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SOCIEDAD PRO-EDUCACIÓN Y CULTURA S.A. COLEGIO CLAUDIO MATTE 45 Años al Servicio de la Educación Educar en Valores y Practicar Virtudes REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN COLEGIO CLAUDIO MATTE Consideraciones La Dirección del establecimiento propondrá anualmente al Consejo de Profesores para su análisis y aprobación el Reglamento Interno de Evaluación que regirá en el período correspondiente. Este consejo tendrá carácter consultivo y se aprobará por consejo general las modificaciones que se determinaren si no se lograra el consenso, la discrepancia será dirimida por la Dirección Académica. La Dirección y Profesores del Colegio Claudio Matte harán difusión el presente Reglamento Interno de Evaluación a los alumnos y apoderados: al momento de matricularse, en Reuniones de Subcentros, Asambleas Generales y Consejos de Curso y Página Web del Colegio. El presente Reglamento de Evaluación entrará en vigencia a contar de marzo 2018, se aplicará a los alumnos de Enseñanza Pre- Básica, Enseñanza Básica y Enseñanza Media Modalidad Científico- Humanista de acuerdo a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación. Lo dispuesto en este Reglamento de Evaluación será aplicado desde 1º a 4º de Enseñanza Media, teniendo presente los decretos de evaluación. Cursos Decretos Exento de Evaluación Nº Año Ed. Parvularia 0289 2001 1º a 8vo 511 (decreto exento Nº107/2003) 1997 1º y 2º medio 112 1999 3º y 4º medio 83 2001 TÍTULO I: Reglamento Interno de Enseñanza Parvularia Primer Nivel de Transición (Prekinder) y Segundo Nivel de Transición (Kínder) Art. 1) Del Periodo Académico a) El Año Escolar, para efectos de planificación, desarrollo y evaluación escolar, funcionará con régimen semestral. Los dos semestres lectivos, incluyendo los periodos de vacaciones, se extenderán de acuerdo a las fechas que determine el Calendario Escolar del Ministerio de Educación. Art. 2) De la Evaluación a) Para las disposiciones de este reglamento, se concibe la evaluación como un proceso permanente y sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el proceso de

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COLEGIO CLAUDIO MATTE

45 Años al Servicio de la Educación

Educar en Valores y Practicar Virtudes

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

COLEGIO CLAUDIO MATTE

Consideraciones

La Dirección del establecimiento propondrá anualmente al Consejo de Profesores para su análisis y

aprobación el Reglamento Interno de Evaluación que regirá en el período correspondiente. Este consejo

tendrá carácter consultivo y se aprobará por consejo general las modificaciones que se determinaren si no

se lograra el consenso, la discrepancia será dirimida por la Dirección Académica.

La Dirección y Profesores del Colegio Claudio Matte harán difusión el presente Reglamento Interno de

Evaluación a los alumnos y apoderados: al momento de matricularse, en Reuniones de Subcentros,

Asambleas Generales y Consejos de Curso y Página Web del Colegio.

El presente Reglamento de Evaluación entrará en vigencia a contar de marzo 2018, se aplicará a los

alumnos de Enseñanza Pre- Básica, Enseñanza Básica y Enseñanza Media Modalidad Científico-

Humanista de acuerdo a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación.

Lo dispuesto en este Reglamento de Evaluación será aplicado desde 1º a 4º de Enseñanza Media,

teniendo presente los decretos de evaluación.

Cursos Decretos Exento de Evaluación Nº Año

Ed. Parvularia 0289 2001

1º a 8vo 511 – (decreto exento Nº107/2003) 1997

1º y 2º medio 112 1999

3º y 4º medio 83 2001

TÍTULO I: Reglamento Interno de Enseñanza Parvularia Primer Nivel de Transición

(Prekinder) y Segundo Nivel de Transición (Kínder)

Art. 1) Del Periodo Académico

a) El Año Escolar, para efectos de planificación, desarrollo y evaluación escolar, funcionará con régimen

semestral. Los dos semestres lectivos, incluyendo los periodos de vacaciones, se extenderán de acuerdo a

las fechas que determine el Calendario Escolar del Ministerio de Educación.

Art. 2) De la Evaluación

a) Para las disposiciones de este reglamento, se concibe la evaluación como un proceso permanente y

sistemático, mediante el cual se obtiene y analiza información relevante sobre todo el proceso de

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enseñanza-aprendizaje, para formular un juicio valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que

retroalimenten y mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones.

b) Los instrumentos de evaluación a utilizar pueden ser elaborados por agentes externos a la experiencia

educativa, por el propio equipo de trabajo o por ambas, considerando como aspecto fundamental que los

indicadores evalúen los aprendizajes esperados que los niños deberían tener acorde a su etapa y sus

experiencias previas.

c) La evaluación está centrada en un enfoque cuantitativo y cualitativo, el cual implica aplicar una serie de

instrumentos y técnicas centradas en la observación individual o grupal de los niños y que pueden ser más

abiertos o más estructurados. Entre los que se consideran más abiertos, los registros anecdóticos, escalas

de apreciación, calificación o evaluación y listas de cotejo o de control.

d) El contexto donde el niño manifiesta sus posibles logros será lo más habitual, evitando que la situación

evaluativa se transforme en un momento aislado del proceso enseñanza-aprendizaje, y en condiciones

artificiales.

Art. 3) De los Tipos de Evaluación

a) Entendiendo que la evaluación debe estar presente durante todo el desarrollo curricular, se aplicarán

tres tipos de evaluación: diagnóstica, cobertura curricular, formativa y sumativa (acumulativa).

b) La evaluación diagnóstica o inicial que se realiza al comienzo del proceso, debe proporcionar la

información más completa posible sobre el crecimiento, desarrollo, capacidades, necesidades y fortalezas

de los alumnos en relación a los aprendizajes esperados.

c) Para ello, y en función a las Bases Curriculares, deberá considerar los tres ámbitos de experiencias para

el aprendizaje, sus núcleos y los aprendizajes que se busca que los niños logren.

d) Así mismo, se diagnosticará la forma y estilo de aprendizaje de cada niño o niña. De esta manera, se

contará con la información relevante para la planificación educativa general, posibilitando ajustarla o

modificarla, al entregar un panorama real acerca de las necesidades de aprendizaje del grupo y de cada

niña o niño en particular. Igualmente, orientará sobre los recursos y formas más adecuadas que se

requieren para favorecerlos.

e) La evaluación de cobertura curricular, consiste en medir todas las unidades y contenidos que describen

los Programas de Estudio emanados por el MINEDUC, es aplicada en las asignaturas que la Dirección

Académica dispone a comienzo de año y sirve para monitorear el avance en los aprendizajes de los

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alumnos en relación a los Programas de Estudio. Se aplica como mínimo una vez al año y máximo 4

veces.

f) La evaluación formativa o de proceso se realiza de manera continua a lo largo de toda la práctica

pedagógica, aportando nuevos antecedentes en relación a los aprendizajes de los niños, y respecto del

cómo se realiza el trabajo educativo en las distintas situaciones de enseñanza-aprendizajes, para ajustar o

cambiar la acción educativa.

g) La evaluación formativa de los niños se puede realizar a partir de la información cualitativa obtenida a

través de registros de observación (cualquiera sea su formato), así como también a partir de indicadores

establecidos en el presente reglamento interno de evaluación del colegio.

h) La evaluación sumativa, acumulativa o final que se realiza al culminar un ciclo, tiene como finalidad

determinar el grado en que niñas y niños han alcanzado los aprendizajes esperados en los tres ámbitos de

experiencia para el aprendizaje. Debe ofrecer además la información que permita retroalimentar y evaluar

la planificación, la metodología, los materiales, el espacio educativo, la organización del tiempo y el trabajo

de la comunidad educativa.

i) También pueden implementarse evaluaciones del impacto de los aprendizajes, como por ejemplo:

cobertura curricular, sobre el desarrollo infantil y del programa en su conjunto.

Art. 4) De la Calificación

a) Los alumnos de Educación Parvularia serán evaluados teniendo como referente una serie de

indicadores que den cuenta de los aprendizajes esperados según las Bases Curriculares de la Educación

Parvularia y el Proyecto Educativo Institucional.

b) La serie de indicadores estarán definidos como una escala de apreciación y serán comunicados

mediante un informe de Rendimiento Escolar, en el que se registrarán apreciaciones en términos

cualitativos.

c) Cada uno de los indicadores de logro de los alumnos de Educación Parvularia será observado, medido o

apreciado durante cada semestre, con una escala que considere los siguientes grados y puntajes:

Altamente Logrado (AL)

Logrado (L)

Logrado Parcialmente (LP)

Por Lograr (PL)

Sin Evidencia (SE)

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

Art. 5) De las normas de funcionamiento

a) Los padres deben justificar a inspectoría toda inasistencia de su pupilo, por medio de comunicación

escrita en la agenda escolar o certificado médico.

b) Para cualquier inquietud los apoderados deben utilizar el conducto regular, que implica en primera

instancia la Educadora Jefe del curso, luego a la Jefa de Local (temas disciplinarios), Apoyo Académico

(temas académicos) y finalmente, la Directora Académica del Colegio.

c) Para la colación que se realiza durante la jornada escolar sólo se aceptan alimentos saludables (por

ejemplo: fruta, leche, yogurt, pan, etc.) No se acepta comida no saludable. El apoderado debe tomar

conocimiento que el momento de colación es parte de la rutina de enseñanza-aprendizaje de los alumnos.

d) Con respecto al crecimiento (peso, talla, circunferencia craneana, etc.), se aplicarán los procedimientos,

técnicas y tablas determinados por los organismos competentes del área de salud, que establecen los

instrumentos y actualizan las normas para realizar las comparaciones y evaluar el crecimiento de los niños.

Art. 6) De la información a los Padres y Apoderados.

a) Se establecen como fundamentales los informes a los padres sobre la evolución y el progreso de las

niñas y niños de Educación Parvularia. Estos documentos entregarán información significativa acerca de

los avances y especialmente las fortalezas y potencialidades, considerando también aquellos aprendizajes

que requieren un mayor apoyo conjunto.

b) El objetivo de los informes cualitativos, será entregar una visión positiva de los niños, aumentando las

expectativas que se tiene de ellos, potenciando su autoestima y haciendo que se preste mayor atención a

sus logros.

c) Las Educadoras deberán mantener informado oportuna y adecuadamente durante todo el año, al

Apoderado de la situación escolar de cada niño. Al mismo tiempo, deberán generar instancias de diálogo

constructivo y colaborativo para desarrollar estrategias cuando se verifiquen dificultades en el desempeño

escolar general, incluyendo la conducta y el rendimiento.

d) Todas las instancias de información, reuniones y entrevistas entre Educadoras de Párvulo y

Apoderados, deberán ser registradas y firmadas en los registros existentes para tales efectos. En ellas se

describirán los tipos de información dadas y recibidas, las solicitudes específicas y los acuerdos.

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

Art. 7) De la Evaluación Diferenciada

a) Se entiende por Evaluación Diferenciada el procedimiento que considera, respeta y asume al estudiante

con necesidades especiales desde su realidad individual, adaptando y/o reformulando los instrumentos o

modalidades de evaluación aplicada al grupo curso.

b) Los alumnos que presenten Necesidades Educativas especiales (NEE) serán evaluados en forma

diferenciada, utilizando el procedimiento indicado a través de certificado médico, neurológico o sicológico

con sugerencias presentado semestralmente por el apoderado. Para el primer semestre se recibirán

certificados hasta el 15 de abril y para el segundo semestre hasta el 15 de agosto. De no ser así el alumno

pierde la calidad de evaluación diferenciada. El protocolo institucional de recepción del certificado es el

siguiente:

b.1) Secretaria Académica (Recepciona documento carta/certificado)

b.2) Secretaria Académica envía correo al Apoyo Académico

b.3) Apoyo Académico informa a los profesores correspondientes vía correo electrónico.

c) De no mencionar el certificado médico sugerencias por parte del especialista, se seguirá el protocolo

establecido por el establecimiento. Siempre y cuando el colegio cuente con el recurso humano competente

para ejecutar las acciones indicadas.

d) Los alumnos que presenten necesidades educativas especiales (NEE), transitoria (NET) Permanente

(NEP), serán atendidos en el aula por el profesor de asignatura, quien reforzará las áreas descendidas en

forma individual y colectivamente; readecuando los objetivos y/o contenidos y actividades pedagógicas

según las necesidades del alumno siempre y cuando estas sean diagnosticadas por un médico tal como lo

expresa el decreto 170 -10 y el apoderado tenga una comunicación efectiva, por lo menos dos veces al

semestre como mínimo con el o los docentes.

e) Todo niño o niña que pueda presentar problemas emocionales, de retraso en el desarrollo o respecto de

alguna necesidad educativa especial, será informado oportunamente a los padres, orientándolos para que

acudan a un especialista que evalúe al niño de forma más precisa.

f) Sin perjuicio de lo anterior, se considerará la diversidad de ritmos y características entre los diferentes

niños y niñas –criterio a tener presente en forma muy particular, en el caso de aquellos con Necesidades

Educativas Especiales- y a la oportunidad de los procesos de evaluación.

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45 Años al Servicio de la Educación

Educar en Valores y Practicar Virtudes

Art. 8) De la promoción de Pre-Kinder a Kinder

a) Los alumnos que han cursado regularmente el nivel Pre-Kinder (NT1) y que han logrado los objetivos del

proceso de enseñanza-aprendizaje y de comportamiento, definidos para el nivel, son promovidos a Kinder

(NT2). En el caso que algún alumno se encuentre en la condición de no haber logrado dichos objetivos, se

realiza un Consejo de Educadoras, con presencia del jefe de Local, Apoyo Académico y la Dirección, en el

que se decide su promoción o repitencia.

b) La decisión de no promoción de los alumnos de Pre-Kinder a Kinder, deberá ser respaldada por los

informes de evaluación correspondientes y las constancias de haber informado al apoderado al menos una

vez al finalizar el primer semestre y una vez más, durante la primera mitad del segundo semestre. Además,

constancia de recomendaciones para la implementación de estrategias remediales por parte de los Padres

y/o de especialistas externos según las dificultades observadas.

Art. 9) De la promoción de Kinder a Primer Año Básico

a) Los alumnos que han cursado regularmente el nivel Kinder (NT1) están legalmente promovidos, de

acuerdo a lo que establece la legislación vigente. Sin embargo, el Colegio Claudio Matte orienta la

promoción a Primer Año de Enseñanza Básica al logro de objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje,

lo que se mide con la evaluación de proceso realizada a lo largo del periodo escolar y con la aplicación de

instrumentos que evalúan la madurez escolar de los alumnos.

b) Si se presenta el caso en que un alumno no logra los objetivos de aprendizaje y/o de comportamiento

establecidos para el nivel, se realiza un consejo de educadoras, con presencia del Jefe (a) de Local, Apoyo

Académico y la Dirección, en el que se decide su promoción o repitencia, siempre que el apoderado acepte

las sugerencias y esté de acuerdo.

Art. 10) De la autoestima académica.

a) Los alumnos que han mantenido un rendimiento destacado en el área académica durante el año

cursado, serán reconocidos con los siguientes premios: perseverancia, esfuerzo, responsabilidad y talento

en todas las áreas del desarrollo.

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

TÍTULO II. Reglamento Interno de evaluación de Enseñanza Básica Decreto 511/97

Aprueba disposición de Evaluación, Calificación y Promoción de niños y niñas de 1° - 8º Básico.

Art. 11) Periodo escolar

a) Del Periodo académico: Los alumnos serán evaluados en períodos Semestrales, de acuerdo al siguiente

calendario anual: Primer semestre, marzo a Julio, Segundo semestre; Julio a Diciembre

b) Las vacaciones de invierno regirán según Calendario Regional

c) Promedio Final: Es la resultante de sumatoria de las calificaciones en cada uno de las asignaturas y

promediados por el Nº de ellas expresados en la Calificación correspondiente.

Art. 12) De la evaluación

a) Evaluación, definida como la obtención de información a través de datos estadísticos para la toma de

decisiones relacionada con el aseguramiento del aprendizaje de los alumnos, a través de su desempeño

académico medido por medio de calificaciones en la escala de nota 2,0 mínima y 7,0 máxima.

b) Se evaluará en forma individual y grupal según sean los objetivos de aprendizajes y actividades

planificadas, tanto en clases, talleres y salidas pedagógicas, como aquellas encomendadas para el hogar,

que refuerzan lo tratado en el colegio.

c) El alumno deberá responder a evaluaciones escritas, orales, pruebas prácticas y de ejecución, cada

evaluación deberá ser respaldada por un instrumento de evaluación confeccionado por el profesor de

asignatura que medirá el logro de los objetivos de aprendizaje a través de los contenidos establecidos en

los programas de estudio de estudio y habilidades del pensamiento, conocimiento, comprensión y

aplicación, aprobado por Apoyo Académico

d) Se utilizarán como instrumentos de evaluación: pruebas mixtas (preguntas cerradas y abiertas), pruebas

de alternativas, pruebas de desarrollo, pautas de observación, escalas de apreciación, listas de cotejos,

mapa conceptual, trabajo de investigación, portafolio, rúbrica u otro diseño aprobado por la Apoyo

Académico y/o Dirección Académica.

e) Los Objetivos fundamentales Transversales serán evaluados a través de: Registro de observaciones,

entrevistas, actividades curriculares y extracurriculares, utilizando Listas de Cotejo y Registro anecdótico

individual. Los Indicadores de las Áreas de Formación estarán contenidas en el Informe de Área de

Desarrollo Personal de cada alumno documento que elaborará el Profesor Jefe en conjunto con los

Profesores de Subsectores.

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

Art.13) De los tipos de evaluación

a) Evaluación Cobertura Curricular aplicada al iniciar un determinado proceso de enseñanza

aprendizaje, permite conocer las necesidades de aprendizaje de los estudiantes en relación a las

fortalezas y debilidades del área académica. (Registra nota al libro de clases coeficiente 1). Y tendrán la

siguiente estructura:

b) Evaluaciones Formativas medirán los avances parciales de los aprendizajes esperados, reforzando

los no logrados y retroalimentando el proceso rediseñando estrategias acorde al déficit, tales como: Uso de

TIC, técnicas de estudio, tutorías. (No registran nota al libro de clases a menos que la Dirección Académica

lo determine)

c) Evaluaciones Sumativas, medirán objetivos a través de los contenidos y habilidades desarrolladas en

cada asignatura, serán aplicadas según las unidades descritas en el plan de estudio, deben ser construidas

utilizando las habilidades del pensamiento, conocimiento, comprensión y aplicación 30%. (Se registra nota

al libro de clases coeficiente 1) y deben tener la siguiente estructura. Evaluaciones Coeficiente 2 de las

asignaturas de EFI, Artes, Tecnología y Música miden la unidad de término de cada semestre.

d) Evaluaciones de Nivel, medirán la cobertura curricular al término de cada semestre en las asignaturas

troncales (lenguaje, matemática, ciencias e historia), además de inglés, filosofía y religión. (Registra nota al

libro de clases coeficiente 2).e) Las Evaluaciones Recuperativas, se aplicarán al término del año escolar,

medirán todos los contenidos relevantes del año escolar, en los casos que se presenten notas limítrofes

3,9 y que al calcular el Promedio General Anual sea 4,4 o 4,9 ( 1º y 2º medios, según Decreto 112/1999) o

5,4 (3º y 4º medios, según Decreto 83/2001). Los alumnos solo podrán rendir una o dos Pruebas

Recuperativas. Si el alumno tiene tres o más calificaciones finales insuficientes, cualesquiera sean éstas

(incluido el 3,9), automáticamente repite curso.

Art. 14) De la calificación

a) Las Calificaciones, resultantes en cada asignatura, al término de cada semestre y al final del año

escolar, se anotarán en escala numérica del 2.0 al 7.0 hasta con un decimal.

b) Desde la centésima 0.05 se aproximará a la décima 0,1 inmediatamente superior.

c) La calificación mínima de aprobación será 4.0 (cuatro), lo que representa el 60% del logro en los

aprendizajes.

d) La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión, no incidirá en su promoción.

e) El profesor podrá escribir la calificación en el libro de clases, cuando el 50% del curso haya obtenido

nota igual o superior a 4.0, de lo contrario debe acercarse al Equipo Apoyo Académico para analizar el

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nivel de logro de los aprendizajes en relación a los contenidos e instrumento de evaluación, determinando

en conjunto las siguientes remediales: bajar escala de puntaje, interrogación oral en relación a los

contenidos menos logrados, ejercicios de resolución de problemas, aplicación de otro instrumento para

sumar puntaje, nuevamente aplicar la misma prueba, escribir la nota en el libro de clases con menos del

50% de logro.

f) Los alumnos serán evaluados en Períodos Semestrales, según Plan de Estudios, con N° de

calificaciones determinadas por número de horas de clases, siendo en las asignaturas de 1 a 8 horas, un

mínimo de 4 calificaciones que miden contenido plan de estudio, a las que se pueden sumar notas por Plan

Lector, Cálculo Mental, Fluidez Lectora, Ensayo SIMCE u otra calificación que sirva para medir los

aprendizajes de los alumnos y/o estimule su autoestima académica.

Art. 15) De las notas de talleres.

El desempeño de los alumnos que participan en los talleres (ACLE) será cuantificado a través de una

calificación que ira dirigida a las asignaturas que el estudiante elija, teniendo como requisitos lo siguiente:

a) Haber obtenido un 4,0 como promedio mínimo antes de las pruebas coeficiente 2 en la asignatura

escogida.

b) Un porcentaje mínimo de participación de 85% en el taller.

c) Hoja de vida sin registros de anotaciones negativas en la asignatura de elección.

d) Se podrá asignar máximo una nota por asignatura.

e) Solo se reconocerán 3 notas de participación de talleres.

f) Las notas no podrán ir a la asignatura de Religión.

Art. 16) De la evaluación diferenciada

a) Se entiende por Evaluación Diferenciada el procedimiento que considera, respeta y asume al estudiante

con necesidades especiales desde su realidad individual, adaptando y/o reformulando los instrumentos o

modalidades de evaluación aplicada al grupo curso.

b) Los alumnos que presenten Necesidades Educativas especiales (NEE) serán evaluados en forma

diferenciada, utilizando el procedimiento indicado a través de certificado médico, neurológico o sicológico

con sugerencias presentado semestralmente por el apoderado. Para el primer semestre se recibirán

certificados hasta el 15 de abril y para el segundo semestre hasta el 15 de agosto. De no ser así el alumno

pierde la calidad de evaluación diferenciada. El protocolo institucional de recepción del certificado es el

siguiente:

b.1) Secretaria Académica (Recepciona documento carta/certificado)

b.2) Secretaria Académica envía correo al Apoyo Académico

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

b.3) Apoyo Académico informa a los profesores correspondientes vía correo electrónico.

c) De no mencionar el certificado médico sugerencias por parte del especialista, se seguirá el protocolo

establecido por el establecimiento. Siempre y cuando el colegio cuente con el recurso humano competente

para ejecutar las acciones indicadas.

d) Los alumnos que presenten necesidades educativas especiales (NEE), transitoria (NET) Permanente

(NEP), serán atendidos en el aula por el profesor de asignatura, quien reforzará las áreas descendidas en

forma individual y colectivamente; readecuando los objetivos y/o contenidos y actividades pedagógicas

según las necesidades del alumno siempre y cuando estas sean diagnosticadas por un médico tal como lo

expresa el decreto 170 -10 y el apoderado tenga una comunicación efectiva, por lo menos dos veces al

semestre como mínimo con el o los docentes.

e) Sobre las alumnas embarazadas, Secretaria Académica y/o Apoyo Académico definirán un sistema de

evaluación y criterio de promoción, con el fin de ayudar a que la alumna no deserte del sistema escolar y

pueda adquirir los aprendizajes según el nivel.

f) La evaluación diferenciada para los alumnos con NEE es de carácter anual, el certificado médico con el

diagnóstico e indicaciones, debe ser renovado todos los años, solo son válidos los certificados con fecha

del año en curso.

g) La evaluación diferencia para los alumnos que presentan problemas psicológicos, físicos o de otra

índole que le impiden un normal desenvolvimiento en el quehacer escolar, tendrán las mismas

consideraciones que los alumnos con NEE, por el periodo de tiempo que el médico lo indique.

h) Los alumnos que presenten dificultades en alguna asignatura de aprendizaje, debidamente

fundamentado, con certificado médico podrán ser eximidos según Decreto Nº 158/1999.

Art. 17) De las eximiciones:

a) En Educación Física, un alumno sólo podrá ser eximido de la actividad física, previa presentación a

Inspectoría, de un certificado médico que acredite dicha condición, especificando el tiempo por el cual se

hace la solicitud. En tal caso dicho certificado solo lo exime de la actividad física, lo que no lo exime de

realizar de otro tipo de evaluación o instrumento que cumpla con el mismo objetivo pedagógico (trabajos de

investigación, trabajos escritos, disertaciones, etc.), que serán programados por el profesor de asignatura,

y deberán realizarse dentro del horario que establezca el docente.

b) En la asignatura de Religión, el apoderado presentará una solicitud escrita como una carta formal con

sus motivos de índole personal o de la iglesia que profesa, dicho documento debe ser entregado antes del

30 de Marzo. El protocolo institucional para la recepción es el siguiente: Los docentes de Religión

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

recepcionan el documento o carta dando visto bueno, informando a Secretaría Académica o Apoyo

Académico.

c) En la asignatura de inglés presentará un certificado otorgado por especialista médico.

d) Al término del año lectivo no se administrará procedimientos de evaluación final a los alumnos en las

asignaturas o actividades de aprendizaje en las que haya sido eximido.

e) Los alumnos (as) que deban representar al colegio en alguna actividad y tengan calendarizadas

evaluaciones deberán:

- Rendir la prueba fijada en el 1º y 2º periodo de clases, para luego participar de la actividad.

- En caso que el alumno deba rendir más de una evaluación, el profesor de la asignatura en

conjunto con Secretaria Académica y/o Apoyo Académico resolverán la situación.

- Los trabajos programados con anticipación, deben ser entregados durante el 1º y 2º periodo de

clases al profesor que corresponda.

Art 18) De la asistencia

a) Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos al 85% de las clases establecidas en el

calendario escolar anual. No obstante, por razones establecidas en el reglamento de evaluación, el director

del establecimiento podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de asistencia, para

lo cual se dictará una Resolución Interna.

b) Los alumnos que se hayan incorporado tardíamente a un curso se considerarán el porcentaje de

asistencia desde el primer día de ingreso al establecimiento hasta el término del año escolar.

Art. 19) Información sobre el avance educacional a los Alumnos y/o Padres y Apoderados

a) Los profesores jefes, serán los responsables de la corrección en la obtención de los promedios

semestrales y anuales, revisando oportunamente los mismos en la plataforma SAE. Del mismo modo, se

responsabilizarán de lo fidedigno de la información entregada para efecto de la elaboración de todo

Documento Oficial de la evaluación y Promoción Escolar.

b) Los resultados de las pruebas escritas y/o trabajos serán entregados a los alumnos, con un plazo

máximo de 7 días hábiles. Las notas deberán ser registradas en el libro de clases y plataforma SAE

inmediatamente después de ser revisados con el curso.

c) En relación a los apoderados de los alumnos que presentan riesgo de repitencia serán informados por

Profesor Jefe y/o Asignatura, siendo responsables de gestionar e informar a través de agenda, entrevista

apoderado y/ o carta certificada a los apoderados de aquellos pupilos que no han alcanzado los Objetivos

de Aprendizajes.

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

Art. 20 De la autoestima académica.

a) Aquellos alumnos que han logrado un alto desarrollo en su rendimiento académico general será

destacado meritoriamente con una observación escrita en su hoja personal, siendo reconocido al final de

año con el premio los alumnos que presenten:

- Excelencia académica: promedio general de notas igual a 7.0

- Mérito Académico: promedio general de notas igual o superior a 6.6

- Rendimiento Académico: promedio general de notas igual o superior a 6.0

b) El Consejo de profesores de cada local, con el objetivo de estimular la autoestima académica de los

estudiantes otorgará las siguientes distinciones por nivel: Área Humanista, Área Matemática, Área

Científica, Idioma Inglés, Área Artística, Área Deportiva.

c) Premio Mejor Compañero: Se entregará el premio a un alumno por curso que presente las siguientes

cualidades como mejor compañero: tolerante, de buen trato, empático, solidario, responsable y respetuoso

con sus pares. Este reconocimiento estará supeditado a la aprobación del profesor jefe.

d) Premio al Esfuerzo: Este premio será propuesto por el profesor jefe y presentado en Consejo de

Profesores para su aprobación, se premiará a un alumno por curso que cumpla las siguientes

características: orientación al logro, mentalidad de crecimiento, perseverancia, superación y

responsabilidad.

e) Al término de cada Semestre, el apoderado recibirá el Informe de Área de Desarrollo de su pupilo.

Art. 21) De la promoción

a) Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 2º , y de 3º a 4º de enseñanza básica que hayan asistido, a

lo menos al 85% de las clases durante el año escolar.

b) Además, para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de

reforzamiento realizadas al alumno (a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a

los padres y/o apoderados de manera tal de posibilitar una labor en conjunto.

c) Asimismo, los alumnos (as) con necesidades educativas especiales integrados (as) a la educación

regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas

normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor (a)

especialista".

d) Serán promovidos todos los alumnos de 5º a 8vo de enseñanza básica que hayan asistido, a lo menos al

85% de las clases durante el año escolar.

e) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos las asignaturas o actividades de

aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.

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f) No obstante lo señalado en los incisos anteriores la Directora del establecimiento podrá decidir

excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor Jefe del curso de los

alumnos (as) afectados, no promover de 1º a 2º Básico y de 3º a 4 º Básico en aquellos(as) que presenten

un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemático, en relación a los aprendizajes esperados en

los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de

sus aprendizajes en el curso superior (Decreto N°107/2003).

g) Serán promovidos los alumnos de los cursos de 1° a 3° y de 4º a 8º año de educación básica que no

hubieren aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.

h) Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° y de 4º a 8º año de educación

básica que no hubieren aprobado dos asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel

general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados.

i) Evidencias:

- Registro, en el Libro de Clases, de todas las acciones remediales realizadas con el alumno(a)

en las asignaturas que corresponda.

- Registro de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno.

- Constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados de

manera tal de haber posibilitado una labor remedial en conjunto, tanto en el Libro de Clases, como

en el Registro de Desarrollo Escolar del alumno, con la firma del apoderado.

- Fichas de entrevista con apoderado y/o alumno.

j) Notas Limítrofes: En el caso que el alumno obtenga Promedio General Anual limítrofe 4,4 o 4,9 o 5,5

(según Decretos de evaluación 112/1999 y 83/2001) y teniendo una o dos asignaturas insuficientes 3,9

podrá rendir una o dos Pruebas Recuperativas. Si el resultado obtenido es igual o mayor al 60% de logros

de sus objetivos, optará a nota máxima 4,0. Los alumnos que obtengan nota igual o inferior a 3,9 en la

Prueba Recuperativa o no se presenten a rendir dicha prueba en la fecha fijada desde Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico, conservarán el promedio original.

Art. 22) Procedimientos especiales de evaluación

a) Aquellos alumnos del Colegio que por diversas razones (traslado, cambio domicilio, situaciones legales,

enfermedad, viaje al extranjero, servicio militar, embarazo, duelo, accidente u otras razones) ingresen

tardíamente al proceso escolar o deban anticipar la finalización del año escolar podrán ser promovidos con

un semestre aprobado. Los criterios pedagógicos previamente certificado, se definirán de acuerdo a la

naturaleza y/o dificultad observada.

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a.1) Aplicación de un mínimo de evaluaciones que permita el logro de los objetivos.

a.2) Aplicación de variadas formas de evaluación no necesariamente pruebas escritas.

b) Aquellos alumnos de otros establecimientos que se hayan incorporado tardíamente a un curso,

motivados por traslados u otra circunstancia, para efectos de la calificación, se considerará las notas del

establecimiento que proviene, informe que deberá presentar al momento de matricularse o en un plazo de

10 días hábiles, si no hubiera calificaciones se considerará sólo aquellas que obtenga a partir del momento

en que ingresa al curso (mínimo cuatro notas).

c) El alumno que no se presenta a una o más evaluaciones (pruebas, trabajos u otro procedimiento)

calendarizada y autorizada desde Secretaria Académica y/o Apoyo Pedagógico deberá rendir dicha

evaluación en la próxima clase que esté presente y que le corresponda por horario con el profesor de la

asignatura, siempre y cuando la inasistencia haya sido debidamente justificada por el apoderado

siguiendo el conducto regular asignado por el Colegio. Si el alumno no justifica dentro de tres días hábiles

posteriores a la falta se aplicará 70% de exigencia al procedimiento de evaluación. Si el alumno por

segunda vez no se presenta a dicha evaluación fijada por el profesor de asignatura y sin justificación

obtiene nota mínima 2.0. A partir de lo anterior, toda nota mínima 2.0, antes de ser registrada en el libro de

clases, debe ser aprobada por Dirección Académica y/o Apoyo Académico, quienes antes de dar el visto

bueno, realizarán previa revisión de los procesos pedagógicos que justifican la nota mínima.

d) Si el alumno entrega pruebas, control y/o trabajos en blanco o se niega a ser evaluado se dejará

constancia en el registro de observaciones y su calificación será un 2,0. No obstante se dará la

oportunidad de rendir otro instrumento de evaluación que abarque los mismos objetivos de aprendizaje, el

cual será promediado con la mínima obtenida, previa citación al apoderado y entrevista con Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico.

e) El alumno que no se presenta a una o más evaluaciones calendarizadas, y/o aprobadas por Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico, ya sean pruebas, trabajos u otros procedimientos por inasistencia al

colegio, deberá recuperarla en la próxima clase que esté presente y que le corresponda por horario, con el

profesor de la asignatura correspondiente, siempre cuando la inasistencia haya sido debidamente

justificada por el apoderado siguiendo el conducto regular asignado por el colegio.

f) Si el alumno no justifica dentro de 3 día hábiles posteriores a la falta, se aplicará 70% de exigencia a

procedimiento de evaluación, la cual se administrará en el momento que el alumno se presente

registrándose una observación en el libro de clases.

g) En el caso de presentarse a las evaluaciones del plan lector sin haber leído el libro, el apoderado debe

justificar de manera presencial dicha situación. En tal caso, el profesor deberá fijar una nueva instancia de

evaluación dentro de 5 días hábiles. Si el apoderado no fundamenta la no lectura del libro, o no se presenta

a la citación, se evaluará a estudiante con nota mínima 2.0. El protocolo de acción a seguir es:

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1°) Registro de la situación en el libro de clases.

2°) Citar al apoderado:

- Si el apoderado asiste a la citación y justifica la situación, el profesor le realizará al alumno otro

instrumento de evaluación que cumpla con los mismos objetivos, el cual será promediado con la

nota mínima obtenida en primera instancia.

- Si el apoderado no se presenta a la citación, se deja registro en la hoja de observaciones y se

registra la nota mínima 2.0.

h) Los casos de manifestaciones colectivas en contra de la aplicación de un procedimiento o instrumento

de evaluación por ejemplo la negativa de un curso completo o de un grupo de alumnos a la aplicación de

una prueba, serán entendidos como conductas personales por parte de los alumnos involucrados y cada

uno de ellos asumirá su propia responsabilidad individual en relación al reglamento de evaluación y

reglamento de convivencia escolar.

i) Para las licencias médicas por sobre 12 días se generará calendario de evaluación. En el caso de

inasistencia prolongada por otros motivos que no sean médicos, el apoderado debe hablar con cada

profesor/a para informar la ausencia y recalendarizar las evaluaciones pendientes de forma particular.

j) Se suma una nota por actividad extra-programática denominada “Día Solidario”, que tiene su fundamento

pedagógico en la participación voluntaria y apertura a la comunidad por parte de los estudiantes. Esta nota

es un 7.0 para los estudiantes que participen de manera voluntaria según los requerimientos que se

soliciten a la comunidad estudiantil. Determinado de la siguiente manera:

k) En relación a la calificación de la fiesta costumbrista:

k.1). Los alumnos que faltaron a ambas actividades (ensayo y Fiesta) y presentaron certificado médico,

deben ser evaluados a través de trabajo con nota coeficiente 2.0

k.2) Los alumnos que faltaron a ambas actividades (ensayo y Fiesta) y presentaron justificación del

apoderado presencial (registro escrito) con el profesor de Educación Física, deben ser evaluados a través

de trabajo con nota coeficiente 2.0

k.3) Los alumnos que faltaron a una o ambas actividades (ensayo y Fiesta) y no presentaron justificación

del apoderado presencial o certificado médico (registro escrito), deben ser evaluados con nota mínima 2.0

Participación Comunidad Estudiantil Nota por asignatura

Estudiante asistente según requerimientos del

establecimiento 1 nota en asignatura seleccionada por estudiante

Estudiante con trabajo voluntario según

requerimientos del establecimiento

1 nota en asignatura de lenguaje

1 nota en asignatura seleccionada por estudiante

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TÍTULO III. Reglamento Evaluación Nº 112/99 - Educación Media

Art. 23) Período escolar

a) Del Periodo académico: Los alumnos serán evaluados en períodos Semestrales, de acuerdo al siguiente

calendario anual: Primer semestre, marzo a Julio, Segundo semestre; Julio a Diciembre

b) Las vacaciones de invierno regirán según Calendario Regional

c) Promedio Final: Es la resultante de sumatoria de las calificaciones en cada uno de las asignaturas y

promediados por el Nº de ellas expresados en la Calificación correspondiente.

Art. 24) De la evaluación

a) Evaluación, definida como la obtención de información a través de datos estadísticos para la toma de

decisiones relacionada con el aseguramiento del aprendizaje de los alumnos, a través de su desempeño

académico medido por medio de calificaciones en la escala de nota 2,0 mínima y 7,0 máxima.

b) Se evaluará en forma individual y grupal según sean los objetivos de aprendizajes y actividades

planificadas, tanto en clases, talleres y salidas pedagógicas, como aquellas encomendadas para el

hogar, que refuerzan lo tratado en el colegio.

c) El alumno deberá responder a evaluaciones escritas, orales, pruebas prácticas y de ejecución, cada

evaluación deberá ser respaldada por un instrumento de evaluación confeccionado por el profesor de

asignatura que medirá el logro de los objetivos de aprendizaje a través de los contenidos establecidos en

los programas de estudio de estudio y habilidades del pensamiento, conocimiento, comprensión y

aplicación, aprobado por Apoyo Académico

d) Se utilizarán como instrumentos de evaluación: pruebas mixtas (preguntas cerradas y abiertas), pruebas

de alternativas, pruebas de desarrollo, pautas de observación, escalas de apreciación, listas de cotejos,

mapa conceptual, trabajo de investigación, portafolio, rúbrica u otro diseño aprobado por la Apoyo

Académico y/o Dirección Académica.

e) Los Objetivos fundamentales Transversales serán evaluados a través de: Registro de observaciones,

entrevistas, actividades curriculares y extracurriculares, utilizando Listas de Cotejo y Registro anecdótico

individual. Los Indicadores de las Áreas de Formación estarán contenidas en el Informe de Área de

Desarrollo Personal de cada alumno documento que elaborará el Profesor Jefe en conjunto con los

Profesores de Subsectores.

Art.25) De los tipos de evaluación

a) Evaluación Cobertura Curricular aplicada al iniciar un determinado proceso de enseñanza

aprendizaje, permite conocer las necesidades de aprendizaje de los estudiantes en relación a las

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fortalezas y debilidades del área académica. (Registra nota al libro de clases coeficiente 1). Y tendrán la

siguiente estructura:

b) Evaluaciones Formativas medirán los avances parciales de los aprendizajes esperados, reforzando

los no logrados y retroalimentando el proceso rediseñando estrategias acorde al déficit, tales como: Uso de

TIC, técnicas de estudio, tutorías. (No registran nota al libro de clases a menos que la Dirección Académica

lo determine)

c) Evaluaciones Sumativas, medirán objetivos a través de los contenidos y habilidades desarrolladas en

cada asignatura, serán aplicadas según las unidades descritas en el plan de estudio, deben ser construidas

utilizando las habilidades del pensamiento, conocimiento, comprensión y aplicación 30%. (Se registra nota

al libro de clases coeficiente 1) y deben tener la siguiente estructura. Evaluaciones Coef- 2 de las

asignaturas de EFI, Artes, Tecnología y Música miden la unidad de término de cada semestre.

d) Evaluaciones de Nivel, medirán la cobertura curricular al término de cada semestre en las asignaturas

troncales (lenguaje, matemática, ciencias e historia), además de inglés, filosofía y religión. (registra nota al

libro de clases coeficiente 2).

e) Las Evaluaciones Recuperativas, se aplicarán al término del año escolar, medirán todos los

contenidos relevantes del año escolar, en los casos que se presenten notas limítrofes 3,9 y que al calcular

el Promedio General Anual sea 4,4 o 4,9 ( 1º y 2º medios, según Decreto 112/1999) o 5,4 (3º y 4º medios,

según Decreto 83/2001). Los alumnos solo podrán rendir una o dos Pruebas Recuperativas. Si el alumno

tiene tres o más calificaciones finales insuficientes, cualesquiera sean éstas (incluido el 3,9),

automáticamente repite curso.

Art. 26) De la calificación

a) Las Calificaciones, resultantes en cada asignatura, al término de cada semestre y al final del año

escolar, se anotarán en escala numérica del 2.0 al 7.0 hasta con un decimal.

b) Desde la centésima 0.05 se aproximará a la décima 0,1 inmediatamente superior.

c) La calificación mínima de aprobación será 4.0 (cuatro), lo que representa el 60% del logro en los

aprendizajes.

d) La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión, no incidirá en su promoción.

e) El profesor podrá escribir la calificación en el libro de clases, cuando el 50% del curso haya obtenido

nota igual o superior a 4.0, de lo contrario debe acercarse al Equipo Apoyo Académico para analizar el

nivel de logro de los aprendizajes en relación a los contenidos e instrumento de evaluación, determinando

en conjunto las siguientes remediales: bajar escala de puntaje, interrogación oral en relación a los

contenidos menos logrados, ejercicios de resolución de problemas, aplicación de otro instrumento para

sumar puntaje, nuevamente aplicar la misma prueba, escribir la nota en el libro de clases con menos del

50% de logro.

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f) Los alumnos serán evaluados en Períodos Semestrales, según Plan de Estudios, con N° de

calificaciones determinadas por número de horas de clases, siendo en las asignaturas de 1 a 8 horas, un

mínimo de 4 calificaciones que miden contenido plan de estudio, a las que se pueden sumar notas por Plan

Lector, Cálculo Mental, Fluidez Lectora, Ensayo SIMCE u otra calificación que sirva para medir los

aprendizajes de los alumnos y/o estimule su autoestima académica.

Art. 27) De las notas de talleres.

El desempeño de los alumnos que participan en los talleres (ACLE) será cuantificado a través de una

calificación que ira dirigida a las asignaturas que el estudiante elija, teniendo como requisitos lo siguiente:

a) Haber obtenido un 4,0 como promedio mínimo antes de las pruebas coeficiente 2 en la asignatura escogida.

b) Un porcentaje mínimo de participación de 85% en el taller.

c) Hoja de vida sin registros de anotaciones negativas en la asignatura de elección.

d) Se podrá asignar máximo una nota por asignatura.

e) Solo se reconocerán 3 notas de participación de talleres.

f) Las notas no podrán ir a la asignatura de Religión.

Art. 28) De la evaluación diferenciada

a) Se entiende por Evaluación Diferenciada el procedimiento que considera, respeta y asume al estudiante

con necesidades especiales desde su realidad individual, adaptando y/o reformulando los instrumentos o

modalidades de evaluación aplicada al grupo curso.

b) Los alumnos que presenten Necesidades Educativas especiales (NEE) serán evaluados en forma

diferenciada, utilizando el procedimiento indicado a través de certificado médico, neurológico o sicológico

con sugerencias presentado semestralmente por el apoderado. Para el primer semestre se recibirán

certificados hasta el 15 de abril y para el segundo semestre hasta el 15 de agosto. De no ser así el alumno

pierde la calidad de evaluación diferenciada. El protocolo institucional de recepción del certificado es el

siguiente:

b.1) Secretaria Académica (Recepciona documento carta/certificado)

b.2) Secretaria Académica envía correo al Apoyo Académico

b.3) Apoyo Académico informa a los profesores correspondientes vía correo electrónico.

c) De no mencionar el certificado médico sugerencias por parte del especialista, se seguirá el protocolo

establecido por el establecimiento. Siempre y cuando el colegio cuente con el recurso humano competente

para ejecutar las acciones indicadas.

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d) Los alumnos que presenten necesidades educativas especiales (NEE), transitoria (NET) Permanente

(NEP), serán atendidos en el aula por el profesor de asignatura, quien reforzará las áreas descendidas en

forma individual y colectivamente; readecuando los objetivos y/o contenidos y actividades pedagógicas

según las necesidades del alumno siempre y cuando estas sean diagnosticadas por un médico tal como lo

expresa el decreto 170 -10 y el apoderado tenga una comunicación efectiva, por lo menos dos veces al

semestre como mínimo con el o los docentes.

e) Sobre las alumnas embarazadas, Secretaria Académica y/o Apoyo Académico definirán un sistema de

evaluación y criterio de promoción, con el fin de ayudar a que la alumna no deserte del sistema escolar y

pueda adquirir los aprendizajes según el nivel.

f) La evaluación diferenciada para los alumnos con NEE es de carácter anual, el certificado médico con el

diagnóstico e indicaciones, debe ser renovado todos los años, solo son válidos los certificados con fecha

del año en curso.

g) La evaluación diferencia para los alumnos que presentan problemas psicológicos, físicos o de otra

índole que le impiden un normal desenvolvimiento en el quehacer escolar, tendrán las mismas

consideraciones que los alumnos con NEE, por el periodo de tiempo que el médico lo indique.

h) Los alumnos que presenten dificultades en alguna asignatura de aprendizaje, debidamente

fundamentado, con certificado médico podrán ser eximidos según Decreto Nº 158/1999.

Art. 29) De las eximiciones:

a) En Educación Física, un alumno sólo podrá ser eximido de la actividad física, previa presentación a

Inspectoría, de un certificado médico que acredite dicha condición, especificando el tiempo por el cual se

hace la solicitud. En tal caso dicho certificado solo lo exime de la actividad física, lo que no lo exime de

realizar de otro tipo de evaluación o instrumento que cumpla con el mismo objetivo pedagógico (trabajos de

investigación, trabajos escritos, disertaciones, etc.), que serán programados por el profesor de asignatura,

y deberán realizarse dentro del horario que establezca el docente.

b) En la asignatura de Religión, el apoderado presentará una solicitud escrita como una carta formal con

sus motivos de índole personal o de la iglesia que profesa, dicho documento debe ser entregado antes del

30 de Marzo. El protocolo institucional para la recepción es el siguiente: Los docentes de Religión

recepcionan el documento o carta dando visto bueno, informando a Secretaría Académica o Apoyo

Académico.

c) En la asignatura de inglés presentará un certificado otorgado por especialista médico.

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d) Al término del año lectivo no se administrará procedimientos de evaluación final a los alumnos en las

asignaturas o actividades de aprendizaje en las que haya sido eximido.

e) Los alumnos (as) que deban representar al colegio en alguna actividad y tengan calendarizadas

evaluaciones deberán:

- Rendir la prueba fijada en el 1º y 2º periodo de clases, para luego participar de la actividad.

- En caso que el alumno deba rendir más de una evaluación, el profesor de la asignatura en

conjunto con Secretaria Académica y/o Apoyo Académico resolverán la situación.

- Los trabajos programados con anticipación, deben ser entregados durante el 1º y 2º periodo de

clases al profesor que corresponda.

Art 30) De la asistencia

a) Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos al 85% de las clases establecidas en el

calendario escolar anual. No obstante, por razones establecidas en el reglamento de evaluación, el director

del establecimiento podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de asistencia, para

lo cual se dictará una Resolución Interna.

b) Los alumnos que se hayan incorporado tardíamente a un curso se considerarán el porcentaje de

asistencia desde el primer día de ingreso al establecimiento hasta el término del año escolar.

Art. 31) Información sobre el avance educacional a los Alumnos y/o Padres y Apoderados

a) Los profesores jefes, serán los responsables de la corrección en la obtención de los promedios

semestrales y anuales, revisando oportunamente los mismos en la plataforma SAE. Del mismo modo, se

responsabilizarán de lo fidedigno de la información entregada para efecto de la elaboración de todo

Documento Oficial de la evaluación y Promoción Escolar.

b) Los resultados de las pruebas escritas y/o trabajos serán entregados a los alumnos, con un plazo

máximo de 7 días hábiles. Las notas deberán ser registradas en el libro de clases y plataforma SAE

inmediatamente después de ser revisados con el curso.

c) En relación a los apoderados de los alumnos que presentan riesgo de repitencia serán informados por

Profesor Jefe y/o Asignatura, siendo responsables de gestionar e informar a través de agenda, entrevista

apoderado y/ o carta certificada a los apoderados de aquellos pupilos que no han alcanzado los Objetivos

de Aprendizajes.

Art. 32) De la autoestima académica.

a) Aquellos alumnos que han logrado un alto desarrollo en su rendimiento académico general será

destacado meritoriamente con una observación escrita en su hoja personal, siendo reconocido al final de

año con el premio los alumnos que presenten:

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-Excelencia académica: promedio general de notas igual a 7.0

-Mérito Académico: promedio general de notas igual o superior a 6.6

- Rendimiento Académico: promedio general de notas igual o superior a 6.0

b) El Consejo de profesores de cada local, con el objetivo de estimular la autoestima académica de los

estudiantes otorgará las siguientes distinciones por nivel: Área Humanista, Área Matemática, Área

Científica, Idioma Inglés, Área Artística, Área Deportiva.

c) Premio Mejor Compañero: Se entregará el premio a un alumno por curso que presente las siguientes

cualidades como mejor compañero: tolerante, de buen trato, empático, solidario, responsable y respetuoso

con sus pares. Este reconocimiento estará supeditado a la aprobación del profesor jefe.

d) Premio al Esfuerzo: Este premio será propuesto por el profesor jefe y presentado en Consejo de

Profesores para su aprobación, se premiará a un alumno por curso que cumpla las siguientes

características: orientación al logro, mentalidad de crecimiento, perseverancia, superación y

responsabilidad.

e) Al término de cada Semestre, el apoderado recibirá el Informe de Área de Desarrollo de su pupilo.

Art. 33) De la promoción

a) Serán promovidos los alumnos de Enseñanza Media que hubieren aprobado todos los subsectores de

aprendizaje o asignaturas de sus respectivos planes de estudio.

b) Serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado un subsector de aprendizaje o asignatura,

siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior. Para efecto del cálculo se

considerará la calificación del subsector de aprendizaje no aprobado.

c) Igualmente, serán promovidos los alumnos que no hubieren aprobado dos subsectores de aprendizaje o

asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior. Para efecto

del cálculo se considerará la calificación de los dos subsectores de aprendizaje no aprobados.

d) No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, si entre dos asignaturas reprobados se encuentran las

asignaturas de lenguaje y Comunicación y/o Matemática, los alumnos de 3º y 4º medio serán promovidos

siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para el cálculo de este promedio,

se considera la calificación de las asignaturas no aprobadas.

e) Notas Limítrofes: En el caso que el alumno obtenga Promedio General Anual limítrofe 4,4 o 4,9 o 5,5

(según Decretos de evaluación 112/1999 y 83/2001) y teniendo una o dos asignaturas insuficientes 3,9

podrá rendir una o dos Pruebas Recuperativas. Si el resultado obtenido es igual o mayor al 60% de logros

de sus objetivos, optará a nota máxima 4,0. Los alumnos que obtengan nota igual o inferior a 3,9 en la

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Educar en Valores y Practicar Virtudes

Prueba Recuperativa o no se presenten a rendir dicha prueba en la fecha fijada desde Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico, conservarán el promedio original.

Art. 34) Procedimientos especiales de evaluación

a) Aquellos alumnos del Colegio que por diversas razones (traslado, cambio domicilio, situaciones legales,

enfermedad, viaje al extranjero, servicio militar, embarazo, duelo, accidente u otras razones) ingresen

tardíamente al proceso escolar o deban anticipar la finalización del año escolar podrán ser promovidos con

un semestre aprobado. Los criterios pedagógicos previamente certificado, se definirán de acuerdo a la

naturaleza y/o dificultad observada.

a.1) Aplicación de un mínimo de evaluaciones que permita el logro de los objetivos.

a.2) Aplicación de variadas formas de evaluación no necesariamente pruebas escritas.

b) Aquellos alumnos de otros establecimientos que se hayan incorporado tardíamente a un curso,

motivados por traslados u otra circunstancia, para efectos de la calificación, se considerará las notas del

establecimiento que proviene, informe que deberá presentar al momento de matricularse o en un plazo de

10 días hábiles, si no hubiera calificaciones se considerará sólo aquellas que obtenga a partir del momento

en que ingresa al curso (mínimo cuatro notas).

c) El alumno que no se presenta a una o más evaluaciones (pruebas, trabajos u otro procedimiento)

calendarizada y autorizada desde Secretaria Académica y/o Apoyo Pedagógico deberá rendir dicha

evaluación en la próxima clase que esté presente y que le corresponda por horario con el profesor de la

asignatura, siempre y cuando la inasistencia haya sido debidamente justificada por el apoderado

siguiendo el conducto regular asignado por el Colegio. Si el alumno no justifica dentro de tres días hábiles

posteriores a la falta se aplicará 70% de exigencia al procedimiento de evaluación. Si el alumno por

segunda vez no se presenta a dicha evaluación fijada por el profesor de asignatura y sin justificación

obtiene nota mínima 2.0. A partir de lo anterior, toda nota mínima 2.0, antes de ser registrada en el libro de

clases, debe ser aprobada por Dirección Académica y/o Apoyo Académico, quienes antes de dar el visto

bueno, realizarán previa revisión de los procesos pedagógicos que justifican la nota mínima.

d) Si el alumno entrega pruebas, control y/o trabajos en blanco o se niega a ser evaluado se dejará

constancia en el registro de observaciones y su calificación será un 2,0. No obstante se dará la

oportunidad de rendir otro instrumento de evaluación que abarque los mismos objetivos de aprendizaje, el

cual será promediado con la mínima obtenida, previa citación al apoderado y entrevista con Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico.

e) El alumno que no se presenta a una o más evaluaciones calendarizadas, y/o aprobadas por Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico, ya sean pruebas, trabajos u otros procedimientos por inasistencia al

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colegio, deberá recuperarla en la próxima clase que esté presente y que le corresponda por horario, con el

profesor de la asignatura correspondiente, siempre cuando la inasistencia haya sido debidamente

justificada por el apoderado siguiendo el conducto regular asignado por el colegio.

f) Si el alumno no justifica dentro de 3 día hábiles posteriores a la falta, se aplicará 70% de exigencia a

procedimiento de evaluación, la cual se administrará en el momento que el alumno se presente

registrándose una observación en el libro de clases.

g) En el caso de presentarse a las evaluaciones del plan lector sin haber leído el libro, el apoderado debe

justificar de manera presencial dicha situación. En tal caso, el profesor deberá fijar una nueva instancia de

evaluación dentro de 5 días hábiles. Si el apoderado no fundamenta la no lectura del libro, o no se presenta

a la citación, se evaluará a estudiante con nota mínima 2.0. El protocolo de acción a seguir es:

1°) Registro de la situación en el libro de clases.

2°) Citar al apoderado:

- Si el apoderado asiste a la citación y justifica la situación, el profesor le realizará al alumno otro

instrumento de evaluación que cumpla con los mismos objetivos, el cual será promediado con la

nota mínima obtenida en primera instancia.

- Si el apoderado no se presenta a la citación, se deja registro en la hoja de observaciones y se

registra la nota mínima 2.0.

h) Los casos de manifestaciones colectivas en contra de la aplicación de un procedimiento o instrumento

de evaluación por ejemplo la negativa de un curso completo o de un grupo de alumnos a la aplicación de

una prueba, serán entendidos como conductas personales por parte de los alumnos involucrados y cada

uno de ellos asumirá su propia responsabilidad individual en relación al reglamento de evaluación y

reglamento de convivencia escolar.

i) Para las licencias médicas por sobre 12 días se generará calendario de evaluación. En el caso de

inasistencia prolongada por otros motivos que no sean médicos, el apoderado debe hablar con cada

profesor/a para informar la ausencia y recalendarizar las evaluaciones pendientes de forma particular.

j) Se suma una nota por actividad extra-programática denominada “Día Solidario”, que tiene su fundamento

pedagógico en la participación voluntaria y apertura a la comunidad por parte de los estudiantes. Esta nota

es un 7.0 para los estudiantes que participen de manera voluntaria según los requerimientos que se

soliciten a la comunidad estudiantil. Determinado de la siguiente manera:

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SOCIEDAD PRO-EDUCACIÓN Y CULTURA S.A.

COLEGIO CLAUDIO MATTE

45 Años al Servicio de la Educación

Educar en Valores y Practicar Virtudes

k) En relación a la calificación de la fiesta costumbrista:

k.1). Los alumnos que faltaron a ambas actividades (ensayo y Fiesta) y presentaron certificado médico,

deben ser evaluados a través de trabajo con nota coeficiente 2.0

k.2) Los alumnos que faltaron a ambas actividades (ensayo y Fiesta) y presentaron justificación del

apoderado presencial (registro escrito) con el profesor de Educación Física, deben ser evaluados a través

de trabajo con nota coeficiente 2.0

k.3) Los alumnos que faltaron a una o ambas actividades (ensayo y Fiesta) y no presentaron justificación

del apoderado presencial o certificado médico (registro escrito), deben ser evaluados con nota mínima 2.0

Art.35) Otros no previstos

a) Cualquier interpretación no contemplada en el presente reglamento, será resuelto por Secretaria

Académica y/o Apoyo Pedagógico, Dirección Académica u otro estamento en la cadena de educación

vigente.

Participación Comunidad Estudiantil Nota por asignatura

Estudiante asistente según requerimientos del

establecimiento 1 nota en asignatura seleccionada por estudiante

Estudiante con trabajo voluntario según

requerimientos del establecimiento

1 nota en asignatura de lenguaje

1 nota en asignatura seleccionada por estudiante