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Sede Nacional Carrera 26 No. 30 - 70 PBX. (7) 6803737 FAX. (7) 6358610 Bucaramanga - Colombia Solsalud- COMUNICADO DECRETO 4023 COMIENZA OPERACIÓN El 01 DE AGOSTO DE 2012 Señor Aportante En nombre de SOLSALUD EPS reciba un cordial saludo y agradecemos la confianza que a depositado en nosotros para la prestación de los servicios de salud. En cumplimiento de lo ordenado por el Ministerio de Salud y Protección Social según Decreto 4023 de 2011, el cual inicia su vigencia el día 01 de Agosto de 2012, así como la entrada en vigencia del Decreto 1627 de 2012 el cual aplaza parcialmente algunos artículos del Decreto 4023 de 2011, pero ratifica la obligatoriedad del manejo del recaudo del régimen Contributivo utilizando las cuentas recaudadoras maestras creadas por la EPS y así mismo el pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de la Planilla Integrada de Liquidación de aportes PILA, nos permitimos informarle lo siguiente: Los aportes a salud de sus trabajadores afiliados a SOLSALUD EPS deben ser realizados única y exclusivamente por Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), la cual debe ser liquidada por los operadores de información a través de Internet o mediante planilla Asistida. A continuación se relaciona el listado de los operadores de información: OPERADOR PÁGINA WEBI E-MAIL TELEFONOS LIQUIDACION MORA Línea en Bogotá Planilla Electrónica: 404 90 50 Planilla Asistida: 404 iD 64 www.financiera.coomeva.com.co Línea en Medellín COOMEVA Planilla Electrónica: 384 82 00 Cualquier año FINANCIERA www.coomeva.com.co Planilla Asistida: 384 82 22 Otras ciudades Planilla Electrónica y Planilla Asistida 01 8000 111764 Línea nacional 01 8000 121260 www.asocajas.org:co ASOCAJAS Línea en Bogotá 2007 en adelante e-rnaü: [email protected] 403 0300 - 249 468 Ext. 101, 123 - 2490849 Línea nacional 01 8000915000 BANCOAGRARIO www.bancoagrario.gov.co 2007 en adelante Línea en Bogotá 5948500 COMPENSAR www.miplanilla.com Call center 2007 en adelante 3077006 e-rnail: [email protected]

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Sede NacionalCarrera 26 No. 30 - 70PBX. (7) 6803737FAX. (7) 6358610Bucaramanga - Colombia

Solsalud-

COMUNICADO

DECRETO 4023 COMIENZA OPERACIÓN El 01 DE AGOSTO DE 2012

Señor Aportante

En nombre de SOLSALUD EPS reciba un cordial saludo y agradecemos la confianza que adepositado en nosotros para la prestación de los servicios de salud.

En cumplimiento de lo ordenado por el Ministerio de Salud y Protección Social según Decreto 4023de 2011, el cual inicia su vigencia el día 01 de Agosto de 2012, así como la entrada en vigencia delDecreto 1627 de 2012 el cual aplaza parcialmente algunos artículos del Decreto 4023 de 2011, peroratifica la obligatoriedad del manejo del recaudo del régimen Contributivo utilizando las cuentasrecaudadoras maestras creadas por la EPS y así mismo el pago al Sistema General de SeguridadSocial en Salud a través de la Planilla Integrada de Liquidación de aportes PILA, nos permitimosinformarle lo siguiente:

• Los aportes a salud de sus trabajadores afiliados a SOLSALUD EPS deben ser realizadosúnica y exclusivamente por Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), la cualdebe ser liquidada por los operadores de información a través de Internet o medianteplanilla Asistida. A continuación se relaciona el listado de los operadores de información:

OPERADOR PÁGINA WEBI E-MAIL TELEFONOS LIQUIDACIONMORA

Línea en BogotáPlanilla Electrónica: 404 90 50

Planilla Asistida: 404 iD 64

www.financiera.coomeva.com.co Línea en MedellínCOOMEVA Planilla Electrónica: 384 82 00 Cualquier año

FINANCIERA www.coomeva.com.co Planilla Asistida: 384 82 22

Otras ciudadesPlanilla Electrónica y Planilla Asistida

01 8000 111764Línea nacional01 8000 121260

www.asocajas.org:coASOCAJAS Línea en Bogotá 2007 en adelante

e-rnaü: [email protected] 403 0300 - 249 468 Ext. 101, 123 -2490849

Línea nacional01 8000915000

BANCOAGRARIO www.bancoagrario.gov.co 2007 en adelanteLínea en Bogotá

5948500

COMPENSAR www.miplanilla.com Call center 2007 en adelante3077006

e-rnail: [email protected]

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Sede NacionalCarrera 26 No. 30 - 70PBX. (7) 6803737FAX. (7) 6358610Bucaramanga - Colombia

, SolsaludiLínea nacional01 8000 519977

ENLACEOPERATIVO www.enlaceoperativo.com Cualquier año. Línea en Medellín

5144480Línea nacional

01 8000 118466 - 01 8000 125499www.fedecajas.com

FEDECAJAS Línea en Bogotá 2007 en [email protected] 336 9531 - 336 8659

336 8542 - 336 846701 8000 125499

PAGOSIMPLE www.pagosimple.com

BANCO DE BOGOTA www.bancodebogota.com.co

BANCO POPULAR www.bancopopular.com.co

BANCOSANTANDER www.bancosantander.com.co

BANCOLOMBIA www.bancolombia.com.co

CmBANK www.citibank.com.coLa Red Ach realiza el procedimiento

BANITSMO www.banitsmo.com.co por intermedio de los bancos y através de la página Web

BANCOGNB www.gnbsudameris.com.co www.soLcom.co o a través del

SUDAMERIS portal de cada banco. Cualquier año

BBVA www.bbva.com.co Línea nacionalPlanilla Electrónica: 018000110764

BANCO DE CREDITO www.bancodecredito.com.co Planilla Asistida: 01 8000 111764

Línea en BogotáMULTIBANCA www.colpatria.com Planilla Electrónica: 404 9050COLPATRIA Planilla Asistida: 404 8364

BANCO DE www .bancodeoccidente. comocoOCCIDENTE

BCSC www.bancocajasocial.com.co

GRANBANCO www.bancafe.com.co

BANCO DAVIVIENDA www.davivienda.com

AV VILLAS www.bancoavvíllas.com

• No se podrán realizar descuentos por Licencias de Maternidad y/o Paternidad eIncapacidades por enfermedad general en la planilla de autoliquidación de aportes PILA, elempleador o trabajador independiente debe radicar solicitud expresa del pago de

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Solseludiincapacidades, licencias de maternidad y/o paternidad en nuestros puntos de radicación yatención al usuario en cada Regional.

Si existe reconocimiento económico al empleador o trabajador independiente por pago deestas incapacidades, licencias de maternidad y/o paternidad, el pago será realizadodirectamente por la EPS a los cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha denotificación de la autorización de pago.

Se deben tener en cuenta las siguientes condiciones para la recepción del pago:

Persona Jurídica:Únicamente se realizará el giro mediante transferencia electrónica.

Persona Natural:La EPS podrá utilizar otros mecanismos de pago para los conceptos de PrestacionesEconómicas de personas naturales que no cuenten con una cuenta de ahorros o corrientepara lo cual deberán presentar carta autenticada donde indique esta condición.

La notificación de la autorización del pago a los aportantes se realizará a través del correoelectrónico reportado por los mismos aportantes a los operadores de recaudo PILA.

Le recordamos que el proceso de Devolución de Aportes se realiza a través de giro directoa los aportantes, ya que no esta permitido realizar devolución de aportes entre EPS.

De igual manera no se reciben cartas emitidas por otras EPS para activar servicios a losusuarios, ya que debe ser el aportante quien realice el pago correspondiente de losperiodos que se encuentran en mora y así mismo tramitar con la EPS correspondiente ladevolución de aportes con giro directo al aportante.

Cordialmente,

MARIA EUGENIA BECERRA AREVAlOGerente Nacional de Operaciones

JAIRO ENRIQUE CORZO MOJICADirector Nacional de Operaciones