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________________________________________________________________________________ Estados Financieros Consolidación Capítulo V CONSOLIDACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS 1. Inversiones y Consolidaciones 2. Empresas Relacionadas 3. Objetivos y Metodología de Consolidación 4. Consolidación del Balance 5. Consolidación del Estado de Resultados 6. Consolidación del Estado de Flujo de Efectivo 7. Consolidación del Estado de Cambios 8. Preguntas Página 1

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Page 1: Capitulo 5 Consolidación

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Capítulo V

CONSOLIDACIÓN

DE ESTADOS

FINANCIEROS

1. Inversiones y Consolidaciones2. Empresas Relacionadas3. Objetivos y Metodología de Consolidación4. Consolidación del Balance5. Consolidación del Estado de Resultados6. Consolidación del Estado de Flujo de Efectivo7. Consolidación del Estado de Cambios8. Preguntas

1. INVERSIONES Y CONSOLIDACIONES

Concepto y Clasificación de Inversiones

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La expresión inversiones tiene varias acepciones. Se emplea, preferentemente, aunque de muy diversas maneras, para designar el uso rentable o productivo de los recursos. En comparación y oposición al gasto, las inversiones son retornables y producen réditos, lo que en términos generales no sucede con el gasto. Por ejemplo, hay inversión en la compra de un bien raíz y hay gastos cuando, para mejorar su aspecto, periódicamente se pinta.

A partir de esta distinción, podemos mencionar alguna de las múltiples clasificaciones de las inversiones.

Atendiendo al objeto de las inversiones, se habla de inversiones físicas y financieras. Las primeras corresponden a la adquisición de bienes durables o de capital, activos fijos en el caso de empresas; y las segundas, a depósitos, derechos, acciones u otros instrumentos financieros.

Según los instrumentos y rentabilidad de estos, hay inversiones de renta fija y renta variable. En las de renta fija como los depósitos a plazo, pagarés, bonos y debentures, se conoce el valor de rescate de la inversión y su rendimiento al momento de efectuar la inversión. En las de renta variable como las acciones o derechos en sociedades, el rescate de la inversión y su rendimiento depende de situación de mercado, cotizaciones en bolsa, resultados de las empresas emisoras, entre otros factores.

De acuerdo al período que se mantengan, las inversiones financieras se clasifican en corto plazo y largo plazo. Remitiéndonos a las empresas, las inversiones de corto plazo están relacionadas con criterios sobre administración de capital de trabajo, para tratar de conseguir mejores aprovechamientos de los excedentes de caja; son a plazos cortos o corresponden a instrumentos de muy fácil liquidación. Las de largo plazo, en tanto, tienen un carácter más permanente, se efectúan para diversificar riesgos, controlar otros negocios, asegurar suministros u otros propósitos de carácter estable.

Estas clasificaciones, resumidas en el cuadro siguiente, no son excluyentes entre sí. Por ejemplo, una inversión financiera puede ser de corto o largo plazo, de renta fija o variable, lo mismo que las inversiones físicas, aun cuando éstas tienden a ser de largo plazo, salvo cuando se trata de algún negocio de ocasión u oportunidad.

TIPOS DE INVERSIONES

Clasificación de la SVS

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Sobre clasificaciones de inversiones, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), en la Circular NQ 368 de 1983, establece para fines de valorización y presentación en los estados financieros dos categorías de inversiones con tres grupos cada una. Estas son:

I. Inversiones en acciones y derechos en sociedades

1. Acciones con o sin cotización bursátil, que representen menos del10 % del capital social de la emisora.

2. Acciones con o sin cotización bursátil y derechos en sociedades, que representen el 10 % o más del Capital social de la emisora.

3. Acciones sin cotización bursátil y derechos en sociedades, que repre senten menos del 10 % del Capital social de la emisora.

II. Inversiones en otros instrumentos

1. Efectos de comercio. Son los valores de oferta pública como pagarés o letras, representativos de obligaciones a plazos inferiores a un año, inscritos en el Registro de Valores de la SVS.

2. Instrumentos de renta fija. Corresponden a los valores de oferta pública de mediano y largo plazo, emitidos en forma seriada como los bonos, letras de crédito hipotecarias, certificados de ahorro, pagarés reajustables de Tesorería, pagarés del Banco Central.

2. Cuotas de fondos mutuos. Estas inversiones corresponden a las captaciones de empresas dedicadas a este negocio para colocarlas en acciones y títulos de crédito.

Clasificación del Colegio de Contadores

El Colegio de Contadores de Chile AG., por su parte, en el Boletín Técnico NQ 42 de 1991, sobre "contabilización de inversiones en empresas y en instrumentos financieros", han establecidos las siguientes cuatro categorías de inversiones:

1. Instrumentos financieros con valor variable: acciones con cotización bursátil, cuotas de fondos mutuos, entre otros

2. Instrumentos financieros con valor preestablecido: depósitos a plazo, bonos, pagarés y otros similares

3. Inversiones permanentes en otras empresas: acciones o derechos en sociedades

4. Otras inversiones: inversiones que no representan valores predeterminados de dinero, no tienen mercado habitual de transacción y/o no son suficiente para ejercer influencia significativa en otra empresa

Propósitos de las Inversiones Permanentes

Para los efectos de este capítulo, lo que nos interesa de las clasificaciones anteriores son las inversiones financieras de carácter permanente o de largo plazo, pues de ellas nace la obligación de consolidar los estados financieros de empresas relacionadas patrimonial mente y los procesos técnicos para efectuarla.

Las razones de por qué las empresas efectúan inversiones permanentes en otras, son muy variadas; pero, casi todas tienen su origen en un punto común: razones económicas.

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Estas causas económicas, responden a situaciones de mercado, rentabilidad, diversificación de riesgos, eficiencia operativa y mayor dinamismo empresarial. No obstante, como toda inversión permanente supone control directo o indirecto de otros negocios no se puede, ni debe, descartar a las motivaciones de poder como factor de decisión en las inversiones permanentes.

Tampoco son ajenos los cambios sociopolíticos de los últimos tiempos ni las mutaciones socioeconómicas que poco a poco han ido imponiendo la internacionalización de la economía, con zonas de libre comercio, apertura de las fronteras territoriales, alto desarrollo de las comunicaciones, mayor difusión de información y un sinnúmero de mejoras tecnológicas.

En el mundo actual ya no se concibe la autarquía en materias económicas y los sistemas proteccionistas tienden a disminuir, abriéndose posibilidades a la penetración de mercados nacionales e internacionales y favoreciendo nuevas inversiones, nuevas formas de invertir y nuevas maneras para crear filiales.

Obligación de Consolidar

Desde un punto de vista legal y de las normas técnicas sobre inversiones en empresas relacionadas en Chile, la obligación de consolidar depende de dos, variables, a saber: a) control que ejerce una empresa sobre otra, a través de mayorías en el directorio y b) los montos y porcentajes de la inversión respecto del patrimonio de las sociedades emisoras.

Sobre -, el particular, el Boletín Técnico NQ 42 define a las inversiones permanentes en otras empresas como "aquellas inversiones en acciones o derechos en sociedades que se mantienen con el objeto de ejercer controlo influencia significativa en la empresa en que se invierte". Y, sobre la consolidación agrega:

"Aquellas sociedades que tengan inversiones permanentes en otras empresas que superen el cincuenta por ciento del capital con derecho a voto o que tengan un interés que asegure el control de la administración, deberán preparar estados financieros consolidados".

La Superintendencia de Valores y Seguros, por su parte, en la Circular 239 expresa que "cuando la emisora sea filial de la inversionista, según la definición del artículo 86 de la ley NQ 18.086 (sobre sociedades anónimas), se deberán confeccionar estados financieros consolidados, de acuerdo a las normas dictadas por esta Superintendencia y a principios y normas contables de aceptación general".

El citado artículo 86 dice: "Es sociedad filial de una sociedad anónima, que se denomina matriz, aquella en la que ésta controla directamente o a través de otra persona natural o jurídica más del 50% de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones, o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar a la mayoría de sus directores o administradores",

En resumen, las disposiciones reglamentarias (SVS) son coincidentes con las normas técnicas (Colegio de Contadores). Por consiguiente, deben consolidarse los estados financieros cuando una empresa matriz tiene inversiones permanentes en otra filial, que superen el 50% del capital de ésta o se ejerza influencia significativa mediante mayorías en el directorio.

Sin embargo, para determinar el valor patrimonial de un grupo económico, que tenga participaciones en otras empresas inferiores al 50%, o se trate de empresas no sujetas al control de la SVS, las normas y disposiciones anteriores no son limitantes. Antes bien, para estos fines se pueden emplear los procedimientos y técnicas de esta misma normativa.

Estas situaciones "no oficiales de consolidación", pueden presentarse en operación de compra y venta de empresas, como parte de la determinación de los valores económicos de las mismas y la determinación de los

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precios de enajenación o en trámites bancarios de préstamos o, incluso, en operaciones comerciales de créditos con clientes o proveedores.

2. EMPRESAS RELACIONADAS

En el ejercicio de sus fines económicos y comerciales, las empresas se relacionan de múltiples maneras. Uno de los tipos de relaciones es el que las vincula a través de las inversiones financieras de naturaleza permanente, efectuadas con algunos de los propósitos de control antes enunciados.

Como hemos anticipado, si las inversiones son superiores al 50% del capital de la emisora, se asigna el nombre de matriz a la inversionista y filial o subsidiaria a la empresa en la que se invierte. Ahora, cuando la inversión no supera el1 0% ni hay control mayoritario, reciben los nombre de coligante y coligada o asociada respectivamente. Estas empresas, coligantes y coligadas, no tienen obligación de consolidar, pero si, su identificación es de utilidad para especificar los métodos de valuación de las inversiones y su presentación en los estados financieros correspondientes.

Control Directo e Indirecto de Filiales

El control de una empresa sobre otra, como hemos dicho, puede deberse a la propiedad mayoritaria en el capital (acciones o derechos en sociedades) o a influencia significativa a través de votos mayoritarios en el directorio. Pero, por razones de claridad de las explicaciones de control directo e indirecto, nos limitaremos a considerar sólo las participaciones en el capital.

Las situaciones de control de mayor frecuencia pueden ser por a) inversión directa, b) indirecta, a través de otra compañía o c) inversiones recíprocas. Veamos los siguientes ejemplos:

a) Control Directo

La empresa A) es dueña del 80% de las acciones de B y del 60% del capital de C. En este caso la empresa A es la matriz y las compañías B y C son las filiales. La matriz tiene el control directo de ambas filiales porque posee más del 50% de los capitales, relación que puede observarse en la figura siguiente:

b) Control Indirecto

La sociedad A tiene el 55 % del capital de By B posee el60 % de C. En este ejemplo la empresa A (matriz) ejerce control directo de B (filial) e indirecto de C (filial).

Aquí existe control indirecto a través de otra empresa. Veamos, está claro que la matriz A controla directamente a la filial B porque posee el 55 % de su capital. Sabemos que la filial B tiene el 60% del capital de C, luego ésta

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se transforma en filial de B, con control directo (B se convierte en matriz de C) y por ser 8 filial de A, C pasa a ser también filial de A con control indirecto de 33 % (55% del 60%), tal como se refleja en el gráfico siguiente:

Otro caso de control indirecto es el siguiente: A posee el 70% de 8 y, el 20% de C; a su vez, 8 es dueña del 40% de C. Aquí la matriz A tiene el control directo de la filial 8, sin control directo sobre C. Pero como 8, que es filial de A, tiene también inversiones en C, hace que la inversión conjunta de A y 8 en C conviertan a C en fjJial de A con control indirecto de 48 % (70% de 40% más el 20%), lo que se puede apreciar en la figura que sigue.

c) Inversiones Recíprocas

Estas situaciones se presentan cuando una sociedad invierte en otra y ésta en aquélla: Por ejemplo: la empresa A posee el 60 % del capital de la sociedad 8 y 8 es dueña del 20% del capital de A. Tal situación se ilustra en el esquema siguiente:

En situaciones de grupos económicos de gran número de empresas relacionadas, pueden existir múltiples cruces de inversiones. En tales casos, para determinar el control directo o indirecto debe seguirse las secuencias antes descritas, incluyendo las inversiones recíprocas.

Métodos de Valuación de Inversiones en Empresas Relacionadas

Al hablar de empresas relacionadas entendemos que se trata de empresas en las que existen inversiones

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financieras de carácter permanente; de manera que, al definir procedimientos de valuación, se descarta el valor bursátil de las acciones o derechos en sociedades por carecer de importancia en la tenencia de estos valores, ya que no van a ser liquidados en el corto plazo.

Para fines tributarios se acepta el costo corregido y para fines financiero, en cumplimiento de normas técnicas de contabilidad y de disposiciones de la Superintendencia de Valores y Seguros, se debe emplear el método denominado Valor Patrimonial Proporcional (VPP).

El Boletín Técnico NQ 42 de 1991 del Colegio de Contadores define al VPP como "aquel mediante el cual la cuenta de inversiones y las cuentas de resultado del inversionista se ajustan periódicamente para reflejar los cambios en la participación del inversionista en los activos netos y en los resultados de la empresa en que invierte".

La Superintendencia de Valores y Seguros, por su parte, en la Circular 368 de 1982 dice que el VPP "consiste en asignar a la inversión un valor equivalente a la proporción que le corresponde a la inversionista en el patrimonio de la emisora y reconocer, proporcionalmente, las variaciones que éste experimente".

En definitiva el VPP corresponde a la proporción en el patrimonio de una empresa (filial o coligada) en la que una compañía (matriz o coligante) ha efectuado su inversión, de acuerdo al porcentaje de su participación.

Ejemplo de VPP

Supongamos que la Sociedad M compra el 60 % de la Empresa F y que el patrimonio de esta empresa, en la fecha de compra, sea de 50 millones de pesos (incluido capital, reservas y demás cuentas patrimoniales).

En este ejemplo, el VPP es de 30 millones de pesos: 60 % de 50 millones.

Ahora bien, cuando un inversionista adquiere acciones o derechos de sociedades, no siempre coincide el precio de compra con el VPP. En realidad pueden presentarse tres alternativas en cuanto al precio que se paga. Estas son:

el precio de compra sea igual al VPP el precio de compra sea mayor al VPP el precio de compra sea menor al VPP

El precio que se paga por la compra constituye el costo de la inversión y las diferencias que se produzcan entre este costo y el VPP es un mayor o menor valor de la inversión.

Siguiendo estas explicaciones, diremos que la norma para contabilizar la inversión a VPP señala que el inversionista debe cargar la cuenta de inversiones por el VPP y el menor o mayor valor pagado lo carga o abona en cuentas complementarias del activo, las que se amortizan con cargo o abono a resultado hasta en diez años, según el citado Boletín Nº 42. En un plazo máximo de 5 años el menor valor y mínimo de 5 años el mayor valor, según la Circular Nº 368 de la SVS.

Inversión a Mayor Valor que el VPP

Volviendo al ejemplo anterior, para ilustrar esta situación, digamos que el precio que pagó la Sociedad M por el 60% del patrimonio de la Empresa F, fue de 32 millones.

Con estos datos tenemos:

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La Sociedad M presenta en el rubro de Otros Activos del Balance esta inversión, de la siguiente manera:

Otros Activos

Inversión en Empresas Relacionadas $ 30.000.000+ Menor Valor de Inversión 2.000.000

La suma de ambas partidas indica el valor de costo de la inversión, cuyos valores deben ser corregidos monetariamente. El menor valor de inversión debe amortizarse periódicamente con cargo a resultado por el plazo antes indicado.

Inversión a Menor Valor que el VPP

Supongamos ahora, con los mismos datos del ejemplo en desarrollo, que el precio de compra por el 60 % del patrimonio fue de 25 millones de pesos. En tal caso la situación es:

La presentación en el Balance de la inversionista queda así:

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El costo de la inversión se ve reflejado en el valor neto de estas dos partidas. Estos dos valores deben corregirse monetariamente al cierre de cada ejercicio. El mayor valor amortizarse con abono a resultado, en los plazos antes indicados.

Ajustes Periódicos al VPP

Los cálculos y contabilizaciones del VPP que hemos efectuado corresponden al momento de la adquisición. Luego, la norma contable agrega que las inversiones deben ajustarse periódicamente al VPP considerando los estados financieros trimestrales o anuales de la empresa en la que se ha invertido; incluso discontinuar el método de VPP cuando, por ejemplo, la emisora tenga pérdidas sucesivas o llegue a tener patrimonio negativo.

Aparte de estos casos extremos u otros no atinentes al tema de las consolidaciones, hay uno muy significativo y frecuente: el reconocimiento de la participación en las utilidades de la emisora que debe efectuar periódicamente el inversionista.

Continuando con el ejemplo de la Sociedad M que invierte en la Empresa F, agreguemos algunos nuevos datos para efectuar el ajuste del VPP.

Imaginemos que la Empresa F presenta al cierre del ejercicio una utilidad de 10 millones de pesos. Luego, su patrimonio se ha elevado de 50 a 60 millones. Como la Empresa M tienen el 60% de dicho patrimonio, el VPP calculado directamente llega a 36 millones.

Para actualizar la cuenta de inversiones y reconocer en el resultado la utilidad, la Sociedad M debe efectuar un cargo en la cuenta de inversiones con abono a resultado por los 6 millones de incremento provenientes de utilidades, de esta manera los 30 millones del VPP inicial más los 6 millones de la utilidad quedan a su Valor Patrimonial Proporcional ajustado, al cierre del ejercicio.

A este mismo resultado se llega si el porcentaje de participación se aplica a la utilidad presentada en la Empresa F. Esto es: 60 % de 10 millones es 6 millones.

Con una u otra forma de cálculo, el asiento por el reconocimiento de esta utilidad es

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Participación de la Matriz en los Resultados de Filiales

Un paso previo a la consolidación de los estados financieros es el reconocimiento de la Matriz de los resultados obtenidos en las filiales, con el fin de ajustar las inversiones al nuevo VPP. Para ilustrar este proceso empleemos las situaciones y porcentajes de participación descritos al referimos a los tipos de control en puntos anteriores, agregando algunos valores de utilidades.

Antes, digamos que las pérdidas en las sociedades no se distribuyen, se absorben con reservas de utilidades o se acumulan para absorberlas con utilidades futuras. Excepto en los casos en que la empresa inversionista deba valorizar sus inversiones a Valor Patrimonial Proporcional (VPP), en cuyo caso debe hacer un ajuste a la inversión por la proporción que le corresponda en la pérdida.

Situación a):

Con estos valores y porcentaje, el reconocimiento de utilidades de la Matriz y el interés minoritario en cada una de las filiales, se indican en el cuadro siguiente:

En este cuadro se observa que a la utilidad de la matriz se suman las participaciones que tiene en cada filial, valor que a su vez se resta de las utilidades de dichas filiales, para llegar a la utilidad final de la matriz y dejar en las filiales las utilidades correspondientes a los intereses minoritarios; es decir, la de aquellos inversionistas distintos de la matriz que han invertido en estas empresas sin llegar a ejercer control en ellas.

A partir de esta distribución, la matriz contabiliza sus participaciones con cargo a las cuentas de inversiones y abono a cuentas de resultado, como se aprecia en el asiento siguiente:

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Situación b). Los porcentajes de participación y utilidades de este ejemplo son:

En los casos de control indirecto, como los de este ejemplo, es más adecuado seguir la secuencia inversa a la de la inversión, para el reconocimiento de las utilidades. Se comienza por la última filial y se termina en la matriz, como lo hemos hecho aquí. Con este procedimiento se simplifican los cálculos y se evita estar reasignando utilidades.

En nuestro ejemplo, asignamos la utilidad de C a B, en la proporción del 60%. Esta participación sumada a la utilidad de B fue la base para calcular la participación de A en B, o sea el 55 % sobre 222.000 (150.000 más 72.000), valor que se suma a la utilidad de la matriz y se resta a la subsidiaria B. Finalmente la matriz muestra la utilidad total que le corresponde y en las subsidiarias se refleja la participación de los intereses minoritarios.

En el segundo ejemplo de la situación b), considerando los porcentajes y utilidades ya indicados, el cuadro de participaciones queda así:

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Aquí se siguió el mismo procedimiento anterior. Se distribuyó primero la utilidad de la última filial, en la matriz y filial B, para luego tomar la utilidad incrementada de la filial B y asignar el porcentaje que le corresponde a la matriz y, por último, llegar a la utilidad final de la matriz y a los intereses minoritarios en las filiales.

El asiento para registrar esta distribución es similar al presentado en la situación a), empleándose las mismas cuentas con cambios en los valores.

Participaciones en Casos de Inversiones Recíprocas

Las inversiones Recíprocas las describimos en la situación c) anterior. Para ejemplificar la distribución de las utilidades de empresas con inversiones de este tipo empleemos los siguientes porcentajes y valores ya conocidos

Para resolver el problema de los montos que a cada una de estas empresas relacionadas corresponde, es preciso emplear las fórmulas aritméticas de ecuaciones múltiples, en este caso, con dos incógnitas, y así evitar el cálculo por aproximaciones sucesivas.

En donde:A es la utilidad de la Matriz, y B es la utilidad de la Filial

Entonces,

A = 400.000 + 0,6 B B = 150.000 + 0,2 A

Luego, ordenando los valores de estas ecuaciones y multiplicando la primera ecuación por 0,2 y sumando ambas, tenemos:

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B= 202.400, Valor para determinar la participación de la matriz.

Para conocer el valor de A, se reemplaza B en la primera ecuación por el valor ya encontrado de 202.400, lo que produce el resultado siguiente:

A = 400.000 + 0,6 x 202.400 A = 521.400

Sobre la base de este último valor se determina la participación de la filial, con lo que el prorrateo de las utilidades de la matriz y la filial, queda en:

Un comentario final: la utilidad objeto de la distribución es de 550.000 (400.000 + 150.000) y después de la distribución, la utilidad de la matriz y del interés minoritario suma también 550.000 (417.160 + 132.840), lo que demuestra la exactitud de este prorrateo.

El asiento por esta participación de utilidades en la matriz, sigue siendo similar al de la situación a). Cargos y abonos en las cuentas de inversión con los nuevos valores determinados en este ejemplo:

Finalmente diremos que, con la asignación y contabilización de la participación en las utilidades de una empresa en otra, se incorporan a los estados financieros individuales estos beneficios devengados. Si, luego de este proceso, se sumaran los resultados de los estados financieros individuales, el total obtenido no correspondería al resultado correcto del grupo económico, pues se producirían algunas duplicidadades que sólo se resuelven al consolidar los estados financieros y, por tanto, las utilidades, como lo veremos más adelante.

Agreguemos, también, que las inversiones recíprocas constituyen casos especiales para la legislación sobre Sociedades Anónimas. Por tanto, en cada situación conviene remitirse a la ley NQ 18.046 de 1981 y sus modificaciones posteriores.

Para ilustrar lo dicho, el actual artículo 88 de dicha ley señala que "las sociedades filiales y coligadas de una sociedad anónima no podrán tener participación recíproca en sus respectivos capitales, ni en el capital de la matriz o de la coligante, ni aun en forma indirecta a través de otra persona natural o jurídica".

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y continúa: "La participación recíproca que ocurra en virtud de incorporación, fusión, división o adquisición del control por una sociedad anónima, deberá constar en las respectivas memorias y terminar en el plazo de un año desde que el evento ocurra"; concluyendo en que "esta prohibición también regirá aun cuando la matriz o la coligante, en su caso, no fuere sociedad anónima, siempre que sí lo sea a lo menos una de sus filiales o coligadas".

3. OBJETIVOS Y METODOLOGIA PARA LA CONSOLlDACION

Objetivos de la Consolidación

En un grupo de empresas relacionadas o holding, la matriz y sus filiales son, desde un punto de vista legal, entidades jurídicamente independientes. Tienen su propia identificación tributaria (RUT), pagan sus impuestos conforme a sus actividades y resultados individuales, se organizan como sociedades anónimas, sociedades de personas u otra modalidad. Sin embargo, desde un punto de vista económico se consideran una sola unidad.

Por ello se afirma que en materia de holding y de consolidación, es preciso tener en cuenta tres variables que se interrelacionan: Una es la de los aspectos económicos, otra se relaciona con los aspectos legales y una tercera se refiere a las técnicas contables para efectuar la consolidación.

En cuanto a los aspectos económicos, son tan significativos, que los objetivos de la consolidación se refieren casi exclusivamente a ellos. Así el Boletín Técnico Nº 42, señala que "el objetivo de los estados financieros consolidados es presentar la situación financiera, de resultados de operaciones y los cambios en la posición financiera como si el grupo de sociedades fuera una sola entidad". Lo que tiende a satisfacer necesidades informativas internas, en la administración del holding y de usuarios externos como bancos, acreedores o entidades fiscalizadoras.

Dicho Boletín agrega que "sólo puede excluirse una subsidiaria de la consolidación si ésta opera bajo condiciones en las cuales existan restricciones serias que pongan en peligro el control de la matriz sobre los activos u operaciones de la subsidiaria".

En igual sentido, la Circular Nº 368 de la SVS dispone que "la Superintendencia podrá autorizar que se excluya a una o más filiales de la consolidación..., debiendo revelarse en notas explicativas a los estados financieros las razones para no incluirlas en la consolidación".

En cierta forma, aunque no totalmente, los propósitos económicos de la consolidación, resuelven la controversia acerca de que debe consolidarse sólo las filiales que tienen un mismo o similar objeto social, pues no tendría sentido consolidar empresas de giro y actividades distintos, contrapuestos, incluso, sumar activos tan distintos como los de una financiera con los de una minera o pesquera o agrícola, nada aportaría.

Los criterios de crecimiento económico indican, en tanto, que el desarrollo de negocios e inversiones no sólo es vertical (de un mismo o similar giro) sino horizontal, diversificado y en muchos sentidos. Por consiguiente la consolidación tiende a proporcionar información conjunta, independiente de los giros de actividades diferentes, que de otra manera no es posible lograr, a riesgo de errores de duplicidad en activos, pasivos, resultados o en otras partidas.

En cuanto a los aspectos legales, quizás los más importantes se refieren a la tributación ya los dividendos. El holding no paga sus impuestos a la renta sobre la base del resultado consolidado de la matriz y filiales. Cada empresa tributa por separado. Así sucede que una filial con pérdida no paga impuesto a la renta y otra con utilidades debe hacerla, aun cuando el resultado consolidado pudiera mostrar una base imponible sustancialmente baja, induciendo a pensar en un menor tributo o, eventualmente, en una exención.

Para decretar y pagar dividendos, en cambio, la matriz debe hacerla necesariamente sobre el resultado consolidado; es decir, sobre sus utilidades y las que le correspondan en las filiales. Sobre este punto el artículo

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90 de la ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas dice:

"La existencia de inversiones en sociedades filiales obliga a la empresa matriz a confeccionar balance anual en forma consolidada y el dividendo mínimo establecido … (30% de las utilidades) deberá calcularse sobre las utilidades líquidas consolidadas". Más aun, en los casos autorizados por la SVS para no consolidar alguna filial, el dividendo debe calcularse sobre la base de las utilidades de la matriz, más o menos el resultado de la filial.

Sobre las técnicas contables de consolidación, diremos que su misión es satisfacer plenamente los propósitos informativos que tiene la administración del holding y usuarios externos para conocer la situación de conjunto de las empresas bajo el control de una matriz. En tal sentido su aplicación incluye, necesariamente, las variables económicas y legales, pues de otro modo el problema se reduciría a una solución puramente mecánica de cálculo contable.

Precisamente, con este fin, entidades fiscalizadoras y profesionales han emitido una serie de normas sobre el proceso de consolidación, las que describimos en los apartados siguientes.

Situaciones Previas a la Consolidación

Como parte de la metodología de consolidación, algunos autores incluyen ciertas características y requisitos en el proceso de consolidación de los estados financieros. Aquí preferimos tratarlas separadamente para identificar más claramente la secuencia metodológica de consolidación y los pasos previos que se requieren.

Veamos estas situaciones previas de la consolidación:

la consolidación es extracontable los estados financieros objeto de la consolidación deben ser los definitivos y a una misma fecha procurar el empleo de iguales procedimientos contables de registro, para evitar distorsiones en la

valuación y resultados de la matriz y filiales usar esquemas o planes de cuentas lo más homogéneos posible, para facilitar clasificaciones genéricas en la consolidación

haber efectuado los ajustes del VPP por el reconocimiento de utilidades

El que la consolidación sea un proceso extracontable, significa que no requiere de asientos ni registro en los libros de contabilidad de la matriz ni de las filiales, sino que se emplean hojas de trabajo, en las que se va dejando constancia de los datos empleados, los ajustes efectuados y los saldos finales consolidados.

Los estados financieros individuales que se empleen en la consolidación deben ser los finales y definitivos para evitar omisiones de partidas y deben corresponder a la misma fecha e igual período para reflejar la información conjunta sin desfases en el tiempo. El uso de iguales procedimientos en las empresas le da consistencia a las cifras y resultados, pues todo es medido y registrado con iguales parámetros.

El empleo de planes de cuentas similares facilita la identificación y clasificación de saldos y operaciones, bajo denominaciones comunes y genéricas. Y, por último, los ajustes de la inversión al VPP, incluyendo los resultados de las filiales, son con el fin de mostrar la realidad de la matriz y facilitar la eliminación del rubro inversiones de la matriz contra el patrimonio de la subsidiaria en el consolidado, como detallamos más adelante.

Metodología de Consolidación

El método de consolidación al que nos referimos se le identifica como suma de línea a línea, porque en la mayoría de las partidas se obtiene la consolidación por adición de los saldos de las cuentas de igual denominación o naturaleza. Lo que es completado con un proceso de ajustes y reversiones de partidas en las que no procede la suma.

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Este método es empleado en la consolidación del balance, del estado de resultados y, por extensión, se usa en la consolidación de otros informes contables.

El punto de partida para la consolidación del balance y del estado de resultados se sitúa al disponer de los estados financieros definitivos de la matriz y subsidiarias. Para ordenar el trabajo, se trasladan las cuentas y saldos a una hoja de trabajo con columnas para la nómina de las cuentas, los saldos de la matriz, los saldos de las filiales (una o varias), los ajustes de cargos y abonos y, finalmente, para los saldos deudores y acreedores consolidados, de los cuales se obtienen los datos para preparar los estados financieros consolidados.

Vaciado los saldos a la hoja de trabajo, la secuencia metodológica contempla los siguientes pasos:

suma de saldos de cuentas de igual naturaleza eliminación de cuentas intercompañías eliminación de utilidades no realizadas eliminación de operaciones comerciales interempresas eliminación de la inversión y segregación del interés minoritarios, revelación del impuesto diferido por

utilidades no realizadas preparación de los estados financieros.

1) Suma de Saldos de Cuentas de Igual Naturaleza

Como anticipamos, en este primer paso se suman los saldos de las cuentas de similar naturaleza de la matriz y de las filiales. Así por ejemplo, la cuenta efectivo del consolidado incluirá los saldos de la cuenta efectivo de la empresa A, de la B y demás filiales.

Aquí deben emplearse algunos criterios para definir qué cuentas se suman bajo que nombre. Lo más adecuado es emplear nombres genéricos o emplear algunos clasificadores ya conocidos como los de la SVS para los estados financieros consolidados. Por ejemplo, bajo el nombre de efectivo se pueden incluir los saldos de las cuentas caja, bancos, fondos fijos; bajo deudores por ventas pueden estar las cuentas por cobrar a los clientes, las estimaciones para deudas incobrables.

Una ilustración de suma línea a línea en la hoja de trabajos en el rubro efectivo, es la siguiente:

2) Eliminación de Cuentas Intercompañías

Las operaciones que puede realizar una matriz con sus filiales o entre filiales son múltiples y variadas. Las más frecuentes son de orden comercial, financiero o por transferencia de activos fijos. Por ello es habitual que al momento de la consolidación existan cuentas por cobrar en una y cuenta por pagar en otra, pero, que desde el punto de vista interno del holding no son activos ni pasivos. Si A es acreedor de B y B deudor de A por el mismo monto, entonces son cuentas recíprocas que deben eliminarse.

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Con este fin se hace un ajuste en la hoja de trabajo abonando la cuenta por cobrar y cargando la cuenta por pagar, o las cuentas en que estén registrados estos saldos (documentos por cobrar y pagar, préstamos por cobrar y pagar, intereses por cobrar y pagar, deudores y acreedores u otras).

Supongamos que la Matriz tiene en cuentas por cobrar a la Filial B la suma de $ 500.000 Y que la Filial registra igual suma por pagar a la Matriz. Estos saldos y ajustes en la hoja de trabajo son los siguientes:

Como se puede observar, después del ajuste no hay saldos en el consolidado, porque desde el punto de vista del grupo de empresas no hay deudas por cobrar ni pagar con terceros. Es lo mismo que si en una empresa la unidad de administración le debiera a la unidad de transporte, la empresa en cuestión no tiene mayores activos ni pasivos. .

3) Eliminación de Utilidades no Realizada

Este ajuste se presenta cuando una empresa relacionada vende a otras mercaderías con algún margen de utilidad y ésta no alcanza a venderlas a terceros durante el ejercicio, quedando el todo o parte en sus inventarios. La utilidad no realizada corresponde al margen de utilidad incluido en aquella parte que quedó en el stock.

En estas situaciones el ajuste por el monto de la utilidad no realizada se efectúa haciendo un abono a las existencias y un cargo al resultado, dejando en su justo valor las existencias de mercaderías y los resultados del ejercicio en el consolidado.

Para ejemplificar, supongamos que la Matriz le vendió a las filiales mercaderías por $ 520.000 con un 30% de utilidad sobre el costo. La filial vendió el 75%, quedando en existencia el otro 25%.

En este ejemplo el monto de la utilidad no realizada se obtiene de la manera siguiente:

Para determinar el costo de la mercadería que quedó en existencia, se dividió por 1,3 en razón a que el margen de utilidad sobre el costo que empleó la matriz fue de 30%. Si este hubiese sido 40%, el factor habría sido 1,4 y si hubiese sido 20%, el factor sería 1,2.

Para concluir con este ajuste, en la hoja de trabajo se debe efectuar un abono a las existencias por $ 30.000 y un cargo al resultado por igual monto. Con ello se elimina la utilidad no realizada del rubro existencias

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y de los resultados del período. Ajuste muy importante, pues no olvidemos que el cálculo de dividendos se hace sobre utilidades líquidas del consolidado.

Si a estos datos agregamos que las existencias en la matriz eran de $ 550.000 y en la filial de $ 230.000. Y, el resultado de la matriz era una pérdida de $ 300.000 y la utilidad de la filial de $ 800.000, la hoja de trabajo sería la siguiente:

Existen opiniones de algunos autores en el sentido de que la eliminación de las utilidades no realizadas debe efectuarse en la forma aquí descrita sólo cuando se trata de ventas de la matriz a la filial, de la que controla a la controlada. Pero cuando se trata de utilidades no realizadas por ventas de las filiales a la matriz, el ajuste debe efectuarse sólo por la proporción que en dichas utilidades le corresponda a la matriz.

Sin embargo, el Boletín Nº 42 que venimos citando, tiende a resolver las discrepancias planteadas al señalar que en las "operaciones realizadas entre una matriz y una filial... el ajuste deberá ser efectuado por el cien por ciento del resultado no realizado", sin referirse a las operaciones entre las filiales o de éstas con la matriz.

Respecto de las utilidades o pérdidas que se produzcan por efectos de prestaciones de servicios, facturación de gastos o ventas de insumos que serán empleados o consumidos por la empresa que los adquiere, éstos se consideran ingresos y gastos respectivamente, de igual forma que si hubiesen sido contra -tados con terceros.

4) Eliminaciones de Operaciones Comerciales Interempresas.

Este ajuste se efectúa al consolidar el estado de resultados. Se trata de evitar la duplicidad en los rubros de ventas y costos de ventas que aparecerían en el consolidado si no se eliminaran las ventas de mercaderías entre las compañías.

Pongamos por caso una empresa que vendió $ 800.000 en el período. Para apreciar más nítidamente el efecto en demostración supongamos que toda la venta fue a una filial. El costo de ventas es de 40 % sobre las ventas.

Agreguemos que la filial, a su vez, vendió dichas mercaderías en $1.300.000.

Con estos datos las cuentas de resultado de la empresa vendedora serían:

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Al considerar ambas compañías como una sola empresa apreciamos un margen real de beneficio de $980.000 ($ 480.000 + $ 500.000), pero no se pueden considerar reales las ventas de $ 2.100.000 ($ 800.000 + $ 1.300.000) ni tampoco los costos de $ 1.120.000 ($320.000+ $ 800.000).

Si así procediéramos, estaríamos sumando línea a línea y duplicando ventas y costos. Sabemos que la venta efectiva es la que efectuó la filial, así como el costo verdadero es el que tenía la matriz. Por consiguiente, al consolidar debemos eliminar la venta de la matriz con cargo a la cuenta ventas del consolidado y abono al costo de las ventas del mismo. De esta forma el consolidado mostrará las ventas reales de $ 1.300.000 con sus costos también reales de $ 520.000 y el margen ya establecido de $ 980.000.

Lo anterior, visto en la hoja de trabajo, es:

5) Eliminación de la inversión y Segregación del Interés Minoritario

Este ajuste se centra en el patrimonio de las filiales sobre el cual tiene participación la matriz o inversionista mayoritario y también otros inversionistas que por su menor participación no ejercen control en la filial, denominado interés minoritario.

El ajuste consiste en eliminar de los activos el monto de la inversión registrado a VPP, reconocer el interés minoritario y eliminar los saldos de las cuentas de patrimonio de las filiales, para tal efecto se abona la inversión a su VPP con cargo a las cuentas patrimoniales del consolidado y abono a las cuentas del interés minoritario.

Las cuentas de intereses minoritarios se clasifican entre el pasivo de largo plazo y el patrimonio en el balance consolidado y representan, como está dicho, la participación de inversionistas menores.

Para ilustrar este ajuste en la hoja de trabajo, pensemos que la Matriz tiene una inversión en filial por $6.000.000, el cual corresponde al 60 % del patrimonio de la filial. Lo adquirió a su valor libro, es decir sin mayor o menor valor, está registrado a VPP incluyendo la participación en las utilidades de la filial.

El patrimonio de la filial y el VPP son los siguientes:

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Agreguemos que el patrimonio de la Matriz se compone de 9 millones de capital, 3 de reservas y 1,5 de utilidades, incluida la proporción devengada en la filial.

Estos datos y ajustes en la hoja de trabajo se revelan de la manera siguiente:

Obsérvese que en el consolidado se eliminó el activo por las inversiones, las cuentas patrimoniales quedan con los valores correspondientes al patrimonio de la matriz y surgió al concepto de interés minoritario, por la participación del 40% que no es de la matriz, sino de otros inversionistas.

6) Revelación del Impuesto Diferido por Utilidades no Realizadas

Este ajuste es necesario siempre que existan utilidades no realizadas. Su propósito es el de revelar en los estados financieros consolidados, el cargo a resultado por impuesto determinado sobre la base de utilidades devengadas en el ejercicio y separadamente mostrar en el balance el impuesto correspondiente a utilidades que aún no se han realizado.

Remitiéndonos al ejemplo de ventas intercompañías y de utilidades no realizadas por $ 30.000 descrito en el punto 3) y suponiendo una tasa de impuesto a la renta de 10%, el monto por impuesto diferido que habría que ajustar es de $ 3.000 (1 0% de $ 30.000), lo que se hace con cargo a una cuenta de activo que puede denominarse impuesto diferido y abono al resultado del ejercicio si sólo se está consolidando el balance, o a la cuenta Impuesto Renta del estado de resultado si se estuviese consolidando simultáneamente los dos informes.

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Considerando los resultados del punto 3) y este ajuste, la hoja de trabajo queda con la siguiente información

Referenciado con (6) se aprecia el ajuste del impuesto a la renta diferido por las utilidades no realizadas, valor que se cargará definitivamente a los resultados consolidados cuando dicha utilidad se realice al vender las mercaderías provenientes de las operaciones intercompañías, a los clientes.

7) Preparación de los Estados Financieros

En este último paso de la secuencia metodológica que comentamos, se emplean los saldos deudores y acreedores del consolidado para preparar los estados financieros correspondientes, tema que abordamos en los puntos que siguen.

4. CONSOLlDACIÓN DEL BALANCE

El propósito del balance consolidado es revelar los activos, pasivo y patrimonio de un grupo de empresas, como si esta fuera una unidad económica, mostrando también los intereses minoritarios correspondientes a inversionistas de las filiales que no ejercen control sobre ésta, pero que sí tienen participaciones en ella.

Para ilustrar el proceso de consolidación del balance con los ajustes correspondientes, desarrollemos el siguiente caso de una matriz y una filial.

Antecedentes para la Consolidación

Los balances definitivos al cierre de ejercicio anual, en millones de pesos, son:

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Información adicional:

1) La matriz registra en Deudores la suma de $ 50 por cobrar a la filial, suma que figura por pagar en la cuenta Proveedores de la filial.

2) La matriz vendió mercaderías a la filial por $ 280 con margen de 40 % sobre el costo. La filial vendió a un tercero el 50 % y el saldo permanece en existencias.

3) La tasa de impuesto a la renta es de 15 %.

4) La matriz posee el 70 % de las acciones de la filial, las que tienen valorizadas al VPP, incluyendo la participación de utilidades devengadas en el ejercicio.

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Desarrollo y Comentarios

Con estos antecedentes prepararemos una hoja de trabajo, siguiendo los pasos de la secuencia metodológica descrita en puntos anteriores.

Veamos ahora algunos comentarios sobre esta hoja de trabajo:

1) En primer lugar se homologaron algunas cuentas, bajo denominaciones genéricas. En el Activo lo de efectivo, caja y bancos se clasificó como efectivo, lo de deudores y clientes como deudores, lo de existencias y mercaderías como existencias.

En el pasivo se homologó préstamos bancarios y créditos bancarios bajo el nombre del segundo, cuentas por pagar y proveedores quedó con el nombre del primero, los impuestos por pagar e impuesto renta se clasificaron bajo el nombre del primero y la deuda hipotecaria con la deuda de UP quedaron bajo esta última denominación.

2) Al final de la hoja de trabajo se agregaron las cuentas de interés minoritario para reflejar los valores correspondientes en las columnas del consolidado.

3) Se puede apreciar que las cuentas que no requieren de ajustes, se encuentran sumadas línea a línea para presentar en las columnas del consolidado los totales respectivos. Son, en el activo: Efectivo,

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Activo Fijo, Depreciación Acumulada y Otros Activos. En el pasivo: Crédito Bancario, Impuesto por Pagar y Deuda L/P

4) El ajuste (1) se efectuó para eliminar las cuentas por cobrar y pagar entre compañías.

5) El ajuste (2) corresponde a la reversión de la utilidad no realizada $ 140 pendiente de venta, con utilidad de 40% sobre costo, tiene incorporada la utilidad no realizada de $ 40, valor que se obtiene de la manera siguiente.

Existencia para la venta (50% de $ 280) $ 140Costo ($ 140: 1,4) 100

Utilidad no realizada (40 % de $ 100) 40=====

6) El ajuste (3) se refiere al impuesto a la renta diferido. Tasa de 15% aplicada a la utilidad no realizada de $ 40, produce un valor de $ 6 que se cargó a la cuenta Impuesto Diferido con abono a las utilidades del consolidado.

7) Por último, en el ajuste (4) se eliminó la inversión contra las cuentas patrimoniales por el 70 % de participación de la matriz y se reconoció el interés minoritario por el 30 % de otros inversionistas, valores que se muestran segregados del patrimonio.

Presentación del Balance Consolidado

Sobre la base de los saldos y denominaciones de cuentas, tomados de las columnas del consolidado de la hoja de trabajo, el Balance Consolidado del caso en desarrollo queda como sigue:

Algunos comentarios sobre este Balance Consolidado:

1) Retomando los objetivos de la consolidación y del Balance Consolidado, queda claro que éste muestra los recursos y obligaciones del holding sin duplicidades, ni activos o pasivos inflados. Mediante la consolidación se incorporó el activo y pasivo de la filial a la matriz, eliminándose la inversión contra el patrimonio de la filial y reconociendo el interés minoritario, que en este balance se aprecia claramente, además de los otros ajustes

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efectuados.

2) Si simplemente se hubieran sumado el activo de la matriz 3.000 + $ 1.500), se caería en el error de creer que el activo del grupo es de $ 4.500, en circunstancia que, como lo vemos en el consolidado, el mon to correcto es de $ 3.716.

3) Similares distorsiones informativas se presentarían en el pasivo y el patrimonio si, creyendo consolidar, se sumaran de manera lineal los montos que presentan estos rubros en los balances particulares, distorsiones que se obvian mediante la aplicación de las técnicas de consolidación en estudio.

4) Por último, recordemos que la base para el cálculo y distribución de dividendos, que la matriz debe pagar a sus accionistas, es la utilidad líquida del consolidado, en nuestro ejemplo de $ 426, valor que es diferente al de las utilidades antes de la consolidación.

¿Cómo se llegó a ese valor? De esta manera:

5. CONSOLlDACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS

El propósito de la consolidación del estado de resultados es revelar el volumen de operaciones realizado por un grupo de empresas, como si fuesen una sola unidad económica, presentando el resultado consolidado y la participación que corresponde a la matriz y al interés minoritario.

Este informe se puede consolidar simultáneamente con el balance, empleando la misma hoja de trabajo; o se puede hacer por separado, como lo veremos a continuación.

Antecedentes para la Consolidación

A la información ya conocida para consolidar el balance agreguemos estos nuevos antecedentes.

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Para completar los datos, recordemos los del punto 2), en donde se señaló que la matriz vendió a la filial $280 de mercaderías durante el período con un margen de 40% sobre el costo. Que hubo utilidades no realizadas por $ 40 Y que la tasa de impuesto a la renta es de 15%.

Desarrollo y Comentarios

Para mayor claridad de los ajustes, ordenamos en la hoja de trabajo las cuentas de resultado, ubicando en primer lugar las de ingresos, luego las costos y gastos y finalmente los resultados.

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Veamos algunos comentarios sobre esta hoja de trabajo y sus ajustes:

1) Partamos diciendo que no hubo necesidad de homologar cuentas en esta consolidación, porque todas las denominaciones coinciden. En las cuentas que hubo suma de línea a línea fue en la de Gastos de Administración y Comercialización y de Corrección Monetaria.

2) El ajuste (o) se hizo para reversar el reconocimiento de las utilidades de la matriz en la subsidiaria, cuyo asiento inicial se efectúa para reflejar el VPP de la inversión en el Balance particular de la Matriz. Insistamos en que al consolidado van las ventas y costos de la matriz y subsidiaria, por consiguiente, se da por entendido que el resultado de la filial ya ha sido considerado.

3) En el ajuste (2) -no hay ajuste (1) porque éste correspondía sólo a cuentas recíprocas del balance-, se reversan las ventas intercompañías, para evitar la duplicidad tanto en la cuenta Ventas como en la de Costo. Recordemos que por esta operación la matriz abonó la cuenta Ventas por $ 280, valor que se convirtió en costo para la filial.

Si se hubiera vendido toda la mercadería proveniente de la matriz, el ajuste al costo habría sido por los mismos $ 280 de ventas. Pero como hay utilidades no realizadas por $ 40 incorporadas en ese costo, el ajuste es por $ 240 a la cuenta de costos y $ 40 de ajuste al resultado

4) El ajuste (3) corresponde al impuesto a la renta diferido por las utilidades no realizadas de $ 6 (15% de $ 40). Dicho valor se abonó a la cuenta de resultado Impuesto Renta aumentando con ello la utilidad (en el balance este valor figura como activo diferido).

5) Y, con el ajuste (4) a la utilidad del ejercicio se reconoce la participación del interés minoritario, sobre el resultado de la filial, cuya proporción es del 30%.

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Presentación del Estado de Resultados Consolidado

Con los datos de la hoja de trabajo anterior, específicamente los de las co lumnas del consolidado, veamos cómo queda el Estado de Resultados Consolidado.

Como se aprecia en este informe, las ventas y costos de ventas no son simples sumas de los estados de resultados individuales de la matriz y filial, pues aquellos incluyen las ventas y costos que se generan en las operaciones comerciales interempresas, en cambio en este consolidado figuran las ventas hacia el exterior del grupo y los costos asociados a estas ventas.

De igual manera, por existir utilidades no realizadas, el cargo a resultado por impuesto a la renta no es la suma de los montos de la matriz y filial en forma individual debido a que, como ya se explicó, se dedujo el impuesto que queda diferido, el cual figura en el activo.

Los ingresos, costos, gastos e impuestos, así determinados produjeron la utilidad del ejercicio de $ 516 que se indica, a la que se deduce el interés minoritario para llegar a la utilidad del consolidado, cuyo monto es el mismo que figura en el Balance.

6. CONSOLIDACION DEL ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

Al describir y explicar el Estado de Flujo de Efectivo en los Capítulos I y 11, hemos señalado que, por lo reciente de este informe, aún no hay procedimientos nacionales estándares para su elaboración, como tampoco -agregamos ahora- los hay sobre consolidación de este informe.

Nuestra posición sobre este punto es que si se sigue la metodología simplificada que hemos sugerido para preparar este informe en capítulos anteriores, la consolidación no debería ofrecer dificultad alguna. (Capítulo 11, punto 6 y capítulo IV, punto 3).

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En efecto, el carácter analítico del clasificador de efectivo, en el que se identifican los flujos de ingresos y egresos conforme a sus orígenes y destinos, contiene la información que debe considerarse como flujo del consolidado y aquella que debe excluirse. En el caso de esta última, son los flujos de efectivo correspondiente a operaciones intercompañías, sean operacionales, de financiamiento o de inversión.

Igualmente, su construcción consolidada se facilita trabajando a partir de los Estados de Flujos de Efectivo particulares; es decir, de matriz y subsidiarias, más que a partir de la búsqueda de información en otros informes consolidados.

7. CONSOLIDACION DEL ESTADO DE CAMBIOS

La consolidación del Estado de Cambios en la Posición Financiera tenía como finalidad presentar los cambios conjuntos en la posición financiera del grupo de empresas que forman el holding, como si se tratara de una sola entidad.

Aspectos Metodológicos

El consolidado de este informe se puede preparar a partir de dos balances consolidados sucesivos de un grupo de empresas, procedimiento que es similar al explicado en los Capítulos I y 11 para la preparación de estados de cambios individuales, sólo que ahora se recurre a la información consolidada de un balance inicial y de otro final.

Otro procedimiento es preparar el ECPF Consolidado sobre la base de los Estados de Cambios individuales de la matriz y filiales, eliminado los flujos de recursos producidos por operaciones interempresas y con los ajustes necesarios para evitar duplicidad.

La secuencia metodológica a seguir, no difiere de la descrita para la consolidación del balance: se emplea similar hoja de trabajo, hay suma de partidas línea a línea; sólo que ahora es preciso tener en cuenta algunos ajustes especiales, como los cuatro siguientes:

eliminar la utilidad obtenida en la filial eliminar los flujos de financiamiento e inversiones generados en operaciones intercompañías eliminar transferencias de activos fijos reconocer el interés minoritario

Para ilustrar la construcción de este informe consolidado, lo haremos empleando el estado de cambios de una matriz y una filial.

Antecedentes para la Consolidación del Estado de Cambios

Los siguientes corresponden a los estados de cambios de una empresa matriz y una filial (pudiera haber múltiples filiales, pero para mayor claridad preferimos trabajar con una).

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Información adicional:

1) Durante el ejercicio la matriz transfirió activos fijos a la filial por $ 90, los que figuran como recursos

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obtenidos en la primera y recursos aplicados en la segunda (como parte de los $ 300).

2) La matriz hizo un aporte de capital de $ 500 en la filial, los que figuran en el rubro aplicado en la matriz y obtenidos en la filial.

3) La utilidad en filial que muestra la matriz, corresponde a la participación del 60 % en el patrimonio de la primera.

Desarrollo y Comentarios

Con la información anterior, la hoja de trabajo para el ECPF consolidado queda como se muestra a continuación:

Veamos algunos comentarios:

1) En esta hoja de trabajo se han ordenado las fuentes, los usos y las variaciones en el capital de trabajo en la misma forma como figuran en los Estados de Cambios de la matriz y filial.

2) En la columna para ajustes se efectuaron las eliminaciones correspondientes a los tres puntos de la información adicional: Esto es: ajuste por la transferencia de activos, por el aporte de capital y la reversión de la utilidad obtenida en la filial.

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3) El ajuste (4) muestra el reconocimiento del interés minoritario (30 % de la utilidad de la filial).

4) Por último, en las columnas del consolidado quedan los flujos netos de recursos obtenidos y aplicados, depurados de las operaciones intercompañía, los que en definitiva se emplean para presentar el consolidado de este informe.

Presentación del Estado de Cambios Consolidado

De acuerdo con la estructura de este informe y los datos de las columnas del consolidado de la hoja de trabajo anterior, este informe queda así:

A estas alturas del desarrollo de la consolidación queda tan sólo explicar que el interés minoritario, por concepto de utilidades del ejercicio, lo hemos clasificado bajo el rubro de los recursos provenientes de las operaciones, sumando a la utilidad del ejercicio, con lo que los FPO llegan a $ 550.

Al respecto, en la normativa de la SVS y en los Boletines Técnicos del Colegio de Contadores, no habían instrucciones específicas acerca de la clasificación de esta partida en el ECPF Consolidado. Nuestro criterio nos indica que, aun cuando se trata de recursos de terceros, como lo es el interés minoritario, corresponde a recursos generados por las, operaciones del giro empresarial y en tal condición debe formar parte del FPO o FAO, segregado de la utilidad consolidada de la matriz.

Por último hay que acompañar al ECPF Consolidado el anexo con las variaciones en el capital de trabajo, también consolidadas. Para tal efecto bastará remitirse a las cuentas del activo y pasivo circulante de los balances consolidados inicial y final; o bien, optar por los anexos particulares de la matriz y subsidiarias en donde se presentan las variaciones de cada empresa y, a partir de ellos, efectuar la consolidación. En tal caso se suma línea a línea teniendo la precaución de eliminar las variaciones en las cuentas recíprocas.

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Es oportuno agregar también, que todo informe contable es susceptible de ser consolidado. Pero su preparación debe cumplirse únicamente cuando es preciso informar sobre situaciones de conjunto o existan necesidades informativas específicas de los usuarios y que otros medios no entregan o éste lo hiciera con nuevos y diferentes aportes.

8. PREGUNTAS

1) Clasifique los diferentes tipos de inversión, según las instrucciones de la Superintendencia de Valores y Seguros

2) ¿Qué es una inversión financiera?3) Menciones 3 ejemplos de inversiones en instrumentos de renta fija4) ¿Cuándo nace la obligación de consolidar?5) Explique el significado de las siguientes expresiones, referidas a las sociedades.

Matriz coligante holdingFilial coligadoSubsidiaria asociada

6) ¿Cuándo una empresa ejerce control directo sobre otra y qué nombres reciben?7) El control indirecto de una sociedad sobre otra es cuando la primera tiene menos del 10% de propiedad

de la segunda. Comente8) ¿Qué son las inversiones recíprocas? ¿Están permitidas en Chile? ¿En qué casos?9) Mencione los métodos de valuación de inversiones de corto y largo plazo 10) ¿A qué se refiere la

expresión Valor Patrimonial Proporcional (VPP) y cuándo se emplea?11) Dé un ejemplo de VPP con mayor valor de inversión y otro con menor valor de inversión 12) ¿En qué

consisten los ajustes a VPP? 13) Enumere y describa los objetivos que a su juicio tienen las empresas para consolidar

14) ¿En que consiste el método de consolidación denominado suma de línea a línea?15) Dé un ejemplo de eliminación de utilidades no realizadas16) ¿A qué se refiere la expresión interés minoritario?17) ¿Qué es el Impuesto a la Renta Diferido?18) Al consolidar las ventas de los estados de resultados en el método de suma línea a línea es necesario

eliminar las ventas intercompañías ¿Por qué?Comente

19) ¿Cómo consolidaría Ud. el Estado de Flujo de Efectivo?20) ¿Qué opciones conoce Ud. para consolidar el ECPF?

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