capitulo diez normas de circulaciÓn arto 82. circulación; en una calzada de doble vía, todos los...

48
CAPITULO DIEZ CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN NORMAS DE CIRCULACIÓN

Upload: nohemi-campana

Post on 09-Mar-2015

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

CAPITULO DIEZCAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN NORMAS DE CIRCULACIÓN

Page 2: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto 82. Circulación;Arto 82. Circulación;En una calzada de doble vía,En una calzada de doble vía,

Todos los vehículos deberán Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y circular por la banda derecha y al centro del carril por el que se al centro del carril por el que se desplazan, debiendo de desplazan, debiendo de

mantener la distancia mínima mantener la distancia mínima suficiente, que les permita suficiente, que les permita realizar las realizar las maniobras de maniobras de circulación con la circulación con la seguridad seguridad necesaria. necesaria. Para guardar la distancia, la Para guardar la distancia, la

regla de los dos segundos es la regla de los dos segundos es la técnica correcta .técnica correcta .

Page 3: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

La Regla de los 02 segundos o más, es segura para guardar la distancia. Funciona así; cuando vamos circulando, ubicamos al vehículo que va adelante, con respecto a un punto fijo en la vía que este más delante de nosotros (puede ser un árbol, un rótulo, etc.) y cuando este pase por el punto fijo que seleccionamos, mentalmente contamos: 1101 ; 1102. Si al momento de decir 1102 nuestro vehículo va pasando por el punto fijo de referencia, entonces llevamos una distancia de seguridad de 02 segundos. V = D/T, D = V/T Velocidad 45 k/h, D?= 45k/h = 45.000 mts/3.600 seg.Distancia es igual a 12.5 mts. Por segundo

Distancia de Seguridad es la que Guardamos entre nuestro vehículo Y el vehículo que llevamos delante del nuestro.

Distancia de Seguridad

Page 4: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

DOBLE VIA UNA VIAUNA VIA

Arto. 83. Utilización de los carriles.Arto. 83. Utilización de los carriles.Las calles y avenidas de un carril, solo Las calles y avenidas de un carril, solo

podrán ser de una sola vía de circulación.podrán ser de una sola vía de circulación. En las calles y avenidas de dos o más En las calles y avenidas de dos o más carriles, el sentido de circulación será de carriles, el sentido de circulación será de doble vía y será establecido por la doble vía y será establecido por la Especialidad de Seguridad de Tránsito en Especialidad de Seguridad de Tránsito en coordinación con los gobiernos locales y el coordinación con los gobiernos locales y el Ministerio de Transporte e Infraestructura.Ministerio de Transporte e Infraestructura.

Page 5: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 84. Regulación para Arto. 84. Regulación para el Carril Doble y de el Carril Doble y de un Solo Sentido.un Solo Sentido.En aquellas vías de En aquellas vías de dos carriles con un dos carriles con un

mismo sentido de mismo sentido de circulación, el circulación, el transporte de carga y transporte de carga y pasajeros deberá pasajeros deberá circular circular siempre por el siempre por el carril carril derecho.derecho.

Art. 26, No. 23

Page 6: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Línea de borde

Línea de borde

Arto. 85. Utilización del Arcén.Arto. 85. Utilización del Arcén.Los vehículos de tracción animal, las bicicletas, vehículos para Los vehículos de tracción animal, las bicicletas, vehículos para discapacitados y carretones halados por personas, deberán discapacitados y carretones halados por personas, deberán de circular por la derecha del arcén u hombro de la calzada, de circular por la derecha del arcén u hombro de la calzada, donde así se disponga en las vías. En el caso, que no exista donde así se disponga en las vías. En el caso, que no exista arcén lo harán por la parte de la derecha de la calzada lo más arcén lo harán por la parte de la derecha de la calzada lo más alejada del centro de la misma.alejada del centro de la misma.

Page 7: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

DESV IOArto. 86. Supuestos Especiales.Arto. 86. Supuestos Especiales.En determinadas situaciones, y por En determinadas situaciones, y por

razones de razones de fluidez en la circulación o por fluidez en la circulación o por razones de razones de seguridad y previa señalización, seguridad y previa señalización, las las Autoridades de Tránsito podrán ordenar lo Autoridades de Tránsito podrán ordenar lo

siguiente:siguiente:1. Otro sentido de circulación, 1. Otro sentido de circulación,

prohibiéndose prohibiéndose total o parcialmente el acceso a total o parcialmente el acceso a partes de las partes de las vías, ya sea a determinados vías, ya sea a determinados vehículos o de vehículos o de manera general.manera general.

2.-El cierre de vías.2.-El cierre de vías.3. Fijar itinerarios concretos, o la 3. Fijar itinerarios concretos, o la

utilización de utilización de arcenes o de carriles en sentido arcenes o de carriles en sentido opuestos a las opuestos a las señales de tránsito normalmente señales de tránsito normalmente establecidas.establecidas.

Page 8: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 87. Restricciones Especiales.Para garantizar la fluidez en la circulación y evitar situaciones que la afecten, se podrán imponer restricciones o limitaciones al tránsito de

determinados vehículos en determinadas vías, las que serán de obligatorio cumplimiento para los usuarios.

Page 9: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.89. Dispositivos Especiales.Arto.89. Dispositivos Especiales.Para efectos de lo Para efectos de lo

dispuesto en dispuesto en el artículo el artículo anterior, los vehículos anterior, los vehículos deberán usar dispositivos deberán usar dispositivos especiales sonoros y luminosos especiales sonoros y luminosos

teniendo prioridad de uso teniendo prioridad de uso de vía de vía cuando accionen dichos cuando accionen dichos

dispositivos. En el caso de dispositivos. En el caso de los los vehículos que marchen en vehículos que marchen en

caravana lo harán caravana lo harán conforme a conforme a las disposiciones las disposiciones que para ello que para ello se determinen en se determinen en las normativas las normativas administrativas administrativas que para tal que para tal efecto establezca efecto establezca la Autoridad la Autoridad de Aplicación de de Aplicación de la presente la presente Ley.Ley.

Arto. 88. Régimen Preferente.Arto. 88. Régimen Preferente.Son vehículos de régimen preferente Son vehículos de régimen preferente los de la Policía Nacional, los de los de la Policía Nacional, los de Seguridad Presidencial, los de Seguridad Presidencial, los de Instituciones y Servicios de Instituciones y Servicios de

Emergencia, cuando circulen en Emergencia, cuando circulen en cumplimiento de sus funciones y cumplimiento de sus funciones y están están autorizados para circular por la autorizados para circular por la vía vía pública con normas de privilegios pública con normas de privilegios en en atención al servicio a que están atención al servicio a que están destinados.destinados.

Infracción de tto. Arto. 26 #7 C$ 200Infracción de tto. Arto. 26 #7 C$ 200

Page 10: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

ALTO

CE DAE L

PA S O

Arto. 90. Preferencia de PasoArto. 90. Preferencia de Paso.. En las Intersecciones, la preferencia de paso se ejecutará En las Intersecciones, la preferencia de paso se ejecutará atendiendo las señales de tránsito que las regulen.atendiendo las señales de tránsito que las regulen.

Page 11: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 91. Preferencia de Paso en Sitios sin Señales La preferencia de paso, donde no existan señales, será de la siguiente manera: El vehículo que continúe en la vía por la cual circula tendrá preferencia de paso sobre los vehículos que vayan a ingresar a dicha vía.

Page 12: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Tendrán preferencia de paso los vehículos que circulen sobre vías pavimentadas, frente a los que proceden de otras sin pavimentar.

Page 13: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Cuando dos vehículos que marchen en sentido contrario lleguen a una intersección al mismo tiempo y deseen tomar la misma vía en el mismo sentido de circulación, tendrá preferencia de paso el vehículo que gire a la derecha sobre el que gire a la izquierda

Page 14: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

EL CONDUCTOR UBICADO A LA IZQUIERDA CEDERÁ EL PASO AL QUE VENGA POR LA DERECHALA PREFERENCIA DE LA AVENIDA SOBRE LA CALLE

EL MAYOR CUIDADO DEL CONDUCTOR DEBE SER EN LAS INTERSECCIONES SIN EÑALES, RECUERDE LA LEY EN EL ARTICULO 91 PARRAFOS 1, 2 , 3.

C: ARTO. 91/ P. QUIJANO/W

En sitios sin señalesEn sitios sin señales

Page 15: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 92. Tramos y Estrechos, con Arto. 92. Tramos y Estrechos, con Pendiente. Pendiente. En las vías pequeñas y En las vías pequeñas y

estrechas en las que no sea estrechas en las que no sea posible el paso de dos posible el paso de dos vehículos vehículos que circulen en que circulen en sentido contrario y sentido contrario y no no hubiese señalización, la hubiese señalización, la preferencia la tendrá el que preferencia la tendrá el que hubiese entrado primero. En hubiese entrado primero. En los los tramos con pendientes, tramos con pendientes, en las en las circunstancias antes circunstancias antes señaladas, señaladas, la preferencia la la preferencia la tiene el que circule tiene el que circule en en sentido ascendente.sentido ascendente.

Page 16: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.93. Cesión de Paso enArto.93. Cesión de Paso enIntersecciones.Intersecciones.

El conductor de un El conductor de un vehículo, que haya de vehículo, que haya de ceder el paso a otro, no ceder el paso a otro, no deberá iniciar o continuar deberá iniciar o continuar su marcha, hasta haberse su marcha, hasta haberse asegurado que con ello no asegurado que con ello no fuerza al conductor del fuerza al conductor del vehículo que tiene vehículo que tiene prioridad de paso a prioridad de paso a modificar bruscamente la modificar bruscamente la trayectoria o la velocidad trayectoria o la velocidad del mismo, debiendo de del mismo, debiendo de demostrar con suficiente demostrar con suficiente antelación y especialmente antelación y especialmente con la reducción paulatina con la reducción paulatina de la velocidad, que de la velocidad, que efectivamente va a ceder efectivamente va a ceder el paso.el paso.

Page 17: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.94. Obstrucción de Paso.Arto.94. Obstrucción de Paso.Aún cuando goce de prioridad de paso, ningún conductor deberá penetrar con su Aún cuando goce de prioridad de paso, ningún conductor deberá penetrar con su vehículo en la intersección que cuente o no con semáforos si la situación de la vehículo en la intersección que cuente o no con semáforos si la situación de la circulación, es tal, que previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida y circulación, es tal, que previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida y obstruya la circulación transversal.obstruya la circulación transversal.Infracción de transito, arto. 26, # 17 C$ 300Infracción de transito, arto. 26, # 17 C$ 300

Page 18: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.95. Incorporación a la Circulación. El conductor de un vehículo estacionado en una vía o procedente de las vías de acceso a la misma, de sus zonas de servicios (gasolineras, supermercados, tiendas etc.) o de una

propiedad colindante que pretenda incorporarse a la circulación, deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos que circulen en su preferencia y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y velocidad de éstos, lo que advertirá con las correspondientes señales obligatorias para estos casos. ( luces de parqueo, pide vía y señales manuales )

Page 19: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 96. Cambio de Vía y Arto. 96. Cambio de Vía y Calzada.Calzada.El conductor de un vehículo El conductor de un vehículo que pretenda girar a la que pretenda girar a la

derecha o a la izquierda para derecha o a la izquierda para utilizar una vía distinta a utilizar una vía distinta a aquella por la que circula, o aquella por la que circula, o para para tomar otra calzada o salir tomar otra calzada o salir de la de la misma, deberá advertirlo misma, deberá advertirlo previamente con el pide vía o previamente con el pide vía o señales manuales, a los señales manuales, a los conductores de los vehículos conductores de los vehículos que que circulan detrás del suyo, circulan detrás del suyo, cerciorándose de que la cerciorándose de que la velocidad y distancia de los velocidad y distancia de los otros otros vehículos que se vehículos que se acercan en acercan en sentido contrario le sentido contrario le permitan permitan realizar la maniobra realizar la maniobra de giro a la de giro a la izquierda, sin izquierda, sin peligro.peligro.

Page 20: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.97. Respecto a la Prioridad de Carril.

Quien tiene la prioridad o preferencia ? Toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril, se llevará a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretenda ocupar, respetando las

señales.

N O C AM B IEDE C ARR IL

Page 21: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 98. Marcha en Reversa.Arto. 98. Marcha en Reversa.Las maniobras de marcha en Las maniobras de marcha en reversa en espacios cortos, reversa en espacios cortos, deberá de efectuarse deberá de efectuarse

lentamente, después de lentamente, después de haberlo haberlo advertido con las advertido con las señales señales preceptivas ( luces de preceptivas ( luces de retroceso y de retroceso y de parqueo ) y de parqueo ) y de haberse cerciorado de haberse cerciorado de que por que por las circunstancias de las circunstancias de visibilidad, espacio y tiempo visibilidad, espacio y tiempo necesario para efectuarla, no necesario para efectuarla, no va va constituir peligro alguno constituir peligro alguno para para los demás usuarios de la los demás usuarios de la vía.vía.

Infracción de transito, arto. 26, Infracción de transito, arto. 26, # 31,C$ 150# 31,C$ 150

Page 22: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 99. Aventajamiento.Arto. 99. Aventajamiento.Como norma general en todas las vías,(urbanas y rurales) las Como norma general en todas las vías,(urbanas y rurales) las

maniobras de aventajamiento deberán efectuarse por la izquierda maniobras de aventajamiento deberán efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda rebasar. En las vías de un solo del vehículo que se pretenda rebasar. En las vías de un solo carril no se carril no se deberá aventajar por ningún lado, ni derecha, ni deberá aventajar por ningún lado, ni derecha, ni izquierda. izquierda. Arto. 100. Normas Generales de Aventamiento.Arto. 100. Normas Generales de Aventamiento.

Antes de iniciar una maniobra de aventajamiento, el conductor Antes de iniciar una maniobra de aventajamiento, el conductor deberá advertirlo con suficiente antelación , con las señales deberá advertirlo con suficiente antelación , con las señales respectivas respectivas y comprobar que hay suficiente espacio en el carril y comprobar que hay suficiente espacio en el carril que pretende que pretende utilizar.utilizar.

Page 23: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 101. Respeto de la Preferencia.Arto. 101. Respeto de la Preferencia.Los conductores deberán de cerciorarse de que el conductor del Los conductores deberán de cerciorarse de que el conductor del vehículo que le precede no ha indicado su propósito de desplazarse al vehículo que le precede no ha indicado su propósito de desplazarse al mismo lado, en cuyo caso, deberá respetar la preferencia que a éste mismo lado, en cuyo caso, deberá respetar la preferencia que a éste le asiste.le asiste.

Page 24: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 102. Reintegro al Carril.Arto. 102. Reintegro al Carril.Los conductores deberán de asegurarse de que no se Los conductores deberán de asegurarse de que no se ha iniciado la maniobra de aventajar a su vehículo y ha iniciado la maniobra de aventajar a su vehículo y que tiene espacio suficiente para reintegrarse a su carrilque tiene espacio suficiente para reintegrarse a su carrilcuando termine el aventajamiento.cuando termine el aventajamiento.

Page 25: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

C: ARTO. 100, AL 1O4/

P. QUIJANO/W

Arto. 103. De la Ejecución.Arto. 103. De la Ejecución. Durante el aventajamiento, el conductor que lo efectúe; deber Durante el aventajamiento, el conductor que lo efectúe; deber

conducir su vehículo con una velocidad notoriamente superior a la conducir su vehículo con una velocidad notoriamente superior a la del del que pretende aventajar, dejando entre ambos una separación que pretende aventajar, dejando entre ambos una separación lateral lateral suficiente para realizarlo con seguridad.suficiente para realizarlo con seguridad.

Arto. 104. Supuesto Especial.Arto. 104. Supuesto Especial.A excepción de lo dispuesto en el artículo anterior, se podrá A excepción de lo dispuesto en el artículo anterior, se podrá

ejecutar ejecutar la maniobra de aventajamiento la maniobra de aventajamiento siempre y cuando se siempre y cuando se encuentre encuentre inmovilizadoinmovilizado un vehículo. La ley prohíbe adelantar en un vehículo. La ley prohíbe adelantar en línea línea continua amarilla cuando los dos vehículos están en marcha. continua amarilla cuando los dos vehículos están en marcha. Arto. 26 # 8, Arto. 26 # 8, C$ 300, a esta infracción, también se le incluye la # 9 C$ 300, a esta infracción, también se le incluye la # 9 invasión de invasión de carril C$ 400.carril C$ 400.

Page 26: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Para realizar la maniobra de adelantarEl conductor debe preguntarse lo siguiente:• Es necesario adelantar?• Me lo permite la señal y la ley?• Tiene potencia mi vehículo para realizar la maniobra?

Si las repuestas son afirmativas, entonces:• Vea los vehículos que vienen de frente• Vea los vehículos que vienen atrás• Ponga su pide vías• Revise su punto ciego• Recuerde para realizar esta maniobra necesita 1/3 mas de la velocidad del otro vehículo.• El tiempo para realizar la maniobra es de 5 a 10 segundos.• Regrese a su carril hasta que vea aparecer en el retrovisor derecho el vehículo que aventajo, revise punto ciego de la derecha

Normas decirculaciónArt. 99, 100,101,102,103104

Page 27: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

ERRORES AL ADELANTAR: Al Salir muy de cerca no tenemos posibilidades de ver los vehículos que vienen en sentido contrario y podemos sufrir un choque de frente …

… en cambio, desde una distancia prudente podemos ver si viene otro vehiculo en sentido contrario y retornar al carril a salvo.

Page 28: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Suponer compartir el espacio

•Arto. 85. Utilización del Arcén.•Los vehículos de tracción animal, las bicicletas, vehículos para discapacitados y carretones halados por personas, deben de circular por la derecha del arcén u, hombro de la calzada, donde así se disponga en las vías; en el caso, que no exista arcén lo harán por la parte de la derecha de la calzada lo más alejada del centro de la misma.

Page 29: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

. . Arto.105. Cruce de Pasos a Desnivel. Los conductores al aproximarse a Lugares donde existan pasos a desnivel

deberán reducir la velocidad por debajo de la máxima permitida, tomando las precauciones y medidas de seguridad del caso que ocurran

accidentes.

Arto. 106. Bloqueo del Paso Arto. 106. Bloqueo del Paso a Desnivel.En caso del bloqueo del paso a desnivel, ya sea por desperfecto mecánico En caso del bloqueo del paso a desnivel, ya sea por desperfecto mecánico del vehículo automotor u otra circunstancia, el conductor deberá a lo del vehículo automotor u otra circunstancia, el conductor deberá a lo

inmediato disponer de las señales de prevención ( triángulos reflexivos, inmediato disponer de las señales de prevención ( triángulos reflexivos, luces de luces de parqueo ) que adviertan el peligro con anticipación y tomar las parqueo ) que adviertan el peligro con anticipación y tomar las medidas necesarias medidas necesarias para el desalojo inmediato de la vía (llamar la grúa )para el desalojo inmediato de la vía (llamar la grúa )

31. PASO A DESNIVEL:31. PASO A DESNIVEL: Es el punto en el Es el punto en el que dos vías se interceptan entre sí, una por que dos vías se interceptan entre sí, una por encima de la otra para que la circulación encima de la otra para que la circulación vehicular se realice a diferentes niveles de la vehicular se realice a diferentes niveles de la superficie y en distintas direcciones.superficie y en distintas direcciones.

Page 30: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 107. Circulación con Puertas Cerradas.Arto. 107. Circulación con Puertas Cerradas.Todos los vehículos en general, circularán con las puertas Todos los vehículos en general, circularán con las puertas

cerradas, las que se abrirán únicamente cuando estén cerradas, las que se abrirán únicamente cuando estén inmovilizados inmovilizados totalmente, cerciorándose de que ello no constituya totalmente, cerciorándose de que ello no constituya ningún peligro o atraso ningún peligro o atraso para sus ocupantes y demás usuarios de la para sus ocupantes y demás usuarios de la vía. vía.

En el caso de los vehículos destinados al transporte En el caso de los vehículos destinados al transporte colectivo,(buses) cumplirán con la misma disposición, abriendo las colectivo,(buses) cumplirán con la misma disposición, abriendo las puertas únicamente para el ascenso y descenso de pasajeros, en puertas únicamente para el ascenso y descenso de pasajeros, en los lugares destinados para ello. De lo contrario se incurre en la los lugares destinados para ello. De lo contrario se incurre en la Infrac. Arto 26, # 11. C$ 400Infrac. Arto 26, # 11. C$ 400En ningún caso reiniciarán la marcha cuando hayan pasajeros En ningún caso reiniciarán la marcha cuando hayan pasajeros subiendo o bajando del medio de transporte, debiendo cerrar las subiendo o bajando del medio de transporte, debiendo cerrar las puertas antes de iniciar la marcha.puertas antes de iniciar la marcha.

Page 31: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.108. Transporte de Carga Especializada.Arto.108. Transporte de Carga Especializada.Se entiende como tal el vehículo dedicado a Se entiende como tal el vehículo dedicado a transportar gases tóxicos, químicos, explosivos o transportar gases tóxicos, químicos, explosivos o materiales inflamables, el cual deberá operar sobre la materiales inflamables, el cual deberá operar sobre la base de una guía de ruta autorizada por la base de una guía de ruta autorizada por la

especialidad de Seguridad de Tránsito.especialidad de Seguridad de Tránsito.Arto.109. Apagado de Motor.Arto.109. Apagado de Motor.

Aún cuando el conductor no abandone su puesto, Aún cuando el conductor no abandone su puesto, deberá apagar el motor siempre que se estacione, deberá apagar el motor siempre que se estacione, sea en lugares cerrados y especialmente durante la sea en lugares cerrados y especialmente durante la carga de combustible.carga de combustible.

Page 32: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.110. Dispositivos de Seguridad.Arto.110. Dispositivos de Seguridad.Los conductores de vehículos están obligados a usar el Los conductores de vehículos están obligados a usar el cinturón de seguridad, extinguidores y demás cinturón de seguridad, extinguidores y demás dispositivos de seguridad establecidos por las Autoridades de Tránsito, dispositivos de seguridad establecidos por las Autoridades de Tránsito, la ley o los reglamentos. Los motociclistas deberán hacer uso del la ley o los reglamentos. Los motociclistas deberán hacer uso del casco y demás elementos de protección. casco y demás elementos de protección. La especialidad de Seguridad de Tránsito Nacional el uso de La especialidad de Seguridad de Tránsito Nacional el uso de dispositivos especiales, sirenas y halógenos en vehículos particulares dispositivos especiales, sirenas y halógenos en vehículos particulares y los de aquellos que marchen en caravanas y que no estén y los de aquellos que marchen en caravanas y que no estén comprendidos entre los vehículos de régimen preferente.comprendidos entre los vehículos de régimen preferente.Administrativamente se establecerán los procedimientos y Administrativamente se establecerán los procedimientos y medidas a establecer frente a las circunstancias operativas medidas a establecer frente a las circunstancias operativas considerando las condiciones de la conducción.considerando las condiciones de la conducción.

Page 33: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto.111. Tiempo de Descanso y Conducción.Arto.111. Tiempo de Descanso y Conducción.Los conductores de vehículo automotor, en Los conductores de vehículo automotor, en especial los que por exigencias del tipo de especial los que por exigencias del tipo de servicio de transporte que prestan o por servicio de transporte que prestan o por

motivos de seguridad, deberán atender el motivos de seguridad, deberán atender el horario máximo permitido para la conducción horario máximo permitido para la conducción y y tomar el descanso que administrativamente tomar el descanso que administrativamente se se determinedetermine..

Page 34: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 112. Permitir el paso a vehículos de rápida CirculaciónArto. 112. Permitir el paso a vehículos de rápida CirculaciónEn los casos que haya línea continua y que un vehículo lento En los casos que haya línea continua y que un vehículo lento

vaya de puntero en la carretera, sea éste tractor, vehículo de vaya de puntero en la carretera, sea éste tractor, vehículo de tracción tracción animal, vehículo con desperfecto mecánico o vehículo animal, vehículo con desperfecto mecánico o vehículo

sobrecargado, que entorpezca la libre circulación del tráfico y sobrecargado, que entorpezca la libre circulación del tráfico y que vayan más de tres vehículos detrás de éste, deberá que vayan más de tres vehículos detrás de éste, deberá salirse al salirse al hombro de la carretera, para dar acceso libre al hombro de la carretera, para dar acceso libre al tránsito de los que tránsito de los que vayan por la vía.vayan por la vía.

Page 35: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 113. Autorización para doblar a la derecha con Arto. 113. Autorización para doblar a la derecha con semáforo en rojo.semáforo en rojo.Se autoriza a todos los conductores de vehículo Se autoriza a todos los conductores de vehículo automotor, para que al momento de conducir y automotor, para que al momento de conducir y tomando las precauciones del caso, a su riesgo y tomando las precauciones del caso, a su riesgo y responsabilidad, gire todo el tiempo a la derecha, responsabilidad, gire todo el tiempo a la derecha, en cualquier semáforo que se encuentre en luz en cualquier semáforo que se encuentre en luz roja.roja.

Page 36: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 114. Parqueos privados para la prestación del servicio al públicoArto. 114. Parqueos privados para la prestación del servicio al públicoCorresponde a los gobiernos locales, en coordinación con la Especialidad de Corresponde a los gobiernos locales, en coordinación con la Especialidad de Seguridad de Tránsito, otorgar los permisos correspondientes para el Seguridad de Tránsito, otorgar los permisos correspondientes para el funcionamiento de los parqueos privados y determinar el valor de los permisos funcionamiento de los parqueos privados y determinar el valor de los permisos tomando en consideración el área presunta a utilizar.tomando en consideración el área presunta a utilizar.En cualquier caso, las tarifas por la prestación de éste servicio se determinará En cualquier caso, las tarifas por la prestación de éste servicio se determinará por hora, por día o por medio de cualquier otra modalidad que las partes por hora, por día o por medio de cualquier otra modalidad que las partes convengan.convengan.

Arto. 115. Regulación de circulación de los vehículos que transportan Arto. 115. Regulación de circulación de los vehículos que transportan madera.madera.Se prohíbe la circulación de los vehículos que transportan madera en Se prohíbe la circulación de los vehículos que transportan madera en rollo y rollo y aserrada, entre la 6 de la tarde y las cinco de la mañana.aserrada, entre la 6 de la tarde y las cinco de la mañana.

Arto. 116. Regulación de vehículos de 160 quintales.Arto. 116. Regulación de vehículos de 160 quintales.La autoridad de aplicación de la presente ley, en coordinación con el Ministerio La autoridad de aplicación de la presente ley, en coordinación con el Ministerio

de Transporte e Infraestructura y los gobiernos locales, establecerá las de Transporte e Infraestructura y los gobiernos locales, establecerá las disposiciones necesarias para la regulación de la circulación de vehículos de disposiciones necesarias para la regulación de la circulación de vehículos de más de 160 quintales de carga, así como la regulación de éstos en calles y más de 160 quintales de carga, así como la regulación de éstos en calles y avenidas de las ciudades del país.avenidas de las ciudades del país.

Page 37: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 135. Estacionamiento de los Vehículos.Arto. 135. Estacionamiento de los Vehículos.El estacionamiento de los vehículos automotor debe de realizarse El estacionamiento de los vehículos automotor debe de realizarse siempre fuera de la calzada, por el lado derecho, debiendo dejar siempre fuera de la calzada, por el lado derecho, debiendo dejar libre el arcén u hombro, donde lo hubiere, con el cuidado de no libre el arcén u hombro, donde lo hubiere, con el cuidado de no obstaculizar la circulación vehicular, ni constituir riesgo alguno obstaculizar la circulación vehicular, ni constituir riesgo alguno para los para los demás usuarios y peatones.demás usuarios y peatones.Durante el período de estacionamiento se ejecutarán las medidas de Durante el período de estacionamiento se ejecutarán las medidas de seguridad necesarias que aseguren la inmovilidad del vehículo, siendo seguridad necesarias que aseguren la inmovilidad del vehículo, siendo obligatorio para esto el uso de triángulos y demás señales lumínicas obligatorio para esto el uso de triángulos y demás señales lumínicas que indiquen con certeza el estado y condiciones del vehículo.que indiquen con certeza el estado y condiciones del vehículo.En ningún caso los vehículos podrán ser abandonados en la vía, de En ningún caso los vehículos podrán ser abandonados en la vía, de ser así, los Agentes de Tránsito aplicarán el servicio de grúa a costa ser así, los Agentes de Tránsito aplicarán el servicio de grúa a costa del propietario del vehículo y lo depositarán en el parqueo que para del propietario del vehículo y lo depositarán en el parqueo que para tal fin haya determinado la autoridad de aplicación de la presente Ley tal fin haya determinado la autoridad de aplicación de la presente Ley en coordinación con los gobiernos locales respectivos.en coordinación con los gobiernos locales respectivos.

DE LAS PARADAS Y DE LAS PARADAS Y EL ESTACIONAMIENTOEL ESTACIONAMIENTO

Page 38: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

ESTACIONAMIENTO

26. PARADA: Es el lugar determinado y señalizado, en algunos casos para la inmovilización de cualquier vehículo, fuera de la vía, (de la calzada o calle) durante un tiempo inferior de cinco minutos, sea para bajar o subir pasajeros y/o carga, bajo la presencia del conductor, con las señales de tránsito requeridas (luces de parqueo)y las precauciones que en el caso amerite.

Page 39: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

18. ESTACIONARSE: Detener un vehículo en un lugar de la vía pública, que esta previamente determinado para tal efecto, para que en un tiempo necesario pueda subir o bajar personas o cargas, sin obstaculizar la libre circulación vehicular, pudiendo estar presente o no el conductor. (No estacionar 30 mts. Antes de la intersección )19. ESTACIONAMIENTO: Área Especial fuera de la vía destinada exclusivamente para el parqueo de los vehículos automotores.

Page 40: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 136. Lugares Destinados a la paradas.Arto. 136. Lugares Destinados a la paradas.Los servicios de taxi, tienen prohibido realizar parada sin antes hacer las Los servicios de taxi, tienen prohibido realizar parada sin antes hacer las señales correspondiente. No pueden hacerlo en boca calle, en medio de señales correspondiente. No pueden hacerlo en boca calle, en medio de la vía, detenerse súbitamente y efectuar maniobras que afecten la libre la vía, detenerse súbitamente y efectuar maniobras que afecten la libre circulación. Además no deberán permitir subir o bajar pasajeros por el circulación. Además no deberán permitir subir o bajar pasajeros por el

lado izquierdo.lado izquierdo.Arto, 137. Uso de sistema de luces.Arto, 137. Uso de sistema de luces.

Todos los vehículos que circulen entre las seis de la tarde y las seis de la Todos los vehículos que circulen entre las seis de la tarde y las seis de la mañana harán uso del sistema de luces del vehículo, práctica que se mañana harán uso del sistema de luces del vehículo, práctica que se establece como un deber y obligación para los conductores de vehículos establece como un deber y obligación para los conductores de vehículos automotores que circulen durante el tiempo especificado.automotores que circulen durante el tiempo especificado.También será obligatorio el uso del sistema de luces y halógenos cuando También será obligatorio el uso del sistema de luces y halógenos cuando se circule en un carril que excepcionalmente esté autorizado a circular en se circule en un carril que excepcionalmente esté autorizado a circular en sentido contrario al normalmente utilizado y cuando existan condiciones sentido contrario al normalmente utilizado y cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la

visibilidad, sea niebla, lluvia, humo, polvo o de cualquier otra índole, visibilidad, sea niebla, lluvia, humo, polvo o de cualquier otra índole, siempre y siempre y cuando de forma evidente y notoria el caso exija meritoriamente cuando de forma evidente y notoria el caso exija meritoriamente el uso del el uso del sistema de luces del automotor.sistema de luces del automotor.

Page 41: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

•Errores de la conducción nocturna:

1. DEDICARSE A PELEAR CAMBIO DE LUCES, “ Si no baja las luces yo tampoco “ Algunos conductores

corremos peligro al pensar así, y además irrespetamos la ley en el arto.23

Page 42: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

LUCES DE CRUCE O BAJAS50 mts adelante

LUCES ALTAS, 150 mts adelante

Page 43: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

TECNICA DE CONDUCCION NOCTURNA

Page 44: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 138 Abandono de vehículo y servicio de grúa.

Se autoriza a la Policía Nacional, por medio Se autoriza a la Policía Nacional, por medio de la Especialidad de Seguridad de de la Especialidad de Seguridad de Tránsito, para que proceda, con el servicio Tránsito, para que proceda, con el servicio de grúa a costa del propietario del vehículo, de grúa a costa del propietario del vehículo, a retirar éstos de la vía pública y a retirar éstos de la vía pública y depositarlos en el lugar destinado en depositarlos en el lugar destinado en coordinación con los gobiernos locales, en coordinación con los gobiernos locales, en los casos siguientes: los casos siguientes: 1. Cuando se presuma abandonado.1. Cuando se presuma abandonado.2. En caso de accidentes cuyos resultados 2. En caso de accidentes cuyos resultados ocasionen lesiones o muertes o no ocasionen lesiones o muertes o no habiéndolos, que los daños sean tal que habiéndolos, que los daños sean tal que imposibiliten su circulación.imposibiliten su circulación.3. Cuando sean estacionados en lugares no 3. Cuando sean estacionados en lugares no autorizados.autorizados.4. Cuando el conductor del vehículo incurra 4. Cuando el conductor del vehículo incurra en delitos o faltas propios del tránsito, u otro en delitos o faltas propios del tránsito, u otro tipo de delitos comprendidos en el Código tipo de delitos comprendidos en el Código Penal o que en virtud de éstos se Penal o que en virtud de éstos se encuentren circulados por la autoridad encuentren circulados por la autoridad competente.competente.

Page 45: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 139. Obstrucción del Tráfico Arto. 139. Obstrucción del Tráfico Vehicular.Vehicular.En los casos de los vehículos que se En los casos de los vehículos que se encuentren mal estacionados o lo que por encuentren mal estacionados o lo que por desperfectos técnico o mecánicos desperfectos técnico o mecánicos obstaculicen el tráfico vehicular en las obstaculicen el tráfico vehicular en las calles o carreteras del país, serán retirados calles o carreteras del país, serán retirados por la Policía Nacional de Tránsito, por la Policía Nacional de Tránsito, haciendo uso del servicio de grúa publico o haciendo uso del servicio de grúa publico o privado a costas del propietario, y privado a costas del propietario, y depositados en los garajes o parqueos depositados en los garajes o parqueos públicos que para tal efecto determine la públicos que para tal efecto determine la autoridad en coordinación con los autoridad en coordinación con los gobiernos locales. El pago o el gobiernos locales. El pago o el comprobante del mismo deberá ser comprobante del mismo deberá ser efectuado o presentado por el propietario efectuado o presentado por el propietario al momento del reclamo del vehículo.al momento del reclamo del vehículo.

Page 46: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Arto. 159. Velocidad Mínima y Máxima, yArto. 159. Velocidad Mínima y Máxima, yUbicación de Señales.Ubicación de Señales.Par los fines y efectos de la Par los fines y efectos de la presente Ley, se establece como presente Ley, se establece como velocidad máxima para el velocidad máxima para el

perímetro urbano, 45 km/h para perímetro urbano, 45 km/h para las las pistas 60 km por hora, pistas 60 km por hora, prevaleciendo prevaleciendo los límites de los límites de velocidad que indiquen velocidad que indiquen las las

señales de transito. En las señales de transito. En las carreteras la velocidad máxima carreteras la velocidad máxima será será de 100 Km/hora, salvo los de 100 Km/hora, salvo los límites límites que indiquen las señales que indiquen las señales

de tránsito.de tránsito.

Page 47: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

Le recordamos a nuestros clientes y amigos que ofrecemos:

Charlas sobre educación vial para conductores autorizados, tanto a empresas, cooperativas e individuales.

Preparamos conductores nuevos para el examen teórico de tránsito

Seminarios de educación vial para peatones en las empresas, oficinas y centros de trabajos.

Teléfono 2553419

Page 48: CAPITULO DIEZ NORMAS DE CIRCULACIÓN Arto 82. Circulación; En una calzada de doble vía, Todos los vehículos deberán circular por la banda derecha y al

ATENCION LE OFRECEMOS LOS SERVICIOS DE CAPACITACIONATENCION LE OFRECEMOS LOS SERVICIOS DE CAPACITACION

EN INFORMATICA, DISEÑO EN ARTES GRAFICAS. ETC.EN INFORMATICA, DISEÑO EN ARTES GRAFICAS. ETC.

INICIO

TeléfonoTeléfono No. 2330789.

Celular

No. 8893600