comercio internacional

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Página 1 de 50 EL COMERCIO INTERNACIONAL LA IMPORTACIÓN I. ASPECTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN 1. ¿Por qué importar? Se entiende por importación el ingreso legal de mercancías y servicios procedentes del extranjero con fines principalmente de carácter comercial, pudiendo también tener fines de naturaleza personal, social o benéfica, entre otros permitidos por nuestra legislación. En términos generales, se puede decir que se importa mercancías del exterior para el uso o consumo en el mercado nacional, contribuyéndose mediante su proceso básicamente a: a)Complementar el suministro nacional ante la insuficiencia de la producción. b)Abrir nuevas opciones de consumo y abastecimiento con mayor variedad y bajo mejores condiciones de compra. c) Fomentar la competitividad de las empresas en la oferta de productos y servicios al tener acceso a mejores insumos para la producción. Las importaciones sirven para abastecer al mercado nacional ante la insuficiencia de producción y son fundamentales para asegurar la provisión para el consumo y la producción nacional. Tal es el caso de

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Monografia de comercio internacional

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EL COMERCIO INTERNACIONALLA IMPORTACIN

I. ASPECTOS GENERALES DE IMPORTACIN

1. Por qu importar?

Se entiende por importacin el ingreso legal de mercancas y servicios procedentes del extranjero con fines principalmente de carcter comercial, pudiendo tambin tener fines de naturaleza personal, social o benfica, entre otros permitidos por nuestra legislacin.

En trminos generales, se puede decir que se importa mercancas del exterior para el uso o consumo en el mercado nacional, contribuyndose mediante su proceso bsicamente a:a) Complementar el suministro nacional ante la insuficiencia de la produccin.

b) Abrir nuevas opciones de consumo y abastecimiento con mayor variedad y bajo mejores condiciones de compra.

c) Fomentar la competitividad de las empresas en la oferta de productos y servicios al tener acceso a mejores insumos para la produccin.

Las importaciones sirven para abastecer al mercado nacional ante la insuficiencia de produccin y son fundamentales para asegurar la provisin para el consumo y la produccin nacional. Tal es el caso de importaciones de productos de alta tecnologa e insumos para la industria vinculada a sectores como comunicaciones, energa, transportes, alimentacin, minera, entre otros.

La importacin de insumos para la produccin es pieza clave para el impulso y fomento de la competitividad de las empresas, para tal efecto, existen regmenes aduaneros de fomento a empresas en actividades relacionadas con la produccin para la exportacin. De esta manera, a la par de asegurar el abastecimiento de insumos del extranjero a precios competitivos internacionalmente, se promueve el incremento de contenido nacional en las exportaciones y facilita la creacin de cadenas productivas. Los productos importados se utilizan a su vez como materiales, componentes y equipos en la produccin local.

Con ello se diversifica la gama de productos acabados y de servicios, producidos y ofrecidos por la industria nacional, as como tambin las distintas tecnologas que esta ltima puede utilizar.2. Cules son las condiciones necesarias para importar?Las personas o empresas que deseen iniciarse en la importacin, con la finalidad de evaluar su capacidad importadora y asegurar el xito en el proceso, deben tener en cuenta las siguientes condiciones bsicas para hacerlo:

a) Conocer el mercado interno. En caso de que el insumo, producto o servicio importado est destinado al mercado local, el importador debe determinar qu tan sostenible resultar la inversin en relacin al uso o prctica comercial que le da el insumo, producto o servicio importado y cul es el beneficio que se obtendr en la produccin o comercializacin en el mercado interno.

b) Conocer apropiadamente la informacin necesaria del mercado de origen del producto y de los potenciales proveedores, as como sobre los tratados, acuerdos y/o mecanismos comerciales o de incidencia arancelaria con los pases de exportacin, que le permitan al importador determinar la razonabilidad y rentabilidad econmica e impositiva de la operacin de importacin.

c) Conocer si el insumo o producto importado contar con las condiciones de infraestructura para su traslado y mantenimiento y si va a poder ser comercializado sin ningn tipo de restriccin en su uso o prctica comercial.

d) Conocer si la tecnologa a importar va a traer como beneficios economas de escala que traern consigo la reduccin de costos logrando de esa manera ser ms competitivo a nivel local y en caso se plantee exportar.

e) Si la actividad importadora permitir contar con productos o servicios competitivos en calidad y precio, que cumplan con los requerimientos y estndares exigidos por los mercados en los que se desenvuelve o a los que planea ingresar.

f) Tener acceso a informacin suficiente y oportuna, que permita tener conocimiento del mercado al cul estarn dirigidos los bienes o servicios importados, responder a las necesidades de los clientes, conocer a sus proveedores actuales y potenciales, de tal manera que se pueda responder a los requerimientos exigidos por los mercados.g) Realizacin de un planeamiento de importacin. Es recomendable realizar un estudio de mercado y factibilidad econmica de la importacin del producto que incluya los objetivos y metas de importacin, estrategias y acciones que debern realizarse para introducir, penetrar y consolidarse en el (los) mercado (s) elegido (s) a nivel local o internacional dependiendo de dnde est dirigido el bien o servicio final.3. Cules son las consideraciones previas que se deben tomar en cuenta antes de importar?

Importar es una tarea que demanda un mayor cuidado y rigor de lo que a primera vista pudiera pensarse, pues con frecuencia se habla de importar como si se tratara de una simple tarea de compra del exterior. Sin embargo esa compra es la ltima fase y la consecuencia de un conjunto de operaciones que posibilitan el paso de un producto entre el fabricante y el comprador, cuyo conocimiento sistemtico y ordenado, al igual que su aplicacin, forman el sentido mismo de la comercializacin internacional.

La importacin representa la etapa nal del proceso de colocacin de mercancas extranjeras en el mercado nacional, resultado de un conjunto de operaciones emprendidas por el importador, dentro de las que se encuentran:a) Evaluar cuidadosamente los requisitos que deben cumplirse al importar los productos, es decir, cubrir el pago a tiempo, llenar la documentacin adecuada para el ingreso de los mismos al pas, el tiempo de trnsito de las mercancas, etc.

b) Obtener informacin del mercado de origen del producto y de los potenciales proveedores: pases productores, pases comercializadores, precios, variedades, calidad, etc.

c) Conocimiento de la oferta del bien o servicio.

d) Analizar los factores de riesgo y costo de la importacin.

e) Financiamiento.

f) Contratacin de empresas en el exterior para la produccin de un bien o servicio que luego ser importado.

g) Manejar los estndares adecuados de calidad.

h) Examinar los mercados de suministros internacionales y aprovechar las mejores ofertas.

i) Definir el tipo de relacin de negocios que se debe establecer con sus proveedores para satisfacer los objetivos de la oferta.

j) Estar al tanto de las condiciones de envase, empaque y embalaje.

k) Elegir la presentacin y acondicionamiento del producto para el transporte, etc.

l) Cerciorarse de que los artculos comprados se almacenen de forma eciente y segura, que el inventario est bien hecho y que los artculos estn disponibles a bajo costo cuando se requieran.En ese sentido, para que una importacin sea una actividad permanente, eciente y rentable, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:a) Se debe contar con proveedores cuya capacidad de produccin permita suministrar los volmenes requeridos a n de importar con la continuidad y cumplimiento en los plazos y condiciones acordados.

b) Estudiar los canales de comercializacin existentes y distribucin.

c) Conocer los regmenes aduaneros e impuestos vigentes, as como las disposiciones sobre calidad, embalaje, rotulaje y aspectos sanitarios del mercado respectivo.

d) Conocer los mecanismos tributarios y aduaneros que favorecen al sector importador.

e) Utilizar la comunicacin y el idioma ms adecuado y responder todas las comunicaciones.

f) Calcular con mucho cuidado los precios de la mercanca a importar.

g) El producto o servicio debe tener una excelente calidad y un adecuado precio, as como un abastecimiento continuo a n de lograr la calidad total.

h) No considerar la estacionalidad del producto, si as lo requiere.

Hay que tener en cuenta que cuando se evala al potencial proveedor, es importante comprobar la existencia de Acuerdos Comerciales suscritos por Per y otros pases que den la posibilidad de aprovechar incentivos arancelarios para ese producto.4. Qu modalidades de importacin existen en el Per?

La Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo N 1053 publicado el 27.06.2008, considera las siguientes modalidades de importacin:A. Importacin para el consumo. Importacin a zonas de tratamiento aduanero especial Art. 50.

B. Reimportacin en el mismo estado.C. Admisin temporal para reexportacin en el mismo estado.Asimismo la normativa aduanera permite modalidades especiales de importacin de acuerdo a la naturaleza o finalidad especfica de la mercanca, entre los cuales se puede citar:

a) Importacin de Muestra sin Valor Comercial: son aquellas mercancas que nicamente tienen por finalidad demostrar sus caractersticas, carecen de valor comercial y no se pueden comercializar.

b) Importacin de Envos de Urgencia: comprende mercancas que por su naturaleza requieran de un tratamiento especial. Los despachos de importacin de estos envos se debern regularizar dentro de un plazo mximo de 15 das contados a partir del trmino de la descarga. Implican rganos, mercancas y materias perecederas, etc.c) Importacin de Envos de Socorro: comprende mercancas destinadas a ayudar a las vctimas de catstrofes naturales, de epidemias y siniestros. Implican vehculos u otros medios de transporte, alimentos, medicamentos, vacunas, etc.

d) Importacin de Envos Postales: comprende el envi de cartas, tarjetas, postales, impresos, cecogramas, pequeos paquetes, encomiendas postales, documentos valorados, remesas, cassetes, disquetes y CDs siempre y cuando no excedan de cuatro unidades y otros segn la clasifi cacin del Convenio Postal Universal. El valor FOB de los envos o paquetes postales no debe exceder los US $ 2 000.

e) Importacin de envos postales para Embajadas: ADUANAS autoriza el despacho de valijas diplomticas que contengan pequeos paquetes, estas debern tener signos exteriores visibles y slo contendrn documentos diplomticos y objetos de uso ofi cial.

f) Importacin de Mercancas para el Cuerpo Diplomtico y Organismos Internacionales: al trmino de sus funciones en el exterior, los representantes del cuerpo diplomtico y organismos internacionales podrn internar libre del pago de derechos Ad Valorem, IGV, ISC, sus muebles, enseres, efectos personales y un auto, los que debern guardar proporcin con el cargo establecido.g) Importacin de Envos Postales cuyo valor no exceda de US $ 1 000: comprenden los envos o paquetes postales para uso personal o exclusivo del destinatario (obsequios). El valor no debe exceder de US $ 100 por envo, hasta un lmite de US $ 1 000 por ao calendario.

h) Importacin de Vehculos Especiales y Prtesis para Uso de Minusvlidos: comprende el despacho de vehculos especiales y prtesis para uso de minusvlidos inafectos de derechos arancelarios y cancelando el IGV, ISC e IPM mediante documentos cancelatorios. Los vehculos podrn tener un valor mximo de US $ 10 000 CIF. Para acogerse deber adjuntarse a la Declaracin de Importacin la Resolucin Ministerial que acredite la condicin de minusvlido.

5. Qu involucra una negociacin de importacin?

La negociacin internacional forma parte sustantiva del proceso de contratacin (compra-venta) y permite delimitar el contenido del contrato, estableciendo los deberes y derechos de las partes.

Es recomendable que antes de entrar a una negociacin, los contratantes o futuros negociadores, cuenten con un cabal conocimiento de los propios intereses y los de la contraparte, a n de detectar el o los problemas a solucionar para llegar a la celebracin del contrato. Los intereses pueden ser muy diversos y variados, incidiendo directamente en el contenido de las ofertas y demandas.

El negociador debe contar con la suficiente percepcin para clasicar objetivamente dichos intereses.II. MEDIOS DE PAGO Y GARANTAS

1. Qu criterios aplica el exportador para evaluar la capacidad de pago de un cliente (importador)?

Para tomar una decisin adecuada sobre la forma de cobranza de una operacin de comercio internacional, el exportador puede considerar necesario vericar la certeza de la informacin mediante vericaciones en los consulados y agregaduras comerciales. 2. Cules son las formas de cobranza internacional?

Cuando se realiza una transaccin internacional, al igual que en cualquier operacin comercial, existe un requerimiento de realizar pagos (importador) / cobros (exportador) por los bienes transados. Entre las formas de pago / cobranza internacional se presentan las siguientes opciones:

A. Pago Anticipado. Es aquel por el cual el importador efecta el pago del monto total de la transaccin antes del embarque. En general, es una modalidad poco frecuente.

B. Pago Directo. Esta modalidad implica un pago realizado con cheque, orden de pago, giro o transferencia directamente a la cuenta del exportador; sin involucrar mayor compromiso de alguna entidad nanciera, como podra ser un banco. En esta modalidad, los riesgos los asume principalmente el exportador.

C. Cobranza Documentaria. Permite que el exportador mantenga el control de la mercanca hasta que recibe el pago o una garanta por parte del importador.

Existen dos posibilidades:a) D/P Documentos contra pago. El importador paga el efecto para recibir el documento de ttulo de la mercanca.

b) D/A Documentos contra aceptacin. El importador acepta el efecto para recibir los documentos de ttulo de la mercanca. Con la aceptacin el importador se obliga a pagar segn las condiciones del efecto.

Los bancos no asumen ningn riesgo en las cobranzas documentarias. Por esta razn las cobranzas son signicativamente ms econmicas que los crditos documentarios.

D. Cartas de Crdito o Crditos Documentarios. La carta de crdito es un documento emitido por el banco del comprador por el que se compromete a pagar al exportador si cumple correctamente con los requisitos documentales. Los crditos documentarios reducen los riesgos del exportador y del comprador de manera sustancial. E. Cuenta Abierta. Esta modalidad genera mucho riesgo para el exportador, por cuanto debe enviar la mercanca, la factura y los documentos de embarque a la empresa compradora y luego esperar el pago.

Estas ventas son conocidas tambin como ventas al crdito, ya que el exportador concede el crdito sin una garanta documentaria que le cubra la deuda del comprador.

No obstante, el pago en condiciones de cuenta abierta, respaldado por un crdito de apoyo (Stand by) o una garanta a primer requerimiento, puede ser un mtodo tan seguro como el pago por adelantado.3. Qu es una carta de crdito y cmo se opera con ella?

La carta de crdito es un acuerdo por el cual el banco del importador se compromete a pagar al exportador contra el cumplimiento de los requerimientos documentales pactados.

Una carta de crdito funciona bsicamente de la siguiente manera:

El comprador (el ordenante del crdito) llena las formas de solicitud corrientes, pidindole a su banco la admisin de su crdito a favor del exportador (el beneciario), procediendo a completar los siguientes datos:a) Datos del solicitante.

b) Datos del beneciario.

c) Si el crdito es conrmado.

d) Forma en que debe ser avisado al exterior.

e) Importe del crdito y la condicin de compra.

f) Lugar y fecha de vencimiento para la negociacin de los documentos.

Si hubiera un arreglo entre ambas partes o algn requisito de tipo legal, tambin se indicar el vencimiento del embarque.

El banco del comprador (importador) emite la carta de crdito de conformidad con las instrucciones del solicitante. Esto constituye un compromiso independiente del banco y es exigible contra este banco incluso si el comprador no est en capacidad de reembolsarle su costo al banco.

El banco que emite una carta de crdito generalmente solicita a un banco del pas del vendedor (exportador) que notique el crdito al beneciario.

El crdito puede ser pagado en las ocinas de un banco del pas del vendedor (exportador). En algunos casos, el banco del pas del exportador agrega su propia obligacin de pago mediante la conrmacin del crdito.

El exportador despacha sus mercancas y presenta sus documentos al banco para exigir su pago. El crdito puede prever que el pago se haga de inmediato o en una fecha posterior.

El banco pagador enva los documentos al banco emisor y obtiene el reembolso.El comprador recoge los documentos del banco emisor y toma posesin de las mercancas. Es posible que se le haya exigido hacer un depsito previo en efectivo en el banco.

Formas de pago de una carta de crdito

a) A la vista, o sea inmediato contra presentacin de los documentos en orden.

b) Pago a trmino, por ejemplo, pagadero a x das de la fecha de embarque.

c) Pago a trmino con aceptacin de letra, en cuyo caso se deber indicar quin aceptar la letra (el banco negociador, el banco emisor, etc.) dejando constancia de cul de las partes se har cargo de los gastos de aceptacin y/o descuento si los hubiera.

d) Pago adelantado contra simple recibo de una parte de la operacin y compromiso de entregar lo requerido dentro de los plazos del crdito o compromiso de devolucin inmediato de los importes percibidos en caso de no concretarse la operacin indicando adems las condiciones en que se abonar el saldo.

Documentos requeridos en una transaccin con una carta de crdito

Se dejar constancia de los documentos que sin ser propios ni caractersticos del embarque, el comprador considera que son necesarios para asegurarse de la cantidad, calidad, especicaciones, etc. de la mercadera solicitada.Dentro de los documentos podemos sealar tales como: Nota de Empaque,

Certicado de Peso, Certicado de Sanidad, Certicado de Anlisis, Certicado de Calidad, entre otros.

En la carta de crdito se debe especicar la forma de embarque (va area, martima, etc.), pudiendo admitirse embarques parciales y transbordo, la cantidad y detalle de la mercanca en el idioma del pas del comprador y cualquier otra especicacin que hayan tomado las partes y que se considere necesaria para la adecuada identicacin del elemento a embarcar.

Debern especicarse todas las condiciones que le sean propias de la operacin y que habiendo sido pactadas por las partes deban ser puestas en conocimiento de los bancos y dems operadores para poder obtener una adecuada conclusin de la operacin.4. Qu tipos de carta de crdito puede usar mi proveedor y qu ventajas implica para cada uno?Considerando las caractersticas de las cartas de crdito, pueden ser:

A. Carta de crdito irrevocable. La carta de crdito irrevocable no puede modicarse o cancelarse sin el consentimiento de las partes. Este compromiso fundamental permite que el exportador prepare la mercanca o la disponga para el embarque con la seguridad que recibir el pago si presenta los documentos exigidos. La nica forma de cancelarlos o modicarlos es cuando todas las partes que intervienen en la operacin expresan su consentimiento para este efecto. En caso que una carta de crdito no indique si es revocable o irrevocable, la misma ser considerada como irrevocable.

B. Carta de crdito conrmada. La carta de crdito conrmada proporciona al exportador seguridad absoluta de pago, la conrmacin de un crdito irrevocable por otro banco (banco conrmador) mediante autorizacin a peticin del banco emisor, constituye un compromiso rme por parte del banco conrmador, adicional al del banco emisor, siempre que los documentos requeridos se hayan presentado al banco conrmado o a cualquier otro banco designado conforme a los trminos y la condiciones del crdito. Generalmente esto permite que el exportador se asegure que recibir el pago de un banco local.

C. Carta de crdito no conrmada. La carta de crdito no conrmada determina que el banco del comprador deber revisar los documentos y proceder al pago, actuando el banco del exportador slo como un noticador. Es decir, esta modalidad exime a los bancos distintos al emisor de todo compromiso de pago ante el beneciario, ya que slo se limitan a noticar al beneciario los trminos y las condiciones de la operacin, el nico banco que se compromete a pagar es el emisor, pero como se seal generalmente este se encuentra en otro pas. El gran inconveniente de este tipo de carta de crdito es que el exportador no cuenta con la obligacin absoluta e incondicional del banco noticador.D. Carta de crdito a la vista o a plazo. La carta de crdito puede disponer el pago a la vista (inmediato) o el pago en una fecha venidera (crdito mediante letra a plazo).E. Carta de crdito con clusula roja. La carta de crdito con clusula roja permite que el exportador obtenga los cobros anticipados a cuenta y riesgo del comprador. El banco pagar un porcentaje del importe total del crdito.

F. Carta de crdito con clusula verde. Tiene los mismos alcances de la clusula roja, excepto que bajo la carta de crdito emitida con clusula verde

G. el pago anticipado es efectuado contra presentacin de un certicado de depsito o warrant, que asegure que la mercanca (total o parcial) est a disposicin del importador (comprador). Esta clusula tiene un menor riesgo para el importador.

H. Carta de crdito transferible. La carta de crdito transferible es aquella que da derecho al beneciario a transferir los fondos en forma total o parcial a otros beneciados. Normalmente el beneciario del crdito es el vendedor de las mercancas, sin embargo, por convenio entre las partes el crdito puede estar a favor de una tercera parte. Esta modalidad se utiliza dadas las necesidades del trco mercantil internacional, a la presencia de intermediarios que sirven de puente entre el comprador y el vendedor (broker) y a las necesidades de nanciamiento de las empresas. I. Carta de crdito Stand by. Este tipo de carta de crdito es utilizada para garantizar el pago a un acreedor, si su deudor incumple sus obligaciones contractuales, el nico requisito para que el beneciario pueda cobrarla es que compruebe normalmente con un documento certicado por un tercero que su deudor no le pago en su oportunidad.III. MARCO LEGALEl rgimen aduanero de importacin y exportacin est regulado por las siguientes normas internas e internacionales.

1. Qu bienes estn incluidos en una importacin restringida y prohibida?

Las importaciones restringidas son todos los bienes que para ingresar al pas se encuentran sujetos al cumplimiento de las exigencias que las diversas autoridades del Per establecen. Una vez cumplidos estos requisitos se da la autorizacin pertinente. Las importaciones prohibidas son aquellos bienes que, por mandato legal, se encuentra prohibida su importacin al pas, por criterios de moralidad pblica, seguridad pblica y Defensa Nacional, proteccin a la vida o la salud humana, animal o vegetal, la defensa del consumidor y proteccin del medio ambiente.

2. Qu es la OMC y qu beneficios se puede obtener como importador?

La Organizacin Mundial del Comercio (OMC) es la nica organizacin internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los pases. Los pilares sobre los que descansa son Acuerdos, que han sido negociados y firmados por la gran mayora de los pases que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos.3. Qu es y cmo est regulado un contrato de compra-venta internacional de mercancas?

Un contrato es un acuerdo de manifestacin plena de voluntades de dos o ms partes, con el propsito de definir obligaciones jurdicas para crear, regular, modificar o extinguir derechos y obligaciones de las mismas. Este acuerdo puede ser verbal o puede estar plasmado en un escrito.

El contrato de compra-venta internacional regula los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes (vendedor-exportador) y (comprador-importador), con relacin a determinado objeto, convirtindose en un acto jurdico perfecto y la transaccin absolutamente legal.

La Convencin de Viena de 1980 aprob el Contrato de Compra-Venta Internacional de Mercancas, habiendo el Per aprobado su adhesin.

4. Qu conceptos debe contemplar un contrato de compra-venta internacional de mercancas?

Son las clusulas que se refieren a tipos particulares de mercancas, esto es, aquellas que necesitan tratamiento o autorizaciones especiales.

Siempre que se produzca la exportacin de estas mercancas, sus caractersticas y particularidades deben ser mencionadas en el contrato, a fin de garantizar los derechos de las partes contratantes.

El contrato de compra-venta internacional como cualquier contrato privado entre las partes, puede contener cualquier acuerdo siempre y cuando no se encuentren prohibidos por disposicin expresa de cualquiera de los dos pases.

A fin de obtener una garanta legal y efectiva de las partes contratantes, se sealar, entre otros, las principales clusulas que debern constituirse en la esencia del contrato:a) Informacin del exportador e importador.

b) Descripcin de la mercanca objeto del contrato, especificndose el peso, embalaje, calidad, cantidad, etc.

c) Precio unitario y total.

d) Condiciones y plazos de pago.

e) Documentos exigidos por el importador.

f) Plazo de entrega o de disponibilidad.

g) Modalidad de seguro.

h) Modalidad de transporte y pago de flete.i) Lugar de embarque y desembarque.j) Inclusin de los costos en el precio de la mercanca, para la obtencin de documentos requeridos para la exportacin.

A n de obtener una garanta legal y efectiva de las partes contratantes, sealaremos el modelo del contrato de compra-venta con las principales clusulas que debern constituirse en la esencia del contrato.MODELO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA INTERNACIONAL

El..(fecha) y en ..........(lugar) la rma.....(nombre) a la que en adelante se identicar como el Vendedor, domiciliada en......(lugar, ciudad, pas) ha vendido a ...(nombre), a quien en adelante se identicar como el Comprador, domiciliado en...(lugar, ciudad, pas) las mercancas que se detallan en este contrato y con sujecin a las estipulaciones que en el mismo se consignan:

a) Mercanca (Por ejemplo, melocotones enlatados).

b) Cantidad (Dos mil cajas que contendrn 24 latas 460 gramos c/u).

c) Calidad (marca o tipo de melocotn) (nunca consignar de primera o de segunda).

d) Especicaciones (Partidos por mitades y conservados en almbar)

(indicar el porcentaje de azcar y agua).

e) Precio Unitario ... (US $por caja).f) Precio FOB total (US $).g) Embalaje en (Cajas de cartn zunchadas, reunidas en grupos de

50 cajas).

h) Entrega (FOB Callao).

i) Fecha de embarque ...(Entre el.y eldede 2013).

j) Seguro (A cargo del comprador).

k) Forma de pago... Simultneo a la entrega (o en el momento de

embarque), (antes de la entrega), (a la recepcin de la mercanca) (despus de la entrega).

l) Pago... (A la vista, a 30, 60, 90 das, contados desde la fecha del embarque o desde la fecha de llegada al puerto de destino).

m) Medio de pago... (Crdito documentario, cobranza bancaria, etc.).

n) Gastos bancarios... (Todos por cuenta del comprador, o slo los originados en el pas del comprador a cargo de ste).

) Carta de Crdito... (Irrevocable, conrmada, a la vista, aperturado por el Banco A y conrmado por el Banco B).

o) Otras Condiciones Especiales:

Los contratantes se sujetan a las disposiciones establecidas en la Convencin de Viena de 1980 que regula los Contratos de Compra-Venta Internacional.

Los trminos comerciales indicados en el presente contrato se entendern referidos a los Incoterms 2010.

Las eventuales desavenencias que surjan de la interpretacin del presente contrato sern resueltas por un tribunal arbitral designado por la Cmara de Comercio Internacional con sede en Pars.

Clusulas especiales de premio, de penalizacin, condicionales (sujeto a licencia), de fuerza mayor, etc.

Firmado en 2, 4, 6 ejemplares el daen20135. Qu es la Cmara de Comercio Internacional y su centro de arbitraje?

La Cmara de Comercio Internacional es la nica organizacin empresarial que representa mundialmente los intereses empresariales. Se constituy en Pars en 1919 y contina teniendo su sede social en la capital francesa. Sus nes estatutarios bsicos son actuar a favor de un comercio abierto y crear instrumentos que lo faciliten.

El Arbitraje Internacional se genera en razn de que las partes contratantes (exportador - importador) son sujetos que se encuentran en pases distantes, con idiomas diferentes y leyes que regulan algunas materias en forma distinta.

Las partes al tener un conicto por algn incumplimiento a lo establecido en el contrato de compra-venta, muchas veces no pueden recurrir a la autoridad judicial correspondiente al pas de origen de la parte demandada por resultar muy oneroso.

El Arbitraje Internacional es un procedimiento jurdico que debe ser previamente establecido entre los contratantes, y ejecutado cuando uno de ellos o ambos dejen de cumplir una o ms clusulas contractuales.

El arbitraje es un proceso adaptado por los pases de un modo general, tratando de eliminar sus controversias, mediante el acatamiento de decisiones basadas en las Reglas y Normas del Derecho Internacional, emanadas de comn acuerdo, independientemente de los tribunales ya existentes.

Las actuaciones arbitrales terminan con el laudo denitivo, o por una Resolucin del Tribunal Arbitral, las cuales son las decisiones de los rbitros sobre la materia de la controversia.

Contra un laudo arbitral internacional slo procede interponer un Recurso de Anulacin ante la Corte Superior del lugar de la sede del Arbitraje.

IV. REGIMEN ARANCELARIO

1. Qu es una partida arancelaria y cmo est clasicada?

Para realizar las operaciones de exportacin e importacin, las empresas necesitan identicar los productos a comercializar, ya que esto permite el reconocimiento del arancel a aplicar, la existencia de las preferencias arancelarias, y una correcta recopilacin de datos estadsticos.La partida arancelaria es la unidad en que se divide la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designacin y Codicacin de Mercancas. Esta consiste en la descripcin detallada de un producto con el objetivo de hacer ms fcil la identicacin y procesamiento aduanero.

El Sistema Armonizado fue creado especcamente como una clasicacin universal de productos con el n de facilitar el ujo de mercancas a travs de las fronteras. Es utilizado para el tratamiento y la transmisin de datos, con una terminologa y un cdigo comn para identicar las categoras de los productos, bienes y/o mercancas transportables, incluso aquellas que no fuesen objeto de intercambios internacionales.

La nomenclatura presenta ms de 5000 grupos de mercancas identicadas mediante un cdigo de seis cifras y contiene las deniciones y reglas necesarias para su uniforme aplicacin.Como nomenclatura estructurada para la clasicacin utilizada por el Arancel de Aduanas, el Sistema Armonizado tambin constituye una estructura legal y lgica con un total de ms de 6300 partidas agrupadas en 97 Captulos Arancelarios, a su vez articulados en 21 secciones.

El Per, para la clasicacin arancelaria de sus productos, emplea la Nomenclatura Comn de los Pases del Acuerdo de Cartagena (NANDINA), que est basada en el Sistema Armonizado y consta de ocho (8) dgitos: los dos primeros identican el captulo; el tercero y cuarto, la partida del sistema armonizado; el quinto y sexto la subpartida; y, el stimo y octavo la subpartida regional.

La clasicacin arancelaria peruana consta de diez (10) dgitos, de los cuales los ocho primeros pertenecen a la NANDINA y el noveno y dcimo son empleados para clasicar con mayor detalle los productos a nivel pas.

2. Cmo realizar una clasicacin?

Para la correcta clasicacin arancelaria de las mercancas no hay atajos ni frmulas, el nico camino conocido implica realizar una bsqueda con detenimiento.Inicialmente una mercanca puede tener a primera vista dos, tres o ms posibles partidas que parecen ser pertinentes. Por ello, se debe analizar cada una de stas a fondo. Hay muchos casos que demandarn horas de estudio y anlisis. Nunca se aventure a dar una subpartida sin haber estudiado el caso detenidamente. Por tal razn se recomienda acudir a un agente de aduanas o empresas especializadas.

A continuacin se presenta una aproximacin a una estrategia, que le puede servir en un principio. Ms adelante con la experiencia se va adquiriendo velocidad y seguridad.A. Identicacin de la mercanca. Se requiere que el producto sea identicado plenamente para poder asignarle la subpartida arancelaria nica que le corresponde. Las mercancas objeto de comercio, generalmente se designan por sus nombres comerciales, pero para describirlas ante las autoridades que regulan el comercio exterior, es necesario ampliar esa denominacin, utilizando tambin el nombre genrico y otros datos que permitan establecer la individualizacin del producto. Existen dos formas de establecer la identicacin de la mercanca.a. Documental. Requiere el aporte de literatura tcnica, catlogos o folletos para aparatos, mquinas y equipos. Tambin se puede buscar por Internet, ya que casi todas las grandes compaas del mundo tienen su propia pgina en la red.

Para productos qumicos, textiles, papeles, productos de siderurgia, se requiere el suministro de anlisis qumico de composicin y literatura tcnica sobre caractersticas y uso.Es importante determinar el uso al que est destinado el producto porque proporciona una gua clave para su ubicacin dentro de los captulos del arancel, que estn ordenados ascendentemente desde materias primas a productos de alta elaboracin.b. Por reconocimiento. Se presenta en dos formas: reconocimiento directo por parte del clasicador o reconocimiento indirecto, mediante el reporte elaborado por el auxiliar que practique la diligencia.B. Leer notas de la seccin. Una vez identicada plenamente la mercanca, es posible establecer en principio 1, 2 3 posibles partidas. Empiece su estudio por la seccin del arancel que comprende cada una de las posibles partidas. Conrmar o descartar con la lectura y anlisis de las Notas Legales de Seccin. Recuerde que los ttulos de secciones y captulos slo tienen un valor indicativo, que sirve para la bsqueda inicial. C. Leer notas del captulo. Una vez establecida la seccin, se pasa a determinar el captulo del arancel que correspondera a la mercanca. Tambin se sigue el mtodo de conrmar o descartar el captulo mediante la lectura y anlisis de las Notas Legales del Captulo. Recuerde que los ttulos de secciones y captulos slo tienen un valor indicativo, que sirve para la bsqueda inicial. D. Leer el texto de la partida arancelaria y de sus notas explicativas. Ya establecido el captulo, se pasa a determinar la partida arancelaria bsica (4 dgitos). Esta se conrma o se descarta con la lectura y anlisis del Texto de la Partida, conocido como el encabezamiento del arancel, y con la lectura y el anlisis de las Notas Explicativas correspondientes a la partida.Las Notas Explicativas del Sistema Armonizado contienen la interpretacin ocial aprobada por la Organizacin Mundial de Aduanas (OMA), para cada partida arancelaria, y suministran indicaciones detalladas sobre el contenido de cada partida y la lista de los principales artculos comprendidos en ella, as como las exclusiones.

Tambin presentan precisiones de orden tecnolgico relativas a las mercancas, sus descripciones, sus propiedades, su modo de obtencin, sus usos y las dems informaciones de utilidad prctica que permiten la identicacin de las mercancas.

Este anlisis de las Notas Explicativas de la partida es muy importante porque de su estudio se puede desprender que la partida asignada en principio no es la que corresponde al artculo a clasicar y entonces se debe entrar a estudiar y analizar otra u otras partidas factibles.E. Determinar la subpartida arancelaria. Una vez establecida la partida arancelaria, se procede al anlisis dentro de ella, para ubicar la subpartida correspondiente al producto. Se comienza con el anlisis de los textos de subpartida y la lectura de las notas de subpartida si las hay.

Aqu entra en juego el manejo de los guiones, que vinieron a sustituir al sistema alfanumrico de la anterior Nomenclatura Arancelaria de Bruselas.

Estos guiones son guas para establecer los desdoblamientos que se van sucediendo dentro de cada partida. Las comparaciones deben hacerse entre subpartidas con el mismo nmero de guiones. El anlisis de los guiones, desdoblamientos y subpartidas dentro de una misma partida arancelaria, permite determinar la subpartida arancelaria denitiva que le corresponde

al producto.

Nunca se precipite a buscar una subpartida sin haber conrmado y vericado antes que su producto se acomoda al Texto de la Partida. Trate de evitar desde un principio esta prctica, que generalmente conduce a errores en la clasicacin.

3. Dnde buscar la partida arancelaria?

Para identicar la partida arancelaria que le corresponde a un producto que se desea importar, se recomienda visitar la siguiente direccin electrnica:

http://www.aduanet.gob.pe/operatividadAduana/index.html.

A travs de esta ser posible hallar una base de datos que brindar las diversas opciones relacionadas ingresando el cdigo del producto (partida arancelaria) o la descripcin del mismo. Por ejemplo, si usted desea buscar mermelada de pia, debe introducir en el campo de descripcin la palabra mermeladas y aparecern todas las posibles partidas que se vinculan al producto buscado.

4. Cmo determina Aduanas el valor de las mercancas?

A partir del ao 2000, se ha dispuesto la aplicacin de Normas de Valoracin aprobadas por el Acuerdo Relativo a la Aplicacin del Artculo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de la OMC, para el 100% de las Partidas Arancelarias del Sistema Armonizado contenidas en el Arancel de Aduanas.En este sentido, para determinar el valor de la mercanca importada a efecto de establecer la base imponible para el pago de los derechos e impuestos aduaneros, existe el siguiente sistema: A. Sistema de Valoracin basado en el Acuerdo del Valor de la OMCEste sistema que rige a partir del ao 2000, se fundamenta en el Valor de Transaccin (nocin positiva del valor), precio realmente pagado o por pagar por las mercancas cuando se venden para su exportacin al pas de importacin, ms los ajustes contenidos en el Art. 8 del Acuerdo del Valor de la OMC cuando corresponda, los cuales son objetivos cuanticables y taxativamente expresados en la norma.

No obstante cuando Aduanas tenga motivos para dudar de la veracidad o exactitud de los datos o documentos presentados podr pedir al importador informacin complementaria, el cual deber entregarla en el plazo de diez das. Si aun existieran dudas razonables por parte de Aduanas, esta podr decidir que el valor no se determine en base al valor de transaccin, pasando a aplicar los otros mtodos de valoracin en forma sucesiva y ordenada. En este caso, el importador tendra la opcin de iniciar un procedimiento contencioso y/o retirar la mercanca presentando una garanta equivalente a la diferencia entre la cuanta de los tributos cancelados y aquellos objetos de revisin.

En este Sistema, el valor de las mercancas importadas se aplicar en forma sucesiva y excluyente en el siguiente orden:a) Valor de la transaccin de las mercancas importadas.

b) Valor de la transaccin de las mercancas idnticas.

c) Valor de la transaccin de las mercancas similares.

d) Valor deducido.

e) Valor reconstruido.

f) Valor del ltimo recurso.5. Cul es el rgimen tributario aplicable a las importaciones?

Segn el tipo de mercancas, la importacin est afecta al pago de lo siguiente:

A. Derechos Ad ValoremObjeto del impuesto: Grava la importacin de todos los bienes. Base imponible: valor CIF aduanero determinado segn el Acuerdo del Valor de la OMC. Tasa impositiva: Actualmente en tres niveles 0%, 6% y 11%.B. Derechos Correctivos Provisionales Ad Valorem

Medida de salvaguardia provisional andina, de carcter correctivo no discriminatorio. Tasa: 29% Ad Valorem CIFC. Derechos Especcos-Sistema de Franja de Precios (SFP)

Objeto del impuesto: tiene la naturaleza de derecho arancelario y grava las importaciones de los productos agropecuarios tales como arroz, maz amarillo, leche y azcar (productos marcadores y vinculados), jando derechos variables adicionales y rebajas arancelarias segn los niveles de Precios Piso y Techo determinados en las Tablas Aduaneras.

Determinacin del impuesto: los derechos adicionales variables y las rebajas arancelarias se determinan sobre la base de las Tablas Aduaneras vigentes a la fecha de numeracin de la DUA de importacin, aplicando los precios CIF de referencia de la quincena anterior a dicha fecha en dlares americanos por cada tonelada mtrica. En caso de existir fraccin en el peso neto se cobrar la parte proporcional que corresponda.

El artculo 4 del Decreto Supremo N 153-2002-EF establece que los derechos variables adicionales sumados a los derechos Ad Valorem y CIF incluida la sobretasa adicional arancelaria no pueden exceder del Arancel Tipo Bsico consolidado por el Per ante la OMC, para las subpartidas nacionales incluidas en el Sistema de Franja de Precios.

Tasa: variable.D. Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

Objeto del impuesto: grava la importacin de determinados bienes tales como combustibles, licores, vehculos nuevos y usados bebidas gaseosas y cigarrillos. El impuesto se aplica bajo tres sistemas:

a) Sistema al valor: la base imponible la constituye el valor CIF aduanero determinado segn el Acuerdo del Valor de la OMC ms los derechos arancelarios a la importacin.

Tasas: variable.b) Sistema especco: la base imponible lo constituye el volumen importado expresado en unidades de medida.

Tasas: variable.c) Sistema de precio de venta al pblico: la base imponible est constituida por el precio de venta al pblico sugerido por el importador multiplicado por el factor 0.840.

E. Impuesto General a las Ventas (IGV)

a) Objeto del impuesto: Grava la importacin de todos los bienes.

b) Base imponible: El valor CIF aduanero determinado segn el Acuerdo del Valor de la OMC ms los derechos arancelarios y dems impuestos que gravan la importacin.c) Tasa: 16% F. Impuesto de Promocin Municipal (IPM)

Objeto del impuesto: este tributo grava la importacin de los bienes afectos al IGV.

a) Base imponible: la misma del IGV.

b) Tasa impositiva: 2%.G. Derechos Antidumping y Compensatorios

a) Objeto del derecho: los derechos antidumping se aplican a determinados bienes cuyos precios dumping causen o amenacen causar perjuicio a la produccin peruana. Los derechos compensatorios se aplican para contrarrestar cualquier subsidio concedido directa o indirectamente en el pas de origen, cuando ello cause o amenace causar perjuicio a la produccin nacional.

Para la aplicacin de ambos derechos debe existir resolucin previa emitida por el Indecopi. Los derechos antidumping y los compensatorios tienen la condicin de multa.a) Base imponible: monto al que asciende el valor FOB consignado en la factura comercial sobre la base del monto jo por peso o por precio unitario.

b) Monto: variable.H. Rgimen de Percepcin IGV Venta Internaa) mbito de aplicacin: el rgimen se aplica a las operaciones de importacin denitiva que se encuentren gravadas con el IGV, y no ser aplicable a las operaciones de importacin exoneradas o inafectas a dicho impuesto.

b) Importe de la operacin: est conformado por el valor CIF aduanero ms todos los derechos y tributos que graven la importacin y, de ser el caso, la salvaguardia provisional, los derechos correctivos provisionales, los derechos antidumping y compensatorios.Las modicaciones al valor en Aduanas o aquellas que se deriven de un cambio en las subpartidas nacionales declaradas en el DAM (DUA) sern tomadas en cuenta para la determinacin del importe de la operacin, aun cuando estas hayan sido materia de impugnacin, siempre que se efectu con anterioridad al levante de la mercanca y el importe de la percepcin adicional que le corresponda al importador por tales modicaciones sea mayor a cien nuevos soles (S/. 100).

El importador, sujeto del IGV, podr deducir del impuesto a pagar las percepciones que le hubieran efectuado hasta el ltimo da del perodo al que corresponda la declaracin.Porcentajes sobre el importe de la operacin: 10% cuando el importador se encuentre a la fecha en que se efecta la numeracin del DAM (DUA) en alguno de los siguientes supuestos:a) Tenga la condicin de domicilio scal no habido.

b) La SUNAT le hubiera comunicado la baja de su inscripcin del RUC.

c) Hubiera suspendido temporalmente sus actividades.

d) No cuente con RUC o no lo consigne en el DAM (DUA).

e) Realice por primera vez una operacin y/o rgimen aduanero.

f) Estando inscrito en el RUC no se encuentre afecto al IGV.

5% cuando el importador nacionalice bienes usados.

3,5% cuando el importador no se encuentre, en ninguno de los supuestos antes mencionados.

La SUNAT podr establecer, para determinados bienes que se sealen por resolucin de superintendencia, que el monto de la percepcin se determine considerando el mayor monto que resulte de comparar el resultado obtenido de:a) Multiplicar un monto jo por el nmero de unidades del bien importado consignado en la DUA. Al monto resultante se le aplicar el tipo de cambio promedio ponderado venta.

b) Aplicar los porcentajes 10%, 5% o 3,5% segn corresponda sobre el importe de la operacin.6. Cmo se calculan los derechos e impuestos de importacin?

Las variables a considerar para el clculo de los derechos e impuestos a la importacin se detallan a continuacin:

PEGAR FIGURA7. Qu es y dnde obtengo el certicado de origen?

Es el documento que identica el origen de las mercancas importadas, a efectos que el importador pueda acogerse a una preferencia o reduccin arancelaria que otorgan los Estados en el marco de los tratados o acuerdos comerciales internacionales que nuestro pas mantiene con sus pares en el mundo. La mercanca negociada est determinada por la subpartida arancelaria, descripcin y/o observaciones que el acuerdo establece para que se benecie de las preferencias arancelarias.

Tipos de Certicado de Origen

a) Formato A Sistema General de Preferencias: destinado para las exportaciones que gozan del Sistema Generalizado de Preferencias SGP-, (USA, Unin Europea, Japn, Corea, Canad, Australia, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, Bulgaria, Repblica Checa, Hungra, Polonia, Rusia y Eslovaquia).

b) Formato ALADI: destinado para las exportaciones a los pases que integran la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), la Comunidad Andina (CAN) y MERCOSUR.

c) Formato ALADI-Chile: destinado para las exportaciones a Chile.

d) Formato Sistema Global de Preferencias Comerciales (SGPC): destinado para las exportaciones a los pases con los cuales no tenemos Preferencia Arancelaria o Acuerdo Comercial Bilateral.

e) Certicado de origen no preferencial, que permita vericar el origen de la mercancas, aun no tenga preferencias arancelarias, mayormente se utiliza para evitar la aplicacin de derechos compensatorios antidumping.

El Certicado de Origen se puede solicitar en la Asociacin de Exportadores (ADEX), Cmara de Comercio de Lima, la Sociedad Nacional de Industrias, las cuales estn autorizadas para la emisin de dichos documentos por delegacin de funciones concedida por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).

a) ADEX: Asociacin de Exportadores.

b) CCL: Cmara de Comercio de Lima.

c) SNI: Sociedad Nacional de Industrias.

d) Otras cmaras de comercio regionales.V. TRAMITES Y DOCUMENTOS 1. Cules son los documentos aduaneros que se necesitan para importar?

A. Para el Despacho Normal:a) Declaracin Aduanera de Mercancias (DAM) antes Declaracion nica de Aduanas (DUA) debidamente cancelada:

Es un documento ocial exigido por la Aduana para regularizar todo despacho de importacin permitiendo el ingreso legal de las mercancas procedentes del exterior. Dicho documento debe ser confeccionado y suscrito por el agente de Aduanas o despachador ocial, sobre la base de los datos del conocimiento de embarque, la factura comercial, el informe de vericacin, etc.b) Factura comercial original:

Documento privado que el exportador extiende al importador como constancia de venta, en la cual se indican los pormenores de la mercanca embarcada (descripcin, precio, cotizaciones, nmero de bienes, etc.). Las facturas de importacin en el Per se encuentran reguladas por la Circular N 46-21-98-INTA de Aduanas, que establece que para el caso de operaciones de importacin se deber emitir facturas que contengan la informacin mnima siguiente: Nombre o razn social del remitente y domicilio legal.

Nombre o razn social del importador y su domicilio.

Nmero de orden, lugar y fecha de su formulacin.

Marca, otros signos de identicacin, numeracin del bulto, clase de los mismos y peso bruto de los bultos.

Descripcin detallada de la mercanca, indicndose: nmero de serie, cdigo, marca, caractersticas tcnicas, estado de la mercadera (nueva o usada), ao de fabricacin u otros signos de identicacin si hubiere.

Origen de la mercanca, entendindose por tal, el pas en que se ha producido.

Valor FOB unitario de la mercanca segn la forma de comercializacin en origen, sea por medida, peso, cantidad u otras formas.

Declaracin y subpartida nacional del bien. Nmero y fecha del pedido o pedidos que se atienden. Nmero y fecha de la carta de crdito que se utilice en la operacin, cuando lo hubiere.c) Documento de transporte (Conocimiento de Embarque, Gua Area, Aviso Postal o Carta Porte, segn el medio de transporte utilizado):

Este documento es uno de los de mayor importancia dentro de la importacin por constituir el documento que acredita la propiedad de la mercadera, siendo a la vez contrato de transporte entre el cargador y el transportador, como la prueba del cargamento de la mercadera a bordo de la nave.Las caractersticas relevantes de este documento son: Instrumento probatorio del contrato de transporte.

Es prueba de la carga de la mercadera.

Es prueba de la titularidad y de la propiedad de la mercadera.

Es un ttulo de crdito y por consiguiente es transmisible por endoso documento negociable o cesin.

d) Pliza de seguro de transporte (Opcional):

Documento emitido por la compaa de seguro o su agente, en virtud de la cual la mercanca quedar cubierta contra determinados riesgos de transporte especicados en la pliza y hasta un determinado importe que no puede ser superior al valor facturado.

La prima de seguro es jada de acuerdo con la modalidad de embarque, la especie y el valor de la mercanca.Otros documentos que la naturaleza del rgimen requiera, conforme a las disposiciones especcas de la materia.B. Para el Sistema de Despachos Urgentes:

a) Declaracin Aduanera de Mercancas DAM debidamente cancelada.

b) Autorizacin emitida por el sector competente segn corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la mercanca.

c) Copia de factura comercial.

d) Certicado de origen cuando corresponda.

e) Autorizacin para el despacho urgente, en los casos de mercancas que requieran la calicacin por el intendente de Aduana.C. Para el Sistema de Despacho Anticipado Aduanero de Importacin:

a) Declaracin Aduanera de Mercanca DAM numerada y debidamente cancelada antes del arribo del medio de transporte.

b) Fotocopia autenticada de la factura comercial.c) Fotocopia autenticada o copia carbonada del documento de transporte, dependiendo del medio empleado.

d) Fotocopia autenticada del documento de seguro de transporte, de corresponder.

e) Copia de la autorizacin emitida por el sector competente, segn corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la mercanca.

f) Fotocopia autenticada del Certicado de Origen, cuando corresponda.

g) Ticket de balanza, constancia de peso, volante de despacho, autorizacin de salida u otro documento similar que acredite el peso y nmero de los bultos o contenedores, o la cantidad de mercanca a granel descargada.

h) Otros documentos que requiera la naturaleza del despacho.2. Cules son los documentos adicionales utilizados en la importacin?

Los documentos adicionales dependern del tipo de producto a ser importado, debiendo de presentarse los certicados requeridos por el comprador para el ingreso al pas de destino. Por ejemplo, en el Per se cuenta con diversas instituciones para la emisin de certicados ms comunes que suelen utilizarse para atestiguar origen, calidad, anlisis, sanidad, peso, inspeccin, etc. Dada su funcin estos pueden ser emitidos por autoridades ociales o sus delegados o bien por entidades privadas de control.A. Certicado sanitario

De aplicacin generalmente para mercaderas de uso o consumo humano solicitado por el comprador y emitido por una autoridad competente (SENASA, DIGESA o DIGEMID), conrman que las mercancas consignadas no estn afectas a ninguna enfermedad o insectos nocivos si se tratara de productos alimenticios y que han sido elaborados de conformidad con las normas prescritas.Como por ejemplo:a) Productos agrcolas y agropecuarios que requieren el Certicado Fitosanitario otorgado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), organismo pblico descentralizado del Ministerio de Agricultura.

b) Productos de especies animales que requieren obtener el Certicado Zoosanitario otorgado por el SENASA.

c) Productos pesqueros y harina de pescado as como alimentos envasados que requieren obtener el Certicado de Sanidad y el Certicado de Habilitacin de Planta a travs de la DIGESA, organismo dependiente del Ministerio de Salud.

d) Productos de consumo elaborados que requieren obtener un Certicado Sanitario otorgado por la Direccin General de Salud (DIGESA), organismo pblico descentralizado del Ministerio de Salud.

e) Certicado tosanitario del pas de origen.

f) Certicado zoosanitario del pas de origen.B. Certicado de calidad emitido en origen

La exportacin de productos alimenticios podr contar con un Certicado de Calidad cuando lo requiera el importador. Dicho documento puede ser otorgado y emitido por cualquiera de los laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Defensa a la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Dentro de los laboratorios acreditados se encuentra SGS, INASSA, COTECNA INSPECTION, etc.C. Certicado de origen

Este documento tiene por nalidad garantizar el origen de las mercancas, permitiendo a los importadores acogerse a las preferencias arancelarias que otorga el pas exportador, en virtud a los acuerdos bilaterales o unilaterales los cuales los concede el pas (CAN, ALADI, SGP, ATPDEA, CEE, etc.).D. Certicado de origen no preferenciales

Este documento tiene por nalidad acreditar el origen de la mercanca y garantizar la no aplicacin de derechos compensatorios o derechos antidumping.