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Código de Ética y Programa de Cumplimiento Corporativo

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Código de Ética yPrograma de Cumplimiento Corporativo

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Índice Mensaje del Presidente y Director Ejecutivo ................................................................................................. 3

Resoluciones de la Junta de Síndicos de Atlantic Health System, Inc .................................................. 4

Introducción .............................................................................................................................................................. 6

Programa de Cumplimiento Corporativo ....................................................................................................... 7

Calidad de la atención y los servicios ............................................................................................................... 9

Privacidad y confidencialidad ............................................................................................................................. 9

Conducta en el lugar de trabajo y prácticas de empleo ........................................................................... 9

Tecnología de la información .............................................................................................................................. 9

Consideraciones medioambientales y de seguridad ................................................................................. 10

Codificación y facturación .................................................................................................................................... 10

Adhesión a las leyes y reglamentaciones ....................................................................................................... 11

Protección de activos ............................................................................................................................................. 11

Conflictos de interés ............................................................................................................................................... 11

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Mensaje del Presidente y Director Ejecutivo Junio de 2015

Estimados compañeros:

Es mi privilegio y responsabilidad apoyar nuestro Código de Ética que fue aprobado inicialmente por nuestra Junta de Directivos en 1998. Se espera que todos los empleados, proveedores y personal médico sigan nuestro Código en la forma en que tratamos a los pacientes y sus familias, trabajamos con los compañeros, y en nuestra conducta empresarial. Estamos comprometidos a proporcionar atención y servicios de salud de la mejor calidad en plena conformidad con la ley y con nuestras políticas y procedimientos. El Código de Ética nos ayuda a cumplir con la ley y mantener los más altos estándares de conducta ética. El Código no cubre todos los problemas que puedan surgir, pero establece los principios básicos que guían nuestro comportamiento.

Uno de nuestros bienes más valiosos es nuestra integridad. La protección de este bien es responsabilidad de todos. Atlantic Health System ha establecido una reputación positiva en toda la industria de la atención de la salud. Nuestros pacientes y sus familias confían en nuestra reputación cuando ponen su confianza en nosotros. Nuestros médicos confían en nuestra reputación cuando practican en nuestras instalaciones. Nuestros empleados confían en nuestra reputación cuando trabajan aquí. Nuestra reputación se mantiene, mejora o disminuye cada día por las decisiones, acciones, comportamientos y sentido de la ética de cada persona. Nuestra reputación es esencial para nuestro éxito. Su desempeño en una manera que sea consistente con los principios contenidos en el Código nos permitirá mantener y mejorar esa reputación.

Por favor, lean el Código cuidadosamente, entiendan su contenido y apliquen los principios en el transcurso de su trabajo cada día. Si se encuentran en una situación que ustedes creen que pueda violar o dar lugar a una violación del Código, sigan los procedimientos descritos en el Código.

Gracias por su ayuda.

Brian Gragnolati Presidente y Director Ejecutivo Atlantic Health System

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Resolución de la Junta de Síndicos Atlantic Health System, Inc.VISTO QUE Atlantic Health System, Inc. (la “Corporación”) ha desarrollado un Código de Ética y un programa de cumplimiento corporativo exhaustivos (el “Programa de Cumplimiento Corporativo) diseñados para (a) asistir a todos los empleados de la Corporación en el cumplimiento de las reglas y reglamentaciones cada vez más complejas que rigen a la industria de la atención médica proporcionándoles políticas y procedimientos uniformes y (b) identificar y corregir cualquier violación actual o percibida de las reglas y reglamentaciones vigentes, el Código de Ética de la Corporación o cualquier otra política o Procedimiento de la Corporación; y

CONSIDERANDO QUE la Corporación desea adoptar el Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo, designar los cuerpos y personal de la Corporación responsables por la implementación e imposición del Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo y delinear las responsabilidades de los respectivos cuerpos y personal corporativo en el esfuerzo de cumplimiento corporativo.

POR CONSIGUIENTE, SE RESUELVE LO SIGUIENTE:

1. QUE por el presente la Corporación adopta un Código de Ética, que se adjunta a esta Resolución como Anexo A, y que dicho Código de Ética regirá sobre todos los síndicos, directores y empleados de la Corporación y todas sus subsidiarias y filiales;

2. QUE por el presente la Corporación adopta un Programa de Cumplimiento Corporativo, cuyo resumen se adjunta a esta Resolución como Anexo B, y que dicho Programa de Cumplimiento Corporativo regirá sobre todos los síndicos, directores y empleados de la Corporación y todas sus subsidiarias y filiales;

3. QUE de conformidad con lo establecido en el Artículo V del Estatuto de la Corporación, por este medio se crea un Comité de Cumplimiento Gerencial que estará a cargo de supervisar, aconsejar y orientar en general a la Junta de Síndicos, al Comité Ejecutivo de la Junta o al Comité de Cumplimiento Ejecutivo, según corresponda, al Director Ejecutivo, Director de Operaciones y la gerencia principal sobre todos los asuntos relacionados con el cumplimiento corporativo, incluido el cumplimiento con las leyes, reglamentaciones, políticas y el Código de Ética de la Corporación; dicho Comité de Cumplimiento Ejecutivo operará según las estipulaciones del Acta del Comité de Cumplimiento Ejecutivo que se adjunta a esta Resolución como Anexo C y cuyos términos se aprueban por este medio;

4. QUE el Comité de Cumplimiento Ejecutivo estará compuesto por (a) los dos vicepresidentes de Cumplimiento Corporativo, que cumplirán con sus funciones según la descripción de las tareas y responsabilidades adjuntas a esta resolución como Anexo D y cuya descripción se aprueba por el presente y (b) los dos Coordinadores de Cumplimiento Corporativo, que cumplirán con sus funciones según el Acta del Coordinador de Cumplimiento Corporativo que se adjunta a esta Resolución como Anexo E y cuyos términos se aprueban por este medio. Los Vicepresidentes de Cumplimiento Corporativo serán codirectores del Comité y

5. QUE, según lo establecido en el Artículo 5 del Estatuto de la Corporación, los poderes del Comité Ejecutivo de la Junta se expanden por este medio e incluirán (a) revisión de todos los asuntos relacionados con el Programa de Cumplimiento Corporativo y (b) informar a la Junta completa, siempre que sea necesario, sobre temas relacionados con el cumplimiento corporativo. En cuestiones de cumplimiento corporativo, el Comité Ejecutivo actuará como Comité de Cumplimiento Ejecutivo según los términos del Acta del Comité de Cumplimiento Ejecutivo y adjunta a esta resolución como Anexo F y los términos de la misma se aprueban por este medio.

6. Esta resolución entrará en vigencia inmediatamente.

Fecha: 24 de marzo de 1998

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Resolución de la Junta de Síndicos Atlantic Health System, Inc. VISTO que de acuerdo con una resolución de esta Junta de Síndicos adoptada el 24 de marzo de 1998, Atlantic Health System, Inc. (la “Corporación”) adoptó un Código de Ética y un Programa de Cumplimiento Corporativo que rige a todos los síndicos, directores y empleados de la Corporación y todas sus subsidiarias y filiales; y

CONSIDERANDO QUE es la intención de la Junta de Síndicos que el Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo no sólo se apliquen a los síndicos, directores y empleados de la Corporación y todas sus subsidiarias y filiales, sino también a todos sus proveedores, médicos, voluntarios y otros terceros que proporcionen bienes y servicios a la Corporación y sus subsidiarias y filiales (colectivamente, el “Personal”).

POR CONSIGUIENTE, SE RESUELVE LO SIGUIENTE:

1. QUE el Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo (llamados colectivamente las “Políticas”, y siendo cada uno una “Política”) adoptados por la Junta de Síndicos el 24 de marzo de 1998 se modifiquen por este medio mediante la eliminación de la palabra “empleado” en las Políticas y ésta se sustituya con la palabra “Personal”, a menos que el contexto lo requiera de otro modo; y

2. QUE a efectos de las Políticas, el término “Personal” incluirá, sin limitación, a todos los síndicos, directores, empleados, proveedores, médicos, voluntarios y otros terceros que proporcionen bienes y servicios a la Corporación y sus subsidiarias y afiliados.

3. QUE se distribuya una copia de esta resolución entre todo el Personal de AHS que haya recibido o reciba copia de las Políticas con instrucciones de que las Resoluciones se inserten en la carpeta de Políticas y Procedimientos de Cumplimiento Corporativo para referencia futura.

4. ESTA resolución entrará en vigencia inmediatamente.

Fecha: 27 de enero de 1999

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Introducción Atlantic Health System, Inc. (“AHS”) está comprometido a llevar a cabo sus negocios en forma legal, ética y honesta. La reputación de AHS es la suma de las reputaciones de su personal. Por eso, todo el personal deberá cumplir con los más altos estándares de conducta moral, legal y ética además de las reglas, leyes y reglamentaciones correspondientes. Para proteger la reputación de AHS y garantizar la uniformidad en los estándares de conducta, AHS ha establecido este Código de Ética como la base de su Programa de Cumplimiento Corporativo. El Programa de Cumplimiento Corporativo protege la tradición de AHS de fuertes estándares de conducta morales, éticos y legales.

Todo el personal de AHS, incluido el personal de las subsidiarias y filiales con fines de lucro y sin este, sin importar su puesto, deben comprender plenamente las reglas y los estándares establecidos en este Código de Ética y Programa de Cumplimiento Corporativo y cumplir con estos.

Los estándares de conducta que rigen la relación de AHS con el gobierno se aplican a todo el personal de AHS, se trate o no de individuos vinculados directamente con el desempeño de actividades pertinentes a cualquier contrato estatal, federal o privado.

El Código de Ética demuestra el compromiso de AHS con lo siguiente:

›› Cumplir con todos los requisitos de programas de atención médica aplicables, incluidas la preparación y la presentación de reclamos precisos según estos requisitos.

›› Hacer que todo el personal cumpla con los requisitos de los programas de atención médica aplicables y sus normas y procedimientos.

›› Hacer que todos los miembros del personal denuncien las sospechas de violaciones de cualquier requisito de programas de atención médica aplicables y normas y procedimientos en cumplimiento con la Norma de Cumplimiento Corporativo 2, Informe Obligatorio.

›› Hacer que todo el personal cumpla con la Norma de Cumplimiento Corporativo 3, Política de No Represalias.

Las normas y los procedimientos contenidos en el Programa de Cumplimiento Corporativo no pretenden cubrir todas las situaciones. Cualquier duda respecto de una situación en particular, trátese o no de una situación dentro del Programa de Cumplimiento Corporativo, deberá presentarse al supervisor inmediato o al Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento.

Cualquier miembro del personal que infrinja una estipulación del Programa de Cumplimiento Corporativo, incluida la participación en cualquier conducta ilegal, falta de ética o engañosa, será pasible de acción disciplinaria que podría incluir el despido, la cancelación del contrato o el cese de algún otro modo de cualquier relación o puesto dentro de AHS.

Únicamente el Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento puede tomar decisiones con respecto a las solicitudes de interpretación o excepciones de este Código de Ética y del Programa de Cumplimiento Corporativo. En la medida en que cualquier norma adicional sea establecida en cualquier otro manual de políticas, incluidos los manuales de los hospitales de AHS y cualquier otra subsidiaria o filial de AHS, esas políticas deben cumplir con el Programa de Cumplimiento Corporativo. En caso de contradicciones, regirán este Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo.

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Alcance

El Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo se aplican a todos los empleados, miembros de la junta, profesionales de atención médica (incluido el personal médico), voluntarios, estudiantes, proveedores y todo el personal autorizado para actuar como representantes de AHS o sus subsidiarias y filiales (“Personal”). Dentro del Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo, cualquier referencia a “Atlantic”, “Atlantic Health”, el “Sistema” o “AHS” incluye a las siguientes entidades:

›› Atlantic Health System, Inc.

›› Atlantic Health System Hospital Corp.

›› Atlantic Home Care & Hospice

›› Morristown Medical Center

›› Morristown Medical Center Foundation

›› Overlook Medical Center

›› Overlook Medical Center Foundation

›› Atlantic Private Care

›› Newton Medical Center

›› Newton Medical Center Foundation

›› Chilton Medical Center

›› Chilton Medical Center Foundation

›› Atlantic Health System Investment Corp.

›› Atlantic Health System Insurance Co., LTD.

›› Practice Associates Medical Group d/b/a Atlantic Medical Group

›› Atlantic Health Management Corp.

›› Atlantic Ambulance Corp.

›› Todas las subsidiarias, filiales y unidades comerciales de los antemencionados actuales, existentes o a futuro

El Programa de Cumplimiento Corporativo incorpora los 7 (siete) elementos de un programa de cumplimiento eficaz identificado por la Oficina del Inspector General (“OIG”) en su Programa de Cumplimiento de Orientación para Hospitales del 23 de febrero de 1998 y la Pauta Complementaria del 31 de enero de 2005. Estos elementos son los siguientes:

1. El desarrollo y la distribución de un Código de Ética y de políticas y procedimientos que promuevan el compromiso con el cumplimiento por parte de AHS

2. La designación de un jefe de cumplimiento y de un comité de cumplimiento que estén a cargo de la responsabilidad de operar y controlar el programa de cumplimiento

3. El desarrollo y la implementación de programas de educación y capacitación regulares y eficaces

4. Un proceso para recibir quejas y procedimientos que proteja el anonimato de los reclamantes y que proteja a los informantes de la toma de represalias

5. Un proceso para responder a las alegaciones de faltas

inadecuadas y la imposición de acciones disciplinarias adecuadas contra el personal que haya violado las políticas de cumplimiento, los estatutos o las reglamentaciones de los requisitos de cualquier programa de atención médica

6. El uso de auditorías u otras técnicas de evaluación para controlar el cumplimiento y asistir en la reducción de áreas de problemas identificadas

7. La investigación y la resolución de áreas de problemas identificadas y el desarrollo de políticas que traten el no empleo o retención de personas sancionadas

“Los hospitales con una cultura organizativa que valora el cumplimiento tienen más probabilidades de tener programas de cumplimiento más eficaces y por lo tanto, tiene más capacidad para prevenir, detectar y corregir problemas”. (Pautas complementarias, Reg. Fed. 70, 4874; 31 de enero de 2005)

Jefe de cumplimiento

AHS ha designado al Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna como Jefe de Cumplimiento, que será responsable de la supervisión del Programa de Cumplimiento Corporativo de Atlantic Health System. La supervisión del Programa de Cumplimiento Corporativo consiste en educación respecto del Programa; investigación, respuesta e informe de problemas de cumplimiento; evaluación anual de la eficacia del Programa; informes periódicos (al menos trimestrales) a la Junta de Síndicos o al Comité correspondiente; la implementación de los siete elementos mencionados anteriormente y cualquier otra función necesaria para asegurar que el Programa cumpla con sus objetivos.

Por la naturaleza de la función, el Jefe de Cumplimiento tendrá acceso a información delicada sobre el personal y los pacientes. El Jefe de Cumplimiento deberá respetar el privilegio y la confianza de su acceso a esta información delicada.

El Programa de Cumplimiento incluye 3 (tres) niveles de Comités de Cumplimiento:

1. Comité de Cumplimiento de la Junta de Síndicos de AHS

2. Comité de Cumplimiento de la Dirección Adjunta de AHS

3. Comités de Cumplimiento de Servicios Auxiliares y Basados en el Sitio que consisten en lo siguiente: Comité de Cumplimiento de Morristown Medical Center, Comité de Cumplimiento de Newton Medical Center, Comité de Cumplimiento de Overlook Medical Center, Comité de Cumplimiento y Comité de Cumplimiento de Servicios Auxiliares de Overlook Medical Center (incluye PAMG, Atlantic Ambulance, Atlantic Home Care & Hospice, At Home Medical y Atlantic Private Care Services).

El Comité de Cumplimiento apoyará al Jefe de Cumplimento en el desempeño de sus responsabilidades y asistirá en el análisis de las áreas de riesgo de AHS. Estos Comités de Cumplimiento se reunirán por lo menos trimestralmente.

Informes obligatorios

AHS está comprometido a garantizar el tratamiento adecuado de las presuntas violaciones de leyes, reglamentaciones, normas, procedimientos, o del Código de Ética. Atlantic Health System confía en que su personal informe los posibles problemas para tomar las acciones correspondientes.

El personal de AHS debe denunciar las violaciones de la ley y de las

Programa de Cumplimiento Corporativo

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normas de AHS reales y sospechadas. AHS incluye disposiciones en todos los contratos que exigen que sus socios comerciales denuncien las violaciones reales o sospechadas de las leyes o las normas de AHS.

Se podrá informar una sospecha de violación de alguna de las siguientes maneras:

1. El personal puede informar una sospecha de violación a su supervisor, gerente, director o representante de RR. HH. del sitio. El supervisor, gerente, director o representante de RR. HH. del sitio deben enviar el informe al Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento.

2. El personal puede informar una sospecha de violación directamente al Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento llamando al 973-660-3143.

3. El personal puede informar una sospecha de violación directamente al Gerente de Integridad Corporativa al 973-660-3264.

4. El personal puede informar una sospecha de violación directamente al Gerente de Cumplimiento Corporativo al 973-660-3158.

5. El personal puede informar una sospecha de violación directamente al Gerente de Cumplimiento de Privacidad al 973-660-3178.

6. El personal puede informar una sospecha de violación directamente al Vicepresidente, Director del Departamento de Asuntos Legales y Director Legal al (973) 660-3169.

7. El personal puede informar cualquier sospecha de violación llamando a la Línea directa anónima del Programa de Cumplimiento Corporativo de forma gratuita al 888-213-0837.

8. El personal puede informar una violación presunta de forma anónima mediante el acceso web directo a https://atlantichealth.alertline.com.

9. El personal puede informar una sospecha de violación enviando un correo electrónico al Programa de Cumplimiento Corporativo a [email protected]. El uso de esta opción no es anónimo.

10. El personal también puede informar una sospecha de violación enviando un fax a la máquina de fax segura del Programa de Cumplimiento Corporativo (ubicada en la oficina del Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento), al 973-660-9059. El uso de esta opción no es anónimo.

AHS intentará tratar todos los informes en forma confidencial en la medida de lo posible, imponiendo con justicia y rigor el Código de Ética y dentro de los límites de cualquier investigación posterior. AHS no tomará medidas adversas contra ningún miembro del personal si, de buena fe, informa una sospecha de violación.

Política de No Represalias

AHS tomará acción disciplinaria, que podría incluir el despido, contra cualquier supervisor, gerente u otro miembro del personal que lleve a cabo o acepte este tipo de venganza, discriminación, represalia o acoso.

Si una persona informa una preocupación respecto de sus propias acciones inadecuadas o inapropiadas, reportarlas no la exime de las consecuencias de estas, aunque AHS podrá tener en cuenta dicho autoinforme al momento de determinar la acción adecuada.

Imposición

El Programa de Cumplimiento Corporativo de AHS incorpora una estrategia integral para promover el cumplimiento con todas las leyes, las reglamentaciones y los estándares de prácticas aplicables en todas las actividades comerciales.

Es política de AHS cumplir con la Comisión de Sentencias de los Estados Unidos y sus “Pautas para Organizaciones” que requieren la imposición sistemática por medio de mecanismos disciplinarios adecuados incluida, según corresponda, la acción disciplinaria contra las personas responsables por no detectar o actuar en caso de una ofensa. Esto también coincide con la pauta de la OIG del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos de que los programas de cumplimiento deben contener un sistema de imposición y disciplina.

Algunas leyes establecen la imposición de sanciones contra el personal que infrinja las políticas obligatorias por ley.

AHS ha desarrollado pautas y prácticas uniformes para disciplinar al personal que infrinja el Código de Ética, el Programa de Cumplimiento Corporativo, o las leyes, reglamentaciones o políticas operativas o de Recursos Humanos. AHS ha adoptado esta política y los procedimientos de apoyo para asegurar la disponibilidad de una pauta general para todo el personal, incluidos los supervisores y ejecutivos. En los múltiples manuales de políticas y procedimientos de operaciones y Recursos Humanos de AHS, se encuentran disponibles las pautas específicas respecto de las políticas y los procedimientos existentes, así como en la Intranet de AHS.

Se tomarán e impondrán acciones disciplinarias sistemáticas para todas las violaciones de reglas, reglamentos, políticas de cumplimiento, el Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo. La Gerencia será responsable de asegurarse de que todo el personal bajo su supervisión reciba capacitación adecuada en cuanto al cumplimiento pertinente a sus tareas y responsabilidades laborales en particular. La Gerencia debe tomar las medidas razonables para impedir las violaciones del Código de Ética y el Programa de Cumplimiento Corporativo por medio de la guía y la supervisión de actividades del personal. La Gerencia será responsable por los fallos previsibles de sus subordinados en el cumplimiento de todas las políticas, leyes y reglamentaciones. Todo miembro del personal que no cumpla con estas, independientemente de su puesto, será pasible de acción disciplinaria acorde y pertinente.

Cumplimiento con las investigaciones

AHS coordina los ensayos clínicos por medio de Atlantic Center for Research.

La Junta de Revisión Institucional (“IRB”) de AHS aprobará todas las investigaciones llevadas a cabo en ensayos clínicos y se asegurará del cumplimiento con las reglamentaciones de la FDA, los protocolos del estudio y los patrocinadores, y todas las leyes, las reglamentaciones, las políticas y los procedimientos de operación estándar correspondientes. La responsabilidad principal de la IRB es proteger los derechos y el bienestar de las personas participantes en investigaciones.

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Calidad de Atención y ServiciosOfrecemos atención de alta calidad y servicios profesionales atentos, compasivos y confiables a todos nuestros pacientes, clientes, visitantes y colegas.

Respetamos la dignidad, comodidad y privacidad de cada persona y les brindamos consideración, cortesía y respeto.

Proporcionamos atención adecuada y oportuna de manos de profesionales médicos calificados incluida la atención de emergencia a todos los pacientes sin importar su raza, religión, discapacidad, edad, sexo, origen nacional o capacidad de pago de dicha atención.

Mantenemos archivos completos e integrales de la información de los pacientes y protegemos la privacidad de los registros médicos de nuestros pacientes para cumplir con los requisitos establecidos en las leyes y reglamentaciones federales y estatales, y las políticas de AHS.

Privacidad y ConfidencialidadMantendremos la privacidad y confidencialidad de la información que se nos confíe de acuerdo con los estándares legales y éticos.

Respetamos y protegemos la privacidad de nuestros pacientes, empleados y clientes, y protegemos su información y registros médicos de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables y las políticas de AHS.

Mantenemos la documentación médica y comercial en forma adecuada y cumplimos con nuestra política de retención de registros de acuerdo con la ley y otras pautas aplicables.

No hablamos divulgamos información sobre pacientes, empleados ni clientes en áreas públicas incluidos ascensores, pasillos, escaleras, baños, recibidores y comedores ni en ningún otro lugar donde alguien más pueda escuchar la conversación.

Nos esforzamos por garantizar que la información confidencial y patentada sea mantenida y gestionada cuidadosamente para proteger su valor, incluidos la información salarial, de beneficios, de nómina de pagos; archivos de personal e información sobre asuntos disciplinarios, como información confidencial, y mantenemos las contraseñas y códigos de acceso a computadoras de forma confidencial y responsable.

Conducta en el Lugar de Trabajo y Prácticas de EmpleoReconocemos que la mayor fortaleza de nuestra organización se encuentra en los talentos y esfuerzos de nuestro personal, que crea nuestros éxitos y nuestra reputación. Nos tratamos mutuamente con respeto, dignidad y cortesía.

Ofrecemos oportunidades de empleo equitativas a empleados potenciales y actuales solo en base a sus méritos, calificaciones y capacidades. AHS no tolerará la discriminación ni el acoso de ningún tipo.

Respaldamos un lugar de trabajo libre de alcohol, drogas, tabaco y humo.

No empleamos ni contratamos a personal que cuente con una sanción por parte de una agencia reguladora y no pueda desempeñar sus responsabilidades designadas.

No toleramos ninguna forma de represalia o venganza contra personas que, de buena fe, reporten sospechas de violaciones de la ley, las normas, las políticas de AHS, nuestro Código de Ética y nuestro Programa de Cumplimiento Corporativo. Tenemos un equipo de gerencia que fomenta la “política de puertas abiertas” y crea un ambiente de trabajo en el que se traten las preocupaciones éticas.

Todo el personal recibe capacitación y orientación adecuada, y cuenta con las correspondientes calificaciones, experiencia y conocimiento para llevar a cabo sus tareas y satisfacer las necesidades de nuestros clientes.

Tecnología de la InformaciónSalvaguardamos la tecnología de la información de Atlantic Health System y la información patentada, y las protegemos contra el uso y acceso inadecuados.

Ofrecemos oportunidades de empleo equitativas a empleados potenciales y actuales solo en base a sus méritos, calificaciones y capacidades. AHS no tolerará la discriminación ni el acoso de ningún tipo.

Respaldamos un lugar de trabajo libre de alcohol, drogas, tabaco y humo.

No empleamos ni contratamos a personal que cuente con una sanción por parte de una agencia reguladora y no pueda desempeñar sus responsabilidades designadas.

No toleramos ninguna forma de represalia o venganza contra personas que, de buena fe, reporten sospechas de violaciones de la ley, las normas, las políticas de AHS, nuestro Código de Ética y nuestro Programa de Cumplimiento Corporativo. Tenemos un equipo de gerencia que fomenta la “política de puertas abiertas” y crea un ambiente de trabajo en el que se traten las preocupaciones éticas.

Todo el personal recibe capacitación y orientación adecuada, y cuenta con las correspondientes calificaciones, experiencia y conocimiento para llevar a cabo sus tareas y satisfacer las necesidades de nuestros clientes.

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Consideraciones Medioambientales y de SeguridadEstamos comprometidos a ofrecer un ambiente seguro para el personal y los pacientes.

Contamos con políticas y procedimientos en cuanto a los aspectos medioambientales del uso de los edificios de AHS, sus bienes, procesos de laboratorio y productos médicos de acuerdo con las normas aplicables.

Cumplimos con las políticas y los procedimientos de control de seguridad e infecciones, que han sido creados para prevenir los riesgos relacionados con el trabajo de acuerdo con los estándares de ergonomía y asegurando un ambiente de trabajo seguro.

Cumplimos con los requisitos de permisos que permiten la descarga segura de contaminantes en el aire, en los sistemas de alcantarillado, agua o tierra, y con todas las leyes y reglamentaciones que rigen la manipulación, el almacenamiento, el uso y el desecho de materiales peligrosos, otros contaminantes y desechos infecciosos.

No toleramos violencia ni comportamientos amenazantes por parte del personal de AHS.

Cada empleado es responsable de mantener un lugar de trabajo seguro y saludable para todos los empleados cumpliendo con las reglas y prácticas de seguridad y salud de AHS y denunciando accidentes, lesiones. equipos, prácticas o condiciones poco seguros.

Codificación y FacturaciónNos aseguramos de que la facturación y codificación sean llevadas a cabo con precisión según las reglamentaciones de Medicare, Medicaid y demás programas federales y estatales y sus requisitos, así como con cualquier otro requisito de cobertura y facturación de los pagadores. Es responsabilidad del médico y de los demás profesionales de la atención médica asegurarse de que la información requerida para la codificación y facturación adecuadas esté documentada en los registros médicos y refleje con precisión la atención proporcionada a nuestros pacientes.

Procesamos y presentamos reclamos precisos y completos utilizando los formularios adecuados.

Utilizamos los números de identificación para facturación correctos de los médicos y otros profesionales médicos en todos los reclamos.

Únicamente facturamos los servicios y la atención proporcionados de acuerdo con pautas de necesidad médica.

Capacitamos a todos los médicos empleados y otros profesionales médicos y a su personal.

Nos aseguramos de que todos los pagos y demás transacciones estén correctamente autorizados por la gerencia y documentados como corresponde en nuestros archivos, y notificamos al pagador sobre errores en el pago y procesamos reembolsos según los requisitos de la ley.

Únicamente se exoneran copagos, coseguros y deducibles según las reglas, las políticas y los procedimientos establecidos.

Llevamos archivos completos y precisos para cumplir con los requisitos establecidos en nuestras políticas y procedimientos, y las leyes y reglamentaciones correspondientes.

Revisamos, actualizamos y mantenemos todos los códigos y formularios de facturación con regularidad, incluidos, entre otros, formularios de reunión, de inscripción y de consentimiento/autorización según las reglamentaciones y leyes aplicables.

Emitimos estados de cuentas y otras comunicaciones precisas, completas y veraces, y que cumplen con las leyes y normas correspondientes.

El personal denuncia errores a las autoridades gerenciales adecuadas para que las corrijan en tiempo y forma.

No empleamos, contratamos ni negociamos a sabiendas proveedores sancionados por el gobierno federal o estatal.

Ofrecemos asistencia financiera a todos aquellos que la necesitan según nuestros procedimientos y políticas.

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Adhesión a las Leyes y ReglamentosCumplimos con las leyes y reglamentaciones que corresponden, llevamos a cabo nuestra actividad comercial y clínica con los más altos estándares de ética, integridad, honestidad y responsabilidad y actuamos oportunamente de forma de mejorar el posicionamiento de Atlantic Health System en la comunidad.

Ofrecemos servicios de atención médica coherentes con las normas y leyes federales, estatales y locales que se aplican a nuestro negocio.

No daremos ni recibiremos forma alguna de pago, coima o soborno para inducir la derivación o la compra de un servicio.

No ofrecemos inducciones inadecuadas ni favores a pacientes, proveedores u otros para fomentar la derivación de pacientes a nuestras instalaciones ni para usar un producto o servicio en particular.

Evitamos el diálogo inadecuado con competidores sobre temas comerciales.

Procuramos, mantenemos, dispensamos y transportamos fármacos y demás sustancias controladas utilizadas en el tratamiento de pacientes según las leyes y normas aplicables, y las políticas y procedimientos de AHS.

No hacemos falsas declaraciones a sabiendas, ni en forma verbal ni escrita, a agencias gubernamentales u otros pagadores.

Protección de ActivosProtegemos nuestros activos y los de otros confiados a nosotros, incluyendo la propiedad física e intelectual, y protegemos la información contra pérdidas, hurtos o usos indebidos.

Establecemos políticas y prácticas dentro de nuestras áreas de responsabilidad para asegurarnos de la protección de nuestros activos, la precisión de los estados financieros y todos los demás archivos e informes.

Usamos las propiedades de AHS de forma adecuada y con aprobación. Tomamos medidas para prevenir cualquier pérdida inesperada de equipos, suministros, materiales o servicios, y cumplimos con las políticas establecidas respecto de la aprobación para el traspaso de propiedades de AHS.

Reportamos los horarios y asistencia con precisión.

Reportamos los gastos de forma precisa y coherente con nuestras responsabilidades laborales y justificados por ellas y por las políticas, los procedimientos y las necesidades de AHS.

Cumplimos con las políticas y los procedimientos establecidos que rigen la gestión de archivos, y cumplimos con las políticas y cronogramas de retención y destrucción de archivos

Conflictos de InteresesEvitamos los conflictos de intereses y el surgimiento de conflictos de intereses entre nuestros intereses individuales y los de Atlantic Health System.

Evitamos participar en actividades, prácticas o actos que generen un conflicto real, aparente o potencial con los intereses superiores de AHS.

Actuamos de acuerdo con los intereses de AHS en nuestras negociaciones con proveedores, clientes, agencias de gobierno y terceros. Esto incluye a los actos formalizados mediante contratos por escrito y las relaciones cotidianas con proveedores, clientes, oficiales del gobierno y terceros.

Ningún miembro del personal será empleado, actuará como consultor ni tendrá otra relación comercial con un competidor, cliente o proveedor ni invertirá en un competidor, cliente o proveedor a menos que el Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento lo autorice con anticipación después de que el miembro del personal haya divulgado por completo la naturaleza y el alcance de la relación.

Ningún miembro del personal aceptará obsequios, cortesías comerciales ni propinas de valor material a menos que sean reportados al Director de Cumplimiento Corporativo y Auditoría Interna y Jefe de Cumplimiento, y que se establezca que no constituye una violación de la Política de Cumplimiento Ético 2, Obsequios y Cortesías.

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