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Circular N°6, 9 de enero de 2013. El Tribunal Calificador de Elecciones de Revolución Democrática, compuesto por doña Giovanna Angela Roa Cadin, don Rodrigo Mora Ortega, y don Amaro Oróstica Ortega (Presidente), tras sesionar de forma remota el día 9 de enero de 2013 a las 21:30 horas, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se pondrá a disposición para todos los candidatos a cargos de la Directiva un espacio en el sitio web del Movimiento, http://www.revoluciondemocratica.cl , con el fin de que puedan enviar una breve reseña, mediante la cual se identifiquen, muestren sus ideas y propuestas, y en general, den el mensaje que gusten, siempre y cuando no atenten contra las leyes, el orden público, las buenas costumbres, lo establecido en el Estatuto Orgánico de Revolución Democrática, y en las circulares emanadas de este órgano. SEGUNDO: Se organizará durante una fecha a determinar de la semana comprendida entre los días domingo 13 y viernes 18 de enero un foro, el cual será transmitido por internet, en el cual podrán participar todos los candidatos a cargos de la Directiva, en la forma en que se señalará en circulares posteriores. TERCERO: Cada candidato a la Directiva podrá hacer libremente campaña, usando los diversos medios físicos y electrónicos disponibles, en tanto no atenten contra la ley, el orden público, las buenas costumbres, y lo establecido en el Estatuto Orgánico de Revolución Democrática, y en las circulares emanadas de este órgano. CUARTO: Cada candidato a coordinador de algún Territorio o Comisión podrá hacer campaña en los mismos términos que lo señalado en el punto precedente. Asimismo, cada territorio o comisión libremente podrá organizar encuentros, foros, debates, y similares, en virtud del Principio de Autonomía Territorial, sin perjuicio de que pueden solicitarle colaboración a este órgano. QUINTO: Se abre un plazo hasta el día viernes 11 de enero a las 23:59 horas, para presentar sólo reclamaciones de rectificación, aclaración y enmienda, respecto a errores en el padrón, como por ejemplo nombres mal escritos, o territorios o comisiones erróneamente adjudicados en la versión

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Se pone a disposición del movimiento la circular 6 del TRICEL

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Page 1: Circular 5

Circular N°6, 9 de enero de 2013.

El Tribunal Calificador de Elecciones de Revolución Democrática, compuesto por doña Giovanna

Angela Roa Cadin, don Rodrigo Mora Ortega, y don Amaro Oróstica Ortega (Presidente), tras

sesionar de forma remota el día 9 de enero de 2013 a las 21:30 horas, resuelve lo siguiente:

PRIMERO: Se pondrá a disposición para todos los candidatos a cargos de la Directiva un espacio en

el sitio web del Movimiento, http://www.revoluciondemocratica.cl, con el fin de que puedan

enviar una breve reseña, mediante la cual se identifiquen, muestren sus ideas y propuestas, y en

general, den el mensaje que gusten, siempre y cuando no atenten contra las leyes, el orden

público, las buenas costumbres, lo establecido en el Estatuto Orgánico de Revolución Democrática,

y en las circulares emanadas de este órgano.

SEGUNDO: Se organizará durante una fecha a determinar de la semana comprendida entre los

días domingo 13 y viernes 18 de enero un foro, el cual será transmitido por internet, en el cual

podrán participar todos los candidatos a cargos de la Directiva, en la forma en que se señalará en

circulares posteriores.

TERCERO: Cada candidato a la Directiva podrá hacer libremente campaña, usando los diversos

medios físicos y electrónicos disponibles, en tanto no atenten contra la ley, el orden público, las

buenas costumbres, y lo establecido en el Estatuto Orgánico de Revolución Democrática, y en las

circulares emanadas de este órgano.

CUARTO: Cada candidato a coordinador de algún Territorio o Comisión podrá hacer campaña en

los mismos términos que lo señalado en el punto precedente. Asimismo, cada territorio o

comisión libremente podrá organizar encuentros, foros, debates, y similares, en virtud del

Principio de Autonomía Territorial, sin perjuicio de que pueden solicitarle colaboración a este

órgano.

QUINTO: Se abre un plazo hasta el día viernes 11 de enero a las 23:59 horas, para presentar sólo

reclamaciones de rectificación, aclaración y enmienda, respecto a errores en el padrón, como por

ejemplo nombres mal escritos, o territorios o comisiones erróneamente adjudicados en la versión

Page 2: Circular 5

final del padrón, lo cual deberá ser debidamente justificado. No se incorporarán nuevos

miembros, ni se les cambiará de espacio de votación.

SEXTO: Se recibió, con fecha 9 de enero de 2013 a las 13:46 horas, una reclamación por parte del

Coordinador del Territorio La Reina-Peñalolén, don Enrique Correa, en orden a incorporar a

algunos miembros que fueron dejados fuera del padrón. Ante esto, este TRICEL resuelve:

Considerando: PRIMERO: La reclamación presentada es extemporánea, puesto que conforme a las Circulares N°3 y 4 el plazo para reclamar el padrón provisorio publicado el día 6 de enero de 2013 vencía el día 8 de enero 2013 a las 22:00; asimismo, en la Circular N°5, junto a la cual se publicó el padrón definitivo, se estableció la no impugnabilidad de dicho padrón. SEGUNDO: El TRICEL no tiene competencia, en virtud del Estatuto, para pronunciarse sobre las discrepancias entre miembros, respecto a las asistencias e incorporaciones de miembros al Movimiento, basando sólo sus decisiones en documentos objetivos, como son las actas. Esto, porque de otra manera se vulneraría el principio de autonomía territorial consagrado en el Congreso de Revolución Democrática, y en el Estatuto. TERCERO: Sin perjuicio de lo anterior, se estableció que sólo las actas de los territorios y comisiones, más la asistencia a instancias como el Congreso, serían documentos para acreditar de forma fidedigna la calidad de miembro activo de una persona. En ese sentido, las pruebas fotográficas no son admisibles. CUARTO: Asimismo, las actas presentadas por María José Maldonado datan de fechas anteriores al 29 de junio de 2012, fecha desde la cual tendrán validez para acreditar la condición de miembro activo, conforme a lo acordado en el Consejo Político del día 3 de enero de 2013. POR TANTO: Se rechaza la reclamación en todas sus partes.-

Amaro Oróstica Ortega (Presidente) Giovanna Roa Cadin Rodrigo Mora Ortega

TRIBUNAL CALIFICADOR DE ELECCIONES REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA.