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06 MODIFICACIONES RGCE………...
03 REGLA 3.1.36 RGCE 2018……..
07 ANEXOS RGCE 2018……………...
MODIFICACIONES RGCE………... 08
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REGLA 3.1.36 RGCE
PRIMERO. Para efectos de la regla 3.1.36 de las RGCE para 2018, los interesados en
presentar pedimentos ante la Aduana para su modulación en el SAAI, ya sean de im-
portación, exportación, retorno, tránsito o aviso consolidado, que no hubieran sido
modulados en el mecanismo de selección automatizado, cuyas mercancías hubiesen
ingresado, salido o arribado al país, deberán presentar, ante la Aduana que corres-
ponda, escrito libre de conformidad con los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal
de la Federación y en concordancia a las reglas 1.2.2 y 1.2.3 de las RGCE para 2018,
solicitando la aplicación del beneficio previsto en la misma regla, manifestando bajo
protesta de decir verdad, que el importador o exportador de que se trate, no se en-
cuentra sujeto al ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad
aduanera, debiendo acompañarse con los siguientes documentos:
1. El pedimento original pendiente de modular (validado y pagado con fecha an-
terior a aquella en que se presentaron las mercancías al módulo de selección automa-
tizado).
2. Tratándose de mercancías que hubiesen ingresado o salido en consolidación
de carga, se deberá presentar el original o copia del formato denominado “relación
de documentos” con la fecha en que ingresó o salió la mercancía.
3. Original y copia de las facturas de las mercancías.
4. Original y copia del documento de transporte conforme a lo siguiente:
a) Carta porte en tráfico terrestre,
b) Conocimiento de embarque en tráfico marítimo,
c) Guía área en tráfico aéreo, o
d) Documento de transporte de que se trate.
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5. Tratándose de las operaciones a que se refieren los artículos 37, 37-A de la
Ley Aduanera, además de lo anterior se deberá contar con el número del Acuse de
Valor que refiere el artículo 59-A de la Ley Aduanera en correlación a las reglas
1.9.18 y 1.9.19 de las RGCE para 2018, además de presentar la impresión simplifica-
da del mismo, o el “aviso consolidado” en original.
En los casos de solicitudes presentadas en Aduanas fronterizas o Aduanas marítimas,
se deberán anexar además los documentos señalados en los puntos Tercero y Cuarto
del presente procedimiento.
SEGUNDO. La Aduana analizará la documentación recibida y en un plazo no mayor a
5 días hábiles resolverá la petición, asegurándose que la mercancía en cuestión no
haya sido sujeta al inicio de facultades de comprobación y/o Procedimiento Adminis-
trativo. Tratándose de Aduanas marítimas, el plazo será de conformidad con lo esta-
blecido en el punto cuarto.
En caso de que la solicitud resulte procedente, el Agente Aduanal o Apoderado (AA o
Ap. Ad.), o en su caso el Representante Legal previsto en el artículo 40 de la Ley
Aduanera, deberá presentar ante el mecanismo de selección automatizado, en la fe-
cha y hora señalada por la Aduana, el pedimento pendiente de modular, así como
una nueva impresión simplificada del pedimento o el aviso consolidado, en el que se
imprima nuevamente el código de barras, declarando en su campo 12, el numeral 3
(Operaciones al amparo de la regla 3.1.36 de las RGCE para 2018) del Apéndice 17,
del Anexo 22 de las RGCE para 2018.
TERCERO. Cuando la solicitud se presente en una Aduana fronteriza, además de los
requisitos mencionados en el punto Primero, se deberá anexar lo siguiente:
A. En la importación:
1. Aduanas de la frontera norte:
1.1. Documento aduanero ante la Aduana americana (Shippers Export
Declaration- SED)
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1.2. Pedimento de importación temporal de remolques, semirremolques y
portacontenedores.
2 Aduanas de la frontera sur:
2.1. Pedimento de exportación o documento aduanero del país proveniente.
2.2. Comprobante de servicio de fletes/transporte
B. En la exportación:
1. Aduanas de la frontera norte:
1.1. Inward Cargo Manifest
1.2. ACE Manifest
CUARTO. Cuando la solicitud se presente en una Aduana marítima, además de los
requisitos mencionados en el punto Primero, se deberá anexar lo siguiente:
1. Papeletas de maniobras y factura por el pago de las mismas.
2. Comprobante de entrada al recinto fiscal o fiscalizado, o en su caso el Anexo
29.
3. El pedimento con el que el medio de transporte o contenedor fue modulado.
Una vez recibida toda la documentación, la Aduana analizará la misma y verificará-
cIon el recinto fiscalizado los hechos, para lo cual solicitará al recinto, que en un pla-
zo no mayor a 4 días hábiles, proporcione los antecedentes de la entrega y manio-
bras de la mercancía, y una vez recibida toda la información, la Aduana en un plazo
no mayor a 5 días hábiles, resolverá la petición.
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¨RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERA-
LES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018¨
POR ESTE MEDIO SE COMUNICA QUE EL DÍA 30 DE ENERO, EL SAT PUBLICÓ DE MANE-
RA ANTICIPADA LA “RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE
COMERCIO EXTERIOR PARA 2018“, ANEXOS 1-A, 22 Y 27, LA CUAL ENTRARÁ EN VIGOR
AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN.
DENTRO DE LOS CAMBIOS TENEMOS:.
SE ADICIONA LA REGLA 3.1.37. ¨APLICACIÓN DE IDENTIFICADORES PARA INTRODUC-
CIÓN DE MERCANCÍAS BAJO TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL” LA CUAL ESTABLE-
CE LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR EL IDENTIFICADOR PO CUANDO SE INTRODUZCAN
MERCANCÍAS BAJO TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL UTILIZANDO LOS IDENTIFI-
CADORES TL, AL, NT, NA Y ZA.
“Para los efectos del artículo 36de la Ley, quienes introduzcan mercancías al territorio
nacional destinándolas a cualquier régimen aduanero, bajo trato arancelario prefe-
rencial, de conformidad con los acuerdos y tratados comerciales suscritos por México,
utilizando las claves de los identificadores AL, TL, NT, NA y NZ, del Apéndice 8del
Anexo 22, deberán asentar la clave del identificador PO, del mismo Apéndice, excepto
en las siguientes operaciones:
I. En las realizadas con las claves de pedimento F2, F3, V3, V4, CT, T3, T6, T7 o T9, del
Apéndice 2del Anexo 22.
II. En las que se utilicen los códigos genéricos:
a) 00000000.
b) Todos los que inician con 99.
III. Se trate de las fracciones arancelarias del Capítulo 98de la LIGIE (operaciones espe-
ciales), independientemente del régimen aduanero al que sean destinadas.”
SE ESTABLECE QUE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REGLA 3.1.37 Y EL IDENTIFICADOR
PO ENTRARAN EN VIGOR EL 15 DE MARZO DE 2018
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Anexo 22 - Apéndice 8 (Identificadores)
Se modifica la clave de identificador PO "Proveedor de origen", en lo
siguiente:
Supuesto de aplicación, se precisa que es para declarar los datos de las mercancías a
las que se aplique una preferencia arancelaria al amparo de acuerdos y tratados co-
merciales suscritos por México en operaciones de importación por partida.
Complemento 1, se reforma para disponer que se deberá declarar el valor en aduana
de la mercancía, anteriormente disponía que se debía declarar los datos referentes al
ID fiscal del proveedor de la mercancía.
Complemento 2, se modifica para disponer que el dato del nombre del proveedor
que certifica la mercancía como originaria se tiene que declarar con los primeros 50
caracteres.
ANEXO 27 ¨FRACCIONES ARANCELARIAS DE LA TIGIE, POR
CUYA IMPORTACIÓN NO SE ESTÁ OBLIGADO AL PAGO DEL
IVA.
Se precisa en la acotación del capitulo 84, que para efectos de la Ley del IVA y su Re-
glamento no se estará obligado al pago del IVA, Únicamente cuando se trate de má-
quinas, aparatos y artefactos para uso agrícola y de Equipo para integrarse a inverna-
deros hidropónicos.
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Cómo las aduanas ayudarán al comercio exterior
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En 1870 México solo recaudaba aproxima-
damente de 9,300 millones de pesos (-
mdp- pesos actuales), en comparación a
1918, cuando el entonces mandatario Ve-
nustiano Carranza instituyó la figura del
agente aduanal, logrando que el comercio
se multiplicara hasta ocho veces, alcan-
zando un equivalente de 71,000 mdp.
Desde que se creó la figura del agente
aduanal hasta ahora, el comercio exterior
se ha multiplicado por 1,500, y ha contri-
buido al crecimiento de la productividad
de las empresas mexicanas y al avance del
país.
El creciente volumen del comercio exte-
rior representa un reto para mantener la
seguridad del país, vigilar la salud de los
mexicanos, lograr que el gobierno recaude
las contribuciones adecuadas y apoyar la
productividad, y alcanzar todas esas me-
tas sin entorpecer las operaciones. En Mé-
xico se realizan 31 operaciones de comer-
cio exterior por minuto, 95% de ellas por
medio de los agentes aduanales.
Para atender este reto, el gobierno y los
particulares están comprometidos en la
modernización del sistema aduanero, con
la visión de Aduana del Siglo 21.
La Aduana del Siglo 21 es un proyecto de
modernización y un esfuerzo que se cons-
truye en forma conjunta entre los agentes
aduanales y el SAT, a fin de lograr un sis-
tema fiscal y aduanero cada vez más efi-
ciente.
Los pasos firmes que ha dado este sector
se reflejan en datos fehacientes: la trans-
formación comenzó en abril de 2016 con
17 compañías y en diciembre de ese año
se inscribieron 64. Dichas instancias efec-
tuaron 14,181 operaciones. Hasta mayo
de 2016, 93 empresas operan bajo ese
modelo y han efectuado 8,066 operacio-
nes.
Otro ejemplo de los beneficios que aporta
la Aduana del Siglo 21 es que la importa-
ción de autos usados es más segura y sen-
cilla con el uso de sistemas y tecnología
avanzados y con nuevas reglas publicadas
por el gobierno federal.
Ahora se sabe con mayor certeza el histo-
rial de los vehículos a importar, se conoce
a detalle las condiciones físico-mecánicas
de los automóviles, si cumplen cabalmen-
te con la norma ambiental, si tienen algún
problema con el título de propiedad, entre
otros. El uso de la tecnología refuerza los
controles y a la vez hace más sencilla la
importación segura de los vehículos usa-
dos.
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En 2017, con más de 40 tratados de libre
comercio firmados, México es un país
abierto al mundo, comercia más de 14 bi-
llones de pesos anuales, esto es 1,500 ve-
ces más que hace 150 años y recauda en
las aduanas casi 800,000 mdp, 256 veces
más que en 1870, según datos de la Secre-
taría de Hacienda y Crédito Público. Las
aduanas y sus agentes son pilar de estos
datos positivos.
ELEMENTOS DE LA ADUANA DEL SIGLO
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Este modelo tiene cinco elementos que ge-
neran un nuevo sistema que facilita y
atiende puntualmente al comercio exte-
rior:
1. Aduana inteligente. Permite la automa-
tización de procesos para hacer eficientes
y seguras las operaciones de comercio ex-
terior. Hay, por ejemplo, 14,000 cámaras
de video-vigilancia con sensores que emi-
ten alarmas. La Ventanilla Única de Co-
mercio Exterior facilitará el cumplimiento
de las obligaciones.
2. Aduana transparente. Destacan dos ac-
ciones innovadoras: la incorporación obli-
gatoria del código QR en los pedimentos,
y el Nuevo Manual de Operación Aduane-
ra. Con el código, la autoridad puede te-
ner información de la mercancía con ma-
yor facilidad que antes, lo que hace más
ágiles las operaciones. Los usuarios, los
agentes aduanales y la autoridad pueden
revisar en tiempo real el estatus legal de
la mercancía.
3. Aduana competitiva. El uso de la tecno-
logía mejora la infraestructura aduanera.
Hay 38 proyectos a los que se han desti-
nado más de 9,500 mdp desde 2013 y
hasta 2018. Hay 15 de ellos concluidos,
por un monto superior a los 3,000 mdp.
4. Aduana colaborativa. Se refiere a traba-
jar en coordinación con los usuarios para,
por ejemplo, evitar que ingrese mercancía
subvaluada.
5. Aduana globalizada. La adopción de las
mejores prácticas internacionales gracias
al intercambio de información con nues-
tros principales socios comerciales.