capítulo 7
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Capítulo 7Actos jurídicos en Actos jurídicos en
particular: particular: actos de comercio y actos de comercio y
relaciones de consumorelaciones de consumo•Actos de comercio. Aproximación a una definición. Su importancia.
•Clasificación. Enumeración legal. Análisis del artículo 8º del Código de Comercio. Otros actos de comercio.
•Relaciones de consumo. Su inclusión en la C. N. de 1994. Concepto de la Ley 24.240. Alcances. Contratos de consumo: concepto. Cláusulas ineficaces.
Actos de comercioActos de comercio
Aproximación a una definición.Aproximación a una definición.
Sistemas:Sistemas:
Normas que consignan un principio general, por ej.: “intermediación en el cambio”
Normas que no definen, sino que enumeran los actos de comercio
Sistema del Código de Comercio Argentino
DERECHO COMERCIAL: conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los comerciantes
entre sí y las consecuencias de los actos de comercio.
Concepción subjetiva Concepción objetiva
Los actos de los comerciantes se “presumen” actos de comercio, salvo prueba en contrario. (art. 5 Cód. Com.)
“Los que verifican accidentalmente algún acto de comercio no son considerados comerciantes. Sin embargo, quedan sujetos, en cuanto a las controversias que ocurran sobre dichas operaciones, a las leyes y jurisdicción del comercio”. (art. 6 Cód. Com.
“Si un acto es comercial para una sola de las partes, todos los contrayentes quedan por razón de él, sujetos a la ley mercantil, excepto a las disposiciones relativas a las personas de los comerciantes, y salvo que la disposición de dicha ley resulte que no se refiere sino al contratante para quien tiene el acto carácter comercial”. (art. 7 Cód. Com.
Enumeración legal (art. 8 Cód. Com.)
Conceptos de “acto de Conceptos de “acto de comercio”:comercio”:
““La materia de comercio es todo La materia de comercio es todo supuesto de hecho al que la supuesto de hecho al que la
ley considera mercantil” ley considera mercantil” (Fontanarrosa).(Fontanarrosa).
““Acto de comercio es todo acto Acto de comercio es todo acto atinente a la materia atinente a la materia comercial” (Vivante).comercial” (Vivante).
““Acto intrínsecamente mercantil Acto intrínsecamente mercantil es todo aquel que realiza o es todo aquel que realiza o
facilita una interposición en el facilita una interposición en el cambio” (Rocco).cambio” (Rocco).
Enumeración legalEnumeración legal Solo la ley declara la
comercialidad de los actos
El art. 8 Cod. Com. enuncia los actos considerados
“objetivamente” mercantiles
La enunciación tiene carácter ejemplificativa, no taxativa.
Es de “Orden Público”
De allí que
Articulo 8 Código de Articulo 8 Código de ComercioComercio
“ La ley declara actos de comercio en general: 1.- Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un
derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor;
2.- La trasmisión a que se refiere el inciso anterior; 3.- Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate; 4.- Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o
cualquier otro género de papel endosable o al portador; 5.- Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales,
depósitos o transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra;
6.- Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto; 7.- Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos,
provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo; 8.- Las operaciones de los factores tenedores de libros y otros
empleados de los comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien dependen;
9.- Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los comerciantes;
10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación comercial;
11.- Los demás actos especialmente legislados en este Código”.
ClasificaciónClasificación
1.Actos de comercio por su naturaleza
2.Actos de comercio por conexión
3.Actos de comercio por
disposición de la ley
1. 1. Actos de comercio por su naturalezaActos de comercio por su naturaleza
Son aquellos típicamente mercantiles. Implican interposición en el cambio (definición tomada de la economía política)
Interposición Interposición en el cambioen el cambio
De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)
De dinero (inc. 3):De dinero (inc. 3):
AdquisiciónAdquisición ≠≠ compracompraA título oneroso
Cosas muebles o Cosas muebles o derechos sobre ellasderechos sobre ellas
Enajenación en el Enajenación en el mismo estado o luego mismo estado o luego de su transformación de su transformación (forma de mayor o menor (forma de mayor o menor
valor)valor)
Operaciones de bancoOperaciones de bancoactivas
pasivas
Operación de cambioOperación de cambio
Ánimo de lucro
manual
trayecticio
2.Actos de comercio por conexión2.Actos de comercio por conexiónCon actos naturalmente
mercantiles o con la actividad de comercio
Conexión que hay que demostrar en cada caso
Conexión que se presume por ley
Tales los supuestos de:Mandato comercial y comisión (art. 221 y 222 Cód. Com.), Fianza comercial (inc. 10 y art. 478 Cód. Com.), Mutuo (art. 558 Cód. Com.), Depósito (art. 572 Cód. Com.), Prenda (art. 8 inc. 10 y 580 Cód. Com.), etc.
Son todos los actos no identificados y comprendidos bajo la presunción genérica del artículo 5 segundo párrafo;
como así también las operaciones de los factores y empleados en cuanto conciernen al comercio del principal (Art. 8, inc. 8) .
3.3. Actos de comercio por disposición Actos de comercio por disposición de la leyde la ley
Inc. 3
Corretaje
Remate
Intermediación entre oferta y demanda
Venta en pública subasta martillero
Inc. 4
Operaciones cambiarias
(letras de cambio)
Cheques
Papeles de comercio
endosables o al portador
Títulos de crédito
Inc. 5 Empresas
De fábrica
Mandato
Depósito
Transporte
Comisión
cosaspersona
sPor agua o por tierra
Inc. 6
Seguros
Sociedades
anónimas
Inc. 11
Actos de comercio no enumeradosActos de comercio no enumerados
«Los demás actos especialmente legislados en
este Código».La doctrina entiende
también los incorporados por leyes especiales, y los que tienen tipicidad socialEjemplos: Ejemplos:
Modernos contratos comerciales: franchising, leasing, underwriting, concesión, distribución, Joint ventures, etc. (algunos de tipicidad social admitidos como tales por la jurisprudencia).Todas las demás sociedades comerciales de la Ley 19550 (el art. 8 solo nombra a las S.A).La prenda con registro, el warrant (como garantías comerciales)Empresas de diversa índole (transporte aéreo, servicios y bienes: espectáculos, transporte de noticias, software, medicina prepaga, educación privada, etc.)
Actos excluidosActos excluidosArt. 452 Cód. Com.:Art. 452 Cód. Com.:
No se consideran mercantiles:
1. Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz;
2. Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona por cuyo encargo se haga la adquisición;
3. Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y ganados;
4. Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y efectos que perciban por razón de renta, dotación, salario, emolumento u otro cualquier título remuneratorio o gratuito;
5. La reventa que hace cualquier persona del resto de los acopios que hizo para su consumo particular.
Sin embargo, si fuere mayor cantidad la que vende que la que hubiese consumido, se presume que obró en la compra con ánimo de vender y se reputan mercantiles la compra y la venta.
Inc. 9, art. 8 Cód. Com. Inc. 9, art. 8 Cód. Com. corresponde al Derecho Laboralcorresponde al Derecho Laboral
Relación de consumoRelación de consumoConstitución Constitución
Nacional Nacional (reforma de (reforma de
1994)1994)
Derechos de Tercera Generación
Art. 42: Derechos del Consumidor
Noción omnicomprensiva: “relación de consumo”
Ley 24.240 Ley 24.240 “Defensa del “Defensa del Consumidor” Consumidor” (reformada (reformada
por Ley por Ley 26361 en el 26361 en el año 2008)año 2008)
Incorpora
Art. 1: concepto amplio de consumidorArt. 3: define relación de consumo
De lo que deriva:
relación de consumo ≠≠ contrato de consumo
Relación de consumo
Art. 3
vinculo jurídicoConsumidor o usuario proveedor
1. toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa como destinatario
final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.
Art. 1 Art. 2, primer párrafo
2. se considera asimismo consumidor o usuario a quien, sin ser parte de
una relación de consumo, como consecuencia o en ocasión de ella
adquiere o utiliza bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo
familiar o social, 3. a quien de cualquier manera está expuesto a una relación de consumo.
Contrato de consumo
Es la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios. Todo proveedor está obligado al cumplimiento de la presente ley.
Cláusulas ineficaces en los contratos de consumo
Cláusulas abusivas
ARTICULO 37. — Interpretación. Sin perjuicio de la validez del contrato, se tendrán por no convenidas:a) Las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la responsabilidad por daños;b) Las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte;c) Las cláusulas que contengan cualquier precepto que imponga la inversión de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.En caso en que el oferente viole el deber de buena fe en la etapa previa a la conclusión del contrato o en su celebración o transgreda el deber de información o la legislación de defensa de la competencia o de lealtad comercial, el consumidor tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato o la de una o más cláusulas. Cuando el juez declare la nulidad parcial, simultáneamente integrará el contrato, si ello fuera necesario.