cgt presenta denuncia penal contra el director de rrhh de correos

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CGT PRESENTA DENUNCIA PENAL CONTRA EL DIRECTOR DE RR.HH. El 19 de febrero de 2015, CGT presentó denuncia penal contra el director de Recursos Humanos de Correos, Luis Pérez Capitán, por un delito contra el derecho de huelga y la libertad sindical del artículo 315 del Código Penal, en concurso ideal con los delitos de prevaricación de una autoridad administrativa, del artículo 404 del Código Penal, y de realización del propio derecho, del artículo 455.1 del Código Penal. El inicio de los hechos se remonta al 22 de noviembre de 2011, cuando CGT presentó un preaviso de convocatoria de huelga al Presidente de Correos para los días 5 y 7 de diciembre de 2011. El 1 de diciembre de 2011, el Director de Recursos Humanos resolvió declarar ilegal la huelga en el ámbito funcionarial y comunicó su resolución a todos los miembros del comité de huelga. Al mismo tiempo, la dirección de Correos publicó en la intranet un comunicado en el que insistía en que declaraba ilegal la huelga en el ámbito funcionarial. CGT presento en el juzgado recurso contencioso-administrativo contra la resolución del director de Recursos Humanos de Correos. Finalmente, el Tribunal Supremo resolvió el 14 de abril de 2014 que anulaba la resolución administrativa del director de Recursos Humanos, que declaraba ilegal la huelga comunicada por CGT, por ser contraria a derecho. Posteriormente, la Abogacía del Estado presentó un incidente de nulidad, para que se anulase la sentencia; pero el incidente de nulidad fue desestimado. Creemos que el director de Recursos Humanos de Correos conocía el contenido exacto del derecho de huelga y los límites empresariales al respecto, pues es inspector de Trabajo y Seguridad Social en excedencia. Creemos, por tanto, que debería saber que un cargo administrativo no puede declarar ilegal una huelga, pues tal resolución es competencia exclusiva de los juzgados. Cualquier empleado de base de Correos que hubiese vulnerado un derecho fundamental, el derecho de huelga, por ejemplo, se habría enfrentado a un expediente por falta muy grave, que puede sancionarse con el despido. No nos consta que el Presidente de Correos haya exigido al director de Recursos Humanos ninguna responsabilidad al respecto.

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CGT PRESENTA DENUNCIA PENAL

CONTRA EL DIRECTOR DE RR.HH.

El 19 de febrero de 2015, CGT presentó denuncia penal contra el director de Recursos Humanos de Correos, Luis Pérez Capitán, por un delito contra el derecho de huelga y la libertad sindical del artículo 315 del Código Penal, en concurso ideal con los delitos de prevaricación de una autoridad administrativa, del artículo 404 del Código Penal, y de realización del propio derecho, del artículo 455.1 del Código Penal.

El inicio de los hechos se remonta al 22 de noviembre de 2011, cuando CGT presentó un preaviso de convocatoria de huelga al Presidente de Correos para los días 5 y 7 de diciembre de 2011. El 1 de diciembre de 2011, el Director de Recursos Humanos resolvió declarar ileg al la huelga en el ámbito funcionarial y comunicó su resolución a todos los miembros del comité de huelga. Al mismo tiempo, la dirección de Correos publicó en la intranet un comunicado en el que insistía en que declaraba ilegal la huelga en el ámbito funcionarial. CGT presento en el juzgado recurso contencioso-administrativo contra la resolución del director de Recursos Humanos de Correos. Finalmente, el Tribunal Supremo resolvió el 14 de abril de 2014 que anulaba la resolución administrativa del director de Recursos Humanos, que declaraba ilegal la huelga comunicada por CGT, por ser contraria a derecho. Posteriormente, la Abogacía del Estado presentó un incidente de nulidad, para que se anulase la sentencia; pero el incidente de nulidad fue desestimado. Creemos que el director de Recursos Humanos de Correos conocía el contenido exacto del derecho de huelga y los límites empresariales al respecto, pues es inspector de Trabajo y Seguridad Social en excedencia. Creemos, por tanto, que debería saber que un cargo administrativo no puede declarar ilegal una huelga, pues tal resolución es competencia exclusiva de los juzgados. Cualquier empleado de base de Correos que hubiese vulnerado un derecho fundamental, el derecho de huelga, por ejemplo, se habría enfrentado a un expediente por falta muy grave, que puede sancionarse con el despido. No nos consta que el Presidente de Correos haya exigido al director de Recursos Humanos ninguna responsabilidad al respecto.