-casiano-rubio

Post on 01-Mar-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/25/2019 Comit Especial Doc

    1/6

    COMIT ESPECIAL

    1. Definicin.

    El comit especial viene a ser el rgano colegiado encargado de la organizacin,

    conduccin y ejecucin del proceso de seleccin, desde la elaboracin de Bases

    hasta que la buena pro quede consentida o administrativamente firme o se

    cancele.

    Es un rgano de carcter temporal, es decir, se constituye, como regla general,

    para conducir un determinado proceso de seleccin, luego del cual queda sin

    efecto su designacin. En el caso de los comits especiales permanentes la

    duracin puede ser mayor, puesto que se les encarga llevar a cabo los procesos

    de adjudicacin directa o menor cuanta que realizara la entidad! siendo

    recomendable que por lo menos cada a"o se renueve a los integrantes de este

    tipo de comits especiales. #abe indicar que en caso de $djudicaciones de %enor

    #uanta &erivada, sern conducidos por el mismo #omit Especial designado

    inicialmente.

    2. Principios de actuacin del Coit! Especial.

    2.1Cole"ialidadEst referida a la conformacin plural del #omit Especial, siempre tiene msde un integrante, ahora la regla es que los comits debern estar conformadospor tres integrantes. 'ambin est relacionado con las decisiones que adopteel #omit Especial, las que deben adoptarse como cuerpo colegiado, ello nosignifica que todos los integrantes tengan necesariamente que votar de igualforma, sino que se podr adoptar votos discrepantes los que debern serfundamentados en el acta del #omit Especial.

    2.2. Especialidad(rincipio que establece que cada #omit Especial que se constituya deber

    estar compuesto obligatoriamente por un especialista con conocimiento tcnicosobre el objeto de la convocatoria. )sualmente es que cumple esta condicines el representante del rea usuaria que es la que ha definido el requerimiento.*in embargo, en caso de compras que revistan complejidad o sofisticacin, lasentidades podrn contratar, en caso que no cuenten con personalespecializado, a e+pertos independientes.

    2.#. Solidaridad

  • 7/25/2019 Comit Especial Doc

    2/6

    (rincipio que establece que todos los miembros que integran el #omitEspecial son solidariamente responsables de su actuacin como de lasdecisiones que adopte durante su participacin en una contratacin, que laseleccin realizada se encuentre arreglada a ley y responden administrativa yo

    judicialmente, en su caso, de cualquier irregularidad cometida en la misma que

    les sea imputable. *on de aplicacin a los miembros del #omit Especial loestablecido en el $rtculo - de la presente /ey, norma que se refiere a lasresponsabilidades y sanciones que se les puede imponer.

    2.$ Autono%a(rincipio que establece que las decisiones que adopte el #omit Especial sonautnomas e independientes, no estando supeditadas sus acciones odecisiones a autoridad o funcionario de superior nivel, aun cuando sea aquelquien lo designo. 'iene relacin con la independencia con que debe actuar susintegrantes.*in embargo, esto no es absoluto, tiene sus e+cepciones, como en el caso quese presenten consultas y observaciones que tengan ver con aspectospreestablecidos en el e+pediente de contratacin 0caractersticas del bien,servicio u obra o valor referencial, entre otros1, en estos casos el comit por ssolo no puede tomar decisiones, sino que debe obtener la conformidad ya seadel rea usuaria o del rgano encargado de las contrataciones, a fin de decidirsobre dichas consultas u observaciones.

    2.&. Confidencialidad(rincipio que establece respecto a la conducta de los miembros del #omitEspecial que debern guardar reserva y confidencialidad respecto de toda lainformacin a la que tengan acceso con ocasin a su participacin en elproceso de seleccin. Esta obligacin se mantiene hasta el otorgamiento de labuena pro, pues luego de este acto, empieza a regir el principio detransparencia, que obliga al comit a brindar informacin a los participantes.

    #. Desi"nacin ' (orali)acin

    /a designacin del #omit Especial corresponde realizarla al 'itular de laEntidad, que deber hacerlo por escrito, no se requiere resolucin, no obstantees recomendable que as se haga. Esta faculta de designacin puede serdelegada por el titular de la entidad en otro rgano./a designacin del #omit Especial tiene las siguientes caractersticas2

    a. En funcin a las personas, es decir, debe identificarse e individualizarse acada integrante. $dicionalmente, se recomienda indicar los representantesdel rea usuaria y del rgano encargado de las contrataciones, paraverificar el cumplimiento de las condiciones mnimas de conformacin del#omit.

  • 7/25/2019 Comit Especial Doc

    3/6

    *. &ebe e+istir correspondencia entre el titular y suplente, lo que significa queel titular del rea usuaria deber tener un suplente del rea usuaria, eltitular del rgano encargado de las contrataciones 03E#1 deber tener unsuplente del citado rgano, el especialista tendr como suplente un

    especialista.

    c. $ los comits especiales se les designa generalmente para un determinadoproceso de seleccin, pero ello no impide que en una misma resolucin sele designe para conducir varios procesos, cada uno de los cuales debeestar identificado la dicha resolucin.

    d. /a designacin siempre debe constar por escrito. *i bien normativamenteno se e+ige que se emita una resolucin, es recomendable que se haga.

    )na vez designado el #omit Especial, el rgano encargado de lascontrataciones de /a Entidad entregara al #omit Especial el e+pediente de lacontratacin, as como toda la informacin tcnica y econmica que le servirpara elaborar las Bases y luego para conducir el proceso de seleccin.

    $. Ipedientos para ser ie*ro del coit! especial.

    &entro de una Entidad, estn impedidos de formar parte de un #omitEspecial2

    a. 'itular de la Entidad, en razn que es el que ejerce las funciones de mayorrango en el tema de contrataciones dentro de la Entidad, entre las que seencuentra la de autorizacin, aprobacin y supervisin. Es a estefuncionario a quien corresponde en principio designar el #omit Especial.Es el que debe supervisar y evaluar el desempe"o del #omit y, de ser elcaso, imponer las sanciones que corresponda.

    *. /os funcionarios que ejerzan #ontrol y fiscalizacin, estn referido a losdentro de las Entidad tiene como funcin el control y la fiscalizacin de lasgestin institucional, tales como el #onsejo 4egional en el caso de5obiernos 4egionales, el #oncejo %unicipal en el caso de %unicipalidades,las oficinas de control institucional en todas las Entidades del Estado, eneste caso si el 3#6 es rea usuaria, uno de sus representantes deberformar parte del #omit. 'eniendo en cuenta que es una norma querestringe derechos, debe interpretarse restrictivamente, es decir que el

  • 7/25/2019 Comit Especial Doc

    4/6

    concepto de control y fiscalizacin no debera ir ms all de los alcancesantes se"alados.

    c. 7uncionarios que aprobaron el e+pediente, Bases, #omit Especial yapelaciones. 'al como se"alamos anteriormente, en principio es al 'itular

    de la Entidad al que corresponde todas estas funciones, pero las mismaspueden ser materia de delegacin.(or ello es que el funcionario al que se la haya delegado alguna o todasestas funciones que incidan en el proceso de seleccin que conducir elrespectivo #omit Especial, dicho funcionario no podr formar parte de estergano colegiado.

    d. 7uncionarios o servidores con sancin vigente por su actuacin comointegrantes de un #omit. *e circunscribe a lo que tengan sancin vigente

    de suspensin, cese temporal o destitucin. 8o alcanza al caso de

    sanciones de amonestacin, sea verbal o escrita.

    e. *ancin durante su actuacin da lugar a su e+clusin. Este caso se refiereal supuesto en que un funcionario o servidor est conduciendo un proceso y

    en el mismo o en otro es sancionado por su actuacin como integrante de

    un #omit, deber e+clursele de seguir participando como parte del #omit

    Especial.

    &. Tipos de Coit! confore al alcance del encar"o.

    #onforme al alcance del encargo, el #omit Especial puede ser de lossiguientes tipos2

    a. #omit Especial2 En regla general, es el que se designa para cadaproceso de seleccin, se da en cualquier tipo de proceso, inclusive parala adjudicaciones de menor cuanta, aunque en este 9ltimo supuesto esopcional para la Entidad designar #omit Especial. Es este caso, debecumplirse a cabalidad la conformacin mnima e+igida por la normativa0representantes del rea usuaria y del 3E#1, as como la presencia deun especialista en la materia de la contratacin.

    b. #omit Especial (ermanente2 Es el que se designa para conducir las$djudicaciones &irectas (ublicas y *electivas y las $djudicaciones de%enor #uanta que lleva a cabo una Entidad. *eg9n la envergadura dela Entidad, podr tener un solo comit especial permanente paraconducir todos los procesos de seleccin antes mencionados. En otros,casos se podr designar un #.E.(. por cada tipo de proceso o seg9n elobjeto contractual, lo importante es que la propia entidad se organicepara que la laborar en los procesos de seleccin sea ms eficiente y

  • 7/25/2019 Comit Especial Doc

    5/6

    eficaz. En este tipo de comits, solo es e+igible la presencia delrepresentante del 3E#, no funciona la e+igencia de representante delrea usuaria.

    +. O*li"atoriedad del Coit! Especial

    'al como se"alamos anteriormente, el #omit Especial es el llamado aconducir los procesos de seleccin que convoca una entidad. *in embargo,tiene las siguientes e+cepciones2

    a. En los procesos de menor cuanta. Es opcional la designacin del#omits 0ad hoc o permanente1. /a entidad deber decidir siconsidera conveniente o necesaria la designacin de un comit o, delo contrario, puede optar que todas o algunas de sus $%# seaconducidas directamente por el 3E#.

    b. En las contrataciones e+oneradas. 8o se requiere designar uncomit especial, ni ad hoc ni permanente. Es el 3E# la llamada arealizar estas contrataciones, debiendo la autoridad que aprueba lae+oneracin, designar el rgano que se encargara de llevar a cabo lacontratacin e+onerada.

    ,. Conforacin del Coit! Especial#on respecto a la conformacin del #omit Especial es importante tener en

    cuenta las siguientes reglas2

    a. &eber estar conformado por : miembros. En principio sercualquier funcionario o servidor que no se encuentre en alguna delas causales de impedimento antes se"aladas.

    b. #onformacin mnima2- )n 0;

  • 7/25/2019 Comit Especial Doc

    6/6

    persona natural o una jurdica, en este 9ltimo caso la empresa contratada deberdesignar un e+perto.