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COMISIÓN ASESORA PARA LA REESTRUCTURACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA UPM INFORME FINAL DE LA COMISIÓN Versión 1.2 VICERRECTORADO DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y CALIDAD 23 de enero de 2013

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COMISIÓN ASESORA PARA LA

REESTRUCTURACIÓN

DEPARTAMENTAL DE LA UPM

INFORME FINAL DE LA COMISIÓN

Versión 1.2

VICERRECTORADO DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y CALIDAD

23 de enero de 2013

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Contenido

1.  Antecedentes ..............................................................................................................................3 

2.  Objetoyalcancedelinforme ...................................................................................................4 

3.  Informaciónutilizada ...............................................................................................................4 

4.  Descripcióndelasactividadesrealizadas ............................................................................4 

4.1. Objetivosplanteados ................................................................................................................5 

4.2. Modelosdeestructuradepartamental ..................................................................................6 

4.3.  Establecimientodecriteriosparalareestructuracióndepartamental ...........................7 

4.4.  Estimacióncuantitativadeloscriteriosdereestructuración ...........................................8 

4.5.  Planteamientoporáreasdelassimulacionesefectuadas .................................................8 

4.6.  Adecuacióndeloscriteriosalcumplimientodelanormativavigente. ..........................10 

5.  Análisisde losresultadosobtenidosrespectoalestablecimientoycuantificación

deloscriterios ..................................................................................................................................14 

6.  Conclusionesyrecomendaciones ..........................................................................................16 

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Comisión Asesora Reestructuración Departamental UPM (informe final 2013.01.23) Página 3

1. Antecedentes

 

El  25  de  octubre  de  2012  se  constituye,  a  propuesta  del  Rector,  la  Comisión  Asesora  de 

Reestructuración de  los Departamentos de  la Universidad Politécnica de Madrid  (en adelante  “la 

Comisión”), con la siguiente composición: 

 

Presidente: 

Dña. Sara Gómez Martín (Vicerrectora de Estructura Organizativa y Calidad) 

Secretario: 

D. Francisco Santos Olalla (Adjunto al Vicerrectorado de Estructura Organizativa y Calidad) 

Miembros: 

D. Emilio Mínguez Torres (Vicerrector de Planificación Académica y Doctorado) 

D. José Luis Montañés García (Vicerrector de Personal Académico) 

Dña. Carmen García de Elías (Gerente) 

D. Luis Maldonado Ramos (Director de la E.T.S. de ARQUITECTURA) 

D. José Luis Parra y Alfaro (Director de la E.T.S.I. de MINAS) 

D. Jesús Velasco Gómez (Director de la E.T.S.I. en TOPOGRAFÍA, GEODESIA Y CARTOGRAFÍA) 

D. Miguel Calvo Ramón  (Director del Departamento Señales, Sistemas y Radiocomunicaciones 

de la E.T.S. de INGENIEROS DE TELECOMUNICACIÓN) 

 

La  Comisión  ha  sido  creada  como  una  Comisión  consultiva,  y  tiene  como  función  principal  el 

asesoramiento sobre la reestructuración departamental de la Universidad Politécnica de Madrid. 

 

Hasta la redacción del presente documento se han celebrado 5 reuniones de la Comisión en fechas: 

25 de octubre de 2012, 8 de noviembre de 2012, 23 de noviembre de 2012, 29 de noviembre de 

2012 y 4 de enero de 2013. 

 

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Comisión Asesora Reestructuración Departamental UPM (informe final 2013.01.23) Página 4

2. Objetoyalcancedelinforme

 

El objeto del presente documento es presentar las conclusiones establecidas por la Comisión a partir de 

las actividades desarrolladas hasta la fecha y debatidas en las reuniones antes comentadas. 

 

El alcance del mismo queda limitado por la naturaleza consultiva que define a la propia Comisión. 

 

3. Informaciónutilizada

 

Para la preparación de las actividades descritas en los siguientes apartados del informe se ha manejado 

la información especificada a continuación, obtenida a partir de las bases de datos de la Universidad en 

fecha noviembre de 2012: 

Cuadro de departamentos que imparten docencia en cada Centro (adscritos y no adscritos al 

Centro) (fuente: elaboración propia del VEOC). 

Cuadro con número de profesores equivalentes a tiempo completo por departamentos  (fuente: 

elaboración propia del VPA). 

Cuadro con matriculación en primer semestre del curso 2012‐2013 en las titulaciones de grado y 

máster, por departamentos (fuente: elaboración propia del VEOC). 

Cuadro  con  listado  de  profesores  y  vinculación  a  centros,  departamentos,  áreas  de 

conocimiento, carácter de doctor y número de sexenios (fuente: elaboración propia del VPA). 

Cuadro con número de tesis leídas por programa desde el curso 2007‐2008 (fuente: elaboración 

propia del VPAD). 

Datos académicos correspondientes a la Universidad Politécnica de Cataluña y a la Universidad 

Politécnica de Valencia (consulta directa del VEOC a las instituciones referidas). 

 

4. Descripcióndelasactividadesrealizadas

 

Los  antecedentes  que  han  dado  lugar  a  la  constitución  de  la  Comisión,  pueden  sintetizarse  en  la 

necesidad de procurar una reducción importante del número de departamentos de nuestra Universidad. 

 

En  el  siguiente  cuadro  resumen  se  presentan  parámetros  básicos  correspondientes  a  Universidades 

afines  a  la  nuestra  (Universidad  Politécnica  de  Cataluña,  Universidad  Politécnica  de  Valencia)  y  los 

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nuestros propios, con datos que deben entenderse como aproximados, dado el carácter variable de los 

mismos y la dificultad de obtenerlos en el mismo momento. 

 

 

 

4.1. Objetivosplanteados

 

Habida cuenta de la situación reflejada en el Anexo I (que se actualizará cuando contemos con los datos 

completos  del  presente  documento)  y  conscientes  de  la  necesidad  de  reducir  el  número  de 

departamentos, se consideró por la Comisión el establecimiento de unos objetivos que, confluyendo en 

la consabida reducción, orientaran el esfuerzo a realizar hacia la consecución de dos objetivos generales: 

a) actualización y modernización de la estructura departamental de la universidad a los nuevos 

escenarios de titulaciones y centros 

b) aumento de la eficiencia de nuestra institución y su viabilidad. 

 

Se consideran como objetivos específicos los siguientes: 

 

1. Mantener y potenciar, en la mayor medida posible la coherencia académica en la distribución de 

recursos investigadores, docentes y no docentes. 

2. Mejorar la Coordinación entre Centros y con los Servicios Centrales del Rectorado. 

3. Potenciar fortalezas por complementación de puntos fuertes de cada unidad. 

4. Fomentar la movilidad de docentes e investigadores dentro de la Universidad y la versatilidad en 

la impartición de titulaciones. 

5. Reducir  costes  directos  y  establecer  economías  de  escala  en  la  distribución  de  los  recursos 

económicos. 

 

 

TODAS LAS TITULACIONES :

TOTAL PROPIOS ADSCRITOS, ASOCIADOS…

CATALUÑA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA 23 17 6 42

 VALENCIA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA 14 13 1 42

MADRID UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 23 22 1 114

MÁSTER DOCTORADO

CATALUÑA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA 3011 3000 35698 2780 12,84 2617 13,64

VALENCIA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA 2703 1367 33251 2646 12,57 1480 22,47

MADRID UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 1602 2719 38430 3280 11,72 2370 16,22

* Datos PAS curso 2011‐12

COMUNIDAD AUTÓNOMA UNIVERSIDAD

COMUNIDAD AUTÓNOMA UNIVERSIDADNº CENTROS

Nº ALUMNOS

ESTRUCTURA BÁSICA DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS ( DATOS CURSO 2012/13  )

Nº DE TITULACIONES

149

39

103

29181

34109

TOTAL 

ALUMNOSNº PROFESORES Nº PAS

RATIO 

ALUMNOS / PAS

29687

Nº 

DEPARTAMENTOS

RATIO 

ALUMNOS / 

PROFESORESGRADO O EQUIVALENTE

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4.2. Modelosdeestructuradepartamental

 

Es  obvio  pensar  que  cualquier  proceso  de  reestructuración  departamental  afecta  de  manera 

considerable al comportamiento de toda la organización, por lo que, además de establecer los objetivos 

planteados en el apartado anterior, se hacía necesario analizar hacia qué tipo de estructura organizativa 

era más recomendable orientarse.  

 

Se  presentaron  a  la  Comisión,  de  forma  esquemática,  los  distintos modelos  globales  de  estructura 

departamental que podrían establecerse. A saber: 

a. Matricial puro: los Departamentos pueden impartir docencia en todos los Centros. 

b. Jerárquico  puro:  los  Departamentos  imparten  docencia  en  un  solo  centro  pero  se 

reduce  su  número  a  un  máximo  determinado  por  cada  Centro  (función  de  unos 

parámetros a establecer). 

c. Modelo mixto: Jerárquico por áreas con distribución matricial en el área. 

 

     

  

Establecidas y debatidas  las ventajas e  inconvenientes de cada uno de  los modelos, se ha considerado 

como mejor marco de referencia para efectuar las simulaciones el modelo mixto. 

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4.3. Establecimiento de criterios para la reestructuracióndepartamental

Previamente a  la propuesta de criterios a adoptar para  la  reestructuración departamental,  se decidió 

preparar un dossier con  información correspondiente a  los departamentos actuales, para decidir si  los 

distintos  parámetros  a  considerar  tendrían  influencia  o  no,  en  los  criterios  a  establecer  para  la 

reestructuración. Dicho dossier debía incluir información sobre los siguientes aspectos: 

 

‐ Actividad Docente del Departamento: 

Centro/s en los que interviene. 

Nº de asignaturas de Grado o Postgrado oficiales cuya docencia tiene asignada. 

Nº de ECTS matriculados en las asignaturas impartidas. 

Nº de profesores equivalentes a tiempo completo. 

Nº de doctores. 

Perfil del profesorado por categorías. 

Nº de PAS. 

‐ Actividad Investigadora del Departamento: 

Nº de tesis leídas en el departamento. 

Nº de sexenios de investigación reconocidos a los profesores. 

 

A partir de esa  información se planteó una propuesta de criterios para  la configuración de  los nuevos 

departamentos.  Una  parte  de  ellos  asociados  a  la  actividad  docente  y  otra  correspondiente  a  la 

actividad  investigadora. Asimismo  se  acordó  que  se  tratara  de  criterios  aditivos,  esto  es,  que  deban 

cumplirse en su totalidad por los nuevos departamentos en el momento de su constitución: 

 

CRITERIO 1: Número de profesores equivalentes a tiempo completo (PETC). 

CRITERIO 2: Número de doctores. 

CRITERIO 3: Carga docente estimada en ECTS MATRICULADOS en un curso académico. 

CRITERIO  4:  Cociente  entre  el  número  de  ECTS MATRICULADOS  y  el  número  de  PETC  del 

departamento. 

CRITERIO 5: Número de tesis leídas en el departamento en los últimos cinco años. 

CRITERIO 6: Número de sexenios de investigación de los profesores del nuevo departamento. 

 

donde: 

ECTS MATRICULADOS: Para cada una de  las asignaturas de un plan de Estudios, producto 

del  número  de  ECTS  nominales  de  la  asignatura  (créditos  europeos  contabilizando  la 

dedicación completa del alumno), por el número de alumnos matriculados en la asignatura 

en cada curso. 

PETC: Profesor equivalente a  tiempo completo. Por ejemplo, si se considera una docencia 

nominal de 8 horas / semana, un profesor asociado 6 + 6 es un 75% de un PETC. 

 

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4.4. Estimacióncuantitativadeloscriteriosdereestructuración

 

Para  cada  uno  de  los  criterios  establecidos  en  el  apartado  anterior  se  han  fijado  los  límites  que  se 

indican a continuación: 

 

CRITERIO 1: Número mínimo de PETC = 40. Analizada la información de las actividades docentes 

e investigadora de los departamentos actuales y salvaguardando la coherencia académica en la 

distribución de recursos, se deduce que el número mínimo para formar un departamento sea de 

40 PETC. Esta cifra permitiría obtener un número de departamentos de entre 40 y 50 después 

de la reestructuración. 

 

CRITERIO  2: Número mínimo  de  doctores  =  20.  Teniendo  en  cuenta  el  número  de  doctores 

existente  y  su  distribución  por  departamentos,  esta  cifra  permite  la  reestructuración  de  los 

mismos, manteniendo la suficiente flexibilidad. 

 

CRITERIO 3: Carga docente superior a 30.000 ECTS MATRICULADOS por curso académico. Esta 

cifra se estima como el resultado del producto aritmético de los siguientes factores:  

o Número mínimo de PETC de un departamento. 

o Estimación  del  cociente  entre  ECTS matriculados  y  carga  docente  de  un  profesor  en 

horas/semana. 

o Tamaño medio de un grupo (incluyendo teoría y práctica). 

o Carga docente media en la UPM. 

o 2 semestres por curso. 

 

CRITERIO 4: Cociente ECTS MATRICULADOS / PETC superior a 500. 

 

CRITERIO 5: Número mínimo de tesis leídas en el departamento en los últimos 5 cursos = 3. 

 

CRITERIO 6: Número mínimo de sexenios de investigación = 10. 

 

4.5. Planteamientoporáreasdelassimulacionesefectuadas

 

Para comprobar la coherencia de los criterios establecidos, en sus aspectos cualitativos y cuantitativos, 

se decidió realizar una simulación de la pretendida reestructuración departamental, con casos concretos 

y datos reales o estimados a partir de los reales. 

 

Dicha  simulación  se ha efectuado de acuerdo  con el modelo departamental mixto especificado en el 

apartado  4.2.  Se  ha  planteado  una  estructura  departamental  disgregando  o  agrupando  los 

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Comisión Asesora Reestructuración Departamental UPM (informe final 2013.01.23) Página 9

correspondientes a cada una de las Áreas de actividad que se citan a continuación y, en consecuencia, a 

los Centros especificados para cada una de esas áreas: 

 

Área: Ingeniería Industrial: 

o E.T.S.I. Industriales. 

o E.T.S.I. de Minas. 

o E.U.I.T. Industrial. 

Área: Ingeniería Aeronaval:  

o E.T.S.I. Aeronáuticos. 

o E.T.S.I. Navales. 

o E.U.I.T. Aeronáutica. 

Área: Ingeniería Agroforestal: 

o E.T.S.I. Agrónomos. 

o E.T.S.I. de Montes. 

o E.U.I.T. Agrícola. 

o E.U.I.T. Foréstal. 

Área: Ingeniería de las T.I.C.:  

o E.T.S.I. de Telecomunicación. 

o E.T.S.I. en Topografía, Geodesia y Cartografía. 

o E.U. de Informática. 

o E.U.I.T. de Telecomunicación. 

o Facultad de Informática. 

Área: Ingeniería Civil: 

o E.T.S.I. de Caminos, Canales y Puertos. 

o E.U.I.T. de Obras Públicas. 

Área: Arquitectura y Edificación:  

o E.T.S. Arquitectura. 

o E.U. de Arquitectura Técnica. 

Área: Deporte:  

o Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte 

 

Los objetivos fundamentales de dicha simulación fueron: 

Comprobar si existían posibilidades razonables de establecer dicha redistribución con 

base en los criterios mínimos establecidos. 

Comprobar si los valores cuantitativos adoptados para dichos criterios son adecuados. 

 

En ese  sentido  cabe  señalar que  las  simulaciones efectuadas no  constituyen una propuesta  firme de 

reestructuración  departamental,  sino  un  ensayo  sobre  las  posibilidades  de  proceder  a  dicha 

reestructuración.  Precisamente  por  su  carácter  experimental,  en  las  simulaciones  se  ha  tratado  de 

aplicar  soluciones  ciertamente  dispares  a  situaciones  similares  con  objeto  de  vislumbrar  los  posibles 

escenarios. De ese modo, en ocasiones se han adoptado soluciones que quedan por debajo o muy por 

encima en cada uno de los criterios, con el ánimo de efectuar el análisis al que nos referimos. 

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Comisión Asesora Reestructuración Departamental UPM (informe final 2013.01.23) Página 10

 

Debe  señalarse,  adicionalmente,  que  la  información manejada  no  puede  considerarse  definitiva  en 

ningún  caso ni,  en  consecuencia,  el  análisis que de  ella pudiera desprenderse, puesto que  está muy 

condicionada por el proceso de  implantación de  las nuevas titulaciones adaptadas al RD 1393/2007. A 

modo de ejemplo, baste citar las siguientes circunstancias: 

 

Se  ha  considerado  únicamente  la  matrícula  en  el  primer  semestre  del  curso  2012/2013, 

estimándose  únicamente  de manera  aproximada  la  correspondiente  al  curso  completo,  por 

extrapolación. 

En  la mayor parte de nuestros  centros,  aún no  se  imparte  la  totalidad de  la docencia de  los 

títulos de Grado. 

No se ha comenzado la impartición de las titulaciones de másteres habilitantes ni de algunos de 

los cursos de adaptación a Grado previstos. 

El desarrollo de  los programas de doctorado en  los distintos centros de  la universidad permite 

suponer que el número de tesis leídas esté lejos de considerarse constante en el tiempo. 

…. 

4.6. Adecuación de los criterios al cumplimiento de la normativavigente.

 

Se expone a continuación un extracto de  los Estatutos de  la UPM, referido a aquellas referencias de  la 

normativa que consideramos pueden afectar a una posible reestructuración departamental, tal como se 

ha  estipulado  en  la  Comisión.  Se  acompaña  cada  uno  de  ellos  de  un  breve  comentario  sobre  la 

adecuación a los mismos de las consideraciones establecidas en el proceso de reestructuración previsto: 

 

“CAPÍTULO II – De las Escuelas y Facultades …. Artículo 8. Escuelas y Facultades …. 2. A efectos administrativos y de participación en los respectivos órganos de gobierno, se considera adscrito a una Escuela o Facultad: a) El profesorado y el personal investigador de los Departamentos correspondientes según el procedimiento señalado en los presentes Estatutos. ….”

En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos. 

“CAPÍTULO III – De los Departamentos Artículo 11. Departamentos Los Departamentos son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento, en una o en varias Escuelas o Facultades o en cualquier otro de sus Centros o Institutos de Investigación, de acuerdo con la programación

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Comisión Asesora Reestructuración Departamental UPM (informe final 2013.01.23) Página 11

docente de la Universidad Politécnica de Madrid. Así mismo, se encargan de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado y del personal investigador y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los presentes Estatutos.”

En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos. 

Artículo 12. Constitución … 2. A efectos de la constitución de los Departamentos, el número de profesores será como mínimo el establecido por la legislación vigente, si bien la Universidad Politécnica de Madrid, a través de su Consejo de Gobierno, podrá elevar esta cifra con carácter general.

En principio,  los Estatutos permiten  la modificación del número mínimo de profesores para formar un 

departamento. 

Artículo 13. Adscripción de personal 1. Todo profesor estará adscrito a un solo Departamento y a una sola Escuela o Facultad, que, salvo circunstancias especiales, será aquella en la que ejerza la mayor parte de su actividad docente. Solamente se contempla la excepción mencionada en el artículo 20.1c). (Artículo 20. Composición de los Institutos Universitarios de Investigación y de los Centros de I+D+i propios 1. Serán miembros de un Instituto Universitario de Investigación o de un Centro de I+D+i propio, sin perjuicio de la adscripción indicada en el Artículo 13.1: c) Los investigadores doctores contratados por la Universidad Politécnica de Madrid de forma permanente y con destino en el Instituto o Centro de I+D+i, independientemente de su figura contractual. En este caso, no será necesaria la adscripción a un Departamento o a una Escuela o Facultad. )

En principio no cabe ninguna  incompatibilidad con  los criterios establecidos, pero debe flexibilizarse el 

procedimiento de cambio de adscripción de los profesores a los Centros, para mejorar la eficiencia en la 

distribución de recursos. Creemos que no es necesario un cambio normativo. 

Artículo 14. Adscripción de Departamentos 2. Los Departamentos que ejerzan su actividad en más de una Escuela o Facultad serán adscritos por el Consejo de Gobierno a aquella en la que mayoritariamente lleven a cabo sus funciones, pero podrán participar en las decisiones que les afecten en las otras en que desarrollen docencia o investigación, informando a todas ellas de las actividades que lleven a cabo. 3. La iniciativa de adscripción partirá del propio Departamento y será presentada en la Escuela o Facultad respectiva, quien la informará y elevará al Consejo de Gobierno.

En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos. 

Artículo 15. Secciones Departamentales Los Departamentos podrán prever en su reglamento de funcionamiento la creación de Secciones Departamentales cuando en ellos se integren profesores que impartan docencia en dos o más Escuelas o Facultades. La creación de Secciones Departamentales deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno.

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En principio no cabe ninguna  incompatibilidad con  los criterios establecidos. La posibilidad de creación de Secciones Departamentales, si el sistema es suficientemente ágil, permite una organización flexible acorde con los criterios establecidos. 

Artículo 17. Creación, modificación y supresión 1. La creación de un Departamento, su supresión o la modificación de sus áreas de competencia científica será aprobada por el Consejo de Gobierno, previo informe de los Departamentos afectados, de la Junta de Escuela o Facultad a la que el Departamento esté adscrito y, en su caso, de las Juntas de Escuela o Facultad en las que tenga Secciones Departamentales. 2. La iniciativa de creación, modificación o supresión de un Departamento corresponderá bien al profesorado interesado o bien al Consejo de Gobierno. Cuando la iniciativa proceda del Consejo de Gobierno, deberá darse audiencia previa a los docentes e investigadores que pudieran resultar afectados por la medida. … 4. La creación, modificación o supresión de Departamentos se comunicará al Consejo Social y al Claustro Universitario.

En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.  

Artículo 30. Formación de comisiones Los órganos de gobierno colegiados y de representación y el Rector podrán establecer Comisiones Asesoras. Solamente serán ejecutivas las previstas expresamente en los presentes Estatutos.

Clarifica la naturaleza de la Comisión.  Artículo 47. Competencias del Consejo de Gobierno Además de cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes y los presentes Estatutos, serán competencias del Consejo de Gobierno: … d) Crear, modificar o suprimir Departamentos y Secciones Departamentales. ….

En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos. 

Artículo 132. Derechos del profesorado Son derechos del profesorado, además de los inherentes a su condición de funcionario o trabajador contratado: a) Ejercer las libertades de cátedra e investigación sin más límite que los establecidos por la Constitución y las leyes y los derivados de la planificación académica y organización de las enseñanzas oficiales y propias. b) Disponer de los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones, con atención específica a las personas discapacitadas y de acuerdo con las posibilidades de la Universidad Politécnica de Madrid; debiendo tenerse en cuenta criterios de eficacia y eficiencia en la distribución de tales medios. c) Participar en los órganos de gobierno y administración de la Universidad Politécnica de Madrid en la forma prevista por las normas vigentes y desempeñar los cargos y funciones para los que sean propuestos. d) Ser evaluado y conocer los procedimientos de evaluación de su rendimiento y el resultado de las evaluaciones que le afecten, así como obtener certificación de los mismos a los efectos que procedan.

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e) Ser informado de los asuntos de interés para la comunidad universitaria y en particular de cuantos acuerdos adopten los órganos de gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid que le afecten, y tener acceso a ellos permanentemente. f) Disfrutar de compensación total o parcial de los precios públicos de matriculación en la universidad para el mismo, su cónyuge o pareja de hecho legalmente reconocida y sus hijos, como ayuda social, además de las restantes que procedan. g) Asistir a cursos de especialización, perfeccionamiento y doctorado, cuyo seguimiento se entenderá como tiempo de trabajo, según reglamentariamente se establezca. h) La compensación total o parcial, como ayuda social, de los precios públicos por las enseñanzas curriculares recibidas en la universidad, y la posibilidad de obtener ayudas de matrícula en las enseñanzas extracurriculares, en particular cuando supongan perfeccionamiento profesional para los interesados. i) Conocer cualquier información que se tramite sobre su actividad y ser advertido con la debida antelación cuando los informes puedan afectar a su actividad profesional o a su promoción, para que puedan presentar las alegaciones pertinentes. j) Cualesquiera otros que les sean reconocidos por la ley o por los presentes Estatutos.

 En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.  

Artículo 138. Adscripción …. 2. Los profesores están obligados a desarrollar actividades docentes de sus especialidades en cualquiera de las titulaciones en las que el departamento imparta enseñanzas.

 Este artículo es muy favorable a la reestructuración propuesta.  

CAPITULO III - Del personal de administración y servicios Sección 1ª. Disposiciones generales Artículo 162. Dependencia 1. Corresponde al Rector el ejercicio de las competencias que en materia de personal le confiere la legislación de la Función Pública y Laboral. 2. El personal de administración y servicios estará bajo la dependencia orgánica del Rector y por delegación de éste bajo la dependencia del Gerente. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior y en los presentes Estatutos, la responsabilidad en la dirección de los servicios y del personal de los mismos corresponde al Director o Decano, Directores de Departamento o Directores de Instituto Universitario de Investigación o Centro de I+D+i, que velarán por la buena gestión de los recursos humanos y materiales adscritos por la Universidad Politécnica de Madrid para el cumplimiento de sus fines.

 En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.  

Sección 2ª. De la Relación de Puestos de Trabajo Artículo 165. Relación de Puestos de Trabajo 1. La Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid elaborará la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, según los criterios generales y de acuerdo con las necesidades docentes, de investigación y de gestión y servicios, previo informe de las Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i y de otros Centros y servicios

 

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En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.  

 

 

 

5. Análisisdelosresultadosobtenidosrespectoalestablecimientoycuantificacióndeloscriterios

 

Del  análisis  efectuado  por  los miembros  de  la  Comisión  respecto  al  resultado  de  las  simulaciones 

efectuadas, cabe extraer las siguientes consideraciones: 

 

El balance entre criterios asociados a  la actividad docente y a  la actividad  investigadora puede 

considerarse adecuado. 

Dicho  balance  favorece,  según  lo  pretendido,  la  conexión  entre  centros  de  distintas 

características, en cierto modo beneficiando la interacción entre departamentos de las escuelas 

técnicas superiores y facultades (que, en términos generales, suelen destacar en el volumen de 

la  actividad  investigadora)  y  las  escuelas  universitarias  (que,  en  general,  registran  mayor 

actividad docente). 

En algunos  casos,  la  reestructuración que parece más adecuada pasa por desagregar algunos 

departamentos  para  ordenarlos  en  otros  conjuntos.  Esta  circunstancia  favorece  la  idea  ya 

comentada de permitir con  la  reestructuración que se  reordene  la asignación de profesores a 

determinados departamentos, ya no  solo de  forma  colectiva  sino  incluso  individualizada para 

algunos docentes o pequeños grupos de docentes. 

A la vista de los ejemplos realizados, la serie de criterios establecidos garantiza cierta flexibilidad 

en el planteamiento de la reestructuración. Desde el punto de vista de la Comisión, este aspecto 

puede  considerarse  como  muy  favorable  a  los  objetivos  planteados  y  es  acorde  con  las 

tendencias actuales en organización de empresas e instituciones. 

En  términos  cuantitativos,  los  valores  elegidos  también  parecen  adecuados,  puesto  que 

permiten,  en  general,  encontrar  soluciones  que  cumplen  los  requisitos  establecidos.  Cabe 

señalar que, de todos, los criterios de carga docente son los más restrictivos, tanto en volumen 

de  créditos  matriculados  como  en  la  relación  créditos/profesores.  No  obstante,  estas 

comparaciones  están  muy  afectadas  por  la  provisionalidad  de  los  datos  administrativos 

utilizados, debido a las singularidades antes comentadas. 

En ese sentido sería recomendable establecer un margen de tolerancia para el cumplimiento de 

los  criterios, que podría plantearse para  la  totalidad o para parte de ellos. Como ejemplo,  se 

sugiere por  la Comisión el establecimiento de un margen del 10% de tolerancia en  los criterios 

establecidos. 

Puede  concluirse  que  existe  un  número  posible  de  soluciones  que,  cumpliendo  los  criterios 

establecidos,  permiten  una  reducción  de  departamentos  hasta  cifras  similares  a  las 

universidades más afines a la nuestra. 

Existen  casos  que,  debido  a  su  especificidad,  requerirán  un  tratamiento  individualizado.  Es 

paradigmático el caso del departamento de “Lingüística aplicada a la Ciencia y la Tecnología” en 

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ese  sentido, puesto que  cualquier desagregación no  tiene el volumen necesario y a  la vez  su 

integración  con  otras  áreas  de  conocimiento  aleja  la  solución  del  principio  de  coherencia 

académica. 

En relación con el momento de puesta en marcha de esta reestructuración y teniendo en cuenta 

que el proceso de adaptación al RD 1393/2007 no se encuentra aún en régimen estacionario, se 

recomienda revisar la cuantificación de los criterios establecidos con base en datos académicos 

actualizados (segundo semestre de 2013). 

Asimismo y de cara a garantizar  la sostenibilidad del sistema, debe definirse un procedimiento 

de  seguimiento  y  actualización del  cumplimiento de dichos  criterios en el  tiempo;  se  sugiere 

realizar la primera revisión al finalizar el curso 2014‐2015. 

 

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6. Conclusionesyrecomendaciones

 

Con  base  en  las  especificaciones  desarrolladas  en  apartados  anteriores,  cabe  extraer  las  siguientes 

conclusiones y/o recomendaciones: 

 

1. Modelo  Departamental:  Se  recomienda  la  implementación  de  un modelo  departamental  de 

estructura mixta por áreas de actividad. En el caso de los departamentos que imparten docencia 

en materias básicas y comunes al área, es especialmente recomendable el modelo matricial. La 

puesta en marcha de este modelo debe  facilitar  la movilidad de docentes e  investigadores en 

nuestra universidad. 

 

2. Se han previsto las siguientes Áreas de Actividad: 

Área: Arquitectura y Edificación. Área: Ciencias de la Actividad Física y el Deporte Área: Ingeniería Aeronaval.  Área: Ingeniería Agroforestal. Área: Ingeniería Civil. Área: Ingeniería Industrial. Área: Ingeniería T.I.C. 

3. Se proponen como criterios para la constitución de los departamentos los siguientes (con objeto 

de favorecer los objetivos planteados en el apartado 4.1 del presente documento): 

 

CRITERIO 1: Número mínimo de PETC = 40 CRITERIO 2: Número mínimo de doctores = 20 CRITERIO 3: Número mínimo de ECTS MATRICULADOS por curso académico = 30000  CRITERIO 4: Cociente ECTS MATRICULADOS / PETC superior a 500. CRITERIO 5: Número mínimo de tesis leídas en el departamento en los últimos 5 cursos = 3. CRITERIO 6: Número mínimo de sexenios de investigación = 10.  

4. Se propone establecer una tolerancia del 10% en el cumplimiento de todos o algunos de estos 

criterios. Asimismo  se propone  la  revisión de  los mismos en  función de  los datos académicos 

disponibles  en  el  momento  de  poner  en  marcha  la  reestructuración  y  establecer  un 

procedimiento de seguimiento y actualización de  los mismos que comience al finalizar el curso 

2014‐2015. 

 

5. Se elaborará un documento que incluya, para cada uno de los actuales departamentos, los datos 

correspondientes a los criterios establecidos, de forma que estos conozcan su situación y la del 

resto de departamentos de la UPM. Este documento se realizará cuando contemos con los datos 

académicos del segundo semestre de este curso académico. 

 

6. La Comisión estima que esta propuesta de criterios para  la reestructuración es compatible con 

el marco normativo existente. 

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7. Se recomienda el establecimiento de la siguiente Hoja de Ruta: 

1. Estudio de la propuesta por el Equipo Rectoral. 

2. Estudio de la propuesta por los Directores y Decanos de los Centros. 

3. Estudio de la propuesta por los Directores de Departamento. 

4. Presentación de la propuesta a los representantes del PDI y el PAS. 

5. Debate y adopción de acuerdos en el Consejo de Gobierno. 

 

Este proceso debería estar concluido en el mes de abril del año en curso. 

 

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Madrid, 4 de enero de 2013.