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! El, 1528116 COFIPE AVANCES Y RETROCESOS DE LA LEGISLACIÓN ELECTORAL. UNIVERSIDAD AUTONOMA M E T R O P 0’ L I TAN A IZTAPALAPA ,, !’ L’ : * -

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El, 1528116

C O F I P E

AVANCES Y RETROCESOS

DE LA

LEGISLACIÓN ELECTORAL.

U N I V E R S I D A D A U T O N O M A

M E T R O P 0’ L I T A N A

I Z T A P A L A P A ,, ! ’

L’ : * -

El presente trabajo es el resultado, de las inquietudes despertadas por nuestro profesor Alvaro

Arreola, especialista en sistema de partidos y legislación electoral, durante las asignaturas tomadas

con el mismo; en mucho encierra mas nuestras aspiraciones que nuestros logros en cuanto al manejo

de la teoría para interpretar un aspecto específico de la realidad; pero intenta ser una respuesta a las

preguntas que nosotros mismos nos planteamos respecto al tema. Como suele suceder con la mayoría

de los temas, después de estudiarlos, encontramos que este da para mucho, y como se dice en el

medio, sentimos que aun hay mucha tinta en el tintero, como para abordarlo en investigaciones

posteriores.

Por ahora presentamos a su consideración este pequeño trabajo, sobre los avances y

retrocesos de la legislación electoral.

BREVE EXPldCACIÓN.

Los términos en que se abordó el presente trabajo por nuestra formación, diferiría de la

mayoría de trabajos interpretativos que sobre el tema se han realizado, ya que mientras unos

desarrollan una investigación jurídica, nosotros hemos buscado como objetivo permanente, el

encontrar aquello que motiva la presente legislación electoral, es decir siempre quisimos saber que

es lo que pretendía tanto quien propuso la presente regulación, como los que se sumaron a esta en

su proceso de aprobación.

De esta manera, nos plantemos la nesecidad de diseñar nuestra investigación de siguiente

forma:

La dividimos en dos grandes apartados; el primero dedicado a la parte teórica, en donde

abordamos un estudio de la democracia, sus principales tipologías y las críticas respectivas,

apoyándonos para esto en los autores más reconocidos; y el segundo, donde abordamos propiamente

el tema de la legislación electoral, destacando fimdamentalmente aquellos apartados de mayor

controversia, razón esta por la que no encontrara querido lector una relatoría del COFIPE artículo

por artículo e inciso por inciso.

Sin embargo sentimos que -aun cuando brevemente- los aspectos nodales para nuestra discusión del

COFIPE están todos incluidos.

1

T E O R I A

D E L A

D E M O C R A C I A .

TEORÍA DE LA DEMOCRACIA

Desde la época antigua hasta nuestros días, el término democracia se ha utilizado siempre

para designar una forma de gobierno, o bien uno de los distintos modos en que se puede ejercer el

poder político. Fundamentalmente, el vocablo designa de forma específica una forma de gobierno

en la que la mayoría ejerce el poder político. En ese sentido, el pensamiento político clásico

precisaba que siendo mayoría los pobres, esta forma de gobierno podía definirse como el gobierno

de los pobres. Empero, el concepto de democracia en la actualidad, esta muy lejos de tener un

significado unívoco y preciso. La literatura-como se analizará más adelante- sobre el tema suele

conformarse de definiciones contradictorias sobre lo que se entiende por democracia.

El problema de la democracia, de sus car,acterísticas y de su prestigio ( o de la falta de

éste) es un problema muy viejo, tan antiguo como la propia reflexión sobre las cosas de la política

y ha sido repropuesto y reformulado en todas las épocas.

Este apartado pretende pues, una revisión rápida y somera, sobre la teoría de la

democracia, desde el pensamiento político c1ásic:o hasta nuestra época, signada por el predominio

teórico liberal -que pregona la crisis de la democracia-, y el "abrazo mortal" entre la misma y el

sistema capitalista, como calificó desde otra perspectiva teórica -el conocido filósofo italiano

Norbert0 Bobbio- los problemas de la democracia en las sociedades capitalistas occidentales.

3

1.LA DEMOCRACIA EN LA HISTORIA DEL l?ENSAMIENTO POLÍTICO.

La reflexión sobre las formas de gobierno', en la historia del pensamiento político se ha

dado en tres usos fundamentales:

-Un uso descriptivo (o sistemático)

-Un uso prescriptivo (o axio1ógico)y

-Un uso histórico

Describir implica ocuparse de clasificar las formas de gobierno según lo que las une o las

diferencia; prescribir por supuesto refiere a la realización de juicios de valor o juicios ideológicos

sobre cual es la mejor o la peor forma de gobierno; y por Último el uso histórico de las formas de

gobierno, considerando como paso la sucesión di: una a otra (1). Por supuesto, según los autores,

esta reflexión de acuerdo a los usos, algunas veces se realiza aisladamente y otras

simultáneamente. Así mismo es pertinente considerar en la reflexión sobre las tipologías de formas

de gobierno, un indicador analítico fundamental, los criterios, utilizados por los teóricos para

realizar sus respectivas tipologías.

Como se comentaba con antelación, la reflexión sobre la mejor o peor forma de gobierno (

uso prescriptivo) es muy vieja, tan vieja que la p:rimera noticia que se tiene respecto de este tema

proviene de Heródoto (2) en sus "Historias" (111, 80-83) en donde se narra la disputa que

sostienen Otones, Megabizo y Darío entorno a la futura forma de gobierno de Persia. Mientras

4

que Megabizo defiende la aristocracia y Darío la monarquía, Otones toma a su cargo la defensa de

la democracia. Los argumentos vertidos en dicha discusión son clásicos y recurrentes en la

historia del pensamiento político; el demócrata alega: "?Como puede ser algo perfecto la

monarquía, a la que es lícito hacer lo que quiera sin deber rendir cuentas?", refiere también a la

discusión muy vieja de los límites del poder; por su parte los que condenan la democracia, afirman

que: " Nada [...I es más negro e insolente que una multitud incapaz'' -y rematan- I t ? Cómo puede

gobernar bien aquel que no ha recibido instrucciiin ni ha conocido nada bueno y conveniente y

que trastorna los negocios públicos entremetiendlose sin discernimiento como un torrente

desbordado". He aquí, lo que preocupaba tanto a Alexis de Tocqueville (3), en relación a la

posibilidad de que la democracia se convirtiese en despotismo, o mejor expresado, en la I t teoría

de las mayorías 'I.

Platón (4) según la tradición clásica estableció una tipología ordenada o clasificada ( uso

descriptivo ) según el número de gobernantes; democracia es el gobierno de los muchos y en

cuanto tal se distingue de la monarquía y la aristocracia, en las que el poder lo ejercen unos y

pocos respectivamente. Empero en I' La República "(5) establece también una valoración

axiológica (uso prescriptivo) de la mejor forma dte gobierno, considerando que esta es la

aristocracia; por Último, en las "Leyes"(6) establece que históricamente (uso histórico) se dan dos

formas de gobierno: la monarquía cuyo prototipo es el estado persa y la democracia cuyo

prototipo es Atenas.

5

La clasificación de Aristóteles (7), es el paradigma en la teoría de las formas de gobierno y

el interés perseguido (individual o colectivo). En ese sentido, nuevamente nos encontramos

conque democracia es gobierno de muchos, monarquía de uno y aristocracia de pocos; y también

en una valoración ideológica negativa hacia la de:mocracia. Salvo pocas excepciones, la

tripartición aristotélica fue acogida en toda la tradición del pensamiento político occidental, al

menos hasta Hegel, al que llega ya debilitada, haciéndose un lugar común en el pensamiento

político clásico. Pueden señalarse las de Santo Tomas (9, Bodino (9), Hobbes (lo), Locke (1 l),

Rousseau (12), Kant (13) y Hegel (14). Por supuesto, ello no ha implicado la no existencia de

variaciones, tales como, la conversión de la tripartición en una bipartición en Maquiavelo (15) :

Repúblicas ( aristotcráticas o democráticas ) y Principados, por cierto que en su valoración

prescriptiva estableció como mejor forma de gobierno al 'I gobierno Mixto" (16); la distinción

entre formas de estado y formas de gobierno de I3odino (17); la supresión de una valoración

prescriptiva de formas puras o corruptas hecha por Hobbes (18), con base en el criterio de que el

poder de un estado o es absoluto o no es tal y poi ello no es posible decir que un gobierno abusa

del poder, y por ende no es posible decir que es bueno o malo; la tipología de Montesquieu (19)

cambiar el criterio del número por uno de principios, en ese sentido, las repúblicas se rigen - nos

dirá- por la virtud, las monarquías por el honor y el despotismo por el miedo. Por otra parte en su

valoración ideológica, privilegia la monarquía como la mejor forma de gobierno; Rousseau (20),

por su parte, convierte las formas de gobierno en formas de poder ejecutivo y deja el legislativo -

aquel que caracteriza la soberanía - en manos del pueblo que expresa su voluntad general en el

"control social" y por Último, Hegel que adapta el principio del número, por uno derivado la

simplicidad o complejidad de las sociedades: el despotismo es el producto de sociedades simples,

6

las repúblicas de sociedades intermedias y las monarquías - que sin las mejores formas de

gobierno según el- son sociedades complejas y modernas (21).

Carlos M a n ( y hasta hace poco, los Marxistas en general ) no se preocupo demasiado

por establecer una tipología de las formas de gobierno, debido fundamentalmente a:

a) Una concepción negativa del Estado (iiistrumento de dominación y explotación ) y,

b) Una crítica aguda de las formas de gobierno como "burguesas" y enmascaradas de la

lucha de clases o conflictos (22)

Es notable, que de éste rápido recorrido, la democracia forma de gobierno, hoy

reivindicada por tirios y troyanos ha tenido en el pasado pocos defensores. Solamente Rousseau,

Althusius (23), y Spinoza (24) apoyaban la democracia. Y por el contrario en el caso de la

monarquía y en menor medida de la aristocracia la simpatía de la mayoría es evidente. También es

pertinente subrayar que la mayoría de los escrito:res políticos clasificaban las formas de gobierno,

en buenas o malas, según el criterio de la estabilidad política imperante y no reivindicaban valores

éticos, hoy más afines a nosotros, tales como justicia, igualdad, y libertad por ejemplo.

Por su parte el pensamiento político moderno, también continúa esta reflexión sobre la

mejor forma de gobierno, y realiza importantes iinnovaciones, Gaetano Mosca (25) quien

introduce la teoría de las "élites" (más adelante nos detendremos en ella), - que en esencia

7

postulaba que una minoría es siempre quien detenta el poder y domina sobre una mayoría que

carece de el -, además establece que todas las formas de gobierno son oligarquías; no obstante en

estudios posteriores (26) Mosca introduce la posibilidad de élites cerradas que dan origen a la

aristocracia, y por otro lado el de élites abiertas y ampliadas que permiten la democracia.

Hins Kelsen (27), en sus estudios jurídicos establece un nuevo criterio para diferenciar una

forma de gobierno de otra: la modalidad con que la constitución regula la producción del

ordenamiento jurídico, se crea, desde la base o desde el vértice, desde el vértice cuando los

destinatarios de las normas no participan en la creación de las mismas (heterónoma), y desde la

base cuando si participan (autónoma). La primera corresponde a la aristocracia y la segunda a la

democracia.

Max Weber (28) -con base en la tipologíii de los principios de legitimidad: racional Legal,

tradicional y carismático- postula que sólo la legitimidad racional-legal produce los estados

modernos y las mejores formas de gobierno (aristocracia parlamentaria y democracia).

Jean Blonde1 (29) apoyado en un criterio jurídico-institucional, distingue entre la forma de

gobierno presidencial y la parlamentaria descansando en la diversa relación que se produce entre

ejecutivo y legislativo. Mientras que en el régimm parlamentario la ""democraticidad"" del ~

En nuestra época - donde predomina la democracia representativa -en oposición a la

democracia directa- también se distinguen diversas especies de regímenes democráticos. La

multiplicidad de las tipologías depende de la variedad de los

criterios adoptados para la clasificación de sus diversas formas.

I I 8 I 1

ejecutivo depende del hecho de que éste es un emanación del legislativo, el cual a su vez descansa

sobre el voto popular; en el régimen presidencial el ejecutivo es elegido directamente por el

pueblo. En suma en el primer caso el ejecutivo es elegido indirectamente mientras que en el

segundo se elige directamente.

Otra tipología basada en el criterio de sistemas de partidos

(de uno, poco, o muchos; como vemos es el número aparece el viejo criterio aristotélico del

número), es introducida por Maurice Duverger (?;O), distinguiendo sistemas monopartidistas

(autoritarios), de bipartidistas y multipartidistas (democráticos).

Giovanni Sartori (31), en la misma línea de Duverger ofrece una segunda variante, en

donde agrega el análisis de las alianzas políticas de los partidos; teniendo esto como consecuencia

la posibilidad de que sistemas multipartidistas se conviertan en la práctica en bipartidistas y

permite distinguir sistemas de partidos polarizados de los no polarizados.

Almond y Powell (32) cambiando el término de estado por el más comprensivo de sistema

político, postulan dos criterios esenciales: roles y autonomía de los subsistemas. Distinguiendo de

esta forma cuatro tipos de sistemas políticos:

a) Con poca diferencia de roles y poca autonomía de los subsistemas (entendiendo por

estos a grupos de presión, asociaciones, grupos de interés, en suma la personificación de los

intereses, cualesquiera que estos sean), correspondiente a las sociedades primitivas.

9

b) Con poca diferencia de roles y alta autonomía de los subsistemas que es característico

de las sociedades feudales.

c) Con poca diferencia de roles y gran autonomía de los subsistemas característicos de la

monarquía, y

d) Con gran diferencia de roles y gran autonomía de los subsistemas, que es la

característica -según ellos- de las

sociedades democráticas.

2.LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA.

I) La democracia representativa, versus democracia directa.

Como se afirmo con antelación, la democracia representativa es la forma de "los

modernos", en oposición a la democracia directa, que es la democracia de los ''antiguos. Un

argumento clásico en contra de la democracia, era la afirmación de que esta sólo era posible en los

estados pequeños, J. J. Rousseau (33) considerado el "padre" de la democracia, estaba convencido

de que no había existido nunca una verdadera democracia, debido a que, requería de una gran

cantidad de condiciones difíciles de cumplir y concluía categóricamente: "si hubiere un pueblo de

dioses, se gobernarían democráticamente, un gobierno tan perfecto no conviene a los

hombres"(34), en todo caso es pertinente la aclaración de que el tipo de democracia a que se

refieren, era la democracia directa.

10

? Cuales son las diferencias y cuales las similitudes? En términos muy generales la expresión

"democracia representativa", quiere decir que las deliberaciones colectivas (toma de decisiones),

es decir las deliberaciones que involucran a toda la colectividad, no son tomadas directamente por

quienes forman parte de ella, sino por personas elegidas para ese fin, o sea, por representantes. En

tanto que "democracia directa", esta refiriendo a que las deliberaciones colectivas las toman todos

directamente, y sin intermediarios (35).

La línea de desarrollo de la democracia representativa se ha basado fundamentalmente, en

dos direcciones:

a) Sufragio universal

b) Multiplicación de los Órganos representativos ( es decir de los órganos compuestos por

representantes elegidos), hacia todas las estructui:as del gobierno.

Mientras que la democracia directa se caracteriza esencialmente, por el referéndum, las

asambleas y el mandato imperativo (posibilidad tie revocación de los representantes elegidos). La

primera es característica de las sociedades grandes y la segunda de las pequeñas, empero en

realidad una democracia integral debe abarcarlas a ambas, como un continum, es decir, no son

necesariamente excluyentes.

Hamilton y Madison, los padres de la democracia norteamericana (36), en sus papeles del

"federalismo", oponen a la democracia directa de los "antiguos" la democracia representativa

como el Único gobierno popular posible en estados grandes. En otras palabras lo que permitió el

11

surgimiento de la democracia fueron las grandes dimensiones de los estados modernos y las

grandes sociedades, en suma la complejidad de los estos modernos. Parafraseando a Rouseau,

este es un gobierno de hombres y por ello no tan perfecto y si conveniente. Así pues instituciones

como el referéndum y la asamblea son muy legítimos en términos de democratización, pero solo

se pueden aplicar, excepcionalmente, en las sociedades modernas. No es este el caso, del mandato

imperativo, que es la acepción, de democracia directa más acreditada en la tradición del

pensamiento marxista (37), desde que Marx resaltara el hecho de que la comúna de París "estuvo

compuesta por consejeros principales elegidos par sufragio universal en los diversos cargos de

París, responsables irrevocables en cualquier momento". (38) No obstante, quizás sea adecuado

resaltar que el mandato imperativo no es contrario a la democracia representativa necesariamente,

es decir la institución del mandato imperativo poi- si solo no transforma a una democracia

representativa en democracia directa. (39) Con la consolidación de las democracias

representativas las complejas tipologías de las foirmas de gobierno, poco a poco, irá reduciendo y

simplificando hasta una contraposisión entre dos campos: las democracias y las autocracias.

11) Democracia política y democracia soc:ial.

El proceso de ampliación de la democracia en la sociedad contemporánea no sólo se

realiza mediante la integración de la democracia representativa y la democracia directa, sino

también, y de forma importante, mediante la extensión de la democratización, es decir, que el

poder ascendente, se esta ampliando de la esfera de las relaciones políticas, de las relaciones en la

que el individuo es formado en consideración de su papel de ciudadano, a la esfera de las

12:

relaciones sociales, donde el individuo, es tomado en consideración con la diversidad de sus roles,

o papeles específicos. La primera el la democracia política, y la segunda es la democracia social

(40). En ese sentido, cuando hablamos de demandas de democracia más amplia, nos referimos a la

extensión de la democracia política, hacia la social.

111) Democracia formal y democracia sustancial.

No es posible pasar por alto, cuando se discute la teoría de la democracia, la

diferenciasión, realizada entre democracia formall y democracia sustancial, cuando se habla de los

principios éticos o valores últimos que guían a la democracia, no como forma de gobierno, sino

como ideología. En ese terreno, el principio de es,tos objetivos o valores, que se han adoptado

para distinguir, en cuanto a forma y contenidos, en régimen democrático de uno no democrático,

es la igualdad - no como igualdad jurídica, sino fundamentalmente social y económica (41). De

ésta forma se ha introducido la distinción entre "democracia formal",referida a la forma de

gobierno, y "democracia sustancial", referida al contenido de ésta forma. Se podría expresar con

la fórmula democracia del pueblo y para el pueblo. Nuevamente, es necesario expresar que una

democracia integral debería agruparla a las dos, en pero, hasta ahora eso no ha sido posible.

La democracia formal ha sido entendida como un método o un conjunto de reglas

procesales para la constitución del gobierno y para la formación de las decisiones políticas, es

decir de las decisiones vinculadas para toda la sociedad. En éstos términos, en la teoría política

contemporánea las definiciones de la democracia fluctúan en un elenco mas o menos amplio de

13

"Reglas del juego" o " Procedimiento universales "; parece ser que el quien mejor las expresó es

N.Bobbio (42) con su famosa "definición mínima de la democracia":

1) El máximo órgano político a quien está asignada la función legislativa, debe estar

compuesto por miembros elegidos directa o indirectamente, a través de comicios de primero o

segundo grado, por el pueblo.

2) Junto al supremo órgano legislativo deben existir otras instituciones con dirigentes

elegidos, como los entes de la administración local o el jefe del estado.

3) Electores deben ser todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin

distinción de raza, religión, de ingreso económico o de sexo.

4) Todos los electores deben tener igual vioto.

5) Todos los electores deben ser libres de votar según su propia opinión, formada ésta en

condiciones lo más libre posible.

6) Deben ser libres también en el sentido de tener alternativas reales.

s decision 7) Tanto para elecciones de representantes como para 1 s del supremo órgano

político vale el principio de la mayoría numérica, aun cuando pueden ser establecidas diversas

14

formas de mayoría según criterios de oportunidad1 no definibles de una vez por todas.

8) Ninguna decisión tomada por mayoría debe limitar los derechos de la minoría, de

manera particular el derecho de convertirse, en ig;ualdad de circunstancias en mayoría.

9) El órgano de gobierno debe gozar de la confianza del parlamento o bien del jefe del

poder ejecutivo a su vez electo por el pueblo.

3. CRITICAS A LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA.

Llegados a éste punto, no está de mas recordar - antes de entrar en materia propiamente-

que a lo largo de todo el siglo XIX la discusión em tomo a la democracia se desarrolló

fundamentalmente a través de un enfrentamiento de las doctrinas predominantes de la época: El

Liberalismo y el Socialismo.

La relación entre la democracia y el liberalismo, contrariamente a lo que puede pensarse,

ha sido todo menos fácil -contrariamente, ya que las sociedades democráticas modernas hasta

ahora han sido liberales- quizás el punto de partida de la dificultad de dicha relación lo establezcz

un célebre discurso de Benjamín Constant (43) It La libertad de los antiguos comparado con los

modernos", en las que éste elogiaba la libertad "negativa" (la libertad de realizar todo aquello que

no dañe la libertad de otros)en oposición a la libertad "positiva" ( aquella que solo obedece las

leyes que ella misma se impone), la primera característica del pensamiento liberal y la segunda de

15

la democracia Roussoniana o democracia directa. Los escritores liberales, de Constant a

Tocqueville y John Stuart Mill (44) afirmaron la idea de que la Única democracia compatible con

el estado liberal con la democracia representativa. Empero a pesar de ser una relación difícil, se

estableció entre ambos una relación vital, puesto 'que, sólo los estados nacidos de las revoluciones

liberales son democráticos y solamente los estados democráticos protegen los derechos del

hombre: Todos los estados autoritarios del mundo son a la vez antiliberales y antiautoritarios.

(45)

Por su parte, la relación entre democracia y socialismo, también ha sido todo, menos

pacífica. Como fue mencionado en líneas anteriores a la democracia representativa, el Marxismo,

opone la democracia directa amparándose en Mai-x y sus reflexiones sobre la comuna de París y

Lenin y su "El Estado y la Revolución", y además opone, a la democracia política una petición de

democracia económica. (Democracia "Industrial" , "Conciliar" o "Autogestionaria"). (46). En sí

parece válido sostener que el ideal socialista en tiirminos sintéticos la búsqueda de la igualdad

humana

en su máxima expresión, llegó a los socialistas a pretender a resolver la desigualdad entre los

hombres considerándose que ésta se encontraba en la propiedad , es decir, en la esfera económica,

de ello se desprendió su pretensión de exigir democracia económica más que política. Este

razonamiento ya estaba presente en el célebre ensayo de J. Rousseau"."El origen de la desigualdad

entre los hombres", quien concluía que dicho origen era, la propiedad privada. (47). En todo eso,

siempre existió cierto recelo de los socialistas hacia la democracia, en su visión representativa y se

le calificó de "Burguesa". Las "Duras réplicas" de: la historia - como solía decir Hegel- Han

16

cuestionado seriamente la bondad de tal calificativo y de tal procedimiento, como lo demuestra, la

caída del "Socialista real" . (48).

Los inicios del siglo XX presentaron la consolidación de la primera crítica fuerte y

valedera a la democracia, nos referimos a

la I' Teoría de la Elites".(49). Según los representantes de ésta teoría, la soberanía popular es un

ideal - Límite y jamás ha correspondido y puede corresponder a una realidad de hecho, porque en

todo régimen político, cualquiera sea la "fórmula política bajo la que los ideólogos lo presentan,

es siempre una minoría de personas la que detenta el poder efectivo frente a una mayoría que

carece de él - parece necesario contrapuntear ésta crítica entre otra muy famosa hecha por un

pensador liberal: Alexis de Tocqueville (50), quien insistiría mucho en el peligro de una 'I teoría de

las mayorías" en la sociedades democráticas, en e:l sentido de que, la democracia como realización

progresiba del ideal igualitaria es la nivelación que termina en el despotismo. Son dos diferentes

formas de teoría, y por tanto ambas, aunque en diversa medida son la negación de la libertad.

La teoría de las élites implica esencialmente los siguientes postulados:

a) En toda sociedad organizada las relaciones entre grupos o entre individuos son

relaciones de desigualdad.

-

b) La causa principal de la desigualdad es el poder concentrado siempre en una minoría

c) Entre las diversas formas de poder, lo determinante es el poder político.

d) La causa de que una minoría domine a la mayoría en su organización.

e) Un régimen se diferencia de otro por el distinto modo en que las élites nacen, se

transmiten y mueren, por el distinto modo en que se organizan y por el distinto modo en el que

ejercen el poder.

f) La contraparte de la élite es la masa, que siempre es mayoría y está desorganizada.

Dicha teoría, en un principio, ventiló una serie de humores antidemocráticos y

antisocialistas, no obstante, poco a poco se afianzó por su valor heurístico y se separó del molde

ideológico. Varios de sus principales sostenedoreis la matizaron y le dieron una interpretación

democrática a sus postulados.(Sl)El matiz fundamental lo otorgó la diferenciación entre élite y

élites y entre élites cerradas y restringidas y &litest abiertas y ampliadas. Las primeras son

autocríticas y las segundas democráticas. Así pues se concluye: La democracia no implica que no

existan élites, sino más bien cierto principio específico de formación de élites. Cualquier

redefinición de la democracia que quiera tener en cuenta ésta temática, o sea, la ineliminable

presencia de más clases políticas en competencia entre sí, debería de realizar el examen de por lo

menos tres puntos reclutamiento, extensión y frentes de poder de la clase política. Respecto del

reclutamiento es democrático si su personal es obtenido mediante una libre

competencia electoral; respecto a su extensión, cuando las élites son variadas, abiertas y en

competencia; y respecto de las fuentes de poder, cuando las élites tienen el poder por

representación, con base en una delegación renovable periódicamente, con consenso mayoritario y

basada en el ámbito de reglas establecidas ( constitucionalmente) y no a partir de la conquista

violenta del mismo.

Puesto que hemos presentado a la teoría de las élites, es pertinente a nuestro parecer

conectamos con otra interesante postura crítica de la democracia, nos referimos a la 'I Teoría

Económica de la Democracia", que reconoce como padre fundador a J.Schumpeter, quien

precisamente partía de dos concepciones de democracia: La democracia clásica y la democracia

concebida como competencia entre élites, por el liderazgo político (52). En sí, ambas críticas a la

democracia, están conectadas en el sentido de qui: persiguen como objetivo central, el análisis de

las relaciones contra la oligarquización, las tende:ncias a la personalización del poder y la

democracia moderna en sociedades de masas. Según - Wolfgang Mammsen- existe en realidad UI

hilo conductor entre Max Weber, y las teorías económicas de la democracia que proclaman a

Schumpeter como uno de sus patriarcas, pasando por los teóricos clásicos de las élites (Mosca,

Pareto y Michels) y los sociólogos empíricos partidarios de una teoría elitista de la democracia

(Berelson, Dahl,Sartori, Almond y Verba, Lipset, etc.) (53). Max Weber (54) según - Lucian0

Cavalli- Sostiene que son tres las principales aportaciones de Weber al estudio de la

"personalización del poder" en las democracias m.odernas:

19

a) Distinguir democracias sin líder y demacracia con líder y haber señalado la tendencia

histórica a pasar de una a otra.

b) Haber construido I' El tipo ideal" de democracia con líderes basado en sus estudios

sobre el carisma.

c) Haber ligado el concepto de "Democracia con líder" con el concepto de dominación

carismática, resultando el papel de líderes carism;iticos en el desarrollo de partidos y la

democracia moderna.( 55)

En ese sentido, Weber y su teoría de la 'Democracia Plebiscitaria de líder" , es el modelo

de Schumpeter, al definir a la democracia como competencia entre élites; ambos consiguen a la

democracia como un método de selección de líderes, y ambos penetraron con tremenda influencia

en la sociología norteamericana durante la segunda mitad de los 50's. La obra de Robert A. Dahl

"A Preface to Democratic Theory" (56) publicada en 1956 y la Anthony Downs "An Economic

Theory of Democracy'' (57) de 1957 se han convertido en puntos de referencia fundamentales

para dos tendencias importantes del estudio contemporáneo sobre la democracia. De Robert Dahl

arranca la "Teoría Pluralista o Pluralismo de la Elites", mientras que Anthony Downs puede ser

considerado como el autor clave de una serie de análisis conocidos como la "Teoría Económica

de la Política".

20

Ambas posturas críticas de la democracia, tienen muchas cosas en común: la consideración

de la democracia como un método de selección dc: líderes y gobiernos, el intento de presentar un

modelo descriptivo y realista del comportamiento político de los ciudadanos, y de los procesos

políticos en las democracias avanzadas, la concepción de la política según la analogía del

mercado, etc. (58) Fundamentalmente, para la teoría pluralista la democracia es una "poliarquía" o

gobierno de múltiples y diversas minorías que enfatiza normal y deseable la poca participación de

los ciudadanos ( la apatía es sinónimo de la libertad del sistema, de la eficacia del mismo y del

consenso obtenido). Es notable que frente a esta crítica teórica de los pluralistas a la democracia

que justificaba la ausencia de participación ciudadana en los asuntos públicos, se desarrollo

paralelamente una teoría que se basa en la exigencia de una mayor participación política, nos

referimos a: la teoría de la democracia participativa" (59).

Por su parte la teoría económica, que es fundamentalmente la aplicación de la economía a

la ciencia política sostiene que el individuo es "horno económico", egoísta racional y maximizador

de utilidades, y con este presupuesto elabora toda una teoría de la política como una relación de

compra-venta de mercancía en pequeños y grand.es "mercados".

En cierta forma como una derivación de 1;i teoría económica de la democracia, surgió

desde los 50's - y actualmente es la postura dominante- la interpretación conservadora de la

democracia de los llamados neoliberales ( Friederich U. Hayek, Peter Berger, Karl Popper, Milton

Friedman, Huntington, Daniel Bell, etc.) Quizás aquí sea pertinente especificar que -en nuestra

opinión- el liberalismo contemporáneo ha sufrido una profunda ruptura de su unidad haciéndose

ambivalente, en este sentido, deja de ser una visidn integrada y coherente del mundo, para

2 1.

convertirse en campo de surgimiento de diferentes paradigmas y teorías de la sociedad y la

política (60). La concepción de la democracia, po:r parte de los neoliberales, sustenta en los

siguientes axiomas:

a)La democracia es un método político, uri instrumento o un medio de selección de

líder es,

b)La democracia es solo un medio para la consecución de los ideales liberales,

c)El "libre mercado" esta por encima de la democracia, en ese sentido, la democracia

puede "estorbar" a los ideales liberales, en algunos momentos, con lo cual pone en crisis al

capitalismo.

d)Los ideales neoliberales pueden tolerar o incluso "aplaudir" regímenes totalitarios si

cumplen con los presupuestos liberales básicos como: estado mínimo y libre mercado,

e)Los neoliberales sostienen, que es la democracia la "causante" de la "crisis" del

capitalismo, en ese terreno arguyen que la democracia y el liberalismo pueden llegar a ser

incompatibles

f)El neoliberalismo esta reticente en extremo al sufragio universal, Von Hayek, por

ejemplo argumenta que solo los hombres exitoso!; en el mercado deben sufragar,

2 2:

g)El neoliberalismo critica al pluralismo político y le opone la diversidad política limitada;

su democracia es "restringidall, y por fin,

h)La democracia considerada solo como método político, no puede extenderse hacia

esferas económicas culturales o sociales.

En suma el paradigma neoliberal sostiene una visión de la democracia profundamente

elitista, es además una teoría y apología de la sociedad de mercado y de la concurrencia perfecta

(61).

En el año de 1975 salió a la luz pública uri informe de M. Crozier, Samuel Huntington y J>

Watanaki intitulado: I' La crisis de la democracia. Informe sobre la gobernabilidad de la

democracia a la Comisión Trilateral" (62), este trabajo suscitó un intenso debate sobre el tema de

la "ingobernabilidad" y las democracias modernas.

L o s "viejos" liberales como Toqueville, y John Stuart Mill se preocupaban mucho por la

posibilidad de que la democracia tendiese a privilegiar una "tiranía de las mayorías", actualmente

el blanco del ataque de los neoliberales, no es el cxceso sino el defecto de poder. Se considera que

las sociedades democráticas son incapaces de dominar adecuadamente los conflictos de una

sociedad compleja.

El mencionado informe de la Comisión Trilateral destacaba la "ingobernabilidad" de las

democracias, debido a una saturación de demandas que no podían ser satisfechas; este proceso

también ha sido identificado con el "escaso rendimiento", o bien utilizando la terminología de la

23

"teoría sistémica" como "sobrecargado". En otros términos la ingobernabilidad se presenta a

consecuencia de la desproporción entre las demandas que provienen en número cada vez mayor

de la sociedad civil y la capacidad que tiene el sistema político para responder a ellas. La crítica

atribuye al estado de bienestar y a la democracia representativa, el haber producido este

fenómeno, en este sentido postula que las democracias de corte benefactor o los modelos de

organización socialista, deben ceder su lugar a una nueva ola de realismo y utilidad pública,

basada en la apertura y reordenamiento de los priincipales actores sociales y variables económicas

(63).

La denuncia de la ingobernabilidad de los regímenes democráticos tiende a proponer

soluciones autoritarias, que se mueven en dos dirwciones:

a)Fortalecimiento del poder ejecutivo y

b)Poner nuevos límites a la esfera de las decisiones que pueden ser tomadas con base en la

regla típica de la democracia, la regla de la mayoiría.

La crítica neoliberal a la democracia representativa ha tenido mucho éxito político y

teórico, al grado de ser la perspectiva predominante en la actualidad. Empero es una crítica muy

idelógica y muy peligrosa por sus fuertes tonalidades de autoritarismo. ? No hay alternativas al

proyecto neoliberal de limitar la democracia?

24

Parece que una postura muy valiosa y alteimativa al proyecto neoliberal es el "liberal

socialismo"(64). Así mismo parece que la figura incontrastable que liderea esta postura teórica es

del filósofo N. Bobbio. Otras posturas críticas al planteamiento neoliberal serían las sostenidas por

Habermas, R. Dahrendorf, Raculs, C Offe, C.B. Macperson, entre otros. Estos autores relizan

planteamientos al paradigma neoliberal, pero también son profundos críticos de la democracia

representativa (65). Empero para finalizar esta sección solo analizaremos con más detalle el

pensamiento de N. Bobbio, en cuanto crítico de la democracia representativa.

Bobbio es un demócrata por excelencia liberal y socialista con el fin de esquematizar su

pensamiento - un pensamiento muy vasto y muy rico en complejidades y de introducir aunque sea

brevemente en su obra- consideramos necesario rescatar que su "liberal-socialismo" implica

esencialmente los siguientes postulados:

a) la democracia concebida como "reglas del juego" o "procedimientos universales",

(democracia formal)

b) Un fuerte sentido de los obstáculos que enfrentan las democracias modernas (léase

tecnificación del gobierno, hipertrofía burocrática. y caída del desempeño gubernamental), y de sus

promesas incumplidas (léase problemas con la representación, con la participación, permanencia

de "poderles invisibles", etc.)

c) Un rescate del liberalismo ético, es decir de la teoría de los derechos individuales y los

límites al poder

25

d) Una interpretación del socialismo basado en un valor Último prioritario: la igualdad

humana

e) La redefinición del socialismo en términos convergentes con la noción de democracia

como una socialización del poder, en lugar de socialización de la propiedad

f) Una concepción de estado liberal, en el sentido de concebirlo como detentador del

monopolio legítimo, exclusivo y consensual de la fuerza y la resignación a la perdida del

monopolio del poder idelógico y económico

g) La extencion del método democrático del terreno político hacia todas las otras esferas

I

I

h) La hipótesis -realista- de que es el poder en sus tres variables, económico, político e

ideológico la causa de las desigualdades entre los hombres y de su consecuente necesidad de

limitarlo, controlarlo y distribuirlo, es decir democratizarlo (66)

Tal vez el elemento más importante de la reflexión política de Bobbio radique en sus

críticas despiadadas y desencantadas del funcionamiento de la "democracia real". De esta crítica

rescataremos su análisis de la "regla de mayorías" y su análisis de las "promesas incumplidas" de 1

democracia representativa (67).

26

Bobbio resalta que no es suficiente con hablar de regla de mayorías, para definir la

democracia ya que esta no es exclusiva de la democracia, ni tampoco todas las decisiones

colectivas se toman por mayoría. Bobbio distingue entre límites valorativos y aporías técnicas - de

la regla de mayorías- los primeros señalaron las fronteras donde ya no es aplicable el principio de

mayorías y las segundas indican cuales son las paradojas que pueden derivarse de su aplicación.

1

I I

a) De validez, podríamos abolir la regla de mayoría por decisión mayoritaria.

b)De aplicación, existen materia en las que no podemos aplicar la regla.

c) De eficacia, dicha regla no necesariamente es eficaz en la resolución de problemas

sociales.

L a s "aporías" técnicas son:

a) L a determinación del cuerpo electoral, según su extensión, los resultados son diversos.

27

b) L o s no votantes, la abstención modifica1 los resultados.

c) Los que votan en blanco, manifestación de protesta y rechazo

d) Mayoría y acuerdo, cuando las alternativas son varias, la mayoría se convierte en,

acuerdo de minorías que desvirtúa las elecciones.

A pesar de todos estos problemas, finalmente Norbert0 Bobbio deposita su confianza en

las sociedades democráticas.

En su trabajo sobre "El Futuro de la Demucracia" Bobbio faros de la "democracia real"

resultando las siguientes "promesas no cumplidas":

a) Individualidad y las asociaciones, la democracia se basaba en lo primero, empero la

realidad ha provocado lo contrario.

b) El desquite de los intereses, la democracia moderna perseguía la representación de

intereses generales, la realidad ha demostrado qui: predominan los intereses particulares.

c) Persistencia de las oligarquías, se ha convertido en ley lo que la democracia trataba de

eliminar.

d) Democracia política y social, la democracia aun no conquista espacios determinantes

como la esfera social.

e) El poder invisible, frente a la promesa de la democracia, como transparencia del poder,

dominación del secreto y control del poder, pero nos encontramos con la tendencia contraria.

28

f) El aprendizaje de la ciudadanía, se previa que la democracia propiciaria la "educación

del ciudadano", no obstante asistimos a aumentos crecientes de la apatía, abstención y

manipulación del votante, o sea, consenso "manipulado".

Nuevamente Bobbio concluye que a pesar de las fallas, la democracia es la mejor forma de

gobierno; y busca explicarse este incumplimiento en los "obstáculos" que la democracia enfrenta y

enfrentó:

a) El desarrollo creciente de la tecnocracia, es decir de las necesidades de expertos por el

incremento de los problemas técnicos.

b) Aumento de la burocracia, aparato de poder este en extrema oposición a la democracia.

c) La "ingobernabilidad" o "escaso rendimiento" de las sociedades democráticas, y

d) Consenso ''manipulado"- proceso democrático vis a vis sociedad de masas.

Norbert0 Bobbio - a pesar de sus críticas a la democracia- siempre había sostenido una

profesión de fe, en el futuro de la democracia representativa, sin embargo, en uno de sus últimos

trabajos (68) dejo traslucir su desencanto al afirmar que la democracia y el capitalismo se habían

dado siempre un ''abrazo vital" pero que actualmente parece querer "divorciarse" de la

democracia y convertir el "abrazo vital" en un "abrazo mortal".

29

CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES

Y

PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.

30

LIBRO lo. 1 5 2 8 1 6

DE LA INTEGRACI~N DE LOS PODERLES

LEGISLATIVO Y EJECUTIVO DE LA UNIÓN.

En este primer libro se describen los mecanismos necesarios para integrar la cámara de

diputados, así como la de senadores, incluyendo la elección presidencial, empecemos.

Aun cuando en este libro se tocan diferentes aspectos, sin duda alguna el mas relevante es

el de la conformación de la cámara de diputados, por lo siguiente:

La cámara de diputados estará formada par 300 diputados electos mediante la técnica de

votación mayoritaria relativa, dentro de distritos e lectorales uninominales, y 200 diputados que se

elegirán mediante el principio de representación proporcional, según los listados regionales,

comprendidos en circunscripciones plurinominales.

Hasta aquí las cosas no cambian mucho, pero al avanzar en la lectura del presente código

nos encontramos con los verdaderos cambios en cuanto a la conformación de la correlación de

fuerzas al interior de la cámara de diputados, veamos porque:

Básicamente en el renglón de la integracih de la cámara mediante el principio de

representación proporcional, es donde nos encontiramos con las notas características de un

gobierno que pretende conservarse en el poder al precio que cueste.

1) Art.13 Inc.b). "Al partido que obtenga el mayor número de constancias de mayoría y

31

cuya votación sea equivalente al 35 % de la votación nacional emitida, le serán asignados

diputados de las listas regionales en número sufic:iente para alcanzar por ambos principios 251

curules; adicionalmente, le serán asignados dos diputados mas por cada punto porcentual

obtenido por encima del 35%

de la votación y hasta menos del 60 %.

Así las cosas lo que se pretende en el fondo es el fortalecimiento de los partidos que

tengan una cobertura nacional tal que les permita lograr triunfos bien distribuidos en los distritos

electorales que conforman la República mexicana.

Y finalmente con la correlación de fuerzas resultante de este mecanismo de asignación de

diputados de representación proporcional, "amarrar" el control al interior de la cámara de

diputados, Órgano encargado no solo de legislar sobre la vida nacional, sino también de calificar

las elecciones presidenciales, como lo señala el Art. 74 Constitucional.

Pero en el diseño de esta nueva ley no todo ha sido blanco y negro, los partidos políticos

con más capacidad de respuesta ante la ciudadanía, también se la han jugado al votar las presentes

reformas, pensando seguramente que en lo futuro la pequeña rendija que se abre con el COFIPE

les permita acceder al poder, o en su defecto conquistar pequeños cotos donde puedan ejercer el

gobierno.

32

LIBRO 20.

DE LOS PARTIDOS POL~TICOS.

Este segundo libro del COFIPE, aborda el tema de los partidos, la constitución de los

mismos, la mecánica de registro, sus derechos y obligaciones, así como de los requisitos para

establecer frentes, coaliciones y funciones, sin ol.vidar porsupuesto la perdida del registro.

REGISTRO DEFINITIVO Y REGISTRO CONDICIONADO.

De entrada, en este libro se regresa a la opción de participar en los comicios electorales,

con un registro condicionado al resultado de las elecciones, registro que la reforma

Delamadridista desapareció, y que el COFIPE rescata en una versión aun mas axesible que su

antecedente en la LFOPPE, ya que en esta Última se establecía una antigüedad mínima de cuatro

años antes de la solicitud del registro, con la actual tan solo se requiere de dos años para tener

acceso a esta oportunidad. Aun cuando la diferencia entre la primera y esta última parece estribar

solamente en los años requeridos para solicitar el registro condicionado, el contexto en que se dan

las dos las hace bastante diferentes.

respuesta a la demanda de fuerzas políticas que tras muchos años de buscar su reconocimiento

legal y no encontrarlo, endurecieron su postura, dejando al estado el camino de la concertación o

el del enfrentamiento, Reyes Heroles junto con Lbpez Portillo, optaron por la segunda.

El registro condicionado de la LFOPPE, surge en

33

El registro condicionado del COFIPE regresa en medio de una gran concertacion entre los

partidos opositores, regresa después de una experiencia traumante para el partido en el poder,

cuando en la última elección presidencial las coaliciones y frentes lograron captar un número

extraordinario de votos, poniendo en tela de juicio la legitimidad de aquel proceso electoral,

mostrando por lo menos en esa ocasión madures política para establecer una convivencia que les

permitiera pelear fuertemente la elección presidencial. En medio de este fortalecimiento de los

partidos opositores al régimen, se abre una puerta para que las instituciones o fracciones

disidentes de estos aspiren a constituirse como partidos políticos nacionales. Si bien es cierto que

esta apertura da paso a una participación más plural, por otro lado alienta a las fracciones

disidentes al interior de los partidos, a su separación, motiva a la optimización de la oposición y

por lo tanto al fortalecimiento del partido en el poder, optimización que no solo se puede motivar

a partir de las diferencias entre las corrientes al interior de un partido, sino incluso por los 1 recursos económicos a los que se hace acreedor el partido que aspire a su registro condicionado,

acusación grave esta última pero que ya se ha lanzado en contra del PFCRN por ejemplo.

Es muy probable que a partir de esta reforma no solo veamos el nacimiento de partidos

políticos de ocasión, sino lo que es más grave aun., el devilitamiento de aquellos partidos que en

un momento pudieron ser una opción viable para ldisputar seriamente el poder al partido del

estado.

En lo que se refiere al registro definitivo, los requisitos son muy numerosos, y requieren

de un alto grado de organización y una amplia cobertura.

Así por ejemplo se establece la obligatoriedad de contar con tres mil afiliados en cada una, de

34

cuando menos la mitad de los estados, o 300 afiliados en cada uno de la mitad de los distritos

electorales uninominales.

La realización de una asamblea con la presencia de un juez municipal, un notario público, o

autoridad con facultades para certificar el númeral de afiliados que asistieron a la asamblea,

además de que la apoyaron después de conocer la declaración de principios,en cada una de las

entidades federativas señaladas en el párrafo anterior.

La realización de una asamblea nacional, con la asistencia de delegados estatales o distritales y la

formulacion de listados de afiliados.

Todo esto dentro de un plazo "improrrogable" de un año.

Tal vez para muchos esto no sea más que un requisito que tendrán que pagar aquellas

instituciones políticas que aspiren a ser reconocidas con un registro definitivo, pero para aquellos

que estén familiarizados con el quehacer de los partidos políticos será evidente la dificultad para

cubrir con estos requisitos.

Por si lo anterior fuera poco, los partidos con registro condicional se encuentran

impedidos para formar coaliciones o funciones con partidos políticos nacionales, lo que los limita

única y exclusivamente a su capacidad.

35

DE SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES.

En cuanto a los derechos de los partidos políticos, según se plantean en el en el Art. 36 se

dan en términos de igualdad, lo que aparentemente es un rasgo muy democrático, pero como

veremos más adelante, con la asignación diferenciada de recursos y tiempo en los medios de

comunicación, en realidad se da un trato desigual. a los diferentes partidos políticos.

En lo que respecta a sus obligaciones, estas ponen a los partidos políticos nuevos u

opositores en un "handicap" que bien puede poner en peligro su registro.

El Art.38 cita entre otras que:

Los partidos políticos deben "abstenerse de recurrir a la violencia y a cualquier acto que

tenga como objeto o resultado alterar el orden público, perturbar el goce de las garantías o

impedir el funcionamiento regular de los órganos de gobierno."( 69)

Esta es una determinación que de acuerdo a derec:ho tiene toda la justificación del mundo, pero ?

que pasa cuando las instancias de gobierno no hacen caso de los recursos que otorga el derecho?

acaso lo sucedido en Guanajuato y en San Luis Potosí en las pasadas elecciones de agosto del '91

se resolvió en los tribunales de lo contencioso electoral, no fue ilegal desde esta óptica el bloqueo

de las mujeres panistas al palacio de gobierno en San Luis Potosí,

Esta determinación solo puede ser justificada en la medida en que los órganos encargados de

vigilar el correcto procedimiento de los comicios tengan el poder real para servir a la justicia y no

al patrón que los coloco en sus posiciones de manido, esto Último algo arto difícil y tal ves hasta

ingenuo.

36

En cuanto a las prerrogativas en materia de radio :y televisión, son otro de los aspectos a discusión

en la presente legislación, a partir del hecho de que el tiempo asignado para cada partido

dependerá de los resultados en el último proceso dectoral, dice el Art.44: "La duración de las

transmisiones será incrementada en períodos elect:orales, para cada partido político, en forma

proporcional a su fuerza electoral.", esto además tie los horarios asignados para cada partido, se

pueden manipular de tal forma que la informacióri que se transmite a la opinión pública lleve un

corte sesgado y si además de esto consideramos que los informativos principalmente de televisión,

brindan mayor cobertura al partido en el poder, que a los otros -recordemos la campaña

emprendida contra el noticiero de "24 Horas" por la subjetividad con que manejaron la

información durante las elecciones presidenciales del '86, haciendo parecer los mitines de Cloutier

pequeñas reuniones en comparación con las celebradas por el Partido Revolucionario

Institucional-, encontramos que las "prerrogativas" no son las mismas, ?acaso hay ideas de

primera y de segunda?

DE LOS FRENTES COALICIONES Y FlJSIONES.

Finalmente en este libro el gobierno enfrenta al monstruo de las mil cabezas, aquel que en

la contienda electoral entre Salinas, Cloutier, y Cdrdenas dejo muy mal parado al sistema político

mexicano.

En este Titulo 40. que comprende desde e i Art.56 hasta el Art.65, los partidos políticos

encuentran los requisitos para establecer frentes, coaliciones y funciones.

37

Para empezar en el Art. 56 Inc.1. se establece que la realización de frentes solo será lícita

siempre y cuando no se persigan objetivos electorales, se respetarán su registro, identidad y

personalidad jurídica, siempre y cuando solo busquen alcanzar metas sociales o "políticas", ?que

una elección no es parte y resultado del quehacer :político?

En cuanto a las coaliciones se refiere, estaic si cuentan con la facultad para participar en los

procesos electorales, pero la reglamentación como ya es característico en el COFIPE se encarga

de limitar los alcances de este mecanismo, expliquemos:

Con el esquema diseñado por el COFIPE las coaliciones actúan como un solo partido "y

por lo tanto, la representación de la misma sustituye a la de los partidos políticos coligados", que

?en este caso no podríamos utilizar los mismos criterios que se utilizan para asignar tiempo en los

medios de comunicación, y asignar representantes en proporción a la fuerza electoral que

significa en su conjunto una coalición de partidos?, situación esta que se repite en al caso de la

elección para diputados y senadores.

Y por último, el asunto de la perdida de registro.

Las causas para que un partido pierda su registro son:

El "no obtener el 1.5% de la votación emitida en ninguna de las elecciones federales".

"No cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro", esto a juicio del Consejo

General del Instituto Federal electoral.

38

LIBRO 30.

DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

El tema abordado en este tercer libro, bien podría ser reconocido como la columna

vertebral del control estatal en esta nueva legislación. Recogiendo las demandas de los partidos de

oposición se han incorporado figuras que a primera vista dan un matiz de democracia, pero al

abundar en su estudio, encontramos que el "sistenia político" se dio a la tarea de dar marcha atrás

a lo que en principio pudo ser uno de los avances más significativos en la historia de la legislación

electoral, entremos en materia.

"El Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter I

permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Depositario de la autoridad electoral",

siendo el responsable de organizar las elecciones(:írO). Citamos textual para remarcar la

importancia que recae sobre dicho instituto.

A partir de lo anterior el I F E es el encargado de; conformar el Registro Federal de

Electores, "asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el

cumplimiento de sus obligaciones","velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y

coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política", además de "preservar el

fortalecimiento del régimen de partidos", menuda tarea para los integrantes del I F E .

39

A la vez el IFE se organiza en un Consejo General, una Junta General Ejecutiva y Una

Dirección General.

El Consejo General, se forma por un consejero del poder ejecutivo, cuatro consejeros del

poder legislativo, representantes de los partidos dle acuerdo al porcentaje obtenido y seis

consejeros magistrados, aparentemente con estos tres niveles de representación se hace participar

en el máximo Órgano del IFE al estado a los partidos políticos y a la población civil, pero si

observamos la procedencia de cada uno de ellos nos encontramos con una burla más en la lucha

por establecer una normatividad objetiva y políticamente madura.

En principio el consejero del poder ejecutivo es el Secretario de Gobernación, presidente

del Consejo con facultad de votar en caso de empate. Los cuatro consejeros del poder legislativo

provienen, dos de la cámara de diputados y dos de la cámara de senadores, dos por la primera

mayoría de cada cámara y dos de la primera minoría de cada cámara, considerando la actual

relación de fuerzas, pensaríamos que dos serían del PRI y dos del PAN.

En cuanto a los seis consejeros magistrados, estos son seleccionados de entre una lista de

doce, todos propuestos por el jefe del ejecutivo, mediante una votación en la cámara de diputados

y en caso de existir empate, entonces se recurrirá a un proceso de insaculación, de entre los

mismos candidatos.

Este último aspecto, aquel en el cual se podría dar un corte verdaderamente democrático

al instituto electoral, también siguió el camino de todas las propuestas "democráticas del

gobierno",? como pensamos que ciudadanos propuestos por el Presidente de la República, van a

conservar una postura objetiva?, ?acaso al tener que decidir entre una situación donde se afecte al

40

í 5 2 5 1 6

país para dejar bien librado al presidente, votarán en contra de aquel que los coloco en la silla de

Consejeros Magistrados?

Y finalmente los representantes de los parfidos políticos obtenidos en las votaciones

nacionales. Dicho mecanismo, nuevamente viene a fortalecer al más fuerte, adjudicando hasta

cuatro representantes para aquellos partidos que hubieren obtenido más del 30 % de la votación

nacional emitida.

*Supervisar que el programa de Registro Federal de Electores cumpla con los programas

Después de esto bien podríamos repetir las palabras de Luis Javier Garrido, de que en esta

nueva ley el gobierno sigue controlando todo, los partidos casi nada y el pueblo nada.

1 establecidos.

*Fijar las políticas, programas y procedimientos del Instituto.

*Ver porque los partidos políticos nacionales, cumplan con sus obligaciones, y gocen de sus

prerrogativas.

*Supervisar el desempeño del Servicio Profesional Electoral, (cuerpo encargado de desempeñar

*Revisar que los programas de capacitación electoral y educación cívica que imparte el instituto

se cumplan.

*Seleccionar a los candidatos a Consejeros Ciudaldanos, de los consejos locales.

*Hacer lo necesario para que las comisiones de vigilancia tanto a nivel nacional, local y distrital,

funcionen.

Si observamos con detenimiento encontraremos que un gran cuerpo burocrático al

servicio del estado será el encargado de instrumentar todas las políticas del Instituto Federal

Electoral, esto no es otra cosa más que continuar con un control férreo de los procesos

electorales por parte del estado, control que se agrava al notar que dicho cuerpo de profesionales

solo reconoce la autoridad del Director General del Instituto, hombre que a su vez es propuesto

por el Presidente del Consejo General "léase" Secretario de Gobernación, estructura que se repite

hacia abajo hasta llegar a los comites distritales, sin ingerencia de los partidos políticos

Sigue siendo pues el proceso electoral controlado en todos los niveles por el estado y el

partido al que todos los funcionarios públicos perienecen, el PRI.

42

LIBRO 40.

DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES EN LAS DIRECCIONES EJECUTIVAS.

En este cuarto libro abordaremos dos aspelrtos de suma importancia, uno el referente al

padrón electoral y , el segundo

concerniente al servicio profesional electoral.

DEL REGISTRO FEDERAL DE €LECTORES

Con antecedentes que se remontan hasta el año de 1830 el padrón electoral ha sido el

campo perfecto para practicar el fraude electoral, en muchas ocasiones pensamos que el fraude

consiste en el robo de urnas, pero en realidad los I' magos" de la alquimia han realizado sus

estudios de especialización en los padrones de electores, registrando muertos, dando de alta a

niños, o quitando del padrón a los opositores al régimen, así es como ha vivido uno de los

instrumentos mas importantes en cualquier proceso electoral.

1

El padrón electoral no ha sido siempre el blanco de las más duras acusaciones, aya por el

año de 1980, este no significaba gran conflicto debido a la poca competencia electoral,

recordemos que en las elecciones presidenciales donde compitió López Portillo no hubo

candidatos de oposición. sin embargo el aumento de la madures procesos electorales fue

descubriendo poco a poco las artimañas de que st: hacia valer el estado para lograr siempre sus

Edo.de Chihuahua, hace crisis el padrón electoral demostrando hasta que grado la corrupción en

la conformación del padrón era la base del fraude electoral.

Confirmada esta tendencia en las elecciones del 6 de Julio de 1988

la población civil asumió una actitud sumamente critica ante el fraude electoral y el instrumento

del mismo, el padrón, haciendo que en un momento dado las misma autoridades no solo

reconocieran lo tendencioso del padrón, cuando por ejemplo la Secretaría de Gobernación

reconoció que había un margen de error del 30 al 50 %, sino que se planteara como una de las

prioridades del nuevo gobierno, la de realizar un padrón confiable.

Así las cosas, una nueva ley debería poner fin a esta historia de datos "inflados",o de

padrones 'kasurados", para dar credibilidad a los procesos electorales y por ende legitimidad a

quien resultara ganador de los comicios.

En este cuarto libro se abordan las tareas de dos de las principales direcciones ejecutivas,

la de la Dirección del Registro Federal de Electores, y la del Servicio Profesional Electoral.

El IFE atraves de la Dirección Ejecutiva y de sus juntas locales y distritales es la encargad:

de elaborar el Registro Federal de Electores mediante dos procesos complementarios:

l)La elaboración de un catalogo gemera1 de electores, y

2)La elaboración del padrón electoral en sí.

44

CATALOGO GENERAL DE ELECTORES.

El Catalogo General de Electores se forma. mediante la aplicación de la técnica censal total

en el territorio nacional, para determinar a los hombres y mujeres mayores de 18 años, su

domicilio su lugar y fecha de nacimiento, ocupación, y nombre.

Este catalogo es la base para el padrón electoral pero no es en ningún sentido el padrón de

electores. Seguramente este catalogo se hizo necesario al encontrar que las estimaciones

poblacionales no reflejaban la realidad, en algunos casos considerando una población menor a la

existente, en otros inflando por mucho el número de habitantes en determinada entidad.

Para la realización de este catalogo como !señalamos en un principio se seguiría la técnica

censal, razón por la cual se requirió la participación del los profesionales del INEGI, incluidos

formalmente en la estructura de la dirección ejecutiva del registro federal de electores.

PADRÓN ELECTORAL.

El padrón electoral resulta del catalogo general de electores y de la presentación de una

solicitud en la que los ciudadanos piden su inscripción directa y personal. Si el catalogo depende

totalmente de los funcionarios del IFE, el padrón electoral descansa fundamentalmente en la

participación voluntaria de los ciudadanos, veamos porque:

En la elaboración del padrón electoral los ciudadanos tienen que asistir directamente a las

oficinas de la dirección ejecutiva del registro federal de electores para solicitar su inclusión en el

I 45

~

padrón electoral si es que apenas han cumplido IE; años; para notificar su cambio de domicilio; o

la perdida de su credencial de elector. Recoger su credencial en caso de que los visitadores no lo

hayan encontrado, pues de no ser así el ciudadano queda sin ser incluido en las listas nominales

del padrón electoral.

Después de la elaboración de los listados, estos se pondrán al alcance de los partidos

políticos para su revisión, así como exhibidos en cada oficina municipal en lugares públicos y en 1:

entrada de las juntas distritales ejecutivas en el caso del Distrito Federal, durante un período de 20

días naturales para su observación.

Además de lo anterior se convocará a campañas de actualización anual durante los meses

de enero y febrero, con la oportunidad de seguirlo haciendo "hasta el día 28 de febrero del año de

la siguiente elección federal ordinaria."(71).

Si bien es cierto que la complejidad que encierra la aplicación de un censo con cobertura

nacional; que la expedición de una credencial para cada elector, por los requisitos solicitados,

puede desalentar la participación ciudadana, principalmente en áreas rurales Ó de baja

participación política; que las técnicas se pueden sesgar a favor de un partido político, dejando sin

empadronar a quien puede significar un voto en contra del partido en el poder; y de que los

encargados de elaborar dicho padrón son empleados pagados del presupuesto federal,

reconociendo como sus superiores a toda una piráimide administrativa, que termina en el mismo

presidente de la república, sin la ingerencia directa de los partidos políticos o los ciudadanos, la

apertura no puede dejar de reconocerse, por lo menos en este rubro.

i

Queda ahora en manos de los partidos pollíticos el ponerse a la altura de las nuevas

46

circunstancias, para aumentar en eficiencia, cubriendo cada vez más cada uno de los distritos

electorales, capacitando a sus militantes para desarrollar en ellos una actitud seria ante sus nuevas

responsabilidades en lo que a la elaboración del pidrón electoral se refiere; así como la

concientización de la población civil para no dejar por descuido el padrón en manos de los

"burócratas", para acudir a inscribirse en el padróin electoral, y ejercer su derecho al sufragar a

favor de quien más les parezca.

La reflexión obligada es: ?dejara el partido en el poder que este proceso se de sin mas, o

pondrá todos los elementos a su alcance desde el :manipule0 de la opinión pública atraves de los

medios de comunicación, la burocratización de los mecanismos para conformar tanto el catalogo

como el padrón, hasta la deliberada orientación de su quehacer a favor de un partido determinado

y de sus partidos 'lpaleros"?

Mucho es lo que se juega el sistema político mexicano con la realización de un padrón

electoral nuevo, son muchos los intereses

económicos que rodean a la realización de este, es mucho el dinero que "corre"para que se alteren

los padrones, y muchos los funcionarios públicos encumbrados en el poder mediante estos

procedimientos, será capaz nuestro sistema político de dar un "borrón y cuenta nueva" olvidando

los compromisos creados con los profesionales del fraude como el señor César Augusto Santiago,

hábil priísta encargado de "diseñar" los resultados de las votaciones? o preferirá continuar con la

desacreditada imagen que nos hemos ganado en .todo el mundo, con tal de seguir "ganándolas

todas", nosotros lo dudamos.

47

DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL.

El Servicio Profesional Electoral, una de las novedades más interesantes del presente

código -por quitar de manos de los empleados de la secretaría de Gobernación la ejecución de

todos los aspectos relacionados con los procesos electorales, para ponerlos en manos de un

cuerpo profesional y "supuestamente" autónomo-, se forma a partir de dos cuerpos

administrativos;

l)Un cuerpo directivo, con facultades de dlirección mando y supervisión.

2)Un cuerpo técnico, encargado de realizar actividades especializadas.

Este servicio profesional electoral, esta organizado considerando rangos, niveles de

responsabilidad y capacitación, que constituyen en si una carrera donde los profesionales del ramo

pueden ascender en la escala administrativa, del Instituto Federal Electoral.

Es verdad que la profecionalización de eslos cuerpos puede motivar a un mejor

cumplimiento de las tareas del Instituto, además de hacer obligatoria de parte de estos

profesionales, el asumir una actitud objetiva, como el mismo Art.171 lo expresa "Por la naturaleza

de la función estatal que tiene encomendada el Instituto Federal Electoral, todo su personal hará

prevalecer la lealtad a la Constitución, las leyes y a la Institución, por encima de cualquier interés

particular". Pero la realidad es que la conducta histórica de los mismos funcionarios públicos, nos

hacen temer por el correcto cumplimiento de esta norma, y si no que la historia de burlas a la

constitución que hemos sufrido en el presente siglo confirmen nuestra aseveración.

BREVE HISTORIA DEL PADRÓN ELECTORAL*

1814- Primer rastro de un registro de electores en la Constitución de Apatzingan.

1830- Con la promulgación de las Reglas para las; Elecciones de Diputados y Ayuntamientos del

Distrito y Territorios de la República, se hace obli.gatorio para los ciudadanos, el

empadronarse. Aparición formal del primer padriín electoral.

1857- Se agrega la práctica de poner "voto" junto al nombre de cada ciudadano en el padrón

electoral, luego de sufragar.

1911- Se crea la Junta Revisora del Padrón electoral por cada municipio, formada por:" el

presidente municipal electo y dos de los candidatos contendientes. También se otorga a los

partidos políticos personalidad jurídica, exigiéndoles la elaboración de las boletas electorales.

1916- En la ley electoral para la formación del Congreso Constituyente, se crean juntas

empadronadoras por cada sección electoral, estableciendo el derecho de inclusión

o exclusión de ciudadanos en las listas de electores, para los partidos políticos y los ciudadanos.

1918- Se fija el sufragio universal, directo y secreto para los mayores de edad, así como la

práctica de la conformación de un padrón con jurisdicciones estatales.

4 9'

1946- Se crea el Consejo del Padrón electoral corno organismo técnico dependiente de la

Comisión Federal de Vigilancia Electoral, con jurisdicción nacional, en este consejo se

incorpora la representación de los dos partidos pol.íticos más importantes. Aparece la credencial

de elector.

1951- Con la aparición de la Ley Electoral Federal en lugar del Consejo del Padrón Electoral,

surge el Registro Nacional de Electores.

1954- Se otorga el derecho de voto a la mujer, duplicando con esta acción el padrón electoral.

1963- Se le da carácter de permanente a la credencial de elector.

1970- Se publica en el Diario Oficial la reforma constitucional con la cual se otorga a los jóvenes

de 18 años el derecho a votar.

1973- Con la nueva Ley Federal Electoral aumenta sensiblemente el padrón electoral.

1980- La CFE aprueba el programa para depurar el padrón electoral en el año de 1982, con la

"Gran acción ciudadana", con un costo superior a tres mil millones de pesos.

1987- Con la reforma de Miguel de la Madrid se dan mayores atribuciones a los partidos políticos

para que vigilen la actividad del Registro Nacional de Electores.

50

1989- Aparece el CAdigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales modificando

sustancialmente la formación del padrón electoral. 1 5 2 8 1 6

B

* La Jornada Miércoles 26 de Sep. de 1990, Azucena Valderrábano,

Mexicano ?cifras teñidas de dolo?

Padrón Electoral

51

LIBRO 50.

DEL PROCESO ELECTORAL.

En este quinto libro que comprende de los artículos 173 al 263se regula el proceso

electoral, tanto en su etapa preparatoria, durante la jornada electoral propiamente, hasta los actos

posteriores a la elección y la emisión de los resultados electorales, entre los temas que aborda,

algunos de los aspectos de mayor significado son:

INTEGRACIÓN DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE LAS CASILLAS.

El procedimiento seguido para la integración de las mesas directivas de casilla, más que

ser sencillo, se caracteriza por su complejidad, y por el esfuerzo que se requiere de parte del

ciudadano para finalmente ser digno de ocupar algún puesto dentro de esta.

1.En primer lugar el ciudadano que se haga acreedor a tan alta investidura deberá haber sido

seleccionado mediante un sorteo de entre el 20% lde los empadronados en su distrito.

2.Después de este primer paso , nuestro ciudadano en cuestión deberá ser seleccionado por sus

aptitudes de entre los insaculados.

3.Si nuestro sujeto ha pasado las dos primeras pruebas, una a manos del destino, la segunda a

manos de una burocracia que quien sabe que criterios seguirá para determinar si un ciudadano es

52

apto para participar en la mesa directiva de la casilla; deberá recibir una capacitación para

desempeñar sus funciones.

sucediera por lo menos en el Distrito Federal en las pasadas elecciones de agosto de 1991, además

de que en un momento dado observamos en una investigación de campo que los miembros del

PRI visitaban los domicilios donde el dueño no era afín para su partido con el propósito de

invitarlo a declinar la invitación a ofrecer su casa para instalar una casilla electoral.

'

4.Y si después de esto nuestro candidato aun no pierde al animo, tendrá que enfrentarse a una

selección final, que dependerá de los resultado que obtenga durante su capacitación.

Es verdad que con esto tal vez se busque que los participantes en el proceso de recepción

de votos así como de su primer computo, sean lo suficientemente capacitados para tal labor, pero

la verdad es que la complejidad del mecanismo más nos "huele" a un oculto interés por desanimar

a los ciudadanos a participar.

DE LA UBICACIÓN DE LAS CASILLAS.

En cuanto a las urnas en este nueva ley se establece que deben ser fabricadas de un

material transparente, tratando así de dejar en el pasado a las tristemente celebres urnas

"embarazadas", termino con el cual se calificaba al la técnica de llenar urnas aun antes de que se

abriera la casilla.

DEL COMPUTO DE VOTOS.

Otro aspecto importante en el presente libro es el referente al tiempo mínimo para realizar

los cómputos. A pesar de vivir rodeados de sistemas sofisticados y por demás rápidos para el

calculo, así como para la comunicación a largas distancias, en nuestro nuevo código a lo mas que

se llegó fue a disminuir el tiempo para realizar dicho conteo hasta 24 horas, con la salvedad de

que en un momento dado los Consejos Distritales podrán ampliar los plazos para entregar los

resultados de los escrutinios.

En este aspecto la presente ley también incluye la posibilidad de abrir los paquetes de actas

y boletas si es que se encuentra alguna discrepancia entre el computo distrital y el acta original, o

si falta alguno de estos documentos, he aquí una nueva oportunidad para "meterle mano" a esta

documentación tan importante.

54

DE LAS ENCUESTAS Y SONDEOS DE OPINI6N.

Finalmente en el Art.190 Frac.3a. el COFIFE prohíbe la realización de encuestas o

sondeos "que tengan por objeto conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, así como

publicar o difundir durante esos días, en cualquier medio de comunicación, los resultados de los

que se hayan realizado".

? Significa esto que en la semana previa a las elecciones los ciudadanos de la república

mexicana perdemos parcialmente nuestro derecho a la información?, y si es así ? en que se

fundamenta la presente legislación electoral para prohibirlo ?,? no será que el partido en el poder

teme perder primero en las encuestas y tratando di: disminuir el efecto que estas causan busca

mantener una imagen triunfalista durante todo el proceso electoral? pues el taparle los ojos a los

electores no es otra cosa más que una muestra de incapacidad priísta para ganar las elecciones en

buena lid.

55

LIBRO 60.

DEL TRIBUNAL FEDERAL ELECTORAL.

I 56

"El Tribunal Federal Electoral es el órgano jurisdiccional autónomo en materia electoral,

que tiene a su cargo la sustanciación y resolución de los recursos de apelación y de

inconformidad, a que se refiere el Título Segundo del Libro Séptimo de este Código, así como la

imposición de las sanciones establecidas en el Título Tercero del propio Libro Séptimo".(72)

Este tribunal integrado por dos salas, una central con cede en el Distrito Federal, y otras

regionales con cede en las cabeceras de las circuniscripciones plurinominales, es el encargado de

resolver todos los recursos de apelación que se interpongan en contra de las resoluciones "o

resultados consignados en las actas de cómputo djistrital o local de los órganos electorales", así

como los que se interpongan en los dos años anteriores al del proceso electoral, tanto en

elecciones ordinarias, como en extraordinarias.

Hasta aquí las cosas parecen marchar sin contratiempos, pero como a todo lo largo de el

presente código, la tendencia a conservar el control de los procesos electorales también se da en

la conformación del Tribunal, donde los magistrados son designados siguiendo la misma mecánica

con que se designaron a los consejeros magistrados en el Consejo General del I F E .

'

cambiadas con la votación de las dos terceras partes de los miembros del Colegio Electoral, pero

la experiencia en cuanto a negociaciones tras bambalinas nos hacen pensar en alianzas que mas

que buscar un estricto apego a derecho pretendan la obtención de canongías y favores políticos,

sino recordemos la alianza PRI-PAN para votar precisamente el presente código.

57

LIBRO 70.

DE LAS NULIDADES; DEL SISTEMA. DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

Y DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS.

En este penúltimo libro, como su titulo lo indica se determinan: las causas que pueden

justificar la anulación de las elecciones; así como los requisitos mínimos y la mecánica para

impugnarlos; y las faltas administrativas y las sanciones a las que se hacen acreedores aquellos quí

incurren el estas.

DE LOS CASOS DE NULIDAD.

Las votaciones se podrán anular cuando:

1.Se instale la casilla en un lugar distinto al señalado, sin causa alguna.

2.Se entregue el paquete que contiene los expedientes electorales, al Consejo Distrital fuera de los

plazos que señala este código, sin justificación.

3.Cuando el escrutinio se lleve a cabo en un lugar diferente al determinado por la Junta Distrital

correspondiente.

4.Cuando la votación se reciba en una fecha diferente a la programada para la celebración de las

elecciones.

5 8

5.Cuando se reciba la votación por personas u organismos sin facultad para ello, en los términos

del presente código.

6.Cuando el cómputo de los votos se haya realizado con dolo o error deliberado para favorecer a

un partido político en especial.

7.Cuando se haya permitido votar a ciudadanos que no portaran su credencial de lector, o que no

aparezcan en las listas nominales, "salvo en los casos de excepción señalados en el párrafo 5 del

Art. 218 y en el Art.223 de este código".

8.Si se expulsó sin razón justificada a los representantes de los partidos, afectando sensiblemente

los resultados de la elección.

9.Y si se ejerció violencia física o presión sobre los electores o los miembros de la mesa directiva

de la casilla, alterando con ello los resultados de la votación.

Estos mismos elementos se aplican para anular la elección de un diputado, si se presentan

en por lo menos el 20 % de las casillas adscritas íi su distrito electoral, o si por lo menos con el

mismo porcentaje, no se instalan estas el día de las elecciones.

Este mismo criterio se repite en el caso de elecciones para senador, pero en el área de su

competencia.

59

Estas declaraciones de nulidad solo podrári ser revocadas por los colegios electorales de

las cámaras de diputados o de senadores.

DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACICIN.

El sistema de medios de impugnación cuenta con tres recursos básicos: el recurso de

aclaración, el recurso de revisión, el recurso de apelación, y el recurso de inconformidad.

El recurso de aclaración: es aquel que se interpone en contra de los actos de las oficinas

municipales del Instituto.

El recurso de revisión: es el interpuesto por los partidos políticos en contra de los actos o

resoluciones de los Consejos, Juntas y otros Órganos tanto distritales como locales del IFE, y que

será resuelto por la instancia jerárquicamente superior a la que se acusa.

El recurso de apelación: es aquel que podrán interponer los partidos políticos en contra de

las resoluciones que recaigan a los recursos de revisión o en contra de actos o resoluciones de los

Órganos centrales del IFE.

Y el recurso de inconformidad: que será aquel que se presente para impugnar los

resultados de los cómputos tanto a nivel distrital, como a nivel federal, en el caso de elecciones

para diputados y senadores.¿ Y donde quedó el recurso para impugnar la elección presidencial?

60

En cuanto al recurso de inconformidad, los requisitos demandados para hacerlo

procedente, pueden más bien dejar en el intento el cambiar un resultado en las votaciones, ya que

para su conformación se requiere de algo más que sentido común, vemos:

Para empezar el recurso de inconformidad debe ir acompañado de un escrito donde se

haga constar el nombre del actor involucrado, así como su domicilio, el partido político que lo

representa, la mesa directiva de casilla ante la cual se presenta, la elección en particular que en la

cual se inconforman, una descripción de los hechos, identificar individualmente cada una de las

casillas que se impugnan, señalar "claramente" el computo ya distrital, federal o de circunscripcióc

plurinominal que se impugna, presentar pruebas documentales, que son las Únicas aceptadas en el

presente código, como son actas oficiales de escnitinios y cómputos, documentos expedidos por

órganos del instituto o funcionarios del mismo, documentos expedidos por autoridades "investidas

de fe pública, etc.,etc.y todo esto dentro de un plazo no mayor a tres días. I I A menos de que los partidos políticos cuenten con cuerpos de inteligencia dudamos que se

puedan recabar todos los requisitos para impugnar unas elecciones en los términos del presente

código.

DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS Y DE LAS SANCIONES.

Del Art. 338 al 343 se mencionan rápidamente las sanciones a las que se hacen acreedores

tanto por incumplimiento como por violación de 1.0 establecido en el presente código, desde los

funcionarios públicos hasta los partidos políticos y los ministros de culto que incurran en uno de

61

estos actos ilícitos, así entonces encontramos que a un funcionario electoral se le podrá en primera

instancia amonestar, después suspender, en caso d.e reincidir se le destituirá, y finalmente se le

multará hasta con cien días de salario mínimo, lo que no sabemos es si esto procede también con

los jerarcas en la estructura burocrática del IFE. En el caso de los partidos políticos estos reciben

una pena aplicada en numerario, que va desde 50 a 5 mil veces el salario mínimo vigente en el

Distrito Federal.

LIBRO 80.

DE LA ELECCI~N E INTEGRACI~N DE LA

ASAMBLEA DE REPRESENTANTES

DEL DISTRITO FEDERAL.

En este octavo y ultimo libro se reglamenta el procedimiento para conformar la Asamblea

de Representantes del Distrito Federal,

organismo este nacido para tratar de calmar los reclamos de democracia de los habitantes del

Distrito Federal.

Aun cuando se plantea la posibilidad de cantar con representantes electos por la

ciudadanía en su conjunto, tanto sus facultades redes, como la correlación de fuerzas a su

interior, resultante de los mecanismos para otorgar constancias de mayoría relativa, como de

representación proporcional, dejan mucho que desear en cuanto a la existencia de un Órgano

verdaderamente autónomo, capaz de ser el portavoz de los millones de habitantes del Distrito

I

I

1 Federal. I

DE LA INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA.

Formada por un cuerpo de 66 representantes, 40 electos por el principio me mayoría

relativa, y 26 por el principio de representación proporcional, la asamblea reproduce los mismos

esquemas que la cámara de diputados, en cuanto 211 conocido "candado de gebernabilidad" con el

cual el jefe del ejecutivo se asegura de tener una mayoría a su favor en la citada cámara.

6 3

Aun cuando la Asamblea de representantes no es el Órgano donde se discuten las iniciativas del

ejecutivo, si implica una gran importancia por ser el órgano que representa el territorio donde se

asientan los poderles de la unión, en otras palabras el jefe del ejecutivo pretende conservar un

control absoluto mediante el control de sus órganos administrativos, como el Departamento del

Distrito Federal y sus Delegaciones políticas, así como de su relativamente nuevo cuerpo

representativo, la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

Dicho "candado de gobernabilidad" se da tie la siguiente forma:

Para empezar, los porcentajes requeridos para que un partido político obtenga la mayoría

son del 30 % mínimo de la votación en el Distrito Federal, porcentaje este aún menor al requerido

en la cámara de diputados. S i con esta determinación el COFIPE da más fuerza con un mínimo

suficiente, la presente regulación va mas aya al otorgar a la mayor de las minorías un

representante por cada 4 puntos porcentuales(73) y remata con la asignación de asambleistas

mediante el mecanismo de representación proporcional, en el cual se aplica la formula de

proporcionalidad simple, después de haber determinado el número de representantes que le

corresponda al partido mayoritario, con la conseciiente debilitación de los partidos pequeños y el

fortalecimiento de los mediano.

1 1

Tal parece con esta normatividad que el partido del estado ha reconocido que ya no es el

monstruo arrollador, y que ahora se asume como iina fuerza mediana a la cual se le deben

proporcionar las mayores canongías posibles para asegurar una mayoría que le permita controlar

los procesos al interior de la Asamblea.

64

Si bien es cierto que con esto el PRI le "apostó" a ganar con el mínimo necesario, y que

por otra parte a los partidos de oposición se les ponía al alcance una oportunidad de consolidar su

presencia en la geografía política de la ciudad, la verdad que nos descubrió la pasada jornada

electoral de agosto del 91, fue muy diferente a lo que los especialistas esperaban. Por un lado una

agresiva política de reconciliación entre el estado y la sociedad mediante el programa salinista de

Solidaridad, y por el lado contrario un estancamiento de los partidos de oposición en una actitud

simplemente contestataria, sobre un desgastado discurso del fraude electoral, nos dieron una

recuperación de el partido del Estado, expresado em una victoria abrumadora del Revolucionario

Institucional, recuperando no solo los escaños en el Senado sino ganando contundentemente la

Asamblea y gran mayoría de las curules para diputados del Distrito Federal.

Demostrándonos esto que el poder no solo se busca con reclamos airados, y que no solo se

conserva mediante el fraude y la artimaña, la nueva realidad nos enseña que ahora el que quiera

aspirar al poder deberá representar un opción viable de gobierno; y quien quiera conservar el

poder tendrá que regresar a los causes de la representación real con un compromiso hacia la

sociedad, manifestado en hechos concretos, y no cn meros discursos tan desgastados y viejos

como las amarillas páginas de los libros de Historia donde se formó nuestra antigua clase política.

I

65

NOTAS.

* , . 1. Bobbio Norberto. bierno en la 1 pensamiem

w., México Edit. FCE.

2. Heródoto. Historias., Citado en N. Bobbio. Ibid.

3. Tocqueville Alexis de. La Democracia en Am é;&a., México. I1 Tomos. Edit. FCE.

4. Platón. El Pol ítica, México. Varias ediciones.

., México. Varias ediciones. ~ 5. Platón. LaRepublica , .

1 6. Platón. Lis ley=., México. Varias ediciones.

7. Aristóteles. Política., México. Varias ediciones.

., México. Varias ediciones. 8. Santo Tomas. Suma teologm , .

1 ., México. Varias ediciones. 9. Bodino J. De la R e p u b I .

10.Hobbes T. De Cive., México. Varias ediciones.

11 .Locke J. En- *vel., México. Varias ediciones

12.Rouseau J.J. El contrato SOC id., México. Varias ediciones.

1

tiunhrJ;s ., México. Varias ediciones. 13.Kant E. Metafisica de las cos , .

14.Hegel. principios de la filnsofía del derecho ., México. Varias ediciones.

18.Hobbes T. Op. Cit.

I . 19.Montesquieu. E l E q m t u de las lcya ., México. Varias ediciones.

20.Rouseau J.J. Op. Cit.

21.Hegel. Op. Cit.

67

15.Maquiavelo N. El., México. Varias ediciones.

., México. Varias ediciones. 22.Marx Carl y Engels Federico. Mamfiesto del partido comunista . .

23.Aithusius J. Política methodice digesta ., Citado en N. Bobbio Op. Cit.

24.Spinoza. Tractatus., Citado en N. Bobbio. Op. Cit.

25.Mosca G. Ja clase pol ítica., México Edit. FCE,.

26.Mosca G. Ibid. Versiones renovadas y revisadas. I

1 27.Kelsen H. 1 ., Meixico.

28.Weber M. Economía y sociedad ., México. Edit. FCE.

29.Blondel J. t Party in CQmpet i t i v d

semicnmpe t it1 ve mtems. Tatat i ve tiD&v anti MetholoEical remarks., European . .

University Institute.

30.Duvergere M. *mas de p artidos., España Edit. Alianza.

68

31.Sartori G. Parties and Party Systems ., Cambridge. Cambridge University Press.

32.Almond y Powell. €!diticas comparadas ., Buenos Aires. EDit. Paidos.

33.Rouseau J.J. Op. Cit.

34.Rouseau J.J. Ibid. Edit. Porrua p. 777

35.Bobbio N.. "Democracia representativa y democracia directa".

México en R1 Futuro de la Democrac ia., Edit. FCE.

También "Que alternativas a la democracia representativa?".

México. en Existe una teoría Maim ista del Es tach?., Edit.

I

Puebla.

Universidad Autónoma de

36.Hamilton, Jaz y Madison. Fede ralista., México. Edit.FCE.

37.Marx Carlos. "La guerra civil en Francia''. México. en

I2h.a~ compktas., Edit. Siglo XXI. y Vease también

Lenin V. F.1 estado y la re voluc h. México. Varias ediciones

38.Marx Carlos. Ibid.

69

39.Bobbio N. "Democracia representativa y democracia directa"

Op. Cit.

sociedad. Contribucion a . ., 40.Bobbio N. "Democracia y dictadura" México. Estado tzobimo y

t e o r í a ~ m a l de la política.,

Edit. FCE.

41 .Vease Bovero Michelangelo. "Los fundamentos filosóficos de la

Dianosa., No. 33 Edit. 11F- UNAM. '

42.Bobbio N. El fu turo de la democrac ia., Op. Cit. I

1 Vid. también; "Democracia" en N. Bobbio y n. Matteuces. I

democracia" México en

43.Constant Benjamín. La libertad de los - 0 s compar ada con 1 a

en N. Bobbio J iberalimo y Democracia.

de los modernos ., Citado

México. Edit. FCE.

44.Constant B. Ibid.

Tocqueville A. Op. Cit.

Mill Stuart J.Sobre la liber tad., y ConsideracioIles so bre el

I Pobmno remesentativo., México. Varias ediciones.

45.Para quien desee profundizar en esta relación consultese:

Bobbio N. J .iber&mo y democrac ia., Op. Cit.

Macpherson C. Ja democracia liberal y su época., Buenos Aires.

Edit. Paidos.

. .

46.Aparte de los textos mencionados de Marx y Lenin;

Gramsci Antonio. Cuadernos de la cárcel ., México Edit. Siglo XXI

Y los textos de Luxemburgo Rosa.

47.Rouseau J.J. El o w n de la desigualdad entre los.,

1 México. Varias ediciones.

I I

48.Para quien desee profundizar véase: I . . Shumpeter J.A. Capitalismo Sociíilismo y Dem acracia., Barcelona.

Edit. Foleo.

49.Mosca Gaetano. Ja clase pol íti-., México. Edit. FCE

Pareto Vilfredo.Tratado de Sociolw’a gener al., (versión en

Michels Robert. La sociolo@a del partido politico en las

inglés) USA.

democraci a m o d e m ., España I .

Edit. Alianza.

Puede consultarse de la bibliografía en inglés, especialmente:

Caswell Harold. Who Pets wh& when. w h . , EUA.

71

Caswell H. y Kaplan A. Power and SOC iety., EUA.

Mills Wright C. The po wer el ite., EUA. (versión en español)

Burnham James. -1 re volut ion., EUA.

5O.Tocqueville A. Op. Cit. también Mill S. Op. Cit.

51.Schumpeter. Op. Cit.

G., EUA. Mannheim Karl. The Democratization of Cultur

Raymond Aron. Social structure and the rul hgj:lass .,EUA

. .

Dahrendorf Ralf. Las clases sociales y su c o a *!&l!ahs

sociedades i n d u s t r w ., España Edit. Alianza.

52.Schumpeter J. Op. Cit.

53.Esta interesante postura esta sostenida en W. Mommsen. "Acerca

democracia plebiscitaria del líder". Buenos

historia., Edit. Alfa

54.Weber M. Economía v soc iedad Op. Cit.

del concepto de

Aires en Max Weber: SOC iedad. pol ítica e

55.Cavalli L. " Potere oligarchico e pootere personale nella

Mondoperio., No. 4 1987.

democrazia moderna" Italia en

72

56.Dahl Robert. A preface to Democratic themy ., EUA.

57.Downs Anthony. An economic theory of demo I-., EUA.

%.En este trabajo, no es posible detenernos en el análisis de

interpretación teórica de la democracia,

con mucho detalle, para que esta interesado consultar:

Dowse R.E. y Houghes J.H. Socioloría pol ítica , Madrid Edit. 1

estas corrientes de

Alianza.

. . Dah1 R. Op. Cit. y también del mismo autor My 9 * >

EUA.Yale University Press.

Berelson B. "Democratic theory and public opiiiión" EUA en

blic opinion Ouaterly., No. 16. . .,

Talecott Parsons "Voting and the equilibrium of the amerkan

Berdick y A. Broddeck (Eds) Amer ican voting lbehaviour., The free

A. Almond y S. Verba The Civic culture: Politi iral attitudes and

political system" en EUA.

Press

. .

democracy in fi ve nat ions., EUA Princeton University press

.,EUA Doubleday. S. M. Lipset IiWWdnm

Por su parte, para quien desea profundizar en lai teoría

. .

. .

económica de la democracia

consulte :

Downs Anthoni Op. Cit.

Buchanan J.M. y Tullock G. B e calculus of cqnsert.locrica1 founda tions of co- . .

d.mmcracy., EUA. The University of Michigan Press.

7 3

ications of economics - 7

. . Buchanan J.M. y Tollison R. Theory of public c.hoise: political

EUA. The University of Chicago Press

EUA The University of Buchanan J.M. T h e i t s of liberty.,

Chicago Press., y por Último

Buchanan J.M. y Wagner R. Democracy in def I .

. .

legacy of lord Keynes., EUA i,-it. the Dolitical . .

Academic Press.

t i . , España; 59.Pateman Carole .Participación y teoría democr . . . 1

. . Vid. C.B. Macpherson. La democracia liberal y rn época., Buenos

Aires. Edit. Amorrortu, ; del mismo autor vease: La teoría individuahm litica del I .

posesiva., España. y La r e a W

cratica., España y por Último, la obra mas reciente de

Macpherson. The life and t' mes of liberal demQ cracy., Oxford

University Press.

6O.Una tesis similar en Jorge Vergora."El paradigma liberal-

investigación" México. en

Socilóoica., No. 7 y 8 Edit. UAM- Azcapotzalco.

61.Para obtener una profundidad mayor de los planteamientos

neoliberales consultar:

Hinkelamment Franz. Crítica de la r- ' a., Costa Rica.

74

democrático: notas para una

Hayek F. Los Fundamentos de la libertad ., España Unión Edit.

Berger Peter. El dosel sag&Q.,hayek F. Nuevosestudios.,

Buenos Aires. Edit. Endeba.

Vergera Jorge "La contribución de Karl Popper a la teoría

neoliberal" Costa Rica en F. Hinkelamment. a h a de la

n utópica., Op. Cit.

Friedman Milton. Libertad de ele- &, México Edit. FCE.

62.Crozier, Huntington y Wtanuki. "La crísis de la democracia

gobernabilidad de la democracia a la comisión

sawstrala . , Edit. IEEU-CIDE.

informe sobre la

trilateral". trad. México. en Cuadernos

63.Como un tema interesante la discusión teórica, entre

México elaborado por el ganador

"Gobernabilidad

gobernabilidad y democracia en

del premio "Carlos Pereira" 1991. Antonio Camon.

y democracia". México. en NEXOS., febrero de 1992

64.E1 paradigma liberal socialista, se basa en un intento por amalgamar dos tradiciones teóricas: el

liberalismo y el socialismo.Entre sus principales .figuras destacan autores como:

John S. Mill, Bertrand Russell, J.A. Hobson, Jolhn Dewez, Guido Calogero, Guido Capitini,

Carlos Roselli, y actualmente N. Bobbio.

7 5

. . o tardia '9

. . 65.Habermas J. Problemas de legtmución en el capitalism

Buenos Aires. Edit. Amorrortu. ; Vid también -ría de la

acción comunicativa., España. Edit. Taurus I1 Tomos y por Último

avos Doliticos., España. Edit. Peninsula. ,.

Dahrendorf R. Las clases sociales y su conflicto en las sociedades industnab ., Op. Cit.

Rawls J. Teoría de la justicn .,España

Macpherson C.B.Op. Cit. y por Último para quien simpatice con posturas mas radicales

consultese la amplia bibliografía de Offe, especia!imente bueno, como introducción a su

pensamiento vease:

José Ña. González. Tlauss Offe: criticas a la democracia representativa" en José Ma. Gonzalez

Fernando Quezada (Coord)

Teorías de la democracia., España. Edit. Anthropos.

. . .

maestría., México. . . I 66.Ublester Damian Bermúdez. Proyecto de in vestlgacion de tesis de

instituto Dr. José María Luis Mora. Septiembre 1991. De la bastísima obra de Bobbio consultese:

? E x i s t e s t a del estado ?., Op. Cit.

7Oue socialismo ?., Op. Cit.El futuro de la dem ocracia., Op. Cit.

Fstado Eobierno y sociedad ...., Op. Cit. Qngmcs y fundamentos

oder w., México. Edit. Grijalbo. (en ooautoría con

. .

Micchelangelo Bovero).

67.Bobbio N. "La regola de maggioranza: Limite e apone" ponencia presentada en el congreso

7 6

io de m-., Milan 1980.

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71. Op Cit. Art. 147

72. Op Cit. Art. 264

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-Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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-Iniciativa de Código Federal de Instituciones y Procedimientos electorales, del Partido

Revolucionario Institucional.

-Iniciativa de Código ElectPoderles los Poderes l~gislativo y Ejecutivo de la Unión, Acciónrtido

Accion Nacional.

-Estudio comparativo de las propuestas del PRD y el COFIPE.

-Diario de debates de la Cámara de Diputadospeiríodoler. periodo ordinario de abril-julio de

1990.

7 El

DIARIOS Y REVISTAS. ( Consultados durante el periodo comprendido entre los meses

de enero a diciembre de 1990)

El Excelsior.

La Jornada.

Uno más Uno.

El Universal.

Proceso.

Nexos.

FUENTES ORALES.

Muños Ledo Porfirio. Senador del PRD por el Distrito Federal

De la Rosa Bejarano Ramiro. Dirigente de Democracia 2000.

INDICE .

-Teoría de la democracia ................................... I .

-La democracia en la historia del pensamiento político ..... 3

-La democracia representativa .............................. 10

-Críticas a la democracia representativa ................... 16

-Código Federal de Instituciones y Procedimientos

electorales ............................................... 33

-Libro l o . De la Integración de los Poderles Legislativo

y Ejecutivo de la Unión ................................... 34 .

-Libro 20 . De los Partidos Políticos ....................... 37

-Libro 30 . Del Instituto Federal Electoral ................. 44

-Esquema de niveles en el Instituto Federal Electoral ...... 48

-Libro 40 . De los Procedimientos en las Direcciones

ejecutivas ................................................ 49

-Breve historia del padrón electoral ....................... 56

-Libro 50 . Del Proceso electoral ........................... 59

-Libro 60 . Del Tribunal Federal Electoral .................. 63

-Libro 70 . De las Nulidades del Sistema de medios de

impugnación y de las sanciones administrativas ............ 65

-Libro 80 . De la elección e integración de la

Asamblea de Representantes del Distrito Federal ........... 70

-Notas ..................................................... 74

-Bibliografía ..... .. .. .. .. .. .. .... .. .. .. .. .. .. .. .......... . 85 I