colegio de bachilleres del estado de...

43
COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN ACADÉMICA DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR V01-08-13 1 CB-DAC-CES-REG-01 LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 10 FRACCIÓN XI DEL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSOS ARTÍCULOS DEL DECRETO DE CREACIÓN, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR, AMBOS ORDENAMIENTOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO; Y CONSIDERANDO Que el plan de estudios vigente en el COBAQROO es el de la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS), que es un proceso consensuado que consiste en la creación del Sistema Nacional de Bachillerato con base en cuatro pilares: 1.Construcción de un Marco Curricular Común; 2. Definición y reconocimiento de las posiciones de la oferta de la Educación Media Superior; 3. Profesionalización de los servicios educativos; y 4. Certificación Nacional Complementaria. Que involucra a todos los subsistemas que la componen, para dotar a los estudiantes, docentes y a la comunidad educativa de nuestro país con los fundamentos teórico-prácticos para que el nivel medio superior sea relevante en el acontecer diario de los involucrados. Con la Reforma Integral de la Educación Media Superior, los diferentes subsistemas de bachillerato podrán conservar sus programas y planes de estudio, los cuales se reorientarán y serán enriquecidos por las competencias comunes del Sistema Nacional de Bachillerato. Que los aspirantes que desean ingresar al COBAQROO requieren información para la inscripción, por lo que se instituye la entrega del “Boletín Informativo para Alumnos de Nuevo Ingreso” Que el COBAQROO, está consciente de cuidar la economía familiar de los aspirantes que desean ingresar a esta institución educativa; por lo que, se eliminó el requerimiento de fotografías para las Portabilidades de Estudios, modificándose el Artículo 10. Que los alumnos del COBAQROO requieren más tiempo para solicitar revisión de sus exámenes, se autorizan cinco días hábiles siguientes a la fecha en que haya sido notificado de su resultado. Que el trámite de legalización de los certificados de estudios es responsabilidad del alumno, se modificó el Título Sexto que hace referencia a la legalización de estudios. Que por lo antes expuesto y fundado se ha tenido bien a expedir el siguiente:

Upload: others

Post on 29-Mar-2020

7 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 1 CB-DAC-CES-REG-01

LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DEQUINTANA ROO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO10 FRACCIÓN XI DEL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN, ADICIONAN YDEROGAN DIVERSOS ARTÍCULOS DEL DECRETO DE CREACIÓN, ASÍ COMOEL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR, AMBOSORDENAMIENTOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DEQUINTANA ROO; Y

CONSIDERANDO

Que el plan de estudios vigente en el COBAQROO es el de la Reforma Integral dela Educación Media Superior (RIEMS), que es un proceso consensuado queconsiste en la creación del Sistema Nacional de Bachillerato con base en cuatropilares: 1.Construcción de un Marco Curricular Común; 2. Definición yreconocimiento de las posiciones de la oferta de la Educación Media Superior; 3.Profesionalización de los servicios educativos; y 4. Certificación NacionalComplementaria. Que involucra a todos los subsistemas que la componen, paradotar a los estudiantes, docentes y a la comunidad educativa de nuestro país conlos fundamentos teórico-prácticos para que el nivel medio superior sea relevante enel acontecer diario de los involucrados. Con la Reforma Integral de la EducaciónMedia Superior, los diferentes subsistemas de bachillerato podrán conservar susprogramas y planes de estudio, los cuales se reorientarán y serán enriquecidos porlas competencias comunes del Sistema Nacional de Bachillerato.

Que los aspirantes que desean ingresar al COBAQROO requieren información parala inscripción, por lo que se instituye la entrega del “Boletín Informativo paraAlumnos de Nuevo Ingreso”

Que el COBAQROO, está consciente de cuidar la economía familiar de losaspirantes que desean ingresar a esta institución educativa; por lo que, se eliminó elrequerimiento de fotografías para las Portabilidades de Estudios, modificándose elArtículo 10.

Que los alumnos del COBAQROO requieren más tiempo para solicitar revisión desus exámenes, se autorizan cinco días hábiles siguientes a la fecha en que hayasido notificado de su resultado.

Que el trámite de legalización de los certificados de estudios es responsabilidad delalumno, se modificó el Título Sexto que hace referencia a la legalización deestudios.

Que por lo antes expuesto y fundado se ha tenido bien a expedir el siguiente:

Page 2: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 2 CB-DAC-CES-REG-01

REGLAMENTO ESCOLAR DEL COLEGIO DE BACHILLERESDEL ESTADO DE QUINTANA ROO

TÍTULO PRIMERODE LAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. El presente ordenamiento legal tiene por objeto reglamentar lasrelaciones que establecen las Modalidades Educativas (Planteles Escolarizados,Centros de Servicios de EMSaD y Centros de Servicios Académicos IntegralesCSAI, del Centro de Enseñanza de Idiomas Bachilleres CEIB) del Colegio deBachilleres del Estado de Quintana Roo con sus aspirantes, alumnos y egresados.

ARTÍCULO 2. Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

Aspirante: Egresado de Secundaria que solicita el ingreso a alguna Instancia delCOBAQROO.

Admisión: Es el proceso mediante el cual un aspirante establece una relación conel COBAQROO, a través de una instancia específica para solicitar ingreso.

Alumno: Toda persona inscrita en cualquier instancia del COBAQROO.

Alumno regular: Es aquel alumno que no adeuda ninguna asignatura.

Alumno irregular: Es aquel alumno que adeuda de una a tres asignaturas altérmino del semestre (No aplica para CSAI).

Alumno en baja temporal: Es aquel alumno que suspende temporalmente susestudios por solicitud voluntaria, o por haber reprobado más de tres asignaturas encurso normal. (Para el CSAI aplica únicamente por solicitud voluntaria).

Alumno en baja definitiva: Terminación de los derechos del alumno en cualquierinstancia educativa por una medida académica, disciplinaria o legal, de acuerdo conlas normas vigentes.

Actividad paraescolar: Asignatura que favorece el desarrollo físico, psicológico ysocial del alumno, por medio de la práctica de las actividades deportivas,recreativas, culturales y artísticas, que apoyen el desenvolvimiento armónico de supersona. (No aplica para CSAI y EMSaD).

Page 3: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 3 CB-DAC-CES-REG-01

Asesorías académicas: Se concibe como un servicio académico opcional a travésdel cual el asesor interactúa con el o los estudiantes para proporcionar aprendizajessignificativos que redundan en su desarrollo individual y social. Es el proceso en elque se orienta a los alumnos para que se relacione con el conocimiento.

Boletín: Documento de instrucción para informar requisitos para realizar el trámitede inscripción, reinscripción y expedición de certificados de terminación de estudiosen el COBAQROO.

Bloques: Son las partes en las que se divide cada asignatura.

Calendario escolar: Es la distribución de los días de clases o asesorías, díasfestivos, vacaciones, período de exámenes y actividades académicas deobservancia obligatoria en todas las Instancias del COBAQROO.

Centro de Enseñanza de Idiomas Bachilleres (CEIB): Es un Centro que ofrece laenseñanza de idiomas como segunda lengua.

Centro de Servicios Académicos Integrales (CSAI): Es una entidad que formaparte de la estructura académica del COBAQROO y desarrolla actividades decarácter académico integral ofreciéndolas principalmente para aquellos usuarioscuyas características particulares requieren de una atención diferenciada,proporcionando los servicios de Enseñanza Abierta, Curso de NivelaciónAcadémica, Asesorías Académicas, Tránsito entre Modalidades y Enseñanza deIdiomas.

COBAQROO: Colegio de Bachilleres del Estado de Quintana Roo.

Convalidación: Ajuste de un Plan de Estudios a otro.

Constancia de Estudios: Es un documento oficial en el cual se registra el avanceacadémico de los alumnos, siendo con calificación y sin calificación.

Constancia de Validación: Es un documento oficial, que da validez de autenticidadal Certificado de Terminación de Estudios expedido.

Curso de Nivelación Académica (CNA): Es un curso intensivo basado en losprogramas de estudios de las diferentes asignaturas del plan de estudios vigentedel COBAQROO y representa una oportunidad extraordinaria que tiene el alumnocomo opción para acreditar a mayor brevedad, y sustituye al Curso de Repetición.Es un servicio integrado al CSAI.

Page 4: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 4 CB-DAC-CES-REG-01

Curso Normal: Es el período escolar que el alumno cursa por primera vez, deacuerdo a los planes y programas de estudios del COBAQROO. Comprende lasevaluaciones siguientes: Bloques, Recuperación, Evaluación Semestral yRegularización.

Curso de Repetición: Es la oportunidad extraordinaria que se le brinda al alumnopara acreditar la(s) asignatura(s) que hayan sido causa de una baja temporal; eimplica que el alumno curse de nuevo la(s) asignatura(s) durante un semestre.Aplica también para los alumnos irregulares que optan, por esta oportunidad deacreditación, que es denominada también para estos casos especiales como cursoen turno contrario o simultáneo. (No aplica para CSAI).

Departamento de Registro y Control Escolar: Área que se encarga de organizar,dirigir y controlar las actividades, verificando que se orienten al cumplimiento de loslineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estadode Quintana Roo, en lo respectivo al Servicio y Control Escolar.

Departamento de Servicios Escolares: Área de cada instancia educativa, que seencarga de prestar los diversos servicios escolares.

Equivalencia de estudios: Es el reconocimiento oficial a los estudios realizados enotros subsistemas de educación media superior, dentro del Sistema EducativoNacional.

Egresado: Es aquella persona que cursó y acreditó todo el plan de estudios delCOBAQROO.

Educación Media Superior a Distancia (EMSaD): La modalidad de educaciónmedia superior a distancia se establece como un sistema formal de enseñanza,donde el estudiante es apoyado en su formación a través de un asesor por área deconocimiento, mismo que organiza la actividad de aprendizaje en tres momentos:asesoría grupal, asesoría individual y trabajo independiente del alumno, haciendouso de materiales impresos, cintas grabadas en audio y video, comunicaciónmediada por computadora y emisiones por televisión.

Evaluación de competencias (RIEMS): Deberá entenderse por evaluación alproceso sistemático que permita recabar evidencias de la movilidad de losconocimientos, habilidades, actitudes y valores desarrollados por el alumno en uncontexto determinado al cursar alguna asignatura o semestre, en función de losindicadores de desempeño de los programas de estudio.

Page 5: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 5 CB-DAC-CES-REG-01

Evaluación semestral: Es el complemento que integra la totalidad de la calificaciónsemestral definitiva (No aplica para el CSAI).

Evaluación extraordinaria: Es una oportunidad que tiene el alumno irregular paraacreditar la (s) asignaturas reprobada (s). (No aplica para el CSAI).

Examen por unidad o bloque: Comprende el contenido de una unidad o un bloquede una asignatura de acuerdo al plan de estudios vigente del COBAQROO y essolicitada por el alumno previa autorización del asesor. (Aplica únicamente para elCSAI).

Inscripción: Es el proceso mediante el cual el aspirante formaliza su relación conel COBAQROO.

Instancia educativa: Órgano Académico-Administrativo encargado de impartireducación media superior.

Orientación escolar: Asignatura que atiende los aspectos pedagógicos,psicológicos y socioeconómicos, para contribuir en la formación integral del alumno.(No aplica para CSAI y EMSaD).

Plan de estudios: Conjunto estructurado de asignaturas y/o módulos organizadospara cumplirse en un tiempo determinado, en el cual se establecen los propósitosde formación, los contenidos educativos, la relación interdisciplinaria, los criterios yprocedimientos de evaluación y acreditación.

Plantel: Instancia Educativa de la Modalidad Escolarizada.

Programa de estudios: Es el documento académico-normativo en el que seseñalan los propósitos, contenidos y criterios de evaluación a desarrollar en cadaasignatura o módulo del plan de estudios.

Pruebas de desempeño: Son instrumentos que proporcionan evidencias directasde que los estudiantes puedan ejecutar ciertas habilidades o destrezas para laresolución de problemas específicos, sin desechar las pruebas escritas, permitiendoapreciar la ejecución de las competencias en un ambiente lo más real posible.

Portafolio de evidencias: Es un sistema alternativo de evaluación que comprendela compilación sistemática de trabajos, materiales y actividades que desarrolla elestudiante durante un período determinado, y que demuestra evidencias y vivenciasde aprendizaje que facilitan la apreciación de su progreso y apropiación dedeterminados conocimientos.

Page 6: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 6 CB-DAC-CES-REG-01

Portabilidad de estudios: Es la validación de estudios, realizados a los aspirantesprovenientes de otros Subsistemas con el plan de la Reforma Integral de EducaciónMedia Superior.

Quality Assurance Plan (QAP) Plan de Control de Calidad: Es el documentonormativo del programa Networking Academy, en el que está basada lacapacitación de Redes y Teleinformática Discovery.

Recuperación: Oportunidad para acreditar algún bloque adeudado. (No aplica parael CSAI).

Regularización: Es una oportunidad que tiene el alumno para acreditar losbloques, al término del semestre. (No aplica para el CSAI)

Reinscripción: Es el procedimiento mediante el cual el alumno da continuidad sininterrupción a su relación académica con el COBAQROO, a través de una instanciaeducativa específica, siempre y cuando no exceda los 10 semestres que estipula elpresente reglamento para cubrir su bachillerato y el cupo de la instancia lo permita(no aplica para CSAI)

Revalidación de estudios: Acto administrativo a través del cual la autoridadeducativa (federal o estatal) otorga validez oficial a aquellos estudios que serealizan en el extranjero.

RIEMS: Reforma Integral de Educación Media Superior.

Semestre: Es el lapso de seis meses que comprende un período escolar.

Sistema Integral de Control Escolar (SICE): Es un sistema que permiteadministrar y agilizar por medio de procesos automatizados los trámites y serviciosque proporciona el área de control escolar.

Tránsito entre modalidades: Es un servicio académico que ofrece elCOBAQROO, para aquellos alumnos que cursen sus estudios de nivel mediosuperior en este sistema educativo, y que por alguna razón de índole económico,académico, social o laboral, tienen necesidad de continuar y/o concluir este ciclo deformación en más de una modalidad educativa, escolarizada a distancia o abierta.Asimismo, este servicio académico facilita la movilidad de los estudiantes de lamodalidad escolarizada y EMSaD con la finalidad de ofrecerles un recursoextraordinario de acreditación de los estudios del nivel medio superior y posibilitaque en un período intersemestral un alumno en baja temporal pueda recuperar elnúmero de asignaturas necesarias para poder ser readmitido a la modalidad deprocedencia en el semestre inmediato, dando continuidad sin perder el cicloescolar, a lo que se denomina tránsito inmediato.

Page 7: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 7 CB-DAC-CES-REG-01

TÍTULO SEGUNDODEL INGRESO, PERMANENCIA Y BAJAS

CAPÍTULO IADMISIÓN

ARTÍCULO 3.- Para ingresar a la Modalidad Escolarizada y de EMSaD delCOBAQROO el aspirante deberá:

I. Haber concluido y acreditado en su totalidad, los estudios de educaciónsecundaria o equivalente y poseer el certificado correspondientelegalmente expedido.

II. Cumplir con los requisitos señalados en la convocatoria del concursode ingreso a la educación media superior en el estado de Quintana Roou realizar el pago correspondiente para tener derecho al examen.

III. Presentar el examen de ingreso en la Instancia solicitada.

IV. Verificar en la página www.cobaqroo.edu.mx si fue aceptado.

V. Acudir a la Instancia Educativa en la fecha programada, para realizar lainscripción, según Boletín Informativo para Alumnos de Nuevo Ingreso.

La instancia educativa proporcionará al aspirante el Boletín Informativo paraAlumnos de Nuevo Ingreso, al momento de presentar el examen de ingreso.

VI. Para ingresar al CSAI del COBAQROO el aspirante deberá:

a) Haber concluido y acreditado en su totalidad, los estudios deeducación secundaria o equivalente y poseer el certificadocorrespondiente legalmente expedido.

b) Presentarse el día y hora programada, en el lugar que lecorresponda, para realizar su inscripción, debiendo llevar ladocumentación solicitada de acuerdo al Artículo 4, fracción II y III.

Page 8: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 8 CB-DAC-CES-REG-01

CAPÍTULO IIINSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 4. Para poder inscribirse, el aspirante deberá cumplir con los siguientesrequisitos:

I. No ser mayor de 17 años de edad al momento de su inscripción, aplicapara los alumnos del primer semestre y a partir del cuarto semestre noser mayor de 21 años. (No aplica para CSAI y EMSaD).

II. Entregar la siguiente documentación:

a) Certificado de secundaria o equivalente, original y copia.b) Acta de nacimiento, original y copia.c) Copia de Clave Única de Registro de Población (CURP). No aplica

para extranjeros.

III. Cubrir la cuota establecida en el tabulador de ingresos propios delCOBAQROO, vigente.

IV. Para el CSAI asistir al curso de inducción.

En caso de que el alumno no cuente con el certificado de secundaria almomento de su inscripción y en la instancia educativa exista cupo, tendrácomo plazo máximo improrrogable, para entregar dicho documento, antes dela reinscripción del próximo período escolar, de no cumplir con lo antesdispuesto no procederá su reinscripción al semestre inmediato superior (noaplica para ingreso por equivalencia o portabilidad de estudios).

Los documentos originales se devolverán al alumno una vez cotejados con lascopias, mismas que quedarán en el expediente del alumno con el nombre yfirma de quién cotejó, así como el sello de la instancia educativa.

ARTÍCULO 5. Cada alumno contará con un plazo máximo de diez semestres apartir de su inscripción al primer semestre, para concluir sus estudios debachillerato. Los alumnos que no terminen sus estudios en ese plazo, no podránser reinscritos y serán dados de baja definitiva, pudiendo optar por continuar susestudios en otra modalidad de las que ofrece el COBAQROO.

En el CSAI, no hay fecha límite para la conclusión del bachillerato.

ARTÍCULO 6. La inscripción deberá llevarse a cabo en la instancia educativa que lefue asignada, sujetándose el aspirante al turno que la instancia educativa disponga.

Page 9: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 9 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 7. La inscripción a la Modalidad Escolarizada y a la de EMSaD, deberárealizarse puntualmente en el período programado en el Calendario Escolar delCOBAQROO. Los alumnos que por alguna razón justificada no hayan podidoinscribirse en el plazo establecido para tal efecto, podrán ser aceptados siempre ycuando se dé cumplimiento a lo siguiente:

I. Presentar solicitud y justificación por escrito y obtener dictamen favorablede la evaluación del caso.

II. Que exista cupo en la instancia educativa.

III.Que no hayan transcurrido más de quince días hábiles desde el inicio declases.

IV. Que cumpla con lo señalado en el Artículo 4 de este Reglamento

A estas inscripciones se le llaman extemporáneas y se aplican también para elproceso de reinscripciones.

ARTÍCULO 8. La inscripción podrá ser efectuada únicamente por el interesado y/osus padres o tutores.

Se entenderá que renuncian a sus derechos de inscripción o reinscripción losestudiantes que no concluyan los trámites en las fechas previamente establecidas.

La Instancia Educativa deberá tener completa y actualizada su Base de Datos en elSICE a más tardar 15 días hábiles después del inicio de clases.

ARTÍCULO 9. Una vez inscrito el aspirante, en su carácter de alumno, la InstanciaEducativa, le tomará la foto para subir al SICE, debiendo el alumno portar eluniforme del Colegio y firmar la carta compromiso para cumplir con los programasacadémicos curriculares y extracurriculares obligatorios, establecidos por elCOBAQROO, así como con la normatividad que rige en el mismo.

CAPÍTULO IIIINSCRIPCIÓN POR EQUIVALENCIA, PORTABILIDAD O REVALIDACIÓN DE

ESTUDIOS

Page 10: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 10 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 10. Quienes habiendo realizado estudios parciales de bachillerato enotras instituciones del Sistema Educativo Nacional y soliciten portabilidad deestudios e inscripción en el COBAQROO, podrán ser admitidos previo cumplimientode lo siguiente:

I. Entregar la siguiente documentación:

a) Certificado de secundaria o equivalente, original y copia.b) Acta de nacimiento, original y copia.c) Copia de Clave Única de Registro de Población (CURP).

Los documentos originales se devolverán al alumno una vez cotejados con lascopias, mismas que deberán enviarse al Departamento de Registro y ControlEscolar con el nombre y firma de quién cotejó, así como el sello de la instanciaeducativa.

II. Acudir al Departamento de Servicios Escolares de la instancia educativadurante las dos primeras semanas de clases para que le tomen la fotografía,que servirá para la expedición de la Portabilidad de Estudios. Dicha fotografíadeberá cubrir los siguientes requisitos:

a) Portar el uniforme escolarb) Tener frente y orejas descubiertas (bien peinado)c) Sin barba, sin lentes, sin patillas, sin aretes, peinetas, soguillas u otro

adorno similar.

III. Obtener la portabilidad de estudios realizados conforme a las disposicionesestablecidas por el COBAQROO, o Equivalencia de Estudios de acuerdo a lanormatividad vigente oficial de la Secretaría de Educación y Cultura y laSecretaría de Educación Pública que rige en esta materia. Para tal fin,deberán entregar certificado parcial de estudios en original y copia, y para losaspirantes provenientes de subsistemas con RIEMS se les requerirá suHistorial Académico, tal y como marca la Norma de la Reforma Integral deEducación Media Superior (RIEMS).

En caso de no contar con el certificado parcial de estudios o historial académico almomento de la inscripción, ésta se podrá realizar con una constancia de estudioscon calificaciones debidamente sellada y firmada por la Institución de procedencia,debiendo entregar el Certificado Parcial de Estudios o Historial Académico a mástardar un mes antes de que concluya el semestre al que fue admitido, (aplica paraPlanteles y EMSaD), en el caso de los CSAI tendrán tres meses a partir de la fechade ingreso; de no cumplir con lo antes dispuesto no procederá su reinscripción al

Page 11: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 11 CB-DAC-CES-REG-01

semestre inmediato superior, no le serán reconocidos los estudios realizados en elCOBAQROO y la instancia deberá dar de baja al alumno.

El certificado parcial de estudios se devolverá al alumno una vez cotejado con lacopia, misma que deberá enviarse al Departamento de Registro y Control Escolar,dos días posteriores a su recepción; con el nombre y firma de quién cotejó, asícomo la fecha y sello de la instancia educativa.

El historial académico original, deberá enviarse al Departamento de Registro yControl Escolar, dos días posteriores a su recepción; con el nombre y firma dequien recibió, así como la fecha y sello de la instancia educativa o plantel.

IV. Que exista cupo en la instancia educativa.

V. Cubrir la cuota establecida por Portabilidad de Estudios, conforme alTabulador de Conceptos de Ingresos Propios del COBAQROO, vigente.

VI. Cuando se realice portabilidad de estudios y ésta sea en la capacitaciónde Redes y Teleinformática Discovery, se aceptará dicha portabilidadsiempre y cuando el alumno:

Compruebe haber aprobado alguno de los cursos de CCNA del programaNetworking Academy, además que al momento de la portabilidad se deberá verificarque en la instancia educativa se esté ofertando el curso del programa NetworkingAcademy, correspondiente al solicitado por el alumno.

ARTÍCULO 11. Quienes habiendo realizado estudios de secundaria o parciales debachillerato en el extranjero y soliciten inscripción en el COBAQROO, podrán seradmitidos previo cumplimiento de lo siguiente:

I. Cumplir con los requisitos señalados en el Artículo 4 de este reglamento.

II. Presentar la resolución de revalidación de estudios emitida por la Secretaríade Educación Pública o la Secretaría de Educación y Cultura del Estado deQuintana Roo.

ARTÍCULO 12. La Dirección General del COBAQROO determinará el número deestudiantes extranjeros de primer ingreso que podrán inscribirse en cada instanciaeducativa por período lectivo. Los aspirantes al COBAQROO, señalados en esteArtículo, deberán cumplir con los requisitos legales de residencia en el país.

ARTÍCULO 13. Los alumnos provenientes de otras instituciones educativas quedeseen ingresar al COBAQROO, por equivalencia, portabilidad o revalidación de

Page 12: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 12 CB-DAC-CES-REG-01

estudios, tendrán los siguientes plazos para ser aceptados, siempre y cuandoexista cupo en la instancia solicitada.

I.Podrán solicitar equivalencia o portabilidad de estudios, una vez iniciado elperíodo escolar y hasta diez días hábiles después de haber iniciado las clases,debiendo entregar la documentación necesaria para realizar este trámite. En elcaso del CSAI las inscripciones por equivalencia, portabilidad de estudios, orevalidación de estudios, podrán realizarse durante todo el semestre.

II.Las Instancias Educativas tendrán un plazo de tres días después de larecepción de documentos, para enviarlos a la Dirección General.

III.El COBAQROO emitirá y dará a conocer al interesado el dictamencorrespondiente en un plazo de ocho días hábiles posteriores a la recepciónde documentos en Dirección General.

La instancia educativa podrá enviar al Departamento de Registro y ControlEscolar las solicitudes de Equivalencia, Portabilidad o Revalidación deestudios cinco días hábiles antes del inicio oficial de clases.

IV.Los alumnos provenientes de instituciones educativas extranjeras, tendránveinte días hábiles a partir del inicio de clases, como plazo para realizar suinscripción en la instancia educativa en que hayan sido aceptados. En el casodel CSAI las inscripciones por revalidación podrán realizarse durante todo elsemestre.

V.La documentación deberá ser entregada en la instancia educativa o plantel alcual desea ingresar, a su vez, la instancia turnará únicamente copia cotejadade la Resolución de Revalidación de Estudios al Departamento de Registro yControl Escolar, para el trámite correspondiente.

CAPÍTULO IVREINSCRIPCIONES

ARTÍCULO 14. Solamente podrán ser reinscritos en el semestre inmediato superior,de la Modalidad Escolarizada y de EMSaD:

I. Los alumnos regulares.II. Los alumnos irregulares, que no adeuden más de tres asignaturas

acumuladas en más de dos semestres inmediatos anteriores.III.Los alumnos que no hayan sido sancionados por algún ordenamiento

institucional que impida su reinscripción temporalmente.IV.Los alumnos que no tengan baja definitiva en su modalidad.

Page 13: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 13 CB-DAC-CES-REG-01

Es responsabilidad del Departamento de Servicios Escolares de la instanciaeducativa, dar seguimiento a los casos de los alumnos que se encuentren enla situación académica de la fracción II.

Es obligación del alumno darle seguimiento a su situación académica ysolicitar las oportunidades establecidas en el Reglamento Escolar vigente,en los tiempos que marca el Calendario Escolar.

Para poder reinscribirse a cualquier modalidad, deberá cubrir la cuotacorrespondiente conforme a lo establecido en el tabulador de ingresospropios del COBAQROO vigente y que no hayan transcurrido más de quincedías hábiles a partir del inicio de clases.

Los alumnos a los que se refiere la fracción II, podrán regularizar susasignaturas, según sea su situación académica a través de la evaluaciónextraordinaria, curso de repetición (turno contrario) o, en su caso, Curso deNivelación Académica (CNA).

La Instancia Educativa deberá tener completa y actualizada su Base deDatos en el SICE a más tardar 15 días hábiles después del inicio de clases.

Para las asignaturas del componente de formación para el trabajo de lacapacitación de Redes y Teleinformática Discovery, no aplica el curso derepetición en turno contrario, en virtud de que para el programa “NetworkingAcademy” de Cisco Systems, es requisito aprobar la asignatura de un nivelpara acceder a la asignatura del siguiente nivel. Para todas las demásasignaturas, si es factible el curso de repetición en turno contrario.

Para el CSAI las reinscripciones de los estudiantes se realizaránsemestralmente, además de cubrir las colegiaturas mensuales de acuerdo altabulador de ingresos propios del COBAQROO, vigente.

Cuando la reinscripción sea para darle continuidad a sus estudios, despuésde una baja temporal del CSAI, el alumno deberá renovar la documentaciónrequerida.

ARTÍCULO 15. La reinscripción también se puede dar por los siguientes motivos:

I. Reincorporación de un alumno que fue objeto de baja temporal poradeudar más de 3 asignaturas.

II. Reincorporación de un alumno que fue objeto de baja temporal porsolicitud voluntaria.

Page 14: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 14 CB-DAC-CES-REG-01

Para ser reincorporado, la instancia educativa deberá analizar la situaciónacadémica del alumno y si procede, el interesado deberá cumplir con lossiguientes requisitos:

No ser mayor de 17 años de edad al momento de su inscripción, aplica paralos alumnos del primer semestre y a partir del cuarto semestre no ser mayorde 21 años. (No aplica para CSAI y EMSaD).

Entregar la siguiente documentación:

I. Certificado de secundaria o equivalente, original y copia.II. Acta de nacimiento, original y copia.III. Copia de Clave Única de Registro de Población (CURP). No aplica

para extranjeros.

Cubrir la cuota establecida en el tabulador de ingresos propios delCOBAQROO, vigente.

Estará sujeto al plan de estudios en vigor y a las disposiciones para mejorarsu desempeño. Esta reinscripción estará condicionada al cupo disponible, enla instancia educativa al que pertenece.

En el caso de aquellas instancias educativas en donde la demanda de primersemestre (nuevo ingreso) supera a la oferta educativa, los alumnos encondición de repetidores de primer semestre, tendrán que volver a presentarel examen de admisión y salir seleccionados para ser reinscritos.

En caso de ser seleccionado en la instancia educativa a la que perteneció,conservará la misma matrícula que le fue asignada en su primera inscripción.

Si la reinscripción fuera a tercer semestre y en la capacitación de Redes yTeleinformática Discovery, el alumno se vería en la necesidad de cursar laasignatura de dicho semestre. Si la reinscripción fuera a cuarto, quinto osexto semestre, el alumno deberá comprobar la acreditación del cursoanterior de dicha capacitación al que se inscribe. En caso de no ser así elalumno no podrá ser reinscrito y solamente podrá hacerlo cuando se ofrezcanuevamente la asignatura.

CAPÍTULO V

Page 15: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 15 CB-DAC-CES-REG-01

CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN, CAMBIOS DE CAPACITACIÓNY CONVALIDACIONES

ARTÍCULO 16. Para solicitar cambio de adscripción de una instancia a otra, en lamisma localidad y modalidad, el alumno dispondrá de quince días hábiles contadosa partir de la fecha oficial de inicio de clases; estos cambios serán autorizados porel Departamento de Registro y Control Escolar, previo cumplimiento de lo siguiente:

I. Ser alumno regular.II. Que exista cupo en la instancia solicitada.III. Que exista el área de capacitación solicitada.IV. Haber realizado su reinscripción en tiempo y forma, en caso de no cumplir

con esta disposición quedará sujeto a lo que marca el Tabulador deIngresos propios vigente.

En el caso de los alumnos que soliciten cambio de adscripción del CSAI a un plantelEscolarizado o Centro de Servicios de EMSaD, éstos deberán apegarse al tiempoestablecido para dicho trámite.

Los cambios de adscripción al CSAI se pueden realizar durante todo el períodoescolar.

Quienes hayan solicitado cambio de adscripción al CSAI y deseen retornar a lamodalidad escolarizada o a distancia, podrán hacerlo siempre y cuando no sea enel mismo período escolar en que fue inscrito en la modalidad abierta y no tenganbaja definitiva en la modalidad a la que pretendan el cambio.

En relación a la capacitación de Redes y Teleinformática Discovery, el cambio seráposible siempre y cuando en la instancia educativa, se esté ofreciendo dichacapacitación y el curso solicitado esté siendo impartido. En caso de no contar conesta capacitación, tendrá que solicitar también el cambio de ésta.

En el caso de los alumnos de la modalidad abierta que deseen transitar a laescolarizada en la capacitación de Redes y Teleinformática Discovery, podránhacerlo siempre y cuando sea para el tercer semestre.

Para los alumnos que ingresaron por trámite de equivalencia o portabilidad deestudios no se autorizará cambio de capacitación en el mismo semestre en el quefue admitido. Únicamente podrán hacerlo en el semestre posterior a su inscripción,siempre y cuando haya concluido con el trámite y sea antes de que inicie el cuartosemestre.

Page 16: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 16 CB-DAC-CES-REG-01

Quienes hayan ingresado por trámite de equivalencia o portabilidad de estudios ysoliciten cambio de adscripción, deberán entregar fotocopia de la equivalencia oportabilidad de estudios, a la instancia solicitada.

Para aquellos alumnos que ingresaron por trámite de equivalencia o portabilidadde estudios y deseen cambio de adscripción, se les otorgará siempre y cuandohayan concluido con su trámite de equivalencia o portabilidad.

En el caso de los alumnos que soliciten el cambio de una localidad a otra y al CSAI,la fracción I será indistinta.

ARTÍCULO 17. El alumno que se encuentre de baja temporal o cursando en elCSAI, y solicite su reingreso al Sistema Escolarizado o de EMSaD, y que almomento de reinscribirse se encuentre con un nuevo plan de estudios, se le haráuna convalidación, ajustándolo al mapa curricular vigente.

Aquellos alumnos que causaron baja definitiva y solicitan cambio de adscripción aotra modalidad, la (s) asignatura (s) que fueron motivo de la baja definitiva, no leserán consideradas como asignatura (s) en repetición, sino como curso ordinario enla modalidad destino.

ARTÍCULO 18. Los alumnos que soliciten reingreso a la Modalidad Escolarizada,EMSaD, o CSAI y se les ajuste al plan de estudios vigente(convalidación) procederá lo siguiente:

I. Se validarán las asignaturas acreditadas de los semestrescompletos tal y como las tenga en su plan de estudios ocapacitación anterior, siempre y cuando las asignaturascoincidan.

II. En caso de que las asignaturas sean diferentes, pero tenganlos semestres acreditados completos, se sacará un promediogeneral y esta será la calificación que se le registre en todas lasasignaturas.

III. Si el alumno tiene semestres incompletos, aplicaráconvalidación por asignaturas a partir del semestre donde seregistre la primera materia no aprobada o no cursada, tomandoen cuenta las calificaciones de las asignaturas similares yquedándole pendiente de cursar en el semestre quecorresponda, las que no sean convalidadas.

IV. Cuando el cambio sea de capacitación pero con el mismo plande estudios y semestres completos acreditados, las

Page 17: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 17 CB-DAC-CES-REG-01

calificaciones de las asignaturas similares quedarán con lamisma calificación y solamente se promediarán las decapacitación, registrándose este promedio en las asignaturasde la nueva capacitación.

V. Para el cambio de capacitación con semestres incompletos,se aplicará la fracción III.

VI. Los alumnos que requieran un documento oficial y no se hayaninscrito en la instancia destino, deberán solicitarlo en lainstancia de origen.

ARTÍCULO 19. Cuando por causas de fuerza mayor, el alumno se vea en lanecesidad de solicitar cambio de adscripción a otra instancia educativa a mitad desemestre, la autorización estará sujeta al análisis y aprobación del Departamento deRegistro y Control Escolar.

ARTÍCULO 20. Los alumnos del Centro de Servicios Académicos Integrales,modalidad Abierta, podrán solicitar su cambio al sistema escolarizado o de EMSaD,bajo los siguientes requisitos:

I. No haber sido objeto de baja definitiva, en caso de haber sidoalumno de la modalidad solicitada.

II. Exista cupo en la instancia solicitada.

III. No ser mayor de 17 años de edad al momento de suinscripción, aplica para los alumnos del primer semestre y apartir del cuarto semestre no ser mayor de 21 años. (No aplicapara EMSaD)

IV. Cumplir con lo establecido en el Artículo 15.

ARTÍCULO 21. Cada alumno deberá inscribirse en una sola área de capacitaciónpara el trabajo. El alumno que desee cambiar de capacitación, deberá formular porescrito la solicitud correspondiente a la Dirección y/o Coordinación de la instanciaeducativa, en los primeros quince días hábiles posteriores a la fecha de haberiniciado clases del III semestre y una segunda y última oportunidad antes de queinicie el cuarto semestre. Dicho cambio estará sujeto a la disponibilidad de cupo enla capacitación deseada.

El cambio de capacitación hacia la de Redes y Teleinformática Discovery, no podráaplicar de acuerdo a la normatividad establecida por el programa “NetworkingAcademy” y lo establecido en el QAP.

Page 18: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 18 CB-DAC-CES-REG-01

CAPÍTULO VIB A J A S

ARTÍCULO 22. Se deberá entender por baja, la suspensión de la relación entre elalumno y el COBAQROO, a través de una instancia educativa específica.

ARTÍCULO 23. Las bajas en las modalidades escolarizada y a distancia delCOBAQROO, pueden ser de dos tipos:

I. Baja temporal:a) Cuando el alumno lo solicita voluntariamente.b) Cuando el alumno adeude más de tres asignaturas en un curso

normal. (No aplica para el CSAI).c) Cuando el alumno no solicita su reinscripción en el semestre

siguiente al que estuvo inscrito.

II. Baja definitiva:a) Cuando el alumno agota todas las oportunidades que marca

este reglamento, para acreditar una asignatura.b) Cuando el alumno agota los diez semestres para concluir su

bachillerato. (No aplica para el CSAI).c) Cuando el alumno incurra en las causales que marca el

Reglamento de Conducta de los Alumnos/as de la instanciaeducativa.El alumno que cause baja definitiva de la ModalidadEscolarizada o EMSaD, después de presentar el examenextraordinario, podrá concluir sus estudios en el CSAI.

ARTÍCULO 24. Si el alumno incurre en baja definitiva de la modalidad escolarizadao a distancia del COBAQROO, podrá solicitar su cambio de adscripción a otramodalidad, diferente de la que proviene, reconociéndole las asignaturasacreditadas.

TÍTULO TERCERODE LA EVALUACIÓN

CAPÍTULO IEVALUACIÓN DEL SISTEMA ESCOLARIZADO Y DE EMSaD

Page 19: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 19 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 25. Para acreditar las asignaturas el alumno deberá contar con el 80%de asistencia, y tendrá las siguientes oportunidades:

CURSO NORMAL QUE CONSTA DE:I. Bloques: Está integrado por la Evaluación Auténtica y esta consiste en

Portafolio de Evidencias, la cual será mayor o igual a 60% y la Pruebade Desempeño, que será menor o igual a 40%. (El número de bloqueslo determina el programa de estudios de cada asignatura). Lascalificaciones correspondientes, deberán ser capturadas por el docente,en el Sistema Integral de Control Escolar SICE y entregará una copiade su lista formalmente firmada al Departamento de Servicios Escolaresde la instancia educativa, debiendo previamente comunicar a losalumnos sus resultados.

Las asignaturas de Orientación Escolar y Actividades Paraescolares no secursan en EMSaD y CSAI.

II. Recuperación: El alumno podrá recuperar los bloques reprobados,inmediatamente después de la evaluación realizada por el docente otambién podrá hacerlo a más tardar 3 días antes de la fecha del cierrede listas en el SICE, señaladas en el Calendario Escolar.

III. Evaluación Semestral: O B L I G A T O R I O Se aplicará despuésde la conclusión de los bloques y de acuerdo al calendario establecido,quién no presente dicha evaluación, no promediará calificación alguna ysu Calificación Semestral Definitiva será cinco (5).

IV. Examen de Regularización: Se presentará después de la evaluaciónsemestral de acuerdo al Calendario Escolar vigente y únicamentetendrán derecho a éste, los alumnos que adeuden hasta el 50% de laasignatura, los que adeuden más del 50%, tendrán la oportunidad de laEvaluación Extraordinaria, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26,fracción I del presente reglamento.

La regularización evaluará los bloques que haya reprobado el alumno.El alumno que repruebe la evaluación de regularización, tendrá comoopción para acreditar, la Evaluación Extraordinaria.

Page 20: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 20 CB-DAC-CES-REG-01

Si el alumno aprueba la regularización del o los bloques que adeudaba(mínimo 6 puntos), la calificación obtenida del bloque presentado, sesumará con los bloques restantes aprobados de acuerdo a lo señaladoen el Artículo 27 y 28, para obtener la calificación semestral definitiva.

Al término del semestre el docente entregará copia firmada de la listade calificaciones a la oficina de servicios escolares de la instanciaeducativa.

ARTÍCULO 26. Las oportunidades extraordinarias son:

I. Evaluación Extraordinaria Se presentará una sola vez ypodrán hacerlo quienes no hayan acreditado en lasoportunidades de un curso normal. Serán máximo tresasignaturas, consistiendo en lo siguiente:

Portafolio de evidencia 50%Prueba objetiva 50%

TOTAL 100%

El docente titular de la asignatura, será quien aplique, califique ycapture el resultado obtenido; así también entregará copia firmadade la lista de calificaciones a la oficina de servicios escolares de lainstancia educativa.

Evaluación no solicitada se considerará como 5 (cinco) decalificación.

II. Curso de Repetición o Nivelación Académica. Quienes optenpor el curso de repetición, tendrán las mismas oportunidadesdel curso normal, con excepción de volver a repetir la materia.Ningún alumno podrá cursar más de dos veces una mismaasignatura.

III.La calificación máxima aprobatoria en el Curso de Repeticióny Nivelación Académica es 8. (Aplica para los alumnos queingresen a partir del período 2013 B).

IV. Regularizarse en el CSAI. Quién opte por el Curso deNivelación Académica (que lo ofrece el Centro de ServiciosAcadémicos Integrales, CSAI), y lo repruebe, únicamente lequedará la oportunidad de acreditarla mediante la Evaluación

Page 21: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 21 CB-DAC-CES-REG-01

Extraordinaria, siempre y cuando no adeude más de 3asignaturas.

ARTÍCULO 27. Para acreditar cada asignatura en curso normal o de repetición losalumnos deberán obtener una calificación semestral definitiva, igual o mayor a 6puntos, una vez aplicada la fórmula de cálculo.

Para el procedimiento de cálculo, se considerarán los siguientes valores:

Modalidad Escolarizada:

BLOQUES= 90 % del total de la calificación

EVALUACIÓN SEMESTRAL= 10 % del total de la calificación

C.S. = ∑ Ó. . + (EVALUACIÓN SEMESTRAL x 0.1)

Modalidad de EMSaD:

BLOQUES = 80% del total de la calificación

EVALUACIÓN SEMESTRAL= 20% del total de la calificación

C.S. = ∑ Ó. . + (EVALUACIÓN SEMESTRAL x 0.2)

ARTÍCULO 28. La calificación semestral se integra por la suma de doscomponentes: por un lado el promedio de los bloques de la asignatura en escala de5 a 10 incluyendo decimales, con la ponderación correspondiente y por otro lado lacalificación de la evaluación semestral con su valor ponderado.

ARTÍCULO 29. La calificación semestral definitiva (CSD) mínima aprobatoriaes de 6 puntos, en una escala de 5 a 10, y se expresará con números enteros deacuerdo a la siguiente tabla.

Page 22: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 22 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 30. Para la captura de calificaciones de las evaluacionescorrespondientes a la recuperación, regularización, y evaluación extraordinaria, losdocentes tendrán un plazo máximo de 3 días hábiles según fechasprogramadas en el calendario escolar vigente.

CAPÍTULO IIEVALUACIÓN DE ASIGNATURAS DEL COMPONENTE DE FORMACIÓN PARAEL TRABAJO CAPACITACIÓN DE REDES Y TELEINFORMÁTICA DISCOVERY

ARTÍCULO 31. El programa “Networking Academy” de Cisco Systems es aplicadopor el COBAQROO, a partir del período escolar 2007-B, en el componente deformación para el trabajo de la capacitación de Redes y Teleinformática Discovery,correspondiente al currículo de CISCO Certified Network Associate (CCNA), mismoque es normado por un plan de control de calidad (Quality Assurance Plan: QAP),para lo cual el COBAQROO cuenta con la autorización de la Dirección General deBachillerato (DGB) de la SEP.

ARTÍCULO 32. Para acreditar cada asignatura del componente de formación parael trabajo de la capacitación de Redes y Teleinformática Discovery, los alumnos seapegarán al proceso de evaluación que comprende exámenes en línea por cadamódulo y un examen final; así como la evaluación continua que se integra porestudios de caso, examen práctico de habilidades y prácticas de laboratorio.

ARTÍCULO 33. La calificación final mínima para acreditar cada una de lasasignaturas del componente de formación para el trabajo de la capacitación deRedes y Teleinformática Discovery, es de 7, lo que se considera un curso conresultado pass (p) “aprobado”.

ARTÍCULO 34. En el programa “Networking Academy” de Cisco Systems, laevaluación de los conocimientos se realiza con exámenes aplicados en lamodalidad “en línea”, la cual permite obtener resultados inmediatos.

CALIFICACIÓNOBTENIDA

DEBEREGISTRARSE

De 9.5 a 10 10De 8.5 a 9.4 9De 7.5 a 8.4 8De 6.5 a 7.4 7De 6.0 a 6.4 6De 0.0 a 5.9 5

Page 23: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 23 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 35. Para obtener la calificación semestral (Weighted Percentage) elprograma toma en cuenta las ponderaciones de los rubros que integran laevaluación, mismas que son acordadas en la Academia Estatal, integrada por losdocentes que imparten la capacitación.

Procedimiento de cálculo que se aplica de forma automática en la plataformadel Academy Connection.

CS= (a1)(Pa1)+(a2)(Pa2)+……+an(Pn)+(b)(Pb)+(d)(Pd)+(e)(Pe)+(f)(Pf)a1……n =Calificación obtenida en el examen del módulo (module).b= Calificación obtenida en el examen final (final exam).d= Calificación obtenida en el estudios de caso (case study).e= Calificación obtenida en el examen práctico o de habilidades (skiller exam).f= Calificación obtenida en las prácticas de laboratorio (custom scores)p= Ponderación de peso asignado a los rubros antes mencionados.

ARTÍCULO 36. Para tener evidencias del avance académico de los alumnos en elsistema de control escolar (SICE), el docente deberá capturar en dicho sistematodas las calificaciones obtenidas del programa “Networking Academy” de CiscoSystems, debiendo hacer entrega de sus listas de calificaciones debidamentefirmadas al titular o encargado de la oficina de servicios escolares del Plantel.

ARTÍCULO 37. El sistema de control escolar (SICE), tomará las calificaciones delos módulos que se tengan capturados en la fecha programada para el reporte decalificaciones de acuerdo al calendario escolar vigente.

ARTÍCULO 38. Si al término del semestre el alumno no lograra obtener calificaciónaprobatoria en las asignaturas de formación para el trabajo de la capacitación deRedes y Teleinformática Discovery, podrá acreditarlas presentando nuevamente losrubros reprobados en los períodos que marque el calendario escolar delCOBAQROO correspondientes a exámenes de regularización, y evaluaciónextraordinaria.

ARTÍCULO 39. El SICE considerará como examen semestral el rubro de examenfinal (final exam) del programa “Networking Academy” de Cisco.

ARTÍCULO 40. El examen de regularización y evaluación extraordinaria, para lasasignaturas de formación para el trabajo de la capacitación de Redes y

Teleinformática Discovery, consistirá en presentar únicamente los módulosreprobados, y para el asiento de la calificación en el SICE, se considerará lo querefleje en ese momento la calificación final del programa “Networking Academy” deCisco System.

Page 24: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 24 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 41. Los alumnos que no lograran aprobar sus asignaturas delcomponente de formación para el trabajo de la capacitación de Redes yTeleinformática Discovery en las oportunidades de regularización, y evaluaciónextraordinaria, tendrán como última oportunidad para aprobar, el curso derepetición.

TÍTULO CUARTODE LAS ACTIVIDADES PARAESCOLARES Y DE LA ORIENTACION ESCOLAR

(APLICA PARA EL SISTEMA ESCOLARIZADO)

ARTÍCULO 42. Son asignaturas obligatorias, las cuales el alumno deberá de cubrirdentro del trayecto de su vida académica en el COBAQROO.

ARTÍCULO 43. Para acreditar dichas asignaturas, el alumno deberá obtener lacalificación mínima aprobatoria que marca este Reglamento, el cual equivaldrá a “A”(Acreditada) y en caso contrario la asignatura se considerará como “NA” (NoAcreditada), literales que se utilizarán en los documentos oficiales.

ARTÍCULO 44. Cada alumno al inscribirse, seleccionará la actividad paraescolarque desee cursar. Estando sujeto lo anterior al cupo en la actividad paraescolarescogida.

ARTÍCULO 45. El alumno no podrá cambiarse a otra actividad paraescolar una vezinscrito en una de ellas, durante los tres primeros semestres, en caso de cambiarde actividad en IV semestre deberá permanecer en ella hasta el VI semestre. Parasolicitar el cambio deberá hacerlo por escrito al Departamento de ServiciosEscolares de la instancia educativa.

ARTÍCULO 46. La evaluación de las asignaturas de actividades paraescolares yorientación escolar, se realizarán de acuerdo a lo establecido en los programas dedichas asignaturas y no aplica Evaluación Semestral.

Si la calificación obtenida es igual o mayor a 6, será aprobatoria, y serepresentará con la literal A, si es menor a 6 será no acreditada y se representarácomo NA.

Page 25: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 25 CB-DAC-CES-REG-01

En caso de reprobar la mitad del semestre deberá presentar examen deregularización y si reprueba más de la mitad del semestre deberá presentarevaluación extraordinaria.

Para tener derecho a las evaluaciones del curso normal, el alumno deberá haberasistido a un mínimo del 80% de sus clases.Las calificaciones obtenidas en Orientación Escolar y Actividad Paraescolar, sepromediarán de la siguiente manera:

C.S. = ∑ Ó.Bloques = 100%

ARTÍCULO 47. Las calificaciones correspondientes, deberán ser capturadas porbloque por el docente, en el programa SICE y entregará una copia de su listadebidamente firmada a la oficina de Servicios Escolares del plantel, debiendopreviamente informar a los alumnos sus resultados.

ARTÍCULO 48. Como resultado del proceso de evaluación, el docente asignará alos alumnos que cursan actividad paraescolar y orientación escolar, una calificaciónpor bloque.

ARTÍCULO 49. Las asignaturas de actividad paraescolar y orientación escolar, encaso de ser reprobadas, no se considerarán como asignaturas acumulativas paraque el alumno cause baja temporal o definitiva; sin embargo es responsabilidad deldepartamento de Servicios Escolares y obligación del alumno dar seguimiento a laacreditación de las actividades paraescolares y orientación escolar.

La instancia educativa deberá tener completa y actualizada su base de datos en elSICE (captura de calificaciones) de acuerdo a lo establecido en los cortes quemarca el Calendario Escolar del COBAQROO.

TÍTULO QUINTODE LA REVISIÓN DE EXÁMENES, RECTIFICACIÓN Y RENUNCIA DE

CALIFICACIONES PARA LA MODALIDAD ESCOLARIZADA Y DE EMSAD

Page 26: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 26 CB-DAC-CES-REG-01

(ESTE TÍTULO NO APLICA PARA LAS ASIGNATURAS DE LA CAPACITACIÓN DE REDES YTELEINFORMÁTICA)

CAPÍTULO IREVISIÓN DE EXÁMENES

ARTÍCULO 50. Cuando el alumno esté inconforme con una calificación de examen,éste podrá solicitar por escrito la revisión del examen a la dirección de la instancia,dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha oficial de la entrega decalificaciones y el Director de la instancia, designará una Comisión Revisoraintegrada al menos por dos docentes distintos del que haya asignado la calificación,a fin de que la ratifiquen o rectifiquen mediante el análisis del examen que sirvió debase para su asignación.

En caso de no contar con otro docente de la asignatura en la instancia educativa, sesolicitará a la Dirección General, el apoyo del Jefe de Materia correspondiente.

ARTÍCULO 51. La resolución de la Comisión Revisora a que alude el Artículoanterior será inapelable y constituirá la calificación definitiva del alumno.

CAPÍTULO IIRECTIFICACIÓN Y RENUNCIA DE CALIFICACIÓN

SEMESTRAL DEFINITIVA

ARTÍCULO 52. Cuando en alguna asignatura el docente haya asentado unacalificación errónea ya sea bloques, regularización, o evaluación extraordinaria,éste solicitará al Departamento de Servicios Escolares de la instancia educativa, laapertura (en SICE) de la lista o acta correspondiente para realizar la rectificación.

ARTÍCULO 53. El alumno que desee renunciar a la Calificación Semestral Definitivade una o más asignaturas, podrá hacerlo dentro de los cinco días hábiles siguientesa la fecha en que haya sido notificado de su resultado, mediante escrito dirigido alDirector de la instancia, precisando la asignatura y el semestre que cursa, y dichoescrito deberá estar firmado por el alumno y su padre o tutor.

La renuncia a esta calificación la podrá hacer siempre y cuando sea aprobatoria ycumpla con los requisitos para seguir en el Sistema de acuerdo en los supuestosprevistos en este reglamento y no se haya expedido su Certificado de Terminaciónde Estudios.

El alumno que se encuentre en la situación que marca el Artículo 50 tendráigualmente cinco días hábiles para renunciar a una calificación a partir de queconozca la resolución de la Comisión Revisora, debiendo ajustarse al procedimientoestablecido en este Artículo.

Page 27: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 27 CB-DAC-CES-REG-01

La instancia educativa, comisionará al docente que aplicará y calificará el examende la asignatura que corresponda en los casos en que el alumno recurra al recursoque señala este Artículo.

La calificación obtenida en este examen, será la calificación semestral definitiva dela asignatura, sea aprobatoria o reprobatoria.

ARTÍCULO 54. Una vez expedido el Certificado de Terminación de Estudios debachillerato, no procederá la renuncia a ninguna calificación, ni la revisión de ningúnexamen.

TÍTULO SEXTODE LA CERTIFICACIÓN Y EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES

CAPÍTULO ICERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS

ARTÍCULO 55. Deberá entenderse por certificación de estudios, al procesomediante el cual el COBAQROO reconoce legalmente los estudios realizados yaprobados por sus alumnos mediante la expedición de los documentos oficialescorrespondientes.

ARTÍCULO 56. Los documentos oficiales que expide el COBAQROO, para certificarestudios, ya sean totales o parciales, son los siguientes:

I. Certificado de Terminación de Estudios: Es el documento oficial quecertifica los estudios, de los alumnos que acreditaron todas las asignaturasdel plan de estudios, siendo requisitos para la expedición:

a) 6 fotografías tamaño infantil de frente en blanco y negro acabado mate,con saco y corbata gris (mujer sin corbata)

b) 6 fotografías tamaño diploma de frente en blanco y negro acabado mate,con saco y corbata gris (mujer sin corbata)

c) Tener frente y orejas descubiertas, bien peinado (a)d) Sin barba, sin lentes, sin patillas, sin aretes (hombre), sin aretes,

peinetas, soguillas u otro adorno similar (mujer)e) Cubrir la cuota correspondiente conforme al tabulador de ingresos

propios del COBAQROO, vigente.

Page 28: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 28 CB-DAC-CES-REG-01

II. Certificado Parcial de Estudios: Es el documento oficial que certifica losestudios cursados y acreditados por el alumno, que cubrió parcialmente elplan de estudios del COBAQROO, siendo requisitos para la expedición:

a) 6 fotografías tamaño infantil de frente en blanco y negro acabado mate,con saco y corbata gris. (mujer sin corbata)

b) Tener frente y orejas descubiertas, bien peinado (a)c) Sin barba, sin lentes, sin patillas, sin aretes (hombre), sin aretes,

peinetas, soguillas u otro adorno similar, (mujer).d) Cubrir la cuota correspondiente conforme al tabulador de ingresos

propios del COBAQROO, vigente.

En el caso de los alumnos que hayan ingresado por trámite de equivalencia oportabilidad de estudios la instancia educativa deberá verificar antes de emitir elCertificado de Estudios, si el alumno ya concluyó con su trámite para poderexpedir dicho documento; en ambos casos, deberá anexar copia de laequivalencia o portabilidad de estudios correspondiente, de lo contrario noprocederá a la preparación del certificado.

Los alumnos que ingresaron por revalidación de estudios, deberá anexar copiade la misma.

III. Duplicado de Certificado: Es un documento oficial, equivalente al determinación de estudios, y que se expide a solicitud del interesado.

Requisitos para la expedición del duplicado de estudios:

a. 6 fotografías tamaño infantil de frente en blanco y negro acabado mate, consaco y corbata gris, (mujer sin corbata).

b. Tener frente y orejas descubiertas, bien peinado (a).c. Sin barba, sin lentes, sin patillas, sin aretes (hombre) sin aretes, peinetas,

otro adorno similar, (mujer).d. Cubrir la cuota correspondiente conforme al tabulador de ingresos propios

del COBAQROO, vigente.

Para la revisión de este documento, deberá anexar copia del certificado determinación de estudios.

Los trámites de legalización de los documentos oficiales como son los Certificadosde Estudios descritos en el presente Reglamento, no son de carácter obligatorio,depende de la necesidad del interesado. Este trámite deberá ser realizadodirectamente por el alumno con la autoridad que legaliza, la instancia educativaofrece la información pertinente para realizar dicho trámite.

Page 29: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 29 CB-DAC-CES-REG-01

El plazo para la entrega de los certificados de estudios que se envían para firma delDirector General, es de dos meses a partir de la fecha en que hayan sido recibidosen el Departamento de Registro y Control Escolar.

El plazo máximo para que el alumno acuda a la instancia educativa, para que le seaentregado su Certificado de Estudios, es de 3 meses a partir de que el documentose encuentre en la instancia educativa de procedencia, de lo contrario el documentodeberá cancelarse y el interesado deberá tramitar en caso de ser un Certificado de

Terminación de Estudios un Duplicado, si es un Certificado Parcial o Duplicado deEstudios deberá tramitar el mismo documento.

Una vez expedido el Certificado de Terminación de Estudios, no procederámodificación alguna.

CAPÍTULO IIEXPEDICIÓN DE CREDENCIALES, CONSTANCIAS

DE ESTUDIOS Y DE VALIDACIÓN

ARTÍCULO 57. La credencial es el documento que facilita la identificación delalumno, para la realización de trámites escolares y para que sea expedida sedeberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser alumno del COBAQROOb) Cubrir la cuota correspondiente conforme al tabulador de ingresos

propios del COBAQROO vigentec) Es obligación que el alumno porte la credencial de estudiante.

ARTÍCULO 58. La Constancia de Estudios es un documento oficial en el cual seregistra el avance académico de los alumnos, al momento en que éstos la soliciten,siendo con o sin calificaciones.

Los requisitos para solicitar cualquiera de las constancias de estudios son lossiguientes:

a) Estar inscrito o haber sido alumno del COBAQROO.b) Llenar el formato de pago proporcionado por el Departamento de

Servicios Escolares de la instancia educativa.c) Cubrir la cuota correspondiente conforme al reglamento de ingresos

propios del COBAQROO vigente.d) Si son alumnos que ingresaron por trámite de equivalencia,

portabilidad de estudios o revalidación de estudios, verificar antes

Page 30: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 30 CB-DAC-CES-REG-01

que ya hayan concluido con el trámite, para poder expedir dichaconstancia.

ARTÍCULO 59. La constancia de validación es un documento que da validez deautenticidad a los certificados de terminación de estudios. Esta se entregará asolicitud del egresado o de la Institución que lo requiera y es obligación de lainstancia educativa entregar el documento, siendo total responsabilidad de quienesfirman la veracidad de la misma.

TÍTULO SÉPTIMODE LOS CENTROS DE SERVICIOS ACADÉMICOS INTEGRALES

CAPÍTULO IEVALUACIÓN

ARTÍCULO 60. La evaluación del aprendizaje debe ser un elemento esencial entodo servicio educativo y de manera particular lo es en el Centro de ServiciosAcadémicos Integrales en la Modalidad de Enseñanza Abierta del COBAQROO.Por las características de esta modalidad educativa, la evaluación del aprendizajedeberá ser el medio que permite conocer el avance y dificultades del estudiante ensu proceso de aprendizaje y además proporcionará los elementos para decidir laacreditación de los conocimientos demostrados.

ARTÍCULO 61. Los estudiantes del Centro de Servicios Académicos Integrales enla Modalidad de Enseñanza Abierta COBAQROO deberán cursar sus asignaturasconforme al Plan de Estudios vigente.

ARTÍCULO 62. La Carga Académica para cada estudiante será de hasta dosasignaturas, teniendo derecho de solicitar otra asignatura en el momento queacredita alguna de éstas. Se podrá otorgar una carga académica mayor previoanálisis y aprobación de la Coordinación del CSAI.

ARTÍCULO 63. Cada estudiante tendrá tres formas para acreditar sus asignaturas,las cuales son a través de una evaluación global, bloque y/o curso de nivelaciónacadémica.

ARTÍCULO 64. El estudiante deberá realizar el pago correspondiente de cada unode los exámenes que solicite de acuerdo con el Tabulador de Ingresos Propiosvigente del COBAQROO.

ARTÍCULO 65. La elaboración de los exámenes estará a cargo de los Asesores,

Page 31: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 31 CB-DAC-CES-REG-01

debiendo cumplir con los lineamientos pedagógicos establecidos por la DirecciónAcadémica del COBAQROO.

ARTÍCULO 66. Es responsabilidad del docente, el dar a conocer a los alumnos losresultados de su examen y capturar sus calificaciones en el programa SICE y dehacer entrega de sus actas y exámenes debidamente firmados al titular oencargado de la oficina de Apoyo Académico o personal designado por el CentroEducativo. Las actas y exámenes serán entregados por el Asesor a más tardar tresdías hábiles después de haberlos recibido.

ARTÍCULO 67. El estudiante que habiendo realizado sus trámites de solicitud deexamen y que por alguna razón no se presente, tendrá derecho a este únicamentesi justifica su inasistencia dentro de un término no mayor a 48 horas a partir de lafecha programada.

ARTÍCULO 68. La escala de calificaciones para todas las evaluaciones será de 5 a10, toda calificación inferior a seis será reprobatoria. Cada uno de los exámenesaplicados tendrá un valor de 100%.

ARTÍCULO 69. Todos los exámenes aprobados de cada asignatura constituyen el100% de la calificación, por lo que se deberá promediar para emitir una calificaciónfinal del Bachillerato.

CAPÍTULO IICURSO DE NIVELACIÓN ACADÉMICA (CNA)

ARTÍCULO 70. Es una oportunidad extraordinaria que se ofrece en el CSAI y queel alumno de la Modalidad Escolarizada y EMSaD, tiene como opción para acreditara la mayor brevedad y sustituye al curso de repetición. La calificación máxima en unCNA es 8 (aplica para los alumnos que ingresan a partir del 2013 B).

ARTÍCULO 71. Los cursos de nivelación académica, se coordinarán a través de losCentros de Servicios Académicos Integrales (CSAI), debiéndose autorizar lapropuesta que presentan las instancias educativas de acuerdo con la demandaestudiantil detectada.

ARTÍCULO 72. Para autorizar los Cursos de Nivelación Académica, se requerirá:

I. Presentar la programación de Curso de Nivelación Académica en elformato correspondiente.

Page 32: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 32 CB-DAC-CES-REG-01

II. Cubrir el número de horas que corresponde a las asignaturas del plande estudios vigente del COBAQROO.

III. Cubrir el perfil académico del docente que impartirá cada curso deacuerdo a la tabla de perfiles profesionales para docentes delCOBAQROO.

IV. Cubrir el mínimo de 10 estudiantes y un máximo de 25 por grupo.

V. En caso de no cubrir el mínimo de 10 estudiantes, se deberá garantizarel cobro del costo correspondiente al mínimo, con la participación yautorización de los padres de familia de los estudiantes interesados entomar el curso.

ARTÍCULO 73. Los alumnos de la Modalidad Escolarizada y de EMSaD sólopodrán llevar un curso de nivelación académica por asignatura y se autorizará hastados cursos por período escolar fuera de sus clases normales, siempre y cuandoestén programados en horarios distintos.

ARTÍCULO 74. Los alumnos del CSAI podrán solicitar Cursos de NivelaciónAcadémica las veces que lo requieran siempre y cuando se oferten y seráncontabilizados como una oportunidad de examen global. Cabe señalar que en casode solicitar cambio a la Modalidad Escolarizada o EMSaD, estos cursos no seconsiderarán en caso de ser reprobatorios como oportunidad agotada.

ARTÍCULO 75. Un CNA se autorizará a los alumnos de la Modalidad Escolarizada yEMSaD que presenten las siguientes situaciones:

I. Haber reprobado de una hasta cinco asignaturas en un semestre oacumuladas.

II. En el caso de los alumnos que hayan acumulado hasta cinco materias yalguna de ellas corresponda a semestres anteriores al cursado, esas

III.asignaturas serán las que deberá llevar en CNA, siempre y cuando laprogramación de cursos lo permita.

ARTÍCULO 76. Para la inscripción a un curso de nivelación académica, el alumnodeberá cubrir los siguientes requisitos:

Page 33: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 33 CB-DAC-CES-REG-01

I. Presentar en el CSAI cédula de inscripción avalada por el director y jefede servicios escolares de la instancia educativa de origen, así como delpadre o tutor.

II. Tener una matrícula vigente en el COBAQROO.III. Pagar la cuota correspondiente de acuerdo al tabulador de ingresos

propios del COBAQROO vigente.

ARTÍCULO 77. Para tener derecho a la acreditación de la asignatura cursada, elestudiante deberá cubrir obligatoriamente un mínimo de 90% de asistencia aclases y haber aprobado cada uno de los bloques que integran la asignatura.

ARTÍCULO 78. El maestro asesor deberá evaluar el contenido programático de laasignatura mediante un examen por cada unidad o bloque que integre el programade estudios vigente, debiendo emitir una calificación promedio al concluir el curso.

ARTÍCULO 79. Al término del Curso de Nivelación Académica, el maestro asesordeberá entregar el resultado de las calificaciones finales obtenidas al Departamentode Apoyo Académico y/o Servicios Escolares del Centro de Servicios AcadémicosIntegrales, en un plazo no mayor de tres días hábiles.

ARTÍCULO 80. El Departamento de Servicios Escolares del CSAI, tendrá un plazono mayor de tres días hábiles para la captura en el SICE del resultado de lascalificaciones obtenidas por el alumno, después de la recepción de los resultadosentregados por el docente.

ARTÍCULO 81. La escala de calificación del Curso de Nivelación Académica seráde 5 a 8 exclusivamente para los alumnos de planteles escolarizados y EMSaD queopten por esta opción en el período intersemestral.

CAPÍTULO III

REVISIÓN DE EXÁMENES Y LA RECTIFICACIÓN DE CALIFICACIONES DELOS CURSOS DE NIVELACIÓN ACADÉMICA

ARTÍCULO 82. Cuando el alumno esté inconforme en una calificación de examen,éste podrá solicitar por escrito la revisión del examen a la Coordinación del CSAI,

Page 34: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 34 CB-DAC-CES-REG-01

dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha oficial de la entrega decalificaciones y el (la) Coordinador (a), designará una Comisión Revisora integradaal menos por dos docentes distintos del que haya asignado la calificación, a fin deque la ratifiquen o rectifiquen mediante el análisis del examen que sirvió de basepara su asignación.

La resolución de la Comisión Revisora constituirá la calificación definitiva delalumno y será inapelable.

ARTÍCULO 83. Cuando en alguna asignatura se haya asentado por error unacalificación distinta a la que verdaderamente fue asignada por el docente, el (la)Coordinador (a) autorizará la rectificación en el caso de que:

I. El alumno interesado la solicite por escrito, dentro de los tres díassiguientes a la fecha de entrega oficial de la calificación en queaparezca el error, y el docente que haya asentado erróneamentecomunique por escrito la corrección de la calificación al Departamentode Servicios Escolares del CSAI, para que se capture la calificacióncorrecta en el SICE.

II. El docente la solicite por escrito al Departamento de ServiciosEscolares dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega oficialde sus calificaciones anexando la evidencia del error.

CAPÍTULO IV

TRÁNSITO DE ALUMNOS ENTRE MODALIDADES

ARTÍCULO 84. Todos los alumnos de la Modalidad Escolarizada y de EMSaD delCOBAQROO, a excepción de los que cursan asignaturas de la capacitación deRedes y Teleinformática Discovery del programa Networking Academy, tendrán laopción de tránsito entre modalidades, debiendo observarse las disposiciones delpresente reglamento.

ARTÍCULO 85. El tránsito entre modalidades se aplicará a los alumnos que cursenlas asignaturas que ofrece el CSAI.

ARTÍCULO 86. El tránsito entre modalidades podrá efectuarse durante el tiempoque dure su trayectoria académica, como estudiante del COBAQROO.

ARTÍCULO 87. El tránsito entre modalidades se dará cuando el alumno que cursaactualmente sus estudios en la modalidad escolarizada o a distancia que adeudede una a cinco asignaturas, tendrá la oportunidad de regularizar hasta dosasignaturas.

Page 35: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 35 CB-DAC-CES-REG-01

Los alumnos de sexto semestre que adeuden de una a tres asignaturas, podránsolicitar tránsito entre modalidades, teniendo la oportunidad de regularizar hastados asignaturas en este servicio.

En ambos casos deberán regularizarse en un plazo de quince días hábiles, de locontrario, deberá solicitar su cambio de adscripción o reinscripción como alumnorepetidor en el período que corresponda.

El tránsito entre modalidades se dará únicamente en los periodos intersemestrales,el alumno deberá solicitarlo en las fechas que marca el calendario escolar del CSAI,para retornar a la instancia educativa de procedencia hasta los primeros quincedías hábiles después de iniciado el período escolar.

ARTÍCULO 88. El procedimiento para los estudiantes que decidan por esterecurso académico se dará de la siguiente forma:

I. Para un estudiante irregular que solicita baja temporal de la ModalidadEscolarizada o a Distancia:

a) El estudiante, padre o tutor deberá solicitar por escrito el cambioy la baja temporal en el Departamento de Servicios Escolares dela instancia educativa de procedencia.

b) El estudiante, padre o tutor deberá realizar la inscripción en elCentro de Servicios Académicos Integrales (CSAI) al cual deseaingresar para regularizar los estudios debiendo presentar unacopia del oficio de solicitud de tránsito.

II. Cubrir la cuota establecida de acuerdo al Reglamento de IngresosPropios de COBAQROO vigente.

CAPÍTULO VREVISIÓN DE EXÁMENES Y RECTIFICACIÓN DE CALIFICACIONES

ARTÍCULO 89. En caso de inconformidad con alguna calificación por parte delestudiante se realizará lo siguiente:

I. El estudiante solicitará por escrito al Coordinador (a) del CentroEducativo la revisión del examen.

II. La solicitud deberá efectuarse dentro de los diez días hábiles

Page 36: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 36 CB-DAC-CES-REG-01

siguientes a la fecha de publicación en el SICE.III. El examen se revisará por la academia de maestros del área de

conocimientos o bien por otro docente que cubra el perfilacadémico correspondiente.

IV. La resolución de la Academia de Maestros o bien del docente querealice la revisión, constituirá la calificación definitiva obtenida endicha evaluación por el estudiante.

ARTÍCULO 90. Cuando en alguna asignatura se haya asentado por error unacalificación distinta a la que verdaderamente fue asignada por el Asesor, elCoordinador del Centro de Servicios Académicos Integrales autorizará larectificación en el caso de que:

I. El estudiante lo solicite por escrito dentro de los diez días hábilessiguientes a la fecha de publicación en el SICE.

II. El maestro Asesor solicite por escrito a la Coordinación del Centrode Servicios Académicos Integrales, dentro de los diez díashábiles siguientes a la fecha de publicación en el SICE, debiendoel Asesor autorizar con su firma la rectificación en el actacorrespondiente y anexar la evidencia del error.

ARTÍCULO 91. Una vez expedido el Certificado de Terminación de Estudios deBachillerato, no procederá revisión alguna de los exámenes de las asignaturas queconforman el Plan de Estudios vigente del COBAQROO.

CAPÍTULO VICURSOS Y TALLERES DE CAPACITACIÓN

ARTÍCULO 92. Un Curso de Capacitación deberá considerar la impartición de uncontenido temático en algún área específica para actualizar y enriquecer losconocimientos teórico-metodológicos, habilidades y destrezas de los usuarios. Estedeberá tener un encuadre para su realización: objetivos, contenidos, población a lacual se dirige, responsabilidades del instructor y de los usuarios, metodología detrabajo, productos y duración.

ARTÍCULO 93. Un Taller deberá considerar la impartición de un contenido temáticoen algún área específica para actualizar y enriquecer los conocimientos teórico-metodológico, habilidades y destrezas de los usuarios a través de la práctica. Estedeberá tener un encuadre para su realización: objetivos, contenidos, población a lacual se dirige, responsabilidades del instructor y de los usuarios, metodología detrabajo, productos y duración.

ARTÍCULO 94. Los cursos y talleres se ofrecerán a estudiantes del Nivel MedioSuperior, personal docente y administrativo y/o público en general que requiera de

Page 37: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 37 CB-DAC-CES-REG-01

capacitación y/o actualización.

ARTÍCULO 95. Los cursos y talleres se ofrecerán en temáticas diferentes,adecuándose a las necesidades de la población que se atenderá.

ARTÍCULO 96. Para la organización de estos cursos y talleres se llevarán a cabolas gestiones pertinentes ante las instituciones gubernamentales, educativas,particulares u otras que correspondan a la búsqueda del personal instructor idóneopara cumplir con un servicio de calidad.

ARTÍCULO 97. Para la impartición de estos cursos y talleres se determinará lapoblación de usuarios, misma que variará desde los 15 hasta los 30, dependiendode las características del servicio que se dará.

ARTÍCULO 98. Para la organización de estos cursos y talleres se llevarán a cabolas gestiones pertinentes ante las instituciones gubernamentales, educativas,particulares u otras que correspondan a la búsqueda de los espacios adecuadospara la operación de este servicio.

ARTÍCULO 99. Todos aquellos usuarios que requieran de este servicio decapacitación deberán acudir al Centro de Servicios Académicos Integralescorrespondiente para solicitar el curso o taller de su interés y realizar los pagosconforme al Tabulador de Ingresos Propios del COBAQROO Vigente.

ARTÍCULO 100. El COBAQROO a través de los Centros de Servicios AcadémicosIntegrales otorgará documentos oficiales para dar validez a estos cursos y talleres:diplomas, reconocimientos, constancias de participación y de acreditación.

ARTÍCULO 101. El Departamento de los Centros de Servicios AcadémicosIntegrales gestionará ante la Dirección Administrativa del COBAQROO la liberaciónde los recursos para el pago correspondiente del Servicio profesional prestado paralos cursos y talleres, previa verificación del cumplimiento de la normatividad delColegio de Bachilleres del Estado de Quintana Roo.

CAPÍTULO VIIASESORÍAS ACADÉMICAS

ARTÍCULO 102. La Asesoría Académica es un Servicio Académico opcional através del cual el Asesor interactúa con el o los estudiantes para propiciaraprendizajes significativos que redunden en su desarrollo individual y social. Esteserá el proceso mediante el que se orientará a los sujetos para que se relacionencon el conocimiento.

Este contexto consiste en:

Page 38: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 38 CB-DAC-CES-REG-01

I. Coordinar el proceso de aprendizaje.II. Promover actividades para propiciar el estudio independiente y el logro de los

objetivos.III. Apoyar en el desarrollo del razonamiento lógico-metodológico del estudiante.IV. Orientar al estudiante para la estructuración de su propia metodología de

estudio.V. Detectar los factores que facilitan o dificultan el aprendizaje.

VI. Verificar el ritmo de avance de los estudiantes, a fin de innovar técnicas quefavorezcan los aprendizajes significativos y

VII. Contribuir en la formación de un pensamiento reflexivo basado en la realidad.

ARTÍCULO 103. Los requisitos para las asesorías académicas son:

I. Llenar la cédula de inscripción para Asesorías Académicas.II. Presentar copia del temario de la asignatura en la que solicite la

Asesoría.III.Cubrir la cuota mensual de Asesorías por cada Asignatura de

acuerdo con el Tabulador y Reglamento de Ingresos Propiosvigentes del COBAQROO.

VIII. Apegarse a la normatividad del COBAQROO.

ARTÍCULO 104. Para los estudiantes que soliciten este servicio de AsesoríasAcadémicas, los resultados obtenidos en su aprendizaje, no representaráncalificación alguna para el estudiante en la Institución a la cual se encuentraadscrito, ni para el COBAQROO.

ARTÍCULO 105. Las Asesorías Académicas podrán ofrecerse de manera individualo grupal.

ARTÍCULO 106. Los estudiantes podrán utilizar el Servicio de AsesoríasAcadémicas de acuerdo a lo siguiente:

I. Este Servicio se contratará por mesII. Se programarán las Asesorías por Asignatura, con una duración de

3 horas semanales.III. El servicio se desarrollará semestralmente de acuerdo con el

calendario escolar vigente.IV. El estudiante podrá solicitar Asesorías de una o más asignaturas,

Page 39: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 39 CB-DAC-CES-REG-01

debiendo cubrir la cuota mensual de Asesorías por Cada Asignaturade acuerdo con el Tabulador vigente del COBAQROO.

TÍTULO OCTAVODEL CENTRO DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS BACHILLERES

CAPÍTULO IREQUISITOS DE INSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 107. La inscripción deberá hacerse bajo los siguientes requisitos:

I. Tener 12 años o más.II. Copia del Acta de Nacimiento.

III. Llenar el formato correspondiente.IV. Realizar el pago único por el bimestre a cursar conforme al

tabulador de Ingresos Propios del COBAQROO Vigente.V. Adquirir la bibliografía correspondiente al nivel.

ARTÍCULO 108. Todo aspirante al Centro de Enseñanza de Idiomas Bachilleresque maneje el o los idioma(s) que se ofrezcan en el CEIB tendrá derecho desolicitar un examen de ubicación (un examen general que representa cada uno delos 10 niveles). Esta es una herramienta que nos permitirá conocer y evaluar lasnecesidades lingüísticas del estudiante. La calificación que el solicitante obtengaen un determinado nivel será aceptada y reconocida para los niveles inferiores,misma que deberá registrarse en el acta de ubicación.

CAPÍTULO II

REINSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 109. La reinscripción deberá hacerse bajo los siguientes requisitos:

I. Haber acreditado el nivel anterior.II. Llenar el formato de reinscripción.

III. Cubrir el pago bimestral.IV. Adquirir la bibliografía correspondiente al nivel

Page 40: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 40 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 110. Para la reinscripción de un alumno de baja temporal por deserciónu otra causa justificada se deberá de considerar:

I. Que se le readmite como alumno repetidor del nivel que estabacursando.

II. El interesado deberá presentar el examen correspondiente al nivelque solicite debiendo obtener dictamen favorable para proceder a lareadmisión de acuerdo al plan de estudios en vigor y a lasdisposiciones para mejorar su desempeño.

CAPÍTULO III

BAJAS

ARTÍCULO 111. Las bajas en el CEIB únicamente se dan de forma temporal pordeserción escolar en el momento en que el alumno deja de asistir sin justificaciónalguna.

CAPÍTULO IVEVALUACIÓN

ARTÍCULO 112. Para aprobar cada nivel, los alumnos deberán presentar lassiguientes evaluaciones:

I. Examen por unidad.a) De primera oportunidad.b) De regularización.

II. Examen final (global).

ARTÍCULO 113. El estudiante del CEIB dispone para acreditar cada nivel de cincoexámenes por unidad y un examen final, debiendo considerarse las siguientesponderaciones:

Valor del examen 50%Participación en clases 25%Tareas 25%

Page 41: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 41 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULO 114. Para que el alumno tenga derecho al examen final (global) sedeberá considerar lo siguiente:

I. Haber acreditado todas las unidades del nivel correspondiente.

II. De reprobar una unidad en el nivel cursado, deberá regularizarse paracontinuar con la siguiente unidad.

III. Sólo podrá reprobar dos unidades como máximo para tener derecho apresentar el examen final.

IV. De reprobar más de dos unidades, no tendrá derecho a examen final,pero podrá solicitar un examen de ubicación el cual deberá aprobarcon calificación mínima de 8 para reinscribirse al siguiente nivel.

ARTÍCULO 115. La escala que se utilizará para registrar las calificaciones de cadaexamen será de 5 a 10. Toda calificación inferior a seis será reprobatoria.

ARTÍCULO 116. Si el alumno no aprobara cualquier unidad por segunda vez,causará reprobación para el nivel en que se encuentre y su calificación será de 5.Deberá de reinscribirse como repetidor del nivel en el que esté para el siguientebimestre.

ARTÍCULO 117. La calificación final para aprobar el nivel se obtendrá promediandolas cinco unidades, con una ponderación de 90% más un examen final del 10%, conlo que se obtiene el 100% de la calificación.

ARTÍCULO 118. Al término del nivel el maestro deberá entregar los resultados delas calificaciones finales obtenidas a la Coordinación del CEIB, en un plazo nomayor a tres días hábiles.

ARTÍCULO 119. La coordinación del CEIB se hará responsable de la entrega deBoletas de las calificaciones oficiales al término de cada nivel (Bimestre) a losalumnos o padres de familia.

ARTÍCULO 120. A la conclusión de los diez niveles del Plan de estudios del Centrode Enseñanza de Idiomas Bachilleres, el estudiante obtendrá su certificado ydiploma correspondiente que indican que el estudiante concluyó satisfactoriamentelos niveles del idioma intermedio en sus cuatro habilidades para continuarestudiando o para su uso en el sector público o privado. Para la expedición delCertificado de Terminación de Estudios y el Diploma correspondiente se deberá

Page 42: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 42 CB-DAC-CES-REG-01

cumplir con lo señalado en el Artículo 56 Fracción I de este ordenamiento.

CAPÍTULO V

RECTIFICACIÓN DE CALIFICACIONES

ARTÍCULO 121. La rectificación y aclaración de las calificaciones de los exámenesde unidad y finales se hará previo a la entrega oficial a la Coordinación del CEIB,considerando que:

I. El maestro del grupo deberá entregar los exámenes con losresultados obtenidos a cada estudiante.

II. El maestro del grupo realizará una retroalimentación del examendonde se dan a conocer las respuestas correctas.

III. Si existieran errores u omisiones al haber calificado, el alumnodeberá solicitar al maestro del grupo la rectificación y corrección desu calificación al término de la retroalimentación del examen.

IV. El maestro del grupo realizará la rectificación de la calificaciónobtenida en ese momento en su lista provisional autorizando con sufirma la corrección.

Page 43: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE ...transparencia.archivo.qroo.gob.mx/SIWQROO/Transparencia/...lineamientos, políticas y reglamentos en vigor del Colegio de Bachilleres del Estado

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROODIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN ACADÉMICADEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR

V01-08-13 43 CB-DAC-CES-REG-01

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO.- Los casos no previstos en el presente Reglamento, seránresueltos por la Dirección General del COBAQROO.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Será facultad exclusiva de la H. Junta Directiva delCOBAQROO, aprobar las modificaciones y adiciones alpresente reglamento.

ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones y normas que seopongan al presente reglamento.

ARTÍCULO CUARTO.- Este reglamento entrará en vigor al día siguiente de suaprobación por la Junta Directiva.

El presente reglamento se aprobó por mayoría de los integrantes del H. Junta Directiva delColegio de Bachilleres del Estado de Quintana Roo, en la Segunda Sesión Ordinaria,realizada el 6 de agosto de dos mil trece, llevada a cabo en la Sala de Juntas “JorgeMezquita Carvajal”, sita en el edificio de la Dirección General del COBAQROO.

Lic. Sara Latife Ruíz ChávezSecretaria de Educación y Presidenta Suplente

de la H. Junta Directiva del Colegio de Bachilleresdel Estado de Quintana Roo

Q.F.B. Juan Carlos Azueta CárdenasDirector General del Colegio de Bachilleres

del Estado de Quintana Roo

Ing. Manuel Conde MedinaRepresentante del Sector Productivo en el Estado

Lic. Dora Elizabeth Mingüer AlcocerRepresentante del Sector Productivo del

Estado

Lic. Juan Pablo Guillermo MolinaSecretario de Hacienda

Antrop. Carlos Santos AnciraDirector General del Bachillerato de la S.E.P.

Mtro. José Antonio Hoy ManzanillaTitular de la Oficina de Servicios Federales de

Apoyo a la Educación en el Estado deQuintana Roo

Prof. Ignacio Herrera MuñozRepresentante del Sector Social del Estado