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    CIRCULAR 100 de

    1995

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    CAP TULO I

    CLASIFICACIN,VALORACIN YCONTABILIZACIN DE

    INVERSIONES

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    4/109

    %argra!o

    %ara los e!ectos propios de la presentenorma, dentro de su mbito de aplicacin,se entendern como carteras colectivas las

    de&nidas enla %arte ' del ecreto *** de++, los !ondos de pensiones, los !ondosde cesanta y, en general, cualuier ente ocon"unto de bienes administrados por unasociedad legalmente habilitada para ele!ecto, ue carecen de personalidad "urdicay pertenecen colectivamente a variaspersonas, ue sern sus copropietarios enpartes alcuotas$

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    Obje!"# de $% "%$#&%'!() de

    !)"e&*!#)e*La valoracin de lasinversiones tiene comoob"etivo !undamental el

    clculo, el registrocontable y la revelacin almercado del valor o precio

    "usto de intercambio ,

    podra ser negociado enuna !echa determinada, deacuerdo con suscaractersticas particulares

    y dentro de lascondiciones prevalecientes

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    C&!e&!#* +%&% $%

    "%$#&%'!() de !)"e&*!#)e*La determinacin del precio "ustode intercambio de un valor, debe

    considerar todos los criteriosnecesarios para garantizar elcumplimiento del ob"etivo de lavaloracin de inversiones

    establecido en la presente norma$.n todo caso, dichas metodologasdeben cumplir, como mnimo, conlos siguientes criterios/

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    Obje!"!d%d

    La determinacin yasignacin del precio

    "usto de intercambio deun valor se debe e!ectuarcon base en criteriost#cnicos y pro!esionales,

    ue reconozcan lose!ectos derivados de loscambios en elcomportamiento de todaslas variables ue puedan

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    T&%)*+%&e)'!%

    &e+&e*e)%!"!d%d.l precio "usto deintercambio de un valor

    se debe determinar yasignar con el propsitode revelar un resultadoeconmico cierto,neutral, veri&cable yrepresentativo de losderechos incorporadosen el respectivo valor$

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    E"%$-%'!() %).$!*!*

    +e&/%)e)e*

    .l precio "usto de intercambio ue se

    atribuya a un valor se debe!undamentar en la evaluacin y elanlisis permanente de las condicionesdel mercado, de los emisores y de la

    respectiva emisin$ Las variaciones endichas condiciones se deben re0e"ar encambios del precio previamenteasignado$

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    Pe*!#)%$!*/#

    La determinacin del precio "usto de

    intercambio de un valor se debe basar enlas conclusiones producto del anlisis yestudio ue realizara un e1perto prudentey diligente, encaminados a la b2sueda,

    obtencin, conocimiento y evaluacin detoda la in!ormacin relevante disponible, demanera tal ue el precio ue se determinere0e"e los recursos ue

    razonablemente se recibiran por su venta$

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    CLASIFICACIN DELAS INVERSIONES

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    I)"e&*!#)e* )e#'!%b$e*

    Se clasi&can como inversionesnegociables todo valor o ttulo

    y, en general, cualuier tipode inversin ue ha sidoaduirida con el propsitoprincipal de obtener utilidadespor las 0uctuaciones a cortoplazo del precio$

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    I)"e&*!#)e* +%&%

    /%)e)e& 2%*% e$"e)'!/!e)#Se clasi&can como inversiones para

    mantener hasta el vencimiento, losvalores o ttulos y, en general,cualuier tipo de inversin respecto dela cual el inversionista tiene elpropsito serio y la capacidad legal,contractual, &nanciera y operativa demantenerlas hasta el vencimiento desu plazo de maduracin o redencin$

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    I)"e&*!#)e* d!*+#)!b$e*

    +%&% $% "e)%Son inversiones disponibles para laventa los valores o ttulos y, engeneral, cualuier tipo de inversinue no se clasi&uen como inversionesnegociables o como inversiones paramantener hasta el vencimiento, y

    respecto de las cuales el inversionistatiene el propsito serio y la capacidadlegal, contractual, &nanciera yoperativa de mantenerlas cuando

    menos durante *e!* 34 /e*e*

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    RECLASIFICACIN

    DE LASINVERSIONES.n cualuier tiempo, la

    Superintendencia Financiera deColombia puede ordenar a la entidadvigilada la reclasi&cacin de un valor,cuando uiera ue #ste no cumpla con

    las caractersticas propias de la claseen la ue pretenda ser clasi&cado odicha reclasi&cacin sea reueridapara lograr una me"or revelacin de la

    situacin &nanciera del inversionista$

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    Re'$%*!6'%'!() de $%*!)"e&*!#)e* +%&% /%)e)e& 2%*%

    e$ "e)'!/!e)# % !)"e&*!#)e*)e#'!%b$e*

    $ eterioro signi&cativo en lascondiciones del emisor$$ Cambios en la regulacin ue

    impidan el mantenimiento de lainversin$'$ %rocesos de !usin ue

    conlleven la reclasi&cacin$

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    Re'$%*!6'%'!() de $%* !)"e&*!#)e*d!*+#)!b$e* +%&% $% "e)% %!)"e&*!#)e* )e#'!%b$e* # %!)"e&*!#)e* +%&% /%)e)e& 2%*% e$"e)'!/!e)#

    $ Se cumpla el plazo previsto$

    $ .l inversionista pierda sucalidad de matriz o controlante, sieste evento involucra la decisin

    de ena"enacin de la inversin oel propsito principal de obtenerutilidades por las 0uctuaciones acorto plazo del precio, a partir deesa !echa$

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    %argra!o Cuando las inversiones paramantener hasta el vencimiento oinversiones disponibles para la

    venta se reclasi&uen ainversiones negociables, se debenobservar las normas sobrevaloracin y contabilizacin deestas 2ltimas$ .n consecuencia,las ganancias o p#rdidas norealizadas se deben reconocer

    como ingresos o egresos el da de

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    %argra!o

    .n los eventos en los ue sereclasi&ue una inversin, laentidad vigilada respectivadeber comunicar a laSuperintendencia Financiera deColombia la reclasi&cacin

    e!ectuada, a ms tardar dentro delos diez (+) das comunessiguientes a la !echa de la misma,indicando las razones ue

    "usti&can tal decisin y precisando

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    %argra!o '

    Las inversiones ue se clasi&ueno reclasi&uen con el propsito de!ormar parte de las inversionesnegociables, no pueden volver aser reclasi&cadas, salvo ue setrate de acciones cuya

    bursatilidad cambie de alta omedia, a ba"a o mnima, o a sinninguna cotizacin$

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    %argra!o 3

    Cuando la ireccin 4eneral de Cr#dito%2blico y del 5esoro 6acional del7inisterio de 8acienda y Cr#dito

    %2blico realice operaciones de mane"ode deuda u operaciones transitorias deliuidez sobre valores de deudap2blica, las entidades sometidas a

    inspeccin y vigilancia de laSuperintendencia Financiera deColombia podrn reclasi&car dichosvalores de las categoras 9inversiones

    disponibles para la venta: o9inversiones ara mantener hasta el

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    %argra!o *icha reclasi&cacin tenga porob"eto e1clusivo la vinculacin dedichos ttulos hipotecarios a

    procesos de retitularizacin en lost#rminos de&nidos por el numeral' del artculo ' del ecreto ;alores de deuda negociables o

    disponibles para la ventaLos valores de deuda clasi&cadoscomo inversiones negociables ocomo inversiones disponibles parala venta se valoran de acuerdocon el precio suministrado por el

    proveedor de precios paravaloracin designado como o&cialpara el segmentocorrespondiente$

    PSVNVM *= PSVNVM *=

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    Las inversiones negociables y las inversiones

    disponibles para la venta, representadas envalores o ttulos de deuda, se deben valorarcon base en el precio determinado por elproveedor de precios de valoracin utilizandola siguiente !rmula/

    >7@>6A%Sonde/>7/ >alor de mercado>6/ >alor nominal

    %S/ %recio sucio determinado por elproveedor de precios de valoracin$

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    >alores de deuda a tasa

    &"aLos rendimientos para cada !echa depago son los ue resulten de aplicar la

    correspondiente tasa pactada en elttulo, o los pagos espec&coscontractualmente establecidos, seg2nel caso$

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    >alores de deuda a tasa

    variableLos rendimientos para cada !echa de pagoson los ue resulten de aplicar al principal elvalor del ndice o indicador variable pactado,

    incrementado o disminuido en los puntosporcentuales &"os establecidos en lascondiciones !aciales del respectivo valor,cuando sea del caso$

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    P%&% $#* :-$#* !)d!;%d#* %$ IPC, %$e*'#/# $#* TES C$%*e B % %*% "%&!%b$e,

    $#*

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    V%$#&e* '#) #+'!() de

    +&e+%#Los rendimientos y las !echas depago, para e!ectos de valoracin,

    sern los ue resulten deproyectar los 0u"os !uturos delvalor, de con!ormidad con las

    metodologas determinadase) e$+*+e'# de e/!*!()

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    C%*#* e*+e'!%$e*

    1 B#)#* +e)*!()%$e* P%&% ee'#* de $%"%$#&%'!() de $#* b#)#* +e)*!()%$e*'$%*!6'%d#* +%&% /%)e)e& 2%*% e$"e)'!/!e)#, $%* e)!d%de* "!!$%d%*debe&.) *e-!& e$ *!-!e)e+'ed!/!e)#=1 Se debe %'-%$!;%& '%+!%$!;%& e$b#)# de*de $% e'2% de e/!*!() 2%*% $%e'2% de "%$#&%'!()

    E$ "%$#& de$ b#)# %'-%$!;%d# '%+!%$!;%d# % $% e'2% de "%$#&%'!(), *e'%+!%$!;% +#& e$ +e&:#d# '#/+&e)d!d#e)&e $% e'2% de "%$#&%'!() $% de&ede)'!() de$ /!*/#, '#) b%*e e) $%

    %*% &e%$ de$ :-$#G E$ "%$#& de /e&'%d# e* e$ -e &e*-$e

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    $ 5tulos o valores denominados

    en moneda e1tran"era, enunidades de valor real B>= uotras unidades$.n primera instancia se determinael valor de mercado delrespectivo ttulo o valor en sumoneda o unidad de

    denominacin$

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    I)"e&*!#)e* e) b!e)e*

    !)/-eb$e*%or su parte, las inversiones enbienes inmuebles

    correspondientes a auellasentidades, y negociosadministrados por las mismas,ue de acuerdo con su r#gimen

    legal puedan invertir en bienesinmuebles debern ser valorados+#& e$ *!-!e)e

    +'ed!/!e)#=

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    $ %or el precio ue determine el proveedor

    de precios para valoracin designado comoo&cial para el segmento correspondiente$

    $ Cuando el proveedor de precios designadocomo o&cial para el segmentocorrespondiente no cuente con unametodologa de valoracin para este tipo deinversiones, se reuerir de un aval2ocomercial e!ectuado dentro de los seis ()

    meses anteriores a la !echa de compra$

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    I)"e&*!#)e* e) :-$#*

    "%$#&e* de/.* de&e'2#* de'#)e)!d# e'#)(/!'#Las entidades y carteras colectivas ue deacuerdo con su r#gimen legal puedan realizar

    inversiones en ttulos valores y demsderechos de contenido econmico, tendrnue realizar la valoracin con unaperiodicidad diaria durante los das !altantes% $% e'2% de '-/+$!/!e)#, '#) b%*e e)

    e$ +&e'!# de "%$#&%'!() $% &e)%b!$!d%dde J*#*

    .l precio de "%$#&%'!(), +&e"!# %$ %j-*e,estar dado por $#*

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    D#)de=PV= P&e'!# de V%$#&%'!(),

    +&e"!# %$ %j-*e, %$ /#/e)#VF!= V%$#& de$ F$-j# !TIR= T%*% I)e&)% de Re#&)#3'#)*%)e % $% e'2% de'-/+$!/!e)#D!= D:%* %$%)e* +%&% e$

    '-/+$!/!e)# de$

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    Re"!*!() de $%*'$%*!6'%'!#)e* "%$#&%'!()

    +#& +%&e de $%*-+e&!)e)de)'!%Sin per"uicio de las sancionespersonales e institucionales uecorrespondan, la SuperintendenciaFinanciera de Colombia puede revisaren cualuier tiempo las clasi&cacionesy las valoraciones ue de acuerdo con

    las normas previstas en la presentenorma e!ect2e cada entidad vigilada, yordenar las modi&caciones pertinentescuando constate la inobservancia de la

    misma$

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    Re"e$%'!() e) $#* e*%d#*6)%)'!e*

    S!) +e&j-!'!# de $%* d!*+#*!'!#)e* -ee*%b$e;'%) &e-!*!#* +%&!'-$%&e* de&e"e$%'!() +e&!#d!'!d%d de $% /!*/% e)

    &e$%'!() '#) $%* !)"e&*!#)e*, e) $%* )#%* %$#* e*%d#* 6)%)'!e* de '%d% eje&'!'!#'#)%b$e *e debe &e"e$%&, e) #&/%'#/+%&%d% '#) e$ !)/ed!%%/e)e %)e&!#&,#d% $% !)#&/%'!() )e'e*%&!% +%&% -)

    %de'-%d# e)e)d!/!e)# de $%*'$%*!6'%'!#)e* "%$#&%'!#)e* ee'-%d%*

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    CAPITULO II

    RE7LAS RELATIVASA LA 7ESTIN DEL

    RIES7O CREDITICIO

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    R!e*# '&ed!!'!# 3RC

    .l =C es la posibilidad deue una entidad incurra enp#rdidas y se disminuya elvalor de sus activos, comoconsecuencia de ue undeudor o contraparte

    incumpla sus obligaciones$

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    Ob$!%'!() de e"%$-%& e$RC /ed!%)e $% %d#+'!()de -) SARC

    Las entidades vigiladas deben evaluarpermanentemente el riesgo

    incorporado en sus activos crediticios,tanto en el momento de otorgarcr#ditos como a lo largo de la vida delos mismos, incluidos los casos de

    reestructuraciones$ %ara tal e!ecto, lasentidades deben diseDar y adoptar unS?=C$

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    E$e/e)#* -e '#/+#)e)

    e$ SARC

    .l S?=C debe contar al menos con

    los siguientes componentesbsicos/E %olticas de administracin del=C$

    E %rocesos de administracin del=C$E 7odelos internos o de re!erencia

    para la estimacin o

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    P#$:!'%* de

    %d/!)!*&%'!() de$ RCLas polticas deadministracin del =C

    deben ser adoptadas porla "unta directiva o elconse"o deadministracin,

    de&niendo con claridad yprecisin los criteriosba"o los cuales laorganizacin debeevaluar, cali&car, asumir,

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    L:/!e* de eH+#*!'!()

    '&ed!!'!% de +J&d!d%#$e&%d%Las polticas deben incluir las

    pautas generales ue observarla entidad en la &"acin, tanto delos niveles y lmites de e1posicin(inciales y potenciales) de loscr#ditos totales, individuales y porporta!olios, como de los cupos dead"udicacin y lmites de

    concentracin por deudor, sector

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    O#&%/!e)# de

    '&Jd!#Las polticas deben precisar lascaractersticas bsicas de los

    su"etos de cr#dito de la entidad ylos niveles de tolerancia !rente alriesgo, discriminar entre suspotenciales clientes para

    determinar si son su"etos decr#dito y de&nir los niveles dead"udicacin para cada uno deellos$

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    7%&%):%*Las polticas deben de&nir criteriospara la e1igencia y aceptacin de

    garantas para cada tipo de cr#dito$ .nlo ue se re&ere a aval2os de losbienes recibidos en garanta, la polticadebe contener criterios de realizacinde aval2os ue se re&eran a suob"etividad, certeza de la !uente,transparencia, integridad y su&ciencia,independencia y pro!esionalidad delavaluador, antigedad y contenido

    mnimo del aval2o$

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    Se-!/!e)# '#)$Las entidades deben tener unsistema de seguimiento y control

    del =C de los di!erentesporta!olios, lo cual implica unproceso continuo de clasi&caciny recali&cacin de las operaciones

    crediticias consistente con elproceso de otorgamiento$ Laspolticas deben precisar la!recuencia del seguimiento yseDalar los criterios de

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    C#)*!-'!() de+"!*!#)e*

    Las polticas deben preversistemas de cubrimientodel riesgo medianteprovisiones generales eindividuales ue permitanabsorber las p#rdidasesperadas derivadas de la

    e1posicin crediticia de laentidad y estimadasmediante las metodologasy anlisis desarrollados en

    el S?=C$

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    P'e*#* de%d/!)!*&%'!() de$ RC

    .l S?=C debe contar con procesospara la identi&cacin, medicin ycontrol del =C$ .n ellos se deben

    de&nir en !orma clara y e1presalas responsabilidades de cada unode los !uncionarios y organismosinternos involucrados en dichaadministracin, as como lossistemas de seguimiento de #sta,contemplando la adopcin de

    medidas !rente a su

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    P"!*!() e)e&%$

    Corresponde como mnimo al unopor ciento (G) sobre el total de

    la cartera de cr#ditos bruta$5ratndose de contratos deleasing, la provisin general debeser como mnimo del uno por

    ciento (G) del valor de losbienes dados en leasing deducidala depreciacin y amortizacin$

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    E"%$-%'!()

    &e'%$!6'%'!() de $%'%&e&% de '&Jd!#*Como regla general dentro detodo S?=C las entidades debenevaluar el riesgo de su cartera decr#ditos introduciendomodi&caciones en las respectivas

    cali&caciones cuando hayanuevos anlisis o in!ormacin ue"usti&ue dichos cambios$

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    8%)ej#

    d!*+#)!b!$!d%d de $%!)#&/%'!()Con el ob"eto de contar

    con elementos para eladecuado anlisis deriesgo de ue trata estecaptulo, las entidades

    deben mantenere1pedientes de cr#ditode los respectivosprestatarios y las basesde datos ue sustenten

    8 ! d

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    8e'%)!*/#* ded!"-$%'!() e) &e$%'!()

    '#) $%* 'e)&%$e* de&!e*#.l S?=C debe contar con mecanismos dein!ormacin peridica (carteleras, !olletos,in!ormacin ad"unta a los e1tractos, Hnternet,etc$) a los clientes y deudores de la entidadacerca del alcance de sus convenios concentrales de riesgos, de los e!ectos generales

    ue conlleva el reporte a las mismas y de lasreglas internas sobre permanencia del dato uehayan adoptado tales centrales de riesgosteniendo en cuenta la "urisprudenciaconstitucional y los mandatos ue se

    establezcan en las normas legales aplicables$

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    REVISORA FISCALSin per"uicio de las reglas decontrol interno ue se adopten encumplimiento de lo establecido enel numeral del presente captulo,el diseDo, implementacin y

    operacin de un esuema generalpara la administracin del =Cdebe contar con procesosadecuados de auditora por parte

    de la revisora &scal$

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    56/109

    CAPITULO III

    RE7LAS RELATIVAS A LAADECUADA AD8INISTRACION DELOS BIENES RECIBIDOS EN

    DACINEN PA7O

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    SISTE8A DE

    AD8INISTRACIN BRDPS%ara los e!ectos de lo dispuesto en elartculo + numerales I y ;I .JSF,los establecimientos de cr#dito y las

    sociedades de servicios &nancierosdeben contar con un Sistema de?dministracin de K=%S, ue lespermita gestionarlos adecuadamente,

    con el propsito de ena"enarlos dentrode los plazos establecidos en la normay deben calcular el nivel de provisionesnecesarias para cubrir la p#rdida

    esperada derivada de la no

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    P#$:!'%* e) /%e&!% de

    %'e+%'!() %d/!)!*&%'!()de BRDPSLos parmetros ue tendr en cuentala entidad para aceptar bienes en

    dacin para el pago de obligacionespreviamente contradas por terceros demodo ue se procure recibir bienes uegocen de caractersticas adecuadas

    para ser ena"enados y obtener la me"orrecuperacin posible de los recursose1puestos$

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    ue dichos activos seaduieren con carctertemporal (plazo m1imo de doso cuatro aDos) y, enconsecuencia, el balance debe

    re0e"ar si la ena"enacin se hallevado a cabo o no dentro delplazo m1imo legal$

    ebe avalarse la

    aceptacin del predioo del bien a poner en!orma de garanta$

    P d! ! $

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    P'ed!/!e)#* +%&% $%%'e+%'!(), %d/!)!*&%'!() e)%je)%'!() de $#* BRDPS

    Se deben adoptar mediante manualeslos procedimientos ue se seguirnpara la aceptacin y posterior

    ena"enacin de los K=%S de modoue los mismos se administrenadecuadamente$5ales procedimientosdeben seDalar de manera clara las

    responsabilidades, deberes y!acultades ue tienen los distintosrganos de direccin, administracin ydems !uncionarios de la entidad en la

    adecuada administracin de los

    Re$%* *#b&e e$

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    Re$%* *#b&e e$##&%/!e)# de +&(&%de$ +$%;# $e%$ +%&% $%e)%je)%'!()

    .n la respectiva solicitud se debedemostrar ue no obstante se hanseguido diligentemente losprocedimientos de gestin para laena"enacin, no ha sido posibleobtener su venta$ .n todo caso, laampliacin del plazo no puede e1ceder

    en ning2n caso de dos () aDos,contados a partir de la !echa devencimiento del t#rmino inicial,perodo durante el cual debe tambi#n

    continuar con las labores ue

    CAPITULO IV

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    CAPITULO IVVENTA DE ACTIVOS

    I8PRODUCTIVOS A8EDIANO O LAR7O

    PLAZO

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    Las operaciones

    re!eridas, tambi#ndenominadas9operaciones colector:,normalmente tienen por

    ob"eto la venta en &rmea mediano o largo plazode activos improductivos(cartera,bienes recibidos enpago, etc$) a unapersona "urdica,

    !ormada en algunos

    ?B5J=HM?CHJ6 %=.>H? . L?

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    ?B5J=HM?CHJ6 %=.>H? . L?J%.=?CHJ6 ?C5H>? .

    C=.H5J$Los cr#ditos ue se concedanpara la realizacin de

    9operaciones colector: reuierenla autorizacin previa de estaSuperintendencia, en los t#rminosdel numeral 'o$ del articulo ;o$

    del ecreto '+ de

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    =.>.L?CHJ6.SCuando una entidad e!ect2e una9operacin colector: y cumplacon las instrucciones impartidasen la presente circular, deberrevelar en nota a los estados&nancieros las condiciones,

    naturaleza y monto de dichaoperacin e ind!'%& $#*&e*-$%d#* de $% /!*/%durante el perodo en el cual se

    realiz

    C it l *

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    Capitulo *Castigo de

    activos

    Las entidades deben presentar a la

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    Las entidades deben presentar a laSuperintendencia una relacin de los castigos deactivos de los cuales sean titulares, ue hayan sido

    aprobados por la Nunta irectiva, la ue sediligenciar seg2n lo seDale la SuperintendenciaKancaria$ .n dicha relacin debern distinguirse, encaptulo separado, los castigos autorizados respectode obligaciones a cargo de /=evisores &scales7iembros de "untas directivasJtros administradores?ccionistas ue posean el *G o ms del capital

    ?uellos ue correspondan a obligaciones a cargodel cnyuge o de los parientes de cualuiera de#stos dentro del segundo grado de consanguinidad,primero de a&nidad o 2nico civil o de sociedadesvinculadas a la institucin &nanciera o de las uesean socios las ersonas antes relacionadas

    legal de la entidad, se remitir con los

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    gestados &nancieros en los cuales see!ect2e /

    E.l registro contableECopia del acta de la Nunta irectiva donde

    conste la aprobacin de los castigos,E Certi&cacin del =evisor Fiscal dondeconste la e1actitud de los datos

    relacionados$

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    .l castigo de activos no libera a losadministradores de las

    responsabilidades ue puedancaberles por las decisiones adoptadasen relacin con los mismos y en modoalguno releva a la institucinrespectiva de su obligacin deproseguir las gestiones de cobro uesean conducentes$ ?s los

    administradores de las entidadese1ponen ante los miembros de la Nuntairectiva, las gestiones de cobrorealizadas y las razones tenidas en

    cuenta para considerar los activos aptuo

    R $ $ ! $ ! d

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    pRe$%* &e$%!"%* %$ *!*e/% de

    %d/!)!*&%'!() de$

    &!e*# de $!-!de;Las entidades vigiladas por lasuperintendencia bancaria corren elriesgo de la liuidez debido a la

    insu&ciencia de recursos luidos o ala necesidad de asumir costosinusuales de !ondeo$La SFC con el &n de evitar riesgosrelacionados con esto uiso crear el

    Sistema de ?dministracin de=iesgo de Liuidez (S?=L), ue lespermita identi&car, medir, controlary monitorear e&cazmente esteriesgo

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    e&nicionesSe presentan algunas de&niciones ue se tienen encuenta para los &nes del presente captulo y susane1os como/C#)$#/e&%d# F!)%)'!e/ .s el con"unto deentidades vigiladas por la Superintendencia Financierade Colombia y sus &liales y subsidiarias en el e1teriorue e"erzan la actividad &nanciera, burstil yOoaseguradora, entre uienes e1isten vnculos depropiedad por tener un mismo bene&ciario realcontrolante$

    P%&e* Re$%'!#)%d%*/ Son las personas naturales o"urdicas, ue tienen con todas o algunas de lasentidades ue integran el Conglomerado Financiero, ocon la entidad vigilada individual en caso de ue #stano haga parte de un Conglomerado Financiero,vnculos de administracin, de propiedad directa e

    indirecta igual o superior al *G y las sociedades dondecual uiera de las ersonas enunciadas anteriormente

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    P$%) de F#)de# de C#)!)e)'!%/ .sla compilacin de polticas,procedimientos y planes de accin pararesponder a choues severos ue a!ectanla habilidad de una entidad para !ondearalgunas o todas sus actividades a tiempoy ba"o un costo razonable$L:)e% de Ne#'!# # A'!"!d%dS!)!6'%!"%= Se re&ere a auella(s) uepor su importancia misional dentro de lasactividades yOo por ob"etivos del negocio

    o mercados de destino, o por su aporteen la generacin de ingresos de laentidad, es tratada estrat#gicamente yde manera prioritaria$

    =i d li id

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    =iesgo de liuidezE* e$ )# +#de& '-/+$!& '#) $#*

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    Pmbito de aplicacinLas siguientes entidades deben diseDar y adoptarsu propio sistema de administracin de riesgos deliuidez ue cobi"e sus recursos y los de terceros deacuerdo a la normal/ELos establecimientos de cr#dito$ELos organismos cooperativos de grado superior$ELas instituciones o&ciales especiales$

    ELas sociedades comisionistas de bolsa de valores$ELas sociedades &duciarias$ELas entidades ue administren !ondos de inversincolectiva, en adelante$

    Ad/!)!*&%'!() de

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    Ad/!)!*&%'!() de

    R!e*# de L!-!de;3SARLE$ SARL -e d!*ee) $%* e)!d%de* debe e)e& $% e*&-'-&%,'#/+$ej!d%d de $%* %'!"!d%de*, )%-&%$e;% %/%# de '%d% -)%de e$$%* A*: $% SFC $%* e)!d%de* debe&.) '#)*!de&%& e$ $ -e'%d% -)% de*e/+e% de) de$ *!*e/% 6)%)'!e E*e debe

    +e&/!!& % $%* e)!d%de* e*!#)%& %de'-%d%/e)e *- &!e*# de$!-!de; '%$'-$%& e$ /#)# de %'!"#* $:-!d#* d!*+#)!b$e* -edebe) /%)e)e& +%&% +&e"e)!&$# E*. d!*e%d# +%&% +e&/!!& % $%*e)!d%de* 2%'e& -) %).$!*!* !)d!"!d-%$ e) $% e*!() de *- &!e*# ,% *- "e;, &e%$!;%& e$ %).$!*!* '#)j-)# % )!"e$ de$ '#)$#/e&%d#6)%)'!e, *eK) '#&&e*+#)d% A*: '-%)d# $%* e%+%* e$e/e)#*de$ SARL *e e*%b$e;'% e$ %).$!*!* '#)j-)#, )# -!e&e de'!& -ee*# *-*!-% e$ deb!d# %).$!*!* !)d!"!d-%$, *!)# +#& e$ '#)&%&!#, $#'#/+$e/e)%

    .tapas del S?=L

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    .tapas del S?=L1Ide)!6'%'!().l S?=L debe permitir a las identidades identi&car el nivel deriesgo al ue estn e1puestos seg2n su mercado tambi#n debepermitir identi&car el riesgo de la creacin de nuevos con0ictos$8ed!'!#).l S?=L debe permitir a las entidades saber cuanto es el mnimode activos luidos, moneda legal y e1tran"era ue deben tenerpara prevenir la liuidezSe debe tener una metodologa para la medicin del =iesgo de

    LiuidezLos establecimientos ue deben aplicar metodologas para lamedicin del riesgo de liuidez son/EKanco de Comercio .1terior de Colombia S$?$E Kancolde1EFinanciera de esarrollo 5erritorial S$?$ E Findeter

    EFondo para el Financiamiento del Sector ?gropecuario Q FinagroEFinanciera de esarrollo 6acional S$?$EFondo 6acional del ?horroEFondo 6acional de 4arantas S$?$ECa"a %romotora de >ivienda 7ilitar y de %olicaEHC.5.REFJ4?FH6

    GC#)$

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    .l S?=L debe permitir controlar activamente elriesgo de liuidez ue se presente a nivel de

    entidades y del conglomerado &nanciero comoun todo$M 8#)!#&e#Se debe permitir monitorear activamente el

    riesgo de liuidez ue se presente a nivel deentidades y del conglomerado &nanciero comoun todo$ ebe cumplir con/E4uardar correspondencia con el volumen y

    comple"idad de las operaciones desarrolladaspor la entidad$E%ermitir el seguimiento de los niveles de

    e1posicin al riesgo de liuidez

    E%ermitir la elaboracin de reportes gerenciales

    .lementos del S?=L

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    .lementos del S?=L1 P#$:!'%*=

    Las entidades yOo elconglomerado &nanciero debenadoptar, en relacin con el S?=L,las polticas o lineamentosgenerales ue permitan un buen!uncionamiento$Cada una de las etapas yelementos del sistema debe

    contar con unas polticas claras yaplicables, ue deben serrevisadas cada cierto tiempo paraue se a"usten a las condiciones

    de la entidad y del mercado$

    $ P'ed!/!e)#*

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    Se debe cumplir como mnimo con el siguienteprocedimiento/EHnstrumentar las di!erentes etapas y elementos delS?=L$E4arantizar el oportuno !uncionamiento del S?=L, demodo ue se puedan adoptar oportunamente loscorrectivos necesarios$

    E4enerar in!ormes internos y e1ternosE4arantizar ue las actividades de control delcumplimiento de los lmites de riesgo de liuidezsean llevadas a cabo por un rea !uncionalEContemplar las acciones a seguir en caso de

    incumplimiento en los lmites &"ados y los casos enlos cuales se deban solicitar autorizacionesespeciales$EHnstrumentar los procedimientos necesarios de lagestin del riesgo de liuidez cuando se trate deoperar nuevos mercados$

    GD#'-/e)%'!()=

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    G #'- e %' (ebe contar por lo menos con la siguientedocumentacin

    ELa aprobacin e1presa de la Nunta irectivaE.l manual de procedimientos del S?=L$ELos documentos y registros ue evidencien el!uncionamiento del S?=L$ELos in!ormes de la "unta directiva de la unidad o rea

    de control de riesgo y de los rganos de control$ELas actas del comit# de riesgos, del comit# deauditoria, y los reportes a la "unta directiva y alrepresentante legal$ELa metodologa, parmetros, !uentes de in!ormacin y

    dems caractersticas empleadas para la medicin delriesgo de liuidez$E.l procedimiento a seguir en caso de incumplimientode los lmites &"ados$ELas polticas y supuestos de trans!eribilidad de

    recursos y colaterales entre entidades del

    3 E*&-'-&% #&%)!;%'!#)%$

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    3$ E*&-'-&% #&%)!;%'!#)%$Cada entidad debe como mnimo debe

    establecer !unciones para sus rganoscomo la "unta directiva, representantelegal y la Bnidad o rea deadministracin del riesgo de liuidez

    * rganos de control

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    *$ rganos de controlLas entidades deben tener

    responsables de e!ectuar una revisiny evaluacin del S?=L, las cualesdeben in!ormar los resultados a losrganos$

    Los rganos de control sern la=evisora Fiscal y la ?uditoria Hnterna oel rea ue e"erza el control interno$

    La revisora &scal debe veri&car almenos una vez por semestre el

    estricto cumplimiento de lo dispuesto

    $ Hn!raestructura tecnolgica

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    $ Hn!raestructura tecnolgicaLas entidades deben tener unaplata!orma tecnolgica y los sistemaspara el buen !uncionamiento delS?=L$ ebe contar con un soporte deacuerdo a su tamaDo, naturaleza,

    comple"idad y volumen deoperaciones$

    .ste sistema deber ser validado por

    lo menos una vez al aDo$

    ;$ivulgacin de in!ormacin

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    gLa entidad debe crear unbuen sistema de reportes

    internos y e1ternos uegarantice el !uncionamiento ycumplimiento de las normas$

    .n los reportes internos se

    debe tener un in!orme degestin al cierre de cadae"ercicio contable, unaindicacin sobre la gestin

    adelantada en materia deadministracin del riesgo deliuidez$Los reportes se debenpresentar ante el

    =epresentante Legal y la

    .n los reportes e1ternos la

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    pentidad debe demostrarcada semana o mes la

    in!ormacin acerca de losmontos de las principales!uentes de !ondeo y del

    grado de concentracin delas mismas$

    =evelacin contable/ La

    entidad debe tener en notasde los estados &nancieros unresumen de su situacin enmateria de riesgo de

    li uidez Las notas deben

    Capitulo ;

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    Capitulo ;.stados &nancieros

    comparativosSon auellos ue presentan las ci!rascorrespondientes a ms de una !echa$Se deben presentar en !ormacomparativa con los del perodoanterior pero estos periodos debentener la misma duracin y si no la

    comparacin se debe hacer respecto alos estados &nancieros preparadospara mostrar un mismo lapso del ciclode operaciones$

    Los estados &nancieros no son

    .s un estado &nanciero donde se

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    Kalance4eneral

    reportan ci!ras acumuladas a una!echa determinada ue representa

    la situacin &nanciera$ Lacomparacin se debe realizar enrelacin con ci!ras acumuladas auna !echa de corte anual, mensual ocualuier otra$.l usuario debe poder determinaru# variaciones importantes se han

    presentado entre una !echa

    .stado de resultados

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    .stado de resultados.l estado de resultado mide lo ue ha

    pasado en un periodo as ue lacomparacin debe re!erirse a perodosde tiempo iguales, con independenciade la duracin estatutaria de los

    e"ercicios comparados$

    ue es comparable

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    ue es comparablee&niciones

    Fe'2% de '#&e/ .s la !echaen ue la in!ormacin de loslibros contables se prepara

    para cerras usualmente es elultimo da de cada bimestre,trimestre, semestre o aDo$?unue esto puede variarpero usualmente ocurre solouna vez al aDo y debe tenerla cancelacin de las

    cuentas nominales o de

    Fe'2% de '#&e *!/-$%d%= %asa cuando

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    se suspende el 0u"o contablegeneralmente para el reporte mensual o

    trimestral de los estados &nancieros a lasuperintendencia bancaria$Pe&!#d# b%)'%&!#= .s un lapso dondese emite in!ormacin sobre lain!ormacin &nanciera y el resultado delas operaciones &nancieras donde sepuede identi&car el periodo ue cubre y

    su !echa de cierre$

    E*%d#* 6)%)'!e*/ Son auellosue presentan las ci!ras

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    ue presentan las ci!rascorrespondientes a ms de una

    !echa$ Se deben presentar en !ormacomparativa con los del perodoanterior pero estos periodos debentener la misma duracin, sin ser

    necesario la continuidad de losperiodos$ependiendo del e"ercicio contablepropio de cada entidad en particular

    y de la obligatoriedad depublicacin de .stados Financierosse podran presentar situacionescomo las siguientes/

    Cierre de ."ercicio Contable ?nual y

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    Cierre de ."ercicio Contable ?nual y%ublicacin ?nual

    Cierre de ."ercicio Contable Semestral y%ublicacin Semestral

    .stados Financieros de %ublicacin %rimerSemestre

    .stados Financieros de %ublicacinSegundo Semestre Cierre de ."ercicio Contable 5rimestral y

    %ublicacin 5rimestral$

    .stados Financieros de %ublicacin %rimer5rimestre .stados Financieros de %ublicacin

    Segundo 5rimestre .stados Financieros de %ublicacin 5ercer

    C%/b!# de C!e&&e de Eje&'!'!#

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    C%/b!# de C!e&&e de Eje&'!'!#C#)%b$e= Cuando una entidad

    cambie su periodo contable de anuala trimestral o semestralmente tendrue comparar el nuevo periodo con uncorte de cuentas simulado con lapsos

    iguales

    ap u o.S5?JS FH6?6CH.=JS

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    ap u o.S5?JS FH6?6CH.=JS

    H65.=7.HJSSon los estados &nancierosbsicos ue se preparandurante el transcurso de un

    perodo, para satis!acernecesidades de losadministradores del enteeconmico o de las

    autoridades ue e"erceninspeccin, vigilancia o control$eben ser con&ables yoportunos$

    PERODOS DE PRESENTACIN

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    Las entidades &nancieras deben

    emitir a la superintendencia &nancierade Colombia los estados &nancierosintermedios seg2n la codi&cacinestablecida en el plan de cuentas

    respectivo$

    E*%b$e'!/!e)#* de '&Jd!#

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    *#'!ed%de* de *e&"!'!#*6)%)'!e*Los establecimientos de cr#dito y lassociedades de servicios &nancierosdeben transmitir mensualmente, el

    balance general y el estado deresultados, dentro de los diez (+)primeros das corrientes del mes seg2nlo establecido por el %lan 2nico de

    Cuentas$

    L%* *#'!ed%de* 6d-'!%&!%* deben transmitir/

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    E iariamente, los estados &nancieros de las carterascolectivas administradas por las Sociedades Fiduciarias y lacodi&cacin del plan de cuentas para !ondos de pensiones en

    un da hbil siguiente al corte$Cuando los !ondos de pensiones voluntarias ue administranlas sociedades &duciarias est#n compuestos por ms de unporta!olio de inversin deben trasmitir la in!ormacin del!ondo de pensiones voluntarias$ Las ci!ras transmitidas por

    alternativa o porta!olio deben corresponder a los valoresregistrados en los libros o&ciales de contabilidad del !ondo depensiones voluntarias del cual hacen parte dichasalternativas o porta!olios$E 7ensualmente, la in!ormacin correspondiente a losestados &nancieros de los encargos &duciarios o patrimoniosautnomos ue administren pasivos pensionales los cinco (*)primeros das hbiles del mes siguiente al corte$E 7ensualmente, los estados &nancieros de los demsnegocios &duciarios ue administre, incluidos los negocios&duciarios corres ondientes a recursos de la Se uridad

    Las entidades aseguradoras, sociedadesd i d d d

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    reaseguradoras y sociedades decapitalizacin

    eben transmitir/E iariamente, los estados &nancieros de los!ondos de pensiones de "ubilacin e invalidez

    ue administren el plan de cuentas para!ondos de pensiones$E7ensualmente, sus estados &nancierosseg2n la codi&cacin ue se establece en el%BC para el Sector ?segurador

    I)e&/ed!%&!#* de *e-*

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    &e%*e-*Los intermediarios de seguros y dereaseguros deben transmitirsemestralmente los estados &nancieros

    con corte a "unio '+, dentro de los diez(+) das comunes siguientes al corte decada balance, seg2n la codi&cacin uese establece en el %lan Unico de

    Cuentas para el Sector ?segurador$

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    B%)'# de $% Re+Kb$!'%

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    101/109

    .l Kanco de la =ep2blica, debe

    transmitir los estados &nancierosintermedios a ms tardar el 2ltimo dahbil del mes siguiente, seg2n lacodi&cacin ue se establece en el %lanUnico de Cuentas para el Kanco de la=ep2blica$

    C##+e&%!"%* 6)%)'!e&%*

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    Las entidades cooperativas conactividad principal o especializada&nanciera deben transmitir el balancegeneral y el estado de resultados,seg2n la codi&cacin ue se establece

    en el %BC, en !orma mensual, dentro delos diez (+) das comunes siguientes alcorte mensual respectivo$

    S#'!ed%de* %d/!)!*&%d#&%* de #)d#*de +e)*!#)e* de 'e*%):%*

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    de +e)*!#)e* de 'e*%):%*

    Las sociedades administradoras de !ondos depensiones y de cesantas, deben transmitir/E iariamente, los estados &nancieros de

    con!ormidad con la codi&cacin del %lan deCuentas para Fondos de %ensiones y %lan deCuentas para Fondos de cesantas$E 7ensualmente, la in!ormacincorrespondiente a los estados &nancieros delos patrimonios autnomos de pasivospensionales, dentro de los cinco primerosdas hbiles del mes inmediatamente

    si uiente al corte res ectivo

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    C%*%* de C%/b!#

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    Las Casas de Cambio debentransmitir, en !orma mensual, elbalance general y el estado deresultados, dentro de los diez

    (+) primeros das corrientes delmes inmediatamente siguiente aldel corte respectivo, seg2n la

    codi&cacin ue se establece enel %BC$

    S#'!ed%de* C#/!*!#)!*%* de

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    B#$*% de V%$#&e* S#'!ed%de*Ad/!)!*&%d#&%* de I)"e&*!()%d/!)!*&%d#&%* de '%&e&%*'#$e'!"%*ebern transmitir, de acuerdo con

    las instrucciones t#cnicas contenidasen el documento denominado9.FH6HCH6 .L SHS5.7? . .6>HJ. H6FJ=7?CH6 CJ65?KL.9 la

    siguiente in!ormacin/- iariamente los estados &nancieros

    de cada cartera colectiva,

    incluyendo los !ondos de capital

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    ?ne1os y reportes

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    y pperidicos

    Se debe reportar como ane1o a losestados &nancieros intermedios, lain!ormacin re!erida en el ?ne1o H9=emisin de Hn!ormacin: de estaCircular$

    APLICABLE PARA

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    REEPRESION DE CIFRAS

    EN 8ONEDA ETRANERA%ara e!ectos de la presentacin de estados&nancieros intermedios, las ci!rascorrespondientes a operaciones

    denominadas en moneda e1tran"era debenser ree1presadas con base en la tasarepresentativa del mercado calculada el

    2ltimo da hbil del mes y certi&cada por laSKC$