clasificación de los impuestos

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1. El impuesto Los impuestos son prestaciones, hoy por lo regular en dinero, al Estado y demás entidades de derecho público, que las mismas reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas. El impuesto es una prestación tributaria obligatoria, cuyo presupuesto de hecho no es una actividad del Estado referida al obligado y destinada a cubrir los gastos públicos. El impuesto es la prestación de dinero o en especie que establece el Estado conforme a la ley, con carácter obligatorio, a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial, directo e inmediato. Sujetos del impuesto El primer elemento que interviene en una relación tributaria es el sujeto. El sujeto es de dos clases, un sujeto activo y uno pasivo. Dentro de la organización del Estado Mexicano, los sujetos activos son: la Federación, las Entidades locales y los Municipios.

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Quienes son sujetos al impuesto

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1. El impuesto

Los impuestos son prestaciones, hoy por lo regular en

dinero, al Estado y demás entidades de derecho público, que

las mismas reclaman, en virtud de su poder coactivo, en

forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin

contraprestación especial con el fin de satisfacer las

necesidades colectivas.

El impuesto es una prestación tributaria obligatoria, cuyo

presupuesto de hecho no es una actividad del Estado referida

al obligado y destinada a cubrir los gastos públicos.

El impuesto es la prestación de dinero o en especie que

establece el Estado conforme a la ley, con carácter

obligatorio, a cargo de personas físicas y morales para cubrir

el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o

beneficio especial, directo e inmediato.

Sujetos del impuesto

El primer elemento que interviene en una relación tributaria

es el sujeto. El sujeto es de dos clases, un sujeto activo y uno

pasivo.

Dentro de la organización del Estado Mexicano, los sujetos

activos son: la Federación, las Entidades locales y los

Municipios.

Son sujetos activos

Porque tiene el derecho de exigir el pago de tributos; pero no

tienen todos la misma amplitud; la Federación y las

Entidades, salvo aquellas limitaciones constitucionales que

analizaremos en su oportunidad, pueden establecer los

impuestos que consideren necesarios para cubrir sus

presupuestos; en cambio, el Municipio sólo tiene la facultad

de recaudarlos.

Teniendo en cuenta la diferencia explicada podemos decir

que la Federación y las Entidades locales tienen soberanía

tributaria plena. Los Municipios tienen soberanía tributaria

subordinada.

Sujeto pasivo

Es la persona que legalmente tiene la obligación de pagar el

impuesto.

Hablamos de sujeto pasivo como deudor cuando una persona

en una transacción económica se obliga voluntariamente al

pago de una obligación a cambio de adquirir un bien o un

servicio.

En cuanto a impuestos, el sujeto pasivo es el que genera el

hecho económico por el que paga impuestos, según establece

la ley.

2. Sujetos del impuesto

Entendemos por tales a aquellas personas físicas y morales

legalmente obligadas a pago de dicho impuesto.

Por lo tanto es la persona que debe retener y/o pagar un

impuesto determinado.

3. Existen diferentes criterios para clasificar los

impuestos.

Directos: Los que el sujeto pasivo no puede trasladar a otro

sujeto, por lo que incide en su patrimonio. Es decir es el

impuesto que grava directamente las fuentes de riqueza, la

propiedad o la renta. Son el impuesto sobre la renta, el

impuesto sobre el patrimonio etc.

Indirectos: Los que el sujeto pasivo si puede trasladar a otras

personas, por lo que no incide en su patrimonio. Es decir el

impuesto que grava el consumo. Su nombre radica en que no

afecta de manera directa los ingresos de un contribuyente

sino que recae sobre el costo de algún producto o mercancía.

El impuesto indirecto más importante es el impuesto al valor

agregado o IVA el cual constituye una parte importante de

los ingresos tributarios en muchos países del mundo.

Reales: Son los que se establecen atendiendo exclusivamente

a los bienes o cosas que graban.

Personales: Se establecen en atención a las personas, es decir

a los contribuyentes sin importar los bienes o cosas que

posean o de donde se deriva el ingreso grabado.

Específicos: Se establecen en una función de una unidad de

medida del bien grabado.

Ad Valorem: Es el que se establece en función del valor del

bien grabado.

Generales:

Primer criterio: Grava diversas actividades u operaciones

pero que tienen un denominador común, por ser de la misma

naturaleza.

Segundo criterio: Recae sobre una situación económica

globalmente considerada.

Especiales: Grava una actividad determinada en forma

aislada.

Con fines fiscales: Se establecen para recaudar ingresos

necesarios para cubrir el presupuesto de egresos.

Bibliografía:

Ley del impuesto sobre la renta 2012.

http://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtml.

http://html.rincondelvago.com/impuestos_3.html

http://es.wikipedia.org/wiki/Impuesto#Impuestos_directos_e_indirectos

Ley del impuesto al valor agregado 2012.