clases d° administrativo claudio caceres

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 CLASES Dº ADMINISTRATIVO 23/03/006 Profesor Claudio CACERES/ Bibliografía: 1.-Apuntes de Clases 2.-Manual de Dº Administrativo (Prof. Patricio AYLWIN AZOCAR) 3.-Derecho Administrativo chileno y comparado (Prof. Enrique SILVA CIMMA) Falta Resumen mate ria de la cátedra V.- La responsabilidad del Estado por su actividad administrativa VI.-La responsabilidad del Funcionario público LA VINCULACION DE LA ADMINISTRACION AL DERECHO El Derecho objetivo o positivo, es el conjunto de normas obligatorias que tienen por objeto regular las conductas de los hombres en sociedad. El Derecho es bilateral. Vg. Robinsón Crusoe. El Derecho Natural, es el conjunto de principios o valores que emanan de la naturaleza racional del hombre o que le pertenecen porque se los ha entregado la divinidad. El Derecho Objetivo se clasifica en: 1.-Derecho Privado 2.-Derecho Público El Derecho Privado es aquel que rige las relaciones civiles entre los particulares entre sí. Vg. Dº Civil y Dº Comercial El Derecho Público es aquel que regula las relaciones entre los particulares y el Estado. Vg. Dº Constitucional, Dº Administrativo, Dº Tributario. Conceptos de Derecho Administrativ o 1.- Es el conjunto de reglas relativas a los servicios públicos (Gastón JEZE) 2.- Es el conjunto de normas positivas y principios de Derecho Público que se aplican a la administración del Estado y al control jurisdiccional de la administración pública (Rafael BIELSA). Nota: Estudiar de memoria Art. 6 y 7 CPE. El definir este Derecho es complejo, porque es un Derecho nuevo, trata múltiples materias, su campo de acción no está bien delimitado y además porque se vincula con el Derecho Político. 1

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CLASES Dº ADMINISTRATIVO

23/03/006

Profesor Claudio CACERES/Bibliografía:

1.-Apuntes de Clases2.-Manual de Dº Administrativo (Prof. Patricio AYLWIN AZOCAR)

3.-Derecho Administrativo chileno y comparado (Prof. Enrique SILVA CIMMA)

Falta Resumen materia de la cátedra

V.- La responsabilidad del Estado por su actividad administrativa

VI.-La responsabilidad del Funcionario público

LA VINCULACION DE LA ADMINISTRACION AL DERECHO

El Derecho objetivo o positivo, es el conjunto de normas obligatorias que tienen por

objeto regular las conductas de los hombres en sociedad.

El Derecho es bilateral. Vg. Robinsón Crusoe.

El Derecho Natural, es el conjunto de principios o valores que emanan de la naturaleza

racional del hombre o que le pertenecen porque se los ha entregado la divinidad.

El Derecho Objetivo se clasifica en:1.-Derecho Privado

2.-Derecho Público

El Derecho Privado es aquel que rige las relaciones civiles entre los particularesentre sí.

Vg. Dº Civil y Dº Comercial

El Derecho Público es aquel que regula las relaciones entre los particulares y el

Estado.

Vg. Dº Constitucional, Dº Administrativo, Dº Tributario.

Conceptos de Derecho Administrativo

1.- Es el conjunto de reglas relativas a los servicios públicos (Gastón JEZE)

2.- Es el conjunto de normas positivas y principios de Derecho Público que se aplican ala administración del Estado y al control jurisdiccional de la administración pública

(Rafael BIELSA).

Nota: Estudiar de memoria Art. 6 y 7 CPE.

El definir este Derecho es complejo, porque es un Derecho nuevo, trata múltiples

materias, su campo de acción no está bien delimitado y además porque se vincula con elDerecho Político.

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CARACTERISTICAS ESENCIALES

1.-Literalmente significa derecho relativo a la administración

2.-Es una rama del Derecho Público3.-Es un Derecho nuevo

4.-Estudia las estructura y funcionamiento de los servicios públicos5.-Estudia la actividad jurídica de la administración del Estado, su control y

responsabilidad.

6.-Estudia los mecanismos a través de los cuales los particulares pueden hacer valer susderechos.

7.-Estudia la relación jurídica del funcionario público.

Concepto de la Cátedra

“Es aquella rama del Derecho Público que tiene por objeto la creación,organización y funcionamiento de los servicios públicos, su actividad jurídica, su

control y responsabilidad, la función pública y las herramientas jurídicas por lascuales los particulares pueden hacer valer sus derechos.”

Este Derecho se compone de legislación positiva, pero también de la ciencia de la

administración, es decir principios doctrinarios.

VINCULACION ENTRE EL DERECHO ADMINISTRATIVO Y OTRAS RAMAS

DEL DERECHO

1.-Con el Derecho Procesal: Por cuanto el Derecho Administrativo regula la estructuray organización de la administración del Estado y además existen procedimientos

disciplinarios, los recursos y la potestad jurisdiccional.

2.-Con el Derecho Penal: Por cuanto en el Derecho Administrativo existen sancionesllamadas medidas disciplinarias, el problema radica en que técnicamente no son

sanciones penales por cuanto la infracción administrativa no tiene su correlativo en lainfracción penal, en el entendido de que el principio de tipicidad no se aplica en el

ámbito administrativo.

Con el Derecho Penal además hay otra vinculación, cual es que en el Código Penal se

regulan los delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.Vg. El Cohecho.

3.-Con el Derecho Civil: Por cuanto las normas de la interpretación de la ley Art. 19 al

24 del Código Civil, se aplica para interpretar la ley administrativa por la ley deDerecho Público.

Nota: Ver Libro de Pablo RODRIGUEZ * Interpretación.

No obstante ello cobra mayor importancia en el ámbito del Derecho Público, elelemento histórico.

Además, hay que precisar que en materia de Derecho Público debe preferirse lainterpretación restrictiva y desecha la interpretación analógica.

La segunda vinculación con el Derecho Civil, hay ciertas materias propias del ámbitopúblico que no obstante están tratadas en el Código Civil. Vg. Los Bienes

Nacionales de uso público, la concesión de personalidad jurídica y la caza y la pesca(ocupatio).

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Una tercera vinculación, es en lo relativo a los actos de gestión. Estos actos sonaquellos en virtud de los cuales el Estado actúa en un plano de igualdad con los

particulares por tanto esta situación jurídica se regula por el Derecho común o Civil.Vg. Caso en el que el Estado es dueño de un inmueble y se lo arrienda a un particular

(Se aplica contrato de arrendamiento del CC.)=> (se contrapone a los actos políticos de

gobierno)

4.- Con el Derecho Laboral: Por cuanto el Derecho laboral regula la regulación jurídica de los trabajadores del sector privado, en cambio tratándose de los trabajadores

del sector público la relación jurídica laboral se rige por el Estatuto Administrativo Ley

18.834.

5.- Con el Derecho Financiero: Por cuanto corresponde al Derecho administrativo el

análisis y el control del presupuesto nacional.

6.- Con el Derecho Internacional Público: Por cuanto existen actos internacionalesque requieren de una vinculación administrativa interna.

Vg. Nombramiento del personal diplomático.

PRINCIPIO DE JURICIDAD (Profesor SOTO CLOS)

Este principio se encuentra contenido en los artículos 6 y 7 de la CPR., y además en elartículo 2º de la ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 (Bases Generales de la

Administración del Estado D. O. 05.12.986.)

Art. 6º CPR. “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a

las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.

 Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes dedichos órganos como a toda persona, institución o grupo.

 La Infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que

determine la ley.”CPR. Art.6º D. O. 24.10.80. / Ley Nº 20.050 Art. 1º Nº 2 D. O. 26.08.005.

Art. 7º CPR. “Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.

 Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas puede atribuirse, niaun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los

expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y

 sanciones que la ley señale”CPR. Art. 7º D. O. 24.10.80.

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Artículo 2º de la ley Orgánica Constitucional Nº 18.575 (Bases Generales de la

Administración del Estado D. O. 05.12.986.) “Los órganos de la administración del

 Estado someterán su acción a la Constitución y a las leyes. Deberán actuar dentro de su competencia y no tendrán más atribuciones que las que expresamente les haya

conferido el ordenamiento jurídico. Todo abuso o exceso en el ejercicio de sus potestades dará lugar a las acciones y recursos correspondientes.”

La cátedra prefiere hablar de principio de juricidad y no de legalidad por cuanto implicasujeción de la administración al ordenamiento jurídico y no solamente a la ley.

Artículo 6º CPR : Este principio implica que los órganos del Estado deben someter su

acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella; Implica además que

los preceptos de la Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichosórganos como a toda persona, institución o grupo.

Vg. Facultad de transigir (transacción => previene un litigio)

Art. 7º CPR.Art. 7º /1 Implica además que los órganos del Estado actúan validamente previainvestidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que

prescribe la ley.

Art. 7º / 2 Implica además que ninguna magistratura, ninguna persona, ni grupos de

personas pueden atribuirse ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, otraautoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la

Constitución o las leyes.

Art. 7º/3 Finalmente implica si hay infracción a estas normas, el acto es nulo y genera

las demás responsabilidades y sanciones que determine la ley.

En lo relativo a la función administrativa, implica que la administración del Estado debesujetarse a Derecho, es decir debe someter su acción a la Constitución y a las normas

dictadas conforme a ella.

El principio de juricidad está relacionado con el principio de la separación de las

funciones por tanto se vincula además con el Estado de Derecho.

Excepciones al Principio de Juricidad

Se ha entendido por ciertos autores que existirían ciertos límites o excepciones a este

principio. Esto implica que habría casos en los cuales los órganos del Estado se podríaneximir de cumplir el ordenamiento jurídico. (Profesor SILVA CIMMA Dº Comparado)

La Cátedra opina siguiendo al Profesor SILVA C., que estas excepciones son sóloaparentes, por tanto no implican reales excepciones.

1.-La potestad Discrecional:Esta potestad implica que el órgano de la administración del Estado tiene el atributo

de determinar el mérito, la oportunidad o la conveniencia de adoptar una determinadamedida o un determinado actuar.

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Vg. Una licitación públicaUna concesión administrativa (Aseo Municipal)

La cátedra opina que la potestad discrecional, no es una verdadera excepción alprincipio de juricidad por cuanto la Potestad discrecional tiene su origen en la ley por

tanto será la ley la que entregue este atributo.

2.-Los Actos Políticos o de Gobierno:  Estos actos son aquellos en virtud de los cuales el Estado actúa en virtud de suspotestades públicas, es decir ordena, dispone, por lo tanto actúa en un plano de

superioridad, regulándose esa relación por el Derecho Público.No constituye una verdadera excepción por cuanto en nuestro sistema jurídico

adoptan la forma de un acto administrativo y la regla general, es que los actos

administrativos estén sujetos al control preventivo de legalidad.

APLICACIONES DEL PRINCIPIO DE JURICIDAD

1.-Responsabilidad del funcionario.  Esta responsabilidad administrativa esindependiente de la civil, penal e incluso política.

2.-Legalidad de las competencias.  Implica que el órgano de la administración del

Estado no puede exorbitar el ámbito de las competencias que establece el sistema jurídico.

3.-Nulidad de Derecho Público.  Es la sanción que establece la Constitución Política si

el órgano administrativo no actuó conforme a derecho.

4.-Reclamación Contencioso-Administrativo  Implica la posibilidad de recurrir a los

Tribunales contenciosos administrativos, a los Tribunales Civiles, para intentar una

acción relacionada con la lesión generada por el actuar del órgano administrativo.

TEORIA DE LAS POTESTADES

1.- Entendemos por Potestad Administrativa: “El poder jurídico de actuación”(Definición de Gustavo FIAMMA, Escuela liberal)

2.- “Es el poder o atributo de que dispone el jerarca o la administración paraimponer un determinado actuar” (Profesor SILVA CIMMA, Escuela Clásica)

Clasificaciones de las Potestades Administrativas

1.-Potestad Jurisdiccional:  Es aquella en virtud de la cual es posible resolver los

conflictos jurídicos suscitados entre los particulares y la administración por la propia

administración.

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Si bien es cierto, esta potestad es propia de los Tribunalesde Justicia, hay órganos de la administración del Estado que gozan de esta potestad.

Vg. Tribunal de Aduanas, Tribunal de Cuentas, Director del SII, en el juicio tributario.

2.- Potestad de Mando:

  Es el atributo del jerarca para impartir órdenes al subalterno ycomo contrapartida este último tiene el deber de obediencia.

No obstante lo anterior el Estatuto Administrativo (Ley

18.834) establece el deber de obediencia reflexivo , y consiste en que si el subalternoestima que la orden dada por el superior es ilegal debe representarla por escrito, y si el

superior insiste, el subalterno debe cumplirla, pero las consecuencias jurídicas de esaorden ilegal se van a radicar en el superior.

3.- Potestad Disciplinaria:  Es aquella en virtud de la cual el jerarca o superior

 jerárquico puede imponer medidas disciplinarias mediante un procedimiento

disciplinario.Esta potestad disciplinaria se va a imponer a través de los

denominados procedimientos administrativos y en nuestro sistema jurídicoesencialmente existen 2:

1.-Investigación Sumaria2.-Sumario Administrativo

Paralelo entre estos dos procedimientos

1.-La Investigación Sumaria procede si los hechos son menos graves, en cambio elSumario Administrativo si los hechos son graves.

2.-En la Investigación Sumaria no es necesario el nombramiento de un Actuario, en

cambio en el Sumario Administrativo sí, lo señala la propia ley.3.-En la Investigación Sumaria por regla general no procede aplicar la medida

disciplinaria de destitución, en cambio en el Sumario Administrativo por regla generalsi procede, obviamente si se acredita.

4.-En la Investigación Sumaria si se requiere más plazo para investigar, técnicamente el

procedimiento se eleva a Sumario Administrativo, en cambio si el SumarioAdministrativo se requiere más plazo si procede prorrogar el plazo.

5.-La Investigación Sumaria es más breve, en cambio el Sumario Administrativo en másextenso.

Responsabilidad Disciplinaria o Funcionaria o Administrativa También así se

conocen.Es aquella que tiene por objeto hacer efectiva la responsabilidad en que incurre un

funcionario público por incumplimiento de sus obligaciones administrativas.En nuestro sistema jurídico existe el principio de la Independencia de las

responsabilidades, esto es: Un mismo hecho puede generar responsabilidad civil, penal,

administrativa e incluso política.

TRAMITES ESENCIALES

Son aquellos que necesariamente deben cumplirse en estos procedimientos y que tienenpor objeto proteger el principio del debido proceso, de tal modo que si se omite alguno

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de estos trámites o hay algún vicio en su construcción, la sanción es la NULIDADPROCESAL, esto es; se retrotrae el procedimiento al momento en que se produjo la

omisión o el vicio, debiendo reiniciarse desde ese momento hacía adelante, y además

nombrarse un nuevo Fiscal.

1.- La Resolución que ordena Instruir los ProcedimientosEsta resolución se puede iniciar en contra de personas determinadas oindeterminadas.

Vg. Instrúyase el presente Sumario contra la empleada Fulana de Tal

Ordenase el presente Sumario contra quienes aparezcan responsables

Esta Resolución emana del Jefe Superior, el cual puede tomar conocimiento de una

irregularidad a través de ciertas vías:a)De Oficio

b)Por Denuncia de un particular

c)Por denuncia de otro funcionario

En esta primera Resolución es usual que se proceda a nombrar al Fiscal (Por razones

de economía procesal)

2.-Nombramiento de FiscalProcede si no se nombró en la Primera Resolución

El Fiscal es un investigador, no es un Juez, y tiene amplias facultades deinvestigación.

El Fiscal debe tener igual o mayor grado que el o los inculpados

No se exige que el Fiscal sea Abogado, asunto que esta cátedra discute. Se sostienepor autores que no es necesario que el Fiscal sea abogado por 2 razones:

a)Por los Técnico de algunas materias. Vg. Materia Tributariab)Porque en general tramitan estos procedimientos funcionarios con cierta experiencia

3.-Nombramiento de Actuario si procedeEl Actuario es un ministro de fe, por lo tanto certifica las actuaciones del Sumario y

además colabora con el Fiscal.

4.-Declaración IndagatoriaConsiste como su nombre lo indica en tomar declaración a los inculpados o testigossobre los hechos, y tiene la siguiente importancia:

a)Aplica el principio de la bilateralidad de la audiencia

b)En esta etapa procesal se pueden hacer valer las causales de implicancia o derecusación en contra del Fiscal o del Actuario (Sólo causales legales)

Formulada alguna de estas causales en contra del Fiscal resuelve el superior

 jerárquico y en contra del Actuario resuelve el Fiscal.Básicamente estas causales se fundan en grado de parentesco, y de amistad o enemistad

íntima.

Hay que precisar que la aceptación del cargo por parte del Fiscal y del Actuariotambién son un requisito esencial, y sólo se pueden excusar por causas legales

semejantes a las anteriores.

c)Para efecto de las Notificaciones, por cuanto los que concurren a declarar deben

establecer en el expediente domicilio.

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5.-Formulación de cargosConsiste en que el Fiscal imputa al o los inculpados el haber incumplido ciertas

obligaciones administrativas. Estos cargos no pueden ser formulados en forma genérica,

sino que deben formularse en forma precisa y clara, puesto que si no es así no se dacabida al principio de defensa.

Algunos autores entienden que existe una similitud entre formulación de los cargos yel Auto procesamiento en materia penal, por cuanto ambas instituciones son

ampliamente modificables.

Hay que pensar que técnicamente son instituciones distintas por cuanto se aplican ainstituciones diferentes.

6.- Notificación de los cargosConsiste en la notificación que efectúa el Fiscal al o los inculpados de los cargos. Estas

notificaciones deben ser personales, primero en el domicilio de los inculpados y si noson habidos en el lugar donde ejercen sus funciones, y si no son habidos se debe enviar

una carta certificada.

7.-Escrito de DescargosConsiste en la presentación que se entrega al Fiscal con el objeto de desvirtuar loscargos, efectuando para ello alegaciones y defensas y además ofreciendo rendir prueba.

NO es necesario que este escrito se presente a través de un abogado. (No hay Ius

Postulandi)

8.-Término ProbatorioOfrecida la Prueba por el inculpado, el Fiscal está obligado a recibir la prueba, el puntoestá en que el Estatuto Administrativo no establece los medios de prueba a utilizar y

tampoco establece como han de valorarse esa prueba.Por lo tanto acudimos al CPC. Así lo ha resuelto la jurisprudencia de la Contraloría

General de la República. (aplicación supletoria)

9.-La Vista FiscalTambién se denomina Dictamen del Fiscal, y consiste en la Resolución en virtud de lacual el Fiscal realiza una síntesis de los hechos y del Derecho, debiendo analizar las

circunstancias eximentes, atenuantes y agravantes, así como también los grados de

participación en calidad de autores, cómplices o encubridores.Sobre este punto el Estatuto Administrativo guarda silencio, por tanto acudimos al

Código Penal, según lo ha resuelto la jurisprudencia de la Contraloría General de la

república.Además el Fiscal debe PROPONER  al superior jerárquico el aplicar unadeterminada medida disciplinaria o bien absolver o sobreseer.

10.-Aplicación de la Medida Disciplinaria o bien Absolución o sobreseimientoEl Superior resolverá absolver si hubo cargos y sobreseer si no los hubo, pero en el

entendido de que no se acreditó la falta y la participación.

Las medidas disciplinarias son verdaderas sanciones administrativas, por tanto si deacuerdo al mérito de estos procedimientos hay que sancionar, deben entonces aplicarsemedidas disciplinarias y no Anotaciones de Demérito.

(Error: El señalar que podrán terminar la Investigación o Sumario Administrativo pormedida disciplinaria o Anotación de Demérito) Esto no es exacto, en jurisprudencia de

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la Contraloría General de la República. No así en la jurisprudencia de los Tribunales deJusticia que la Anotación de Demérito la estima como sanción.

 Debe existir proporcionalidad entre lo investigado por el Fiscal y lo resuelto por elSuperior directo (Razonabilidad. Jurisprudencia de la Contraloría General de la

República)Las medidas disciplinarias que se pueden aplicar y que establece el Estatuto

Administrativo son las siguientes:

I.- DestituciónII.- Suspensión del empleo desde 30 días a 3 mesesIII.- MultaIV.- Censura

I.- DESTITUCIONConsiste en la expulsión del funcionario público del ejercicio de sus funciones por el

término de 5 años, al cabo de los cuales no se incorpora Ipso Iure a la administración delEstado, sino que requiere de un decreto rehabilitatorio del Presidente de la República

(LOC. 10.336 de la Contraloría General de la República).

Causales

1.-Haber infringido gravemente el principio de la probidad administrativaEntendemos por Probidad Administrativa la circunstancia de que el funcionario públicodebe anteponer siempre el interés general por sobre el interés privado, manteniendo una

entrega honesta y leal en el desempeño del cargo.La Probidad es un concepto jurídico indeterminado, en otras palabras en el Estatuto no

existen causales específicas que impliquen vulnerar la probidad (El que pondera es el

Fiscal y si no es abogado se torna más grave, tal ponderación se convierte en un bolsillode payaso)

2.-Ausentarse de la Institución por más de 3 días consecutivos sin causa justificada

3.-Infringir ciertas normasOrganizar o pertenecer a sindicatos en el ámbito administrativo del Estado

Participar en huelgas

Atentar contra bienes de la Institución

Destruir instalaciones públicas o privadasRealizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los demás funcionarios. Vg.(Acoso sexual)

4.- Condena por Crimen o simple delito5.- En todos aquellos casos especiales. Vg. DL. 779 año 1979 (Vehículo Municipal) 

II.- CENSURALa medida disciplinaria de censura consiste en la represión por escrito que se efectúa al

funcionario, dejándose constancias de ello en su hoja de vida.

III.- MULTA

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Consiste en la privación de un porcentaje de la remuneración mensual, la que no puedeser inferior a un 5 % ni superior a un 20%, debiéndose también dejar constancia en su

hoja de vida.

IV.- LA SUSPENSIÓN

Consiste en la privación del empleo con goce de un 50% a un 70% de lasremuneraciones, debiéndose además dejar constancia en su hoja de vida. (distinto a las

facultades preventivas del Fiscal)

11.- Recursos

En contra del decreto que aplica una medida disciplinaria, procede interponer el

RECURSO DE REPOSICIÖN y de APELACION. (Ordinarios, modifican)

Estos recursos tienen que ser fundados o interponerse en el plazo de 5 días, desde la

notificación de la medida disciplinaria y deben ser fallados en 5 días.El de apelación se interpone en forma subsidiaria al de reposición y en el evento de que

no se acoja la reposición.Si estos recursos son rechazados generalmente se interpone el recurso de protección

(accion constitucional Art. 20), el 19 numero 24, derecho de la función publica.Hay que precisar que los decretos que aplican medidas disciplinarias absuelven o

sobreseen van a la contraloría al tramite de la toma de razón y registro, debiendo

acompañarse el expediente sumarial.

La contraloría al estudiar el decreto y el expediente puede concluir lo siguiente:1. Tomar razón si se encuentra ajustad a derecho tanto en la forma como en el

fondo

2. Si existen vicios menores tomara razon con alcances (interpretación finalistade la ley mas que legalista). La contraloría emite un oficio, no obstante subsana

y manda oficio a la entidad para que no vuelva a ocurrir.3. Si existen vicios sustanciales la contraloría se abstiene de tomar razón,

devolviendo el decreto y el expediente al servicio y por lo tanto se emite un

oficio devolutorio..

Ese acto administrativo con el expediente deben reingresar a la contraloría para la tomade razón, una vez que se ha subsanado los defectos y solo así se tomará razón del

decreto.

4. La potestad discrecional

Es el atributo o poder de que goza el jerarca o la administración para poder analizar el

merito, oportunidad o consecuencia de una determinada medida o actuar.

5. La potestad reglada

Es aquella en que todos los elementos para que el jerarca o la administración actúen, se

encuentran perfectamente establecidos en la ley

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Existen ademas otras potestades como la ejecutiva y la Potestad reglamentaria.

Fuentes del derecho administrativo

Entendemos por tales los modos a través de los cuales se crean las reglas que

constituyen el derecho administrativo.

Podemos clasificar las fuentes del derecho en general en :a) Formales

b) Materiales

1. Formales: Son aquellas que tienen un carácter obligatorio general.

Estas son:

a. La ley

b. La costumbre en aquellos casos en que la ley se remite a ella. Art. 2º CC.

2. Las Materiales son:a. La costumbre en silencio de ley (Costumbre Mercantil)

b. La jurisprudenciac. La doctrina

La doctrinaEntendemos por tal la opinión de los autores de derecho, solo tiene fuerza moral.

Significa esto que depende del prestigio del profesor. (años de trabajo, estudios, etc.)

La doctrina administrativa nacional puede ser clasificada en dos grandes grupos.

1.-Por un lado hay una escuela que centra el derecho administrativo en el estudio del

servicio público.

Patricio Aylwin, Enrique Silva Cimma, Rolando Pantoja.

2.-Por otro lado hay una escuela que centra el estudio del derecho administrativo en la

persona, por cuanto sostiene esta escuela que la persona es anterior al estado.Postura de Eduardo Soto Clos y sus principales discípulos. (U. de Chile, Profesor

Ramiro MENDOZA, Iván AROSTICA, Gustavo FRAMMA)

La jurisprudencia

Hay que distinguir la J. judicial y la J. administrativa

- La jurisprudencia judicial consiste en las sentencias de los tribunales

superiores de justicia que al ser dictadas en un determinado sentido constituyenel precedente ( Fallos y sentencias de los Tribunales de justicia)

Las sentencias judiciales producen (Art. 3º CC.) sus efectos relativos, esto significa que

afectan solo a las partes respecto del juicio, por tanto no constituyen una fuente del

derecho administrativo relevante.

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- La jurisprudencia administrativa consiste en los dictámenes que emanan delos órganos que integran la administración del estado y que son fiscalizadores.

Vgr. El SII, la superintendencia de seguridad social y la contraloría entre otros.

Entendemos por dictámenes un informe en derecho o un oficio jurídico que tiene porobjeto resolver una determinada consulta de un particular o de un servicio publico.

13/04/2006

Los dictámenes de la contraloría tienen el carácter de obligatorio para los asesores

 jurídicos de los servicios o quienes van dirigidos, ello en virtud de los Arts. 6,9 y 19 de

la LOC de la contraloría. Y también son observaciones para los particulares respecto delos cuales se resuelven situaciones jurídicas.

Por lo tanto los dictámenes de la contraloría tienen un mayor valor como fuente del

derecho administrativo que la jurisprudencia judicial por cuanto esta ultima produceefectos particulares.

La leySegún el artículo 1 del CC es:

“Una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescritapor la constitución manda, prohíbe o permite.Este concepto es defectuoso por varias razones:

- En cuanto a la forma como esta redactada la norma parece haber o entender quela ley manda prohíbe o permite por estas manifestada en la CPE y no por ser un

acto de la autoridad pública.

- En cuanto al fondo porque este concepto no señala lo que es la ley, ni tampocoda sus características principales.

El concepto anterior que establece el CC es entonces defectuoso por lo tanto debe darse

un concepto perfecto de ley, pero desde el punto de vista del derecho administrativo. Y

para tales efectos podemos sostener siguiendo al jurista Planiol que la ley es:

“Una regla social obligatoria establecida con carácter de permanente por laautoridad pública, sancionada por la fuerza y que incide en materias propias del

derecho administrativo”

Del concepto anterior podemos desprender las características de la ley:

1. Es una regla social2. Permanente

3. Emana de la autoridad pública

4. Su incumplimiento trae aparejada una sanción5. Requiere promulgación y publicación

6. Incide en materias propias del derecho administrativo

Clasificación de la ley

En un sentido amplio distinguimos varias clasificaciones:

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1. ConstituciónEntendemos por tal la ley fundamental de la republica que tratándose de nuestro sistema

 jurídico tiene vigencia esta desde 1980.

Para que un texto tenga características propias de una CPE a de reunir ciertos elementosfundamentales tan denominados al mínimo común constitucional y estos aspectos son

los siguientes:- Garantías constitucionales

- Atribución de los poderes públicos, es decir poder ejecutivo, legislativo y

 judicial.- Bases de la institucionalidad, es decir principios y valores sobre los cuales

descansa el estado chileno.

Vgr. Principio de la igualdad, principio de servicialidad del estado, principio de

subsidiaridad, reconocimiento de los derechos esenciales. Etc.

Estos últimos principios y normas además constituyen un ejemplo claro de

normativa que contiene la constitución y que es fuente del derecho administrativo 

20/04/2006

2.-En un sentido restringidoNos referimos al concepto de ley de planiol, pero atingente al derecho administrativo.

Derogación de la ley de derecho administrativoEntendemos por derogar, dejar sin efecto es decir dejar sin vigencia la ley y la

derogación puede ser expresa, tacita u orgánica.

- D. expresa: Aquella que se realiza en términos formales y explícitos

- D. Tacita: Aquella que contiene disposiciones que resultan ser inconciliablescon las de una ley anterior.

- D. orgánica: Un nuevo cuerpo jurídico regula totalmente una materia que seencontraba en un texto anterior.

Vgr. Se dicta un nuevo estatuto administrativoEs usual que se utilice en el campo del derecho público la derogación orgánica.

Interpretación de la ley de derecho administrativo

Entendemos por interpretar, explicar o declarar el sentido de una cosa, así lo entiende eldiccionario de la RAE.Por lo tanto interpretar la ley es explicar o declarar el sentido y alcance verdadero de las

normas que constituyen la ley.Para interpretar la ley de derecho administrativo debemos acudir a los Arts. 19 al 24 del

CC.

La jurisprudencia de los tribunales y adm han resuelto que estos arts. Son de aplicacióngeneral también así lo ha resuelto la doctrina.

Así entonces, para interpretar la ley de derecho público debemos utilizar los siguientes

elementos:

1. Gramatical2. Lógico

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3. Histórico4. Sistemático

Aparte del elemento gramatical, el elemento histórico es decir la historia fidedigna delestablecimiento de la ley cobra demasiada importancia en el ámbito del derecho

administrativo, a su vez debe preferirse en el ámbito del derecho público, lainterpretación restrictiva debiendo desecharse la interpretación analógica.

Si los elementos de interpretación de los arts. 19 al 23 del CC no resultan ser suficientes

para interpretar la ley de derecho administrativo se debe aplicar el Art. 24 es deciracudir al espíritu general de la legislación y a la equidad natural.

Espíritu general de la legislación: la orientación de la ley en un sentido dado

Equidad Natural: El sentido instructivo de justicia.

Formación de la ley, e importancia en el ámbito del derecho administrativo

La formación de la ley la encontramos en la CPE de 1980 y básicamente esteprocedimiento consta de las siguientes etapas.

1. Iniciativa

2. Discusión

3. Aceptación o Aprobación4. Promulgación

5. Publicación

Al derecho administrativo le interesa la promulgación de la ley y consiste en:

Acto administrativo que emana del presidente de la republica y tiene por objeto

sancionar el proyecto de ley que ha sido aprobado en el congreso. Se trata de un decretosupremo el cual de ir al trámite de toma de razón por parte de la contraloría, es decir al

control preventivo de legalidad, para analizar que ese decreto se encuentre ajustado a

derecho tanto en el fondo como en la forma.

3.- Decretos leyesLos tratamos como una clasificación de la ley, pero debemos precisar que siguiendo la

postura del profesor Patricio Aylwin constituyen una legislación irregular por cuanto ensu iniciación no ha concurrido el trámite de formación propio de una ley.

Entendemos por DL aquel acto emanado del poder ejecutivo que se ha constituido conun gobierno de facto, es decir de hecho, y asume la totalidad del poder por vía de la

fuerza.

Este fenómeno a ocurrido en nuestro sistema jurídico en los años 1924, 1932 y 1973.Se a discutido la legitimidad de los DL y se ha concluido que si bien carecen de una

legitimidad de origen, son válidos atendiendo a criterios del mal menor o del estado denecesidad, en definitiva porque si se derogaran mayoritariamente se generaría un daño

mayor.

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Podemos citar como ejemplo de DL el DL 779 de 1974 que regula el uso indebido devehículo estatal, si se acredita tal situación en la investigación sumaria, procede la

medida disciplinaria de destitución.

Ejercicio: tramites 1 sumario administrativo

2 declaraciones indagatoriasFormalización de cargosEscrito de descargosVista del FiscalDecreto que aplica la medida

27/04/2006

Aspectos esenciales para la primera prueba

1.- Concepto de derecho administrativo ( de cátedra)

2.- Características del derecho administrativo3.- Vinculación entre el derecho administrativo y otras ramas del derecho(particularmente con el derecho civil, procesal y penal)4.-Principio de juridicidad, concepto (arts 6 y7 CPE de memoria) y todas lasexcepciones a este principio5.- Concepto de potestad, potestad jurisdiccional, de mando y disciplinaria.6.-Fuentes del derecho administrativo- Concepto (Art. 6º y 7º CPE.)- ClasificaciónJurisprudencia (judicial y administrativa) concepto y el valor

La ley

Art. 1 CC críticas y concepto de cátedra (Planiol)Desde el punto de vista administrativo

Características de la LeyInterpretación de la Ley de Dº PúblicoClasificación de la ley (CPE y formas irregulares de ley. Vgr DL)7.- Responsabilidad disciplinaria (concepto)Principio de la independenciaPrincipio de las responsabilidadesLos procedimientos para investigar infracciones administrativasParalelo entre ellos conocerlo

Trámites esenciales

4.- El Decreto con Fuerza de LeyTambién es una forma irregular de legislación así como el DL y entendemos por formairregular de ley aquellos actos que han sido dictados sin cumplir los trámites previstos

por la constitución para la formación de las leyes y que sin embargo tratan materias

propias de ley y rigen como leyes.El DFL y el DL son decretos supremos esto en cuanto a la forma, pero en cuanto a su

contenido son verdaderas leyes.Entendemos por DFL aquel dictado por el presidente de la republica en virtud de una

delegación de facultades legislativas que a efectuado el congreso.

Bajo el imperio de la constitución de 1925 y antes de la reforma efectuada a esa carta en1970, no era posible considerar admisibles constitucionalmente estos DFL.

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Bajo el imperio de la carta de 1980 se permite al presidente de la republica solicitar laautorización al congreso nacional para dictar disposiciones con fuerza de ley durante un

plazo no superior a un año y sobre materias que corresponden al dominio de la ley.

Interpretación de los DFL

Al respecto debemos considerar los principios generales sobre interpretación de la leyadministrativa.

Además estos DFL se deben interpretar conforme a la ley delegatoria que la

interpretación de esta ley debe ser RESTRICTIVA.Finalmente escapan en ser interpretación a un aspecto mencionado al tratar la

interpretación de derecho publico, cual es carecer de un elemento histórico, por cuantono tienen la historia fidedigna del establecimiento de la ley.

Modificación o derogación de los DFLSolo pueden ser modificados o derogados por una ley, por cuanto su eficacia jurídica es

la de una ley, y sobre este punto los tribunales han reconocido el valor de los DFL

aplicándolos con el mismo valor que el otorgado a las leyes y desestimando los recursosde inaplicabilidad al respecto.

Importancia de los DFLEn nuestro sistema jurídico son relevantes desde 2 puntos de vista:

1. Porque son muy numerosos

2. porque tratan materias relevantes

Vgr. Se han dictado para regular la organización de los servicios.

Además a través de los DFL se ha regulado el vínculo jurídico público, es decir ladenominada tuición pública.

Vgr. DFL 338 de 1960 (antiguo estatuto administrativo)

Constitucionalidad de los DFLSobre este punto hay que precisar que la CPE del 25 no facultaba al presidente de larepublica para dictar normas sobre materias propias de ley, sino que por el contrario

reservaba al legislador la facultad de disponer sobre esas materias.

Tampoco facultaba al congreso para delegar en el jefe de estado sus facultadeslegislativas. Entonces en doctrina estos DFL eran inconstitucionales y adolecían de

nulidad.Sin embargo rigieron en la práctica y se aceptaron por los tribunales como verdaderas

leyes.Sin embargo lo dicho y posteriormente en virtud de la ley 17.824 de 1970 se modificó lacarta de 1925 y se estableció que solo en virtud de una ley se podria autorizar al

presidente de la republica para dictar dichas disposiciones con fuerza de ley y estasdisposiciones podrían referirse a la creación, organización, atribuciones y supresión de

los servicios del estado, como asimismo se podían referir a otras materias a las cuales

hizo referencia la ley.

Situación actual y reglas constitucionales sobre los DFLSobre este punto hay que precisar ciertos aspectos

a. La autorización que otorga el congreso al presidente no puede extenderse mas

allá de 1 año a contar de la fecha que indique la ley delegatoria o desde lapublicación de esta.

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b. Las materias sobre las cuales versan estos DFL corresponden al dominio de laley pero hay ciertas limitaciones o restricciones que implican que la autorización

no se puede extender a ciertas materias como por ejemplo, la nacionalidad, la

ciudadanía, la elecciones y otras, por cuanto se estima que dada la naturaleza yla importancia de estas materias se requiere del mecanismo propio de formación

de la ley para que sean reguladas.c. Las materias precisas sobre las cuales recae la delegación deben establecerse por

la ley que otorga la autorización.

DFL inconstitucionales y que exceden la ley delegatoria

A la contraloría corresponde tomar razón de los DFL. (no de leyes) Debiendo

rechazarlos si exceden o contravienen la autorización o bien si son contrarios a la

Constitución Política.La fuerza de les de estos decretos emana de la ley delegatoria, por

su parte el Presidente de la república no tendrá la facultad de insistir y en caso de no

conformarse con la representación de la Contraloría debe remitir los antecedentes alTribunal Constitucional dentro del plazo de 15 días para que este resuelva.

La cuestión sobre la Inconstitucionalidad de un DFL., puedepromoverse por cualquiera de las cámaras o por una cuarta (1/4) parte de sus miembros

en ejercicio, en caso de que la Contraloría General de la República hubiere tomadorazón de un DFL que se impugne de inconstitucional.

Este requerimiento se debe efectuar dentro del plazo de 30 días

desde la publicación del respectivo DFL.Posteriormente si no se efectúo la impugnación se puede

solicitar a la Corte Suprema la declaración de Inaplicabilidad para el caso particular deque se trate, de preceptos contenidos en el DFL contrarios a la Constitución.

5.-Inaplicabilidad de los Decretos con Fuerza de Ley.

Con anterioridad al año 1970, la Corte Suprema reconoció el valor de los DFLrechazando los recursos de inaplicabilidad presentados en su contra, por haberse dictado

sin sujeción a las normas prescritas en la Constitución para las leyes, es decir nos

referimos a una Inconstitucionalidad de forma.Pero si estamos ante una

inconstitucionalidad de fondo, por ejemplo un Decreto con Fuerza de Ley contraría unagarantía Constitucional, si se puede interponer un recurso de Inaplicabilidad, pues

estamos ante verdaderas leyes, y al respecto la Corte Suprema ha entendido que losDFL son preceptos legales.

Actualmente tampoco se puede solicitar la

Inconstitucionalidad de forma de un DFL, pues formalmente constituye un Decreto.

04/05/06.

Situación actual de los Decreto con Fuerza de Ley y el Tribunal Constitucional

La atribución de la Corte Suprema de declarar inaplicable para el caso particular un

determinado precepto legal, se encuentra radicada en el Tribunal Constitucional, y se

establece que dicho Tribunal podrá resolver por la mayoría de los miembros en ejerciciola inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga

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ante un Tribunal ordinario o especial resulte contraria a la Constitución. Se estableceademás que a dicho Tribunal corresponderá resolver por la mayoría de los 4/5 de sus

integrantes en ejercicio la Inconstitucionalidad de un precepto legal declarado

inaplicable en conformidad al caso anterior.Estas modificaciones datan del año 2.005 y han modificado la estructura del anterior

recurso de inaplicabilidad.

Otra Fuente del Derecho Administrativo. La Costumbre

Nos referimos a la Costumbre jurídica, y entendemos por tal “Una norma deducidade la repetición de actos constantes y uniformes que la opinión predominante enuna determinada colectividad acata como obligatoria, a pesar de no estar impuestapor la ley.”

Esta Costumbre jurídica tiene 2 elementos:

1.-Un Elemento Material

2.- Un Elemento Inmaterial, también llamado subjetivo o psicológico o bienOPINIO IURIS

El Elemento Materia: Consiste en la repetición constante y uniforme de actos

El Elemento Inmaterial: Consiste en que esos actos se repiten en forma constante yuniforme porque ello obedece a un imperativo jurídico.

El elemento más importante es el elemento inmaterial.

Podemos citar por ejemplo de costumbre jurídica atingente al Derecho Administrativola situación ocurrida con los DFL dictados por el Presidente de la República bajo la

Constitución de 1925 y antes de la reforma de 1970, por cuanto el Jefe de Estado no

estaba facultado para dictarlos, y el Congreso Nacional no lo podía autorizar emitiendouna Ley delegatoria. En consecuencia desde el punto de vista doctrinario debían de ser

Inconstitucionales y nulos.No obstante a través de los fallos de la Corte Suprema y

dictámenes de la Contraloría General de la república se estableció su validez, por cuanto

se entendió que constituyeron una práctica  jurídica, que operó como fuente delDerecho Administrativo

LAS MUNICIPALIDADES

Es necesario precisar que la autoridad máxima es el Alcalde, y respecto del Alcalde enlo que dice relación con la responsabilidad administrativa existe un vació legal, por

cuanto el Alcalde no esta sujeto a responsabilidad disciplinaria.Sobre este punto la

Contraloría General de la república se ha quejado desde hace varios años atrás, haciendo

ver al Congreso Nacional que debe subsanarse ese vacío, porque no se condice con unEstado Constitucional de Derecho.

La imposibilidad de hacer efectiva la responsabilidadadministrativa del Alcalde radica en que no tiene superior jerárquico, por lo tanto no

hay quien le pueda aplicar una medida disciplinaria.

Hay una excepción en virtud de lacual se puede iniciar una Investigación Sumaria en contra de un Alcalde, y dice relación

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con las infracciones al DL 799 de 1974, es decir uso indebido de vehículo estatal (Si secomprueba procede la destitución).

No obstante lo anterior existe la posibilidad de que

los concejales en caso de notable abandono de los deberes del Alcalde efectúen unapresentación ante el tribunal Regional, y si se comprueba dicha causal procede la

remoción.El otro mecanismo de que dispone la ciudadanía para sancionar a un Alcalde

es simplemente no reelegirlo.

CUERPOS ESTATUTARIOS MUNICIPALES

La Contraloría General de la república ha resuelto a través de sus dictámenes que se

entiende por Estatuto Administrativo, cualquier cuerpo jurídico que regule Derechos y

Obligaciones entre el funcionario público y el Servicio Público, es decir hay unconcepto amplio.

En el área Municipal distinguimos distintos cuerpos estatutarios.

I.- La Ley 19.070, que es el Estatuto DocenteEste estatuto en materia de responsabilidad administrativa del docente establece

ciertas normas particulares que escapan las estudiadas en la ley 18.834.

A.- En primer lugar, el procedimiento investigativo se denomina Breve InvestigaciónSumaria, en esta breve investigación ha dicho la jurisprudencia de la Contraloría

General de la República que al tratarse de un procedimiento en virtud del artículo 19 Nº3 de la Carta Política deben cumplirse las normas del debido proceso.

B.- En segundo lugar solamente se pueden aplicar como sanciones disciplinarias, laamonestación por escrito y el término de la relación laboral.  El término de la

relación laboral implica que se debe proceder a desvincular al docente de su labor, yprocede por causales graves. Vg. Falta a la Probidad.

II.- La ley 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. Básicamente

se aplica a aquellos que presten servicios en Consultorios Municipales.

III.- La Ley 18.883. Estatuto Administrativo para los funcionarios Municipales.  Este estatuto contiene prácticamente las mismas normas que se establecen en elEstatuto Administrativo.

La Ley 18.883, establece que para ingresar a una Municipalidaden calidad de funcionario público puede efectuarse en un cargo de planta o a contrata.  El cargo de planta da mayor estabilidad en el empleo por

cuanto el funcionario puede ser desvinculado, pero a través de un  Sumarioadministrativo o de una Investigación Sumaria en el cual se aplique la medida

disciplinaria de destitución.

Frente al cargo de planta existe la figura jurídica del cargo acontrata, y hay que precisar que aquí no hay contrato de trabajo, sino que al igual que en

el cargo de planta existe un acto administrativo por el cual el funcionario se incorpora ala Municipalidad.

El cargo a contrata implica menos estabilidad en el empleo por cuanto

las contratas expiran los días 31 de de diciembre de cada año, salvo que se renueven con

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30 días de anticipación, es decir se prorrogan y además son cargos más efímeros porcuanto generalmente llevan la fórmula “mientras sean necesarios sus servicios”. 

Ademá

s el sujeto se puede incorporar a una Municipalidad no como funcionario sino que porvía de contratación a Honorarios y el contratado a Honorarios solamente tendrá los

derechos y obligaciones que emanen de su respectivo contrato.

La jurisprudencia de la Contraloría General de la República ha resuelto que quien es

contratado a Honorarios por un órgano de la administración del Estado (Vg. UnaMunicipalidad) , si bien no es funcionario público, como presta un servicio al Estado es

un agente público por lo tanto esta sujeto al principio de Probidad administrativa.

La Ley 18.883, en materia de responsabilidad disciplinaria establece los mismos

trámites esenciales a que alude el Estatuto Administrativo General, y además hacemención a los mismos procedimientos para investigar las faltas administrativas. Es

decir se establece una Investigación Sumaria y un Sumario Administrativo. No obstante

debe entenderse que el Jefe superior que ordena instruir estos procedimientos y aplicamedidas o sobresee o absuelve es el Alcalde.

Hay que precisar sin embargo que los actosmunicipales de acuerdo a la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cual es la

ley 18.695, establece que estos actos no van a la toma de razón sino que al registro ,que implica que la Contraloría general de la república efectúa un control de juricidad

tanto en la forma como en el fondo de ese acto administrativo municipal, debiendo el

acto municipal siempre registrarse, generándose las siguientes hipótesis:

1.- El acto municipal se registra si se encuentra ajustado a Derecho tanto en la formacomo en el fondo.

2.- El acto municipal se registra con alcance si hay vicios menores.

3.- El acto municipal se registra con observaciones si hay vicios substanciales.4.- Se aplica supletoriamente la ley 18.834 que es el Estatuto Administrativo General.

5.- Por excepción hay sujetos que trabajan para una municipalidad vía Código delTrabajo.

Autonomía municipal

La CPE y la ley 18695 consagran el carácter de autónomos a los municipios, estoimplica que no están sometidos a un vinculo jerárquico de dependencia del presidente

de la republica ni de sus ministros y que en general cumplen sus funciones sin sujetarsea otros organismos del estado.Los municipios forman parte de la administración descentralizada.

Limitaciones a la autonomía municipal.

1. los municipios deben someter su acción a la CPE y las normas dictadasconforme a ella y además deben actuar dentro del ámbito de sus competencias.

2. los municipios están insertos dentro de la administración del estado por lo tantodeben propender a la unidad de acción

3. los municipios deben actuar dentro de los planes nacionales y regionales

4. están obligados a coordinarse entre si

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Origen histórico de los municipiosLo encontramos en los denominados cabildos o ayuntamientos, estos cabildos tuvieron

su origen en Europa en la edad media, no obstante el gran auge de esta institución se da

en América, y es en América donde estos cabildos más que representar a la autoridadrepresentaban a la republica de los españoles.

Estos cabildos tenían innumerables atribuciones entre las cuales destacan las relativas alas salud, educación, fundación de conventos, distribución de aguas, abastecimientos y

otorgamiento de () entre otros.

Muchas de estas atribuciones las encontramos en la actual LOC de municipalidades.

Órganos de los municipios

Los órganos esenciales y autoridades máximas son el alcalde y el concejo municipal,

aparte de ellas y según su estructura interna existen diversos departamentos, direccionesy unidades.

Ámbito de competencias

Distinguimos:- Territorio

- Materia

En cuanto al territorio esta compuesto por la comuna o agrupación de comunas

En cuanto a la materia hay que distinguir:

- Atribuciones

- Funciones

11/05/006

CONCEPTO DE MUNICIPIO

Son corporaciones de Derecho Público con personalidad jurídica y patrimoniopropio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad y asegurar suparticipación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.

Estos conceptos los encontramos en la CPE, LOC, de Municipalidades.

Los municipios forman parte de la administración descentralizada, esto implica que noexiste un vínculo jerárquico directo o de dependencia con el Presidente de la República,

tampoco están sometidos al mando del Intendente o del Gobernador. Por lo tanto existelo que denomina un vínculo de supervigilancia o tutela.

Que sea una corporación significa que los municipios son personas jurídicas y que están

dotadas de más de un órgano para ejercer sus funciones y atribuciones.

Estos órganos son:

-El Alcalde-El Consejo Municipal

Existen otros:

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-Los Departamentos-Las direcciones

-Las Unidades

Que sea de Derecho Público implica que su creación, funciones y organización tienenorigen en la Constitución Política y en su ley orgánica constitucional, y la función

principal del Municipio es administrar la comuna o agrupación de comunas.

Naturaleza jurídica de los Municipios

Tienen un doble carácter, por un lado son organismos de la administración del Estado y

por otro lado son entidades democráticas de participación.Como organismos de la

administración del Estado constituyen un servicio Público por cuanto la finalidad última

es satisfacer las necesidades de la comunidad local.Como entidad democrática de

participación precisamente son instituciones que dan cabida a este principio a través

(Vg. De la elección de sus autoridades principales; En el caso de los plebiscitoscomunales; El caso de las organizaciones comunitarias =>Junta de vecinos, Clubes).

Competencias de los Municipios

Ya discutimos que hay que distinguir el Territorio y la Materia.

El territorio es el ámbito espacial dentro del cual el municipio ejerce sus funciones, sinembargo hay casos en que los municipios pueden en ciertas circunstancias actuar más

allá de sus límites comunales.

Vg. Un Municipio puede subvencionar entidades existentes en otra comuna (Bomberos

o establecimientos educacionales, en el evento de que estas actividades benefician a sushabitantes (Dictamen de la CGR.)

Respecto de la materia ya sabemos que la competencia municipal se encuentra dada por

las funciones y atribuciones, es decir que pueden hacer los municipios y como lo

pueden hacer, y sobre este punto distinguimos las funciones y las atribuciones.

Las funciones pueden ser:-Privativas o

-CompartidasLas atribuciones:-Esenciales

-No esenciales

No obstante lo anterior la ley 18.695 ha fijado un parámetro importante, que los

municipios deben contemplar para realizar sus atribuciones y funciones, y esto serelaciona con la gestión, e implica que la gestión municipal debe contar con los

siguientes elementos:1.-El Plan de desarrollo comunal y sus programas

2.-El Plan Regulador Comunal

3.-El Presupuesto municipal anual

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Estos instrumentos son importantes porque determinan la línea de acción de losMunicipios para ejercer su competencia, la cual debe estar destinada al mejoramiento

del desarrollo económico, político, social, económico y cultural de la comuna.

Funciones Privativas

Son aquellas que corresponden exclusivamente a los municipios en el ámbito de suterritorio y que no pueden asumirse por otras entidades independientemente de ellas.

1.- El Plan de Desarrollo Comunal: Este es el instrumento rector del desarrollo de lacomuna y debe contemplar acciones destinadas a satisfacer las necesidades de la

comunidad local, y promover su avance económico, social y cultural. Este proyecto lopropone el Alcalde, así como las modificaciones y debe resolver el Consejo, y si el

Consejo no se pronuncia rige lo dispuesto por el Alcalde (Se otorga valor al silencio)

2.- La Planificación y la Regulación Territorial de la comuna: Nos estamos

refiriendo a la planificación urbana comunal y esta es aquella que promueve el

desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, pero enconcordancia con las metas regionales y se realiza a través del plan regulador comunal.

Este plan es presentado por el Alcalde al Consejo.

3.- El Desarrollo Comunitario: Entendemos por tal el Turismo, la educación, laAsistencia social, el deporte, etc.

4.- El Transporte Público y el Tránsito Público5.- La Construcción y Urbanización6.- El Aseo y el Ornato: Implica que esta función es un servicio municipal que lopuede prestar derechamente tanto el municipio a través de sus recursos humanos y

materiales o bien a través de particulares, en virtud de una concesión previo acuerdo del

Consejo.El cumplimiento de esta función de Aseo puede dar lugar al cobro de un

Tributo denominado Derecho de aseo, por el servicio de recolección, transporte ydisposición de residuos domiciliarios. DL 3063 y ley de rentas.

Funciones Compartidas

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