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Charla Tributaria para Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas
Victor Fenner R.Director Ejecutivo de Consultoría Tributaria
EY
Problemáticas a conversar
• Pérdidas de inventario / mercadería• ¿Qué pasa con el IVA?• ¿Cómo puedo reconocer la pérdida?
• Daños en locales / activo fijo• ¿Baja en contribuciones?
• Pérdida de documentación contable / tributaria
• Plazos para presentar declaraciones y multas
Inventario – IVA• Faltantes de inventario se presumen venta (¡ojo!)
• Salvo que:• Se origine en caso fortuito o fuerza.
• Y se dé aviso al SII.
• Plazo: 5 meses (excepcional situación actual)
• No se pierde crédito fiscal.
• Qué antecedentes acompañar
• Dónde mirar: Circular N° 3 de 1992 y N° 42 de 2019
• Pérdidas se pueden rebajar de base imponible (pérdida por delito contra la propiedad).
• Cómo demostrarlo (aplica también para IVA):• Libros de contabilidad .• Control de existencias o inventarios.• Documentos tributarios de respaldo autorizados por el Servicio.• Fotografías, registros, grabaciones, recortes de prensa y otros .• Informes, denuncias y/o certificaciones de instituciones tales como: Ministerio Público, Cuerpos
de Bomberos de Chile, Ejército de Chile, Armada de Chile, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile (PDI), Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Compañías de Seguros, Municipalidades, Gobiernos Regionales o Provinciales, Oficina Nacional de Emergencias (ONEMI) Bancos o Instituciones Financieras, Servicio Nacional de Aduanas (SNA) o Gobernaciones Marítimas, u otra institución del Estado que pueda aportar antecedentes probatorios sobre la pérdida de existencias sufrida.
• Caso de los seguros
• Depende si lleva o no lleva contabilidad completa (depreciación).
• Situación contribuciones en caso de daños a inmuebles.• Los contribuyentes que hayan sufrido daños en bienes inmuebles, podrán
solicitar la rebaja de su avalúo en caso de destrucción o daño grave de lasedificaciones existentes en su propiedad, o bien de la disminución de su valor.
- ¿Qué se entiende por destrucción o daño grave?- ¿Desde cuándo rige el nuevo avalúo determinado?- Petición se puede efectuar en la página del SII.- Deben aportarse fotografías u otro antecedente que dé cuenta de
destrucción.- SII podrá efectuar visita a terreno.
Daño en locales / activo fijo
Pérdida documentación contable o tributaria
• Debe darse aviso al SII (plazo 5 meses, excepcional).
• Debe reconstituirse la documentación.
• Mismos antecedentes que casos anteriores.
• Se condonan multas por no tener documentos.
• Timbraje de facturas.
Plazos para declaraciones / multas• Retardo en presentación F-29 y F-50 de septiembre no
lleva intereses ni multas.
• Plazo: 10 de noviembre.
• Retardo F-29 y F-50 de octubre se presenta hasta 10 de diciembre.
• En forma extraordinaria, el SII autorizará la emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del Servicio, y permite que continúen facturando, manteniendo la operación de sus negocios.
¿Preguntas?