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COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ
CONSEJO REGIONAL
I
LIMA – CALLAO- ICA
REGLAMENTO PARA ALQUILER Y/O PRÉSTAMO DEL
AUDITORIO DEL
CONSEJO REGIONAL I
LIMA – CALLAO - ICA
DEL COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ
2016
Reglamento para Alquiler y/o Préstamo del Auditorio del
Consejo Regional I Lima – Callao – Ica del Colegio Tecnólogo
Médico del Perú
2 VERSIÓN 1.1
Confeccionado y Redactado por el Licenciado Tecnólogo Médico Arturo Alexander Rivas Cárdenas
Vocal II Periodo 2014-2016
Versión 1.1
Reglamento para Alquiler y/o Préstamo del Auditorio del
Consejo Regional I Lima – Callao – Ica del Colegio Tecnólogo
Médico del Perú
3 VERSIÓN 1.1
INDICE
CAPITULO I GENERALIDADES
De la Finalidad Pág. 3
Del Alcance Pág. 3
De las Definiciones Pág. 3
De la Base Legal Pág. 4
Administración del auditorio Pág. 5
Atribuciones de la unidad responsable Pág. 5
CAPITULO II DE LA UTILIZACIÓN DE LOS AUDITORIOS
Tipos de actividades permitidas Pág. 6
Auditorios solicitados por autoridades del Colegio Tecnólogo Médico del Perú Pág. 6
Auditorios solicitados por otras instituciones Pág. 6
Solicitud Pág. 7
Advertencias Pág. 7
Uso de equipos e instrumentos Pág. 9
Restricción de ingreso y permanencia en el auditorio Pág. 9
Reposición de daños a auditorios y equipos Pág. 9
Impedimentos en el uso de los auditorios Pág. 10
Excepciones Pág. 10
Sanciones Pág. 10
CAPITULO III DEL RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN
Sobre los alquileres Pág. 10
Sobre tarifas especiales Pág. 11
DISPOSICIÓNES TRANSITORIAS Pág. 13
ANEXO Pág. 15
Reglamento para Alquiler y/o Préstamo del Auditorio del
Consejo Regional I Lima – Callao – Ica del Colegio Tecnólogo
Médico del Perú
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CAPITULO I
GENERALIDADES
De la Finalidad
ARTÍCULO 1.- El reglamento para el alquiler y/o préstamo del o los auditorios 1 y 2 del
Consejo Regional I del Colegio Tecnólogo Médico del Perú constituye el elemento normativo
para dilucidar el procedimiento en cuanto al alquiler de los auditorios que el Consejo
Regional I Lima- Callao- Ica del Colegio Tecnólogo Médico del Perú posee.
ARTÍCULO 2.- Este Reglamento procura garantizar el uso razonable y eficiente de los
auditorios 1 y 2 del Consejo Regional I Lima- Callao- Ica del Colegio Tecnólogo Médico del
Perú, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos, en cuanto a bienes y servicios se refiere.
Del Alcance
ARTÍCULO 3.-El Alquiler de los auditorios del Consejo Regional I Lima Callao Ica es
refrendado en sesión extraordinario u ordinaria por los miembros directivos del Consejo
Regional I Lima- Callao- Ica del Colegio Tecnólogo Médico del Perú con opinión favorable
del Comité de Asuntos Científicos, Culturales, Relaciones Públicas, Biblioteca, Publicaciones
e Información
Definiciones
ARTÍCULO 4.- Para la aplicación de este Reglamento, se definen los siguientes conceptos:
Reglamento para Alquiler y/o Préstamo del Auditorio del
Consejo Regional I Lima – Callao – Ica del Colegio Tecnólogo
Médico del Perú
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a. Auditorio 1: Aquel espacio físico destinado a actividades académicas, culturales,
sociales o de trabajo gremial. Cuenta con una capacidad para 40 personas, 2 baños ,
recepción y una pizarra electrónica multimedia.
b. Auditorio2: Aquel espacio físico destinado a actividades académicas, culturales,
sociales o de trabajo gremial. Cuenta con una capacidad para 50 personas, 2 baños, un
ecran, equipo de sonido y 01 lap top.
c. Unidad responsable del CRI: El Comité de Asuntos Científicos, Culturales,
Relaciones Públicas, Biblioteca, Publicaciones e Información responsable, de dar visto
bueno al solicitante del auditorio
d. Usuario: Cualquier licenciado tecnólogo médico, ente académico, administrativo,
persona natural responsable de la actividad para la que solicita la debida autorización
de uso del auditorio a la unidad responsable del mismo.
e. Persona responsable: Es la persona debidamente autorizada por el usuario para llevar
a cabo una determinada actividad en un auditorio, y que vela por el cumplimiento de
este Reglamento en lo relacionado con la actividad.
f. Participante: Es toda aquella persona que asiste a una actividad realizada en un
auditorio, según se define en el inciso a) y b) de este artículo.
De la Base Legal
ARTÍCULO 5.- La Base Legal del presente Reglamento está dada por:
Estatuto del Colegio Tecnólogo Médico del Perú
Reglamento Interno del Colegio Tecnólogo Médico del Perú
Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico – Ley N° 28456
Reglamento para Alquiler y/o Préstamo del Auditorio del
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ARTÍCULO 6.- Corresponde al Consejo Regional I del Colegio Tecnólogo Médico del Perú
velar por el debido acatamiento de las disposiciones establecidas en este Reglamento, en
coordinación con las diferentes instancias autorizadas para el uso del auditorio. Cuando este
Reglamento no contemple algún incidente o exista alguna controversia frente a una situación
determinada, serán determinadas y decididas en primera instancia por el Vocal II quién es el
que preside según Estatuto y Normativa el Comité de Asuntos Científicos, Culturales,
Relaciones Públicas, Biblioteca, Publicaciones e Información, y en último por el Consejo
directivo en pleno.
ARTÍCULO 7.- Administración del auditorio. El Vocal II quién preside el Comité de
Asuntos Científicos, Culturales, Relaciones Públicas, Biblioteca, Publicaciones e Información
será el encargado de la administración del auditorio, de su conservación, de la debida
utilización y asignación.
ARTÍCULO 8.- Atribuciones de la unidad responsable. Son las siguientes:
a) Conceder o extender los permisos necesarios para el uso del o los auditorios, previa
solicitud de las instancias interesadas.
b) Programar el uso del auditorio, con respecto a los horarios de utilización de conformidad
con los servicios y actividades que desarrolle el Consejo Regional I del Colegio Tecnólogo
Médico del Perú en el campo académico, administrativo y/o gremial.
c) Llevar un registro de los permisos concedidos y del uso del auditorio, en el cual se anotará
la actividad, así como el nombre de la persona autorizada por el usuario.
d) Suspender el uso del auditorio cuando se dedique a una actividad diferente a aquella para la
cual se solicitó o aquella que contravenga lo dispuesto por este Reglamento.
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CAPÍTULO II
DE LA UTILIZACIÓN DE LOS AUDITORIOS
ARTÍCULO 9.- Tipos de actividades permitidas. Los auditorios se dedicarán al desarrollo
de actividades, académicas, administrativas, sociales y gremiales tales como: asambleas, actos
de juramentación, actos de graduación, congresos, pre congresos, jornadas, seminarios,
debates, conferencias, cursos y actividades de evaluación, actividades propuestas por
organizaciones estudiantiles y sindicales universitarias cuyos fines sean congruentes con los
principios de la Institución y otros eventos propios de la institución.
Las jornadas regulares de utilización de los auditorios están establecidas de lunes a sábado en
el horario de 8:30 y 20:00 hrs.
ARTÍCULO 10. Auditorios solicitados por autoridades del Colegio Tecnólogo Médico
del Perú. Además de las actividades de las unidades académicas y de los usos eventuales
indicados, se autorizará el uso de auditorios para actividades estrictamente de la orden del
Colegio Tecnólogo Médico del Perú, con propósitos bien definidos, únicamente a solicitud de
alguna de las siguientes instancias y bajo la responsabilidad de quien haga la solicitud:
a. Consejo Nacional del Colegio Tecnólogo médico del Perú
b. Consejos Regionales pertenecientes al Colegio Tecnólogo médico del Perú
c. Jurado Electoral Regional I Lima Callao Ica
d. Organizaciones sindicales y gremiales debidamente registrados e identificados ante el
Consejo Nacional del Colegio Tecnólogo Médico del Perú.
e. Otras organizaciones científicas o culturales de la Profesión de Tecnología Médica
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ARTÍCULO 11.- Auditorios solicitados por otras instituciones. Se podrá conceder el uso
de auditorios a otras instancias para actividades relacionadas con los fines y propósitos del
Colegio Tecnólogo Médico del Perú, cuya solicitud se planteará anticipadamente ante la
unidad responsable, la cual resolverá la petición en razón del interés y la conveniencia
institucional, la disponibilidad del inmueble y según los términos definidos en este
Reglamento.
ARTÍCULO 12.- Solicitud. La solicitud para el uso del auditorio se hará mediante el
formulario diseñado para estos efectos, disponible en la secretaría del Consejo Regional I del
Colegio Tecnólogo Médico del Perú sito en Jr Emilio de Althaus 387 – Lince , o en la página
web de la misma Región www.cri-ctmp-org.pe, el cual comprenderá, entre otros aspectos, los
siguientes:
a. Apellidos y Nombres, número de colegio, Documento Nacional de Identidad (DNI),
razón social o puesto que ocupa en su Trabajo y firma de la persona responsable.
b. Tipo de actividad que se va a realizar.
c. Fecha y hora de la actividad.
d. Tipo de recurso de apoyo o instrumentos requeridos.
Advertencias:
a. No se permitirá pegar, clavar o colgar objetos o realizar otras acciones que afecten el
estado de conservación, preservación y limpieza del auditorio. Cualquier daño o
perjuicio al auditorio y/o a sus componentes será de entera responsabilidad del usuario
quién tendrá que reponer o pagar el equivalente al daño infringido.
b. El Usuario deberá hacer entrega del auditorio en óptimas condiciones de higiene y
limpieza a la Unidad Responsable.
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c. La utilización de implementos de decoración, acondicionamiento y equipos técnicos
adicionales, requeridos y proporcionados por los usuarios, deberá ser coordinada y
aprobada previamente por la Unidad Responsable.
d. Los implementos cuya utilización sea aprobada por la Unidad Responsable, deberán
ser ingresados al auditorio un día antes o el mismo día de la realización de la actividad
programada y ser retirados inmediatamente después de concluida la actividad.
e. La operación de los equipos técnicos (sonido y luces) estará a cargo exclusivamente
del personal del Consejo regional I del Colegio Tecnólogo Médico del Perú.
f. La Unidad Responsable del CRI no será responsable por la pérdida de objetos
personales durante la producción y desarrollo de las actividades contratadas.
g. Los costos de reparación por deterioro de la infraestructura ocasionado por negligencia
de los usuarios, cuyo monto exceda el depósito de garantía, serán asumidos por la
institución contratante según sea el caso
h. El monto fijado como “Garantía por Posibles Daños” deberá ser entregada en
Secretaria del Consejo Regional I del CTMP 307, con 15 días de anticipación a la
realización del evento. El dinero de la garantía será devuelto al día siguiente del
evento, previa comprobación de la no ocurrencia de daños al recinto.
i. La firma del documento de compromiso y la cancelación del monto correspondiente a
uso del auditorio, de acuerdo a éste, se hará con dos semanas de anticipación, como
mínimo, mediante depósito en la cuenta proporcionada por la Secretaria del Consejo
Regional I del CTMP.
j. El Consejo Regional I del Colegio Tecnólogo Médico del Perú se reserva el derecho
de cancelar la actividad programada, si se comprueba el incumplimiento de alguno de
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los puntos establecidos en el presente reglamento.
ARTÍCULO 13.- Toda solicitud se atenderá en orden cronológico de recepción y su
respuesta se hará mediante comunicación escrita o telefónica dentro de los tres días hábiles
siguientes a su recepción, aceptando o negando la petición
ARTÍCULO 14.- Uso de equipos e instrumentos. El préstamo del auditorio no implica, de
ninguna manera, el préstamo de equipos. Queda a discreción de la Unidad Responsable el
autorizar el préstamo de equipo audiovisual, informático o de cualquier otro tipo, al usuario.
Se limitará el uso de la pizarra electrónica multimedia enn el ambiente donde esta se
encuentre.
ARTÍCULO 15.- Restricción de ingreso y permanencia en el auditorio. La persona
responsable de la actividad en el auditorio no permitirá el ingreso o la permanencia en el
auditorio de participantes que:
a) Estén bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias análogas.
b) Protagonicen actos violentos y de irrespeto a los derechos de las otras personas
participantes.
c) Provoquen daños a los equipos o al auditorio mismo.
ARTÍCULO 16.- Reposición de daños a auditorios y equipos. Sin detrimento de lo que
establece la normativa vigente para el uso de activos fijos del Consejo Regional I del Colegio
Tecnólogo Médico del Perú, en caso de negligencia o abuso, la institución, instancia o
persona responsable de la actividad deberá responder por los daños que ocurran en el
auditorio. En todo caso, se documentará lo que corresponda, con el fin de sentar, en última
instancia, las responsabilidades.
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ARTÍCULO 17.- Impedimentos en el uso de los auditorios. El usuario y la persona
responsable de la actividad en el auditorio no podrán, bajo ninguna circunstancia, prestar,
ceder o arrendar a terceras personas el auditorio que se les ha concedido para su uso.
La unidad responsable no podrá conceder el uso de un auditorio bajo el concepto de
arrendamiento, a excepción de lo indicado en el artículo 18 de este reglamento.
ARTÍCULO 18.- Excepciones. En casos de interés institucional y ante solicitud de la
autoridad superior de la unidad responsable, en forma excepcional, el uso de un auditorio
podrá ser autorizado, bajo el concepto de arrendamiento, por la persona que ocupe la
Presidencia o el Decanato.
ARTÍCULO 19.- Sanciones. En el caso de que se ocasionen daños al auditorio y/o equipos,
no se podrá facilitar nuevamente el uso de auditorio alguno a la instancia, institución o
persona responsable de la actividad, hasta que dichos daños no hayan sido resarcidos.
CAPÍTULO III
DEL RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN
ARTÍCULO 20.- Sobre los alquileres. Las tarifas de alquiler de auditorios, de ayudas, son
establecidas anualmente y en casos en que sean necesarios, mediante resolución proferida por
el Consejo Directivo del Consejo Regional I del CTMP, teniendo como base los siguientes
elementos:
Tarifas vigentes en el mercado, con servicios similares.
Equipos, elementos y servicios incluidos.
Análisis de gastos para la prestación del servicio (personal, servicios, etc.)
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ARTÍCULO 21.- Sobre tarifas especiales. Los familiares de Colegiados y aquellas
entidades que desarrollen actividades de beneficio social tendrán derecho a tarifas especiales
y que son determinadas mediante resolución.
ARTÍCULO 22.- Unidad de alquiler. El alquiler será determinado mediante la
especificación de turno, esto se traduce en 2 turnos por día: Turno Mañana que Inicia 8:00 am
y culmina a las 2:00 pm y el Turno Tarde que inicia 2:00 pm y culmina 8:00 pm
.
ARTÍCULO 23.- Todo servicio prestado que se sobrepase de quince minutos de su horario
convenido, será cobrado como Turno adicional con las mismas tarifas.
ARTÍCULO 24.- Del Costo. Se exigirá al solicitante, un depósito en efectivo por las sumas
que a continuación se detalla, el cual deberá ser entregado en la Secretaria del Consejo
Regional I del CTMP. Los montos aquí expresados, indican el costo DIARIO por uso del
auditorio.
A. Para eventos que sean realizados sin fines de lucro
Auditorio 1: S/. 50.00 Soles Todo el turno.
Auditorio 2: S/. 50.00 Soles Todo el turno.
B. Para eventos que sean realizados por el Consejo Nacional o cualquiera de la regiones
existentes pertenecientes al Colegio Tecnólogo Médico del Perú, con fines de lucro
Auditorio 1: 10% de una U.I.T. x Turno
Si alquilarán los dos turnos se cobraría en total el 15 % de una U.I.T.
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Auditorio 2: 7% de 1 U.I.T. x Turno
Si alquilarán los dos turnos se cobraría en total el 10 % de una U.I.T.
C. Para eventos que sean organizados con fines de lucro, por tecnólogo médicos miembros de
la orden siempre que se encuentren en la condición de hábil:
Auditorio 1: 9% de una U.I.T. x Turno
Si alquilarán los dos turnos se cobraría en total el 14 % de una U.I.T.
Auditorio 2: 6% de 1 U.I.T. x Turno
Si alquilarán los dos turnos se cobraría en total el 9 % de una U.I.T.
D. Para eventos estudiantiles que sean realizados sin fines de lucro, siempre y cuando sean
refrendados por un Colegiado hábil, (solo así se les podrá alquilar los auditorios):
Auditorio 1: 0% de una U.I.T.
Auditorio 2: 0% de una U.I.T.
E. Para eventos estudiantiles que sean realizados con fines de lucro, siempre y cuando sean
refrendados por un Colegiado hábil, solo así se les podrá alquilar los auditorios:
Auditorio 1: 9% de una U.I.T. x Turno
Si alquilarán los dos turnos se cobraría en total el 14 % de una U.I.T.
Auditorio 2: 6% de 1 U.I.T. x Turno
Si alquilarán los dos turnos se cobraría en total el 9 % de una U.I.T.
F. Para eventos profesionales externos que sean realizados con fines de lucro:
Auditorio 1: 10% de una U.I.T. x Turno
Auditorio 2: 7% de 1 U.I.T. x Turno
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Todo alquiler para un evento con fines lucrativos debe dejar una garantía de S/. 500.00 Soles
Para cualquier evento que tenga fines de lucro el costo por hora fuera del turno acordado
es de S/. 70 Nuevos Soles
ARTÍCULO 25.- De los ingresos. Los ingresos generados por concepto de uso de auditorio,
serán destinados a equipamiento y reparaciones que los mismos requieran y serán
administrados por el Tesorero del Consejo Regional I Lima Callao Ica del Colegio tecnólogo
Médico del Perú.
ARTÍCULO 26.- De la difusión. En caso de que requiera la difusión de la actividad a través
de la Web y del Facebook del CRI, se debe enviar la información necesaria (afiche, brochure
y texto informativo APROBADOS por el CRI) al siguiente correo electrónico:
[email protected] con un mínimo de siete (7) días de anticipación. La noticia
será publicada una vez en los medios mencionados. El CRI difundirá la actividad en redes
sociales en la medida en que esta resulte pertinente para los colegiados miembros de la orden.
ARTÍCULO 27.- En caso se requiera la publicación de afiches de la actividad, estos deberán
ser entregados en la Secretaria del Consejo Regional I del CTMP con siete (7) días de
anticipación.
ARTÍCULO 28.- En el caso de cancelación de la actividad, los organizadores deberán
informar de la misma con un mínimo de siete (7) días de anticipación.
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- El artículo 16 entrará en vigencia una vez
que la Administración establezca el procedimiento e instrumentos para un eventual
arrendamiento.
SEGUNDA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- El presente Reglamento será comunicado a
todas las instituciones Científicas de la región
TERCERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Los casos no contemplados en el presente
Reglamento serán solucionados por el Comité de Asuntos Científicos, Culturales, Relaciones
Públicas, Biblioteca, Publicaciones e Información en primera instancia y en segunda instancia
por el Consejo Directivo en Pleno.
CUARTA DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- El presente Reglamento entrará en vigor al
día siguiente de emitida la Resolución por el honorable Consejo Directivo en Pleno del
Consejo Regional I del Colegio Tecnólogo Médico del Perú.
Reglamento para Alquiler y/o Préstamo del Auditorio del
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ANEXO
SOLICITUD DE PRÉSTAMO Y/O ALQUILER
AUDITORIO 1 Y 2 DEL CONSEJO REGIONAL I LIMA CALLAO ICA
DEL COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ
LA SOLICITUD DEBE SER LLENADA CON LA INFORMACIÓN COMPLETA EN TODOS LOS CAMPOS.
Espacio solicitado (marque con un X)
Auditorio 1(aforo: 40 personas) Auditorio 2 (aforo: 50 personas)
Tipo de actividad (Conferencia, Seminario, Cine Fórum, Conversatorio, etc.)
Título – Nombre de la actividad
Fecha de la actividad
Turno a solicitar Turno Mañana Turno Tarde
Horas en las que se llevará a cabo
Inicio: Fin:
Inicio: Fin:
Sumilla de la actividad (breve descripción de la actividad, los objetivos, etc.)
Público objetivo al cual va dirigido la actividad
Expectativa de público (en cantidades numéricas):
Nombre – Institución de los ponentes, expositores o panelistas.
RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD
Nombre completo
Organización
Cargo
Correo electrónico
Teléfono fijo / Teléfono móvil
Otra persona de contacto
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Médico del Perú
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SOLICITUD DE PRÉSTAMO Y/O ALQUILER
AUDITORIO 1 Y 2 DEL CONSEJO REGIONAL I LIMA CALLAO ICA
DEL COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL PERÚ
Nombre de la actividad
Responsable
Fecha y hora
Marque con una X lo que necesitará:
Los auditorios cuentan solo con los siguientes equipos:
Auditorio 1 Auditorio 2
1 micrófono inalámbrico de mano_____
1 micrófono inalámbrico de mano_____
1 Pizarra electrónica multmedia _______
1 laptop _______
1 Proyector _______ 1 lap top _______ 1 ecran _______
Si se requieren más u otros equipos, los organizadores de la actividad deberán conseguirlos. Asimismo, se sugiere que para la instalación de equipo adicional se coordine con el personal técnico del CRI CTMP con anterioridad a la
actividad.
Vasos de vidrio. Especifique cantidad: _________(máx. 5)
Difusión en medios (web y Facebook del CRI CTMP)
Colocación de afiche de la actividad en mural del CRI CTMP
Otros (especifique):
Fecha de
envío de la
solicitud
NO SE ATENDERÁN SOLICITUDES DE EQUIPOS Y OTROS QUE NO HAYAN SIDO
INDICADAS EN ESTA FICHA.