cargas diferidas

52
Cargas Diferidas * Introducción Las cargas diferidas siempre serán un motivo de análisis desde la perspectiva de qué un gasto va ser registrado como un activo? La razón está en la definición de partidas que se presentan en el Balance General. Un activo representa costos a que en un futuro generarán beneficios económicos p Un caso sencillo es cuando un servicio, por ejemplo, se paga por adelantado sign beneficio inherente a la operación lo recibiremos en el futuro. Tanto los servicios contratados por adelantado como los activos diferidos corres de ocurrencia futura, esto quiere decir “no devengados”. Es por ello que en el presente traba detallamos: los conceptos considerados en la cuenta 38 Cargas diferidas (con el modificaciones realizadas con el nuevo PCGE conjuntamente con su dinámica, la NI influye directamente con el concepto de activo tributario diferido, los criterio para la adecuada presentación en el Balance, y analizaremos algunos casos propue grupo. * Índice Cargas Diferidas DEFINICION 1 PRINCIPIOS CONTABLES BÁSICOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS CARGAS DIFERIDA 2 Periodo 2 Devengado 3 Realización 3 TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS CARGAS DIFERIDAS 5 SEGÚN EL PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO 6 SEGÚN EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL 9 MEDICION Y VALUACION 15 PRINCIPIOS CONTABLES vs. NORMAS TRIBUTARIAS 16

Upload: ronald-espinoza-cajincho

Post on 22-Jul-2015

7.298 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Cargas Diferidas

* Introduccin Las cargas diferidas siempre sern un motivo de anlisis desde la perspectiva del devengado. Por qu un gasto va ser registrado como un activo? La razn est en la definicin de este tipo de partidas que se presentan en el Balance General. Un activo representa costos a que en un futuro generarn beneficios econmicos para la empresa. Un caso sencillo es cuando un servicio, por ejemplo, se paga por adelantado significa que el beneficio inherente a la operacin lo recibiremos en el futuro. Tanto los servicios contratados por adelantado como los activos diferidos corresponden a hechos de ocurrencia futura, esto quiere decir no devengados. Es por ello que en el presente trabajo detallamos: los conceptos considerados en la cuenta 38 Cargas diferidas (con el PCGR) y las modificaciones realizadas con el nuevo PCGE conjuntamente con su dinmica, la NIC 12 ya que influye directamente con el concepto de activo tributario diferido, los criterios a tener en cuenta para la adecuada presentacin en el Balance, y analizaremos algunos casos propuestos por el grupo. * ndice Cargas Diferidas DEFINICION 1

PRINCIPIOS CONTABLES BSICOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS CARGAS DIFERIDAS 2 Periodo 2 Devengado Realizacin 3 3

TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS CARGAS DIFERIDAS 5 SEGN EL PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO SEGN EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL MEDICION Y VALUACION 15 16 6 9

PRINCIPIOS CONTABLES vs. NORMAS TRIBUTARIAS

GASTOS DEDUCIBLES

20 23 24 28

GASTOS NO DEDUCIBLES

NIC 12 IMPUESTO A LA RENTA, CON RESPECTO A LAS CARGAS DIFERIDAS PRESENTACION EN EL BALANCE Y LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Casos Prcticos 32 Glosario 58

*

Cargas Diferidas I. DEFINICION Erogacin no reconocida como costo o gasto de las operaciones del periodo en que se incurre, sino que se lleva adelante para eliminarla en uno o ms periodos o ejercicios futuros. Dentro de todas las clasificaciones existentes de cargo diferido corresponde especficamente a: * Las erogaciones que tienen la naturaleza de un pago por anticipado, a largo plazo, por ejemplo los gastos de investigacin y, de desarrollo, que presumiblemente habrn de beneficiar a un nmero bien definido de periodos futuros. * Los gastos o costos pagados por anticipado, que es un tipo de cargo diferido que se clasifica como activo corriente, ya que por lo general se consumen en el mismo periodo. * Beneficios futuros derivados de las diferencias temporales deducibles entre la base contable y la base tributaria.

II. PRINCIPIOS CONTABLES BSICOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS CARGAS DIFERIDAS Los principios que se mencionan a continuacin son los que se aplican para reconocer los gastos en su periodo correcto.

Periodo En la "Empresa en marcha" es necesario medir el resultado de la gestin, de tiempo en tiempo, ya sea para satisfacer razones de administracin, legales, fiscales, o para cumplir con compromisos financieros. El lapso que media entre una fecha y otra, se llama periodo. Generalmente este periodo es de doce meses. Y recibe el nombre de ejercicio. INTERPRETACIN: La necesidad de conocer los resultados de operacin y la situacin econmica y financiera de la entidad, que tiene una existencia continua, obliga a dividir su vida en periodos convencionales: Las operaciones y eventos as como sus efectos derivados, susceptibles de ser cuantificadas se identifican con el periodo en que ocurren, por tanto cualquier informacin contable debe indicar claramente el periodo a que se refiere. La finalidad de este tiempo es para conocer el resultado (utilidad o prdida) y verificar los cambios habidos. Devengado Las variaciones patrimoniales que se deben considerar para establecer el resultado econmico son los que corresponden a un ejercicio sin entrar a distinguir si se han cobrado o pagado durante dicho periodo. INTERPRETACIN: Devengar significa reconocer y registrar en cuentas a determinada fecha eventos o transacciones contabilizables. El trmino devengado se aplica sobre todo a los servicios ms que a los activos adquiridos. En la aplicacin del principio de "devengado" se registran los ingresos o gastos en el periodo contable al que se refiere, a pesar de que el documento sustentatorio tuviera fecha del siguiente ejercicio o que el desembolso pueda ser hecho todo o en parte en el ejercicio siguiente. Es decir, Los efectos de las transacciones y dems sucesos se reconocen cuando ocurren (no cuando se recibe o paga dinero u otro equivalente de efectivo).

Realizacin Los resultados econmicos se registran cuando sean realizados, o sea cuando la operacin que los origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislacin o de las prcticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente todos los riesgos inherentes a tal operacin. Se establecer como carcter general que el concepto "realizado" participa del concepto de "devengado".

INTERPRETACIN: Con respecto a las operaciones de compra-venta, se considera vendido un bien cuando se concreta la entrega de la mercadera o es puesta a disposicin del comprador, lo que permite atribuir objetivamente su correspondiente costo. En caso de venta de servicios formalizados por contratos, en los cuales se cobra por anticipado, los resultados sern reconocidos en funcin de la realizacin peridica de los servicios, lo que implica afectar a resultados, generalmente en forma mensual. En las operaciones de compra-venta a largo plazo, se admite la atribucin a resultados en funcin de las cuotas cobradas o puestas a disposicin, lo que constituye una excepcin al principio de "devengado". Las operaciones, en las que la atribucin a los resultados dependen del tiempo, los gastos e ingresos se mantendrn como activos y pasivos respectivamente, hasta que el tiempo determine su conversin en resultados, como por ejemplo, el servicio de alquiler, seguro, etc.

III. TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS CARGAS DIFERIDAS El Plan Contable General Revisado agrupa las operaciones contratadas por adelantado y los activos diferidos dentro de una misma cuenta denominada CARGAS DIFERIDAS (cuenta 38). Con la aprobacin del nuevo Plan Contable General Empresarial (cuya vigencia ser a partir del ejercicio 2011), esta cuenta fue reordenada de acuerdo con a la ocurrencia de las transacciones realizadas.

PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL 38 CARGAS DIFERIDAS | 18 SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO

| |

381 Intereses por devengar382 Seguros pagados por adelantado 383Alquileres pagados por adelantado384 Entrega a rendir cuentas385 Adelanto de remuneraciones388 Gastos anticipados ACM389 Otras cargas diferidas | 181 Intereses.182 Seguros.183 Alquileres.184 Primas Pagadas por Opciones.185 Mantenimiento de Activos Inmovilizados189 Otros Gastos Contratados por Anticipado. | | 37 ACTIVOS DIFERIDOS |

| 371 Impuesto a la Renta Diferido.372 Participaciones de los Trabajadores Diferidas.373 Intereses Diferidos. |

SEGN EL PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO cuenta 38: Cargas Diferidas

Contenido: Agrupa las cuentas que representan por un lado, las rentas de capital calculados y/o pagadas que se devengarn en fecha posterior al cierre del ejercicio econmico o perodo y por otro lado, los egresos relacionados con servicios futuros que aun no se han devengado y en que sern absorbidos como gastos en lo que queda del ejercicio, en el ejercicio o en los ejercicios siguientes.

Concepto de sus Divisionarias: 381 Intereses por Devengar Registra los intereses pagados por adelantado no devengados, relacionados con obligaciones asumidas por la empresa que se devengara en el siguiente ejercicio econmico o en los siguientes periodos. 382 Seguros Pagados por Adelantado Registra las primas de seguros contratados pagados por adelantado no vencidos, que devengaran en el siguiente ejercicio econmico o en los siguientes periodos. * El contrato de seguro es el medio por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima, a resarcir un dao o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

383 Alquileres Pagados por Adelantado Registra alquileres de Inmueble, Maquinaria y Equipo pagados por adelantado no vencidos, que devengaran en el siguiente ejercicio econmico o en los siguientes periodos. 384 Entregas a Rendir Cuenta Registra la entrega de dinero al personal de la empresa, para atender gastos con cargo a rendir cuenta mediante liquidacin documentada de gastos. 385 Adelanto de Remuneraciones Registra la entrega de dinero al personal de la empresa a cuenta de sus remuneraciones del mes que sern liquidados en el mismo mes.

* Nota: En el Plan Contable General Empresarial estas dos ltimas divisionarias (384 y 385) han sido ubicadas en la cuenta 14 cuentas por cobrar al personal, a los accionistas, directores o gerentes, divisionaria: 141 Personal 1412 Adelanto de remuneraciones. 1413 Entregas a rendir cuenta. Como se puede apreciar, ambos conceptos, antes ubicados en la cuenta 38 Cargas Diferidas, actualmente se reubican por relacionarse directamente la responsabilidad al personal.

389 Otras Cargas Diferidas Registra la entrega de dinero a terceros por transporte, honorarios profesionales por servicios aun no recibidos, suscripciones, cotizaciones y publicidad no recibida, que se recibirn o devengaran en el siguiente ejercicio econmico o en los siguientes periodos.

DINMICA: Es debitada por: | Es acreditada por: |

* Los desembolsos efectuados en forma anticipada por servicios a recibirse en el futuro que no corresponde reconocer como gasto del ejercicio o del periodo. ABONO CARGO ABONO CARGO 10 CAJA Y BANCOS 38 CARGAS DIFERIDA 382 Seguros pagados 383 Alquileres pagados por adelantado. 385 Adelanto de remun. 389 Otras cargas dif. por adelantado

* Por los fondos entregados al personal de la empresa que sern objeto de liquidacin.CARGO

ABONO 10 CAJA Y BANCOS 38 CARGAS DIFERID. 384 Entregas a rendir cuenta * Los intereses compensatorios calculados que debern cancelarse en el futuro como consecuencia de una obligacin. CARGO ABONO 46 CTAS POR PAGAR DIV. 469 otras cuentas por pagar diversas

38 CARGAS DIFERID. 384 Intereses por devengar * Por el IGV- crdito fiscal diferido y el activo tributario diferido | * El devengo del servicio, segn el tipo de gasto que se trate.ABONO CARGO 38 CARGAS DIFERID. 381 Intereses por devengar 382 Seguros pagados por adelantado 383 Alquileres pagados por adelantado 389 Otras cargas diferidas

CLASE 6 Segn corresponda (62, 63, 65 o 67 * ABONO 38 CARGAS DIFERIDAS La liquidacin de los gastos incurridos por el personal CARGO

384 Entregas a rendir cuenta CLASE 6 Segn corresponda * ABONO 38 CARGAS DIFERIDAS 384 Entregas a rendir cta 62 CARGAS DE PERS. 621 Sueldos 622 Salarios * Por la aplicacin del IGV como crdito fiscal y por la disminucin del derecho (activo tributario diferido) | El descuento del adelanto de la remuneracin. CARGO

No registrar en esta cuenta: los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta efectuados durante el ejercicio que sern cargados en la cuenta 40, divisionaria 4017.

SEGN EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL Actualmente en el Nuevo Plan Contable General Empresarial la cuenta 38 se encuentra representada en las cuentas: 18 Servicios y Otros Contratados por Anticipado y la cuenta 37 Activos Diferidos. CUENTA 18: SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO

Los beneficios derivados de estos gastos son adquiribles ordinariamente dentro del periodo de un ao o cuando ms de unos pocos aos, justificando as su inclusin en el PCGE como activos corrientes.

Contenido:

Aqu se registran los pagos anticipados por servicios a recibir en el futuro as como los servicios ya recibidos que incluyen beneficios que se extienden mas all de un ejercicio econmico, as como las primas pagadas por opciones.

Concepto de sus Divisionarias: 181 Intereses Se incluirn aquellos intereses que han sido descontados por anticipado por los acreedores en financiamiento recibido.

IMPORTANTE. Relacionados con cuentas por pagar, tener en cuenta que:

PCGR PCGE

182 Seguros Son los montos contratados con las compaas aseguradoras por primas de seguros cuyo beneficio se recibir en el futuro. 183 Alquileres Muestra el importe del alquiler de bienes muebles e inmuebles cuyo uso se dar en el futuro.

184 Primas pagadas por Opciones Muestra el importe de pago de primas en opciones de compra (opcin CALL) o venta (opcin PUT) futura. 185 Mantenimiento de Activos Inmovilizados Muestra el importe de todos los gastos mantenidos cuyo beneficio excede un periodo y que no rene condiciones para incorporarse en valor de un activo.

189 Otros gastos Contratados por anticipado

Muestra el importe de cualquier servicio a ser devengado luego de la fecha de los estados financieros que no hayan sido antes registrados en subcuentas anteriores.

Dinmica:

Es debitada por:

| Es acreditada por:

|

* financiamiento recibido. ABONO

Los intereses descontados por anticipado en operacin de CARGO

45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 18 SERVICIOS Y OTROS CONTRATDOS POR ANT. 181 Intereses * Los montos por servicios contratados asociados a beneficios econmicos futuros. ABONO 10 CAJA Y BANCOS 18 SERVICIOS Y OTROS CONTRATDOS POR ANT. 182 seguros 183 alquileres 185 mant. de activos inmov. 189 otros gastos contratados por anticipado | * ANT. 181 Intereses 67 GASTOS FINANC. 671 gastos en operaciones de endeudamiento y otros 673 intereses por prstamos y otras obligaciones Devengamiento de intereses. 18 SERVICIOS Y OTROS CONTRATDOS POR CARGO

CARGO ABONO * Consumo de los servicios contratados. 18 SERVICIOS Y OTROS CONTRATDOS POR ANT. (Divisionaria segn corresponda) CLASE 6 Segn corresponda CARGO ABONO |

cuenta 37: ACTIVOS DIFERIDOS SEGN PLAN CONTABLE GENERAL EmpreSArial

Contenido: Se registrarn los activos que se generan por diferencias temporales (deducibles) entre la base contable y la base tributaria, y la compensacin de prdidas tributarias en ejercicios posteriores. Asimismo en esta cuenta se debern registrar los intereses diferidos no devengados, que se conocen en forma contractual, pero por los que no se ha realizado desembolso alguno de dinero. Concepto de sus Divisionarias: 371 Impuesto a la Renta Diferido Efecto acumulado en el Impuesto a la renta que se generan por diferencias temporales deducibles que se espera recuperar en ejercicios futuros. 372 Participaciones de los Trabajadores Diferidos

Acumula las participaciones de los trabajadores que se calcula sobre en la renta tributaria (y no contable) que se generan por diferencias temporales deducibles que se espera recuperar en ejercicios futuros. 373 Intereses Diferidos Intereses relacionados con cuentas por pagar, intereses diferidos no devengados, que se conocen en forma contractual, pero por los que no se ha realizado desembolso alguno de dinero.

Su Dinmica: Es debitada por: | Es acreditada por: |

* El importe del activo por las diferencias temporales deducibles o por cambios en la legislacin, originadas en el ejercicio. 37 ACTIVOS DIFERIDOS 371 IR diferido 372 Particip. De los trab. Diferidas 88IMPUESTO A LA RENTA 881 impuesto a renta corriente 87 PARTICIPACIONES DE LOS TRABAJADORES 872 Particp. De los trab. diferidas ABONO CARGO 40 TRIBUTOS POR Y APORTES AL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR. ABONO CARGO 38 CARGAS DIFERIDA 382 Seguros pagados 383 Alquileres pagados por adelantado. 385 Adelanto de remun. 389 Otras cargas dif. por adelantado

* El importe del activo por prdidas tributarias arrastradas. 371 IR diferido 372 Partic. De los trab.

37 ACTIVOS DIFERIDOS

372 Particip. De los trab. Diferidas

CARGO ABONO 88 IMPUESTO A LA RENTA 882 Impuesto a la renta 87 PARTIC. TRABAJADORES 872 partic. De los trab. diferidas

* Intereses no devengados incorporados por el financiamiento recibido por instituciones financieras y otras entidades. CARGO 45OBLIGACIONES FINANCIERAS 455 Costos de financiacin por pagar 44 CUENTAS POR PAGAR A LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES Y GERENTES

Segn el acreedor que corresponda. 47 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS RELACIONADAS 471 Prstamos ABONO

37ACTIVOS DIFERIDOS 373 Intereses diferidos

| * Las reducciones de activo por diferencias temporales deducibles, que se revirtieron en el ejercicio o por cambios en la legislacinABONO CARGO 88 IMPUESTO A LA RENTA 882 Impuesto a la renta diferida 87 PART. DE LOS TRABAJDORES 872 Part. de los trabajadores diferidas

37 ACTIVOS DIFERIDOS 371 IR diferido 372 Particip. De los trab. Diferidas

* Las reducciones de activo por reversin de las diferencias temporales deducibles, reconocidas directamente en el patrimonio neto. En la cuenta de patrimonio involucrada, como podra ser la cuenta 56: resultados no realizados, en tanto se acredite dicha cuenta 37 ACTIVOS DIFERIDOS 371 IR diferido 372 Particip. De los trab. Diferidas

CARGO ABONO * intereses devengados por el financiamiento recibido. CARGO Los

ABONO 67 GASTOS FINANCIEROS DIFERIDOS 673 Intereses por prstamos y otras obligaciones

37 ACTIVOS DIFERIDOS 373 Intereses

|

Ejemplo Comparativo: Plan Contable General Revisado -------------x----------| | | Plan Contable General Empresarial -------------x----------| | |

88 IMPUESTO A LA RENTA86 DEISTRIBUCION LEGALDE LA RENTA NETA 38 CARGAS DIFERIDAS 389 Otras cargas diferidas 3891 Imp. a la Renta 3892 Participacin de los trabajadores40 TRIBUTOS POR PAGAR41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGARSe registra la diferencia temporal del impuesto a la renta y la participacin de los trabajadores | 1,500 600 360 | 1,890 570 | 88 IMPUESTO A LA RENTA 87 PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES 37 ACTIVO DIFERIDO 371 Imp. a la Renta diferido 372 Participaciones de los trabajadores40 TRIBUTOS Y APORTES AL SIST. DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGARSe registra la diferencia temporal del impuesto a la renta y la participacin de los trabajadores | 1,500 600 360 | 1,890 570 | ------------------x------------------------ | | | | | | ------------------x------

VI. MEDICION Y VALUACION Para efectos de medicin o valuacin de las divisionarias de las cargas diferidas, se deber tener en cuenta lo siguiente: A) Al momento del registro o contabilizacin de la transaccin (medicin inicial)

Las operaciones de cargas diferidas sustentados en documentos representativos emitidos: * En moneda nacional deben ser registrados al valor nominal sealado en los documentos que sustentan la transaccin, excepto en el caso de las primas pagadas por opciones, que se miden al valor razonable con cambios en los resultados del periodo. * En moneda extranjera deben ser registrados en moneda nacional aplicando al monto de la moneda extranjera el tipo de cambio vigente al momento de registrar la operacin, de conformidad con lo sealado en la norma internacional de contabilidad NIC 21 efectos de las variaciones en los tipos de cambio. El tipo de cambio lo establece la superintendencia de banca y seguros generalmente es el tipo promedio compra vigente a la fecha de la transaccin. B) Al cierre del ejercicio econmico o periodo. (medicin final) Los saldos de las divisionarias de cargas diferidas expresados en: * Moneda nacional se presentan a su valor nominal menos el consumo de los beneficios econmicos incorporados. Entendemos que se reconocer nicamente aquella parte del servicio que no se ha empleado (devengado). As, en el caso de alquileres pagados por adelantado, una vez que se vaya disfrutando del servicio, se disminuir la referida subcuenta (183 Alquileres, para el caso que nos ocupa).

* Moneda extranjera se deben expresar en moneda nacional l tipo de cambio de cierre de conformidad con lo establecido en la norma internacional de contabilidad- nic21 efectos de las variaciones en los tipos de cambio. El tipo de cambio lo establece la superintendencia de banca y seguros que generalmente es el tipo promedio de compra vigente a la fecha de cierre del ejercicio econmico o de un periodo.

VII. PRINCIPIOS CONTABLES vs. NORMAS TRIBUTARIAS

Debemos tener en cuenta que el registro contable no siempre est supeditado a la existencia de un documento formal (por ejemplo la contabilizacin de las provisiones). De acuerdo con lo sealado en el Marco Conceptual para la Preparacin y Presentacin de los Estados Financieros de las NIIF, es necesario que las operaciones se contabilicen y presenten de acuerdo con su esencia y realidad econmica, y no meramente segn su forma legal. La esencia de las transacciones y dems sucesos no siempre es consistente con lo que aparenta su forma legal o trama externa. Por ejemplo, una entidad puede vender un activo a un tercero de tal manera que la documentacin aportada de a entender que la propiedad ha pasado a este tercero. Sin embargo, pueden existir

simultneamente acuerdos que aseguren a la entidad que puede continuar disfrutando de los beneficios econmicos incorporados al activo en cuestin. Es decir, corresponde efectuar el registro contable correspondiente, as no exista comprobante de sustento.

El Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, artculo 33, prescribe:

La contabilizacin de operaciones bajo principios de contabilidad, puede determinar, por la aplicacin de las normas contendidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinacin de la renta neta. En consecuencia, salvo que la ley o el Reglamento condicionen la deduccin al registro contable, la forma de contabilizacin de las operaciones no originar la prdida de una deduccin. Las diferencias temporales y permanentes obligarn al ajuste al resultado segn los registros contables, en la declaracin jurada.

Ejemplo: Servicio de Mantenimiento facturado por Retraso En el mes de julio del 2009 la empresa Misti S.A. contrato los servicios de una empresa de limpieza y mantenimiento de edificios. Se sabe que los servicios fueron prestados en dicho mes. No obstante, el comprobante de pago por dicho servicio fue emitido y recepcionado en el mes de agosto del mismo ao, por un importe de S/. 1,200 ms IGV. Cmo se debe registrar esta operacin? Solucin: Independientemente al hecho que no se cuenta con el comprobante de pago por el servicio, que debi emitirse de acuerdo con lo dispuesto por el artculo 5 del Reglamento de Comprobantes de Pago, se deber reconocer la operacin en funcin al postulado bsico del devengo, tal como se muestra a continuacin. Contabilizacin segn el PCGR: | 63 | | 634 38 | | ---------------------x--------------------| Servicios prestados por terceros | Mantenimiento y reparacin | | Cargas Diferidas | 228.00 | | | | |

| 1200.00 | | | |

| 389 42 | | 424 | |

| Otras cargas diferidas | | Proveedores | | Facturas por recibir

|

| | | | | | |

| 1428.00 | |

| Por el reconocimiento del servicio recibido en Julio | ---------------------x--------------------| |

En el asiento anterior, se ha registrado en la cuenta cargas diferidas el importe correspondiente al IGV, dado que si bien este impuesto puede calificar como crdito fiscal se encuentra condicionado a su sustento en un comprobante de pago que debe ser anotado en el registro de compras. (*) Si contabilizamos con el nuevo PCGE, esta cuenta debe ser reemplazada por la cuenta 18.

42

| | 421

| Proveedores | 1428.00 | Facturas por Pagar | Caja y Bancos | | Cuenta Corriente |

| |

| | | | | |

10

| | 104 |

| 1428.00 | |

| Por la cancelacin del servicio de limpieza y mantenimiento |

En agosto recibimos la factura, y como la fecha est dentro del plazo mximo para su anotacin (12 meses siguientes a su emisin), procedemos a aplicar el crdito fiscal correspondiente.

| 42 | | 424 42 | | 421 | |

| ---------------------x--------------------| Proveedores | 1428.00 | Facturas por recibir | Proveedores | | Facturas por Pagar | | |

| | | | |

|

|

| 1428.00 | |

| 20/08 Por la recepcin de la factura | | ---------------------x--------------------|

| |

| |

40

| | 401 |

| Tributos

| 228.00 | | |

| | |

| |

| Gobierno Central | 4011 IGV |

38

| | 389 | |

| Cargas Diferidas

| 228.00 | |

| | |

| Otras Cargas Diferidas

| Por la aplicacin del Crdito fiscal originado.-----------------x---------------|

Suponiendo que la factura nunca se recibi, el IGV ser un crdito perdido (no recuperable) por lo tanto formar parte del gasto, por lo tanto procedemos a contabilizar de la siguiente manera: | 63 | | 634 38 | | 389 9495 | 79 | | | | ---------------------x--------------------| Servicios prestados por terceros | Mantenimiento y reparacin | | Cargas Diferidas | | | | | |

| 228.00 | | |

| 228.00

| Otras cargas diferidas---------------------x--------------------| Gastos de administracinGastos de venta | Cargas Imputables a Cta de costos | Por el destino del gasto efectuado | ---------------------x--------------------| | | | 114114 | 228 | | | | |

| |

| |

|

VIII. ASPECTOS TRIBUTARIOS APLICABLES A LAS CARGAS DIFERIDAS

GASTOS DEDUCIBLES En la ley del Impuesto a la renta, captulo VI artculo 37 (art. 21 del Reglamento de la LIR), encontramos todo lo referente a los gastos deducibles, aqu presentamos algunos de acuerdo con las divisionarias de cargas diferidas tenemos lo siguiente:

A. Los Intereses y Primas de seguros devengados son deducibles para efectos del Impuesto a la renta * Los intereses de deudas y los gastos originados por la constitucin, renovacin o cancelacin de las mismas siempre que hayan sido contradas para adquirir bienes o servicios vinculados directamente con el giro del negocio. * Tambin sern deducibles los intereses de fraccionamientos otorgados conforme al Cdigo Tributario. * Sern deducibles los intereses provenientes de endeudamientos de contribuyentes, siempre que dicho endeudamiento no exceda del resultado de aplicar el coeficiente que se determine mediante decreto supremo sobre el patrimonio del contribuyente; los intereses que se obtengan por el exceso de endeudamiento que resulte de la aplicacin del coeficiente no sern deducibles. * Las primas de seguro que cubran riesgos sobre operaciones, servicios y bienes productores de rentas gravadas, as como las de accidentes de trabajo de su personal. Adicionalmente, sern deducibles los gastos que efecte el empleador por las primas de seguro de salud del cnyuge e hijos del trabajador, siempre que estos ltimos sean menores de 18 aos o que siendo mayores se encuentren discapacitados. B. El alquiler devengado es deducible para efectos del Impuesto a la Renta * El importe de los arrendamientos que recaen sobre predios destinados a la actividad gravada. Tratndose de personas naturales cuando la casa arrendada la habite el contribuyente y parte la utilice para efectos de obtener la renta de tercera categora, slo se aceptar como deduccin el 30% del alquiler. En dicho caso slo se aceptar como deduccin el 50 % de los gastos de mantenimiento. C. Los Gastos de Organizacin, los Gastos Pre operativos y los Intereses devengados durante el periodo pre operativo son deducibles para efectos del Impuesto a la renta * Los gastos de organizacin, los gastos pre operativos iniciales, los gastos pre operativos originados por la expansin de las actividades de la empresa y los intereses devengados durante el perodo pre operativo, a opcin del contribuyente, podrn deducirse en el primer ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo mximo de diez (10) aos. La amortizacin se considera a partir del ejercicio en que se inicie la produccin o explotacin. Una vez determinado el periodo de amortizacin solo se podr variar con autorizacin de SUNAT. Convencionalmente son eliminados de libros tan pronto como lo permiten las ganancias.

Los gastos de investigacin y desarrollo relacionados con el diseo, mejoramiento, cambios en el procedimiento y pruebas de nuevos canales de distribucin de un producto para aumentar su rendimiento o la eficiencia, son ejemplos de erogaciones de las cuales se derivan beneficios a largo plazo. Generalmente estos costos se consideran como Cargos Diferidos y habrn de devengarse en el trascurso de los aos que se estima sern beneficiados. Sin embargo en el caso de que las operaciones de investigacin y desarrollo se vuelvan constantes, es ms comn encontrar que las erogaciones anuales de esta clase se traten como Gastos Corrientes, por la sencilla razn de que se asemejan a los costos de mantenimiento, pues su propsito es mantener un nivel alto de eficiencia en las operaciones. * Los gastos de exploracin, preparacin y desarrollo en que incurran los titulares de actividades mineras, que se deducirn en el ejercicio en que se incurran, o se amortizarn en los plazos y condiciones que seale la Ley General de Minera y sus normas complementarias y reglamentarias. * Entre otros. GASTOS NO DEDUCIBLES De conformidad con lo establecido en el artculo 44 de la LIR (artculo 25 del Reglamento de la LIR) No son deducibles como gastos para efectos del Impuesto a la Renta: * Los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares. * Las multas, recargos, intereses moratorios previstos en el Cdigo Tributario y, en general, sanciones aplicadas por el Sector Pblico Nacional. * La amortizacin de llaves, marcas, patentes, procedimientos de fabricacin, y otros activos intangibles similares. Sin embargo, el precio pagado por activos intangibles de duracin limitada, a opcin del contribuyente, podr ser considerado como gasto y aplicado a los resultados del negocio en un solo ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo de diez (10) aos. La SUNAT previa opinin de los organismos tcnicos pertinentes, est facultada para determinar el valor real de dichos intangibles, para efectos tributarios, cuando considere que el precio consignado no corresponda a la realidad. La regla anterior no es aplicable a los intangibles aportados, cuyo valor no podr ser considerado para determinar los resultados. * Los gastos cuya documentacin sustentatoria no cumpla con los requisitos y caractersticas mnimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago. Tampoco ser deducible el gasto sustentado en comprobante de pago emitido por contribuyente que, a la fecha de emisin del comprobante, tena la condicin de no habidos segn la publicacin realizada por la Administracin Tributaria, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condicin.

* Entre otros.

IX. NIC 12 IMPUESTO A LA RENTA, CON RESPECTO A LAS CARGAS DIFERIDAS

Esta NIC requiere que una empresa contabilice los efectos tributarios, corrientes o futuros, de las transacciones que lleve a determinar:

* El monto de gasto de impuesto a la renta que afecta a los resultados del periodo a mostrar en el Estado de Ganancias y Perdidas * El monto del impuesto a la renta diferido (activo o pasivo) a presentar en el Balance General.

PRINCIPALES DEFINICIONES

* Activo Por Impuesto Diferido: Son las cantidades recuperar en ejercicios futuros, relacionadas con: a) las diferencias temporales deducibles;

de impuestos sobre las ganancias

b) la compensacin de prdidas obtenidas en ejercicios anteriores, que todava no hayan sido objeto de deduccin tributaria; c) la compensacin de crditos no utilizados procedentes de ejercicios anteriores. * Pasivos por impuestos diferidos: Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en ejercicios futuros, relacionadas con las diferencias temporales gravables.

DIFERENCIAS PERMANENTES Y TEMPORALES

El importe por concepto de Impuesto a la Renta a pagar al Estado es consecuencia de la aplicacin de la Ley del Impuesto a la Renta, para el clculo de la utilidad gravable (base imponible), que generalmente es diferente al resultado contable. De tal modo que las discrepancias existentes entre los tratamientos contable y tributario generan que ciertos hechos

econmicos sean considerados dentro del ejercicio actual o en ejercicios futuros. De esta forma nacen diferencias que se clasifican en Permanentes y Temporales.

* Diferencias Permanentes.- Son diferencias que se originan en el periodo en curso y que no se revierten en periodos posteriores. Bsicamente son los ingresos inafectos y exonerados y las deducciones prohibidas expresamente, mencionadas bsicamente en el artculo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta, as como los gastos que no cumplen con el principio de causalidad y gastos que no cumplan con los parmetros sealados para su admisibilidad.

* Diferencias Temporales (Momentneas).- Es la diferencia entre el resultado contable y la utilidad o perdida tributaria, las cuales se producen debido a que algunas partidas de ingresos o gastos que son incluidas en el resultado contable, no coinciden con el periodo en que se les incluye como parte de la utilidad o perdida tributaria y sern revertidos en uno o ms periodos subsiguientes.

Las Diferencias Temporales dan lugar al impuesto a la renta diferido, el cual debe figurar en el Balance dando origen a los activos y pasivos por impuestos diferidos. Estos activos y pasivos por impuestos diferidos representan el aumento o la disminucin en los impuestos que se pagaran o reembolsarn, en los ejercicios futuros como producto de la reversin de las diferencias temporales. Segn el efecto que tengan sobre el impuesto a la renta de los ejercicios futuros, las diferencias temporales pueden ser gravables o deducibles.

* Diferencias Temporales Gravables(O Imponibles)

Son aquellas diferencias temporarias que darn lugar a reconocer montos gravables o cantidades imponibles al determinar la utilidad o prdida tributaria de periodos futuros, cuando el valor en libros del activo se recupere o del pasivo de liquide, dando lugar al Pasivo Tributario Diferido.

BASE CONTABLE > BASE TRIBUTARIA = DIFERENCIA GRAVABLE

ACTIVO

ACTIVO

* Diferencias Temporales Deducible

Son aquellas diferencias que darn lugar a reconocer montos o cantidades deducibles al determinar la utilidad o perdida gravable de periodos futuros, cuando el valor en libros del activo se recupere o del pasivo de liquide, dando lugar al Activo Tributario Diferido. BASE CONTABLE < BASE TRIBUTARIA =DIFERENCIA DEDUCIBLE ACTIVO ACTIVO

BASE CONTABLE > BASE TRIBUTARIA =DIFERENCIA PASIVO PASIVO DEDUCIBLE

TRATAMIENTO DE LA DIFERENCIA TEMPORAL DEDUCIBLE

De acuerdo con lo anterior al cancelar un pasivo, una parte de este sea incluida como deduccin para determinar la renta neta (utilidad gravable) o un importe adicional del activo sea deducible al momento en que generan beneficios econmicos (como consecuencia de su venta o uso) se generar una recuperacin del impuesto (reduccin de pagos tributarios)

Acorde con el propsito de la nic 12 de reconocer las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos, se pueden reconocer las siguientes situaciones: * Activo por impuesto diferido: Representa las cantidades de impuesto a la renta a recuperar en periodos futuros. * DIFERENCIA TEMPORAL

BASE CONTABLE BASE TRIBUTARIA Valor Razonable Costo Computable DEDUCIBLE IMPONIBLE

ACTIVO TRIBUTARIO DIFERIDO

ACTIVO TRIBUTARIO DIFERIDO Pasivo por impuesto diferido: Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en ejercicios futuros, relacionadas con las diferencias temporales gravables.

X. PRESENTACION EN EL BALANCE Y LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Con el uso del PCGR, las cargas diferidas constituyen un rubro de los Activos que, de acuerdo al plazo en que se van a devengar, se debe presentar bajo la denominacin de Otros activos separando de acuerdo a su naturaleza corriente (gastos pagados por anticipado) y no corriente (impuesto diferido). Es necesario hacer una reclasificacin extracontable slo para efectos de una adecuada presentacin en el Balance General. Por ejemplo la sub-cuenta 381, Intereses por devengar, representa los intereses calculados por una obligacin contrada con un tercero que aun no se ha devengado. Solamente el inters devengado a la fecha del balance general aparece como un pasivo en el balance general .La obligacin de pagar intereses en periodos futuros algunas veces se detalla en las notas a los estados financieros, pero no aparece como un pasivo existente. De esta forma, dado que el propsito de esta cuenta no es representar bienes o recursos sino obligaciones futuras por concepto de intereses, no puede reconocerse como Activo (no califica como tal) y por ello se presenta disminuyendo el pasivo para reflejar el importe realmente adeudado a la fecha de elaboracin de los estados financieros. Consecuencia de todo lo anterior, dado que esta cuenta no refleja un recurso para la empresa, sino por el contrario, indica los intereses calculados por devengar, no se considera dentro del rubro Activos en el Balance; aplicndose por el contrario como una cuenta ajustadora del pasivo que lo genero.

A continuacin el asiento extracontable que se efectuara en papeles de trabajo:

PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL | ---------------x-------------| DEBE | HABER | | DEBE | HABER |

|

| ---------------x--------------

46 | CUENTS POR PAGAR DIVERSAS FINANCIERRAS | 2,500.00 | | | 469 otras cuentas por pagar | 38 | CARGAS DIFERIDAS | 2,500.00 | |

| 2,500.00

|

| 45

| OBLIGACIONES

|

| | 37

|

|

|

| |

| 2,500.00

| IMPUESTO A LA RENTA

| 381 Intereses por devengar | |

|

|

|

| 373 Intereses diferidos

|

| 31/12 Por el ajuste extracontable de los intereses por devengar para efectos de su presentacin en el Balance | | | ---------------x-------------| | | | | | ---------------x-------------|

Con la aplicacin del nuevo PCGE, pues este ya tiene discriminado el concepto de corriente y no corriente. Y para el caso de los intereses no devengados se seguir el mismo tratamiento antes descrito con las cuentas respectivas consideradas en este plan.

Se debe revelar en una NOTA A LOS ESTADOS FINANCIEROS de carcter especfico los conceptos que seala el Manual para la Preparacin y Presentacin de Informacin Financiera. Con respecto a los gastos diferidos e impuesto a la renta y participaciones, prescribe: Gastos Diferidos Se debe mostrar separadamente el importe de los alquileres, seguros y otros gastos diferidos. Ejemplo:

NOTA N 01.- GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO

Divisionaria

| Concepto |

| Importe | | 1,500.00 | 2,500.00 |

|

PCGR | PCGE | 382 383 | 182 | 183 |

| Seguros | Alquileres

| |

| Total | 4,000.00

Impuesto a la Renta y Participaciones Debe mostrarse, en forma separada, como se seala a continuacin, de ser aplicable: 1. El gasto (ingreso) tributario corriente; 2. Cualquier ajuste al impuesto a la renta corriente del perodo presente o de anteriores, que hayan sido reconocidos en el perodo;

3. El importe del gasto (ingreso) por impuesto a la renta diferido que se relaciona con el origen y reversin de las diferencias temporales; 4. El importe del gasto (ingreso) por impuesto a la renta diferido relacionado con los cambios en las tasas impositivas o con la aplicacin de nuevos impuestos; 5. El importe del beneficio resultante de una prdida tributaria deducible, de un crdito tributario o de una diferencia temporal correspondiente a un perodo anterior, no reconocido anteriormente y que se utilice para reducir el gasto tributario corriente o diferido; 6. El impuesto a la renta diferido resultante de la baja, o de la reversin de bajas anteriores, de saldos de activo por impuesto a la renta diferido; y, 7. El importe del gasto (ingreso) por impuesto a la renta relacionado con los cambios en las polticas contables y errores, incluidos al determinarse la utilidad (prdida) neta del perodo de acuerdo a la NIC 8 Polticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores porque no ha podido ser contabilizado de forma retroactiva. Adicionalmente debe revelarse por separado la informacin descrita en el numeral 6.205 Los asientos contables que resulten de estas reclasificaciones, no se deben contabilizar en los registros de la empresa. Solo se deben mantener en los papeles de trabajo que sustentan la adecuada presentacin de los estados financieros formulados por el contador general de la empresa. NOTA:

Casos Prcticos Caso N 01: Gastos pagados por anticipado La empresa Sol y Mar S.A., cuyo rubro es la distribucin de abarrotes en general al por mayor y menor, ha iniciado sus operaciones en el ejercicio 2010, los registros contables se realizarn utilizando el PCGR y luego el reconocimiento de las cuentas del nuevo PCGE.

Dicha empresa ha realizado las siguientes operaciones:

* 02.01.10 Ha contratado con la empresa El Chico de la Voz Sensual el alquiler de un inmueble para su uso como almacn por 1 ao; se cancela FC N 001-00505 por $ 1,500.00 + IGV. (T/C venta s/.2.891)

* Por el Registro de la Factura.

Factura Valor Venta IGV.

|$

| T.C. al 02.01.10

| s/.

| |

| 1,500.00

| 2.891 | 4,336.50 |

| 285.00

| 2.891 | 823.94 | 1,785.00

Precio de Venta

| 2.891 | 5,160.44

|

* Por la primera cuota.

Valor Venta / 12 meses = Monto primera cuota. $ 1,500 /12 Primera Cuota $ Variacin. | = $125 | A la fecha de la transaccin | A la fecha de la Primera Cuota |

125.00 | T.C. | 02.01.10 | 2.891 | 361.38

| T.C. | 31.01.10 | 2.857 | 357.13

|

|

| 4.25 |

Contabilizacin utilizando el PCGR:

| 38 | | 383 40 | | 401 42 | | 421

| ---------------------x--------------------| CARGAS DIFERIDAS | 4,336.50

| | |

| | | | | |

|

| Alquileres pagados por adelantado | TRIBUTOS POR PAGAR | Gobierno central - IGV | PROVEEDORES | Facturas por pagar | |

| |

| 823.94 | |

| 5,160.44 | |

| | 02-Ene. Por el registro de la FC por alquiler de un local para almacn contratado por 1 ao ($ 1,500 T.C. 2.891) | | | | 42 | | 421 10 | | 104 | | | 63 | | 635 67 | | 676 38 | | ---------------------x--------------------| PROVEEDORES | Facturas por pagar | CAJA Y BANCOS | Cuenta corriente | 5,160.44 | | | | | | | | | | |

| 5,160.44 | |

| Por la aplicacin del Crdito fiscal originado.02-Ene. Por el pago a del Alquiler | | | ---------------------x--------------------| | | | |

| SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS | Alquileres Local - Almacn | GASTOS FINANCIEROS | |

| 357.13 | | | | |

| 4.25 | |

| Prdida por diferencia de cambio | CARGAS DIFERIDAS |

| 361.38

| 383 | Alquileres pagados por adelantado31-Ene. Por el registro del gasto por alquiler del mes de Enero ($1,500 /12 meses = $ 125) se aplica tipo de Cambio Venta publicado del da 31.01.2010 (2.857). | | | | | ---------------------x--------------------| | |

94959779 | | GASTOS ADMINISTRACINGASTOS DE VENTASGASTOS FINANCIEROSCARGAS IMPUTABLES A CTA DE COSTOS | 178.57178.564.25 | 361.38 | | | 31-Ene. Por el destino de los gastos. | | ---------------------x--------------------| | | | |

|

* 10.01.10 Ha contratado un seguro contra robos e incendios (Establecimiento principal y almacn), cuya vigencia comprende del 10.01.10 al 10.01.11, el monto asciende a $3,750 ms IGV; se recibe la pliza N A2008030052 y la FC 050-000325 de Seguros Paz S.A. * Por el Registro de la Factura.

Factura Valor Venta IGV.

|$

| T.C. al 10.01.10

| s/.

| |

| 2,750.00

| 2.854 | 7,848.50 |

| 522.50

| 2.854 | 1,491.22 | 3,272.50

Precio de Venta

| 2.854 | 9,339.72

|

* Por la primera cuota.

Valor Venta / 12 meses = Monto primera cuota. $ 2,750 /12 = $229.17

Primera Cuota $ Variacin. |

| A la fecha de la transaccin

| A la fecha de la Primera Cuota

|

229.17 | T.C. | 02.01.10 | 2.854 | 654.05

| T.C. | 31.01.10 | 2.857 | 654.74

|

|

| 0.69 |

Contabilizacin utilizando el PCGR:

| 38 | | 382 40 | | 401 42 | | 421 | T.C. 2.854)

| ---------------------x--------------------| CARGAS DIFERIDAS | 7,848.50

| | |

| | | | | |

|

| Seguros pagados por adelantado | TRIBUTOS POR PAGAR | Gobierno central - IGV | PROVEEDORES | Facturas por pagar | |

| |

| 1,491.22 | |

| 9,339.72 | |

| 10-Ene. Por la contratacin de seguros, segn Pliza N A2008030052.($ 2,750 * | | |

| 42 | | 421 10 | | 104 | | 65 | | 651 77 | | 776 38 |

| ---------------------x--------------------| PROVEEDORES | Facturas por pagar | CAJA Y BANCOS | Cuenta corriente | 9,339.72 | | | |

| | |

| |

|

| 9,339.72 | |

|

| 10-Ene. Por el pago efectuado a Seguros Paz. | | ---------------------x--------------------| CARGAS DE GESTIN | 654.74 | Seguros | | | | | 0.69 | | | | | | |

| |

|

| INGRESOS FINANCIEROS

| Ganancias por diferencia de cambio | | CARGAS DIFERIDAS | | 654.05

|

| 382 | Seguros pagados por adelantado31-Ene. Por el traslado del gasto por seguros correspondiente al mes ($2,750/12) = $ 219.67 * T.C. 2.857. | | | | | ---------------------x--------------------| | |

949579 | | Gastos administracinGastos de ventasCargas imputables a cta de costos | 327.37327.37 | 654.74 | | | Por el destino de los gastos. | | |

* 15.01.10 Se suscribe un contrato con Editora El Comercio para la publicacin del servicio de Delivery Sol y Mar S.A. durante 8 domingos en la seccin Mi Negocio, se cancela la factura N 30100153 por S/. 360 + IGV.

Clculo de la Primera Cuota : Mes Enero S/. 360.00 total de la Pliza /8 domingos = s/. 45.00 45.00 * 3 domingos = s/. 135.00

Contabilizacin utilizando el PCGR:

| 38 | | 389 40 | | 401 42 | | 421 | | | 42 | | 421 10 | | 104 | | 63 | | 637 38 |

| ---------------------x--------------------| CARGAS DIFERIDAS | 360.00 |

| | |

| |

|

| Otras cargas diferidas | | TRIBUTOS POR PAGAR | Gobierno central - IGV | PROVEEDORES | Facturas por pagar | |

| 68.40 | | |

| | |

| 428.40 | |

| 15-Ene. Por el registro de la FC.301- 00153 por Publicidad durante 8 domingos. | | | ---------------------x--------------------| PROVEEDORES | Facturas por pagar | CAJA Y BANCOS | Cuenta corriente | 428.40 | | | | | | | | | | |

| 428.40 | |

| 15-Ene. Por el pago efectuado a El Comercio. | | ---------------------x--------------------| |

| |

|

| SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS | Publicidad | | | | | 626.94

| 654.74

|

|

| CARGAS DIFERIDAS

|

| 389 | Otras cargas diferidas31-Ene. Por el registro del gasto por la publicidad de 3 domingos en el diario El Comercio (17; 24 y 31) | | | | 9579 | | | | ---------------------x--------------------| | | | 626.94 | 626.94

| GASTOS VENTACARGAS IMPUT. A CTA DE COSTOS

| Por el destino de los gastos. |

|

|

|

| ---------------------x---------------------

|

|

|

Contabilizacin utilizando el PCGE:

* 02.01.10 Ha contratado con Julio Hinostroza el alquiler de un inmueble para su uso como almacn por 1 ao; se cancela FC N 001-00505 por $ 1,500.00 + IGV.

| 18 | | 183 40 | | 401 42 | | 421 |

| ---------------------x---------------------

|

|

| | 4336.50 | |

| SERV. Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO | Alquileres | | | | 823.94 | | | | |

| TRIBUTOS POR PAGAR | Gobierno central - IGV

|

| CTAS POR PAGAR COMERC.- TERCEROS

| 5160.44 | |

| |

| Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar | 4212 Emitidas| | |

| | 02-Ene. Por el registro de la FC por alquiler de un local para almacn contratado por 1 ao. (T.C= 2.891) | | | | 42 | | 421 | 10 | | ---------------------x--------------------| | | | | | |

| CTAS POR PAGAR COMERC.- TERCEROS

| 5160.44 |

| Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar | 4212 Emitidas| | CAJA Y BANCOS | | | | 5160.44 |

| 104 Alquileres

| Ctas corrientes en instituciones financieras02-Ene. Por el pago a Julio Hinostroza | | |

| 63 |

| ---------------------x---------------------

|

|

| | 357.13 | |

| GASTOS DE SERVICIOS PREST. POR TERCEROS

| 635 67 | | 676 18 | | 183

| Alquileres6352 Edificaciones | | GASTOS FINANCIEROS

|

| | | | | | 361.38 |

| 4.25 | |

| Prdida por diferenciade cambio

| SERV. Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO | Alquileres | | |

| | 31-Ene. Por el registro del gasto por alquiler del mes de enero ($1,500 /12 meses = $ 125) se aplica tipo de cambio Venta publicado del da 31.01.2010 (2.857) | | | | | | | | | | | |

| ---------------------x---------------------

94959779 | | GASTOS ADMINISTRAT.GASTOS DE VENTAS GASTOS FINANCIEROS CARGAS IMPUTABLES A LA CTA. DE COSTOS | 178.56178.564.25 | 361.38 | | | | | 31-Ene. Por el destino de los gastos. | | | | | | | | | |

| ---------------------x---------------------

* 10.01.10 Ha contratado un seguro contra robos e incendios (Establecimiento principal y almacn), cuya vigencia comprende del 10.01.10 al 10.01.11, el monto asciende a $3,750 ms IGV; se recibe la pliza N A2008030052 y la FC 050-000325 de Seguros Paz S.A.

| 18 | | 182 40 | 1,491.22 | 401 42 | | 421

| ---------------------x---------------------

|

|

| | |

| SERVIC. Y OTROS CONTRATAD. POR ANTICIP. | 7,848.50 | Seguros pagados por adelantado | | |

| TRIBUTOS Y APORTES AL SIST. DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR | | | Gobierno central - IGV | | | | 9,339.72 | | |

|

| CUENTAS POR PAGAR COMERC. - TERCEROS |

| Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar Emitidas

|

| T.C. 2.854) | 42 | | 421 10 | | 104 | | 65 | | 651 77 | | 776 18 |

| 10-Ene. Por la contratacin de seguros, segn Pliza N A2008030052. ($ 2,750 * | | | | ---------------------x--------------------| | | | | | | |

| CUENTAS POR PAGAR COMERC. - TERCEROS | 9,339.72 | Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar Emitidas | CAJA Y BANCOS | | 9,339.72 | | | | | |

| Cuentas corrientes en Instit. Financ. |

| 10-Ene. Por el pago efectuado a Seguros Paz. | | ---------------------x--------------------| OTROS GASTOS DE GEST. | Seguros | | | | |

|

| 654.74 | |

| INGRESOS FINANCIEROS

| 0.69 | | | | | 654.05 |

| Ganancias por diferencia de cambio |

| SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIP.

| 182 | Seguros pagados por adelantado31-Ene. Por el traslado del gasto por seguros correspondienteal mes ($2,750/12) = $ 219.67 * T.C. 2.857. | | | | | ---------------------x--------------------| | |

949579 | | Gastos administracinGastos de ventasCargas imputables a cta de costos | 327.37327.37 | 654.74 | | | | 31-Ene. Por el destino de los gastos. | | ---------------------x--------------------| | | | |

* 15.01.10 Se suscribe un contrato con Editora El Comercio para la publicacin del servicio de Delivery Sol y Mar S.A. durante 8 domingos en la seccin Mi Negocio, se cancela la factura N 30100153 por S/. 360 + IGV.

|

| ---------------------x---------------------

|

|

|

18

| | 189

| SERVIC. Y OTROS CONTRATAD. POR ANTICIP. | 360.00 | Otros gastos contratados por anticipado | |

| |

|

40 | 68.40 | | 401 42 | | 421 | | | 42 | | 421 10 | | 104 | | 63 | | 637 18 |

| TRIBUTOS Y APORTES AL SIST. DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR | | Gobierno central - IGV | | | | 428.40 | | |

|

| CUENTAS POR PAGAR COMERC. - TERCEROS |

| Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar Emitidas

|

| 15-Ene. Por el registro de la FC.301- 00153 por publicidad durante 8 domingos. | | | ---------------------x--------------------| | | | | | | |

| CUENTAS POR PAGAR COMERC. - TERCEROS | 428.40 | Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar Emitidas | CAJA Y BANCOS | | 428.40 | | | | |

| Cuentas corrientes en Instit. Financ. |

| 15-Ene. Por el pago efectuado a El Comercio. | | ---------------------x--------------------| |

|

| GASTOS DE SERVICIOS PREST. POR TERCEROS | 135.00 | Publicidad | | | |

|

|

| SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIP.

| 135.00

|

| 189 | Otros gastos contratados por anticipado 31-Ene. Por el registro del gasto por la publicidad de 2 domingos en el diario El Comercio | | | | 9579 | 135.00 | | | | ---------------------x--------------------| | | |

| GASTOS DE VENTASCARGAS IMPUTABLES A CTA DE COSTOS | 135.00

| 31-Ene. Por el destino de los gastos. | | ---------------------x--------------------|

| |

| |

Caso N 02: Entrega a Rendir Cuenta. La empresa el Gato con Botas S.A. entrega al gerente de ventas Adrian Ghersi por concepto de viticos suma de s/. 2,500.00 con la finalidad que ste viaje a Lima para concluir una negociacin. A su retorno, el Gerente efectu la liquidacin donde inform el destino de los fondos entregados, sustentando cada gasto con los comprobantes de pago correspondientes de la siguiente manera: Factura por Alojamiento Factura por Alimentacin Boletos de Transporte : Factura de Lencera : : : 300.00 200.00 2,000.00 (no incluye IGV) El monto no utilizado es devuelto en efectivo. Cmo se debe contabilizar estas Operaciones? Solucin: Liquidacin de Gastos CONCEPTO Alojamiento | Valor de Venta | 900.00 | IGV | Total | | 1071.00 | 714.00 | | | | 900.00 600.00

| 171.00 | 114.00 |-

Alimentacin | 600.00 Transporte | 300.00

| 300.00 | 2,085.00

TOTAL | 1,800.00

| 285.00

Debemos tener en cuenta que el monto entregado para el viaje no es un beneficio sino que constituye un medio para que el gerente realice operaciones en nombre de la empresa y para el beneficio de esta, en un lugar distinto al que desarrolla sus actividades. Por lo tanto el gasto por lencera no se tomar en cuenta pues no es un gasto que le generar un beneficio a la empresa y de acuerdo con el principio de ENTIDAD, se debe distinguir las obligaciones propias de la empresa y los intereses ajenos a la misma. Entonces, el gasto hecho por lencera (s/.200 + IGV) se le cobrar al gerente.

Contabilizacin utilizando el PCGR:

| 38 | | 384 | 10 | | 104 | | | 65 | | 659 | 40 | | 401 42 |

| ---------------------x--------------------| CARGAS DIFERIDAS | 2,500.00 |

| | | |

| | | | |

|

| Entregas a rendir cuenta

| 384.1 Gerente Adrian Ghersi | | CAJA Y BANCOS | Cuenta corriente | |

| 2,500.00 | |

| Por la entrega del cheque N 0030 al gerente de ventas por viticos |

|

| ---------------------x--------------------| CARGAS DIVERSAS DE GESTION | Otras cargas diversas | | 659.1 viticos | | |

|

|

| | |

| 1,500.00 | | | | |

| TRIBUTOS POR PGAR | Gobierno central IGV | PROVEEDORES |

| 285.00 | |

|

| 1,785.00

| 421 alimentacin | 63 | | 630 42 | | 421 38 |

| Facturas por pagarPor la provisin de las facturas recibidas por alojamiento y | | | | ---------------------x--------------------| SERVICIOS PREST. POR TERCEROS | Transporte | | | | | | | | | | | |

| 300.00

| PROVEEDORES | Facturas por pagar | CARGAS DIFERIDAS

| 1,785.00 | | |

| 2,085.00

| la empresa.

| 384 Entregas a rendir cuentaPor la rendicin de gastos efectuados a nombre de | | |

| 9579 | | | | 14 | | | 145 38 | | | | 10 | | 101 38 | | | |

| ---------------------x---------------------

|

|

| | 1,800.00 | 1,800.00

| Gastos de ventasCargas imputables a cta de costos

| Por el destino de los gastos efectuados---------------------x--------------------| | CUENTAS POR COB. A ACCIONISTAS (O SOCIOS) Y PERSONAL | 238.00

|

|

| Prestamos a Gerentes145.1 Adrian Ghersi | CARGAS DIFERIDAS | | 238.00

| |

|

|

| 384 Entregas a rendir cuentaPor derecho de cobro del gasto ajeno a la empresa | | | ---------------------x--------------------| CAJA Y BANCOS | Caja | | | 177.00 | | | 177.00 | | | | | |

| CARGAS DIFERIDAS

| 384 Entregas a rendir cuentaPor la devolucin en efectivo del monto no utilizado | | | ---------------------x--------------------| | |

Contabilizacin utilizando el PCGE:

| 14 | 2,500.00 | 144 | 10 | | 104

| ---------------------x---------------------

|

|

| |

| CTAS POR COBRAR AL PERS., A LOS ACCIONISTAS, DIRECT Y GERENTES | | | Gerentes | | | | | |

| 144.1 Adrian Ghersi | | CAJA Y BANCOS | Cuenta corriente | |

| 2,500.00 | |

| | | 63 | | 631 40 | | 401 42 |

| Por la entrega del cheque N 0030 al gerente de ventas por viticos |

|

| ---------------------x---------------------

|

|

| | | | | |

| GASTOS SERV. PRESTADOS TERCER. | 1,500.00 | Transporte, correos y gastos de viaje | |

| TRIBUTOS APORTES AFP, SALUD POR PAGAR | 285.00 | Gobierno central IGV | | | | 1,785.00

| CTAS POR PAGAR COMERC TERCER |

|

| 421 | Fact, boletas y otros comprob. por pagarPor la provisin de las facturas recibidas por alojamiento y alimentacin | | | | 63 | | 631 42 | | 659 14 | ---------------------x--------------------| | | | | | |

| GASTOS SERV. PRESTADOS TERCER. | 300.00

| Transporte, correos y gastos de viaje631.1 transporte | | PROVEEDORES | 1,785.00 | | | |

| Otras cargas diversas |

| | CTAS POR COBRAR AL PERS., A LOS ACCIONISTAS, DIRECT Y GERENTES | 2,085.00 | | 144 | | | GerentesPor la rendicin de gastos efectuados a nombre de la empresa. | | ---------------------x--------------------| | | | 1,800.00

|

|

9579 | | | | 10 | | 101 14

| Gastos de ventasCargas imputables a cta de costos

| 1,800.00

| Por el destino de los gastos efectuados | ---------------------x--------------------| CAJA Y BANCOS | Caja | | | 177.00 | | |

| | |

| |

|

| | CTAS POR COBRAR AL PERS., A LOS ACCIONISTAS, DIRECT Y GERENTES | 177.00 |

|

| 144 no utilizado |

| Gerentes144.1 Entregas a rendir cuenta.Por la devolucin en efectivo del monto | | | | ---------------------x--------------------| | |

CASO N 03: Perdidas Tributarias La Empresa Chung Lee S.A. nos seala que ha obtenido una prdida tributaria en el ao 2009 de s/. 15,000.00. cul sera el asiento contable para reflejar dicho resultado negativo y cmo podra hacer la empresa para compensar su deuda con sus utilidades futuras?

Solucin: El grupo despus de haber analizado el problema propuesto tomando en cuenta el efecto de la prdida tributaria (clculo extracontable - en nuestra hoja de trabajo o en la declaracin Jurada Anual) que no se registra, pero su efecto (el ahorro tributario) puede ser susceptible de anotacin. En funcin a ello, si la perdida tributaria es de S/.15, 000 nuevos soles el efecto de esta ser una activo tributario diferido por el monto de S/.4, 500 nuevos soles (S/.15,000*30%) lo que representara un derecho por impuesto a la renta a recuperar. Contabilizacin: PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL | ---------------x-------------| DEBE | HABER | 38 | CARGAS DIFERIDAS | | | DEBE | HABER | |

| ---------------x--------------

| 4,500.00

|

| 37

| ACTIVO DIFERIDO

| 4,500.00

| 389 otras cargas diferidas | 88 | IMPUESTO A LA RENTA | | 4,500.00 | | 882 IR- diferido |

|

|

|

| 371 IR diferido

|

|

|

| 4,500.00

| 88

| IMPUESTO A LA RENTA

|

|

| 882 IR- diferido

|

|

|

| Por el reconocimiento del impuesto a recuperar por la prdida tributaria arrastrable. | | | | Por el reconocimiento del impuesto a recuperar por la prdida tributaria arrastrable. | | |

| ---------------x-------------| |

|

|

|

| ---------------x--------------

|

Y CUNDO SE APLICA EL DERECHO? La NIC 12 seala que: Los activos tributarios diferidos provenientes de las prdidas tributarias se deben reconocer en la medida que sea probable que la empresa genere utilidades a futuro. Es decir, cuando en periodos posteriores sea posible la aplicacin del activo tributario diferido (es decir la empresa genere utilidades tributarias) se revertir el asiento en la cantidad absorbida para el periodo en aplicacin a lo dispuesto a los mtodos segn el artculo 50 del TUO de la LIR. Contabilizacin: Por la aplicacin del activo tributario diferido en ejercicios posteriores. PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL | ---------------x-------------| DEBE | HABER | 88 xxx | IMPUESTO A LA RENTA | | | 882 IR- diferido 38 | CARGAS DIFERIDAS | | | DEBE | HABER | |

| ---------------x--------------

| xxx

|

| 88

| IMPUESTO A LA RENTA

|

| | xxx |

| | 37 |

| 882 IR- diferido | ACTIVO DIFERIDO |

| |

| | xxx |

| | |

| 389 otras cargas diferidas | | | | |

| 371 IR diferido

| |

| |

| |

| | ---------------x-------------|

| ---------------x-------------| |

NOTA: El importe por el reconocimiento del impuesto a recuperar va a variar de acuerdo con el mtodo que se escoja para arrastrar la prdida tributaria.

Y CUALES SON LOS MTODOS QUE PUEDO APLICAR PARA LA ABSORCIN DE MI PERDIDA TRIBUTARIA? Segn el artculo 50 del TUO de la LIR las empresas pueden elegir entre dos mtodos:

* Mtodo A * Mtodo B Mtodo A: * Plazo mximo para la aplicacin es hasta los 4 aos pasado este periodo no se podr hacer uso de este derecho. * Se deduce hasta en el cien por ciento de la utilidad tributaria.

Aplicacin: Segn el caso prctico la perdida obtenida en el ejercicio 2009 es de S/. 15,000. La empresa ha decidido aplicar el mtodo A para la absorcin de la perdida obtenida. 2009 3,000 (15,000) (3,000) IR: 2010 2011 4,000 5,000 (12,000) (8,000) 3,000BASE IMPONIBLE: 0 0 0 2012 6,000 (3,000) 2013(15,000) RESULTADO TRIBUTARIO (12,000) (8,000) 0 0 3,00030% 900 |

0

Contabilizacin segn este Mtodo: En el ao 2010: PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL | ---------------x-------------| DEBE | HABER | 88 | IMPUESTO A LA RENTA | 900.00 | | | 882 IR- diferido 38 | CARGAS DIFERIDAS 900.00 | | | | DEBE | HABER | |

| ---------------x--------------

| 900.00

|

| 88

| IMPUESTO A LA RENTA

|

|

| 882 IR- diferido | 37

|

| |

| |

| 900.00

| ACTIVO DIFERIDO

| 389 otras cargas diferidas | | | | |

|

|

|

| 371 IR diferido

|

|

|

|

|

|

| ---------------x-------------| |

|

|

|

| ---------------x--------------

|

Mtodo B * La ley no seala plazo mximo para la aplicacin del activo tributario. * Se deducir hasta el 50% de la ganancia tributaria generada en el ejercicio.

Aplicacin prctica: Segn el caso prctico la perdida obtenida en el ejercicio 2009 es de S/. 15,000. La empresa ha decidido aplicar el mtodo B para la absorcin de la perdida obtenida.

2009 3,000 (1,500)

2010 4,000 (2,000)

2011 5,000 (2,500) 1,500 30% IR :

BASE 50% DEL IMPONIBLE: RESULTADO TRIBUTARIO. 900 |

2012 2013(15,000) 6,000 RESULTADO TRIBUTARIO (3,000) APLICACIN DEL ACTIVO TRIBUTARIO EN EL 2,000 2,500 3,000 450 600 750

Contabilizacin segn este Mtodo: En el ao 2010: PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL | ---------------x-------------| DEBE | HABER | 88 | IMPUESTO A LA RENTA | 450.00 | | | 882 IR- diferido 38 | CARGAS DIFERIDAS 450.00 | | | | DEBE | HABER | |

| ---------------x--------------

| 450.00

|

| 88

| IMPUESTO A LA RENTA

|

|

| 882 IR- diferido | 37

|

| |

| |

| 450.00

| ACTIVO DIFERIDO

| 389 otras cargas diferidas | | | | |

|

|

|

| 371 IR diferido

|

|

| |

| |

| |

| | ---------------x-------------|

| ---------------x-------------| |

EN CONCLUSIN: Como se aprecia en los resultados con el mtodo A no se pagara por el concepto de impuesto a la renta durante los prximos tres aos y para el cuarto ao reducir su base imponible y por ende el impuesto a pagar, por otro lado con el mtodo B se pagar siempre y cuando se genere utilidades. Siendo mejor la aplicacin del mtodo A para la empresa Chung Lee SA. Pues tendr la oportunidad de darle rotacin al dinero que se tendra que desembolsar por concepto de impuesto a la renta con el mtodo B. CASO N 04: Determinacin De Participacin E Impuesto A La Renta La empresa El Secreto S.A. dedicada a la fabricacin de electrodomsticos en el perodo 2009 ha obtenido una utilidad de s/. 261,545.00 .Del anlisis de sus operaciones se ha determinado lo siguiente: * Ha otorgado garantas de un ao por los electrodomsticos vendidos en el ejercicio para reparar fallas de origen. Se ha estimado en base a la experiencia del ejercicio anterior una provisin por garantas de s/. 55,000.00 * En el mes de noviembre se produjo un accidente cuando se trasladaban las existencias, ocasionando un desmedro en los mismos por el cual se efectu una provisin por desvalorizacin de existencias por el importe total de dichos bienes que ascendan a s/. 20,000.00 .Al cierre del ejercicio aun se encuentran en el almacn planendose su destruccin en los primeros das del mes de enero del 2006. * En los primeros das del mes de enero 2005 la empresa efectu la compra de 2 vehculos usados, por el importe de s/.2,300.00 cada uno, se ha estimado una vida til de 3 aos.

* Se pide : Determinar el Impuesto a la Renta aplicando la NIC 12.

Solucin:

1. APLICACIN DE LA NIC 12. 1.- Determinacin de la base contable y tributaria.

* Existencias-provisin por desvalorizacin de Existencias.

BASE CONTABLE

| BASE TRIBUTARIA

|

De conformidad con el prrafo 25 de la NIC2, Existencias, cuando las existencias estn daada, obsoletas o sus precios de venta han declinado de modo que u valor en libros es mayor al valor que se espera obtener de ellos al venderlos o usarlos, debe reconocerse una provisin para reducir el valor en libros del activo hasta su valor neto de realizacin. Si tal como ocurre en nuestro caso la totalidad de nuestros bienes es defectuosa y no se puede o es conveniente reprocesarlos para obtener productos buenos se reconocer la prdida de los mismos. En esta condicin, los bienes defectuosos para efectos contables tendrn el siguiente valor: | Para que la provisin por desmedros sea aceptada como deduccin de la Renta neta, el literal f) del artculo 37 del TUO del Impuesto a la Renta dispone que se siga lo dispuesto por el reglamento. Al respecto, el inciso c) del artculo 21 del reglamento requiere su destruccin ante un notario o juez de paz y que se comunique a la SUNAT con seis das hbiles de anterioridad a su destruccin. En este sentido, dado que la destruccin de los mismos se producir recin en el mes de enero del ejercicio 2006 no ser aceptado como gasto en este ejercicio, pero, ser deducible tributariamente en el ejercicio siguiente a su provisin. | Base Contable:Costo Desvalorizacin s/.20,000.00Inventario. | s/. 20,000.00Provisin por | Base Tributaria:Costo ltimo ( 20,000.00)

0.00

* Vehculos- Depreciacin.

BASE CONTABLE

| BASE TRIBUTARIA

|

De acuerdo al prrafo 41 de la NIC 16 Inmuebles, maquinaria y Equipo, la depreciacin debe ser distribuida en forma sistemtica sobre los aos que componen su vida til. Para este fin la vida til es determinada en base a la estimacin del tiempo que se espera utilizar el activo. | Si bien se procedi al registro de la depreciacin, el importe determinado excede el lmite prevista segn el porcentaje mximo permitido establecido en el literal b) del artculo 22 del reglamento de la Ley

del Impuesto a la renta( para todos los componentes del activo fijo, excepto para los edificios y otras construcciones que sern depreciados con el mtodo de lnea recta a razn del 3%).En este sentido, para fines tributarios el importe por depreciar ser: | Base Contable:2 vehculos Costo s/. 20,000.00Depreciacin ( 1,533.33) *Costo Neto s/. 3,066.67 (*)Anual (4,600.00/3) | Base Tributaria:Vehculos Costo s/. 4,600.00Depreciacin ( 920.00) *Costo Neto s/. 3,680.00 |

* Provisin de garantas por ventas.

BASE CONTABLE

| BASE TRIBUTARIA

|

El prrafo 14 de la NIC 37: provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes establece que debe reconocerse una provisin (pasivo) cuando: * Se tenga una obligacin actual como consecuencia de un hecho pasado.b. Sea probable que se requerir para su liquidacin un flujo de salida de recursos econmicos; y c. Se pueda hacer una estimacin confiable de la provisin.Al cumplirse con los requisitos antes mencionados contablemente se reconoce una provisin.Base Contable: s/.55,000.00 | Desde el punto de vista tributario se trata de un gasto potencial que no ser deducible en la determinacin de la renta Neta, de conformidad con el inciso f) del artculo 44 del TUO del Impuesto a la renta que seala que no son deducibles las provisiones cuya deduccin no es admitida por la Ley. Sin embargo cabe precisar que la deduccin ser admitida cuando sta se realice, es decir cuando realmente se incurran en gastos para las reparaciones de las garantas ejecutadas.Base Tributaria: s/.0.00 |

2. DETERMINACIN DE LAS PARTICIPACIONES E IMPUESTO A LA RENTA POR PAGAR. | CONTABLE UTILIDAD Agregados: | TRIBUTARIA | | 261,545.000 | | || 55,000.00 || | |

| 261,545.00 | |

Provisin de Garantas por ventas

Provisin por desvalorizacin de existencias

| 20,000.00 |-

Depreciacin en exceso ( s/, 1,533,33 - s/, 920, 00) RENTA NETA IMPONIBLE Impuesto a la Renta (30%)

| 613.33 |

| 261,545.000 | 337,158.33 | 78,463.50

| 101, 147.50 |

3. DETERMINACIN DE LA DIFERENCIA TEMPORAL.

Cuenta | Base Contable Provisiones diversas |

| Base Tributaria |

| Diferencia Temporal |

Garantas por ventas | 55,000.00 Inmuebles, Maq. y Equipo |

| 0.00 | 55,000.00 | | 3,680.00

|

Diferencia de tasa de deprec. | 3,066.67 Existencias | |

| 613.33

|

Provisin por desvalorizacin. | 0.00 | 20,000.00

| 20,000.00

|

4. DETERMINACIN DE LOS EFECTOS DE LAS DIFERENCIAS. Detalle | Diferencia Garanta por venta Exceso depreciacin | Renta 30% | 55,000.00 | 613.33 | | 16,500.00 | 184.00 | | |

Desvalorizacin de existencias | 20,000.00 Total (s/.) | 75,613.33 | 22,684.00

| 6,000,00 |

5. CONTABILIZACION PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO | PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL | ---------------x-------------| DEBE | HABER | 88 | IMPUESTO A LA RENTA | 78,463.50 | | | 882 IR- diferido 38 | CARGAS DIFERIDAS | | | | DEBE | HABER | |

| ---------------x--------------

| 78,463.50

|

| 88

| IMPUESTO A LA RENTA

|

| |

| 882 IR- diferido | 37

|

|

|

| 22,684.00

| ACTIVO DIFERIDO

| 22,684.00

| 389 otras cargas diferidas | 40

|

|

|

| 371 IR diferido

|

|

| TRIBUTOS POR PAGAR401 Gobierno central 4017 IRPor el IR a pagar del periodo | 101, 147.50 | 40 | TRIBUTOS APORTES AFP, SALUD POR PAGAR401 Gobierno central 4017 IRPor el IR a pagar del periodo | | 101, 147.50 | | ---------------x-------------| | | | | | ---------------x--------------

|

|

Glosario * Activo: es un recurso que controla la empresa como resultado de sucesos pasados, cuyos beneficios econmicos futuros se espera que fluyan a la empresa. * Activos corrientes: Est representado por el efectivo y equivalentes de efectivo, inversiones financieras, derechos por recuperar, activos realizables, activos biolgicos, activos no corrientes mantenidos para la venta, gastos diferidos y otros activos, que se mantienen para fines de comercializacin (negociacin), consumo o servicios por recibir, se espera que su realizacin se producir dentro de los doce meses despus de la fecha del balance general o en el curso normal del ciclo de operaciones de la empresa. * Activo Inmovilizado: Son todos aquellos elementos del Activo vinculados a la empresa de forma permanente o por periodos largos de tiempo no destinados a la venta, ya q su enajenacin entraara la liquidacin de la empresa. * Activos no corrientes: Esta representado por inversiones financieras, derechos por recuperar, activos realizables, activos biolgicos, inversiones inmobiliarias, inmuebles, maquinaria y equipo, activos intangibles y otros activos, cuya realizacin, comercializacin (negociacin) o consumo exceda al plazo establecido como corriente. * Elusin: La elusin fiscal o elusin tributaria es una figura consistente en no pagar determinados impuestos que aparentemente debera abonar, amparndose en subterfugios o resquicios legales, no previstos por el legislador al momento de redactar la ley. Se caracteriza principalmente por el empleo de medios lcitos que buscan evitar el nacimiento del hecho gravado o disminuir su monto.

* Escudo fiscal: Todo gasto contable registrado en el Estado de prdidas y Ganancias que disminuya el monto imponible del impuesto a la renta y por lo tanto reduce el impuesto a renta a pagar a la SUNAT.

* Evasin: Defraudacin a la administracin tributaria mediante el ocultamiento o la simulacin de cuentas de ingresos o gastos con el fin de pagar montos menores de impuestos. * Ganancia Contable: Es la ganancia o prdida neta del ejercicio determinada segn la aplicacin de las NIIFS antes de deducir el gasto por el impuesto a la renta (corriente y/o diferido).

* Ganancia o Prdida Fiscal: Es la ganancia o prdida de un periodo calculada segn las reglas y lineamientos establecidas por la autoridad tributaria, sobre la que se calcula los impuestos a pagar.

* Gasto (Ingreso) Por El Impuesto a la Ganancia: Es el importe total que por este concepto, se incluye en el estado de ganancias y prdidas al determinar la utilidad o prdida neta del ejercicio. Conteniendo tanto el impuesto corriente como el diferido.

* Importancia relativa (materialidad): Cuando la omisin o presentacin errnea de una informacin en los estados financieros influye en las evaluaciones o decisiones econmicas tomadas por los usuarios sobre la base de dichos estados. La materialidad depender de la magnitud y/o la naturaleza de la omisin o inexactitud, de acuerdo a las circunstancias particulares en que se hayan producido. * Impuesto Corriente: Es la cantidad a pagar (recuperar) por el Impuesto a la Renta en relacin a la utilidad (prdida) tributaria del ejercicio. * Impuesto Diferido: cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto a la renta en los prximos periodos. * Inters: Es el precio pagado por un deudor (prestatario) a un acreedor (prestamista) a cambio de poder utilizar los recursos financieros que ste le suministra durante un cierto perodo de tiempo. Es el precio del dinero. Se puede definir como la suma que se paga por obtener en prstamo una cantidad de dinero (o que se recibe por prestarlo), expresada como porcentaje (tasa) de esa cantidad. * Pliza de seguro: Documento por el cual una compaa de seguros se compromete a pagar el importe total o parcial del objeto asegurado, en caso de que este sufrir uno o ms de los percances sealados en dicho documentos. * Prima de seguro * Reaseguro: Seguro que toman las compaas de seguros. El reaseguro es un contrato mediante el cual stas se cubren, total o parcialmente, de los riesgos que entraan sus operaciones, sin que

la empresa reaseguradora intervenga para nada en las transacciones entre la compaa de seguros y sus clientes. * Rdito: Renta, utilidad o beneficio que rinde un capital. Etimolgicamente tiene el mismo sentido que rendimiento, pues procede de la misma raz, e indica en general el retorno que produce una inversin. * Seguro: Contrato entre una compaa aseguradora y una persona fsica (o corporacin) que requiera cobertura, por medio del cual la compaa aseguradora, por honorarios preestablecidos o por una prima, se compromete a garantizar al asegurado contra perdidas en circunstancias especificas. Las limitaciones exactas de estos trminos siempre se definen completamente. * Valor nominal: Valor de un activo o ttulo que aparece en el correspondiente documento.