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Capítulo 3. Contribución al cumplimiento del CTE

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Capítulo 3. Contribución al cumplimiento del CTE

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U

Capítulo 3. Contribución al Cumplimiento del CTE

Justificación de la contribución a la consecución final, cuando proceda y en cada local, de las prestaciones de éstos por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. La justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE de modo coherente con la intervención en los locales..

También se justifican las prestaciones del edificio que mejoren los niveles exigidos en el CTE, (OM-PCI Zaragoza.)

La firma de este documento implica la autoría de las justificaciones de cumplimiento del CTE que la preceden

Zaragoza, abril de 2009

Por AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P

Fdo: Fernando Aguerri. Arquitecto. Fdo: José Ignacio Aguerri. Arquitecto.

DB-SE 3.1 Exigencias básicas de seguridad estructural NO PROCEDE DB-SI 3.2a Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio SI

SI 1 Propagación interior SISI 2 Propagación exterior SISI 3 Evacuación SISI 4 Instalaciones de protección contra incendios SISI 5 Intervención de bomberos SISI 6 Resistencia al fuego de la estructura NO PROCEDE

OM-PCI –Z 3.2b Ordenanza Municipal protección contra incendios de Zaragoza SI DB-SU 3.3 Exigencias básicas de seguridad de utilización SI

SU1 Seguridad frente al riesgo de caídas SISU2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento SISU3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento SISU4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada SISU5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación NO PROCEDESU6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento NO PROCEDESU7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento NO PROCEDESU8 Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo NO PROCEDE

DB-HS 3.4 Exigencias básicas de salubridad

HS1 Protección frente a la humedad SIHS2 Eliminación de residuos SIHS3 Calidad del aire interior SIHS4 Suministro de agua SIHS5 Evacuación de aguas residuales SI

DB-HR 3.5 Exigencias básicas de protección frente el ruido SI DB-HE 3.6 Exigencias básicas de ahorro de energía

HE1 Limitación de demanda energética SIHE2 Rendimiento de las instalaciones térmicas SIHE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación SIHE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria SIHE5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica NO PROCEDE

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.2 Seguridad en caso de incendio

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U.

3.2. Seguridad en caso de incendio

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la

Edificación.( BOE núm. 74, martes 28 marzo 2006)

Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI).

1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a

límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados

de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su

proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y

utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se

establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo

cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los

niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de

incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial

a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los

establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen

mediante dicha aplicación.

11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de

propagación del incendio por el interior del edificio.

11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de

propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros

edificios.

11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá

de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o

alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.

11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer

posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la

alarma a los ocupantes.

11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la

intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios.

11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia al fuego de la estructura: la

estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que

puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas

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3.2 Seguridad en caso de incendio

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Nota previa: La redacción de esta justificación no implica el cumplimiento completo del CTE

necesario en cada local tras la definición de uso. Esta justificación alcanza lo definido en el punto

siguiente y se define como la contribución que efectuamos desde este proyecto para alcanzar el

objetivo final.

3.2.1 Tipo de proyecto y ámbito de aplicación del documento básico

1 DEFINICIÓN: Como se ha dicho en la Memoria Descriptiva, se trata de la redacción de Proyecto Básico y

de Ejecución de la adecuación de locales SIN USO ESPECÍFICO situados en la planta baja de los edificios de

viviendas de protección aragonesa 44 + 38 VPA, en los que se proyectaban también locales (éstos), garaje,

trasteros y local para centro Musical (en el edificio R3) que desarrollan el PERI Armas-Casta Álvarez, promoción que

lleva a cabo la Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda

2 ÁMBITO: Los dos proyectos que desarrollan los edificios R2, R4 y R1 (que no tiene locales) y R3 tienen un

expediente municipal común cuyo con número es 863.764/2005 y obtuvieron licencia municipal de obras el día 27

de junio de 2006, cuando todavía era vigente la normativa de NBE-CPI 96, por lo que los aspectos afectados por la

normativa de incendios de este edificio quedarían divididos en dos: estructura, con estabilidad y resistencia al fuego

producto de la aplicación de la NBE-CPI y resto de condiciones de protección contra incendios con arreglo al DB

CTE-SI.

Adjuntamos certificación de estabilidad al fuego de 90 minutos (EF-90) del forjado de techo de locales de planta

baja, por lo que entendemos que no es necesario reforzar ni modificar la estructura de hormigón armado.

SE INCLUYE COPIA DE LO INCLUIDO EN EL APARTADO 1.6 REQUISITOS BÁSICOS DE LA MEMORIA

DESCRIPTIVA.

2 LÍMITES DE ESTE CUMPLIMENTO Y DEL PROYECTO: Tal y como se establece en las condiciones del

programa de necesidades, NO SE DEFINE el USO ESPECÍFICO DEFINITIVO de cada local, por lo que la redacción

de todos los documentos asociados a la seguridad en caso de incendio de este proyecto no implica su validez para

todas las posibles condiciones de uso. En esta redacción se justifica el cumplimiento de los requerimientos exigidos

por la normativa de aplicación hasta el punto en el que la definición de uso al que se vaya a destinar el local

condicione las soluciones constructivas, instalaciones previstas y medios y vías de evacuación.

El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SI para reducir a límites aceptables el riesgo de que los posibles

usuarios sufran daños derivados de un incendio de origen accidental en los siguientes aspectos:

- Se puede limitar la extensión del incendio a otras partes del edificio en el que se encuentran localizados.

- Se permite la actuación de los equipos de extinción y rescate.

- Se asegura la capacidad de evacuación mediante el posicionamiento de puertas de modo que los

ocupantes puedan desalojar cada local en condiciones seguras.

- Se dota de alumbrado de emergencia y de un medio manual de extinción de acuerdo a la configuración

actual.

Quedará el resto de aspectos, como recorridos de evacuación, locales de riesgo, número de ocupantes e

instalaciones, pendientes de justificación de su cálculo cuando se defina el uso especifico de cada local.

Es decir, se proyecta una adecuación de “local tipo con equipamiento mínimo”, (en la que “solo” queda pendiente

la definición del uso al que se va a destinar, aspecto éste de indudable importancia). Con la intervención de este

proyecto los locales, adquieren unos mínimos de protección que podrían ser válidos para “determinadas

configuraciones de uso” pero no puede hacerse extensivo a “todas los usos posibles” por lo que SERÁ

NECESARIA, en el proceso de tramitación del expediente municipal de apertura, la confirmación o no de esta

circunstancia. Es obvio que, en la medida de que sean necesarias más actuaciones de tipo constructivo o de

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aumento de las instalaciones de cara a la seguridad en caso de incendio, su justificación técnica y la dotación u

obras necesarias correrán por cuenta del usuario final. Todos los usos posibles a los que nos referimos serán los

fijados por el P.G.O.U de Zaragoza.

3 ALMACENAMIENTOS: El ámbito de aplicación de este DB es el que se establece con carácter general

para el conjunto del CTE en su artículo 2 (Parte I) excluyendo los edificios, establecimientos y zonas de uso

industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos

industriales”. Dado que el CTE no incluye exigencias dirigidas a limitar el riesgo de inicio de incendio relacionado

con las instalaciones o los almacenamientos regulados por reglamentación específica. Por tanto corresponde al

Reglamento establecer dichas exigencias.

Será obligación posterior del titular de la licencia de actividad comercial o de cualquier otro tipo que QUIERA

INCORPORAR ALMACENAMIENTO SEGÚN LO ANTES DESCRITO la justificación del cumplimiento de los

requisitos de seguridad en caso de incendio para el local.

A este respecto, si se dieran las condiciones de que a algún establecimiento de los que ahora se estudian se le

fuera a incorporar una zona de almacenamiento con alta carga de fuego (calculada con arreglo al Anexo 1 del

"“Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales" y mayor de 3x106 megajulios

(MJ) y estuviera el local destinado, además, a presencia de público, se deberá aplicar conjuntamente tanto el citado

Reglamento, como el DB SI del CTE. Todo ello siguiendo las indicaciones incluidas en el documento “Criterios para

la interpretación y aplicación del Documento Básico DB SI” editado por el Ministerio de la Vivienda en cuya última

edición de septiembre de 2008.

4 En este proyecto NO SE INCLUYEN los cálculos de evacuación e instalaciones contra incendios que

deberán justificarse en los documentos técnicos que cada inquilino de local deba presentar antes del inicio de su

actividad ,una vez definido d el USO ESPECIFICO de su local.

Tipo de proyecto (1) Tipo de obras previstas (2) Alcance de las obras (3) Cambio de uso (4)

Básico y Ejecución Obra nueva de adecuación

de local SIN USO

ESPECÍFICO

Intervención total excepto

estructura (*)

No

(1) Proyecto de obra; proyecto de cambio de uso; proyecto de acondicionamiento; proyecto de instalaciones; proyecto de

apertura...

(2) Proyecto de obra nueva; proyecto de reforma; proyecto de rehabilitación; proyecto de consolidación o refuerzo estructural;

proyecto de legalización...

(3) Reforma total; reforma parcial; rehabilitación integral...

(4) Indíquese si se trata de una reforma que prevea un cambio de uso o no.

Se tienen en cuenta las exigencias de aplicación del Documento Básico CTE-SI que prescribe el apartado III (Criterios generales

de aplicación) para las reformas y cambios de uso.

Nota:

(*) Según texto previo

3.2.2 SECCIÓN SI 1: Propagación interior

Compartimentación en sectores de incendio

Según establece el CTE DB-SI, toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o

del establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los

límites que establece la tabla 1.1 de esta Sección.

Por esta razón y por la propia lógica de subdivisión en unidades registrales y de negocio independiente, la

compartimentación en sectores de incendio se realiza bajo las condiciones citadas y se construye mediante

elementos cuya resistencia al fuego satisfacen las condiciones que se establecen en la tabla 1.2 de esta Sección.

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De este modo, CADA LOCAL se configurará, una vez definido su uso, como un ÚNICO SECTOR DE INCENDIO

INDEPENDIENTE, incluido dentro de un edificio de uso Residencial/Vivienda en el que se encuentran, además,

otros sectores y usos, como son los trasteros y zonas comunes, garaje y, en el caso del edificio R3, local para

Centro Musical.

Los límites de cada uno de los sectores serán siempre:

- Lateralmente, las fachadas anteriores a calle y posteriores a espacio interior de manzana privado de uso

público y los cerramientos medianeros hacia local contiguo o portal de acceso a viviendas.

- En vertical, y en el sentido ascendente del incendio, las viviendas que se ubican en planta primera. Por

debajo las dependencias situadas en planta sótano -1, trasteros y aparcamiento.

- En los extremos de la intervención los locales limitan con propiedades distintas por lo que sus

medianeras cumplirán lo establecido en este DB SI para dichos cerramientos.

Por la propia configuración de los locales y sus características citadas los usos a los que puedan destinarse estarán

en función de dos elementos diferenciados:

- Desde el punto de vista del PGOU de Zaragoza, exclusivamente los compatibles con el uso residencial,

que es el principal de cada edificio y que se hallan descritos en la Memoria de este proyecto.

- Desde el punto de vista de la seguridad de incendios, aquellos cuya compartimentación de incendios, es

decir la resistencia al fuego de paredes, techos y puertas sea igual o inferior a EI 90 minutos que es

el máximo para el que se proyectó el techo de las plantas bajas en los proyectos de edificación

residencial R3 y R2, R4 y R1 (que no tiene locales).

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Del apartado de Justificación Urbanística de la Memoria extractamos el cuadro de posibles usos al que

incorporamos las limitaciones desde el punto de vista del DB SI, teniendo en cuenta que, en ningún caso, se

superan la superficie máxima para un sector de incendios de 2.500 m², añadiendo además lo estipulado en el punto

(3) del cuadro anterior, extraído literalmente del DB SI, en el que “Cuando el techo separe de una planta superior

debe tener al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar

de EI , al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios”.

USO LIMITACIONES PGOU ZGZ LIMITACIONES CTE DB SI

paredes / techos

Comercial sin limitaciones EI-90/ REI-90

Oficinas sin limitaciones EI-60/ REI -60

Industrias, talleres y almacenes Con superficie máxima de 400 m² y 20 CV. EI-90/ REI-90

Recreativos sin limitaciones EI-90/ REI-90

Equipamientos y servicios sin limitaciones EI-90/ REI-90

Residencia comunitaria y hotelera Establecimientos del tipo 2 EI-60/ REI-60

Ascensor

Los locales no cuentan con esta instalación.

Locales de riesgo especial

Con la configuración de locales que se define en este proyecto, no hay en su interior otros locales de riesgo

especial de los definidos en la tabla 2.1 de esta Sección.

A este respecto, cualquier modificación de las condiciones de distribución ocasionados por la asignación de un

uso, en aras de incluir locales de riesgo especial bien sea por la instalación de almacenes o de otras dependencias

que puedan definirse como de riesgo espacial requerirá la preceptiva justificación en el proceso de concesión de las

licencias que le fueran oportunas, tal y como hemos indicado en el punto 3.2.1 de definición del ámbito de

aplicación.

Reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario

Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1

de esta Sección.

Las condiciones de reacción al fuego de los componentes de las instalaciones eléctricas (cables, tubos, bandejas,

regletas, armarios, etc.) se regulan en su reglamentación específica y cumplirán además con lo establecido en la

(OM-PCI-Zaragoza de 1995.

Los materiales de revestimiento, en su configuración final deberán cumplir:

Revestimiento (1)

De techos y paredes (2) (3) De suelos (2) Situación del elemento

Norma Proyecto Norma Proyecto

Zonas comunes y ocupables del edificio (4)

C-s2,d0 B-s2,d0 o más favorable

EFL EFL o mas favorable

Aparcamiento A2-s1,d0 No procede A2FL-s1 No procede

Escaleras protegidas B-s1,d0 No procede CFL-s1 No procede

Recintos de riesgo especial (5) B-s1,d0 No procede BFL-s1 No procede

Espacios ocultos no estancos: patinillos, falsos techos, suelos

elevados etc. (6) B-s3,d0 B-s3,d0 BFL-s2 BFL-s2 (6)

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Notas de los autores:

Los revestimientos de acabado de paredes de los locales DEFINIDOS EN ESTE PROYECTO son:

- Cara interior de las fachadas: Nuevo trasdosado de las fachadas existentes de ladrillo perforado de

hormigón vibrocomprimido tipo GERO mediante maestras tipo omega de acero galvanizado y una placa

de yeso laminado de 15 mm. De acuerdo a RD 110/2008 por el que se modifica parcialmente RD

312/2005, la clasificación de reacción al fuego de una placa de yeso laminado de espesor superior a 9,5

mm es como mínimo B-s1, d0.

- Separación entre local y zonas comunes edificio viviendas: Fábrica de ladrillo perforado de hormigón

vibrocomprimido tipo GERO. De acuerdo al RD 312/2005, la clasificación de reacción al fuego de un

hormigón con árido mineral incluso si éste es ligero y sin contener aislamiento térmico integral puede

clasificarse dentro de los materiales pertenecientes a las clase A1 y A1FL SIN NECESIDAD DE ENSAYO.

- Separación entre locales: Fábrica de ladrillo perforado de hormigón vibrocomprimido tipo GERO con las

mismas características antes citadas.

Los falsos techos de acabado de paredes de los locales son:

- Dos placas de yeso laminado liso Standard o de alta resistencia tipo Diamant Knauf de 15,5 mm. De

espesor suspendido de forjado con fijaciones amortiguadoras y panel de lana de roca entre perfiles de 50

mm espesor y 70 Kg/m³. Para aislamiento acústico según CTE HR, de acuerdo al RD 110/2008 la

clasificación de reacción al fuego de una placa de yeso laminado de espesor superior a 9,5 mm y

densidad mayor que 600 kg/m³ (densidad media de placa Standard 750 kg/m³, densidad media de placa

diamant knauf 900 kg/m³), es como mínimo B-s1, d0.

La lana de roca tiene clasificación incombustible A1 según apartado 1.2 y cuadro 1.2-1 del RD 312/2005

por el que se establece la clasificación de reacción al fuego de los productos de construcción sin

necesidad de justificación mediante ensayo.

Los solados proyectados son:

- Pavimento continuo de hormigón con fibras HM-20/B/20/I de 10 cm de espesor medio capa de rodadura

de mortero de cemento CEM II / A-P 32,5 R con áridos silíceos o de cuarzo y aditivos. De acuerdo al

apartado 1.2 y cuadro 1.2-1 del RD 312/2005, la clasificación de reacción al fuego de un hormigón con

árido mineral, incluso si éste es ligero, y sin contener aislamiento térmico integral puede clasificarse dentro

de los materiales pertenecientes a la clase A1FL SIN NECESIDAD DE ENSAYO, clase más favorable que

EFL.

- Pavimento de moqueta de fibra de coco no es necesaria si justificación porque no supera el 5% de la

superficie de suelo del local.

Los espacios ocultos no estancos existentes son:

- Espacio bajo falso techo acústico y sobre falso techo de acabado final tiene por límite superior el techo de

doble placa de yeso laminado de alta resistencia Knauf Diamant de 15,5 mm y por debajo un falso techo

de placa de yeso laminado Standard de 15 mm. La clasificación de reacción al fuego de una placa de

yeso laminado de espesor superior a 9,5 mm y densidad mayor que 600 kg/m³ (densidad media de placa

Standard 750 kg/m³, densidad media de placa Diamant knauf 900 kg/m³), es como mínimo B-s1, d0.

Según declaración de conformidad de empresa Knauf su reacción al fuego es A2-s1, d0.

Los espacios sobre falsos techos de placa simple o doble de yeso laminado continua se consideran

espacios estancos respecto a las zonas ocupables o comunes.

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Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de

incendios.

En cuanto al paso de instalaciones existen dos tipos de situaciones:

Edificios R2 y R4: Las conexiones entre colectores principales de saneamiento de las bajantes de los

cuartos húmedos de las viviendas discurren por el techo de la planta baja, además de las propias del piso

inmediatamente superior, y la conexión a la bajante general. Desde allí la bajante transcurre por la planta

baja en vertical por un conducto o patinillo compartimentado con elementos que aportan dicha resistencia

al fuego, EI-120 (fábrica de ladrillo tipo gero), por lo que la sectorización requerida se cumple.

En el resto de instalaciones de acometida a las viviendas superiores discurren igualmente en cámara

compartimentada con elementos EI-120. En ambos casos no existen registros para mantenimiento.

Edificio R3: En este caso sólo aparecen en el techo del local el colector y la unión de dos bajantes (las

conexiones entre colectores se realizan en la planta sótano-1) que se introducen en un conducto o patinillo

compartimentado con elementos que aportan dicha resistencia al fuego, EI-120, por lo que la sectorización

requerida se cumple.

En el resto de instalaciones de acometida a las viviendas superiores discurren en el interior del portal de

viviendas compartimentadas con elementos de la EI necesaria en cada caso.

Se cumple el apartado 3.2 de la sección SI 1 del DB-SI porque las cámaras sólo tienen una planta de 3,5 m

(edificios R2 y R4) ó 4 m (edificio R3) de desarrollo vertical de las cámaras no estancas (ventiladas)

La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se mantiene en los puntos en

los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías,

conducciones, conductos de ventilación, etc.

3.2.3 SECCIÓN SI 2: Propagación exterior

Distancia entre huecos

Se limita en esta Sección la distancia mínima entre huecos situados entre dos edificios, o entre dos sectores de

incendio del mismo edificio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas, o hacia una escalera o pasillo

protegido desde otras zonas. El paño de fachada o de cubierta que separa ambos huecos deberá ser como mínimo

EI-60.

Sólo se produce una de estas situaciones ya que la mayor parte de los huecos de locales están separados a

suficiente distancia unos de otros. Ésta se ubica la fachada hacia el espacio interior privado de uso público del

interior de manzana del edificio R2, único con acceso desde la calle Casta Álvarez y la separación está entre el hueco de acceso al portal y el hueco del Local 9. Para cumplir la distancia se prolonga la separación entre ambos

huecos hasta alcanzar la dimensión reglamentaria.

Fachadas Cubiertas

Distancia horizontal (m) (1) Distancia vertical (m) Distancia (m)

Ángulo entre

planos Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto

180º 0,50 0,50

(1) La distancia horizontal entre huecos depende del ángulo α que forman los planos exteriores de las fachadas:

Para valores intermedios del ángulo α, la distancia d puede obtenerse por interpolación

α 0º (fachadas paralelas enfrentadas) 45º 60º 90º 135º 180º

d (m) 3,00 2,75 2,50 2,00 1,25 0,50

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3.2.4 SECCIÓN SI 3: Evacuación de ocupantes

Cálculo de ocupación, número de salidas, longitud de recorridos de evacuación y

dimensionado de los medios de evacuación

Dada la especial indefinición del USO ESPECÍFICO de los locales, NO ES POSIBLE CONCRETAR LA

OCUPACIÓN NI LA LONGITUD DE LAS VÍAS DE EVACUACIÓN. Sólo se puede definir el dimensionado de los

puertas de evacuación y el número de salidas

El cálculo de la anchura de las salidas de recinto, (que es el de planta y de edificio) se realizará en el momento de

concretar el uso específico del local, teniendo en cuenta la inutilización de una de las dos salidas bajo la hipótesis

más desfavorable y la asignación de ocupantes a la salida más próxima tal y como se establece el apartado 4 de

esta Sección. No obstante las dos puertas de 90 cm permiten alcanzar una ocupación de 180 personas, que

resultará muy difícil (una media de 3 personas por cada metro cuadrado si se ocupa el local completamente libre y

hay que tener en cuenta su equipamiento, muebles, mostradores etc.)

A este respecto es necesario recordar que el espacio interior de manzana, de uso público pero de propiedad

privada reúne las condiciones de espacio exterior seguro que se establecen en el Anejo SI A de Terminología de

este DB.

CRITERIOS DE EVACUACIÓN

Cada local tiene dos salidas de planta (o en este caso de edificio) hacia las dos opciones de salida de evacuación

que tiene. Éstas son de dos tipos: las dos calles exteriores, Armas en la mayoría de los locales o Casta Álvarez en el

situado en el edificio R2, o hacia el espacio interior de uso público que el Plan Especial definió en el interior de la

manzana.

Número de salidas (3).

Recorridos de evacuación (3) (4)

(m)

Anchura de salidas (5)

(m) Recinto, planta,

sector Uso

previsto (1)

Superficie útil (m2)

Densidad ocupación

(2) (m2/pers.)

Ocupación (pers.)

Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

PLANTA BAJA

Local 1 (*) 55,41 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90

Local 2 (*) 62,19 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 3 (*) 62,47 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 4 (*) 69,04 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 5 (*) 53,01 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 6 (*) 60,49 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 7 (*) 56,76 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 8 (*) 69,56 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90 Local 9 (*) 37,78 (*) (*) 1 2 50 11 0,80 0,90

Notas de los autores:

(*) En función del uso específico definido en cada licencia de actividad.

Notas: (1) Según se consideran en el Anejo SI-A (Terminología) del Documento Básico CTE-SI. Para los usos previstos no contemplados en este

Documento Básico, debe procederse por asimilación en función de la densidad de ocupación, movilidad de los usuarios, etc.

(2) Los valores de ocupación de los recintos o zonas de un edificio, según su actividad, están indicados en la Tabla 2.1 de esta Sección.

(3) El número mínimo de salidas que debe haber en cada caso y la longitud máxima de los recorridos hasta ellas están indicados en la Tabla 3.1

de esta Sección.

(4) La longitud de los recorridos de evacuación que se indican en la Tabla 3.1 de esta Sección se pueden aumentar un 25% cuando se trate de

sectores de incendio protegidos con una instalación automática de extinción.

(5) El dimensionado de los elementos de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la Tabla 4.1 de esta Sección

Protección de las escaleras

No hay escaleras en el interior de los locales.

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3.2 Seguridad en caso de incendio

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U. 3.2a _ 8

Vestíbulos de independencia

No son necesarios vestíbulos de independencia en el interior de los locales, excepto que se produzcan variaciones

en la distribución de éstos por lo que se actuará de igual modo que en el caso de locales de riesgo especial.

3.2.5: SECCIÓN SI 4: Dotación de instalaciones de protección contra incendios

La exigencia de disponer de instalaciones de detección, control y extinción del incendio viene recogida en la Tabla

1.1 de esta Sección en función del uso previsto, superficies, niveles de riesgo, etc.

Éstas quedarán definidas CUANDO QUEDE ASIGNADO EL USO ESPECÍFICO A CADA LOCAL, ya que la dotación

de instalaciones varía en función de la protección frente al fuego de la que haya que dotar a cada caso. No

obstante, en aras de cumplir con un equipamiento mínimo se ha previsto la instalación de un EXTINTOR 21A-144

6 KG, en cada uno de los locales.

El diseño final en función del uso, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones,

así como sus materiales, sus componentes y sus equipos, cumplirán lo establecido, tanto en el apartado 3.1 de la

Norma, como en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RD. 1942/1993, de 5 de

noviembre) y disposiciones complementarias, y demás reglamentación específica que le sea de aplicación.

Extintores

portátiles (*) Columna seca

(**) B.I.E.

Sistema de

alarma Sistema de

detección Rociadores

automáticos de agua Recinto, planta,

sector Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy. Norma Proy.

Opción 1

(Comercial) Sí Sí No NO No NO No NO No NO No NO

Opción 2

(Docente) Sí Sí No NO No NO No NO No NO No NO

Opción 3

(P. Concurrencia) Si Si No NO No NO No NO No NO No NO

Opción 4

(Administrativa) Si Si No NO No NO No NO No NO No NO

- (*) El número de extintores será variable en caso de subdivisiones de los locales en recintos semejantes a

locales de riesgo especial que, como hemos definido, sólo pueden ser riesgo bajo por el condicionante de la

estructura que en R90.

- (**) Cada edificio de viviendas en el que están incluidos en su planta baja los locales en proyecto cuenta,

con instalación de columna seca, con toma desde la fachada interior hacia el espacio libre privado de uso

público, de modo que los locales no quedan protegidos por ella, ya que lo que se instala en planta baja es la

toma de conexión del camión de bomberos a la columna seca.

3.2.6: SECCIÓN SI 5: Intervención de los bomberos

Aproximación a los edificios

Los viales de aproximación a los espacios de maniobra a los que se refiere el apartado 1.2 de esta Sección, deben

cumplir las condiciones que se establecen en el apartado 1.1 de esta Sección.

Por tratarse de una construcción en el casco histórico de la ciudad las condiciones de aproximación a los edificios

resultan difíciles de cumplir. Así se pudo comprobar en el momento de la redacción de la Modificación del PERI

Armas-Casta Álvarez, en el que el informe preceptivo de los Servicios de Protección de incendios, Salvamento y

Protección Civil del Ayuntamiento de Zaragoza determinó la obligación de dejar en uno de los pasos de

comunicación que prevé el PERI entre la plaza pública y el espacio libre privado de uso público interior un paso de

4,00 m, de altura para el acceso del servicio de bomberos. De este modo el acceso de bomberos al interior de la

manzana garantiza la fácil extinción de cualquier incendio en los locales, del mismo modo que en las viviendas.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.2 Seguridad en caso de incendio

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U. 3.2a _ 9

Tramos curvos Anchura mínima

libre (m)

Altura mínima libre

o gálibo (m)

Capacidad portante

del vial (kN/m2) Radio interior (m) Radio exterior (m) Anchura libre de

circulación (m)

Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto Norma Proyecto

3,50 5,50 (*)

9,60

(**)

4,50 4,00 (*) 20 20 (***) 5,30 5,30 12,50 12,50 7,20 9,60

Nota de los autores:

(*) Según texto anterior y cumplimiento del Texto Refundido de MPERI.

(**) La de la zona libre pavimentada en la plaza pública hasta acceso al espacio interior. (***) La de la losa de bomberos de la zona interior privada de uso público.

Entorno de los edificios

Los locales están situados en el nivel de la calle por lo que

No procede POR TENER ALTURA DE EVACUACIÓN MENOR DE 9,00 m

Accesibilidad por fachadas

Los locales están situados en el nivel de la calle por lo que

No procede POR TENER ALTURA DE EVACUACIÓN MENOR DE 9,00 m

3.2.7: SECCIÓN SI 6: Resistencia al fuego de la estructura

La resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas, soportes y tramos

de escaleras que sean recorrido de evacuación, salvo que sean escaleras protegidas), es suficiente si:

• alcanza la clase indicada en la Tabla 3.1 de esta Sección, que representa el tiempo en minutos de

resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura (en la Tabla 3.2 de esta

Sección si está en un sector de riesgo especial) en función del uso del sector de incendio y de la altura de

evacuación del edificio;

• soporta dicha acción durante un tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el Anejo B.

Como se ha descrito con anterioridad, los locales forman parte de un edificio construido o en proceso de

construcción cuya resistencia al fuego de la estructura fue calculada con arreglo a la normativa NBE-CPI 96.

Con arreglo a esos proyectos, y según consta en los documentos anexos se califica la resistencia al fuego de la

estructura de planta baja como EF-90, equivalente a R-90 de la normativa actual.

Material estructural considerado (1)

Estabilidad al fuego de los

elementos estructurales Local de riesgo

Uso del recinto

inferior al forjado

considerado Soportes Vigas Forjado Norma Proyecto (2)

Todos locales Uso SIN DEFINIR Hormigón Hormigón Hormigón R-90 R-90

(1) Debe definirse el material estructural empleado en cada uno de los elementos estructurales principales (soportes, vigas,

forjados, losas, tirantes, etc.)

(2) La resistencia al fuego de los elementos de soportes y vigas se estableció en el proyecto de cada uno de los edificios de

viviendas. En el caso de la del forjado se aporta el certificado de la empresa suministradora del forjado prefabricado:

Por tanto, desde el punto de vista de la seguridad de incendios, en estos locales podrán establecerse todo tipo de

actividades que, además de cumplir con los usos compatibles con el residencial, que es el principal de cada

edificio, según el PGOU de Zaragoza sean posibles de ocupar un espacio en planta baja con EF-90 minutos, es

decir, los subrayados en la copia de la Tabla 1.2 del artículo 1 de Compartimentación en sectores de incendio de la

Sección SI 1 de Propagación interior. SE ADJUNTA COPIA DEL CERTIFICADO DE LA EMPRESA

SUMINISTRADORA.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.2.b OM PCI Zaragoza

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3.2. b Ordenanza Municipal de protección

contra incendios de Zaragoza

Prescripciones aplicables

Medidas de prevención necesarias que mejoren las que el CTE DB-SI:

TITULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES

Art. 1.2

Como dicta el artículo 1.2, el cumplimiento de esta Ordenanza se reflejará en la documentación necesaria para la obtención de autorizaciones y licencias, de forma que sean fácilmente identificables los elementos que no pueden

modificarse sin afectar a las exigencias reglamentarias de seguridad contra incendios.

Art. 1.4

En el apartado 3.2.1 Tipo de proyecto y ámbito de aplicación del documento básico del Anexo de justificación del

CTE DB SI, del que esta sección forma parte, se describen las condiciones con las que se proyectan estas obras,

singulares, cuanto menos por tratarse del ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES SIN USO ESPCÍFICO, sabiendo

que es esta condición previa la que define los criterios con los que abordar el cálculo de las instalaciones de

protección de incendios.

En la sección 1.5 Justificación de la Normativa Urbanística de la Memoria se incluye el siguiente cuadro.

En este artículo de la OM PCI Zaragoza se establecen las condiciones para considerar de pública concurrencia los

usos posibles.

Ampliamos el cuadro comparativo para comprobar cuales de los usos que el PG permite desarrollar en los locales

objeto de este proyecto deben considerarse de pública concurrencia.

Resumen de usos posibles teniendo en cuenta que TODOS LOS LOCALES en SITUACIÓN b):

USO LIMITACIONES

URBANISTICAS

LIMITACIONES OM-PCI Zaragoza;

es de pública concurrencia si

Comercial (y restauración, bares,

cafeterías y restaurantes) sin limitaciones Superficie construida > 500 m²

Oficinas sin limitaciones Superficie construida > 2.000 m²

Industrias, talleres y almacenes

Con superficie máxima de 400

m² y 20 CV. Ver Título III

Recreativos (discotecas, salas de

juego, pubs) y espectáculos (cines,

teatros, música en vivo etc.) sin limitaciones Superficie construida > 200 m²

Equipamientos y servicios sin limitaciones Superficie construida > 2.000 m²

Residencia comunitaria y hotelera Establecimientos del tipo 2 Superficie construida > 2.000 m²

Hotelero Establecimientos del tipo 2 Siempre

Quiere esto decir que, en ningún caso de los locales cuya adecuación parcial proyectamos se puede superar la

superficie que obligue a considerarlos como de pública concurrencia.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.2.b OM PCI Zaragoza

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Art. 2.1

Se aportará documentación descrita al final de las obras.

No obstante sólo servirá para las condiciones de diseño explicadas en la justificación del DB-SI, por cuanto que, las

obras no se considerarán terminadas HASTA QUE NO SE DEFINA EL USO FINAL y se evalúen la utilidad dentro de

cada local de las medidas de protección previstas en este proyecto, que si bien pueden ser suficientes en la

mayoría de las circunstancias, la libertad de uso de cada instalación debe condicionar el certificado final.

Se aportarán certificados de ensayo de los elementos requeridos por el CTE DB-SI.

Art 4.1

Particularmente, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Protección contra incendios, se ha proyectado la

instalación de los locales siguiendo los criterios contenidos en este artículo. Dentro de las posibilidades de uso de

los locales de uso ADMINISTRATIVO Y COMERCIAL definidos en la CPI-96 (ahora DB-SI), en este artículo se

califican como de ACTIVIDADES MENORES las que cumplen unas determinadas condiciones.

No obstante, podemos afirmas que estrictamente, los locales que proyectamos cumplen TODAS las condiciones

de este artículo excepto dos, por carecer de uso asignado desconocemos, si su nivel de riesgo intrínseco es bajo

(850 MJ/m² - 200 Mcal/m²) y los elementos estructurales (forjado techo locales) son EF-90 según marca la NBE CPI-

96 para el uso comercial y demás registrables en estos locales y los cerramientos fijos y ciegos son EF-RF-120.

En resumen:

SI Estar situados en planta baja, sin utilización de sótano para público.

SI Superficie total menor de 200 m² y aforo inferior a 100 personas.

SI Recorrido de evacuación menor de 25 m.

¿? Nivel de riesgo intrínseco bajo (850 MJ/m² ó 250 Mcal/m²)

NO Los elementos estructurales y de cerramientos fijos y ciegos son, al menos EF-RF-120.

Art 4.2

Pese a todo ello hemos adoptado como solución de diseño para estos locales la instalación de los medios que se

citan en este artículo.

Un extintor por local (cada uno tiene menos de 100 m²) de eficacia 21 A/144 B y uno de CO2 (instalación

condicionada al uso final y potencia del cuadro eléctrico, pr lo que no se prevé ahora y se incluirá en el

expediente de actividad)

Luces de emergencia y señalización en la salida e instalación eléctrica en general.

Puerta de acceso de anchura mayor de 80 cm.

TITULO II DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 6

No hay calderas.

Art. 7

No se consideran de riesgo especial los aparatos de maquinaria individual de acondicionamiento de aire.

Art. 8

Los sistemas de climatización basados máquinas del tipo “cassete” trasladan gas refrigerante y no aire, por lo que

no constituyen riesgo de incendio.

Como elemento añadido en esta justificación entendemos que nos encontramos dentro del punto 2 de este artículo

ya que este sistema de climatización y acondicionamiento NO ES COLECTIVO, sino individual.

Art. 10-13

Todas las instalaciones eléctricas se hacen con arreglo al Reglamento electrotécnico de Baja Tensión.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.2.b OM PCI Zaragoza

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En el cálculo y diseño de las instalaciones eléctricas deberán cumplirse los artículos aquí citados.

No hay instalaciones eléctricas que alimenten sistemas de protección contra incendios.

Art. 16-18

El local no dispone de instalación de gas.

Art. 19

Las instalaciones de protección de incendios se regularán conforme al Reglamento de Instalaciones de Protección

de incendios del Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre.

Art. 20

1. Los extintores son todos de eficacia 21A-144B.

2. No es necesaria la instalación de columna seca para los usos descritos. No obstante en la planta baja de

cada edificio de viviendas en el que están incluidos los locales cuenta, con instalación de columna seca, con toma

desde la fachada interior hacia el espacio libre privado de uso público, de modo que los locales no quedan

protegidos por ella, ya que lo que se instala en planta baja es la toma de conexión del camión de bomberos a la

columna seca.

TÍTULO III CONDICIONES URBANÍSTICAS

En el caso de que algún local instalara o incluyera almacenamiento o se diera destino al local en un uso industrial

siempre dentro de lo permitido en el Plan General en la zona B a la que pertenece, (Industrias, talleres y almacenes

con superficie máxima de 400 m² y 20 CV) deberá justificarse el cumplimiento de este Título III.

TÍTULO IV. CONDICIONES URBANÍSTICAS

Art. 32

Por tratarse de una construcción en el casco histórico de la ciudad las condiciones de aproximación a los edificios

resultan difíciles de cumplir. Así se pudo comprobar en el momento de la redacción de la Modificación del PERI

Armas-Casta Álvarez, en el que el informe preceptivo de los Servicios de Protección de incendios, Salvamento y

Protección Civil del Ayuntamiento de Zaragoza determinó la obligación de dejar, en uno de los pasos de

comunicación que se prevén entre la plaza pública y el espacio libre privado de uso público interior, un gálibo de

4,00 m, de altura para el acceso del servicio de bomberos. También cuenta el espacio libre privado de uso público

interior al que se accede con capacidad portante de 2.000 Kp/m². El acceso desde la plaza cumple las condiciones

de radio de giro.

Desde este emplazamiento el acceso a los locales es directo.

Art. 33

La altura de evacuación del edificio es menor de 9.00 m por lo que no es necesario cumplir lo estipulado en este

artículo.

Art. 36

Aunque sería necesaria la colocación de un hidrante exterior por tratarse de un local de uso Publica Concurrencia

superior a 500 m², se resulta imprescindible se instalación ya que está prevista la colocación en una zona muy

próxima a cargo del proyecto de urbanización de la plaza pública.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.3. Seguridad de utilización

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3.3. Seguridad de utilización

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006)

Artículo 12. Exigencias básicas de seguridad de utilización (SU). 1. El objetivo del requisito básico «Seguridad de Utilización consiste en reducir a límites

aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos durante el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

1. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

2. El Documento Básico «DB-SU Seguridad de Utilización» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad de utilización.

12.1 Exigencia básica SU 1: Seguridad frente al riesgo de caídas: se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo, se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad. 12.2 Exigencia básica SU 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento: se limitará el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o móviles del edificio. 12.3 Exigencia básica SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento: se limitará el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos. 12.4 Exigencia básica SU 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada: se limitará el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal. 12.5 Exigencia básica SU 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación: se limitará el riesgo causado por situaciones con alta ocupación facilitando la circulación de las personas y la sectorización con elementos de protección y contención en previsión del riesgo de aplastamiento. 12.6 Exigencia básica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento: se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y similares mediante elementos que restrinjan el acceso. 12.7 Exigencia básica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento: se limitará el riesgo causado por vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la señalización y protección de las zonas de circulación rodada y de las personas. 12.8 Exigencia básica SU 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo: se limitará el riesgo de electrocución y de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalaciones adecuadas de protección contra el rayo.

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3.3. Seguridad de utilización

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SU 1 Seguridad frente al riesgo de caídas

SU 1.1. Resbaladicidad de los suelos

Nota previa: La redacción de esta justificación no implica el cumplimiento completo del CTE necesario en cada

local tras la definición de uso. Esta justificación alcanza lo definido en la memoria del proyecto en cuanto a

pavimentos.

(Clasificación del suelo en función de su grado de deslizamiento UNE ENV 12633:2003) Clase NORMA PROY

Zonas interiores secas con pendiente < 6% 1 ≤1 (*1) Zonas interiores secas con pendiente ≥ 6% y escaleras 2

No procede

Zonas interiores húmedas (entrada al edificio o terrazas cubiertas) con pendiente < 6% 2 ≤2 (*2)

Zonas interiores húmedas (entrada al edificio o terrazas cubiertas) con pendiente ≥ 6% y escaleras 3

No procede

SU

1.1

Res

bal

adic

idad

de

los

suel

os

Zonas exteriores, garajes y piscinas 3

No procede

(*1) Se proyecta un tipo de pavimento para todo el local consistente en solera de hormigón con fibras de

polipropileno con acabado pulido cuarzo. Este pavimento contará con la rugosidad necesaria para alcanzar una resistencia al deslizamiento Rd ≥ 15 EN EL CASO DE SER FINALMENTE UTILIZADO COMO PAVIMENTO DEFINITIVO según UNE –ENV 12633:2003, correspondiente a clase 1 ó superior. Esta condición se hace explicita en el presupuesto y deberá ser cumplimentado y demostrado con certificado de la casa proveedora o instaladora, para lo que se ha previsto ensayos.

(*2) El pavimento de las zonas de acceso y comunicación entre éstas se proyecta con un revestimiento con resina

epoxi. Tendrá resistencia al deslizamiento Rd ≥ 35, correspondiente a clase 2 ó superior. Esta condición se hace explicita en el presupuesto y deberá ser cumplimentado y demostrado con certificado de la casa proveedora o instaladora. No se ha previsto la instalación de felpudo.

SU 1.2. Discontinuidades en el pavimento

Nota previa: La redacción de esta justificación se realiza según las condiciones de diseño, acabados y

distribuciones incluidas en este proyecto. Cualquier modificación de estas condiciones deberá justificar, del

mismo modo, su cumplimento.

NORMA PROY

El suelo no presenta imperfecciones o irregularidades que supongan riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos

Diferencia de nivel < 6

mm

No existen

Pendiente máxima para desniveles ≤ 50 mm Excepto para acceso desde espacio exterior (*)

≤ 25 % No existen

Perforaciones o huecos en suelos de zonas de circulación Ø ≤ 15 mm No existen

Altura de barreras para la delimitación de zonas de circulación ≥ 800 mm No existen

Nº de escalones mínimo en zonas de circulación Excepto en los casos siguientes: • En zonas de uso restringido • En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda. • En los accesos a los edificios, • En el acceso a un estrado o escenario

1 CUMPLE(*1)

SU

1.2

Dis

con

tin

uid

ades

en

el p

avim

ento

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3.3. Seguridad de utilización

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U 3.3 _ 2

(*1) Se proyecta un único escalón de salida desde cada local hacia el espacio interior privado de uso público. Esta opción es válida por cuanto que el acceso “a nivel” y sin barreras arquitectónicas está situado en la fachada hacia el espacio público exterior, es decir las calles Las Armas y Casta Álvarez.

SU 1.3. Desniveles

No procede por tratarse de locales desarrollados exclusivamente en una planta baja

SU 1.4. Escaleras

No procede por tratarse de locales desarrollados exclusivamente en una planta baja

SU 1.4. Rampas y escalas fijas

No procede por tratarse de locales desarrollados exclusivamente en una planta baja

SU 1.5. Limpieza de los acristalamientos exteriores

Limpieza de los acristalamientos exteriores: Todas las carpinterías de PLANTA BAJA son practicables en toda su superficie y se pueden limpiar tanto desde el interior como desde el exterior. Las partes fijas de los cerramientos acristalados son accesibles por estar a menos de 6,00 m.

limpieza desde el interior:

Toda la superficie interior y exterior del acristalamiento se encontrará comprendida en un radio r ≤ 850 mm desde algún punto del borde de la zona practicable h max. ≤ 1.300 mm

CUMPLE

en acristalamientos invertidos, Dispositivo de bloqueo en posición invertida No procede

limpieza desde el exterior y situados a h > 6 m CUMPLE plataforma de mantenimiento No procede barrera de protección No procede

SU

1.5

. Lim

pie

za d

e lo

s ac

rist

alam

ient

os

exte

rio

res

equipamiento de acceso especial No procede

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3.3. Seguridad de utilización

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U 3.3 _ 3

SU 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento caídas

SU 2.1. Impacto

Nota previa: La redacción de esta justificación se realiza según las condiciones de diseño, acabados,

elementos fijos, practicables, frágiles y distribuciones incluidas en este proyecto. Cualquier modificación de

estas condiciones deberá justificar, del mismo modo, su cumplimento.

No se incluyen bandas para elementos insuficientemente perceptibles, escaparates, en función del uso y

diseño final de éstos. (*3)

con elementos fijos NORMA PROYECTO NORMA PROYECTO

(valores mínimos)

Altura libre de paso en zonas de circulación uso restringido ≥ 2.100 mm

≥ 2.400 mm (*1)

resto de zonas ≥ 2.200 mm 2.790 mm

(*1) Altura libre en umbrales de puertas ≥ 2.000 mm 2.030 mm Altura de los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de

circulación (*2) 2.200 mm 2.270 mm

Vuelo de los elementos en las zonas de circulación con respecto a las paredes en la zona comprendida entre 1.000 y 2.200 mm medidos a partir del suelo ≤ 150 mm 50 mm

Restricción de impacto de elementos volados cuya altura sea menor que 2.000 mm disponiendo de elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos. No existen

con elementos practicables

disposición de puertas laterales a vías de circulación en pasillo a < 2,50 m (zonas de uso general) No existen

En puertas de vaivén se dispondrá de uno o varios paneles que permitan percibir la aproximación de las personas entre 0,70 m y 1,50 m mínimo

No existen

con elementos frágiles

Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto con barrera de protección No existen

Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto sin barrera de protección Norma: (UNE EN 2600:2003) diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada 0,55 m ≤ ΔH ≤ 12 m No existen. diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada ≥ 12 m No existen

resto de casos

Todos los cerramientos acristalados y

carpinterías exteriores están compuestos, como mínimo, por triple vidrio laminar 6+6+6 mm con doble lámina de butiral. Según información de

CITAV, un vidrio laminar 3+3 con doble butiral resiste un impacto de nivel 3, 2 ó 1, según

ensayo de péndulo de UNE EN 2600:2003, por tanto se cumple con el

nivel 3 exigido.

duchas y bañeras: partes vidriadas de puertas y cerramientos No procede

SU

2.1

Imp

acto

áreas con riesgo de impacto

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3.3. Seguridad de utilización

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U 3.3 _ 4

Impacto con elementos insuficientemente perceptibles Grandes superficies acristaladas y puertas de vidrio que no dispongan de elementos que permitan identificarlas NORMA PROYECTO

altura inferior: 850mm<h<1100mm

Banda adhesiva de vinilo a 900 mm. (3*)

señalización: altura

superior:1500mm<h<1700mm

Banda adhesiva de vinilo a 1.500 mm .

(3*) travesaño situado a la altura inferior No existen montantes separados a ≥ 600 mm No existen

(*1) En cada local hay una altura diferenciada por el ajuste entre la rasante de la calle y la coronación del cabecero a la misma cota en los ocho proyectados en la calle Las Armas. La justificación se realiza en el local con menos altura de todos ellos denominado Local 5. (*2) Rótulos luminosos indicativos. Sobresalen del plano de fachada 50 mm. (*3) A instalar en función del uso previsto en cada local.

SU 2.2 Atrapamiento

No procede por no preverse instalación de puertas automáticas

SU 3 Riesgo de aprisionamiento

Nota previa: Con arreglo al diseño y puertas incluidas en este proyecto de aseos y entrada y salida.

Riesgo de aprisionamiento

en general: Recintos con puertas con sistemas de bloqueo interior Aseo

baños y aseos Las puertas disponen

de sistema de desbloqueo exterior

NORMA PROY Fuerza de apertura de las puertas de salida ≤ 150 N 150 N

usuarios de silla de ruedas:

Recintos de pequeña dimensión para usuarios de sillas de ruedas ver Reglamento de Accesibilidad

NORMA PROY

SU

3 A

pri

sio

nam

ient

o

Fuerza de apertura en pequeños recintos adaptados ≤ 25 N 25 N

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.3. Seguridad de utilización

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U 3.3 _ 5

SU 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada

SU 4.1 Alumbrado normal en zonas de circulación

Nota previa: Como se desconoce el uso final de cada uno de los locales, los niveles mínimos de iluminación

deberán alcanzarse CUANDO SE DEFINA EL USO ESPECÍFICO DE CADA LOCAL.

El nivel de iluminación que se obtiene con la iluminación proyectada en el nivel del suelo NO TIENE PORQUÉ

ALCANZAR dicho valor.

Nivel de iluminación mínimo de la instalación de alumbrado (medido a nivel del suelo): NORMA PROYECTO

Zona Iluminancia mínima [lux]

Escaleras 10 No procede

Exclusiva para personas Resto de zonas 5 No procede

Exterior

Para vehículos o mixtas 10 No procede Escaleras 75 No procede

Exclusiva para personas Resto de zonas 50 > 50 (*1)

Interior

Para vehículos o mixtas 50 No procede

SU

4.1

Alu

mb

rad

o n

orm

al

en z

on

as d

e ci

rcul

ació

n

factor de uniformidad media Fu > 40% > 40 % (*1)

(*1) Según texto previo.

SU 4.2 Alumbrado de emergencia

Nota previa: La redacción de esta justificación se realiza según las condiciones de diseño incluidas en este

proyecto. Cualquier modificación de estas condiciones deberá justificar, del mismo modo, su cumplimento.

Como se desconoce el uso final de cada uno de los locales y con el fin de dotar a la intervención del máximo

abanico de posibilidades de uso, se ha decidido instalar, en cada local, alumbrado de emergencia,

señalizando las dos puertas de entrada/salida – hacia la calle y hacia el espacio exterior seguro en que se

convierte desde el punto de vista de la protección de incendios el espacio interior de uso público- y la

posición del cuadro eléctrico.

Dotación: Contarán con alumbrado de emergencia: (*1) recorridos de evacuación aparcamientos con S > 100 m² locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección locales de riesgo especial lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de instalación de alumbrado las señales de seguridad

Condiciones de las luminarias NORMA PROYECTO

altura de colocación h > 2 m (*1)

se dispondrá una luminaria en: (*1) cada puerta de salida

señalando peligro potencial señalando emplazamiento de equipo de seguridad puertas existentes en los recorridos de evacuación escaleras, cada tramo de escaleras recibe iluminación directa en cualquier cambio de nivel en los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos

Características de la instalación: (*1) Será fija Dispondrá de fuente propia de energía

Entrará en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en las zonas de alumbrado normal

SU

4.2

Alu

mb

rad

o d

e em

erg

enci

a

El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar como mínimo, al cabo de 5s, el 50% del nivel de iluminación requerido y el 100% a los 60s.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P. 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.3. Seguridad de utilización

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U 3.3 _ 6

Condiciones de servicio que se deben garantizar: (durante una hora desde el fallo) NORMA PROY

Iluminancia eje central > 1 lux (*1)

Vías de evacuación de anchura < 2m Iluminancia de la banda central >0,5 lux (*1)

Vías de evacuación de anchura > 2m Pueden ser tratadas como varias bandas de anchura < 2m

-

a lo largo de la línea central Relación entre iluminancia máx. y mín ≥ 40:1 (*1)

puntos donde estén ubicados

- equipos de seguridad - instalaciones de protección contra incendios - cuadros de distribución del alumbrado

Iluminancia ≥ 5 luxes (*1)

Señales: valor mínimo del Índice del Rendimiento Cromático (Ra) Ra ≥ 40 (*1)

Iluminación de las señales de seguridad NORMA PROY

luminancia de cualquier área de color de seguridad > 2 cd/m2 (*1) relación de la luminancia máxima a la mínima dentro del color blanco de seguridad > 10:1 (*1)

relación entre la luminancia Lblanca y la luminancia Lcolor >10 >5:1 y < 15:1 (*1)

> 50% > 5 s (*1)

Tiempo en el que deben alcanzar el porcentaje de iluminación 100% >60 s (*1)

(*1) Según texto previo.

SU 5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación

No procede la verificación.

SU 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento

No procede la verificación.

SU 7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento

No procede la verificación.

SU 8 Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo

No procede la verificación de la necesidad de instalación de protección contra el rayo ya que el proyecto se

desarrolla en las plantas bajas de varios edificios de viviendas (que cuentan con de planta baja mas cuatro

elevadas) ya construido.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.4. Salubridad

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U

3.4. Salubridad

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006) Artículo 13. Exigencias básicas de salubridad (HS) «Higiene, salud y protección del medio ambiente». 1. El objetivo del requisito básico «Higiene, salud y protección del medio ambiente»,

tratado en adelante bajo el término salubridad, consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, padezcan molestias o enfermedades, así como el riesgo de que los edificios se deterioren y de que deterioren el medio ambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de tal forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico «DB-HS Salubridad» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de salubridad.

13.1 Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad: se limitará el riesgo previsible de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior de los edificios y en sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitaciones atmosféricas, de escorrentías, del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetración o, en su caso permitan su evacuación sin producción de daños. 13.2 Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos: los edificios dispondrán de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida de tal manera que se facilite la adecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión. 13.3 Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior. 1. Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar

adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.

2. Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fachadas y patios, la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá con carácter general por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, y de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas.

13.4 Exigencia básica HS 4: Suministro de agua. 1. Los edificios dispondrán de medios adecuados para suministrar al equipamiento

higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del caudal del agua.

2. Los equipos de producción de agua caliente dotados de sistemas de acumulación y los puntos terminales de utilización tendrán unas características tales que eviten el desarrollo de gérmenes patógenos.

13.5 Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas: los edificios dispondrán de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en ellos de forma independiente o conjunta con las precipitaciones atmosféricas y con las escorrentías.

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3.4. Salubridad

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HS1 Protección frente a la humedad

Muros en contacto con el terreno

No procede la verificación de los muros en contacto con el terreno ya que no son objeto del presente proyecto.

Suelos

No procede la verificación de los muros en contacto con el terreno ya que no son objeto del presente proyecto.

Fachadas y medianeras descubiertas

Están incluidas en el proyecto de viviendas, por lo que son elementos existentes en la actualidad. Por tanto, no

procede su verificación.

Descripción:

Revestimiento discontinuo de chapa de acero corten fijado mecánicamente al soporte; aislante térmico

de XPS de 40 mm anclado a la hoja exterior bajo el revestimiento de chapa y enfoscado de mortero de

15 mm espesor sobre soporte de ½ asta de ladrillo perforado de hormigón vibrocomprimido, recibido

con mortero de cemento de 12 cm de espesor.

En estos paños, son los elementos metálicos los que desempeñan la función portante exigida a la hoja

principal del cerramiento.

Cubiertas, terrazas y balcones

No hay actuaciones en cubiertas, terrazas ni balcones por lo que o hay verificación posible.

HS2 Recogida y evacuación de residuos

La distribución del espacio o espacios destinados a este fin está en FUNCIÓN DEL USO al que se vaya a destinar.

Probablemente en la mayoría de los casos el uso, compatible con los permitidos en el Plan General, determinará que

la producción de residuos se limite a papel y cartón y envase ligeros o materiales plásticos, pero no es posible realizar

más cálculos a este respecto. En cumplimiento del HS2 la verificación se realiza adoptando criterios análogos a los

establecidos para edificios de viviendas.

Cada local dispondrá de espacio de reserva para contenedores de residuos. En la zona urbana en que se ubica el

equipamiento existe servicio de recogida centralizada con contenedores de calle en superficie de materia orgánica,

envases ligeros, papel y cartón y vidrio.

HS3 Calidad del aire interior

Se garantiza la calidad del aire interior de la configuración de estancias proyectada - local de espacio único y aseo sin

más recintos delimitados por tabiques hasta el techo- mediante el cumplimiento de las exigencias técnicas relativas al

bienestar e higiene establecida para las instalaciones térmicas en el DB HE-2 Rendimiento de las Instalaciones

Térmicas, Parte 1, capitulo 2.

Más concretamente mediante la adopción de las exigencias tendentes a garantizar la calidad del aire interior según las

cuales la instalación térmica ha de mantener una calidad del aire interior aceptable en todos los locales ocupados por

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.4. Salubridad

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personas, eliminando los contaminantes que se produzcan de durante el uso normal de los mismos, aportando un

caudal suficiente de aire exterior y garantizando la extracción y expulsión de aire viciado.

No se ha realizado un cálculo de climatización concreto de cada local, por entender que la definición del uso

específico de cada local supone una variable de tal importancia que podría invalidar la propia decisión de instalar

climatización en los locales, ya que, dentro de los usos posibles que establece el Plan General para estos locales, no

hay el mismo régimen de uso en unas actividades u otras.

Como quiera que los locales ya están construidos en edificios que no se diseñaron con arreglo al CTE, existen

determinadas limitaciones en cuanto a la cantidad y sección de los conductos de ventilación, que no pueden

incrementar su sección por estar ya instalados:

- Se previeron 2 conductos de sección Ø120 mm de chapa galvanizada, desde el techo de planta baja hasta

extracción en cubierta en los locales 1 a 4 y un conducto de sección 40x25 cm, encerrado en conducto de

120 minutos de resistencia al fuego en su paso por el interior de las viviendas.

- En cambio, en los locales 5 a 9, sólo hay un único tubo de Ø120 mm de chapa galvanizada.

Está claro que sería deseable que todos los locales dispusieran de la mayor sección posible con el fin de cumplir los

criterios de ventilación del HS3, pero la realidad es que estos locales no se proyectaron para su cumplimiento y las

viviendas están concluidas superficies fijadas y con Licencia de Obras, calificación de VPA etc.

Por tanto y siguiendo con lo citado en el apartado 1.4.5 Definición del tipo de intervención, CTE y LOE DE LA Memoria

Descriptiva: Entendemos que esta situación queda prevista en el articulado del CTE ya que también podría entenderse

que, para las situaciones descritas, las obras de locales sin uso específico también puede entenderse como una

adecuación funcional de unos locales sin uso en un edificio existente; se trata de la realización de obras que

proporcionen al edificio mejores condiciones respecto de los requisitos básicos a los que se refiere el CTE; y, por tanto,

con arreglo al grado de aplicación del CTE en este tipo de obras estaremos a lo establecido en el articulo 2.3 de sus

disposiciones generales “el CTE se aplicará a las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se

realicen en edificios existentes, siempre y cuando dichas obras sean compatibles con la naturaleza de la

intervención”.

Por esta razón hacemos el mejor uso posible de los conductos destinándolas a las siguientes funciones:

- Locales 1 a 4: 1 unidad de sección Ø120 mm de chapa galvanizada, para extracción de aseo y 1 para reserva

de posibles ampliaciones de aseo u otras necesidades.

- Locales 1 a 4: 1 unidad de conducto de sección 40x25 cm, para reserva extracciones de humos, chimenea

cocinas etc.

- Locales 5 a 9: 1 unidad de sección Ø120 mm de chapa galvanizada, para extracción de aseo.

Se coloca en cada una de las puertas 1 aireador de cierre deslizante tipo ASK T-150, con rejilla exterior, malla

antiinsectos que garantiza, mediante un caudal de ventilación de 132 l/s m, un volumen de renovación que equivale a

4,22 veces el volumen total del recinto por hora (local de superficie media de 60 m² y altura de 3,00 m) y que queda

dentro de los márgenes de calidad media alta del aire establecido entre 3 y 6 renovaciones por hora.

Este aireador se abre a discreción del usuario, con le fin de ahorrar climatización, considerando además, que a

diferencia de las viviendas, los locales tiene un aporte habitual de aire limpio desde el exterior con la apertura de sus

puertas.

El caudal de renovación de aire en cada local y el resto de características técnicas se ha dimensionado y definido de

acuerdo con lo establecido en normativa tradicional y criterios de experiencia profesional avalados por la

documentación técnica de la empresa ASK ya que le DB HE-3 no establece criterios claros respecto de los locales de

planta baja.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.4. Salubridad

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HS4 Suministro de agua Se desarrollan en este apartado el DB-HS4 del Código Técnico de la Edificación, así como las “Normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones interiores de suministro de agua”, aprobadas el 12 de Abril de 1996i.

Se prevé conectar la acometida individual ubicada en el techo de cada local hasta los puntos de servicio, inodoro y

lavabo-fregadero.

En el techo de planta baja, se deriva la tubería de Ø25 mm para conducir hasta el cuarto húmedo con tubería de

polietileno reticulado de Ø 16 mm. Se instala llave de corte en la entrada al cuarto húmedo de ½ pulgada y se deriva

hasta el fregadero con Ø 16 mm y hasta el inodoro con Ø 10 mm.

HS5 Evacuación de aguas residuales

Se ha reiterado que se trata de la actuación de locales en un edificio construido y proyectado con la normativa anterior

al CTE. En este proyecto se contempla, exclusivamente conectar la red de desagüe de los locales a la red de cada

portal de viviendas donde se ubica.

En los dos proyectos de referencia de 38 + 44 VPA, se justificaron los sistemas de evacuación y saneamiento del

edificio, que ya están instalados. Además existen diferencias notables en los dos sistemas, de modo que en los

edificios R2, R4a, R4b y R4c está instalada una acometida de vertido por portal. En cambio en el edificio R3 (R3b, R3c

y R3d) el sistema está unificado en una única acometida a la red municipal de saneamiento.

De est modo se actúa con el siguiente procedimiento:

- En los edificios R3, la conexión de vertido del lavabo-fregadero y la del inodoro se conectan a la red de

PVC Ø200 de desagüe de viviendas. La red está ubicada en el techo de los trasteros de planta sótano -1.

- En los edificios R2 y R4, los colectores de aguas de saneamiento de las viviendas superiores se recogen

en el techo de la planta baja y se agrupan hasta las bajantes para enviarlas a la acometida de vertido, de

modo que es necesario proyectar una red inferior que traslade las aguas fecales desde la posición del

aseo con un tubo de PVC Ø110 hasta el colector de PVC Ø200 que acomete a la red pública.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.5. Exigencias básicas de protección frente el ruido.

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.U 3.5 _ 1

3.5. Exigencias básicas de Protección frente el ruido

1. Ámbito de aplicación

En este proyecto, se contribuye parcialmente a la consecución de los criterios establecidos en el DB HR,

de tal forma que cuando se defina el uso y se concluyan las obras de aislamiento acústico se pueda afirmar que el

ruido percibido o emitido no pone en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus

actividades. Como ya se ha indicado con anterioridad, el objeto del proyecto es el acondicionamiento básico de

varios locales sin uso específico definido, situados en la planta baja de un edificio de viviendas en construcción, a

fin de facilitar su puesta en el mercado de alquiler. Las obras resultado de esta operación NO SON COMPLETAS y

NO SERÁ POSIBLE alcanzar con ellas el cumplimiento de todos los requisitos básicos que establece el CTE.

Desde este planteamiento no se plantea el tratamiento de aislamiento acústico de los elementos de separación

vertical entre locales, con portales, y de medianeras con edificios colindantes HASTA LA ASIGNACIÓN DEL USO

FINAL. La definición y justificación del cumplimiento de este documento básico del CTE se realizará en el proceso

de tramitación del expediente municipal de licencia de apertura una vez conocidos los usos de cada local, ya que

los niveles mínimos de aislamiento requeridos dependen directamente del uso.

Esta situación responde a lo requerido en el CTE en el que, en función del nivel de ruido máximo que se produzca

en el interior del local, si es mayor o menor de 70 dbA, será calificado como recinto habitable-protegido o recinto de

actividad, respectivamente y sus necesidades de aislamiento serán muy diferentes.

Si el uso final corresponde a la definición de recinto ruidoso (nivel superior a 80 dbA) rige la reglamentación

específica, en este caso, la Ordenanza Municipal de Ruido y Vibraciones.

Nuestra contribución al el asilamiento acústico de cada local se desarrolla con las siguientes actuaciones:

- Con el fin de asegurar un aislamiento mínimo de las viviendas de plantas elevadas respecto a locales se ha

decido ejecutar un falso techo de aislamiento acústico que independice además las instalaciones

suspendidas del forjado de techo, correspondientes a las viviendas, de las instalaciones propias de la

dotación de los locales. Bajo este falso techo se colocará el techo final del local sobre el que circularán las

instalaciones eléctricas, iluminación y climatización dentro del que se formalizará una zona de falso techo

desmontable para el registro de la maquinaria de climatización.

- Para iniciar el proceso sobre el cual se apoyarán el resto de asilamientos acústicos, defender a los locales

del ruido proveniente del garaje comunitario en planta sótano -1 y cumplimentar el sistema imprescindible,

desde la entrada en vigor del DB HR, en la reducción de la transmisión acústica entre elementos

constructivos en cualquier recinto, se ha decidido instalar una solera flotante de hormigón acabado

pulido, sobre el forjado de suelo de locales, apoyada sobre una lámina de poliestireno expandido

elastificado (EEPS)

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.5. Exigencias básicas de protección frente el ruido.

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2. Clasificación de recintos

La clasificación de los locales como recintos en habitables, protegidos o de actividad depende directamente del

uso y actividades a desarrollar, dato desconocido en este momento, por lo que su clasificación y establecimiento

de los niveles de aislamiento acústico a conseguir se realizara en el proceso de tramitación del expediente

municipal de licencia de apertura.

No obstante el garaje comunitario situado en planta sótano -1, inmediatamente inferior a los locales, es un recinto

de actividad, de acuerdo a la terminología establecida.

Lo portales de acceso a vivienda constituyen recintos habitables correspondientes a unidades de uso distintas a los

locales.

3 Condiciones de diseño y aislamiento acústico a ruido aéreo y de impactos de los

elementos constructivos.

Se opta por la verificación de los sistemas constructivos proyectos mediante la opción simplificada en la que se

establecen, para elementos homólogos, valores de aislamiento acústico superiores a los del apartado 2.1.

La estructura del edificio que alberga al proyecto posee la configuración y constitución de forjados o losas que

valida la verificación por la opción simplificada.

a. TABIQUERÍA

Particiones de aseos: De entramado autoportante de acero galvanizado, con estructura simple y una placa de yeso

laminado a cada cara, sin lana de roca entre montantes.

Tabiquería. (apartado 3.1.2.3.3)

Características Tipo: Particiones de aseos

de proyecto exigidas

m (kg/m2)= 26

≥ 25

De perfilería de acero galvanizado de 48 mm y una placa de yeso laminado a cada cara, sin

lana de roca entre montantes RA (dBA)= 35(*)

≥ 33

(*) Según datos basados en ensayos realizados y facilitados por el fabricante (Knauf).

b. ELEMENTOS DE SEPARACIÓN VERTICALES.

Como ya se ha indicado, se detallará su acabado constructivo dentro del proceso de tramitación del expediente

municipal de licencia de apertura.

No obstante se plantea en el interior de los aseos un trasdosado autoportante con perfilería de acero galvanizado

de 48 mm de anchura, con lana de roca de 50 mm de espesor entre montantes y una PYL de 15 mm. Las

montantes se anclan al elemento base de fábrica mediante fijaciones amortiguadores. Esta solución garantiza la

independencia de la tabaquería de los aseos respecto de las particiones de fábrica existentes de modo que no

queda hipotecado el posible aislamiento integral futuro de los locales.

c. ELEMENTOS DE SEPARACIÓN HORIZONTALES.

Con el fin de no hipotecar usos futuros de los locales se ha proyectado un falso techo aislante acústico que cumple

la exigencia correspondiente a un elemento de separación horizontal de un recinto de actividad respecto a las

viviendas situadas en plantas primera y superiores.

La solera flotante planteada sobre los forjados de suelo, de hormigón pulido de 8 cm de espesor mínimo sobre

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P 3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE

3.5. Exigencias básicas de protección frente el ruido.

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placa de 20 mm de poliestireno expandido elastificado y recrecido de placas de XPS de 300 Kpa de resistencia a

compresión cumple con lo establecido en la Tabla 3.3 para elementos de separación respecto a garajes.

Se presentan a continuación las tablas justificativas correspondientes a la opción simplificada. La composición de

los elementos constructivos se detalla en las fichas de cerramiento correspondiente a cada referencia.

Elementos de separación horizontales entre recintos (apartado 3.1.2.3.5)

Debe comprobarse que se satisface la opción simplificada para los elementos de separación horizontales situados entre:

a) recintos de unidades de uso diferentes; b) un recinto de una unidad de uso y una zona común; c) un recinto de una unidad de uso y un recinto de instalaciones o un recinto de actividad.

Debe rellenarse una ficha como ésta para cada elemento de separación vertical diferente, proyectados entre a), b) y c)

Solución de elementos de separación horizontales entre:

recinto de una unidad de uso (locales) y un recinto de actividad (garaje en sótano -1)

Características Elementos constructivos Tipo

de proyecto exigidas

m (kg/m2)= 330

≥ 300

Forjado F. unidireccional prelosa armada de

hormigón aligerada+capa compresión

superior. Canto 25 +5 cm RA (dBA)= 53

≥ 52

ΔRA (dBA)= 12

(*1)

≥ 10

Suelo flotante Solera hormigón 8 cm sobre placa

de 20 mm de EEPS

ΔLw (dB)= 21

(*1)

≥ 21

Elemento de separación

horizontal entre Locales y

garaje de sótano

Techo

suspendido

No se ejecuta falso techo en

sótano -1. No se actúa en esta

planta.

ΔRA (dBA)= 0

≥ 0

(*1) Valores obtenidos del Catalogo de Elementos Constructivo (Documento Reconocido)

Solución de elementos de separación horizontales entre:

recinto de una unidad de uso (viviendas de planta primera) y un recinto de actividad (locales con actividad

con nivel medio de presión sonora estandarizada mayor que 70 dBA y menor que 80 dBA)

Características Elementos constructivos Tipo

de proyecto exigidas

m (kg/m2)= 298

≥ 250

Forjado F. unidireccional armado de

hormigón con bovedillas de EPS.

Canto 25 +5 cm RA (dBA)= 52

≥ 49

ΔRA (dBA)=

Suelo flotante No procede ya que no se actúa

sobre el forjado ΔLw (dB)= 0

≥ 0

Elemento de separación

horizontal entre locales y

viviendas de planta primera

Techo

suspendido

2PYL diamant knauf+ membrana

acústica+fijaciones amortiguadoras ΔRA (dBA)= 17

(*2)

≥ 11

(*2) El índice global de reducción acústica a ruido aéreo del conjunto forjado mas falso techo, calculado mediante

método de calculo refrendado por la práctica, RA = 69,23 dBA, la atenuación acústica del conjunto, a 125 Hz es de

48,79 dB.

d. MEDIANERÍAS.

Su justificación se detallará una vez establecido el uso de los locales delimitados por medianerías con edificios

colindantes; locales 4, 5, 8 y 9.

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3.5. Exigencias básicas de protección frente el ruido.

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e. FACHADAS Y CUBIERTAS

El acabado constructivo de los cerramientos y vidrios de huecos se detallará una vez asignado el uso concreto de

cada local dentro del proceso de tramitación del expediente municipal de licencia de apertura.

4 Condiciones de las uniones entre elementos constructivos

a. ELEMENTOS DE SEPARACIÓN VERTICALES

Se justificará una vez concretados los usos de cada local.

b. ELEMENTOS DE SEPARACIÓN HORIZONTALES

En las soleras flotantes se dispone lámina de polietileno reticulado de 5 mm de espesor perimetralmente a modo de

zócalos en los encuentros con los elementos base de separación vertical o conductos de instalaciones. Sobre el

material de recrecido se dispone film continuo de PE con ascenso en el perímetro para evitar puentes acústicos.

La tabiquería y los trasdosados de yeso laminado en cerramientos o particiones interiores se ejecutan sobre la

solera flotante, eliminando el contacto inferior entre estos y los forjados.

El techo aislante acústico es independiente en cada local, llegando las fábricas que delimitan los espacios hasta el

forjado de techo.

5 Tiempo de reverberación

Se justificará una vez concretados los usos de cada local.

6 Ruido y vibraciones de las instalaciones

Los únicos equipos proyectados susceptibles de producir ruidos estacionarios son las maquinas de la

climatización. Su suspensión del techo se realiza mediante fijaciones amortiguadoras tipo Akustik+Sylomer de AMC

ancladas al forjado.

Los conductos de AF y saneamiento se fijarán con abrazaderas isofónicas.

Las tuberías de conducción de gas freón que unen las unidades exterior e interior de climatización se anclan con

abrazaderas con lámina elástica.

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3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE3.6 Ahorro de energía

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3.6. Ahorro de energía

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006) Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de energía (HE). 1. El objetivo del requisito básico «Ahorro de energía » consiste en conseguir un uso racional de la

energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

3. El Documento Básico «DB-HE Ahorro de Energía» especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía.

15.1 Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética: los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limite adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno, así como por sus características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, reduciendo el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus características y tratando adecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. 15.2 Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas: los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE, y su aplicación quedará definida en el proyecto del edificio. 15.3 Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación: los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. 15.4 Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria: en los edificios con previsión de demanda de agua caliente sanitaria o de climatización de piscina cubierta, en los que así se establezca en este CTE, una parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de esa demanda se cubrirá mediante la incorporación en los mismos de sistemas de captación, almacenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio. Los valores derivados de esta exigencia básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valores que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características propias de su localización y ámbito territorial. 15.5 Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica: en los edificios que así se establezca en este CTE se incorporarán sistemas de captación y transformación de energía solar en energía eléctrica por procedimientos fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red. Los valores derivados de esta exigencia básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valores más estrictos que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características propias de su localización y ámbito territorial

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P

3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE 3.6 Ahorro de energía

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda s.l.u 3.6_ 1

HE1 Limitación de demanda energética

X Nacional Autonómico Local X Edificios de nueva construcción (locales en un edificio de nueva construcción)

Modificaciones, Reformas o Rehabilitaciones de edificios existentes con Su > 1.000 m² donde

se renueve más del 25% del total de sus cerramientos

Ámbito de aplicación

Edificios aislados con Su > 50 m²

Conformidad con la opción simplificada Aplicabilidad (01)

Fachadas (02) Cubiertas

Superficie Superficie Superficie Porcentaje Superficie Superficie Superficie Porcentaje

Cerramiento Huecos Total Huecos HE1

Cubierta Lucernario Total Lucernarios HE1

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Conformidad con la opción simplificada 1.- Determinación de la zonificación climática

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(m) Desnivel

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(11)

Capital de Provincia 207 m. D3 6,2 76 947,65 720,21 Localidad de Proyecto Zaragoza 0 m. D3 6,2 947,65 720,21

(01) Cumplimiento simultáneo de ambas condiciones (02) Se admiten porcentajes de huecos superiores al 60% en fachadas cuya área total suponga un porcentaje inferior al 10% del área total de

las fachadas del edificio (03) Diferencia de nivel entre la localidad de proyecto y la capital de provincia (04) Zona climática obtenida del Apéndice D, Tabla D.1 del CTE HE1 (05) Temperatura Exterior del mes de Enero de la capital de Provincia. Apéndice G, Tabla G.2 del CTE HE1 (06) Temperatura Exterior del mes de Enero de la localidad de proyecto. Se supondrá que la temperatura exterior es igual a la de la capital de

provincia correspondiente minorada en 1 ºC por cada 100 m de diferencia de altura entre ambas localidades. Si la localidad se encuentra a menor altura que la de referencia se tomará para dicha localidad la misma temperatura y humedad que la que corresponde a la capital de provincia.

(07) Humedad Relativa Exterior del mes de Enero de la capital de Provincia. Apéndice G, Tabla G.1 del CTE HE1 (08) Presión de saturación de vapor de la capital de provincia. Calculo según expresiones [G.14] y [G.15] del Apéndice G, apartado G.3.1 (09) Presión de vapor del aire exterior de la capital de provincia. Calculo según expresión [G.13] del Apéndice G, apartado G.2.2.3, pto. 3 (10) Presión de saturación de vapor de la localidad de proyecto. Calculo según expresiones [G.14] y [G.15] del Apéndice G, apartado G.3.1 (11) Humedad Relativa Exterior del mes de Enero de la localidad de proyecto de Provincia. Calculo según expresión [G.2] del Apéndice G,

apartado G.1.1, pto. 4, d).

Observaciones: (Para cumplimentar en el caso que se adopten criterios distintos a la Norma o medidas singulares que se quieran reseñar)

Los locales están concebidos para que, alcancen una vez terminadas todas las obras necesarias el máximo ahorro de

energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para su utilización.

Se ha considerado toda la intervención en locales como una única envolvente térmica, tal y como se interpreta del

articulado del HE1. Se comprueba cómo los cerramientos analizados cumplen con la media requerida y así se puede

visualizar en las fichas adjuntas. No obstante, en la medianera con el edificio contiguo de Armas 88/94 (actualmente

sin edificación) del local 8 será necesario el aumento del aislamiento. No definimos éste por cuanto que, como será

necesaria la instalación de aislamiento acústico en dicho cerramiento podrá servir para complementar el cerramiento

dotándole de mayor asilamiento térmico, suficiente para lograr el requerido durante el tiempo en que no haya edificio

de viviendas adosado.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P

3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE 3.6 Ahorro de energía

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda s.l.u 3.6_ 2

Ficha 1 2.- Clasificación de los espacios A efecto de cálculo de la demanda energética (01) Espacio baja carga Interna Espacio alta carga Interna X A efecto de la limitación de condensaciones en los cerramientos(02) Higrometría 3 X Higrometría 4 Higrometría 5

3.- Definición de la envolvente térmica y clasificación de sus componentes (03)

TIPO:

Orientación Superficie Cerramiento Componente

N E SE S SO O (m²)

C1 En contacto con el aire UC1

C2 En contacto con espacio no habit. ó viv. anexas UC2

Cubierta

PC Puente térmico (Contorno de lucernario > 0,5 m2) UPC

X M1 Muro en contacto con el aire UM1

143 7 148 10 308

M2 Muro en contacto con espacios no habitables UM2

PF1 Puente térmico contorno de huecos > 0,5 m2 (04) UPF1

PF2 Puente térmico pilares en fachada > 0,5 m2 UPF2

PF3 Puente térmico (caja de persianas > 0,5 m2 UPF3

PF4 Puente térmico (Frente de Forjado > 0,5 m2 UPF4

Fachadas

PF5 Puente térmico (Viga de Fachada > 0,5 m2 (05) UPF5

X S2 En contacto con espacios no habitables US2

243 Suelos

S3 En contacto con el aire exterior US3

Muros en contacto con el terreno UT1 Contacto con terreno

T2 Cubiertas enterradas (06) UT2

Medianerias X MD Cerramientos de medianería (07) UMD 135

Particiones Interiores X M2V Particiones interiores de edificios de viviendas (08) UM2V 313

(01) Ver punto 2 del apartado 3.1.2 de la Exigencia Básica HE1 (02) Ver punto 2 del apartado 3.1.2 de la Exigencia Básica HE1 (03) Se deberá seleccionar un solo componente de los relacionados en la tabla (04) Contorno de hueco se refiere a: Dintel, Jambas y Alfeizar (05) Viga de Fachada si cuelga por debajo del canto del forjado. Para el cálculo de superficie se medirá el alto por debajo del forjado (06) Se considera el terreno como una capa térmicamente homogénea de conductividad λ= 2 W/mK. Ver apartado E.1.2.3 de la Exigencia Básica

HE1. (07) Si las Medianeras están libres, sin Edificios contiguos, se consideraran Fachadas (08) Particiones interiores de Edificios de Viviendas que limitan las unidades de uso con sistema de calefacción con las zonas comunes del edificio no

calefactadas La transmitancia térmica no debe ser superior a 1,2 W/m²K

4.- Cálculo de los parámetros característicos de cerramientos y particiones interiores Ver cálculos de transmitancia de Muros (cerramientos), Suelos (en contacto con espacios no habitables) y Cubiertas. Ver en Anejo Fichas Justificativas de cerramientos, medianeras, particiones y suelos. La transmitancia de las particiones con portales de viviendas corresponde al 1/2 pie de ladrillo perforado existente más un trasdosado autoportante con perfilería de 48 mm, lana de roca entre montantes de 50 mm y una PYL de 15 mm. La ejecución del trasdosado no se incorpora en el presente proyecto. La justificación del cumplimiento de este límite se ha de realizar previamente a la licencia de apertura de los locales. La solución propuesta tiene carácter informativo.

5.- Control de Condensaciones Ver cálculos de presiones de saturación relativas a condensaciones superficiales

e intersticiales de elementos de las envolventes térmicas en contacto con el exterior correspondientes al centro

cultural y bar. Ver en Anejo Fichas Justificativas de cerramientos, medianeras, particiones y suelos.

6.- Transmitancia térmica y factor solar modificado de huecos

Ver resultados de los cálculos realizados en las fichas justificativas de la opción simplificada.

Los vidrios de huecos contemplados en el presente proyecto son laminares de protección antirrobo y antivandálica

formados por tres o dos lunas, según casos, de 6 mm cada una unidas con doble lamina de butiral. La justificación del

cumplimiento de la transmitancia máxima y media de huecos para cada orientación se realizará previamente a la

licencia de apertura, con la solución que técnica que se desarrolle. Los valores de transmitancias reflejados en la ficha

justificativa corresponden a vidrios dobles con cámara de 12 mm, con el vidrio exterior contemplado en este proyecto

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P

3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE 3.6 Ahorro de energía

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y un vidrio interior laminar 33.2 con tratamiento de baja emisividad en huecos con orientación norte. La solución

propuesta tiene carácter informativo.

7.- Fichas justificativas de la opción simplificada. 1 CERRAMIENTO TIPO 2 MEDIANERAS 3 PARTICIONES CON PORTALES DE VIVIENDAS 4 SUELOS EN CONTACTO CON ESPACIOS NO HABITABLES: LOCALES 1 A 4 5 SUELOS EN CONTACTO CON ESPACIOS NO HABITABLES: LOCALES 5 A 8

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Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P

3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE3.6 Ahorro de energía

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda s.l.u 3.6_ 5

HE2 Rendimiento de las instalaciones térmicas

No se ha realizado un cálculo de climatización concreto de cada local, por entender que la definición del uso

específico de cada local supone una variable de tal importancia que podría invalidar la propia decisión de instalar

climatización en los locales, ya que, dentro de los usos posibles que establece el Plan General para estos locales, no

hay el mismo régimen de uso en unas actividades u otras.

Por ello se ha seleccionado la maquinaria necesaria para climatizar un local tipo, teniendo en cuenta el volumen a

climatizar, su orientación y la transmitancia de la envolvente térmica, desechando el resto de variables. Se ha estimado

una potencia en generación de frío de 5.200 w y de calor de 6.000. Esto hace que considerando la suma de los nueve

locales la instalación la potencia total sea inferior a 70 Kw, por lo que de acuerdo al articulo 15 de HE-2 la instalación

no precisa de proyecto técnico, siendo este sustituido por una memoria técnica que puede ser redactado por el

instalador autorizado que la ejecute. El contenido de la memoria será el definido en el artículo 17 de esta sección,

sobre impresos según modelo determinado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

La instalación contemplada en el proyecto es sistema aire-aire, split 1x1, para gas R-410A, con bomba de calor con

tecnología Inverter, modelo AUY 50 UiA de Fujitsu, con potencia frigorífica nominal de 5,2 kW y potencia calorífica

nominal 6 kW, formada por una unidad interior tipo Cassete, de 245x700x700 mm, suspendida de forjado con tacos

metálicos, varillas roscadas y fijaciones amortiguadoras tipo Akustik+Sylomer de AMC o similar, y una unidad exterior,

de 578x790x300 mm, suspendida del mismo modo del forjado techo.

En la memoria técnica se justificará el cumplimiento de las exigencias de bienestar térmico, eficiencia energética y

seguridad establecidas en las Instrucciones Técnicas del HE-2 RITE.

HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación En cuanto al HE 3, los locales proyectados carecen de uso específico definido, por lo que, con respecto al artículo

1 Ámbito de aplicación no podemos incluirlos en ninguna de las figuras en las que es de aplicación este apartado del

CTE ni, tampoco, en las que quedan excluidas.

En cuanto al HE3, de limitación de la demanda energética en las instalaciones de iluminación, los expedientes

administrativos que deban redactarse para la concesión de la actividad de cada local deberán tener en cuenta dicha

normativa. La iluminación contenida en este proyecto es indicativa y deberá completarse en función del uso

específico de cada local.

Tanto es así que en el apartado c) de las de aplicación a las instalaciones de iluminación interior se cita las reformas de

locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalación de iluminación. Como no

podemos prejuzgar el uso final de cada local, que puede ser tanto comercial definidos en el HE3 como tiendas y

pequeño comercio, como administrativo o de hostelería y restauración etc.

No obstante, los agentes que justifiquen las condiciones de ahorro energético deberán conocer, por si son de

aplicación, las consideraciones que se vierten en las consultas realizadas al Ministerio de la Vivienda, relativas al DB

HE en las que puede justificar que un local es una instalación se ajuste a criterios de sencillez técnica o de escasa

entidad como se establece en el articulado.

Por todo ello en cumplimiento del programa definido por el promotor en el que se limita la intervención a una

adecuación parcial, se ha previsto la instalación de cinco luminarias, que en un principio permiten una actividad previa

a la definición del uso final, momento en el que el usuario deberá completar de ser necesario y justificar el

cumplimiento de esta normativa.

Fernando Aguerri y José Ignacio Aguerri. Arquitectos. AGUERRI ARQUITECTOS, S.L.P

3. CONTRIBUCIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL CTE3.6 Ahorro de energía

PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN DE LOCALES EN PLANTA BAJA SIN USO ESPECÍFICO Calles Armas y Casta Álvarez, Barrio de San Pablo, Zaragoza Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda s.l.u 3.6_ 6

En la definición de los sistemas de encendido de los locales se han dispuesto los sistemas de regulación que

optimizan el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnen unas determinadas condiciones. Esta

situación será posible disponiendo de un sistema de control que permite ajustar el encendido a la ocupación real de la

zona, es decir, un encendido por circuito.

HE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria Dado el carácter del proyecto como de adecuación de locales sin uso especifico, situados en un edificio de viviendas

en un avanzado estado de ejecución en el momento de redacción del presente proyecto; de acuerdo a los usos

permitidos para los locales por el planeamiento urbanístico; y dado el grado de equipamiento básico de los locales

objeto del proyecto no se contempla la instalación de agua caliente sanitaria por lo que no es de aplicación esta

sección del DB HE en este proyecto.

En caso de que algún local, una vez definida su actividad, considerara necesaria tal instalación se prevé que si el uso

determina un bajo consumo, que se puede deducir de cualquier uso posible en estos locales, el inquilino instalará un

sistema de termo eléctrico con acumulación. En caso de consumos mayores deberá resolver esta cuestión teniendo

en cuenta que en el edificio de viviendas en el que se emplazan los locales existe un sistema de contribución solar

mínima de ACS mediante placas solares.

HE5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica

No es de aplicación ya que el que el proyecto no corresponde ni es asimilable a ninguno de los usos del ámbito de

aplicación, establecidos en la tabla 1.1.