clasificacion de las penas

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CLASIFICACION DE LAS PENAS I. SEGÚN SU NATUALEZA a. Corporales: Recaen sobre la vida, integridad corporal o salud del reo. Sólo pena de muerte en el Código de Justicia Militar. b. Infamantes: Afectan al honor de las personas. Degradación en el Código de Justicia Militar. c. Privativas de Libertad: Producen perdida de la libertad personal gratanizada en la CPR Presidio, reclusión, prisión. d. Restrictivas de Libertad: Confinamiento, extrañamiento, relegación, destierro, sujeción a la vigilancia de la autoridad e. Privativas de otros derechos: Inhabilitaciones /suspensiones de cargos públicos, derechos políticos, profesionales, conducción de vehículos. f. Pecuniarias: Multa, comiso, caución. I. CLASIFICACION SEGÚN SU GRAVEDAD: Esta clasificación se hacen virtud de la pena que la ley le ha señalado a la infracción y no a su naturaleza. a. Penas de Crimen: g. La muerte h. Todas las perpetuas i. Las privativas y restrictivas de libertad mayores. j. Inhabilitaciones de toda clase. b. Penas de Simples delitos: k. Privativas y restrictivas de libertad menores. l. Destierro m. Suspensiones. c. Penas de Falta: La prisión. d. Penas Comunes a Crímenes, Simples delitos y Faltas: n. Multa. La cuantia d elamulta nos indica si se trata de un crimen, simple delito o falta. o. Comiso de los instrumentos y efectos del delito. Esta siempre se añade a las penas de crímenes y simples delitos. En las faltas depende del arbitrio del juez. e. Accesorioas: Caucion y sujeción a la vigilancia de la autoridad, son siempre accesorias.

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Page 1: Clasificacion de Las Penas

CLASIFICACION DE LAS PENAS

I. SEGÚN SU NATUALEZAa. Corporales: Recaen sobre la vida, integridad corporal o salud del reo. Sólo pena de muerte en

el Código de Justicia Militar.b. Infamantes: Afectan al honor de las personas. Degradación en el Código de Justicia Militar.c. Privativas de Libertad: Producen perdida de la libertad personal gratanizada en la CPR

Presidio, reclusión, prisión.d. Restrictivas de Libertad: Confinamiento, extrañamiento, relegación, destierro, sujeción a la

vigilancia de la autoridade. Privativas de otros derechos: Inhabilitaciones /suspensiones de cargos públicos, derechos

políticos, profesionales, conducción de vehículos. f. Pecuniarias: Multa, comiso, caución.

I. CLASIFICACION SEGÚN SU GRAVEDAD: Esta clasificación se hacen virtud de la pena que la ley le ha señalado a la infracción y no a su naturaleza.

a. Penas de Crimen:g. La muerte h. Todas las perpetuasi. Las privativas y restrictivas de libertad mayores.j. Inhabilitaciones de toda clase.b. Penas de Simples delitos: k. Privativas y restrictivas de libertad menores.l. Destierrom. Suspensiones.c. Penas de Falta: La prisión.d. Penas Comunes a Crímenes, Simples delitos y Faltas:n. Multa. La cuantia d elamulta nos indica si se trata de un crimen, simple delito o falta.o. Comiso de los instrumentos y efectos del delito. Esta siempre se añade a las penas de

crímenes y simples delitos. En las faltas depende del arbitrio del juez.e. Accesorioas: Caucion y sujeción a la vigilancia de la autoridad, son siempre accesorias.

II. SEGÚN SU AFLICTIVIDAD

La pena aflictiva según el art. 37 del CP es la de Crimenes y de Simples delios Menores en Grado Maximo, es decir, de 3 años hacia arriba.

La importancia esta dada detro de la constitución (art. 17 N°”) sobre la suspensión y perdida del derecho de sufragio y la calidad de ciudadano.

III. SEGÚN SU DIVISIBILIDAD Divisibles: Aquellas que admiten fraccionamiento o división, en definitiva, aquellas que

tienen duración limitada en el tiempo o monto determinado en cuantia.

Page 2: Clasificacion de Las Penas

Indivisibles: No admiten división. Pena de muerte y penas perpetuas.

Importancia en relación con las circunastancias atenuantes y agravantes en la imposición de las penas (art. 63 y ss CP).

DETERMINACION DE LAS PENAS

1. Marco Penal2. Participacion3. Iter Criminis4. Modificatorias de Responsabilidad.5. Concursos6. Normas Especiales7. Extension del mal Casuado art. 69 CP

MARCO PENAL

El primer elemento en la detemrinacion d ela pena de cada delito esta indicado por la penalidad que señala el Codigo o Leyes especiales al tratar de dicho delito. Sin embargo, ello no es suficiente:

- La lye, a nose que sea pena indivisible, indica sanciones que comprenden ua extencion, en tiempo o en cuantia.

- La sanción se modifica por otros factores (participación, desarrollo del delito, circuntancias atenuantes y agravantes).

I. MODO DE CONTAR LAS PENAS

Page 3: Clasificacion de Las Penas

La ley divide la mayoría de las penas en grados. El art. 57 establece que “cada grado de una pena divisible constituye una pena distinta”.

Page 4: Clasificacion de Las Penas

Por ejemplo: El delito de homicidio simple tiene señalada la pena de presidio mayor en sus grados minimo a medio. Por lo tanto el dleito tiene asignada dos penas, prsidio mayor en su graod minimo y presiodio mayor en su grado medio.

El art. 58 establece que En los casos en que la ley señala una pena compuesta de dos o más distintas, cada una de éstas forma un grado de penalidad, la más leve de ellas el mínimo y la más grave el máximo.

Ejemplo, El reobo con homicidio tiene asignada la pena presidio mayor en su grados edio a perpetuo calificado, tiene asignada 4 penas: Presidio mayor en su grado medio (minimo), presidio mayor en grado máximo, presidio perpetuo y presidio perpetuo calificado (máximo).

Para estos efectos cada pena es un grado y cada grado es una pena.

II. ESCALAS GRADUALES

El art. 59 clasifica las penas en 5 grupos diferentes, llamadas escalas graduales, y dentro de cda una de ellas enumera en orden decreciente la gravedad las penas que la componen.

Escala N°1 Estan al penas mas graves, las de muerte y todas las privativas de libertad.

ESCALA Nº1

1º Presidio perpetuo calificado

2º Presidio o reclusión perpetuo

3º Presidio o reclusión mayores grado máximo

4º Presidio o reclusión mayores grado medio

5º Presidio o reclusión mayores grado mínimo

6º Presidio o reclusión menores grado máximo

7º Presidio o reclusión menores grado medio

8º Presidio o reclusión menores grado mínimo

9º Prisión en su grado máximo

10º Prisión en su grado medio

11º Prisión en su grado mínimo

Page 5: Clasificacion de Las Penas

En las escalas N°2 y 3 se encuentran las restrictivas de libertad. La relegación en la 2 y el confinamiento en la 3, el destierro en ambas.

En las tables N° 4 y 5 estan las penas privativas de derechos, en la N°4 las inhabilitación absolutas y en la N°5 las inhabilitaciones espeicales, y la suspensión en ambas.

Cuando la ley señala una pena inferior o superior en grados a otra detemrinada, se tomara de la escala gradual en que se halle commprendida la pena determinada (art. 59)

Para detemirnar cual es la pena superior o inferior en grado a otra cualquiera, es necesario buscar primero esta ultima en las escalas graduales, y una vez encontrada, subir o bajar en la misma escala el numero de grados necesarios.

Asi, la pena superior en un grado a la de prisión en su grado máximo es la de presidio o reclusión menores en sus grados minimos; la pena inferior en un grado al confinamiento menor en su grado minimo es el destierro en su grado máximo. (art. 77)

III. FALTA DE GRADOS SUPERIORES O INFERIORES ART. 77

En el caso de que, por efecto de la agravación, no resulte que pena aplicar, porque no hay pena superior en la escala hay que distinguir:

1. Tratandose de escalas 1, 2 y 3 se aplica el presidio perpetuo.2. Tratandose de escalas 4 y 5 se aplicara la pena superior de la respectiva escala y además la

reculsion menor en su grado medio.

En el caso que haya que por el descenso en la escala gradual no resulte pena que imponer, por no haber grados ingeriores, debe siempre aplicarse la pena de multa.

¿DESDE QUE GRADO SE SUMENTA O DISMINUYE LA SANCION?

Por ejemplo en la castración la sanciaon es el presidio mayor en sus grados minimo a medio, se baja desde el minimo que se sanciona, es decir, del presidio mayor en su grado minimo, lo mismo cuando se sube de grado, se subirá de grado desde el máximo que estbaece la ley, es decir, desde el presidio mayor en su grado medio.

FACTORES PARA LA FIJACION DEFINITIVA D ELA PENA

a. Pena señalada por al ley para el delitob. Grado de desarrollo del delitoc. Participacion de cada reo en el delito.

Page 6: Clasificacion de Las Penas

d. Circunstancias modificatorias d ela responsabilidad criminal, tanto generales ocmo especiales.

e. Mayor o menor extensión del mal producido por el dleito y situaicon económica del condenado.

REGLAS ESPECIALES

- Concrusos, ejemplo art. 75 cp y 351 cpp- Normaas especiales: Generales, como al media prescripción art. 103; si el responsable se presentare o fuere

habido antes de ompletar el tiempo de la prescripción de la acción penal o de la pena, peor habiendo ya transcurrido la mitad del que se exige, en sus respectivos casos, para tales prescripciones, deberá el tribunal considerar el hecho como revestido de dos o mas circusntancias atenuantes muy calificadas y de ninguna agravante.

Especiales: Ejemplo delitos contra la propiedadArt. 451. Reiteración de hurtos a una misma persona hará la regulación de la pena tomado por base el importe total de los objetos sustraídos, y la impondrá al delincuente en su grado superior.Art. 453: Cuando se reúnen en un hecho delitos con penas diversas, se aplicara la circunstancia que en aquel caso particular la merezcan más grave, pudiendo aumentarla en un grado.Art. 456 bis: Luego de enumerar circunstancias agravantes para ciertos delitos, prohíbe la aplicación de la atenuante de la Reparación celosa del mal causado (art. 11 N°7)

PENA ASIGNADA POR LA LEY AL DELITO

Esta es la pena qe al ley impone ap ra los autores del delito consumado. (*)

COMBINACIONES DE ITERCRIMINIS Y PARTICIPACION

Las epatas del desarrollo del dleito son la tentativa, el dleito frustrado y el delito consumado.

El rango que esta contenido en la ley presume que se esta hablando de autor y de delito en desarrollo consumado.

Respecto del grado de ejecución:

- Frustracion: La pena desde le marco penal se rebaja en un grado. SI hay una pena compuesta por dos grados la rebaja se hace desde el minimo.

- Tentativa: 2 grados menos desde el minimo del marco penal.

Respecto a la forma de participación:

- Complice: Pena Inferior en 1 grado.- Encubridor: Pena inferior en 2 grados.

Page 7: Clasificacion de Las Penas

AUTOR COMPLICE ENCUBRIDOR

DELITO

CONSUMADO

PENA COMPLETA - 1 Gº - 2 Gº

DELITO

FRUSTRADO

- 1 Gº - 2 Gº -3 Gº

TENTATIVA - 2 Gº - 3 Gº -4 Gº

Ejemplo presidio mayor en su grado minimo

AUTOR COMPLICE ENCUBRIDOR

DELITO

CONSUMADO

PRESIDIO MAYOR

EN SU Gº MINIMO A MEDIO

PRESIDIO MENOR GRADO MAXIMO

PRESIDIO MENOR GRADO MEDIO

DELITO

FRUSTRADO

PRESIDIO MENOR GRADO MÁXIMO

PRESIDIO MENOR GRADO MEDIO

PRESIDIO MENOR GRADO MÍNIMO

TENTATIVA PRESIDIO MENOR GRADO MEDIO

PRESIDIO MENOR GRADO MÍNIMO

PRISIÓN GRADO MÁXIMO

CIRCUSNTANCIAS AGRAVANTES Y ATENUANTES

Reglas que regular el efectos de las circusntancias atenuantes y agravantes, dependiendo de lanaturaleza de la pena asignada por la ley a cada delito.

Page 8: Clasificacion de Las Penas

I. CUANDO LA LEY SEÑALA UNA SOLA PENA INDIVISIBLE penas perpetuas

Agravantes: Art. 65 en el caso de penas perpetuas, la aplicara el tribunal sin consideración a las circusntancias agravantes que concurran en el hecho.

Atenuantes: Sólo tienen efecto si concurren sin agravantes.

Si concurre una sola atenuante muy calificada puede rebajarse la pena en 1 grado. Si concurren 2 o mas atenuantes, podrá a´licarse la pena inmediatamente inferior en 1 o 2

grados.

Estas rebajas son facultativas, por lo que su aplicación no esta sujeta al control de nulidad por infracción a derecho.

II. CUANDO LA LEY SEÑALA UNA PENA COMPUESTA DE DOS INDIVISIBLES

Sólo se da en el art. 372 bis, presidio perpetuo a perpetuo calificado.

Si no hay atenuantes ni agravantes, el tribunal puede imponer cualquiera de las penas señaladas por la ley.

1 o mas agravantes y ninguna atenuante se debe imponer la pena mayor (el grado máximo).

1 atenuante y ninguna agravante: Se debe imponer la pena menor, el grado minimo.

Si la atenuante es muy calificada: Se puede imponer la pena inferior en 1 grado. Si son 2 o mas atenuantes: La pena puede rebajarse en 1 o 2 grados.

Problema de la compensación racional

En caso de concurrir en un mismo hecho circunstancias atenutantes y agravantes genéricas las compensara racionalmente el tribunal para la aplicación de la pena, graduando el valor de una y otras. Esta operación debe hacerse primero .

Maximum y mínimum de la pena

Minimum de pena: Pena que contiene solamente un grado y hay que partirla por la mitad porque hay disposiciones que exigen aplicarse la mitad inferior del grado.

Maximum: La mitad superior del grado.

Minimo de la pena: Limite inferior del grado o del marco penal en general. Desde el minimo se hacen los saltos para debajo del grado.

- Ejemplo: Prision de 1 a 60 dias: Grado minimo: 1 a 20 dias: Minimum 1 a 10 Maximum 11 a 20- Grado Medio: 21 a 40 dias

Page 9: Clasificacion de Las Penas

Minimum 21 a 30 dias Maximum 31 a 40 dias- Grado Maximo Minimum 41 a 50 dias Maximum 51 a 60 dias.

pena Duración minimum Duración maximum

Presidio (R), Confinamiento, Extrañamiento y Relegación MAYORES grado MAXIMO

15 AÑOS Y 1 DIA A 17 AÑOS Y 183 DÍAS 17 AÑOS Y 184 DÍAS A 20 AÑOS

Presidio (R), Confinamiento, Extrañamiento y Relegación MAYORES grado MEDIO

10 AÑOS Y 1 DÍA A 12 AÑOS Y 183 DÍAS 12 AÑOS Y 184 DÍAS A 15 AÑOS

Presidio (R), Confinamiento, Extrañamiento y Relegación MAYORES grado MINIMO

5 AÑOS Y 1 DÍA A 7 AÑOS Y 183 DÍAS 7 AÑOS Y 184 DÍAS A 10 AÑOS

Presidio (R), Confinamiento, Extrañamiento y Relegación MENOR grado MAXIMO

3 AÑOS Y 1 DÍA A 4 AÑOS 4 AÑOS Y 1 DÍA A 5 AÑOS

Presidio (R), Confinamiento, Extrañamiento y Relegación MENOR grado MEDIO

541 A 818 DÍAS 819 DÍAS A 3 AÑOS

Presidio (R), Confinamiento, Extrañamiento y Relegación MENOR grado MINIMO

61 A 300 DÍAS 301 A 540 DÍAS

PRISION grado MAXIMO 41 A 50 DÍAS 51 A 60 DÍAS

PRISION grado MEDIO 21 A 30 DÍAS 31 A 40 DÍAS

Page 10: Clasificacion de Las Penas

PRISION grado MINIMO 1 A 10 DÍAS 11 A 20 DÍAS

III. CUANDO LA LEY SEÑALA COMO PENA SÓLO UN GRADO DE UNA PENA DIVISIBLE

Ejemplo presidio menor en su grado minimo, de 61 a 540 dias.

No concurren atenuantes ni agravantes, el tirbuanl puede recorrer la pena en toda su extensión al aplicarla. (61 a 540 dias)

1 atenuante Se aplicala pena en su mínimum. (61 a 300 dias).

1 Agravante Se aplica la pena en su máximum (301 a 540).

2 o mas Atenuantes y ninguna agravante: Podra el tribunal imponer la Pena inferior en 1 o 2 grados, según el numero y entidad de las circunstancias . (prisión en grado máximo o grado medio).

2 o mas Agravantes y ninguna atenuante: el tribunal puede aplicar la pena superior en 1 grado. (Presidio menor en su grado medio).

IV. LA LEY ASIGNA AL DELITO UAN PENA DE DOS O MAS GRADOS:a. Fomada por una o dos indivisibles y uno o mas grados de otra divisible.b. Formada por diversos grados de una pena divisible.

Ejemplo, presidio menor en grado máximo a presidio mayor en grado medio.

No concurren atenuantes ni agravantes: El tribunal PUEDE recorrer la pena en toda su extensión (Presidio menor en su grado máximo a mayor en su grado medio).

1 atenuante: No puede aplicarse el máximo de la pena (Presidio menor Grado MAXIMO a mayor en su grado minimo)

1 Agravante No se palica el minimo de la pena (Presidio mayor en su grado minimo a medio)

2 o mas atenuantes y ninguna agravante: PODRA el tribunal imponer la PENA INFERIOR en 1, 2 o 3 grado al minimo señaladao por la ley (según el numero de entidad de las circusntancias) (Presidio menor en su grado medio / presidio menor en su grado minimo / presidio menor en su grado máximo).

2 o mas agravantes y ninguna atenuante: PUEDE aplicar la pena superior en 1 grado al máximo señalado por la ley (presidio mayor al grado máximo).

MAYOR O MENOR EXTENSION DEL MAL PRODUCIDO POR EL DLEITO

Page 11: Clasificacion de Las Penas

ARTICULO 69 Dentro de los limites de cada grado, el tribunal determinara la cuantía de la pena en atención a:

- Numero de circunstancias atenuantes o agravantes. Posible problema bis in idem, una misma agravante puede servir para subir al máximum o grado de la pena y luego con el art. 69 vuelve a ser considerada para determinar dentro del grado para determinar la cuantía de la pena. Debido a ello la mayoría de las veces le juez no considera las agravantes en virtud del art. 69.

- Mayor o menor extensión del mal producido por el delito.: El ml producido rpo el delito es la ofensa misma al bien jurídico protegido y las demás consecuencias perjudiciales del hehco que sean un efecto directo del mismo aunque no estén consideradas en la tipificación del dleito para efectos de penalidad.

- En caso de pena de multa debe considerar las facultades económicas del culpables. Una multa puede ser insignificante para una persona de gran fortuna y ser grave sacrificio para una persona de escasos recursos.