código ética fenix

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Nuestros valores Honradez, honestidad, respeto y formalidad, responsabilidad, probidad, dignidad y buena fe Como el fin de la ética es tratar de orientar la acción hacia el bien no solo para lograr alguna meta particular, si no para orientar también todo su entorno. El fin del hombre es la vida feliz.

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Nuestros valores

Honradez, honestidad, respeto y formalidad, responsabilidad, probidad, dignidad y buena fe

Como el fin de la ética es tratar de orientar la acción hacia el bien no solo para lograr alguna meta particular, si no para orientar

también todo su entorno.El fin del hombre es la vida feliz.

Porque un código de ética

Las instituciones de gobierno, las empresas y las personas cada vez mas carecen de credibilidad y por

consecuencia de competitividad por lo que si no se viven los valores se corre el riesgo de quedar rezagado

en la sociedad.

Estructura y contenido

Capítulo Primero  

Disposiciones generales

Artículo 1o.- El presente código orientará la conducta del profesional del periodismo en sus relaciones con la ciudadanía, las institucion donde labora, las instituciones fuente de información sean públicas o privadas, sus socios, sus superiores, sus subordinados y sus colegas.

Para efectos de este código se considerará periodista a quien tenga por ocupación regular, principal retribuida el ejercicio del periodismo en cualquiera de sus modalidades. El presente código será aplicable en cualquier actividad profesional del periodista.

Capítulo Segundo

De los deberes

Artículo 2o.- El periodista debe poner todos sus conocimientos en el desempeño de su profesión.

a) Es obligación proceder en todos sus actos con honor velando por la dignidad de las personas e instituciones y su prestigio personal y decoro profesional.

b) El presente Código obliga al periodista al ejercicio honesto de la profesión y le impone normas que debe cumplir en sus relaciones con la sociedad, con los colegas y con los medios de información.

Artículo 4o.- El periodista solamente se responsabilizará de los asuntos cuanto tenga capacidad para atenderlos e indicará los alcances de su trabajo y limitaciones inherentes. Aceptará únicamente los cargos para los cuales cuente con los nombramientos necesarios y suficientes, realizando en ellos todas sus actividades con responsabilidad, efectividad y calidad.

Artículo 5o.- El periodista debe mantener estrictamente la confidencialidad de la fuente de información que le sea confiada para el ejercicio de su profesión y en aras de un fin de verdadero interés público, salvo los informes que le sean requeridos conforme a la ley.

Artículo 6o.- El periodista debe responder individualmente por sus actos, que con motivo del ejercicio profesional dañen o perjudiquen a terceros o al patrimonio cultural o intelectual protegido por la ley.

Artículo 7o.- El periodista debe respetar en todo momento los derechos humanos de sus fuentes, de las personas involucradas en hechos noticiosos, colegas y sociedad en general.

Artículo 8o.- El periodista deberá conocer las disposiciones legales inherentes al ejercicio de su profesión, con el fin de que puede ejercer su actividad con pleno respeto y observancia a las disposiciones legales vigentes.

Artículo 9.- Son actos contrarios a la ética profesional:

a) Aceptar cualquier clase de recompensa que comprometa informaciones u opiniones;

b) Incurrir en delito doloso que conlleve condena judicial;

c) Difundir intencionalmente noticias falsas;

d) Utiliza, intencional y voluntariamente documentos falsos;

e) Deformar la verdad y adulterarla con la supresión de hechos esenciales a su conocimiento;

f) Proporcionar información falsa, sin la seguridad previa de su veracidad o autenticidad, sea malintencionadamente o por negligencia; y

g) Desnaturalizar la profesión periodística con representaciones y/o textos que atenten contra la moral pública, la dignidad de las personas e instituciones, los intereses nacionales y los símbolos de la Patria.

Capítulo Tercero

 De los deberes para con los

colegas

Artículo 10.- El periodista debe respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas deberán consultar fuentes de información fidedignas y actuales, buscando además asesoría con expertos reconocidos en la materia de que se trate.

Artículo 11.- El periodista no debe difamar o calumniar el nombre de sus colegas o de cualquier profesionista ante autoridades, fuentes, otros profesionistas, lectores o auditorio en general o personas en lo particular.

Artículo 12.- El periodista no ofrecerá su producto a un medio informativo cuando esté en conocimiento de que otro periodista lo hará, salvo que la empresa y el otro profesionista lo autorice para tal efecto.

Artículo 13.- Son actos contrarios a la ética profesional:

 a) Plagiar información, no citando la fuente de la cual se reprodujo la noticia o comentario;b) Atribuirse o adjudicarse ideas o documentos de los que no se es autor;c) Injuriar directa o indirectamente la reputación profesional o situación de otro periodista, así como denigrarle con ataques personales o atribuir intereses o propósitos maliciosos;d) Desamparar a los periodistas que sufren persecución, exilio o cárcel por razón de sus ideas, así como permitir o contribuir a que se cometan injusticias con otros periodistas.

Capítulo CuartoDe los deberes

para con las fuentes

informativas

Artículo 14.- El periodista deberá cuidar que su relación con las fuentes informativas no limite su objetividad, veracidad y parcialidad en el manejo de la materia prima, la información; por lo que de advertir tal situación deberá dimitir de mantener la fuente informativa.

Deberes con la empresa

Artículo 15.- Con respecto al principio de voluntad de las partes, contrato, el periodista deberá cobrar sus honorarios en razón a la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado de especialización requerido para los resultados que el caso particular requiera.

Son contrarios a la ética profesional:

Atentar contra la libertad de pensamiento y expresión;

Permitir que pasen inadvertidas las violaciones a los derechos humanos

Permitir que pasen inadvertidas las condiciones que sean peligrosas o constituyan una amenaza contra la vida y la salud;

Violar el derecho a la intimidad de las personas;

Atentar contra la protección que merece la familia, el niño y el joven;

Violar el secreto profesional o utilizarlo en beneficio de terceros.

Proceso de implantación

Definición de nuestros valores como empresa

Comunicar los valores de la empresa

Alineación diaria de los actos en base nuestra visión, misio y valores

Sadeci Chihuahua

Javier Adrian Realyvazquez Quintana

Alfredo Ruiz Loya

Oscar Hernandez Estrada

Fuente:

Colegio de Periodistas José Vascocenlos

Etíca o filosofía moral de la doctora Luz Garcia Alonso