código de buenas prácticas para el medio ambiente

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Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente de la revista de actualidad quincenal laprensahoy.es

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Page 1: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

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Código de buenas prácticas

para el medio ambiente

Page 2: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente
Page 3: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

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Prólogo 2

¿Por qué un código de buenas prácticas?

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Agradecimientos

Desarrollo sostenible

5 Agua

Energía 6

7 Contaminación y residuos

9 Legislación de referencia

10 Webs de interés

Page 4: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

Prólogo laprensahoy.es inició a través de la publicación quincenal de su revista, los trabajos de elaboración de un Código de buenas prácticas para el medio ambiente. En los números 4 y 5 de la revista se expusieron los trabajos que son objeto de recopilación en este documento. Como ya anunciamos, nuestro compromiso con el respeto al medio ambiente ha sido el que nos ha impulsado a acometer este proyecto de elaboración de un Código. También indicamos en el número 4 que no queríamos que fuese un texto cerrado sino que la intención es que se fuera perfeccionando con el tiempo, no sólo con el trabajo de la redacción, sino con la aportación de todos los lectores. Concluido este trabajo os agradecemos a todos vuestras aportaciones y colaboraciones así como el interés mostrado hacia esta iniciativa. Esperamos que éste sea solo un pequeño grano de arena en la labor de proteger muestro medio ambiente.

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Page 5: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

AGRADECIMIENTOSAGRADECIMIENTOSAGRADECIMIENTOSAGRADECIMIENTOS

La revista laprensahoy.es desea expresar su agradecimiento a los lectores que han querido colaborar en la redacción de este Código de buenas prácticas para el medio ambiente. Pero además para la elaboración de este código ha sido necesaria la consulta de diferentes documentos e informes: ► Artículo sobre el “Desarrollo sostenible” en Wikipedia. ► Unidad didáctica de “Sensibilización medioambiental” del Servicio Regional de Empleo

de la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid. ► “Las buenas prácticas medio ambientales para los ciudadanos” de la Generalitat

Valenciana. ► “Guía de buenas prácticas medio ambientales para los comerciantes de los mercados

municipales” de la Cámara de Comercio de Madrid. ► “Manual de buenas prácticas ambientales en las familias profesionales” del Ministerio

de Medio Ambiente. La fotografía ha sido tomada en el Parque de Berlín de Madrid. Autor laprensahoy.es

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Page 6: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

Desarrollo sostenible

El hombre, como parte de la naturaleza, se diferencia del resto de las especies en su capacidad para explotar los recursos naturales. Hasta hace relativamente poco tiempo, no hemos tomado conciencia del peligro que supone que estas acciones se realicen sin ningún tipo de orden, lo que ha tenido como consecuencia un impacto negativo en el medio ambiente. No fue hasta 1987, cuando en el seno de la Comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo de Naciones Unidas, se acuñó el término de “desarrollo sostenible”, formalizado por primera vez en el documento conocido como Informe Brundtland. En el citado informe se define así al desarrollo sostenible: Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin

comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades. Pero el término desarrollo sostenible, no se limitó al aspecto medio-ambiental, sino que expandió su influencia a tres áreas: económica, ambiental y social. Por tanto promover el desarrollo sostenible comporta cambios en los modelos productivos, en los mercados, en las relaciones…. con el fin de reconciliar los tres aspectos señalados, definiendo proyectos viables. La justificación del desarrollo sostenible es conocida por todos: tenemos unos recursos naturales limitados, que pueden agotarse. Por tanto una actividad económica sin criterio puede producir problemas medioambientales irrever-sibles. De ahí la necesidad de concienciación de todos.

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Page 7: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

Ya hemos anunciado que es necesario un cambio de actitud, pero ¿hacia dónde debe ir dirigido ese cambio?. Si queremos desarrollar nuestras activi-dades, respetando el medio ambiente es importante respetar las tres reglas básicas, en relación con los ritmos de desarrollo sostenibles: 1. Ningún recurso renovable deberá

utilizarse a un ritmo superior al de su generación.

2. Ningún contaminante deberá produ-

cirse a un ritmo superior al que pueda ser reciclado, neutralizado o absorbido por el medio ambiente.

3. Ningún recurso no renovable deberá

aprovecharse a mayor velocidad de la necesaria para sustituirlo por un recurso renovable utilizado de manera sostenible.

Si respetamos estas reglas, contri-buiremos a producir el menor impacto ambiental posible. Para ello, un instrumento muy útil es desarrollar procedimientos de actuación que dirijan nuestra actuación en este sentido. Esos procedimientos pueden ser recogidos en un Código de Buenas Prácticas, que defina la actitud de las personas que componen una organización para que ésta vaya orientada, siempre, hacia respeto al medio ambiente. Esta fórmula constituye sin duda, una buena forma para conseguir que las generaciones futuras puedan vivir en armonía y no se vean comprometidas por el impacto negativo que hayamos podido producir en el medio ambiente. Deben ser procedimientos sencillos de fácil aplicación, que poco a poco nos vayan reeducando en unas prácticas positivas para el medio ambiente, reconciliándonos con nuestro entorno.

¿Por qué un Código de buenas prácticas?

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Page 8: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

A

G

U

A El agua es un recurso cada vez más escaso, que muchos seguimos utilizando como si no fuera a acabarse nunca. Toda medida encaminada a la reducción del consumo de agua implica una reducción del volumen de agua

residual contaminada a depurar y por tanto minimizará los vertidos. Por ello es necesario establecer medidas prácticas y sencillas que permitan un ahorro de hasta un 10% de este recurso.

Buenas prácticas Sistemas de control de flujo en las cisternas y grifos. Realizar un adecuado mantenimiento de la instalación de fontanería para detectar fugas Uso racional de los sanitarios.

Una gota por segundo se convierte en 30

litros/día (aproximadamente el 10% del

consumo medio diario).

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Con las pérdidas y fugas se puede perder hasta

un 20% de agua.

No utilices el inodoro como papelea.

Page 9: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

El consumo moderado de energía contribuye de forma indirecta a que se generen menos gases de efecto invernadero y a que se reduzca el consumo de recursos energéticos no renovables.

Buenas prácticas

Usar bombillas de larga duración, que gastan un tercio menos que las bombillas.

Emplear lámparas y apliques traslúcidos en lugar de opacos. El polvo y la suciedad restan efectividad a la iluminación.

No dejar ordenadores ni luces encendidas innecesariamente.

Aislar puertas y ventanas y mantenerlas cerradas cuando la calefacción o refrigeración esté encendida. No utilizar energía eléctrica para la calefacción y no regular el termostato a más de 20 ºC.

ENERGÍAENERGÍAENERGÍAENERGÍA

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Utilizar bombillas de bajo consumo supone un ahorro del 80% en energía

eléctrica.

La acumulación de polvo en los sistemas de alumbrado hace que se

pierda hasta un 10% en iluminación.

Anualmente se consume hasta un 20% en exceso de iluminación.

Por poner un ejemplo, los mecanismos de cierre automático permiten un

ahorro de hasta un 40% en climatización.

Page 10: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

Instalar contenedores selectivos

para reciclar el papel y las tintas de las impresoras. Piensa que cada 90 kg. de papel o cartón reciclado evita la tala de 2 árboles.

Imprimir los borradores por las dos caras y con calidad económica. Cuando sea posible, corregir los errores de escritura para no tener que emplear papeles nuevos.

Fomentar el uso de sistemas informáticos que sustituyan el uso de papel.

Los equipos de oficina estropeados deben depositarse en contenedores especialmente habilitados para que se pueda llevar a cabo su reciclaje o una posible reutilización de determinadas piezas o materiales que forman parte de ellos.

No tirar pilas usadas al cubo de la basura. No adquirirlas en establecimientos que no dispongan de contenedores de recogida de las ya usadas.

Usar detergentes sin fosfatos ni blanqueadores. Recordar que con poca cantidad suele ser suficiente. Nunca se debe emplear más cantidad de producto de la indicada en las instrucciones de uso.

Limitar al máximo el uso de lejías, limpiadores y detergentes fuertes, desatascadotes, pinturas con base de aceites, disolventes, decapantes, raticidas e insecticidas químicos.

No almacenar muchos productos químicos en un mismo sitio y alejarlos de los desagües.

Donar a ONG los materiales desechados por obsoletos.

CONTAMINACIÓNCONTAMINACIÓNCONTAMINACIÓNCONTAMINACIÓN

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Page 11: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

Utilizar equipos informáticos energéticamente eficientes y configurar el modo de “ahorro de energía”.

Apagar los equipos informáticos para periodos de inactividad superiores a una hora. Minimizar el número de los servidores de red para optimizar el gasto energético y el

mantenimiento del sistema. Esto se consigue dimensionando adecuadamente los recursos de la red de información y conectando el mayor número de impresoras al menor número posible de servidores.

Configurar el salvapantallas en modo “Pantalla en negro”, ya que ahorra energía. Se aconseja un tiempo de 10 minutos para que entre en funcionamiento.

Recliclar en lo posible cartuchos de toner de fotocopiadoras e impresoras láser y, en todo caso, desecharlos en los contenedores dispuestos para ello.

Y Y Y Y ResiduosResiduosResiduosResiduos Buenas prácticas

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Page 12: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

- Reglamento (CE) 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se unan a un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambiental (EMAS). - Reglamento (CE) 1980/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de etiqueta ecológica. - Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control integrados de la Contaminación. - Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. - Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. - Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente.

LEGISLACIÓN DE

REFERENCIA

Page 13: Código de Buenas Prácticas para el Medio Ambiente

Ministerio de Medio Ambiente: www.mma.es Unidad Administradora del Fondo Social Europeo: www.mtas.es/uafse/ Enlaces de administraciones

ambientales autonómicas:

Junta de Andalucía: www.cma.junta-andalucia.es Gobierno de Aragón: www.aragob.es/ambiente/index.htm Gobierno del Principado de Asturias: www.princast.es/mediambi/siapa/ Govern de les Illes Balears: http://mediambient.caib.es Gobierno de Canarias: www.gobcan.es/medioambiente/ Gobierno de Cantabria: www.medioambientecantabria.org JCCM. Gobierno de Castilla-La Mancha: www.jccm.es/agricul/medioambiente Junta de Castilla y León: www.jcyl.es7jcl-client/jcyl/cmaot Generalitat de Catalunya: www.gencat.es/mediamb Junta de Extremadura: www.juntaex.es/consejerias/aym Xunta de Galicia: www.xunta.es/conselle/cma Comunidad de Madrid: http://medioambiente.madrid.org Región de Murcia: www.carm.es/cagr/ Gobierno de Navarra: www.cfnavarra.es/medioambiente La Rioja: www.larioja.org/ma Gobierno Vasco: www.euskadi.net/medio_ambiente Generalitat Valenciana: www.cma.gva.es

WEBS DE

INTERÉS

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