colegio de educadores de pÁrvulos de chile

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COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CÁMARA DE DIPUTADOS, ENERO 2015 COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE Sobre la reforma institucional al sistema de educación de párvulos.

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Page 1: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

C O M I S I Ó N D E E D U C A C I Ó N , C Á M A R A D E

D I P U T A D O S , E N E R O 2 0 1 5

COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILESobre la reforma institucional al sistema de educación de

párvulos.

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HITOS

• CREACIÓN DE LA CARRERA: Decreto 1.238 de22 de noviembre de 1945. Universidad deChile. A contar del 01.01.1946

Page 3: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

HITOS

• LEY 17.301. Creación de la Junta Nacional de

Jardines Infantiles, el 22 de Abril de 1970.

Page 4: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

HITOS

• En 1981 se reestructura el sistema de

educación nacional en todos sus niveles.

Aparecen instituciones privadas de formación

de educadoras/es de párvulos.

• Hasta hoy, la formación de las educadoras de

párvulos se entrega en su mayoría a

instituciones públicas o privadas, universitarias

y no universitarias.

Page 5: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

HITOS

• Creación del Colegio de Educadores de Párvulos

de Chile AG, el 21 de Diciembre de 1983. Diario

Oficial.

Page 6: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

HITOS

• SE INSTITUYE DIA NACIONAL DE LA EDUCACION

PARVULARIA.

• 12 de noviembre de 1991.

• Artículo único: Instituyese el día 22 de noviembre

como Día de la Educación Parvularia y del

Educador y Educadora de Párvulos

Page 7: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

HITOS

Ley 19.634 REFORMA LA CONSTITUCION

POLITICA DE LA REPUBLICA, ESTABLECIENDO EL

RECONOCIMIENTO DE LA EDUCACION

PARVULARIA.

Artículo único: “El estado promoverá la

educación parvularia”

21 de septiembre de 1999.

Page 8: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD ENERO 2015

• MARCO REGULATORIO

- MINEDUC y JUNJI (coordinación política educativa). Incorporan a Integra

- Superintendencia de Educación Parvularia, Básica y Media (fiscalización de la norma).

- Consejo Nacional de Educación (evaluación planes y programas curriculares).

* La Agencia de Calidad es la única que aún no entra al marcoregulatorio de la educación de párvulos. Bachelet propone estoen su proyecto de ley (medición de calidad en base a criterios dedesempeño. En colegios, se hace con los “semáforos”).

Page 9: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD ENERO 2015

• TIPO DE INSTITUCIONES

- JUNJI

- INTEGRA

- VTF

- PRIVADOS

- OTROS

Page 10: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD ENERO 2015

• FINANCIAMIENTO

- La mayoría del financiamiento se entrega vía

subvenciones por asistencia de niños (as) al

establecimiento educativo.

- Lo anterior, impide financiar proyectos educativos

según lo que proponen. Se financia la “demanda”

de mercado, no el fin educativo a impartir.

Page 11: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD ENERO 2015

PROYECTOS DE LEY PARA REFORMA INSTITUCIONAL

“Modernización de la educación de párvulos”

- “Proyecto de ley que crea requisitos defuncionamiento de jardines infantiles” (Piñera).

- “Proyecto de ley que crea una subsecretaría eintendencia de educación parvularia” (Bachelet).

- Creación de 4.500 nuevas sala cunas y 1.200 salasde jardín infantil. (meta presidencial Bachelet)

Page 12: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD ENERO 2015

• Ley Piñera (2013)

- Crea requisitos de funcionamiento para jardines infantiles.

- Establece criterios mínimos y amplios que luego seríanacreditados (por instituciones públicas o privadas).

- No hace distinciones entre instituciones públicas o privadas.

- No considera la participación de actores educativos en lageneración de reglamentos que regularán la fiscalización derequisitos.

“En la competencia entre instituciones se asegurará la calidad”

Se incorporan modificaciones en la legislatura del 2014 pero no responden al total de nuestros planteamientos.

Page 13: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

• Ley Bachelet (2014)

- Crea una subsecretaría de educación parvularia:

Artículo 1°.- Créase la Subsecretaría de Educación Parvularia, en adelante la

“Subsecretaría”, que será el órgano de colaboración directa del Ministro de

Educación en la promoción, desarrollo y coordinación de la educación parvularia

de calidad para el desarrollo integral de niños y niñas, desde su nacimiento hasta su

ingreso a la educación básica.

Es una medida clave que debiera traducirse en la puesta

en práctica de las políticas públicas orientadas a la

educación parvularia ya que permite el establecimiento

de una regulación y control para todos los organismos

que entregan atención en este nivel.

Page 14: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

Artículo 2°.- Le corresponderá a la Subsecretaría

colaborar con el Ministro de Educación, en la

elaboración, coordinación, aplicación y evaluación

de políticas y programas en materias destinadas al

desarrollo y promoción de la educación parvularia.

• Los mejores profesionales del área y nivel a cargo

de tan relevante rol, presencia de educadores de

párvulos o especialistas en educación, más que de

economistas, .

Page 15: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

• Artículo 3°.- Corresponderán especialmente a laSubsecretaría, las siguientes funciones y atribuciones:

a) Proponer al Ministro de Educación, las políticas, planesy programas en las materias relativas a la educaciónparvularia.

b) Proponer al Ministro de Educación, las normas legalesy reglamentarias que regulan la Educación Parvularia, enparticular en lo relativo a los requisitos para obtener elreconocimiento oficial del Estado y la autorización defuncionamiento de establecimientos de educaciónparvularia, cuando corresponda.

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INSTITUCIONALIDAD 2015

c) Elaborar y proponer al Ministro de Educación las basescurriculares, programas de estudio, adecuaciones curricularesy modalidades educativas aplicables al nivel parvulario, loscuales deberán ser aprobados por el Consejo Nacional deEducación, de acuerdo al procedimiento establecido en elartículo 86 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, delMinisterio de Educación.

d) Elaborar y proponer al Ministro de Educación un PlanNacional de Aseguramiento de la Calidad de EducaciónParvularia, que contemple estándares de calidad y un sistemade acreditación para establecimientos que impartaneducación en dicho nivel, que ejecutará la Agencia deCalidad de la Educación de acuerdo a sus funciones,conforme a la ley Nº 20.529.

Page 17: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

e) Elaborar y proponer al Ministro de Educación políticas yprogramas destinados a fomentar el acceso de los niños y niñas ala Educación Parvularia.

f) Otorgar el reconocimiento oficial a establecimientos queimpartan educación parvularia, a través del procedimientoadministrativo correspondiente.

g) Autorizar el funcionamiento de los establecimientos deeducación parvularia, en conformidad a la ley.

h) Desarrollar estadísticas, indicadores, estudios e investigacionesrelativas a la Educación Parvularia, en especial a la enseñanza yaprendizaje, y administrar los sistemas de información del Ministerioen el ámbito de su competencia.

Page 18: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

i) Diseñar programas de apoyo técnico-pedagógico en elnivel parvulario, para las instituciones públicas y privadasque reciban financiamiento estatal que presten servicioseducacionales en el nivel parvulario.

j) Establecer mecanismos de coordinación con distintosorganismos públicos e instituciones privadas, nacionales einternacionales, con competencias en el sector deEducación Parvularia.

k) Establecer mecanismos de coordinación coninstituciones que formen personal docente y técnico en elnivel de educación parvularia.

Page 19: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

l) Participar y representar oficialmente al Ministerio de

Educación, a nivel nacional e internacional en el

ámbito de la Educación Parvularia con instituciones

públicas, privadas y organismos internacionales.

m) Celebrar toda clase de actos y contratos con

instituciones públicas o privadas, y

n) Todas las demás funciones y atribuciones que la

ley le encomiende.

Page 20: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

• Intendencia especializada en educación de párvulos.

• Total acuerdo por la relevancia que adquiere el nivel

¿Cómo se realizará el traspaso de personal? ¿Bajo qué condiciones?

Asegurar que sea voluntario, respetando los derechos adquiridos, reconocimiento profesional,

condiciones laborales adecuadas al rol que se va a cumplir.

Page 21: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

• Institucionalidad pública: JUNJI

ARTICULO 1º Créase una corporación autónoma, conpersonalidad jurídica de derecho público,funcionalmente descentralizada, domiciliada enSantiago, denominada "Junta Nacional de JardinesInfantiles" que tendrá a su cargo crear y planificar,coordinar, promover, estimular y supervigilar laorganización y funcionamiento de jardines infantiles.

Modifícase el artículo 1º de la siguiente forma:

a) En el inciso primero, sustitúyase la expresión “promover,estimular y supervigilar” por “promover y estimular”.

Page 22: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

- Junji sólo ejecutora de políticas.

- No hay distinción alguna entre rol público o privado

en estos proyectos.

- No hay diferencias en entrega de financiamiento.

- No hay participación de profesionales ni asistentes

en confección de normas, planes o programas

educativos.

Page 23: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD 2015

• 4.500 nuevas sala cunas y 1.200 salas de jardín infantil entrarían a regir en el siguiente marco institucional:

- Requisitos fiscalizados por intendencia y calidadmedida por Agencia de Calidad + CNED mediantesistema de acreditación.

- No existe propuesta alguna sobre formación,capacitación ni regulación laboral de la docencia.

¿Cómo se provee de más de 5.000 profesionales de calidad? ¿Cómo se provee de técnicos

especializados para atención de estos niveles?

Page 24: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

REFORMA EDUCACIONAL

• Primera reforma que propone cambios profundos

al sistema educativo desde 1981. Lo que adquiere

una relevancia especial.

• Para apoyar y participar del debate, consideramos

que deben haber pisos mínimos que aseguren

tanto principios generales de la educación que

esperamos para los niños y niñas como para las y

los profesionales de la educación.

Page 25: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

PRINCIPIOS

• Educación como derecho social, implica

considerar el fenómeno educativo como

incomerciable, democrático y esencial para el

desarrollo de los niños y niñas.

• Fortalecimiento educación pública, sujeta a los

principios de calidad, gratuidad, no al lucro,

colaboración, inclusión, no discriminación y la no

estandarización ni escolarización de la enseñanza.

Page 26: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

PRINCIPIOS

• Democratización en el quehacer educativo, tanto

en la elaboración de propuestas legales como en

la gestión y administración de las instituciones

educativas.

• Formación integral de los niños y niñas, evitando a

toda costa la estandarización y escolarización de

este nivel educativo.

Page 27: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

PRINCIPIOS

Lo fundamental

Elaborar una definición de calidad de los aprendizajes de los

niños y niñas en edad de educación parvularia.

Entendiendo que calidad es todo aquello que se hace con

amor y por amor, respeto, buen trato, conocimiento,

compromiso

¿Qué esperamos?

¿Cuáles son los fines de la educación?

Buscar las mejores acciones para obtener los mejores

resultados en los otros, impacto, logros, una mejor vida…

Page 28: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD

CALIDAD

• Que el sistema de educación de párvulos promueva yfomente los principios antes mencionados, los fineseducativos democráticamente determinados. Para ello esfundamental:

• El fortalecimiento de la educación pública.

• Marco regulatorio que responda a lo anterior.

• Regulación de la formación de profesionales.

• Regulación de las condiciones laborales de los profesionales.

¡Todo lo anterior debe hacerse con participación de los profesionales de la educación!

Page 29: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD

FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLCIA

• Mayor financiamiento a las instituciones públicas de la

educación de párvulos.

• Desburocratizar y fortalecer organización de las

instituciones del Estado, tanto las que ofrecen educación

de párvulos como a quienes forman profesionales.

• Exigir condiciones más rigurosas a las instituciones privadas

que reciban financiamiento del Estado: contabilidad,

acreditación, democratización, respeto a condicioneslaborales, medidas de inclusión, no lucrar, entre otras.

Page 30: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD

• Coordinar el sistema de educación de párvulos

bajo la educación pública.

La nueva institucionalidad debe aglutinar los

esfuerzos privados al alero de las políticas públicas.

Surge la siguiente consulta:

¿Por qué no crear un servicio nacional de educación

inicial?

Page 31: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

INSTITUCIONALIDAD

MARCO REGULATORIO

• Fiscalización, reconocimiento de jardines infantiles y

regulación calidad. Propuesta Piñera y propuesta

Bachelet. Deben fortalecer lo público.

• Subsecretaría e Intendencia. Debe ser más

democrático.

¿En qué queda la JUNJI? ¿Cómo intervenimos

nosotras en las políticas educativas?

Page 32: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

DOCENCIA

REGULACIÓN DE FORMACIÓN DE PROFESIONALES

• Que se prohíba a cualquier institución no universitaria

impartir la carrera de educación de párvulos.

• Acreditación obligatoria, de la institución y la carrera

que ofrece educación de párvulos así como en la

formación técnica. Al menos cuatro años.

• Malla común de contenidos en los primeros años de

formación de las educadoras. Contenidos mínimos.

Page 33: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

DOCENCIA

Obligatoriedad de una Habilitación Profesional

Docente.

Favorecer el acceso de estudiantes con

vocación para la enseñanza. Se debe considerar

PSU, puntaje mínimo de ingreso a la universidad,

pruebas de aptitudes o competencias.

Perfeccionamiento, formación de post grado,

etc., formación continua. Apoyo del estado.

Page 34: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

DOCENCIA

REGULACIÓN CONDICIONES LABORALES

• Que se mejoren los salarios de las educadoras/es de

párvulos (públicas y privadas a $800.000 aprox. inicial).

• Que se considere en el reconocimiento, fiscalización y

control de calidad de los establecimientos el

cumplimiento de las condiciones laborales: contratos,

previsiones, faltas o maltratos, infraestructura, entre

otras.

¡No más trabajo precario! ¡No más jubilación precaria!

Page 35: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

DOCENCIA

• Acceso igualitario a la capacitación y elperfeccionamiento. Asignaciones específicas.

• Posibilidades de acceder a cargos de mayorresponsabilidad. Por competencia y capacidad.

• Aceptar la evaluación docente como unantecedente para la mejora continua, cautelandoobjetividad y equidad.

• Espacios para el trabajo colectivo. Comisioneslocales o de carácter regional.

Page 36: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

DOCENCIA

• Ser parte del Estatuto Docente o del nuevo Estatuto

que se creará para los docentes. Carrera docente.

• Responsabilidad permanente de la labor

pedagógica. Derechos y deberes.

• Ampliar la ley del trabajo pesado a todos los

docentes de aula, directoras de establecimientos

educacionales y jardines infantiles, técnicos y

auxiliares de servicio.

Page 37: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

PROPUESTAS CORTO PLAZO

MEDIDAS URGENTES

• Plan de fortalecimiento a la educación pública.

Acercar los estándares de atención (infraestructura, dotaciónde personal, horarios, entre otras) a los de la OCDE.

• Marco regulatorio para la educación de párvulos queincluya a los trabajadores de la educación como partede los mecanismos de regulación, control y calidad.

• Modificación del DFL 315 modificado por el 115 sobrecoeficiente de personal.

Page 38: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

PROPUESTAS CORTO PLAZO

• Igualdad de coeficiente técnico en todas las

instituciones y niveles de la educación parvularia.

• Mayores horas de planificación y de reflexión

pedagógica. Por ejemplo, 70/30 inicialmente,

siendo el óptimo 50/50 en un plazo determinado.

Participación activa y vinculante en las propuestas

legales que modificarán la institucionalidad de la

educación parvularia

Page 39: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

REFORMA EDUCACIONAL

Nuestro apoyo como gremio está supeditado a la

incorporación y participación en la formulación de

la propuesta de la reforma educativa del nivel de

educación parvularia.

Sobre todo, en otorgar claridad a la nueva

institucionalidad antes de crear 4.500 nuevas salas

cunas y 1.200 salas de jardines infantiles.

Page 40: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

REFORMA EDUCACIONAL

El sistema debe promover la participación y la generación de organizaciones que den cuenta de las

necesidades de los docentes, promuevan el perfeccionamiento y fortalezcan el sistema educativo,

promuevan la reflexión sistemática, dialógica y colaborativa.

Los fines educativos de la educación de párvulos se orientan a fomentar las potencialidades emocionales

de los niños y niñas, no a escolarizarlos.

Page 41: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

REFORMA EDUCACIONAL

¡La mejor forma de garantizar la educación como

derecho social, es que todos y todas nos hagamos

parte del aseguramiento y control de su calidad,

definamos sus fines y los medios para hacerlo!

Un derecho social es democrático, público e

incomerciable por definición

Page 42: COLEGIO DE EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE

COLEGIO DE EDUCADORAS Y EDUCADORES DE PÁRVULOS DE CHILE A.G.