capÍtulo 6. plan de atenciÓn a la diversidad
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CAPÍTULO 6. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
0. JUSTIFICACIÓN
Dentro de nuestro proyecto educativo pretendemos definir de forma transversal todas las
medidas y recursos de atención a la diversidad necesarios para que el alumnado alcance el éxito
y la excelencia, de acuerdo a sus capacidades y potencialidades.
En este sentido, las programaciones didácticas y el plan de orientación y acción tutorial
(VER CAPÍTULO 8 DEL PROYECTO EDUCATIVO) , articularán y concretarán estas
decisiones y medidas en la práctica docente.
El artículo 17.2 del Decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y
el currículo de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, hace referencia
al plan de atención a la diversidad que contemplará el conjunto de actuaciones y la
organización de las medidas de atención a la diversidad (generales y específicas) y los recursos
(generales y específicos) que un centro diseña y pone en práctica para proporcionar a su
alumnado la respuesta educativa más ajustada a sus necesidades educativas.
Los equipos de orientación de centro (EO), participarán en la planificación, aplicación,
seguimiento y evaluación del Plan de atención a la diversidad a través del asesoramiento a los
órganos de coordinación docente.
A continuación se detallan las actuaciones y organización:
1. MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
1.1. MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
(ATENCIÓN EDUCATIVA ORDINARIA).
A
LOS PROGRAMAS DE REFUERZO DE ÁREAS O
MATERIAS INSTRUMENTALES BÁSICAS
B LOS PROGRAMAS DE REFUERZO PARA LA
RECUPERACIÓN DE LOS APRENDIZAJES NO
ADQUIRIDOS
C LOS PLANES ESPECÍFICOS PERSONALIZADOS PARA
EL ALUMNADO QUE NO PROMOCIONE DE CURSO
D PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS
1.2. MEDIDAS ESPECÍFICAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
(ATENCIÓN EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA).
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PROFESORADO ESPECIALIZADO
PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON NEAE
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1. MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
La respuesta educativa para atender a la diversidad del alumnado se compone de
medidas generales y específicas, y recursos que también pueden ser generales y específicos.
La combinación de dichas medidas y recursos dará lugar a distintos tipos de atención
educativa, distinguiéndose entre atención educativa ordinaria y atención educativa diferente
a la ordinaria, atendiendo a lo establecido en el apartado 7 de las Instrucciones de 22 de junio
de 2015, de participación y equidad, por las que se establece el protocolo de detección,
identificación del alumnado con NEAE y organización de la respuesta educativa, destinado a la
organización de la respuesta educativa,
1.1. MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (ATENCIÓN
EDUCATIVA ORDINARIA).
Es la aplicación de medidas generales a través de recursos personales y materiales,
destinadas a todo el alumnado. Las medidas generales de atención a la diversidad que se
desarrollarán en nuestro centro serán las siguientes (Ver tablas ):
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ATENCIÓN EDUCATIVA ORDINARIA
( Se realiza a nivel organizativo de aula o Centro)
MEDIDA APLICADA
Programa preventivo (apartado 1 “Prevención” del Protocolo de la Instrucción 22/06/2015)
Adecuación de la Programación Didáctica a las necesidades del alumnado.
Organización flexible de espacio: ubicación cercana al docente, espacios correctamente iluminados, espacios de
explicación que posibiliten una adecuada interacción con el grupo clase, distribución de espacios que
posibiliten la interacción entre iguales, pasillos lo más amplios posibles (dentro del aula), ubicación del
material accesible a todo el alumnado, etc.
Organización flexible de tiempo: necesitará más tiempo para realizar la misma actividad o tarea que los demás
y otros que requerirán tareas de profundización, al ser, previsiblemente, más rápidos en la realización de las
actividades o tareas propuestas para el todo el grupo.
Organización de metodología: Trabajo cooperativo, grupos heterogéneos, tutoría entre iguales, aprendizaje por
proyectos, etc.
Actuaciones personalizadas de acción tutorial: individual o grupal
Actividades de refuerzo educativo: fichas o actividades
Actividades de profundización: fichas o actividades
Agrupamientos flexibles
Desdoblamiento de grupo en áreas instrumentales.
Programa de enriquecimiento
Apoyo en grupo ordinario mediante un segundo profesor.
Permanencia de un año más en algunos de los cursos, una vez agotadas el resto de medidas generales.
Programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas
Programa de refuerzo para recuperación de aprendizajes no adquiridos ( el alumno/a que ha pasado de curso
con algún área pendiente)
Plan específico personalizado para el alumnado que no promociona de curso.
¿CÓMO PUEDO REALIZAR LAS ADAPTACIONES ORDINARIAS?
A) EN LOS PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
MÉTODOS DE EVALUACIÓN ALTERNATIVOS A PRUEBAS ESCRITAS: Usar portafolio, registro
anecdótico, diarios de clase, listas de control, etc…
ADAPTACIONES EN LAS PRUEBAS ESCRITAS
• ADAPTACIONES DE FORMATO: sustituir la prueba escrita por una oral, supervisar el examen durante
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su realización, secuenciar las preguntas, usar gráficas, etc.
• ADAPTACIONES DE TIEMPO: segmentar la prueba en dos o más días, etc.
(Tabla 1. inclusión del alumnado)
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B) EN LA INTERVENCIÓN EDUCATIVA DIARIA.
(Tabla 2. inclusión del alumnado)
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Atendiendo a la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la
diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de
Andalucía, y contemplados como una medida general de atención a la diversidad, nuestro
centro organiza y articula los siguientes programas:
A) LOS PROGRAMAS DE REFUERZO DE ÁREAS O MATERIAS
INSTRUMENTALES BÁSICAS.
Tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua Castellana y Literatura y
Matemáticas que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de la
educación básica. Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas
están dirigidos al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:
a) El alumnado que no promociona de curso o ciclo.
b) El alumnado que aun promocionando no ha superado alguna de las áreas
instrumentales del curso anterior.
c) Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso,
dificultades en las áreas o materias instrumentales.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11º de la citada Orden, todas las familias del
alumnado que forma parte del programa de refuerzo, serán informadas a principios de curso o en
el momento de la incorporación al mismo, de que se integran en dicho programa, mediante
oficio de la Dirección del centro y con registro de salida dirigido por correo a la dirección postal
de las familias.
Para su cumplimentación, se utilizará el ANEXO I de los documentos de Atención ala
Diversidad.
B) LOS PROGRAMAS DE REFUERZO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS
APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS
Irán dirigidos al alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias
y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa, reflejando dicha calificación
como “extraordinaria”.
Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos incluirán
el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento, y la
atención personalizada al alumnado con áreas pendientes de cursos anteriores, así como las
estrategias y criterios de evaluación.
En el caso de áreas no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente, el profesorado
responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y las maestras
especialistas.
Para su cumplimentación, se utilizará el ANEXO II de los documentos de Atención a la
Diversidad.
C) LOS PLANES ESPECÍFICOS PERSONALIZADOS PARA EL ALUMNADO
QUE NO PROMOCIONE DE CURSO.
Tiene como finalidad la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.
Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas
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instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un
seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello.
Del contenido de los programas y planes anteriores se informará al alumnado y a sus
padres y madres o tutores legales al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de
incorporación del alumnado a los mismos, mediante entrevista personalizada con el tutor o
tutora que les informará detalladamente de los mismos.
Para su cumplimentación, el profesor utilizará el ANEXO VI de los documentos de
Atención al a Diversidad.
D) PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS.
Se incluirán metodologías didácticas que favorezcan la inclusión tales como el
aprendizaje basado en Tareas y el aprendizaje cooperativo. Se tendrán en cuenta, la
organización de espacios y tiempos a nivel de aula (Tabla 2. inclusión del alumnado),
atendiendo a las necesidades educativas del alumnado. Así como también, cobran especial
relevancia los procedimientos e instrumentos de evaluación tratando de lograr la adecuación
a los diferentes estilos, niveles y ritmos de aprendizaje del alumnado. En este sentido, se podrán
utilizar métodos de evaluación alternativos/complementarios a las pruebas escritas y
adaptaciones en las pruebas escritas. (Tabla 1. Inclusión del alumnado)
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1.2. MEDIDAS ESPECÍFICAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (ATENCIÓN
EDUCATIVA DIFERENTE A LA ORDINARIA).
El plan de atención a la diversidad concretará cómo llevar a cabo en el centro la atención
educativa diferente a la ordinaria para el alumnado con NEAE.
El EQUIPO DOCENTE, coordinado por el tutor o tutora del grupo clase, será el encargado
de la atención educativa del alumnado con NEAE y de la aplicación de las medidas educativas
generales y específicas.
El alumnado con NEAE será atendido, preferentemente, en su grupo de referencia, de
acuerdo con las medidas generales y específicas y los recursos previstos en el plan de atención a
la diversidad, que hayan sido propuestos en su informe de evaluación.
Las programaciones didácticas y el ajuste que cada maestro o maestra realiza para su grupo
deben ser flexibles de modo que permitan:
- Concretar y completar el currículo ya sea priorizando, modificando, ampliando
determinados criterios de evaluación y/o incluyendo otros específicos para responder a
las NEAE de este alumnado.
- Utilizar diferentes estrategias y procedimientos didácticos en la presentación de los
contenidos y diversificar el tipo de actividades y tareas atendiendo a las peculiaridades
del alumnado con NEAE. Para ello, se deberán contemplar actividades y tareas
comunes, que puedan realizar todo el grupo clase, y actividades y tareas adaptadas, que
consiste en adaptar las actividades comunes a un grupo o a un alumno o alumna
concreto con NEAE.
- Adaptación de los procedimientos e instrumentos de evaluación, que puedan implicar
una adaptación de formato y tiempo en las actividades y tareas de evaluación
adecuados a las características del alumno o alumna NEAE en concreto.
- Para la atención educativa del alumnado con NEAE, se crearán ambientes flexibles y
funcionales que favorezcan el logro de los objetivos.
Las medidas específicas de atención a la diversidad son todas aquellas medidas y
actuaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con NEAE, que
no haya obtenido una respuesta eficaz a través de las medidas generales.
Se considera alumnado con NEAE aquel alumno o alumna que requiera una atención
educativa diferente a la ordinaria, por presentar:
- Necesidades educativas especiales
- Por dificultades específicas del aprendizaje.
- TDAH
- Altas capacidades intelectuales.
- Incorporado tarde al sistema educativo
- Condiciones personales o de historia escolar
De acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la
calidad educativa.
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Tras la realización de la EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA por parte del
orientador/a del EOE, se emitirá el informe de evaluación psicopedagógica en el que concretará
la medida específica conveniente.
Entre las medidas específicas de atención a la diversidad se distinguen dos tipos:
- MEDIDAS DE CARÁCTER EDUCATIVO.
- MEDIDAS DE CARÁCTER ASISTENCIAL: VIENEN DEFINIDAS, ASÍ COMO LOS
CRITERIOS PARA SU PROPUESTA EN EL DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN.
A continuación destacamos las medidas específicas que se desarrollarán en nuestro centro:
CUADRO RESUMEN DE LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS APLICADAS EN NUESTRO
CENTRO
TIPO DE
MEDIDA
ESPECÍFI
Qué es
(Concepto)
A quién va
Dirigida
(Destinata
rio)
Responsable
elaboración
y su desarrollo
Dónde se
pueden
aplicar
(Etapas)
Cuándo
se pueden
aplicar
Registro
ACC
(ADAPTAC
.
DE
ACCESO)
Suponen la
provisión o
adaptación de
recursos
específicos para
que los alumnos
con NEE, accedan
al currículo.
(Acceso a la
información,
comunicación…)
Alumno con
NEE.
Será propuesta por el
orientador/a en el D.E.
La aplicación y
seguimiento será el
responsable de área
donde requieren
adaptación para
acceder al currículo.
2º ciclo
E.I.
E. P.
Se mantengan las
NEE que
justifican su
propuesta
Revisión
ordinaria o
extraordinaria del
D.E.
Intervención
recibida por
orientador/a
en el censo de
Séneca.
ACNS
(ADAPTAC
.
C. NO
SIGNIFICA
T
Suponen
modificaciones en
la programación d.
en la organización,
temporalización y
presentación de los
contenidos,
metodología,proce
dimientos e
instrumentos de
eval.
Alumnado
con NEAE
con un
desfase con
su grupo.
E.I. ( desfase
en el ritmo)
EP / ESO
(desfase, al
manos, un
curso)
Elaborada por el
tutor/a responsable de
cumplimentar todos los
apartados. Cada
maestro/especialista
debe adaptar su área y
cumplimentarla, si la
precisa.
Aplicación y
seguimiento por el
prof. Área + asesora
EOA.
2º ciclo
E.I.
E.P.
Para un curso
académico.
Elaborado antes
de la 1ª sesión
eval.
Cumplimenta
r
en Séneca por
tutor/a.
Bloqueada
antes de la 1ª
sesión eval.
Intervención
recibida por
orientador/a
ACS
(ADAPTAC
.
C.
SIGNIFICA
T
Pueden implicar la
eliminación y/o
modificación de
objetivos y criterios
de evaluación en el
área adaptado.
Serán evaluados de
acuerdo con los obj.
Y criterios de eval
de su ACS.
Alumnado
con NEE.
Desfase de
al menos
dos cursos.
Limitaciones
derivadas de
disc. Física
o sensorial
en áreas no
instrument.
Elaborada por el P.T.
+ colaboración
maestro/a encargado de
impartirla + asesora de
EOE.
Aplicación por el prof.
Área + asesora EOE.
Evaluación
compartida
Proferor/a + P.T.
E.P.
Para un curso
académico
Primaria puede
ser para un ciclo.
Elaborado antes
de la 1ª sesión
eval.
Cumplimenta
r
en Séneca por
P.T.
Bloqueada
antes de la 1ª
sesión eval.
Intervención
recibida por
orientado/a
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PE
(PROGRA
M
ESPECÍFI
CO
Favorecen el dllo
de los procesos
implicados en el
apred. (percepción,
atención, memoria,
estimulación
lenguaje,
conciencia
fonológica, hhss,
autonomía personal,
autocontrol,
autoestima…) para
la adquisición de
las cclaves.
Alumnado
con NEAE
Elaborado por el
P.T./A.L. +
colaboración del
equipo docente y
asesora EOE.
2º ciclo
E.I.
EP
Para un curso
académico, su
duración puede
ser inferior a un
curso.
Elaborado antes
de la 1ª sesión
eval.
Intervención
recibida por
orientado/a en
el censo de
Séneca.
ACAI
(ADAPT.
AL. ALTAS
CAPACIDA
DES
INTELECT)
Pueden ser de
enriquecimiento
y/o ampliación.
Alumnado
con NEAE
por
presentar
altas
capacidades
Elaborado por el
tutor/a cumplimentar
todos los apartados. La
propuesta curricular el
maestro del área que se
adapta.
2º ciclo
E.I.
EP
.
Para un curso
académico.
Si supera los
criterios de áreas
ampliadas se
puede solicitar la
flexibilización.
*Se solicita con
documento
oficial.
Cumplimenta
r en Séneca
por tutor/a.
Intervención
recibida.
Para su cumplimentación, se utilizarán los siguientes anexos:
- ANEXO IV. ADAPTACIÓN CURRICULAR NO SIGNIFICATIVA.
- ANEXO V. ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVA.
- ANEXO VI. PROGRAMA ESPECÍFICO.
- ANEXO VII. ADAPTACIÓN CURRICULAR ALTAS CAPACIDADES (ACAI).
La elaboración de estas medidas específicas de carácter educativo, se harán cumplimentando el
formato diseñado en el módulo de gestión de la orientación en la plataforma Séneca, el cual se
rige por lo establecido en las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de
Participación y Equidad, por las que se actualiza el Protocolo de Detección, Identificación del
alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo y Organización de la Respuesta
Educativa.
Para las siguientes actuaciones, se seguirán las PLANTILLAS CREADAS EN EL CENTRO:
- SOLICITUD EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA:
o Autorización de las familias.
o Solicitud al EOE para realizar la Evaluación Psicopedagógica.
- MODELOS DE ACTAS:
o Acta incial de equipo docente.
o Acta primera reunión con la familia.
o Acta solicitud intervención e. docente.
o Acta segunda reunión con familia.
- SOLICITUDES FAMILIA-CENTRO (SE TRAMITA A TRAVÉS DE REGISTROS
DE ENTRADA Y SALIDA, AL EQUIPO DIRECTIVO):
o Solicitud de la familia al Centro para recibir la información.
o Modelo de Recibí.
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B) MEDIDAS ESPECÍFICAS DE CARÁCTER ASISTENCIAL:
Medidas relacionadas con la ayuda, asistencia, vigilancia y supervisión del alumnado con NEE
en las actividades de la vida diaria. Concretamente, estas medidas son:
- Ayuda en la alimentación.
- Ayuda en el desplazamiento.
- Ayuda en el control postural en sedestación.
- Transporte escolar adaptado.
- Asistencia en el control de esfínteres.
- Asistencia en el uso del WC.
- Asistencia en la higiene y aseo personal.
- Vigilancia. - Supervisión especializada.
Medidas específicas que llevaremos a cabo a través de RECURSOS ESPECÍFICOS personales
y materiales para la atención educativa adecuada al alumnado con NEAE.
Concretamente, en cuanto a Recursos Específicos Personales se refiere, podemos distinguir
entre profesorado especializado y personal no docente. Concretamente en nuestro centro con:
Profesorado especializado: - Maestra especialista en Pedagogía Terapéutica para atención del
alumnado en modalidad de escolarización B.
- Maestra especialista en Pedagogía Terapéutica para atención del alumnado en modalidad de
escolarización C.
Personal no docente: - Profesional Técnico en Integración Social (PTIS).
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PROFESORADO ESPECIALIZADO PARA LA
ATENCIÓN DEL ALUMNADO CON NEAE.
2.1. PROFESORADO ESPECIALIZADO.
La maestras especialistas destinadas a la atención del alumnado con necesidades
educativas especiales tendrá, al menos, las siguientes funciones específicas, conforme a lo
establecido en el artículo 19 de la Orden 20 de agosto de 2010, por la que se regula la
organización y funcionamiento de las escuelas infantiles de 2º ciclo, de los colegios de
educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos
específicos de educación especial:
a) La atención e impartición de docencia directa para el desarrollo del currículo al alumnado
con necesidades educativas especiales cuyo dictamen de escolarización recomiende esta
intervención. Asimismo, podrá atender al alumnado con otras necesidades específicas de apoyo
educativo en el desarrollo de intervenciones especializadas que contribuyan a la mejora de sus
capacidades.
b) La realización, en colaboración con el profesorado del área encargado de impartirla y con el
asesoramiento del equipo de orientación, de las adaptaciones curriculares significativas y los
programas específicos.
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c) La elaboración y la adaptación de material didáctico para la atención educativa especializada
del alumnado con necesidades educativas especiales, así como la orientación al resto del
profesorado para la adaptación de los materiales curriculares y de apoyo.
d)La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales al que imparte docencia. Será
ejercida de manera compartida entre el maestro o la maestra que ostente la tutoría del grupo
donde está integrado y el profesorado especialista. A tales efectos, el plan de orientación y
acción tutorial recogerá los mecanismos de coordinación entre ambos docentes y las actuaciones
a realizar por cada uno de ellos o de forma conjunta. En todo caso, la atención a las familias de
este alumnado se realizará conjuntamente.
e) La coordinación con los profesionales de la orientación educativa, con el personal de
atención educativa complementaria y con otros profesionales que participen en el proceso
educativo del alumnado con necesidades educativas especiales.
Además, de conformidad con lo recogido en el artículo 89.1 del Decreto 328/2010 por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico, la tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales
será ejercida en las aulas específicas de educación especial por el profesorado especializado
para la atención de este alumnado.
2.2. PERSONAL NO DOCENTE.
Se propone la intervención del Profesional Técnico de Integración Personal (PTIS),
cuando el alumno con NEE que así lo requiera de acuerdo a su Dictamen de Escolarización,
necesite ayudas o asistencias en el desplazamiento, ayuda en el aseo personal, ayuda en la
alimentación, ayuda en el control de esfínteres, ayuda en el uso del WC, así como supervisión
especializada más allá de la que puede prestar el profesorado ordinariamente. Entendiéndose
que la intervención especializada de este/a profesional debe indicarse sólo cuando la respuesta
que precisa el alumno/a por sus necesidades educativas especiales no puede resolverse con
medidas más normalizadas.
Por último, a modo de RESUMEN, se detallan dos tablas más sobre la Organización de la
Respuesta Educativa a la Diversidad de nuestro Centro:
Por último, a modo de resumen, se detallan dos tablas más:
- TABLA 3: TIPOS DE NEAE Y LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS Y/O RECURSOS
ESPECÍFICOS, QUE PUEDEN PRECISAR EL ALUMNADO
- TABLA 4: TIPOS DE NEAE (NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.) Y
LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS Y/O RECURSOS ESPECÍFICOS, QUE PUEDEN
PRECISAR EL ALUMNADO
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TABLA 3: TIPOS DE NEAE Y LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS Y/O RECURSOS ESPECÍFICOS, QUE PUEDEN PRECISAR EL ALUMNADO (VER
TABLA 3.)
NEAE MEDIDA
ESPECÍFICA
RECURSO
PERSONAL/MATERIAL
ESPECÍFICO
ATENCIÓN
ESPECÍFICA
(MEDIDA
ESPECÍFICA +
RECURSO
ESPECÍFICO)
OBSERVACIONES
DIF. ESPECÍFICA
DE APRENDIZAJE
(lectura, escritura,
cálculo…)*
ACNS
PE
Atención P.T. (PE) SI -ACNS, en las áreas donde la precise, si el desfase
es de, al menos, un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
DIA
POR RETRASO EN
EL LENGUAJE
ACNS
PE
Atención P.T. (PE)
Atención A.L. (PE)
SI -ACNS, en las áreas donde la precise, si el desfase
es de, al menos, un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
-PE individualizado en el aula de audición y
lenguaje.
DIA
POR CAPACIDAD
INTELECTUAL
LÍMITE
( CI:70-80)
ACNS
PE
Atención P.T.( PE)
SI -ACNS, en las áreas donde la precise, si el desfase
es de, al menos, un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
DIA DERIVADAS
DE TDAH
ACNS
No No -ACNS, en las áreas donde la precise, si el desfase
es de, al menos, un curso.
-Si el alumno requiere un recurso específico
(atención pt) junto con la medida específica
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(PE/ACS). En ese caso sería NEE.
ALTAS
CAPACIDADES
INTELECTUALES
ACAI
PE
FLEXIBILIZACIÓN
Atención P.T.(PE) SI -ACAI, en las áreas o ámbitos donde la precise.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
-Flexibilización (si ha sido evaluada
positivamente la ACAI de ampliación).
CARÁCTER
COMPENSATORIO
ACNS
PE
Atención P.T.(PE) SI -ACNS, en las áreas donde la precise, si el desfase
es de, al menos, un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
• La respuesta educativa del alumno o alumna DIA, con ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES o de CARÁCTER COMPENSATORIO vendrá
determinada en su informe de evaluación psicopedagógica, que contemplará el conjunto de medidas tanto generales como específicas y la
propuesta de recursos generales y específicos que conforman su atención educativa.
• Se considera atención específica cuando la aplicación de medidas específicas impliquen necesariamente la dotación de recursos personales y/o
materiales específicos.
• Un alumno/a diagnosticado con NEE, debe precisar una medida específica y un recurso específico para que se considere NEE. Si solo precisa la
medida específica y no necesita el recurso, no se considera NEE, sería NEAE.
• Un alumno/a cuyo desfase curricular sea de dos cursos y no presente NEE, no podrá desarrollar una ACS. En estos casos, desarrollaría otra
medida específica (ACNS, PE). Solo pueden desarrollar ACS los alumnos/as diagnosticados como NEE.
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TABLA 4: TIPOS DE NEAE (NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.) Y LAS MEDIDAS ESPECÍFICAS Y/O RECURSOS
ESPECÍFICOS, QUE PUEDEN PRECISAR EL ALUMNADO
NEAE ( NEE)
MEDIDA
ESPECÍFICA
EDUCATIVAS
RECURSO
ESPECÍFICO
ESPECIALISTAS
ATENCIÓN ESPECÍFICA
(Medida específica + recurso
específico)
OBSERVACIONES
DISCAPACIDAD
INTELECTUAL
ACS
ACNS
PE
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
Atención A.L.(PE)
SI
-Puede precisar ACS ( desfase de dos cursos).
-ACNS, en las áreas donde la precise si el
desfase es de un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo y/o aula
de A.L.
DISCAPACIDAD
SENSORIAL /
FÍSICA
AAC
ACS ( No
instrumentales)
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Profesorado
especialista en lengua de
signos, ONCE…AAC
Personal no docente.
AAC
Ayudas técnicas.
SI
-Profesorado especialista en
lengua de signos, de apoyo a
ciegos, apoyo currículo a
discapacidad auditiva/motórica
en ESO
-Personal no docente
(monitores).
-Puede precisar AAC , personal no docente para
acceder al currículo.
- Puede precisar AAC, material específico, como
ayudas técnicas para acceder al currículo.
-ACS , en áreas no instrumentales relacionada
con las limitaciones de la discapacidad.
-No precisa atención directa del pt o al.
TRASTORNO DE LA
COMUNICACIÓN
ACS
ACNS
PE
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
Atención A.L. (PE)
SI -ACS en áreas donde la precise, si el desfase es
de dos cursos.
-ACNS en áreas donde la precise, si el desfase
es de un curso.
-PE individualizado en el aula de A.L.
-PE individualizado en el aula de
apoyo/ordinaria.
TRASTORNO DEL
ESPECTRO
AUTISTA
(Autismo, S.Asperger,
ACS
ACNS
PE
PERMANENCIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
Atención A.L. (PE)
SI -ACS en áreas donde la precise, si el desfase es
de dos cursos.
-ACNS en las áreas donde la precise, si el
desfase es de un curso.
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S.Rett, TGD) EXTRAORDINARIA -PE individualizado en el aula de
apoyo/ordinaria.
-PE individualizado en el aula de A.L.
TRASTORNOS
GRAVES DE
CONDUCTA (Trst.
Disocial, TND…)
ACS
ACNS
PE
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
SI -ACS en áreas donde la precise, si el desfase es
de dos cursos.
-ACNS en las áreas donde la precise, si el
desfase es de un curso.
-PE individualizado en el aula de
apoyo/ordinaria.
TDAH
ACS
PE
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
SI -ACS en área donde la precise, si el desfase es
de dos cursos.
- PE individualizado en el aula de
apoyo/ordinaria.
OTROS
TRASTORNOS
MENTALES
ACS
ACNS
PE
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
SI -ACS en áreas donde la precise, si el desfase es
de dos cursos.
-ACNS en áreas donde la precise, si el desfase
es de un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
ENF. RARAS Y
CRÓNICAS
ACS
ACNS
PE
PERMANENCIA
EXTRAORDINARIA
Atención P.T. (ACS)
Atención P.T. (PE)
SI -ACS en áreas donde la precise, si el desfase es
de dos cursos.
-ACNS en áreas donde la precise, si el desfase
es de un curso.
-PE individualizado en el aula de apoyo/aula
ordinaria.
• Las adaptaciones curriculares no significativas se desarrollarán en el aula ordinaria, serán elaboradas e impartidas por el tutor o especialista de
área, con la orientación del maestro p.t. Los alumnos con NEE, podrán desarrollar una ACNS, si el desfase es curricular es, de al menos, un
curso. Si solo desarrolla una ACNS no precisa atención directa del maestro p.t., salvo que desarrolle un programa específico en el aula ordinaria
y/o en el aula de apoyo. En estos casos, se justifica la atención específica.
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3. COORDINACIÓN-COLABORACIÓN EN LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
3.1. COORDINACIÓN-COLABORACIÓN ENTRE PROFESIONALES IMPLICADOS.
La organización del trabajo en equipo de todos los profesionales implicados en la atención educativa del alumnado con NEAE requiere de una
serie de mecanismos de coordinación que faciliten la efectividad de la respuesta educativa propuesta:
• Al inicio de cada curso, el equipo de orientación de centro o departamento de orientación, previa coordinación con el equipo directivo, se reunirá
con los equipos docentes de los grupos en los que se escolariza alumnado NEAE, para trasladar toda la información necesaria y planificar su
respuesta educativa.
• Reuniones periódicas de seguimiento de la tutora o tutor de la alumno/a con NEAE con todos los profesionales que intervienen en su respuesta
educativa.
• En las sesiones de evaluación trimestrales de los grupos que escolarizan alumnado con NEAE, participará el equipo de orientación de centro o el
departamento de orientación, así como otros profesionales que atienden al alumno/a NEAE, con objeto de realizar la valoración y seguimiento de
las medidas educativas que formen parte de su atención, así como la toma de decisiones sobre posibles modificaciones a realizar en la
programación de su respuesta educativa.
3.2. COORDINACIÓN-COLABORACIÓN CON LA FAMILIA.
Así mismo, el tutor o tutora del alumno o alumna con NEAE establecerá cauces para la adecuada información y participación de la familia y del
propio alumno/a sobre sus NEAE y la respuesta educativa que requiere:
• Los padres, madres, tutores o guardadores legales recibirán, de forma accesible y comprensible para ellos, el adecuado asesoramiento
individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos/as, y participarán en las decisiones que afecten a su
escolarización y a los procesos educativos.
• Reuniones al inicio del curso y de forma periódica durante el mismo con el padre, madre, tutores o guardadores legales del alumno/a con NEAE
para proporcionar información y realizar el seguimiento de las medidas educativas que conforman la respuesta educativa que se van a desarrollar.
En estas reuniones participarán la tutora o tutor y el profesorado especialista de educación especial, así como otros profesionales si se considera
necesario.
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• En caso de que la edad del alumno/a y sus NEAE lo permitan, serán informados, previamente a su aplicación, de las medidas y de los recursos
que conforman su respuesta educativa.