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código de ética

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código de ética

La aplicación de la ética empresarial, con sus valores y principios, es el gran pilar de una organización para atender las exigencias y expectativas de los clientes y de la sociedad en general, los cuales la retribuyen con credibilidad y confianza.

La ética organizacional se enmarca en principios deontológicos, que son un conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profe-sionales que la constituyen. Un código deontológico o ético es un conjunto de criterios de normas y valores morales formulados y asumidos por quienes llevan a cabo una actividad profesional.

Por tal razón es responsabilidad de las empresas, acreditar la aplicación de va-lores y principios dentro de sus procesos de la cadena de valor y ser conscien-tes de que las organizaciones constituyen sujetos de derechos y obligaciones como parte de una sociedad, y que el tema fundamental no es la formulación del código sino el compromiso general de su aplicación.

CENACE ha trabajado siempre como una organización de valores y principios, lo que nos ha servido para formular el presente Código de Ética. El Código conceptúa y promueve la responsabilidad individual y colectiva sobre la base de un conjunto de normas que deben ser observadas por todo aquel que pertenezca al Centro Nacional de Control de Energía.

Este Código se encuentra basado en nuestra misión, visión y valores y se ha estructurado en comportamientos éticos para con: los funcionarios, los clien-tes, los proveedores, el estado y la sociedad.

La calidad técnica y ética de todos quienes laboran en la Corporación y los principios morales que han adquirido con el paso de los años son los ele-mentos que afianzan la confianza en la aplicación de éste Código en nuestro trabajo diario y son los elementos que catalizarán la implantación de buenas prácticas en beneficio del sector eléctrico y de la sociedad.

El Código de Ética de CENACE es la teoría de nuestro deber ciudadano y profesional.

Gabriel Argüello R.Director Ejecutivo

PRESENTACIÓN

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CAPITULO IDE LOS ANTECEDENTES Y ÁMBITO

Artículo 1.- Antecedentes

La Corporación CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA – CENACE, es una organización civil sin fines de lucro, de carácter eminentemente técnico, orien-tada a la administración de las transacciones técnicas y comerciales del sector eléctrico ecuatoriano.

A través del cumplimiento eficiente de esta función, de alta responsabilidad y trascendencia, la Corporación coadyuva a fomentar el bienestar de la ciudadanía y el desarrollo del país.

CENACE es una Corporación comprometida y responsable frente a los impactos que sus decisiones y actividades ocasionan con la Sociedad y el medio ambiente.

Los miembros de la Corporación se comprometen a encauzar su gestión con éti-ca e integridad, para preservar la confianza de sus Clientes, Proveedores y otras partes interesadas.

Artículo 2.- Principios

Con estos antecedentes, CENACE emite el presente Código de Ética, bajo el si-guiente tenor:

• La Ética está vinculada a la moral y establece lo que es bueno, malo, permiti-do o deseado respecto a una acción o una decisión. Es la ciencia del compor-tamiento moral, que estudia y determina cómo deben actuar los integrantes de una Sociedad. En consecuencia, la Ética se ocupa del estudio y aplicación racional de la moral, la virtud, el deber y el buen vivir.

• La Ética de los Colaboradores de CENACE es imprescindible, para cumplir eficientemente con los fines de la Corporación, ya que constituye un requisito necesario para garantizar y equilibrar los derechos e intereses de todos quie-nes trabajan con la Corporación.

• La Ética presupone el cumplimiento riguroso de la legislación ecuatoriana, de su respectiva reglamentación, de los Estatutos y Reglamentos de la Cor-poración y de todas las normas y principios que rigen la Sociedad, aplicables para cada caso.

• La Ética requiere que todos los Colaboradores de CENACE se constituyan en garantes del cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas.

controlamos eficientemente la energíapor un país que crece para futuras generaciones

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Artículo 3.- Ámbito de Aplicación

El presente Código de Ética de CENACE está enfocado directamente a:

• Sus Colaboradores, estableciendo igualdad de oportunidades laborales, respetando las diversidades y la libertad de expresión; proporcionando condiciones laborales adecuadas y el derecho de libre asociación y recha-zando el acoso de cualquier índole.

• Sus Proveedores, manteniendo una relación honesta y transparente y de mutuo respeto, garantizando igualdad de oportunidades en procura de alcanzar y mantener una relación de largo plazo y de mutuo beneficio. En este sentido, rechaza y denunciará cualquier práctica de soborno.

• Sus Clientes, garantizando mantener relaciones imparciales, aplicando de forma transparente la legislación y normativa vigente en el sector eléctrico, manejando responsablemente la información confidencial intercambiada, y mediante una permanente actitud de servicio y respeto.

• El Estado, orientado al cumplimiento de la normativa legal vigente, así como a mantener relaciones de cooperación y transparencia, con un claro rechazo a la corrupción.

• La Sociedad en general, poniendo énfasis en el soporte a comunidades claves, con un permanente respeto a los derechos humanos y al medio ambiente.

Artículo 4.- Visión y Misión de la Corporación

VISIÓN

Ser un organismo líder en la administración operativa y comercial del sector eléc-trico ecuatoriano e interconexiones internacionales, que asegure una alta calidad, confiabilidad, y economía del suministro de electricidad, en concordancia con el modelo de desarrollo social y económico del país, incluyendo la integración regional.

MISIÓN

CENACE administra con seguridad, calidad y economía, tanto el funcionamiento técnico del Sistema Nacional Interconectado e interconexiones internacionales, como el aspecto comercial del Sistema Eléctrico Ecuatoriano, incluyendo las tran-sacciones internacionales de electricidad, cumpliendo la normativa para satisfa-cer a sus Clientes.

Esto se consigue mediante la gestión de un talento humano calificado y compro-metido, la disponibilidad de los sistemas tecnológicos de información y el mejo-ramiento continuo del Sistema de Gestión de la Calidad.

Artículo 5.- Valores de la Corporación

TRANSPARENCIA CENACE aplica las disposiciones de la legislación del Sector Eléctrico, de los regla-mentos y acuerdos respectivos, de forma objetiva y auditable. Para lo cual ejecuta los procedimientos y procesos respectivos, brindando acceso a la información, facilitando la realización de auditorías; y, propiciando la participación proactiva de los integrantes del Mercado Eléctrico Ecuatoriano. 5

ÉTICA PROFESIONAL

Los Colaboradores del CENACE actúan en concordancia con el presente Có-digo y con los Códigos de Ética Profesional aplicables, ejerciendo sus respon-sabilidades con honestidad, objetividad y diligencia, a fin de conseguir un desempeño laboral que precautele el prestigio institucional y personal.

RESPONSABILIDAD

CENACE informa a los diferentes actores del Sector Eléctrico y la Sociedad con integridad por las actividades propias en los procesos y por las del personal de la institución, a fin de conseguir la eficacia y eficiencia en los resultados contemplados en su Sistema de Gestión de la Calidad.

LEALTAD Y COMPROMISO

Los miembros del CENACE demuestran fidelidad y pertenencia, identificán-dose y contribuyendo al cumplimiento de la misión, visión, valores y objeti-vos de la Institución.

CAPITULO IIDE LA RESPONSABILIDAD

Artículo 6.- Comportamiento Ético

6.1. Comportamiento con los Colaboradores

CENACE mantiene el compromiso de brindar entornos laborales seguros y de fomentar el crecimiento profesional, así como de promover el trabajo en equipo, respetando la diversidad y generando confianza.

Bajo este contexto, la Corporación CENACE:

a) Selecciona, contrata, desarrolla, promueve y ofrece condiciones de empleo independientemente de su origen étnico, género, religión, iden-tidad cultural, edad, orientación sexual, discapacidad, estado civil, orienta-ción política, pertenencia a un sindicato o cualquier otra situación jurídica.

b) Promueve un entorno laboral saludable, de respeto e igualdad de oportunidades de crecimiento.

c) Brinda un ambiente adecuado para la seguridad y salud de sus Cola-boradores, identificando, mitigando y eliminando los riesgos que pudieren amenazar estos propósitos.

d) Respeta la vida personal y familiar de sus Colaboradores y promueve actividades que favorezcan la integración familiar.

e) Prohíbe de manera expresa cualquier comportamiento verbal o es-crito, físico o visual, cuyo propósito o efecto fuese la creación de un am-biente ofensivo, hostil o intimidatorio; y, no aceptará ningún tipo de discri-minación, represalia o persecución, contra algún Colaborador que hubiera reportado de buena fe presuntas transgresiones sobre esta materia.

f ) Resguarda la información personal de sus Colaboradores de forma cuidadosa, garantizando su privacidad. Complementariamente, los Cola-boradores tienen la responsabilidad de proteger la información estratégica o confidencial de la Corporación a la que tengan acceso por los procesos que realizan.

g) Provee a sus Colaboradores los recursos e información necesarios para que las actividades de los procesos se desarrollen de forma eficaz y eficiente. Así mismo, promueve el uso apropiado de dichos recursos e información, para evitar que éstos sean usados directa o indirectamente para beneficio particular o de terceros.

h) Reconoce el derecho de sus Colaboradores de asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria, sin ejercer ningún tipo de discriminación.

i) Prohíbe la participación de sus Colaboradores en cualquier acción o situación que se contraponga con sus funciones y responsabilidades, evitando así un conflicto de intereses y malas prácticas en el ejercicio de su cargo que pueda afectar tanto a la Corporación como al Colaborador.

j) Fomenta la vida de carrera profesional dentro de la Corporación y promueve la capacitación constante de sus Colaboradores a fin de impul-sar su desarrollo personal e institucional.

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6.2. Comportamiento con los Clientes Externos

a) CENACE demanda de sus Clientes el cumplimiento del ordenamien-to jurídico vigente, reconoce sus derechos y promueve una relación mu-tua basada en la buena fe, la confianza y el trato respetuoso.

b) CENACE reconoce la importancia de los requerimientos de sus Clientes, por lo tanto los cumplirá de manera oportuna, imparcial y eficaz, con el fin de brindarles un eficiente servicio.

c) CENACE a través de sus Colaboradores guardará la debida confiden-cialidad respecto de la información que les fuere entregada por sus Clien-tes, excepto aquella que deba ser entregada por disposición legal u orden judicial, incluyendo la relativa a sus transacciones y negocios, productos y servicios, métodos y estrategias, costos e información financiera.

6.3. Comportamiento con los Proveedores

CENACE solicita a sus Proveedores el cumplimiento del ordenamiento ju-rídico vigente y promueve una relación mutua basada en la buena fe, la confianza y el trato respetuoso.

CENACE privilegia su relacionamiento con empresas, entidades y organi-zaciones caracterizadas por la responsabilidad social en su gestión, y que observan y respetan los derechos humanos y el interés general.

Entre los principales ámbitos de acción constan los siguientes:

a) Como norma general, los Colaboradores del CENACE se encuentran impedidos de aceptar o solicitar cualquier tipo de dádiva, oferta o preben-da, que pudiere afectar sus decisiones o juicio profesional, producto de lo cual se obtenga beneficio para sí o para terceros, directa o indirectamente, por la acción u omisión de actos que están dentro del ámbito de su res-ponsabilidad y competencia laboral en la Corporación.

b) Los Colaboradores de CENACE proporcionarán a los Proveedores la información fidedigna, suficiente y oportuna a efecto de mantener una relación de confianza y transparencia.

6.4. Comportamiento con el Estado

a) CENACE cumple de manera estricta, con las disposiciones de la le-gislación del Sector Eléctrico, de los reglamentos y acuerdos respectivos, vigentes, así como con las regulaciones que norman su accionar expedi-das por la autoridad competente.

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b) Los Colaboradores deben actuar, en lo personal y laboral, con abso-luto respeto al ordenamiento jurídico nacional, así como, a la naturaleza y alcance de las actividades inherentes a su cargo en la Corporación.

c) CENACE brinda al Sector Eléctrico, acceso a toda la información que posee en forma transparente, conforme lo dispone la normativa vigente. Además, propicia relaciones de cooperación con las autoridades de los or-ganismos reguladores y de control y demás instituciones y empresas vin-culadas con el sector.

d) Los Colaboradores de CENACE están prohibidos de realizar prácticas ilegales, tales como la extorsión, soborno u otro tipo de prácticas corruptas.

e) Los Colaboradores de CENACE se abstienen de tomar decisiones que afecten o convengan a cualquier Institución del Estado a cambio de dar o recibir beneficios de cualquier índole.

6.5. Comportamiento con la Sociedad

Como parte fundamental de su responsabilidad social, la Corporación CE-NACE privilegia su relación con la Sociedad, para lo cual:

a) Impulsa el aprendizaje y desarrollo de la ingeniería en las especializa-ciones afines al ámbito de su competencia, manteniendo Convenios con diferentes Universidades, Escuelas Politécnicas y Colegios de Profesionales.

b) Procura alcanzar el logro de intereses comunes con las comunidades ubicadas en el entorno de sus instalaciones, propiciando el diálogo con las mismas, para cuyo efecto utiliza espacios y canales específicos de comunicación.

c) Se encuentra comprometida con la promoción y apoyo de acciones sociales y de voluntariado, en el ámbito de las comunidades ubicadas en el entorno de sus instalaciones.

d) Realiza todas las actividades correspondientes a sus procesos, res-petando los derechos humanos y el medio ambiente, y rechaza que cual-quiera de sus partes interesadas realice, directa o indirectamente, prácticas que las violente.

CAPITULO IIIDE LA ADMINISTRACIÓN

Artículo 7.- Administración del Código de Ética

Este Código no es exhaustivo y no contempla todas las disposiciones que se deberían aplicar en toda circunstancia o situación que pudiera presentar-se. Por tal motivo, en caso de que para alguna circunstancia o situación no estuviera establecida una norma específica dentro del presente Código, el Colaborador respectivo deberá utilizar los principios éticos aplicables de la costumbre y la razón y/o que pueden encontrarse en los Códigos de Ética de sus respectivas profesiones.

Ningún Colaborador de CENACE podrá disponer que se contravenga el pre-sente Código de Ética, bajo ninguna circunstancia, ni justificar una conducta apartada de la ética, amparándose en la orden de un superior jerárquico.

Artículo 8.- Comité de Ética

CENACE conforma el Comité de Ética, asignándole la responsabilidad de ha-cer cumplir lo establecido en el presente Código de Ética.

El Comité de Ética estará conformado por tres Colaboradores de CENACE; dos de ellos designados por el Director Ejecutivo; y, el tercero por el Comité de Empresa. Actuaran por el período de dos años.

Al Comité de Ética le corresponden las siguientes funciones:

a) Ejercer la vigilancia del adecuado cumplimiento del Código, tanto interna como externamente.

b) Informar periódicamente al Director Ejecutivo respecto del cumpli-miento del Código de Ética.

c) Servir de guía y apoyo a los Colaboradores en la resolución de aque-llas circunstancias o situaciones referentes a la aplicación del presente Có-digo de Ética.

d) Conocer del incumplimiento al presente Código, por la acción u omisión de las normas contenidas en este instrumento y comunicar al Director Ejecutivo, para tal efecto emitirá un informe que contenga la re-

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comendación de la sanción a ser aplicada de acuerdo al Artículo 10 del presente Código. Esta recomendación será debidamente sustentada.

e) Proponer reformas al Código de Ética, de acuerdo a la realidad y evo-lución institucional, del sector y del país.

Artículo 9.- Comunicación de las Contravenciones al Código de Ética

En caso de existir alguna violación al Código de Ética, los Colaboradores co-municarán sobre tal hecho al Comité de Ética, para que sea éste quien inves-tigue el asunto puesto en su conocimiento.

Artículo 10.- De las Sanciones

Las sanciones se aplicarán en proporción a la acción u omisión de los Colabo-radores, con respecto a las normas contenidas en el presente Código. Por lo tanto, dependiendo de la norma incumplida pueden existir sanciones admi-nistrativas, civiles o penales. Será el Director Ejecutivo, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 20 y subsi-guientes del Estatuto de la Corporación, el único encargado de imponer las sanciones administrativas, ante el incumplimiento de las normas contenidas en el presente instrumento, las sanciones consistirán en:

a) Amonestación Verbal: cuando la falta sea de carácter leve.b) Amonestación Escrita: cuando hay reincidencia en las faltas leves que sean del mismo tipo, clase o naturaleza.

c) Multa (que no exceda del 10% del salario básico): cuando persista la falta leve pese a la amonestación escrita o cuando ésta reviste cierta grave-dad por los daños y perjuicios que pueda originar.

d) Terminación del contrato de trabajo mediante solicitud de visto bue-no, según lo estipulado en el Art. 172 del Código de Trabajo.

Cuando esté debidamente probado que el Colaborador actuó por negligen-cia, imprudencia e impericia, sin perjuicio de las sanciones administrativas internas el CENACE podrá demandarlo para el reclamo por los daños y perjui-cios que puede haber ocasionado su acción.

Cuando esté debidamente probado que el Colaborador actuó con dolo y cul-pa grave, sin perjuicio de las sanciones administrativas el CENACE podrá de-mandarlo por vía penal, de acuerdo a las sanciones que establezca el Código Penal, para el efecto.

Certifico que el presente Código de Ética, fue aprobado por el Directorio del Centro Nacional de Control de Energía, CENACE, en sesión celebrada el día 03 de diciembre del 2012, fecha a partir de la cual entra en vigencia.

Ing. Gabriel Arguello

DIRECTOR EJECUTIVO

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Av. Atacazo y Panamericana Sur Km 0, Quito- Ecuador.(593 2) 299 2001 / Fax (593 2) 299 2031

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