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Actualidad Empresarial I Área Tributaria I-7 N° 219 Segunda Quincena - Noviembre 2010 Actualidad y Aplicación Práctica Tratamiento Tributario de los Gastos por Motivos de Navidad y Fin de Año Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : Tratamiento Tributario de los Gastos por Motivos de Navidad y Fin de Año Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 219 - Segunda Quincena de Noviembre 2010 Ficha Técnica 1. Introducción Como todos los años, por las fiestas navideñas, las empresas con la finalidad de mantener una buena imagen en el mercado e incentivar a su fuerza laboral, otorgan obsequios a clientes y agasajos a los trabajadores, comprendiendo a estos últimos, obsequios de canastas navideñas, pavos, juguetes y chocolatada navideña a sus hijos, en vista de ello, en el presente artículo mostramos el tratamiento tribu- tario y contable a seguir en estos casos. 2. Gastos de representación 2.1. Impuesto a la Renta Se considera como gasto de representa- ción, a los que incurre la empresa con la finalidad de ser representada fuera de sus oficinas, locales o establecimientos, los destinados a presentar una imagen para mantener o mejorar su posición en el mercado, entre los que se incluye los obsequios y agasajos a clientes y también a proveedores. En el caso de los obsequios se debe de- mostrar fehacientemente la entrega del bien obsequiado, como por ejemplo con la firma de un cargo por la recepción del obsequio, de no documentar debidamen- te la entrega el gasto no será deducible. RTF Nº 6610-3-2003. Las adquisiciones realizadas deben ser sustentadas con el comprobante de pago respectivo, y, a fin de que sustenten gasto y crédito fiscal, dichos comprobantes deben reunir los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago y demostrarse la causalidad. Los gastos de representación son dedu- cibles en la medida que, durante el año, el acumulado no exceda del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos, con un límite máximo de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias. El reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta a su vez considera que para deter- minar el límite porcentual, a los ingresos brutos se debe descontar las devolucio- nes, bonificaciones, descuentos y demás conceptos similares que se acostumbren en el mercado, lo que lo transforma en ingreso neto, excediendo a los alcances de la Ley, esto viola el Principio de Le- galidad ya que los reglamentos por ser normas de menor jerarquía no pueden modificar una Ley. Base legal: Art. 37° Inc. q) Ley del Impuesto a la Renta y Art. 21° Inc. m) Reglamento de la Ley del I.R. 2.2. Impuesto General a las Ventas 2.2.1. Operación gravada con el IGV Con respecto al Impuesto General a las Ventas, los obsequios realizados se en- cuentran gravados con el impuesto por tratarse de retiro de bienes, en el presente caso el impuesto debe ser asumido por la empresa, el mismo que no podrá ser considerado como costo o gasto para efectos tributarios. Base legal: Art. 44° Inc. k) Ley del Impuesto a la Renta y Art. 16° Ley del IGV. 2.2.2. Derecho a crédito fiscal Asimismo, las adquisiciones de los bienes a obsequiar generan derecho a crédito fiscal del IGV en vista que se destinará a operaciones gravadas con el impuesto, para ello los comprobantes deben estar anotados en el Registro de compras y cumplir con los demás requisitos para tener derecho al mencionado crédito como por ejemplo la bancarización, entre otros. Base legal: Art. 18° y 19° de la Ley del IGV 2.2.3. Límite al crédito fiscal Los gasto de representación otorgan derecho a crédito fiscal si en conjunto no exceden de 0.5% de los ingresos brutos acumulados en el año calendario hasta el mes en que se aplica, hasta un máximo de 40 Unidades Impositivas Tributarias acumulables durante el año calendario. 2.2.4. Prohibición de trasladar el IGV El IGV que grava el retiro de los bienes no se podrá trasladar a quien recibe el obse- quio, es decir el beneficiario del obsequio no deberá asumir el pago del I.G.V. porque el bien fue recibido gratuitamente. Base legal: Art. 2° Num. 6 del Regalmento de la Ley del IGV. 2.2.5. Prohibición de tomar el crédito fiscal por el beneficiario Por su parte del beneficiario del obsequio no puede tomar como crédito fiscal el IGV que grava la entrega del bien obsequiado ni podrá deducirlo como gasto o costo. Base legal: Art. 20° Ley del IGV. 2.3. Emisión de comprobante de pago En vista que se transfiere propiedad de bienes, debe emitirse el respectivo com- probante de pago con la frase “Transfe- rencia Gratuita” y el valor de venta que hubiera correspondido a la operación, no es necesario colocar el IGV ni el total. Base legal: Art. 6° Num. 1 y Art. 8° Num. 8 Reglamento de Comprobantes de Pago. 2.4. Caso práctico Obsequios a clientes La empresa “Inversiones Dany S.A.” cuya actividad es la comercialización de computadoras, ha decidido obsequiar por motivo de la Navidad y Año Nuevo una botella de vino a sus principales clientes que hacen compras al por mayor, a fin de mantener la fidelidad comercial y hacer frente a sus competidores, el costo de cada botella es de S/.100.00 más IGV, en total la empresa adquiere 150 unidades y se obsequian 130 unidades, la compra se realiza en la primera semana del mes de diciembre. Asientos contables 60 COMPRAS 15,000.00 606 Suministros diversos 40 TRIBUTOS POR PAGAR 2,850.00 401 Gobierno central 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 17,850.00 469 Otras cuentas por pagar diversas Por la compra de 150 botellas de vino para obsequiar a clientes. 26 SUMINIST. DIVERSOS 15,000.00 61 VARIAC. DE EXISTENCIAS 15,000.00 Por el ingreso de la compra de agen- das electrónicas a almacén. 46 CTAS. POR PAGAR DIV. 17,850.00 469 Otras ctas. por pagar diversas 10 CAJA Y BANCOS 17,850.00 104 Cuentas corrientes Por la cancelación de la compra de obsequios para los clientes. —————— X —————— DEBE HABER —————— X —————— —————— X ——————

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Actualidad Empresarial

IÁrea Tributaria

I-7N° 219 Segunda Quincena - Noviembre 2010

Actu

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ión

Prác

tica

Tratamiento Tributario de los Gastos por Motivos de Navidad y Fin de Año

Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas

Título : Tratamiento Tributario de los Gastos por Motivos de Navidad y Fin de Año

Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 219 - Segunda Quincena de Noviembre 2010

Ficha Técnica

1. IntroducciónComo todos los años, por las fiestas navideñas, las empresas con la finalidad de mantener una buena imagen en el mercado e incentivar a su fuerza laboral, otorgan obsequios a clientes y agasajos a los trabajadores, comprendiendo a estos últimos, obsequios de canastas navideñas, pavos, juguetes y chocolatada navideña a sus hijos, en vista de ello, en el presente artículo mostramos el tratamiento tribu-tario y contable a seguir en estos casos.

2. Gastos de representación

2.1. Impuesto a la RentaSe considera como gasto de representa-ción, a los que incurre la empresa con la finalidad de ser representada fuera de sus oficinas, locales o establecimientos, los destinados a presentar una imagen para mantener o mejorar su posición en el mercado, entre los que se incluye los obsequios y agasajos a clientes y también a proveedores.

En el caso de los obsequios se debe de-mostrar fehacientemente la entrega del bien obsequiado, como por ejemplo con la firma de un cargo por la recepción del obsequio, de no documentar debidamen-te la entrega el gasto no será deducible. RTF Nº 6610-3-2003.

Las adquisiciones realizadas deben ser sustentadas con el comprobante de pago respectivo, y, a fin de que sustenten gasto y crédito fiscal, dichos comprobantes deben reunir los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago y demostrarse la causalidad.

Los gastos de representación son dedu-cibles en la medida que, durante el año, el acumulado no exceda del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos, con un límite máximo de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias.

El reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta a su vez considera que para deter-minar el límite porcentual, a los ingresos brutos se debe descontar las devolucio-nes, bonificaciones, descuentos y demás

conceptos similares que se acostumbren en el mercado, lo que lo transforma en ingreso neto, excediendo a los alcances de la Ley, esto viola el Principio de Le-galidad ya que los reglamentos por ser normas de menor jerarquía no pueden modificar una Ley.

Base legal: Art. 37° Inc. q) Ley del Impuesto a la Renta y Art. 21° Inc. m) Reglamento de la Ley del I.R.

2.2. Impuesto General a las Ventas

2.2.1. Operación gravada con el IGVCon respecto al Impuesto General a las Ventas, los obsequios realizados se en-cuentran gravados con el impuesto por tratarse de retiro de bienes, en el presente caso el impuesto debe ser asumido por la empresa, el mismo que no podrá ser considerado como costo o gasto para efectos tributarios.

Base legal: Art. 44° Inc. k) Ley del Impuesto a la Renta y Art. 16° Ley del IGV.

2.2.2. Derecho a crédito fiscalAsimismo, las adquisiciones de los bienes a obsequiar generan derecho a crédito fiscal del IGV en vista que se destinará a operaciones gravadas con el impuesto, para ello los comprobantes deben estar anotados en el Registro de compras y cumplir con los demás requisitos para tener derecho al mencionado crédito como por ejemplo la bancarización, entre otros.

Base legal: Art. 18° y 19° de la Ley del IGV

2.2.3. Límite al crédito fiscalLos gasto de representación otorgan derecho a crédito fiscal si en conjunto no exceden de 0.5% de los ingresos brutos acumulados en el año calendario hasta el mes en que se aplica, hasta un máximo de 40 Unidades Impositivas Tributarias acumulables durante el año calendario.

2.2.4. Prohibición de trasladar el IGVEl IGV que grava el retiro de los bienes no se podrá trasladar a quien recibe el obse-quio, es decir el beneficiario del obsequio no deberá asumir el pago del I.G.V. porque el bien fue recibido gratuitamente.

Base legal: Art. 2° Num. 6 del Regalmento de la Ley del IGV.

2.2.5. Prohibición de tomar el crédito fiscal por el beneficiario

Por su parte del beneficiario del obsequio no puede tomar como crédito fiscal el IGV

que grava la entrega del bien obsequiado ni podrá deducirlo como gasto o costo.

Base legal: Art. 20° Ley del IGV.

2.3. Emisión de comprobante de pagoEn vista que se transfiere propiedad de bienes, debe emitirse el respectivo com-probante de pago con la frase “Transfe-rencia Gratuita” y el valor de venta que hubiera correspondido a la operación, no es necesario colocar el IGV ni el total.

Base legal: Art. 6° Num. 1 y Art. 8° Num. 8 Reglamento de Comprobantes de Pago.

2.4. Caso práctico

Obsequios a clientesLa empresa “Inversiones Dany S.A.” cuya actividad es la comercialización de computadoras, ha decidido obsequiar por motivo de la Navidad y Año Nuevo una botella de vino a sus principales clientes que hacen compras al por mayor, a fin de mantener la fidelidad comercial y hacer frente a sus competidores, el costo de cada botella es de S/.100.00 más IGV, en total la empresa adquiere 150 unidades y se obsequian 130 unidades, la compra se realiza en la primera semana del mes de diciembre.

Asientos contables

60 COMPRAS 15,000.00 606 Suministros diversos 40 TRIBUTOS POR PAGAR 2,850.00 401 Gobierno central 46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 17,850.00 469 Otras cuentas por pagar diversasPor la compra de 150 botellas de vino para obsequiar a clientes.

26 SUMINIST. DIVERSOS 15,000.0061 VARIAC. DE EXISTENCIAS 15,000.00Por el ingreso de la compra de agen-das electrónicas a almacén.

46 CTAS. POR PAGAR DIV. 17,850.00 469 Otras ctas. por pagar diversas10 CAJA y BANCOS 17,850.00 104 Cuentas corrientesPor la cancelación de la compra de obsequios para los clientes.

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Instituto Pacífico

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I-8 N° 219 Segunda Quincena - Noviembre 2010

Actualidad y Aplicación Práctica

16 CTAS. POR COBRAR DIVERSAS 15,470.00 168 Otras cuentas por cobrar diversas 40 TRIBUTOS POR PAGAR 2,470.00 401 Gobierno central 4011 IGV75 INGRESOS DIVERSOS 13,000.00 759 Otros ingresos diversosPor la emisión de los comprobantes de pago a los clientes por obsequio de agendas electrónicas.

75 INGRESOS DIVERSOS 13,000.00 759 Otros ingresos diversos64 TRIBUTOS 2,470.00 649 Otros tributos16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 15,470.00 168 Otras cuentas por cobrar diversasPor el extorno de los comprobantes emitidos por obsequio y traslado del IGV asumido por la empresa al gasto.

95 GASTOS DE VENTAS 2,470.00 79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 2,470.00Por el destino del gasto por IGV asumido por la empresa.

61 VARIAC. DE EXISTENC. 13,000.0026 SUMINISTROS DIVERSOS 13,000.00Por la salida de almacén de las agen-das para ser entregadas a los clientes.

95 GASTOS DE VENTAS 13,000.0079 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 13,000.00Por el destino del gasto por obsequios a clientes de la empresa.

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3. Aguinaldos (canastas de navi-dad, juguetes u otros bienes)

3.1. Impuesto a la Renta para la empresa

Los obsequios de canastas de navidad y cualquier regalo adicional con motivo de la Navidad están comprendidos dentro del concepto de aguinaldo, RTF Nº 2669-5-2003; son aguinaldos los regalos y sumas adicionales de dinero que otorgan los empleadores a los trabajadores con motivo de navidad en forma voluntaria, RTF Nº 603-2-2000; las entregas deben sustentarse con el cargo respectivo, ya que se debe demostrar la entrega efectiva a cada trabajador.

De acuerdo con el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta son deducibles los aguinaldos, bonificaciones, gratificacio-nes y retribuciones que se entreguen al personal en virtud del vínculo laboral existente, siempre que se hayan pagado dentro del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual.

Base legal: Art. 37° Inc. l) Ley del Impuesto a la Renta.

3.1.1. Impuesto a la renta para el trabajadorEl valor de cada canasta de navidad en-tregada al trabajador constituye ingreso gravado con el Impuesto a la Renta, por lo tanto deberá efectuarse la retención de quinta categoría en la medida que la suma de la remuneración anual más el valor de la canasta supere el mínimo inafecto de 7 UIT en el ejercicio.

3.1.2. Aportes de empleador y traba-jador a la seguridad social y previsionalEl valor de las canastas de navidad ob-sequiadas a los trabajadores no están afectas a las aportaciones sociales por no tener carácter remunerativo.

Base legal: Art. 7° D.S. Nº 003-97-TR.

3.2. Impuesto General a las Ventas3.2.1. Operación gravada con el IGVCon respecto al Impuesto General a las Ventas, los obsequios de canastas con pro-ductos navideños, juguetes, panetones u otros bienes, se encuentran gravados con el IGV por tratarse de retiros considerados venta, el impuesto debe ser asumido por el empleador, el mismo que no podrá deducirse como gasto o costo para efectos del Impuesto a la renta.

Base legal: Art. 44° Inc. k) Ley del Impuesto a la Renta y Art. 16° Ley del IGV.

3.2.2. Derecho a crédito fiscalAsimismo, las adquisiciones de los bienes a obsequiar generan derecho a crédito fiscal del IGV en vista que se destinará a operaciones gravadas con el impuesto, para ello los comprobantes deben estar anotados en el Registro de compras y cumplir con los demás requisitos para te-ner derecho al mencionado crédito como por ejemplo la bancarización, entre otros.

Base legal: Art. 18° y 19° de la Ley del IGV.

3.2.3. Prohibición de trasladar el IGVEl I.G.V. que grava el retiro de los bienes no se podrá trasladar a quien recibe el obsequio, es decir el beneficiario del obsequio no deberá asumir el pago del IGV por el bien recibido gratuitamente.

Base legal: Art. 2° Num. 6 del Regalmento de la Ley del IGV.

3.3. Emisión de comprobante de pagoEn vista que se transfiere propiedad de bienes, debe emitirse el respectivo comprobante de pago con la frase "Transferencia Gratuita" y el valor de venta que hubiera correspondido a la operación, no es necesario colocar el IGV ni el total.

Base legal: Art. 6° Num. 1 y Art. 8° Num. 8 Reglamento de Comprobantes de Pago.

3.4. Casos prácticos

3.4.1. Obsequio de canastas de navi-dad a los trabajadoresLa empresa “Golden S.A.” ha decidido obsequiar canastas de navidad a cada uno de sus trabajadores con motivo de las fiestas navideñas, la mencionadas canastas tienen contienen poductos un valor de S/. 300.00 cada canasta.

Empresa : Golden S.A. RUC: 20145869581 Av. Las Gaviotas 589 Lima Mes : Diciembre 2010 Trabajador : Luis Álvarez Cam Fecha de ingreso : 15/02/1999 Cargo : Contador DNI : 15625847 Nacionalidad : Peruano Días trabajados : 30

Remuneraciones Descuentos al Trabajador Aportes del empleadorBásico 3,000.00 ONP 13% 390.00 EsSalud 9% 270.00Bonificaciónextraord. 270.00Canasta de 5º Categ. 220.50Navidad 300.00 AdelantoRem. Total 3,570.00 Canasta 300

910.50 270.00 Neto a pagar S/. 2,659.50 _____________ _____________ Empleador Trabajador

Boleta de Remuneraciones

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Actualidad Empresarial

IÁrea Tributaria

I-9N° 219 Segunda Quincena - Noviembre 2010

60 COMPRAS 300.00 606 Suministros diversos40 TRIBUTOS POR PAGAR 57.00 401 Gobierno central 4011 IGV46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 357.00 421 Facturas por pagarPor la compra de productos para las canastas de navidad para los trabajadores.

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 357.00 168 Otras cuentas por cobrar diversas40 TRIBUTOS POR PAGAR 57.00 401 Gobierno central 4011 IGV75 INGRESOS DIVERSOS 300.00 759 Otros ingresos diversosPor la emisión de los comprobantes de pago a los trabajadores por obse-quio de canastas de navidad.

75 INGRESOS DIVERSOS 300.00 759 Otros ingresos diversos64 TRIBUTOS 57.00 649 Otros tributos16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 357.00 168 Otras cuentas por cobrar diversasPor el extorno de los comprobantes emitidos por obsequio y traslado del IGV asumido por la empresa al gasto.

94 GAST. DE ADMINISTRAC. XXXX95 GASTOS DE VENTAS XXXX79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 57.00Por el destino del gasto por IGV asumido por la empresa.

41 REMUNERACIONES y PARTICIPACIONES POR PAGAR 2,659.50 411 Remuneraciones por pagar10 CAJA y BANCOS 2,659.50104 Cuentas corrientesPor la cancelación de la planilla de remuneraciones de los trabajadores.

26 SUMINISTROS DIVERSOS 300.0061 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 300.00Por el destino de las compras.

46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 357.00 421 Facturas por pagar10 CAJA y BANCOS 357.00 104 Cuentas corrientesPor la cancelación de la factura de compras.

92 COSTOS POR DISTRIBUIR XXXX94 GAST. DE ADMINISTRAC. XXXX95 GASTOS DE VENTAS XXXX79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 3,840.00Por el destino de los gastos de la planilla de remuneraciones del mes de diciembre de 2005.

62 CARGAS DE PERSONAL 3,840.00 621 Sueldos 3,000.00 627 Seg. y prev. Social 270.00 629 Otras cargas de personal 570.00 6291Bonif. Extraod. 270.00 6292 Canasta 300.0040 TRIBUTOS POR PAGAR 880.50 401 Gob. centr. 220.50 4017 I.R. 40171 R.5º Cat. 220.50 403 Contrib. Inst. Púb. 660.00 4031 EsSalud 270.00 4032 ONP 390.0026 SUMINISTROS DIVERSOS 300.0041 REMUNERACIONES y PARTICIPAC. POR PAGAR 2,659.50 411 Remunerac. por pagarPor la provisión de la planilla de sueldos.

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3.4.2. Obsequios de juguetes a los trabajadores para sus hijosLa empresa “Latinos S.A.” ha decidido obsequiar juguetes a los hijos de los trabajadores con motivo de las fiestas navideñas, los mencionados juguetes tienen tienen un valor de S/. 50.00 c/u.

Asientos contables

Empresa : Latinos S.A. RUC: 20402025687 Av. Polo Norte S.A.C. 589 San Borja - Lima Mes : Diciembre 2010 Trabajador : Luis Sandoval Jiménez Fecha de ingreso : 15/02/1995 Cargo : Auxiiliar contable DNI : 10125842 Nacionalidad : Peruano Días trabajados : 30

Remuneraciones Descuentos al Trabajador Aportes del empleadorBásico 1,500.00 ONP 195.00 EsSalud 135.00Bonificación extraord. 135.00

Juguetes navideños 50.00 Adelanto Rem. Total 1,685.00 Juguetes 50

245.00 135.00 Neto a pagar S/. 1,440.00 _____________ _____________ Empleador Trabajador

Boleta de Remuneraciones

60 COMPRAS 50.00 606 Suministros diversos 40 TRIBUTOS POR PAGAR 9.50 401 Gobierno cenrtral 4011 IGV42 PROVEEDORES 59.50 421 Facturas por pagarPor la compra de juguetes para los hijos de los trabajadores.

26 SUMINISTROS DIVERSOS 50.0061 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 50.00Por el destino de las compras.

42 PROVEEDORES 59.50 421 Facturas por pagar10 CAJA y BANCOS 59.50 104 Cuentas corrientesPor la cancelación de la factura de compras.

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Asientos contables

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Instituto Pacífico

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I-10 N° 219 Segunda Quincena - Noviembre 2010

Actualidad y Aplicación Práctica

3.4.3. Entrega de vales de consumo a los trabajadores La empresa “Ártico S.A.” ha decidido ob-sequiar vales de consumo a cada uno de sus trabajadores con motivo de la Navi-dad, los mencionados vales son canjeables por abarrotes en la tienda “Metrópolis” y equivalen a S/.100.00 cada vale, para ello conviene con la empresa “Metropolis S.A.” dedicada a la comercialización de dichos bienes, para que haga la entrega a los trabajadores, previamente la empresa “Ártico S.A.” depositará en garantía a la empresa “Metrópolis S.A.” una cantidad de dinero a cambio de su equivalente en vales de consumo que se entregarán a los trabajadores de “Ártico S.A.”

Se pide explicar el tratamiento tributario y los registros contables.

SoluciónTratamiento TributarioImpuesto a la RentaLos obsequios de los vales y cualquier otro obsequio que se entrega a los tra-bajadores con motivo de navidad están comprendidos dentro del concepto de aguinaldos, la entrega debe sustentarse con el cargo respectivo.

De acuerdo al inciso l) del artículo 37º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta son deducibles los aguinaldos, bonificaciones, gratificaciones y retribuciones que se en-treguen al personal en virtud del vínculo laboral existente, siempre que se hayan pagado dentro del plazo para la presen-tación de la Declaración Jurada Anual.

El valor de cada vale entregado al tra-bajador constituye base de cálculo para efectuarse la retención de quinta categoría al trabajador, pero no está afecta a las aportaciones sociales por no tener carácter remunerativo, art. 7º D.S. Nº 003-97-TR.

Empresa : Ártico S.A. RUC: 20145869581 Av. Las Gaviotas 589 Lima Mes : Diciembre 2010 Trabajador : Carlos Bravo Regalado Fecha de ingreso : 15/02/1999 Cargo : Asistente administrativo DNI : 15625847 Nacionalidad : Peruano Días trabajados : 30

Remuneraciones Descuentos al Trabajador Aportes del empleadorBásico 1,500.00 ONP 13% 195.00 EsSalud 9% 135.00Bonificación extraord. 135.00Vale de consumo 100.00 Adelanto Rem. Total 1,735.00 vale 100.00

295.00 135.00 Neto a pagar S/. 1,440.00

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75 INGRESOS DIVERSOS 50.00 759 Otros ingr. diversos64 TRIBUTOS 9.50 649 Otros tributos16 CTAS. POR COBRAR DIVERS. 59.50 168 Otras cuentas por cobrar diversasPor el extorno de los comprobantes emitidos por obsequio y traslado del IGV asumido por la empresa al gasto.

94 GAST. DE ADMINISTRAC. XXXX95 GASTOS DE VENTAS XXXX79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 9.50Por el destino del gasto por IGV asumido por la empresa.

41 REMUNERACIONES y PARTICIPAC. POR PAGAR 1,440.00 411 Remunerac. por pagar10 CAJA y BANCOS 1,440.00 104 Cuentas corrientesPor la cancelación de la planilla de remuneraciones de los trabajadores.

92 COSTOS POR DISTRIBUIR XXXX 94 GASTOS DE ADMINISTRAC. XXXX95 GASTOS DE VENTAS XXXX79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 1,820.00Por el destino de los gastos de la planilla de remuneraciones del mes de diciembre de 2003.

16 CTAS. POR COBRAR DIVERS. 59.50 168 Otras ctas. por cobrar diversas 40 TRIBUTOS POR PAGAR 9.50 401 Gobierno central 4011 IGV75 INGRESOS DIVERSOS 50.00 759 Otros ingresos diversosPor la emisión de los comprobantes de pago a los trabajadores por obse-quio de juguetes a sus hijos.

62 CARGAS DE PERSONAL 1,820.00 621 Sueldos 1,500.00 627 Seg. y prev. Social 135.00 629 Otras cargas de personal 185.00 6291 Bonif. Extraor. 135.00 6292 Aguinald. 50.00 40 TRIBUTOS POR PAGAR 330.00 403 Contrib. Inst. Púb. 330.00 4031 EsSalud 135 4032 ONP 19526 SUMINISTROS DIVERSOS 50.0041 REMUN. y PARTIC. POR PAG. 1,440.00 411 Remunerac. por pagarPor la provisión de la planilla de sueldos.

—————— X —————— Impuesto General a las VentasLa obtención de los vales de consumo no tiene incidencia en el IGV, ya que se trata de sólo un canje de dinero en calidad de garantía por el consumo que realizará el trabajador, por un documento representa-tivo de dinero que es el vale de consumo, en dicha operación no existe una venta de bienes ni prestación de servicios a la empresa que obtiene los vales, en vista que de acuerdo con el artículo 2º Num. 8 del Reglamento de la Ley del IGV no se considera bien mueble los documentos representativos de moneda nacional o extranjera, por otro lado el canje de vale por el dinero no es una prestación de servicio, por el contrario cuando el trabajador realiza el consumo del vale, en ese momento se realiza la venta del bien y nace la obligación tributaria para el pago de IGV para la empresa que en-tregue los bienes.

Emisión de comprobante de pagoPor el canje del dinero por los vales de consumo no existe obligación de emitir comprobante de pago en vista que no existe una venta ni prestación de servicios, hechos que originarían la emisión de comprobantes de pago, tampoco por la entrega de los vales a los trabajadores.El comprobante debe ser emitido por la empresa que entrega los bienes ele-gidos por el trabajador, por el valor del mismo, cuando el trabajador realice la compra, es decir recoja los bienes, en algunos casos el trabajador opta por una mayor cantidad de productos que superen el monto del vale de consumo, en dicho caso el trabajador asume la diferencia, debiéndose emitir el com-probante por el total. Para mayor detalle al respecto se puede revisar el Informe 097-2010-SUNAT/2B0000 que se puede ubicar en la página web de SUNAT.

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Actualidad Empresarial

IÁrea Tributaria

I-11N° 219 Segunda Quincena - Noviembre 2010

92 COST. POR DISTRIBUIR XXXX94 GASTOS DE ADMINISTRAC. XXXX95 GASTOS DE VENTAS XXXX 79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 1,705.00Por el destino de los gastos de la planilla de remuneraciones del mes de diciembre de 2005.

41 REMUNERACIONES y PARTICIPAC. POR PAGAR 1,440.00 411 Remuneraciones por pagar10 CAJA y BANCOS 1,440.00 104 Cuentas corrientesx/x Por el pago de la planilla del mes de diciembre.

38 CARGAS DIFERIDAS 100.00 384 entregas a rendir cuentas10 CAJA y BANCOS 100.00 104 Cuentas corrientesPor el canje de efectivo por vales de consumo de pavos para los trabajadores.

62 CARGAS DE PERSONAL 1,870.00 621 Sueldos 1,500.00 627 Seg. y prev. Social 135.00 629 Otras cargas de personal 235.00 6291 Bonif. extraord. 135.00 6292 Vale cons. 100.00 40 TRIBUTOS POR PAGAR 330.00 403 Contrib. Inst. Púb. 330.00 4031 EsSalud 135.00 4032 ONP 195.00 38 CARGAS DIFERIDAS 100.00 384 Entregas a rendir cuentas41 REMUNERAC. y PARTICIPAC. POR PAGAR 1,440.00 411 Remuneraciones por pagar Por la provisión de la planilla de sueldos.

10 CAJA y BANCOS 100.00 104 Cuentas corrientes46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 100.00 469 Otras ctas. por pagar div.Por la recepción de la garantía para la entrega de vales de consumo.

12 CLIENTES 100.00 121 Facturas por cobrar40 TRIBUTOS POR PAGAR 15.97 401 Gobierno central 4011 IGV70 VENTAS 84.03 701 MercaderíasPor la emisión del comprobante de pago por la entrega de pavos.

46 CTAS. POR PAGAR DIVERSAS 100.00 469 Otras ctas. por pagar diversas12 CLIENTES 100.00 121 Facturas por cobrarPor la aplicación del depósito en ga-rantía contra el consumo de los vales.

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Asientos contables en "Metrópolis S.A."

Asientos contables en "Ártico S.A."

En caso el trabajador opte por bienes de mayor valor que el asignado en el vale, deberá asumir la diferencia, entonces los dos últimos asientos contables serían los siguientes, asumiendo que los bienes escogidos por el trabajador son de un importe total a S/.190.00 incluido IGV.

5. Gastos recreativos

5.1. Agasajo a hijos de los trabaja-dores por navidad y almuerzo para los trabajadores por año nuevo

5.2. Tratamiento Tributario Como sabemos con motivo de las

fiestas navideñas las empresa acos-tumbran a realizar cenas, chocola-tadas, agasajos u otros similares a sus trabajadores, el inciso ll) del artículo 37º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta establece que son deducibles los gastos destina-dos a prestar al personal servicios recreativos, es necesario mencionar que se debe tener en cuenta la razonabilidad del gasto que debe estar en función a la cantidad de trabajadores con que cuenta la em-presa; asimismo, estas actividades se orientan a motivar el rendimiento laboral de los trabajadores en la empresa, lo que va a contribuir en la generación de ingresos gravados con el impuesto.

Los gastos recreativos son deducibles en la parte que no excedan del 0.5% de los ingresos netos del ejercicio, hasta un máximo de 40 Unidades Impositivas Tributarias.

Asimismo, podemos citar como base legal adicional la Directiva Nº 009-2000/SUNAT publicada el 25 de julio de 2000 en la que se instruye que los gasto efectuados por la em-presa con motivo de agasajar a sus trabajadores, pueden ser deducibles para efecto de la determinación de la renta neta de tercera categoría, siempre que se encuentre debida-mente acreditada la relación de causalidad entre el destino del gasto realizado y el motivo de la celebra-ción, a tal efecto, la acreditación debe encontrarse sustentada, entre otros con comprobantes de pago emitidos conforme al reglamento, con documentos que acrediten fe-hacientemente el destino del gasto y, de ser el caso su beneficiario y tener en cuenta la proporcionalidad y razonabilidad de los gastos, esto es si corresponden al volumen de operaciones del negocio.

12 CLIENTES 190.00 121 Facturas por cobrar40 TRIBUTOS POR PAGAR 30.34 401 Gobierno central 4011 IGV70 VENTAS 159.66 701 MercaderíasPor la emisión del comprobante de pago por la entrega de pavos.

10 CAJA y BANCOS 90.00 101 Caja46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS 100.00 469 Otras cuentas por pagar diversas van...

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12 CLIENTES 190.00 121 Facturas por cobrarPor la aplicación del depósito en ga-rantía contra los vales y la diferencia asumida por el trabajador.