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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM 2da Edición [FECHA] SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA [Dirección de la compañía]

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS

CRM 2da Edición

[FECHA] SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

[Dirección de la compañía]

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

1

(…)“Después de ganar la guerra por la paz, tenemos ahora que ganar

la guerra contra la corrupción”(…)

(Declaración del Presidente Juan Manuel Santos luego de las reuniones de la Comisión Ciudadana de Lucha contra la

Corrupción y la Comisión Nacional de Moralización, 23 de enero de 2017)

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

2

Índice Introducción

1. Presentación

2. La Comisión Nacional de Moralización

3. Las Comisiones Regionales de Moralización

4. Logros CRM.

5. Herramientas para la Operación de las CRM

5.1 Plan de Acción

5.2 Reglamento interno para las Comisiones Regionales de Moralización

5.3 Informes de Gestión

5.4 Ficha de Casos

5.5 Indicador de Gestión de las CRM

5.6 Plataforma virtual

6. Objetivos Plan de Acción de las CRM

a) PREVENCIÓN

Marco Normativo

Líneas de Acción

Acciones sugeridas

Experiencias exitosas

Reporte a la Secretaría de Transparencia

b) INVESTIGACIÓN

Marco Normativo

Líneas de Acción

Acciones sugeridas

Experiencias exitosas

Reporte a la Secretaría de Transparencia

c) SANCIÓN

Marco Normativo

Línea de Acción

Experiencias exitosas

Reporte a la Secretaría de Transparencia

7. Enlaces de Interés

8. Bibliografía

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

3

Introducción

De acuerdo con el Decreto 1649 del 2 de septiembre de 2014, por el cual se modificó la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Secretaría de Transparencia asumió la implementación de la Política Pública Integral Anticorrupción, en sintonía con lo establecido en el documento Conpes 167 de 2013 “Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción”.

La Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción tiene como objetivo central fortalecer las herramientas y mecanismos para la prevención, investigación y sanción de la corrupción en Colombia, a través de acciones dirigidas a mejorar el acceso y la calidad de la información pública, mejorar las herramientas de gestión anticorrupción, aumentar la incidencia del control social sobre la gestión pública, y promover la integridad y la cultura de la legalidad en el Estado y la sociedad. (Departamento Nacional de Planeación, Consejo Nacional de Política Económica y Social, 2013)

En atención a las funciones conferidas mediante el Decreto 672 de 2017, Por medio del cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en relación con: i)El diseño, coordinación e implementación de directrices, mecanismos y herramientas preventivas para el fortalecimiento institucional, participación ciudadana, control social, rendición de cuentas, acceso a la información, cultura de la probidad y transparencia, en coordinación con las entidades competentes en la materia; ii) El fomento y participación en la coordinación interinstitucional de las diferentes ramas del poder público y órganos de control del nivel nacional y territorial, para la ejecución de la política de transparencia y lucha contra la corrupción; y iii) La

promoción de la aplicación de los lineamientos de la Comisión Nacional para la Moralización en las Comisiones Regionales de Moralización. La Secretaría de Transparencia, diseñó una metodología para el funcionamiento de las Comisiones Regionales de Moralización, creó un sistema de seguimiento a dichas instancias que viene siendo aplicado desde el año 2013, y conformó un equipo de acompañamiento y asistencia técnica, logrando incrementar la apropiación de los lineamientos señalados por la Comisión Nacional de Moralización, para las Comisiones Regionales. El trabajo de asistencia técnica permitió identificar dificultades en la operación de estas instancias con relación a: la claridad, oportunidad y alcance de los lineamientos establecidos, la financiación para la ejecución de las actividades señaladas en la primera versión de la cartilla, la priorización e intercambio de información para la atención de casos, la materialización del objetivo dispuesto en la ley 1474 de 2011, en relación con la coordinar en el nivel territorial de las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupcióni Luego de 64 talleres de acompañamiento realizados con las 32 Comisiones del país entre el los años 2015 y 2016, en los que se revisaron i) las posibilidades de lograr el objeto que señala la ley; ii) la coherencia de las actividades establecidas en los lineamientos; iii) el valor agregado de la participación de cada una de las entidades en la ejecución de los objetivos señalados; y iv) las nuevas disposiciones normativas y su capacidad de implementarlas; el equipo de asistencia técnica identificó la necesidad de actualizar los lineamientos establecidos para lograr una mayor coherencia con las disposiciones normativas, mayor pertinencia de las acciones en relación a las funciones de las entidades que conforman las comisiones y mejores herramientas para el desarrollo de las actividades. Por lo anterior, se elabora la segunda versión de la Cartilla de Lineamientos para la Operación de las Comisiones Regionales de Moralización.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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La presente Cartilla, en su segunda versión, espera ser una guía metodológica para las 32 Comisiones del país, en la cual se aterrizarán y desarrolllarán los tres grandes objetivos señalados por la ley, en materia de prevención, investigación y sanción de la corrupción. El documento abordará cada uno de los objetivos de la siguiente manera:

Cada uno de los objetivos contiene una parte normativa con información sobre el marco jurídico que

permite a las entidades miembro de la Comision actuar en el sentido que el objetivo indica, una serie

de actividades sugeridas, una guía metodológica para el desarrollo de las acciones, y la descripción

de experiencias exitosas en la ejecución de dicho objetivo.

Esperamos esta herramieta se constituya en un instrumento de consulta permanente para las

Comisiones Regionales de Moralización, que facilite la ejecución de sus actividades y promueva una

gestión eficiente y articulada en la lucha contra la corrupción en las regiones.

Prevención

•Describe las acciones que pueden adelantar los órganos de control de manera conjunta para prevenir lacorrupción en el nivel territorial, tales como: i) la promoción de acciones para identificar riesgos en el manejo yen ejecución de los recursos públicos, y ii) la promoción de estrategias de formación sobre la normatividadvigente en relación a la lucha contra la corrupción.

Investigación

•Describe las actividades que pueden adelantar los órganos de control para investigar de manera conjunta actosde corrupción en el nivel territorial, con orientaciones para adelantar actividades, tales como: i)priorización decasos y/o temas de corrupción ii)coordinación de acciones para el intercambio de información y iii)establecimiento de un diálogo con la ciudadania y otros actores para alimentar el seguimiento.

Sanción

•Describe las acciones que deben adelantar las entidades para garantizar, en el marco del intercambio, elcumplimiento del debido proceso, buscando promover desde cada una de las entidades, las sanciones, penales,disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta dandocumplimiento a los principios de eficiencia, eficacia y celeridad en las actuaciones administrativas

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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1. Presentación

Camilo Andrés Cetina Fernández

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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2. La Comisión Nacional de Moralización1

Con el fin de propiciar una adecuada coordinación y colaboración entre las ramas del poder público

y los organismos de control en materia de lucha contra la corrupción, la ley 190 de 1995 crea la

Comisión Nacional de Moralización –CNM-, integrada por: “El Presidente de la República; El Ministro

de Gobierno; El Ministro de Justicia y del Derecho; El Procurador General de la Nación; El Contralor

General de la República; El Presidente del Senado; El Presidente de la Cámara de Representantes; El

Fiscal General de la Nación; El Presidente de la Corte Suprema de Justicia, y El Defensor del Pueblo”.

(Ley 190 de 1995, Art. 68).

Tras su creación, la Comisión Nacional de Moralización experimentó varias reformas de tipo

reglamentario. Durante el gobierno del Presidente Ernesto Samper, a través del Decreto Ley 1681 de

1997, se fusionó la Comisión Nacional Ciudadana para la Lucha Contra la Corrupción con la Comisión

Nacional para la Moralización (Art. 1) y se indicó que para todos los efectos legales la Comisión

Nacional para la Moralización sustituiye a la Comisión Ciudadana (Art. 3). Por su parte el gobierno de

Andrés Pastrana, mediante Decreto 978 de 1999, reestructuró la Comisión Nacional de Moralización,

instituyéndola como organismo adscrito a la Presidencia de la República, dividida en dos

subcomisiones: Subcomisión Institucional y Subcomisión Ciudadana (Art. 2).

La mencionada norma en su artículo 3, indicaba que la Subcomisión Institucional estaría integrada

por: “El Presidente de la República; El Vicepresidente de la República; El Ministro del Interior; El

Ministro de Justicia y del Derecho; El Procurador General de la Nación; El Contralor General de la

República; El Fiscal General de la Nación; y El Presidente del Consejo Superior de la Judicatura.”

Respecto a la Subcomisión Ciudadana, la norma señalaba que estaría integrada por doce (12)

comisionados, representantes de distintos tipos de gremios y organizaciones sociales (Art.6). Se

establecía además que la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Moralización y de las dos

subcomisiones, sería ejercida por el Programa Presidencial de Lucha Contra la Corrupción (Art. 13).

En el año 2011 el nuevo Estatuto Anticorrupción (Ley 1474) retomó la figura de la Comisión Nacional

de Moralización, como una instancia integrada por las cabezas de las ramas del poder público y los

organismos de control, separada de la Comisión Nacional Ciudadana para la lucha contra la

corrupción, figura también rediseñada por el Estatuto (Ley 1474 de 2011, Art. 62 al 71).

Integrantes de la Comisión Nacional de Moralización:

o El Presidente de la República

o El Procurador General de la Nación

o El Fiscal General de la Nación

o El Contralor General de la República

o El Defensor del Pueblo

o El Auditor General de la República

o El Presidente de la Corte Suprema de Justicia

o El Presidente del Consejo de Estado

o El Presidente del Senado

o El Presidente de la Cámara de Representantes

1 Tomado de http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/comisionnacionalmoralizacion.aspx

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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o El Ministro del Interior

o El Ministro de Justicia

o El Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República

Funciones:

a. Velar por el cumplimiento de la aplicación de la presente ley, y de la ley 190 de 1995.

b. Coordinar la realización de acciones conjuntas para la lucha contra la corrupción frente a entidades del orden nacional o territorial en las cuales existan indicios de este fenómeno.

c. Coordinar el intercambio de información en materia de lucha contra la corrupción.

d. Realizar propuestas para hacer efectivas las medidas contempladas en esta ley respecto de las personas políticamente expuestas.

e. Establecer los indicadores de eficacia, eficiencia y transparencia obligatorios para la administración pública, y los mecanismos de su divulgación.

f. Establecer las prioridades para afrontar las situaciones que atenten o lesionen la moralidad en la Administración Pública.

g. Adoptar una estrategia anual que propenda por la transparencia, la eficiencia, la moralidad y los demás principios que deben regir la Administración Pública.

h. Promover la implantación de centros piloto enfocados hacia la consolidación de mecanismos transparentes y la obtención de la excelencia en los niveles de eficiencia, eficacia y economía de la gestión pública.

i. Promover el ejercicio consciente y responsable de la participación ciudadana y del control social sobre la gestión pública.

j. Prestar su concurso en el cumplimiento de las acciones populares en cuanto tienen que ver con la moralidad administrativa.

k. Orientar y coordinar la realización de actividades pedagógicas e informativas sobre temas asociados con la ética y la moral públicas, los deberes y las responsabilidades en la función pública.

l. Mantener contacto e intercambio permanente con entidades oficiales y privadas del país y del exterior que ofrezcan alternativas de lucha contra la corrupción administrativa.

m. Prestar todo su concurso para la construcción de un Estado transparente.

n. Darse su propio Reglamento.

La nueva Comisión Nacional fue instalada el 6 de marzo de 2012 y desde la fecha, ha concentrado sus esfuerzos en el proceso de construcción y ejecución de la Politica Pública Integral Anticorrupción y en la ampliación de herramientas e instrumentos para la lucha contra la corrupción tales como:

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Además de buscar la adopción de normas de lucha contra la corrupción, como son:

La Ley 1712 o ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública

La Ley 1778 de 2016 o ley Anticohecho

El proyecto de Ley de Protección de Reportantes

El Decreto 124 de 2016 relativo al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

La reforma del Decreto 777 que regula el régimen de contratación con las entidades sin ánimo de lucro

La expedición del Decreto 1674 de 2016 por medio del cual se enlistan las Personas Expuestas Políticamente

El proyecto de ley de creación del Registro Central de Beneficiarios Reales y la creación del Comando Anticorrupción.

El documento Conpes 167 de

2013

La costrucción de Observatorio de Transparencia y Anticorrupción

El fortalecimiento de las Comisiones

Regionales de Moralización

La implementación y puesta en marcha

de la Ventanilla Única de

Denuncias

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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3. Las Comisiones Regionales de Moralización

Las Comisiones Regionales de Moralización son creadas por el artículo 65 de la ley 1474 de 2011, en el cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Artículo 65. Comisiones Regionales de Moralización. Cada departamento instalará una Comisión Regional de Moralización que estará encargada de aplicar y poner en marcha los lineamientos de la Comisión Nacional de Moralización y coordinar en el nivel territorial las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción. La Comisión Regional estará conformada por los representantes regionales de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, el Consejo Seccional de la Judicatura y la Contraloría Departamental, Municipal y Distrital. La asistencia a estas reuniones que se llevarán a cabo mensualmente es obligatoria e indelegable.

Otras entidades que pueden ser convocadas para ser parte de la Comisión Regional de Moralización, cuando se considere necesario, son: la Defensoría del Pueblo, las personerías municipales, los cuerpos especializados de policía técnica, el Gobernador y el Presidente de la Asamblea Departamental. Con el fin de articular las Comisiones Regionales de Moralización con la ciudadanía organizada, deberá celebrarse entre ellos por lo menos una reunión trimestral para atender y responder sus peticiones, inquietudes,

quejas y denuncias. Mediante el Decreto 270 de 2017, por medio del cual se reglamenta el artículo 65 de la ley 1474 de 2011, se aclara el alcance y funcionmiento de las Comisiones Regionales de Moralización, señalando:

Son funciones de las Comisiones Regionales de Moralización:

a) La promoción de acciones que permitan identificar riesgos en el manejo y en la ejecución de

los recursos públicos que puedan ser constituidos como presuntos casos de corrupción.

b) La promoción de estrategias de formación y conocimiento de la normatividad vigente en relación a la lucha contra la corrupción.

c) La priorización de casos y/o temas de corrupción de impacto regional para ser abordados de manera coordinada por medio del intercambio de información y el estudio conjunto de los mismos.

d) La garantía del debido proceso, que implica la eficiencia, eficacia y celeridad en las actuaciones administrativas de los órganos de investigación, prevención y sanción por medio de la puesta en conocimiento de las irregularidades identificadas ante las autoridades competentes para aumentar la confianza en las instituciones y generar un mayor impacto en la lucha contra la corrupción a nivel regional.

Estas funciones guardan especial coherencia con los tres grandes objetivos señalados en el artículo 65 de la Ley 1474 de 2011 (prevención, investigación y sanción).

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Composición de las Comisiones Regionales de Moralización:

Las Comisiones Regionales están conformadas por los representantes departamentales de las siguientes entidades:

Para el cumplimiento de estas funciones las Comisiones Regionales de Moralización, cuentan con instrumentos y herramientas diseñados por la Secretaría de Transparencia, tales como:

Plan de Acción

Cada Comisión Regional de Moralización deberá elaborar un Plan de Acción por un término de dos (2) años para cumplir con los lineamientos dados por la Comisión Nacional de Moralización. Su elaboración y publicación deberá realizarse a más tardar el 31 de enero del primer año. La publicación de dicho Plan se realizará en la página web del Observatorio Anticorrupción de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República. www.anticorrupción.gov.co

Informes de gestión.

Cada Comisión Regional de Moralización elaborará un informe de su gestión

semestral, el cual debe contener todas las acciones adelantadas en dicho período. El

informe de gestión deberá ser remitido a la Secretaría de Transparencia de la

Presidencia de la República antes del 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año,

en el formato establecido.

La publicación del Informe de gestión se realizará en la página web del Observatorio Anticorrupción

de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República www.anticorrupción.gov.co y

alimentará el indicador de gestión de las Comisiones.

La Procuraduría General de la Nación

La Contraloría General de la República

La Fiscalía General de la Nación

El Consejo Seccional de la Judicatura

Contraloría Departamental, Municipal

y Distrital.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Indicador de gestión

Como resultado de la gestión reportada por las Comisiones Regionales en sus

informes se elaborará un indicador de gestión semestral que mide el avance de las

acciones en relación con: i) el cumplimiento de los lineamientos ii) las acciones

adelantadas en materia de prevención iii) la coordinación para el desarrollo de

acciones en materia de investigación y iv) los resultados de dichas investigaciones.

Este indicador le permitirá a las Comisiones identificar su nivel de apropiación y establecer acciones

de mejora para cumplir satisfactoriamente con el objetivo señalado.

El indicador será visible a través del Observatorio de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría

de Transparencia. www.anticorrupción.gov.co

Reglamento interno

Cada Comisión adoptará un reglamento interno que establezca con claridad las reglas

de funcionamiento de la misma y determine i) la periodicidad de las reuniones

ordinarias y con ciudadanía, ii) la forma de elección de los miembros de la mesa

directiva iii) las funciones de la mesa directiva y iv) los mecanismos para la toma de

decisiones.

Mesa Directiva

Cada Comisión Regional de Moralización deberá designar un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario Técnico por un periodo de dos (2) años, quienes se encargarán de liderar la ejecución del Plan de Acción establecido para dicho período.

Quienes tendrán las siguientes funciones:

a) Convocar a las sesiones ordinarias mensuales. b) Convocar las reuniones extraordinarias, cuando así lo determine el Presidente. c) Preparar la agenda de cada sesión. d) Adoptar el reglamento interno de la Comisión. e) Hacer seguimiento a la participación de todos los miembros de la Comisión. f) Elaborar las actas de cada sesión de la Comisión. g) Hacer seguimiento al Plan de Acción Anual. h) Garantizar el cumplimiento del Reglamento. i) Atender las recomendaciones emanadas por la Comisión Nacional de Moralización. j) Preparar los informes de gestión de la Comisión y del seguimiento de las recomendaciones

de la Comisión Nacional de Moralización. k) Remitir los informes de gestión a la Secretaría de Transparencia. l) Someter a consideración de la Comisión la información que ésta requiera para la

coordinación de políticas de prevención y lucha contra la corrupción. m) Las demás que le sean asignadas por la Secretaría de Transparencia.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Reuniones Ordinarias.

Las Comisiones Regionales de Moralización se reunirán de manera ordinaria una vez al mes. La asistencia a estas reuniones es de carácter obligatoria.

El objetivo principal de las reuniones ordinarias será el de verificar el cumplimiento del Plan de Acción con relación a las actividades de i) prevención, ii) investigación conjunta de los casos de corrupción priorizados y iii) revisión de las sanciones y resultados arrojados por las investigaciones adelantadas, así como para establecer compromisos que permitan el cumplimiento de dicho Plan.

La Secretaría técnica elaborará un acta de la reunión, la cual será remitida a la Secretaría de Transparencia como soporte de la gestión adelantada.

La Comisión podrá celebrar las reuniones extraordinarias que sean necesarias si así lo determina la mesa directiva o lo solicita alguno de los miembros.

Reuniones Trimestrales con la ciudadanía

En cumplimiento de la función de promoción de acciones que permitan identificar

riesgos en el manejo y en la ejecución de los recursos públicos, las Comisiones

Regionales de Moralización deberán adelantar, por lo menos, una reunión trimestral

con la ciudadanía, para atender y responder sus peticiones, inquietudes, quejas y

denuncias. Esta reunión deberá desarrollarse en coordinación de la Red

Departamental de Apoyo a las Veedurías existente en el territorio.

(En la sección sobre el objetivo de prevención, en la línea de acción y actividad número tres (3) se presentan una serie de

pasos para el adecuado desarrollo de estas audiencias, con el propósito de contribuir en su realización)

De los riesgos que se identifiquen producto de dichas reuniones, se dará traslado a la Secretaría de

Transparencia de la Presidencia de la República durante el mes siguiente de efectuada la reunión. Los

mismos deberán ser incluidos en los casos atendidos por la Comisión para su respectivo seguimiento.

Priorización de casos2.

Para la priorización de los casos que serán analizados por las Comisiones Regionales

de Moralización, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) La gravedad de los hechos denunciados o de los cuales se tenga conocimiento; de

acuerdo al análisis realizado por cada una de las entidades competentes.

b) La naturaleza del acto de corrupción: Si se trata de faltas disciplinarias, fiscales o delitos.

Siendo la conducta penal más reprochable en todas sus manifestaciones;

a) La cuantía del posible daño patrimonial al Estado con ocasión del acto de corrupción.

2 Directiva 001 de 4 de octubre de 2012 de la Fiscalía General de la Nación.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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b) La afectación social causada por el acto de corrupción investigado; entendida como el impacto a la calidad de vida.

c) La riqueza probatoria y viabilidad del caso. d) El examen de organismos internacionales del acto de corrupción. e) La probabilidad de reiteración del acto de corrupción y el riesgo de su materialización.

La Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República podrá solicitar información a las

Comisiones Regionales de Moralización sobre los avances en su gestión, convocar a las Comisiones

Regionales de Moralización de forma extraordinaria, apoyar la facilitación de espacios de

coordinación interinstitucional para el seguimiento de casos de corrupción identificados por las

Comisiones y/o priorizados por la Secretaria de Transparencia, visibilizar a través de un indicador las

acciones y actuaciones de las Comisiones Regionales de Moralización en el Observatorio de

Transparencia y Anticorrupción, coordinar la articulación de la Comisión Nacional de Moralización

con las Comisiones Regionales y realizar los traslados pertinentes a los entes de control, de los

resultados arrojados por el seguimiento realizado por las Comisiones.3

4. Logros CRM

En desarrollo de los numerales 3, 4, 5, 6 y 7 del artículo 70 de la Ley 190 de 1995, la Comisión Nacional

de Moralización, en reunión del 22 de julio de 2003, tomó la decisión de implementar una estrategia

territorial, con el propósito de promover la generación y adopción de políticas, planes y programas

orientados a la prevención, investigación y sanción de hechos de corrupción en el nivel local. De este

modo, se crearon las Comisiones Regionales de Moralización -CRM-.

La Secretaría de Transparencia asume la responsabilidad de realizar el seguimiento a las 32 Comisiones del país, así como la responsabilidad de promover la aplicación de los lineamientos de la Comisión Nacional para la Moralización en las Comisiones Regionales de Moralización y desde el año 2011 viene apoyando el seguimiento a la ejecución de los Planes de Acción de las CRM. A partir del 2015 inició un proceso de asistencia técnica directa.

Los siguientes son los logros obtenidos a lo largo del acompañamiento:

Años 2013-2014

La Secretaría de Transparencia adelantó un trabajo de diálogo con todas las entidades

integrantes de la Comisión Nacional de Moralización, con los Presidentes y Secretarios Técnicos

de las Comisiones Regionales de Moralización. (Primer Encuentro de Presidentes y Secretarios

Técnicos de las CRM. Bogotá. 3 de Marzo de 2014)

Se construyó la primera cartilla de lineamientos para la operación de las Comisiones Regionales

de Moralización.

Se creó dentro del portal web del Observatorio de Transparencia y Anticorrupción

www.anticorrupcion.gov.co un espacio para hacer visible la gestión de las 32 Comisiones

Regionales de Moralización del país.

3 Decreto 270 de 2017

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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A finales del 2014, por disposición presidencial se diseña una nueva estrategia para acompañar

a las Comisiones en el cumplimiento de los lineamientos, la cual tenía los siguientes propósitos:

o Territorializar las estrategias de la Política Pública Integral Anticorrupción. o Incrementar la comunicación existente entre Comisiones Regionales de Moralización y

Secretaría de Transparencia. o Transmitir los lineamientos de la Comisión Nacional de Moralización para la operación de

las Comisiones Regionales de Moralización. o Apoyar a las Comisiones Regionales de Moralización en la aplicación de las herramientas

y en el manejo de los instrumentos brindados por la cartilla de lineamientos. o Promover en las CRM una cultura de la planificación, el seguimiento y el reporte de

actividades y logros a la Secretaría de Transparencia, con el fin de alimentar el indicador construido para este propósito dentro del Observatorio de Transparencia y Anticorrupción.

o Fortalecer la labor de coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción que adelantan las Comisiones Regionales de Moralización.

o Promover resultados de las Comisiones frente a casos emblemáticos de corrupción en los departamentos, con especial énfasis en municipios y zonas de consolidación.

o Visibilizar el trabajo de las Comisiones Regionales de Moralización del país.

Año 2015

Como resultado del Acuerdo de Delegación suscrito entre la Unión Europea- UE y el Gobierno de

Colombia el 2 de Enero de 2014, en el cual se concede una contribución al Organismo Delegado para

la ejecución del fortalecimiento institucional de la capacidad colombiana para aumentar la integridad

y la transparencia, se contempló la necesidad de fortalecer las CRM y en el año 2015 la Unión

Europea, a través del Proyecto “ACTUE Colombia (Anticorrupción y Transparencia de la UE) de la

Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, FIIAPP,

Organismo Delegado de la UE, contrató un equipo de asistencia técnica a las 32 Comisiones

Regionales de Moralización, con el cual fue posible:

Terminar de instalar las 32 Comisiones del país, con la activación de la Comisión de Chocó en

julio del 2015.

Realizar 32 visitas de asistencia técnica para identificar el nivel de apropiación de los

lineamientos de la Comisión Nacional de Moralización y socializar las herramientas e

instrumentos para su operación.

Apoyar el diseño de los 32 Planes de Acción 2015-2016.

Monitorear el avance del Plan de Acción, logrando en diciembre de 2015 un avance del 48%.

Dinamizar el espacio de visibilidad creado en el Observatorio de Transparencia y

Anticorrupción.

Lograr mayor pertinencia de los Planes de Acción con respecto a los lineamientos de la

Comisión Nacional de Moralización.

Aumentar el estudio de casos conjuntos, pasando de 77 casos a mediados del 2015 a 96 casos

finalizando el año 2015.

Orientar la realización de jornadas de formación y capacitación de ciudadanos y funcionarios

públicos en temas de transparencia y lucha contra la corrupción, con lo que las CRM lograron

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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capacitar a 1010 servidores públicos y 742 ciudadanos. En la medición anterior solo se

reportó una capacitación de no más de 350 ciudadanos y servidores públicos.

La realización de 26 audiencias con la ciudadanía de parte de las CRM.

Las actividades adelantadas permitieron: i)mayor apropiación de los lineamientos por parte de las

CRM; ii)mayor compromiso por parte de los comisionados activando con mayor regularidad sus

reuniones ordinarias y las reuniones con ciudadanía, así como la asistencia de los miembros; iii)mayor

pertinencia de los planes de acción; iv) mayor conocimiento institucional del contexto regional en

torno a la corrupción; v)mayor articulación interinstitucional para el tratamiento de casos

estratégicos apoyando la generación de espacios de articulación interinstitucional para abordar

temáticas que han sido priorizadas por las Comisiones Regionales de Moralización; y vi)mayor

visibilidad del trabajo adelantado por las Comisiones.

Los siguientes mapas presentan la distribución sectorial y regional de los casos atendidos

por las Comisiones.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

16

Año 2016

Continuando con el acompañamiento, en el año 2016 el equipo de asistencia técnica realizó 95

talleres con las Comisiones Regionales de Moralización con el propósito de hacer seguimiento al

avance en los Planes de Acción, verificar el alcance de los lineamientos de la Comisión Nacional

de Moralización y de las herramientas diseñadas por la Secretaría de Transparencia, y orientar

el diseño de los planes de acción 2016-2017.

Con el apoyo del grupo de acompañamiento a la Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la

Información Pública, se adelantaron 13 sesiones de capacitación con la participación de más de

800 Servidores Públicos y más de 1.300 ciudadanos.

Las Comisiones mostraron un gran avance en la convocatoria a jornadas de capacitación en

temas de transparencia y anticorrupción, logrando en este año involucrar en sus talleres a más

de 2.500 servidores públicos.

Con la orientación de la Secretaría fue posible realizar 10 Mesas de Trabajo con la participación

de entidades tales como: DNP, Colpedortes, Findeter, Ministerio de Minas, Ministerio de

Ambiente, ANLA, Ministerio de Educación, Ministerio de Vivienda, ICBF, Gobernaciones y

Alcaldías para el seguimiento y celeridad a casos emblemáticos de corrupción en las regiones.

Se aumentó a 102 los casos de corrupción atendidos de manera conjunta entre los que se

destacan: Juegos Nacionales, Programa de Alimentación Escolar, Minería Ilegal, Aguas de Yopal,

Contratación ICBF y Túnel de la línea, con más de $ 621.820’843.296 recursos públicos

comprometidos.

Como parte de su estrategia de promoción del control social y participación ciudadana las

Comisiones Regionales de Moralización cada vez han involucrado a más ciudadanos en sus

reuniones para recibir peticiones, quejas reclamos y denuncias, logrando así que 3.391

participaran de manera activa en estos espacios.

Se destaca un avance significativo en el indicador de gestión que reportó un porcentaje de 47%

en el primer semestre de 2015, frente a un 89% para el mismo periodo en el año 2016.

Por otro lado, se diseñó el Boletín “Trasparencia en las Regiones”, que a lo largo del año 2016

contó con 6 ejemplares que visibilizaron los principales logros y actividades de las Comisiones, y

destacaron el importante rol de estas instancias en torno a la lucha contra la corrupción. Las

noticias más destacadas en este instrumento en el año 2016 fueron:

o El cierre definitivo de 123 túneles o socavones en minas ilegales de oro ubicadas en la

zona rural del municipio de Santander de Quilichao, y la captura de 14 implicados en esta

actividad ilegal, gracias a la intervención de la CRM del departamento del Cauca.

o La suspensión del Director del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –INCODER- sede Vichada, por intervención de la Comisión del Departamento gracias a denuncia presentada por un grupo de veedores sobre los sobrecostos del Instituto, a los suministros agrícolas que se entregaban a las comunidades en el Municipio La Primavera.

o El seguimiento a las obras de construcción de los escenarios deportivos para los Juegos Nacionales en la ciudad de Quibdó realizado por la Comisión Regional de Moralización de Chocó.

o La reactivación de la Comisión del Cesar que en poco tiempo y gracias a la voluntad de sus integrantes logró realizar i) una jornada de capacitación en el Municipio de Aguachica, dirigida a los equipos de gobierno del sur del departamento, ii) su primera audiencia con la ciudadanía, para la recepción de denuncias sobre posibles actos de corrupción en la

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

17

región iii)el recorrido realizado al Hospital Eduardo Arredondo Daza, al Canal de Panamá y al albergue para Población Desplazada ubicado en la ciudad de Valledupar; obras que en conjunto comprometen más $9.000.000.000 el presupuesto municipal.

o El seguimiento realizado por la CRM de Cundinamarca al caso de la Mesa-Anapoima con el cual se logró firmar el Convenio de Asociación 001 de 2017, para la culminación de la obra del Acueducto de la Mesa- Anapoima. A través del cual, la Empresa de Acueducto de Bogotá, Empresas Públicas de Cundinamarca, y los Alcaldes de los municipios Mosquera, Funza, Madrid, La Mesa y Anapoima, decidieron aunar esfuerzos para implementar acciones que garanticen la provisión de agua potable en los municipios mencionados durante los próximos cuatro años.

o La reactivación de las obras para la rehabilitación del Coliseo Happy Lora en la ciudad de Montería, lograda gracias al seguimiento realizado por la CRM de Córdoba, a partir de la articulación de las entidades competentes en la ejecución del proyecto financiado con recursos del Fondo Nacional de Regalías y el liderazgo de la Secretaría de Transparencia.

o La terminación de la construcción de la Escuela Normal Superior del municipio de Güicán-Boyacá, que gracias a la intervención de la CRM de Boyacá superó los problemas administrativos que estaban obstaculizando su terminación, impidiendo así la pérdida de más de 9.000.000 millones de pesos.

Año 2017

En el año 2017 el equipo de asistencia técnica adelantó 56 talleres de acompañamiento presencial para hacer seguimiento al cumplimiento de los 32 Planes de Acción y orientó actividades como:

La realización de once (11) capacitaciones en la Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública en los Departamentos de Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Boyacá, Bolívar, Sucre, Córdoba y Caquetá, con la participación de 900 asistentes.

La gestión para el desarrollo de tres (3) capacitaciones en el Manual Único de Rendición de Cuentas en los departamentos de Caquetá, Bolívar y Sucre con la asistencia de 150 personas entre ciudadanos y funcionarios públicos.

La gestión para el desarrollo de cuatro (5) capacitaciones en el Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano en los departamentos de Amazonas, Antioquia, la Guajira, Cesar, y San Andrés.

La gestión para el desarrollo de una (1) capacitación en contratación pública con Colombia Compra eficiente en el departamento de Arauca.

La publicación de 4 Boletines de Transparencia en las Regiones, que se encuentran disponibles en el sitio web http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/boletines-comisiones-regionales-de-moralizacion.aspx

La Promoción de la visibilidad de las CRM a través del video https://youtu.be/xXN_oJstyNU el cual a la fecha, cuenta con 341 vistas en los tres meses de haber sido publicado.

La realización de trece (13) mesas de trabajo:

CRM de Putumayo: Seguimiento a diferentes obras inconclusas del Municipio de Mocoa.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

18

CRM de Cundinamarca: Seguimiento al caso del Acueducto la Mesa-Anapoima y a la reubicación del centro de salud y la escuela municipal, en el municipio de Útica.

CRM de Risaralda: Seguimiento al proyecto de vivienda “San Daniel” del municipio de Apía.

CRM de Caldas: Verificación de las irregularidades identificadas por la ciudadanía en el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en relación con la construcción de viviendas en inmediaciones de la reserva de La Aurora.

CRM de Caldas: Seguimiento al caso de minería ilegal del Municipio de Marmato.

CRM de Casanare: Construcción de la Planta de Tratamiento de Agua Potable del Municipio de Yopal

CRM de Amazonas: Seguimiento a las irregularidades en la prestación del servicio de agua, alcantarillado y recolección de basuras en el Municipio de Leticia.

CRM de Santander: Seguimiento al caso relacionado con el relleno sanitario de Carrasco del área metropolitana de Bucaramanga.

CRM de Norte de Santander: Seguimiento a la crisis hospitalaria del departamento.

CRM de Boyacá: Seguimiento a diferentes obras de infraestructura en el departamento como son, el Hospital de Moniquirá, la Escuela Normal Superior de Güicán, la viviendas de interés social de Torres del Parque y Estancia el Roble.

CRM de Cauca: Seguimiento al Programa de Alimentación Escolar (PAE) del Departamento.

CRM de Chocó: Seguimiento a las obras de construcción y adecuación para los Juegos Nacionales.

CRM de Córdoba: Seguimiento al PAE del Departamento con participación de la Gobernación Departamental, municipios certificados y no certificados, operadores e interventores.

El acompañamiento realizado durante los años 2015 y 2016 con el apoyo de la UE, aportó de manera

fundamental a los objetivos de apropiación y articulación de las CRM, y a su vez planteó retos

fundamentales para su sostenibilidad en relación a la claridad del alcance establecido en la

normatividad vigente, la financiación de dichas instancias de articulación interinstitucional, el

intercambio de información para la atención de casos conjuntos, la visibilidad del trabajo adelantado

por las CRM, así como la articulación con la CNM.

Para superar los retos mencionados el equipo de la asistencia técnica a las Comisiones desarrolló los

instrumentos y herramientas que hacen parte integral de este documento.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

19

HERRAMIENTAS

PARA LA

OPERACIÓN DE LAS

CRM

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

20

Con el fin de estandarizar y facilitar el proceso de formulación de los Planes de Acción de las

Comisiones Regionales de Moralización, se diseñó el modelo que se presenta a continuación. Las

Comisiones deberán diligenciar este Plan en el formulario electrónico destinado para tal fin,

disponible en el sitio web de las CRM en el siguiente enlace:

http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/Mapa.aspx

Este modelo para la formulación de los Planes de Acción tiene dos grandes componentes: 1) Planeación, que cuenta con la siguiente distribución: i) el objetivo, ii) la línea de acción, iii) la descripción de la actividad, iv) la meta, v) el indicador, vi) la entidad responsable y vii) fecha de realización de la actividad y 2) Reporte de Avance: que cuenta con la siguiente distribución: i)avance primer (1) semestre, ii)avance segundo (2) semestre, iii) avance tercer (3) semestre, iv) avance cuarto (4) semestre 4 y v)avance acumulado bianual.

A continuación se presenta una explicación del contenido a diligenciar en cada uno de los campos mencionados:

PLANEACIÓN

Paso 1. Objetivos:

Corresponden a los objetivos fijados por la Comisión Nacional de Moralización para las Comisiones

Regionales de Moralización. Las Comisiones deben incluir en el Plan de Acción por lo menos una de

las actividades sugeridas, por cada una de las líneas de acción asociadas a los tres (3) objetivos:

Prevención de la corrupción

•Coordinar la realización de acciones conjuntas de los órganos de control para prevenir la corrupción en el nivel territorial.

Investigación de la corrupción

•Coordinar la realización de acciones conjuntas de los órganos de control para investigar actos de corrupción en el nivel territorial.

Sanción de la corrupción

•Coordinar la realización de acciones conjuntas de los órganos de control para sancionar actos de corrupción en el nivel territorial a las que haya lugar, de acuerdo a sus competencias.

55.1 Plan de Acción de las CRM

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

21

Ejemplo:

Objetivo Alcance

Prevenir

Coordinar la realización de acciones conjuntas de los órganos de control para prevenir la corrupción en el nivel territorial

Las entidades miembro de la Comisión como órganos encargados de promover la prevención de la corrupción en sus regiones, deberán realizar acciones que permitan identificar alertas tempranas, así como promover estrategias de formación y conocimiento de la normatividad, que impidan la materialización de casos de corrupción

Investigar

Coordinar la realización de acciones conjuntas de los órganos de control para investigar actos de corrupción en el nivel territorial

Las entidades miembros de la Comisión, en cumplimiento de su deber de colaboración armónica, deberán priorizar casos y/o temas de corrupción de impacto regional para ser abordados de manera coordinada por medio del intercambio de información y el estudio conjunto de los mismos.

Sancionar

Coordinar la realización de acciones conjuntas de los órganos de control para sancionar actos de corrupción en el nivel territorial a las que haya lugar, de acuerdo a sus competencias.

Las entidades miembro de la Comisión deberán garantizar el debido proceso, que implica la eficiencia, eficacia y celeridad en las actuaciones administrativas, por medio de la puesta en conocimiento de las irregularidades identificadas ante las autoridades competentes y la gestión sobre los mismos, para aumentar la confianza en las instituciones y un mayor impacto en la lucha contra la corrupción a nivel regional

Paso 2. Líneas de Acción:

Corresponden a las acciones definidas para que las Comisiones Regionales den respuesta a los

objetivos propuestos.

Ejemplo:

Objetivo Línea de Acción

Prevenir

1.Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

2. Difundir y/o verificar el uso de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas a luchar contra la corrupción a nivel territorial

3. Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública

Investigar

4. Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta

5. Coordinar acciones para el intercambio de información

6. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento

Sanción 7. Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

Casilla a diligenciar

Casilla a diligenciar

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

22

Paso 3. Descripción de las actividades seleccionadas

Corresponden a las actividades específicas que la Comisión Regional de Moralización ejecutará con

el fin de dar respuesta a los objetivos y líneas de acción.

Para orientar la definición de estas actividades, la Secretaría de Transparencia ha diseñado una serie

de acciones sugeridas (que se expondrán en la siguiente sección de esta cartilla). Sin menoscabo de

las demás actividades, que de acuerdo a las líneas de acción, la Comisión considere puede adelantar.

En este caso, es necesario dar claridad sobre la acción sugerida o seleccionada explicando alcance y

la forma en la que estas se relacionan con los lineamientos.

Cada actividad irá acompañada de una meta, un indicador, una entidad responsable de liderarla y

una fecha para su realización.

Ejemplo:

Objetivo Línea de Acción Descripción de la actividad seleccionada

Prevenir

1.Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

Se adelantará capacitación a funcionarios de las entidades descentralizadas del Departamento, en los siguientes temas: 1)Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia) 2) a Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) 3) El CONPES 167 de 2011, Política Publica Integral Anticorrupción. 4) El Código de ética del servidor público. Los diferentes protocolos de denuncia y las competencias de órganos de control (ciudadanía).

2. Difundir y/o verificar el uso adecuado de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas para la luchar contra la corrupción a nivel territorial

1) Se verificará la publicación y correcto diligenciamiento del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en todos los municipios del departamento y se propondrán acciones de mejorar

3. Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública

1) La Comisión Regional desarrollará jornadas de capacitación con las veedurías más representativas del Departamento para fortalecer su capacidad de control. Esta actividad la realizará en articulación con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas 2) Promoverá la creación de veedurías ciudadanas en relación con los casos estudiados por la Comisión para potenciar la identificación de las problemáticas. 3) La CRM en sus reuniones con ciudadanía recibirá peticiones, inquietudes, quejas y denuncias, estas apoyarán la identificación de los casos priorizados.

Casilla a diligenciar

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

23

Investigar

4. Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta

1) La Comisión desarrollará procesos de investigación en materia penal, disciplinaria y fiscal en relación a los casos priorizados con el fin de generar resultados en el marco de los compromisos establecidos en la Comisión. 2) La Comisión conformará grupos interdisciplinarios e interinstitucionales para el estudio conjunto e investigación de los casos priorizados en materia penal, disciplinaria y fiscal 3) la Comisión realizará visitas a los casos de estudio para identificar su estado.

5. Coordinar acciones para el intercambio de información

1) La Comisión realizará el traslado de hallazgos entre las entidades sobre los casos priorizados para apoyar la celeridad en la investigación y sanción de los mismos. 2) La Comisión realizará seguimiento a los hallazgos administrativos, penales, disciplinarios y fiscales generados en los procesos de investigación adelantados por las entidades que conforman la Comisión, a la luz de los casos priorizados.

6. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento

1) La Comisión solicitará informes de rendición de cuentas a las entidades del orden departamental y municipal involucradas en los casos priorizados por la Comisión a fin de evitar la reincidencia en actos de corrupción 2) La Comisión realizará mesas de trabajo interinstitucionales para identificar los problemas asociados a los casos de estudio 3) La Comisión realizará seguimiento conjunto a procesos estratégicos de contratación pública del departamento 4) La Comisión realizará auditorías visibles en articulación con veedurías especializadas a los casos de estudio conjuntos

Sanción

7. Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

1) La Comisión apoyará y promoverá la celeridad de los casos en cada una de las entidades responsables a fin de contar con resultados en materia penal disciplinaria y fiscal al finalizar la vigencia del Plan de Acción

1. Meta bianual e indicador:

Frente a cada actividad, las Comisiones deben formularse metas cuantificables, medibles y realizables. Las magnitudes de las metas serán definidas por cada Comisión y deberán tenerse en cuenta para su definición factores como: el número de entidades o municipios del departamento o el número de casos relevantes de corrupción evidenciados. Por su parte, el indicador señala los términos en los que se medirán los avances de cada actividad.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

24

Ejemplo:

Objetivo Línea de Acción Descripción de la actividad Meta

Bianual Indicador

Prevenir

1.Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

Se adelantará capacitación a funcionarios de las entidades descentralizadas del Departamento, en los siguientes temas: 1)Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia) 2) a Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) 3) El CONPES 167 de 2011, Política Publica Integral Anticorrupción. 4) El Código de ética del servidor público. Los diferentes protocolos de denuncia y las competencias de órganos de control (ciudadanía).

500

Servidores públicos y ciudadanos con conocimiento de la Ley 1712 de 2014

2. Difundir y/o verificar el uso adecuado de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas para la luchar contra la corrupción a nivel territorial

1) Se verificará la publicación y correcto diligenciamiento del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en todos los municipios del departamento y se propondrán acciones de mejorar

50

Planes Anticorrupción verificados y con recomendaciones

3. Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública

1) La Comisión Regional desarrollará jornadas de capacitación con las veedurías más representativas del Departamento para fortalecer su capacidad de control. Esta actividad la realizará en articulación con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas 2) Promoverá la creación de veedurías ciudadanas en relación con los casos estudiados por la Comisión para potenciar la identificación de las problemáticas. 3) La CRM en sus reuniones con ciudadanía recibirá peticiones, inquietudes, quejas y denuncias, estas apoyarán la identificación de los casos priorizados.

8 Ejercicios de promoción del control social

Investigar

4. Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta

1) La Comisión desarrollará procesos de investigación en materia penal, disciplinaria y fiscal en relación a los casos priorizados con el fin de generar resultados en el marco de los compromisos establecidos en la Comisión 2) La Comisión conformará grupos interdisciplinarios e interinstitucionales para el estudio conjunto e investigación de los casos priorizados en materia penal, disciplinaria y fiscal 3) la Comisión realizará visitas a los casos de estudio para identificar su estado.

10 Casos estudiados

5. Coordinar acciones para el intercambio de información

1) La Comisión realizará el traslado de hallazgos entre las entidades sobre los casos priorizados para apoyar la celeridad en la investigación y sanción de los mismos. 2) La Comisión realizará seguimiento a los hallazgos administrativos, penales, disciplinarios y fiscales generados en los procesos de investigación adelantados por las entidades que conforman la Comisión, a la luz de los casos priorizados.

15 Traslados realizados

Casillas a

diligenciar

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

25

6. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento.

1) La Comisión solicitará informes de rendición de cuentas a las entidades del orden departamental y municipal involucradas en los casos priorizados por la Comisión a fin de evitar la reincidencia en actos de corrupción 2) La Comisión realizará mesas de trabajo interinstitucionales para identificar los problemas asociados a los casos de estudio 3) La Comisión realizará seguimiento conjunto a procesos estratégicos de contratación pública del departamento 4) La Comisión realizará auditorías visibles en articulación con veedurías especializadas a los casos de estudio conjuntos

2 Mesas de trabajo realizadas

Sanción

7. Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

1) La Comisión apoyará y promoverá la celeridad de los casos en cada una de las entidades responsables a fin de contar con resultados en materia penal disciplinaria y fiscal al finalizar la vigencia del Plan de Acción

15

Decisiones adoptadas

2. Entidad responsable y fecha de realización de actividad:

Corresponde a la entidad que va a liderar el desarrollo de la actividad en las fechas estipuladas, con el acompañamiento del resto de integrantes de la Comisión. Si existe más de una entidad responsable de la acción, se señalará como fuente a la Comisión Regional de Moralización.

Ejemplo:

Objetivo Línea de Acción Descripción de la actividad Meta

Bianual Indicador

Entidad Responsable

Fecha Realización Actividad

Prevenir

1.Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

Se adelantará capacitación a funcionarios de las entidades descentralizadas del Departamento, en los siguientes temas: 1)Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia) 2) a Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) 3) El CONPES 167 de 2011, Política Publica Integral Anticorrupción. 4) El Código de ética del servidor público. Los diferentes protocolos de denuncia y las competencias de órganos de control (ciudadanía).

500

Servidores públicos y ciudadanos con conocimiento de la Ley 1712 de 2014

CRM 03/03/2018 05/05/2018 10/10/2018

Casillas a

diligenciar

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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2. Difundir y/o verificar el uso adecuado de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas para la luchar contra la corrupción a nivel territorial

1) Se verificará la publicación y correcto diligenciamiento del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en todos los municipios del departamento y se propondrán acciones de mejorar

50

Planes Anticorrupción verificados y con recomendaciones

Procuraduría Regional

25/09/2018 30/01/2019

3. Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública

1) La Comisión Regional desarrollará jornadas de capacitación con las veedurías más representativas del Departamento para fortalecer su capacidad de control. Esta actividad la realizará en articulación con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas 2) Promoverá la creación de veedurías ciudadanas en relación con los casos estudiados por la Comisión para potenciar la identificación de las problemáticas. 3) La CRM en sus reuniones con ciudadanía recibirá peticiones, inquietudes, quejas y denuncias, estas apoyarán la identificación de los casos priorizados.

8 Ejercicios de promoción del control social

Contraloría Departamental

16//02/2018 19/04/2018 11/08/2018 16//10/2018 19/02/2019 11/04/2019 16//08/2019 19/10/2019

Investigar

4. Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta

1) La Comisión desarrollará procesos de investigación en materia penal, disciplinaria y fiscal en relación a los casos priorizados con el fin de generar resultados en el marco de los compromisos establecidos en la Comisión 2) La Comisión conformará grupos interdisciplinarios e interinstitucionales para el estudio conjunto e investigación de los casos priorizados en materia penal, disciplinaria y fiscal 3) la Comisión realizará visitas a los casos de estudio para identificar su estado.

10 Casos estudiados CRM Permanente

5. Coordinar acciones para el intercambio de información

1) La Comisión realizará el traslado de hallazgos entre las entidades sobre los casos priorizados para apoyar la celeridad en la investigación y sanción de los mismos. 2) La Comisión realizará seguimiento a los hallazgos administrativos, penales, disciplinarios y fiscales generados en los procesos de investigación adelantados por las entidades que conforman

15

Traslados

realizados

28/09/18

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

27

la Comisión, a la luz de los casos priorizados.

6. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento.

1) La Comisión solicitará informes de rendición de cuentas a las entidades del orden departamental y municipal involucradas en los casos priorizados por la Comisión a fin de evitar la reincidencia en actos de corrupción 2) La Comisión realizará mesas de trabajo interinstitucionales para identificar los problemas asociados a los casos de estudio 3) La Comisión realizará seguimiento conjunto a procesos estratégicos de contratación pública del departamento 4) La Comisión realizará auditorías visibles en articulación con veedurías especializadas a los casos de estudio conjuntos

2 Mesas de trabajo CRM

29/04/2018 15/06/2018 24/09/2018 20/02/2019 17/05/2019 05/07/2019

Sanción

7. Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

1) La Comisión apoyará y promoverá la celeridad de los casos en cada una de las entidades responsables a fin de contar con resultados en materia penal disciplinaria y fiscal al finalizar la vigencia del Plan de Acción

15 Decisiones adoptadas

CRM Permanente

3. Reporte de Avance de Actividades:

Corresponde al progreso de las actividades durante los dos años del Plan de Acción. En las primeras

cuatro casillas se registran los avances de cada actividad en cada uno de los cuatro semestres del

Plan, y en la última casilla, se registra el avance acumulado de cada actividad de todos los semestres

transcurridos hasta el momento del reporte. Los avances semestrales se registran en términos del

indicador (ejemplo: el avance del segundo (2) semestre es de 30 servidores y ciudadanos con

conocimiento de la Ley 1712 de 2014) y el avance acumulado se registra en términos de porcentaje

frente a la meta bianual (ejemplo: avance acumulado del primer y segundo semestre es de 130

servidores y ciudadanos capacitados, lo que corresponde al 26% de avance, frente a la meta

propuesta correspondiente a 500 servidores y ciudadanos capacitados).

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

28

Ejemplo:

Objetivo Línea de Acción

Descripción de la actividad

Meta Bianual

Indicador Entidad

Responsable

Fecha Realización Actividad

1 Sem

2 Sem

3 Sem

4 Sem

A. Bianual

Prevenir

1.Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

Se adelantará capacitación a funcionarios de las entidades descentralizadas del Departamento, en los siguientes temas: 1)Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia) 2) a Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) 3) El CONPES 167 de 2011, Política Publica Integral Anticorrupción. 4) El Código de ética del servidor público. Los diferentes protocolos de denuncia y las competencias de órganos de control (ciudadanía).

500

Servidores públicos y ciudadanos con conocimiento de la Ley 1712 de 2014

CRM 03/03/2018 05/05/2018 10/10/2018

100 30 26,0%

2. Difundir y/o verificar el uso adecuado de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas para la luchar contra la corrupción a nivel territorial

1) Se verificará la publicación y correcto diligenciamiento del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en todos los municipios del departamento y se propondrán acciones de mejorar

50

Planes Anticorrupción verificados y con recomendaciones

Procuraduría

Regional

25/09/2018 30/01/2019

10 10 40,0%

3. Promover ejercicios de control

1) La Comisión Regional desarrollará jornadas de

8 Ejercicios de promoción del control social

Contraloria

Departamental

16//02/2018 19/04/2018 11/08/2018 16//10/2018

2 1 37,5%

Casillas a

diligenciar

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

29

social sobre la gestión pública

capacitación con las veedurías más representativas del Departamento para fortalecer su capacidad de control. Esta actividad la realizará en articulación con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas 2) Promoverá la creación de veedurías ciudadanas en relación con los casos estudiados por la Comisión para potenciar la identificación de las problemáticas. 3) La CRM en sus reuniones con ciudadanía recibirá peticiones, inquietudes, quejas y denuncias, estas apoyarán la identificación de los casos priorizados.

19/02/2019 11/04/2019 16//08/2019 19/10/2019

Investigar

4. Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta

1) La Comisión desarrollará procesos de investigación en materia penal, disciplinaria y fiscal en relación a los casos priorizados con el fin de generar resultados en el marco de los compromisos establecidos en la Comisión 2) La Comisión conformará grupos interdisciplinarios e interinstitucionales para el estudio conjunto e investigación de los casos priorizados en materia penal, disciplinaria y fiscal 3) la Comisión realizará visitas a los casos de estudio para identificar su estado.

10 Casos estudiados

CRM Permanente 2 2 40,0%

5. Coordinar acciones para el

1) La Comisión realizará traslado de los hallazgos generados en las

15 Traslados

realizados

CRM 28/09/18

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

30

intercambio de información

investigaciones adelantadas sobre los casos

6. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento.

1) La Comisión realizará visitas audiencias públicas para el fortalecimiento de los casos atendidos de manera conjunta 2) La Comisión realizará auditorías conjuntas con veedurías especializadas a los casos de estudio conjuntos

6 Audiencias realizadas

CRM

29/04/2018 15/06/2018 24/09/2018 20/02/2019 17/05/2019 05/07/2019

2 1 50,0%

Sancionar

7. Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

1) La Comisión apoyará y promoverá la celeridad de los casos en cada una de las entidades responsables a fin de contar con resultados en materia penal disciplinaria y fiscal al finalizar la vigencia del Plan de Acción

15 Decisiones adoptadas

CRM Permanente 8 53,3%

Con el fin de facilitar el trabajo de las Comisiones y la adopción de instrumentos que permitan

materializar el logro de sus objetivos, es necesario que suscriban un reglamento interno que oriente

su actuación.

El siguiente es el modelo de reglamento propuesto por la Secretaría de Transparencia

5.2 Reglamento interno para las Comisiones Regionales de

Moralización

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

31

REGLAMENTO INTERNO

LA COMISIÓN REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE __________

CONSIDERANDO

Que la ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación

y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, establece, en su Capítulo V, los

organismos especiales para la lucha contra la corrupción.

Que en virtud del artículo 65 de la Ley 1474 de 2011, se crean las Comisiones Regionales de Moralización y se dé en su

composición.

Que el artículo 65 de la Ley 1474 de 2011, determina que las Comisiones Regionales de Moralización deben velar por la

aplicación y puesta en marcha de los lineamientos definidos por la Comisión Nacional de Moralización y la coordinación en

el nivel territorial de las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción.

Que el Decreto 270 de 2017, reglamenta las funciones de las Comisiones Regionales de Moralización y estableció los

parámetros para el cumplimiento de sus objetivos

Los miembros de la Comisión Regional de Moralización del departamento de __________________

ACUERDAN

ARTÍCULO 1. MISIÓN. La Comisión Regional de Moralización _________es la instancia departamental encargada de aplicar

y poner en marcha los lineamientos de la Comisión Nacional de Moralización en materia de Política Pública Integral

Anticorrupción, promoción de la transparencia y la participación ciudadana, así como de coordinar en el nivel territorial las

acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción.

ARTÍCULO 2. OBJETIVOS La Comisión Regional de Moralización de _______ trabajará alrededor de los siguientes Objetivos:

Prevención: Realizará acciones conjuntas para prevenir la corrupción en el departamento. Por medio de las siguientes

actividades:

o Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción.

o Difundir y/o verificar el uso de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas

a la lucha contra la corrupción a nivel territorial

o Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública

Investigación: Adelantará acciones conjuntas para investigar actos de corrupción en el departamento. Por medio de

las siguientes actividades:

o Estudiar casos de corrupción de manera conjunta

o Coordinar acciones para el intercambio de información sobre los casos priorizados

o Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento.

Sanción: Coordinará acciones conjuntas para promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en

correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, de acuerdo a la competencia de sus

miembros.

ARTICULO 3. FUNCIONES. La Comisión Regional de Moralización de ____________adelantará acciones de coordinación de

los órganos de prevención, investigación y sanción de casos de corrupción en el nivel territorial, a través de las siguientes

acciones:

a) La promoción de acciones que permitan identificar riesgos en el manejo y en la ejecución de los recursos públicos que

puedan ser constituidos como presuntos casos de corrupción.

b) La promoción de estrategias de formación y conocimiento de la normatividad vigente en relación a la lucha contra la

corrupción.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

32

c) La priorización de casos y/o temas de corrupción de impacto regional para ser abordados de manera coordinada por

medio del intercambio de información y el estudio conjunto de los mismos.

d) La garantía del debido proceso, que implica la eficiencia, eficacia y celeridad en las actuaciones administrativas de los

órganos de prevención, investigación y sanción por medio de la puesta en conocimiento de las irregularidades

identificadas ante las autoridades competentes para aumentar la confianza en las instituciones y un mayor impacto en

la lucha contra la corrupción a nivel regional.

ARTÍCULO 4 INTEGRANTES La Comisión estará integrada por:

1. La Procuraduría Regional de _______

2. La Gerencia Departamental de la Contraloría General de la República

3. La Dirección Seccional _____ de la Fiscalía General de la Nación

4. La Presidencia del Consejo de la Judicatura Seccional _______

5. La Contraloría Departamental de

6. La Contraloría Municipal de __________

7. La Contraloría Distrital de __________

En caso de ser requerido se podrá convocar a las siguientes entidades para integrar la Comisión.

1. Defensoría del Pueblo.

2. Las personerías municipales,

3. Los cuerpos especializados de policía técnica

4. El Gobernador

5. El Presidente de la Asamblea Departamental.

ARTÍCULO 5. MESA DIRECTIVA. La mesa directiva de la Comisión de __________ estará conformada por el Presidente, el

Vicepresidente y el Secretario Técnico.

La mesa directiva será elegida para un periodo de dos (2) años y será la encargada de liderar la ejecución del Plan de Acción

establecido para dicho período.

ARTÍCULO 6. OBLIGACIONES DE LA MESA DIRECTIVA. Serán funciones de la Mesa Directiva, las siguientes:

a) Convocar a sesiones ordinarias mensuales;

b) Convocar las reuniones extraordinarias, cuando así lo determine el Presidente de la Comisión;

c) Preparar la agenda de cada sesión;

d) Adoptar el reglamento interno de la Comisión;

e) Hacer seguimiento a la participación de todos los miembros de la Comisión;

f) Elaborar las actas de cada sesión de la Comisión;

g) Hacer seguimiento al Plan de Acción anual;

h) Garantizar el cumplimiento del reglamento;

i) Atender las recomendaciones emanadas por la Comisión Nacional de Moralización;

j) Preparar los informes de gestión de la Comisión y del seguimiento de las recomendaciones de la Comisión Nacional de

Moralización;

k) Remitir los informes de gestión a la Secretaría de Transparencia;

l) Someter a consideración de la Comisión la información que ésta requiera para la coordinación de políticas de

prevención y lucha contra la corrupción;

m) Las demás que le sean asignadas por la Secretaría de Transparencia.

ARTÍCULO 7. LA PRESIDENCIA El presidente de la Comisión Regional de Moralización de ________ y líder de la Mesa

Directiva, será elegido para un periodo de dos (2) años, con una votación del cincuenta por ciento (50%) más uno (1) de

sus miembros.

El Presidente será el encargado de liderar el cumplimiento del Plan de Acción y guiar a la mesa directiva en el cumplimiento

de sus fines.

Parágrafo: En caso de ausencia del presidente la labor ejercida por este estará en cabeza del vicepresidente.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

33

ARTÍCULO 8. LA VICE PRESIDENCIA El vicepresidente de la Comisión Regional de Moralización de ______ será quien

acompañe al Presidente en el cumplimiento de su labor, y quien ejercerá la Presidencia en caso de ausencia del mismo.

Será elegido para un periodo de dos (2) años, con una votación del cincuenta por ciento (50%) más uno (1) de sus miembros.

ARTÍCULO 9. LA SECRETARIA TÉCNICA La Secretaría Técnica de la Comisión Regional de Moralización de ______ será la

encargada de manejar la gestión documental de la Comisión y hacerle seguimiento a la convocatoria y asistencia de los

miembros a las sesiones ordinarias, así como al cumplimiento de los compromisos establecidos en cada una de ellas.

ARTÍCULO 10. LAS REUNIONES ORDINARIAS La Comisión Regional de Moralización de _______se reunirán mensualmente

los días _________ la asistencia de los miembros permanentes será de carácter obligatoria.

Podrán ser invitadas para ser escuchadas por la Comisión, cuando esta lo estime pertinente, según la naturaleza del asunto,

las siguientes autoridades: las Procuradurías Provinciales, el Auditor Seccional de la Auditoría General de la República los

Alcaldes y los Presidentes de los Concejos de los Municipios del Departamento respectivo, y otras autoridades del

Departamento o de dichos Municipios

Parágrafo 1. Sólo podrán delegar su participación a funcionarios públicos con capacidad de decisión dentro de la entidad.

La delegación solo será aceptada por el Presidente, en caso que la misma sea por fuerza mayor.

Parágrafo 2. Sesiones extraordinarias: La Mesa Directiva podrá convocar por los menos con 5 (cinco) días calendario de

anticipación sesiones extraordinarias de la Comisión, por solicitud de cualquiera de sus miembros.

ARTÍCULO 11 LAS REUNIONES CON CIUDADANIA La Comisión Regional de Moralización adelantará por lo menos, una reunión

trimestral con la ciudadanía, para atender y responder sus peticiones, inquietudes, quejas y denuncias. Esta reunión será

desarrollada en coordinación de la Red Departamental de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas existente en el territorio.

La convocatoria deberá realizarse con un mínimo de 20 días calendario de anticipación a la realización de la audiencia.

De los riesgos que se identifiquen producto de dichas reuniones, se dará traslado a la Secretaría de Transparencia de la

Presidencia de la República durante el mes siguiente de efectuada la reunión. Los mismos serán incluidos en los casos

atendidos por la Comisión para su respectivo seguimiento.

ARTÍCULO 12 CONVOCATORIA A LAS REUNIONES CON LA CIUDADANIA Para la realización de la convocatoria se acudirá a los

medios de comunicación disponibles en el departamento y en el respectivo municipio donde se llevará a cabo la audiencia,

para su difusión. Se buscará hacer uso de los siguientes medios para la difusión del evento:

a) Publicación en sitios web de las entidades públicas territoriales;

b) Publicación en sitios web de las entidades integrantes de la Comisión;

c) Comunicado a medios de comunicación (prensa, radio y televisión);

d) Comunicado publicado en las carteleras de las entidades públicas territoriales y de las entidades integrantes de la

Comisión.

e) Comunicado a la Secretaría de Transparencia para que apoye la difusión por sus redes sociales y por el sitio web del

Observatorio de Transparencia y Anticorrupción.

ARTÍCULO 13 PLAN DE ACCIÓN La Comisión Regional de Moralización de ____________elaborará un Plan de Acción por un

término de dos (2) años, el cual deberá realizarse a más tardar el 31 de enero del primer año y será reportado a la Secretaría

de Transparencia en la fecha dispuesta para tal fin.

La primera sesión del año estará dedicado a la formulación del Plan de Acción, el cual incluirá el conjunto de objetivos,

actividades y acciones que desarrollara la Comisión durante su vigencia.

ARTÍCULO 14 INFORME DE GESTIÓN La Comisión Regional de Moralización de __________ elaborará un informe semestral

de la gestión adelantada, el cual será remitido a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República antes del

30 de junio y el 31 de diciembre de cada año.

Parágrafo 1. El informe de gestión contendrá los siguientes elementos:

a) Actualización semestral de los integrantes de la Comisión.

b) Resumen ejecutivo de las actividades adelantadas por la Comisión en el último semestre.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

34

c) Relación de las reuniones llevadas a cabo con la ciudadanía organizada, con la fecha de la reunión, el tema abordado

y el lugar donde se realizó.

d) Reuniones internas de las Comisiones.

e) Avance en el cumplimiento del Plan de Acción.

ARTÍCULO 15. PRIORIZACIÓN DE CASOS. Para la priorización de los casos que serán analizados por la Comisión de _________,

se tendrán en cuenta los siguientes aspectos, de acuerdo a la Directiva 001 de 4 de octubre de 2012 de la Fiscalía General

de la Nación:

a) La gravedad de los hechos denunciados o de los cuales se tenga conocimiento (de acuerdo al análisis realizado por

cada una de las entidades competentes);

b) La naturaleza del acto de corrupción: Si se trata de faltas disciplinarias, fiscales o delitos. Siendo la conducta penal la

más reprochable en todas sus manifestaciones;

c) La cuantía del posible daño patrimonial al Estado con ocasión del acto de corrupción;

d) La afectación social causada por el acto de corrupción investigado, entendida como el impacto a la calidad de vida;

e) La riqueza probatoria y viabilidad del caso;

f) El examen de organismos internacionales del acto de corrupción;

g) La probabilidad de reiteración del acto de corrupción y el riesgo de su materialización.

ARTÍCULO 16. TOMA DE DECISIONES La Comisión Regional de Moralización de _______ privilegiará la toma de decisiones

por consenso haciendo uso permanente del principio de Transparencia, en caso que las decisiones sometidas presente un

empate la Mesa Directiva, previo análisis de los argumentos expuestos por las partes tomará la mejor decisión para la

Comisión.

Ciudad y fecha

FIRMA DEL PRESIDENTE DE LA COMISION REGIONAL

NOMBRE

CARGO

Con el fin de estandarizar y facilitar el proceso de reporte semestral de las Comisiones Regionales de

Moralización, se diseñó el modelo de informe de gestión que se presenta a continuación. Las

Comisiones deberán diligenciar este reporte en el formulario destinado para tal fin, disponible en el

sitio web de las CRM en el siguiente enlace:

http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/Mapa.aspx

El informe semestral de gestión de las Comisiones está compuesto por los siguientes campos: i)un

encabezado; ii)un espacio para la actualización de información de los integrantes de la Comisión;

iii)un resumen ejecutivo de las actividades adelantadas durante el semestre; iv)una relación de las

reuniones ordinarias adelantadas por la Comisión Regional de Moralización; v)una relación de las

reuniones adelantadas por la Comisión Regional con la ciudadanía organizada; y vi)un reporte de

avance del Plan de Acción bianual, con información detallada sobre la gestión realizada en cada una

de las actividades llevadas a cabo.

A continuación se presenta una breve explicación sobre cómo diligenciar cada uno de estos campos.

5.3 Informes de Gestión

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

35

1. Encabezado e información integrantes:

Corresponde a la información del departamento y de los integrantes permanentes de la Comisión.

En razón a que esta información se hará pública a través del sitio web del Observatorio de

Transparencia y Anticorrupción, se registrarán únicamente los datos de contacto institucionales

(Información personal de celulares, teléfonos o correos electrónicos, no debe incluirse).

2. Resumen ejecutivo de las Actividades adelantadas por la Comisión durante el último

semestre

Corresponde a una descripción general de las actividades adelantadas por la CRM durante el

semestre, que brinde una explicación de la importancia del trabajo realizado y la manera en que va a

permitir alcanzar los objetivos estratégicos que guían el plan de acción bianual.

3. Relación de reuniones ordinarias de la CRM y con la ciudadanía.

Corresponde al registro de las reuniones tanto las ordinarias realizadas mensualmente, como de las

reuniones con ciudadanía realizadas trimestralmente. Durante el semestre se espera un mínimo de

seis (6) reuniones ordinarias y dos (2) con ciudadanía. Se debe incluir la fecha y lugar de la reunión,

el número de asistentes y los temas que se trataron en cada una de ellas.

INFORME SEMESTRAL DE GESTIÓN

COMISIÓN REGIONAL DE MORALIZACIÓN

Departamento: Nombre del departamento

Integrantes de la Comisión Regional de Moralización (actualización semestral)

Nombre Cargo Dirección Teléfono Correo Electrónico

Nombre completo del integrante permanente de la CRM

Cargo en la entidad que representa

Dirección física entidad

Teléfono(s) institucional(es)

Correo (s) institucional (es)

Resumen Ejecutivo de las Actividades adelantadas por la Comisión durante el último semestre

Se pueden tener en cuenta, entre otras, la siguientes variables: 1. Actividades realizadas 2. Alcance 3. Sectores /población objeto de la intervención 4. Impacto esperado 5. Seguimiento y medición

Relación de Reuniones ordinarias de la Comisión Regional de Moralización

No. Fecha Lugar Número de Asistentes

Temas abordados

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

36

4. Reporte de avance del Plan de Acción

Corresponde al avance de cada una de las actividades incluidas en el Plan de Acción durante el

semestre reportado, está conformado por dos partes:

1) En la primera parte, se registra la información de cada una de las actividades del Plan, esto

es: objetivo, línea de acción, actividad, meta, indicador, fecha de realización y entidad

responsable.

2) En la segunda parte, se registran los avances del semestre de acuerdo a tres categorías: i) el

avance cuantitativo semestral, que corresponde al resultado numérico logrado durante el

semestre frente a la meta bianual; ii) el avance cualitativo semestral, que explica en detalle

las acciones desarrolladas, y iii) el avance total bianual que registra el avance porcentual

acumulado de todos los semestres reportados a la fecha.

1 fecha de reunión

lugar de reunión

No. asistentes de la CRM

Registrar los temas que se trataron durante la reunión y las conclusiones y/o decisiones principales.

2

3

4

5

6

Relación de reuniones de la Comisión Regional de Moralización con Ciudadanía Organizada

No. Fecha Lugar Número de Asistentes

Temas abordados

1 Fecha de reunión

Lugar de reunión

Ciudadanos Asistentes

Registrar los temas que se trataron en la reunión y las conclusiones y/o decisiones principales. Mención del papel desempeñado por los ciudadanos que acompañaron

la reunión.

2

Reporte de avance del Plan de Acción (segundo semestre)

1 Parte: Información Plan de Acción

2 Parte: Avances Plan de Acción

Objetivo Línea de Acción

Actividad Metas Indicador Fecha Entidad

responsable

Avance Cuantitativo

Semestral

Avance Cualitativo Semestral

% Avance Acumulado

Bianual

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

37

Importante: El informe de gestión debe ser remitido a la Secretaría de Transparencia antes del 30 de

junio y el 31 de diciembre de cada año.

Las Comisiones Regionales de Moralización cuentan con un instrumento para sistematizar la

información sobre los casos abordados en el objetivo de investigación y de sanción,

contenido en los Planes de Acción. Dicho instrumento permitirá conocer el avance en cada

caso y las posibles dificultades encontradas en su abordaje.

La ficha presenta está compuesta por diferentes casillas en las cuales se consigna

información general sobre los casos, relacionada con: nombre del caso, fecha de priorización,

estado del caso, valor y fuente de los recursos, servidores públicos y personas involucradas,

Registro del objetivo al que corresponde la actividad reportada. (Prevención, Investigación y sanción)

Registro de la línea de acción elegida.

Registro de la actividad elegida. Puede ser una de las actividades sugeridas en Plan de Acción

Registro numérico de la meta bianual de la actividad

Registrar el indicador con base en el cual se va a medir de la actividad.

Fechas programadas para realizar las actividades

Entidad a cargo del liderazgo de la actividad.

Registro numérico del avance en el semestre reportado.

Descripción breve de la actividad realizada. Tema, actores involucrados y resultados.

Registro, en términos de porcentaje, del avance acumulado de todos los semestres reportados a la fecha. De acuerdo a la siguiente fórmula: Avance semestre 1 + Avance semestre 2 + Avance semestre 3 + Avance semestre 4 / meta bianual

Prevención 1.Capaci

tar a los

funciona

rios y a

la

ciudada

nía en

temas

de

transpar

encia y

anticorr

upción

Promover el

conocimiento

de la Ley 1712

de 2014 (Ley

de

Transparencia

en servidores

públicos.

500

Servidores

públicos y

ciudadanía

con

conocimient

o de la Ley

1712 de

2014

capacitados

14 -may

17 -jul

5 -oct

Contraloría

Deptal

120

No. De capacitaciones realizadas Lugar y fechas de la actividad Población objeto de intervención Impacto esperado

26%

5.4 Ficha de Casos

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

38

acciones desarrolladas en la CRM, compromisos y actividades pendientes. A continuación se

presentan dichas casillas y la información que debe diligenciarse:

CATEGORÍA INFORMACIÓN

Generalidades del Caso

Nombre del caso

Fecha de priorización

Estado del caso en la Comisión Abierto o cerrado

Valor de los recursos involucrados y sector

Monto total en pesos colombianos de los recursos posiblemente afectados y sector en el cual se ubica el caso (salud, educación, infraestructura, saneamiento básico)

Fuente(s) de los recursos Origen de los recursos afectados (Sistema General de Regalías, Sistema General de Participaciones)

Hechos (descripción general y resumen)

Descripción del caso, sus características, las irregularidades identificadas y las razones por las cuales se adelanta su estudio

Servidor (es) públicos involucrados

Persona (s) natural involucrada

Persona (s) jurídica involucrada

Acciones desarrolladas en la Comisión Mencionar las acciones que ha realizado la Comisión para iniciar la investigación del caso (audiencias con ciudadanía, visitas, investigaciones por las entidades)

Compromisos asumidos por las entidades que conforman a la Comisión

Mencionar las acciones que ha asumido cada miembro de la Comisión para contribuir en el estudio del caso (investigaciones, auditorias, visitas, traslado o socialización de hallazgos, etc)

Actividades pendientes por la Comisión o por las entidades que conforman a la Comisión

Detallar las acciones que se realizarán posteriormente sobre el caso (traslado de hallazgos generados, seguimiento a hallazgos, procesos de sanción)

Acciones en materia de investigación y sanción

Investigaciones realizadas/en curso y entidades responsables

Relacionar las entidades que adelantan investigaciones sobre el caso

Hallazgos de Contralorías Territoriales

Incidencia

Administrativo Fiscal Penal

Disciplinario

Otras Incidencias

Describir el hallazgo generado y sus características

Sanciones o decisiones adoptadas sobre los hallazgos

Resultados arrojados por cada hallazgo

Hallazgos de Contraloría General de la República

Incidencia

Administrativo Fiscal Penal Disciplinario Otras Incidencias

Detallar el hallazgo generado y sus características

Sanciones o decisiones adoptadas sobre los hallazgos

Resultados arrojados con cada hallazgo

Hallazgos de Procuraduría Regional Falta Disciplinaria

Leve Grave Gravísima Relacionar de las faltas de tipo disciplinario y se asigna su gravedad

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

39

Sanciones o decisiones adoptadas sobre los hallazgos

resultados arrojados con las faltas identificadas

Responsabilidad Penal Delitos Relacionar los delitos identificados en el caso

Sanciones o decisiones adoptadas sobre los hallazgos

Relacionar las medidas tomadas frente a los delitos identificados

Adicionales sobre el caso Observaciones relevantes sobre el caso

Dificultades en su desarrollo

Objetivo: Hacer seguimiento al cumplimiento de las acciones contempladas en el Plan de Acción aprobado por las Comisiones Regionales de Moralización (CRM).

El indicador evalúa las acciones establecidas por las Comisiones en los siguientes 4 componentes:

Cumplimiento de los lineamientos: Este componente tiene como objetivo verificar el

cumplimiento de los lineamientos y la normatividad vigente. (Art 65, Ley 1474 de 2011, Decreto 270

de 2017) este componente tendrá un peso del 20% en el indicador.

Para tal efecto mide el nivel de avance de las siguientes actividades:

5.5 Indicador Compuesto de las Comisiones Regionales de Moralización (ICRM)

1) Cumplimiento de los lineamientos

2) Acciones de Prevención

3) Acciones de Investigación

4) Acciones de Sanción

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

40

Las actividades señaladas deberán contar con un soporte, el cual debe ser remitido a la Secretaría de Transparencia.

Acciones de Prevención: Este componente tiene como objetivo verificar el nivel de avance de

las CRM frente a la coordinación y la realización de acciones conjuntas de los órganos de

control para prevenir la corrupción en el nivel territorial, es decir que ddeberán realizar

acciones que permitan identificar alertas tempranas, así como promover estrategias de

formación y conocimiento de la normatividad, que impidan la materialización de casos de

corrupción. Este componente tendrá un peso del 25% en el indicador.

Para tal efecto el componente mide el nivel de avance de las siguientes tres (3) líneas de acción:

o Capacitación a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción. o Difusión y/o verificación del uso de herramientas básicas de gestión por parte de las

entidades públicas, encaminadas a la lucha contra la corrupción a nivel territorial. o Promoción de ejercicios de control social sobre la gestión pública.

•Como mínimo se debe realizar una (1) reunión mensual.

•Para obtener un 100% en esta actividad se deberán reportar seis (6) reuniones en el semestre y remitir los soportes respectivos a la Secretaría de Transparencia.

Realización de reuniones ordinarias

•Como mínimo se debe realizar una (1) reunión trimestral.

•Para obtener un 100% en esta actividad se deberán reportar dos (2) reuniones en elsemestre y remitir los soportes respectivos a la Secretaría de Transparencia.

Realización de reuniones ciudadanía organizada

•Verifica que la CRM formule el Plan de Acción Bianual, esta actividad se evalúa al inicio de la vigencia.

•Para obtener un 100% se debe diligenciar el Plan de Acción en el formularioelectrónico ubicado en el sitio web www.anticorrupción.gov.co y contar con laaprobación Secretaría de Transparencia.

•El documento debe contemplar todas las lineas de acción incluyendo actividadessugeridas o nuevas, en los tres (3) objetivos señalados.

Plan de Acción

•Verifica que la CRM adopte un reglamento interno, esta actividad se evalúa al iniciode la vigencia.

•Para obtener un 100% se debe remitir el documento a la Secretaría deTransparencia.

Reglamento

•Verifica que la CRM elabore el Informe de gestión, se espera contra con un (1)documento al finalizar cada semestre.

•Para obtener un 100% se debe diligenciar el Informe de Gestión en el formularioelectrónico ubicado en el sitio web www.anticorrupción.gov.co y contar con laaprobación Secretaría de Transparencia.

•El documento debe contemplar todas las actividades adelantadas y estardiligenciado adecuadamente.

Informe de Gestión

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

41

Componente/Objetivo

Peso Actividad Indicador

Prevención 25%

1.Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

Número de personas capacitadas/ Número de personas por capacitar

2. Difundir y/o verificar el uso de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades públicas, encaminadas a luchar contra la corrupción a nivel territorial

No. de herramientas básicas de gestión

verificadas/ meta inicial herramientas a verificar

3. Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública

No. de ejercicios realizados/ No de ejercicio previstos

Acciones de Investigación: Este componente tiene como objetivo verificar el nivel de avance

de las CRM frente a la coordinación y la realización de acciones conjuntas de los órganos de

control para investigar actos de corrupción en el nivel territorial. Es decir que las entidades

miembros de la Comisión, en cumplimiento de su deber de colaboración armónica, deberán

priorizar casos y/o temas de corrupción de impacto regional para ser abordados de manera

coordinada, por medio del intercambio de información y el estudio conjunto de los mismos.

Este componente tendrá un peso del 30% en el indicador.

Para tal efecto el componente mide el nivel de avance de las siguientes tres (3) líneas de acción:

o Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta. o Coordinar acciones para el intercambio de información o Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las

temáticas de seguimiento.

Componente/Objetivo Peso Actividad Indicador

Investigación 30%

4. Identificar y estudiar casos de corrupción de manera conjunta

No de casos estudiados/ No de casos priorizados

5. Coordinar acciones para el intercambio de información

No. De casos con al menos un traslados de información

realizada / No. casos priorizados

6. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en las temáticas de seguimiento.

No de espacios de diálogo abiertos/ No. de espacios

previstos

Acciones de Sanción: Este componente tiene como objetivo verificar el nivel de avance de las

CRM frente a la coordinación de acciones conjuntas de los órganos de control para sancionar

de acuerdo a sus competencias los actos de corrupción en el nivel territorial a los que haya

lugar, Es decir, serán evaluados los resultados arrojados por las investigaciones adelantadas

en relación con la eficiencia, eficacia y celeridad en las actuaciones administrativas, la puesta

en conocimiento de las irregularidades identificadas ante las autoridades competentes y

demás gestiones adelantadas sobre los mismos.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

42

Este componente tendrá un peso del 25% en el indicador.

Para tal efecto mide el nivel de avance de la siguiente línea de acción:

o Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de

corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

Componente/Objetivo Peso Actividad Indicador

Sanción 25%

6. Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar.

No. de casos que al menos

tuvo un (1) resultado / No

de casos priorizados

Nota: todas las actividades reportadas deberán contar con un soporte, el cual debe ser remitido a la Secretaría de Transparencia. Interpretación del Indicador: El ICRM indicador se calcula de dos maneras:

o Individual: teniendo en cuenta que los planes de acción de las Comisiones son diferentes entre sí, por lo tanto el nivel de avance depende del cumplimiento de las acciones programadas por cada equipo.

o Global: Con el resultado individual del desempeño de las 32 Comisiones se realiza un cálculo global que permite obtener el promedio de comisiones que se encuentran en los rangos crítico, en alerta y adecuado, tal como se muestra a continuación:

Rangos de Evaluación

Critico En Alerta Adecuado

< 30 % 30 % - 70 % > 70 %

100%- Puntaje Máximo: Refleja el pleno cumplimiento de las actividades planteadas en el Plan de Acción de cada CRM frente a los cuatro componentes: Implementación de lineamientos, Prevención, Investigación y Sanción.

0% -Puntaje Mínimo: Refleja que ninguna de las comisiones está cumpliendo con de las actividades planteadas en el Plan de Acción frente a los cuatro componentes: Implementación de lineamientos, Prevención, Investigación y Sanción.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

43

En el sitio web www.anticorrupción.gov.co las Comisiones Regionales de Moralización cuentan con un espacio en donde se hacen visibles sus actividades, composición, planes de acción, y se generan reportes sobre el avance en la gestión. Adicionalmente, las Comisiones encuentran espacios de interacción que buscan

facilitar el trabajo adelantado y crear canales de comunicación más expeditos con

la Secretaría de Transparencia y la Comisión Nacional de Moralización.

Los espacios creados para tal fin son:

La Secretaría de Transparencia es la encargada de dar soporte para el acceso y uso de la Plataforma

Espacio individual por Comisión:

Cada Comisión cuenta con un espacio en el cual es visible su composición, plan de acción, reglamento, informe de gestión, noticias, y calendario de actividades, en este espacio se encuentra un buzón para contactar a la Comisión.

Herramientas Digitales:

En este espacio las Comisiones encuentran las principalesherramientas digitales para consulta y diligenciamiento, comoson: i) cartilla de Lineamientos, ii)biblioteca virtual donde puedenacceder a los documentos normativos y de política públicarelacionados con la lucha contra la corrupción, iii) banco deexperiencias para conocer las experiencias exitosas de las CRM ycontactarse con ellas, iv) formulario electrónico para diligenciar elPlan de Acción Bianual, v)formulario electrónico para diligenciarel l informe de gestión.

Las Comisiones en Red

Las Comisiones pueden acceder a un buzón de sugerencias para mantener comunicación con la Comisión Nacional de Moralización, con la Secretaría de Transparencia y a un espacio de foros.

Indicador de Gestión de las CRM (ICRM)

En este espacio las Comisiones pueden monitorear sus avances con respecto a otras Comisiones y revisar el agregado general por medio del indicador de gestión que da cuenta del cumplimiento en relación a las herramientas y objetivos establecidos.

5.5 Plataforma Virtual

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

44

OBJETIVOS DEL

PLAN DE ACCIÓN DE

LAS CRM

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

45

PREVENCIÓN

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

46

De acuerdo con lo señalado en el artículo 65 de la ley 1474, y ratificado en el decreto 270 de 2017;

las entidades miembro de la Comisión Regional de Moralización como órganos encargados de

promover la prevención de la corrupción en sus regiones deberán coordinar acciones que les

permitan identificar riesgos en el manejo y ejecución de los recursos públicos que puedan ser

constituidos como posibles casos de corrupción y promover estrategias de formación y conocimiento

de la normatividad vigente en relación a la lucha contra la corrupción.

El principal valor agregado de este objetivo es el de contrarrestar el bajo nivel de conocimiento de la

normatividad e instrumentos de lucha contra la corrupción por parte de las entidades públicas y la

ciudadanía, falencia que fue manifestada por las CRM durante el periodo de acompañamiento

realizado por la Secretaría de Transparencia entre 2015 y 2016.

La socialización de la normatividad de instrumentos vigentes en la materia permitirá a las Comisiones

desarrollar un trabajo formativo con la ciudadanía y los servidores públicos del departamento, labor

con la que complementarán sus actividades de vigilancia y control, con las que son tradicionalmente

asociadas.

Las entidades que componen la Comisión Regional de Moralización son líderes en la lucha contra la

corrupción en las regiones y en esa medida son las llamadas a combatir ese fenómeno, mediante el

uso y aplicación de las normas establecidas en Colombia para prevenirlo.

A continuación encontrarán las normas nacionales e internacionales que otorgan a las entidades que

componen las Comisiones Regionales de Moralización la obligatoriedad de trabajar en torno a la

prevención de la corrupción.

Instrumento Contenido

Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Corrupción

Artículo 6, Órgano u órganos de prevención de la corrupción: Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, garantizara la existencia de un órgano u órganos, según proceda, encargados de prevenir la corrupción con medidas tales como: (…) El aumento y la difusión de los conocimientos en materia de prevención de la corrupción.

Artículo 7, Sector Público: Cada Estado Parte, cuando sea apropiado y de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, procurara adoptar sistemas de convocatoria, contratación, retención, promoción y jubilación de empleados públicos y, cuando proceda, de otros funcionarios públicos no elegidos, o mantener y fortalecer dichos sistemas. Estos: (...) Promoverán programas de formación y capacitación que les permitan cumplir los requisitos de desempeño correcto, honorable y debido de sus funciones y les proporcionen capacitación especializada y apropiada para que sean más conscientes de los riesgos de corrupción inherentes al desempeño de sus

Marco Normativo

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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funciones. Tales programas podrán hacer referencia a códigos o normas de conducta en las esferas pertinentes.

Artículo 8, Códigos de conducta para funcionarios públicos: Con objeto de combatir la corrupción, cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, promoverá, entre otras cosas, la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre sus funcionarios públicos así (i) promoverá la integridad, honestidad y responsabilidad entre sus funcionarios públicos; (ii) Aplicará códigos o normas de conducta para correcto, honorable y debido cumplimiento de las funciones públicas; (iii) y tomará nota de iniciativas pertinentes de organizaciones regionales, interregionales y multilaterales, como el Código Internacional de conducta para los titulares de cargos públicos.

Convención Interamericana de Lucha Contra la Corrupción

Artículo 3: Los Estados Partes convienen considerar la aplicabilidad de medidas dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer, entre otros (i) Normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas que exijan a los funcionarios públicos informar a las autoridades competentes sobre actos de corrupción en la función pública (ii) mecanismos para hacer efectivo dicho cumplimiento, y (iii) Instrucciones al personal de las entidades públicas, que aseguren la adecuada comprensión de sus responsabilidades y las normas éticas que rigen sus actividades.

Constitución Política de Colombia

Artículo 270: “La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados.”

Conpes 3654 de 2010- Política de rendición de cuentas de la rama ejecutiva a los ciudadanos.

Incentivos institucionales para apoyar y formar a los veedores: (...) Los Comités de seguimiento a la inversión de regalías (CSIR) coordinados por la Contraloría y la Procuraduría General de la Nación, cuentan con la participación de actores públicos, privados y los ciudadanos. Son organismos autónomos que buscan fortalecer la participación ciudadana y el control social en cuanto a los recursos de las regalías en los departamentos y municipios que los reciben.

Rendición de cuentas horizontal: en cuanto a rendición de cuentas horizontal, existe en el país un diseño constitucional de separación de poderes y controles mutuos entre los mismos (títulos V al X de la Constitución Política). El Congreso tiene la facultad de ejercer el control político sobre el Ejecutivo. La Rama Judicial ejerce el control jurídico y constitucional sobre todas las acciones el sector público. En particular, la Corte Constitucional creada por la Constitución de 1991 ha tenido mucha fuerza en el ejercicio del control de constitucionalidad de todos los actos del sector público. Los informes del gobierno al Congreso, los controles de constitucionalidad y la gestión de los mecanismos de control son ejemplos de este tipo de rendición de cuentas (Isaza 2009). El segundo tipo de rendición de cuentas horizontal es la ejercida por los organismos de control (Contraloría y Ministerio Publico). Estos están diseñados de manera que puedan controlar las acciones de todos los servidores públicos y aplicar sanciones por comportamientos indebidos.

Rendición de cuentas asignada: La rendición de cuentas asignada, de agencia o por instituciones de mandato pretende corregir las deficiencias del balance de poderes. Se trata de órganos creados específicamente con la finalidad de controlar el desempeño y el comportamiento de las tres ramas del poder tradicionales. Estas agencias suelen tener autonomía y pueden solicitar información, verificar el cumplimiento de conductas, recibir y tramitar quejas sobre el comportamiento de las instituciones y sus servidores, y de aplicar sanciones en casos determinados13.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Usualmente estos órganos se enfocan en las conductas violatorias de normas, pero también pueden abordar la obtención de resultados (Banco Mundial 2004). Tradicionalmente estos órganos de control abordan asuntos disciplinarios, corrupción, derechos humanos, sociales, económicos, ambientales y culturales, fiscales y penales.

Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.”

Artículo 64: Al respecto de las funciones de la Comisión Nacional de Moralización (integrada, entre otras entidades, por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Fiscalía General de la Nación) se señala: “Orientar y coordinar la realización de actividades pedagógicas e informativas sobre temas asociados con la ética y la moral públicas, los deberes y las responsabilidades en la función pública”.

Artículo 80: Las CRM pueden apoyarse en medios de comunicación regionales y en los canales de televisión públicos para socializar su estrategia de capacitación en temas de transparencia y anticorrupción: “Los proveedores de los Servicios de Radiodifusión Sonora de carácter público o comunitario deberán prestar apoyo gratuito al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en divulgación de proyectos y estrategias de comunicación social, que dinamicen los mecanismos de integración social y comunitaria, así como a la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción (hoy Secretaría de Transparencia) y otras entidades de la Rama Ejecutiva con un mínimo de 15 minutos diarios de emisión a cada entidad, para divulgar estrategias de lucha contra la corrupción y proteger y promover los derechos fundamentales de los Colombianos. De la misma manera los operadores públicos de sistemas de televisión, deberán prestar apoyo en los mismos términos y con el mismo objetivo, en un tiempo no inferior a 30 minutos efectivos de emisión en cada semana”.

Ley 1437 de 2011- Código de Procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo

Artículo 8. Deber de información al público: Las autoridades deberán mantener a disposición de toda persona información completa y actualizada, en el sitio de atención y en la página electrónica, y suministrarla a través de los medios impresos y electrónicos de que disponga, y por medio telefónico o por correo, sobre los siguientes aspectos: (…) Las normas básicas que determinan su competencia.

Ley 850 de 2013 “Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.”

Artículo 22. Conformase la red institucional de apoyo a las veedurías ciudadanos, la cual se conformará en sus distintos niveles y responsabilidades en la siguiente forma: La Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio del Interior, prestarán su apoyo y concurso a las veedurías ciudadanas y a las redes que las agrupan en todo lo relativo al apoyo legal y a la promoción de la vigilancia, para tal efecto, podrán acordar mediante convenios interadministrativos, acciones conjuntas en las materias antes mencionadas. El Departamento Administrativo de la Función Pública, como parte del mejoramiento de la Gestión Pública en el orden nacional, diseñará metodologías de evaluación de la Gestión Pública, orientada a facilitar el ejercicio de la vigilancia por parte de las veedurías ciudadanas y de las redes que las agrupan y suministrará la información pertinente sobre los planes institucionales y la evaluación del Estatuto Anticorrupción.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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La Escuela Superior de Administración Pública será institución de apoyo en el sistema para la organización de los programas de capacitación que demanden la veeduría ciudadana y las redes que las agrupan, para cuyo efecto, los organismos antes mencionados, tendrán en cuenta dicha institución como instrumentos de ejecución de sus programas en esta materia. Los organismos de planeación en sus diferentes niveles y ámbitos de acción, suministrarán la información sobre los planes, programas y proyectos adoptados y organizarán sesiones amplias de explicación o instrumentos masivos de divulgación sobre los recursos asignados, beneficiarios y metodologías de seguimiento y evaluación de los mismos. El Fondo de Desarrollo Comunal y la Participación, adscrito al Ministerio del Interior contribuirá e impulsará las campañas de conformación de veedurías y redes y las capacitará para el ejercicio de la vigilancia, de la misma manera adelantará evaluaciones de los logros alcanzados por ellas y coordinará la red institucional de apoyo a las veedurías y ejercerá las demás funciones por la ley.

Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.”

Artículo 23. Funciones del Ministerio Público. El Ministerio Público será el encargado de velar por el adecuado cumplimiento de las obliga­ciones estipuladas en la presente ley. Para tal propósito, la Procuraduría General de la Nación en un plazo no mayor a seis meses establecerá una metodología para que aquel cumpla las siguientes funciones y atribuciones: a) Desarrollar acciones preventivas para el cumplimiento de esta ley; b) Realizar informes sobre el cumplimiento de las decisiones de tutelas sobre acceso a la información; c) Publicar las decisiones de tutela y normatividad sobre acceso a la información pública; d) Promover el conocimiento y aplicación de la presente ley y sus disposiciones entre los sujetos obligados, así como su comprensión entre el público, teniendo en cuenta criterios diferenciales para su accesibilidad, sobre las materias de su competencia mediante la publicación y difusión de una guía sobre el derecho de acceso a la información; e) Aplicar las sanciones disciplinarias que la presente ley consagra; f) Decidir disciplinariamente, en los casos de ejercicio de poder preferente, los casos de faltas o mala conducta derivada del derecho de acceso a la información; g) Promover la transparencia de la función pública, el acceso y la publicidad de la información de las entidades del Estado, por cualquier medio de publicación; h) Requerir a los sujetos obligados para que ajusten sus procedimientos y sistema de atención al ciudadano a dicha legislación; i) Realizar, directamente o a través de terceros, actividades de capacitación de funcionarios públicos en materia de transparencia y acceso a la información; j) Efectuar estadísticas y reportes sobre transparencia y acceso a la información de los órganos de la administración del Estado y sobre el cumplimiento de esta ley; k) Entregar en debida forma las respuestas a las peticiones formuladas con solicitud de identificación reservada a las que se refiere el parágrafo del artículo 4° de la presente ley; l) Implementar y administrar los sistemas de información en el cumplimiento de sus funciones, para lo cual establecerá los plazos y criterios del reporte por parte de las entidades públicas que considere necesarias.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Las entidades del Ministerio Público contarán con una oficina designada que dispondrá de los medios necesarios para el cumplimiento de las anteriores funciones y atribuciones. Artículo 30. Capacitación. El Ministerio Público, con el apoyo de la sociedad civil interesada en participar, deberá asistir a los sujetos obli­gados y a la ciudadanía en la capacitación con enfoque diferencial, para la aplicación de esta ley.

Ley 1757de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática, título IV- de la Rendición de Cuentas.”

Artículo 51. Manual Único y lineamientos para el proceso de Rendición de Cuentas. El Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo de la Función Pública con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación elaborará el Manual Único de Rendición de Cuentas, que se constituirá en la guía de obligatoria observancia para las entidades públicas en el desarrollo del proceso de rendición de cuentas. Este manual deberá contener los lineamientos metodológicos para desarrollar la rendición de cuentas en las entidades de la Rama Ejecutiva, del orden nacional y territorial, así como las recomendaciones para las demás ramas del poder público y entidades de la Administración Pública. Incluye criterios para determinar los temas de interés de la ciudadanía, el desarrollo sectorial y regional, así como lineamientos de información, gobierno abierto y mecanismos de participación ciudadana. Artículo 52. Estrategia de Rendición de Cuentas. Las entidades de la Administración Pública nacional y territorial, deberán elaborar anualmente una estrategia de Rendición de Cuentas, cumpliendo con los lineamientos del Manual Único de Rendición de Cuentas, la cual deberá ser incluida en el Plan Anticorrupción y de Atención a los Ciudadanos. La estrategia incluirá instrumentos y mecanismos de rendición de cuentas, lo lineamientos de Gobierno en Línea, los contenidos, la realización de audiencia públicas, y otras formas permanentes para el control social. Artículo 84. De las Comisiones Regionales de Moralización como promotoras de la participación ciudadana. Las Comisiones Regionales de Moralización, serán las encargadas de la elaboración de informes públicos sobre las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción, así como los avances en el ejercicio de la participación ciudadana y del control social sobre la gestión pública por parte de las autoridades locales, municipales y departamentales. Los informes deberán ser presentados al Consejo Nacional de Participación Ciudadana y enviados a la Comisión Nacional de Moralización, dentro de los dos primeros meses del año y entre agosto y septiembre de cada año.

Decreto 267 de 2000 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.”

Artículo 5: Funciones. Para el cumplimiento de su misión y de sus objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política, le corresponde a la Contraloría General de la República: (…) “Desarrollar actividades educativas formales y no formales en las materias de las cuales conoce la Contraloría General, que permitan la profesionalización individual y la capacitación integral y específica de su talento humano, de los órganos de control fiscal territorial y de los entes ajenos a la entidad, siempre que ello esté orientado a lograr la mejor comprensión de la misión y objetivos de la Contraloría General de la República y a facilitar su tarea”.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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De acuerdo con lo anterior las CRM deberán incluir en sus planes las siguientes líneas de acción.

1. Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

por medio de la promoción, sensibilización y difusión de:

o La Ley 1712 del 2014 o Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a La Información Pública

o El Conpes 167 de 2013 o Política Pública Integral Anticorrupción

o La Ley 1474 de 2011 o Estatuto Anticorrupción

o El Código de Ética del Servidor Público

o La ley 1757 de 2015 Promoción y protección del derecho a la participación democrática

o El Conpes 3654 de 2010 Estrategia de Rendición de Cuentas

o Manual Único de Rendición de Cuentas

2. Difundir y/o verificar el uso de herramientas básicas de gestión por parte de las entidades

públicas, encaminadas para la luchar contra la corrupción a nivel territorial, tales como:

o Estrategias anticorrupción en los planes de desarrollo municipales y/o departamental

o El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

o Estrategia de Rendición de Cuentas en entidades públicas del departamento

o Estrategias para el Desarrollo de Competencias Ciudadanas en las instituciones educativas

de educación básica y media del departamento.

o Modelo Estándar de Control Interno

3. Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública, tales como:

o Formación a la ciudadanía en herramientas de control social

o Creación de veedurías ciudadanas por sectores o proyectos de inversión estratégicos

o Audiencias públicas para dar respuesta a peticiones, inquietudes, quejas y denuncias de la

ciudadanía

Líneas de Acción

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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1 Línea de Acción:

Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de

transparencia y anticorrupción.

A continuación se presenta la metodología y actividades sugeridas para el desarrollo de esta acción:

Paso 1: Identificar el público objetivo:

o Identificar entidades con mayores riesgos de corrupción y priorizarlas para la realización de las capacitaciones. Estos riesgos pueden estar determinados por incumplimiento de la ley, nivel de riesgos de corrupción de acuerdo al Índice de Transparencia, cumplimiento de normas anticorrupción en relación al resultado del Índice de Gobierno Abierto de la Procuraduría General de la Nación, resultados en el Índice de Desempeño Fiscal, informes de la Auditoría General de la Nación, riesgos identificados en su Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, entre otros. También se pueden tener en cuenta deficiencias en las obligaciones de reporte de información que tienen los sujetos obligados de las entidades que componen la Comisión.

o Identificar sectores de inversión pública con mayores casos y/o riesgos de corrupción asociados, donde se considere prioritario fortalecer las capacidades técnicas de servidores públicos en estos temas, y formar a la sociedad en aspectos relacionados con el ejercicio de la veeduría ciudadana.

Paso 2: Identificar temática a abordar:

o De acuerdo al público que se haya definido y a las necesidades que se hayan identificado, seleccionar los temas en los que se va a basar la estrategia de formación que se busca implementar: Temas de administración pública, contratación, participación ciudadana y control social, publicidad de información, entre otros.

o Gestión de expertos con las entidades que lideran o que tienen conocimiento de las políticas que se van a promover, como por ejemplo la Secretaría de Transparencia, la Escuela Superior de Administración Pública ESAP, el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, el Departamento Nacional de Planeación, DNP, instituciones académicas, entre otros.

Actividades Sugeridas

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Paso 3: Preparación de la capacitación:

o Definir el lugar y la fecha en la que se va a desarrollar la actividad. o Diseñar una imagen de presentación del evento. La idea es que esta imagen o logo se difunda

en los diferentes formatos que se usen para promocionar el evento, como invitaciones, redes sociales, pendones, vallas, carteleras, entre otros.

o Definir la agenda del evento: Establecer los tiempos de intervención de cada expositor y el orden en el que se van a presentar los temas, incluir en la presentación del evento un breve resumen o mención de la trayectoria académica y laboral de cada interventor y definir tiempos de inicio, recesos, cambios de locación y finalización de la actividad.

o Definir los detalles logísticos del evento: Seleccionar a la persona que va a encargarse de la presentación y moderación, definir los espacios y personal destinados para el registro de los asistentes (se recomienda hacerlo en medios digitales para facilitar la construcción de bases de datos) y asegurar que el espacio escogido cuente con los recursos necesarios para llevar a cabo las actividades programadas (sonido, ayudas audiovisuales, iluminación, equipos de cómputo, etc.).

o Diseñar una encuesta de evaluación del evento y distribuirla a los asistentes. o Entregar un certificado a los asistentes que acredite su participación en el evento y hacerles

llegar una memoria con la información más relevante de la actividad. Esto se recomienda hacerlo por vía electrónica usando la base de datos en la que se registró el ingreso de los participantes.

o Preparar los recursos necesarios para el registro y/o transmisión de la actividad: Registro fotográfico, transmisión en vivo, actualización de redes sociales y páginas web, entre otros.

- Promover el conocimiento de la Ley 1712 de 2014 en servidores públicos

- Promover el conocimiento de la ley 1712 de 2014 en la ciudadanía

- Promover el conocimiento sobre la ley 1474 de 2011 o Estatuto Anticorrupción

- Promover el conocimiento sobre el Conpes 167 de 2013, Política Pública Integral Anticorrupción

- Promover el conocimiento sobre el Código de ética del servidor público

- Formar a la ciudadanía en los diferentes protocolos de denuncia y las competencias de órganos de control

- La ley 1757 de 2015 Promoción y protección del derecho a la participación democrática

- El Conpes 3654 de 2010 Estrategia de Rendición de Cuentas - Manual Único de Rendición de Cuentas - Articular acciones de capacitación con la Red Institucional de

Apoyo a las Veeduría

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Paso 4: Convocatoria

o Envío de invitaciones a las entidades que van a participar y confirmación posterior de su asistencia.

o Difusión de la actividad por medios institucionales como redes sociales, programas radiales, páginas web, entre otros.

Paso 5: Retroalimentación:

o Tabular los resultados de la encuesta de satisfacción de la actividad para establecer el grado de aceptación de la misma y detectar aspectos que permitan mejorarla.

o Definir una estrategia para continuar con el programa de capacitación, de acuerdo a los resultados obtenidos.

2 Línea de Acción:

Difundir y/o verificar el uso de herramientas básicas de gestión por

parte de las entidades públicas, encaminadas a luchar contra la

corrupción a nivel territorial.

Para difundir o verificar el uso de herramientas básicas de gestión, la CRM deberá:

o Identificar la herramienta sobre la cual realizará la verificación (en el cuadro se presentan algunas sugerencias).

o Seleccionar la estrategia de verificación (encuestas, visitas, revisión de sitios web). o Establecer el equipo (recurso humano) que adelantará la verificación. o Socializar los resultados en una reunión ordinaria de la Comisión. o Determinar la estrategia de socialización de resultados a los interesados. o Elaborar documentos con recomendaciones. o Divulgar las recomendaciones a los interesados. o Hacer seguimiento a la incorporación de las recomendaciones en la gestión.

Algunas de las herramientas sobre las cuales las Comisiones pueden hacer verificación son:

1. El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

2. Estrategias anticorrupción en los planes de

desarrollo municipales y/o departamental.

3. Estrategias para el Desarrollo de Competencias

Ciudadanas en las instituciones educativas de

educación básica y media del departamento.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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1. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano es una apuesta institucional para combatir la

corrupción, la cual debe ser liderada por la Oficina de Planeación de cada una de las entidades

territoriales.

Para realizar una adecuada verificación a la formulación de este instrumento, se propone realizar una

lista de chequeo sobre del cumplimiento de los siguientes tiempos y acciones:

Paso 1- Verificar su existencia: el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano debe ser elaborado de manera anual y publicado en la página web de cada entidad antes del 31 de enero de cada año.

Paso 2- Verificar su contenido: la estrategia debe contar como mínimo con los siguientes componentes, tal como lo establecen el decreto 124 de 2016 y las Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano - Versión 2 y la Guía para la Gestión del Riesgo de corrupción

o Mapa de riesgos de corrupción: Verificar que las entidades tengan claramente identificados

sus riesgos, riesgo entendido como la posibilidad de que por acción u omisión mediante el uso indebido del poder se lesionen los intereses de una entidad

Se requiere que las entidades Identifiquen, analicen y valoraren los riesgos para

controlarlos

o Estrategia antitrámites: Verificar que las entidades hayan definido proyectos o acciones de

mejora de sus procedimientos o trámites para acercar el Estado al Ciudadano.

Identificación

Priorización

Optimización (estandarización, simplificación, eliminación, automatización e

interoperabilidad)

Racionalización

o Rendición de cuentas: Verificar que las entidades cuenten con acciones mediante las cuales

las entidades den a conocer los resultados de su gestión.

Una adecuada estrategia de Rendición de Cuentas debe involucrar los siguientes

momentos:

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Las entidades anualmente deben elaborar una estrategia de rendición de cuentas

o Mecanismos para la atención al ciudadano: verificar que las entidades hayan definido mejoras

a la calidad y accesibilidad de los trámites y servicios prestados.

Fortalecer canales de atención

Desarrollo Institucional

Afianzar la cultura de servicio al ciudadano en servidores públicos

o Mecanismos para la transparencia y acceso a la información: verificar que las entidades

incorporen en su gestión los lineamientos para la garantía del derecho fundamental de acceso a la información pública, según el cual toda persona puede acceder a la información pública en posesión o bajo el control de los sujetos obligados de la ley, excepto la información y los documentos considerados como legalmente reservados.

Paso 3- Seguimiento a la ejecución del plan: Para ello se sugiere solicitarle a la Oficina de Control Interno de la entidad a la que verificará, el reporte del cumplimiento de la implementación del Plan. Los avances del Plan deben publicarse los primeros 10 días de los meses de mayo, septiembre y enero (ya sea vía página web o cartelera).

Información

Diálogo

Incentivos

InsumosDiseño

Ejecución

Evaluación

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Fuente: Elaboración propia, basada en el documento “Estrategias para la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”

o Paso 4- Evaluación: Remitir a las entidades las sugerencias generales que han surgido de la

revisión de los Planes, para que esta lo incluya en su plan de mejoramiento institucional. o Paso 5- Socializar con la ciudadanía: Presentar en las reuniones trimestrales con la ciudadanía

organizada, el seguimiento realizado por la CRM a los Planes Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

o Paso 6- Definir necesidades de apoyo: Si el resultado de la verificación arroja que las entidades

no están adelantando el ejercicio adecuadamente o es necesaria asistencia técnica para la revisión de los planes, se puede solicitar a la Secretaría de Transparencia la gestión de talleres y espacios de capacitación. Estas solicitudes se pueden tramitar a través del siguiente correo electrónico: [email protected]

En el siguiente enlace se puede acceder a videos y material para apoyar a las entidades con la formulación de este instrumento:

http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/plan-anticorrupcion/videos-capacitacion-plan-anticorrupcion-atencion-ciudadano

2. Estrategias de transparencia, participación y atención al ciudadano, en el Plan

de Desarrollo de la Entidad Territorial.

Con el objetivo de verificar la puesta en marcha de las estrategias para transparentar e involucrar a

la ciudadanía en la gestión de las Entidades en el orden Departamental, y tomando como base los

principios bajo los cuales está construida la Metodología del Modelo Integrado de Planeación y

Gestión para las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público4, se propone realizar la verificación

4 El decreto 2482 de 2012, establece el Modelo Integrado de Planeación y Gestión como la herramienta para la articulación y reporte de la planeación.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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y evaluación de las siguientes estrategias en los Planes de Desarrollo Departamentales y/o

municipales:

Verificando que las mismas estén siendo ejecutadas por la Gobernación:

Paso 1-Verificar su existencia: Descargar el Plan de Desarrollo de la página web de la Entidad Territorial, y verificar si existen acciones para ejecutar el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, las estrategia de participación ciudadana, rendición de cuentas, y servicio al ciudadano.

Paso 2-Verificar su contenido: Las acciones contempladas en el Plan de Desarrollo deben ser concretas, tener metas, unidades de medidas, fechas de inicio y terminación de la acción en el Plan Indicativo Anual.

Paso 3- Seguimiento a la ejecución del plan: Para realizar el seguimiento a esta actividad se propone solicitar a la entidad territorial (a la oficina de planeación o de participación ciudadana) información acerca de la ejecución de los proyectos relacionados.

Paso 4- Socializar con la ciudadanía: Presentar en las reuniones trimestrales con la ciudadanía organizada, el seguimiento realizado por la Comisión Regional de Moralización al componente de transparencia, participación y atención al ciudadano.

Paso 5 Evaluación: Remitir a las entidades las sugerencias generales que han surgido de la revisión de los Planes de Desarrollo.

Paso 6 Definir necesidades de apoyo- si el resultado de la verificación arroja que las entidades no están adelantando el ejercicio adecuadamente, se recomienda solicitarle al Departamento Nacional de Planeación (DNP), específicamente al Grupo de Estudios Territoriales de la Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible, el reporte del Plan Indicativo por parte de la Entidad Territorial, pues esta herramienta se constituye en el insumo principal para establecer el nivel de cumplimiento y avance en relación con la implementación del Plan de Desarrollo.

Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

Transparencia y Acceso a la información Pública

Participación Ciudadana

Rendición de Cuentas

Servicio al Ciudadano

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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3. Apropiación de la estrategia de competencias ciudadanas en las Instituciones

Educativas de educación básica y media del departamento.

Según el Ministerio de Educación, las competencias ciudadanas son “una serie de conocimientos,

actitudes y habilidades comunicativas, emocionales, cognitivas e integradoras que funcionan de

manera articulada para que todas las personas seamos sujetos sociales activos de derechos, es decir,

para que podamos ejercer plenamente la ciudadanía respetando, difundiendo, defendiendo,

garantizando y restaurando nuestros derechos.”5

Existen cinco dimensiones para la puesta en marcha de la estrategia de competencias ciudadanas: i)

la gestión institucional, ii) instancias de participación, iii) aula de clase, iv) proyectos pedagógicos y v)

tiempo libre.

En relación a la labor que deberán adelantar las Comisiones Regionales de Moralización, se sugiere

centrarse en la verificación de la creación y operación de la segunda dimensión, la cual hace

referencia a las instancias de participación.

Esta dimensión señala la necesidad de propiciar espacios para adquirir conocimientos acerca del

funcionamiento del sistema político, entender los derechos y deberes que tienen los ciudadanos, así

como fomentar la participación desde las aulas educativas. En este sentido, se propone realizar una

verificación a la incorporación de la estrategia de competencias ciudadanas en las instituciones

educativas del departamento.

Teniendo en cuenta la cartilla de “Orientaciones para la Institucionalización de las Competencias

Ciudadanas” (MEN 2011), se proponen las siguientes acciones a desarrollar:

Paso 1: Identificar qué entidades dentro de la Comisión, están trabajando temas de control social y participación ciudadana con las Instituciones Educativas.

Paso 2: Crear instancias de coordinación en el departamento, es importante generar un espacio de coordinación con la Secretaría de Educación Departamental, pues dicha entidad cuenta con la información de contacto de las diferentes instituciones educativas, así como puede ayudar a identificar qué instituciones educativas tienen mayores debilidades en cuanto a la institucionalización de las competencias ciudadanas.

Paso 3: Identificar las instituciones educativas a las cuales se le va a evaluar la

implementación de la estrategia de competencias ciudadanas.

Paso 4: Para la verificación de las competencias ciudadanas es importante remitirse a la hoja

de ruta de las Instituciones Educativas, esta brújula es el Proyecto Educativo Institucional -

PEI-, e identificar si en ésta, se encuentran componentes para el fomento de espacios de

participación. Por ello se propone, solicitarle a la Secretaría de Educación Departamental o a

las entidades seleccionadas el (PEI) más actualizado. En este documento se debe verificar

que contenga como mínimo los siguientes componentes:

5 Orientaciones para la institucionalización de las competencias ciudadanas, ISBN: 978-958-691-409-3, Ministerio

de Educación, 2011.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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o Acciones pedagógicas relacionadas con la educación para el ejercicio de la democracia,

para la educación sexual, para uso del tiempo libre, para el aprovechamiento y

conservación del ambiente y en general para los valores humanos

o Órganos, funciones y forma de integración del Gobierno Escolar.

Paso 5: Teniendo en cuenta el anterior paso, y con el fin de verificar la existencia nominal de

las instancias de participación, se sugiere solicitarle a las instituciones educativas la

conformación del gobierno escolar, pues en estas se organiza la participación de los diversos

miembros de la comunidad educativa. Se pueden solicitar las actas de conformación o

registro de asistencia de las siguientes instancias de participación:

o Consejo directivo (Arts. 20 y 23, MEN, 1994)

o Consejo académico (Art. 24, MEN, 1994)

o Comité de convivencia (MEN, 2008a)

o Asamblea general de padres de familia (MEN, 2008a y 2005)

o Consejo de padres de familia (Art. 31, MEN, 1994; MEN, 2005)

o Asociación de padres de familia (Art. 30, MEN, 1994; MEN, 2005)

o Consejo estudiantil (Art. 29, MEN, 1994; MEN, 2005)

o Personero estudiantil (Art. 28, MEN, 1994)

o Comisiones de evaluación (Art. 50, MEN, 1994)16

Adicional a estas instancias, las Asambleas Departamentales deben emitir un decreto por medio del

se crea la figura del Contralor Estudiantil en las instituciones educativas oficiales de cada

Departamento. Con el fin de impulsar esta figura, se propone que la Comisión a través de las

Contralorías Departamentales y las Secretarías de Educación:

o Identifique las instituciones que cuentan con esta figura

o Apoye los procesos de capacitación a los alumnos, docentes y directivos de las

instituciones educativas sobre estos temas.

Paso 6: Remitir a la Secretaría de Educación departamental un informe de resultados para que se tomen las medidas pertinentes, y socializar ante las instituciones educativas el análisis de los componentes de participación involucrados en el PEI, la conformación del gobierno escolar y la existencia de contralores estudiantiles en las Instituciones Educativas.

Con base en esto, deben proponer acciones de mejora, y elaborar un reporte a acerca de la implementación de la estrategia de competencias ciudadanas en las Instituciones Educativas del departamento.

Paso adicional: la Comisión puede incentivar que los rectores de las instituciones educativas o cualquier órgano del gobierno escolar, postulen a los contralores estudiantiles sobresalientes para que participen en el Premio Nacional de Voluntariado Juvenil que tiene

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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como objetivo reconocer las buenas prácticas desarrolladas por jóvenes contralores escolares en todo el país, con el fin de destacar el esfuerzo realizado por lograr una sociedad transparente y más eficiente.

Para mayor información sobre este premio, puede comunicarse con la Secretaría de Transparencia o remitirse al siguiente link: http://www.colombiajoven.gov.co/quehacemos/Paginas/premiovoluntariado2017.aspx

3 Línea de Acción

Promover ejercicios de control social sobre la gestión pública.

1. Capacitar a ciudadanía en herramientas de control social en articulación con

la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas

Según el artículo 34 de la Ley 489 de 1998, “Cuando los ciudadanos decidan constituir mecanismos

de control social de la administración, en particular mediante la creación de veedurías ciudadanas, la

administración estará obligada a brindar todo el apoyo requerido para el ejercicio de dicho control”.

Con el fin de promover ejercicios de control social sobre la gestión pública, se le propone a las

Comisiones Regionales de Moralización, capacitar a la ciudadanía en herramientas de control social

como las que se presentan a continuación.

Temas para capacitar en herramientas de control social

Ley 850 de 2003: Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Manual Único de Rendición de Cuentas: Única guía metodológica de las entidades de la Rama

Ejecutiva tanto del nivel nacional como del nivel territorial para la formulación e implementación

de una estrategia de Rendición de Cuentas a los ciudadanos acorde con las necesidades y

posibilidades de la comunidad y la ciudadanía, en el marco de los lineamientos definidos en la

política nacional.

Ley 1474 de 2011: Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de

prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la

gestión pública.

Ley 1712 de 2014 - Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública: El objeto de esta

ley es regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio

y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.

Ley 1757 de 2015 – Promoción y Protección del Derecho a la Participación Democrática: El objeto

de esta ley es promover, proteger y garantizar modalidades del derecho a participar en la vida

política, administrativa, económica, social y cultural, y así mismo controlar el poder político.

Adicionalmente, se le sugiere a las Comisiones Regionales de Moralización formar a la ciudadanía en

los diferentes protocolos de denuncia y en las competencias de los órganos de control, con el fin de

que realicen un adecuado control social sobre estos.

Teniendo en cuenta que la participación ciudadana en el control de la gestión pública es uno de los

componentes para la modernización y fortalecimiento de la capacidad institucional del sector

público, impulsados desde la Constitución Política, los desarrollos legislativos y las políticas de Estado;

se le recomienda a las Comisiones llevar a cabo estas capacitaciones en articulación con la Red

Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas.

Es preciso señalar que las CRM decidirán sobre que temática capacitar a la ciudadanía, con el fin de

promover la participación ciudadana y el ejercicio de control social en los departamentos.

La metodología sugerida a las Comisiones, por parte de la Secretaría de Transparencia, para adelantar

esta actividad es la siguiente:

Paso 1- Caracterización de los ciudadanos: El primer paso para llevar una adecuada

capacitación en herramientas de control social, consiste en reconocer e identificar las

características, necesidades, intereses, expectativas y preferencias de la población objetivo

a la cual está dirigida. Este ejercicio permite identificar los sectores de la ciudadanía que se

La Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, creada por la Ley 850 de 2003, es una instancia

para coordinar acciones y recursos, a través de la colaboración, la comunicación, las relaciones de

cooperación institucional, el acuerdo sobre la realización de acciones conjuntas y la gestión asociada, con

el objeto de apoyar a las veedurías ciudadanas y sus redes mediante la asesoría legal, la promoción de la

vigilancia y la evaluación de la gestión pública, el diseño de metodologías evaluativas de dicha gestión, el

suministro de información sobre los planes, programas, proyectos y recursos institucionales de la

Administración Pública, la capacitación, el impulso a la conformación de veedurías ciudadanas y sus redes

y la evaluación de los logros alcanzadas por estas últimas.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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han visto mayoritariamente afectados por problemas asociados con la corrupción, y lograr la

participación activa de la ciudadanía.

Paso 2- Identificar la temática a abordar: De acuerdo a la caracterización realizada, las

Comisiones lograrán identificar las herramientas de control social que más requiere los

diferentes sectores de la ciudadanía más afectados por esta problemática.

Paso 3- Presupuesto: Es necesario establecer los recursos con los que cuenta la Comisión para

adelantar la respectiva capacitación.

Paso 4- Gestión de expertos: Contando con la caracterización de la ciudadanía, y con la

temática sobre la cual se realizará la capacitación, las Comisiones deberán llevar a cabo la

gestión de expertos sobre el tema. Para esto, se le recomienda a la Comisión llevar a cabo

alianzas con entidades que cuenten con el conocimiento pertinente sobre el tema

(Organizaciones No Gubernamentales, Instituciones de Educación Superior, entidades del

Gobierno Nacional, etc.). Así mismo, es necesario resaltar que las Comisiones cuentan con el

apoyo de la Secretaría de Transparencia para llevar a cabo esta actividad.

Paso 5- Convocatoria: Se debe realizar una convocatoria con un plazo prudencial. Se aconseja

15 días calendario como mínimo de antelación, definiendo los medios de comunicación de

acuerdo con la caracterización de los actores y ciudadanos identificados.

Paso 6- Programa de capacitación: Es necesario determinar el contenido de la capacitación,

así como las técnicas y ayudas que se requieren durante el evento.

Paso 7- Seguimiento: Una vez se haya finalizado la capacitación, es necesario que la CRM

verifique la aplicación de lo expuesto, para lo cual se recomienda utilizar herramientas como

las encuestas con el fin de conocer la percepción de las personas sobre la capacitación. Esta

herramienta resulta de gran utilidad, puesto que entrega resultados a las Comisiones, que

las permiten retroalimentarse e identificar fortalezas y debilidades sobre la actividad.

2. Promover la creación de veedurías ciudadanas por sectores o proyectos de

inversión estratégicos en articulación con la Red Institucional de Apoyo a las

Veedurías Ciudadanas Según el artículo 1 de la Ley 850 de 2003, se entiende por Veeduría Ciudadana “el mecanismo

democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones

comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas,

políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas

o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en

el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un

servicio público.”

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Las veedurías ciudadanas son un espacio de participación que le permite a los ciudadanos ejercer un

papel activo en los asuntos públicos, evaluando y retroalimentando la gestión para orientar sus

propósitos hacia los fines esenciales del Estado. Con el fin de promover ejercicios de control social

sobre la gestión pública, se sugiere a las Comisiones Regionales de Moralización promover la creación

de veedurías ciudadanas por sectores o proyectos de inversión estratégicos en articulación con la

Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas.

Para ello, se siguiere adelantar los siguientes pasos

Paso 1: Capacitación: Con el fin de garantizar una adecuada promoción en la creación de

veedurías ciudadanas, se recomienda a las Comisiones capacitar a los ciudadanos y/o a las

diferentes organizaciones civiles, interesados en ejercer vigilancia sobre la gestión pública,

sobre la Ley 850 de 2003, la cual reglamenta a las veedurías ciudadanas.

Una vez realizada la capacitación, se espera que los grupos de interés cuenten con el

conocimiento necesario sobre la importancia de las Veedurías Ciudadanas como mecanismo

democrático de representación, relacionado con los siguientes temas:

Paso 2: Promover la conformación (a nivel local) de un comité de proveedurías ciudadanas,

que tenga representación de los diferentes sectores organizados de la comunidad y de la

población en general. Se debe garantizar que la selección de los veedores se realice de forma

democrática.

Paso 3: Informar de manera detallada a la comunidad convocada sobre las temáticas para

realizar seguimiento, como planes de desarrollo, presupuestos locales, procesos de

contratación y obras realizadas en el municipio donde se promuevan las veedurías.

Paso 4: De acuerdo con el interés presentado por la comunidad, y revisando los casos

priorizados, la Comisión deberá identificar con claridad el objeto de la veeduría, y apoyará la

selección de forma democrática y representativa de los veedores ciudadanos que tengan

mayor interés en el caso o representen a la comunidad afectada por la problemática

expuesta en el mismo.

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Paso 5: la Comisión deberá designar el número de veedores que considere conveniente,

contando con la participación y aprobación de la comunidad. Posteriormente, se levantará

acta de constitución de cada veeduría ciudadana, (este documento deberá ser enviado a las

a la Secretaría de Transparencia, como soporte de la actividad)

Paso 6: La veedurías constituidas establecerán su propio reglamento de funcionamiento

(estructura interna, frecuencia y sitios donde se llevarán a cabo las reuniones, mecanismos

para proceder en casos de inasistencia, etc.).

Paso 7: La Comisión deberá apoyar la inscripción de la veeduría en la personería municipal o

en la cámara de comercio6, quienes deberán llevar registro público de las veedurías inscritas

en su jurisdicción.

Paso 8: Se recomienda a las Comisiones capacitar a los veedores en la Ley 850 de 2003, la

cual reglamenta a las veedurías ciudadanas y continuar con la formación en temas de control

social y aquellos relacionados con el caso que vigilará la veeduría constituida.

Paso 9: La Comisión deberá acompañar a las veedurías constituidas brindando asistencia

jurídica y orientación en su ejercicio de vigilancia.

Es importante involucrar en el proceso a la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías.

Es preciso resaltar el rol que han tenido las Procuradurías Regionales y Contralorías territoriales en el

liderazgo de esta actividad, debido a que el artículo 22 de la Ley 850 de 2003, señala: “La Procuraduría

General de la Nación, la Contraloría General de la República, (…), prestarán su apoyo y concurso a las

veedurías ciudadanas y a las redes que las agrupan en todo lo relativo al apoyo legal y a la promoción

de la vigilancia”.

3. Atender y responder peticiones, inquietudes, quejas y denuncias de la

ciudadanía en las reuniones trimestrales de la Comisión Regional de Moralización Esta actividad permite una mayor interacción con la ciudadanía, generando mecanismos de

comunicación más directos, que permitan fortalecer la confianza con los funcionarios públicos.

Adicionalmente, las peticiones, quejas, reclamos y denuncias se convierten en insumos para que los

órganos de control integrantes de las Comisiones desarrollen las funciones de prevención e

investigación, señaladas en la ley.

Según el artículo 13 de la Ley 1755 de 2015, Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental

de Petición “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, (…) por

motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la

6 En el caso en que las veedurías hayan sido formadas íntegramente por indígenas, la competencia para inscirbir a las veedurías ciudadanas corresponderá a las determinadas autoridades indígenas (Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas).

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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misma.” Teniendo en cuenta lo anterior, las Comisiones Regionales de Moralización promoverán

espacios para que la ciudadanía organizada, presente peticiones, inquietudes, quejas y denuncias;

estos espacios deberán ser realizados trimestralmente en cumplimiento de los señalado en el artículo

65 de la ley 1474 de 2011.

La convocatoria a las reuniones con ciudadanía organizada, será extendida a la ciudadanía en general,

pero se deberá hacer un esfuerzo especial por promover la participación de representantes de

veedurías ciudadanas y organizaciones dedicadas al ejercicio de control social.

A continuación, se presentan algunas recomendaciones para el adecuado desarrollo de las audiencias

con ciudadanía llevadas a cabo por las Comisiones:

Paso 1- Público convocado: Realizar una convocatoria de acuerdo a los grupos ciudadanos,

organizaciones sociales y veedurías con las cuales los órganos de control han desarrollado

procesos de capacitación. También, es posible apoyarse en las Personerías Municipales y las

Contralorías para convocar aquellos grupos de ciudadanos que cuentan con un trabajo previo

en control social relevante en el territorio.

Paso 2- Convocatoria: La convocatoria deberá realizarse con un mínimo de quince (15) días

calendario de anticipación a la realización de la audiencia y deberá acudirse a los medios de

comunicación disponibles7 en el departamento y en el respectivo municipio donde se llevará

a cabo la audiencia, para su difusión.

Paso 3- Objetivo de la reunión: Durante la jornada y previo al proceso de convocatoria es

necesario esclarecer el objetivo de la reunión, con el fin de no generar expectativas con

relación a otros temas. Un posible objetivo, para aquellas comisiones que están iniciando con

la realización de estos espacios puede ser: Presentar a la ciudadanía cuáles son los miembros,

funciones y metas trazadas por la Comisión Regional de Moralización; reiterando que en el

ejercicio de sus competencias se busca recibir denuncias de corrupción.

Paso 4 Moderación del espacio: Definir un moderador, quien será encargado de controlar el

uso de la palabra durante la audiencia. Puede ser un funcionario de alguna de las entidades

participantes de la Comisión. Éste deberá leer el orden del día, las reglas de juego para

participar en la audiencia, coordinar el uso de la palabra por parte de los ciudadanos y llevar

el control de tiempo de quien haga uso de la palabra.

Paso 5 Reglas de juego: Se deben establecer unas reglas de juego, que determinen el límite

de tiempo para la intervención de los ciudadanos. Se recomienda no más de tres minutos,

plantear que cada uso de la palabra debe ser acorde al objetivo de la reunión (pues no se

7 Se recomienda a las Comisiones hacer uso de los siguientes medios para la difusión del evento: publicación en sitios web de las entidades públicas territoriales; publicación en sitios web de las entidades integrantes de la Comisión Regional; comunicado a medios de comunicación (prensa, radio y televisión); comunicado publicado en las carteleras de las entidades públicas territoriales y de las entidades integrantes de las Comisiones.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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tocarán temas adicionales que no guarden relación con el mismo) dichas intervenciones

deben ser respetuosas basadas en argumentos sólidos y, en lo posible, las denuncias han de

presentar evidencias.

Nota: Es indispensable que las entidades integrantes de la Comisión dispongan del personal

necesario para la recepción de denuncias y demás comunicaciones de la ciudadanía en las

audiencias. Para cumplir con lo anterior, cada entidad puede ubicar un módulo en el que un

funcionario reciba las denuncias y demás documentación que la comunidad considere deba ser

materia de estudio e investigación. El funcionario responsable de este módulo debe establecer

contacto directo con el ciudadano y orientarlo sobre la forma en que debe enfocar y presentar

las denuncias, con el fin de que su trámite resulte efectivo.

Paso 6- Relator de la reunión: Se debe designar a una persona que sistematice el desarrollo

de la reunión y que de manera activa, recoja unas conclusiones y compromisos sólidos que

puedan ser cumplidos por la Comisión y sus miembros, los cuales deberán ser presentados

al cierre de la reunión. La Comisión decidirá bajo qué mecanismos dará trámite a los

compromisos, con el fin de retroalimentar las denuncias presentadas por los ciudadanos y

evidenciar resultados de su gestión.

Paso 7- Cierre: En lo posible se debe definir una próxima fecha para realizar la siguiente

audiencia.

Es necesario recoger adecuadamente los datos de los asistentes para invitarlos a la siguiente

audiencia, así como identificar los temas de interés que puedan ser abordados en la siguiente

reunión.

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CRM Valle del Cauca Línea de Acción: Capacitar a los funcionarios y a la ciudadanía en temas de transparencia y anticorrupción

Nombre de la experiencia: Socialización de la Ley 1712 de 2014.

Fecha: 18 y 19 de mayo

Lugar: Cali, Palmira, Yumbo y Tuluá.

Situación antes de la experiencia: La Comisión había recibido solicitudes de capacitación en temas de

Derecho de Acceso a la Información Pública de varias entidades del Estado y de organizaciones

ciudadanas. Igualmente, la Comisión tenía identificados en los sectores de salud y medio ambiente

problemas de corrupción, por lo que consideraba necesario mejorar el conocimiento de la

normatividad sobre transparencia, dado que varios de los casos de corrupción que la CRM estudiaba

se relacionaba con entidades relacionadas como el Hospital Militar de Occidente, el Hospital

Universitario del Valle y la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca.

¿En qué consiste la experiencia?: De un lado, en capacitar a grupos de ciudadanos interesados en conocer más acerca de la importancia de la transparencia en un estado democrático y de las oportunidades que representa la garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública. Y de otro lado, mejorar el conocimiento de los servidores públicos sobre las obligaciones de publicidad de información.

Requisitos para desarrollarla: Identificar el público al que se va a dirigir la actividad, gestionar la facilitación del espacio en donde se va a llevar a cabo, realizar la convocatoria al evento, gestionar el experto a cargo de la exposición (que se realizó a través de la Secretaría de Transparencia) y coordinar con las entidades de la Comisión presentes en cada municipio la logística de la actividad.

Resultados: En estas cuatro capacitaciones participaron líderes de Juntas Administradoras Locales, Juntas de Acción Comunal, veedurías ciudadanas y servidores públicos de entidades territoriales de todo el departamento, oficinas de control interno, hospitales públicos, órganos de control, instituciones educativas y medios de comunicación, entre otros. En total, se capacitaron a más de 400 personas, entre servidores públicos y ciudadanos. Las conferencias estuvieron a cargo de un asesor de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República. Para medir el resultado de esta actividad, la CRM realizará un seguimiento de los indicadores en los que se basó para identificar el público objeto de la intervención. En caso de que persistan los incumplimientos iniciales, la Comisión podrá iniciar procesos sancionatorios y/o abrir nuevos casos de estudio

Experiencias exitosas

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CRM Caquetá Línea de Acción: Promover la creación de veedurías ciudadanas por sectores o proyectos de inversión estratégicos en articulación con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas

Nombre de la experiencia: Promoción en la creación de veedurías ciudadanas

Fecha: Marzo de 2017

Situación antes de la experiencia: La Comisión no tenía un diálogo con la permanente con ciudadanía y no la reconocía como un actor valido para recopilar información relacionada con los casos de estudio.

¿En qué consiste la experiencia?: La experiencia consistió en promover la creación de veedurías ciudadanas en el departamento. Con el fin de garantizar que las veedurías creadas lleven un adecuado ejercicio de vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, previa conformación de las veedurías. Una vez identificada esta necesidad la Comisión inició unas jornadas de capacitación con las Juntas de Acción Comunal pertenecientes al municipio de Florencia, en tres temas específicos: i) Control fiscal participativo; ii) Conformación de Veedurías Ciudadanas y; iii) Control Social en obras públicas. Tras realizar esta capacitación, la Comisión promovió la constitución de por lo menos una veeduría ciudadana en cada una de las cuatro comunas del municipio. Adicionalmente, durante esta capacitación la Comisión informó a la ciudadanía sobre aspectos generales de la Comisión Regional de Moralización de Caquetá, como su objeto, integrantes y funciones, con el fin de promover un trabajo articulado entre la ciudadanía y la Comisión en la identificación de casos de corrupción.

Requisitos que se necesitan para desarrollarla: Es necesario que la Comisión que desee replicar

esta experiencia, contemple las acciones sugeridas para esta actividad en la metodología

desarrollada en esta cartilla. En este sentido, se sugiere que las Comisiones realice las

siguientes acciones:

o Promoción de la conformación de un comité de proveedurías ciudadanas

o Divulgación de información a la comunidad sobre las temáticas para hacer seguimiento

o Selección de objeto de la veeduría

o Selección democrática y representativa de los veedores

o Designación de número de veedores

o Levantamiento de acta de constitución de cada veeduría

Resultados: Los talleres de capacitación contaron con la participación de más de 100 personas,

las cuales pudieron conocer información en relación al control fiscal participativo y el control

social a obras públicas. Así mismo, durante estos talleres, fue abierto un espacio de

conversación sobre la Ley 850 de 2003 la cual dicta las directrices para la conformación de

veedurías ciudadanas, en el cual la ciudadanía pudo resolver sus interrogantes.

Como resultado de esta actividad, la CRM Caquetá logró conformar cinco nuevas veedurías

ciudadanas, en el primer semestre de 2017, las cuales se encuentran realizando vigilancia a los

recursos públicos del departamento.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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CRM Sucre Línea de Acción: Atender y responder peticiones, inquietudes, quejas y denuncias de la ciudadanía en las reuniones trimestrales de la Comisión Regional de Moralización

Nombre de la experiencia: Audiencias con ciudadanía

Fecha: 26 de noviembre de 2015

Lugar: Salón de eventos, municipio San Antonio de Palmito

Situación antes de la experiencia: Dispersión de las denuncias presentadas por la ciudadanía

y falta de credibilidad de los órganos de control frente a las mismas

¿En qué consiste la experiencia?: Esta experiencia consiste en fortalecer el espacio de audiencia con la ciudadanía con el fin de garantizar que se incluyan espacios de información y diálogo. Para cumplir con esto, la Comisión implementó los siguientes elementos para garantizar un adecuado desarrollo de las audiencias llevadas a cabo con la ciudadanía: i) Público convocado; ii) Objetivo de la reunión; iii) Moderación del espacio y; iv) Compromisos y posterior seguimiento.

Requisitos para desarrollarla: La metodología implementada por la Comisión de Sucre para llevar a cabo las audiencias públicas con la ciudadanía fue la siguiente:

o Identificación de municipios: Inicialmente la Comisión dividió al departamento en cuatro subregiones, y en cada una de estas seleccionó un municipio, teniendo en cuenta los riesgos y sucesos de corrupción.

o Convocatoria: Con el fin de convocar a las autoridades locales y a la ciudadanía, la convocatoria se realiza a través de las Personerías municipales del departamento.

o Objetivo de la reunión: De forma paralela con el proceso de convocatoria, la Comisión deja claro cuál va a ser el objetivo de la audiencia, y explica el rol de la Comisión Regional de Moralización en el departamento y las acciones que han venido desarrollando en el marco del Plan de Acción.

o Reglas de juego: La Comisión establece reglas para la moderación de las intervenciones por parte de la ciudadanía, y la construcción de conclusiones y compromisos.

o Seguimiento: La Comisión realiza un seguimiento de las peticiones recibidas, distribuyendo la gestión de las mismas entre sus integrantes y estableciendo un tiempo prudencial para socializar los avances.

Resultados: Esta estrategia logró, aumentar el número y la calidad de peticiones presentadas por la ciudadanía, incrementando la efectividad de estos espacios en el departamento, al igual que la interacción entre los órganos de control del Estado y la ciudadanía.

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La CRM dejará los siguientes soportes como evidencia de las actividades realizadas:

Acta del evento: Documento en el que se mencionen de manera breve las generalidades del evento: Fecha, lugar, hora, asistentes, orden del día, y se consigne un resumen concreto de las intervenciones realizadas y notas sobre participación de los asistentes u otras actividades adicionales.

Registro fotográfico: Fotografías tomadas durante la realización del evento. Deben contener imágenes de la Comisión, el público asistente, los conferencistas y actores que se consideren relevantes.

Listados de asistencia: Listas con los datos de las personas asistentes al evento.

Acta de conformación: (para el caso de conformación de veedurías) Actas donde se establezcan los integrantes de las veedurías y del grupo de beneficiarios de las auditorías visibles.

Fichas: Documento en el cual se realice un seguimiento constante a las observaciones recibidas por parte de la comunidad interesada, relacionadas con la actividad de realización de auditorías visibles.

NOTA: Estos soportes serán remitidos a la Secretaría de Transparencia en formato digital. No es necesario

reproducirlos físicamente

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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INVESTIGACIÓN

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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De acuerdo con lo señalado en el artículo 65 de la ley 1474 y ratificado en el decreto 270 de 2017,

las entidades que conforman a las Comisiones, como órganos encargados de promover la

investigación de la corrupción en sus regiones, deberán coordinar la priorización de casos y/o temas

de corrupción de relevancia regional, con el fin de adelantar su estudio por medio del intercambio

de información y el seguimiento conjunto de los mismos.

De acuerdo a la evaluación realizada con las 32 CRM del país en el año 2016, 24 Comisiones afirmaron

que el estudio conjunto de casos representa una de las acciones de mayor importancia para el trabajo

de la Comisión.

Como resultado de la gestión realizada, las Comisiones han adelantado acciones no solo con relación

a la coordinación interna de los órganos de control sino también en la interlocución y movilización de

actores externos a la Comisión de los cuales depende la ejecución o puesta en marcha de los temas

que se involucran en los casos priorizados, tales como programas sociales, obras de infraestructura,

proyectos, entre otros.

Las entidades que componen las Comisiones Regionales de Moralización son líderes en la lucha

contra la corrupción en las regiones, y en esa medida son las llamadas coordinar acciones e

intercambiar información que contribuya a adelantar las investigaciones.

Instrumento Contenido

Constitución Política de Colombia

Artículo No. 113: (…)"Existen órganos autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines". Artículo No. 209: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado".

Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”

Artículo 62: La Procuraduría General de la Nación y los demás agentes del Ministerio Público, de oficio o a petición de cualquier persona, adelantarán las investigaciones sobre la observancia de los principios y fines de la contratación estatal y promoverán las acciones pertinentes tendientes a obtener las sanciones pecuniarias y disciplinarias para quienes quebranten tal normatividad. Artículo 64: La Fiscalía General de la Nación, de oficio o por denuncia, investigará las conductas constitutivas de hechos punibles en la actividad contractual y acusará a los presuntos infractores ante los jueces competentes. La

Marco Normativo

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Fiscalía General de la Nación creará unidades especializadas para la investigación y acusación de los hechos punibles que se cometan con ocasión de las actividades contractuales de que trata esta Ley. Artículo 65: La intervención de las autoridades de control fiscal se ejercerá una vez agotados los trámites administrativos de legalización de los contratos. Igualmente se ejercerá control posterior a las cuentas correspondientes a los pagos originados en los mismos, para verificar que éstos se ajustaron a las disposiciones legales. La vigilancia que se ejerce sobre los contratos a nivel territorial y a nivel nacional depende del origen de los recursos

Ley 489 de 1998, “Normas sobre la Org. y funcionamiento de las entidades del orden nacional"

Artículo 6: (...)"En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento" Artículo 95: “Las entidades públicas podrán asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o prestar conjuntamente los servicios que se encuentren a su cargo”.

Ley 610 del 2000, “Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal.”

Artículo 11. Grupos interinstitucionales de investigación. Las Contralorías, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, las personerías y las entidades de control de la administración, podrán establecer con carácter temporal y de manera conjunta, grupos especiales de trabajo para adelantar investigaciones que permitan realizar la vigilancia integral del manejo de los bienes y fondos públicos, así como las actuaciones de los servidores públicos. Las pruebas practicadas por estos grupos especiales de trabajo tendrán plena validez para los respectivos procesos fiscales, penales, disciplinarios y administrativos. Artículo 31. Visitas especiales. En la práctica de visitas especiales, el funcionario investigador procederá a examinar y reconocer los documentos, hechos y demás circunstancias relacionadas con el objeto de la diligencia y simultáneamente irá extendiendo la correspondiente acta, en la cual anotará pormenorizadamente los documentos, hechos o circunstancias examinados y las manifestaciones que bajo la gravedad del juramento hagan sobre ellos las personas que intervengan en la diligencia.

Ley 715 de 2001, ”Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.”

Artículo 89: El control, seguimiento y verificación del uso legal de los recursos del Sistema General de Participaciones es responsabilidad de la Contraloría General de la Nación. Para tal fin establecerá con las contralorías territoriales un sistema de vigilancia especial de estos recursos.

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Ley 756 de 2002, “Por la cual se modifica la Ley 141 de 1994, se establecen criterios de distribución y se dictan

otras disposiciones.”

Artículo 15, Parágrafo 3: Para todos los efectos, la Contraloría General de la República ejercerá el control fiscal sobre estos recursos A las contralorías territoriales les corresponde vigilar la gestión fiscal de los recursos propios del departamento y municipios, de las entidades descentralizadas tanto del orden departamental y municipal, que corresponden a impuestos, tasas y contribuciones.

Ley 1474 del 2011 - Estatuto Anticorrupción

Artículo 114. Facultades de investigación de los organismos de control fiscal. Los organismos de control fiscal en el desarrollo de sus funciones contarán con las siguientes facultades: (…) b) Citar o requerir a los servidores públicos, contratistas, interventores y en general a las personas que hayan participado, determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de investigación; c) Exigir a los contratistas, interventores y en general a las personas que hayan participado, determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de investigación, la presentación de documentos que registren sus operaciones cuando unos u otros estén obligados a llevar libros registrados; d) Ordenar a los contratistas, interventores y proveedores la exhibición y de los libros, comprobantes y documentos de contabilidad; e) En general, efectuar todas las diligencias necesarias que conduzcan a la determinación de conductas que generen daño al patrimonio público.

Ley 962 de 2015 “sobre la racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado.”

Artículo 14. Solicitud oficiosa por parte de las entidades públicas. El artículo 16 del Decreto-ley 2150 de 1995, quedará así: "Artículo 16. Solicitud oficiosa por parte de las entidades públicas. Cuando las entidades de la Administración Pública requieran comprobar la existencia de alguna circunstancia necesaria para la solución de un procedimiento o petición de los particulares, que obre en otra entidad pública, procederán a solicitar a la entidad el envío de dicha información. En tal caso, la carga de la prueba no corresponderá al usuario. Será permitido el intercambio de información entre distintas entidades oficiales, en aplicación del principio de colaboración. El envío de la información por fax o cualquier otro medio de transmisión electrónica, proveniente de una entidad pública, prestará mérito suficiente y servirá de prueba en la actuación de que se trate siempre y cuando se encuentre debidamente certificado digitalmente por la entidad que lo expide y haya sido solicitado por el funcionario superior de aquel a quien se atribuya el trámite. Cuando una entidad pública requiera información de otra entidad de la Administración Pública, esta dará prioridad a la atención de dichas peticiones, debiendo resolverlas en

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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un término no mayor de diez (10) días, para lo cual deben proceder a establecer sistemas telemáticos compatibles que permitan integrar y compartir información de uso frecuente por otras autoridades".

Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

Artículo 3, Numeral 10: (...)"En virtud del principio de coordinación, las autoridades concentrarán sus actividades con las de otras instancias estatales en el cumplimiento de sus cometidos"(...)

Decreto Ley 262 de 2000, “Por la cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación”

Artículo 10, Numeral 5: "Ejercer funciones de policía judicial y participar, previa designación del Procurador General, en comisiones para adelantar investigaciones de manera conjunta con la Fiscalía General de la Nación, con funcionarios judiciales, la Contraloría General de la República y demás servidores públicos que cumplan funciones de policía judicial". Artículo 16: Ejercer, de manera selectiva, control preventivo de la gestión administrativa y de la contratación estatal que adelantan los organismos y entidades públicas Artículo 24 Numeral 6: Realizar visitas a las entidades estatales o particulares que cumplen función pública, a solicitud de cualquier persona u oficiosamente, cuando sea necesario para proteger los recursos públicos y garantizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública.

Contraloría General de la República: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional

Numeral 17: "Que la Contraloría debe promover ante las autoridades competentes las investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado perjuicio a los intereses patrimoniales del' Estado, aportando las pruebas respectivas"

Fiscalía General de la Nación: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional

Consideraciones, Numeral 10: "Que en el marco del proceso de modernización la Fiscalía busca generar alianzas con instituciones públicas y privadas, centros de pensamientos, centros académicos, entre otros, en busca de conocimientos y experiencias al interior de la entidad, en temas especializados y avanzados, que permitan la consecución de los objetivos estratégicos de la mejor manera"

Como resultado del seguimiento a la operación de las 32 CRM del país, en los procesos de

investigación se identifican una serie de fases a través de las cuales se desarrollan acciones conjuntas

que permiten abordar hechos de corrupción en cada departamento. A continuación, se presentan

estos momentos:

Líneas de Acción

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Fases del proceso de Investigación en las Comisiones Regionales de Moralización

En el desarrollo de estas fases se establecen espacios de trabajo conjunto y coordinado de las

entidades integrantes de la Comisión, así como espacios de acción individual. A continuación

presentamos un esquema en el cual se identifican los ámbitos desde los cuales se puede desarrollar

cada momento del proceso de investigación.

Ámbitos en los cuales se desarrolla el proceso de Investigación en las Comisiones Regionales

de Moralización

Para cumplir con este objetivo, hemos identificado una serie de líneas de acción que buscan orientar

el desarrollo de cada una de las fases señaladas, con el propósito de que los procesos de investigación

logren desarrollarse de manera integral y arrojen resultados concretos. A su vez, los resultados que

se generen en el estudio de los casos conjunto, serán el punto de partida para el siguiente objetivo

Fase No.1

Priorizar casos y/o temas de corrupción

Fase No.2

Adelantar acciones de investigación

disciplinaria, fiscal y/o penal sobre los casos priorizados

Fase No.3

Intercambiar información entre las entidades que

conforman la CRM sobre los casos

priorizados

Fase No.4

Contribuir en la decisión de los

casos investigados, a través de

acciones de sanción o articulación de actores externos para su gestión

Fase 1

Priorizar casos y/o temas de

corrupción

Espacio de coordinación de

la CRM

Fase 2

Adelantar acciones de investigación

disciplinaria, fiscal y/o penal sobre los casos priorizados

Espacio de investigación

individual

Fase 3

Intercambiar información entre las entidades que

conforman la CRM sobre los casos

priorizados

Espacio de coordinación

de la CRM

Fase 4

Contribuir en la decisión de los casos

investigados, a manera de sanción o

gestión de los mismos

Resultado individual

Espacio de coordinación para socialización en la CRM y/o Coordinación

actores externos

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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del Plan de Acción, relacionado con el componente de Sanción8. A continuación se identifican las

líneas de acción que comprenden el proceso de investigación.

1. Estudiar casos de corrupción de manera conjunta

De acuerdo a lo mencionado en el artículo 65 de la ley 1474, las Comisiones Regionales de

Moralización deberán coordinar acciones para investigar hechos de corrupción en el nivel territorial,

para ello es necesario emplear criterios objetivos que permitan priorizar casos de alto impacto.

Con esta actividad se espera que las CRM logren reducir los niveles de impunidad en los hechos de

corrupción y contribuyan a aumentar la credibilidad en las instituciones del Estado.

2. Coordinar acciones para el intercambio de información sobre los casos priorizados

La coordinación de acciones entre los órganos de control es fundamental para poner en marcha los

procesos de investigación, a través de actividades como el intercambio de información y la

comunicación permanente entre las entidades. Con el desarrollo de dichas acciones, es posible

potenciar la gestión que ejerce cada órgano de control de manera particular.

El intercambio de información para el estudio de los casos, puede darse a partir del traslado de

hallazgos y de evidencias asociadas a estos, en este caso es imprescindible hacer seguimiento a estas

gestiones y verificar el resultado de dicho intercambio.

En el desarrollo de este objetivo juega una gran importancia la voluntad de los órganos de control

para cooperar armónicamente; este elemento incide en la efectividad con la cual se abordan los casos.

De acuerdo a lo identificado en el proceso de acompañamiento realizado por la Secretaría de

Transparencia, este elemento no se encuentra en todas las Comisiones del país, lo que representa

un desafío en la lucha contra la corrupción y una necesidad para contar con respuesta efectivas desde

los órganos de control.

3. Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores involucrados en

las temáticas de seguimiento.

Gran parte de los procesos de investigación adelantados en las Comisiones han sido priorizados

gracias a las denuncias que se reciben desde la sociedad civil, en este sentido, esta línea de acción

busca propiciar el desarrollo de las audiencias con ciudadanía, espacios en los cuales es posible

fortalecer las investigaciones y recopilar material probatorio.

Por otro lado, teniendo en cuenta que en el proceso de seguimiento a los casos, las Comisiones han

asumido un rol de articulación externa de los actores que participan en la ejecución de obras,

programas y proyectos, esta línea de acción también contempla acciones como las mesas de trabajo

o reuniones con otros actores. Estos espacios son liderados por las Comisiones (con el apoyo de la

Secretaría de Transparencia si así lo considera la CRM) con el objetivo de superar las dificultades que

se presenten en cada caso de seguimiento, contribuyendo en el cumplimiento de los propósitos

previstos por el proyecto intervenido y evitando la pérdida total de los recursos públicos. En dichos

8 En este contexto, los resultados y decisiones que se generen gracias a la investigación conjunta, constituiran evidencia del avance en el componente de sanción, dichos resultados van mas allá de la imposición de penas .

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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espacios se combina la participación de contratistas, interventores, entidades del nivel territorial y

del nivel nacional y ciudadanía.

Finalmente, se han contemplado actividades que buscan mantener un seguimiento permanente

sobre los casos o sectores priorizados, con el fin de prevenir la ocurrencia de nuevos actos de

corrupción.

1 Línea de Acción:

Estudiar casos de corrupción de manera conjunta

1. Desarrollar procesos de investigación en materia penal, disciplinaria y fiscal

en relación a los casos priorizados con el fin de generar resultados en el marco

de los compromisos establecidos en la Comisión

Para adelantar procesos de investigación de manera conjunta, se recomienda iniciar con la

identificación de casos. En este proceso se sugiere tener en cuenta los criterios de priorización

desarrollados por la Fiscalía General de la Nación, retomados en el Decreto 270 de 2017 sobre las

Comisiones Regionales de Moralización, basados en:

o La gravedad de los hechos denunciados o de los cuales se tenga conocimiento, de acuerdo

al análisis realizado por cada una de las entidades competentes.

o La naturaleza del acto de corrupción: Si se trata de faltas disciplinarias, fiscales o delitos,

siendo la conducta penal más reprochable en todas sus manifestaciones.

o La cuantía del posible daño patrimonial al Estado con ocasión del acto de corrupción.

o La afectación social causada por el acto de corrupción investigado; entendida como el

impacto a la calidad de vida.

o La riqueza probatoria y viabilidad del caso.

o El examen de organismos internacionales del acto de corrupción.

o La probabilidad de reiteración del acto de corrupción y el riesgo de su materialización;

En el marco de las competencias de cada entidad y a la luz de los casos priorizados, cada órgano de

control iniciará procesos de investigación con el propósito de esclarecer las afecciones generadas al

patrimonio público, identificar las conductas reprochables de funcionarios públicos o particulares y

los hechos que revistan las características de un delito contra la administración pública.

En las reuniones ordinarias de la Comisión se socializaran las actuaciones adelantadas por cada una

de las entidades de acuerdo a los casos priorizados y se definirán acciones y compromisos para

posterior seguimiento.

Actividades sugeridas

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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2. Conformar grupos interdisciplinarios e interinstitucionales para la

investigación penal, disciplinaria y fiscal de los casos priorizados

Con esta acción se busca que al interior de las CRM, se conformen grupos de trabajo especializados

para la investigación de los casos, conformados por funcionarios de las entidades que integran a las

Comisiones. Dichos grupos, se encargarán de coordinar acciones para adelantar investigaciones en

los casos donde se presenten faltas en materia disciplinaria, fiscal y penal, y en situaciones en las

cuales las entidades puedan cooperar entre sí, para recopilar material probatorio de utilidad para las

entidades. Así mismo, se espera que en estos espacios se facilite la comprensión integral del

fenómeno de corrupción acontecido en cada caso.

Al respecto, El artículo 11 de la ley 610 del 2000, menciona:

Para conformar y operar los grupos interdisciplinarios se debe tener en cuenta:

o Cada entidad designará a los funcionarios con mayor conocimiento de los casos, para que participen en el grupo: auditores, fiscales y profesionales de investigación.

o Se establecerán los objetivos del grupo interdisciplinario, el cronograma de trabajo y las principales acciones a realizar.

o Se mantendrá una fecha de reunión permanente, para socializar y analizar los avances en las investigaciones emprendidas, y para comunicar a la CRM sobre los resultados del proceso.

o Se acordarán las acciones individuales que realizará cada entidad con los insumos y resultados que arrojen los hallazgos del grupo interdisciplinario.

o En las reuniones mensuales de la CRM se hará seguimiento a los compromisos establecidos por las entidades en el marco del grupo interdisciplinario.

3. Realizar visitas a los casos de estudio para identificar su estado

A fin de recopilar o complementar las evidencias en los procesos de investigación, resulta de gran valor adelantar verificaciones en terreno frente a los casos priorizados. Esta actividad cobra mayor relevancia cuando se desarrollan investigaciones sobre obras tales como la construcción y adecuación de la malla vial, construcción de acueductos, escenarios deportivos, proyectos de vivienda, parques, instituciones educativas, hospitales, ejecución de programas sociales, intervenciones al medio ambiente y operación de entidades públicas.

“Las Contralorías, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría

General de la Nación, las personerías y las entidades de control de la

administración, podrán establecer con carácter temporal y de manera

conjunta, grupos especiales de trabajo para adelantar investigaciones

que permitan realizar la vigilancia integral del manejo de los bienes y

fondos públicos, así como las actuaciones de los servidores públicos.

Las pruebas practicadas por estos grupos especiales de trabajo tendrán

plena validez para los respectivos procesos fiscales, penales,

disciplinarios y administrativos”

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Al respecto, el artículo 31 de la ley 610 del 2000 señala:

Así mismo, el artículo 24 del Decreto 262 de 2006, por la cual se modifica la estructura y la

organización de la Procuraduría General de la Nación, menciona:

Para adelantar estas visitas se recomienda:

o Identificar una fecha para realizar la visita, en la cual puedan participar todas las entidades que hacen parte de la Comisión.

o Cuando amerite, convocar a los actores involucrados en la ejecución del caso. o Asegurar la participación de los integrantes de la Comisión y de los funcionarios que

conforman los equipos interdisciplinarios. o Hacer uso de herramientas que permitan registrar los hallazgos generados en la visita al caso,

tales como: fotografías, videos, actas, entrevistas y testimonios. o Formalizar los hallazgos generados en las visitas dentro de los procesos internos de las

entidades a fin de dar el rigor de prueba o evidencia. o Realizar una reunión de balance con las entidades que participaron de la visita y establecer

los aportes de la misma al proceso de investigación.

2 Línea de Acción:

Coordinar acciones para el intercambio de información sobre los casos

priorizados

1. Realizar el traslado de hallazgos entre las entidades sobre los casos priorizados

para apoyar la celeridad en la investigación y sanción de los mismos:

En el marco de los procesos de investigación adelantados por las entidades sobre los casos

priorizados, se espera mantener una interacción permanente para conocer los avances de las

“En la práctica de visitas especiales, el funcionario investigador procederá a

examinar y reconocer los documentos, hechos y demás circunstancias

relacionadas con el objeto de la diligencia y simultáneamente irá extendiendo la

correspondiente acta, en la cual anotará pormenorizadamente los documentos,

hechos o circunstancias examinados y las manifestaciones que bajo la gravedad

del juramento hagan sobre ellos las personas que intervengan en la diligencia.”

“La posibilidad de realizar visitas a las entidades estatales o particulares que cumplen función

pública, a solicitud de cualquier persona u oficiosamente, cuando sea necesario para proteger los

recursos públicos y garantizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública.”

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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investigaciones y propiciar la remisión de hallazgos entre los órganos de control, facilitando con ello

las actuaciones que puede desarrollar cada entidad.

A propósito la Constitución Política de Colombia, señala

Para realizar el traslado de hallazgos se recomienda:

o Definir las características que debe tener la información que será remitida entre los

miembros de la Comisión, teniendo en cuenta: contenido, presentación de evidencias,

resultados, conclusiones y acciones posteriores.

o Asegurar la confidencialidad de la información intercambiada entre las entidades, evitando

que se haga difusión no autorizada sobre la misma, la cual genere riesgos para la

investigación y la actuación de las entidades.

o Implementar un mecanismo de seguimiento sobre el curso y tratamiento dado a los hallazgos

trasladados entre las entidades que conforman la Comisión.

o Socializar los resultados en las reuniones ordinarias de la Comisión.

2. Realizar seguimiento a los hallazgos administrativos, penales, disciplinarios y

fiscales generados en los procesos de investigación adelantados por las entidades

que conforman la Comisión, a la luz de los casos priorizados:

Las Comisiones realizarán un monitoreo permanente sobre los hallazgos generados en cada caso,

buscando identificar la trayectoria de los mismos. Sólo con el seguimiento exhaustivo que se realice,

será posible determinar la apertura o el cierre de los casos trabajados en las Comisiones.

Para realizar seguimiento a los hallazgos se recomienda:

Artículo 271. Los resultados de las indagaciones preliminares adelantadas por la Contraloría

tendrán valor probatorio ante la Fiscalía General de la Nación y el juez competente

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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3 Línea de Acción:

Establecer diálogo permanente con la ciudadanía y otros actores

involucrados en las temáticas de seguimiento.

1. Solicitar informes de rendición de cuentas a las entidades del orden departamental y municipal involucradas en los casos priorizados por la Comisión, a fin de evitar la reincidencia en actos de corrupción.

Con el propósito de mantener una vigilancia permanente sobre los temas priorizados por las Comisiones, se recomienda establecer interlocución con las entidades del nivel ejecutivo y particulares que asumen la ejecución de dichos temas, a fin de prevenir la ocurrencia de nuevos actos de corrupción. Dicha interacción puede iniciarse por medio de una solicitud formal de información o por medio de la invitación a una reunión o espacio de encuentro. Así lo contempla el artículo 114 de la ley 1474, en relación a los órganos de control fiscal:

Poner en Agenda

•Mantener en la agenda de las reuniones ordinarias un punto relacionado con el estricto seguimiento a los hallazgos de cada caso.

Sistematizar

•Apoyarse en la Secretaría Técnica para conocer el recorrido han tenido los hallazgos en cada entidad y sistematizar esta información en la ficha de casos.

Hacer Seguimiento

•Solicitar o requerir de manera especial a aquellas entidades que no informen sobre la gestión adelantada frente a los casos.

Reportar

•Reportar a la Secretaría de Transparencia sobre los resultados que arroje esta actividad, a fin de proporcionar insumos para la medición del desempeño de las Comisiones.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Para realizar dicha actividad se recomienda:

o Al interior de la Comisión se deben evaluar los casos en los cuales se realizará la solicitud de

informes de rendición de cuentas y los términos en los cuales esta se deberá realizar. o Requerir y solicitar información a los actores involucrados sobre las acciones realizadas para el

manejo de los recursos públicos y para la ejecución del programa o proyecto objeto de investigación, indagando especialmente en las medidas para reducir los actos de corrupción.

o En lo posible, coordinar una reunión para la presentación de la información solicitada. o Dar retroalimentación sobre el contenido de la misma y recomendaciones para evitar la

reincidencia de los hechos de corrupción identificados. o En lo posible, construir una ruta de trabajo con los compromisos, para incrementar la

transparencia en el manejo de los recursos públicos. o Evaluar la posibilidad de suscribir compromisos de integridad con los participantes para

incrementar sus esfuerzos en el resguardo de los recursos y en el cumplimiento de los fines del Estado.

2. Realizar mesas de trabajo interinstitucionales para identificar los problemas asociados a los casos de estudio.

A fin de coordinar los actores externos a la Comisión, que participan en la ejecución de los temas asociados a los casos de investigación, las CRM pueden facilitar espacios de articulación interinstitucional con participación de las entidades responsables en la implementación de obras y programas. El objetivo de estos espacios será concertar alternativas que permitan superar las dificultades generadas en su desarrollo, como pueden ser: proyectos suspendidos, obras sin licencias y permisos reglamentarios, incumplimientos en el proceso de contratación, deficiencias en ejecución de programas, entre otros. Los actores llamados a participar, serán las alcaldías municipales, la gobernación, los contratistas, los interventores, veedores y autoridades líderes de los diferentes sectores como son: ministerios, entidades administrativas, y órganos de control, de acuerdo a la identificación de actores que se realice considerando el caso de estudio. Para el desarrollo de estos espacios se recomienda tener en cuenta:

(…) “b) Citar o requerir a los servidores públicos, contratistas, interventores y en general a las

personas que hayan participado, determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los

hechos objeto de investigación;

c) Exigir a los contratistas, interventores y en general a las personas que hayan participado,

determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de investigación, la

presentación de documentos que registren sus operaciones cuando unos u otros estén obligados

a llevar libros registrados;

d) Ordenar a los contratistas, interventores y proveedores la exhibición y de los libros,

comprobantes y documentos de contabilidad;

e) En general, efectuar todas las diligencias necesarias que conduzcan a la determinación de

conductas que generen daño al patrimonio público” (…)

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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o Identificar a los actores involucrados en la ejecución del programa o proyecto. o Definir una fecha para realizar la mesa de trabajo. o Realizar el proceso de convocatoria y dejar claridad sobre el objetivo del espacio y el contexto

general de la reunión. o Asegurar la participación de las entidades asistentes y su aporte en la comprensión del tema

de seguimiento. o Explorar la posibilidad de contar con acompañamiento de la Secretaría de Transparencia para

la realización de la reunión, a fin de dar mayor al impulso de las acciones y compromisos de ejecución.

o Construir un panorama sobre el recorrido del caso, las dificultades particulares que se han presentado en su ejecución y reiterar el objetivo de la reunión.

o Preparar una presentación que contenga como mínimo la siguiente información: - Descripción de la problemática - Actuaciones de las entidades - Roles en el proceso y soluciones esperadas por las entidades asistentes

o Asignar la moderación de la reunión y la sistematización de las discusiones que se adelanten. o Establecer compromisos, tiempos y responsables para la superación del panorama

identificado o Realizar seguimiento al cumplimiento de los compromisos y al avance del proyecto o

programa, puede ser vía correo electrónico o en espacios de reunión similares. o En el desarrollo de la reunión mantener la reserva sobre los procesos de investigación que

pueden estar en curso en las entidades que participan de la CRM.

3. Realizar seguimiento conjunto a procesos estratégicos de contratación pública del departamento Teniendo en cuenta que uno de los temas que presentan mayor riesgo de corrupción está asociado a la contratación pública, resulta oportuno que las Comisiones realicen seguimiento a los procesos de contratación de mayor importancia para le departamento, con el fin de contribuir con el cumplimiento de los principios de transparencia y prevenir posibles irregularidades en su desarrollo. Así lo menciona el artículo 62 y 64 de la Ley 80 de 1993, sobre contratación pública:

“Artículo 62: La Procuraduría General de la Nación y los demás agentes del Ministerio

Público, de oficio o a petición de cualquier persona, adelantarán las investigaciones

sobre la observancia de los principios y fines de la contratación estatal y promoverán

las acciones pertinentes tendientes a obtener las sanciones pecuniarias y

disciplinarias para quienes quebranten tal normatividad”

“Artículo 64: La Fiscalía General de la Nación, de oficio o por denuncia, investigará

las conductas constitutivas de hechos punibles en la actividad contractual y acusará

a los presuntos infractores ante los jueces competentes. La Fiscalía General de la

Nación creará unidades especializadas para la investigación y acusación de los

hechos punibles que se cometan con ocasión de las actividades contractuales de que

trata esta Ley”

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Para ello se recomienda:

o Priorizar los contratos a los cuales se realizará seguimiento. o Establecer contacto con los actores responsables de la administración de los recursos. o Identificar el avance y condiciones bajo las cuales se ha realizado el proceso de contratación. o Realizar reuniones para la interlocución con las entidades responsables, contratistas y demás

involucrados generando alertas necesarias para la correcta ejecución de los recursos. o Hacer seguimiento permanente al avance del contrato y a su desarrollo.

4. Realizar auditorías visibles en articulación con veedurías especializadas a los

casos de estudio conjuntos

Las auditorías visibles son un mecanismo de participación ciudadana creado por el gobierno nacional,

para que las comunidades beneficiarias de la inversión pública realicen seguimiento a los recursos de

las regalías que se están invirtiendo en los diferentes municipios y departamentos, presentando sus

peticiones, inquietudes, quejas y denuncias, respecto a la ejecución de estos proyectos; con el fin de

garantizar su adecuada ejecución. Las auditorias visibles, a diferencia de otros mecanismos de control

social, permiten al ciudadano interactuar con los ejecutores de las obras, con las autoridades

territoriales y con los encargados de hacer el control y vigilancia a los recursos. La metodología de

auditorías visibles señala que a cada uno de los proyectos seleccionados deben hacerse por lo menos

tres (3) auditorías visibles (Planeación, s.f.)

Teniendo en cuenta que los órganos de control y la ciudadanía son dos de los actores que participan

de las auditorias, se sugiere que las Comisiones hagan uso de este mecanismo como alternativa para

promover el seguimiento a los casos priorizados en los planes de acción, a partir de la articulación

con la ciudadanía.

Es recomendable que en la realización de estas auditorías, las Comisiones se articulen con las

veedurías especializadas sobre los temas y proyectos auditados. Así mismo, si la Comisión tiene como

acción priorizada la promoción en la creación de veedurías ciudadanas, se recomienda que las

convoque para que participen de estos espacios.

Para cumplir con esta actividad, se recomienda seguir los siguientes cuatro pasos:

1) Paso 1: Publicidad: Con el fin de realizar el proceso de auditoría a los proyectos más importantes

de inversión del municipio o el departamento, y en cumplimiento del principio de publicidad, es

recomendable que la Comisión informe, de manera detallada a la comunidad, sobre las temáticas

para realizar seguimiento, como planes de desarrollo, presupuestos locales, procesos de

contratación y obras realizadas en el municipio. Para esto, las Comisiones pueden hacer uso de

los portales oficiales de cada uno de los integrantes, medios escritos, redes sociales, entre otros

para facilitar la realización de la auditoría visible.

2) Paso 2. Articulación: Antes de adelantar las auditorías, se recomienda que la Comisión promueva

la articulación de los grupos de interés (vecinos, beneficiarios de la obra, organizaciones sociales,

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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etc.) que tenga representación en los diferentes sectores organizados de la comunidad y de la

población en general.

3) Paso 3. Rendición de cuentas: Con el fin de estar bien informados sobre los procesos de

contratación llevados a cabo en el departamento o en el municipio, se sugiere que la Comisión,

haciendo uso del rol de cada uno de los integrantes, promueva espacios de rendición de cuentas

por parte de las autoridades territoriales y los contratistas de los proyectos a ejecutar. Como se

mencionó anteriormente, es recomendable que la Comisión promueva por lo menos tres (3)

foros de auditoría por proyecto:

o En el primer foro, promovido por la Comisión, los contratistas, interventores,

supervisores y la administración local, suministrarán información, plantearan

observaciones y recomendaciones, y llegarán a acuerdos y compromisos que se

relacionen con el desarrollo del determinado contrato. Estos compromisos deberán

quedar establecidos en un acta.

o El segundo foro se promoverá para revisar el estado y avance del contrato. El principal

objetivo es identificar alertas tempranas por parte de la comunidad sobre el desarrollo

de los contratos.

o El tercer foro se realizará cuando la obra haya sido finalizada, y tiene el objetivo de que

los grupos de interés verifiquen el estado de la misma.

4) Paso 4 Seguimiento: Al finalizar la auditoría visible sobre los determinados contratos, se

recomienda que la Comisión promueva la producción de los siguientes documentos:

o Fichas en las cuales se realice un seguimiento constante a las observaciones recibidas

por parte de la comunidad interesada.

o Acta de conformación del grupo de interés.

o Informe final sobre el ejercicio de auditorías visibles, el cual se establezcan las fortalezas,

debilidades y resultados del ejercicio.

o Encuestas en las cuales se buscará identificar la percepción de la ciudadanía que participó

en el ejercicio de seguimiento.

o Documentos que contengan información general de la obra con relación a su proceso de

contratación, avance y estado.

o Acta de cada uno de los foros realizados, donde se establezcan los compromisos y

principales conclusiones del evento.

o Registro fotográfico del avance de las obras y de los foros.

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CRM Nariño Línea de Acción: Estudiar casos de corrupción de manera conjunta

Nombre de la experiencia: Conformación de grupos interdisciplinarios para el estudio de casos.

Situación antes de la experiencia: Los órganos de control se encontraban adelantando acciones de manera individual en relación a casos similares, debido a la desarticulación entre las entidades se presentaban duplicidad de esfuerzos y desgaste institucional. ¿En qué consiste la experiencia?

1. Designación de equipo de funcionarios encargados de adelantar los procesos de investigación en entidades como Contralorías, Procuraduría y Fiscalía.

2. Desarrollo de reuniones para conocer el estado de cada investigación. 3. Definición de fechas posibles para arrojar resultados en las investigaciones.

Requisitos que se necesitan para desarrollarla: 1. Identificación y priorización de casos para ser abordados en los grupos conformados. 2. Disposición de tiempo para el desarrollo de las reuniones de seguimiento. 3. Comunicación permanente entre los miembros del grupo. 4. Designación de encargados del proceso de convocatoria y sistematización de los avances en el grupo.

Resultados: El resultado generado con dicha actividad se evidencia en la cohesión de los órganos de control para el tratamiento de los casos prioritarios y mayor celeridad para la resolución de los mismos.

CRM La Guajira Línea de Acción: Coordinar acciones para el intercambio de información sobre los casos priorizados

Nombre de la experiencia: Traslado de hallazgos sobre los casos priorizados para apoyar la celeridad en la solución y fallo.

Situación antes de la experiencia: Trabajo independiente entre las entidades y tiempos muy altos para generar resultados en las investigaciones que adelanta cada órgano de control. ¿En qué consiste la experiencia?

1. la Procuraduría y Contraloría hacen entrega de los resultados de sus investigaciones ante la Fiscalía, a fin de conocer la responsabilidad penal en cada uno de los casos priorizados.

2. Las entidades que reciben dicha información priorizan las investigaciones y profundizan sobre las evidencias allegadas.

3. En las reuniones mensuales, se informa sobre el avance y tratamiento dado a la información recibida y las posibles acciones a desarrollar.

Requisitos que se necesitan para desarrollarla: i) priorización de un tema de seguimiento ii) investigaciones adelantadas y hallazgos identificados iii) voluntad de las partes para adelantar los respectivos traslados iv) priorización de las entidades que reciben la remisión del caso.

Resultados: Durante el año 2015, la Comisión de La Guajira priorizó el seguimiento a la contratación y ejecución del PAE y los Programas de Atención a la Primera Infancia. El proceso de investigación se realizó a partir del traslado de los hallazgos fiscales generados por la Contraloría Departamental a la Fiscalía, una vez la fiscalía lo priorizó fue posible avanzar en la captura de más de 16 funcionarios involucrados en el hecho de corrupción, donde se configuró un detrimento patrimonial generando al Estado cercano a los $ 2.217'066.931.

Experiencias exitosas

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CRM Córdoba

Línea de Acción: Estudiar casos de corrupción de manera conjunta

Nombre de la experiencia: Seguimiento caso Happy Lora

Fecha: Abril de 2016 y mayo de 2017

Lugar: Montería

Situación antes de la experiencia: La obra de rehabilitación del Coliseo Happy Lora presentaba retrasos desde el

año 2012, en el cual se suscribió el convenio interadministrativo con el contratista designado para la ejecución

de las obras. Así mismo, existían bajos niveles de articulación entre los actores involucrados en el convenio.

¿En qué consiste la experiencia?: La Comisión inició su operación a partir del seguimiento a dos obras inconclusas en el departamento, entre las cuales se ubica el Coliseo Happy Lora. Para iniciar el estudio del caso, los miembros de la Comisión realizaron varias visitas al Coliseo con el fin de identificar el estado real de la obra, compilar información asociada al caso y conocer las dificultades que explicaban tal retraso. En dichas visitas se contó con la participación de la alcaldía de Montería, la entidad contratista y de algunos veedores. Como resultado de las mismas, se acordaron algunos compromisos para contribuir en gestionar los permisos pendientes ante entidades como Coldeportes y la modificación al proyecto financiado con recursos del Fondo Nacional de Regalías, ante el Departamento Nacional de Planeación. Debido a la necesidad de establecer interlocución con entidades del nivel nacional, se identificó la pertinencia de desarrollar una mesa de trabajo con apoyo de la Secretaría de Transparencia en la ciudad de Bogotá. Gracias a ello fue posible obtener los permisos y los recursos pendientes para culminar las obras. En el mes de abril de año 2017, la obra fue terminada por el contratista.

Requisitos para desarrollarla: Identificar alguna obra inconclusa en el departamento, cuyas razones se atribuyan a dificultades en los permisos, ajustes al proyecto realizado o recursos pendientes para su conclusión. Así mismo, se requiere un nivel de interlocución con las autoridades involucradas en la obra.

Resultados: Con las visitas realizadas fue posible establecer comunicación con los actores involucrados en la rehabilitación del Coliseo, para la proyección de una serie de compromisos que permitiesen su culminación. Así mismo, las entidades que hacen parte de la Comisión priorizaron las investigaciones sobre el caso con el fin de identificar la responsabilidad fiscal, penal y disciplinaria sobre dicho caso.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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La CRM dejará los siguientes soportes como evidencia de las líneas de acción trabajadas:

Mención en informe de gestión: Dentro del avance cualitativo, se mencionará la actividad sugerida por medio de la cual la Comisión le está haciendo seguimiento, ejemplo: si el proceso de investigación se realizó a partir de la conformación de grupos interdisciplinarios, a partir del traslado de hallazgos, de la realización de espacios de interacción con la ciudadanía u otros actores involucrados en los casos, entre otros

Actas de las reuniones realizadas en la CRM para el seguimiento a los casos: En estos documentos se detallarán las razones que llevaron a priorizar en las CRM los casos de investigación, a conformar los grupos interdisciplinarios, a dar traslado a los hallazgos, o a realizar diferentes espacios de interlocución con la ciudadanía o con los actores que participan en la ejecución de las temáticas asociadas a los casos.

Listados de asistencia: Formatos con las reuniones adelantadas por la CRM, por los grupos interdisciplinarios o de los espacios propiciados.

Ficha de casos: En estas herramientas se buscará sistematizar el curso de las investigaciones, las acciones adelantadas en cada entidad y los resultados del trabajo articulado.

NOTA: Estos soportes serán remitidos a la Secretaría de Transparencia en formato digital. No es necesario

reproducirlos físicamente

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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SANCIÓN

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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De acuerdo con lo señalado en el artículo 65 de la ley 1474 y ratificado en el decreto 270 del 2017,

las entidades miembro de la Comisión como órganos encargados de promover la sanción de la

corrupción en sus regiones, deberán coordinar acciones que para garantizar, en el marco del

intercambio, el cumplimiento del debido proceso, buscando premover desde cada una de las

entidades, las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de

corrupción abordados de manera conjunta dando cumplimiento a los principios de eficiencia, eficacia

y celeridad en las actuaciones administrativas, por medio de la puesta en conocimiento de las

irregularidades identificadas ante las autoridades competentes y la gestión sobre los casos

priorizados.

El valor agregado de este objetivo, es dar respuesta a las demandas ciudadanas e institucionales para

castigar las actuaciones indebidas de los servidores públicos y particulares al ejercer sus funciones, y

combatir la impunidad en los actos de corrupción.

Para ello, es fundamental la coordinación interinstitucional de los órganos de control en el orden

territorial.

Una respuesta efectiva y eficiente sobre los actos de corrupción permitirá reducir este flagelo,

ayudará a desestimular el comportamiento de los servidores en relación a actuaciones indebidas

contra la administración pública y generará mayor confianza en las instituciones.

Las entidades que componen la Comisión Regional de Moralización son líderes en la lucha contra la

corrupción en las regiones y en esa medida son las llamadas a combatir este fenómeno mediante el

uso y aplicación de las normas establecidas en Colombia para sancionar dichas actuaciones.

Instrumento Contenido

Artículo 30: proceso, fallo y sanciones. Cada Estado Parte penalizara la comisión de los delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con sanciones que tengan en cuenta la gravedad de esos delitos.

Cada Estado Parte adoptara las medidas que sean necesarias para establecer o mantener, de conformidad con su ordenamiento jurídico y sus principios constitucionales, un equilibrio apropiado entre cualesquiera inmunidades o prerrogativas jurisdiccionales otorgadas a sus funcionarios

“El intercambio de información y la acción coordinada de las entidades frente a los casos de

corrupción de mayor relevancia en los departamentos es, desde la óptica de la Comisión Nacional

de Moralización, la primera y la más importante de las tareas ejecutadas por las Comisiones

Regionales de Moralización, y por ende debería ser la labor a la que mayor tiempo se dedique en

las reuniones mensuales y demás espacios de interacción de la Comisión” (Presidencia de la

República-Secretaría de Transparencia, 2013)

Marco Normativo

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Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción

públicos para el cumplimiento de sus funciones y la posibilidad, de ser preciso, de proceder efectivamente a la investigación, el enjuiciamiento y el fallo de los delitos tipificados con arreglo a la presente Convención (…)

Artículo 38: Cooperación entre organismos nacionales Cada Estado Parte adoptara las medidas que sean necesarias, de conformidad con su derecho interno, para alentar la cooperación entre, por un lado, sus organismos públicos, así como sus funcionarios públicos, y, por otro, sus organismos encargados de investigar y enjuiciar los delitos. Esa cooperación podrá incluir:

a) Informar a esos últimos organismos, por iniciativa del Estado Parte, cuando haya motivos razonables para sospechar que se ha cometido alguno de los delitos tipificados con arreglo a los artículos 15, 21 y 23 de la presente Convención; o

b) Proporcionar a esos organismos toda la información necesaria, previa

solicitud.

Constitución Política de Colombia 1991

Artículo 250: La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo. Artículo 256 Son funciones del Consejo Superior de la Judicatura...Examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial, así como las de los abogados en el ejercicio de su profesión, en la instancia que señale la ley. Artículo 267: El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación. Dicho control se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca la ley. Esta podrá, sin embargo, autorizar que, en casos especiales, la vigilancia se realice por empresas privadas colombianas escogidas por concurso público de méritos, y contratadas previo concepto del Consejo de Estado. La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En los casos excepcionales, previstos por la ley, la Contraloría podrá ejercer control posterior sobre cuentas de cualquier entidad territorial. La Contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal. No tendrá funciones administrativas distintas de las inherentes a su propia organización. Artículo. 277: Con funciones de la Procuraduría… Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la Ley.

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Ley 599 de 2000 Por la cual se expide el Código Penal.

Artículo 3°. Principios de las sanciones penales. La imposición de la pena o de la medida de seguridad responderá a los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. El principio de necesidad se entenderá en el marco de la prevención y conforme a las instituciones que la desarrollan.

Ley 610 de 2000-“Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías”

Artículo 2°. Principios orientadores de la acción fiscal. En el ejercicio de la acción de responsabilidad fiscal se garantizará el debido proceso y su trámite se adelantará con sujeción a los principios establecidos en los artículos 29 y 209 de la Constitución Política y a los contenidos en el Código Contencioso Administrativo. Artículo 3°. Gestión fiscal. Para los efectos de la presente ley, se entiende por gestión fiscal el conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición de los bienes públicos, así como a la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad y valoración de los costos ambientales. Artículo 4°. Objeto de la responsabilidad fiscal. La responsabilidad fiscal tiene por objeto el resarcimiento de los daños ocasionados al patrimonio público como consecuencia de la conducta dolosa o culposa de quienes realizan gestión fiscal mediante el pago de una indemnización pecuniaria que compense el perjuicio sufrido por la respectiva entidad estatal. Para el establecimiento de responsabilidad fiscal en cada caso, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los principios rectores de la función administrativa y de la gestión fiscal. Artículo 8°. Iniciación del proceso. El proceso de responsabilidad fiscal podrá iniciarse de oficio, como consecuencia del ejercicio de los sistemas de control fiscal por parte de las propias contralorías, de la solicitud que en tal sentido formulen las entidades vigiladas o de las denuncias o quejas presentadas por cualquier persona u organización ciudadana, en especial por las veedurías ciudadanas de que trata la Ley 563 de 2000 Artículo 10. Policía judicial. Los servidores de las contralorías que realicen funciones de investigación o de indagación, o que estén comisionados para la práctica de pruebas en el proceso de responsabilidad fiscal, tienen el carácter de autoridad de policía judicial. Para este efecto, además de las funciones previstas en el Código de Procedimiento Penal, tendrán las siguientes: 1. Adelantar oficiosamente las indagaciones preliminares que se requieran por hechos relacionados contra los intereses patrimoniales del Estado. 2. Coordinar sus actuaciones con las de la Fiscalía General de la Nación. 3. Solicitar información a entidades oficiales o particulares en procura de datos que interesen para solicitar la iniciación del proceso de responsabilidad fiscal o para las indagaciones o investigaciones en trámite, inclusive para lograr la identificación de bienes de las personas comprometidas en los hechos generadores de daño patrimonial al Estado, sin que al respecto les sea oponible reserva alguna. 4. Denunciar bienes de los presuntos responsables ante las autoridades judiciales, para que se tomen las medidas cautelares correspondientes, sin necesidad de prestar caución.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Parágrafo. En ejercicio de sus funciones, los servidores de los organismos de control fiscal a que se refiere este artículo podrán exigir la colaboración gratuita de las autoridades de todo orden. Artículo 11. Grupos interinstitucionales de investigación. Las Contralorías, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, las personerías y las entidades de control de la administración, podrán establecer con carácter temporal y de manera conjunta, grupos especiales de trabajo para adelantar investigaciones que permitan realizar la vigilancia integral del manejo de los bienes y fondos públicos, así como las actuaciones de los servidores públicos. Las pruebas practicadas por estos grupos especiales de trabajo tendrán plena validez para los respectivos procesos fiscales, penales, disciplinarios y administrativos.

Ley 734 de 2002 Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.

Título: PRINCIPIOS RECTORES DE LA LEY DISCIPLINARIA Capítulo: La Función Pública y la falta disciplinaria Capítulo: Prohibiciones Capítulo: Inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades y conflicto de intereses Capítulo: Clasificación y connotación de las faltas Capítulo: Clasificación y límite de las sanciones Título: LA ACCION DISCIPLINARIA Título; EJECUCION Y REGISTRO DE LAS SANCIONES

Ley 1474 del 2011- “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”

Artículo 41. Funciones disciplinarias de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Además de lo previsto en la Constitución Política la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura o de los Consejos Seccionales según el caso, examinará la conducta y sancionará las faltas de los auxiliares de la Justicia CAPÍTULO VIII, Medidas para la eficiencia y eficacia del control fiscal en la lucha contra la corrupción Artículo 114. Facultades de investigación de los organismos de control fiscal. Los organismos de control fiscal en el desarrollo de sus funciones contarán con las siguientes facultades: a) Adelantar las investigaciones que estimen convenientes para establecer la ocurrencia de hechos generadores de daño patrimonial al Estado originados en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, o deterioro de los bienes o recursos públicos, producida por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, e inoportuna y que en términos generales no se aplique al cumplimiento de los cometidos y de los fines esenciales del Estado; b) Citar o requerir a los servidores públicos, contratistas, interventores y en general a las personas que hayan participado, determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de investigación; c) Exigir a los contratistas, interventores y en general a las personas que hayan participado, determinado, coadyuvado, colaborado o hayan conocido los hechos objeto de investigación, la presentación de documentos que registren sus operaciones cuando unos u otros estén obligados a llevar libros registrados; d) Ordenar a los contratistas, interventores y proveedores la exhibición y de los libros, comprobantes y documentos de contabilidad; e) En general, efectuar todas las diligencias necesarias que conduzcan a la determinación de conductas que generen daño al patrimonio público. Parágrafo 1°. Para el ejercicio de sus funciones, las contralorías también están facultadas para ordenar que los comerciantes exhiban los libros, comprobantes y documentos de contabilidad, o atiendan requerimientos de información, con miras a realizar estudios de mercado que sirvan como

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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prueba para la determinación de sobrecostos en la venta de bienes y servicios a las entidades públicas o privadas que administren recursos públicos. Parágrafo 2°. La no atención de estos requerimientos genera las sanciones previstas en el artículo 101 de la Ley 42 de 1993. En lo que a los particulares se refiere, la sanción se tasará entre cinco (5) y diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Ley 1437 de 2011- “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”

Art 3: Principios Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales. Las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad. 1. En virtud del principio del debido proceso, las actuaciones administrativas se adelantarán de conformidad con las normas de procedimiento y competencia establecidas en la Constitución y la ley, con plena garantía de los derechos de representación, defensa y contradicción. En materia administrativa sancionatoria, se observarán adicionalmente los principios de legalidad de las faltas y de las sanciones, de presunción de inocencia, de no reformatio in pejus y non bis in idem.

A propósito del principio de colaboración armónica

Constitución Política de Colombia 1991

Artículo 271. Los resultados de las indagaciones preliminares adelantadas por la Contraloría tendrán valor probatorio ante la Fiscalía General de la Nación y el juez competente

Ley 734 de 2002- “Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.”

Artículo 34. Deberes. Son deberes de todo servidor público:16. Permitir a los representantes del Ministerio Público, fiscales, jueces y demás autoridades competentes el acceso inmediato a los lugares donde deban adelantar sus actuaciones e investigaciones y el examen de los libros de registro, documentos y diligencias correspondientes. Así mismo, prestarles la colaboración necesaria para el desempeño de sus funciones Artículo 99. Reconstrucción de expedientes. Cuando se perdiere o destruyere un expediente correspondiente a una actuación en curso, el funcionario competente deberá practicar todas las diligencias necesarias para lograr su reconstrucción. Para tal efecto, se allegarán las copias recogidas previamente por escrito o en medio magnético y se solicitará la colaboración de los sujetos procesales, a fin de obtener copia de las diligencias o decisiones que se hubieren proferido; de igual forma se procederá respecto de las remitidas a las entidades oficiales. Artículo 137. Apoyo técnico. El servidor público que conozca de la actuación disciplinaria podrá solicitar, gratuitamente, a todos los organismos del Estado la colaboración técnica que considere necesaria para el éxito de las investigaciones.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en

correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera

conjunta, en los que haya lugar.

Entendiendo que la labor las entidades que componen las Comisiones es individual y que las

decisiones y actuaciones asociadas a los actos de corrupción no podrán darse de manera colectiva,

el trabajo adelantado alrededor de este objetivo está enfocado en evaluar las decisiones tomadas de

manera individual por las entidades, como resultado del intercambio de información y el estudio

conjunto de los casos de corrupción priorizados.

Como resultados sobre los casos, nos referimos a alguna de las siguientes actuaciones:

Apertura del proceso de responsabilidad fiscal

Auto de imputación de responsabilidad fiscal

Auto de apertura de investigación disciplinaria

Fallos con responsabilidad fiscal y disciplinaria

Resarcimiento de los daños al patrimonio público

Celebración de acuerdos de pago

Penas privativas de la libertad

Penas pecuniarias

Penas sustitutivas

Insumos PGN

Insumos FGR

Insumos CGR

Insumos Contralorías Territoriales

Insumos CSJ

Línea de Acción

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Medidas cautelares

Procesos administrativos sancionatorios

Ejecución de medidas de seguridad

Inhabilidades para el ejercicio de derechos y funciones públicas.

Inhabilidad para contratar

Destitución

Suspensión en el ejercicio del cargo

La promoción de las sanciones y actuaciones es derivada de la investigación conjunta de los casos. En

este sentido, las Comisiones Regionales deberán adelantar las etapas señaladas bajo el objetivo de

INVESTIGACIÓN sobre los casos priorizados; a través del cumplimiento de los principios

constituciones de igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad,

transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad

CRM de Cauca Línea de Acción: Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar

Nombre de la experiencia: Investigación Minería ilegal Hechos: La Comisión de Cauca, liderada por la Fiscalía Seccional, investigó denuncias sobre actividades de minería ilegal en el Departamento. Así como presuntos hechos de corrupción, a partir de sobornos a funcionarios públicos por parte de los grupos ilegales que dominan el negocio en el Departamento.

la Comisión organizó una mesa de trabajo con entidades públicas con competencias para abordar este problema, entre otros: La Agencia Nacional de Minería, el Ejército Nacional, el Departamento de Policía del Cauca, Migración Colombia, Procuraduría Judicial, Ambiental y Agraria, Defensoría del Pueblo, Corporación Autónoma Regional de Cauca, Gobernación y alcaldías de varios municipios del departamento. En dicha reunión fue posible suscribir acuerdos para coordinar acciones conjuntas y atacar las causas de este fenómeno que incluían la persecución a los grupos ilegales responsables y la destrucción de minas y la maquinaria.

Coordinación de las entidades de la Comisión: La Comisión de Cauca continúa estudiando este caso dentro de su Plan de Acción y la Fiscalía Seccional presenta periódicamente informes sobre las acciones adelantadas y reporta sus hallazgos al resto de entidades integrantes de la Comisión. Adicionalmente, la Comisión tiene planeado realizar una audiencia pública de seguimiento al cumplimiento de los acuerdos suscritos, los logros alcanzados y las dificultades presentadas de parte de entidades que participaron en la reunión de febrero de 2016.

Resultados: En el mes de abril de 2016 se realizaron operativos coordinados entre el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de Cauca, la Armada Nacional y la Policía Nacional, y se formularon cargos contra 14 integrantes de la banda ilegal La Carbonera, por delitos asociados con esta actividad. En ese mismo mes, una acción conjunta del Escuadrón Móvil de Carabineros y el Grupo de Protección Ambiental y Ecológica de la Policía y la Corporación Autónoma Regional del Cauca, se logró el cierre definitivo de 123 de minas ilegales de oro en el municipio de Santander de Quilichao. En el mes de junio de 2016, en el marco de la operación Gomorra, la Policía del Cauca reportó la destrucción de 29 retroexcavadoras y 26 motobombas, que eran utilizadas para extraer oro de manera ilícita en los municipios de Bolívar y Mercaderes, afectando el ecosistema del Río Sambingo.

Experiencias exitosas

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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CRM de Córdoba Línea de Acción: Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar

Nombre de la experiencia: Caso de corrupción sobre obras de erosión costera en el Golfo de Morrosquillo.

Hechos: Incumplimiento en el objeto contractual convenido entre la administración municipal de Coveñas y el contratista, para la recuperación y mitigación de la erosión costera en la zona de playa del municipio de Tolú y Coveñas.

Hallazgos: Realización de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales, falsedad en documento público, peculado por apropiación.

Coordinación de las entidades de la Comisión: De acuerdo a las denuncias recibidas sobre este caso, las entidades iniciaron los procesos de investigación con el propósito de esclarecer la responsabilidad penal, fiscal y disciplinaria de los implicados en el caso.

Resultados: Captura y medida de aseguramiento domiciliaria del Ex alcalde de Coveñas, Contratista de la obra, del Secretario de Planeación municipal e interventor de la obra.

29 retroexcavadoras y 26 motobombas, que eran utilizadas para extraer oro de manera ilícita en los municipios de Bolívar y Mercaderes, afectando el ecosistema del Río Sambingo.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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CRM de Vichada Línea de Acción: Promover las sanciones, penales, disciplinarias y fiscales en correspondencia con los casos de corrupción abordados de manera conjunta, en los que haya lugar

Nombre de la experiencia: Seguimiento Caso INCODER Vichada

Hechos: La Secretaría de Transparencia recibió una denuncia por parte de una veeduría del

Municipio La Primavera en Vichada, que encendió las alarmas acerca de posibles irregularidades

en la ejecución de contratos por parte del Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural

(INCODER). Esta información fue trasladada a la Comisión Regional de Moralización de Vichada,

que a su vez inició las investigaciones pertinentes.

Ante la solicitud de la Secretaría de Transparencia y de las constantes denuncias de la ciudadanía,

la CRM de Vichada realizó una audiencia pública contando a la que fueron invitados funcionarios

del INCODER del nivel regional así como central. A través de las pruebas recogidas, la Procuraduría

General de la Nación procedió a sancionar a tres funcionarios del Incoder.

Hallazgos: Disciplinarios por presunta malversación de fondos, falsedad en documento público y

abuso de autoridad.

Coordinación de las entidades de la Comisión: La Comisión llevó a cabo una reunión con la

ciudadanía organizada, que permitió la recolección de las pruebas necesarias para que se

sancionara efectivamente este caso.

Resultados: La Procuraduría General de la Nación suspendió, de manera provisional y por el

término de tres meses, a los señores Gonzalo Bermúdez Meléndez y Édgar Cabrera Flórez, quienes

se desempeñan como Director Encargado y Coordinador Técnico, respectivamente, del (Incoder)

en su territorial de Vichada, por presunta malversación de fondos, falsedad en documento público

y abuso de autoridad.

La CRM dejará los siguientes soportes como evidencia de las actividades realizadas en este objetivo:

Ficha del Caso: Documento establecido por la Secretaría de Transparencia que relaciona la información de los hechos, avances y decisiones tomadas por las entidades que conforman la Comisión en relación al caso priorizado.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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7. Enlaces de interés

Ley 1712 de 2014

Ley 1712 de 2014 de Derecho de Acceso a la Información Pública http://www.anticorrupcion.gov.co/SiteAssets/Paginas/Publicaciones/ley-1712.pdf

Decreto 103 de 2015 que reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones. http://wsp.presidencia.gov.co/secretaria-

transparencia/Prensa/2015/Documents/decreto_presidencial_103_del_20_de_enero_201

5.pdf

Transparencia y Acceso a la Información en Partidos y Movimientos Políticos Colombianos. Responsabilidades frente a la Ley 1712 de 2014. http://www.anticorrupcion.gov.co/SiteAssets/Paginas/Publicaciones/cartilla-partidos%20politicos.pdf

ABC de la Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública. http://www.anticorrupcion.gov.co/PublishingImages/Paginas/Publicaciones/ABC.pdf

Guías de la Ley 1712 de 2014 y videos tutoriales: (i) Guía de caracterización de la Ley 1712 de 2014 de ciudadanos, usuarios e

interesados (ii) Guía de instrumentos de gestión de información pública. (iii) Guía para responder a solicitudes de acceso a información pública. (iv) ABC para la implementación de un programa de gestión documental. http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/guia-implementacion-ley-transparencia.aspx

Control Social y Veedurías Ciudadanas

Ley 850 de 2003. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=10570

Lineamientos para la implementación de la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías. http://www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/110311redinstitucional.pdf

Estatuto Anticorrupción

Ley 1474 de 2011. http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley147412072011.pdf

Decreto 4632 de 2011 que reglamenta parcialmente la Ley 1474 de 2011 en lo que se refiere a la Comisión Nacional de Moralización y la Comisión Nacional Ciudadana de Lucha contra la Corrupción. http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Decretos/2011/Documents/Diciembre/09/dec46

3209122011.pdf

Rendición de Cuentas

http://mintic.gov.co/portal/604/articles-3651_documento.pdf

http://www.anticorrupcion.gov.co/Documents/Publicaciones/ManualRendicionCuentas.pdf

http://www.funcionpublica.gov.co/eva/es/conoceniveles

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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http://www.anticorrupcion.gov.co/SiteAssets/Paginas/Publicaciones/estrategias-construccion-plan-anticorrupcion-atencion-ciudadano.pdf

http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/videostutoriales.aspx

¿Qué es la rendición de cuentas? - https://goo.gl/qU0yJg

Planee y evalúe la rendición de cuentas y obtenga mejores resultados - https://goo.gl/8YcRBm

¿Cómo generar un diálogo asertivo en la rendición de cuentas? - https://goo.gl/4UiJ31

Información e incentivos en la Rendición de Cuentas - https://goo.gl/w9Ip5r

Rendición de cuentas, un derecho de la ciudadanía - https://goo.gl/3nbqfP

Santi y su abuelo le cuentan qué es la rendición de cuentas - https://goo.gl/DbNk3s

Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano

Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano Versión 2 http://www.anticorrupcion.gov.co/SiteAssets/Paginas/Publicaciones/estrategias-construccion-plan-anticorrupcion-atencion-ciudadano.pdf

http://www.anticorrupcion.gov.co/Paginas/caja-herramientas.aspx

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

103

8. Bibliografía

Departamento Nacional de Planeación, Consejo Nacional de Política Económica y Social.

(2013). Documento Conpes, Número 167. Bogotá D.C, Colombia: Imprenta Nacional de

Colombia.

Departamento Nacional de Planeación, Portal Territorial de Colombia

https://portalterritorial.dnp.gov.co/#/

Planeación, D. N. (s.f.). ¿Qué son las auditorías visibles? Obtenido de www.dnp.gov.co:

https://www.sgr.gov.co/Qui%C3%A9nesSomos/AntiguoSistema/AuditoriasVisibles.aspx

Presidencia de la República-Secretaría de Transparencia. (2013). LINEAMIENTOS PARA LA

OPERACION de las Comisiones Regionales de Moralizacion. Bogotá D.C , Colombia: Imprenta

Nacional.

Secretaría de Transparencia. (s.f.). www.anticorrupción.gov.co.

NORMATIVIDAD

PREVENCIÓN

Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Corrupción

Convención Interamericana de Lucha Contra la Corrupción

Constitución Política de Colombia

Conpes 3654 de 2010. Política de Rendición de Cuentas de la Rama Ejecutiva a los Ciudadanos.

Ley 850 de 2003. Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.

Ley 1437 de 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo.

Ley 1474 de 2011. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de

prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la

gestión pública.

Ley 1757de 2015. Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del

derecho a la participación democrática, título IV- de la Rendición de Cuentas.

Decreto 267 de 2000. Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la

Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones

de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

Decreto 270 de 2017. Por el cual se modifica y se adiciona el Decreto 1081 de 2015, Decreto

Único Reglamentario de la Presidencia de la República, en relación con la participación de los

ciudadanos o grupos de interesados en la elaboración de proyectos específicos de regulación

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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INVESTIGACIÓN

Constitución Política de Colombia

Contraloría General de la República: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional

Fiscalía General de la Nación: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional

Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración

Pública”

Ley 489 de 1998. Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las

entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el

ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución

Política y se dictan otras disposiciones.”

Ley 610 de 2000. Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de

competencia de las contralorías.

Ley 715 de 2001. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias

de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la

Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios

de educación y salud, entre otros.

Ley 756 de 2002. Por la cual se modifica la Ley 141 de 1994, se establecen criterios de

distribución y se dictan otras disposiciones.

Ley 1437 de 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo.

Ley 1474 de 2011. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de

prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la

gestión pública.

Ley 962 de 2015. Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y

procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares

que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.

Decreto Ley 262 de 2000. Por el cual se modifican la estructura y la organización de la

Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen

de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas Para su funcionamiento;

se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e

incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las

que se encuentren sujetos.

SANCIÓN

Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción

Constitución Política de Colombia

Ley 599 de 2000 Por la cual se expide el Código Penal.

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CARTILLA DE LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS CRM

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Ley 610 de 2000. Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de

competencia de las contralorías.

Ley 734 de 2002. Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.

Ley 1437 de 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo

Ley 1474 de 2011. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de

prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la

gestión pública.

i Ley 1474 de 2011 Art 65