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Capítulo 1 El Estado Objetivos Al finalizar la unidad, el alumno: Desde la perspectiva jurídica identificará a la figura del Estado, distinguiendo su estructura, funciones, evolución e importancia en el contexto social, político y económico.

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Capítulo 1

El Estado

Objetivos

Al finalizar la unidad, el alumno:

Desde la perspectiva jurídica identificará a la figura del Estado, distinguiendo su estructura, funciones, evolución e importancia en el contexto social, político y económico.

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TEMARIO

Introducción

1.1. El Estado como comunidad política, social y su evolución 1.2. El Estado como entidad jurídica y sus funciones 1.3. El Estado como entidad económica y su función social

AutoevaluaciónRespuestas a los ejerciciosRespuestas a la autoevaluaciónBibliografía

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Introducción

Seguramente en diversos momentos de tu vida has escuchado frases como: “eres parte del Estado mexicano” , “el Estado garantiza libertad y seguridad” , “es obligación del Estado otorgar educación a su pueblo”, o “el Estado requiere el pago de impuestos a través del Sistema de Administración Tributaria” , etcétera. ¿Por qué asumimos que existe, que somos parte de éste, y que tenemos derechos y obligaciones recíprocas, si el Estado como tal no es algo tangible, ya que no cuenta con realidad física?

En este capítulo analizaremos el concepto de Estado de acuerdo con las diversas corr ientes que intentan aclarar su sentido y naturaleza, refir iendo sus orígenes y evolución, así como los elementos que lo conforman y dan validez a sus atr ibuciones dentro del contexto jur íd ico, social y económico.

1.1. El estado como comunidad polít ico-social y su evolución

Si por un momento reviviéramos en nuestra imaginación la escena de un hombre prehistór ico expuesto a las adversidades climáticas y a los depredadores, tratando de sobrevivir cazando, buscando refugio en cavernas, nómada ante las circunstancias, no dudaríamos de los graves r iesgos a los que se encuentra expuesto y pondríamos en duda su supervivencia. Pero si a la par, contemplamos las mismas circunstancias enfrentadas por grupos que prestándose ayuda mutua facilitan la satisfacción de sus necesidades elementales, encontramos que esos vínculos muchas veces de sangre garantizan de una u otra forma la continuidad de la especie.

Es así que el ser humano que de or igen cuenta con derechos intr ínsecos a su naturaleza como es la libertad, decide por razones de supervivencia ceder parte de ésta para asegurar su desarrollo, convir tiéndose en lo que Aristóteles denomina zoon polit ikón o animal sociable netamente gregario y dependiente de otros.

Al respecto Jacques Rousseau comenta “… como los hombres no pueden generar nuevas fuerzas, sino solamente unir y dirigir las que existen, no tienen otro medio de conservación que el de formar por agregación una suma de fuerzas capaz de

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

sobrepujar la resistencia, de ponerlas en juego con un solo fin y de hacerlas obrar unidas y de conformidad.”1

En otras palabras, el hombre tiene necesidades elementales inherentes a su propia naturaleza, que al concretarse se convierten en intereses pr imigenios que la convivencia social hace posible a través de las sociedades organizadas en Estados.

De esta forma, y en virtud de que las familias organizadas por prácticas religiosas y ritos sociales, que si bien brindan seguridad, por sí solas no aportan todos los bienes materiales que el hombre necesita para su sustento y protección, se promueven las alianzas entre familias autosuficientes que otorgaran mayores niveles de protección creando sociedades en las que los fines individuales quedan subordinados al bien común para lograr objetivos similares de acuerdo con las capacidades propias de cada grupo.

La aparición del Estado como cuerpo político de la nación emerge en el siglo XII en Europa, cuando es identificado como una forma de organización política por la cual la sociedad en su mayoría o totalidad, genera el poder supremo creador de dicho ente imponiendo principios rectores de la conducta humana en una extensión territorial.

Es así que de acuerdo con la teor ía contractual ista francesa de Rousseau, el poder supremo conferido al Estado debe ser legitimado y aceptado por la comunidad a través de un pacto social con el que cada integrante renuncia a parte de su libertad a fin de concederle las facultades necesarias para que a través del desarrollo de sus funciones garantice el bien de todos.

El modelo de Estado al que aspiraba Rousseau es aquél en el que el

Ese poder supremo no es otra cosa que la soberanía sinónimo de voluntad general, elemento que retoma Montesquieu creador del contrato social, en cuya obra El espíritu de las leyes sostiene que la soberanía se ejerce por el Estado a través de tres poderes.

1 ROUSSEAU, Jean Jacques, El contrato social, Colección Sepan Cuantos, núm. 113, Porrúa, México, 1996, p. 9.

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CAPÍTULO 1. EL ESTADO

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Respecto de la soberanía, la doctr ina ha expuesto dos conceptos fundamentales: pr imeramente el clásico, expresado por Jean Bodino, como el or igen divino e indiscutiblemente ligado a la figura de la Monarquía, en el cual el soberano ostentaba un poder otorgado por Dios sometiendo a sus súbditos a la obediencia plena de leyes naturales y divinas; en segundo lugar se encuentra el concepto construido por las teorías liberales del siglo XVI y los movimientos políticos revolucionarios y de independencia del siglo XVIII, con el que la soberanía continúa como poder supremo insuperable, ahora proveniente de la voluntad popular, sin hacer ninguna distinción entre los individuos, surgiendo con ello los pr incipios democráticos de representación popular.

Producto de los movimientos revolucionarios principalmente el inglés en el siglo XVII, francés y americano del siglo XVIII, la caída del reino alemán en los inicios del siglo XIX, la formación de la unidad italiana y alemana por mencionar algunos de tantos, surge el Estado moderno con un carácter unificado y corporativo, soportado en un orden constitucional limitativo y regulador de las funciones realizadas por medio de sus órganos frente a los indiv iduos.

De acuerdo con Jellinek “… el Estado moderno tiene como punto final lo que para el antiguo era el punto de partida… la unidad. El Estado tiene el derecho y el poder para dominar de modo efectivo todos los aspectos de la vida de la comunidad, siempre limitando su acción.”2

El Estado moderno se transforma de la teoría jurídica del Estado sin restr icción que predominó en algunos sistemas monárquicos, feudales o dictator iales, en la firme convicción de que existen límites reales del poder.

Manteniendo esta tendencia, en la actualidad se contempla al Estado como producto de la voluntad soberana que reside, de acuerdo con el artículo 39 de nuestra Constitución, originariamente en el pueblo, para ser ejercido por éste y para éste.

1.2. El Estado como ent idad jurídica y sus funcion es

Hasta este momento hemos afirmado que el Estado surge ante los requerimientos humanos de supervivencia como medio para garantizar la sana convivencia y la satisfacción del bien común; y para lograrlo requiere de instrumentos normativos.

2 JELLINEK, George, op. cit., p. 314.

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Por ello, resulta indispensable destacar la importancia del derecho como mecanismo de organización, ya que es por su medio que primeramente se legitima, delimitando sus funciones, previendo las bases de organización y funcionamiento social.

Con la evolución del hombre, el orden natural se manifiesta a través del derecho, cuya función original lo convierte en un instrumento regulador del comportamiento social, tendiente a facilitar y propiciar la sana interacción entre individuos que garantice la realización de intereses pr imigenios como la vida, libertad, seguridad etcétera,

por lo que “el Estado es primeramente una formación histórico-social a la que se adosa el derecho, pero que no pudo crear a éste, sino que es más bien el fundamento de su existencia.” 3

Ejemplo de ello, es la polis gr iega o también conocida como Ciudad-Estado durante el siglo V a. C., en la que se organiza semidemocráticamente a la sociedad por estratos no todos con participación como, el caso de los esclavos y las mujeres; y en la que por primera vez se plantea la idea de soberanía como poder proveniente de la suma de libertades del pueblo que da or igen al Estado y que se justifica y legitima a través del derecho.

Es indiscut ible que la protección y conservación de los intereses humanos

En consecuencia, notarás que el Estado surge como una ficción o invento normativo der ivada de la unión de voluntades y libertades humanas vinculadas en sociedad, cobrando trascendencia en la medida en la que el sistema jurídico lo avale o sustente, otorgándole reconocimiento y obligator iedad ante los individuos que participaron en su conformación.

Al respecto, quizá te preguntes: ¿qué fue pr imero, el Estado o el derecho?, situación en la que hasta la fecha los doctrinarios no logran ponerse de acuerdo.

Si partimos de la idea de Estado como comunidad política de los pueblos modernos, resulta indudable que el derecho es previo al Estado; mientras que si contemplamos al Estado dictator ial el argumento cambia, ya que el Estado surge para poster iormente crear el derecho que lo justifique y le permita actuar.

Comúnmente el derecho nace pr imero dentro de las pequeñas asociaciones familiares para extenderse en comunidades más amplias y poster iormente consolidar la creación del Estado.

3 JELLINEK, George, Teoría general del Estado, Fondo de Cultura Económica, México, 2004, p. 270.

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Si bien, en el campo de las reglas de conducta existen diversos tipos como las morales, de trato social o religiosas, el Estado en nuestro caso se apoya en las jurídicas por contar con las siguientes características:

1. Regulan conductas externas, no contempla los pensamientos humanos, sólo aquellas acciones u omisiones que producen consecuencias en el mundo. Para que el terror ista sea sancionado no basta con la sola planeación, sino la manifestación de su conducta en el mundo exter ior.

2. Son heterónomas creadas por un órgano distinto al destinatario. El Congreso de la Unión o las legislaturas de los estados son l as responsables del proceso de creación de ley.

3. Quizá la característica más importante es que son coercibles u obligatorias al disponer de la capacidad suficiente para hacerlas cumplir de manera coactiva a través de la autor idad. Ante la negat iva del demandado a desocupar un inmueble que no le pertenece, opera la orden de desahucio por la cual se ejerce la fuerza públic a para hacer efect iva la disposición normat iva.

Conviene precisar que estas características no son exclusivas de las normas jurídicas, pero sólo éstas tienen la combinación en la que se contempla la obligatoriedad por medio de la coerción (amenaza ante el incumplimiento de aplicación de una sanción) y coacción (aplicación efectiva de la norma a través de las autor idades).

Ejemplo de coerción se da cuando la norma penal en la que se describe al delito de robo como el apoderamiento de cosa ajena mueble sin derecho y sin consentimiento de quien legítimamente puede disponer de ésta, sanciona este comportamiento hasta con 20 años de prisión en promedio; y será coactiva cuando en la práctica Juan roba un auto y la autor idad en ejercicio de sus facultades lo aprehende aplicándole la ley.

Los ciudadanos en la medida en la que el Estado se legitime y justifique con la aplicación de la ley, actúan convencidos del poder coactivo garante del cumplimiento del derecho.

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Parecería que sólo los ciudadanos se someten al cumplimiento de la norma, pero acaso ¿el Estado escapa de su obligator iedad?

Si el Estado es legitimado por el derecho, resulta que éste actúa de conformidad con las reglas jurídicas que lo facultan, por lo que aunque pueda crearlas siempre quedará sometido de igual forma que la sociedad a su cumplimiento, y en caso de no hacerlo contraerá responsabi lidades administrativas de acuerdo con la Ley de Responsabi lidad de Servidores Públ icos sancionándose con la inhabilitación o suspensión, penalmente en caso de delitos, apl icándose penas pr ivativas de la libertad y multas, o bien civ iles respecto al pago de daños y perjuicios, entre otras.

Con la información que hasta ahora hemos comentado podemos concluir que jurídicamente el Estado es “ la organización política soberana de una sociedad humana establecida en un territorio determinado y bajo un régimen jurídico, con independencia y autodeterminación, con órganos de gobierno y administración que persiguen fines mediante actividades concretas.”4

Por otra parte, la norma otorga la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones a los seres humanos en su calidad de personas físicas y a las agrupaciones de individuos que participan con una identidad diferente a la de cada uno de sus integrantes denominadas per sonas mor a les , a través de la personalidad .

En lo concerniente al Estado en calidad de persona moral o jur ídica , el derecho le dota de personalidad facultándole a intervenir en situación de igualdad en relaciones de coordinación con los particulares, de subordinación cuando aplica su imperio sobre los particulares o supraordenación al relacionarse con otros Estados a nivel internacional; otorgándole los siguientes atr ibutos:

a) Capacidad . Facultad o posibilidad para intervenir dentro de un territor io determinado.

b) Pat r imonio . Recursos destinados al cumplimiento de su objeto.c) Régimen jurídico específico . Normas jurídicas de derecho público que

delimitan su competencia o áreas en las que puede intervenir.

4 ACOSTA, Romero Miguel, Derecho administrativo, Porrúa, México, 1990, p. 43.

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5 BENOIT, Francis-Paul, El Derecho administrativo francés, Inst ituto de Estudios Administrat ivos, Madrid, 1977, p. 167.

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Ahora bien, de la definición jurídica de Estado moderno desprendemos que para existir forzosamente requiere de:

Elementos constitutivos del Estado

Población

Orden jurídico

GobiernoTerritorio

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Población

No existe Estado sin población, sobre todo si recordamos que su or igen primitivo se debe a la necesidad humana de conservación y satisfacción de necesidades elementales y que en su estructura moderna deriva de la unión de l iber tades que conformadas en poder soberano lo const ituyen como una inst itución jur ídica y política.

Es así que “los hombres que pertenecen a un Estado forman en su totalidad la población del mismo,”6 o como lo indica el maestro Héctor González Uribe “es el conjunto de seres humanos que habitan en un terr itorio, sin distinción de edad, sexo o condición social o política.” 7

Sin embargo la población también tiene una connotación jurídica, si acudimos a los estudios de Rousseau respecto a la población contenidos en su obra el Contrato social, le asigna a todo individuo una doble cualidad: la de ser citoyen , es decir ciudadano activo que participa en la formación de la voluntad común de creación del Estado, y la de ser sujet ; esto es un sometido a aquella voluntad.

En consecuencia, podemos definir a la población como los individuos cuya conducta se encuentra regulada por el orden jur ídic o nacional válido y vigente en un ter r itor io determinado . 8

individuos que se encuent ran dent ro del territorio que comparten

Mas no debemos confundir el término con el de sociedad, ya que éste es de carácter sociológico y comprende la unión de sujetos por vínculos de cultura y solidar idad en una vida en común, interactuando entre sí para lograr un propósito colectivo determinado.9

Siguiendo esta concepción, en nuestra Constitución Política se prevé dentro del art ículo 39° , que la soberanía nacional con la que se origina el Estado reside esencial y or iginariamente en el pueblo de donde dimana para beneficio de éste, concediéndole en todo momento el derecho inalienable de alterar o modificar la forma de gobierno o autodeterminación.

De igual forma, ya de manera específica el ordenamiento constitucional refer ido regula a la población dentro del capítulo II De los Mexicanos otorgándoles no sólo la calidad, sino derechos y obligaciones ante el Estado.

6 JELLINEK, George, op. cit., p. 379.7 GONZÁLEZ Ur ibe, Héctor, Teoría política, Porrúa, México, 1980, p. 86.8 ARNAÍZ, Amigo Aurora, Ética y Estado, 2ª ed., UNAM, México, 1975, p. 36.9 W ILSON, L. y Kolb, W., L., Diccionario de la UNESCO de ciencias sociales, Planeta-Agostini, Barcelona, 1987, p. 589.

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Terr itor io

Durante muchos siglos la idea de Estado no se vinculó al concepto territorio, en la antigüedad sólo se le contemplaba como una simple comunidad de individuos cuya identidad no estaba ligada necesariamente a un lugar de residencia.

Es hasta los siglos XVIII y XIX con el surgimiento del Estado moderno y la institucionalización del término soberanía dentro de los primeros ordenamientos constitucionales (comprendida ésta como el poder de autodeterminación inviolable, insuperable, imprescr iptible surgido del pueblo y para el pueblo), que lo involucró como un atr ibuto dentro del cual ejercer ese poder.

Al contemplar al Estado como una unidad socialmente efectiva, implícitamente involucra la unidad geográfica, tal como lo refiere Hans Kelsen: su existencia depende de la pretensión de tener un mismo territorio o área geográfica unida o separada en la que su población coexista e impere el poder político a través de un mismo orden jurídico.10

El terr itor io es considerado generalmente como una porción de la superficie terrestre encerrada en límites; sin embargo, como ámbito de validez y aplicación del orden jurídico nacional es un espacio tridimensional que no sólo

se extiende a lo ancho y largo, sino también en la altura y profundidad. En éste, el Estado ejerce su control y dominio en pro y beneficio de los derechos de la población que le dio origen.

La extensión territorial del Estado mexicano se conforma no sólo por el suelo, partes integrantes de la Federación, mar territorial, las islas, arrecifes y cayos de los mares adyacentes, la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional y las marítimas interiores; sino también por el espacio situado bajo y sobre el territorio nacional, así como las riquezas naturales que en ella se encuentran.

10 KELSEN, Hans, Teoría general del derecho y del Estado, Textos Universitarios, UNAM, México, p. 247.

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Gracias al principio de soberanía territorialimperio sobre los puntos de su territ orio y sobre las personas o cosas

El territorio tiene una doble función:

a) De impenetrabilidad al impedir que poderes extraños al Estado violen su soberanía y se apliquen dentro de su espacio.

b) De protección al amparar a todos los individuos que se encuentran en su interior otorgándole garantías de protección a sus derechos fundamentales como la propiedad, libertad, equidad, etcétera.

Art ículo 1º Const itucional

En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías

individuales que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restr ingirse ni

suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos

del extranjero que entren al terr itorio nacional alcanzarán por este solo hecho, su

libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional,

el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones

de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra

que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los

derechos y libertades de las personas.

Gobierno o poder polít ico

Es común escuchar el uso indistinto del término gobierno y poder político, siendo que cada uno tiene contextos diferentes involucrados.

El gobierno es la acción de dir igir con autor idad a través de un grupo de personas t itu lares de las diversas funciones del Estado. El gobierno federal en nuestro caso se integra por el Presidente de la República encabezando la act iv idad administrativa, el Jefe de Gobierno en el Distr ito Federal y los gobernadores de los estados en cada ent idad federat iva.

Por su parte, el poder tiene dos acepciones: como función del Estado que se manifiesta a través del ejecutivo, legislativo y judicial, o como aquel

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

al que el pueblo se encuentra sujeto producto de la soberanía nacional, de la que emana la validez y eficacia del orden juríd ico nacional.

En otras palabras, el poder es la capacidad de imponer la voluntad pro pia, a sí mismo y a los demás, en el caso del Estado, el gobierno son los individuos y órganos que asumen la acción del Estado. 11

Orden jurídico

Considerando los aspectos señalados en párrafos anter iores, el orden jurídico quizá sea el elemento más trascendente al estar involucrado con todos los aspectos de existencia, desarrollo y funcionamiento del Estado.

Por lo tanto, el orden jurídico es un sistema de normas reconocidas, practicadas y sancionadas dentro del terr itorio, regulando las funciones y relaciones entre las autoridades y los individuos con éstas y entre sí, a través de la ley fundamental también conocida como Constitución , encabezando toda la estructura normativa de la que derivan las leyes, reglamentos, constituciones estatales, bandos de policía y buen gobierno entre otras.

En México, una norma es válida al cumplir con los procedimientos formales de creación ante los órganos legislativos correspondientes y vigente al ser publicada en el Diario Oficial de la Federación o Gaceta respectiva; sin embargo el hecho de contar con ésta no implica que en realidad se cumpla de manera total o parcial aunque así debiera ser; ya que en diversas ocasiones el Estado carece de infraestructura humana y mater ial haciendo imposible su eficacia o aplicación.

desechos que ante su incumplimiento prevé la

no es efectiva su aplicación ya que no contamos

con la infraest ructura técnica y profesional para

de transferencia cuando se selecciona con el

propósito de reciclar y prevenir problemas serios

11 CUEVA, Mar io de la, La idea del Estado, 2ª ed., UNAM, México, 1980, p. 115.

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En consecuencia se crea el estado de derecho cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y eficacia cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.Para lograr su objetivo, el estado de derecho promueve los siguientes postulados:

Nadie se encuentra por encima de la ley y todos están sometidos a ésta. Confianza en la ley y los actos de autoridad derivados de ésta.

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Funciones del Estado

Hemos referido con anterioridad que el Estado es producto de la voluntad soberana del pueblo, confiriéndole un poder que de origen le faculta a autodeterminarse y dirigirse de forma inalienable, imprescriptible, indivisible e insuperable, hecho que sin una regulación jurídica podría parecer excesiva y caer

en un ejercicio abusivo de dicho poder. Es por ello que diversos autores a lo largo de la historia han expuesto teorías

relativas a organización de las actividades del Estado, los principales postulados son:

Aristóteles parte de la clasificación de las funciones del Estado gr iego y no del poder político, contemplando aquellas realizadas por el senado respecto a los asuntos de interés común, las relativas a la organización de autoridades en magistraturas, y las judiciales en manos del tr ibunal popular der ivando una división, bajo el pr incipio de “a sujetos distintos deben corresponder funciones diferentes”.John Locke br inda una explicación orgánica de las relaciones de poder dentro del Estado, clasificándolas en: ejecutivo correspondiéndole la ejecución de las normas, federativo encargado de las relaciones exter iores y, legislativo creador de las leyes.Montesquieu en contra del poder centralizado y absoluto de la monarquía, propone la separación de poderes como forma de organización del Estado a fin de garantizar el ejercicio de la libertad humana, aludiendo tres especies de poder público: legislat ivo para la creación, reforma, derogación y abrogación de las leyes; ejecut ivo para asuntos exter iores e inter iores y judicial encargado de cast igar los delitos y controversias civ iles.

El objetivo de los tres autores refer idos es evitar la concentración del poder en un solo órgano que propicie su ejercicio de manera absoluta y dictator ial, violando con ello los pr incipios democráticos y propiciando un esquema de pesos y contrapesos que garanticen el respeto a los derechos individuales.

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Siguiendo el pensamiento de Montesquieu todo Estado jurídicamente constituido cuenta con un solo poder que se estructura en órganos que desempeñan funciones de distinta naturaleza de manera independiente, facultados a su vez con la capacidad para frenar y vigilar la actuación de los demás órganos a través de las facultades delegadas.

En conclusión las funciones son el medio de acción para que el Estado, valiéndose del poder público, realice sus cometidos o atr ibuciones.

12

Con el fin de lograr el bien común, la interpretación y aplicación del interés general, la obediencia del mandato popular y el equilibr io y armonía de la población, las funciones del Estado se realizan a través de actos de derecho público emitidos por los órganos:

LegislativoJudicialAdministrativo o ejecutivo

Función legislat iva

A todo proceso de creación, reforma, adición, derogación o abrogación de normas se le conoce como función legislativa del Estado, cuyo fin es dotarle del marco jurídico suficiente para regular su actuación y el de la comunidad que lo integra, a fin de garantizar el respeto de sus derechos fundamentales.

12 FRAGA, Gabino, op. cit., p. 13.

Poderes del Estado

Judicial EjetutivoLegislativo

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

Técnicamente existen tres esquemas por los que se puede realizar la función legislativa:

El de colaboración , ya que el Poder Legislativo crea la ley y requiere de la intervención del Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación, iniciando con ello su vigencia.De independencia , ya que el legislativo por sí solo y sin el apoyo de ningún otro poder crea y le otorga vigencia a la norma.Y de referéndum , ya que quien sanciona en forma subsidiar ia y comple-mentaria de la función legislativa es el pueblo a través de su participación directa votando su aprobación. En otros casos el refrendo o referéndum se realiza por medio del plebiscito cuando se requiere la confirmación de un acto concreto.

Generalmente la función legislativa se lleva a cabo en forma de colaboración por el poder legislativo que actúa en el rango Federal a través del Congreso de la Unión conformado por la Cámara de Diputados o representantes del pueblo y la Cámara de Senadores o representantes de la Nación; y en los ámbitos locales por medio de las legislaturas integradas únicamente por Cámara de Diputados.

Función judicial

La función judicial queda en manos del Poder Judicial de la Federación conformada por la siguiente estructura:

Y se desarrolla pr imordialmente en dos momentos:

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunales Colegiados de

Circuito

Juzgados de Distrito

Consejo de la Judicatura Federal

Tribunal Electoral

Tribunales Unitarios

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CAPÍTULO 1. EL ESTADO

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Ident ificación. La norma se aplica a través de un procedimiento judicial al plantearse una controversia en la que un sujeto pretende el cumplimiento de alguna prestación, de dar, hacer o no hacer, en cuyo caso el tr ibunal reconoce la existencia de un hecho contrar io a la norma jurídica.

Claro ejemplo es la contienda civil de un divorcio necesario en el que el demandante requiere la separación del cónyuge culpable de abandono injustificado ante la negativa de éste para proceder voluntar iamente, de tal forma que el tr ibunal reconoce la contravención a la norma civil, por lo que declara la procedencia de la demanda y el desahogo del proceso correspondiente.

Aplicación . Se presenta cuando el tr ibunal ante la contienda que le es presen-tada ordena la aplicación de una sanción. En relación con el ejemplo expuesto en el punto anterior, una vez determinada la infracción se impone la sanción que puede involucrar no sólo la separación de cuerpos, sino la determinación de la patria potestad de los hijos menores de edad, la distribución de bienes y si así fue requerido, el pago de alimentos.

Función administ rat iva o ejecut iva

Se ha encomendado la función administrativa al poder ejecutivo encabezado a nivel federal por el Presidente de la República, local por los gobernadores de los estados o Jefe de Gobierno en el Distr ito Federal y municipal a cargo del presidente municipal, quienes en sentido mater ial, la realizan de las siguientes formas:

Por la naturaleza del acto puede ser act iva y conte nciosa. En la activa se producen y ejecutan actos administrativos; la contenciosa se da a través de los órganos del ejecutivo facultados para resolver conflictos entre los gobernados y la propia administración pública, ejemplo ante el Tribunal Contencioso Administrativo sea federal o local.Federal, local y municipal. De acuerdo con los niveles de gobierno.Por la condición de sus órganos puede ser cent ral iz ada, desconcent rada y descent ral izada o paraestatal. La centralizada cuando se concentra el poder en un órgano central unificado a través de las Secretarías de Estado o departamentos administrativos; desconcentrada cuando los entes públicos forman parte de los órganos centrales como el Instituto Nacional de Bellas Artes o el Instituto Politécnico Nacional y descentralizada cuando los órganos cuentan con personalidad jurídica, autonomía jerárquica y patr imonio propios como es el caso de Caminos y Puentes Federales, Comisión Federal de Electr icidad, Instituto Mexicano del Seguro Social, PROFECO, Lotería Nacional, entre otros.

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

Otras corrientes señalan que la función administrativa se realiza a través de dos modalidades: de gobierno y ejecución.

Los actos de gobierno son la manifestación política de la administración pública, tal es el caso de la suspensión de garantías que ordena el Presidente de la República cuando, motivo de una rebelión o evento destructivo de la naturaleza, se provoca trastorno público que pone en peligro la seguridad de los ciudadanos o del Estado.Por su parte los actos de ejecución se realizan de manera unilateral con el propósito de lograr el interés público mediante contratos, operaciones materiales, reglamentos etcétera.

De esta forma pareciera que el Poder Ejecutivo realiza la misma atribución

que los órganos judiciales, ya que llanamente se trata de aplicación de las normas; más los órganos administrativos ejecutan ciertas acciones sin la celebración de un juicio, tal es el caso de la imposición de multas administrativas, la clausura de un negocio o comercio o el otorgamiento de la licencia de funcionamiento de un consultorio médico.

Es por ello que la administración no es mera ejecución o aplicación de reglas generales a casos particulares, por que no se trata de una actividad autoritaria, posee un campo libre de iniciativa, que es limitado por reglas jurídicas.

Función administrativa

Jerarquía Naturaleza del acto Órganos

Activa Contenciosa Centralizada Desconcentrada ParaestatalFederal Local Municipal

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CAPÍTULO 1. EL ESTADO

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En resumen, como lo hemos expuesto, cada órgano realiza facultades or iginar ias de acuerdo con su propia naturaleza, aunque a manera de control, el derecho positivo mexicano vigente les confiere las siguientes facultades delegadas :

Al Poder Legislat ivo:

1. Actos adm inist rat ivos , a través del nombramiento de su personal, designación de funcionarios y empleados de la Contaduría Mayor de Hacienda; revisión de la cuenta pública, conceder autor izaciones para aceptar y usar condecoraciones extranjeras; autor izar servicios a gobiernos de otros países; resolver respecto de la solicitud del Jefe de Estado para salir del territorio nacional; el manejo de su biblioteca, su labor editorial, sanciones a legisladores por ausencias, ratificación de nombramientos que haga el Presidente respecto a cónsules, diplomáticos, funcionarios de hacienda o jefes militares.

2. Actos jur isdiccionales , en cuanto la instrucción de juicio político a altos funcionarios er igiéndose en Comisión Instructora celebrando un procedimiento parecido al jur isdiccional en cuyo término emite una resolución denominada declarator ia de procedencia.

Proceso

jurisdiccional.

Demanda del

cumplimiento

de prestaciones

o derechos.

Emplazamiento

del demandado,

se le da a

conocer el

reclamo.

Contestación

de la demanda.

Ofrecimiento,

desahogo y

valoración de

pruebas.

Alegatos y

sentencia.

Juicio

político.

Demanda de

desafuero.

Emplazamiento

del servidor

público.

Contestación

de la demanda

por el servidor

público.

Ofrecimiento,

desahogo y

valoración de

pruebas.

Declaratoria

de procedencia

sobre si se le

quita o no el

fuero.

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

A l Poder Ejecut ivo:

1. Actos legislat ivos con la expedición de reglamentos y disposiciones similares de carácter general, leyes de emergencia conforme al artículo 29 de la Constitución Federal, modificaciones legislativas de carácter impositivo de comercio exterior.

2. Actos jur isdiccionales por medio de las tareas del Tr ibunal Fiscal de la Federación y de los Tr ibunales Agrar ios, de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ciertos recursos administrativos y algunas actividades de la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Al Poder Judicial:

1. Actos legislat ivos a través de la emisión de reglamentos de carácter interno al crear jur isprudencia.

2. Actos administ rat ivos con la designación de jueces de distrito y magistrados de circuito, nombramiento del personal de distintas dependencias del Poder Judicial, elaboración del Proyecto de Egresos.13

1.3. El estado como entidad económica y su función social

Todos los servicios que ha de atender el gobierno de un país, y cuya organización y funcionamiento constituyen la administración estatal, se atienden por medio de las aportaciones económicas que a cada ciudadano se le imponen para contribuir a las atenciones públicas.

Respecto al manejo económico, los estados desarrollan acciones financieras encuadradas en el campo del gasto público que representa un importante volumen del producto interno bruto además de ser la vía por cuyo medio se solventan la mayor parte de las tareas estatales: vigilancia, educación, salubridad, relaciones exteriores, seguridad, conservación del patrimonio etcétera.

Por medio de las políticas del Estado se determina la marcha de la economía social de acuerdo con las prioridades estratégicas de la nación manifiestas en los presupuestos anuales con los que se prevén reglas sobre inversiones, generación directa o indirecta de empleos, índice de inflación, fomento industrial y comercial entre otros.

áreas prioritarias requieren de instrumentos tales como: el Plan Nacional de

13 FRAGA, Gabino, Derecho administrativo, Porrúa, México, 1993, p. 237.

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CAPÍTULO 1. EL ESTADO

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1. De la lectura del per iódico identifica cada uno de los elementos constitutivos del Estado y descr ibe la forma como se manifiestan.

2. Acude al centro de compilación del Poder Judicial de la Federación y solicita información respecto a su estructura y atribuciones.

3. Visita la biblioteca del Congreso de la Unión o la de la Asamblea de Representantes del Distr ito Federal y solicita informes respecto a sus estructuras y competencias.

4. Elabora un tr íptico ilustrando el equilibrio de poderes.

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

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CAPÍTULO 1. EL ESTADO

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

Respuestas a los ejercicios

Ejercicio 1

Ejercicio 2

Ejercicio 3

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CAPÍTULO 1. EL ESTADO

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Respuestas a la autoevaluación

Elementos del Estado

Pueblo Territorio Gobierno Orden Jurídico

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INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO

Bibliografía consultada

ACOSTA, Romero Miguel, Derecho administrativo, Porrúa, México, 1990.ARNAIZ Amigo, Aurora, Ética y Estado, 2ª. ed., UNAM, México, 1975.BENOIT, Francis-Paul, El derecho administrativo francés, Instituto de Estudios Administrativos, Madrid, 1977. BOBBIO, Norberto, Diccionario de política, Siglo XXI, México, 1981.CUEVA, Mario de la, La idea de Estado, 2ª. ed., UNAM, México, 1980.FRAGA, Gabino, Derecho administrativo, Porrúa, México, 1993.JELLINEK, George, Teoría general del Estado, Fondo de Cultura Económica,México, 2004.KAPLAN, Marcos, Estado y sociedad, UNAM, México, 1986.KELSEN, Hans, Teoría general del derecho y del Estado, Textos Universitar ios,UNAM, México.MONTESQUIEU, Charles de Sécodant, El espíritu de las leyes, SARPE, ColecciónLos Grandes Pensadores, España, 1984.ROUSSEAU, Jean Jacques, El contrato social, Colección Sepan Cuantos, núm. 113,Porrúa, México, 1996.W ILSON, L. y Kolb, W. L., Diccionario de la UNESCO de ciencias sociales, Planeta-Agostini, Barcelona, 1987, p. 589.

Leyes

Constitución Polít ica de los Estados Unidos Mexicanos, Por rúa, México, 2000.